actividad de control programad/ 2-5575-2016-004

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MUNICIPALIDAD DISTRTAL DE MANANTAY ÓRGANO DE CONTRCi. INSTíTUCiONAL ACTIVIDAD DE CONTROL PROGRAMAD/ 2-5575-2016-004 INFORME 014-:: Q16-IVIDM-OCI 'VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE L . NO^-MATIVA RELACIO TUPA Y A LA LEY N° 29060-LEY DEL SILENCIO ADMINISTR. PERÍODO 1 AL 30 DE SETIEMBRE 2016 TOMO 1 DE I PUCALLPA-PERÜ 2015 "Decentó de las Personas con i.iscapacicad er Perú" "AÑO DE LA CONSOLiOAClCN DEL MAR DE GRAU"

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MUNICIPALIDAD DISTRTAL DE MANANTAY

ÓRGANO DE CONTRCi. INSTíTUCiONAL

ACTIVIDAD DE CONTROL PROGRAMAD/ 2-5575-2016-004

INFORME 014-::Q16-IVIDM-OCI

'VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE L . NO -̂MATIVA RELACIO TUPA Y A LA LEY N° 29060-LEY DEL SILENCIO ADMINISTR.

PERÍODO 1 AL 30 DE SETIEMBRE 2016

TOMO 1 DE I

PUCALLPA-PERÜ

2015

"Decentó de las Personas con i.iscapacicad er OÍ Perú" "AÑO DE LA CONSOLiOAClCN DEL MAR DE GRAU"

ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

INFORME N^014-2C16-MDM-OCI

VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMAT: /A RELACIONADA AL TUPA Y A LA LEY N° 29060-LEY DEL SILENC!̂ '̂ ADMINISTRATIVO

PERÍODO 1 AL 30 DE SETIEMBRE 2016

INDICE

INTRODUCCIÓN

Pág. N'

1

1.1 Objetivo y Finalidad 1

1.2 Alcance

1.3 Base Legal 1-2

II. COMENTARIOS

. CONCLUSIONES

2-5

5-6

iV RECOMENDACIONES 6-7

V ANEXOS

Cumplimiento de la Nomnativa Relacionada al TUPA y a la Ley :i - 29060 - Ley del Silencio Adnmistrativo.

INFORME N* 014-2015-MDM-OCi

Pág. 1 de 7

INFORME N*" 014.2016-MDM-OCI

VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA RELACIONADA AL TUPA Y A LA LEY 29060-LEY DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

PERÍOD01 AL 30 DE SETIEMBRE 2016

I. INTRODUCCIÓN

1.1 OBJETIVO Y FINALIDAD La Municipalidad Distrital de Manantay es el Órgano de Gobierno Local que representa y gestiona los intereses de los vecinos en su jurisdicción, promueve la gobemabilidad democrática asegurando la mayor participación ciudadana en la formulación de las políticas locales, desarrollando al máximo sus capacidades para brindar bienes y servicios públicos, generando vínculos con las inversiones de otras instituciones del Estado y del sector privado, para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de su circunscripción.

La presente labor de control fue programada en el Plan Anual de Control 2016, acorde a los critenos y disposiciones para la programación de los servicios relacionados establecidos por la Directiva n.' 016-2015-CG/PEC "Directiva de Programación. Monitoreo y Evaluación del Plan Anual de Control 2016 de los Órganos de Control Institucionar, aprobada mediante Resolución de Contraloria n.° 361-2015-CG de 11 de diciembre de 2015, teniendo como finalidad lo siguiente:

• Determinar el estado de los procedimientos administrativos iniciados durante el mes de setiembre 2016, y su grado de cumplimiento.

• Verificar el estado de las denuncias interpuestas durante el mes de setiembre 2016, contra funcionarios y/o servidores de la entidad, por inobservancia de las Leyes n.°^ 27444 y 29060.

ALCANCE El presente Servicio Relacionado comprende la revisión, selección y verificación de los mecanismos y procedimientos administrativos que aplica la Municipalidad Distrital de Manantay, en cuanto a la falta de pronunciamiento de la administración dentro del plazo establecido para ello, presumiéndose en consecuencia de parte del ente administrativo una voluntad sea positiva o negativa confonne lo establezca la legislación para cada caso dentro del periodo - setiembre 2016.

1.3 BASE LEGAL • Ley n.° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. • Ley n." 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la

República y sus modificatorias. • Ley n." 29060 - Ley del Silencio Administrativo. • Ley n.° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. • Ley n." 29091 - Ley que modifica el pánrafo 38.3 del artículo 38° de la Ley n.° 27444 - Ley del

Procedimiento Administrativo General, y establece la publicación de diversos dispositivos legales en el portal del Estado Peruano y en portales institucionales.

Cumplimiento de la Normativa Relacionada al TUPA y a la Ley n." 29060 - Ley del Silencio Administrativo.

INFORME N'014-2016-MDM-OCI ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

Pág. 2 de 7

• Decreto Legislativo n.° 1029, que modifica la Ley n.** 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley n." 29060 - Ley del Silencio Administrativo.

• Decreto Supremo n." 062-20D9-PCM que aprueba el Fomiato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y establece precisiones para su aplicación.

• TUPA de la Municipalidad Distrital de Manantay.

II. COMENTARIOS

Se realizó la verificación del Libro de Reclamaciones I - 2016, confintiándose que en el mes de setiembre 2016 no hubo reclamación alguna.

2.1 Con respecto al TUPA: De los procedimientos administrativos contemplados en el TUPA, que fuenDn registrados por el área de Secretaria General a través de Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital de Manantay, durante el mes de setiembre de 2016, se verificó la cantidad de novecientos noventa y siete (997) expedientes extemos ingresados a trámite, de los cuales se aplicó la técnica de muestro y se ha seleccionado ocho (8) procedimientos administrativos solicitados por usuarios. Del seguimiento efectuado por este Órgano de Control Institucional, se verificó lo siguiente:

ITEM Registro n."

Fecha Concepto Solicitado pon

Plazo para resolver {en días hábiles)

Trámite realizado:

1 8602 01/09/2016

Solicita Inspección técnica de tegurídad en edificación ex -ante +1 plano Raúl Ore

Atauqui 7

Recepcionado por ta Oficina de Defensa Civil el 30/09/2016. Atendido mediante oficio n." 357-2016-MDM-A-GM-SGSCPMDCYS-ODC recepcionado el 17 de octubre de 2016 por el señor Raúl Ore Reategut.

2 8662 02/09/2016 Solicita licencia municipal de funcionamiento

Santos Taricuarim a Bautista

15 Atendido y archivado por la Sub Gerencia de Comercialización y Control de Neqocios el 12/09/2016.

3 8692 05/09/2016 Solicila inspección lécnica de seguridad en edificación expost

Dany S. Alava Yahuarcani

7 Atendido y archivado por la Oficina de Defensa Civil el 11/10/2016.

4 8865 08A)9/2016 Solicita copia de video de cámaras de vigilancia

Dennis Armedo Ramírez

5 Atendido y archivado por Secretaria General el 04/10/2016 mediante Carian.'412-15

5 8928 09/09/2016 Solicita certificado negativo de catastro + B/P oriq.

Nilda Alvarez Serafín

Atendido y arcíiivado por la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural el 28/09/2016,

6 8946 12/09/2016

Solicita copia fedateada de documentos en et marco de la ley de transparencia y acceso a la información pública Ref. Tram. Ext 1230-2016

Flor Armas Vasquez

5

Recepcionado por Secretaria Generan 2/09/2016. Atendido con Carta n." 477-2016-MOM-ALC-SG del 19 de octubre de 2016 recepcionado por la señora Flor Armas Vasquez.

Cumplimiento de la Normativa Relacionada al TUPA y a la Ley n " 29060 - Ley del Silencio Administrativo. PciñnHn- 1 ol 70 rio cotipmhrp rio 9nifi

INFORME N' 014-2016-MDM-OCI ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

Pág. 3 de 7

7 8956 12/09/2016

Solicita licencia de edificación + 13 planos Bertha Luz

Reategul Gómez

25

Recepcionado por la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural et 10/10/2016. Atendido con Carta n." 406-2016-MDM-ALC-GM-GODU-SGDUyR que fue recepcionado el 11 de octubre de 2016 por la señora Bertha Luz ReátequI Gómez

6 8952 12/09/2016

Sdicita aulorización para instalación de juegos recreativos + B/orq.

Arturo Pan amane 0 Vilchez

15 Atendido y archivado por la Sub Gerencia de Comerciaitzaaón y Control de Negocios el 27/09/2016.

• Con Carta n.' 173-2016-MDM-OCI de 14 de octubre de 2016, se requirió información a la Oficina de Defensa Civil, sobre las acciones realizadas por su despacho respecto al Registro n." 8602. Al respecto mediante Carta n." 066-2016-MDM-GSP-SGSCPMDCyS-ODC de 17 de octubre de 2015, el jefe de Oficina de Defensa Civil remite la información solicitada por el OCI, indicando que asumió el cargo el 3 de octubre de 2016 y que el expediente n.° 08602, fue atendido mediante oficio n." 357-2016-MDM-A-GM-SGSCPMDCYS-ODC recepcionado el 17 de octubre de 2016 por el señor Raúl Ore Reategui, representante legal del establecimiento INESMUCIN E.I.R.L., dándose por finalizado el procedimiento e indicando que no cumple con las condiciones técnicas de seguridad, adjunta copia fedateada del citado oficio y de la Resolución Jefatural n." 0249-2016-MDM-ODC de 14 de octubre de 2016 asi como del Registro n.* 8602. Se observa el cumplimiento de los requisitos que se indica en el TUPA del Registro n.° 08602 en el que se solicita Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones Ex Ante.

Con Carta n.° 174-2016-MDM-OCI de 14 de octubre de 2016, se requirió infomiación a Secretaria General, sobre las acciones realizadas por su despacho respecto al RegistnD n," 8946. Al respecto mediante Carta n," 479-2016-MDM-ALC-SG. de 19 de octubre de 2016. el Secretario General remite la infomacion solicitada por el OCI, indicando que a partir del 15 de setiembre el Abog. Alex Astohuaman Huaranga - Ex Secretario General fue designado como Gerente de Asesoría Jurídica dejando pendiente de atención la solicitud, por haber coordinado con la solicitante, asimismo adjunta copia fedateada de: • Carta n." 477-2016-MDM-ALC-SG de 19 de octubre de 2016 recepcionado por la señora Flor

Amias Vasquez. remitiendo lo solicitado a la usuaria, • Recibo de Caja n." 00077282016 de 19 de octubre de 2016 por concepto de transparencia y

acceso a la infonnación pública (copias) por el monto de SI. 6.96 (58 copias a SI. 0.12 por copia). Se observa el cumplimiento de los requisitos que se indica en el TUPA del Registro n.° 8946 en que se solicita copias fedateadas de documentos en el marco de la Ley de Transparencia y de Acceso a la Infomiación Pública.

• Con Carta n." 175-2016-MDM-OCl de 14 de octubre de 2016, se requirió infonnación a la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, sobre las acciones realizadas por su despacho respecto al Registro n.* 8956: al respecto mediante Carta n." 413-2016-MDM-ALC-GM-GODU-SGDUYRI del 20 de octubre de 2016, el Sub Gerente ( e ) de Desamollo Urt)ano y Rural hace de conocimiento que no se le hizo entrega de cargo en cuanto a los cobros con-espondientes de Licencias de Edificación, que dicha Sub gerencia emite y que a partir de la fecha que asumió el cargo no se emitía por un monto específico confonne al valor de la obra, procediéndose a elaborar

Cumplimiento de la Nomiativa Relacionada al TUPA y a la Ley n.' 29060 - Ley del Silencio Administrativo. Pprirvrin- 1 al "ín rio cotiomhro We OMR

INFORME N* 0U-2016-MDM-OC ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

Pág.4 de 7 una ordenanza para ta regularización confonne a lo establecido según ley. Adjunta copia simple del Registro n." 8956, y se observa que no tiene adjuntado el pago por concepto de verificación administrativa de SI. 42.56 y de verificación técnica de S/. 53.16, cumpliendo con los demás requisitos de acuerdo al TUPA del 2015 que no ha variado en el año 2016 Se observa que el Registro n." 8956 fue atendido a pesar que no adjunta el pago por concepto de verificación administrativa de SI. 42.56 y de verificación técnica de SI. 53.16, asimismo se consideró dichos pagos no realizados en el Infonne de Liquidación n." 310-2016-MDM-GODU-SGDUYR de la liquidación de obra como cobro administrativo que se adjunta a la Carta n." 406-2016-MDM-ALC-GM-GODU-SGDUyR que fue recepcionada el 11 de octubre de 2016 por la señora Bertha Luz Reátegul Gómez esposa del señor Milton Cesar Méndez Podestá, a quien va dirigido el documento, a pesar que no es la persona que presentó la solicitud de Licencia de Edificación, pero ambos son esposos y figuran como propietarios del predio según copia literal emitida por la Zona Registral n." VI - Sede Pucallpa.

Asimismo, se puede observar en la página web de la Municipalidad Distrital de Manantay la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), en el cual se tiene en cuenta el monto de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) del año 2016 que es SI. 3 950.00, aprobado con Decreto Supremo n.* 397-2015-EF, publicado el 24 de diciembre de 2015 en el diario oficial "El Peruano", el mismo que sirve como base para calcular el monto a cobrar por derecho de tramitación de los procedimientos indicados en el TUPA.

2.2 Con respecto al Silencio Administrativo:

De los procedimientos administrativos sujetos a la Ley del Silencio Administrativo, que fueron registrados por la oficina de Secretaría General a través de Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital de fiíanantay, durante el mes de setiembre de 2016, se verificó la cantidad de novecientos noventa y siete (997) expedientes extemos ingresados a trámite, de los cuales se ha identificado dos (2) solicitudes de silencio administrativo: Registros n.^^SllQ y 9411. Del seguimiento efectuado por este Órgano de Control Institucional, se verificó lo siguiente:

Gerencia de Asesoría Jurídica:

Registro n.°

Fecha Concepto Solicitado por Según Tramite Documentarlo

Derivado a:

Atendidos por la Gerencia de Asesoría

Jurídica

9276 22/09/2016

Solicita apiícación de la Ley del Silencio Administrativo en el expediente n,' 7739-2016 confomie a ley.

Yussara Yesenia Treio Viena

Recepcionado por la Gerencia de Asesoría Jurídica el 28/09/2016

El Expediente n.' 7739-2016, en el cual recae et silencio administrativo, fue atendido con Resolución de Alcaldía n." 278-2016-MDM del 25 de agosto de 2016, que declara improcedente el recurso de apelación

9411 27/09/2016

Solicita aplicación del silencio administrativo positivo en el expediente n,' 7739-2016 conforme a la Lev n." 29060.

Yussara Yesenia Trejo Viena

Recepcionado por la Gerencia de Asesoría Jurídica el 28/09/2016

El Expediente n.' 7739-2016, en el cual recae et silencio administrativo, fue atendido con Resolución de Alcaldía n." 278-2016-MDM del 25 de agosto de 2016, que declara improcedente el recurso de apelación

• Con Carta n.* 172-2016-MDM-OCI de 14 de octubre de 2016, se requirió infonnación a la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre las acciones adoptadas por su despacho respecto a las dos (2) solicitudes de aplicación de silencio administrativo.

Cumplimiento de la Nonnativa Relacionada al TUPA y a la Ley n.° 29060 - Ley del Silencio Administrativo,

INFORME N' 014-2016-MDM-OCi ' ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

Pág. 5 de 7

• Con Infonne Legal n." 700-2015-MDM-GM-GAJ de 20 de octubre de 2016, el gerente de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Manantay remite la información solicitada por el OCI. indicando que:

^ Respecto al Registro n.* 9276 de 22 de setiembre de 2016, la Sra. Yussara Yesenia Trejo Viena mediante Fonnato Único de Trámite, solicita la aplicación del silencio administrativo positivo por haber transcunido 30 días hábiles sin haber obtenido respuesta alguna en el proceso administrativo recaído en el Expediente n." 7739-2016, el cual es consecuencia del Expediente n." 7271-2016 en que solicita nulidad de papeleta de sanción n.° 000631 y suspensión del acta de clausura n." 000356,

^ Respecto al Registro n." 9411 de 27 de setiembre de 2016, la Sra. Yussara Yesenia Trejo Viena mediante Declaración Jurada de Silencio Administrativo Positivo de fecha 22 de setiembre de 2016, declara bajo juramento que con fecha 9 de agosto del 2016 presentó a esta entidad su solicitud de recurso de apelación {Expediente n." 7739-2016) contra la Resolución Gerencial n." 019-2016-MDM-GSP de 1 de agosto de 2016, pero habiendo transcunido más de 30 días hábiles sin haber obtenido respuesta.

^ Con Resolución de Alcaldía n.' 278-2016-MDM de 26 de agosto de 2015 se declaró improcedente el recurso de apelación contra la Resolución Gerencial n.° 019-2016-MDM-GM-GSP de 1 de agosto de 2016, solicitado por la Sra, Yussara Yesenia Trejo Viena.

Asimismo, infonna que es inaplicable el Silencio Administrativo Positivo y que viene coordinando con el Procurador Público, ya que presumen que la señora Yussara Yesenia Trejo Viena, hizo uso indebido de la Declaración Jurada del Silencio Administrativo Positivo, confonne a lo establecido en el articulo 7° de la Ley del Silencio Administrativo - Ley n.° 29060.

También, es de señalar que, durante el mes de setiembre de 2016, no se presentanDn denuncias por los administrados ante este OCI respecto al incumplimiento de la Ley n.' 27444 "Ley del Pnacedimiento Administrativo General" y Ley n.° 29060 "Ley del Silencio Administrativo".

I. CONCLUSIONES

Como resultado de la ejecución del Servicio Relacionado practicado a los expedientes extemos que gresanDn a la Municipalidad Distrital de Manantay, a través del área de Trámite Documentario, se rmula las siguientes conclusiones: -

1. En el mes de setiembre de 2016, la Municipalidad Distrital de Manantay atendió un total de novecientos noventa y siete (997) expedientes extemos; procedimientos administrativos sujetos a la Ley n." 29060 "Ley del Silencio Administrativo" y al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de los cuales se ha seleccionado mediante muestra ocho (8) solicitudes de prxedimientos administrativos y se ha observado que la Oficina de Defensa Civil (Reg. n.''5 8602 y 8692), Secretaría General (Reg. n."̂ 8865 y 8946) y la Sub Gerencia de Desamollo Urbano y Rural (Reg. n." 8928) han atendido después de cumplido su plazo para resolver de acuerdo al TUPA,

2. La Gerencia de Desan-olio Urbano y Rural de la Municipalidad Distrital de Manantay atendió el Registro n."* 8956 a pesar que no adjunta el pago por concepto de verificación administrativa de

Cumolimiento de la Nonnativa Relacionada al TUPA y a la Ley n,' 29060 - Ley del Silencio Administrativo.

INFORME N' 014-2016-MDM-OC! ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

Pág.6 de 7 SI. 42.56 y de verificación técnica de SI. 53.16. considerando dichos pagos no realizados en la liquidación de obra como cobro administrativo por SI. 95.72 que se adjuntó a la Carta n.* 406-2016-MDM-ALC-GM-GODU-SGDUyR recepcionada e l l 1 de octubre de 2016 por la solicitante.

3. En el mes de setiembre de 2016, la Municipalidad Distrital de Manantay atendió un total de novecientos noventa y siete (99/) expedientes extemos; procedimientos administrativos sujetos a la Ley n." 29060 "Ley del Silencio Administrativo" y al Texto tjnico de Procedimientos Administrativos (TUPA), en los cuales se ha identificado dos (2) solicitudes de silencio administrativo, que están siendo atendidos de acuerdo a ley.

4. Se realizó la verificación del Libro de Reclamaciones I - 2016, no existiendo reclamo alguno en el mes de setiembre de 2016.

5. En el mes de setiembre de 2016, no se han presentado denuncias ante el Órgano de Control Institucional, respecto al incumplimiento de la atención de los procedimientos administrativos sujetos a la Ley del Silencio Administrativo.

6. El TUPA de la Municipalidad Distrital de Manantay ha sido actualizado el año 2016, en el importe a cobrar por derecho de tramitación, teniendo en cuenta el monto de la UIT del año 2016 de SI. 3 950.00, aprobado con Decreto Supremo N" 397-2015-EF publicado el 24 de diciembre de 2015 en el diario oficial "El Peruano".

IV. RECOMENDACIONES ;

En mérito a las conclusiones enunciadas y con el propósito de contribuir a mejorar la gestión de la entidad y de sus unidades orgánicas, en concordancia con lo establecido en el literal b) del articulo 15° de la Ley n." 27785. "Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la República', se fomriulan las siguientes recomendaciones:

Al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Manantay

1. Que, a través de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, Sub Gerencia de Racionalización de esta entidad edil, se distribuya el TUPA actualizado a todas las áreas de la entidad, para conocimiento de su contenido y atención oportuna a los contribuyentes.

2. Que, a través de Secretaria General, en coordinación con Mesa de Partes, se verifique el cumplimiento de los requisitos de acuerdo al TUPA actualizado de la entidad, revisando la documentación presentada por los contribuyentes.

3. Que, a través de Secretaria General, en coordinación con las Gerencias, Sub Gerencias y demás unidades orgánicas de esta entidad edil, en cumplimiento de la Ley n.° 27444, continúen cumpliendo oportunamente con lo solicitado por los administrados.

Cumplimiento de la Nonnativa Relacionada al TUPA y a la Ley n." 29060 - Ley del Silencio Administrativo.

I INFORME N* 014-2016-MDM-OC ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

Pág. 7 de 7 4, Que el presente infonne sea publicado por intennedio del portal web de la Municipalidad Distrital de

Manantay, en virtud al articulo 5° de ta Ley n." 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Infonnación Pública".

1. Carta n,° 170-2016-MDM-OCl de 7 de octubre de 2016, 2. Carta n," 458-2016-ALC-SG-MDM de 11 de octubre de 2016. 3. Carta n," 172-2016-MDM-OCI de 14 de octubre de 2016. 4. Infonne Legal n.* 700-2016-MDM-GM-GAJ de 20 de octubre de 2016, 5. Resolución de Alcaldía n.° 278-2016-MDM de 26 de agosto de 2016 6. Carta n." 173-2016-MDM-OCI de 14 de octubre de 2016, 7. Carta n." 066-2016-MDM-GSP-SGSCPMDCyS de 17 de octubre de 2016. 8. Carta n." 174-2016-MDM-OC! de 14 de octubre de 2016. 9. Carta n.° 479-2016-MDM-ALC-SG de 19 de octubre de 2016. 10. Carta n.° 175-2016-MDM-OCl de 14 de octubre de 2016. 11. Carta n.° 413-2016-MDM-ALC-GM-GODU-SGDUYR de 20 de octubre de 2016.

V. ANEXOS

Manantay, 24 de octubre de 2016

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Cumplimiento de la Nonnativa Relacionada al TUPA y a la Ley n." 29060 - Ley del Silencio Administrativo PorírvHA 1 ol 10 Ho catiamhro rio 901K