actividad básica derecho procesal civil i

9
Actividad básica Derecho Procesal Civil I 2.4.1 a) La Acción en Justicia Generalidades y definición de la acción Según Henry Solus y Roger Perrot, la acción es “el derecho para el autor de una pretensión de ser oído respecto del fundamento de ésta a fin de que el juez diga si es bien o mal fundada” y para el adversario “la acción es el derecho de discutir el fundamento de esta pretensión”. La acción en justicia es un poder legal gracias al cual una persona puede apoderar una autoridad jurisdiccional al efecto de obtener la sanción del derecho que se pretende titular. La acción es una forma de garantizar la eficacia de los preceptos jurídicos. No se puede litigar medalaganariamente. Tampoco se puede abusar del derecho de acción ante la justicia, pues eso sería deteriorar la imagen de esa importante función del Estado. La acción en justicia, podemos resumir es cuando una persona acude a los tribunales a pedir la aplicación de las leyes a casos concretos, ya sea con el propósito de esclarecer una situación jurídica dudosa o ya sea con el propósito de declarar la existencia de una obligación y hacerla efectiva. b) La acción es un derecho subjetivo que genera obligación. El derecho potestad se concreta a solicitar del estado la prestación de laactividad jurisdiccional, y esta se encuentra obligada a brindar la misma mediante el proceso. * La acción es de carácter público. * La acción es autónoma. * La acción tiene por objeto que serealice el proceso. D) DEMANDAS ADICIONALES

Upload: pomelo2112

Post on 12-Jan-2016

5 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Derecho procesal civil

TRANSCRIPT

Page 1: Actividad Básica Derecho Procesal Civil I

Actividad básica Derecho Procesal Civil I

2.4.1

a) La Acción en Justicia

Generalidades y definición de la acción

Según Henry Solus y Roger Perrot, la acción es “el derecho para el autor de una pretensión de ser oído respecto del fundamento de ésta a fin de que el juez diga si es bien o mal fundada” y para el adversario “la acción es el derecho de discutir el fundamento de esta pretensión”.

La acción en justicia es un poder legal gracias al cual una persona puede apoderar una autoridad jurisdiccional al efecto de obtener la sanción del derecho que se pretende titular.

La acción es una forma de garantizar la eficacia de los preceptos jurídicos. No se puede litigar medalaganariamente. Tampoco se puede abusar del derecho de acción ante la justicia, pues eso sería deteriorar la imagen de esa importante función del Estado.

La acción en justicia, podemos resumir es cuando una persona acude a los tribunales a pedir la aplicación de las leyes a casos concretos, ya sea con el propósito de esclarecer una situación jurídica dudosa o ya sea con el propósito de declarar la existencia de una obligación y hacerla efectiva.

b) La acción es un derecho subjetivo que genera obligación. El derecho potestad se concreta a solicitar del estado la prestación de laactividad jurisdiccional, y esta se encuentra obligada a brindar la misma mediante el proceso.* La acción es de carácter público.* La acción es autónoma.* La acción tiene por objeto que serealice el proceso.

D) DEMANDAS ADICIONALESSon las formadas por el demandante contra el demandado, siempre que la misma tenga estrecha relación con la demanda principal.El demandante ya ha expuesto en su demanda principal el objeto y los medios que sirven de fundamento a su pretensión, con la demanda adicional lo que hace es agregar o aumentar sus pretensiones anteriores.

LAS DEMANDAS INCIDENTALES. Estas están fundamentadas en los Art. 337 al 341 del Código de Procedimiento Civil Dominicano. La regla de la inmutabilidad del proceso exige que la parte, la causa y el objeto de la instancia permanezcan sin variación hasta el final de la misma. La tabilidad de los elementos de la instancia es necesaria, ya que de esta forma se evitan las

Page 2: Actividad Básica Derecho Procesal Civil I

sorpresas y las maniobras; en cierto sentido la inmutabilidad del proceso constituye una garantía de buena justicia.

Sin embargo, la referida regla no es un dogma, de manera que bajo ciertas condiciones se permite a las partes agregar en el curso de la instancia ciertas pretensiones a las originales y que integren a personas que en el origen de la instancia eran extrañas a la misma. A diferencia de lo que ocurre con los incidentes de la instancia las demandas incidentales no se refieren a la marcha del proceso, sino que tienen que ver con asuntos de fondo del proceso. Como se ha indicado precedentemente de lo que se trata es de agregar pretensiones diferentes a las originales o de integrar personas que en el origen de la instancia eran terceros.

2.4.2 Los medios de inadmisión constituyen un obstáculo que evita que se conozca todo o cualquier debate sobre el fondo, por lo tanto se puede afirmar que son medios para eludir el fondo del debate.Los medios de inadmisión, tiene la particularidad de negarle a una parte el Derecho de actuar, en razón de la falta de una de las condiciones de existencia de la acción: falta deinterés para actuar, falta de calidad, prescripción, el plazo prefijado, la cosa juzgada.El diccionario Henry Capitant define la inadmisibilidad como “la defensa tendiente a paralizar el ejercicio de una reclamación administrativa o judicial, sin discutir el fondo del derecho”. A su vez tenemos que el Art. 44 de la ley 834-78 lo define así la admisibilidad de la siguiente manera “constituye una inadmisibilidad todo medio que tienda a hacer declarar al adversario inadmisible en su demanda, sin examen al fondo, por falta de derecho de actuar, tal como la falta de calidad, la falta de interés, la prescripción del plazo prefijado, la cosa juzgada”. Por lo tanto los medios de inadmisión son normalmente utilizado por el demando, que pretende en primer orden declararle la demanda interpuesta por su adversario o parte demandante inadmisible, sin tan siquiera conocer el fondo de la demanda.En su aplicación los medios de inadmisión han traído discusión con respeto al tiempo de interposición de estos medios, así como la acumulación de sus estudios al fondo. Existen jurista que no están de acuerdo con este punto de que el juez cumule para el fondo, a razón de que de igual manera la parte demanda tiene que defenderse de la pretensiones.

2.4.3 Las demandas incidentales se introducirán mediante escrito depositado en la secretaría del tribunal apoderado de la demanda principal, conjuntamente con los documentos y piezas articuladas que les sirvieron de fundamento; sin perjuicio de las atribuciones a cargo del juez de los reherimientos para el conocimiento de las demandas provisionales.El escrito mediante el cual sea introducida una demanda incidental contendrá:

Page 3: Actividad Básica Derecho Procesal Civil I

1. La designación del tribunal al cual sea dirigida;2. El nombre, el apellido, la profesión, el domicilio, la cédula de identidad y el domicilio de elección en el mismo lugar donde tenga su asiento el tribunal, si el demandante incidental no tuviere domicilio allí;3. El nombre, el apellido y el domicilio del demandante incidental y del demandado incidental;4. La descripción del interés que se alegue para la demanda;5. El objeto perseguido con la demanda;6. Una exposición sumaria de los medios de hecho y de derecho en los cuales se fundamenta;7. La fecha del escrito y el nombre, el apellido, la cédula de identidad, el domicilio profesional yla firma del abogado constituido;8. Los fundamentos y conclusiones.

2.5.1 Demanda:Conjunto de bienes o servicios que los consumidores están dispuestos a adquirir a cada nivel de precios, manteniéndose constantes el resto de las variables, también se define como petición de compra de un título, divisa o servicio.Demanda Agregada:Consumo e inversión globales, es decir, total del gasto en bienes y servicios de una economía en un determinado período de tiempo.Demanda Derivada:La que es consecuencia de otra demanda. Así, la demanda de capitales y de mano de obra depende de la demanda final de bienes y servicios.Demanda Elástica:Característica que tienen aquellos bienes cuya demanda se modifica de forma sustancial como consecuencia de cambios en el precio de dicho bien o cambios en la renta de los consumidores.Demanda Inelástica:Demanda que se caracteriza porque la variación en el precio de un bien determinado apenas afecta a la variación de la cantidad demandada de ese bien, de forma que queda manifiesta la rigidez de su demanda. En ocasiones esta relación es incluso inexistente, y entonces se habla de total rigidez de la demanda.Demanda Exterior:Demanda de un país de bienes o servicios producidos en el extranjero.Demanda Interna:Suma del consumo privado y del consumo público de bienes y servicios producidos en el propio país.Demanda Monetaria:

Page 4: Actividad Básica Derecho Procesal Civil I

Función que expresa la cantidad de riqueza que las personas y las empresas guardan en forma de dinero, renunciando así a gastarlo en bienes y servicios o a invertirlo en otros activos.

2.5.1A. Acciones ordinariasLas acciones ordinarias son las que confieren derechos ordinarios a los accionistas como por ejemplo el derecho a participar y votar en las asambleas, a recibir utilidades en el mismo momento que todos los demás y a obtener el dividendo mínimo obligatorio.B. Acciones preferidasLas acciones preferidas son las que confieren derechos especiales a los accionistas que las poseen, como por ejemplo el derecho a cobrar el dividendo mínimo antes que los demás accionistas con acciones ordinarias.  Las acciones preferidas podrán ser privadas del derecho de voto, excepto en las asambleas ordinarias cuando la sociedad se encuentre en mora en el cumplimiento de los derechos acordados y en las asambleas extraordinarias que consideren resoluciones o reformas que den derecho a receso (art. 323).C. Acciones de goceLas acciones de goce no son acciones propiamente dichas. Confieren a su tenedor el derecho a recibir anticipadamente el valor de sus acciones sin esperar a la liquidación de la sociedad. Estos accionistas ven anticipado el eventual suceso de la liquidación, recibiendo lo que les correspondería en el remanente de la liquidación de la sociedad. Son el resultado del proceso denominado “amortización de acciones” previsto en la Ley de Sociedades Comerciales n° 16.060 de 1989 (LSC) en los arts. 311 y 312. Se puede adelantar el pago del remanente en la liquidación de la sociedad y, por lo tanto, emitir acciones de goce, siempre y cuando existan ganancias realizadas  líquidas. Esto es así porque la emisión de estas acciones no puede provocar una disminución en el capital social.  D. Acciones seriadasLa LSC habilita la emisión de series de acciones (art. 296). Cuando se emiten series de acciones es para atribuir a cada serie especiales derechos. La LSC prevé asambleas especiales de cada serie, cuando se trate de la adopción de resoluciones que puedan afectar los derechos de sus tenedores (art. 349).Cabe advertir que el funcionamiento de la asamblea especial y las resoluciones allí adoptadas, son sin perjuicio de las competencias atribuidas por la LSC a las asambleas generales. Así, por ejemplo, si entre los derechos atribuidos a una serie está el de elegir a uno o más directores, esto no puede ser interpretado como sustitutivo de la atribución que a este respecto establece el n° 2 del art. 342. En este caso, la designación la debe realizar la asamblea general, en función de la elección realizada por la asamblea especial de accionistas con acciones preferidas.

Page 5: Actividad Básica Derecho Procesal Civil I

2.5.3 Demanda Principal s aquella demanda judicial que ejerce el demandado, en el mismo proceso judicial, al momento de contestar la demanda de la que ha sido objeto. Además de pedir la absolución, el demandado introduce nuevas peticiones al tribunal frente a la otra parte (el demandante). El demandado se transforma, a su vez, en demandante y el demandante en demandado. El efecto de la demanda reconvencional es que ambas partes se demandan mutuamente. Habrá dos procesos que concluirán con una única sentencia. La reconvención será deducida en el mismo escrito de la contestación de la demanda , no es posible hacerlo después. La reconvención es inadmisible en el proceso sumarísimo en Argentina.

Page 6: Actividad Básica Derecho Procesal Civil I

2.5.4 Por ejemplo, "Desalojo"Nombre y domicilio real del actor.Nombre y domicilio real del demandadoCosa demandada. Por ejemplo, pago de cinco mil 00/100 Dólares americanos ($US 5.000.-)Hechos. Por ejemplo, "por haber entregado 10 televisores de 40 pulgadas marca SONY en fecha 10 de febrero de 1999 en calidad de compraventa a crédito, que hasta ahora no me pagó".El derecho. Por ejemplo, " por lo que en base al Art.- 961 del código Civil y los Arts. 486 y 487 inc. 2 del Código de Procedimiento Civil."Petición. Por ejemplo, " exijo el pago inmediato de todo lo adeudado, mas daños y perjuicios y solicito a su autoridad declare probada mi demanda y el embargo del bien inmueble descrito en el otrosí siguiente."Domicilio legal del actor.FechaRubrica y sello del abogado.Rubrica y firma del actor.

2.6.1 Demanda de bienes social y nacionalmente necesarios (alimentación, vestido, vivienda, etc.)Demanda de bienes no necesarios (consumo suntuario) (perfumes, ropa fina, etc. )La compra de los segundos se realiza para satisfacer un gusto y no una necesidad.Tipos de demanda según su temporalidadDemanda continua: la que permanece durante largos periodos, normalmente en crecimiento. Ejemplo: demanda de alimentos: seguirá creciendo mientras crezca la población.Demanda cíclica o estacional: se relaciona con los periodos del año, por circunstancias climatológicas o comerciales.

2.6.3 LA INADMISIBILIDAD Y NULIDAD DE LAS PRUEBAS ILÍCITAS.DATOS DE PRUEBA, MEDIOS DE PRUEBA Y PRUEBA.

La acepción de prueba no es un concepto unívoco, así que debe precisarse su significado durantela etapa del procedimiento en la que se emplea.En su sentido etimológico, la palabra prueba, deriva del término latín probatio oprobationis, que a su vez procede del vocablo probus que significa:bueno, por tanto lo que resulta probado es bueno y se ajusta a la realidad; probar consiste en verificar o demostrar la autenticidad de una cosa.De otro lado se afirma que la prueba en materiajurídica se presenta como la

Page 7: Actividad Básica Derecho Procesal Civil I

necesidad de comprobar, de verificar todo objeto de conocimiento; es algo distinto a la averiguación, para probar es necesario previamente investigar o indagar. La averiguaciónes siempre anterior en el tiempo a la prueba, se investigan y averiguan unos hechos para poder realizar afirmaciones en torno a los mismos, y una vez hechas éstas es cuando tiene lugar la prueba delas mismas, es decir la verificación de su exactitud, así vemos que siendo necesaria la investigación, la misma no forma parte del fenómeno probatorio.El concepto de prueba puede entenderse desde los siguientes aspectos:Objetivo: Lleva al Juez al conocimiento de los hechos, esto es, es un instrumento o medio que se utiliza para lograr la certeza judicial por lo que abarcaría todas las actividades relativas a la búsqueda y obtención de las fuentes de prueba, así como la práctica de los diferentes medios de prueba a través de los cuales, aquéllas se introducen en el proceso. Subjetivo.- Se equipara al resultado que se obtiene de la misma, al convencimiento o grado de convicción judicial que se produce en la mente del Juez, es el hecho mismo del resultado de la actividad prorbatoria.