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Actas de formación de juntas y declaraciones de independencia (1809-1822) Reales Audiencias de Quito, Caracas y Santa Fe Tomo II

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Actas de formación de juntas y declaraciones de

independencia (1809-1822)

Reales Audiencias de Quito, Caracas y Santa Fe

Tomo II

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Actas de formación de juntas y declaraciones de

independencia (1809-1822)

Reales Audiencias de Quito, Caracas y Santa Fe

EditoresInés Quintero Montiel

Armando Martínez Garnica

Colección Bicentenario Bucaramanga, 2008

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© Universidad Industrial de Santander

Colección Bicentenario N° 2: “Actas de formación de juntas y declaraciones de independencia (1809-1822)”. Tomo II Dirección Cultural Universidad Industrial de Santander

Rector UIS: Jaime Alberto Camacho Pico Vicerrector Académico: Álvaro Gómez Torrado Vicerrector de Investigación y Extensión: Óscar Gualdrón González Vicerrector Administrativo: Sergio Isnardo Muñoz V. Director de Publicaciones: Óscar Roberto Gómez Molina Dirección Cultural: Luis Álvaro Mejía Argüello

Impresión: División Editorial y de Publicaciones UIS

Comité Editorial: Armando Martínez Garnica Serafín Martínez González Luis Alvaro Mejía A. Primera Edición: noviembre de 2007

ISBN: 978-958-8187-76-1

Dirección Cultural UIS Ciudad Universitaria Cra. 27 calle 9. Tel. 6846730 - 6321349 Fax. 6321364 [email protected] Bucaramanga, Colombia

Impreso en Colombia

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Contenido

1.3. REAL AUDIENCIA DE SANTA FÉSanta FéTunjaNeivaSan Juan GirónPamplonaPopayánMompóxNóvita y ChocóSanta Fe de AntioquiaSanta MartaCiudades del Valle del Cauca

2. DECLARACIONES DE INDEPENDENCIA

2.1. REAL AUDIENCIA DE CARACAS

2.2. REAL AUDIENCIA DE SANTA FÉ

2.3. REAL AUDIENCIA DE QUITO

249

251

265

309

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7Colección Bicentenario

1.3. REAL AUDIENCIA DE SANTA FÉ

Santa Fé

Acta del cabildo extraordinario de la ciudad de Santafé

20 de julio de 1810

En la ciudad de Santafé, a veinte de julio de mil ochocientos diez, y hora de las seis de la tarde, se juntaron los señores del muy ilustre Cabildo, en calidad de extraordinario, en virtud de haberse juntado el pueblo en la plaza pública y proclamado por su diputado al señor don José Acevedo y Gómez, para que le propusiese los vocales en quienes el mismo pueblo iba a depositar el Supremo Gobierno del Reino; y habiendo hecho presente dicho señor regidor que era necesario contar con la autoridad del actual jefe, el excelentísimo señor don Antonio Amar, se mandó una diputación compuesta del señor contador de la Casa Real de Moneda, don Manuel de Pombo, el doctor don Miguel de Pombo y don Luis Rubio, vecinos, a dicho señor excelentísimo, haciéndole presente las solicitudes justas y arregladas de este pueblo, y pidiéndole para su seguridad y ocurrencias del día de hoy, pusiese a disposición de este cuerpo las armas, mandando por lo pronto una compañía para

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resguardo de las casas capitulares, comandada por el capitán don Antonio Baraya.

Impuesto Su Excelencia de las solicitudes del pueblo, se prestó con la mayor franqueza a ellas. En seguida se manifestó al mismo pueblo la lista de los sujetos que había proclamado anteriormente, para que uni-dos a los miembros legítimos de este cuerpo (con ex-clusión de los intrusos don Bernardo Gutiérrez, don Ramón Infiesta, don Vicente Rojo, don José Joaquín Álvarez, don Lorenzo Marroquín, don José Carpin-tero y don Joaquín Urdaneta), se deposite en toda la Junta el Gobierno Supremo de este Reino interina-mente, mientras la misma Junta forma la Constitu-ción que afiance la felicidad pública, contando con las nobles provincias, a las que al instante se les pedirán sus diputados, formando este cuerpo el reglamento para las elecciones en dichas provincias, y tanto éste como la constitución de gobierno debieran formarse sobre las bases de libertad e independencia respectiva de ellas, ligadas únicamente por un sistema federati-vo, cuya representación deberá residir en esta capital, para que vele por la seguridad de la Nueva Granada, que protesta no abdicar los derechos imprescriptibles de la soberanía del pueblo a otra persona que a la de su augusto y desgraciado monarca don Fernando VII, siempre que venga a reinar entre nosotros, quedando por ahora sujeto este nuevo gobierno a la Superior Junta de Regencia, ínterin exista en la Península, y sobre la Constitución que le dé el pueblo, y en los tér-minos dichos, y después de haberle exhortado el señor regidor su diputado a que guardase la inviolabilidad de las personas de los europeos en el momento de esta fatal crisis, porque de la recíproca unión de los ameri-canos y los europeos debe resultar la felicidad públi-ca, protestando que el nuevo gobierno castigará a los delincuentes conforme a las leyes, concluyó recomen-dando muy particularmente al pueblo la persona del excelentísimo señor don Antonio Amar; respondió el

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pueblo con las señales de mayor complacencia, apro-bando cuanto expuso su diputado.

Y en seguida se leyó la lista de las personas elegidas y proclamadas en quienes con el ilustre cabildo ha depositado el gobierno supremo del Reino, y fueron los señores doctor don Juan Bautista Pey, arcediano de esta santa iglesia catedral; don José Sanz de Santamaría, tesorero de esta Real Casa de Moneda; don Manuel Pombo, contador de la misma; doctor don Camilo de Torres; don Luis Caycedo y Flórez; doctor don Miguel Pombo; don Francisco Morales; doctor don Pedro Groot; doctor don Fruto Gutiérrez; doctor don José Miguel Pey, alcalde ordinario de primer voto; don Juan Gómez, de segundo; doctor don Luis Azuola; doctor don Manuel Álvarez; doctor don Ignacio Herrera; don Joaquín Camacho; doctor don Emigdio Benítez; el capitán don Antonio Baraya; teniente coronel José María Moledo; el reverendo padre fray Diego Padilla; don Sinforoso Mutis; doctor don Juan Francisco Serrano Gómez; don José Martín París, administrador general de tabacos; doctor don Antonio Morales; doctor don Nicolás Mauricio de Omaña.

En este estado proclamó el pueblo con vivas y aclamaciones a favor de todos los nombrados y notando la moderación de su diputado, el expresado señor regidor don José Acevedo, que debía ser el primero de los vocales, y en seguida nombró también de tal vocal al señor magistral doctor don Andrés Rosillo, aclamando su libertad, como lo ha hecho en toda la tarde, y protestando ir en este momento a sacarlo de la prisión en que se halla. El señor regidor hizo presente a la multitud los riesgos a que se exponía la seguridad personal de los individuos del pueblo si le precipitaba a una violencia, ofreciéndole que la primera disposición que tomará la Junta será la libertad de dicho señor magistral y su incorporación en ella.

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En este estado habiendo ocurrido los vocales electos, con todos los vecinos notables de la ciudad, prelados, eclesiásticos, seculares y regulares, con asistencia del señor don Juan Jurado, oidor de esta Real Audiencia, a nombre y representando la persona del excelentísimo señor don Antonio Amar, y habiéndole pedido el congreso pusiese el parque de artillería a su disposición por las desconfianzas que tiene el pueblo, y excusándose por falta de facultades, se mandó una diputación a Su Excelencia, compuesta de los señores doctor don Miguel Pey, don José Moledo y doctor don Camilo Torres, pidiéndole mandase poner dicho parque a órdenes de don José Ayala. Impuesto Su Excelencia del mensaje, contestó que lejos de dar providencia ninguna contraria a la seguridad del pueblo, había prevenido que la tropa no hiciese el menor movimiento, y que bajo de esta confianza viese el congreso qué nuevas medidas quería tomar en esta parte. Se le respondió que los individuos del mismo congreso descansaban con la mayor confianza en la verdad de Su Excelencia; pero que el pueblo no se inquietaba, sin embargo de habérsele repetido varias veces desde los balcones por su diputado, que no tenía que temer en esta parte, y que era preciso, para lograr su tranquilidad, que fuese a encargarse y cuidar de la artillería una persona de su satisfacción, que tal era el referido don José de Ayala. En cuya virtud previno dicho excelentísimo señor virrey, que fuese el mayor de plaza don Rafael de Córdova con el citado Ayala a dar esta orden al comandante de artillería, y así se ejecutó.

En este estado, impuesto el Congreso del vacío de facultades que expuso el señor oidor don Juan Jurado, mandó otra diputación suplicando a Su Excelencia se sirviese concurrir personalmente, a que se excusó por hallarse enfermo; y habiéndolas delegado todas verbalmente a dicho señor oidor, según expusieron los diputados, se repitió el mensaje para que las mande

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por escrito con su secretario don José de Leiva, a fin de que se puedan dar las disposiciones convenientes sobre la fuerza militar, y de que autoricen este acto. Entre tanto se recibió juramento a los señores vocales presentes, que hicieron en esta forma, a presencia del muy ilustre cabildo y en manos del señor regidor, primer diputado del pueblo, don José Acevedo y Gómez: puesta la mano sobre los santos evangelios y la otra formada la señal de la cruz, a presencia de Jesucristo Crucificado, dijeron: juramos por el Dios que existe en el Cielo, cuya imagen está presente y cuyas sagradas y adorables máximas contiene este libro, cumplir religiosamente la constitución y voluntad del pueblo expresada en esta acta, acerca de la forma del gobierno provisional que ha instalado; derramar hasta la última gota de nuestra sangre por defender nuestra sagrada Religión Católica, Apostólica, Romana; nuestro amadísimo monarca don Fernando VII y la libertad de la Patria; conservar la libertad e independencia de este Reino en los términos acordados; trabajar con infatigable celo para formar la constitución bajo los puntos acordados, y en una palabra, cuanto conduzca a la felicidad de la Patria.En este estado me previno dicho señor regidor diputado a mí el secretario, certificase el motivo que ha tenido para extender esta acta hasta donde se halla. En su cumplimiento, digo: que habiendo venido dicho señor diputado a la oración, llamado a cabildo extraordinario, el pueblo lo aclamó luego que lo vio en las galerías del cabildo, y después de haberle exhortado dicho señor a la tranquilidad, el pueblo le gritó se encargase de extender el acta, por donde constase que reasumía sus derechos, confiando en su ilustración y patriotismo, lo hiciese del modo más conforme a la tranquilidad y felicidad pública, cuya comisión aceptó dicho señor. Lo que así certifico bajo juramento, y que esto mismo proclamó todo el pueblo.

Eugenio Martín Melendro.

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En este estado, habiendo recibido por escrito la comisión que pedía el señor Jurado a Su Excelencia, y esto estando presentes la mayor parte de los señores vocales elegidos por el pueblo, con asistencia de su particular diputado y vocal el regidor don José Acevedo, se procedió a oír el dictamen del síndico personero doctor don Ignacio de Herrera, quien impuesto de lo que hasta aquí tiene sancionado el pueblo y consta del acta anterior dirigida por especial comisión y encargo del mismo pueblo, conferido a su diputado el señor regidor don José Acevedo, dijo: que el congreso presente compuesto del muy ilustre cabildo, cuerpos, autoridades y vecinos, y también de los vocales del nuevo Gobierno, nada tenía que deliberar, pues el pueblo soberano tenía manifestada su voluntad por el acto más solemne y augusto con que los pueblos libres usan de sus derechos, para depositarlos en aquellas personas que merezcan su confianza; que en esta virtud los vocales procediesen a prestar el juramento y en seguida la Junta dicte las más activas providencias de seguridad pública. En seguida se oyó el voto de todos los individuos del congreso, que convinieron unánimemente y sobre que hicieron largas y eruditas arengas, demostrando en ellas los incontestables derechos de los pueblos, y particularmente los de este Nuevo Reino, que no es posible puntualizar en medio del inmenso pueblo que nos rodea.

El público se ha opuesto en los términos más claros, terminantes y decisivos a que ninguna persona salga del Congreso antes de que quede instalada la Junta, prestando sus vocales el juramento en manos del señor arcediano gobernador del Arzobispado, en la de los dos señores curas de la catedral, bajo la fórmula que queda establecida y con la asistencia del señor diputado don José Acevedo; que en seguida presten el juramento de reconocimiento de estilo a este nuevo gobierno los cuerpos civiles, militares y políticos que

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existen en esta capital, con los prelados, seculares y regulares, gobernadores del Arzobispado, curas de la catedral y parroquias de la capital, con los rectores de los colegios. Impuesto de todo lo ocurrido hasta aquí el señor don Juan Jurado, comisionado por Su Excelencia para presidir este acto, expuso no creía poder autorizarle en virtud de la orden escrita que se agrega, sin dar parte antes a Su Excelencia de lo acordado por el pueblo y el Congreso, como considera dicho señor que lo previene Su Excelencia.

Con este motivo se levantaron sucesivamente de sus asientos varios de los vocales nombrados por el pueblo, y con sólidos y elocuentes discursos demostraron ser un delito de lesa majestad y alta traición sujetar o pretender sujetar la soberana voluntad del pueblo, tan expresamente declarada en este día, a la aprobación o improbación de un jefe cuya autoridad ha cesado desde el momento en que este pueblo ha reasumido en este día sus derechos y los ha depositado en personas conocidas y determinadas. Pero reiterando dicho señor su solicitud con el mayor encarecimiento, y aunque fuera resignando su toga, para que el señor virrey quedase persuadido del deseo que tenía dicho señor de cumplir su encargo en los términos que cree habérsele conferido. A esta proposición tomó la voz el pueblo ofreciendo a dicho señor garantías y seguridades por su persona y por su empleo, pero que de ningún modo permitía saliese persona alguna de la sala sin que quedase instalada la Junta, pues a la que lo intentase se trataría como a reo de alta traición, según lo había protestado el señor diputado en su exposición, y que le diese a dicho señor certificación de este acto para los usos que le convengan. Y en este estado dijo dicho señor que su voluntad de ningún modo se entendiera ser contraria a los derechos del pueblo que reconoce y se ha hecho siempre honor por su educación y principios de reconocer: que se conforma y jurará el nuevo gobierno con la protesta de que reconozca

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al Supremo Consejo de Regencia. Y procediendo al acto del juramento, recordaron los vocales doctor don Camilo Torres y el señor regidor don José Acevedo que en su voto habían propuesto se nombrase presidente de esta Junta Suprema del Reino al excelentísimo señor teniente general don Antonio Amar y Borbón; y habiéndose vuelto a discutir el negocio, le hicieron ver al pueblo con la mayor energía por el doctor Fruto Joaquín Gutiérrez, las virtudes y nobles cualidades que adornan a este distinguido y condecorado militar, y más particularmente manifestada en este día y noche, en que por la consumada prudencia se ha terminado una revolución que amenazaba las mayores catástrofes, atendida la misma multitud del pueblo que ha concurrido a ella, que pasa de nueve mil personas que se hallan armadas, y comenzaron por pedir la prisión y cabezas de varios ciudadanos, cuyos ánimos se hallaban en la mayor división y recíprocas desconfianzas desde que supo el pueblo el asesinato que se cometió a sangre fría en el de la villa del Socorro por su corregidor don José Valdés, usando de la fuerza militar, y particularmente desde ayer tarde, en que se aseguró públicamente que en estos días iban a poner en ejecución varios facciosos la fatal lista de diez y nueve ciudadanos condenados al cuchillo, porque en sus respectivos empleos han sostenido los derechos de la patria, en cuya consideración, tanto los vocales, cuerpos y vecinos que se hallan presentes, como el pueblo que nos rodea, proclamaron a dicho señor excelentísimo don Antonio Amar por presidente de este nuevo gobierno.

Con lo cual y nombrando de vicepresidente de la Junta Suprema de Gobierno del Reino al señor alcalde ordinario de primer voto, doctor don Miguel Pey de Andrade, se procedió al acto del juramento de los señores vocales en los términos acordados. Y en seguida prestaron el de obediencia y reconocimiento de este nuevo Gobierno el señor oidor que ha presidido

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la asamblea, el señor don Rafael de Córdoba, mayor de la Plaza; el señor teniente coronel don José de Leiva, secretario de Su Excelencia; el señor arcediano, como gobernador del Arzobispado y como presidente del Cabildo Eclesiástico; el reverendo padre provincial de San Agustín; el prelado del Colegio de San Nicolás; los curas de la catedral y parroquiales; rectores de la universidad y colegios; el señor don José María Moledo, como jefe militar; el muy ilustre cabildo secular, que son las autoridades que se hallan actualmente presentes, omitiéndose llamar por ahora a las que faltan, por ser las tres y media de la mañana. En este estado se acordó mandar una diputación al Excelentísimo señor don Antonio Amar para que participe a Su Excelencia el empleo que le ha conferido el pueblo de presidente de esta Junta, para que se sirva pasar el día de hoy a las nueve a tomar posesión de él, para cuya hora el presente secretario citará a los demás cuerpos y autoridades que deben jurar la obediencia y reconocimiento de este nuevo gobierno.(Firmantes) Juan Jurado. Doctor José Miguel Pey. Juan Gómez. Juan Bautista Pey. José María Domínguez de Castillo. José Ortega. Fernando de Benjumea. José Acevedo y Gómez. Francisco Fernández Heredia Suescún. Doctor Ignacio de Herrera. Nepomuceno Rodríguez Lago. Joaquín Camacho. José de Leiva. Rafael Córdoba. José María Moledo. Antonio Baraya. Manuel Bernardo Alvarez. Pedro Groot. Manuel de Pombo. José Sanz de Santamaría. Fray Juan Antonio González, guardián de San Francisco. Nicolás Mauricio de Omaña. Pablo Plata. Emigdio Benítez. Frutos Joaquín Gutiérrez de Caviedes. Camilo Torres. Doctor Santiago Torres y Peña. Francisco Javier Serrano Gómez de la Parra Celi de Alvear. Fray Mariano Garnica. Fray José Chávez. Nicolás Cuervo. Antonio Ignacio Gallardo, rector del Rosario. Doctor José Ignacio Pescador. Antonio Morales. José Ignacio Alvarez. Sinforoso Mutis. Manuel Pardo.

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Las firmas que faltan en esta acta, y están en el cuaderno de la Suprema Junta, son las siguientes:Luis Sarmiento. José María Carbonell. Doctor Vicente de la Rocha. José Antonio Amaya. Miguel Rosillo y Meruelo. José Martín París. Gregorio José Martín Portillo. Juan María Pardo. José María León. Doctor Miguel de Pombo. José Eduardo de Azuola. Doctor Juan Nepomuceno Azuero Plata. Doctor Julián Joaquín de la Rocha. Juan Manuel Ramírez. Juan José Mutienx.

Ante mí, Eugenio Martín Melendro.

El original de esta acta se quemó en el incendio del Cabildo de Bogotá en 1900, pero una copia de ella había sido publicada el 20 de julio de 1782 en el Diario de Cundinamarca. Ha sido publicada también por Eduardo Posada en el Boletín de Historia y Antigüedades (tomo VI, Nº 63, julio de 1910; p. 165-186), por Enrique Ortega Ricaurte en Documentos sobre el 20 de julio de 1810 (Bogotá: Kelly, 1960; p. 121-146), por Germán Arciniegas en Colombia. Itinerario y espíritu de la independencia según los documentos principales de la Revolución (Cali: Norma, 1969; p. 77-82), por Eduardo Ruiz Martínez en Los hombres del 20 de julio (Bogotá: Universidad Central, 1996; p. 401-410) y por Guillermo Hernández de Alba en Cómo nació la República de Colombia (Bogotá: Academia Colombiana de Historia, 2004, p. 47-57). Esta acta fue publicada por José María Samper en su Historia crítica del Derecho Constitucional colombiano desde 1810 hasta 1886. Bogotá: Imprenta de La Luz, 1887. Reedición en 1951 en la Biblioteca Popular de Cultura Colombiana, 1951, tomo I. Reedición en Bogotá por Temis, 1982, p. 24-29.

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Carta de José Acevedo y Gómez sobre los sucesos del 20 de julio de

1810

Santafé, 21 de julio de 1810Señor don Miguel Tadeo Gómez.Socorro

A las siete de la mañana, querido primo, grandes acontecimientos políticos. ¡Somos libres! ¡Felices de nosotros! Se completó la obra que comenzó esa ilustre provincia. Antes de ayer averiguó este pueblo que unos cuantos facciosos europeos nos iban a dar un asalto en la noche de ayer y quitar la cabeza a diez y nueve americanos ilustres, en cuya fatal lista tengo el honor de haber sido el tercero, Benítez el primero y Torres el segundo. Esta noticia, semiplenamente probada por el infatigable celo de nuestros alcaldes Gómez, europeo ilustre, y Pey, patricio benemérito, con la del horrendo asesinato que hizo en esa villa el tirano Valdés, puso furioso al pueblo de Santafé, que antes tenían por estúpido. La noche del 19 vino el pueblo a guardarme, y si no le he contenido se precipita sobre los cuarteles.

Ayer 20 fueron a prestar un ramillete a don José González Llorente para el refresco de Villavicencio, a eso de las once y medio día, en su tienda en la primera

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Calle Real, y dijo que no lo daba; y que se c… en Villavicencio y en todos los americanos; al momento que pronunció estas palabras le cayeron los Morales, padre e hijo; se juntó tanto pueblo, que si no se refugia en casa de Marroquín, lo matan. En seguida, como a eso de las dos de la tarde, descubrieron al alcalde toda la conspiración. El pueblo no le permitió actuar: descerrajaron la casa de Infiesta, jefe de ella y si no lo rodean algunos patriotas, brillaban los puñales sobre su pecho, lo mismo que sobre Llorente, a quien también sacó de su casa con Trillo y Marroquín, que escapó vestido de mujer, pero le cogió el alcalde Gómez en una sala de armas. El virrey mandó escolta para auxiliar a la Junta. Yo estaba en mi casa con otros amigos, cuando a la oración vino el pueblo y me llevó a cabido, pidiendo las cabezas de Alba, Frías y otros, con la libertad de Rosillo. La plaza estaba completamente llena de gente y las calles no daban paso. Subí y al instante me nombró el pueblo para su Tribuno o Diputado, y me pidió le hablase en público, haciéndome mil elogios. Calló, y le hice una arenga, manifestándole sus derechos y la historia de su esclavitud, y principalmente en estos dos años, con la de los peligros que habíamos corrido sus defensores. Le demostré la peligrosa cruz en que se hallaba si prevalecía la tiranía y la fuerza.

En seguida me gritó que reasumía sus derechos y estaba pronto a sostenerlos con su sangre; que extendiese el acta de libertad en los términos que me dictaran mi patriotismo y conocimientos; que le propusiera diputados para que unidos al Cabildo le gobernasen ínter las provincias mandan sus diputados, excluyendo de este cuerpo a los intrusos.

Entré a la sala, extendí el acta el acta constitucional, formé la lista de diez y seis diputados. Salí a la tribuna, hice otra pequeña arenga, leí la lista, la aplaudió, y notando que faltaba mi nombre, dijo

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que debía ser el primero. Y añadió otros vocales, insistiendo en que iba a forzar la prisión de Rosillo. Le aplaqué, ofreciéndole que el primer acto del nuevo Gobierno sería la libertad de este ilustre vocal; que usara el pueblo con dignidad de sus derechos y no comprometiera con violencias la seguridad de ningún ciudadano. Oyó mi voz. ¡Qué placer es merecer la confianza de un pueblo noble! Llegaron a Cabildo los diputados, prelados, jefes, autoridades, etc., y el oidor don Juan de Jurado, comisionado por su Excelencia para… [palabra ilegible en el original]. Era tal la confusión que nadie se entendía. El pueblo gritaba que si no era cierto que tenía que pelear con tiranos, se le entregase la artillería. El virrey la puso a disposición de don José Ayala, quien con cien paisanos se unió a su comandante. Pidió también una compañía para guardia de las Casas Consistoriales, comandada por Baraya, y la mandó, pero no cesaban las desconfianzas. A las doce de la noche se trató de acordar, comenzaron a dar votos disparatados y a pedir la lectura del acta del pueblo, certificada por el Excelentísimo, y dije que el Congreso no tenía ya autoridad para variar la institución del pueblo. El síndico dijo lo mismo; el oidor se oponía, y revistiéndome de la cualidad del Tribuno, salí al medio de la sala. Hice una arenga y declaré reo de lesa majestad al que se opusiera a la instalación de la Junta. El pueblo me abrazaba, etc. El asesor del Cabildo siguió el mismo dictamen, y el síndico, cuyo voto fue el primero que puse, dijo lo mismo. Se retractaron los cuatro que habían propuesto adjuntos para el virrey.

Hablaron los nuevos vocales divinamente. El Demóstenes Gutiérrez se hizo inmortal. Torres, Pombito, etc. El pueblo gritaba lleno de entusiasmo. Jamás Atenas ni Roma tuvieron momento tan feliz, ni fueron superiores a sus oradores a los que hablaron la noche del 20 de julio en Santafé. Resultó por unanimidad que no había facultad para variar el acta

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extendida por el Diputado del pueblo; que jurasen los vocales y se instalase la Junta.

El oidor quiso dar parte al virrey antes, y el pueblo gritó que era un traidor, pues sujetaba la soberanía del pueblo a la decisión de un particular. Me asombré cuando oí esta proposición en boca de gentes al parecer ignorantes. No hubo arbitrio: se instaló la Junta unida al Cabildo. Hice presente al pueblo la consideración que debía a don Antonio Amar por su prudencia en esta circunstancia, y las políticas que debían tenerse presentes para que lo hiciera presidente. Gritó que viva Amar. No, no es tirano pues que lo abona nuestro diputado: sea presidente. Fue una diputación a Su Excelencia, a las tres de la mañana, compuesta del arcediano, cura Omaña, Torres y Herrera, con el oidor; le dio parte de todo; recibió con sumo gusto la noticia y aceptó el cargo con que le honró el pueblo, ofreciendo reconocer la Junta a las nueve de hoy y recibirse, suplicando sí que le dispensasen venir a Cabildo, pues está malo. Enseguida, la han reconocido todos los cuerpos que estaban presentes, el Cabildo, prelados, Gobierno Eclesiástico y los jefes militares, con expresa orden del Virrey. Sólo falta la audiencia de algunos prelados, etc.

Tenemos que ir a las nueve a la primera sesión, en que quedarán concluidas todas estas formalidades. El pueblo no creyó los juramentos de Sámano. “Quito –gritaban- y el Socorro acusan a estos pérfidos”. Sámano consignó el bastón muy sentido. Yo aplaqué al pueblo. Hay en este momento, que son las ocho de la mañana, sobre 4.000 hombres a caballo, que han entrado de la Sabana, y mi casa no se entiende. Toda la noche ha estado el pueblo frente a mi balcón gritando vivas; mi mujer y mis hijos no se han acostado. Ésta fuera una Troya si el virrey no se porta como se portó. Las campanas no han cesado de tocar a fuego; todo iluminado. El pueblo registró todas las casas

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sospechosas, pero no hizo daño alguno; sólo recogió las armas y municiones. En este estado nos hallamos.Adiós, mi querido primo.José Acevedo y Gómez.

[P.S.] La constitución debe formarse sobre bases de libertad, para que cada provincia se centralice, uniéndose en ésta por un Congreso Federativo. Está jurada así por todos (palabra ilegible) por mi Patria a su valor y a sus desgracias debemos esta resolución. ¡Qué viva la Esparta de la América, el terror de los tiranos! Dí a mis queridos paisanos que los adoro, que somos libres por su valor y constancia, que se estén tranquilos pero avisados. Allá irá Plata, con el acta impresa. Benítez es vocal y Gómez el clérigo, mis dignos paisanos.

(Hay una rúbrica)

Esta carta de José Acevedo y Gómez a su primo socorrano, Miguel Tadeo Gómez, es un relato de primera mano sobre lo sucedido en Santafé el 20 de julio de 1810. Ha sido publicada en el Boletín de Historia y Antigüedades (vol. XVI, Nº 192, diciembre de 1927; p. 741-756) y recientemente por Guillermo Hernández de Alba en Cómo nació la República de Colombia. Bogotá: Academia Colombiana de Historia, 2004; p. 65-69.

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Comunicaciones de la Junta Suprema de Santafé

Al señor comisionado regio de este Reino, don Antonio Villavicencio.

Número 1º. A petición del pueblo de esta capital, acaba de ser instalada y reconocida en la noche de ayer que contamos 20 de julio a hoy 21 del mismo, una Junta Suprema Provincial Gubernativa del Reino en calidad de provisional, mientras se reúnen los diputados de todos los cabildos de su comprensión, y con dependencia del Consejo de Regencia que tenía anticipadamente jurado y reconocido esta ciudad y todos sus cuerpos y autoridades, y de que vuesamerced es comisario regio, y para su debida inteligencia y reconocimiento, y que bajo de estos principios pueda entenderse con dicha Suprema Junta en los puntos que ocurran de su respectiva comisión, me ha prevenido le participe a vuesamerced como vicepresidente que soy de la misma junta.

Dios guarde a vuesamerced muchos años.Santa Fe, 21 de julio de 1810.

(Firmado) Don Josef Miguel Pey, vicepresidente.

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Bando23 de julio de 1810

La Junta Suprema compuesta del excelentísimo señor don Antonio Amar su Presidente, Alcalde Ordinario de primer voto Vicepresidente, individuos del Muy Ilustre Cabildo y Vocales diputados por voluntaria proclamación del pueblo de esta ciudad de Santafé de Bogotá y sus contornos: a nombre del mismo leal y generoso pueblo; que reasume sus derechos parciales sin perjuicio de la Representación Nacional Interinaria del Supremo Consejo de Regencia, y su duración hasta el resultado de las Cortes Generales, o cesación en el caso de que desgraciadamente sea ocupada la España del enemigo común, y en cualesquiera circunstancias bajo la augusta representación y amable soberanía del señor don Fernando VII arreglada a los principios constitucionales del derecho de gentes, y leyes fundamentales del estado español,

AL PUEBLO SENSIBLE, DÓCIL, CRISTIANO Y FIEL DE ESTA CIUDAD Y SU COMARCA.

Tan sabido es como notorio, que en el conflicto a que se vio últimamente reducida la nación por la parte del territorio europeo, y disolución de la Suprema Junta Central a que se ha sustituido interinamente el Supremo Consejo de Regencia, todavía el leal y

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generoso pueblo del Nuevo Reino de Granada no había variado de conducta, sometido en todas las cosas a las autoridades del antiguo gobierno, hasta que noticioso de las novedades ocurridas en la ilustre ciudad de Caracas, y sucesivamente en las de Barinas, Cumaná, Puerto Cabello, Guayana y últimamente en las de la ciudad de Cartagena, Pamplona y Villa del Socorro, que conducidos por los mejores principios de equidad y constreñidos de una necesidad inevitable alteraron el gobierno hasta esta época recibido, y sustituyeron al que más adecuadamente exigía el imperio de las circunstancias, no pudo menos que estremecerse a vista del horrible monstruo de la anarquía y división de las provincias. En su consecuencia correspondiendo las resultas a la lealtad y energía de este noble pueblo, se dejó ver la conmoción de los ánimos en la tarde del día 20 del corriente.

El Muy Ilustre Cabildo siempre en vigilancia por la felicidad común, urgido del deseo de evitar los daños perniciosísimos que aparejan semejantes acontecimientos, aunque en todo tiempo con la confianza que le inspiraba su antiguo conocimiento de la cristiandad y generosidad del pueblo, requirió al Excelentísimo señor Virrey para la celebración de un cabildo particular extraordinario, el que momentánea-mente por la serie de los sucesos de aquella tarde, se elevó con consentimiento del mismo jefe a la clase de cabildo general abierto, el que representando la persona del Excelentísimo Señor virrey dignamente y con expresa comisión suya el ministro don Juan Jurado, oídos los votos de una numerosa multitud, y entendido que la voluntad del pueblo era determinadamente la de que en el instante se hiciese la erección de una Junta Suprema Gubernativa, quedó instalada con todas cuantas formalidades ha observado la nación en iguales casos, y compuesta desde luego del Excelentísimo señor don Antonio Amar en calidad

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de presidente, del señor Alcalde ordinario de primer voto don José Miguel Pey, en la de Vicepresidente, de los señores del muy ilustre Cabildo y de los señores Vocales públicamente proclamados, en quienes depositó la autoridad suprema para que vele sobre su felicidad. Convencido este cuerpo de los sentimientos con que el pueblo ha excitado su lealtad en favor de su justa causa, ha resuelto como fundamento de la Constitución a que prestará todo el lleno de su energía, se observen los puntos siguientes:

I. Sostener y defender la religión católica, apostólica, romana universalmente recibida por nuestros mayores, y continuada por la bondad infinita de su divino autor hasta el día, y a la que la Suprema Junta con el pueblo consagrará todos sus deseos, y sacrificará las vidas de todos y de cada uno de los individuos.II. Defender los derechos de nuestro amable soberano don Fernando VII, conservando este reino a su augusta persona hasta que tengamos la feliz suerte de verlo restituido a un trono de que le arrancó el tirano del mundo.III. En favor de la tranquilidad pública se prohíbe absolutamente todo espíritu de división como perjudicial en un tiempo en que la Suprema Junta se ocupa en el reposo y quietud general: exigiendo muy particularmente el amor que debe tener el pueblo a los españoles europeos, reconociendo en ellos a sus hermanos y conciudadanos, y entendiendo que sobre punto de tan alta consideración, la misma Junta tomará las providencias más activas y vigorosas para impedir los progresos de un mal que respecto a muchos sujetos europeos, sólo puede fundarse en principios equivocados o faltos de examen; a que pueden añadirse resentimientos que es preciso destruir, como opuestos al carácter de un pueblo verdaderamente cristiano. Con este objeto de la tranquilidad se prohíben también

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los toques de campanas extraordinarios, y cualquiera otra alarma que no se haga de orden de la junta.IV. El pueblo pedirá lo que quiera por medio de su Síndico procurador General en quien ha puesto su confianza, arreglándose en todo a las determinaciones de la junta, que aprobará lo que sea justo desechando con maduro examen lo que en lugar de beneficio público engendre la inquietud de los ánimos, o traiga alguna consecuencia perjudicial que suele no ser bien considerada al tiempo que se hace la solicitud.

V. Vivirá persuadido el pueblo de que estamos en seguridad y que no tenemos hostilidad interior ni exterior que nos amenace, entendiendo que las armas de que podían recelarse están descargadas sin haber en poder de la tropa otras que las necesarias o indispensables para el servicio diario, y las demás depositadas en diputados de la Junta, hallándose también confiadas las llaves de los almacenes de pólvora en los mismo diputados.VI. Se establecerá desde luego un batallón titulado de Voluntarios de Guardia Nacional, cuyo comandante será el teniente coronel, vocal de la junta don Antonio Baraya, y su sargento mayor don Joaquín de Ricaurte y Torrijos, ejerciendo por ahora accidentalmente sus funciones el capitán de granaderos don José de Ayala, para que ante este último se hagan los alistamientos de cuantas personas quieran hasta llenar el número competente de plazas incorporarse en este establecimiento de patriotas.VII. Se hará una iluminación general en la ciudad por tres noches seguidas que tenga su objeto a la feliz instalación de esta Suprema Junta.VIII. El pueblo se hará un desaire a sí mismo siempre que lo haga a las disposiciones de esta Suprema

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Junta, como que ha sido formada según sus votos, compuesta de vocales elevados a esta dignidad por su proclamación, y que éstos no emplean sus mediaciones, cuidados y vigilias en otro objeto que en el de labrar, consolidar y perpetuar la felicidad de este mismo pueblo. Por esto se declara desde luego reo de estado y de la patria a cualquiera que con cualquier pretexto, y no haciéndolo con la debida moderación, decoro y respeto haga la menor oposición a las órdenes de la Junta.IX. Debe estar persuadido el pueblo de que esta Suprema Junta no se desentenderá un momento de perseguir, asegurar y castigar las personas sospechosas y criminales; pero al mismo tiempo es muy de razón que el pueblo que quiere hombres justos lo sea él mismo en sus operaciones, y aguarde a que las sentencias se pronuncien por los términos regulares, y examinando con la posible brevedad los descargos de los reos para que no sean condenados, sin haber sido oídos. Por ahora se observen estos artículos sin separarse de ellos con ningún motivo ni excusa.

Santafé, 23 de Julio de 1810.

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ProclamaBando de la mañana del 23 de julio de 1810

La impaciencia con que los que desean la curación de un enfermo, solicitan y aplican los remedios, suele ser su más grave mal. En las dolencias del público principalmente, es preciso descansar con confianza en las manos expertas, en quienes una vez se ha depositado el cuidado de sanarlo. De otra suerte, ni sus esfuerzos producirán efecto alguno, ni tendrán la libertad y el reposo que necesitan para combinarlos.

Pueblo ilustre de Santa Fe: es preciso que os acordéis que os halláis en este caso. Habéis depositado vuestra confianza para salvar la patria en una junta suprema, compuesta de vuestro ilustre ayuntamiento, que tanto se ha distinguido en esta crisis, y de los ciudadanos que vos mismo habéis proclamado. Tiempo es ya de que ceséis en vuestra inquietud, y vuestros clamores. Dejad obrar a vuestros representantes. Si les queréis imponer la necesidad de suscribir a todas vuestras demandas, y en el momento que las hacéis, entended que destruís vuestra obra: no existe la autoridad que habéis creado. Pero si ella es la depositarla de vuestros derechos y de todas vuestras facultades, si ella es este pueblo mismo, porque no representa otra cosa, hacéis un monstruo de dos cabezas, queriendo a un tiempo obedecer y mandar.

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Sabed igualmente que se abusa de vuestro nombre para introducir en la sala, que debía ser el más tranquilo asilo de vuestra Junta, solicitudes imperiosas que sólo tienen por objeto fines particulares, o que nacen de principios menos decentes. Si tenéis pretensiones que hacer, sabed que en el tumulto no pueden ser escuchadas, y si lo son, no son bien concedidas, porque las arranca la sorpresa y las conceden el fastidio y la necesidad.

Tenéis un Síndico Procurador General que es y debe ser el órgano de vuestra voluntad. El ha representado y no cesa de representar a la Suprema Junta vuestros derechos ¿pues por qué no escucháis a él? ¿Por qué no le exponéis cualquiera cosa que queráis representar para que él la eleve de un modo decoroso y conveniente a la Junta? Vuestros temores y vuestras desconfianzas en la mayor parte son vanas: están tomadas medidas de precaución, de seguridad y de defensa. En esto se ocupa incesantemente la junta, y su provisión se anticipa a vuestros clamores. Cesad, pues, de darlos. Evitad la confusión y el desorden que nace de las grandes reuniones. Volved a vuestras ocupaciones domésticas. Llevad a ellas la energía de vuestro carácter. Con él cuenta siempre la patria y en cualquier evento la Junta os llamará a su socorro. Pero ahora no es necesario, en los términos que vuestro celo os lo pinta. Si en algún momento lo fuere, en el mismo repetiréis a su voz los ejemplos de heroicidad y de constancia que habéis dado en estos días memorables.

Vuestra salud misma interesa a la patria. Os agitáis: habéis pasado en continua inquietud y sobresalto las noches y los días: es preciso que tanta fatiga al fin no se pueda sobrellevar. Descansad ya de vuestros honrados trabajos reposando en los brazos de la patria, de una patria que habéis conquistado, que vais a formar, y que enternecida por lo que os debe jamás olvidará vuestros beneficios.

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El gobierno que vela en vuestra seguridad, que tantos cuidados se toma para vuestro bien, sólo exige ahora por única recompensa, y para completar su obra, vuestra dócil sumisión, que obedezcáis su voz y os prestéis a sus preceptos. Retiraos y que no se oigan en adelante las tumultuarias voces del pueblo pide, y el pueblo dice, el pueblo quiere; cuando tal vez no es más que un individuo, una pequeña facción, un partido que se aprovecha de vuestra reunión para usurpar vuestro nombre.

Acudir a los Comisarios que os nombra el gobierno para que os entendáis con ellos, les llevéis vuestras peticiones de palabra o por escrito, y arregladas en la forma conveniente, sean dirigidas últimamente por el conducto de vuestro Procurador General, para que así no se multiplique una misma solicitud de varios modos, se sepa las que están despachadas, y si lo que alarma vuestro celo, como regularmente sucede con lo que pedía, está ya precavido y remediado. Este es el único modo de aquietar los ánimos, de simplificar el trabajo en esta parte, y de vuestra junta, con madurez y acuerdo, satisfaga a vuestros deseos. De otra suerte, os lo repite, complicando los remedios aceleráis el mal, y frustrando sus efectos impedís su curación.

Sala Consistorial de la Junta Suprema de la capital del Nuevo Reino de Granada23 de julio de 1810

Doctor José Miguel Pey, vicepresidente.Doctor Camilo Torres, Vocal Secretario

Santafé, agosto 5 de 1810Señor don Carlos MontúfarQuito

Mi estimado amigo:Acompaño a usted copia autorizada del acta

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constitucional que extendí la noche del 20 anterior por comisión y formal encargo de este pueblo, en el momento que por un movimiento simultáneo tuvo energía para reunirse a proclamar sus más sagrados derechos. Los asesinatos que acababa de efectuar el tirano Valdés, corregidor del Socorro, los que se decía premeditaban hacer aquí en la persona de Villavicencio y en la de 19 ciudadanos en cuya fatal lista ocupaba yo el tercer lugar (aunque en las declaraciones de la Audiencia he visto que mi primo don Miguel Tadeo Gómez, administrador de aguardientes del Socorro, con el magistral Rosillo y el regidor don José Acevedo eran los primeros) todo esto unido a la brusca repulsa del virrey, manifestada a nuestros alcaldes cuando por las novedades ocurridas en el Socorro le excitó de nuevo el cabildo a que convocase la junta; todo esto, digo, tenía al pueblo de Santafé en una agitación tan grande que la menor chispa bastó para prender un fuego tan activo que en diez y ocho horas consumió el edificio del antiguo gobierno.

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Acta de la Suprema Junta de Santa fé

26 de julio de 1810

En la ciudad de Santafé de Bogotá, a 26 de julio de 1810, congregados los señores que componen la Suprema Junta, a saber: el señor Vicepresidente, doctor don José Miguel Pey y Andrade, individuos del antiguo muy ilustre Cabildo y diputados del pueblo, se propuso en razón a la próxima venida del capitán de fragata don Antonio de Villavicencio, y forma en que se debería hacer su recibimiento, la cuestión original y primaria que había de servir de base a la resolución de este punto, y era la de que viniendo este sujeto en calidad de comisionado del Consejo que bajo la hipótesis de Supremo Nacional se formó en la isla de León de resultas de la entrada de los franceses en las Andalucías, ocupación de la ciudad de Sevilla, y consiguiente disolución de la Suprema Junta Central ejecutada en el conflicto de unas circunstancias que son bien sabidas, no podía menos que variarse según toda su substancia la representación de este Comisionado, pues iba a llegar en tiempo que ya se hallaban mudados enteramente los objetos de su comisión que precisamente desaparecieron con la entera variación de los planes del anterior gobierno, y remoción de los que lo administraban, deudores de sus colocaciones a la época del despotismo aborrecido

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de la nación, y criaturas del detestado favorito, autor de los males que ha padecido y está sufriendo todo el Imperio español.

Contraído con estas consideraciones el punto principal de la discusión a resolver: si debía, o no, continuar esta Junta Suprema en el reconocimiento del Supremo Consejo de Regencia como tal, y bajo el concepto en que había sido admitido por el muy ilustre Ayuntamiento de esta capital antes de su revolución, y en el que lo fue la misma noche del 20 de este mes en el Cabildo Abierto, igualmente que al amanecer del 21 en la acta de la instalación de esta Suprema Junta, y aun después en el bando solemnemente publicado en la mañana del 23; se redujo esta importante materia a formal votación, y teniendo presente cada uno de los señores vocales el juramento que se hizo en orden a la observancia de lo acordado por la acta de dicha instalación, manifestó cada cual el espíritu religioso de que está animado, el cristiano respeto con que ha mirado este santo vínculo, y la escrupulosidad con que trataba un asunto acaso el más grave y de trascendencia que podía ocurrir a la Junta, y controvertirse en las sesiones continuas, y casi no interrumpidas en que se ocupa a beneficio de la seguridad, la tranquilidad y felicidad del generoso pueblo que ha depositado en ella sus sagrados derechos y su confianza.

Discurriendo, pues, que los designios de este pueblo en la explosión de sus sentimientos manifestados por el grito uniforme de la numerosa multitud de gentes congregadas en la noche del día 20, no fueron otros que los de reasumir los derechos que a pesar de su inviolabilidad le habían sido usurpados, y entrar desde luego en posesión de aquella potestad, que reconocieron en sí mismas las provincias de España, y de que las de las Américas habían sido defraudadas, aun después del renacimiento de la libertad nacional, por las manos de los funcionarios de la autoridad

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pública, inexorables hasta ese momento en sostener la que habían tomado en la fuente corrompida del poder arbitrario que iba precipitando la nación a su total ruina; se expuso con la más seria y escrupulosa circunspección la dificultad del propuesto problema, y examinado por sus dos aspectos, el de la negativa o por decirlo con mayor claridad, el de no estar ya la Junta, ni ninguno de sus vocales ligado con aquel juramento en cuanto a continuar esta Suprema Junta y el pueblo que representa, subordinados al citado Consejo de Regencia, o a cualquier otro cuerpo o persona que en defecto de la de su legítimo soberano el señor don Fernando VII no sea proclamado por el voto libre, unánime y general de la nación, prevaleció no sólo por la pluralidad, sino casi por totalidad de los sufragios.

En ellos se ha explicado con la rapidez que permite la necesidad de economizar el tiempo, lo mucho que ha tenido que sufrir este Nuevo reino de Granada, y principalmente esta capital por consecuencia de la misteriosa conducta del gobierno de España desde que con el título tan pomposo, como falso, de Suprema de España y de Indias, se introdujo en este suelo la autoridad de la Junta de Sevilla, la que por los rodeos de un círculo vicioso, fundaba su superioridad en el reconocimiento que la prestaron entonces el virrey y autoridades, al mismo tiempo que él y ella recibían la prorrogación de sus funciones de la misma Junta de Sevilla, no siendo fácil concebir quién a quién comunicaba las facultades de la una y de las otras, o cuál de estos dos actos hubiese sido el primero.

Que formada la Junta a que se dio el nombre de Cen-tral, las Américas pasaron por el ultraje de que en este congreso se pusiesen en problema los derechos de su representación, y aunque las resultas fueron favora-bles por la parte que declaró serlo integrantes y cons-titutivas de la Monarquía, en el mismo acto con una

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vergonzosa e incomprensible contradicción de princi-pios se practicaron las medidas menos regulares con-tra la igualdad, así porque la elección de los diputados se sujetó a reglas las más opuestas al uso del albedrío del hombre libre, como porque la última designación del diputado se puso en manos de los que ocupaban el poder relativo y perteneciente a los pueblos del Rei-no, agregándose a esta depresión la de reducir por el mismo abuso el número de los diputados de América al de nueve, cuya voz no podría menos que estar siem-pre ahogada en concurso con las de los treinta y seis vocales de las provincias de España.

Que las Américas sufriendo este nuevo golpe guardaban silencio, y se apresuraban a la elección de sus diputados en la forma prescrita, entre tanto que algunos personajes de dentro y fuera de la Junta Central tomaban con el mayor empeño la empresa de su disolución, la que vigorosamente contradicha por las juntas provinciales a quienes debía su formación, no tuvo efecto en el estado y circunstancias en que pacíficamente pudiera haberse ejecutado su degeneración en Consejo de Regencia, para tenerlo al tiempo que con la impetuosa invasión de los franceses se dispersaron los miembros de que era compuesta, y la mitad de ellos hicieron la renuncia de los ministerios que se les habían confiado sin obtener el consentimiento de las provincias a que pertenecía su representación, y sin que a este acto que se deja ver con todos caracteres de involuntario, concurriesen los diputados de la Américas, y mucho menos el de este reino que se mantenía en la plaza de Cartagena, y cuya detención consistía indudablemente en motivos tan justos, como la incertidumbre del estado de los sucesos de la península sobre los cuales las noticias de este gobierno habían sido no pocas veces desmentidas, y el de aguardar a que se le comunicasen las instrucciones de más de setenta cabildos que por la distancia de sus territorios, y gravedad del asunto

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no era posible lo hiciesen en poco tiempo, de que resultaba en nuestro diputado un justo impedimento con el cual era legítimamente impedido, al paso que debía ser legítimamente citado, y que tal vez y sin tal vez, carecía de poder e instrucciones para prestar su condescendencia.

Que procediendo la nueva creación del Consejo de Regencia de unos tan viciados antecedentes, y constando por testimonio del gobernador de Cádiz, don Francisco Venegas, referente al del ministro don Francisco Saavedra, presidente que había sido de la intrusa Junta de Sevilla, no destinado a la Central, y hoy uno de los individuos del pretendido Consejo de Regencia, no ser éste otra cosa que la resurrección o renacimiento de la misma Junta de Sevilla, era preciso creer que bajo la especiosa y erradamente aplicada forma de la Ley de Partida, cuya observancia no siempre había sido aún en su propio caso adoptada en la nación, no se trataba de otra cosa que de perpetuar por una serie de trazas diferentes, el despótico dominio de las Américas, y la usurpación de sus naturales derechos tanto más digna de rechazarse cuanto no se guardaban las inteligencias sino con los antiguos funcionarios, que no podían menos que ser sospechosos y que cada vez inspiraban mayores desconfianzas a los pueblos.

Que teniendo ellos todo el poder y la fuerza de las armas de que ya se les había visto abusar era tan necesario el reconocimiento del Consejo de Regencia, cuanto lo eran los justos designios de evitar el derramamiento de sangre a que según todos los preparativos se hallaban dispuestos, y remover el gravísimo inconveniente de que el pueblo en lugar de su libertad, entrase con unas cadenas todavía más duras y las que malogrado el oportuno lance de su renacimiento le sería imposible sacudir.

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Que comparados estos horribles males con el de sub-yugarse por el momento al imperio de las circunstan-cias, era de absoluta necesidad el juramento, pues los representantes del pueblo estaban obligados por la fuerza externa de las armas a ceder, y por la interna de sus sagrados deberes a obrar con discernimiento y proceder como por una escala hasta lograr la adqui-sición de aquello en pos de lo cual debían conforme al progreso de las cosas caminar con la lentitud del perezoso, o correr con la velocidad del ciervo.

Que por venerables y sagrados que sean los respetos de la palabra jurada, en tanto ella liga al que se ha comprometido en cuanto la pueda observar sin dispendio de la salud eterna, y que sin por los intereses de cualquiera individuo se tiene consideración a lo vario de las circunstancias, y suele ser momentánea la obligación del juramento, no hay duda que esto mismo sucederá con mucha mayor razón respecto de los intereses de un pueblo entero. No es perjuro el que ligado con juramento de contraer matrimonio, al mismo tiempo que con voto de religión, celebra aquel y en el instante se traslada a los claustros ni lo es el que se obliga a pagar usuras y las recobra en el instante que las contribuye.

Que el objeto más interesante de nuestra actual situación es el de atajar la disonancia de los ecos de nuestras provincias y ocurrir a despedazar el monstruo de la división, antes que la anarquía venga a despedazar nuestros pueblos, y que estando bien conocida la opinión de las gentes de la ciudad de Quito por lo que hicieron en el mes de agosto del año próximo pasado, es manifiesto que sus ideas andan de acuerdo con aquellas a que el día de hoy nos obliga el estado de las cosas mientras que por otra parte la conducta de las demás provincias del sur no se puede atribuir a otra causa que la del temor del poder de que ignoran

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habernos substraído al paso que nos consta que las provincias del norte, las unas nos han precedido sobre éste mismo plan y la otras fijan sus miradas sobre este pueblo para arreglar sus movimientos, y que así sin correr riesgo alguno de contraposición, con estas nos expondríamos a chocar con aquellas.

Que para conciliar los comprometimientos con la persona de don Antonio Villavicencio, es preciso no mirarle ya bajo de los dos respectos que poco antes presentaba a nuestra vista, pues dejando de ser un representante del cuerpo nacional, no viene a tratar con el virrey y autoridades del gobierno que ha expirado, sino con un cuerpo de mayor jerarquía y de una erección posterior a la noticia de las comisiones de que para con aquellos venía encargado, sin que por eso deje de ser un oficial de honor, un ciudadano de los de las más primeras familias de esta ciudad y un hombre ilustre que pocos días hace era deseado como nuestro libertador, y que como tal conserva sobre los caracteres personales que lo recomiendan, el distintivo de la comisión que dignamente se le había encargado y que sabemos haber desempeñado patrióticamente en la plaza de Cartagena. Que con estas consideraciones se le haga un recibimiento correspondiente a ellas, al mismo tiempo que diverso del que se le preparaba por la diversidad de las circunstancias, de manera que sin permitir esta Suprema Junta que se ejerza ningún acto capaz de degradarla del estado de su actual elevada constitución, se pongan en práctica todos los obsequios que no sean contrarios a este nuevo plan y que en el caso de conferencias con este cuerpo supremo, sea por medio de diputaciones, hasta que se allanen todas las dificultades, y no padezca el menor detrimento la autoridad de esta Suprema Junta.

En ella, y en la misma sesión como punto consiguiente, se suscitó por el orden natural de los discursos que

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se apuraban, la cuestión subalterna de la admisión o inadmisión del anunciado virrey don Francisco Javier Venegas, que tal vez se aproxima a nuestros puertos, o se halle en alguno de ellos, el que habiendo recibido su autoridad del Consejo de Regencia, está por lo tocante a ella en el mismo caso que don Antonio Villavicencio, por lo que mira a sus comisiones. Examinado y controvertido este incidente, se resolvió después de una deliberación tan detenida cuanto permite la angustia de infinitas ocurrencias de igual gravedad y de urgente resolución; que se oficie con el muy ilustre Cabildo y señores asociados del gobierno de Cartagena para que haciendo entender al citado don Francisco Javier Venegas el estado de las cosas de esta capital según la gradación con que se han ido encadenando los sucesos, le detengan decorosamente en aquella plaza, así para que no se exponga a consecuencias que casi ciertamente serán inevitables, como para ocurrir a los comprometimientos de esta Suprema Junta que no tanto observa en el pueblo su detestación hacia las personas de los funcionarios del último gobierno, cuanto hacia sus dignidades y representaciones, siendo constante que aborrece hasta los nombres que se daban a los empleos y los trajes con que se condecoraban: odio y detestación que no dejan de ser justos en razón de las extorsiones que ha experimentado, y de que no es fácil hacerle conseguir esperanzas de vivir exento, principalmente cuando ya las tiene concebidas, de haber mejorado sus destinos. Con lo cual se concluyó este acuerdo que firmaron todos los señores de que doy fe.

(Aquí las firmas de los señores Vicepresidente y Vocales de la Suprema Junta)

Por ante mí, Eugenio Martín Melendro.Frutos Joaquín Gutiérrez, vocal Secretario.Camilo Torres, Vocal Secretario.Antonio Morales, Vocal Secretario.

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Esta acta fue impresa en una hoja suelta y distribuida en las calles de Santafé. Una de esas hojas se encuentra en el legajo 172 de los Manuscritos de la Biblioteca Nacional de Colombia. Fue reproducida en 1875, en el tomo II de la Colección de Documentos para la vida pública del Libertador, y recientemente por Eduardo Ruiz Martínez en Los hombres del 20 de julio (Bogotá: Universidad Central, 1996; p. 420-427) y Manuel José Forero en su historia de La Primera República (Bogotá: Lerner, 1966; p.237-243).

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Manuel del Socorro Rodríguez: Relación sumaria instructiva de

las novedades ocurridas en la muy noble y muy leal ciudad de Santafé de Bogotá, capital del Nuevo Reino de Granada, desde la tarde del 20 de julio de 1810, hasta el día de la

fecha.

Cuando por la Suprema Junta del nuevo gobierno establecido se me manda escribir todo lo que he visto y presenciado, yo no debo hacer traición ni a la verdad ni a la confianza con que se me ha honrado haciéndoseme órgano del público para instruir a todos y evitar alteraciones malignas y voluntarias. Tengo la satisfacción de ser generalmente conocido por mi carácter, ingenio y la imparcialidad de mi conducta; y aunque soy americano nací muy lejos de la ciudad en donde escribo, en la que no tengo más conexión ni influjo que la de un mero bibliotecario.

Protesto, pues, a la faz, del cielo y de la tierra, que mi pluma no será movida por la adulación, por el interés, por el egoísmo, por el odio ni por ninguna otra de esas pasiones viles contrarias al sagrado honor de la verdad

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y sana política. Lejos, lejos de mí todos los artificios de la malvada intriga y de la vana ostentación, porque los elementos constitutivos de mi discurso serán la sencillez, la ingenuidad, el candor y la buena crítica. Tal es la prevención que hago a los lectores sensatos para que no duden que la siguiente relación es dictada por la buena fe.

En la tarde del viernes 20 de julio, día de Santa Librada, parece que por un arcano misterioso de la Divina Providencia, estaba decretada la libertad de esta capital y de todo el Reino. Las únicas medidas que se habían tomado para este honroso designio por un gran número de buenos patriotas, se reducían a disponer un magnífico recibimiento al señor don Antonio Villavicencio, comisionado regio, de cuya autoridad, ilustración y buena conducta esperábamos una reforma feliz en la constitución gubernativa, viciada ha mucho tiempo por los motivos que se indicarán después. Para que dicho recibimiento terminase en un solemne convite se encargó uno de los patriotas comisionados de prevenir los adornos de las mesas, y con este motivo pasó a pedir prestado un ramillete a cierto español europeo, quien a pesar de la atención y cortesanía con que se le pidió el favor, profirió en tono altivo y grosero expresiones las más injuriosas contra todos los españoles americanos. Esto sucedió en la calle Real, la más pública de la ciudad, en donde está casi todo el comercio, y por este motivo, propagándose rápidamente la voz se reunión el pueblo patriota en todas sus clases y condiciones de ambos sexos.

¡Mueran los malos españoles, y vivan los buenos!, fue el grito común que resonó en todos los barrios y plazas de la capital. Esta voz, repetida con la rapidez y actividad de un trueno, dio resorte a la materia eléctrica que bullía en todos los corazones. La sumisión

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apática en que yacían los naturales se convirtió, por un raro metamorfosis jamás imaginado, en una valerosa energía que obrando de común concierto produjo efectos admirables, dignos ciertamente del mayor asombro. ¡Oh Providencia inescrutable del Ser Supremo! ¿Quién hubiera creído jamás que un motivo tan ridículo había de ser el principal fundamento de la libertad de la patria y feliz mutación del gobierno tiránico que por tanto tiempo había oprimido a la inocencia?1

El patriotismo se dejó ver de repente en todos los semblantes pintado con los colores más vivos, y pa-recía que a la multitud popular la animaba un solo corazón. Si al pueblo de Santafé no lo caracterizasen la caridad y demás virtudes cristianas, habría pereci-do sin duda entre sus manos el español europeo que con tanta grosería le insultó en las injuriosas expre-siones proferidas contra él y contra toda la fidelísima América. Pero no queriendo vindicar su ofensa por sí mismo, ocurrió a los magistrados querellándose res-petuosamente de tan enorme agravio. Fue preso con toda prontitud el agresor, y con la misma celeridad otros españoles europeos del mismo inicuo carácter y grosera educación2.

Este improviso e inesperado suceso fue el principio de una revolución la más activa, misteriosa y feliz que se vio jamás. Descendió al abismo repentinamente la infame y horrenda esclavitud, y bajó del cielo con ma-

1 Presto se dará a luz un manifiesto circunstanciado sobre esta materia, par que circule por todas las naciones, porque conoce-mos todos los refinados artificios de la intriga.2 Aunque en esta ciudad son bastante conocidos los menciona-dos sujetos, sin embargo el autor de este escrito calla sus nom-bres por varias razones que inspira la caridad cristiana. Ojalá tuviésemos más empeño en que esta divina y elemental virtud no os desampare de una vez!

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jestuosa pompa y dulce y amable libertad. Amaneció la brillante autora de la felicidad común, y huyeron al ocaso precipitadamente los negros espectros de la tiranía y despotismo. Sí por cierto; la tarde del 20 de julio formará la época más plausible en la historia del Nuevo Reino de Granada y la fama publicará en todas las regiones del Universo la maravillosa revolución que sin haberse derramado ni una sola gota de san-gre, impidió el derramamiento de la de innumerables víctimas que por su fidelidad y obediencia se iban a sacrificar en las funestas aras de la muerte.

Así habría sucedido sin remedio, porque las autoridades dominantes, esos ministros de la tiranía y del furor, estaban de acuerdo con casi todos los españoles europeos residentes en esta capital y fuera de ella para realizar en determinado día el proyecto más cruel y sanguinario que se oyó jamás ni entre los antropófagos caníbales. No ignoraban este horrible designio los naturales de esta capital y de las provincias adyacentes, porque todas las prevenciones y preparativos persuadían con evidencia la proximidad de tragedia tan horrorosa. Todo se sabía sin la más leve duda, y a excepción de algunos pocos europeos de ilustración y religiosidad (cuyos nombres se publicarán después con el honor que merecen), parecía que estos enemigos domésticos tenían empeño de hacer más odioso y abominable el nombre español de que se jactaban con arrogancia, que el del mismo Napoleón y del execrable pueblo que le sigue.

Si no fuera porque me he propuesto dar solamente una sencilla y compendiosa relación de las principales circunstancias de este gran suceso, aquí era el lugar de referir todos los motivos de temor y desconfianza que agitaban de día y de noche a los inocentes natura-les de esta capital y de los pueblos de su jurisdicción; pero debo seguir por su orden los acontecimientos iniciados.

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Como los señores del muy ilustre ayuntamiento permanecían vigilantes en la defensa del pueblo fiel que había depositado sus derechos y confiado su seguridad en la prudencia de tan buenos padres de la patria, se reunieron todos en la sala consistorial a discurrir vigorosamente sobre los medios y recursos más conducentes al bien común en tan críticas circunstancias. El Espíritu Santo parece que derramó sobre ellos todas sus luces, dones y auxilios, para que sus providencias fuesen más acertadas y enérgicas como lo exigía la horrenda crisis que repentinamente puso la patria en la más calamitosa consternación. Ella iba a sucumbir miserablemente bajo el enorme peso de la tiranía, porque invadida por todas partes de la intriga y del furor, se pretendía que fuese abismada sin remedio entre los funestos escombros de su magnificencia y de su gloria. Conociendo todo esto el sabio Senado que la representa, mandó tocar a fuego, no tanto para alarmar al vecindario, cuanto por reunirlo en todas sus clases, a fin de hacerlo más respetable, y que con la mejor orden y dignidad se opusiese al frente de los facciosos y tiranos. Logrose este feliz proyecto aún más ventajosamente de lo que se podía esperar en un lance tan fortuito y formidoloso.

No es más rápido el movimiento de un torbellino, ni reúne tan pronto en su centro los corpúsculos que vagan por la atmósfera que la circunda, como fue el simultáneo concurso del numeroso pueblo de esta capital a la plaza mayor donde están situados los palacios del muy ilustre consistorio y demás autoridades públicas. Un golpe eléctrico no puede propagarse con más prontitud y actividad que la patriótica aclamación del pueblo fiel congregado a vencer o morir por una causa tan justa, tan importante y decorosa. Tal prisa se dieron los padres de la patria, los vecinos nobles y las demás gentes de toda condición que en la misma noche del día 20 ya casi estaban las armas y todos los

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pertrechos y municiones hostiles en poder y franca disposición de los patriotas americanos.

Aunque hubo resistencias, dificultosas y peligros que parecían insuperables, todo cedió a la prudente actividad del muy ilustre ayuntamiento y al heroico valor del patriotismo armado en masa contra la nefaria tiranía. Sólo el punto de la adquisición de las armas y subordinación de los cuerpos militares exigía una difusa disertación, la que se omite por contraernos a lo más substancial de nuestro asunto.

Como el síndico procurador general, unido con otros buenos patriotas tan sabios y fieles como él, había sostenido siempre que sin la formación de una junta gubernativa no podía consolidarse el bien común, instó aquella noche sobre que ya era llegado el tiempo oportuno de realizar este laudable proyecto, el único que podía salvar la patria. Se le representó al pueblo con vigorosa elocuencia el estado de las cosas, se le instruyó en orden a la posesión en que estaba del derecho de soberanía, y se le pidió que con maduro examen eligiese los sujetos que fuesen de su satisfacción para representarlo más decorosamente con el título de vocales de la suprema junta. El mismo los nombró sin ocurrir la más leve contradicción, y evacuando este plausible acto fueron llamados dichos sujetos por un mensaje político del muy ilustre ayuntamiento haciéndoles saber la aclamación popular, la urgencia del caso y el arduo ministerio que iban a desempeñar en el nuevo congreso.

¡Oh noche de encanto y de bendición! ¡Tú fuiste entre los horrores de un alboroto popular mucho más dichosa que los días más claros y brillantes! ¡Tú serás distinguida con un solemne aniversario para eterno triunfo de la libertad y patriotismo! ¡Tú, en fin, serás escrita con caracteres indelebles en láminas de

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oro y grabada también en todos los corazones de los generosos hijos del Nuevo Reino de Granada!

Efectivamente: la noche del 20 de julio de 1810 fue el principio de un gobierno sabio, justo y el más digno de la fidelidad americana. En ella se dieron a conocer un gran número de sujetos de consumada prudencia, rectitud de intención y acendrado patriotismo. Los hombres más silenciosos encogidos abrieron sus labios de repente, y la energía de su lengua patentizó los generosos sentimientos de su corazón. En una palabra: allí se vieron hablar muchísimos que eran mudos por la opresión y la tiranía: y tú, ¡oh dulce y encantadora elocuencia!, rompiendo en un momento tu imperio majestuoso, haciendo ver que la ilustre América es también madre muy fecunda de sabios Demóstenes y Cicerones. ¡Ah!, ¡cómo pudiera yo insertar aquí los elocuentísimos discursos que oí pronunciar de repente en aquella noche pavorosa por la multitud y gritería, pero bella y feliz por lo grandes aciertos que en ella se admiraron!

A mí no me enajena el entusiasmo ni me alucina la brillantez de los objetos. Yo discurro y escribo sin preocupación, guiado siempre de la verdad y sin perder ni un ápice de la natural sencillez que me caracteriza. Volved pues lectores sensatos, volved otra vez a seguir el curso de mi descripción y os admiraréis aún mucho más con las raras circunstancias de que os voy a dar una sucinta idea.

La asamblea numerosa que se había congregado en la sala consistorial, compuesta ya de los vocales que el pueblo había elegido por el derecho de su soberanía, deliberó en aquella misma noche los medios y providencias relativas a la mayor seguridad de la suprema junta que se pretendía instalar con las más solemnes formalidades. Sin embargo de que

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el gobierno dominante se había resistido a conceder un cabildo abierto que pedían con mucha instancia el síndico procurador general y los alcaldes ordinarios, éste al fin se verificó en términos más ventajosos de lo que se podía esperar, y ya el pueblo con el muy ilustre ayuntamiento y los señores vocales, pudieron formar una respetable resistencia contra el tiránico despotismo.

Las mujeres de toda condición y edad se presentaron armadas al lado de los hombres y aún de multitud de niños que cargados de piedras amenazaban a los soldados armados gritando que si hacían alguna descarga, se avanzarían sobre ellos. Esto bastó para que llenándose de terror los militares, cediesen al valor del enfurecido paisanaje y declarasen a éste el imperioso dominio. Toda voz sediciosa contra la libertad era sofocada al momento en que se percibía; y un gran número de buenos patriotas oficiosamente dividieron el pueblo en varias cuadrillas para recorrer las calles y entradas de la ciudad a fin de evitar desórdenes y que pudiesen obrar sin recelo, confusión ni gritería los vocales de la junta, congregados en la plaza mayor.

Las campanas de todos los templos no cesaron de tocar a fuego en toda la noche hasta el mismo rayar de la Aurora, a fin de que no creyese el pueblo que estaba seguro, sino permanecía constantemente en vela para evitar alguna traición. Por esta causa no fue sorprendido, aunque se sabe muy bien que esto se intentó con mucho artificio por los factores de la iniquidad asociados de algunos españoles europeos que aún existen entre la masa fiel y patriótica, siendo la funesta levadura de la corrupción y tiranía. Ya en la misma noche, casi al amanecer, había venido de su curato de Bosa el doctor Juan José de Porras con todo

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su pueblo armado en socorro de la causa común3. Lo mismo ejecutaron todos los hacendados existentes en los contornos de la capital, mostrando un patriotismo tan activo y generoso, que reanimó de nuevo el vigor del pueblo y de los individuos de la suprema junta.

Aunque hubo algunas faltas en orden a la constitución formal del que en todo rigor de derecho debe llamarse verdadero pueblo, sin embargo, a causa de ser tanta la confusión y vocería de la acalorada plebe, fue preciso tomar algunas providencias precipitadas, según la exigencia imperiosa de las críticas circunstancias y el vehemente interés de formar en la suprema junta un sólido antemural y fuerte presidio contra la despótica prepotencia. No por esto dejaron de entrar en el congreso patriótico algunos buenos vecinos de conocido mérito, los curas de las parroquias y los prelados de las religiones, cuya concurrencia dio mucha autoridad al nombramiento de los señores vocales. Si algunos de éstos no son tan a satisfacción del público ilustrado, se podrá reformar éste defecto cuando se tranquilicen las cosas y se verifique la concurrencia de los diputados representantes de los otros cabildos del Reino. Ello es absolutamente imposible que una obra como esta pueda desde el principio tener toda la perfección que exigen su dignidad y el bien común. Es necesario que el tiempo y la experiencia vayan rectificando oportunamente los errores y descuidos que son inevitables en una constitución formada en medio de tantos votos y peligros. Peligros tan inminentes, que si no se hubiera vencido en la misma noche, habría quedado perpetuada la tiranía sobre elementos más terribles.

Amaneció el sábado 21, quizá el único día en que los ojos de los habitantes de Santafé han visto salir el sol

3 También vino en la misma noche don Antonio Zornosa, co-rregidor del pueblo del Bosa, con los otros nueve pueblos que comprende su jurisdicción.

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sin haberlos cerrado al sueño en toda la noche. Día nuevo y faustísimo para la religión, la paz, la justicia y la libertad! ¡Día de eterna memoria!, de quien dijo uno de los vecinos que circulaban por la plaza (después de haber gritado un viva Fernando Séptimo) aquellos célebres versos de Horacio que van citados debajo, y reunidos hacen este sentido: “4Perpetúese con una blanca señal este hermoso día. Este día verdaderamente feliz para nosotros, nos quitará los tristes cuidados y ya no temeremos ninguna especie de desgracia, si el César mira favorablemente nuestras regiones. Ya la fe, la paz, la honra, la honestidad antigua y la despreciada virtud osan volver: ya se descubre la bienaventurada abundancia con su bella cornucopia llena de felicidades. ¡Oh Fernando! ¡Oh rey amadísimo!, ¿qué cuidado de los sabios americanos, qué desvelo de los buenos patriotas podrá dignamente eternizar por los siglos tus virtudes, tus acciones llenas de generosidad? ¿Qué padrones y monumentos serán dignos de tu memoria? ¡Oh!, el mejor monarca de cuantas regiones ilustra el sol! ¡Ojalá disfrute la hesperia largos y venturosos días con la duración de tu reinado!”

Tal fue el festivo himno que se repitió con amoroso entusiasmo en la plaza mayor al frente de un retrato del amadísimo Fernando VII, en cuyo nombre y 4 Carm. Lib. I. Od. 36. Cressa ne careat pulcra dies nota. Lib. 3. Od. 14. Hic dies mihi vere festus atras eximet curas: ego nec tu-multum, nec mori per vim metuam, tenente Cesare terras. Carm. Secul. Jam FIDES et pax et honor, pudorque pricus, et neglecta redire virtus audet, apparetque beata pleno. Copia cornu. Lib. 4. Od. 15. Que Cura Patrum, queve Quiritum plenis honorum muneribus tuas, Auguste, virtudes in evum per titulos, memore que fastos aeternet? O! qua sol habitabiles ilustrat oras, máxi-me principium. Lib. 4. Od. 5. Longas o utinam, dux bone ferias prestet: Hesperie dicimus integro sicci mane die: dicimus uvidi. Cum sol Océano subest.

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obediencia se instaló la suprema junta del Nuevo Reino de Granada con general aclamación de todas las clases de esta fidelísima ciudad. Aunque amanecieron fijados varios rasgos poéticos, se omiten y sólo insertamos aquí el que por su concisez y asunto parece más digno de este lugar, y es el siguiente:

Hec est dies quam fecit Dominus:Exultemus, et letemur in ea. Ps. 117, v. 23.

Sin efusión de sangre, sancionadafue en Santafé la junta de gobiernoa solo un golpe, en que tembló el infiernollorando su potencia destronada:la del brazo divino, declaradase vio sin duda, y con transporte tiernotodos bendicen al Señor eternoviendo la dulce patria asegurada.¡Oh pueblo fiel, ilustre y valeroso,el cielo sobre ti sus bendicionesderrame siempre grato y obsequioso! y a vosotros, benéficos varonesque organizáis congreso tan glorioso,os corone con ínclitos blasones.

En este mismo día 21 acabó de tomar la suprema junta toda la energía y poder que necesitaba para

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obrar con mayor dignidad y satisfacción del público. Omito referir las alteraciones acaloradas que hubo entre varios individuos de la nobleza y del pueblo relativas a elección de vocales, proscripción de sujetos, etc., porque sería necesario escribir un tomo en folio, y yo me he propuesto ser muy lacónico en esta relación. ¿Quién ha visto jamás que un pueblo revolucionado con el objeto de mudar de gobierno y de asegurar su religión y libertad no proceda con el entusiasmo más ardiente y el más impetuoso tesón en todos sus designios? Así se verificó por demanda común, sin poderlo remediar en la captura de los ministros y funcionarios públicos que concibió habían procedido de mala fe. Después se dirá el orden con que éstos fueron presos y el buen tratamiento que se les ha dado, sin embargo de haberse enferozado el pueblo contra ellos por la arbitrariedad y despotismo con que abusaron de su empleo y representación; principalmente desde la funesta época del trastorno del gobierno de la península. Sobre estos misterios de iniquidad se dará presto un manifiesto circunstanciado a fin de que se conozca en todo el mundo el nimio respeto, la servil paciencia, la excesiva tolerancia y la justificadísima razón del pueblo de esta capital y de sus provincias adyacentes; y entretanto que esto se realiza, proseguiremos el hilo de nuestra relación.

En el mismo día 21 se repitieron incesantemente los clamores del pueblo, quien desde la noche anterior había estado pidiendo la libertad del señor canónigo magistral, doctor don Andrés Rosillo, al que había aclamado vocal de la suprema junta. Yo no quiero detenerme en el pormenor de su prisión, porque no es artículo esencial de este discurso. Hay predeterminado un día terrible (quizá muy próximo), en que a la faz del cielo y de la tierra, a la presencia de los ángeles y de los hombres aparecerán la inocencia y la malicia en su propio y esencial aspecto, desnudas de los artificiosos

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adornos con que las sabe vestir el ingenio humano. En aquel día de gloria y de confusión, en que se abrirá el libro de los grandes secretos, sabremos lo que la eterna justicia en sí misma nos patentiza en orden a los juicios de los hombres; y entretanto continuaremos nuestra narración, prescindiendo de todo aquello que se reserva para otro escrito más metódico.

Al fin se determinó la libertad del señor Rosillo aclamada por todas las clases y condiciones de ambos sexos. Toda la ciudad y cuantos habían venido en su socorro, se reunieron por la dilatada carrera de multitud de cuadras que hay desde el palacio consistorial hasta el convento de los Reverendos padres Capuchinos, donde se hallaba preso, con custodia militar y sin comunicación; y entre víctores y aclamaciones de amoroso entusiasmo le condujeron en triunfo a la plaza mayor, en el mismo día 21 que contaba seis meses justos de su arresto5. Porque no es posible ponderar con ningunas expresiones los transportes de alegría, los obsequios de adornos, los repiques de campanas y las aclamaciones festivas con que fue conducido dicho señor a la suprema junta; será mejor omitir tan difusa relación.

Si yo pretendiera dar aquí una noticia circunstanciada de las activas y acertadas providencias que se tomaron por la suprema junta en el día 21 y siguientes, sería preciso formar un diario demasiado prolijo. Baste decir con toda verdad, que los señores vocales fueron otros tantos Cicerones contra un prodigioso número de Catilinas, y que cada uno de los nobles ciudadanos y de los individuos de la plebe de ambos sexos, parecía un Argos en la vigilancia por la seguridad de la patria y bien común. En todos los semblantes se

5 Ya antes había estado preso en el convento de los Reverendos Padres Capuchinos de la Villa del Socorro, de donde lo trajeron en medio de custodia militar con la mayor ignominia.

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veían reunidos los signos de valor, del patriotismo, de la energía y de la buena fe, y cada uno en medio del formidable peligro que amenazaba, parecía un Julio César decidido a echar la última suerte pasando el impetuoso Rubicón. Tal era el ansioso deseo de consumar prontamente la grande y difícil obra que se había emprendido por honor de la religión, triunfo de la justicia y felicidad de la patria. Aunque aquí parecía el lugar más oportuno para expresar los nombres de los pueblos que concurrieron armados a la defensa de la causa común, los de los sujetos de la nobleza y plebe que se distinguieron en las comisiones que se les confiaron, y los donativos voluntariamente ofrecidos para el vestuario y alimento de los dos cuerpos de caballería e infantería de milicia patriótica, para asegurar con toda dignidad la nueva constitución; vuelvo a decir que aunque todas estas acciones heroicas debieran insertarse aquí, ha parecido más conveniente omitirlas y que se den a luz con mejor orden en una lista de méritos patrióticos que se va a imprimir para perpetuar en la gratitud pública una memoria tan ilustre. Pasemos, pues, a otros puntos más análogos al objeto de esta relación.

Habiendo concurrido a prestar el juramento de fidelidad y obediencia a la suprema junta todos los cuerpos que constituyen el orden jerárquico en lo eclesiástico, civil y militar, se procedió a publicar el día 23, con solemnidad majestuosa, el bando de instalación y buen gobierno, que corre impreso con otros publicados después muy sabios y bien fundados en el derecho público. Todos han sido aplaudidos con demostraciones de júbilo y de obediencia; y mucho más la proclama o convocatoria circular dirigida a todas las provincias del Reino, impresa con fecha 29. Este escrito debe leerse con preferencia por ser el más instructivo acerca de los puntos elementales y causas legítimas que han motivado la nueva constitución. Aún los más ignorantes y apasionados no podrán

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menos sino confesar de buena fe que dicho manifiesto está fundado sobre los principios más inconcusos de la religión, de la justicia, de la equidad y verdadero patriotismo.

Sobre estos cuatro elementos está sancionada la junta suprema del Nuevo Reino de Granada, la que haciendo majestuosa ostentación de ellos, se presentó reunida en su excelentísimo cuerpo la mañana del domingo 29 de julio a tributar al Señor en la santa iglesia catedral una solemne acción de gracias por la especial misericordia de haberle dado luz y valor para constitucionarse con tanta felicidad. La brillante pompa de este acto religioso formó un espectáculo verdaderamente tierno, magnífico y singular, digno por cierto de una descripción separada. El clero secular y regular, los colegios, los empleados públicos, los cuerpos militares, la nobleza y plebe de ambos sexos formaron un lucido concurso, dándose recíprocamente los plácemes por ver concluida sin derramamiento de sangre una obra tan difícil como inesperada. Los que presidieron en el altar y junta fueron los dos hermanos, doctor don Juan Bautista Pey, dignidad de arcediano, gobernador del arzobispado, y doctor don José Miguel Pey, alcalde de primer voto y vicepresidente, por no haberse recibido aún el señor presidente a causa de la prisa con que han corrido estas cosas. Dijo la oración gratulatoria el doctor don Santiago de Torres, discurriendo sobre un tema muy del caso relativo a varios puntos de moral y política de la mayor importancia que contribuyeron a la ilustración del público.

Ya el 25 de julio, día del Apóstol Santiago, se habían puesto en seguridad con todo respeto y consideración el ex Virrey, teniente general don Antonio Amar, a quien aunque se le había dado antes el nombramiento de presidente, ocurrió después un motivo muy justo para que no siguiese en dicho ministerio. También fue conducida entre dos vocales eclesiásticos a la clausura

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del monasterio de la Enseñanza, su esposa, la señora doña Francisca Villalba, y arrestados el señor regente de la Real Audiencia con los demás ministros de este tribunal, a excepción de dos. Después se dará una razón más individual sobre este punto en que se interesa no poco el honor, prudencia y justificación de los señores vocales de la suprema junta, porque la intriga, el orgullo y demás viles pasiones tienen empeño de que estos procedimientos aparezcan bajo el horrible aspecto de monstruosos atentados. ¡Ah! Qué malvados o ignorantes son los que no conocen que este era el único medio de asegurar los sagrados derechos de la religión, de la patria y de la soberanía de Fernando VII! Unos ministros que con horroroso descrédito de la nación española estaban empeñados en perpetuar a fuerza de terrorismo y tiranía sus empleos, autoridad, egoísmo y crecidos sueldos, ¿no habrían profanado la augusta santidad de las leyes divinas y humanas a fin de mantenerse sobre el trono del despotismo sostenido hace mucho tiempo por el fraude y la ambición? Tal es la exacta pintura de lo que sucedía en la muy noble y muy leal ciudad de Santafé, antiguo centro del gobierno y centro también de la más horrible iniquidad en estos calamitosos días. Impóngase bien los intrigantes apologistas y entonces la pavorosa admiración los obligará a mudar de dictamen y de tono.

Ninguno ignora las justas causas y fundados recelos que motivaron la captura del oidor decano, don Juan Hernández de Alba y del fiscal de lo civil, don Diego Frías, que fueron arrestados desde el segundo día de la revolución. También concurrieron poderosas razones para la prisión de los señores regente, oidor Carrión y fiscal Mansilla, ministros de esta Real Audiencia, y del asesor y secretario del Virreinato con los demás sujetos particulares que fueron puestos en la cárcel de corte para formarles a todos sus respectivos sumarios,

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según la más o menos criminalidad de su conducta. Todos saben que no se les ha insultado en sus personas ni familias a pesar de los notables motivos que han dado cada uno con su porte criminal y sospechoso acerca de la seguridad de la patria y del bien común. Y esto no persuade eficazmente el espíritu de caridad y de honradez con que se han conducido el pueblo y la suprema junta en todas sus deliberaciones? ¿Quién vio jamás una conmoción popular tan pacífica y misteriosa? Casi se le podía dar el bello título de revolución santa, por su objeto, por su tranquilidad y demás circunstancias, pero ya es tiempo de darnos más prisa en esta relación.

Después de varios acuerdos celebrados para conferir sobre la seguridad y buen gobierno de las provincias de la jurisdicción, se juzgó conveniente dar pasaportes a algunos oficiales que no debían seguir en este servicio, a fin de precaver por este medio una contrarrevolución. También por la misma cautela salieron bien custodiados el día primero del corriente agosto los ex ministros regente de Carrión y Mansilla, con dirección a la ciudad de Cartagena, y Alba y Frías para la villa del Socorro, en donde permanecerán presos mientras se concluyen los sumarios de sus causas y se delibera sobre sus destinos. Para evitar a estos sujetos dignos de la mayor compasión, algunos desacatos y malos tratamientos del pueblo enfurecido contra su conducta flagiciosa, se promulgó primero un bando concebido en los términos más equitativos que puede dictar la prudencia gubernativa. También los señores vocales se interesaron mucho en calmar la furia popular y costó muchísimo para impedir que los oidores presos no fuesen asesinados según el odio que había concebido contra ellos la multitud; pero el bando y estos oficios tranquilizaron los ánimos de un modo increíble. Produjo en todas las clases del pueblo unos sentimientos tan generosos y compasivos el

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triste espectáculo de la inconstancia humana y fantástica gloria del mundo, que lejos de insultar a los desgraciados ex ministros, derramaron muchos de los circunstantes copiosas lágrimas de ternura lastimosa en el acto funesto de la salida.

¡Oh pueblo católico y magnánimo! Yo no puedo menos sino hacer aquí una digresión para decirte que en esta escena singular consumaste tu heroísmo y diste a conocer en medio del furor que te agitaba, todo el fondo precioso de tus virtudes! Tú serás bendito del Señor eternamente, porque sofocando los fogosos impulsos de tu enojo derramaste los tiernos afectos de la clemencia sobre los enemigos de tu gloria y libertad!

Efectivamente: este pueblo sensible y virtuoso se olvidó de la tiránica opresión en que había vivido, imitando al hebreo sobre los ríos de Babilonia, y sólo se acordó de lo que le manda la santa religión que profesa y de que se gloria como el más ilustre blasón. He aquí una experiencia práctica y convincente de lo mucho que de él se debe esperar en orden a la obediencia y conformidad respecto de la suprema junta que para su bien ha constituido con tan solemnes demostraciones. Sobre este asunto ha dado ya repetidos ejemplos, quizá más sublimes que los de Atenas y de Roma en las mejores épocas de la soberanía; yo me enternezco al considerarlos, y no puedo menos sino hacer aquí honrosa memoria de algunos, para que la posteridad los imite con generosa emulación.

Cuando conducían a dos de los ministros que se han tenido generalmente por más culpables y enemigos del bien común, vi a varias personas de ambos sexos tender sobre ellos sus capas y mantillas para impedir que entre el estrépito tumultario hubiese alguno que les tirase piedras o hiriese con las espadas y palos

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que llevaban. Me consta que en medio de la ardiente conmoción del vulgo en que se clamaba a toda fuerza venganza contra la tiranía, corrían muchos sujetos aplacando el furor y repitiendo: Caridad con nuestros prójimos y perdón para nuestros enemigos. Sé también que juzgándose poco seguros algunos españoles europeos pretendían fugar, y fueron tranquilizados y acogidos generosamente en los más ocultos retretes de las casas de vecinos americanos aún sin haber tenido antes amistad con ellos. En una palabra: si las acciones caritativas que se ejecutaron en esta súbita y pavorosa revolución se hubieran de escribir, sería necesario formar una historia bastante difusa y ejemplar; pero ella será escrita en mejor libro para ser coronada con inmarcesibles laureles y premios inmortales.

Mas ¿cómo no habían de verse tales demostraciones en una ciudad tan ilustrada y católica, que se gloría de ser casi toda ella compuesta de familias originarias de españoles europeos? Desengañémonos: sólo en la barbarie más brutal puede caber la distinción odiosa de chapetón y criollo: distinción ridiculísima, que además de no significar nada es demasiado opuesta a la religión, a la humanidad y a la política. Siendo los europeos y americanos, padres, hijos y hermanos que constituyen una sola masa y cuerpo nacional, no sería cosa insufrible y vergonzosa fomentar una división tan chocante a la armonía civil y destructiva del sagrado vínculo de la caridad cristiana? ¡Qué demencia tan grande sería creer que la impensada revolución de Santafé de Bogotá tuvo ese motivo tan bajo y tan pueril por parte de sus naturales! No por cierto: ellos se han gloriado siempre de ser finos españoles por su origen y costumbres. La causa única de este grande suceso ha sido el violento despotismo con que se les trataba; y no por europeos sin por tiranos ha procedido contra los funcionarios públicos y demás sujetos indicados en esta relación.

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Es muy cierto que la rivalidad ha influido mucho, pero también lo es que ésta, lejos de haber provenido de los americanos, trae su antiguo origen de la defectuosa legislación y de los grandes abusos de los magistrados en el gobierno de estas provincias6. Por este principio es muy de creerse que las novedades ocurridas en este Reino se están verificando al mismo tiempo en toda la América Española a causa del mísero trastorno que padece la península. Pero sea de esto lo que fuere, ello es innegable que la repentina catástrofe sucedida en esta ciudad, ha sido visiblemente una obra misericordiosa y admirable del Altísimo. Aún los mismos europeos de ilustración andan repitiendo Digitus Dei est hic. ¿Y cómo no han de hacer esta confesión admirativa, cuando habiendo ellos llamado siempre a los naturales ovejas lanudas, por su mansedumbre y paciencia, han visto de repente mudarse estas ovejas tímidas en leones valerosos? Considérese cuál habrá sido el motivo de esta inesperada metamorfosis, y vamos adelante.

Entretanto que el secularísimo sigue ocupado según sus clases, en practicar las acertadas providencias del gobierno, custodiando de día y de noche la ciudad y sus entradas y celebrando también con músicas y diversiones la nueva constitución, al mismo tiempo siguen en la santa iglesia catedral y demás templos, devotos novenarios de acción de gracias al Supremo Libertador. Ninguno deja de confesar que una mutación tan repentina y feliz se le debe únicamente a la divina misericordia. Y tanto más se aplaude esta admirable obra, cuanto se sabía de muy cierto que el virrey con los oidores estaban decididos a que este Reino siguiese en todo la suerte de la península.

¡Oh execranda iniquidad, oh inaudita tiranía! Conque

6 Sobre esta importante materia se está escribiendo una obra que deberá salir muy pronto para disipar cien mil preocupaciones ridículas.

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si toda España recibe el nefario código Napoleón, y se sujeta al cetro de hierro del tirano Bonaparte, ¿tendrá la América obligación de hacer lo mismo? Sí: porque aunque sea con detrimento de la religión y de la libertad, se deben preferir los ambiciosos intereses de esos hombres inicuos que a cambio de conservar sus empleos, sus rentas y despotismo, han dicho en su corazón y en su conducta que no hay más Dios ni más justicia que lo que a ellos les acomoda. Ved aquí, pueblos americanos, el terrible fallo firmado en todos los acuerdos y providencias de esos buenos españoles cuyo catolicismo es un misterioso problema que quizá sólo pueden definirlo la ambición y la avaricia.

En consideración de todo esto no nos debemos admirar de los horrendos preparativos de armas y pertrechos hostiles repartidos entre los individuos de la facción europea napoleónica. El erario ha quedado exhausto con los excesivos gastos de tropas y municiones marciales para sostener el terrorismo y afirmar el trono de la tiranía. Si yo hubiera de referir aquí todos los misterios inicuos y execrandos que se han descubierto sobre este asunto, sería preciso presentar una historia prolija y fastidiosa.

¡Ah! qué desgraciados son los pueblos que separados de la metrópoli por una enorme distancia marítima, están obligados a creer contra la buena fe cuantos engaños inventa la malicia, y a obedecer ciegamente cuantas órdenes injustas les intima la fuerza armada! ¿Qué han de hacer los infelices, si habiendo solamente dos principios para obedecer, que son, la ley o la violencia, no pueden alegar la una ni evadirse de la otra? Por eso ha discurrido sabiamente la suprema junta de Santafé, no sujetarse al consejo de regencia para no exponer este precioso Reino a un sinnúmero de disgustos, disensiones y peligros que podrían provenir de adoptar ligeramente el sistema contrario. Ojalá lo practicasen así todas las provincias de la

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América, para cerrar la puerta de una vez a la política fraudulenta de la Francia, para formar una unión respetable contra sus designios hostiles, para asegurar los santos derechos de la religión y para conservar decorosamente estos estados en la fiel obediencia y legítima soberanía de nuestro amadísimo Fernando VII. Todo el que sintiere lo contrario, es sin duda muy ignorante o muy sospechoso en la fe católica; y reflexiónese bien sobre esta proposición.

El autor de este escrito, que tuvo valor para prevenir todos estos misterios de la intriga, en el Redactor Americano establecido por el anterior gobierno, lo tuvo también para asegurar luego que leyó el manifiesto del consejo de regencia firmado en la Real Isla de León, que dicho consejo debe ser muy sospechoso para la América. Sí por cierto: aunque tuviésemos positiva seguridad que aquella es obra de buenos españoles, ¿cómo la podríamos tener de no ser engañados por Bonaparte bajo el pretexto de aquella constitución mediando una distancia tan enorme y conociendo ya las artificiosas artes de la traición y felonía? Desengañémonos. Vivan la religión, la patria y Fernando VII, y mueran los que nos quieren alucinar valiéndose de estos augustos nombres para hacernos obrar contra ellos mismos y establecer sobre nosotros el infando imperio de la tiranía7.

He aquí los horribles inconvenientes que ha querido precaver la suprema junta de la muy noble y muy leal ciudad de Santafé. A ella se le negó desde el principio de la revolución de España la formación de una junta de gobierno y seguridad, sin darle más razón que la que dio en Bayona el malvado Corso para no acceder a

7 Pocos días antes de esta revolución se había jurado genero-samente el Consejo de Regencia; pero advirtiendo después sus muchas nulidades y contradicciones, se deliberó no obedecerlo en cosa alguna.

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los argumentos y votos de la justicia. A ella se le negó el derecho de mirar por su libertad en el naufragio común, aún habiendo ofrecido dejar en el íntegro uso de su jurisdicción a las autoridades constituidas. A ella se le negó convocar siquiera un cabildo abierto para consolidar el patriotismo y tomar medidas oportunas acerca de su defensa contra el declarado enemigo de la Iglesia y del género humano. A ella se le negó, con demasiado insulto, que ni aún hipotéticamente pudiese hablar de independencia, fuese cual fuese el estado de las cosas. A ella se le negaron, en fin, todos los recursos que los tiranos más crueles no negaron jamás a los esclavos más indignos de compasión. ¡Oh ciudad ilustrísima! ¿quién creyera que tus magistrados se complacían de verte perecer lo mismo que Nerón cuando cantaba de júbilo el incendio de Roma desde su palacio?

No lo dudéis, generaciones futuras ni pueblos remo-tos, aunque os parezca imposible cuanto aquí se rela-ciona. Creed que la hipérbole no ha tenido lugar en este escrito, sino que lo ha formado la verdad en el mismo carácter de su candor, desnuda de todo afecto apasionado. Y sabed también que su autor sólo ha te-nido temor de Dios y no de los tiranos, por cuya razón ha repetido siempre al frente de ellos con la lengua y con la pluma: que toda criatura de Godoy, debe ser bien examinada.

Santafé habría perecido y también la fe católica en ella, si no hubiese estado alerta sobre esta importantísima prevención. Sabemos sin la menor duda, que el infame favorito elegía los suyos sin más mérito que el de su propia identidad, ni otra recomendación que el gusto y capricho de aquella mujer escandalosa, indigna de rivalizar con la serenísima. Princesa de la Paz. Todo esto no basta saberlo solamente, sino reflexionarlo muy despacio sin perder de vista la conducta de los empleados y protegidos por le Judas extremeño, tan-

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to en la península como en la América. Entonces se acabará de conocer lo mucho que ha tenido que sufrir este infeliz Reino, y con cuánta razón no ha querido reconocer la suprema junta de esta capital al consejo de regencia, demasiado sospechoso por muchos mo-tivos8.

Considerando pues, instruidos ya a todos acerca de las poderosas razones que han concurrido para la actual mutación del gobierno, continuaremos el hilo de nuestra relación por lo respectivo a las providencias políticas y económicas para asegurarlo sobre firmes elementos.

Como todos los pueblos comarcanos han ido viniendo espontáneamente, unos con sus curas y otros con sus corregidores y alcaldes a ofrecerse a la suprema junta en defensa de la causa común, se ha tomado un exacto informe del número de gente útil de cada uno, para contar con ellos en cualquier ocurrencia que pueda acontecer. Todos han concurrido muy obsequiosos con los frutos y producciones de su país, lo que ha contribuido mucho par que en medio de una revolución tan acalorada y numerosa, no haya habido falta de víveres para el abasto público. Asombran los generosos ofrecimientos de cada uno de dichos pueblos, y esta disposición enérgica y patriótica hace concebir altas esperanzas de que en cualquiera urgencia cuenta la suprema junta con un ejército numeroso de buenos patriotas dispuestos a derramar hasta la última gota de su sangre en defensa de los sagrados derechos de su libertad.

Como es un objeto muy importante para el público saber las secciones en que se ha divido la junta para

8 El autor de este escrito se atreve a asegurar que dicho consejo es obra de Bonaparte: pero obra sumamente ingeniosa, como se verá muy presto. ¡Alerta, católicos americanos!

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la buena organización y pronto despacho de los negocios, insertamos aquí las clases respectivas con los nombres de los vocales que las componen.

Negocios Diplomáticos interiores y exteriores.Don José Miguel PeyDon José AcevedoDon Miguel PomboDon Frutos GutiérrezSecretarioDon Camilo Torres

Negocios EclesiásticosDon Juan Bautista PeyDon Andrés RosilloDon Martín GilFray Diego PadillaDon Francisco Javier Serrano GómezDon Juan Nepomuceno Azuero.Don Nicolás Omaña, Secretario.

GuerraDon José MoledoDon Antonio BarayaDon Francisco MoralesDon José Santa María, Secretario.

HaciendaDon Manuel ÁlvarezDon Pedro GrootDon Manuel PomboDon José ParísDon Luis Azuola, Secretario.

Policía y ComercioDon Juan GómezDon Justo CastroDon Fernando Benjumea

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Don José OrtegaDon Juan Manuel TorrijosDon Sinforoso MutisDon José María Domínguez, Secretario.

NOTA. Que no están destinados en esta lista los vocales don Juan Nepomuceno Lago y don Francisco Suescún, porque actualmente están encargados de las varas ordinarias.

De orden de la Suprema Junta. En la Imprenta Real de Santafé de Bogotá, año de 1810.

Publicado originalmente en La constitución feliz. Periódico político y económico de la capital del Nuevo Reino de Granada. No. 1 (17 de agosto de 1810). Biblioteca Nacional de Colombia, Pineda 183, no. 5. Reeditado en: Rodríguez, Manuel del Socorro. Fundación del Monasterio de la Enseñanza: Epigramas y otras obras inéditas o importantes. Bogotá: Biblioteca de la Presidencia de Colombia, 1957, No. 44, p. 507-523.

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Historia de nuestra revolución

Sed incredibile est adepta libertatequam brevi creverit…Livius

La rivalidad que ha existido de tiempo inmemorial en la América entre españoles europeos y los indígenas de este vasto continente; la rivalidad, casi increíble, entre el español y sus descendientes, se exaltó en 1794. En esta época desgraciada vio la capital y el Reino lo más precioso de su juventud en los calabozos; vio gemir sobre la cama del tormento a uno de nuestros hermanos9. La esposa vio al esposo, el padre al hijo marchar con cadenas a la península; este suelo se empapó con lágrimas de todos los americanos. En vano la corte de Madrid declaró la inocencia de las víctimas, en vano restituyó a sus países a unos y elevó 9 Don José María Durán fue la víctima ilustre que sacrificó el despotismo y la barbarie en ese tiempo de opresión. Todavía resuenan en nuestros oídos los lamentos de este joven inocente y virtuoso; todavía se estremecen nuestros corazones al consi-derarlo tendido sobre la cama que inventó la crueldad. Todavía existe en la cárcel este instrumento de nuestra opresión. ¡Cómo ha escapado a nuestra vigilancia despedazarla o reducirla a ceni-zas! Esperamos que la humanidad de nuestro supremo gobierno la haga quemar a los ojos del pueblo y que sancione para siem-pre la abolición del tormento y que se arranque de los Códigos esa ley bárbara y cruel, que degrada la humanidad.

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a otros en Europa; la llaga era profunda y no bastó este remedio. El americano odió más al gobierno español en su corazón, y sólo callaba porque lo hacía callar la bayoneta. Este odio silencioso pero concentrado empezó a explayarse un poco con los sucesos de Quito del 10 de agosto de 1809, las prisiones de Nariño, de Miñano, Gómez, de Azuero, de Rosillo y de otros inflamaron los ánimos, pero sin salir el descontento general del recinto doméstico; se murmuraba con calor pero al oído. La escena trágica y sangrienta de Pore hizo hablar más recio; los movimientos de Caracas, de Cartagena, del Socorro y de Pamplona reanimaron los corazones, hasta el punto que una sola palabra bastó para romper nuestro silencio y los diques de nuestro sufrimiento el 20 de julio de 1810.

Día 20 de julioDon José Llorente, español y amigo de los ministros opresores de nuestra libertad, soltó una expresión poco decorosa de nuestra libertad, soltó una expresión poco decorosa a los americanos; esta noticia se difundió con rapidez y exaltó los ánimos ya dispuestos a la venganza. Grupos de criollos paseaban alrededor de la tienda de Llorente con el enojo pintado en sus semblantes. A este tiempo pasó un americano, que ignoraba lo sucedido, hizo una cortesía de urbanidad a este español; en el momento fue reprendido por don Francisco Morales, y saltó la chispa que formó el incendio y nuestra libertad. Todos se agolpan a la tienda de Llorente; los gritos atraen más gente, y en un momento se vio un pueblo numeroso, reunido e indignado contra este español y contra sus amigos. Trabajo costó a don José Moledo aquietar por este instante los ánimos e impedir las funestas consecuencias que se temían. Llorente se refugió en la casa inmediata de don Lorenzo Marroquín.

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A la una y media del día se le condujo a su casa en una silla de manos para escaparse a la vista de un pueblo enfurecido; pero fue inútil esta precaución. Uno de la plebe gritó: aquí llevan a Llorente. Apenas entró en su casa cuando un pueblo inmenso se hallaba al frente de ella resuelto a ponerlo preso y tal vez a asesinarlo. El alcalde ordinario, don José Miguel Pey, ocurrió a sosegar este tumulto y a salvar la vida de este hombre desgraciado. A fuerza de promesas y empeñando el crédito de su autoridad consiguió aquietar al pueblo conduciendo a su vista a la cárcel a este español inconsiderado.

Apenas lo deja el pueblo asegurado en la prisión, vuelvo todo su furor contra sus amigos y confidentes. Se arroja sobre las casas de Infiesta y de Trillo, rompe a pedradas las vidrieras, fuerza las puertas y todo lo registra. Encuentra al primero en un escondrijo y el segundo escapa despavorido.

La noche se acercaba y los ánimos parecía que tomaban nuevo valor con las tinieblas. Olas de pueblo armado refluían de todas partes a la plaza principal; todos se agolpaban al palacio y no se oye otra voz que ¡Cabildo abierto: Junta! El pueblo estaba en la más viva inquietud; obligó al teniente coronel don José Moledo a que a su nombre fuese personalmente a pedir el cabildo abierto al virrey; éste denegó la petición; el procurador Herrera se halló con la misma comisión y obtuvo la misma respuesta. A cada mensaje y a cada negativa tomaba más vigor ese pueblo activo y generoso. En fin, comisionó al doctor don Benedicto Salgar, don José María Carbonell, don Antonio Malo, don Salvador Cancino y otros para que concediese el cabildo abierto que solicitaba. Por fortuna el virrey había llamado al oidor don Juan Jurado para que le aconsejase en este lance crítico y apurado. Este juicioso y prudente español le dio el consejo que le debía dar: Conceda V. E., le dice, cuanto pida el pueblo si quiere salvar

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su vida y sus intereses. Consejo digno de un hombre experimentado y que impidió el derramamiento de nuestra sangre. En los últimos apuros se concedió un cabildo extraordinario, pero no abierto. El pueblo gritó vivas al virrey por un decreto con que expiró su autoridad y sus funciones.

El pueblo se trasladó en masa a las casas consistoriales; reunió a los alcaldes y regidores; entraron los vecinos y se comenzó, a pesar del virrey, un cabildo abierto. El oidor Jurado llevó los poderes del jefe y los presidió en su nombre.

¿Cómo podré pintar los debates, las arengas, el calor; cómo las agitaciones de un pueblo inmenso, enérgico y activo? ¿Cómo individualizar las operaciones de los Peyes, Barayas, Moledos, Pardos, Gómez, Herreras, Azueros, Gutiérrez, Carboneles y de tantos otros celosos de nuestra libertad? Ciudadanos, perdonad a la brevedad de este Diario, perdonad a la impotencia de nuestras plumas el que no entremos en todos los pormenores de esa noche para siempre memorable. Esta gloria la reservamos a nuestros historiadores.

A las seis y media de la noche hizo el pueblo a tocar a fuego en la catedral y en todas las iglesias para llamar de todos los puntos de la ciudad el que faltaba. Estos clamores, en todo tiempo horrorosos, llevaron la consternación y el espanto al corazón de todos los funcionarios del gobierno. Tembló el virrey en su palacio, y conoció tarde que las armas, esas armas en que tanto había confiado, eran ya unos instrumentos impotentes y débiles, y que no obrarían sino su ruina. Conoció con todos los magistrados que no es el terror, no los calabozos, las cadenas ni el cadalso el freno de los pueblos. A pesar de esto, nosotros admiraremos siempre la mano invisible que paralizó todos sus movimientos. ¿Cómo unos hombres que habían

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adoptado sujetar a los pueblos por el terror, que habían aumentado sus fuerzas y hecho preparativos de guerra no dispararon ni una sola pistola? Las armas cayeron de sus manos y pasaron a las del pueblo sin ruido y sin estrago. Este punto es capital y merece detallarse.

Dos eran los objetos de temor y de confianza que agitaban al pueblo: el Batallón Auxiliar y el parque de artillería. El pueblo de Santafé les será eternamente reconocido a los patriotas don José María Moledo y don Antonio Baraya. El primero ofreció desde los primeros momentos que el Auxiliar no obraría contra nuestra libertad, y él mismo se entregaba como rehenes en manos de un pueblo entusiasmado por su independencia; él no desamparó la plaza, ni las casas consistoriales, y el pueblo justo pagó sus servicios nombrándolo vocal en la junta que establecía. El segundo (Baraya) siempre manifestó sin temores su amor al pueblo y a la patria, siempre habló contra nuestros opresores, y nosotros siempre lo mirábamos como un antemural y como el que neutralizaba las opiniones del batallón. ¡Cuánto le debe la patria! Él aquietó el pueblo en los momentos de su furor, él respondió con su cabeza por la quietud del batallón, y que si obraba, obraría por la libertad; él dio órdenes, él dio consejos, él trajo su compañía a la plaza y él ayudó con todas sus fuerzas a derribar a los opresores. La patria ha recompensado sus servicios nombrándolo vocal de la Suprema Junta, elevándole al grado de teniente coronel del Batallón de Voluntarios de Guardia Nacional.

El coronel don Juan de Sámano pasó toda la noche encerrado en el cuartel con el batallón sobre las armas. A las cinco de la mañana del 21 prestó su juramento de fidelidad a la Suprema Junta y quedaron las armas en las manos del nuevo gobierno. Estas fueron las operaciones del Batallón Auxiliar.

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El parque de artillería era lo que más inquietaba al pueblo y sobre lo que mostró más energía. El cabildo mandó una diputación al virrey, a fin de que la artillería estuviese a las órdenes del pueblo: se denegó. Una segunda diputación volvió a pedir lo mismo, se denegó; otra tercera pidió que el patriota don José Ayala (una de las víctimas de 1794) fuese con paisanaje a neutralizar las fuerzas en el parque, se concedió, y todas las armas quedaron en manos del pueblo.

Mientras iban y venían las diputaciones, el pueblo hacía movimientos de arrojo y de valor contra el parque, decían: cuando no lo tomemos a lo menos impediremos sacar los cañones contra los que organizan en la plaza.

Una mujer cuyo nombre ignoramos, y que sentimos no inmortalizar en este Diario, reunió a muchas de su sexo, y a su presencia tomó de la mano a su hijo, le dio la bendición y dijo: ve a morir con los hombres; nosotras las mujeres (volviéndose a las que la rodeaban) marcharemos adelante, presentemos nuestros pechos al cañón, que la metralla descargue sobre nosotras, y los hombres que nos siguen y a quienes hemos salvado de la primera descarga, pasen sobre nuestros cadáveres, que se apoderen de la artillería y libren a la patria. Pregunto: ¿Hay heroínas entre nosotros? ¿Qué nos puede presentar más grande la historia griega y romana? El sexo delicado olvidó su debilidad y su blandura cuando se trataba de la salud de la Patria10.

El pueblo en el seno de la seguridad aclamó los vocales que debían constituir la Junta Suprema del Reino. En el calor de los debates se distinguieron mucho don Fruto

10 Cuando el gobierno sepa quién es esa amazona formidable, debe decretarla una banda de honor para premiar el mérito y el valor. También se distinguieron doña Josefa Baraya, doña Pe-tronila Lozano, doña Gabriela Barriga, doña Melchora Nieto y otras muchas que sería largo referir.

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Gutiérrez, don Miguel Pombo, don José Acevedo, don Ignacio Herrera, don Joaquín Camacho, don Camilo Torres y otros. El primero reveló los misterios del antiguo gobierno y puso en claro los derechos del pueblo. Herrera con su carácter vigoroso y ardiente, sostuvo nuestra libertad. Camacho desplegó la profundidad de su genio. Torres, éste que tuvo valor de decir verdades terribles a los antifuncionarios, que echó en cara a España sus procedimientos para con las Américas, que formó esa grande, enérgica y profunda Instrucción para el Diputado del Reino, esa pieza maestra de elocuencia y de política; esa pieza que mereció el epíteto de sediciosa a los sátrapas a quienes atacaba, esa pieza que ocasionó la opresión del ilustrísimo don Miguel Gómez en el Socorro. Este Torres modesto, prudente, silencioso, pero profundo, firme y digno de haber sido compañero de Catón y de Bruto, sostuvo con decoro y con prudencia nuestra libertad en esta noche memorable. Muchos se opusieron obstinadamente a que se consultase al virrey sobre la instalación de la junta. Pombo dijo a Jurado: ¿qué hay que temer? Los tiranos, señor, perecen; los pueblos son eternos. Aseguramos la persona y el empleo. Acevedo proclamó traidor al que saliese de la sala sin dejar instalada la junta. ¡Quién sabe si a esta vigorosa resistencia se debe nuestra libertad! No debe olvidar la patria que Acevedo fue el que primero arengó al pueblo, cuando nuestros opresores estaban en el solio y empuñaban la espada; él explicó varios derechos sagrados del pueblo, y dijo: Si perdéis este momento de efervescencia y de calor, si dejáis escapar esta ocasión única y feliz, antes de doce horas seréis tratados como insurgentes: ved (señalando las cárceles) los calabozos, los grillos y las cadenas os esperan.

Don José María Carbonell, joven ardiente y de una energía poco común, sirvió a la patria en la tarde y en la noche del 20, de un modo nada común: corría de taller en taller, de casa en casa; sacaba gentes, y aumentaba

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la masa popular; él atacó a la casa de Infiesta, él lo prendió y él fue su ángel tutelar para salvarle la vida. Carbonell ponía fuego por su lado al edificio de la tiranía, y nacido con una constitución sensible y enérgica tocaba en el entusiasmo y se embriagaba con la libertad que renacía ente las manos. ¡Dichoso si no hubiera padecido vértigos políticos y cometido imprudencias! Patria, no olvides sus servicios, esos servicios que ayudaron a salvarte.

Don Francisco Morales, que tanto se acababa de distinguir, con sus dos hijos (el vocal don Antonio y el doctor don Francisco) en la tarde de ese día, llevó una diputación del cabildo al ex virrey para que aumentase las facultades de Jurado. Entró en el salón del palacio; uno de esos aduladores que rodeaba a Amar se sonrió con aire de burla y de desprecio del embajador y de la embajada. Tan ciegos estaban y tan confiados en su poder. Entonces Morales, con la intrepidez de un romano le dijo: ¿Te burlas de mi traje? ¿Te burlas de la comisión de un cabildo, de un pueblo que sabe hacerse respetar? Volviendo su palabra al ex virrey y le dice con firmeza: Tres partidos se presentan a V. E.: salir en persona a sosegar a un pueblo enfurecido, pasar personalmente a las casas consistoriales o aumentar las facultades de Jurado, ¿cuál se elige sin demora? Amar tomó el tercero. ¿Y cómo podía tomar el primero, ni el segundo? Aumentó y dio por escrito todo el lleno de sus facultades, de esas facultades que ya no más expiraban, al oidor Jurado.Don José Miguel Montalvo y Acevedo siguieron proponiendo al pueblo los sujetos más beneméritos para vocales, los que fueron aclamados con las vivas de diez mil almas reunidas al frente de la casa consistorial. Cuando se trató de nombrar presidente, Gutiérrez se declaró por el ex virrey Amar. Arengó al pueblo y le hizo ver que este jefe, lleno de sencillez y de moderación, se había hecho digno de nuestro reconocimiento por haber accedido a todas sus

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peticiones, y obtuvo de este pueblo generoso la presidencia de Amar.

En fin, después de las agitaciones más acaloradas, después de las inquietudes más vivas, después de una noche de sustos, de temores y de horror, quedó instalada la Junta Suprema del Nuevo Reino de Granada al rayar la aurora del día 21 de julio de 1810. Ella fue reconocida por el pueblo que la acababa de formar, por el clero, cuerpos religiosos, militares y tribunales. El orgullo de los oidores, de esos sátrapas odiosos, se vio humillado por la primera vez, se vio esa toga imperiosa por 300 años ponerse de rodillas a prestar fe y obediencia en manos de una junta compuesta de americanos, a quienes poco antes miraban con desprecio. ¡Gran Dios! ¿Cómo reconoceremos dignamente estos beneficios debidos a tu bondad? Tú nos salvaste de las manos de nuestros enemigos, sálvanos ahora de nuestras pasiones, inspira dulzura, humanidad, moderación, desinterés, y todas las virtudes en nuestros corazones; tranquiliza nuestros espíritus; reúne las provincias, forma un imperio de la Nueva Granada. Nosotros te adoraremos en él, nosotros cantaremos vuestras alabanzas y os ofreceremos al sacrificio de nuestros corazones, el más grato a tus ojos.

Día 21.Ayer se puso el sol dejándonos en la esclavitud, y hoy ha arrojado sus rayos sobre un pueblo libre, victorioso y que descansa sobre sus laureles. Orgulloso con su libertad paseaba lleno de contento por plazas y por calles. El esposo contaba a la esposa sus esfuerzos y sus hazañas, el amigo felicitaba al amigo; grandes y chicos, hombres y mujeres todos los corazones rebozaban en alegría. Un peso inmenso se ha quitado de nuestros hombros (decía este); ya no tememos la fecundidad de nuestras esposas; los hijos, este dulce lazo conyugal, no

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será ya una carga pesada para el padre; será sí una prenda más dada a la patria, esta patria los alimentará y satisfecha con este tributo, llenará de honores y de bienes a los que le han dado ciudadanos. ¡Dichosos nuestros esfuerzos! ¡Dichoso nuestro valor! He aquí los sentimientos, he aquí las expresiones de este pueblo en los primeros momentos de su libertad.

A las ocho y media se reunieron los vocales en la casa consistorial, y formados en dos alas pasaron al palacio del ex virrey a recibirle como a presidente el juramento de fidelidad y de obediencia, el que prestó en manos del vicepresidente. ¡Qué contraste hace en mi imaginación esta ceremonia, con la respuesta que pocas horas antes había dado al cabildo de la capital este ex virrey! El hecho fue: cansando el ilustre ayuntamiento de pasarle oficios respetuosos en que hacía ver la desconfianza de los pueblos para con los funcionarios del gobierno, de recordarle las medidas que habían tomado las provincias de Cartagena, Pamplona y últimamente el Socorro en sus gobernadores y corregidores, y de pedir una junta compuesta de los diputados de los cabildos del reino, le mandó el día 20 de julio, entre diez y once de la mañana, una diputación para conferenciar verbalmente sobre las medidas que debían tomarse en unas circunstancias tan urgentes y tan críticas. El asesor del cabildo, don José Joaquín Camacho, fue el encargado de sostener esta conferencia. Así que se impuso Amar del objeto de esta misión, se denegó abiertamente; instado segunda vez con razones victoriosas, se indigna y con un aire feroz respondió Ya he dicho. Así se terminó una medida humana, justa y que habría salvado a este virrey endurecido en su sistema imperioso y humillador. ¡Desgraciado: no sabía que era el último ultraje que hacía el cabildo y al pueblo!

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Los antiguos funcionarios estaban al borde del precipicio y no lo conocían. ¡Ciegos! Estaban rodeados de amenazas y se creían en seguridad. La víspera de su ruina dijo al regente: yo no veo esos riesgos, yo no veo esos peligros. Alba añadió: la conmoción popular que se teme está muy lejos, y solo faltaban tres horas para comenzar. El conocimiento de nuestro carácter dulce de que se lisonjeaba; la experiencia de nuestro silencio en las vejaciones de 94; la conducta popular que afectó a la llegada de Mendinueta, el regocijo instantáneo y los afectos efímeros de nuestros corazones sencillos, todo deslumbró a este desgraciado; digamos mejor: una mano invisible lo detiene en Santafé para que sirva de espectáculo a un pueblo a quien hizo derramar tantas lágrimas. Obcecados ellos mismos tendían las redes en que iban a caer. “Cuando Dios quiere trastornar los imperios, dice Bossuet, todo es débil, todo es irregular, ciega a los que mandan, los precipita, los confunde, los envuelve en tinieblas y en sus mismas sutilezas y todas sus precauciones no son sino lazos, el espíritu de vértigo y aturdimiento reina en sus consejos; no saben qué hacer y son perdidos”. Es increíble el grado de ceguedad a que habían llegado estos ministros. Pretendieron vejar la capital del reino y llenarla de terror, elevando en picas las cabezas de don José María Rosillo y de don Vicente Cadena. ¡Insensatos! No sabían que solo la noticia de esta sangrienta ejecución conmovió todos los corazones. Chico, grande, hombre, mujer, todos traían grabada la indignación sobre su rostro. Si Cortázar, más advertido no se hubiese opuesto a este proyecto digno de Nerón, ese día habría sido de nuestras venganzas, ese día habría hecho la erupción más impetuosa y terrible este pueblo grande y compasivo. Yo no dudo que la capital no habría sufrido este ultraje y esta insolencia. Tal vez las cabezas de Alba, de Frías y de sus compañeros habrían montado las picas que se destinaban para mostrar las de nuestros conciudadanos. ¡Sombras

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ilustres de Cadena y Rosillo, recibid las lágrimas y los suspiros de este pueblo entonces oprimido y hoy soberano! Que vuestra memoria sea eterna entre nosotros: que vuestros nombres sean ilustres; que no se puedan pronunciar sin emoción; que no podamos gustar de nuestra libertad sin acordarnos de vuestro valor y de vuestra generosidad; que vuestras cabezas bañadas en sangre se presenten en todo momento a los ojos de vuestros opresores; que vuestras imágenes los aterren; que los turben en el sueño y que los persigan a todas partes. Entre tanto tú, ¡oh patria!, honra su memoria.

El pueblo no desamparó un solo momento la plaza mayor en que se hallaba congregado. Pedía con obstinación y con firmeza las prisiones del oidor Alba y del fiscal Frías y de otros funcionarios del antiguo gobierno; pedía con el último ardimiento la soltura del señor magistral Rosillo. Este patriota generoso se mereció el odio del gobierno que expiró por sus votos libres en esas juntas memorables del 7 y 11 de septiembre de 1809, digamos mejor, de esas farsas con que pensaron alucinar a los incautos. Rosillo añadió a este mérito el de haber proyectado tomar a Santafé el 29 de octubre de ese año. Frustradas sus esperanzas, parte para el Socorro; camina de noche por sendas desconocidas, y siempre huyendo de los ojos de los tiranos; atraviesa montañas intransitables, muda de traje y hace todos los esfuerzos por llegar al Socorro, por difundir luces, por hacerse prosélitos y libertar la patria. Nada valió; el 28 de diciembre fue apresado por don Pedro Agustín de Vargas y conducido a Charalá; el 30 se le entregó al oficial Fominaya, quien lo condujo al Socorro y lo puso en manos del corregidor Valdés, de este Valdés sanguinario, que tuvo valor de abalear a sangre fría a un pueblo inocente y generoso como el del Socorro. Fue encerrado sin comunicación en una celda de capuchinos por el espacio de quince días;

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fue conducido en medio de bayonetas a esta capital; fue entregado al oficial Ferro, quien traía una pistola preparada para quitar la vida a su presa, siempre que alguno lo quisiese sacar de entre sus garras. ¡Bárbaros! ¡Opresores! ¿No debía temer Rosillo más a sus amigos que a sus tiranos? En medio del sobresalto y del horror entró en esta capital, el 21 de enero del año de nuestra libertad. En manos de Alba, en manos del odioso Alba cayó esta víctima desgraciada; fue igualmente sepultado en capuchinos; se le quitó toda comunicación y consuelo. El no veía sino de cuando en cuando el rostro denegrido y severo del funcionario Alba; casi sepultado vivo pasó desde el 21 de enero hasta el 21 de julio sin saber de su familia, de sus amigos, ni la suerte de su patria amada. ¡Ah! en uno de aquellos momentos de tristeza y de amargura se le oyeron por sus guardias estas notables palabras, palabras que debemos grabar en nuestros corazones para saberlas reconocer: ¡Oh patria: cuánto me debes! Sí la patria lo conoce, y la patria ha comenzado a recompensar tus servicios, mártir voluntario de nuestra libertad.

El pueblo de Santafé, justo y reconocido, hizo una de aquellas demostraciones extraordinarias, que solo son debida al mérito distinguido. Entre diez y once del día marchó en masa al convento de capuchinos; retiró la guardia, estrechó entre sus brazos y lavó con sus lágrimas a este amigo querido; lo saca en triunfo, lo lleva en sus brazos y lo presenta en la galería de las casas consistoriales. Atónito, fuera de sí, y rebosando en júbilo, toma la palabra y dice: Lo mucho que os amo, ¿y qué otro amor me ha costado tantos trabajos? Unos crueles tiranos querían acabar con mi existencia depositándome vivo en un sepulcro; seis meses ha que he estado en un encierro, el más riguroso, con centinela de vista, sin poder salir de un estrecho recinto; aún cuando los males que me atacaban exigían alguna consideración y piedad, se me negaba hasta el pequeño consuelo de saber el estado de mi familia; pero tú, pueblo ilustre, pueblo

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fidelísimo, en este momento has quebrado las cadenas que me oprimían, y mis penas y prisiones las has convertido en la mayor gloria que puede apetecer hombre alguno sobre la tierra. Tu generosidad ha hecho impresiones muy profundas en mi corazón. Ellas quedarán grabadas para siempre en él. Todos mis anhelos serán cumplir con los deberes que me impones, y mi reconocimiento hará que yo más bien que ninguno me sacrifique por esta patria que tanto amas; por el Rey, a quien únicamente se consagran vuestros votos, y por la religión que quieres conservar como la heredasteis de vuestros padres. Aquí llegaba en su discurso, faltándole el aliento por la debilidad causada por la prisión de seis meses; gritó al pueblo: basta, basta. Pero repuesto algún tanto pidió permiso al pueblo para seguir. Vosotros, dijo, no debéis olvidar en vuestros triunfos dar gracias y levantar vuestros corazones al Todopoderoso; El os ha dado este valor que os conduce a vuestra libertad. Ahora es cuando vuestras costumbres deben corregirse en todo a la ley divina; arreglad a ella vuestras acciones; guardad sus santos preceptos; moderaos en medio de vuestras glorias si queréis ser enteramente felices.

Se nos olvidaba decir que todas las calles que conducen del convento de los padres capuchinos a la plaza se colmaron. Las damas, los niños que llenaban los balcones arrojaron flores sobre Rosillo; un golpe de música militar precedía el triunfo; cuando llegó a la plaza y vio el pueblo el palacio del ex virrey sin adornos, mandó que se colgasen inmediatamente, y obligó a la guardia a presentar las armas y batir marcha. Decreto justo, pues pasaba un pueblo soberano.

El 21 se vieron ya sobre todos los sombreros cintas en que se había escrito: “Viva la Junta Suprema de Santafé de Bogotá”. La divisa de los vocales es un lazo encarnado y amarillo en el brazo izquierdo. El vicepresidente trae una banda de los mismos colores. Ya era tiempo de que se decretase la Escarapela Nacional, y que todo

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ciudadano y toda provincia reunida llevase la divisa de la libertad. Un lazo bicolor en que la mitad fuese amarilla y la otra mitad encarnada, puesto en los sombreros sería lo más conveniente y más sencillo.

Don Bruno Espinosa fue comisionado por algunos miembros de la junta para que con gentes de la satisfacción guardase el parque y ayudase a don José Ayala, lo que ejecutó con prontitud y patriotismo. También merece una mención honrosa don Salvador Cancino y su hijo don José María. Todos estos han manifestado actividad y vigor en el servicio y custodia de la artillería.

Mientras una parte del pueblo se ocupaba en el triunfo de Rosillo, otra partió en busca del ex fiscal Frías. Un pueblo numeroso se aboca a las puertas de su casa: entra, le sorprende y, en medio de la algazara y de improperios, le conduce a la casa consistorial. La Junta Suprema, que estaba congregada, no permitió que se le presentara; se le detuvo en una sala, de donde fue conducido a la cárcel. El pueblo en furor le habría mil veces asesinado; él pedía su cabeza, él pedía su suplicio.

Si el pueblo odiaba a Frías, detestaba al oidor Alba con todo su corazón. Odio implacable, odio sin medida, venganza y sed de sangre eran los sentimientos que animaban a este pueblo. Ataca, entra, registra la casa de este ministro desgraciado: no lo halla, redobla sus esfuerzos, hasta que Cortázar lo sosiega y promete presentarlo a la Suprema junta antes que acabe el día. Veinte años de un mando imperioso, veinte años de procesos y de pesquisas, veinte años de velar sobre nuestra conducta, veinte años gastados en amontonar enemigos resentidos, ira, venganza, ¿qué consuelo podían prometer a su corazón? Sumergido en las más vivas agitaciones, viendo el puñal vengador por todas partes no le queda otro consuelo que echarse en

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manos de su colega Cortázar, refugiarse en su casa y temblar. Fue preciso ponerse en manos de un pueblo ofendido, en manos de un pueblo de quien no podía esperar sino decretos de muerte.

Cortázar cumplió con su promesa. Esperó un momento favorable, un momento en que el pueblo no fuese tan numeroso, y en una silla de manos lo conducía a las casas consistoriales en donde estaba reunida la Junta Suprema. Apenas lo percibió el pueblo, se arrojó sobre su presa. Don Vicente Benavides frustró un golpe mortal que le tiró uno de la turba. Esfuerzos costó subirlo ileso a la galería. Cuando Alba se vio a la vista de un pueblo inmenso, de un pueblo implacable, entre cuyos individuos no contaba un amigo, de un pueblo que solo pedía su suplicio y su sangre, se llenó de consternación y de espanto. Apenas se pudo quitar el sombrero y pronunciar lánguidamente estas palabras: señores, ya estoy preso. El pueblo gritó: bueno, bueno; falta la cabeza. ¡Infeliz!, en este momento vio que cargaba sobre sí toda la indignación pública, y en este momento conoció que el terror es el camino más seguro para el cadalso.

El señor vicepresidente, los vocales don Frutos Gutiérrez y don Francisco Morales, y otros amigos del pueblo consiguieron a fuerza de exponerse, llevarlo con vida a la cárcel. Picas, espadas, puñales, amenazas, todos los signos del furor y de la venganza rodearon a este ministro y a sus defensores. Alba contaba mucho con nuestra mansedumbre. No se le podía haber preguntado en esos momentos terribles: ¿Estas son las ovejas, estos son los corderos que se dejan degollar sin quejarse? ¿No has dicho muchas veces que los moradores de Santafé son perros a quienes se han arrancado todos los dientes? Veinte años de observación no le habían bastado para conocer nuestro carácter. Pues que sepa, y que

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sepa el universo que somos humanos, compasivos, hospitalarios, que sabemos sufrir en silencio las opresiones que sentimos, y que nuestros sentimientos son profundos e indelebles; que amamos a la patria y que nos sacrificaremos enteros por su salud; que somos fieles a nuestras promesas; que somos sinceros; que nuestros corazones no están corrompidos con el lujo y doblez; que tenemos energía, intrepidez y valor para derribar a nuestros tiranos; en fin, que somos dignos de ser libres.

Estos son los sucesos principales del día veintiuno de julio. Muchos se habrán escapado a nuestra penetración, pero los insertaremos en un apéndice, así que lleguen a nuestra noticia. Nuestros conciudadanos deben vivir persuadidos que aspiramos a honrar su memoria, y que la verdad y la justicia son las que guían nuestra plumas. El que tiene mérito debe ocupar un lugar en nuestro diario. Nada tenemos de parciales; si callamos es porque ignoramos. Tampoco aumentamos el mérito de algunos, como ya se ha dicho. Si elogiamos es porque creemos se han merecido los elogios. Conocemos que es imposible escribir a gusto de las pasiones de todos.

Día 22.El pueblo sostenía su puesto y firmeza. A cada momento gustaba más de su libertad, conocía más y más sus derechos, su dignidad y su soberanía. Tomaba aquel tono imperioso, libre y de señor. Ya no era ese rebaño de ovejas, no ese montón de bestias de carga que solo existían para obedecer y para sufrir. Perdía o casi mandaba a la Suprema Junta la ejecución de muchos artículos.

No todas las peticiones del pueblo eran justas. Muchas respiraban sangre y dureza. La Junta Suprema concedía unas, olvidaba otras, otras en fin negaba con

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persuasiones. Don Antonio Baraya y el canónigo don Martín Gil trabajaron mucho para disuadir y para tranquilizar a este pueblo enérgico, que deseaba con inquietud ver realizados sus deseos.

Ya muchos ciudadanos ilustrados preveían las consecuencias a que darían origen las reuniones frecuentes de un pueblo numeroso y embriagado con la libertad. Se temía que aquellos esfuerzos que al principio habían salvado la patria, le fuesen funestos en los días consecutivos, y deseaban que la suprema autoridad impidiese las reuniones. Otros, opinaban todo lo contrario.

Por la tarde comenzó el pueblo a pedir que Frías y Alba se trasladasen del cuarto que ocupaban en la cárcel de la corte a los calabozos y que les remachasen con un par de grillos a cada uno, y esto sin demora. La Junta Suprema, después de una madura consideración, resolvió condescender con el pueblo. Poco contento con esto, quiso que estos ministros desgraciados sirviesen de espectáculo a su enojo. Pidió que se les presentasen en el balcón de la cárcel para verlos cargados de estas prisiones. Los vocales eclesiásticos don Martín Gil, don Nicolás Omaña y don Francisco Javier Gómez lucharon en vano para obtener del pueblo la gracia de evitarles este escarnio; Gil dijo: pueblo generoso, pueblo cristiano: Jesucristo nos perdona cuantas veces nos humillamos: todos los días le ofendemos: perdona a estos ministros esta vejación que pretendes. Ya están puestos los grillos que has pedido. Si no estáis satisfechos, que entren doce de vuestra confianza en la cárcel a ser testigos. Aquí interrumpió el pueblo y gritó: No, no, que se presenten en el balcón, queremos verlos con nuestros propios ojos. Gil volvió a tomar la palabra, y dijo: Os juro por mi carácter, os juro por Jesucristo, que ya Frías y Alba tienen puestos los grillos. El pueblo respondió, bueno, pero queremos que se presenten. Tomó entonces la palabra Gómez, y dijo: ¿Tienes, pueblo cristiano, confianza en mí? Sí,

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contestó el pueblo. Pues yo soy uno, continuó, de los heridos por el antiguo gobierno, yo os pido desistáis de esta pretensión, yo os lo suplico, si me amáis. No, no, respondió la multitud, que salgan. Estos tres eclesiásticos (Gil, Gómez y Omaña), agotaron todos sus recursos y no pudieron arrancar del pueblo otras palabras que: No, no, que salgan, que se presenten. Tanto era el encono, y tan profundas las heridas de su corazón.

Viendo que era preciso presentarlos, los eclesiásticos vocales referidos recomendaron la moderación; pidieron que no se les dijesen palabras injuriosas, ni fuesen a arrojar piedras. El pueblo ofreció moderarse, y lo cumplió exactamente.

La noche se acercaba, y en efecto se oscureció en estos debates. El pueblo pidió que se encendiesen bujías y que se realizasen cuanto antes sus deseos. En efecto, se expusieron a estos dos ministros desgraciados a los ojos de un pueblo ofendido y sufrieron en este momento de amargura el oprobio y el peso de la indignación pública. Concluida esta escena dolorosa, fueron conducidos a sus respectivos calabozos.

El pueblo, satisfecho, paseaba la plaza y comenzaba a retirarse, cuando a las nueve de la noche se difunde la voz de que se acercaban a la capital 300 negros a caballo y bien armados, con el objeto de atacar al pueblo y poner en libertar a Frías, Alba, Llorente, Infiesta y a todo los demás que se hallaban en las cárceles. En este momento todo se pone en movimiento y en las más vivas agitaciones: las campanas de los templos llaman a fuego; no se oía otra cosa que traición, traición, nos han vendido, a las armas. Las plazas, las calles, se inundan de gentes; corren en pelotones en todos los sentidos; ocurren a los cuarteles, al parque de artillería; se arman y en masa ocupan enfurecidos las entradas de la ciudad. ¡Qué valor! Qué intrepidez para arrostrar

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los peligros manifestó este pueblo generoso. ¡Las mujeres daban ejemplo a los soldados! Un valiente patriota que avanzaba con espada en mano, pidió a una mujer se apartase para ocupar ese lugar. Esta se injuria y dice: ¿La piedra que yo lance no hará tanto efecto como tus golpes? Despreció el consejo, y mantuvo su puesto.

Las avanzadas de patriotas que volaron por los caminos al encuentro de los negros, vieron que eran gentes de los pueblos vecinos que entraban en auxilio de la patria. Con esta noticia todo se tranquilizó con la misma prontitud con que se había alarmado. A las doce de la noche reinaba el sosiego y el silencio en toda la ciudad. Solo paseaban alerta las patrullas patrióticas de a caballo. Esta noche, célebre por nuestras agitaciones, ha quedado conocida con el nombre de la Noche de los Negros.

Secciones en que se divide la Junta Suprema:Negocios diplomáticos interiores y exteriores. Don José Mihuel Pey, don José Acevdo, don Miguel Pombo, don Frutos Gutiérrez, secretario, don Camilo Torres, secretario.Negocios eclesiásticos. Don Juan Bautista Pey, don Andrés Rosillo, don Martín Gil, Fray Diego Padilla, don Francisco Javier Serrano Gómez, don Juan Nepomuceno Azuero, don Nicolás Omaña, secretario.Gracia, justicia y gobierno. Don Tomás Tenorio, don Joaquín Camacho, don Emigdio Benítez, don Luis Caycedo, don Jerónimo Mendoza, don Igna cio de Herrera, don Antonio Morales, secretario.Guerra. Don José Moledo, don Antonio Baraya, don Francisco Morales, don José Santamaría, secretario.Hacienda. Don Manuel Alvarez, don Pedro Groot, don Manuel Pombo, don José París, don Luis Azuola, secretario.

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Policía y comercio. Don Juan Gómez, don Justo Cas-tro, don Fernando Benjumea, don José Ortega, don Juan Manuel Torrijos, don Sinforoso Mutis, don José María Domínguez, secretario.Nota: Que no están destinados en esta lista los voca-les don Juan Nepomuceno Lago y don Francisco Suescún, porque actualmente están encargados de las varas [alcaldías] ordinarias.Sala Consistorial de la Suprema Junta, julio 27 de 1810.De acuerdo de la Suprema Junta.Joseph Miguel Pey, Vice-Presidente. - Camilo Torres, Vocal Secretario. - Frutos Joaquín Gutiérrez, Vocal Secreta rio. - Antonio Morales, Vocal Secretario.

Tribunal de apelación establecido en esta capital y sujetos que lo componen según acta declarada en 23 de agosto anterior:

Sala de Gobierno y Hacienda1. Juez, don Juan Jurado.2. Vacante por muerte del doctor don Faustino Flórez.3. Vacante por renuncia del doctor don Domingo Camacho.4. Doctor don José María Castillo.5. Doctor don José Gregorio Gutiérrez. Fiscal, doctor don Dionisio Gamba.Agente fiscal vacante por renuncia del doctor don Custodio García.Relatores, doctor don Miguel Montalvo y doctor don Joaquín Vargas Vesga.Escribano, doctor don Ramón Bustamante.Se señaló de uniforme para los jueces y fiscales ca saca y calzón negro, chupa y media blanca; en el cuello de la casaca, bordadas, las armas de la ciudad y en la manga un pequeño bordado todo de oro.Sueldos: el primer juez, tres mil trescientos pesos

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anuales, como dotación de la plaza a que vino destina-do, y los demás a mil doscientos pesos.

Sala de Justicia1. Juez, doctor don Manuel Fernández Saavedra.2. Doctor don Francisco Javier de Vergara.3. Doctor don Victorino Ronderos.4. Vacante por renuncia del doctor don Joaquín Rivera11.Fiscal de lo criminal, doctor don Luis Egea. Fiscal de lo civil, doctor don Joaquín Ortiz.Sueldos: el primer juez, mil quinientos pesos anua les y los demás a mil y doscientos pesos.Agente fiscal de lo civil, doctor don Crisanto Valenzuela.Agente fiscal del crimen, doctor don Manuel Álvarez.Relator, doctor don Luis García.Escribanos de cámara, doctor don Francisco Aguilar y don Félix Lotero.El uniforme de estos jueces y fiscales es el mismo que el de los de la sala de gobierno y hacienda, a ex cepción del bordado, que deberá ser de plata.Los abogados usarán del mismo uniforme con solo un pequeño bordado de oro en la manga y bota de casaca.Los demás subalternos deben traer el mismo unifor-me sin bordado alguno.

Nuevo pie en que quedó la Junta Suprema de esta capital después de la división de poderes ejecutada en virtud de las actas del 24 y 25 de octubre que se anunciaron en el suplemento al número 19 del Diario Político de Santafé de Bogotá:11 Esta plaza se había proveído en el doctor don Ignacio Herrera por la renuncia dicha; pero como este sujeto haya sido nom brado para diputado representante de la provincia de Nóvita en el congreso general, ignoramos si tenga efecto dicho pri mer nombramiento.

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Estado. Don José Miguel Pey, vicepresidente; don Juan Gómez, R. R F. Diego Padilla, don Manuel Bernardo Álvarez, don Miguel Pombo, don José Acevedo, secretario.Gracia y justicia. Don Tomás Tenorio, don José Joa quín Camacho, don Emigdio Benítez, don Luis Caicedo, don Sinforoso Mutis, secretario.Hacienda. Don Pedro Groot, don Manuel Pombo, don Luis Eduardo de Azuola, don José Martín París, se-cretario.Negocios eclesiásticos. Don Juan Bautista Pey y Andrade, don Andrés Rosillo y Meruelo, don Mar-tín Gil (ausente), don Nicolás Mauricio Omaña, don Francisco Javier Gómez, secretario.Guerra. Don José María Moledo (renunció), don An-tonio Baraya (ausente), don Francisco Morales, don José Sanz de Santamaría, secretario.

El ilustre cabildo en sus funciones ordinarias con asistencia a la Junta Legislativa:Don Juan Nepomuceno Lago, alcalde ordinario (en depósito); don Francisco Suescún (en depósito); don José María Domínguez, don Justo Castro, don José Ortega, don Fernando Benjumea, don Jerónimo Mendoza, don Juan Manuel Torrijos, don Eugenio Martín Melendro, secretario.

Señores del cuerpo ejecutivo elegidos para el primer trimestre y que deben turnar en la forma que se refirió en el suplemento citado:Don José Miguel Pey, vicepresidente; son Nicolás Mauricio de Omaña, don Manuel Bernardo Álvarez, don José Joaquín Camacho, don José María Moledo (renunció), don Luis Azuola.Secretario del despacho universal de estado, guerra y hacienda, doctor don Camilo Torres; secretario del despacho universal de Gobierno, Gracia y justicia, doc tor don Frutos Joaquín Gutiérrez; secretario del Cuerpo Legislativo, don Antonio Morales.

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El cuerpo ejecutivo asiste con voto informativo a las juntas legislativas, que se tienen el martes de cada semana.Santafé, 22 de noviembre de 1810.

Plan del Regimiento de Milicias de Caballería del Nuevo Reino de Granada, aprobado por la Suprema Junta:

Plana mayorCoronel, don Pantaleón Gutiérrez. Teniente coronel, don Primo Groot.Sargento mayor, don Isidro de la Bastida.Ayudante mayor, don Francisco Llamas.Portaestandarte, don Nepomuceno Torres.Portaestandarte, don Francisco Borda.

Primer escuadrónComandante, el coronel.1ª Compañía. - Capitán don Pedro Ricaurte; tenien te, don José Nicolás Moreno; Alférez, don José Anto nio Sánchez; alférez, don Pedro Rodríguez Correa.2ª Compañía. - Capitán, don Luis Rubio; teniente, don Mariano Grillo; alférez, don Rufino Barros; alfé rez, don Ignacio Calderón.3ª Compañía. - Capitán, don Zenón Gutiérrez; te-niente, don Francisco González; alférez, don José Ma-ría Camacho; alférez, don Toribio Rubio.

Segundo escuadrónComandante, el teniente coronel.1ª Compañía. - Capitán, don Tadeo Cabrera; tenien-te, don Buenaventura Ahumada; alférez, son Javier Rodríguez Correa; alférez, don José Ardila.2ª Compañía. - Capitán, don Juan Tobar; teniente, don José Arjona; alférez, don Esteban Pallares; alférez, don Nicolás Quevedo.

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3ª Compañía. - Capitán, don Telmo Manrique; te-niente, don José María Araos; alférez, don Eugenio Ospina; alférez, don Javier Rodríguez.

Tercer escuadrónComandante, don Nicolás Ribas.1ª Compañía. - Capitán, don Joaquín Hoyos; tenien-te, don Vicente Benavides: alférez, don Nepomuceno Forero; alférez, don Ignacio Díaz.2ª Compañía. - Capitán, don Antonio Zornoza; te-niente, don Vicente Umaña; alférez, don Blas Torres; alférez, don Manuel Caballero Góngora.3ª Compañía. - Capitán, don Clemente Malo; tenien te, don Fernando Rodríguez Correa; alférez, don Ma nuel Vicente Esguerra; alférez, don Ramón de la Torre; portaestandarte voluntario, don Valetín Torres.

Cuarto escuadrónComandante, don Luis Otero.1ª Compañía. - Capitán, don Domingo Araos; te niente, don Esteban Quijano; alférez, don José Antonio Díaz; alférez, don Francisco Bastidas.2ª Compañía. - Capitán, don José Ignacio Umaña; teniente, don José Bastidas; alférez, don Miguel Sánchez; alférez, don Narciso Santander.3ª Compañía. - Capitán, don Luis Tobar; teniente, don José Vásquez; alférez, don Nepomuceno Estévez; alférez, don Antonio Mendoza; portaestandarte volun-tario, don Félix Bastidas.

El comandante del tercer escuadrón, don Nicolás Ribas, recomienda los servicios de los siguientes: Don Valentín Torres, don Clemente Malo Rodríguez, don Fernando Rodríguez Correas, don Javier Rodríguez Correas, don Miguel Meló, don Juan de Dios Pardo, don Francisco Gómez, don José María Herrero, don Domingo Matís, don Zenón Gutiérrez, don Vicente Benavides, don Ignacio Sánchez, don Miguel Sánchez,

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don Francisco González, don José Salgado, don Joa-quín Santos, don Manuel Caballero, don Ignacio Díaz, y otros, que sería largo referir. Don Vicente Escandón desempeñó con celo una comisión del señor vicepresidente.Don Blas Torres y don Rafael Ávila, alcaldes parti-darios de Facatativá, han alistado para la caballería 80 hombres.Don Juan García, alcalde de Usaquén, 40.Don Miguel Forero, alcalde de Tabio, 50.Don Juan Bautista Montañés, alcalde de Chía, 40El doctor don Tomás Rojas, cura de Sesquilé, y su alcalde, don Eustaquio Forero, 60.Don Luis Forero y don José María Maldonado, al-calde de Chocontá, 50.Don José María Olarte, alcalde de Suesca. 60El doctor don José María Mesa, cura de Gachancipá, 30.Don Salvador Cadena, alcalde de Bojacá, 50.Don José Antonio Rubio, alcalde de Zipaquirá, 50.El doctor don Juan Nepomuceno Silva, cura de Guachetá, y su alcalde, don José María Urrego, 30.Don Gabriel Ramírez, alcalde de Machetá, 40.El coronel del cuerpo recomienda el celo ardiente y bien dirigido del doctor don Joaquín de Hoyos y de don Juan Nepomuceno Torres, que se han señalado en el servicio de la patria.Merecen también una mención honorífica don An-tonio Zornosa, corregidor del partido de Bosa, y el cura de aquel pueblos, doctor don Juan José Porras. Estos patriotas volaron en la noche del 20 de julio del campo a la ciudad a proteger nuestra libertad, luego que don Félix Bastidas les dio la noticia de nuestra revolución. Nadie podrá disputar a estos ciudadanos beneméritos la gloria de haber hecho todas las funciones de una ca ballería nacional en los momentos más peligrosos y en los más preciosos para la libertad. Zornosa velaba en el centro de la capital y velaba en los campos. Aquí orde naba centinelas y patrullas, allá

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apostaba gentes arma das sobre las montañas de San Antonio y de Fusagasugá; él proveía de socorros por sí y los pedía a sus conciuda danos pudientes.Merece también nuestro reconocimiento don José Antonio Díaz, por servicios análogos a los de Zornosa, y lo merecen también otros patriotas.

Regimiento de voluntarios de infantería de esta capital de Santafé:

Primer batallónPlana mayor. - Coronel, el señor don Luis Caycedo, sargento mayor, don José María Berrueco; ayudante mayor, don Joaquín de Castro; abanderado, don Fer-nando Caycedo.Primera de granaderos. - Capitán, don Juan Gómez; teniente, don José Granados; subteniente, don Carlos Ortega.Primera de fusileros. - Capitán, don Pantaleón Santamaría; teniente, don José María Serna; subteniente, don Eugenio de Elorga.Segunda de fusileros. - Capitán, don Luis Sarmiento; teniente, don José Ignacio París; subteniente, vacante.Tercera de fusileros. - Capitán, don Juan Vernaza; teniente, don Antonio Licht.Cuarta de fusileros. - Capitán, don Antonio González Leiva; teniente, don Francisco Vergara; subteniente, don Ignacio Vergara.Quinta de fusileros. - Capitán, don José Camilo Manrique; teniente, vacante; subteniente, don Isaac Calvo.Sexta de fusileros. - Capitán, don Antonio María Castillo; teniente, don Manuel Urquinaona; subteniente, don Alejandro Domenech.Séptima de fusileros. - Capitán, don José María García del Castillo; teniente, don Isidro Vergara; subteniente, vacante.

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Octava de fusileros. - Capitán, don José Joaquín Ál-varez; teniente, don José Ponce; subteniente, vacante.

Segundo batallónPlana mayor. - Teniente coronel, el señor don Luis Eduardo de Azuola; ayudante mayor, don Vicente Cor-nejo; abanderado, don Joaquín Ricaurte.Segunda de granaderos. - Capitán, don Dionisio Caicedo; teniente, don Manuel Caycedo; subteniente, don Vicente Maza.Primera de fusileros. - Capitán, don José Acevedo; teniente, don José Arce; subteniente, vacante.Segunda de fusileros. - Capitán, don Santiago Umaña; teniente, don Ignacio Ricaurte; subteniente, don Policarpo Uricoechea.Tercera de fusileros. - Capitán, don José María Quijano; teniente, don Joaquín Borrero; subteniente, don Manuel Samper.Cuarta de fusileros. - Capitán, don Víctor García del Castillo; teniente, don Francisco Javier González; subteniente, don Manuel Posse.Quinta de fusileros. - Capitán, don José Antonio Leiva; teniente, don Juan Granados; subteniente, don Santiago Páramo.Séptima de fusileros. - Capitán, don Manuel Pardo; teniente, vacante; subteniente, don Joaquín Pardo.Octava de fusileros. - Capitán, don Antonio Nariño; teniente, don Juan Ortega; subteniente, don Antonio Nariño y Ortega.La fuerza total de plazas de que se compone el regi-miento son mil seiscientos quince, incluso sargentos, tambores, cabos y demás.Uniforme, casaca azul, vivos y calzón blancos, vuelta solapa y collarín encarnados, y el último galoneado de oro, botón de oro.

Batallón de infantería de guardias nacionales de la capital de Santafé del Nuevo Reino de Granada:

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Capitán, don José Ayala; teniente, Manuel París; subteniente, don Fermín Rodríguez; subteniente, don Cristóbal Andrade.Primera. - Capitán, don Francisco de Paula Morales; teniente, don Carlos Salgar; subteniente, don Joaquín Ortega y Santamaría; subteniente, don Lino Ramírez.Segunda. - Capitán, don José María Olano; tenien te, don Antonio Ricaurte; subteniente, don Pedro Ro cha; subteniente, don Miguel Malo.Tercera. - Capitán, don Domingo Montenegro; te-niente, don José Nicolás Moreno; subteniente, don Mariano París; subteniente, don Pedro Acevedo.Cuarta. - Capitán, don José Ortega; teniente, don Agustín Velasco; subteniente, don Mariano Álvarez Lozano; subteniente, don Juan Pardo.Plana Mayor. - Comandante, don Antonio Baraya, con grado de coronel; sargento mayor, don Joaquín Ricaurte y Torrijos. Ayudante mayor, don Pedro María Moledo, de la clase de teniente. Ayudante segundo, don Manuel Ricaurte y Lozano, de la clase de teniente. Abanderado, don Francisco de Paula Santander. Cape llán cirujano, el doctor don José Joaquín García. Armero, Ignacio Muñoz.NotasConsta este batallón de cinco compañías cada una de ochenta plazas, inclusas las clases de sargentos, ca bos, tambores y pífanos. Total se fueron, cuatrocientos hombres.Uniforme. Casaca azul corta, forro, solapa vuelta y cuello carmesí con guarnición de galón, este y las ar-mas de la ciudad en él y la solapa ojalada; la vuelta igualmente guarnecida; chupa y pantalón blanco; botín negro, gorra negra cubierta la copa con piel de oso y adornada con cordón y borlas de color de las vueltas; un escudo de plata con el nombre del batallón y pluma encarnada.

Artículo publicado originalmente en el Diario Político de Santafé de Bogotá. No. 2 (29 agosto 1810) y entregas siguientes.

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Recientemente fue publicado por Guillermo Hernández de Alba, atribuyendo su autoría a Francisco José de Caldas, en Cómo nació la República de Colombia. Bogotá: Academia Colombiana de Historia, 2004; p. 71-105. Para otros historiadores, como Enrique Santos Molano, su autor fue el doctor José Joaquín Camacho y Lago, el coeditor del Diario Político de Santafé de Bogotá. Cfr. Documentos para entender la historia de Colombia. Bogotá: Planeta, 2000, p. 93-142.

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Joaquín Carrión y Moreno: Informe dirigido al Consejo de Regencia

sobre los sucesos del 20 de julio de 1810 en Santa fé

Señor:A principios del mes de noviembre último la Audiencia de Santafé hizo presente a Vuestra Majestad la urgentísima necesidad que había en este Reino de un virrey dotado de las calidades necesarias para un destino de tanta confianza. Poco tiempo después dirigió a Vuestra Majestad una relación circunstanciada y bien documentada de todo lo ocurrido en aquella capital con motivo de las novedades de Quito, incluyendo copia de todos los dictámenes que había dado en el asunto del virrey; y hoy me veo yo en la dolorosa necesidad de manifestar a Vuestra Majestad cómo, a pesar de los esfuerzos que ha hecho aquel Tribunal para evitar el trastorno de gobierno que hace mucho tiempo meditaba el Cabildo secular de aquella ciudad, se verificó al fin, y atropellados los ministros de Vuestra Majestad, la Junta que con título de Suprema del Nuevo Reino de Granada se formó se ha declarado independiente de Vuestra Majestad, aunque protesta gobernar en nombre de nuestro deseado Rey Fernando.

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En las juntas que con motivo de las citadas ocurrencias de Quito se convocaron en Santafé (contra mi dictamen, que por desgracia fue singular), en los días seis y once de septiembre del año pasado, manifestó decididamente cuasi todo el Cabildo, apoyado por una turba de doctores que, con pretensiones de sabios quieren dirigirlo todo, sus deseos de que se formase una Junta, semejante a las establecidas en España, en las capitales de las Provincias. Desde que el Tribunal supo los manejos que se habían empleado para proporcionar votos a este partido, y oyó los diferentes modos con que se propusieron los dictámenes, conoció que se trataba de recibir las antiguas ideas de independencia que repetidas veces se han manifestado en aquel país. Desde entonces dobló su vigilancia y principió con más vigor a adoptar todos los medios de precaución que estaban en su alcance, algunos de los cuales elevó a noticia de Vuestra Majestad en la citada relación circunstanciada; otros omitió, y omito yo también ahora por la grandísima incomodidad con que estoy escribiendo, pero no puedo dispensarme de hacer presente a Vuestra Majestad que el Tribunal creyó como de la mayor importancia que en las elecciones de oficios que se aproximaban para este año se nombrasen para alcaldes ordinarios, síndico procurador y asesor del Cabildo, personas que mereciesen toda la confianza del Gobierno, y para ello aconsejó al virrey que nombrase seis regidores en calidad de añales, a pretexto de que faltaban mucho más para completar el número de los que debían componer aquel Cabildo, y haber ejemplares de haber usado en semejantes casos otros virreyes de esta facultad.

Hizo el nombramiento, y en todo caso ofreció que suspendería confirmar para los tales destinos a cualesquiera personas que no conceptuase a propósito para ellos en las presentes críticas circunstancias, como lo había practicado, con aprobación de Su Majestad,

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en semejantes el virrey que era de este Reino el año de noventa y cuatro. Así creyó el Tribunal contener el mal que amenazaba, porque su principal origen estaba en el Cabildo.

Pero se engañó, y por las intrigas de éste se eligieron los sujetos de quienes más debía temer, a los que el virrey, sin ningún examen ni consulta, confirmó en el momento, desatendiendo las reclamaciones que hacían los regidores nuevos, fundadas en impedimentos legales que obstaban a algunos de los nombrados.

Con esta victoria cobró brío el partido de los novadores y se desanimaron los regidores que en algún modo pudieron haber contenido las maquinaciones del Cabildo. El síndico procurador, en escritos que sobre asuntos indiferentes presentaba el virrey, sugería ciertas enunciativas de que había traidores en el Reino y de que tenía pedido a Vuestra Majestad un juez pesquisidor para que los castigase, y como jamás el jefe tomó con energía la providencia necesaria para poner en claro la verdad y castigar, como era justo, tal calumnia, de esta inacción misma sacaban argumentos para persuadir lo que se proponían y difundir en el público la desconfianza, de manera que ya en el vulgo se hablaba de la traición de las autoridades, como en la citada relación documentada lo enunció a Vuestra Majestad el Tribunal. Así, contra la Nación en general, contra Vuestra Majestad y contra nosotros, principalmente, sembraban en el pueblo ignorante las calumnias que debían producir el odio de que pensaban sacar partido algún día.

La Audiencia veía estos males, pero no como aquellas especies de dominios no se hacían en su Tribunal, ni tampoco podía usar de facultades económicas con que sin estrépito de juicio los remediase, porque las leyes las conceden privativamente a los virreyes, en quienes reside la fuerza, tenía que limitarse a aconsejar, como

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lo hacía por medio de su Regente, los remedios que conceptuaba más a propósito para contener el mal que amenazaba; a pesar de ser el virrey sordo, y de no separársele del lado de su mujer, que hacía empeño en manifestar a cuantos concurrían a su casa lo que aconsejaba el Tribunal, y de persuadirles que los Golillas hostigaban a su marido para que tomase providencias.

Despreciando estas especies, apuraba el Tribunal todos los medios que estaban en su arbitrio; pero le faltaba el principal que era un jefe que supiere sostener sus deliberaciones; por esto fue que teniendo formada la causa y conociendo claramente a todos los novadores, no pudo atreverse a decretar más prisiones que las de los tres que conceptuó más peligrosos, dos de los cuales había remitido presos a esta ciudad para que fuesen dirigidos a la Península, a donde el Tribunal remitía testimonio de sus causas para que Vuestra Majestad se sirviese disponer de ellos, y el Cabildo los puso en libertad luego que llegaron los Comisarios Regios don Antonio de Villavicencio y don Carlos Montúfar; y el tercero, que por haber sido preso mucho tiempo después, permanecía en el Convento de Capuchinos, fue sacado de allí para vocal de la Junta de Santafé. Con éste, y con los demás que aún estaban en libertad, pensaba la Audiencia tomar el temperamento que adelante diré a Vuestra Majestad.Tal era el estado de las cosas cuando por mano de su Regente se recibió el aviso que con fecha de 22 o 24 de febrero se sirvió darle Vuestra Majestad de hallarse nombrado virrey de este Reino el teniente general don Xavier Venegas, encargado entretanto al Tribunal de quien se manifestaba Vuestra Majestad satisfecho, la continuación de su celo para conservar la tranquilidad pública. Esta providencia llenó de consuelo y confianza al Acuerdo, porque en su concepto era la única que podía salvar el Reino y conservarlo en la justa dependencia de Vuestra Majestad, creyó ver

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realizadas en parte las grandes esperanzas que había concebido con la anhelada creación de un Consejo de Regencia compuesto de personas tan dignas.

Poco tiempo después, por haber sido detenidos en Caracas, llegaron a este puerto los Comisarios Regios don Antonio de Villavicencio, para el distrito de esta Audiencia, y don Carlos Montúfar, para el de la de Quito, cuyas comisiones aún son misteriosas para mí, porque a pesar de la orden comunicada al virrey para que procediese de acuerdo con ellos, el primero, por sí solo, se conceptuó autorizado para aceptar, como aceptó, a nombre de Vuestra Majestad, la nueva forma de gobierno establecida en esta plaza, como lo avisó a Vuestra Majestad la Audiencia por el mes de junio último, manifestando también los nuevos temores que había concedido con tales novedades.

Estos Comisarios, desde el momento en que arribaron, culpaban alta y públicamente la conducta de los magistrados que sólo habían tratado del mejor servicio del Rey Nuestro Señor, alucinados por las relaciones falsas de los novadores, que trataban de atraerlos a sí, elogiaban a éstos y culpaban a los que por servir a Vuestra Majestad lo desprecian todo. Don Carlos Montúfar ridiculizaba hasta el extremo todas las providencias a que se debe el restablecimiento del orden en Quito, y de que oportunamente se dio cuenta a Vuestra Majestad, publicaba que Vuestra Majestad solamente exigía el reconocimiento supremo en esa Metrópoli, y hacía la apología de Quito, comparando su conducta con la de algunas provincias de España. Detenido por muchos días en Santafé, tenía secretas y frecuentes conferencias con las personas que más se han señalado en esta revolución con que aumentaba mucho los temores del Tribunal que cada día conocía nuevos caminos en los novadores.

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Esperaba, sin embargo, por momentos el remedio con el arribo del nuevo virrey a quien había formado un plan de contemporización y de separar con pretextos honestos a los sujetos más temibles, que sin duda hubiera conservado por mucho tiempo este Reino en la justa dependencia de Vuestra Majestad. Esperaba también al arzobispo, y no dudaba que mejor informado el Comisario Regio don Antonio Villavicencio, a su arribo a la capital, cooperaría a los justos designios que se había formado. Con estas miras aconsejaba al virrey que entretuviese al Cabildo, que por momentos instaba a la formación de la Junta, hasta la llegada del Comisario Regio.

Pero todos tardaban demasiado, y el Cabildo temía ver frustrados sus proyectos, así fue que en la tarde del 20 de julio se aprovechó de una incidencia de poca importancia, a la verdad, pero que atrajo alguna gente de la que ya estaba prevenida para la primera ocasión; con ésta, el procurador general, que siempre estaba bien provisto de papeles, se presentó al virrey solicitando la celebración de un Cabildo extraordinario, que después exigió que fuere abierto; en nada encontró dificultad, y para que presidiese autorizó el virrey, con todas sus facultades, al oidor don Juan Jurado.

Este ministro, que aún no hacía quince días que había tomado posesión de su empleo, y que apenas había asistido tres al Tribunal, carecía de los antecedentes necesarios para manejarse en tal caso; pidió que se le concediese una garantía para él, su familia y empleo, y obtenida, convino, como el virrey, en que toda la tropa y los depósitos de armas que habían quedasen a disposición del público, que inmediatamente se apoderó de todo y puso una compañía de naturales del país al mando del capitán del Auxiliar, don Antonio Baraya, para custodia del Cabildo.

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Así el Tribunal quedó privado de aquellos recursos de que en el último apuro esperaba sacar partido, sin necesidad de derramar sangre, y las armas, que indudablemente eran bastantes, para sostener la autoridad, por lo menos hasta el indicado tiempo, sirvieron para sojuzgarla, pudiendo yo asegurar a Vuestra Majestad, como testigo ocular, que la gente que se había juntado en la plaza, y a la que se honra con el respetable título de Pueblo, llegaría apenas el número de setecientas a ochocientas personas, casi todas desarmadas y la mayor parte engañadas, porque tocaban fuego, y había gentes en las calles que a palos llevaban a la plaza a los que de buena fe salían a apagarlo, y servían luego para aumentar el número y la grita.

Por esta gente miserable, que sola la compañía de caballería de la guardia del virrey hubiera dispersado con facilidad, se sancionó la formación de la Junta que usa el pomposo título de Suprema del Nuevo Reino de Granada, y se hizo el nombramiento de vocales, que desde un balcón de las salas capitulares proponía un regidor, y ellos respondían con vivas. Sin embargo de todo, señor, esta noche se instaló la Junta, sujeta al Gobierno de Vuestra Majestad y con protesta de defender los sagrados derechos del Rey Nuestro Señor don Fernando VII y su augusta dinastía, y por asegurarse más del virrey, de quien todavía debían temer, le nombraron Presidente.

Mientras esto pasaba, por disposición del Regente se había juntado el Acuerdo porque el Virrey se había ofrecido que nada haría en tan grave negocio sin su consulta; pero todo lo hizo sin contar para nada con el Tribunal, que se disolvió muy tarde porque ya estaba concluido el asunto.

A la mañana siguiente juró el virrey como presidente de la Junta, con lo que se creyó seguro, y enseguida

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la gente que la había formado se dirigió en tropel a las casas del oidor decano y del fiscal de lo Civil, a quienes con la mayor ignominia y no poco riesgo de sus vidas condujeron a la cárcel pública, sin que sobre ello tomase el virrey ninguna providencia, ni aún de aquellas que contemporizando con el pueblo hubieran puesto a cubierto a estos dos desgraciados ministros.Así estaban las cosas cuando una diputación de la Junta llegó a mi casa y me llevó con el Regente y el fiscal del Crimen a reconocerla, no creí prudente resistirme, no por el peligro que indudablemente hubiera corrido en un pueblo que ya había comenzado a hacer atentados, sino es porque hasta entonces no se había separado de la debida dependencia de Vuestra Majestad, y aunque era una novedad muy grave, creí que a la llegada de las personas que esperábamos podría modificarse la cosa, lo que me prometía con algún fundamento, porque me aseguraron que la Audiencia quedaría en el mismo pie que hasta entonces y porque manifestando una entereza fuera de tiempo, me imposibilitaba de llevar adelante mis designios.

Como la Junta y el Cabildo, que ya todo es una misma cosa, tenía la facilidad de hacer que el pueblo pidiese lo que le acomodaba, porque según he podido saber, aunque no con bastante certeza, se pagaban dos reales diarios a cada uno de los que concurrían a gritos a la plaza, hicieron aquella tarde que pidiesen se pusiesen grillos y esposas a los dos ministros presos, a lo que luego se accedió y presentaron a estos dos desgraciados en un balcón de la cárcel, con las prisiones, y por ser ya cerca de noche les arrimaron luces a las caras para que fuesen bien vistos.

El día 23 se publicó el bando que acompaño señalado con la letra A, en que ya se nota diferencia del acta de instalación de que no he podido proporcionar un ejemplar. El 25, para aumentar el partido, se abrieron

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las cárceles, y sin conocimiento de causa fueron puestos en libertad todos los presos, sin excepción ninguna.

Hasta las once y media de este día había yo estado presentándome en todos los sitios públicos de la ciudad, recibiendo las mismas y aún acaso mayores demostraciones de respeto que antes de la instalación de la Junta; pero sorprendido a aquella hora por dos vocales de ella, acompañados de clérigos y de otras personas, al salir de la casa del Regente, se me dijo que la Junta, temerosa de que se me hiciese algún insulto, había determinado ponerme a cubierto de todo con el decoro correspondiente, y que los siguiese sin cuidado; yo no lo tenía, porque a pesar de las calumnias de que he hablado, como no había hecho ningún mal al pueblo, nada temía, y para manifestarlo así a los que me conducían pude adelantarme pocos pasos y preguntar a la gente que había acudido a la novedad si había alguno que tuviese que quejarse de mí, a lo que todos callaron y se quitaron los sombreros, lo mismo que hacían antes. Sin embargo, me encerraron en un calabozo de la Cárcel de la Corte, me privaron de luz y de comunicación y me pusieron un par de grillos.

Seguidamente se dirigieron a mi casa, se llevaron sin examinar todos mis papeles, sin exceptuar ninguno de ninguna clase, me mancharon la ropa que había en mi despacho y, según me dice un criado que estaba presente, se llevaron algunas cosas de mi mujer, lo que aún no he podido averiguar a punto fijo, porque no he podido ver lo que me han dejado.

No se hizo inventario ni se exigió que se rubricase ningún papel apoderado mío; del mismo modo recogieron todos los de la Audiencia, quitando para ello, a la fuerza, las llaves del archivo, según al Regente, y nos imposibilitaron de este m odo de poder

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manifestar documentalmente a Vuestra Majestad nuestros procedimientos. En mi casa pusieron una guardia que privó de comunicación a mi mujer y registraba la comida que se me mandaba a la cárcel. Igual conducta observaron con el Regente y el fiscal del Crimen, a excepción de que al primero (sin duda por su edad) no le pusieron grillos, pero ambos fueron encerrados en distintos calabozos, del mismo modo que yo. Aquella tarde pusieron preso al virrey en la Aduana y a la Virreina en el Convento que llaman de La Enseñanza y quedó de presidente el alcalde de primera vara.

El día 26 acabaron con el disimulo, y formaron el acta, de que acompaño ejemplar, señalado con la letra C, estableciendo, ya sin contradicción, la independencia, único objeto que se habían propuesto para solicitar la formación de la Junta, y que fue el motivo más poderoso que tuvo la Audiencia para contradecirlo.

El día 30 un vocal fue a mi calabozo, y de orden de la Junta me hizo saber que se había determinado trasladarme a esta plaza con el Regente y el fiscal del Crimen, y que teniendo consideración a que yo soy el ministro más pobre, se había resuelto pagarme el viaje mío y de mi mujer, satisfacerme sin los descuentos ordinarios el alcance que resultase a mi favor en Tesorería, y regalarme mil pesos para que desde aquí me dirigiese a donde gustase. Así creí yo terminados mis padecimientos, pero me engañé, porque nada me han cumplido. Mi mujer, criando una niña de seis meses, ha tenido que recibir limosnas para seguirme y mantenernos en esta ciudad; por lo poco que me importa el menaje de mi casa, que ha sido preciso malbaratar, lo reservo para tener con qué conducirme si algún día se me deja en libertad de salir de este Reino.

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Al Regente, al fiscal y a mí nos sacaron de la cárcel el día primero del corriente mes, entre diez y once de la mañana, por medio de la plaza, rodeados de soldados al mando de dos hombres ordinarios que llaman patriotas, y que traían buena provisión de prisiones con qué asegurarnos en caso de la menor sospecha de fuga; pero felizmente no llegaron a tenerla. Sin embargo fuimos conducidos sin ninguna consideración, sufriendo soles, aguas y mil necesidades de cuyas resultas murió el Regente el día 28 del presente mes.

El 18, a media tarde, llegamos a esta ciudad, y fuimos conducidos al cuartel del Regimiento Fijo, el día siguiente llevaron al Regente a San Juan de Dios; al fiscal, a uno de los Castillos de Bocachica, y yo permanezco en el primer destino, privado de comunicación aún con mi mujer, con centinela de vista, con tanto rigor, que para escribir este parte estoy precisando a permanecer en la cama y cubrirme con el pabellón, sufriendo el insoportable calor de este país y el molestísimo ruido de los soldados, aprovechándome del papel y tintero que a costa de sacrificios ha podido introducirme mi mujer.

Al decano y al fiscal de lo Civil los sacaron de la cárcel después que a mí, con grillos y esposas, una argolla al cuello y un cinto de hierro con cadenas al cuerpo, en fin, en la misma manera que se pinta el barón de Trenk. Así los pasearon a las doce del día por las principales calles de la ciudad, y los condujeron al Socorro, sin duda con el objeto de que fuesen asesinados por algún pueblo del tránsito como traidores (que era la voz con que habían alarmado al vulgo), para verse así libres de la prueba de tales calumnias.

El día 13 llevaron al virrey a la cárcel y lo encerraron en un calabozo, con grillos y la virreina en otro calabozo

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de la cárcel que llaman Divorcio, que sólo sirve para las mujeres de ínfima clase, después de haberles hecho a los dos mil insultos; el 14, para desagraviarlos, dispuso la Junta que fuesen restituidos a su palacio entre aclamaciones que prodigó el pueblo, colgando las calles del tránsito y rociándolas de flores; por último, el 15 los hicieron salir para esta plaza, donde parece que se les prepara prisión en la Popa.

Los que más se han señalado en esta revolución, así en prepararla como en ejecutarla, han sido don José Acevedo, regidor de Santafé, cuñado de don Ignacio Tejada, que sirve en Madrid al intruso Rey en una de las Secretarías del Despacho, y todos los parientes de éste, y como tal, el canónigo magistral don Andrés Rosillo; don Baltasar Miñano, oidor de la Audiencia de Quito, confinado a Santafé por su presidente, Barón de Carondelet; el contador de la Casa de la Moneda, don Manuel Pombo y toda su familia de Santafé y Cartagena; el agente fiscal del Crimen, don Frutos Gutiérrez; los dos alcaldes ordinarios y muchos doctores que aspiraban a ocupar las togas, y todos los procesados por la Audiencia, por haber intentado otra revolución semejante en el año de 94, los cuales, remitidos a Madrid por el Tribunal, consiguieron la protección del Embajador de Francia, y por ella ser restituidos a su país, muchos de ellos con empleos. Éstos siempre conservaron sus ideas y el odio contra el Tribunal que los contuvo, y particularmente contra don Juan Hernández de Alba, oidor Decano, ministro comisionado entonces para el seguimiento de aquella causa.

Tales son fielmente los sucesos que he podido recordar y adquirir en mi prisión. Si llego a conseguir mi libertad podré informar a Vuestra Majestad con más extensión de todo, pero si mi suerte fuere perecer a manos de estos desleales, cosa de que no me considero seguro, yo espero de que Vuestra Majestad se persuadirá de

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que he procurado socorrerle con celo y lealtad, y a su consecuencia si en mi conducta hubiese alguna cosa (que no creo), que no merezca la aprobación de Vuestra Majestad, por lo menos merecerá su piedad a favor de un ministro perseguido por su fidelidad. Así pues, y confío que Vuestra Majestad acogerá bajo su poderoso amparo a mi virtuosa mujer y a mi inocente hijita.

Si, por el contrario, yo logro escapar, me dirigiré a La Habana a esperar órdenes de Vuestra Majestad; allí espero la necesaria para que se me abonen los sueldos devengados desde el día 1o de mayo, por no habérseme satisfecho desde entonces, y su continuación, hasta que Vuestra Majestad tenga a bien destinarme, porque yo absolutamente no tengo proporciones ni para mantenerme ni para costear otro viaje, por ir a buscar un pariente en aquella isla, que me sostenga con su escaso sueldo de capitán, ínterin recibo órdenes de Vuestra Majestad.

Si Vuestra Majestad considerase que las pérdidas tan considerables que he sufrido y mis padecimientos merecen su compasión, me determino a suplicarle se sirva destinarme a la Real Audiencia de Méjico, única que por la proximidad pudiera acomodarme, así por el estado de salud de mi mujer, que no le permite emprender largos viajes, como por mis pocas proporciones para costearlos; además, que siendo ya el tercer oidor de una audiencia pretorial, y no habiendo desmerecido por mi conducta, no parece debo ser trasladado a otra de inferior orden. Ni tampoco parece conveniente que aún en el caso de ser restablecida la de este Reino, volvamos a ella los mismos ministros. Con todo yo siempre estaré pronto a obedecer ciegamente, como debo, las órdenes de Vuestra Majestad.

Cartagena de Indias, 31 de agosto de 1810.Joaquín Carrión y Moreno.

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El original de este informe se encuentra en el Archivo General de Indias y fue publicado por José María Restrepo Sáenz, con el título de “Un español narrador de los sucesos del 20 de julio”, en el Boletín de Historia y Antigüedades (vol. XIX, No. 222, julio de 19132; p. 423-435). El doctor Joaquín Carrión y Moreno nació en la ciudad de Vélez Málaga (Andalucía) y casó con doña Isabel Bolton, hija legítima de Henry Bolton, un irlandés que hizo carrera en el comercio de Nueva York. Por título despachado el 10 de abril de 1808 fue nombrado oidor de la Real Audiencia de Santafé de Bogotá, ciudad a la cual entró el 16 de agosto de 1809. Testigo presencial de los sucesos del 20 de julio de 1810 en Santafé, su informe expone el punto de vista de un alto funcionario que se mantuvo fiel a la autoridad del Consejo de Regencia.

Nota de José María Restrepo Sáenz: El doctor Carrión logró su libertad en 1811 y trasladarse a La Habana, donde se encontró con el nuevo virrey nombrado para el Nuevo Reino de Granada, don Benito Pérez. Incorporado a su comitiva, lo acompañó a Panamá para reestablecer la Real Audiencia. El 22 de enero de 1812 salieron de La Habana y llegaron a Portobelo el 18 de febrero siguiente. Instalada en Panamá la Real Audiencia desde el 21 de marzo, el doctor Carrión reasumió su cargo como oidor decano. Por orden de don Francisco de Montalvo, suspendió el 29 de febrero de 1816 el ejercicio de sus funciones para trasladarse a Cartagena. En junio de este año ya se encontraba en Cartagena, y el 8 de julio siguiente instaló la Audiencia, según la siguiente nota que reposa en el tomo 30 del fondo Gobierno del Archivo General de la Nación (Bogotá): “Excelentísimo señor Presidente, Gobernador y Capitán General: Conforme a lo dispuesto por Vuestra Excelencia se ha abierto hoy en esta ciudad el despacho del Superior Tribunal de la Real Audiencia del Distrito, y por acuerdo del mismo tengo el honor de participarlo a Vuestra Excelencia para su debido conocimiento y demás fines correspondientes. Dios guarde a Vuestra Excelencia muchos años. Cartagena, 8 de julio de 1816. Joaquín Carrión y Moreno”. En diciembre de este año solicitó permiso para trasladarse a España.

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Camilo Torres Tenorio y Frutos Joaquín Gutiérrez de Caviedes

Manifiesto de la Suprema Junta de Santafé

Motivos que han obligado al Nuevo Reino de Granada a reasumir los derechos de

la soberanía, remover las autoridades del antiguo gobierno, e instalar una Suprema

Junta bajo la sola denominación y en nombre de nuestro soberano Fernando VII y con

independencia del Consejo de Regencia y de cualquiera otra representación.

25 de septiembre de 1810

Remota Justitia, quid sunt Rengna, nisi magna latrocinia?

S. Aug. Lib 4 de Civ. Dei c 4.

1

El día 20 del último julio se instaló la Junta Suprema de esta ciudad y los contornos, que el 26 se declaró independiente del Consejo de Regencia con el auxilio y favor de Dios, con alegría de la América, y con espanto y desesperación de sus enemigos. Pusiéronse en seguridad el virrey y los oidores, cesaron en

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sus ejercicios todos los funcionarios del antiguo Gobierno, y se arrojaron los cimientos de una nueva representación.

Este hecho hará época en la historia y causará al mundo novedad y admiración, ya porque no se crea posible atendiendo a la imponderable paciencia y sufrimiento de los americanos; ya porque la contradecían con todo su poder el genio dominante de las potestades que regían, las intrigas y cábalas del Consejo de Regencia, y la fuerza de las armas. ¿Queréis saber cuáles han sido los motivos que nos han impelido a esta crítica y arriesgada empresa? Vamos a darlos para gloria de Dios, único Autor de ella, para justificación de nuestra causa, y para satisfacción del mundo.

No pensamos remontarnos a los motivos que ha habido en esta obra tardía en más de trescientos años de trabajos para los americanos. El Abate de Prades, citado por Noguer, decía con razón que la antigüedad y distancia de los tiempos disminuye la sensibilidad de los agravios, como la distancia de los tiempos disminuye la grandeza de los cuerpos. Trescientos años ha que este Reino, como los demás de la América, sufre en silencio la más espantosa injusticia, los más dolorosos agravios y las injurias más negras que se pueden abominar en los decretos de los Musulmanes y en los registros de los Visires. Apartados del trono por enormes distancias, y rodeado el trono mismo de nuestros contrarios, en cuyas manos estaba depositada nuestra suerte, casi nunca llegaban a los oídos del Soberano nuestras quejas y gemidos. Por esto los americanos siempre se han visto privados de los empleos de honor, excluidos de las plazas de renta completamente, impedidos para comerciar con ventaja, precisados a perder sus talentos para la ilustración, siempre abatidos, siempre menospreciados, aborrecidos siempre y degradados. Ellos se han visto constreñidos a hacer una vida

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oscura, pobre, y desgraciada a pesar de sus talentos, de su aptitud y de sus esfuerzos. Bastaba ser americano para que no fuese atendido su mérito, para que no fuese recompensado su servicio, y para que fuese insultada su pretensión. Bastaba nombrar a la América, para saber que se hablaba de un país inmenso en donde el Gobierno no permitía las ciencias, ni las artes, ni la agricultura, ni el comercio; en donde eran delito las escuelas, las fábricas, la industria, y el trabajo; en donde, finalmente, las gentes reducidas al estado servil, no eran libres sino para sembrar un poco de trigo y maíz y, para criar y cebar algún ganado. Así es que Robertson se admira de que en tres siglos apenas haya habido uno u otro que se haya visto colocado en lugar distinguido. Pero ya hemos dicho que no pensamos alegar con motivos de esta novedad los agravios antiguos.

Tomamos, pues, el hilo desde que se erigió la Junta de Sevilla. Esta que no fue otra cosa que una Junta Provincial, se abrogó para con la América el nombre de Junta Suprema de España e Indias. Logró hacerse reconocer por tal a beneficio de los virreyes, gobernadores y ministros que le prestaron obediencia al mismo tiempo que recibieron de ella la confirmación de sus empleos, no pudiéndose entender cual de estos dos actos hubiese sido el primero, o si este contrato, ocurriese lucrativo, no fue otra cosa que un círculo vicioso. La América entonces fue criminalmente engañada, así porque la Junta de Sevilla se dio a conocer bajo el aspecto de Suprema, y habida por tal en la Península, como porque se dio por hecha la expulsión de los franceses y la pronta reposición de nuestro Soberano a su trono. ¡De cuántas fraudulencias usó aquella Junta entonces para engañarnos! Ya fingió triunfos por parte de España, pérdidas de parte de los franceses, ya supuso una declaración de la Rusia contra Napoleón, ya la revolución de la Prusia, ya las divisiones interiores del Estado francés, ya…

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Introducida bajo aquel falso aspecto la Junta de Sevilla, los jefes y ministros de este Reino hallaron el medio de sostener las representaciones que hasta aquel punto habían tenido, o la recompensa del reconocimiento de la Junta de Sevilla. Engaños sobre engaños, ilusiones sobre ilusiones, formaron el plan de sus maniobras para perpetuar su denominación. La Junta de Sevilla es un tribunal erigido en una parte de Andalucía, y con todo se atribuye el pomposo título de Suprema de España e Indias. Se hace en España la creación de juntas provinciales, y se priva de este derecho a las Américas. Se proclama allí la confraternidad de los americanos, su igualdad con los europeos, la identidad del uno con otro hemisferio; pero esta proclama es dolosa, y destinada a deslumbrar a la América, y jamás llega el caso de que ésta goce de una representación activa en los negocios nacionales. Las provincias de España erigen libremente sus juntas; en la América se ha mirado como un delito, como una insurrección el sólo pensar en erección de juntas, y los calabozos, y los cuchillos se prepararon para los que han tomado en su boca el nombre de Junta. Las Provincias de España nombran libremente sus diputados para la Junta Suprema Central; en América es coartada esta libertad y depositada substancialmente en las manos del virrey y de los oidores. Napoleón penetra libremente hasta Madrid; en América se publica por el Gobierno su derrota, y aún se añade que el ejército español le había hecho prisionero. Zaragoza cae en manos del francés; en América se niega este hecho, y se inventan diferentes fábulas para desmentirlo. Mil infortunios habían desconcertado nuestras operaciones en la Península desde la batalla de Talavera, y en la América se trabajaba por ocultarlos y por fingir sucesos favorables. El Ejército de la Mancha había sido derrotado en la acción de Ocaña; en el Nuevo Reino de Granada era un crimen decirlo, y sus moradores se veían precisados a diferir a las imposturas de los enemigos de la verdad. El ejército de Castilla había

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sucumbido a las armas francesas en la batalla de Alba de Torres y Tamames; en América se trataba de hacer creer que se había reconquistado a Madrid. En España se disponía la celebración de Cortes, y no se había contado con la América. La América es parte integrante de la Nación, conforme a lo que dijo la Junta Central; la Junta Central se disuelve, y el Consejo de Regencia se instala sin el consentimiento y sin el voto de los pueblos americanos. ¡Qué tejido de falsedades y de contradicciones!

Castaños, vindicándose de los zaherimientos de sus perseguidores, ha dicho que España no será feliz mientras no arroje hasta la última semilla de los secuaces del despotismo. ¿Qué otra cosa puede decir la América? Estos secuaces son los que viendo frustrados sus infames designios, adoptaron el plan de acomodadores a los sucesos de la fortuna, y llegaron a proferir por boca de la mujer del virrey, del fiscal Don Diego Frías, y del secretario Don José de Leiva, que la América seguiría la suerte de la metrópoli y se sujetaría a la dominación de cualquiera que reinase. Estos son los que sin alguna consideración hacia las leyes de la equidad, no tuvieron escrúpulo de ser jueces de su propia causa, y de echar el fallo contra los patriotas, que celosos levantaban la voz en tono de acusadores. Estos en fin los que siendo entre sí enemigos al parecer irreconciliables cuando con más ardor hacía el Virrey la guerra a los oidores, y los oidores al Virrey, repentinamente se unieron e hicieron la paz entre sí, para acordar la pérdida de los más celosos americanos. ¿Qué prueba esta serie de medios torcidos que emplearon los gobernantes de este Reino para conservar su dominación despótica, sino que ella no encontraba algún apoyo en los principios de equidad y de la justicia? Pero pasemos adelante.

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La Junta de Sevilla, Junta Provisional, que se arrogó el título de Suprema de España e Indias, como hemos dicho, envió comisionados a la América para engañarla y empobrecerla. De repente se apareció en este Reino Don Juan Pando Sanllorente. Este impostor que sólo podía ser admitido como enviado de aquella Junta por los enemigos de la América, ya porque no había sido destinado por aquella Junta para la Comisión, ya porque sólo dos vocales de ella le habían subrogado en Cádiz en lugar del Brigadier Justiniano, que había recibido su misión de Sevilla. Este impostor, menospreciando con altanería las disposiciones que se habían tomado para recibirle y hospedarle, se introdujo a la manera de un ladrón bajo las sombras de la noche en el Palacio del virrey. A este primer paso correspondieron los demás de una misión que a nadie menos que al público parecía dirigida. Los estilos personales de él eran más los de un señor que venía a hacerse obedecer, que los de un amigo que venía a estrechar los vínculos sociales entre uno y otro hemisferio. Negado a toda comunicación, trataba sólo con el virrey sobre los objetos de su embajada, los que jamás se revelaron al pueblo. Por inspiración de la Audiencia, que quería entonces deprimir al virrey, se formó una Junta de multitud de vocales para que se reconociese la dominación de la Junta de Sevilla, y se oyese a su representante. Presidió el virrey con los oidores el día cinco de septiembre de mil ochocientos ocho. Apareció Sanllorente colocado en un asiento casi igual al del virrey. La actitud del gran enviado de Sevilla era la de un príncipe otomano, inmodesta, y ridícula al mismo tiempo, que acompañaba de un aire chocante de elación y superioridad. Sus labios no pronunciaban alguna palabra. La Junta se abrió con una pequeña arenga del virrey tan misteriosa y confusa como dirigida a sofocar la voz de los

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circunstantes. Se leyó el manifiesto de Sevilla por el secretario Leiva, y se cerró la Junta sin oír a los vocales, los que sospechaban como había sospechado la provincia de Cartagena de la dicha Junta de Sevilla y de su enviado. Tal fue la farsa con que se dio a conocer la Junta Sevillana. ¿Queréis saber cuáles fueron los resultados? Perpetuarse el virrey y los oidores en sus destinos, doblar las cadenas que oprimían al Reino, y partir Sanllorente cargado de los tesoros de la Hacienda Real, de las rentas eclesiásticas y de todas las preciosidades de los individuos del Reino, que recogió con nombre de donativo.

¿Quién no había de pensar que esta deferencia del Reino había de ablandar los corazones de los gober-nantes para con los americanos, que su generosidad y condescendencia, nos había de merecer, ya que no la gratitud, a lo menos la indiferencia del Gobierno? Mas no fue así. Después de habernos burlado, insultado y empobrecido, pensóse en deprimirnos más y más. Eri-gióse la Junta Central, aquel tribunal defectuoso en su establecimiento, donde se erigieron en gobernadores los que sólo tenían voz de las Provincias para esta-blecer un Gobierno12. Sin esperar el consentimiento y aprobación de la América a aquel nuevo Cuerpo, sin que tampoco se le ofreciese alguna ventaja, o al me-nos algún alivio con su establecimiento, allí se redujo a problema la representación que la correspondía en el Congreso Nacional; se resolvió la cuestión a favor de nuestros derechos, pero en calidad de pura gracia, y no como de justicia; se la coartó su libertad para la elección de sus representantes, limitando a sólo ocho el número de ellos, para que la voz de éstos quedase siempre ahogada con la de treinta y seis de la Penín-sula; se convocaron las Cortes nacionales, y no fue re-querida en tiempo para enviar sus Diputados.12 Aviso importante a los Españoles por un celoso Patriota, en Cádiz, año de 1810.

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De este modo trabajaba la Junta Central desde su instalación contra la América, y el virrey de Santafé con los oidores le acompañaban en este empeño por su parte. Hechuras de Godoy, tramaban asegurar todas las Provincias a su partido. Desconfiados de que los americanos entrasen en sus ideas, arrancaron de los gobiernos y corregimientos a todos los patricios para sustituirles europeos de su partido. Así fue que el benemérito Camacho se vio arrojado de Pamplona, y poco después de la Provincia del Socorro. El respetable Sanmiguel fue expulsado de la Gobernación de Neiva; Popayán halló colocado en su Provincia a otro cuyas relaciones con Godoy se dejan ver por la próxima afinidad de su mujer con la famosa Tudó. La Provincia de los Llanos sufrió el enorme peso de la vara gobernante de Bobadilla. Planes, uno de los dependientes del virrey, fue a ocupar el partido de Casanare. La ilustre Provincia de Quito vio por árbitro de su fortuna al inútil y anciano Conde Ruiz de Castilla al tiempo que Don Felipe Fuertes, sobrino del Virrey, fue a acompañarle acompañado de una de las togas de aquella Audiencia. Don Juan Aguirre, primo de la Virreina, fue destinado a mandar en el Chocó, y tomó por su cuenta el exterminio de aquella preciosa provincia. En fin, el sistema de aquel Gobierno fue el dar el último golpe a los americanos, y en reconocimiento a los donativos cuantiosos con que habían socorrido a la Península en sus necesidades, meditaba el modo de no dejar con qué subsistir a los americanos, y declaró con el hecho, que todo cuanto fuese útil debía pasar a manos europeas, ya fuesen joyas, ya gobiernos, ya corregimientos, ya administraciones de rentas, ya prebendas a excepción de las que se daban por oposición, porque éstas no se adquieren sino con ejercicios literarios, y por oposiciones en concurso.Combinemos ahora todos estos procedimientos de la Junta Central con los que gobernaban entonces este Reino. Estos restos miserables de la Tiranía recibieron bajo de un oscuro velo los manifiestos de la misma Junta

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Central, que hicieron menos solemne reconocimiento que el de la Junta de Sevilla; escondieron de la vista del público los requerimiento de la Corte del Brasil; mantuvieron las gentes en perpetua ilusión respecto de los sucesos de la Península; interesados en asegurar el plan que se habían formado, aumentaron el número de los regidores del Cabildo con desprecio de las leyes, y dieron a conocer que el fin de sus operaciones era el de aumentar su partido, el de colocar al frente de los pueblos personas dispuestas a sacrificar a los americanos, e instruidas en el modo de perder este Reino. ¿Qué otra cosa podíamos pensar en vista de estos preparativos ordenados por la Junta Central, que meditaba hacernos la burla que anunció la Junta Provincial de Valencia13 y a que cooperaban un virrey, y unos oidores y gobernadores, aquel rodeado de franceses y adictos de la persona de Godoy, y éstos criaturas del mismo Godoy, o hechuras de sus criaturas, unidos todos en sentimientos, y en deliberaciones con el fatal Gobierno?

3

Tal como hemos dicho era el estado deplorable del Reino, cuando a pesar de la vigilancia del Gobierno en ocultarnos las infaustas de la Península, se llegaron a traslucir las de la toma de Madrid por los franceses y sus conquistas en la Mancha. De cuántos ardides usó entonces el Gobierno para desmentirlas y engañarnos. ¡Cuántos terrores fulminó para imponer silencio y para ahogar el eco de la verdad!Valga por todos la prisión que se hizo y el sacrificio que se intentó hacer en Pamplona de un americano14 que se atrevió a comunicar tales noticias. Pero ellas no obstante obraron en los corazones americanos todo lo que podía el celo de la Religión y de la Patria. La muy 13 Proclama de Valencia.14 D. Manuel Silvestre.

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ilustre ciudad de Quito levantó la voz: Dijo que era ya llegado el caso que no dejarse sorprender del enemigo, el que se aproximaba ya a los puntos marítimos de España, y que de repente podía dar un salto a la América; representó que sus puertos se hallaban sin guarnición, y sin defensa; que su presidente y oidores en nada pensaban menos que en la seguridad y salud del pueblo; y que en esta misma inacción daban vehementes sospechas de que deseaban recibir al enemigo, y le abrían todas las puertas. Desengañados de que en el Gobierno no encontraban remedio a este mal gravísimo, e instruidos por el ejemplo de México y por la Proclama de Sevilla que decía a los americanos: si entre vosotros se esconden venales, y bastardos españoles, estad alerta y corra la sangre de los malvados hasta el Betis15; resolvieron hacer el último esfuerzo a servicio de su Dios, de su Rey y de su Patria. Depusieron las autoridades sospechosas, usaron con ellas de una generosidad noble, o más bien diremos, de una demasiada indulgencia que les ha costado muy cara; y sancionaron oponerse a los designios de los partidarios de Bonaparte, y sacrificarse por conservar su Provincia a la Religión Católica, a Fernando VII, y a la felicidad de sus paisanos. ¡Generosa resolución, si hubiera sido mejor dispuesta, y más detenidamente ordenada!

Para no invertir el orden cronológico de los sucesos, pasemos ahora del Gobierno de Quito al de la Capital. En el momento en que se supo en ésta la revolución de Quito, se conmovieron todas las autoridades; y para descubrir si en la ciudad de Santafé reinaban las mismas ideas de los quiteños, dispuso el virrey con anuencia de los oidores convocar una numerosa Junta de todos los Cuerpos. Junta falaz y sospechosa, junta en que sin razón, y con oposición a las leyes,

15 A la impresión de esta Proclama se opuso el Gobierno, a pesar de las instancias de D. Bruno Espinosa.

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fueron los militares representantes de ella16; en que fueron también vocales el marqués de Valdehoyos, hombre transeúnte y que no tiene vecindad ni oficio en ella, el gobernador de Riohacha, sujeto separado de su Gobierno por el mismo virrey, y acusado en su propio tribunal por el fiscal Frías de los crímenes de contrabandista y de comunicación con los ingleses17, con otros que no debían, según las leyes, presentarse en aquel Congreso, Junta, en fin, formada en medio de las bayonetas de una compañía entera de soldados con los fusiles cargados, llevando cada uno de ellos ocho cartuchos con bala, al mismo tiempo que toda la tropa estaba en los cuarteles sobre las armas. En esta Junta, parecida a la de Bayona, no temieron los verdaderos patriotas sacrificarse al furor de sus enemigos, y manifestaban con ingenuidad sus opiniones. Veintiocho fueron los votos que pedían la erección de una Junta Provisional, que reuniese las voluntades y sentimientos de todas las Provincias, y que atrajese con blandura a los quiteños sin el estrépito de las armas. Pero después de muchos altercados de los que contradecían estas ideas de prudencia, se disolvió la sesión sin algún escrutinio de los sufragios, y sus actas, a pesar de haber si muchas veces reclamadas por el Cabildo, jamás se vieron ni firmaron; antes bien fueron desatendidas con despotismo las instancias que sobre el particular hizo el muy ilustre Ayuntamiento.El resultado de la Junta fue decretar la perdición de todos lo que en ella manifestaron patriotismo. Ante todas las cosas se despacharon rayos contra Quito; se llamaron las tropas de Cartagena; se dieron órdenes para que éstas unidas a la de Popayán, Pasto, y parte de las de Santafé entrasen desolando aquella rica Provincia, que había jurado conservarse fiel a su Soberano, y defenderle aquel país que el Gobierno exponía a la irrupción de los franceses; los jefes de 16 El Mayor de la Plaza, los dos Capitanes de Guardias de Ala-barderos, caballería y otros.17 Causa seguida en el Superior Gobierno.

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Cuenca y Guayaquil fueron provocados igualmente, no a pacificar la revolución sino a apoderarse de la Presidencia, y despreciando con arrogancia todos los medios suaves, que se habían pronunciado en la Junta para tranquilizar aquella tierra, se prefirieron todas las medidas hostiles y destructoras. Sólo Don Felipe Fuertes, sobrino del virrey, hombre idolatrado en Quito, distinguido y honrado por los representantes de aquel pueblo, aparentó no sólo indiferencia sino adhesión al designio de los quiteños; pero luego renunció con desdén el honorífico empleo de Regencia que le había dado la Junta, se quitó la máscara, descubrió la hipocresía de su conducta, y es hoy el mayor enemigo de aquella gente. Quito, por fin fue la presa de los furores del Gobierno, y padeció todas las violencias de las tropas, a quienes el comandante había ofrecido cinco horas de saqueo, el que se conmutó en el disimulo de los robos, públicos estupros, y otros atentados. Asombra leer la condescendencia con que aquel gobierno autorizaba la insolencia de las tropas limeñas. ¡Baste decir que a los quejosos que ocurrían al Tribunal por remedio a sus males, se les respondía fríamente: id a pedir remedio a la Junta18! ¡No habla así a un pueblo rendido y pacífico, sino el órgano de la tiranía. ¡Alerta ciudadanos de Santafé! ¡Que este ejemplo os enseñe a ser más cautos, menos confiados, y más atentos a la política de Maquiavelo!

Como el fin de la Junta era envolver a Santafé en las ruinas de Quito, no se preparaba una mejor suerte a esta Capital. Dolosamente se nos presentaba la oliva de la Paz; y a la sombra de una seguridad aparente, se proyectaba en quietud el arte de ligar nuestras manos para conducirnos al sacrificio. Se nos empezó a mirar ya con un ojo irritado que no podía desmentir el disimulo; se publicaron y difundieron en papeletas los sufragios de los vocales de la famosa 18 Carta del Ilustrísimo Sr. Obispo de Quito, y otras hay de la misma ciudad que lo aseguran.

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Junta, todos desfigurados y alterados en la sustancia. Clandestinamente fueron sumariados los vocales que abiertamente habían pronunciado el dictamen pacífico; y se publicó un bando tan impolítico como el de la Junta Central en Sevilla, abriendo la puerta a los denuncios con la calidad de encubrir los nombres de los delatores.¡Máxima nueva del despotismo que no ocurrió a la inquieta imaginación de Tácito, ni al genio maldiciente de Bocalino! ¡Máxima detestable, que por sí sola y sin necesidad de otra prueba demuestra el exceso a que había llegado la tiranía!

Pero esto sólo no les pareció bastante a asegurar el plan que se habían propuesto. Juzgaron que era también necesario deprimir el Cabildo de esta Capital, y colocar en él sujetos que siguiesen sus máximas, y cuyos votos sofocasen los sufragios de los Patricios. Desde luego, sin temor de hollar todas las leyes introdujeron en aquel Cuerpo otros seis regidores, nombrados por el virrey en calidad de interinos, oponiéndose a la Ley que prohíbe semejantes nombramientos, y que previene que en caso de hacerlos, sea a propuesta del Cabildo y sin exceder el número de los de ordenanza. Este paso se dio con el fin de asegurar a los de su partido la elección próxima de alcaldes, la que les era interesante. Con el mismo fin se había ya introducido en el Ayuntamiento a Don Ramón Infiesta, y aún desconfiando del éxito de su maniobra, convidaron a Don Bernardo Gutiérrez con el empleo de Alférez Real, que se le había negado por el virrey en otro tiempo, en que no era necesaria su persona para asegurar sus designios. No importa que el Cabildo se oponga abiertamente a la recepción de este sujeto: el virrey lo ordena con soberanía. No importa que se representen al Gobierno las causas que le excluyen de aquel empleo distinguido. Don Diego Frías pronuncia en su vista fiscal, que aún cuando Gutiérrez se hallase comprendido en aquellos casos, debía ser admitido en el Cabildo; dice más que el Cabildo mismo es reo de

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desobediencia, y que por haber representado, como se ha dicho, está comprendido en el mal caso de la Ley. Finalmente, no importa que el día destinado a violentar al Ayuntamiento sea un día festivo, el día más sagrado para la Iglesia y para España, cual es el día ocho de diciembre, en que se celebra la Purísima Concepción de la Santísima Virgen María. El virrey habilita este gran día para trabajar en la grande obra de hacer Alférez Real a D. Bernardo Gutiérrez, despacha a favor de éste la patente, y conmina con multa de quinientos pesos y otras penas arbitrarias a los que se opusiesen a su recepción. Veis aquí en un solo acto violadas las leyes sagradas de la Iglesia, las leyes de la Justicia, y las leyes de la Nación.

No penséis que Gutiérrez fuese ingrato a su benefactor; el Gobierno causó muchas violencias al Cabildo por colocar a Gutiérrez; Gutiérrez recíprocamente quiso violentar al Cabildo mismo por servir y corresponder al Gobierno. En los poderes que se dieron al excelentísimo señor Diputado del Reino para la Junta Central se habían limitado sus facultades para el caso en que la Península fuere ocupada por los franceses, Gutiérrez hizo empeño para que se borrase esta cláusula; alegó y sostuvo que la América debía seguir la suerte de España, conforme lo había dictado ya el fiscal Frías y obstinándose en esta pretensión, tuvo el atentado gravísimo de poner manos violentas en una persona distinguida y respetable, como la del procurador general. ¿Y no descubre este hecho que Gutiérrez obraba de acuerdo con el Gobierno, que el apresuramiento de éste en colocarle al frente de la capital era para ahogar en ella los sentimientos de fidelidad, que descubría en sus miembros, y para engrosar el partido de los que pensaban en preparar los caminos a los enemigos de la Nación?

Sí: esta era la idea que habían formado, la que les traía inquietos y afanosos, y la que deseaban verificar en

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el momento, temiendo que algún contratiempo se la arrebatase de entre las manos. Solícitos y bulliciosos, los oidores miraban como muy lentos los pasos que el virrey daba sobre el plan acordado; les parecía muy tardías sus operaciones, se quejaban de su inacción que les parecía perezosa, y pensaron en avivar por sí solos la maniobra. Volvieron a adoptar el medio que antes se habían propuesto de defender al virrey para deshacerse de un hombre que aunque iba de acuerdo con ellos, pero no trabajaba con la precipitación que les parecía conveniente. Para conseguirlo, le desacreditaron difundiendo por el pueblo especies muy odiosas contra su opinión, proyectaron llamar al gobernador de Cartagena, hombre más vivo y enérgico, para que ocupase su lugar, y tomase las riendas del Gobierno de todo el Reino: consta19 que muchos europeos del bando de los oidores se armaron para prenderle, y aún se preparaban a asesinarle. Los oidores convidaron a algunos americanos a que tuviesen parte en esa maniobra, y la resistencia de éstos fue la fortuna del virrey y el desenlace de la tramoya del modo siguiente:

Don Joaquín de Ricaurte denunció ante el alcalde ordinario la sumaria que los oidores habían hecho al virrey; el alcalde dio noticia a este jefe y le pidió auxilio para escudriñar los papeles del oidor Alba, en cuyo poder, decía el denunciante, paraba el sumario.

En la perplejidad de si doy o no doy el auxilio, eligió el virrey el medio de conciliar los dos extremos igualmente arriesgados y peligrosos. Fingió recibir con indiferencia este aviso: dijo que el tal denuncio debía darse al desprecio, y negó el auxilio que se le pedía para el escrutinio. Mas al cabo de tres días, cuando ya esta noticia se había difundido en el pueblo, y cuando ya Alba había tenido sobrado tiempo para

19 Sumar.

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ocultar sus papeles, llamó el virrey a los oidores y al alcalde, y ordenó que se hiciese el escrutinio indicado, ¿quién no se había de reír de semejante pantomima? El pueblo se confirmó entonces en la opinión de que el virrey y los oidores eran igualmente culpables, de que aquél había temido que apareciese el sumario que le había formado Alba, que Alba había tenido también ser recíprocamente descubierto por el virrey, y que de acuerdo de entrambos, se había representado aquella farsa con que, a su pesar, quedaban ambos a cubierto. El resultado de todo fue que el sumario no apareció, que se hicieron las paces entre el virrey y los oidores, que aquél empezó a obrar con más viveza en los proyectos comunes de uno y otros, y que a pesar del bando en que habían ofrecido seguridad y secreto a los denunciantes, Don Joaquín Ricaurte fue perseguido con furor por esta denuncia, solicitado con suma diligencia y se vio precisado a emigrar y refugiarse en Caracas.

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La combinación de todos estos tiránicos y maliciosos procedimientos abrió los ojos del pueblo y derramó un golpe de luz, que le hizo ver el precipicio a cuyo borde estaba descansando. Empezaron las gentes a desconfiar de su seguridad, temieron que se les preparaba la sorpresa de los franceses, y comenzaron ya a hablar, a difundir sus temores, y a buscar unos de otros el consejo y el remedio. Se aumentaban cada día las infaustas noticias que venían de Europa, y a esta medida crecían también los temores y recelos de los americanos; y desesperando de la reconquista de España, se estremecían al acordarse de las proposiciones vertidas y sostenidas por algunos europeos, de que las Américas debían seguir la suerte de la Metrópoli. No pudieron ocultarse del Gobierno estos temores del pueblo, y entonces, a pretexto de

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remitir fuerzas contra Quito, hizo venir nuevas tropas de Cartagena, llamó a Riohacha al Teniente Coronel Don Juan Sámano con la guarnición de aquel puerto, la que fue recibida en tiempo con vivas y aclamaciones de los oidores, que se prometían engrosar con ella su partido; dio la Comandancia del Batallón Auxiliar al mismo Don Juan Sámano, continuó en el grado de mayor de la plaza del cuñado de Alba, en el de oficial del propio Batallón al cuñado de aquél, dio los cordones de cadetes a dos hijos del mismo oidor, los que dentro de pocos días fueron oficiales, como los fueron también Llorente, Girardot y otros de aquella facción antiamericana. Se declararon sospechosos todos los Patricios, y se les miraba con un ojo amenazador. Se sumariaron los hombres de bien, las sospechas se graduaron de realidades, las denuncias de pruebas, las apariencias de principios, la posibilidad de testimonio. El terrorismo dejó ver en su propia figura, la tropa se mantuvo siempre sobre las armas, se difundieron por las calles patrullas diarias y nocturnas, se llenó todo el Reino de espías y vigilantes, y aguardaban los hombres sentados una próxima ruina. Veían el preñado de la nieve y esperaban los rayos. Véislos aquí:De repente sorprendieron en esta capital a Don Baltasar Miñano de las Casas y a Don Antonio Nariño. Inmediatamente fueron conducidos a Cartagena como unos criminales. Sepultaron a Nariño en la bóveda de un castillo, le cargaron de cadenas y grillos tan pesadas como las que sufrió hace poco el Barón Trenck; le negaron no sólo la comunicación, sino el pan y el agua, le embargaron todos sus bienes y dejaron en la mendicidad a su ilustre familia. ¿Cuál ha sido el delito de este hombre desgraciado? Él no lo sabe, el público lo ignora; después de seis meses de prisión de cadenas, de hambre y de enfermedad, aún no se le ha hecho saber la causa de su arresto, no se le ha confesionado, no se le ha pedido ni una declaración. Él no habló en la Junta de 11 de Septiembre, pero se sospechó, que

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en caso de haber hablado, se habría declarado a favor de la humanidad. Este es su delito y el de todos los de esta capital. ¿Y no podíamos ahora preguntar si hay leyes en España, o si estamos en Constantinopla?

Igual a esta fue la suerte de los presbíteros Estévez, Gómez y Azuero. Los dos últimos fueron arrancados de sus curatos, reducidos a prisión y privados de comunicación por largo tiempo. El primero (Estévez) había predicado en la Capilla del Sagrario sobre la caridad y perdón de los enemigos. Nada había dicho contra el dogma, bada que no fuese ortodoxo, nada que pudiese aparecer subversivo. La Inquisición de Cartagena lo ha declarado, pero como no era del parecer de los tiranos, la malignidad acusó sus sermones de impíos y de sediciosos, se denunciaron como tales al Tribunal de la Fe, se fingieron decretos del mismo Tribunal contra su persona, se le intimó orden por el provisor y por el doctoral Lasso (entonces comisario de la Inquisición) de que no volviese a predicar jamás; se pretendió sorprender al propio Tribunal para arrancarle de esta ciudad y sepultarle en sus cárceles, y no habiendo conseguido este proyecto tan ofensivo al honor de un sacerdote de probidad y de literatura, se procedió contra él de mano armada en el silencio de la noche, fue rodeada su casa por soldados capitaneados por el provisor y por el doctoral de esta Iglesia, se pretendió forzar las puertas de su habitación, se llenó de insultos a su inocente familia, se pronunciaron contra ella anatemas por el provisor y comisario, y Estévez se vio precisado a saltar por sobre los muros de su casa, a huir del furor de sus enemigos, y a emigrar a Maracaibo. ¿No podíamos decir que aquel Gobierno había adoptado las visitas domiciliarias de Robespierre en los tiempos de la anarquía de Francia? ¿Cuál fue el delito de estos tres sacerdotes? ¿Cuál fue la causa que movió a tanto escándalo? La Inquisición de Cartagena como imparcial, y a donde no habían podido penetrar las maquinaciones del despotismo,

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declaró a Estévez por inocente, decretó su reposición a su ministerio, procuró que se subsanase su honor y su fortuna, y privó de la Comisaría al doctoral Lasso, que por su adhesión al sistema tiránico había cooperado al escándalo. Al doctor Azuero, después de las violencias dichas, y de una larga prisión, se puso en libertad y se dictó la sentencia de que se abstuviese de ir a bailes, suponiendo contra la verdad, que éste fuese un motivo para tan grave escándalo. Al doctor Gómez se le quiso hacer creer que su prisión había sido una pesadilla que había tenido durmiendo, y jamás se supo por orden de quién ni por qué causa había sido sorprendido por los soldados, conducido como un criminal a las prisiones, y detenido en ellas sin comunicación por largo tiempo. Falta aún añadir la pesquisa, y las patrullas que salieron armadas en solicitud del magistral de esta Iglesia, doctor Rosillo, que se hallaba ausente de la capital, y que fue conducido a ella en medio de doce soldados y sepultado por muchos meses en una prisión como la Bastilla de Francia, o como lo Rambla de Granada. Ya se había decretado la muerte de este sacerdote, la que se evitó con la mutación del Gobierno. ¿Queréis saber cuál era su crimen? El de oponerse a la sorpresa de los franceses, el de defender los derechos de Fernando VII y la justicia de su patria.

Pero lo que acaba de descubrir el Gobierno es la tragedia de Pore. Allí fueron presos dos jóvenes de edad de veinte años, con otros mozos que alarmaron al gobernador declamando contra el despotismo, y asustando a la ciudad. Diose parte al virrey, y éste de acuerdo con la Audiencia dividió la causa, hizo conducir a esta ciudad a algunos de los cómplices y dejando los dos jóvenes Rosillo y Cadena en Pore, y que omitiendo el seguimiento formal de una causa que debía presentar en todo su aspecto el delito, sentenciase; y que sin necesidad de consultar el Tribunal, les hiciese ejecutar. Así se hizo; un solo letrado les juzgó, les sentenció y sin permitirles

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defensa, sin darles abogado, sin oír sus descargos, les arcabucearon y cortaron las cabezas. Nosotros no nos quejamos de que se castiguen los crímenes sino de que profanen las leyes. Preguntamos ahora: ¿Las leyes no piden tres votos de toda conformidad para la imposición de la última de las penas? ¿A beneficio de los procesados las mismas leyes no exigen su formal audiencia, ensanchando los términos y vías que en causas de otra naturaleza estrechan? Aún en la milicia, en cuyos consejos las ejecuciones son más prontas, ¿no se forma un Tribunal? ¿No se oye al reo? ¿No se le da un defensor, no se exige la uniformidad y conveniencia de muchos votos para dar muerte a un delincuente? Y en Pore, un solo letrado pronuncia, y sin oír, sin necesidad de consultar al Tribunal, sentencia y quita la vida a dos muchachos! ¿Hay leyes? Ya aquí no había sido caprichos. Las cabezas fueron conducidas a esta capital, se pensó por los Ministros levantarlas públicamente en escarpias para insultar al pueblo, y lo hubieran ejecutado así, si no hubiera habido consideraciones que lo impidieron. ¿Qué más hicieron en Francia los asesinos marselleses asalariados por el infeliz Egalité?

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Estos, y otros muchos sucesos que omitimos por la brevedad con que debemos instruir a nuestros hermanos, y que daremos a luz cuando escribamos sin la precipitación a que ahora nos obligan las circunstancias del tiempo, todos estos sucesos formaban la escena, y el escándalo del Reino en los últimos momentos de la Junta Central y en los días en que empezó a balancear el Gobierno de esta capital y sus provincias, cuando recibimos noticias de la disolución de dicha Junta Central y formación del nuevo Consejo de Regencia. A la manera que, en el helado invierno, cuando el cielo está obscurecido con

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densas y negras nubes, suele aparecer de cuando en cuando un rayo de sol pálido, que aunque no calienta, ilustra a lo menos, y alegra la faz desnuda de la tierra; así por un instante, se consoló la América con la fausta novedad de la aniquilación de aquel Tribunal, que perpetuaba en sus empleos a nuestros opresores, para que éstos asegurasen la dominación de aquél sobre nosotros. Alucinados con la esperanza de mudar de Jefes, no advertíamos que el mal no estaba en los Representantes, sino en el sistema del Gobierno. Pero en fin el Consejo de Regencia nos dijo: que desde aquel momento éramos ya libres, que no éramos ya los que encorvados bajo un yugo mucho más duro, mientras más distantes estábamos del Trono, habíamos sido mirados con indiferencia, vejados por la codicia y destruidos por la ignorancia…20

Esta confesión que la necesidad arrancó al Gobierno, dio a la América el triste consuelo de que los opresores reconociesen su injusticia y condenasen sus propias operaciones. ¡Qué dulce es para el hombre el testimonio de su inocencia, y más cuando lo suscribe su enemigo! Pero al mismo tiempo advertimos en esta forzada confesión el dolo y la maña sutil con que se confesaba un delito para cometer otro mayor, y con que al reconocer la injusticia con que se nos había oprimido, se intentaba hacer más dura y más duradera la opresión. Tratemos con método sobre el Consejo de Regencia y descubriremos esta verdad.

La Junta Central de disolvió, no por las armas francesas, sino por el pueblo español que no tenía confianza en ella, y la acusaba de criminal. Los miembros de que se componía habían sido sindicados de venalidad y de traición desde el momento en que se descubrió que habían dejado brecha a los franceses para que entrasen en Sierra Morena. Todos estos vocales fueron dispersos

20 Papel del Consejo de Regencia a los americanos españoles.

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por el pueblo que les aborrecía, fueron perseguidos y proscritos. Todos ellos huyeron precipitadamente de Sevilla huyendo del furor del pueblo que quería castigarlos con muerte, y afortunadamente algunos de ellos escaparon con vida a favor del ejército del Duque de Alburquerque, que les escoltó hasta conducirles a la Isla de León. Allí unos miembros muertos quisieron engendrar un cuerpo vivo: las reliquias de una Junta proscrita, se juntaron para formar otra, que querían hacer que pareciese legítima, y unos hombres sin autoridad intentaron dar la que no tenían al Consejo de Regencia, contra las protestas de Granada, de Valencia, de toda la Nación. Veintitrés Vocales de la extinta Junta Central, veintitrés Vocales fugitivos, acusados y aborrecidos, como diremos adelante, veintitrés Vocales sin autoridad y sin representación nacional, instalaron el Consejo de Regencia y le dieron los poderes de que ellos mismos estaban desnudos. Verdaderamente el presente siglo es el siglo de las paradojas y de los engaños! Quizá ya se habrá disuelto el Consejo de Regencia y mañana sabremos que el excelentísimo o sea serenísimo Sr. Saavedra, como se explica en una carta al Gobernador de Cádiz21 acostumbrado a la dominación de Caracas y de Sevilla, ha levantado otro Cuerpo que se llama Soberano de España y de las Indias.

El Consejo de Regencia se instaló por fin con todas las nulidades que hemos visto. Se dio la residencia en él a un obispo anciano, el que por sus muchos años no hará otra cosa en venir desde Orense hasta la Isla de León, que ocupar inútilmente el lugar de su nombramiento. El excelentísimo o sea serenísimo Sr. Saavedra, por esta razón tiene el Gobierno de tal Consejo, y dice, que ya es llegado el caso de hacer revivir la Junta de Sevilla, aquella Junta que usurpó el

21 Colección de Ordenes, etc., Edicto.

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título de Junta suprema de España e Indias22. En vista de esto parece que no nos engañamos cuando dijimos que no tardaría mucho el tiempo en que veamos sustituir otro Cuerpo Representante al nuevo Consejo de Regencia. ¿Y la América le prestará también obediencia, como con violencia la prestó a la Junta de Sevilla en su nacimiento primero? El Gobierno de este Reino tardó mucho tiempo en sancionar su reconocimiento al Consejo de Regencia. ¿Sería acaso porque tenía presente la ilegitimidad de su origen? Sería porque guardaba su obediencia para prestarla a la nueva Junta Sevillana, cuyo renacimiento anunciaba Saavedra? Tal vez fue porque desconfiaba de que el dicho Consejo de Regencia quisiese perpetuar las autoridades que actualmente gobernaban, como las habían perpetuado la primitiva Junta de Sevilla y después la Junta Central. Los que gobernaban en uno y otro Continente se daban siempre las manos, y éstos no habían obedecido a aquellos, sino al precio de su estabilidad. En efecto: cuando se anunció la creación del Consejo de Regencia, se anunció también la creación de nuevos virreyes, y la mutación de los jefes que dominaban. De aquí nació la frialdad e indiferencia con que se miró este nuevo representante, de aquí el silencio y la falta de aquel apresuramiento con que se nos había exigido el reconocimiento a los dos primeros extinguidos tribunales, de aquí el no hacer Junta, el no conocer a todos los Cuerpos, el no avisar prontamente a las Provincias, el no comunicar esta noticia de oficio a los Tribunales interiores, como se había ejecutado antes, cuando se erigieron las otras Juntas de Sevilla y la Central. Entonces este Cabildo provocó al virrey para que se explicase sobre este asunto, y apenas consiguió, el que se anunciase sobre este asunto, y apenas consiguió, el que se anunciase esta novedad al pueblo por medio de un simple bando. El Consejo de Regencia debe estar quejoso de los antiguos jefes

22 Carta del 24 de enero de 1810 al señor don Francisco Vene-gas.

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de este Reino, por no haberlo recibido con el ruido, la pompa y aparto magníficos con que habían sido reconocidos y publicados sus predecesores.

El Consejo de Regencia se instaló, y a la manera que los escorpiones recién nacidos se convierten contra la madre que les dio el ser y la devoran, así el nuevo Consejo de Regencia procedió contra los miembros de la Junta Central que la habían engendrado y erigido en Soberanía. Lo primero que hizo el Consejo de Regencia fue descubrir al mundo las faltas de su creadora. ¡Cuán grande debe ser la torpeza de una madre, cuando no la puede encubrir ni el honor ni el cariño de un hijo a quien ha dado el ser! A consulta del Consejo de Castilla resolvió el de Regencia que “los vocales de la Junta Central extinguida fuesen dispersos por las Provincias libres de España; que no se les permitiese juntar unos con otros en un mismo lugar, que hubiesen de dar parte a su hijo el Consejo del lugar de su domicilio, que estuviesen, aunque no arrestados, a disposición del capitán general de la Provincia, que por ningún caso pudiesen venir a América; que fuesen emplazados para dar cuenta de su conducta durante su vocalidad, que estuviesen prontos a dar razón de la inversión de los caudales que gastaron y pruebas de la justificación con que procedieron, y que todos y cada uno de los vasallos, pudiesen pedir contra los vocales de dicha Junta Central, para que fuesen según las leyes juzgados y castigados, conforme se debía hacer con los vocales Calbo y Tilly”23 ¿Qué prueba con este decreto el Consejo de Regencia? Que los vocales de Junta Central estaban sindicados de colusión contra el Estado, de fraude y mala inversión de los tesoros que la América había remitido para sostener la guerra contra la Patria. ¿Tendría, pues, razón al pueblo de Sevilla para irritarse contra la

23 Resolución a resultas de las consultas del Consejo de Castilla, Cádiz, 20 de febrero de 1810.

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Junta Central, para disolverla y perseguirla? ¿Y se espera mejor procedimiento de un Consejo, hechura de los dispersos miembro de aquella Junta?

El Consejo de Regencia se instaló y sus primeras atenciones se convirtieron a la América. Dijo: que ésta formaba parte integrante del Estado, que los destinos de los americanos ya no dependían ni de los virreyes, ni de los ministros, ni de los gobernadores, sino que estaban en nuestras manos.24 ¡Gracias a Dios, que ya después de tres siglos hemos oído decir por una vez que somos libres, o a la menos, que somos hombres! ¿Pero esta declaratoria del Consejo de Regencia venía acaso revestida del carácter de buena fe, de sinceridad y de justicia? El coloca nuestra libertad en la elección de diputados para las Cortes, y esta elección queda al arbitrio de los virreyes y de las audiencias. ¿Y cómo, pues, no depende ya de éstos la suerte de los derechos de la América? ¿Cómo es que somos ya libres y no encorvados bajo el pesado yugo de su indiferencia, de su codicia y de su ignorancia? El Consejo de Regencia halaga a la América reconociendo, y declarando sus derechos, y al mismo tiempo la tiraniza arrebatándoselos.

Finalmente el Consejo de Regencia se instaló, y habiendo observado la crítica situación de la América, y el gran e inminente peligro de su separación de la Europa, meditó el modo de contenerla y de retardar su emancipación. Para hacerlo con toda la finura y delicadeza de la política, destinó un comisionado para cada provincia, éste debía ser americano y oriundo del mismo suelo a que se dirigía su comisión, anticipó la voz de que las comisiones eran pacíficas, que se reducían a hacer gracias, e indultar si acaso hubiese delincuentes. Nombró para este reino a Don Carlos Montúfar y a Don Antonio Villavicencio, ambos nacidos en Quito y el segundo educado desde su niñez

24 Papel del Consejo de Regencia a los españoles americanos.

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en Santafé. ¡Qué asombro! ¡Los comisionados son americanos! ¡Vienen a tratar los negocios e intereses de sus propios países! ¡Los únicos americanos que en tres siglos han tenido una tal confianza del gobierno! Los europeos miraron esta Comisión como un insulto que el Consejo de Regencia irrogaba al derecho exclusivo que juzgaban tener sobre la suerte del Nuevo Mundo. Los americanos presentíamos que esta Comisión era un nuevo lazo que el Consejo de Regencia tendía a nuestra libertad. Los europeos meditaban los modos de eludir la Comisión, de detener a los comisionados, y aún de barrenar los barcos o champanes en que subían el río Magdalena. El Conde Ruiz de Castilla se explicó al virrey con asombro de que hubiese permitido a Montúfar seguir camino para Quito25, y da a entender que le tiene en sumo cuidado su aproximación a la ciudad. Los americanos, aunque desconfiados y maliciosos sobre la comisión, como que no tenían motivo para esperar del Gobierno alguna conmiseración, se apresuraron a recibir con pompa a los comisionados, más bien a título de paisanaje que porque los juzgasen libertadores de la Patria y ángeles tutelares de su fortuna. Estas desconfianzas tenían por apoyo las operaciones de este gobierno, las que no se podían combinar con lisonjeras esperanzas. El virrey decía que aguardaba al Comisionado para arreglar con él sus disposiciones, pero al mismo tiempo preparaba calabozos y potros; tenía a punto de servir los cañones del parque, había prevenido la fusilería, cantidad de granadas, de bombas y otras armas de fuego; había fabricado y seguía fabricando muchas lanzas, sables, desgarraduras y cuchillos: había interceptado, y con vigilancia recogía del comercio toda la pólvora, los machetes y aún los pedernales de chispa, para que no cayesen en manos americanas. Al mismo tiempo veía los europeos desarmados de puñales, de pistoleras, de sables, con un denuedo y aire amenazador. ¿A qué

25 Oficio del Conde Ruiz al ex Virrey, y recibido en la Suprema Junta.

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fin, decían los americanos, a qué fin todo este aparato guerrero, si se aguarda al Comisionado para pacificar el Reino?

Poco tardamos en descubrir que las voces del Gobierno eran de paz, pero que las ideas eran hostiles y sanguinarias. Muchas noticias que recibimos en aquel tiempo, nos afirmaron en el concepto de que todos los jefes del Reino estaban de acuerdo con la Regencia para perdernos. Vamos a hacer la enumeración de todas ellas. Tuvimos la noticia de que con palabras pacíficas había el corregidor de la Provincia del Socorro desarmado y asegurado aquellas gentes para fusilarlas y derramar su sangre sin alguna razón, sin el más leve motivo y con la más villana crueldad el día 9 de julio.26

Supimos que en Guayaquil sin alguna causa ni sentencia habían sido aprisionadas por Don Francisco Baquerizo algunos paisanos de Quito que vendían y compraban en la Bodega, que les habían rematado las mulas de su carruaje al precio de tres pesos, siendo de treinta su valor legítimo; que les habían conducido a los cepos, dejándoles perecer de hambre, y que Don Pablo Chica, por orden de Cucalón había también sepultado en calabozo otras ochos personas distinguidas de Cuenca, sin permitirles comunicación, ni cama, ni alimentos, aunque entre aquellas víctimas se contaban un oficial real y un alcalde ordinario, y Don Joaquín de Tovar, interventor de Torricos, el que murió en la prisión y con los grillos.27

Supimos que estas violencias eran muy meditadas y sistemáticas para destruir la gente americana y satisfacer la sed de oro y plata que devoraba a los mandantes: que Don Pedro Alcántara Bruno y Cucalón ya el ingreso de la persecución de los quiteños

26 Acta del Socorro.27 Viaje de las Provincias limítrofes.

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en cien mil pesos, y que este último había ofrecido al Presidente Ruiz de Castilla todos sus auxilios para reponerlo en su empleo, con tal que lo renunciase a su favor, supuesto que por sus muchos años ya no podía mandar.28

Supimos que Don Juan Falquez y Don Sebastián Puga sorprendieron en Pueblo Viejo a Don Juan Ponce, a Don Agustín Revolledo, a sus criados y familiares, que los cargaron de cadenas, les desnudaron de sus vestidos, les quitaron de sus pies el calzado, les expusieron desnudos a la vergüenza y al terrible aguijón de infinitos moscos, de que abunda la tierra, teniéndoles las manos cautivas con esposas y aseguradas al cuello por medio de un canuto; que se pregonaron sus bienes y que se refundieron en calabozos con cuatro centinelas vista y dos cañones de custodia, todo su delito fue haber nacido americanos.29

Supimos que el sistema antiamericano hizo que el Pastor de Cuenca se convirtiese en General de armada, que conmutase por la espada el cayado, y que el órgano del Evangelio y la Paz se transmutase en trompa marcial y de muerte ¡Qué asombro! ver a un Obispo dar lecciones de guerra al cruel Aymerich, levantar una compañía de clérigos con el sobrenombre de Muerte, con uniforme de luto y en oposición a las leyes municipales! ¡Qué espanto! Ver prodigar las rentas del Seminario, la sustancia de los pobres, los tesoros de las obras pías, entre gentes brutales, entre una multitud de asesinos que han asolado la fertilísima Provincia de Quito. ¡Qué deshonra! Oír a Fray José Balleno, lego de la Merced, predicar al lado de un Obispo, persuadir la desolación de la América y exhortar a derramar la sangre de los quiteños.30 ¡Pero qué vergüenza! Cuando estas tropas se disponían a conquistar la América, 28 Ibid.29 Viaje de las Provincias. 30 Viaje de las Provincias.

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cuando el gobernador y oficiales se disputaban ya las propiedades y haciendas de los quiteños, se oyó un grito que decía: Enemigos se acercan. Este trueno aterró a todo el Ejército, Aymerich se encerró en su palacio, poniendo en la puerta y en la galería fusileros que le guardasen; los soldados morlacos corrieron despavoridos a buscar escondrijos en que ocultarse y el Señor Obispo, general del ejército, salió corriendo, tomó la ruta de la hacienda de San José que dista de la ciudad dos leguas, y con un pie descalzó no paró hasta meterse en una zanja.31 ¡Oh valor! ¡Oh impavidez marcial!

Supimos que Don José Urigüen había destruido el pueblo de Piti, quemado sus casas y conducido a Barbacoas a todos los habitantes como cautivos; que Don Fernando Angulo, acaudillando a los regidores de Barbacoas, procedió con su innata bestialidad a aprehender a todos los criollos, a despojar de su beneficio al cura de San Pablo de Guaiguez, a nombrar con su autoridad otro sacerdote por cura, a darle las facultades espirituales de administrar sacramentos, y la jurisdicción para presenciar y bendecir matrimonios; a prohibir que se diese en colecta y canon de la misa conmemoración al prelado diocesano, a procesar a los clérigos y a atropellar, como se practicó en esta ciudad, la inmunidad eclesiástica.32

Supimos que reunidos en Pasto, Don Gregorio Angulo, Don Miguel Tacón, con un asesor, un director, y un formidable ejército de cien fusileros, y algunos mulatos sin honor y sin disciplina, sorprendieron a los descuidados quiteños, pusieron a unos en fuga y aprisionaron a otros, conduciéndolos arrastrados hasta Popayán, con crueldad y tiranía. Esta es la gran victoria, el triunfo singular, que los pastusos

31 Ibid.32 Ibid.

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alcanzaron sobre los cándidos quiteños, el que se quieren apropiar aquellos dos gobernadores y por el cual les ha reengraciado el Consejo de Regencia.33

Supimos también, que habiéndose sosegado los ruidos de Quito por sus mismos naturales, fue restituido a la Presidencia el Conde Ruiz, bajo ciertas capitulaciones juradas y publicadas por bando, ofreciéndoles seguridad y prometiendo éste interesarse con el virrey o aún con el Soberano para que tratasen con equidad y dulzura a los que intervinieron a la formación de la Junta ya disuelta, que este juramento, esta capitulación, este bando fue recibido por las gentes de Quito como su padrón, y cédula de seguridad; que en esta confianza entró Salinas en la simulada privanza de aquel jefe, hasta visitarse mutuamente, que los vecinos nobles hacían la guardia a éste con candor y sinceridad, que fueron recibidas las tropas de Lima como auxiliares y amigas, que se sirvió un banquete en casa del Presidente a que asistió la ciudad; que al tercero día hubo un refresco en casa de los Aguirres, al cual siguió un baile al que asistió el Comandante Arredondo con la Oficialidad, y se concluyó con un juego (profesión de aquella gente), en el cual perdieron los quiteños mil onzas de oro.34 ¡Ay! ¡Nuestros hermanos no advirtieron que trataban con tigres que halagan con la cola, para hacer presa con las uñas!

Apenas se habían desarmado los quiteños, apenas les consideraban indefensos y descuidados con el engaño, se dio principio a las hostilidades. ¡Cobardes! No os atrevisteis a entrar a Quito, no osasteis quitaros la máscara, no mostrareis valor hasta que no hallasteis con quién lidiar!

Se hizo de la noble biblioteca un cuartel, y otro de la

33 Decreto de 25 de abril de 1810.34 Viaje imaginario.

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casa de la Universidad. ¡Tal es la oposición que tiene aquel Gobierno con las letras! De repente fueron sorprendidos los principales de la ciudad con otras muchas gentes; fueron sepultados en calabozos, se comenzó el proceso, fueron jueces Arechaga, Fuertes, y Arredondo. ¡Qué tribunal! Cuatro meses y medio corrieron en evacuarse el sumario, y en proponerse la más inicua y contradictoria vista fiscal, en que indistintamente se acusa a los inocentes, a los culpados, a los niños, a las mujeres, sin atender a sexo, carácter, ni representación, pero ni al mérito de los autos. Pidióse por Arechaga que no se diese traslado a los presos y que con un breve y perentorio tiempo se recibiese la causa a prueba con todos los cargos. Solicitud con que se pretendía impedir que saliesen a luz los vicios del proceso. Fuertes, el gran letrado Fuertes, conocido en esta Capital, Fuertes recibió la causa a prueba con el término de veinte días, y todos los cargos, ordenando que no se manifestase la acusación fiscal, sino en la parte que a cada uno correspondía, y prohibiendo que se dejasen ver los autos, de los que sólo les permitía dar a cada interesado una breve relación por el escribano.35 ¡Nueva Jurisprudencia que deshonra para siempre a los jueces de Quito! Desde que recibimos tan funesta noticia, desde que entendimos que Arechaga, Fuertes y Arredondo eran jueces de aquella causa, dimos por perdidos a nuestros caros hermanos de Quito, y nosotros mismos advertimos que estábamos comprendidos en la proscripción, por haber hablado en favor de ellos en la Junta del 11 de septiembre.

Oportunamente vinieron a nuestras manos algunas cartas que un europeo de los de esta Capital remitía a los de otro lugar del Reino, en la que les convocaba a reunirse en Zipaquirá para que todos juntos entrasen en esta ciudad. En efecto, estando nosotros atentos a descubrir, si se verificaba esta proclama de nuestros

35 Vieja imaginario.

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enemigos, vimos que los europeos de los alrededores y aún de lugares distantes, como de Chiquinquirá, La Mesa y otros, se reunían en Santafé; que andaba en patrullas y en corrillos misteriosos, y que se dejaban ver inquietos, taciturnos y demudados. Teníamos presente el denuncio que se nos había dado, de que éstos disponían sacrificar a todos los patricios en una sola noche, y sospechamos que ya estaba muy cerca la hora fatal de nuestra inmolación.

Por fortuna cayeron en nuestras manos en aquel mo-mento las últimas órdenes expedidas por el Consejo de Regencia contra los hijos de América; y reconoci-mos en el agua venía turbia desde su fuente; que las operaciones crueles y sanguinarias de este Gobierno eran no más, que la ejecución de lo que el tal Consejo de Regencia dictaba; y que ya ni los funcionarios de América tenían a quién temer, ni nosotros a quién ocurrir, ni a quién quejarnos. Absortos quedamos al leer las órdenes dirigidas con fecha 15 de marzo últi-mo a los gobernadores de Cartagena y de Popayán, y las de 25 de Abril al virrey de este Reino. En ellas apa-reció el sistema del engaño y de la felonía, con que a la sombra de los comisionados pacificadores con que nos deslumbraba, había asegurado el golpe e iba a descar-gar el cuchillo sobre nuestras inocentes cabezas. Los tales comisionados, según se nos había prometido, venían destinados por la Regencia a pacificar, indultar y hacer gracias a los americanos. Con este supuesto objeto los Comisionados mismos eran americanos también, para que tuviésemos de ellos más confianza, y fuesen recibidos por nosotros con alegría, sin te-mor y sin armas. Tal vez los mismos comisionados creyeron al Consejo de Regencia, y teniendo por sin-cera su misión, llegaron a mirarse como unos genios benéficos y consoladores de su Patria. ¡Engaño! con ellos había salido, y aún había llegado antes que ellos el rayo exterminador. El Consejo de Regencia en los papeles citados, declaraba insurgentes a los habitan-

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tes de Quito, aprobaba las operaciones hostiles con que les habían perseguido, daban gracias a los que les habían sacrificado; provocaban a las autoridades y a los pueblos a que les escarmentasen y condujesen al exterminio. Felonía que deshonrará para siempre al tal Consejo de Regencia, y que lo hace indigno de apropiarse el nombre augusto de nuestro soberano.

También vimos con horror la orden del mismo Consejo de Regencia, con fecha 30 de abril último, renovatoria de la de 1º de noviembre de 1808, dirigida a los virreyes, gobernadores y demás autoridades, para que mantuviesen los pueblos en una perpetua ilusión; para que se sofocasen todas las noticias que pudiesen descubrir el verdadero estado de la Península; y para que no permitiesen publicar otras gacetas, que las que el mismo Consejo imprimiese, a fin de engañar nuestra confianza y de darnos tiempo para defendernos del enemigo.

Finalmente, recibimos el decreto del mismo Consejo de Regencia de 28 de abril último, en que ordena que todos los propietarios de Cádiz hayan de pagar veinte por ciento de todas las fincas inmuebles, diez por ciento los inquilinos sin excepción de casas religiosas ni de hospicios, casas de niños expósitos y demás obras pías. ¿Qué debía esperar la América siempre tiranizada, si el Consejo de Regencia tiraniza de un modo tan cruel a los habitantes de la Península?

Pues en vista de tantas mentiras, de tantos engaños del Gobierno, de tantos hostiles preparativos con que nos amenazaban; viéndonos abatidos, desarmados, entregados en manos del furor, y del odio de nuestros enemigos; sin tener a quién recurrir con la queja de nuestros agravios, ni a quién representar nuestra inocencia, ni de quién implorar nuestra justicia, ya nos conformábamos con morir. El pavor de la muerte se dejó ver en nuestros semblantes, a cada paso volvíamos

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el rostro temiendo el cuchillo que nos amenazaba por la espalda; encerrados en nuestras casas, el menor ruido nos hacía esperar el hacha que derribase nuestras puertas, y el cuchillo que cortase nuestras gargantas. En tal conflicto recurrimos a Dios, a ese Dios que deja parecer la inocencia, a este nuestro Dios justo que defiende la causa de los humildes; nos entregamos en sus manos, adoramos sus inescrutables decretos, les protestamos que nada habíamos deseado sino defender su santa fe, oponernos a los errores de los libertinos de Francia, conservarnos fieles a Fernando, y procurar el bien y libertad de nuestra patria; nos ofrecimos con resignación al sacrificio por tan nobles y santas causas, y le dijimos, que si era su voluntad castigar nuestras culpas con el despiadado furor de nuestros enemigos, recibiríamos contentos el castigo y besaríamos su adorable mano que nos hería. Los sacerdotes, las sagradas vírgenes, la nobleza, la plebe, todos clamamos a una voz, como lo había hecho en semejante consternación el Macabeo; y dijimos a Dios que nuestros contrarios confiaban en sus armas y en sus caballos, pero que nosotros no teníamos confianza sino en el auxilio de su diestra y ¡oh prodigio! Una palabra injuriosa e indecente que profirió un europeo contra los americanos, fue la chispa con que prendió el gran fuego de la Revolución, el Dios de los Ejércitos. Al instante conocimos que había sido oída nuestra oración y que el cielo volvía por nuestra causa. Irritóse la gente que había oído el insulto contra la Nación; progresivamente se conmovió toda la capital, ocurrieron apresurados los pueblos; los pechos de los americanos se encendieron del fuego de la libertad; sus brazos se sintieron robustos y dotados de una fuerza gigante, respiraron el aire del patriotismo y del valor, por tantos siglos reprimido, al mismo tiempo que un humor frío corría en vez de sangre por las venas de nuestros enemigos, a quienes el susto hizo caer de las manos de la pluma, que pretendía dictar

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órdenes de fuego y de sangre. En fin, del cielo nos ha venido el laurel.

¡Americanos! ¡Pueblos todos del mundo! Dignaos de arrojar una mirada rápida sobre todo lo que hemos dicho, y sentenciar con imparcialidad y con justicia, si hemos tenido bastantes y sobrados motivos para desconocer cualquiera otra autoridad que no sea la inmediata de nuestro amado Soberano el Sr. D. Fernando VII.

Mirad por una parte las intrigas de Napoleón, las infinitas artes seductoras de los franceses, el riesgo de ser acometidos por sus satélites, el descuido o malicia de los jefes del Reino, la indiferencia con que se miran los puertos, la aniquilación del erario en empresas frívolas y la perfidia de gran parte de los europeos españoles, su adhesión a Bonaparte tan comprobada y auténtica, la correspondencia de muchos de los que viven en América con aquel tirano o con sus dependientes.

Mirad por otra parte una infinidad de injusticias, de violencias, de atentados contra la humanidad; una espantosa infracción de todas las leyes, de todos los principios de la política, de todos los sagrados derechos del hombre, un cúmulo asombroso de procedimientos despóticos, de opresiones tiranas y de pruebas auténticas del sistema caprichoso que se había formado el fatal gobierno.

Mirad, cómo donde quiera que se junta un grupo de europeos, se erige una soberanía sin tener autoridad, ni poderes para ello; que se hace reconocer por tal a favor de la mentira, de la intriga y de la violencia; y que sucesivamente nos quieren hacer vasallos ya de la Junta de Sevilla, ya de la Central, ya del Consejo de la Isla de León; y que quizá mañana nos querrán hacer esclavos de Mallorca, de Ibiza, de Tenerife o

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de cualquier otro lugar en donde se les antoje unir un puñado de gentes ambiciosas de denominación. Acordaos que en la junta de 11 de septiembre se sostuvo públicamente en esta Capital, que donde se hallase un solo vocal de la Junta de Sevilla, allí estaba la Soberanía.

Mirad como esas Juntas no aspiran sino a extraer todo el oro y plata que recogen con sudor y fatiga los labradores, los artesanos, los mineros, los pobres de este suelo, y que con diversos pretextos, con nombres espaciosos ya de contribución, ya de donativos dejan perecer de hambre las tres partes de nuestros compatriotas, exportando los caudales para sostener el lujo y entretener las pasiones de los que se erigen en Soberanos. Buen testigo es Sanllorente, lo es también el decreto de los cuarenta millones, que la Junta Central exigía de la América, si no queréis volver los ojos a los tiempos de Godoy, cuando con nombre de Consolidación arrebató los tesoros de las iglesias y la sustancia con que se mantenían los Ministros del Santuario.

Mirad la maniobra con que los jefes de América sostenían por su interés aquellas Soberanías y el interés con que aquellas Soberanías sostenían a los jefes en América, ayudándose recíprocamente a mantenerse en su elevación. De otra manera ni aquellos hubieran sido legisladores de América, ni éstos hubieran obedecido sus sanciones. Ya visteis que no fueron reconocidas en este Reino la Junta de Sevilla, ni la Junta Central, hasta que por estos mismos tribunales se decretó la continuación del Gobierno de este Virrey y de los Oidores; y que cuando se dijo, que la Regencia criaba nuevo Virrey y Audiencia, se retardó su reconocimiento hasta asegurarse de lo contrario.

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Mirad el escándalo que se ha dado que se ha dado al mundo con los atentados del Gobierno contra la Iglesia de Jesucristo. A la ocupación que Godoy había hecho de todas las propiedades de la Iglesia y Monasterios, se han seguido innumerables actos contra su inmunidad. Se arrancó de la puerta de la iglesia el Edicto de un Obispo36 en que exhortaba a orar por la felicidad de las armas de España. Se insultó este mismo Obispo con un oficio escrito con la pluma más atrevida que la de Dupin, y con tinta más negra que la de Voltaire37. Se procesaron los clérigos, se redujeron a duras prisiones, se dictaron sentencias de muerte contra ellos, se derramó en Quito su sangre.38 Se habilitaron los días más sagrados para acordar negocios ridículos, se lidiaron toros en Lunes y Martes Santo, y el Jueves y el Viernes Santo, se ocuparon en enseñar a las milicias el ejercicio militar por el Comandante Cristiano Don Gregorio Angulo39. Se hizo cuartel general de la iglesia de Capuchinos del Socorro, se puso la batería en la tribuna del Coro, y desde allí se dispararon los fusiles contra los inocentes y desarmados paisanos40. Se fingieron censuras de la Inquisición para oprimir a los Sacerdotes, se ocultaron por mucho tiempo las declaraciones de aquel Tribunal que protegían la inocencia y se pretendió abusar de sus providencias para hostilizar con las armas de la fe…41

Mirad como se despreciaban las ciudades, esos ilustres cuerpos que representaban los pueblos. ¡Con qué desdén se volvía la espalda a los Alcaldes! ¡Con qué desdén se volvía la espalda a los Alcaldes!

36 Acuerdo de la Audiencia de Quito.37 Oficio de D. Gregorio Angulo al señor Cuero, Obispo de Qui-to.38 Azuero, Gómez y Rosillo. Dos murieron en Quito.39 Viaje imaginario. 40 Relación de los sucesos del Socorro.41 Causa de José María Estévez.

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¡Con qué despotismo se sofocaba su voz! ¡Con qué arrogancia se desatendían las representaciones de los Cabildos! se quitaban y se ponían, se aumentaban y se disminuían los Regidores por capricho. Se colocaban contra el voto de las ciudades nuevos empleados en los Ayuntamientos42, se amenazaban, se multaban, se reducían a nada los representantes del pueblo43 hasta denegarles el esculpir en las monedas que se fundieron para la Jura de Fernando VII las armas de esta ciudad, sustituyendo en lugar de ellas una cifra ridícula. Tan cierto así es, que los amigos de Godoy no les era muy grato el reinado de Fernando.

Mirad a la injusticia dominante sobre el tesoro que le había levantado la tiranía. Allí había abierta una puerta franca para los denunciantes con calidad del secreto de sus nombres, a fin de que las venganzas y los resentimientos diesen materia para encabezar el proceso de los que pretendían proscribir. Allí se abrían calabozos para sepultar a los americanos, olvidándoles por largo tiempo, sin oírles, sin permitirles defensa, sin compadecerse de sus enfermedades, hasta dejar-les morir de hambres y de miseria44. Por todas partes se oía resonar la trompeta del terrorismo; los cami-nos estaban atemorizados por las continuas correrías de soldados armados que buscaban a los proscritos; las calles de los lugares se veían llenas de patrullas; los ciudadanos eran arrastrados a los Tribunales sin constar algún delito; la inocencia era confundida por la calumnia; la defensa de los presos era artificiosa-mente dilatada, entorpecida con disimulo, sofocada con terceros fingidos, con estratagemas capciosas, con especiosas acusaciones45 Los testigos eran inti-midados con amenazas, seducidos por sofismas, pre-

42 Seis se aumentaron en Santafé.43 Expediente sobre el Alférez Real D. Bernardo Gutiérrez.44 D. Joaquín Tobar y otros en Cuenca, y en el Socorro.45 Causa de los quiteños, del D. Rosillo Gómez, etc.

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guntados con prevención, asombrados con pretextos y quimeras. Las preocupaciones del pueblo se tenían por acusaciones jurídicas, los denunciantes infieles y apasionados, eran admitidos como acusadores lega-les; los vivos eran comprendidos en los errores de los muertos46. Ya no había ley, ya no había un juicio ma-duro y detenido para condenar a muerte: bastaba para ello los clamores de la prevención, las invectivas de la calumnia, las solicitudes del rencor, y un solo letrado rural conocía, sentenciaba y hacía ejecutar.47

Finalmente, mirad las heridas que se dieron a la fe pública, y a la común utilidad. La fe pública se quejaba de una infinidad de mentiras, de suposiciones, de noticias falsas que se esparcían en el pueblo para tenerle deslumbrado con papeletas y gacetas impresas por el Capricho48. Se quejaba de la violación de las promesas ofrecidas en bandos públicos, de los juramentos más solemnes quebrantados con escándalo49, y de la interceptación de las cartas de correspondencia, la que llegó al atrevimiento de abrir, de copiar y comunicar no solamente los pliegos oficiales, sino también las cartas familiares que Don Carlos Montúfar (este comisionado de una Autoridad a quien estos jefes se fingían reconocer cuando les convenía) había escrito a sus parientes50.

La pública utilidad se quejaba también de que el Gobierno había obstruido todos los canales de la felicidad del Reino. El tiempo de guerra, cuando España no podía suministrar géneros ni efectos 46 Se trajo a la vista la causa del año de 1781.47 Tragedia de Pore.48 Decreto de 30 de abril de 1810.49 Bando publicado en Quito.50 Carta del Presidente Ruiz de Castilla, de 21 de julio de 1810. Copia de las cartas de Montúfar a su hermana doña Rosa, fecha en Cartagena a 10 de mayo, y otra fecha en Santafé a 21 de junio de 1810.

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para el consumo, vio que se cerraron los puertos al comercio de las potencias neutrales, a pesar de las reclamaciones del Consulado de Cartagena, dando lugar al contrabando y causando al Erario la pérdida de muchos millones de pesos en los derechos de Aduana51 que se prohibió la salida de las canoas para el Chocó, causando la pérdida de los comerciantes que tenían acopios de quinas y frutos, con improbación del Consulado52, que cuando a repetidas instancias del comercio se abrieron los puertos, se recargó un derecho de un cuarenta y cinco por ciento53 a los efectos, dejando seguir el contrabando y fomentando la mala fe, y la inmoralidad de las costumbres. Vio también, que siendo de primera necesidad para el comercio la apertura de caminos, y la composición de canales y lagunas, entorpeció el Gobierno la graciosa composición del Canal de las Flechas que a su costa trabajaba el patriota don José Ignacio de Pombo, que multó al Consulado de Cartagena sobre una simple queja del Marqués de Valdehoyos54, que amenazó a don Ignacio Ugarte, porque a costa del citado Consulado promovió la composición del arriesgado paso del Pretel en el Río Magdalena y le preciso abandonar obra tan útil55, que incomodó y cansó al patriota Francisco Javier Roel, quien a su costa trabajaba en la apertura del camino que va de Opón al Magdalena, hasta obligarle a desamparar su trabajo tan benéfico56, y que teniendo detenidos los caudales del ramo del Camellón, destinados a la composición de caminos, se abandonaba absolutamente, este cuidado de policía, permaneciendo los caminos de Honda, de

51 Representación de D. Manuel Pombo.52 Orden de 27 de septiembre de 1795.53 Con los aforos de la Plaza resultaba la contribución en su to-tal.54 Expediente en la Secretaría año de 1805.55Ibid. Expediente con plano D. Vicente Talledo.56Expediente Ibid. 806.

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La Mesa y generalmente, todos los del Reino tan ásperos e intransitables, que no solamente morían en ellos las mulas de los carruajes, sino también muchos trajinantes y arrieros.

La felicidad pública se quejaba también de ver a los indios bajo el yugo de un injusto y tiránico tributo. Después de exigirles todo el precio de sus labores, se les abandonaba como a bestias; no había en sus pueblos una escuela pública para educarlos, ni un hospital para curar enfermedades, pero ni tenían cama en qué dormir, ni con qué comer, pereciendo las tres partes de ellos de necesidad y miseria. Los indios de Nemocón con más de cien mil pesos estancados en la Tesorería de esta ciudad, pero siendo dueños de este caudal, no pudieron jamás conseguir que el Virrey les diese de su haber ni un solo real para la fábrica de su Iglesia, que está arruinada, ni para provisión de herramientas y de semillas para labrar sus tierras, ni para el sustento de sus familias que se hallan hambrientas y desnudas. En vano reclamó su benéfico Cura Don José Torres, en vano instó, y suplicó que se socorriese a esos infelices. El duro corazón del Virrey no se movió a la triste pintura que de los miserables hizo el citado Cura y les denegó todo auxilio. Esta negativa cruel dio motivo par que aquel piadoso sacerdote abandonase aquel curato.57

Semejante a la de los de Nemocón fue la suerte de los Indios de Fontibón. Las rentas de sus tierras entraban al bolsillo del Fiscal, por ironía su Protector. Imposibilitados los indios de presentarse ante aquella cruel divinidad, que les miraba siempre con desdén y altanería, no osaban pedir cuenta de sus haberes. Temerosos de recibir un insulto y una larga prisión en lugar de dinero, dejaron correr muchos años sin

57 Expediente de los indios de Nemocón en la Secretaría de Gobierno.

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pedirlo. El Fiscal Protector se aprovechaba de esta cobardía, jamás alargó su mano para pagarles lo que justamente les debía, y el día en que le sacaban preso para Cartagena salieron al camino los indios de Fontibón a demandarle sus caudales. Esta fue la única vez que tuvieron resolución para hacerlo, pero el Fiscal no tuvo con qué poderles satisfacer, y don José Acevedo, generoso patriota, olvidando los agravios que había recibido del Gobierno, se ofreció a pagar por el Fiscal a fin de conservarle la vida. También los indios de Coyaima y de Natagaima… Pero la brevedad de este papel no sufre el infinito número de ejemplares que pudiéramos añadir.

Más no son estos solos los males que ha sufrido del Gobierno la pública utilidad. Este despótico Gobierno, para obtener de la América una obediencia ciega a la arbitrariedad de sus leyes, procuró mantenerla en una profunda ignorancia así de las obligaciones de un Gobierno justo, como de los derechos sagrados del hombre. La Corte de España consiguió persuadir al vulgo que era un delito razonar sobre estos asuntos58. Lejos de la América el conocimiento del derecho público y de gentes59; lejos de ella cualquier libro que pudiera dar luz sobre la libertad de los pueblos; la lección de Robertson fue prohibida con pena de muerte60, y la reimpresión de los Derechos del Hombre fue castigada con expatriación del noble americano Don Antonio Nariño, el que después de una dura prisión fue como un criminal conducido a España, como arrastrado ignominiosamente; a los presidios de Cartagena el impreso Don Diego Espinosa… Lejos también de esta cautiva y desgraciada parte del mundo aquel precioso vehículo por donde se difunden

58 Carta dirigida a los americanos. Londres, 1801.59 Se suprimió en Santafé la Cátedra en 1801.60 Cédula Real que se conserva en el archivo de la Mesa de Juan Díaz.

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los conocimientos del hombre, por donde se propagan sus ideas, y se facilitan los recursos para su felicidad. La imprenta, digo, no era permitida a los americanos. El noble y generoso patriota D. Manuel Pombo compró en Filadelfia una imprenta, la presentó al Consulado de Cartagena; el Virrey Amar consiguió real orden para que no se usase de ella, fue sepultada y condenada a perderse, hasta que en 1808 fue puesta en uso para reimprimir los mentirosos papeles que traía Sanllorente, a fin de deslumbrar a las gentes sobre el verdadero y fatal estado de la Península.

¿Pero qué diremos de los perjuicios que las artes y la agricultura han recibido de este fatal Gobierno? Nada se permitía hacer a los americanos. El D. Lasso plantó el lino en Bogotá, el Gobierno reprobó aquel plantío. El doctor Neira puso algunas cepas en Sutatenza, el Gobierno las arrancó. Girón costeó la fábrica de paños de Quito, el Gobierno dio en tierra con la fábrica y con Girón. En Santafé puso D. Juan de Illanes un batán, el gobierno lo perdió; Chavarría intentó fabricar losa para el servicio de mesa, el Gobierno se lo impidió y quiso desterrarle. Pierre estableció fábrica de sombreros, el Gobierno puso mil trabas a su proyecto, y si aún subsiste, es a la sombra del nuevo Gobierno. Así los americanos se veían precisados no solamente a no emprender, a no trabajar, a no manifestar sus luces y talentos, sino también a comprar todos los géneros a precios más caros, pues en los años pasados han recibido la resma de papel a veintiséis pesos fuertes, el quintal de fierro a treinta pesos, y cuarenta y ocho pesos la arroba de vino para la celebración de las misas,61 y así de los demás.

¡Americanos! Los hechos que apresuradamente os presenta este escrito, son hechos verídicos, notorios e innegables del Gobierno en estos últimos años,

61 Libros de gasto de Boyacá y del pueblo de Suxa, y hasta cien pesos.

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pero son la mínima parte de los que pudiéramos presentaros si la brevedad, que pide un papel que debe circular con prontitud, no detuviera nuestra pluma. Hechos en verdad que provocan a indignación a todo el mundo, pero que en nuestros compatriotas deben excitar aquel placer que experimenta el cautivo cuando ve rotas las cadenas de su esclavitud. ¡Ya dieron fin nuestros trabajos! ¡Ya somos libres! Ya es el americano dueño de sus derechos, ya puede leer, escribir, estudiar, comerciar, trabajar, emprender y gozar del fruto de su lección, de su estudio, de sus escritos, de su comercio, de sus trabajos y de sus intereses. Ya no tiene necesidad de que una mano avara y mezquina le dé para su sustento un bocado de pan, ya no le arrancará el poder codicioso el dinero que ha adquirido con su sudor para transmitirlos por sus mares a manos de unos amos déspotas acostumbrados a prodigar en el lujo la sustancia de los trabajadores, ya en fin sabrá que el premio se hizo para su virtud, y que permaneciendo sin crimen, no tiene por qué temer el más ligero agravio. Apreciad, pues, como debéis, el preciosísimo don de nuestra libertad; disponeos a morir, primero que perderla; y para conservarla eternamente, observad las siguientes máximas:Uníos en un solo cuerpo a fin de haceros fuertes e invencibles, porque el lazo de tres cuerdas dificultosamente se rompe. Si vuestras Provincias y pueblos se separan unos de otros, caeréis sin duda en manos de vuestros enemigos. El arte victorioso de Napoleón es la desorganización de las Cortes, y la desunión de los pueblos. No es aún tiempo de adoptar el sistema federativo. Nuestro Norte no entró en él, hasta no tener muy consolidada su libertad.

Olvidad vuestros resentimientos. Si no os estrecháis con el vínculo de la paz, y de la fraternidad, vosotros mismos labraréis vuestras cadenas, seréis vuestros propios destructores, y lo que habéis alcanzado con

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tanto placer, lo perderéis con indecible dolor. Las etiquetas, las rivalidades, las venganzas, labraron los grillos con que yacen cautivas Holanda y Polonia.

Asegurad vuestros puertos, y no déis entrada por ahora a los enemigos de Europa. Napoleón no os hará guerra con soldados franceses. Enemigos españoles serán los que él enviará a sujetarnos, no con fusiles y bayonetas, sino con seducciones y engaños. La constitución Napoleónica será un contagio funesto, que apestará nuestros pueblos. Perseguidla, quemadla, y quemad vivo al que quiera introducirla, o publicarla entre nuestros hermanos. Los más distinguidos oficiales del ejército enemigo vendrán a sorprendernos, disfrazados en hortelanos, peluqueros y aún cocineros. Nada les parece ruin y vil a estas gentes seductoras, como consigan dividir las opiniones, propagar la constitución Napoleónica, y engañar incautos. Aquel Belmon que apareció en nuestra capital poco tiempo hace, aquel que ya decía ser comerciante, ya músico, aquel que fue expelido del antiguo Gobierno, y permaneció muchos meses con nosotros62 este es un español, emisario francés, compañero de aquellos, cuyo retrato y filiación describió en Baltimore don Bautista Bernaben al Consulado de España.63 Este desapareció poco antes de nuestra revolución.

Amad a los buenos y fieles europeos, de los cuales hay muchos y muy conocidos entre nosotros que han cooperado a nuestra libertad. Desconfiad de los facciosos y enemigos de nuestro actual Gobierno. Distribuid indiferentemente entre chapetones y criollos virtuosos y beneméritos, los empleos y las gracias. Nada es tan pernicioso como el no hacer distinción entre la virtud y el patriotismo de

62 Orden a las Justicias de Facatativá, etc.63 Oficio de 3 de enero de 1810.

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los peninsulares, y el vicio e injusticia del antiguo gobierno.

Sed justos en vuestras deliberaciones, porque la Justicia consolida los imperios, y no os dejéis arrastrar del amor, ni del odio, ni de la ambición, ni de la codicia. Platón dice en las Georgias que estos vicios son una lima sorda, que arruina y despedaza los Estados.

Desterrad de vuestro suelo el juego y la ociosidad, principios de la cobardía y medios para la servidumbre. Si cultivareis la tierra, si os ejercitareis en las artes, si premiareis los talentos y la industria, seréis ricos, felices, inexpugnables.

Pero la primera de las máximas que debemos observar, es postrarnos humildes delante del Dios de los Ejércitos, darle toda la gloria, porque sólo Dios con repetidos prodigios nos ha dado la libertad, y a El solo debemos adorarle con afectuosa acción de gracias, y cuidar escrupulosamente de servirle, de honrar su santa religión, la sola verdadera Religión, la Religión Católica, y guardar su santa ley, para que consolide la obra que ha empezado. Acordémonos de que las calamidades y esclavitud de la mayor parte de Europa, debemos atribuirlas a las causas a que el gran lírico atribuía las calamidades de Roma.

… Unde anus ventusmetu oerum uit?64

ilecta yorum eritus lues.mane, donec empla refecerisAedesque labentes desrum, etFoeda, nigro simulacra fumoDus te minorem, quod geris imperas,Hinc omne principium, huc 64 Horat, lib. I, Pd. 35.

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referexitium,Dii multa neglecti dederantHesperie mala luctuose.65

La Suprema Junta en Acuerdo del día de hoy ha aprobado este Manifiesto y sancionado su publicación.

Santafé de Bogotá, septiembre 25 de 1810.

Frutos Joaquín Gutiérrez Camilo TorresVocal Secretario Vocal Secretario

Publicado originalmente, como folleto, en la Imprenta Real de Santafé, 1811. Fue reeditado por Eduardo Posada en los Anales de Jurisprudencia de Bogotá (1910), por el Banco de la República en la compilación titulada Proceso histórico del 20 de julio (1960, p. 210-249) y por Eduardo Ruiz Martínez en Los hombres del 20 de julio. Bogotá: Universidad Central, apéndice VI, pp. 428-471.

65 Horta. Lib. III, Od. 6.

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Tunja

Noticia de la Junta de Tunja, 31 de julio de 1810

Esta ciudad, siguiendo los votos y sentimientos generales de los pueblos de conservar su legal representación y confianza en sus gobernantes, ha erigido una Junta Provincial de Gobierno, en los términos que le ha dictado la prudencia, según sus circunstancias locales. El día 26 se celebró un Cabildo abierto a solicitud de su procurador general, y en él se acordó la instalación de dicha Junta, como se verificó después, compuesta de los señores corregidor, don Andrés Pinzón y Zaylorda, su presidente; todos los miembros de aquel ilustre Cabildo, con título de vice-presidente el señor alcalde ordinario de primer voto; los tres reverendos curas, los cuatro reverendos prelados de las religiones de San Francisco, Santo Domingo, San Agustín y San Juan de Dios; el doctor don Joaquín Umaña, actual procurador general, el administrador de la renta de alcabala, don Pedro José Ynestrosa; el doctor don Juan Nepomuceno Niño, el doctor don José Cayetano Vásquez, el doctor don José Manuel Lagos, los dos diputados de los cabildos de Muzo y Leyva, que deben concurrir como vocales, y el escribano de cabildo, don José Dimas Azevedo, nombrado secretario.

Publicada en El Argos Americano. Cartagena. Nº 1 (17 de septiembre de 1810)

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Neiva

Noticia de la formación de la Junta de Neiva

27 de julio de 1810

Excelentísimo Señor [Pablo Morillo]:

El Corregidor de Neiva por Su Majestad (que Dios guarde) a vuesaexcelencia con el más profundo respeto dice: que por seguir el ejemplo de esta capital y demás provincias del Reino, acordó la citada de Neiva separarlo del Gobierno y Administración de los reales tributos, lo que se verificó el veinte y siete de julio de mil ochocientos diez, por acuerdo del Cabildo de aquella capital, a solicitud de su procurador don Joaquín Chacón, quien sólo expresó que porque así convenía. Sería molestar la superior atención de vuesaexcelencia si hubiera de hacer una exacta relación de las persecuciones, prisiones y trabajos que en el dilatado espacio de seis años ha sufrido; baste por ahora decir que ha sido declarado (por el insurgente Tribunal de Vigilancia) por enemigo de la causa americana, según consta del expediente que en dicho intruso Tribunal se me formó por haber intentado que la citada Provincia de Neiva se rindiese, jurase y reconociese a nuestro amado Soberano el señor Don Fernando Sétimo. Que después por el Gobierno de esta Capital fue puesto en lista para que el traidor,

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cruel e inhumano Simón Bolívar le decapitase, lo que no se verificó, porque pudo fugarse del sitio del martirio a las montañas, con los trabajos que se dejan entender, en las que milagrosamente salvó la vida.Luego que vuesaexcelencia se halle más desembarazado, procuraré informarle por menor para que se digne elevarlo a noticia de Su Majestad; como el que ha sido el defensor de todo español, salvando las vidas a los que se hallaban en las cárceles de esta capital para víctimas del furor del titulado Congreso; y por ahora cierto y satisfecho de su lealtad y procedimientos.

Suplica a Vuesaexcelencia se digne decretar la restitución a sus empleos, en los mismos términos que por Su Majestad le fueron conferidos, mandando se le abonen los sueldos devengados a costa de culpados, con los daños y perjuicios inferidos, que así es de justicia, y conforme a las reales intenciones de Su Majestad.

Santafé, veinte y siete de mayo de mil ochocientos diez y seis.Licenciado Don Anastasio Ladrón de Guevara66.66 Este licenciado había llegado a Neiva el 18 de diciembre de 1808, procedente de la Península, para ejercer el cargo de corre-gidor de la provincia de Neiva por seis años. Los títulos que usaba en sus despachos fueron los siguientes: “Abogado de las Reales Audiencias de Sevilla y Santafé, corregidor y justicia mayor de esta ciudad de Neiva y su provincia, en ella alcalde mayor de mi-nas, juez subdelegado de las reales rentas, corregidor del partido de Paeces y administrador de tributos por Su Majestad que Dios guarde, etc. Cfr. AGN, Empleados Públicos del Tolima, tomo 14, f. 800; tomo 21, f. 352. Puesto preso el 27 de julio de 1810, reco-bró su libertad el 20 de enero de 1812 por un acuerdo dado por el Colegio Electoral que, además, le concedió pasaporte. En 1813 le dirigió una carta al alcalde ordinario de Neiva excitándolo a que recibiera en paz las tropas realistas comandadas por el brigadier don Juan Sámano, que se decía habían entrado en Popayán. In-formado del asunto el general Nariño, dictador de Cundinamarca,

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CertificaciónCertifico y en caso necesario juro in verbo sacerdotis tacto pectore et corona para ante Su Majestad (que Dios guarde), tribunales superiores y demás señores jueces que convenga: que hallándose de Corregidor Justicia Mayor de esta Provincia el Licenciado Don Anastasio Ladrón de Guevara, en el año de mil ochocientos diez, el veinte y siete de julio de dicho año se sublevó esta capital (Neiva) con la noticia de lo ocurrido en la de Santafé, y el Cabildo, a solicitud de su síndico procurador general, acordó deponerlo del mando, arrestándolo y embargándole todos sus bienes…

Doctor José Joaquín Cardoso, cura de Villavieja

le hizo capturar en la hacienda de Tena, donde a la sazón residía, propiedad de don Clemente Alguacil, aquel sujeto cuyo nombre había sonado tanto en Santafé en la noche de los negros. Ladrón de Guevara fue encerrado en la cárcel pública de esta ciudad y priva-do del pasaporte que tenía para trasladarse a España o a Inglaterra. Cuando Bolívar se apoderó de la capital de Cundinamarca (1814), huyó a las montañas. Morillo lo restableció en su antiguo empleo de corregidor de Neiva por decreto de 31 de mayo y oficio de res-titución de 2 de junio de 1816, en atención a “haberse mantenido durante las convulsiones pasadas con la fidelidad y obediencia al Soberano, de un buen español”. El 1o de julio siguiente se posesio-nó, pero pronto comenzó a alegar enfermedades y a solicitar repe-tidamente licencias para separarse de Neiva, hasta conseguirlo en la segunda mitad de 1817. En agosto de 1819, al tener noticias del triunfo de las armas patriotas en Boyacá, emigró a Popayán. Cfr. Noticias recopiladas por don José María Restrepo Tirado.

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Timaná y Garzón

Acta de formación de la Junta6 de septiembre de 1810

Acta de adhesión a la Junta Suprema de Santa FeEn la villa de Timaná, a los diez y siete días del mes de agosto de mil ochocientos diez. El cabildo, justicia y regimiento, a saber: don Joseph Manuel de Silva, alcalde ordinario de segundo voto; don Juan Nicolás de Cuellar, regidor perpetuo alférez real y alcalde ordinario de primer voto en depósito; don Pedro de Iriarte, regidor perpetuo alcalde mayor provincial; don Jorge Tomás de Hermida, regidor perpetuo fiel ejecutor, y don Vicente Sánchez, síndico procurador general y padre de menores, congregados en las casas capitulares con el objeto de tratar y conferir lo más conveniente al bienestar de esta república, paz y tranquilidad de ella, en obsequio de nuestra religión católica apostólica romana, de nuestra patria y nuestro legitimo soberano el señor don Fernando Séptimo, que Dios guarde, se recibió un pliego que habiéndose abierto se encontró que contenía la plausible noticia de la instalación de la Junta Suprema provisional e interina, verificada en la noche del día veinte de julio último, compuesta del excelentísimo señor don Antonio Amar, su presidente; señor don

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José Miguel Pey, alcalde ordinario de primer voto de la capital, vicepresidente; de los señores de su muy ilustre cabildo, y vocales diputados por voluntaria proclamación del pueblo de la misma capital del Nuevo Reyno de Granada, de Santafé y sus contornos, conforme a los derechos parciales reasumidos en el mismo fiel y generoso pueblo, y en las circunstancias, bajo la augusta representación, y augusta soberanía del señor don Fernando Séptimo, arreglada a los principios constitucionales del derecho de gentes y leyes fundamentales del Estado Español. Todo comunicado por la misma Suprema Junta, con oficio de veinte y nueve del mismo mes citado, con anuencia de los documentos de su instalación, del bando comprensivo de los artículos que se han de observar, y demás prevenciones relativas al buen orden de los pueblos en sus justas solicitudes, del oficio su fecha treinta del supracitado mes que anuncia el ejemplar de la convocatoria expedida con motivo de lo ocurrido en la capital el mismo día veinte y siguientes, para que en su inteligencia concurra este cuerpo con su influjo y representación a reunirse a la Junta Suprema.

Impuesto este cabildo de todo lo referido, y satisfecho de la importancia de sus fundamentales particulares, acordó lo siguiente:Primeramente que se observen, cumplan, guarden y ejecuten todas las providencias dictadas por la Suprema Junta provisional de la capital de Santafé, como dirigidas a la felicidad y tranquilidad de los pueblos, bajo la augusta representación y amable soberanía de nuestro legitimo monarca el señor don Fernando Séptimo, y que reunidos nuestros sentimientos y los de nuestro vecindario a los de la misma Suprema Junta, sólo prevalezca invencible la defensa de la religión, de la patria y del rey.

Que en desempeño de tan preciosos y sagrados objetos, sacrifiquemos todas nuestras personas, vidas

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e intereses, con absoluta detestación de cuanto pueda impulsar el espíritu de la desunión, fin particular o venganza. Y respecto a que la Suprema Junta se halla felizmente adornada de personas tan caracterizadas, sabias y de probidad, como las de que se compone; sus determinaciones sucesivas en el interesante asunto de la conservación del Reyno serán para este ayuntamiento el nivel de sus procedimientos y el oráculo de su adhesión y obediencia; y con este discurso contribuye por ahora, un escaso indicio del agradecimiento que recuerda al corazón de este cuerpo los memorables hechos patrióticos de esa Suprema Junta y del generoso pueblo que la indicó en favor de todo el Reyno. Se contestarán sus oficios con copia de esta acta.

La convocatoria, bandos, acuerdo y proclama de que se ha hecho mención se promulgarán en esta villa en la forma acostumbrada, dirigiéndose los correspondientes ejemplares a las parroquias de su comprensión para que sus respectivos jueces partidarios practiquen igual diligencia y la devuelvan con el comprobante de su cumplimiento, y que todo se agregue al libro capitular que principia con esta acta.

Que en cuanto a la diputación de representante de este cabildo y su jurisdicción, se expidan oficios a los pueblos de su comprensión a fin de que de cada uno de ellos concurra un individuo para proceder al acto de su elección. Que verificada ésta se pida aprobación a la Suprema Junta, con la permisión de que desempeñe la confianza con independencia del diputado que se elija por los demás cabildos de cada provincia, en la firme inteligencia de que no por esta independencia se entienda la de la unión y reciproca alianza de este cabildo con los de la provincia; y sólo si para la mayor satisfacción del pueblo, y evadir quejas de poca consideración, que cuando no interrumpa el buen orden y organización de la Suprema Junta, a lo menos

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quitan el tiempo preciso para la expedición de los asuntos de importancia. Con lo cual se concluyó este acuerdo que firmamos por nosotros, y ante nosotros en defecto de escribano.

José Juan de Silva. Juan Nicolás de Cuellar. Pedro de Iriarte. Jorge Tomás Hermida. Vicente Sánchez.

Petición del procurador generalSeñores del muy ilustre Cabildo justicia y regimiento.El síndico procurador general de esta villa, impuesto de los derechos del público por lo acaecido en la capital del Reino, según lo manifestado por los papeles públicos que se nos han mandado de la Junta Suprema, y por lo que últimamente se ha practicado en Neiva, capital que ha sido de la provincia, se halla en la previsión de hacer presente a V. A. que los mismos derechos que han tenido aquellos pueblos para instalar sus juntas y establecer un nuevo plan de gobierno, nos mismos residen en este noble y fiel vecindario, y por lo mismo parece que si no se procede al ejemplo de la capital debe formarse una queja horrible por todo el vecindario contra su síndico por no haber representado sus derechos. Por tanto pues, y porque nos singularicemos en todo el Reino y manifestar hasta en esto la unión y concordia de todos nuestros compatriotas, es preciso que se proceda en los mismos términos a instalar una Junta Gubernativa de esta jurisdicción, para que en ella deposite el Pueblo sus derechos y confianzas, siendo este procedimiento con acuerdo de todo el vecindario, para lo cual se deberá hacer un cabildo abierto, citándose a él a todos los vecinos principales de los pueblos de que se compone esta jurisdicción, sus alcaldes partidarios y hermandarios, y por separado se les pase oficio a los señores curas y demás eclesiásticos, para que todos ellos, con acuerdo de este ilustre cuerpo, nombren los sujetos que sean de su satisfacción, para que sean los

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magistrados que los gobiernen, y que como buenos hermanos de la capital de Santafé, y verdaderos compatriotas, olvidemos hasta los nombres del antiguo gobierno, respecto a haberlos sido tan odiosos a aquellos nuestros hermanos. Timaná, agosto 27 de 1810.

Otrosi digo: que con respecto a que se halla abolido el antiguo gobierno, y que por lo que se nos dice por la capital del Reino en su convocatoria de veinte y nueve de julio del presente año, que no intenta prescribir reglas, ni se ha erigido aun de superior de las provincias, nos hallamos sin un tribunal superior a donde hacer nuestras gestiones, y por lo mismo en virtud de las circunstancias del día estamos en el caso de ser facultativos para proceder por nosotros mismos a todo aquello que sea conveniente al beneficio de la Patria, bien y utilidad de la República; y así ahora es tiempo de que logremos la traslación de la villa a la parroquia de Garzón, como centro de la jurisdicción, respecto a que hace muchos años se está premeditando y que las circunstancias del día exigen prontitud de dicha traslación, como que en ella debe celebrarse el cabildo abierto para la instalación de la Junta que he pedido, a cuyo efecto la convocatoria se debe hacer a la dicha parroquia, mandando que sin pérdida de tiempo se saque el archivo por la comodidad que le brinda a todo público, quien muchas veces me ha encargado la conciencia sobre el particular, y que todo es así de justicia, que pide este ministerio; ut supra.

Vicente Sánchez.

Sala capitular de Timaná y agosto 28 de 1810.Estese a lo decretado por este cabildo en el celebrar el día de hoy con este motivo. Así lo decretamos y firmamos los capitulares actuales por nos y ante nos por defecto de escribano.

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José Manuel de Silva. Juan Nicolás de Cuellar. Pedro de Iriarte. Jorge Tomás de Hermida.

En el mismo día se le hizo saber al señor procurador, que quedó impuesto y firma con nos.José Manuel de Silva. Juan Nicolás de Cuellar. Pedro de Iriarte. Jorge Tomás de Hermida. Vicente Sánchez.

Acta del Cabildo de TimanáEn la villa de Timaná, a los veinte y nueve días del mes de agosto de mil ochocientos diez. El cabildo, justicia y regimiento, a saber: don Joseph Manuel de Silva, alcalde ordinario de segundo voto; don Juan Nicolás de Cuellar, regidor perpetuo alférez real y alcalde ordinario de primer voto en depósito; don Pedro de Iriarte, regidor perpetuo alcalde mayor provincial; don Jorge Tomás de Hermida, regidor perpetuo fiel ejecutor, y don Vicente Sánchez, síndico procurador general y padre de menores; congregados en las casas capitulares con el objeto de tratar sobre los asuntos ocurrentes al bien común y su tranquilidad, y particularmente sobre la solicitud que en este acto produjo el señor procurador general a nombre del público, con presentación de un escrito, exponiendo que importa para la seguridad del Pueblo, y conservación de los derechos sagrados de la Religión, de la Patria y de nuestro legítimo soberano el señor don Fernando Séptimo, el que se erija una Junta provisional interina en este villa, a ejemplo de la que se ha instalado en la capital del Reino, y como consecuencia en la ciudad de Neiva y otros lugares del Reino, y que al efecto se celebre un cabildo abierto a que concurran todas las justicias, eclesiásticos y vecinos de la jurisdicción, al importantísimo asunto de elegir a su satisfacción individuos en quienes depositen sus derechos y confianzas para el nuevo gobierno patriótico que debe componer dicha Junta respecto a hallarse extinguidas las autoridades y tribunales del antiguo gobierno que

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tanto ha perjudicado derecho de gentes, y que para que este cabildo se verifique sin gravamen ni inconveniente del Pueblo se represente en la parroquia de Garzón, que es el centro de la jurisdicción; y por este poderoso motivo pedía también, a nombre del público, de trasladar con totalidad a dicha parroquia el cabildo, concertorio, o lo que deba existir para gobierno del Pueblo. Este cuerpo, siempre instalado de los poderes respecto del bien común, y su tranquilidad, y como principal representante del Pueblo en tales circunstancias, tuvo a bien decretar lo siguiente: Que se proceda inmediatamente a la celebración del cabildo público en la parroquia de Garzón, como pide el señor procurador general, y que al efecto se proporcione una casa desembarazada, capaz y en la plaza pública, en donde se pueda celebrar esta función sin incomodidad. Que se expidan oficios convocatorios con inserción de este acuerdo al vecindario por el conducto de los jueces partidarios de las parroquias, emplazándoles para que el día cinco del entrante mes de septiembre concurran todos a dicha parroquia, para que al siguiente día, a la hora de ocho, se verifique el acto. Para la convocatoria en la viceparroquia de Lavogos y Suara, que no hay juez partidario, se hará en la primera por el vecino don Pedro Sánchez, y en la segunda por don Salvador Díaz. En los oficios relativos a los señores párrocos se comprende el preciso encargo de convocar a los indios de los que tienen doctrina a su cargo, dirigida a los mandones de cada pueblo. Que en cuanto a la traslación total de este cabildo, y de su archivo, se determinará y resolverá en el cabildo convocado, para satisfacción del pueblo que lo pida. Con lo cual se concluyó en el acuerdo, que firmamos los capitulares de que compone este cuerpo, por nos y ante testigos a falta de escribano.

José Manuel de Silva. Juan Nicolás de Cuellar. Pedro de Iriarte. Jorge Tomás de Hermida. Vicente Sánchez.

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En el mismo día de la data de este acuerdo se libraron los oficios que se expresan a los jueces, eclesiásticos y vecinos de la jurisdicción que comprende esta villa, y todos fueron notificados, de que se certifica.

Acta del cabildo abierto que constituyó la JuntaEn la parroquia de San Miguel de Garzón, jurisdicción de la villa de Timaná, a los seis días del mes de septiembre del año de mil ochocientos diez. El Cabildo Justicia y Regimiento, a saber: don Juan Nicolás de Cuellar, regidor alférez real y alcalde ordinario de primer voto en depósito, don José Manuel de Silva, alcalde ordinario de segundo voto, don Pedro de Iriarte, alcalde mayor provincial y regidor, don Jorge Tomás de Hermida, regidor fiel ejecutor, y don Vicente Sánchez, síndico procurador general de la referida villa y su partido, en consecuencia de lo que se tiene acordado, a representación del dicho síndico procurador, en orden a la necesidad que había de celebrar cabildo abierto, y que éste había de verificarse en esta parroquia para facilitar al pueblo su concurrencia, a usar del aunque le compete de elegir Junta a su voluntad, y que en ellos quedase depositada la autoridad del gobierno, previos los requisitos de implemento y concurrencia del vecindario, congregados en una casa acomodada en la plaza pública de esta parroquia eclesiástica que comprende la jurisdicción, a saber: Pedro Joseph Borda y Polanco, cura vicario de la parroquia del Gigante; el maestro don Andrés Alba y Cabrera, cura párroco de esta parroquia de Garzón; el maestro don Pedro José Molina, cura propio del pueblo de la Jagua y su partido de libres; el maestro don Francisco Félix Serrano, cura de la parroquia de San Antonio; y los presbíteros don Francisco Sánchez y don Camilo Ignacio de Silva; los jueces de la hermandad, don Salvador Manrique y don Miguel Antonio de Cuenca; los partidarios de las parroquias, don Manuel Poveda, don Vicente Ardila, don Francisco Castaño,

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don Mariano de Iriarte y don Francisco Iriarte; habiendo explorado escrupulosamente la intención del Pueblo, resultó el que éste a una voz expusiese el que se convoque el cabildo, con agregación de nueve vocales más, en cuyo cuerpo recaiga la autoridad mixta superior, distinguiéndose por tal superior (con el tratamiento de V. S., el distintivo de bastón, y uniforme, lo que han de usar todos los del cuerpo) y dos secretarios también, con voz activa y pasiva en las Juntas, como los demás vocales, debiendo ser el alcalde ordinario del primer voto presidente, y el de segundo voto vicepresidente.

Que se conserven anualmente las dos varas ordinarias, las de la Santa Hermandad, las de pedaneos, y ministerio de procurador general y padre de menores, como los oficios de regidores perpetuos y renunciables en los actuales poseedores y demás que le sucedan, pidiendo se ponga en propiedad la vara ordinaria primera vacante en don José Antonio Barreiro.

Que el cuerpo de este Cabildo superior, por la auto-ridad y jurisdicción mixta suprema que le confiere comúnmente el Público, ha de sancionar leyes muni-cipales, ordenanzas, constituciones y reformaciones, y todo cuanto más halle conveniente al establecimiento del precedente nacional gobierno, imponer pechos y derechos que exija la necesidad, a proporción de los caudales, sin que sean sensibles, ni perjudicados los contribuyentes; para nombrar vocales y separar los que se tenga a bien, elegir y poner en posesión anu-almente alcaldes ordinarios, hermandarios, pedane-os, procurador general y padre de menores, agentes públicos, mayordomo de propios y demás empleos y oficios públicos, nombrar intendentes con nombre de ministros del erario público. Igualmente que ha de tener dicho cuerpo, por la autoridad conferida, la de admitir y decidir los recursos de la primera apelaci-ón y suplicación que se deberán interponer para ante

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el superior ayuntamiento de las determinaciones de todos los jueces de esta jurisdicción, y la de la fuer-za cuando la requiera, en las causas entre los fueros eclesiásticos y secular, quedando en todo el lugar de la segunda apelación a la Junta suprema de Santa Fe, como último regio recurso.

Que los secretarios sirvan para el despacho universal, y se les guarde crédito y fe pública en juicio y fuera de él, que puedan romper o formar protocolos en papel del sello cuarto (sin mezcla de otro sello para no gravar al público) en donde reciban y registren todo género de escrituras públicas, instrumentos y demás instrumentos, según ha sido costumbre entre los escribanos del número y demás reales, que gocen y perciban por su trabajo y ocupación todos los derechos que devenguen, en tanto se les proporciona renta fija para su compensación y alivio del público. Que para evitar fraudes en las escrituras y autos y demás providencias, conviene la continuación del papel sellado, con el sello que ponga este ayuntamiento, como que su producto corresponde al tesoro público, con encargo y fidelidad de los ministros de él. El sello primero que valga solamente cuatro reales el pliego y sirva para títulos y no más. El segundo valga dos reales y sirva para testimonios y no más. El tercero valga el medio pliego medio real, y sirva generalmente para protocolos, actuaciones, pruebas y finalmente para todo cuanto ocurra sin limitación ni variedad. El cuarto valga el medio pliego un cuartillo, y sirva generalmente para todas las causas, asuntos, providencias, diligencias, libros capitulares, testimonios de autos, escrituras y todo cuanto ocurra, y sea necesario de oficio y de pobre de solemnidad no habiendo parte pudiente que haga el gasto del papel. Y en todos los testimonios de esta naturaleza pueden intermediarle papel común. En cuanto al origen de los sellos se proveerá.

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Que en tanto se verifica la distinción de sellos expresados, se ha de usar por ahora solamente del sello tercero para testimonios, y todo lo demás sin excepción débese de usar solamente del sello cuarto por perder en beneficio del público que lo reclama. Que los secretarios lleven arancel separado para la anotación de hipotecas, necesarios para la seguridad de intereses (ilegible). Que el producto de diezmos, correos, alcabalas y demás que se recaude en esa jurisdicción dentre a las cajas de este Erario Público para los gastos que se originen y disponga este Superior Ayuntamiento. Este punto se resolverá después como corresponde. Que se extingan los estancos. Y que de el derecho de alcabala sean relevados absolutamente los ofíciales, de sus obras, y los labradores y hacendados de la satisfacción de los frutos de la venta que hagan, o en cualquiera manera enajenen, y solamente sean obligados a este derecho, a razón del dos por ciento, los mercaderes, tratantes y todos los vendedores de efectos y haciendas. Entendiéndose que ninguna persona que contraten, y enajenen cualesquiera cosas mecánicas, sin exclusión de ninguna, puesta en el mercado público, sea obligado a la satisfacción de este derecho, como tampoco las ventas de toda clase de víveres, inclusive carnes frescas, saladas y cebos, etc. que se vendan dentro y fuera de la carnicería pública con que se facilite la provisión de los lugares por ser de beneficio de la sustancia natural de la humanidad. Se reserva la resolución del contenido para su tiempo. Que siendo necesario para ayuda de los gastos ocurrentes a este establecimiento y beneficio público la exacción de lo acostumbrado al favor del Ramo de Propios, quede subsistente la contribución en tanto se provee otra cosa.

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Que del caudal del Erario Público se proporcione alguna renta sufragante para los diputados que corresponda. Y para los curas párrocos y demás ministros, en términos que quede aliviado el público de la gravosa satisfacción de los derechos parroquiales y demás contribuciones, o se morigeren. Se reserva la determinación hasta su tiempo. Que los diezmos sean pagados de cada diez uno, y de ahí abajo se paguen por albricias y esquilmo, según el valor que tengan al tiempo de la satisfacción del diezmo, estándose al precio que les den dos personas de inteligencia. Y las determinaciones o sentencias de todo lo que ocurra en las causas de este Ramo correspondan en primera instancia a los ministros del Erario Público, como también sus remates, seguridades y recaudaciones. Que para que todas las causas y asuntos criminales no se demoren, y por este motivo profuguen los reos y no se verifique el merecido castigo para la enmienda de ellas, ejemplo y satisfacción del público, se nombre un juez ordinario del crimen (o más si el ilustre Ayuntamiento lo tuviese por conveniente) con privativa facultad para el conocimiento y sentencia de todas las causas criminales judicialmente, aunque por incidencia tengan mezcla de cosa civil para la satisfacción, por preferir la acción criminal, con calidad de que no se ponga en ejecución ninguna sentencia sin ocurrir con los autos ante superior ayuntamiento para obtener la aprobación, o alteración, o morigeración de la sentencia, so cargo de los que se le hagan a dicho juez en caso de inobservancia. Lo que se tendrá entendido por los alcaldes hermandarios en las causas de sus casas. Con lo que los alcaldes ordinarios entenderán solamente en todas las causas y asuntos civiles, sin mezclarse en las criminales, y así puedan, aliviado el peso, despachar y determinar brevemente dichas causas con beneficio del público.

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Que para el mismo fin tan útil a la república se nombran por este ayuntamiento cuatro sujetos de alguna inteligencia y de buena conducta con el nombre de agentes públicos juramentados, para que hagan verdadera personería en todas las causas de actores y reos, de fiscales y defensores, de curadores por los mayores ausentes o rebeldes (que por los menores que sean huérfanos y desamparados toca al procurador general, como el pedir cuanto convenga en beneficio público) debiendo las partes conferir su poder bastante, con instrucción firmada a dichos agentes para su gobierno en la defensa, y expensas necesarias (sin las cuales no admitirán poder, so cargo de responsabilidad de los derechos y gastos de la causa, ni las partes serán admitidas si no satisfacen así como se van causando) así mismo las partes pagarán a sus agentes su servicio y desempeño, que ganen o pierdan casos no depende de ellos, sin contar que (ilegible) u otra culpa, que entonces responsables a los perjuicios, y despojada, y en las causas de oficio se les pagará de los intereses de los comprendidos, y si no hubiere de donde se les pagará de las multas, o de otro ramo, dándoseles para el costo y gastos. Se reserva probar sobre este punto. Que en cuanto al reclamo que hacen los naturales indios de esta jurisdicción sobre que se les releve o modere de la pensión e tributos, se reserva la determinación hasta la resolución de todo. Como también el establecimiento de milicias y el número de soldados fijos para el resguardo de este Ayuntamiento y servicio de la justicia y público. Que en las elecciones de todos los empleos y oficios públicos contenidos en el capítulo tercero, correspondiente a este superior Ayuntamiento, se tengan por confirmados los que resulten con mayor número de votos, sin otra diligencia ni recurso, y en

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caso de variedad en singularidad de votos, se ha de estar y pasar por la determinación del señor presidente (o por su no concordancia con motivo legal, en la del señor vice-presidente) mediante el privilegio que se les confiere del voto decisivo sin recurso, y lo mismo en cuanto a la separación que pretenda cualquier vocal dentro del término o tiempo que se resuelva la subsistencia de ella por este superior Ayuntamiento. Que todos los empleados, diputados y demás ministros públicos deban guardar, recíproca y mutuamente unos con otros, buena paz, fe, urbanidad, amabilidad, honra, respeto y defensa; y a más para con los superiores obediencia, apartando todo despotismo, malevolencia e inclinación al interés, extendiéndose generalmente a todos los de nuestra reunión, temiendo a Dios y su castigo, con que se consiga un establecimiento firme y un Gobierno acertado y pacífico, quedando también encarecidamente encargado el público, y advertido, que si obra bien nada tendrá que padecer, y si obra mal, por su culpa sufrirá daños y perjuicios en la vida, honra y hacienda, y tal vez la eterna condenación. Finalmente todo cuanto ocurra y según el estableci-miento que se ordena y ponga en fijo, y circunstancias presentes y futuras, se resolverá y reformará, que-dando en este estado en tanto de que por el diputado de esta villa, unido con los demás de las provincias, y arreglado a la capitulación y a la instrucción que se le comunique se elija el que debe hablar por todas las jurisdicciones o respectivas, y pedir en la suprema Junta todo lo conveniente para establecer nuevo go-bierno, teniendo para todo ello a la vista las providen-cias dirigidas para aquel cuerpo superior a este Ayun-tamiento, y con consideración a cuanto expresaron se procedió a la elección en la manera siguiente: Primeramente don José Antonio Barreiro por alcalde ordinario y presidente. Don José Manuel de Silva,

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alcalde ordinario y vicepresidente. Los referidos regidores, don Juan Nicolás de Cuellar, don Pedro de Iriarte y don Jorge Hermida, fueron proclamados por el Pueblo para vocales dicho don José Antonio Barreiro, don Ignacio de Silva, don Alexo de España, don Sebastián Trujillo, don José Fructuoso Durán, don Bernardo (ilegible), don Felipe de Iriarte, doctor don Mariano Gómez, don Rafael de Cabrera, y por secretarios y también vocales, primero don José Joaquín Geraldino y Diego Antonio Gutiérrez; la cual elección se hizo leer al Pueblo para que nuevamente quedase inteligenciado, y todos a una voz dijeron de conformidad de ella exponiendo que todos los electos están de su cabal satisfacción, y que precedido el juramento de fidelidad desde luego juraron obediencia al Cabildo en unión de los vocales que se la habían agregado en el concepto que en todo y por todo habían de quedar unidos y sujetos a la Superior Junta de la ciudad de Santafé, capital de este Reino, pidiendo el que se les pasase noticia con copia auténtica de este acuerdo para que sobre su contenido dispusieran y determinaren lo más conveniente con audiencia de el procurador de los cabildos de esta provincia, lo más conveniente a su gobierno, conservación de la Religión católica Apostólica Romana, y defensa del Reino y su libertad, y que repetían su unión y obediencia a la Suprema Junta, con lo cual se concluyó el cabildo abierto, y lo firmaron los principales ministros, regidores, eclesiásticos y demás nominadas y muchas de primer orden.

José Manuel de Silva. Nicolás de Cuellar. Pedro Iriarte. Jorge Tomás Hermida. Vicente Sánchez. Pedro Joseph M. Borda. Andrés Alba y Cabrera. (Siguen varios folios de firmas).

Original en el Archivo General de la Nación, Archivo Anexo, Historia, tomo 11, f. 8 y siguientes. El acta del 28 de agosto siguiente versó “acerca de un oficio dirigido por la Suprema Junta

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de la ciudad de Neiva (17 de agosto de 1810) y entregado por don Manuel Tello, su vocal”, al que se adjuntó una copia auténtica de la instalación de esa Junta. Esos documentos también en el AGN, Sección de la República, Fondo Gobierno, tomo 31. La primera parte fue publicada por José María Restrepo Sáenz en su libro Neiva en la Independencia. Bogotá: Casa Editorial de la Cruzada, 1919; p. 6-8.

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San Juan Girón

Carta del doctor Eloy Valenzuela a don José Fernández Madrid.

Bucaramanga, 9 de junio de 1810

Bucaramanga, 9 de junio de 1810.

Señor Dr. D. José de Madrid.

Amigo y Señor:Las gacetas inglesas, y aún las del gobierno, pintándonos los progresos del enemigo, nos infunden el concepto de que la Península ya no puede salvarse sino por un milagro o por algún incidente que se le parezca. Los secretos del Altísimo son insondables: quien sabe si ese Pueblo, el más fiel de la tierra a la religión apostólica, va a sufrir una cautividad y emigración, como la de los judíos bajo el imperio del gran Nabuco. Por lo regular en esta vida los hijos llevan más férula y corrección.

Con que no será temeridad el preguntar ¿Si España se pierde de quien seremos? Si falta la Madre Patria ¿Cómo quedaremos: emancipados o concertados? La razón, la política, el mismo evangelio, la voz unánime de todos

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los siglos y de todos los pueblos están por el primer partido. Si Bonaparte se apodera de España, ésta ya se acabó para nosotros, porque lo contrario sería entregarnos voluntariamente a su asesino; aumentar el valor de su triunfo, la extensión y los quilates de la presa, colmar sus deseos, satisfacer su ambición, irritar a nuestros aliados, provocar su venganza, frustrar tan grandes y nunca vistos sacrificios de nuestros hermanos, contristar la memoria de los que han perecido en tan justa defensa; sería ingratitud y vileza sin ejemplo.

Tampoco podemos ser del Inglés porque se oponen la Religión, lengua, carácter, su propio interés; porque es imposible hacer una misma familia; ¿y que dirían Morla, los Monitores, las gacetas de Madrid, las de todo el mundo? He aquí cumplido el oráculo: alianza con Inglaterra, presagio de ruina (Bonaparte en una arenga a el cuerpo legislativo, he aquí como empeñaron a la España en contienda tan desigual para después apoderarse de sus posesiones; para repartir el despojo con los mismos opresores: para transigir son estas condiciones ventajosas que de otra manera no habrían obtenido. Dejémonos de oír a los enemigos de la España, y de la verdad, atengámonos a la razón, y a la experiencia: no pensemos así de una nación tan generosa y que ya ocupa demasiado terreno y tal vez demasiadas riquezas. Los ingleses son nuestros amigos, son hombres, no son fieras, no son Bonaparte; luego no cabe en ellos semejante vileza, digna solamente del ateísmo y descaro.

¿De quien seremos? ¿Nos agregarán al Brasil? A peor va la mejoría. Los portugueses no han hecho en dos siglos, sino una papelada, y esa fue contra el débil Felipe IV, ayudados del pícaro Richelieu. ¿Qué podemos esperar de un gobierno que asimismo no se basta? Nosotros somos españoles y Portugal fue provincia revelada de nuestra Corona.

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Nuestra emancipación no es deslealtad, no es novelería, es obra del Cielo, y Dios quiera que el egoísmo y la relajación no la desquicien de sus fines. Viene a ser como un hijo obediente a quien faltan sus padres. No es un proyecto de insurrección o trastorno, no es contra chapetones y ricos; todos los actuales y los que en adelante consigan domicilio son nuestros conciudadanos; nadie puede atentar a sus personas o caudales y quedar impune; últimamente no es para que cuatro bribones nos quieran subyugar y someter a su mando para disipar y triunfar a nuestra costa. Nadie será obedecido sin que la voluntad nacional señale primero su empleo y la parte de mando que se le confía. Por tanto, lejos de temer debemos solicitar la concurrencia, reunión, y consentimiento de los votos en estas o las más eficaces ideas, a fin de evitar la anarquía del Reino o su usurpación.

¿De quién seremos? Pregunta que sorprende y que más bien demuestra la degradación del hombre que su cultura y filosofía. No se haría esta pregunta si el derecho de sociedad no se hubiese convertido en predominio, subyugación y patrimonio. –El autor ma-nifiesta con sólidos raciocinios que estamos en el caso de tomar medidas de seguridad y defensa contra cualesquiera agresión extranjera, y continúa-. Cuando menos acor-demos, nuestros puertos ganados, nuestras ciudades ocupadas y nosotros vendidos, no como esclavos, pues a éstos se les permite escoger amo, sino como bestias o ganado que crió Dios para propiedad y granjería de unos pocos ¡Que delirio! ¡Que trastorno de toda jus-ticia y razón! Estos tales no conocen al hombre, y tal vez ni a su autor: a lo menos no profesan el evangelio, y su moral es la más extravagante.

¿Se perderá España? En verdad que no será la primera vez y entonces fue por unos guerreros que en vano atacaron la Francia. Nuestro implacable enemigo que pretende fueros de oráculo ya lo ha dicho: 500.000

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combatientes van a inundar la España meridional. ¿Qué fuerza se les podrá oponer? Soldados de nueva leva entre quienes es de estilo la fuga y la dispersión. ¿Qué ciudad querrá sostener otro sitio como los de Zaragoza y Gerona? Es preciso confesar que España no se puede librar sino por un accidente que no cabe en las predicciones de la prudencia, por una providencia extraordinaria que todavía no se ha visto, ni aún sospechado en esta guerra en una palabra solamente por un milagro.

En el supuesto de la subyugación de España, ¿querrá Inglaterra indemnizarse de sus auxilios con nuestra libertad? ¿Querrá dividir con el usurpador el despojo de su aliado? O ya se ha desterrado del mundo todo sentimiento de honor y a la corta y a la larga hay muchos Bonapartes, o tal sospecha es un insulto manifiesto al carácter y Gobierno Británico. Si el enemigo se ha de apoderar de nuestros arsenales y escuadra, mucho mejor es, que la Inglaterra se los lleve y que con navíos, pertrechos y artillería se recompense de los empréstitos que ha hecho. Cuanto más se pueda escapar de la rapacidad francesa, tanto más se inutiliza su triunfo: no quede en su poder y más que vaya a Marruecos.

Debemos insistir en que por ningún pretexto imitará la Inglaterra la conducta de Bonaparte ni se querrá hacer cómplice de lo que tantas veces le ha echado en cara. Que con sus cruceros y armamentos navales proteja a la América Española para que no caiga en sus garras; para preparar asilo a los patriotas desgraciados: para conservar el fuego de la enemistad y venganza; para separar al nuevo mundo de la comunicación con Francia: esto si corresponde a la generosidad o al desinterés, y aún al beneficio de la Gran Bretaña. También es muy propio de su magnanimidad, de su ilustración y política extender las alas de su poder, para que a su sombra y garantía, organicemos un

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gobierno justo, liberal y económico, acomodado a nuestro origen, religión y circunstancias. Seremos aliados perpetuos de nuestros amigos y protectores; les abriremos nuestros puertos; los privilegiaremos en el comercio exterior y mantendremos la comunicación más confidencial.

Pero Carlos IV tiene hijos en el Brasil y en Sicilia, y a falta de Fernando y Carlos, ellos suceden en la Corona. Según esto se trata de que seamos portugueses o sicilianos. Verdaderamente que es mejor la condición de nuestros esclavos, pues ya que muden de amo, no mudan de lengua, de costumbres y vestuario, ni hay probabilidad de que pasen a una nación extranjera. Es preciso confesar que nuestra ley de sucesión en la línea femenil es de las más duras y repugnantes, pues la heredera tiene el derecho de entregar la Monarquía a cualquiera extranjero a quien dé su mano, es decir, logra una prerrogativa que no tiene la línea principal de los varones y así es un privilegio que solamente pudo otorgar o consentir la nación en algún transporte de agradecimiento o terror; porque ha sido y será contrario a su voluntad, libertad y beneficio.

En efecto, se sabe que la princesa Carlota del Brasil ha hecho ya sus insinuaciones oficiales. Parece que en Buenos Aires se le contestó que se había jurado a Fernando, y que a falta de éste la Nación determinaría lo que fuese conveniente.

Basta que respetemos a los sagrados derechos inherentes a la deseada persona de Fernando, en lo demás no debe haber más ley que la salud del estado. Esta se cifra en dos atenciones principales: en la libertad exterior y en la interior, defendiéndonos de Bonaparte con las armas, y del despotismo con las instituciones y cautelas. Las leyes antiguas que no pueden salvarnos, ya dejaron de ser leyes; si lejos de ser útiles se hallan insuficientes o perjudiciales

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ya tienen imperio contrario, y más bien obliga su abolición que su cumplimiento. Sería un frenesí de la política decir que nosotros más instruidos y mejor representados que ahora 10 siglos, careciésemos del derecho que ejercieron unos pocos montañeses para establecer el trono de Pelayo. Este poder no nos ha venido por inconstancia, mucho menos por infidelidad o desafecto: ha sido una crisis que no merece el nombre sospechoso de revolución, es más bien la expresión sincera de aquel infinito que mueve aún a los brutos para defenderse: en una palabra ha sido obra del cielo, recompensa digna del largo sufrimiento a una administración inepta, caprichosa y corrompida.

Y bien, ¿a quién fiaríamos el timón del estado para hacer frente al talento, experiencia, poder y fortuna de Bonaparte? ¿A una joven criada en el estrado, sin práctica, sin expediente, sin crédito? Ya tendríamos otra dinastía extranjera sacada de una provincia que fue nuestra y se reveló. Si llega el caso de que enteramente se pierda la Península, ¿donde se fijaría esta Corte Hispano-lusitánica? Si en Brasil; en vano hemos hecho tantos sacrificios para quedar agregados a una colonia portuguesa. ¿En Lima, o Quito? Están a una distancia enorme para atender a la costa firme. En México sucede lo propio respecto a las provincias del centro, y del medio día.

Concluyamos pues que debemos ser nuestros reuniéndonos en un estado que sin abrazar demasiada extensión nos proporcione ventajas para el fomento interior y para las relaciones exteriores. Para estas nos bastan las costas del mar del Norte desde Maracaibo a Portobelo, y en el Pacífico y desde Panamá a la bahía de S. Ventura. Una línea que nos separe de Quito sin desmembrar a Popayán y sus minas nos ahorrará emulaciones y rencillas. Otra que nos deslinde con Caracas por Barinas, o por Apure, formarán a la verdad un estado mucho menor que el Virreinato;

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pero por lo mismo mucho más proporcionado para gobernar y florecer como se adopten y consagren la economía, el trabajo, la igualdad legal, la verdadera libertad, que consiste en hacer cada uno lo que quiera como en nada ofenda ni al público ni al particular. Esta es obra que se puede concluir con reposo, madurez y discernimiento.

Quien reflexione un poco y se desnude de miras personales conocerá fácilmente esta es una representación nada conveniente a la miseria y otras circunstancias del Reino y que únicamente se debe adoptar por la imperiosa necesidad de no caer en dominio extraño o cuyo centro este muy distante. Por fortuna no se embarcó el Excelentísimo Señor Narváez, que aún antes de alto carácter, como el de diputado del Reino, reunía en su persona la instrucción, experiencia, empleos y estimaciones que son notorias.

Al lado de los actuales funcionarios públicos irán creciendo en conocimientos y aceptación los que hayan de sucederles en el glorioso empeño de dar a nuestro país el grado de población, industria y riqueza de que es capaz. Para esto tengo por muy conveniente, entre otras cosas: lo primero, el avecindamiento y buena acogida de cuantos extranjeros traigan alguna industria o vengan a entablar ingenios, desmontar tierras o labrar minas, con tal que se les aperciba muy a las claras que en palabras y porte se conformen con la religión del país, y que de éste no podrán emigrar sin pagar un 25 por 100 de sus caudales y efectos. La segunda es que se persiga con el baldón público y privado toda pobreza que no sea evangélica, sujetándola a ciertas excepciones que equivalgan a castigos indirectos. El estado eclesiástico necesita reformas que tienen influjo directo sobre la prosperidad del Reyno: el sistema de contribuciones poco tiene que variar pero su cobro es complicado,

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costoso y sujeto a mucho fraude. Algunos pocos pero severos castigos inspirarían a los empleados la actividad, exactitud y buena fe que es tan precisa en las oficinas, y sin las cuales los sacrificios del pueblo se convierten en patrimonio de pocos. La creación de escuelas en todas las parroquias no es tan difícil como parece; lo es más el que los maestros sigan el plan, muestras y modelos que les señale el gobierno, pero el castigar en estos casos más bien es piedad que rigor. Los colegios, por lo menos en cada cabecera de partido, requieren fondos a que no puede alcanzar la actual escasez del erario, y así se deben dejar al tiempo, esperando que las exhortaciones públicas y privadas, las condecoraciones y favores del gobierno, muevan a los pudientes a emprender estas obras. Del mismo modo se podrán habilitar los caminos larg os y costosos, añadiendo la merced de algunas tierras y la recompensa de un moderado pecho sobre las cargas. En cuanto a las comunicaciones cortas de un lugar a otro hay la costumbre de que se aliñen dos veces al año, pero debería ser poniendo los pobres el trabajo y los acomodados la manutención y herramienta. Yo confieso que todo esto me parece un sueño: ¡veo tantas dificultades! La moderación, el desinterés y el amor del público son cualidades más raras que la ilustración y el talento: sin aquellas no se puede establecer un gobierno justo y tutelar. El deseo de mando y renta le sustituye al del bien general, y sólo se ocupa en suplantar, intrigar, prevalecer y disfrutar. Cuando el germen vital lleva consigo los principios y miasmas morbíficos no hay que esperar larga vida, si es que se puede llamar así un conjunto lastimoso de achaques, dolencias y nulidades.

Publicada en El Argos Americano. Cartagena, Nos. 9 (12 de noviembre de 1810), 10 –Suplemento (3 de diciembre de 1810) y 11 (10 de diciembre de 1810)

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Acta del cabildo extraordinario realizado el 30 de julio de 1810 en San Juan Girón para depositar el gobierno local en el doctor Eloy

Valenzuela

En la ciudad de San Juan de Girón, a treinta de Julio de mil ochocientos y diez, junto y congregado el Cabildo, Justicia y Regimiento y con el vecindario de la ciudad y parroquias de la jurisdicción; en las casas consistoriales y plaza mayor, impuestos todos de los acontecimientos políticos que en nuestra nación han restituido al Pueblo en el goce de sus derechos, dijeron de común acuerdo, en altas e intelegibles voces, que depositaban el gobierno de la Provincia en el Dr. Don Eloy Valenzuela, cura de la Parroquia de Bucaramanga, y que a instancia del mismo Cabildo y vecinos había venido en concurso.

Oída por dicho señor esta aclamación dijo que para reafirmarse en asunto que le era tan incómodo y gravoso, deseaba explorar el consentimiento de la Provincia sobre los puntos sustanciales que habían de servir de base al nuevo pacto; lo que expuso él mismo a los señores que estaban en las salas, en estos términos: ¿Juran ustedes la monarquía hereditaria de Fernando Séptimo (que Dios guarde), si la Providencia

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lo restituye al trono de las Españas, pero con las mitigaciones, cautelas y reformas que se anunciaron desde los principios, y cuya necesidad se ha hecho cada día mas patente? Y habiendo respondido todos que si juraban, advirtió dicho señor que el sujeto que no quisiera respetar los siguientes juramentos lo expusiera con libertad y franqueza, y continuó así: ¿Juran ustedes unión, amistad y liga con las provincias comarcanas, y con todas las demás, así de la costa, como de lo interior, que quieran entrar en la confederación general del Nuevo Reyno, para sostener su independencia y libertad contra cualquiera enemigo que le acometa por fuera, o los partidos que puedan levantarse en lo interior? ¿Juran defender a todo trance la libertad de esta provincia contra cualquiera otra que nos quiera subyugar, predominar o poner en contribución; y prestar auxilio a las que en igual lance invoquen nuestra ayuda? ¿Juran obediencia y sumisión al gobierno que con tanta instancia han pedido, y que acaban de establecer con uniforme aclamación? ¿Juran defenderlo y sostenerlo, ofreciendo, comprometiendo y obligándose á impedir que en algún tiempo, y con motivo de este ejercicio se perjudique a sus personas acciones o derechos?

Y habiendo respondido todos a cada pregunta (haciendo la señal de la cruz) que sí juraban, repuso: y si alguno hiciere o aconsejare en contrario, que venga sobre él la maldición de Dios y la execración de los hombres. Amén. Luego se repitió desde el balcón la lectura de los mismos puntos al numeroso pueblo de la plaza, que en alta voz y haciendo la señal de la cruz respondió prestando el mismo juramento en cada uno de ellos. Inmediatamente previno el expresado señor la necesidad de su propio juramento para entrar en el ejercicio de su empleo; y aunque todo el concurso levantó la voz, diciendo que no necesitaba de este requisito, por la plena confianza que toda la provincia tenía de su integridad, no quedando satisfecho el mismo

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señor sin esta formalidad lo prestó espontáneamente diciendo: Juro in verbo Sacerdotis (tacto pectore et corona) usar de las facultades que se me han confiado sin parcialidad ni interés, únicamente para atender a la tranquilidad y beneficio común de la provincia. Luego dijo, que para el más expedito desempeño de su cargo, nombraba por sus acompañados en el Gobierno a los dos señores alcaldes ordinarios, a cuyo nombramiento accedió el vecindario. Enseguida expuso que jamás ha gustado de los que no cuentan con los pueblos sino para establecer su mando y jerarquía y después los excluyen de voz y gestión en lo que toca a sus cargas y beneficios; en esta virtud no quedaría satisfecho sin oír el voto de los concurrentes sobre la sustancia de las providencias que sin pérdida de tiempo se proponía extender.

Captada que fue la atención, dijo en alta voz: ¿Les parece, señores, que en primer lugar se trate de evitar la ruina y atraso de los cosecheros, que teniendo entre manos una abundante cosecha de excelente tabaco carecen de venta y despacho por la insolvencia y quiebra de la Factoría de Piedecuesta? ¿Les parece que para fomentar el importante ramo de minas se hagan algunas rebajas a los lavadores que los indemnicen del mucho trabajo y del corto rendimiento de sus labores? ¿Les parece que cuanto antes y con la más severa atención se reformen las rentas, suprimiendo las ociosas, facilitando y aclarando su cobro, y castigando de un modo riguroso y ejemplar los fraudes, para que el sudor y contribución del pobre no se convierta en patrimonio de pocos? ¿Les parece que privilegiemos y facilitemos las extracciones de la provincia y nos recompensemos de los derechos cargándolos sobre las introducciones, especialmente las de lujo y vanidad? ¿Les parece que así el gobierno como los particulares no perdonen diligencia alguna para contener el hurto y la holgazanería, y que por consiguiente se les amoneste, se les baldone, y se les persiga por todos

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los medios, empleando principalmente contra los ladrones el azote privado y público, y también la marca y deportación al Pedral o los Astilleros? ¿Y en fin que el domingo, de ayer en quince días, que contaremos doce de agosto, nos volvamos a juntar en Cabildo pleno de cuantos vecinos útiles puedan concurrir?

Cuyas preguntas, recibidas y aplaudidas con el mayor entusiasmo, concluyó, remitiendo al mismo vecindario el nombramiento de un secretario, el que verificaron de común acuerdo los señores de la Sala en el Dr. D. Miguel Valenzuela. Con lo cual se dio fin al acta que firmaron los señores presidente, socios, regidores y síndico como sigue. Eloy Valenzuela, capellán de la Junta y vecindario –Pedro León Mantilla. –Marcos Arenas. –José María Salgar. –Antonio Mantilla. –Francisco Valenzuela. –Gabriel Patricio Guevara. –José Feliciano Ruiz. –Adriano Salas. Siguen más de doscientas firmas de vecinos principales que constan de la original certificada del escribano público D. Basilio Arango.

Girón, agosto primero de mil ochocientos diez.Miguel Valenzuela, Secretario.

El Argos Americano. Cartagena de Indias, Suplemento al No. 1 (Lunes 17 de septiembre de 1810); p. 5. Por el extraordinario que llegó a esta plaza el día 15 del corriente ha recibido la Suprema Junta de Cartagena la siguiente acta sobre la mutación de Gobierno de la Ciudad de Girón, que ha mandado se imprima íntegra para conocimiento del publico.

Publicada originalmente en el Suplemento al Argos Americano Nº 1 (Cartagena de Indias, 17 de septiembre de 1810). Biblioteca Nacional de Colombia, Hemeroteca. Archivo General de la Nación, Archivo Anexo, Historia, rollo 19.

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Documentos originales sobre las hostilidades de Pamplona contra

Girón

Para asegurar el acierto en las deliberaciones que las presentes circunstancias exigen de este gobierno, uniformar la opinión del público, y desimpresionar a los que por error o ignorancia desconozcan la justicia de las medidas que se hayan de tomar en conservación de nuestros derechos, consúltese a los asesores de la provincia su dictamen sobre los puntos siguientes:Primero, si en virtud del pacto social debe el gobierno defender a sus dependientes, y vindicar los agravios que se les infieran por otros. Segundo, si es medio lícito y practicado en las naciones cultas el pedir rehenes que aseguren el desagravio. Tercero, si no queriéndolos prestar los agresores, voluntariamente se les puede exigir y tomar por fuerza. Cuarto, si en caso de resolverse estos puntos por la afirmativa, habrá lugar en el presente en que los alcaldes de la parroquia de Pielacuesta han aprisionado y extraído ignominiosamente a Don Félix Ramón Mantilla, nuestro alcalde del sitio de Los Santos, que se hallaba cumpliendo religiosamente el juramento y obligaciones contraídas con este gobierno y con la sociedad. Y por cuanto el voto del Señor cura de esta ciudad, que es al mismo tiempo profesor del Derecho, debe ser de mayor influjo para sosegar los recelos de

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los timoratos, se pasará en primer lugar esta consulta a su dictamen. Girón, Octubre 27 de 1810. – Eloy Valenzuela. – José Ignacio Ordóñez. – Marcos Arenas. – Miguel Valenzuela. Secretario.

DictamenSeñores de la Junta Gubernativa de esta provincia:Los tres primeros puntos que contiene esta consulta los resuelven afirmativamente los publicistas de mejor concepto, entre ellos el Heinecio, cuyos sólidos fundamentos no puntualizo a beneficio de la brevedad que demandan las actuales críticas circunstancias del tiempo. De esta decisión se colige claramente la del cuarto punto, que aunque en el modo pudiera ofrecer alguna duda, la lenidad de mi estado no me permite su detalle que podrán hacerlo sin estos recelos los otros asesores de la provincia.

Girón y Octubre 28 de 1810.Dr. Pedro Salgar.

OtroSeñores de la Junta Gubernativa de esta provincia:Las obligaciones contraídas por este gobierno con sus dependientes son recíprocas y en la actualidad más estrechas, pues se han expresado y confirmado los pactos sociales. Por lo respectivo al segundo punto de los consultados, ha sido siempre un medio lícito y practicado por todas las naciones cultas el pedir rehenes para asegurar el cumplimiento de las promesas, y también practicado el tomarlos cuando se deniegan los que deben darlos. Por consiguiente me parece que con atención a los procedimientos ejecutados por los alcaldes de Pielacuesta, notoriedad y buenos fundamentos de los puntos decididos, puede proceder el gobierno a su práctica por los medios que inspira la prudencia y meditación más definida.

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Girón, Octubre 28 de 1810.Dr. Eusebio García.Suscribo, Dr. Miguel Valenzuela.

ExhortoLa Junta y Cabildo de Girón hacen saber a los alcaldes y vecinos de Pielacuesta que no vienen de ningún modo con ánimo de matar, amarrar o vilipendiar a nadie, pues si esto no es usado entre naciones enemigas, y de diferente religión, mucho menos lo consentirá Girón con los que tiene por hermanos. Únicamente venimos a que se nos entregue la persona de nuestro alcalde de Los Santos, Don Félix Ramón Mantilla, al que con la mayor ignominia y crueldad han arrebatado de su casa cuando estaba trabajando en el laudable objeto de un camino necesario, y esto por sus mismos parientes, que no tuvieron horror de engañarlo, para después estropearlo como al más extraño y canalla. Mientras que se verifica esta devolución que reclama la justicia, y aun el derecho de los más estúpidos bárbaros, pedimos se nos entreguen en rehenes cuatro sujetos de los principales que cooperaron a tal iniquidad, los que ofrecemos tratar y custodiar con la decencia correspondiente, y únicamente por el tiempo que tarde la restitución del expresado Don Félix, y que podamos estar seguros de no repetirse unos atentados tan opuestos á la tranquilidad pública. De lo contrario los apercibimos, requerimos y notificamos, por una, dos y tres veces en nombre del Sr. Rey D. Fernando VII, y del gobierno que definitivamente quedare en el Reyno, que usaremos de la fuerza conforme a lo establecido por las leyes, y en cuanto nos ayude el auxilio del cielo y las armas de que venimos escoltados.

Girón y Octubre 28 de 1810.Eloy Valenzuela – José Ignacio Ordóñez Valdez, - Marcos Arenas. – Miguel Valenzuela, Secretario.

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OtroEl Gobierno y Cabildo de Girón, penetrado de dolor por las muertes de un encuentro impensado, cuando por el engaño de algunos pasajeros que aseguraron no haber en el Pielacuesta disposiciones de resistencia, ni hubo tiempo de enviar a sus alcaldes y vecinos el requerimiento que iba prevenido para dirigir desde el punto en que se avistara el lugar, que original acompañamos, ni menos de llamar a retirada a los pocos delanteros que tumultuariamente se avanzaron con la sorpresa de hallar gente armada y verse atacados a pedradas donde menos se pensaba, repite y ratifica los sentimientos que el citado documento expresa, confirmados por el mismo hecho de haberse retirado la gente sin haberse siquiera descargado las escopetas y trabucos, ni haber entrado en acción sino la partida que se vio atacada. Dos cañones sin carga, ni señales de haberse probado que quedaron en el campo, manifiestan también que el objeto de la jornada fue solamente a procurarnos rehenes por los medios que usan las naciones cultas. La Junta no es responsable de las malas consecuencias, de la tropelía y engaño con que los alcaldes de Pielacuesta nos arrebataron ignominiosamente a nuestro alcalde de Los Santos, ni lo será de las más que haya, hasta que consigamos su restitución, y el desagravio de la sangre de nuestros dependientes, que por asegurar nuestra libertad contra opresiones y violencias semejantes a las que hoy padece nuestro citado alcalde han sido sacrificados.

Girón y octubre 28 de 1810.José Ignacio Ordóñez Valdez. – Marcos Arenas. – Miguel Hernández Alonso, general de las armas. – Miguel Valenzuela, Secretario.

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Tal ha sido el éxito de las escandalosas pretensiones de Pamplona sobre Girón. Las mayores atenciones y deferencias no han obtenido una sola contestación á este gobierno, la que no ha desmerecido á las principales provincias del Reyno, inclusa las de Santa Fé y Cartagena. No contentándose aquella Junta con apoyar y sostener la independencia de Pielacuesta, aunque la repugnaban los pactos y juramentos más solemnes, ha continuado su plan de conquistas quitando a Girón la alcaldía antigua del partido de Los Santos. No ha hecho caso de los muchos vecinos de la ciudad, que poseen la mayor parte de aquel terreno, ni de la copiosa lista de colonos que, fieles a su Cabildo y superando ardides y vejaciones, han resistido la agregación a Pamplona. Algunas notificaciones imperiosas hechas a este Cabildo que les contestó se entendiesen con el gobierno, otras dirigidas al Cura de Bucarama, que bajo de este respecto carece de comunicación con Pamplona: éstos han sido los preparativos para la tropelía inaudita que acaban de cometer los alcaldes y vecinos de Pielacuesta contando con las órdenes y socorros de Pamplona. ¿Que tal presagio se puede hacer de la futura suerte del Reyno? ¿La libertad que experimentamos es la misma que se proclama, o es todo lo contrario? Los que más hemos trabajado por el honor, tranquilidad y beneficio de la Provincia nos vemos amenazados de prisiones, escarnios, cuchillos y balas.

Girón, noviembre 6 de 1810.Eloy Valenzuela – José Ignacio Ordóñez. – Marcos Arenas. – Miguel Hernández Alonso. – Miguel Valenzuela, Secretario.

Cartagena de Indias: En la Imprenta de Diego Espinosa de los Monteros, 1810. 4 folios impresos. Donados por el doctor Inocencio Vargas al coronel Anselmo Pineda. Biblioteca Nacional de Colombia, Fondo Pineda, 183, pieza 3.

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Pamplona

Acta del cabildo abierto de la ciudad de Pamplona31 de julio de 1810

En la ciudad de Pamplona, capital de la provincia de este nombre, a treinta y uno de julio de mil ochocientos diez años, habiéndose reunido en cabildo abierto los señores Pedro de Omaña y Rivadeneira, don Francisco González, alcaldes ordinarios; don Gregorio Camargo, regidor anual; don Manuel Hurtado de Mendoza, síndico procurador general; el doctor don Domingo Tomás de Burgos, vicario juez eclesiástico; el doctor don Raimundo Rodríguez, cura rector de esta santa iglesia parroquial, individuos del ilustre Cabildo de esta ciudad que por la deposición del corregidor, don Juan Bastús, había resumido la autoridad provincial; los reverendos prelados de los conventos, el venerable Clero, los jefes y demás oficiales del batallón de milicias que se acaba de establecer en esta plaza, y todo el pueblo, a efecto de tratar del importante objeto de la salvación de la Patria; después de haber meditado sobre los poderosos motivos que había para la erección de una Junta Provisional que inmediatamente representase al legítimo soberano, el Señor Don Fernando VII, ejerciese la autoridad

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suprema, quedase subordinada al Consejo de Regencia, que reside en la Península, en los términos que tuviere por conveniente, la confederación general que se ha de establecer en Santa Fe, según se nos acaba de insinuar por una noticia oficial que hemos recibido a las siete de la noche por el conducto del muy ilustre ayuntamiento de la villa de San Gil y que se acompaña a esta acta.

El pueblo todo, reasumiendo la autoridad que residía en nuestro legítimo Soberano, el señor Don Fernando VII, y por ausencia en el mismo pueblo que se le confió; dijo, usando de la mayor libertad, sin opresión, sin violencia, sin temer, que para el empleo de vocal secretario de dicha Junta nombraba al doctor don Francisco Soto, abogado de la Real Audiencia del Reino, y puesto éste en posesión nombró para presidente interino al vicario eclesiástico, doctor don Domingo Tomás de Burgos; para vocal presidente al doctor don Raimundo Rodríguez; y al doctor don Antonio Navarro, a don Manuel Francisco González, doctor don Rafael Valencia, doctor José Gabriel Peña y a don Rafael Emigdio Gallardo por vocales de ella, por merecer todos estos sujetos la última confianza del público, y porque según las circunstancias topográficas son los más aparentes para tales destinos.

Y habiéndoseles recibido juramento a cada uno de ellos sobre los mismos puntos interesantes que arriba se han expresado y principalmente sobre la conservación de nuestra santa religión, obediencia a nuestro legítimo Monarca el señor don Fernando VII, adhesión a la justa causa de toda la Nación y absoluta independencia de esta parte de las Américas de todo yugo extranjero; todo el público añadió, a presencia de la respetable imagen de nuestro Soberano, el mismo solemne juramento y prestó la más ilimitada subordinación a la Junta que acaba de erigir.

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Asimismo, habiéndose hecho presente por el vocal secretario que el pueblo diese el título correspondiente a la Junta y sus individuos, gritó a grandes voces, sin que nadie llegase a contradecirlo, en adelante tuviese aquella el dictado de Excelencia, y éstos en particular el de Usía, para que de este modo fuesen honrados los dignos ciudadanos que se constituyen por padres de la Patria. Y con esto se disolvió el Congreso, firmando todos los concurrentes, y se mandó inmediatamente se hiciese circular esta acta a todos los cabildos y lugares de la Provincia, a todos los del Reino, a la América entera y a las colonias inglesas; y que convidase de nuevo, como efectivamente se convida a los referidos cabildos comprovinciales para que elija cada uno de ellos su representante. Y para que así conste, da fe de todo el presente secretario vocal.

(Hay más de cien firmas)Francisco Soto, secretario vocal.

Ocaña, agosto trece de mil ochocientos diez.Pro recibido, con el oficio de dos del corriente, que se contestará manifestando el reposo y tranquilidad en que se halla esta ciudad, compulsándose copia de una y otro para dar cuenta al señor gobernador de la Provincia, y agréguese al libro capitular corriente.

Ramón de Trillo. Miguel Antonio Lemus. Cayetano Antonio Villarreral. Francisco Quintero Príncipe. Francisco Soto Jácome. Francisco Gómez de Castro, escribano público y real.

Concuerda con sus originales a que me remito, y según lo mandado en el auto inserto, doy y firmo el presente en Ocaña, a once de septiembre de mil ochocientos diez. De oficio. Corregido. Francisco Gómez de Castro, escribano público y real.

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En la tarde del 4 de julio de 1810, en la plaza de la ciudad de Pamplona, fue despojado de su vara de mando el corregidor Juan Bastús y Falla. El Cabildo de la ciudad lo apresó y remitió a Tunja, organizando de inmediato un batallón de milicianos. El 31 de julio siguiente, enterado el Cabildo de los sucesos de Santafé y de la convocatoria a formar una junta de los diputados de todas las provincias del Nuevo Reino de Granada, abrió un cabildo abierto para organizar la junta provincial de gobierno. El acta de constitución de esta Junta fue publicada por Leonor Caballero de Mutis en su estudio biográfico de doña Agueda Gallardo de Villamizar (Revista Estudio. Bucaramanga. No. 302, noviembre de 1986; p. 53-54).

Un informe sobre la constitución de esta Junta fue publicado en El Argos Americano (Cartagena, Nº 1, 17 de septiembre de 1810; p. 1-2). Recientemente fue publicada por Susana Buitrago Valencia en la Gaceta Histórica de la Academia de Historia del Norte de Santander, Nº 124 (2002); p. 43-45. Desaparecida del archivo capitular de Pamplona, se conserva esta copia proveniente del archivo capitular de Ocaña.

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Noticias de Pamplona, 3 de agosto de 1810

Es una verdad incontestable, en la actual revolución de este Reino, por más que afecten desconocerla los miserables egoístas, que el voto de los pueblos por todas partes ha precedido a las respectivas variaciones que han experimentado los gobiernos. Parece como inspirado el espíritu de unión, la uniformidad de fenecimientos, y la conformidad en unas medidas tan análogas, como las que han adoptado aquellas provincias de quienes hemos recibido noticias oficiales de haber deliberado ya el carácter que deben sostener en el actual estado de las cosas. A tan inmensas distancias unas de otras, se ha obrado el prodigio de erigir un mismo sistema de gobierno, que conserve la representación y confianza de los pueblos, con unas mismas ideas acerca de reunir en un centro común la legal representación del Reino, y hasta con unos mismos nombres y tratamientos. No solo Santafé, Cartagena, El Socorro, Santa Marta y Tunja han instalado sus respectivas Juntas de Gobierno, sino que lo mismo se verificó en la ilustre ciudad de Pamplona. Desde el cuatro de julio último, por el voto e impulso general del Pueblo Pamplonés, que aunque rodeado por todas partes de inevitables escollos que le oponía la más astuta y pérfida política, nunca llegó a atemorizarse por las armas de los crueles opresores

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de la América, se habría celebrado su instalación; pero la prudencia que hizo refrenar en esta ocasión el valor del pueblo, difirió aquel acto para mejor oportunidad. En esta situación se hallaba la ciudad de Pamplona, cuando llegaron a su noticia los acontecimientos de la Villa del Socorro, que fue uno de los primeros apoyos con que ya se prevenía para resistir a toda agresión extraña, y acometer en caso necesario a los enemigos de la libertad americana. Animando en cada instante a los lugares circunvecinos, ya el 31 de julio a las 6 de la tarde iba a erigir el único cuerpo que podía salvarla, cuando reunida una gran parte del pueblo en la sala que se había destinado a aquel fin, se recibió el expreso en que se participan las novedades ocurridas en Santafé. Entonces sin oposición, sin violencia, junto un innumerable concurso de gentes de todas clases y condiciones, se instaló a presencia de la respetable imagen de nuestro legítimo Soberano, aquel congreso; se reconoció por todos los Cuerpos, jefes y oficiales del Batallón de milicias, y se le juró la más sumisa obediencia. Así la provincia de Pamplona ha logrado darse un gobierno paternal y justo que, velando sobre sus intereses, conserve a los ciudadanos su libertad contra los abusos del poder arbitrario. Nuestro gobierno ha recibido los ofrecimientos más satisfactorios de unión, fraternidad y alianza, que deben estrechar más, si es posible, los vínculos indisolubles que nos ligan con aquella Provincia para nuestra felicidad y socorros recíprocos.

Señores de que se compone la Junta Suprema Provincial de Pamplona:Presidente interino, el vicario eclesiástico Dr. D. Domingo Tomás de Burgos.Vicepresidente, el Dr. D. Raimundo Rodríguez.Vocal Secretario, el Dr. D. Francisco Soto.Señores Vocales: Dr. D. Pedro Antonio Navarro.D. Manuel Francisco González.

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Dr. D. Rafael ValenciaDr. D. José Gabriel PeñaD. Rafael Emigdio GallardoD. Ambrosio María Almeyda.

Publicada en El Argos Americano. Cartagena. Nº 1 (17 de septiembre de 1810)

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Popayán

Acta del cabildo abierto convocado por el gobernador de Popayán y

Proclama de la Junta Provisional de Salud y Seguridad Pública, 11 y 14 de

agosto de 1810.

Popayán Agosto 11.Nunca podremos admirar bastante el espíritu de uniformidad con que se han conducido las provincias del Reino en la peligrosa crisis en que nos hallamos. Todas conocen la necesidad que tienen de reasumir su administración interior, y todas se han decidido por el sistema federativo que sin duda es el más acomodado a nuestras circunstancias y el único que puede salvarnos reconcentrando la representación del Reino en el punto que se juzgue más propio por su temperamento y situación geográfica. En el momento que recibió el Comisario Regio Don Carlos Montúfar los documentos relativos a la celebre revolución ocurrida en Santafé el 20 de julio, los comunicó al gobernador de Popayán Don Miguel Tacón, el que enterado de su contenido convocó al vecindario a un Cabildo abierto, en que expresasen67 libre y 67 De aquí en adelante son las mismas palabras del Acta de ins-talación comunicado a este Gobierno [de Cartagena]

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francamente su opinión acerca de las medidas que debían adoptarse mientras se recibían avisos oficiales de todo lo ocurrido en la Capital, y de los proyectos que aquel nuevo Gobierno pueda formar con respecto a las provincias, considerando que no debía adoptarse ciegamente ni depender ya esta Provincia de aquella Junta, mientras no la reconozca libremente, por hallarse con iguales derechos que Santafé para hacer las alteraciones y restricciones que le convengan.

En vista de todo, después de las más detenidas discusiones, se deliberó que en atención a que ya ha variado el antiguo sistema de gobierno por lo respectivo a la Capitanía General y demás facultades que residían en el virrey de Santafé, era indispensable examinar el arbitrio más adaptable a las circunstancias y la forma de gobierno que debería substituirse en esta Provincia para consultar a su unión e intereses comunes; y propuesta por algunos de los señores como conveniente una Junta Provisional de Salud y Seguridad Pública, que acordase todo lo relativo a este objeto con sus incidencias y dirigiese sus oficios a los Ayuntamientos de la Provincia y a otros del Reino que estimase necesario, para tratar con los primeros acerca de los medios y forma con que a su tiempo debía establecerse una Junta Central de la Provincia; y con los segundos sobre la confederación general e íntima unión del Reino en obsequio de los imprescriptibles derechos del Señor Don Fernando VII; y habiendo precedido una libre y rigorosa votación sobre este asunto, se resolvió por la pluralidad que inmediatamente se formase dicha Junta Provisional compuesta del Sr. Gobernador como su Presidente, y en su defecto, conforme a las leyes, del Señor teniente asesor y de cinco representantes, a saber: por el Ayuntamiento, por el Clero, por la Nobleza, y dos por el Pueblo; en la inteligencia de que este Cuerpo cesaría al punto que recibidas las noticias oficiales de Santafé se verificase de acuerdo común con los Ayuntamientos del distrito

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una Junta Provincial legalmente constituida con el mismo decoro, paz e íntima unión con que se ha procedido en este día; sin asomo siquiera de la más pequeña convulsión popular.

En vista de esta resolución se trató de elegir los voca-les interinos, y hecho el escrutinio de todos los votos, prevaleció la pluralidad a favor de los Señores Dr. D. Antonio de Arboleda, como representante del Ayun-tamiento; Maestre Escuela Dr. D. Andrés Marcelino Pérez de Valencia, por el Clero; Sargento mayor Dr. D. José María Mosquera por la Nobleza; y D. Manuel Dueñas y D. Mariano Lemos por el Pueblo. Se les tuvo y reputó como a tales representantes y vocales de la Junta de Seguridad Provisional, que en acto continuo se instaló, prestando dichos señores el juramento de cumplir fielmente sus obligaciones.

Fragmento de la Proclama de PopayánNada habrías hecho, generosos popayaneses, si creyéndoos solos en el vasto distrito del Reino y de toda esta Provincia, olvidaseis que sin la unión no hay fuerza, ni representación política, ni prosperidad común e individual. Los Pueblos que nos rodean, esos Pueblos amigos que tienen tan íntimamente ligados sus intereses con los nuestros, tienen también los mismos derechos que nosotros para mirar por su conservación y su seguridad; desaparezcan para siempre cualesquiera ideas de preferencia y los celos peligrosos, que más de una vez han precipitado la ruina de muchas naciones colosales. Si el imperio de las circunstancias nos ha obligado a formar provisionalmente una Junta de Salud y Seguridad Pública, no ha sido para extender miras inútiles y de supremacía sobre los Pueblos del distrito, tan libres como nosotros para constituir, unidos, la forma de gobierno que pueda convenirnos. Ha sido, si, para impedir las agitaciones públicas, y para que una voz amiga y de la confianza general pueda hablarles

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en el lenguaje de la amistad y de la confraternidad, para que como unos hermanos, y que disfrutamos de unos mismos derechos, nos demos las manos de un punto a otro de la Provincia, nos enlacemos más con el sagrado vínculo de la unión, y conspiremos juntos a formar un solo cuerpo y una sola familia, luego que de Santafé se nos instruya oficialmente de las miras políticas y sistema que se haya adoptado allí con respecto a todas las Provincias del Reino. Confiad desde ahora sobre la sinceridad de las inten-ciones del gobierno que vela en la conservación de vuestros derechos. Confiad en que los demás Pueblos amigos de la Provincia harán una causa común con nosotros; y que unidos todos trazaremos el plan de organización política. La discordia no ha aplicado to-davía sus teas a esta comarca; ni quiera el Cielo que nuestra regeneración sea obra del tumulto, del delirio, ni de la degradación humana. Marchemos con la an-torcha de la razón en la mano; que el fuego de la amis-tad y de la unión general con todos los individuos de la Provincia anime nuestras acciones, nos purifique y nos prepare a formar una reunión de hombres libres, pero Cristianos y amigos de la Paz. De este modo ve-réis florecer el territorio que pisáis; y unos Pueblos de hombres filósofos por sus costumbres, y por sus deli-beraciones, formarán una sociedad envidiable y capaz de acreditar con su conducta, que sabe unir el vigor a la resolución, y la hermanabilidad a las alteraciones que nos obliga ya a formar el torrente imperioso de los sucesos políticos.Sala Consistorial de la Junta Provisional de Salud y Seguridad Pública.

Popayán y Agosto 14 de 1810.De orden de la Junta de Salud y Seguridad Pública. Francisco Antonio de Ulloa, Secretario.

Publicadas originalmente en El Argos Americano. Cartagena, No. 2 (24 septiembre de 1810).

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Noticia de la instalación de la Junta de Gobierno de la Provincia de

Popayán21 de junio de 1811

Año de 1810Agosto 11. En estas circunstancias se recibió, el 5 de agosto, por el Correo de Santafé, noticia de la conmoción popular que había sucedido allí el 20 de julio, y cuyas consecuencias fueron la deposición del virrey y de todas las autoridades españolas, estableciéndose una Junta Suprema. El día 11 se recibió la invitación que hacía la misma Junta para que, reconocida su autoridad, se enviasen diputados que formasen la Junta General. El gobernador Tacón citó a un Cabildo o Consejo abierto, y en él se acordó que se contestase a la Junta Suprema que la ciudad por sí sola no podía deliberar sin los diputados de la Provincia; que se convocase a éstos para que, de común acuerdo, se resolviese lo más conveniente sobre los términos en que debía hacerse la remisión a Santafé. En el mismo día, con asistencia del comisionado Carlos Montúfar, se formó una Junta provisional de Seguridad, compuesta de cinco individuos que allí se eligieron, a saber: don José María Mosquera; el maestrescuela, doctor don Andrés Marcelino Pérez Valencia y Arroyo; don Antonio Arboleda, don

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Mariano Lemus y don Manuel Dueñas. El gobernador debía presidir la Junta, limitando sus facultades a convocar a los diputados de las ciudades de la Provincia; y entre tanto, a promover el buen orden y tranquilidad pública, cuyas funciones cesarían en el acto que se formase la Junta Provincial, que era la que debía hacer los arreglos definitivos. La Junta eligió de secretario a don Francisco Antonio Ulloa, quien desplegó ideas muy liberales en las proclamas y en la invitación del Cuerpo a las ciudades y pueblos de la Provincia. El gobernador se sometió a todo, porque estaba lleno de recelos por los malos sucesos de España, pero después que ésta comenzó a tener algunas ventajas, y luego que aquel jefe recibió el grado de coronel y el Ayuntamiento el nombramiento de Excelencia, por su manejo contra Quito, fue diferente su conducta, protestando que con la sangre de sus venas borraría esos documentos de defección contra el Gobierno peninsular. Sea como fuere, jamás de vio una uniformidad mayor de sentimientos que la que manifestó el pueblo de Popayán con el establecimiento de la Junta: músicas, víctores por la noche a los miembros que la componían, era la manifestación del contento común. El mismo Tacón fue obsequiado ostentosamente, porque su deferencia simulada hacía creerlo adicto al nuevo sistema: así es que se quitó inmediatamente el estanco de aguardientes.

Año de 1811Junio. El día 21 de junio se instaló la Junta de Gobierno con gran solemnidad en la Iglesia Catedral.La compusieron el doctor don Toribio Miguel Rodríguez, por Popayán; doctor don Joaquín Caicedo, por Cali; presbítero don Joaquín Fernández de Soto, por Buga; don José María Cabal, por Caloto; don Félix

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Mazuera, por Cartago; don Antonio Camacho, por Anserma; fray Joaquín Escobar, por Toro; doctor don Santiago Vallecilla, por Iscuandé, y doctor don José Antonio Pérez Valencia, por Almaguer; el secretario lo fue don Francisco Antonio Ulloa. Pasto y Barbacoas se decidieron por el gobernador Tacón, que ocupaba esos lugares del sur.

La Junta exigió nuevos empréstitos y al mismo tiempo abolió el estanco de tabacos, única renta productiva, fuera de la Casa de Moneda. Un cálculo de derechos de alcabalas, imaginario, no habiendo comercio con el Perú ni con Pasto y Quito para exportar el tabaco, fue el fundamento de una tan impolítica mudanza en las rentas.

También hizo la Junta arreglos parciales. Por lo demás, una Junta dividida en Sala de Gobierno y de Justicia, siendo el presidente el ejecutor de lo mismo que acordaba con la Sala, no podía producir ventaja alguna. Santafé planteó esta clase de gobierno anómalo, y él sirvió de modelo a las provincias de la Federación.[…]

La Junta eligió por este tiempo de representante para el Congreso de las Provincias federadas de la Nueva Granada al doctor don Andrés Ordoñez, en consecuencia de haberse recibido la Acta de federación de 27 de noviembre de 1811.

Escrita por Santiago Arroyo Valencia (1773-1845) en su Memoria para la historia de la revolución de Popayán (1808-1824). En: Colección de grandes escritores nacionales y extranjeros. Bogotá: Librería Nueva, 1896 (Biblioteca Popular, XII), p. 266-267. Biblioteca Nacional de Colombia, Miscelánea, José A. Silva, 1252, no. 6.

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Mompóx

Noticia de la Junta de Mompóx, 20 de agosto de 1810

Apenas se recibió en aquella villa [Mompóx], por extraordinario de esta Ciudad [Cartagena], el aviso oficial de la instalación de la Junta Suprema de esta Provincia, y convocatoria que se recibió para el nombramiento de dos diputados que viniesen a representar a aquel Cabildo y su distrito, y ser vocales de ella, cuando se publicó inmediatamente por bando, citando a Cabildo abierto para hacer la elección. En efecto se verificó al día siguiente con asistencia de las principales personas del clero, nobleza y Pueblo de aquella villa, resultando electos para este destino los Señores Dr. D Vicente Celedonio Gutiérrez de Piñeres, alcalde ordinario de primer voto y regidor alguacil mayor, y D. Pantaleón Germán Ribón, alcalde ordinario de segundo voto, los que se anuncia partirán inmediatamente para esta Ciudad, donde se incorporarán a la Suprema Junta, asociándose como vocales, a los importantes trabajos de su instituto en beneficio común de los pueblos.

Publicada en El Argos Americano. Cartagena. Nº 1 (17 de septiembre de 1810)

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Nóvita y Chocó

Noticia de la Junta de Nóvita

A 27 de agosto [de 1810] se instaló la Junta en Nóvita.

Escrito por José María Caballero en su Libro de varias noticias particulares que han sucedido en esta capital de Santa Fe de Bogotá… Santa Fe, 11 de septiembre de 1813.

Noticia de la Junta de Quibdo31 de agosto de 1810

Provincia del ChocóTenemos la satisfacción de comunicar al público los sucesos ocurridos en el Chocó a consecuencia de los de Santafé. La reacción de un pueblo oprimido que recobra su libertad es bien temible, pero los pueblos de la Nueva Granada, por un prodigio singular en la historia de las revoluciones, han tomado medidas bien diferentes. La moderación y generosidad con que la Provincia del Chocó ha instalado su Junta y el tino

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y madurez con que ésta ha procedido no haciendo la menor innovación en el sistema de contribuciones, estancos y demás ramos que hoy hacen el fondo público, es tanto más plausible, cuanto serían mayores los males que nos acarrearía una conducta opuesta. Cuando reunidas las provincias en el punto que se juzgue más conveniente mediten sobre estos importantes objetos, entonces veremos realizadas las reformas que ahora deseamos. Pensar de otro modo es imitar a un empírico que da el remedio sin consideración a las circunstancias y que por atacar el síntoma aumenta la principal enfermedad. Las provincias deben manifestar un generoso desinterés por su beneficio y mejoras privadas, cuando éstas pugnan entre sí y perjudican la armonía, fuerza, unión y bienestar del Reyno.

Quibdó, septiembre 1ºPublicada en esta ciudad la feliz instalación de la Junta Provincial de Santafé, hemos visto llegar la dichosa época en que todos los pueblos puedan recobrar sus preciosos derechos y gozar de una representación que hasta ahora no han tenido. La provincia del Chocó, importante por sus riquezas naturales, se ha visto con dolor privada de mezclar su voz en las deliberaciones del Reyno, y aún de mirar por el bien de sus pueblos por medio de los cabildos; privilegios que hasta ahora se le han negado con tanta mayor injusticia cuanto que los disfrutaban otras provincias infinitamente menos considerables. Así pues, no pudo mirar con indiferencia la ocasión que se le proporcionaba de darse una forma de gobierno popular que le asegurase su felicidad y la libertase de los peligros de la anarquía. Convencido el pueblo de Quibdo de la legalidad y necesidad del sistema de gobierno que las demás han adoptado, se dirigió con la mayor tranquilidad la noche del 31 de agosto a la casa del capitán de caballería don Juan Aguirre, gobernador entonces, y expuso por medio de su cura, doctor don Manuel

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Borrero, que su voluntad era adherirse al sistema de gobierno de Santafé, estableciendo una Junta en los mismos términos que aquella le ha formado. En efecto se resolvió de común acuerdo que al día siguiente se convocase al vecindario a las 9 de la mañana, para que eligiese con entera libertad los sujetos que debían componerla; y así se verificó, y resultaron electos a pluralidad de votos, para Presidente, el señor don José María Valencia; para Vice-presidente el señor don Tomás Santacruz y Barona, y para señores vocales, el doctor don José Ignacio Valenzuela, doctor don Manuel Borrero, y don Manuel Scarpetta. Finalizado este acto, los señores electos prestaron ante el pueblo el juramento de cumplir exactamente las obligaciones de los destinos que se le habían confiado, e impuesto aquel de las que habían contraído juró también obedecer sus mandatos. En seguida el gobernador don Juan Aguirre entregó voluntariamente el mando, y fue tratado con todo el decoro correspondiente a su antigua dignidad, y a los nobles sentimientos de todos los habitantes de esta Provincia. Persuadidos de que la fraternidad e íntima unión de todo el Reyno es lo que más nos interesa en la época presente, resolvieron dar avisos oficiales de lo ocurrido a todas las juntas y cabildos del Reyno, para que conste su adhesión a la de Santafé, y que continuarán las relaciones de comercio, rentas de la Corona y demás ramos como hasta ahora han acostumbrado, pues no han hecho ni pretender hacer novedad en orden a ellos, y a los sujetos que lo sirven, hasta que reunidos los diputados de esta provincia y demás del Reyno en Santafé o cualquiera otra ciudad que se determine, resuelvan con arreglo a las instrucciones y poderes que llevaren hacer las innovaciones correspondientes, en el supuesto de que este Pueblo y la Junta que lo representa ha reasumido sus derechos parciales sin perjuicio de la representación interina del Supremo Consejo de Regencia, y su duración hasta el resultado de las próximas Cortes Generales, o su cesación en el caso

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que infelizmente fuere subyugada la Península, pero en todas circunstancias bajo la augusta representación y amable soberanía del señor don Fernando VII.

Publicada en El Argos Americano. Cartagena. Nº 4 (8 de octubre de 1810); p. 16-17.

Noticia

A 31 de agosto [de 1810] se erigió en el Chocó, en al ciudad de Quibdo, una junta gubernativa.

Publicada por José María Caballero en su Libro de varias noticias particulares que han sucedido en esta capital de Santa Fe de Bogotá… Santa Fe, 11 de septiembre de 1813.

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Santa Fe de Antioquia

Noticia de la Junta provincial de Antioquia

22 de septiembre de 1810

Antioquia, septiembre 22Según anunciamos en nuestro último número, la provincia de Antioquia ha erigido su Junta superior de gobierno. Los cuatro cabildos de aquella gobernación nombraron diputados para un Congreso provincial constituyente que tratase de cimentar un gobierno sólido y justo acreedor a la confianza de sus comitentes; y reunido este cuerpo, después de algunas sesiones a su objeto, resolvió la instalación de la referida Junta, compuesta de los señores don Francisco Ayala, presidente; doctor don Elías López, vice-presidente; y vocales los doctores don Manuel Martínez, don Joaquín Gómez, don José Miguel de la Calle y don Isidro Peláez. El Congreso provincial, después de haber llenado sus deberes, se disolvió, publicando antes las siguientes resoluciones.

Extracto de las providencias dictadas por el Congreso Provincial de Antioquia

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Pueblos de Antioquia fieles a Fernando y amantes de la paz:Vuestro Congreso Provincial pone hoy la mano en la grande obra que le habéis confiado. Santafé de Bogotá, capital del Nuevo Reyno de Granada, ha depuesto las autoridades que nos gobernaban. La anarquía en que puede quedar el Reyno todo es el cuadro terrible que llama nuestra atención y sobre que debemos tirar nuestras pinceladas para alejar los horrores y darle el mejor aspecto en la parte que nos toca. Vuestra fortuna, vuestra tranquilidad, vuestro reposo y todo el bien de este país están vinculados en los estrechos lazos de fraternidad y alianza con que pueden unirse todas las provincias. Discurramos un medio de conseguirlo y fijemos un tiempo para realizarlo. Las críticas actuales circunstancias ponen al Reyno en la necesidad de juntarse en Cortes. Allí podrán nuestros diputados representar enérgicamente nuestros sagrados derechos, y allí podrá el intérprete de nuestros sentimientos formarse un partido ventajoso, al que sin violencia, sin sangre y sin estragos cederá la parte descarriada de la razón y de la justicia.

¡Antioqueños! He aquí ya detallada la precisa y decorosa alianza que debéis tener. Vuestro gobierno en los demás ramos y vuestra administración de justicia será económica; no iréis a mendigar a largas distancias la providencia que alce vuestros agravios y que os dé un derecho de protección contra el juez injusto. El Congreso aspira a la satisfacción no sólo de ver obedecidos sus acuerdos, sino a la de mirarlos ejecutados con vuestro beneplácito. Tales han sido sus loables sentimientos durante el tiempo de sus tareas, y usando de las preciosas facultades que vosotros le disteis establece la forma de Gobierno bajo de que debéis vivir hasta la restitución de Fernando al trono, o hasta la decisión del Reyno legítimamente representado en Cortes. El Congreso exige de

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vosotros el juramento de fidelidad a las resoluciones siguientes:Se contestará a la Junta de Santafé que esta Provincia no suscribe ni por ahora puede nombrar para ella su diputado, pero indicándole nuestras firmes ideas de fraternidad, de unión y de que se aspira a la confederación general del Reyno; que estamos prontos a enviar nuestro representante para el segundo objeto propuesto en su Manifiesto del 29 de julio. Siguiendo estas mismas ideas con todas las provincias del Reyno, principalmente con las de Cartagena, Santa Marta y Río de Hacha, les ofrecemos nuestros auxilios, según las necesidades públicas que nos representen relativas a nuestra defensa con proporción al sobrante de nuestros fondos. Dando ahora a la faz de todo el Mundo una prueba nada equívoca de nuestra fraternidad y unión con los buenos españoles europeos, se abrirá una suscripción general para una caja o fondo de auxilios, a los que errantes y emigrados de la Península vengan a acogerse en nuestro suelo, a quienes se socorrerá con proporción: 1. A la parte que hayan tomado en nuestra justa causa por Fernando VII y peligros a que se hayan expuesto en la sangrienta guerra que sostenemos contra el enemigo general de la Europa y las Américas. 2. A las artes que profesan, que pueden fomentar y perfeccionar las nuestras. 3. A su más o menos numerosa familia, sin perder de vista los diversos sexos. En el acto de cesar el Congreso en sus funciones quedará instalada una Junta Superior Provincial con las mismas facultades que los cuatro ayuntamientos, en representación de la que sus respectivos pueblos han conferido y depositado en dicho congreso. Se compondrá la Junta de un presidente, que lo será el señor don Francisco de Ayala; de un vicepresidente que

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los será el doctor don Elías López, y de cuatro vocales tomados por ahora de las respectivas diputaciones, de los cabildos del Departamento, que elegidas a pluralidad de votos por los mismos representantes, resultaron ser los señores doctores don Manuel Martínez, don Joaquín Gómez, don José Miguel de la Calle y don Isidro Peláez, con el actuante escribano secretario. La indicada Junta será provisional mientras los ayuntamientos de esta ciudad de Antioquia, Medellín, Rionegro y Marinilla concurren a formarla por elección de un diputado idóneo que harán los padres o cabezas de familia conocidos por tales, y no impedidos legalmente de esta voz. El secretario, que desde entonces comenzará a ser vocal, será elegido por la misma Junta. Todos los señores vocales tendrán de sueldo anual mil pesos fuertes que correrán desde su posesión, y sus oficios serán por el preciso tiempo de un año. El presidente quedará con su dotación, y el vicepresidente gozará de mil y quinientos pesos que deberán satisfacérsele del fondo público, quedando este Cabildo libre de la pensión de ochocientos con que le contribuía por asesor del gobierno. Revestida la Junta con el carácter de superior provincial, le serán anexas e indisputables las facultades de todo ramo de administración de justicia, por apelaciones, quejas y consultas, pero de ninguna manera en primera instancia, aunque sea dentro de las cinco leguas, para que quedando más expedita, pueda igualmente atender a los otros ramos de hacienda, policía, comercio, industria, defensa interior y demás que se comprende bajo el concepto de un buen gobierno.

Atendiendo a la reclamación general contra los ramos estancados de aguardiente y tabaco, principalmente a los de esta provincia, que por muchos años ha sido

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vejada con el duplo de sus valores, a las trabas que esto pone a la agricultura, a las noticias que se tienen de que las provincias donde se cosechaba el tabaco, con la exclusión que demandaban las factorías, lo han declarado de libre comercio, y que esto nos pone en el riesgo de no recibir las abundantes provisiones de que hasta ahora hemos disfrutado; considerando el estado actual de la antigua capital y dudas en que podrán entrar los cosecheros de la Factoría de Ambalema sobre no serles admitidos sus géneros, y por otras muchas razones, se acuerda en beneficio de estos pueblos y en fomento de la agricultura e industria, que los expresados ramos de aguardiente y tabaco queden y sean en lo sucesivo de libre comercio, pudiéndose cosechar, destilar y consumir dentro de la provincia y extraer fuera de ella bajo las reglas siguientes:

Los administradores permanecerán con sus mismos sueldos, y suprimidas sus antiguas funciones, enten-derán solamente en la mejor y más exacta recauda-ción de los derechos que van a expresarse. Habiendo provenido la mayor parte de nuestros tesoros públicos del tabaco y aguardiente, y no debiendo quedar la Patria sin los fondos de que tanto necesita, ya para ocurrir a muchos indispensables gastos, ya para su mayor fomento, y precisado el Congreso por los notorios deseos de estos pueblos a la extinción de dichos estancos, acuerda que todo vecino libre de esta provincia, sin distinción de sexos, desde que llegue a la edad de diez y ocho años, hará anualmente la pequeña contribución de ocho reales por la franquicia que se les concede en el uso de estos dos ramos. Se declararán incursos en la pena del duplo a los que maliciosamente retardasen la enunciada contribución, pues que con este hecho defraudan la Patria y hacen dificultosa la recaudación.

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Los que por vía de comercio introdujesen en esta provincia cualquiera de los referidos ramos, pagarán el dos por ciento de alcabala. Quedan suprimidas las plazas de guardas y demás dependientes de estos establecimientos, A los mazamorreros, o lavadores de oro, no se les exigirá el derecho llamado de mazamorras por ser perjudicial al erario y a la industria. En consideración a la prosperidad de esta provincia, los mineros no pagarán por sus registros o títulos otros derechos que los del papel sellado, y amanuense a la escribanía. Juzgándose corruptela el dos y cuarto por ciento de alcabala que se cobra al comercio en esta provincia, cuando en todas las demás sólo se satisface un dos conforme a la ley, se declara abusivo el exceso de los dos reales, que en lo venidero no se cobrarán ni se pagarán. Siendo los oficiales reales unos ministros excesiva-mente asalariados, para todo lo anexo y concerniente a su oficio no cobrarán derecho alguno por registros, cancelaciones, tomas de razón, etc. con los que pen-sionan al comercio, y al público. Concurriendo en el señor gobernador idéntica razón de estar suficientemente asalariado, y siendo contra expresa disposición el que en semejante caso se exijan costas u otros derechos, no se pagarán a dicho señor en lo sucesivo. Teniendo que entender el doctor don Juan Elías López en los graves negocios de la Junta, y al mismo tiempo como asesor en el ramo gubernativo, no oirá por ahora demandas por escrito mediante a que queda por otra parte un suficiente número de jueces para las causas que ocurran.

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Se previene a los escribanos, y se encarga muy particularmente a los señores jueces eclesiásticos la observancia de los reales aranceles y demás repetidas providencias ganadas por el público sobre la simplificación de sus derechos, en cuyo pronto cumplimiento la Junta interpondrá sus facultades si fuese necesario. El muy ilustre Cabildo de esta ciudad, y los otros tres del departamento de esta provincia, continuarán ejerciendo sus funciones y facultades en lo que no sean incompatibles con las de la Junta. Además del testimonio con que se contestará a la Junta de Santafé, las resoluciones de los cuatro ilustres ayuntamientos de Antioquia, Medellín, Rionegro y Marinilla se compulsarán otros para remitir a Cartagena, Santa Marta, Río de Hacha y demás provincias en manifestación de nuestros solemnes votos de fraternidad, alianza y Confederación, los que estrechamos y estrecharemos cada vez más con nuestras recíprocas relaciones. El obedecimiento de los anteriores acuerdos se hará y practicará en los cuatro cabildos respectivos con la más solemne forma, publicándose en la que fuese acostumbrada, y haciéndose reconocer por la jurisdicción eclesiástica y demás cuerpos militares y políticos.

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Comunicación enviada a la Junta Suprema de Cartagena

Excelentísimo señor:Persuadida está esta Junta de la necesidad de la más pronta congregación del Reyno en Cortes para deli-berar sobre el reconocimiento o sustracción del Con-sejo de Regencia, sobre el sistema de gobierno que deba adoptarse, y para trabajar seriamente en nuestra constitución. Ha recibido, y leído con aplauso, las po-líticas y profundas reflexiones del manifiesto de V. E. de 19 del pasado, y mirando con sumo reconocimiento indicado este lugar, o el de Medellín, para disfrutar el grande honor de la residencia de tan ilustre asamblea, que sería recibida y considerada con todo el regocijo y respeto de estos pueblos, debidos a su alta represen-tación y saludables fines; desde luego gozaría de la libertad, seguridad y tranquilidad a que debe atender-se, como unas calidades esenciales para estos casos e indisputables a nuestro país, cuyos caminos, agricul-tura y edificios abriremos, protegeremos y adelanta-remos con el mayor empeño para proporcionar todas las posibles comodidades a este fin. La Junta hará oficiosa y oportunamente iguales ofrecimientos a todas las provincias, confirmando la brevedad y ventajosa situación de las rutas detalladas con tanta exactitud para el caso en que fuese abrazada

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la propuesta generosa de V. E. en que conviene gustosa esta provincia, como lo reconocerá V. E. por el testimonio que se le acompaña.Dios guarde a V. E. muchos años.Antioquia, Octubre 12 de 1810Francisco de Ayala. Juan Elías López. Manuel Antonio Martínez. Dr. José Joaquín Gómez. José Miguel de la Calle. Isidro Peláez.

Publicado en El Argos Americano. Cartagena. Nº 5 (15 de octubre de 1810), p. 20-21; Nº 6 (22 de octubre de 1810), p. 23; Nº 7 (29 octubre 1810), p. 27-28.

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Santa Marta

Acta del cabildo de la ciudad de Santa Marta

9 de agosto de 1810

En la ciudad de Santa Marta, a nueve de Agosto de mil ochocientos diez, se congregaron en esta Sala Capitular los señores don Víctor de Salcedo y Somodevilla, coronel de infantería, gobernador, comandante general de esta plaza y provincia por Su Majestad; don Josef Munive, coronel de milicias, diputado en Cortes de esta dicha plaza y provincia; don Apolinar de Torres y don Josef Nicolás de Ximeno, alcaldes ordinarios; don Vicente Moré, regidor alférez real; don Manuel Conde, alcalde mayor provincial; don Esteban de Morrón, fiel ejecutor; don Simón Guerrero, alguacil mayor; únicos capitulares por ocupación del señor regidor añal don Enrique Arroyuelo, con asistencia del caballero síndico procurador general, doctor don Basilio de Toro; a efecto de tratar de los asuntos que han de uso y costumbre en beneficio de esta república. Así mismo se abrió un pliego de los señores de la Junta de Real Hacienda, que con oficio primero del presente acompañan un testimonio de las diligencias actuadas en dicho tribunal con motivo de la postura que para la entrada de fusiles, correajes y pólvora hizo el teniente

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de infantería don Josef Víctor de Salcedo, que se pregonó y sacó a remate público, y no se verificó por lo que del auto del dicho remate resulta.

Y habiendo conferenciado todo lo conveniente en be-neficio del Rey y la Patria, y habiéndose anunciado que en el Norte América se aprontaba una expedi-ción de tres mil hombres franceses para esta costa de América, sin descubrirse el punto a que se diri-ja. Reflexionando los dichos señores que esta Plaza puede ser interesante al enemigo común, y estando indefensa parece muy arreglado a justicia que este Cabildo, como el tribunal de representación del Pue-blo en quien debe confiar éste, tome todas las pro-videncias […] del día, por cuyo motivo, y habiendo propuesto don Josef María Martínez de Aparicio que él personalmente pasará a Jamaica o a cualquiera otro puerto que tenga por conveniente, a comprar los fusi-les y demás pertrechos, con cien quintales de pólvora, dándolos a esta ciudad a los principales que tengan en dichas colonias, con más trescientos sables. Y habien-do oído el dictamen del señor coronel de milicias don Josef Munive, y como representante en Cortes de esta provincia, quien expuso que sin embargo de ser administrador de aguardientes y correos dicho don Josef María Martínez de Aparicio, opinaba que por las mismas urgencias que se han tenido presentes, se le comisione para que a la mayor brevedad verifique su expedición para la seguridad de esta plaza, dán-dosele por estas Reales Cajas nueve o diez mil pesos bajo de su responsabilidad. Y en su consecuencia se determinó por unánimes votos de conformidad que se comisione a dicho Aparicio para la citada expedi-ción, y que se le pase recado a dicho Aparicio para que concurra a este Sala Capitular, y se le haga saber esta confianza, a fin de que sin pérdida de tiempo se realice cuanto sea necesario para el caso. Y habiendo comparecido el citado administrador don José María Martínez Aparicio, impuesto del motivo a que ha sido

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llamado, dio las gracias a este ilustre cuerpo por la confianza que se hacía de su persona, y ofreció eva-cuar su comisión sin pérdida de tiempo, con calidad de que se le haya de dar al maestro armero de la ciudad, Pedro Echeverría, para que le acompañe, y valerse de su inteligencia para la compra de las armas, que a su costa lo mantendrá y gratificará para acreditar sus ideas en beneficio de esta plaza que tanto ama. Que se le dé 10.000 pesos en plata fuerte u oro y demás cosas que sean necesarias, que se le deberán pagar al regreso de su viaje luego que entregue los fusiles y armamentos. Que se le han de dar las credenciales necesarias para los dos señores almirantes de mar y tierra de la isla de Jamaica, y pasaporte del Gobierno. Que con motivo de ir a hacer un servicio particular a la Real Hacienda y a la Patria dando los fusiles y armamentos sin utilidad propia, sino a los principales, que de cuenta de la misma Real Hacienda cuesten, no deberá ésta exigir derecho alguno. Y habiéndose oído por el mismo cuerpo, manda que se le den las gracias por sus ideas patrióticas en unas circunstancias que tanto se debe apreciar con un servicio tan particular como el que ofrece hacer, se pase inmediatamente ofi-cio con testimonio de este acuerdo a los señores de la Junta de Real Hacienda para que inmediatamente le entreguen los diez mil pesos en plata fuerte u oro que se han graduado para la expedición, evitándose dar cuenta al excelentísimo señor virrey del Reino para esperar sus órdenes, porque las circunstancias no dan tiempo para ello, y porque se considera que la misma Real Hacienda está destinada para la seguridad de los vasallos y del Rey.

Con lo cual se concluyó esta acta que formaron los señores que la compusieron con el administrador don Josef María Aparicio por ante mí el escribano de gobierno interino del cuerpo, que doy fe.

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Víctor de Salcedo. Josef Munive. Antonio Viana. Apolinar de Torres. Josef Nicolás de Ximeno. Vicente Moré. Manuel Conde. Esteban de Morrón. Simón Guerrero. Basilio de Toro de Mendoza. Agustín Gutiérrez y moreno. Josef María Martínez de Aparicio. Josef León Godoy.

Original en el Archivo General de Indias, Santa Fe 746. Apéndice de la carta escrita por José María Martínez de Aparicio el 25 de noviembre de 1810. La localización de esta acta se debe a Steinar Andreas Saether, profesor de la Universidad de Oslo en el ILOS (Institutt for litteratur, omradestudier og europeiske sprak), quien gentilmente cedió su copia para esta compilación documental.

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Acta del cabildo extraordinario de la ciudad de Santa Marta

10 de agosto de 1810

En la ciudad de Santa Marta, a las seis de la tarde del día diez de Agosto de mil ochocientos diez, se congregaron a cabildo extraordinario los señores capitulares a saber: don Víctor de Salcedo y Somodevilla, coronel de infantería, gobernador, comandante general de esta plaza y provincia por Su Majestad; don José Munive, coronel de estas milicias, diputado en Cortes de esta dicha ciudad y su provincia; don Antonio Viana, teniente gobernador, auditor de guerra, asesor general de gobierno por Su Majestad; don Apolinar de Torres y don José Nicolás de Ximeno, alcaldes ordinarios; don Vicente Moré, regidor alférez real; don Manuel Conde, regidor alcalde mayor provincial; don Esteban de Morrón, regidor fiel ejecutor; don Simón Guerrero, regidor alguacil mayor; únicos capitulares por ocupación del señor regidor añal don Enrique Arroyuelo, con asistencia del caballero síndico procurador general, doctor don Basilio de Toro de Mendoza, y del señor doctor don Agustín Gutiérrez y Moreno68, abogado de la Real Audiencia del distrito, 68 Natural de Santa Fe, había llegado dos años antes a Santa Marta para ejercer su profesión de abogado, pero se insertó en el comercio de la ciudad.

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asesor de este cuerpo; con motivo de haberse juntado la parte más principal del vecindario en casa del señor gobernador presidente, exponiéndole que deseaban se formara una Junta Provincial de Gobierno que velase sobre la seguridad del Pueblo, y en quien éste pudiese depositar su confianza, mediante a que así lo habían hecho las demás provincias del Reyno, y aún la misma capital, según varias noticias que se habían recibido; en cuya virtud propuesto por el señor gobernador el motivo de la celebración del Cabildo, y convocados los vecinos que habían hecho la solicitud, con otros muchos más, y un numeroso pueblo que compareció al frente de las casas consistoriales, manifestó el señor teniente gobernador los papeles que había recibido por un propio de la capital de Santafé, y habiéndose leído se vio contenían lo ocurrido en la instalación de la Suprema Junta de Gobierno del Reyno en los días veinte y veinte y uno del pasado julio, y los objetos que se proponía dicha Junta Suprema y motivos de su formación. En cuyo estado el caballero síndico procurador general hizo presente que desde el día nueve de este mes en que se celebró cabildo ordinario tenía ya preparado un pedimento solicitando la formación de una junta provincial en esta ciudad, el que no manifestó en dicho día por las ocurrencias que hubo en él, y lo hizo en el acto, y habiéndose leído como resultase pedir efectivamente la instalación de la Junta Provincial, haciendo mérito de los oficios y testimonios que había remitido el ilustre Cabildo de Cartagena a éste, invitándolo a adoptar el sistema de gobierno de que ahora se trata, se acordó que debía formarse la Junta Provincial que pedía el Pueblo, en cuya consecuencia se procediese a la elección de vocales que debían componerla, y que se instalase y gobernase el pueblo en los mismos términos propuestos por el citado ilustre Ayuntamiento de Cartagena, por parecer los más conformes a la seguridad del Pueblo e inspirarla la confianza que debe tener en los que lo gobiernan y a la subsistencia de la misma Junta,

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en su consecuencia se acordó también se recibiesen los sufragios de todo el Pueblo que había concurrido, y habiéndose así verificado resultó del escrutinio concurrir la totalidad de votos para presidente a favor del señor don Víctor de Salcedo y Somedevilla, coronel de infantería de los Reales Ejércitos, y la pluralidad para vice-presidente al señor coronel de milicias diputado en Cortes don José Munive. Para vocal nato el señor teniente gobernador don Antonio Viana, en quien también concurrió el número de setenta y cinco votos para vicepresidente, y para vocales los señores arcediano dignidad don Pedro Gabriel Díaz Granados, don Plácido Hernández Domínguez, provisor vicario capitular; don Basilio García, oficial real jubilado; don Pedro Rodríguez, actual tesorero oficial real; don Rafael Zúñiga, teniente coronel de milicias; doctor don Ramón de Zúñiga, don José María Martínez de Aparicio, administrador de las reales rentas de aguardientes, naipes y correos de esta plaza; don Miguel María Martínez de Aparicio, don José Ignacio Díaz Granados, doctor don Esteban Díaz Granados, don Manuel María Dávila, don Venancio Díaz Granados, don Rafael Sánchez y Gálves, contador interventor de la real renta de aguardientes y naipes; y don Francisco Xavier Días Granados. En este estado se recibió juramento a dichos señores vice-presidente y vocales, a excepción de los cuatro señores son José Ignacio Díaz Granados, doctor don Esteban Díaz Granados, don Manuel María Dávila y don Francisco Xavier Días Granados por hallarse ausentes, y le prestó por ante el muy ilustre Cabildo en la forma siguiente: puesta la mano sobre los santos evangelios, formando la señal de la cruz y preguntados por el señor presidente ¿juráis a Dios por estos santos evangelios cumplir y desempeñar el encargo de vice-presidente y vocales de la Junta Provincial de Gobierno, velando por la seguridad del pueblo, derramar vuestra sangre y sacrificar vuestras vidas en defensa de nuestra Religión Católica

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Apostólica Romana, de nuestro muy amado soberano el señor don Fernando Séptimo y defender la libertad y seguridad de la Patria? Respondieron cada uno de por sí: si juro. En este estado se recibió también igual juramento al señor presidente, quien lo prestó en manos de los señores arcediano don Pedro Gabriel Díaz Granados y provisor don Plácido Hernández Domínguez en la forma expresada. En acto seguido se recibió también juramento a los señores de este muy ilustre Ayuntamiento, quienes ofrecieron obedecer y reconocer a la Junta Provincial de Gobierno, haciendo lo mismo el caballero síndico procurador general a nombre de todo el pueblo.

Con lo que quedó instalada la expresada Junta Gubernativa y posesionados en sus respectivos cargos los señores presidente, vice-presidente y vocales arriba expresados, a excepción de los cuatro ausentes. Y lo firman los señores del Ayuntamiento, los señores posesionados con los que saben de los vecinos presentes y por los que no saben y se han ausentado o retirado a sus casas el caballero síndico procurador general por ante mí el escribano público de gobierno e interino del cuerpo de que doy fe.

Víctor de Salcedo. José Munive. Antonio Viana. Apolinar de Torres. José Nicolás de Ximeno. Vicente Moré. Manuel Conde. Simón Guerrero. Esteban de Morrón. Basilio de Toro de Mendoza. Agustín Gutiérrez y Moreno. Pedro Gabriel Díaz Granados. Plácido Hernández Domínguez. Pedro Rodríguez. Basilio García. Rafael de Zúñiga. Doctor Ramón de Zúñiga. José María Martínez de Aparicio. Venancio Díaz Granados. Rafael Sánchez y Gálves. Salvador Vives y Ferrer. Silvestre Díaz Granados. Juan José Ujueta. Lázaro de Robles. Abdón Altafulla. Leandro Ximénez de Cisneros. Pablo Oligos. Agustín José de Sojo. Juan Benito Núñez. Manuel González. Claro Miranda. Blas José Noriega. Nicolás Viloria. Hipólito

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Ibarra. José Antonio Almanza. Francisco Jerónimo de Hita. Por los que se han retirado y ausentes, Basilio de Toro de Mendoza.Ante mí, Josef León Godoy.

Seguidamente se congregaron los señores que componen la Junta Gubernativa provincial, afecto de nombrar secretario de ella, para que se haga cargo de los papeles, actas y demás documentos que se hayan de actuar, dando principio con un testimonio de la anterior acta de instalación. Y habiendo votado de unánime consentimiento al doctor don Agustín Gutiérrez Moreno, que obtuvo para vocal de la misma Junta noventa y un sufragios, se le declaró con voto con respecto a la suma confianza que se tiene de su conducta y literatura; y habiéndosele dado noticia, compareció en el mismo acto, y admitiendo el nombramiento que se la ha hecho, dando gracias a la misma Junta, juró en manos del señor presidente por Dios Nuestro Señor y los Santos Evangelios cumplir bien y fielmente su oficio. Con lo que queda posesionado, y lo firma con los señores, por ante mí el escribano de que doy fe.

Víctor de Salcedo, presidente. José Munive, vicepresi-dente. Antonio Viana, vocal nato. Pedro Gabriel Díaz Granados. Plácido Hernández Domínguez. Pedro Rodríguez. Basilio García. Rafael de Zúñiga. Doctor Ramón de Zúñiga. José María Martínez de Aparicio. Venancio Díaz Granados. Miguel María Martínez de Aparicio. Rafael Sánchez y Gálvez. Agustín Gutié-rrez y Moreno. Ante mí, Josef León Godoy.

Congregada la misma Junta en las sesiones de once, trece y catorce del presente mes de Agosto, en que habiendo comparecido alguno de los vocales ausentes en el día de la instalación, jurando el fiel y exacto desempeño de sus oficios, y habiéndose también

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reconocido con igual forma dicho Congreso por los jefes y corporaciones de la Plaza, se dispuso que las órdenes, oficios y comunicaciones que debían hacerse tanto dentro como fuera la ciudad se firmasen en asocio del señor presidente por los dos señores diputados vicepresidente don José Munive y vocal nato don Antonio Viana. Quedaron señalados los días sábados para las juntas semanales, sin perjuicio de celebrarse en otros días las extraordinarias, según las ocurrencias. Se nombró por patrono y protector de dicha Junta al glorioso patriarca señor San José, y con asistencia de dicha Junta se celebró en la Santa Iglesia Catedral, el día doce último, una misa solemne con Te Deum en acción de gracias por la quietud, unión y conformidad con que se celebró la instalación. Sobre el asiento de los señores vocales en las asistencias a cualesquiera actos de iglesia, fue acordado que construyéndose nuevas bancas y colocándose al lado del Evangelio, sirviesen de asiento a dichos señores, quedando al frente, en el de la Epístola, los del muy ilustre Cabildo. Que en caso de ausencia o impedimento del señor presidente tenga su lugar el señor vicepresidente de la Junta, y el señor teniente gobernador nato en el Ayuntamiento, conforme a la disposición de las leyes, en inteligencia de que el asiento del señor vocal nato nunca será la silla misma del señor presidente, por corresponderle ésta como vicepatrono. Se dispuso también fijar el término del ejercicio de los ministerios de vocal hasta el fin del mes de diciembre de este año, en cuya época quedará resuelto si deben continuar por más tiempo en ellos o relevarse, y el modo y forma con que han de ejecutarse las futuras elecciones. Se acordó, igualmente, que las apelaciones que puedan ocurrir en los asuntos de justicia que se agitan en la ciudad vayan a la Junta, interin se establece la

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Suprema que debe gobernar el Reino y componerse de los diputados del mismo. Y que en los avisos de oficio dados a los cinco ayuntamientos de la Provincia, capitanes aguerra y demás jueces a la instalación, se les comunicase esta determinación para que, prestando su consentimiento a lo dicho, puedan llevar sus recursos a la capital de la Provincia. Que se recogiesen y pusiesen en la sala de armas to-das las que existían en poder de los individuos de la Compañía urbana, de cuyo cumplimiento quedó en-cargado el señor presidente. Que por el mismo se diese orden para que el capitán don Pablo Oligos se hiciese cargo de la batería Santa Bárbara, reserván-dose para otra sesión tratar sobre el modo de seguir los destacamentos de dicha batería y la del Rosario. En la misma conformidad se acordó que se pusiese sobre las armas, para aumento de la guarnición de la plaza, una compañía de las de milicias, por la notoria falta que hay en ellas de fuerzas suficientes. Con el lo-gro de estos mismos objetos se dispuso la compra de 18 cañones del calibre de diez y ocho, fusiles y otros pertrechos de guerra necesarios a la fortificación de la plaza, para cuyo encargo se comisionó al señor vocal don José María Martínez de Aparicio, quien debía en-tenderse con los señores oficiales reales sobre la can-tidad necesaria, que no podía bajar de doce mil pesos.

Que las materias dignas de discusión en la Junta no se han de de terminar en la misma sesión, sino en la inmediata siguiente, y que al intento deben darse á cada uno do los señores vocales los puntos que se pro-pongan, los que se han de determinar por pluralidad de votos.

Que a la Junta se le dé de oficio el tratamiento de Señoría, poro nin guno á sus individuos, quienes satisfechos con el glorioso nombre de pa triotas, no aspiran á otros honores. También se acordó se

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fijaran carteles o cedulones en los parajes públicos, avisando que cualquiera de los indivi duos del pueblo que quiera representar á la Junta algún plan o pensa-miento útil a todo el común y al mejor gobierno do la Provincia, lo pueda hacer por medio de memorial que entregará cerrado a abierto al señor secretario vocal de la propia Junta, para que le dé el curso correspon-diente, con prevención de que estando el pliego cerrado deberá suscribir en su cubierta el sujeto que lo entregue. El escribano Don José León Godoy, que autorizó las primeras sesiones de la Junta, renunció ante ella su propio apelativo como un nombre de eterna execración, en odio del infame favorito, denominándose en adelante solamente Don José de León, lo quo fue admitido por la Junta, mandando se le diese certificación de dicho acuerdo para los usos que le convengan. Y mediante a estar ya reasumido en la Junta el Gobierno de la Provincia, se le nombró de es cribano de la misma Junta, con la asignación de cien pesos anuales, sin perjuicio de su aumento, y con abono de los costos necesarios para su oficio. Se mandaron publicar por bando las actas de que viene hecha re lación, comunicándose debidamente a los cabildos foráneos y justicias de la misma Provincia, para que la expresada Junta se reconozca por la su-perior de ella; dándose noticia de la instalación al muy ilustre Cabildo y Gobierno de la plaza de Cartagena y la del de Riohacha. Recibidos por el correo ordinario del 14 los pliegos de la capital de Santafé en que se comunicaron al Ayuntamiento de Santa Marta las ocurrencias de la mis ma capital, instalación de una Junta, y en que se invita a la formación de otra Suprema del Reino, compuesta de los respectivos diputados de sus provincias, fue deliberado que mediante la gravedad del negocio, en que era muy importante la más detenida reflexión, se le contestase a dicha Junta acusando simplemente el recibo del oficio e impresos, reser vándose para otra sesión la determinación conveniente.

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ALOCUCIÓN de uno de los miembros de la Junta Gubernativa de Santa Marta, con motivo

de la instalación de este Cuerpo.

¡Ciudadanos de Santa Marta! Llegó el feliz momento en que expira la tiranía y desaparece el despotismo; pero aun el uno puede tener sus cadenas y el otro su espantosa voluntad ocultas en los corazones de algu-nos malos ciudadanos: para destruirlo, de una vez, y que en lo sucesivo no renazca de sus mismas cenizas este monstruo que tanto nos ha hecho padecer y sufrir, es indispensable que a todos nos anime el sincero patriotismo, una unión perfecta, el olvido do todo agravio o rencor parti cular; y que un solo modo de pensar nos haga concurrir á mejorar nues tra suerte, procurando con nuestros desvelos y trabajos formar una Cons titución nueva que nos dé leyes estables y análogas a nuestros intereses y situación local, y que produzcan a estos países un comercio activo y una agricultura floreciente, que son las verdaderas riquezas de un Estado.

Nombrados por vuestros sufragios libres, sin estrépito de armas ni tumulto, para representar el Gobierno de esta Provincia, vuestra felici dad será nuestra sola y única ocupación. Todavía no hemos podido ocu parnos sino en algunas formalidades que son indispensables en el estable cimiento de un nuevo sistema de

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Gobierno; pero aun en medio de estas ocupaciones no hemos perdido do vista mejorar vuestra suerte; y al efecto, si alguno tuviere que quejarse, sea contra quien fuere, que se presente, y si es pobre, que no tema al enemigo, por poderoso que sea; que se haga cargo que va á hablar á sus mismos hermanos ó á los defen sores de sus derechos, y á unos ciudadanos que siempre se manifestarán gratos para escuchar al infeliz y hacerle justicia, vengando la opresión de su inocencia con el castigo que el delincuente seguramente hallará en nuestras determinaciones, por las que sentirá todo el peso de la ley que lo condene. Tales son, conciudadanos, nuestras sanas intenciones, que os manifestamos en estos primeros días de nuestro Gobierno, para inspiraros la verdadera confianza que debéis tener en este nuevo Tribunal.

El actual sistema de gobierno trata de reformar todas las providen cias que hayan sido gravosas al ciudadano; pero esto no es obra de un día; para conseguirlo es necesario mucho trabajo, suma aplicación y una constante firmeza. La Junta general o superior del Reino que se ha de establecer en Santafé, o en otro punto, pondrá orden en todo; ten dréis en ella quien represente vuestros derechos sagrados, y vosotros mis mos formareis las leyes que os han de gobernar. No serán éstas ya unos preceptos desabridos que el rigor o el despotismo os haga obedecer; se rán, sí, unas ordenanzas que marcadas con el indeleble sello de la voluntad de los pueblos, ellos mismos se estimulen por la propia utilidad que les resulta de cumplirlas y obedecerlas, y para que en un todo tengáis parte en el establecimiento del nuevo Código que ha de gobernar este Reino, la Junta os invita, ciudadanos, os convida y suplica para que con toda libertad, y sin excepción de personas pueda cada uno de vosotros mani festar a este Cuerpo sus pensamientos, planes y proyectos, siempre que los considere útiles a la Patria ó al Reino

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todo, o que puedan de algún modo contribuir a vuestra felicidad.

No ignoramos que hay hombres en todas las sociedades que siem bran la discordia entre los vecinos; os exhortamos, pues, para que no os dejéis seducir de estos cobardes enemigos de la tranquilidad pública, y a quienes una vergonzosa pusilanimidad les hace predecir mil desbarres; contestad a esos compungidos, despreciables y discursistas incendiarios, que sois verdaderos patriotas, que tenéis grabado en vuestro mismo cora zón el amor a la Patria, que juráis con nosotros fidelidad eterna a Fer nando VII, a ese desgraciado Príncipe, víctima de su buena fe, que todos estarnos listos y prontos para derramar hasta la última gota de nuestra sangre por nuestra sagrada Religión, por nuestra Patria y por nuestro Rey, y que ellos, si puede haberlos en esta plaza, sepan y estén entendidos de que la Junta por ahora corre un denso velo por todo lo pasado, pero que al mismo tiempo velará incesantemente sobre sus operaciones y con-ducta, y que si en ésta se advierte alguna culpabilidad voluntariamente criminal, ningún pretexto los excusará del rigor de la ley que condena a los sediciosos.

¡Jefes y Oficiales militares! Estad prontos con las tropas de vues tro mando para defender los sagrados derechos que protegemos: uníos con nosotros para sostenerlos. Tenemos todos un mismo interés y defendemos una misma causa, y de este modo podremos con sobrada satisfacción decir á cualquier enemigo oculto que nosotros nos burlamos de sus da ñadas intenciones.

¡Pastores y Ministros del Santuario! Vosotros sabéis que vues tro ministerio sagrado no se reduce solo a predicar la palabra de Dios; se extiende también, sí, á hacer conocer á aquella clase de gentes á quien la Providencia ha escaseado sus luces, lo que debe á su

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gobierno; por tan to, hacedles saber y repetidles en todas ocasiones: que Dios quiere y ben dice al pueblo que ama, sirve y se sacrifica por el bien y defensa de su Religión, de la Patria y de su Rey. Estos son los únicos y verdaderos sentimientos do la Junta Superior Gubernativa de Santa Marta, explica dos por el débil órgano de uno de sus miembros.

Santa Marta, 14 de Agosto de 1810.Doctor Ramón de Zúñiga y Núñez.

Copias en el Archivo General de la Nación y en Archivo General de Indias, Santa Fe 1183. La localización de esta última copia se debe a Steinar Andreas Saether, profesor de la Universidad de Oslo en el ILOS (Institutt for litteratur, omradestudier og europeiske sprak), quien gentilmente cedió su copia para esta compilación documental. Esta acta fue publicada por Manuel Ezequiel Corrales en sus Documentos para la historia de la Provincia de Cartagena de Indias, hoy Estado Soberano de Bolívar en la Unión Colombiana. Bogotá: Imprenta de Medardo Rivas, 1883; p. 136-142.

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Acta de reorganización de la Junta Superior de Santa Marta

22 de diciembre de 1810

En la ciudad de Santa Marta, a veinte y dos de Diciembre de mil.ochocientos diez, se congregaron a Junta ordinaria los señores presidente, Don Víctor de Salcedo; vicepresidente, Don José Munive; y vocales, Don Pedro Gabriel Díaz Granados, Don Plácido Hernández Domínguez, Don Rafael de Zúniga, Don José María Martínez de Aparicio, Don José Ignacio Díaz Granados, Don Estevan Díaz Granados, Don Manuel María Dávila, Don Rafael Sánchez y Gálvez, Don Francisco Aquilino Jácome, Don Francisco Javier Díaz Granados, a efecto de tratar los asuntos de su instituto, en cuyo estado se presentó en la plaza pública un numeroso concurso del pueblo, á cuya novedad, habiéndose avisado á la misma Su perior Junta, salió el señor presidente al balcón de esta Sala Consistorial, á efecto de informarse do lo que se pedía; tuvo á bien que tres ó cuatro de los vecinos concurrentes subiesen y se presentaron á la Sala para que in dicasen los motivos de la solicitud, y que verificado se presentaron seis, pidiendo por primer punto que el señor Diputado en Cortes siguiese a su destino a cumplir con su comisión. También representaron en seguida, que para evitar las intrigas que se estaban levantando en las elecciones fu turas, pedía el pueblo que la Junta del

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año próximo venidero se instalase en el día de la fecha, proclamando varios sujetos que por voluntad de este pueblo la habían de componer. Oídas estas peticiones y refiriendo la Junta que no era conveniente acceder á ellas con la precipitación y prontitud que se pedía, tuvo á bien comisionar á tres de sus vocales para que representaran al pueblo, que permanecía en el mismo sitio, los grandes inconvenientes y trastorno que de aquí se podía seguir, adelantando por reflexión quo si la Junta se instalaba con el número de pueblo que se ha presentado sería inválida, porque mucha parte del pueblo noble y otros plebeyos faltaban a la concurrencia; á cuyas insinuaciones, levantando el grito y esforzando en sus anteriores peticiones, instaban en que se verifi case la instalación en el día. Y a vista de todo, entrando en el acuerdo, se resolvió el que se accediese á la petición del pueblo; y para que fuera legítima dicha instalación, eran de citarse las corporaciones de la ciudad con los demás vecinos que se echaban menos, para que todos concurrieran con sus votos á sufragar en la nueva elección, en que se deberá proceder con el mejor orden y debidas formalidades, votando los vecinos cabezas de familia, así nobles como plebeyos, llevándose el método por calles, esta bleciéndose que el número de vocales que deben ser elegidos ha de ser de sólo el de seis, sin el señor presidente, que ha de ser perpetuo, porque como los señores gobernadores obtienen por las reales disposiciones las primeras y más altas autoridades, se acuerda que para siempre quede así establecido, y que entre los seis vocales que quedan referidos para que se vote, hade ser uno elegido especialmente para vicepresidente.

También se acordó que la nueva Junta quo se trata de formalizar con los individuos que sean elegidos, ha de permanecer hasta un año com pleto, y que el pueblo, por haber depositado sus derechos y confianza en ella, ha fenecido para reiterar su voz aprestando su voz en

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otra elección, pues en los derechos que se le deban conservar como serán sostenidos, no se debe entender que sea precisamente para que por él se hagan otras elecciones de vocales, sino quo la nueva Junta los elegirá para evitar tumultos, y porque sería extraño que residiendo en ella todo el lleno de facultades que se le confiere, se vea rebajada en esta parte. Que así se haga entender á todas las corporaciones y vecinos de cualquiera clase, á la que se va a proceder en los términos siguientes.

Se suspendió por un momento el proceder á la elección, mientras que se aclaraba quién había sido el que había hecho personería, para que siguiese el señor diputado en Cortes Don José Munive, que pidió parti-cularmente como de que presentase las listas de los individuos por quie nes hablaba; y siendo notorio que fue Narciso Vicente Crespo y otro sujeto que no se conoce, so acordó que así se estampara para su cons-tancia.

Todos los señores de esta Junta, unánimes y conformes, han tenido á bien renunciar el derecho de sufragar en la elección, ya como vocales y también como vecinos, para dar una prueba, la más esclarecida a este pueblo, de que no tiene el menor interés en la elección que se pasa á votar.

Verificada la votación, y resultando en ella, por la plu-ralidad de vo tos, elegidos: para Vicepresidente, Don Francisco Pérez Dávila, Coadjutor de Gobierno; y para Vocales los señores Chantre Don José Gregorio do la Bastida; Teniente Coronel Don Rafael de Zúñi-ga; Don Pedro Ro dríguez, Oficial Real; Don José Ma-ría Martínez do Aparicio, Adminis trador principal de aguardientes, y Don José Ignacio Díaz Granados, el señor presidente con los señores componentes de la Junta Superior pro vincial la confirmaron, mandando, en su consecuencia, se ponga en pose sión a los electos,

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que prestarán el juramento do proceder en el destino con fidelidad y guardando las leyes y demás estatu-tos establecidos por derecho, mandando se publique por bando en la forma ordinaria en esta misma tarde, poniéndose las luminarias en demostración de la ge-neral alegría del pueblo; y seguidamente comparecie-ron los señores electos expresados, prestando el jura-mento como queda prevenido y con las for malidades debidas.

En este acto so acordó sobre la colocación de asientos que deban ocupar dichos señores Presidente y Vicepresidente, y después el señor Vocal Chantre Don José Gregorio do la Bastida, luego el señor Teniente Coronel Don Rafael do Zúñiga, después los Diputados de Cabildos de la Provincia, según las antigüedades do su erección en ciudades, siguiendo á éstos el de la Villa de Tenerife, y últimamente los tres señores Don Pedro Rodríguez, Don José María Martínez de Aparicio y Don José Ignacio Granados.

Con lo cual so concluyó el acto, que firmaron los señores todos concu rrentes, por ante mí el Escribano, de que doy fe.

Víctor de Salcedo y Somodevilla—Josef Munive—Pedro Gabriel Díaz Granados—Placido Hernández Domínguez—-Basilio García—Pedro Ro dríguez—Rafael de Zuñiga— José María Martínez de Aparicio—José Ignacio Díaz Granados—Manuel María Dávila—Miguel María Martínez de Aparicio—Rafael Sánchez y Gálvez—Francisco Javier Díaz Granados. Francisco Aquilino Jácome—Estevan Díaz Granados—Francisco Pérez Dávila—Apolinar de Torres—Josef Nicolás de Jimeno— Vicente Moré— Manuel Conde—Simón Guerrero—Juan José de Ujueta—José Eulalio Ziosi—Manuel José Guerrero—José Joaquín Pérez—José Gregorio de la Bastida—Salvador Vives y Ferrer—Por todos los

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europeos de esta ve cindad, Antonio Cayón—Leandro Jiménez de Cisneros—Por todos los españoles americanos de esta vecindad, Tomas José Pacheco—Narciso Vicente Crespo.Ante mí, Josef de León.

En la ciudad de Santa Marta, á veinte y cuatro do Diciembre do mil ochocientos diez, se congregaron a Junta ordinaria los señores Presidente, Don Víctor de Salcedo; Vicepresidente, Don Francisco Pérez Dávila; y Vocales Don José Gregorio de la Bastida, Presbítero, Don Rafael José de Zúñiga, Don Francisco Aquilino Jácome, Don Estevan Díaz Grana dos, Don Pedro Rodríguez, Don José María Martínez de Aparicio y Don José Ignacio Díaz Granados, á efecto de tratar los asuntos de su institu to, y, en su consecuencia, á pluralidad de votos se nombraron para se cretarios de esta Superior Junta á Don Vicente Colorete y Vela, y a Don Juan Antonio del Castillo, quienes, habiendo comparecido, aceptaron y juraron en manos del señor Presidente, y por ante mí el Escribano, de cumplir bien y fielmente con sus encargos y de guardar sigilo, quedando posesionados y mandando que por mí, dicho Escribano, se entregasen á dichos Secretarios los papeles y demás de oficio que se archivarán, mandándose al efecto fabricar un armario, para que en él se coloquen todos los documentos; declarando en el acto la misma Superior Junta, que el Escribano Don José de León, sea igualmente Secretario como los ante riores nombrados y con las mismas regalías y exenciones por su particu lar desempeño y buen manejo que se le ha observado constantemente en las obligaciones quo han sido á su cargo; debiendo los tres referidos Se cretarios turnar por semana, á fin de que no se les recargue el despacho, pero con la obligación el referido León de que, como que es Escribano de S. M. y también de la Junta, ha de concurrir al Despacho de los asun tos de justicia que se versan en la Junta.Inmediatamente se acordó que los tres Secretarios

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nombrados, á más del voto informativo que tendrán en .sus particulares casos, sean honra dos con el de asiento particular en los actos tanto públicos como privados, que será después de los señores Vocales, llevándose entro ellos la anti güedad que se reconoce por el orden con quo quedan nombrados. Que luego no más se comunique la nueva instalación, con testimonio íntegro del acta y do lo necesario de ésta á los Cabildos y justicias de la Pro vincia, como también á los señores Capitanes y Comandantes generales y Jefes con quienes se sostiene correspondencia.

Con lo cual se concluyó esta acta, que firmaron los sonoros que la compusieron, por ante los infrascritos Secretarios, do que damos fe.

Víctor de Salcedo—Francisco Pérez Dávila—José Gregorio de la Bastida—Rafael de Zúñiga—Francisco Aquilino Jácome—Estevan Díaz Granudos—Pedro Rodríguez—José María Martínez de Aparicio—José Ignacio Díaz Granados.Vicente Colorete y Vela, Secretario.Juan An tonio del Castillo, Secretario.Josef de León, Secretario.

Publicada en el Semanario Ministerial del Gobierno de la capital de Santafé, en el Nuevo Reino de Granada. Nº 4 (Jueves 7 de Marzo de 1811).

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Ciudades del Valle del Cauca

Constitución de la Junta provisional de gobierno de las ciudades amigas

del Valle del Cauca1º de febrero de 1811

En la sala consistorial de esta muy noble y muy leal ciudad de Santiago de Cali, a primero de febrero del año de mil ochocientos once, los señores de la Junta provisional de gobierno de las seis ciudades amigas del valle del Cauca, habiendo precedido citación en forma legal del muy ilustre cabildo, del señor vicario eclesiástico, de los reverendos prelados regulares, del cuerpo mili tar, de los empleados en Rentas, y de todo el pueblo, viendo el peligro que ame naza a las ciudades amigas y confederadas, las diferentes disposiciones hostiles que toma el señor gobernador de Popayán, don Miguel Tacón, los diferentes puntos que tiene cubiertos con guardias avanzadas, la interceptación de la correspondencia que debe girar con la franqueza prevenida por las reales órde nes, los alistamientos de tropas, acuartelamiento de las mismas y pertrechos de guerra, que continúa con manifiesto agravio de estas ciudades pacíficas; que a pesar de tan graves insultos y provocaciones se han mantenido y mantienen quietas, sin tomar ni aun las providencias más necesarias para

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su defensa y se guridad; las seducciones por medio de emisarios y de algunos devotos del mis mo gobernador, que no conociendo las justas miras de estos pueblos y la necesi dad de su independencia, la de librarse del yugo francés, y conservarle estos do minios a nuestro legítimo soberano el señor don Fernando Séptimo, sacrifican la patria a miras individuales; observando todo, y que el sufrimiento de estos pueblos sólo ha servido para que se les ultraje, amenace y pretenda subyugar, valiéndose del detestable arbitrio de la seducción y engaño, exponiéndonos a ser el objeto del odio y la indignación de todo el Reino, o su mayor parte, que ha sacudido el yugo opresor del antiguo gobierno; acordaron de común consen timiento y de su libre y espontánea voluntad, formalizar un cuerpo que, con el título de Junta provisional de gobierno de las ciudades amigas del Valle del Cauca, concentrase en un punto la autoridad que pudiese obrar legalmente en todos los pueblos, con la energía y celeridad que demandan las circunstancias, sin necesidad de entenderse los muy ilustres cabildos por recíprocos oficios, re tardándose el cumplimiento de las particulares providencias que tomaba cada ciudad, naciendo de allí una desorganización capaz de envolver a estos pueblos en su ruina.

Y habiendo, en consecuencia de todo, elegido sus diputados los muy ilustres cabildos de la presente confederación, se asignó el día de hoy para la instalación solemne, que se verificó después de una breve y expresiva arenga del señor alcalde ordinario, de primera nominación, que preside este acto, en que manifestó la necesidad e importancia de este establecimiento, que iba a po ner a estos pueblos en el pie más respetable de defensa y seguridad, y a liber-tarlos de las asechanzas de los enemigos domésticos, que minan ocultamente y tratan de vender la patria.En cuya virtud, puestos de rodillas los señores voca-

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les, prestaron juramento en manos del señor alcalde presidente, por Dios Nuestro Señor, la Santa Cruz y Sagrados Evangelios, ofreciendo cumplir bien, fiel y legalmente sus respectivas diputaciones, y ratificando la defensa de nuestra santa religión, sin permitir otra, fidelidad y vasallaje al señor don Fer nando Séptimo, nuestro amado soberano, y conservar estos lugares para él mis mo, sacrificándose gloriosamente por la patria. Seguidamente se procedió por suerte a señalar el lugar correspondiente a los señores vocales, y resultó: en pri mero, el señor doctor don José María Cabal, por la ciudad de Caloto; en segundo, el señor doctor don Joaquín Fernández de Soto, por la de Buga; en tercero, el re verendo padre fray José Joaquín Meléndez, por la de Cartago; en cuarto, el señor doctor don José María de Cuero, por Anserma; en quinto, el reverendo padre fray José Joaquín de Escobar, por Toro; y en sexto, el señor don Joaquín de Cayzedo y Cuero, por esta ciudad; y habiendo ocupado sus respectivos asien tos, seguidamente procedieron a prestar juramento de obediencia a este cuerpo, el muy ilustre cabildo por sí y como representante del pueblo; el se ñor vicario eclesiástico, por el clero secular; los reverendos prelados, por el regular; y el señor coronel comandante don Antonio Baraya y demás oficiali dad, por el cuerpo militar; habiendo, en consecuencia, quedado solemne y legalmente instalada la Junta Superior de Gobierno de la Seis Ciudades ami gas del Valle del Cauca, con el objeto de consular a su defensa y seguridad territorial. Con lo que se concluyó esta acta, que firman sus señorías, man dando que de este acuerdo se pase copia legalizada al muy ilustre cabildo: que al día siguiente se cante una misa solemne de gracias al Señor por tan feliz establecimiento, que se ilumine la ciudad y hagan otras públicas demostra ciones de regocijo.Por ante mí el presente escribano, de que doy fe.

Jerónimo de Escobar, José María Cabal, Joaquín Fernández de Soto, Fray José Joaquín Meléndez, José

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María de Cuero y Cayzedo, Joaquín de Cayzedo y Cuero, Francisco Cabal, José Fernández de Córdoba, Ignacio Ma tías Polanco, José María Mallarino, Domingo Pérez de Montoya, José María Alomía, doctor Juan Ignacio Montalbo, Fray Hipólito Garzón, Prior, Fray Pedro de Herrera, Fray Manuel Palacio, Prior, Fray Jacinto Ortiz, Com., Fray Ignacio Monroy, Gregorio Camacho, Cristóbal de Cayzedo, Francisco Antonio de Perea, Nicolás del Campo, Juan Antonio de Dorronsoro, Martín Guerra, Francisco Molina” Rendón, doctor Ignacio Ildefonso Núñez, José Joaquín Vélez, Francisco Antonio Fernández de Córdoba, doctor José Anto nio Borrero, José Borrero.

Esta acta fue publicada por José María Samper en su Historia crítica del Derecho Constitucional colombiano desde 1810 hasta 1886. Bogotá: Imprenta de La Luz, 1887. Reedición en 1951 en la Bi-blioteca Popular de Cultura Colombiana, 1951, tomo I. Reedi-ción en Bogotá por Temis, 1982, p. 31-33. También por Alfonso Zawadsky Colmenares en Las ciudades confederadas del Valle del Cauca en 1811. Cali: Imprenta Bolivariana, 1943. 2 edición en Cali: Centro de Estudios Históricos y Sociales “Santiago de Cali”, 1996 (Biblioteca Básica de Historia Vallecaucana, 2), p. 91-93.

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2. Declaraciones de

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2.1. REAL AUDIENCIA DE CARACAS

Acta de independencia de las provincias de Venezuela

5 de julio de 1811

En el nombre de Dios Todopoderoso.

Nosotros, los representantes de las Provincias Unidas de Caracas, Cumaná, Barinas, Margarita, Barcelona, Mérida y Trujillo, que

forman la Confederación Americana de Venezuela en el continente meridional, reunidos en Congreso, y considerando la plena y absoluta posesión de nuestros derechos, que recobramos justa y legítimamente desde el 19 de abril de 1810, en consecuencia de la jornada de Bayona y la ocupación del trono español por la conquista y sucesión de otra nueva dinastía, constituida sin nuestro consentimiento, queremos, antes de usar de los derechos de que nos tuvo privados la fuerza por más de tres siglos, y nos ha restituido el orden político de los acontecimientos humanos, patentizar al universo las razones que han emanado de estos mismos acontecimientos y autorizar el libre uso que vamos a hacer de nuestra soberanía.

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No queremos, sin embargo, empezar alegando los derechos que tiene todo país conquistado para recuperar su estado de propiedad e independencia; olvidamos generosamente la larga serie de males, agravios y privaciones que el derecho funesto de conquista ha causado indistintamente a todos los descendientes de los descubridores, conquistadores y pobladores de estos países, hechos de peor condición por la misma razón que debía favorecerlos; y corriendo un velo sobre los trescientos años de dominación española en América, sólo presentaremos los hechos auténticos y notorios que han debido desprender y han desprendido de derecho a un mundo de otro en el trastorno, desorden y conquista que tiene ya disuelta la nación española.

Este desorden ha aumentado los males de la América, inutilizándole los recursos y reclamaciones, y autorizando la impunidad de los gobernantes de España para insultar y oprimir esta parte de la nación, dejándola sin el amparo y garantía de las leyes.

Es contrario al orden, imposible al gobierno de Es-paña y funesto a la América, el que teniendo ésta un territorio infinitamente más extenso y una población incomparablemente más numerosa, dependa y esté su-jeta a un ángulo peninsular del Continente Europeo.

Las cesiones y abdicaciones de Bayona, las jornadas del Escorial y de Aranjuez, y las órdenes del lugarteniente duque de Berg a la América debieron poner en uso los derechos que hasta entonces habían sacrificado los americanos a la unidad e integridad de la nación española. Venezuela, antes que nadie, reconoció y conservó generosamente esta integridad por no abandonar la causa de sus hermanos, mientras tuvo la menor apariencia de salvación.

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La América volvió a existir de nuevo desde que pudo y debió tomar a su cargo su suerte y conservación, como la España pudo reconocer o no los derechos de un rey que había apreciado más su existencia que la dignidad de la Nación que gobernaba.

Cuantos Borbones concurrieron a las inválidas estipulaciones de Bayona, abandonando el territorio español contra la voluntad de los pueblos, faltaron, despreciaron y hollaron el deber sagrado que contrajeron con los españoles de ambos mundos, cuando con su sangre y sus tesoros se colocaron en el trono a despecho de la Casa de Austria; por esta conducta quedaron inhábiles e incapaces de gobernar a un pueblo libre, a quien entregaron como un rebaño de esclavos.

Los intrusos gobiernos que se abrogaron la representación nacional aprovecharon pérfidamente las disposiciones que la buena fe, la distancia, la opresión y la ignorancia daban a los americanos contra la nueva dinastía que se introdujo en España por la fuerza; y contra sus mismos principios sostuvieron entre nosotros la ilusión a favor de Fernando, para devorarnos y vejarnos impunemente cuando más nos prometían la libertad, la igualdad y la fraternidad en discursos pomposos y frases estudiadas, para encubrir el lazo de una representación amañada, inútil y degradante.

Luego que se disolvieron, sustituyeron y destruyeron entre sí las varias formas de gobierno de España, y que la ley imperiosa de la necesidad dictó a Venezuela el conservarse a sí misma para ventilar y conservar los derechos de su rey, y ofrecer un asilo a sus hermanos de Europa contra los males que les amenazaban; se desconoció toda su anterior conducta, se variaron los principios, y se llamó insurrección,

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perfidia e ingratitud a lo mismo que sirvió de norma a los gobiernos de España, porque ya se les cerraba la puerta al monopolio de administración que querían perpetuar a nombre de un rey imaginario.

A pesar de nuestras protestas, de nuestra moderación, de nuestra generosidad y de la inviolabilidad de nuestros principios, contra la voluntad de nuestros hermanos de Europa se nos declara en estado de rebelión, se nos bloquea, se nos hostiliza, se nos envían agentes a amotinarnos unos contra otros, y se procura desacreditarnos entre las naciones de Europa, implorando sus auxilios para oprimirnos.

Sin hacer el menor aprecio de nuestras razones, sin presentarlas al imparcial juicio del Mundo, y sin otros jueces que nuestros enemigos, se nos condena a una dolorosa incomunicación con nuestros hermanos; y para añadir el desprecio a la calumnia, se nos nombran apoderados contra nuestra expresa voluntad, para que en sus Cortes dispongan arbitrariamente de nuestros intereses bajo el influjo y la fuerza de nuestros enemigos.

Para sofocar y anonadar los efectos de nuestra representación, cuando se vieron obligados a concedérnosla, nos sometieron a una tarifa mezquina y diminuta y sujetaron a la voz pasiva de los ayuntamientos, degradados por el despotismo de los gobernadores, la forma de la elección; lo que era un insulto a nuestra sencillez y buena fe, más bien que una consideración a nuestra incontestable importancia política.

Sordos siempre a los gritos de nuestra justicia, han procurado los Gobiernos de España desacreditar todos nuestros esfuerzos declarando criminales y sellando con la infamia, el cadalso y la confiscación todas las tentativas que, en diversas épocas, han

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hecho algunos americanos para la felicidad de su país, como lo fue la que últimamente nos dictó la propia seguridad, para no ser envueltos en el desorden que presentíamos y conducidos a la horrorosa suerte que vamos ya a apartar de nosotros para siempre; con esta atroz política han logrado hacer a nuestros hermanos insensibles a nuestras desgracias, armarlos contra nosotros, borrar de ellos las dulces impresiones de la amistad y de la consanguinidad, y convertir en enemigos una parte de nuestra gran familia.

Cuando nosotros, fieles a nuestras promesas, sacrificábamos nuestra seguridad y dignidad civil por no abandonar los derechos que generosamente conservamos a Fernando de Borbón, hemos visto que a las relaciones de la fuerza que le ligaban con el Emperador de los franceses ha añadido los vínculos de sangre y amistad, por lo que hasta los Gobiernos de España han declarado ya su resolución de no reconocerle sino condicionalmente.

En esta dolorosa alternativa hemos permanecido tres años en una indecisión y ambigüedad política, tan funesta y peligrosa, que ella sola bastaría a autorizar la resolución que la fe de nuestras promesas y los vínculos de la fraternidad nos habían hecho diferir; hasta que la necesidad nos ha obligado a ir más allá de lo que nos propusimos, impelidos por la conducta hostil y desnaturalizada de los Gobiernos de España, que nos ha relevado del juramento condicional con que hemos sido llamados a la augusta representación que ejercemos.

Mas nosotros, que nos gloriamos de fundar nuestro proceder en mejores principios, y que no queremos establecer nuestra felicidad sobre la desgracia de nuestros semejantes, miramos y declaramos como amigos nuestros, compañeros de nuestra suerte y participes de nuestra felicidad a los que unidos con

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nosotros por los vínculos de la sangre, la lengua y la religión, han sufrido los mismos males en el anterior orden; siempre que reconociendo nuestra absoluta independencia de él y de toda otra dominación extraña, nos ayuden a sostenerla con su vida, su fortuna y su opinión, declarándolos y reconociéndolos como a todas las demás naciones en guerra, enemigos, y en paz, amigos, hermanos y compatriotas.

En atención a todas estas sólidas, públicas e incon-testables razones de política, que tanto persuaden la necesidad de recobrar la dignidad natural que el or-den de los sucesos nos ha restituido, en uso de los imprescriptibles derechos que tienen los pueblos para destruir todo pacto, convenio o asociación que no lle-na los fines para que fueron instituidos los gobiernos, creemos que no podemos ni debemos conservar los lazos que nos ligaban al Gobierno de España, y que, como todos los pueblos del Mundo estamos libres y autorizados para no depender de otra autoridad que la nuestra, y tomar entre las potencies de la Tierra el puesto igual que el Ser Supremo y la naturaleza nos asignan, ya que nos llama la sucesión de los aconteci-mientos humanos y nuestro propio bien y utilidad.

Sin embargo de que conocemos las dificultades que trae consigo y las obligaciones que nos impone el ran-go que vamos a ocupar en el orden político del Mun-do, y la influencia poderosa de las formas y habitudes a que hemos estado, a nuestro pesar, acostumbrados, también conocemos que la vergonzosa sumisión a ellas, cuando podemos sacudirlas, sería más ignomi-niosa para nosotros, y más funesta para nuestra pos-teridad, que nuestra larga y penosa servidumbre, y que es ya de nuestro indispensable deber proveer a nuestra conservación, seguridad y felicidad, variando esencialmente todas las formas de nuestra anterior constitución.

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Por tanto, creyendo con todas estas razones satisfecho el respeto que debemos a las opiniones del género humano y a la dignidad de las demás naciones en cuyo número vamos a entrar, y con cuya comunicación y amistad contamos; Nosotros, los representantes de las Provincias Unidas de Venezuela, poniendo por testigo al Ser Supremo de la justicia de nuestro proceder y de la rectitud de nuestras intenciones, implorando sus divinos y celestiales auxilios y ratificándole en el momento en que nacemos a la dignidad, que su Providencia nos restituye el deseo de vivir y morir libres, creyendo y defendiendo la santa, católica y apostólica religión de Jesucristo, como el primero de nuestros deberes. Nosotros, pues, a nombre y con la voluntad y autoridad que tenemos del virtuoso Pueblo de Venezuela, declaramos solemnemente al mundo que sus Provincias Unidas son, y deben ser desde hoy más, de hecho y de derecho, Estados libres, soberanos e independientes, y que están absueltos de toda sumisión y dependencia de la Corona de España, o de los que se dicen o dijeren sus apoderados o representantes; y que como tal Estado libre e independiente tiene un pleno poder para darse la forma de gobierno que sea conforme a la voluntad general de sus Pueblos, declarar la guerra, hacer la paz, formar alianzas, arreglar tratados de comercio, límites y navegación, y hacer y ejecutar todos los demás actos que hacen y ejecutan las naciones libres e independientes.

Y para hacer válida, firme y subsistente esta nuestra solemne declaración, damos y empeñamos mutua-mente unas provincias a otras, nuestras vidas, nues-tras fortunas y el sagrado de nuestro honor nacional.

Dada en el Palacio Federal de Caracas, firmada de nuestra mano, sellada con el gran sello provisional de la Confederación y refrendada por el secretario del Congreso, a cinco días del mes de julio del año de mil ochocientos once, primero de nuestra independencia.

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Juan Antonio Rodríguez Domínguez, presidente, diputado de Nutrias, en la provincia de Barinas. Luis Ignacio Mendoza, vicepresidente, diputado de la villa de Obispos en la provincia de Barinas.

Por la provincia de Caracas: Isidoro Antonio López Méndez, diputado de la ciudad de Caracas; Juan Germán Roscio, por el partido de la villa de Calabozo; Felipe Fermín Paul, por el partido de San Sebastián; Francisco Xavier de Ustáriz, por el partido de San Sebastián; Nicolás de Castro, diputado de Caracas; Fernando de Peñalver, diputado de Valencia; Gabriel Pérez de Pagola, diputado de la villa de Ospino; Salvador Delgado, diputado de Nirgua; el Marqués del Toro, diputado de la ciudad del Tocuyo; Juan Antonio Díaz Argote, diputado de la Villa de Cura; Gabriel de Ponte, diputado de Caracas; Juan José Maya, diputado de San Felipe; Luis José de Cazorla, diputado de Valencia; doctor José Vicente Unda, diputado de Guanare; Francisco Xavier Yáñez, diputado de Araure; Fernando Toro, diputado de Caracas; Martín Tobar Ponte, diputado de San Sebastián; Juan Toro, diputado de Valencia; José Antonio de Álamo, diputado de Barquisimeto; Francisco Fernández, diputado de San Carlos; Lino de Clemente, diputado de Caracas.

Por la provincia de Cumaná: Francisco Xavier de Mayz, diputado de la capital; José Gabriel de Alcalá, diputado de la capital; Juan Bermúdez, diputado del Sur; Mariano de la Cova, diputado del Norte.

Por la provincia de Barcelona: Francisco Miranda, diputado del Pao; Francisco Policarpo Ortiz, diputado de San Diego.

Por la de Barinas: Juan Nepomuceno de Quintana, diputado de Achaguas; Ignacio Fernández, diputado de la capital de Barinas; Ignacio Ramón Briceño, representante de Pedraza; José de Sata y Bussy,

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diputado de San Fernando de Apure; José Luis Cabrera, diputado de Guanarito; Ramón Ignacio Méndez, diputado de Guasdualito; Manuel Palacio, diputado de Mijagual.

Por la provincia de Margarita, Manuel Plácido Maneiro. Por la provincia de Mérida, Antonio Nicolás Briceño, diputado de Mérida; Manuel Vicente de Maya, diputado de la Grita.

Por la provincia de Trujillo, Juan Pablo Pacheco. Por la villa de Aragua, provincia de Barcelona, José María Ramírez. Refrendado (L.S.): Hay un sello. Francisco Isnardy, Secretario.

Palacio Federal de Caracas, 8 de julio de 1811. Por la Confederación de Venezuela, el Poder Ejecutivo ordena que el Acta antecedente sea publicada, ejecutada y autorizada con el sello del Estado y Confederación. Cristóbal de Mendoza, Presidente en turno; Juan de Escalona; Baltasar Padrón; Miguel José Sanz, Secretario de Estado; Carlos Machado, Canciller Mayor; José Tomas Santana, Secretario de Decretos.

En consecuencia, el Supremo Poder Ejecutivo ordena y manda que se pase oficio de ruego y encargo al muy reverendo Arzobispo de esta Diócesis, para que disponga que el día de la solemne publicación de nuestra Independencia, que debe ser el domingo 14, se dé, como voluntariamente ha ofrecido y corresponde, un repique de campanas en todas las iglesias de esta capital, que manifieste el júbilo y alegría del virtuoso pueblo caraqueño y su prelado apostólico. Y que en acción de gracias al Todopoderoso por sus beneficios, auxilios y suma bondad en restituirnos al estado en que su providencia y sabiduría infinita creo al hombre, se cante el 16 misa solemne con Te deum en la Santa

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Iglesia Metropolitana, asistiendo a la función todos los cuerpos y comunidades en la forma acostumbrada.

Que se haga salve general por las tropas al acto de dicha publicación y se enarbole la bandera y pabellón nacional en el cuartel de San Carlos, pasándose al efecto la orden al Gobernador militar por la Secretaria de Guerra; y desde hoy en adelante se use por todos los ciudadanos, sin distinción, la escarapela y divisa de la Confederación venezolana, compuesta de los colores azul celeste al centro, amarillo y encarnado a las circunferencias, guardando en ella uniformidad.

Que se ilumine por tres noches la ciudad, de un modo noble y sencillo, sin profusión ni gastos importunos, empezando desde el propio día domingo.

Que inmediatamente se reciba a la tropa el juramento de reconocimiento y fidelidad, prescrito por el Supremo Congreso, cuyo acto solemne se hará públicamente, y a presencia del referido gobernador militar y demás jefes de la guarnición.

Que en los días subsecuentes al de esta publicación, comparezcan ante S. A. el Supremo Poder Ejecutivo todos los cuerpos de esta ciudad, políticos, eclesiásticos y militares, a prestar el propio juramento, y que por lo embarazoso y dispendioso que se haría este acto, si hubiesen de prestarlo también todos los individuos ante S. A., se comisiona a los alcaldes de cuartel, para que con la escrupulosidad, circunspección y exactitud que corresponde en materia tan delicada, procedan a tomarle, y recibirle por la formula que se les comunicará, conforme a lo prescrito por el Supremo Congreso, concurriendo a sus casas, o donde señalaren los de cada cuartel, desde el miércoles 17 del corriente, a las nueve de la mañana hasta la una; y por la tarde, desde las cuatro hasta las siete de la noche; prevenidos de que este juramento será el acto característico de su

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naturalización y calidad de ciudadano, como también de la obligación en que quedará el Estado a proteger su honor, persona y bienes; sentando en un libro esta operación que deben firmar los juramentados, si supieren, o en su defecto otro a su ruego, cuyo libro deberán remitir dentro de veinte días, que se asignan de término para esto, a la Secretaria de Estado para archivarse.

Que se pase por las respectivas secretarias aviso a los comandantes militares y políticos de los puertos de La Guaira y Cabello, y a las demás justicias y regimientos de las ciudades, villas y lugares de esta provincia, con copia del acta, y decreto del Supremo Congreso, relativo a ella, para que dispongan su ejecución, publicación y cumplimiento, y se haga el juramento, según queda ordenado.

Que se comunique también a las provincias confede-radas para su inteligencia y observancia, como lo or-dena el Supremo Congreso. Y finalmente, que en el concepto de que por la declaratoria de Independencia han obtenido los habitantes de estas provincias y sus confederadas, la dignidad y honrosa vestidura de ciu-dadanos libres, que es lo más apreciable de la sociedad, el verdadero título del hombre racional, el terror de los ambiciosos y tiranos, y el respeto y consideración de las naciones cultas, deben por lo mismo sostener a toda costa esta dignidad, sacrificando sus pasiones a la razón y a la justicia, uniéndose afectuosa y recí-procamente; y procurando conservar entre sí la paz, fraternidad y confianza que hacen respetables, firmes y estables los estados, cuyos miembros proscriben las preocupaciones insensatas, odios y personalidades, que tanto detestan las sabias máximas naturales, po-líticas y religiosas; en el concepto de que el Supremo Gobierno sabe muy bien que no hay para los ciuda-danos nada más sagrado que la patria, ni más digno de castigo que lo contrario a sus intereses; y que por

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lo mismo sabrá imponer con la mayor severidad las penas a que se hagan acreedores los que de cualquier modo perturben la sociedad y se hagan indignos de los derechos que han recuperado por esta absoluta in-dependencia ya declarada, y sancionada legítimamen-te con tanta razón, justicia, conveniencia y necesidad. El Supremo Poder Ejecutivo, finalmente, exhorta y requiere, ordena y manda a todos, y a cada uno de los habitantes, que uniéndose de corazón y resueltos de veras, firmes, fuertes y constantes, sostengan con sus facultades corporales y espirituales la gloria que con tan sublime empresa adquieren en el mundo, y conservarán en la historia con inmortal renombre.

Dado en el Palacio Federal de Caracas, firmado de los ministros que componen el Supremo Poder Ejecutivo, sellado con el provisional de la Confederación, y refrendado del infrascrito secretario, con ejercicio de decretos.

Cristóbal de Mendoza, Presidente en turno. Juan de Escalona.Baltazar Padrón.José Tomás Santana, Secretario.

Redactada por Juan Germán Roscio y Francisco Isnardi el 5 de julio de 1811, fue aprobada por el Congreso el 7 de julio y presentada al Ejecutivo el día siguiente. El 14 de julio fue publicada solemnemente y el 16 de julio fue publicada en la Gaceta de Caracas. El acta original se perdió. Una copia del Libro de actas del Congreso, hallado en Valencia, se conserva en una urna del Salón Elíptico del Congreso de Venezuela. Publicada por José Manuel Restrepo en el tomo II (capítulo VIII, nota 16) de su Historia de la revolución de Colombia. También por Juan Lovera en Firma del acta de la Independencia. Caracas: Concejo Municipal. Publicada con un estudio crítico por José Gil Fortoul en su Historia constitucional de Venezuela, apéndices del

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tomo I. 3 ed. en Caracas: Las Novedades, 1942, tomo II, p. 364-370. Puede leerse también en:http://es.wikisource.org/wiki/Firma_del_Acta_de_la_Declaraci%C3%B3n_de_Independencia_de_Venezuela

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2.2. REAL AUDIENCIA DE SANTA FÉ

Acta de independencia de Cartagena de Indias

11 de noviembre de 1811

En el nombre de Dios Todopoderoso, Autor de la Naturaleza, nosotros los representantes del buen pueblo de la Provincia de Carta gena de

Indias, congregados en Junta plena, con asistencia de todos los Tribunales de esta ciudad, a efecto de entrar en el pleno goce de nuestros justos e imprescriptibles derechos, que se nos han devuelto por el orden de los sucesos con que la Divina Providencia quiso marcar la diso lución de la monarquía española, y la erección de otra nueva dinastía sobre el trono de los Borbones; antes de poner en ejercicio aquellos mismos derechos que el sabio Autor del Universo ha concedido a todo el género humano, vamos a exponer a los ojos del mundo imparcial el cúmulo de motivos poderosos que nos impelen a esta solemne decla ración, y justifican la resolución, tan necesaria, que va a separarnos para siempre de la monarquía española.

Apartamos con horror de nuestra consideración aquellos trescien tos años de vejaciones, de miserias, de sufrimientos de todo género, que acumuló sobre

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nuestro país la ferocidad de sus conquistadores y mandatarios españoles, cuya historia no podrá leer la posteridad sin ad mirarse de tan largo sufrimiento; y pasando en silencio, aunque no en olvido, las consecuencias de aquel tiempo tan desgraciado para las Américas, queremos contraernos solamente a los hechos que son peculiares a esta provincia desde la época de la revolución española; y a su lectura el hombre más decidido por la causa de España no podrá resistirse a confesar que mientras más liberal y más desinteresada ha sido nuestra conducta con respecto a los gobiernos de la Península, más injusta, más tiránica y opresiva ha sido la de éstos contra nosotros.

Desde que con la irrupción de los franceses en España, la entrada de Fernando VII en el territorio francés, y la subsiguiente renuncia que aquel monarca y toda su familia hicieron del trono de sus mayores en favor del Emperador Napoleón, se rompieron los vínculos que unían al Rey con sus pueblos, quedaron éstos en el pleno goce de su sobera nía, y autorizados para darse la forma de gobierno que más les acomo-dase. Consecuencias de esta facultad fueron las innumerables Juntas de gobierno que se erigieron en todas las provincias, en muchas ciudades subalternas, y aun en algunos pueblos de España. Estos gobiernos po pulares que debían su poder al verdadero origen de él, que es el pueblo, quisieron sin embargo jurar de nuevo y reconocer por su Rey a Fer nando VII, bien sea por un efecto de compasión hacia su persona, o bien por una predilección al gobierno monárquico. El primer objeto de la Junta de España fue asegurarse de la posesión de las Américas, y al efecto se enviaron diputados a estas provincias, que procurasen mante ner una unión considerada casi imposible. La orgullosa Junta de Sevi lla, que usurpó por algunos meses el título de “Soberana de Indias”, fue la que más se distinguió en darse a reconocer en estos países. Dos enviados suyos llegaron a Cartagena. Ya les habían

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precedido, por algunos días, las noticias de los sucesos que ocasionaron la ruina de la monarquía española, y en la sorpresa y en el desorden de espíritu que causan los acontecimientos imprevistos, Cartagena, aunque tuvo bastan te presencia de ánimo para conocer sus derechos, tuvo también bastante generosidad para no usar de ellos en las circunstancias más peligrosas en que jamás se halló la nación de que era parte. Sacrificólos, pues, a la unión con su metrópoli, y al deseo de concurrir a salvarla de la más atroz de las usurpaciones. La Junta de Sevilla fue reconocida de hecho, a pesar de la imprudente conducta de sus enviados, y a pesar de las vejaciones e insultos que los agentes del gobierno prodigaron al ilustre Cabildo, y a algunos de sus dignos miembros. Este cuerpo verdadera mente patriótico, elevó sus quejas al Gobierno de España en los térmi nos más sumisos, y pidió una satisfacción de los agravios que se le ha bían hecho; pero en cambio de nuestra generosidad, sólo recibimos nuevas injurias, y en recompensa de las riquezas que les enviamos para sostener la causa de la nación, vino una orden inicua dirigida al Virrey de este Reino para hacer una pesquisa á varios individuos del Cabildo, y a otros vecinos.

Tan atroz conducta de parte de un gobierno reconocido sólo por conservar la integridad de la nación, no fue capaz de desviarnos de nuestros principios: nosotros, fieles siempre á las promesas que había mos hecho, continuamos manteniendo esta unidad política tan costo sa, y tan contraria á nuestros verdaderos intereses.

Entre tanto el desorden, el choque de las diversas autoridades y los males que de aquí eran de temerse, obligaron a las provincias de Es paña á reunirse en un cuerpo común que fuese un gobierno general. Instalose en Aranjuez la Junta Central, y desde este momento comenza ron a renacer nuestras

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esperanzas de una suerte mejor. Triunfó la razón de las envejecidas preocupaciones, y por la primera vez se oyó decir en España que los americanos tenían derechos. Mezquinos eran los que se nos habían declarado; eran sujetos a la voz de los ayuntamientos do minados por los gobernadores; eran los virreyes, nuestros más mortales enemigos, los que tenían influjo en la elección de nuestros representan tes; pero al fin la España reconocía que debíamos tener parte en el go bierno de la nación; y nosotros, olvidándonos del carácter dominante de los peninsulares, confiábamos en que nuestra presencia, nuestra justicia y nuestras reclamaciones, habrían al fin de arrancar al Gobierno de Es paña la ingenua confesión y reconocimiento de que nuestros derechos eran en todo iguales a los suyos.

La suerte desgraciada de la guerra no dio lugar a la llegada de nuestros representantes. Los enemigos entraron en Andalucía, y la Jun ta Central, prófuga, dispersa, cargada de las maldiciones de toda la na-ción, abortó bien a su pesar un gobierno monstruoso conocido con el nombre de Regencia. Dominada por los franceses casi toda la Penínsu la y confinado este débil gobierno á la isla de León, volvió sus ojos mo-ribundos hacia la América y temiendo ya próximo el último período de su existencia, oímos de su boca un decreto lisonjero, que le arrancó el temor de perder para siempre estos ricos países, si no lograba sedu cirlos con las más halagüeñas promesas. Ofrecíanos libertad y fraterni dad, y al mismo tiempo que proclamaban que nuestros destinos no esta ban en manos de los Gobernadores y Virreyes, reforzaba la autoridad de éstos, dejándolos árbitros de la elección de nuestros representantes.

Eran estas circunstancias muy críticas para Cartagena. El estado lamentable de la España, sin más territorio libre que Galicia, Cádiz y la isla de León, Valencia,

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Alicante y Cartagena, el temor de ser envueltos en las ruinas que la amenazaban, y de caer en las asechanzas de Napo león, el deseo de concurrir á salvarla por una parte; el conocimiento de nuestros derechos, las pocas esperanzas que veíamos de que éstos se reconociesen, los males que nos acarreaba un gobernador insolente, por la otra, hacían un contraste bien difícil de decidirse. Quisimos, sin embargo, abundar en moderación y en sufrimiento, y aunque tomamos medidas de precaución para alejar de nosotros los peligros que temía mos, nunca rompimos la integridad de la monarquía, ni nos separamos de la causa de la nación. Nuestra seguridad exigió imperiosamente pre pararnos de todos modos para no caer en la común calamidad, y al efec to quisimos que el Cabildo, como un cuerpo compuesto de patricios, interviniese con el Gobernador en la administración del gobierno, y cuando ya no bastaba esta providencia fue preciso deponer á este mismo Gobernador entrando en su lugar el que las leyes llamaban a sucederle. Las causas que nos movieron á este hecho estaban legalmente justificadas con todas las formas jurídicas; el comisionado que la Re gencia nos envió no pudo menos de aprobarlas; y además sometíamos a aquel Gobierno nuestra conducta. Le ofrecimos fraternidad y unión, le enviamos cuantiosos socorros de dinero para sostener la guerra contra la Francia, le protestamos sinceramente que nuestros sentimien tos serían inalterables, siempre que se atendiese nuestra justicia, se re-mediasen nuestros males y hubiese esperanzas de que se salvara la na ción. Nada bastó, nada conseguimos. La Regencia, orgullosa con un re conocimiento que apenas se atrevió á esperar, mostróse indiferente a nuestras reclamaciones, y en vez de escucharlas como merecían, dictó órdenes dignas del favorito de Carlos IV. A nuestras sumisiones, a nuestras protestas de amistad, correspondió con palabras agrias é in-sultantes; y para acallar nuestras quejas, para darnos las gracias por los tesoros que le prodigamos, improbó

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nuestras operaciones en los tér minos más insolentes y nos amenazó con todo el rigor de la soberanía mal reconocida aun en el mismo recinto de Cádiz. En la corta época que duró el Consejo de Regencia, su conducta fue en todo consiguien te a los tiránicos principios que había adoptado con nosotros: los efectos fueron en todas partes casi iguales. Varias provincias de América declararon su independencia; la capital de este Reino y muchas de sus provincias internas siguieron los mismos pasos. Tan seductor como era este ejemplo, y tan justos los motivos que teníamos para imitarlo, no pudo sin embargo alterar nuestra conducta, a pesar de que los agen tes del Gobierno de España ponían todo su conato en disgustarnos. Las sangrientas escenas de la Paz y de Quito, los crueles asesinatos de los Llanos pusieron nuestro sufrimiento á la última prueba; mas, a pesar de esto, obró la moderación. Nosotros formamos una Junta de gobierno para suplir las autoridades extinguidas en la capital, pero no negamos la obediencia a los gobiernos de España; nuestra Junta tenía, es verdad, facultades más amplias que las de los virreyes; pero la Regencia había obstruido todos los canales de la prosperidad pública, declarando que sólo atendía á la guerra, y era menester que nosotros mirásemos por nuestra suerte.

Acercóse entre tanto la época en que iban a realizarse nuestras esperanzas y a fenecer nuestros males. La España, justamente disgusta da del ilegal gobierno de la Regencia, apresuró la instalación de las Cortes generales. Se anunció este cuerpo al mundo con toda la dignidad de una gran nación, y proclamó principios e ideas tan liberales, cual no las esperaba la Europa de la ignorancia en que creía sumidos a los espa ñoles. Declarada la soberanía de la nación, la división de los poderes, la igualdad de derechos entre europeos y americanos, la libertad de la imprenta y otros derechos del pueblo, nada más nos quedaba

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que desear sino verlo todo realizado; y seducidos con unas ideas tan halagüeñas, creímos que empezaba ya a rayar la aurora de una feliz regeneración. Reconocimos, pues, las Cortes; pero, hechos más cautos con las leccio nes de lo pasado, y convencidos por nuestra propia experiencia de que un gobierno distante no puede hacer la felicidad de sus pueblos, las re conocimos sólo como una soberanía interina, mientras que se cons tituían legalmente conforme a los principios que proclamaban, reser vándonos siempre la administración interior y gobierno económico de la Provincia. Mas, presto conocimos que las mismas Cortes no estaban exentas del carácter falaz que ha distinguido a los gobiernos revolucio narios de España. La libertad, la igualdad de derechos que nos ofrecían en discursos, sólo eran con el objeto de seducirnos y lograr nuestro reconocimiento. En nada se pensó menos que en cumplir aquellas prome sas: los hechos eran enteramente contrarios; y mientras que la España nombraba un representante por cada cincuenta mil habitantes aun de los países ocupados constantemente por el enemigo, para la América se adoptaba otra base calculada de intento para que su voz quedase ahogada por una mayoría escandalosamente considerable, o más bien diremos que las inconsecuencias que se cometieron en este particular, asignando unas veces un diputado por cada Provincia y después vein tiocho por toda la América, indicaban un refinamiento de mala fe res pecto de nosotros. Siendo la nación soberana de sí misma, y debiendo ejercer esta soberanía por medio de sus representantes, no podíamos concebir con qué fundamentos una parte de la nación quería ser más so berana y dictar leyes á la otra parte, mucho mayor en población y en importancia política; y cómo siendo iguales en derechos no lo eran tam bién en el influjo y los medios de sostenerlos.

Nosotros debimos someternos a tan degradante desigualdad. Re clamamos, representamos nuestros

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derechos con energía y con vigor, los apoyamos con las razones emanadas de las mismas declaratorias del Congreso nacional; pedimos nuestra administración interior fundán dola en la razón, en la justicia, en el ejemplo que dieron otras naciones sabias, concediéndola a sus posiciones distantes aun en el concepto de colonias que estaba ya desterrado de entre nosotros; y últimamente ofrecíamos de nuevo, sobre estas bases, la más perfecta unión, y para mostrar que no eran vanas palabras enviamos los auxilios pecuniarios que nos permitían las circunstancias. Los que llamaban diputados de la América, sostuvieron en las Cortes con bastante dignidad la causa de los americanos; pero la obstinación no cedió; la razón gritaba en vano a los ánimos obcecados con las preocupaciones y la ambición de dominar; sordos siempre á los clamores de nuestra justicia, dieron el último fallo a nuestras esperanzas, negándonos la igualdad de representantes, y fue un espectáculo verdaderamente singular é inconcebible ver que al paso que la España europea con una mano derribaba el trono del despotis mo, y derramaba su sangre por defender su libertad, con la otra echase nuevas cadenas a la España americana, y amenazase con el látigo levan tado a los que no quisiesen soportarlas.

Colocados en tan dolorosa alternativa, hemos sufrido toda clase de insultos de parte de los agentes del gobierno español, que obrarían sin duda de acuerdo con los sentimientos de éste; se nos hostiliza, se nos desacredita, se corta toda comunicación con nosotros, y porque recla mamos sumisamente los derechos que la naturaleza, antes que la Espa ña, nos había concedido, nos llaman rebeldes, insurgentes y traidores, no dignándose contestar nuestras solicitudes el Gobierno mismo de la nación.

Agotados ya todos los medios de una decorosa conciliación, y no teniendo nada que esperar de

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la nación española, supuesto que el gobierno más ilustrado que puede tener desconoce nuestros derechos y no corresponde a los fines para que han sido instituidos los gobiernos, que es el bien y la felicidad de los miembros de la sociedad civil, el de-seo de nuestra propia conservación, y de proveer a nuestra subsistencia política, nos obliga a poner en uso los derechos imprescriptibles que re cobramos con las renuncias de Bayona, y la facultad que tiene todo pueblo de separarse de un gobierno que lo hace desgraciado.

Impelidos de estas razones de justicia que sólo son un débil bos quejo de nuestros sufrimientos, y de las naturales y políticas que tan imperiosamente convencen de la necesidad que tenemos de esta separa-ción indicada por la misma naturaleza, nosotros los representantes del buen pueblo de Cartagena de Indias, con su expreso y público consen timiento, poniendo por testigo al Ser Supremo de la rectitud de nues tros procederes, y por árbitro al mundo imparcial de la justicia de nues tra causa, declaramos solemnemente a la faz de todo el mundo, que la Provincia de Cartagena de Indias es desde hoy de hecho y por derecho Estado libre, soberano e independiente; que se halla absuelta de toda sumisión, vasallaje, obediencia, y de todo otro vínculo de cualquier cla se y naturaleza que fuese, que anteriormente la ligase con la corona y gobiernos de España, y que como tal Estado libre y absolutamente independiente, puede hacer todo lo que hacen y pueden hacer las na ciones libres e independientes. Y para mayor firmeza y validez de esta nuestra declaración empeñamos solemnemente nuestras vidas y hacien-das, jurando derramar hasta la última gota de nuestra sangre antes que faltar a tan sagrado compromiso.

Dada en el Palacio de Gobierno de Cartagena de Indias, a 11 días del mes de Noviembre de 1811, el primero de nuestra independencia.

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Ignacio Cavero, Presidente—Juan de Dios Amador—Joseph María García de Toledo—Ramón Ripoll—José de Casamayor—Domingo Granados—José María del Real—Germán Gutiérrez de Piñeres—Eusebio María Canabal—José María del Castillo—Basilio del Toro de Men doza—Manuel Joséf Canabal—Ignacio de Narváez y la Torre—Santiago de Lecuna—Joséf María de la Terga—Manuel Rodríguez Torices—Juan de Arias—Anselmo José de Urreta—José Fernández de Madrid—José María Benito Revollo, Secretario.

Esta acta ha sido publicada muchas veces. Por ejemplo, Manuel Ezequiel Corrales lo publicó en su compilación titulada Docu-mentos para la historia de la provincia de Cartagena de Indias, hoy Estado Soberano de Bolívar en la Unión Colombiana (Bogotá: Im-prenta de Medardo Rivas, 1883; p. 351-356), y Germán Arci-niegas lo hizo en su compilación titulada Colombia. Itinerario y espíritu de la independencia según los documentos principales de la Revolución (Cali: Norma, 1969, p. 84-89). Roberto Arrazola lo publicó en el primer tomo de sus Documentos para la historia de Cartagena (1810-1812). Cartagena: Concejo municipal, 1963; p. 185-191. También publicado por Gabriel Porras Troconis en su Documental concerniente a los antecedentes de la declaración de la in-dependencia absoluta de la provincia de Cartagena de Indias. Carta-gena: Talleres de Artes Gráficas “Mogollón”, 1961, p. 77-83.

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Crónica de la revolución del lunes 11 de noviembre de 1811 en Cartagena

A las ocho y media de la mañana empezaron a correr las gentes por las calles y a cerrar las puertas de las casas y tiendas. El motivo de esta alarma era que los Pardos del Barrio de Getsemaní se habían reunido en la Plazuela de San Francisco y estaban de tomar las puertas de la ciudad para entrar a ella y presentarse en la plaza del Gobierno.

A poco rato se oyeron algunos cañonazos de las murallas, y se supo que ya los mismos Pardos se habían apoderado de la Artillería, habían ocupado los principales baluartes, unidos ya con los Batallones de Patriotas Pardos, Milicias Pardas y Artillería, y habían avocado sobre la ciudad los cañones que caían al Cuartel del Regimiento Fijo y Patriotas Blancos, para impedir que éstos salieran a la calle.

Entretanto la Junta de Gobierno se reunió en el lugar acostumbrado para oír las demandas del Pueblo. Éste nombró por sus diputados al doctor Muñoz, y al doctor don Nicolás Omaña, cura del Sagrario de la Catedral de Santa Fe. Los condujeron muchos de los Pardos por entre la multitud. La Junta los recibió con gran atención. El doctor Omaña se excusó con no menos urbanas que sólidas razones. Pero el innumerable

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Pueblo clamó ratificando el nombramiento que había hecho en él, y la Junta le mandó hablar, expresándole que estaba muy satisfecha de su patriotismo.

En consecuencia de ello se entregaron a los diputados las instrucciones del Pueblo. El primer artículo de ellas era pedir que se declarase expresamente que Cartagena era absolutamente independiente de todo Gobierno de España, y de toda nación extranjera. Se discutió este punto interesante, y se sancionó como se solicitaba.

Inmediatamente se publicó un bando, cuya escolta se componía de todos los cuerpos militares, declarando a la provincia de Cartagena por Estado soberano independiente de España.

Concluido el bando volvieron todos a presentarse a la Junta a tratar sobre otras solicitudes del Pueblo que fueron éstas:Que a Cundinamarca se le entregasen los fusiles que se le habían retenido.Que se extinguiese la Inquisición y se diesen sus pasaportes a los dos inquisidores.Que igualmente se le diese pasaporte al obispo de Popayán.Que los empleos del Consulado se diesen a los americanos.Que los del Regimiento Fijo no se vendiesen, sino que se diesen a los americanos que se hubiesen distinguido por su patriotismo.Que se mandase retirar de Mompóx al comisionado Ayos.Que se despreciase y se tuviese por ningún valor la pesquisa que el referido Ayos practicó contra los mompoxinos y sus amigos. Que se desembarguen todos los caudales y bienes de los vecinos de Mompóx que andan fugitivos.Que se llame a todos estos emigrados para que

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regresen a sus casas a gozar de todas sus propiedades y honores.Que se reforme el Cabildo de Mompóx.Que se olviden eternamente las pasadas desavenencias de Cartagena y Mompóx.Que el Gobierno de Cartagena dividiese exactamente los tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.Que en el Ejecutivo quedase refundida la Comandancia General de Armas.Que en los Cuerpos Militares Pardos los oficiales fuesen también pardos.Todo se concedió á excepción de la devolución a Santa Fe de cuatrocientos fusiles, que se dijo que retenían, por otros tantos que dejaron en esta ciudad las Milicias de Cartagena el año pasado.En esta ocasión clamó el Pueblo diciendo que de Santa Fe recibía Cartagena todo socorro, que no se mantuviese jamás rivalidad con Santa Fe.La providencia de la Junta en que otorgó todas peticiones referidas se fijó en lugares públicos.

Publicado en la Gaceta Ministerial de Cundinamarca. Bogotá. Nº 16 (5 de diciembre de 1811), p. 55-56.

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Noticia de la absoluta independencia de Cartagena de Indias

Cartagena, noviembre 17 de 1811.El día 11 del corriente será memorable en la historia de nuestra gloriosa revolución. De esta día empieza a datarse la época de nuestra existencia política como Estado que no reconoce otro gobierno sobre la tierra que el formado por la libre y espontánea elección de sus pueblos. Hace tiempo que había brotado un disgusto general por la especie de reconocimiento que aún teníamos a España; la conducta tiránica que el Gobierno de esta Nación observaba con nosotros, a pesar de nuestra moderación, exaltó de tal modo los espíritus que no pudieron ya contenerse en los justos límites, y en la mañana del día 11 se presentó el pueblo en masa delante del Palacio de Gobierno, pidiendo con repetidos clamores la declaración de NUESTRA ABSOLUTA INDEPENDENCIA.

Esta era una resolución que ya estaba proyectada de antemano por nuestro Supremo Gobierno, y aún no estaba realizada, por no hallarse hechos algunos trabajos que eran consiguientes. Así pues, no se hizo más que anticiparla por algunos días. El público la ha recibido con los transportes del más vivo entusiasmo.

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El mismo día, por la mañana, se publicó la Independencia por bando que iba compuesto por una diputación de la Suprema Junta, el excelentísimo Cabildo, el Estado Mayor de la plaza, escoltas de todos los cuerpos militares de la guarnición y una innumerable multitud del pueblo que expresaba su regocijo con vivas no interrumpidos. Por la tarde prestaron juramento de obediencia y reconocimiento diversos cuerpos de esta ciudad, y en los días siguientes todos los cuerpos militares la han jurado en la plaza al frente de sus banderas. Como en este nuevo orden de cosas el Gobierno ha adquirido mayor representación y dignidad, se le ha declarado el tratamiento de Alteza Serenísima en cuerpo y de Excelencia al presidente del Estado. El pueblo también pidió que se extinguiese la Inquisición, cuya justa solicitud fue atendida; y en consecuencia no existe ya un tribunal erigido por los reyes para servir de apoyo a su tiranía.

Publicada en el suplemento del Argos Americano correspondiente al lunes 18 de noviembre de 1811.

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¿Por qué se celebra el 11 de noviembre de 1811, con preferencia al 22 de mayo y 14 de junio de 1810?

[…] en 14 de junio de 1810 se acordó y llevó a efecto la deposición del gobernador [Francisco Montes] y la de las demás autoridades que no se conformaron con el nuevo orden de cosas establecido. En consecuencia, se encargó del mando de la Provincia de Cartagena al teniente de rey don Blas de Soria. Comparecieron ante el Ayuntamiento las autoridades, con excepción del reverendo obispo diocesano y de los Tribunales de la Inquisición y del Consulado de Comercio, que prestaron su sumisión, y los jefes militares prestaron su reconocimiento sin contradicción, excepto el coronel de artillería don Domingo Marañosa, quien desconociendo la autoridad del Ayuntamiento para aquellos actos protestó contra ellos, no obstante la sumisión que había prestado su jefe, el inspector de dicho cuerpo, don Domingo Esquiaqui, que se hallaba presente. Hecha esta transformación, ocupose el Ayuntamiento en cuanto era necesario para perfeccionarla y conducirla a su término, y con tal objeto comenzó a ponerse la plaza en estado de defensa. Creáronse dos cuerpos de patriotas de infantería y uno de lanceros, y tomáronse otras medidas que demandaban las

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circunstancias; mas no estaban satisfechos los deseos del Pueblo que clamaba por el establecimiento de una Suprema Junta que creía garantidos sus derechos; y aunque el Ayuntamiento deseaba que se dividiesen los poderes, para lo cual estimaba indispensable por entonces la formación de la Junta, no quiso que se hiciese la creación de tan augusta asamblea por el irregular y ridículo medio de elegir tumultuariamente, y por los gritos de la multitud reunida en la plaza, los miembros de que debiera componerse. Por esta razón, y para que la Suprema Junta se instalase con diputados de toda la provincia, elegidos en debida forma por los pueblos, determinó que se formase el Censo de la población, y que mientras se arreglaba la forma para las elecciones y se expedían las órdenes para que se verificasen de manera que quedasen concluidas a fines del año, se estableciese una Junta Suprema Provisional, compuesta de las justicias y miembros del Ayuntamiento y de seis diputados, para cuyo encargo fueron elegidos los señores José Ignacio de Pombo, Doctor Manuel Benito Revollo, Doctor Juan Marimón, Doctor Enrique Rodríguez, Doctor Joaquín Villamil y Doctor Francisco García de Fierro. Pasóse así el resto del año de 1810, y en primero de enero de 1811, en que ya se hallaban en la ciudad los diputados elegidos por la Provincia, que habían de reunirse a los que se habían nombrado en estas tres parroquias (Catedral, Santo Toribio y Santísima Trinidad) se puso en planta el nuevo arreglo político. El presidente de la nueva Junta quedó encargado del Poder Ejecutivo (doctor José María del Real). La Junta, dividida en secciones, se ocupó de los negocios generales de la Administración, y los nuevos tribunales de justicia y hacienda que se habían creado se encargaron del Poder Judicial y del examen y fenecimiento de las cuentas que debían rendir los administradores de las rentas públicas.

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Artículo publicado en la entrega 226 del Semanario de la Provincia de Cartagena, domingo 8 de noviembre de 1846. Incluido por Manuel Ezequiel Corrales en sus Documentos para la historia de la provincia de Cartagena de Indias, hoy Estado Soberano de Bolívar en la Unión Colombiana. Bogotá: Imprenta de Medardo Rivas, 1883; p. 414-419.

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Declaración de independencia de Cundinamarca

D. Antonio Nariño, Teniente General y Presidente del Estado de Cundinamarca,Hago saber a todos los vecinos estantes y habitantes en esta ciudad, y en toda la comprensión del Estado, que en diez y seis del corriente ha sancionado y decretado el Serenísimo Colegio Electoral y revisor la siguiente declaración de independencia:Nos, los representantes del pueblo de Cundinamarca, legítima y legalmente congregados para tratar y resolver lo concerniente a su felicidad, habiendo tomado en consideración el importante punto de si era llegado el caso de proclamar solemnemente nuestra absoluta y entera independencia de la corona y gobierno de España, por la emancipación en que naturalmente hemos quedado después de los acontecimientos y disolución de la península y gobierno de que dependíamos, habiendo tenido largas y maduras discusiones en que se trajeron a colación las antiguas obligaciones que por solemnes juramentos nos unían a la Madre Patria, los que nuevamente se habían hecho, el espacio de tres años en que nos hemos mantenido en un estado de expectación y de neutralidad respecto a los sucesos de la España europea; y finalmente la necesidad en que nos ponía de deliberar y tomar un partido activo la aproximación de tropas mandadas

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por el gobierno de España y a nombre de un Rey que en el dilatado tiempo de cinco años no se sabe haya hecho el menos esfuerzo para salvar la España de los males que la abruman, y mucho menos para librar la América de correr igual suerte, hemos decretado:Que en atención a que por haber los Reyes de España desamparado la nación pasándose a un país extranjero; a la abdicación que sucesivamente hicieron de la corona renunciando el padre en el hijo, éste luego en el padre y ambos en Napoleón Bonaparte; a la ocupación por las tropas francesas de la mayor parte de la península, en donde ya tienen un rey de la misma nación, las Américas se han visto en la precisión de proveer a su seguridad interior, dándose un gobierno provisional entre tanto que con el transcurso del tiempo y el curso de los sucesos deliberaban el partido definitivo que debían tomar, y que habiendo pasado ya el tiempo de tres años sin que esta moderada conducta les haya valido para que los españoles peninsulares, desconociendo en América los mismos principios que ellos han proclamado en Europa, no sólo hayan dejado de molestarles, sino que, declarándoles una guerra abierta, los han tratado por todas partes como a insurgentes, armando al hermano contra el hermano, al ciudadano contra el ciudadano, al padre contra el hijo, confiscando sus bienes, derramado por todas partes la consternación, y manchando el suelo americano con la sangre de los mismos españoles americanos y europeos, que debieran haberse conservado para derramarla contra cualquier nación extranjera que quisiera privarnos de los derechos que nos eran comunes, y a que estos males se acercan ya sobre la Provincia de Cundinamarca, que no sólo no había hecho un formal desconocimiento del Rey Fernando, sin que era el asilo de cuantos españoles europeos se veían perseguidos en otras partes, y a lo impolítico y bárbaro que sería seguir en el mismo estado, y a la aproximación de tropas enemigas mandadas por españoles que violando la santidad del

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juramento, vienen a atacarnos en nombre de un Rey y de una Nación que en el orden político ya no existe.En atención también al peligro que corre nuestra santa y adorable religión si permanecemos más tiempo en este estado, tanto por el riesgo que al finalizarse la conquista de España por los franceses nos quisieran estos obligar a reconocer la dependencia del Rey José Bonaparte, o la de trasladarnos a América al Rey Fernando, imbuido ya en sus máximas, y quizás rodeado de Ministros y tropas francesas, como por la falta bien sensible que en el día se nota de pastores eclesiásticos, no habiendo quedado en toda la Nueva Granada un solo Arzobispo ni Obispo que pueda ejercer las funciones de su ministerio, cuya falta nos iría insensiblemente reduciendo a la nulidad de ministros que prediquen el evangelio, administren los sacramentos y atiendan a la conservación y aumento de la religión; y que por lo mismo es de absoluta necesidad el que saliendo del estado de pupilaje, nos pongamos de acuerdo con las otras provincias que han hecho o hagan igual declaratoria en el de poder ocurrir al Padre Santo solicitando el remedio que cada día se hace más urgente.

En consecuencia de todo esto, y en atención, finalmente, al derecho incontestable e imprescriptible que tienen todos los pueblos de la tierra de proveer a su seguridad y de darse la forma de Gobierno que crean más conveniente a labrar su felicidad; nosotros los representantes del pueblo de Cundinamarca, usando de este derecho y compelidos a adelantar este paso por los esfuerzos de nuestros impolíticos y crueles opresores, declaramos y publicamos solemnemente, en nombre del pueblo, en presencia del Supremo Ser, y bajo los auspicios de la Inmaculada Concepción de María Santísima, patrona nuestra, que de hoy en adelante, Cundinamarca es un estado libre e independiente, que queda separado para siempre de la corona y gobierno de España y de toda otra

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autoridad que no emane inmediatamente del pueblo o de sus representantes; que toda unión política de dependencia con la metrópoli está rota enteramente; y que como estado libre e independiente tiene plena autoridad de hacer la guerra, concluir la paz, contraer alianzas, establecer el comercio y hacer todos los otros actos que pueden y tienen derecho de hacer los estados independientes. Y llenos de la más firme confianza en el Supremo Juez que conoce la rectitud y justicia de nuestros procedimientos, nos obligamos al sostenimiento de esta declaratoria con nuestras vidas, nuestros bienes y nuestro honor, que después del solemne juramento que prestamos nos es lo más sagrado sobre la tierra.

Santafé de Bogotá, a dieciséis días del mes de julio de mil ochocientos trece.

Manuel Bernardo Álvarez, Presidente –José de Leiva, Designado –José Ignacio Sanmiguel, Vicepresidente –Juan Bautista Pey, José Domingo Araos, Fernando Caicedo, Pablo Plata, Fray Juan Antonio Buenaventura y Castillo, Fray Santiago Páez y León, Juan Agustín Matallana, Fray Diego Antonio de la Rosa, Luis Eduardo de Azuola, Luis Ayala, José María Carbonell, José Sanz de Santamaría, José María Chacón, Lorenzo Ley, Pantaleón Gutiérrez, Manuel de Santacruz, Pedro Núñez, Ramón Calvo, José Ortega, Antonio Patiño de Haro, Rafael Araque Ponce de León, Fernando Rodríguez, Ignacio Calderón, Vicente Santamaría, Tomás Barriga y Brito, Santiago de Vargas, José María Domínguez de la Rocha, Tomás Gómez de Cos, Antonio Viana, Miguel José Montalvo, Jerónimo de Mendoza y Garavis, Manuel María Álvarez Lozano, José Antonio de Torres y Peña, Vicente Antonio Benavides, José Antonio Castro, José Arrubla, Enrique Umaña, Victorino Ronderos, Juan Martínez Malo, Bernardo Pardo, Juan Zalamea, Pedro Ronderos, Secretario –José María Hinestrosa, Secretario.

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Y mando a todos los Tribunales, Corporaciones de todas clases y estados, jueces y demás ciudadanos de la comprensión del Estado de Cundinamarca, la tengan y hayan por publicada, obedezcan y cumplan la citada resolución; pasando el día de mañana en que celebramos el aniversario de nuestra transformación política al salón del mismo Colegio, a prestar el juramento las Corporaciones y Tribunales de la Representación Nacional, el Cívico, Cabildo Eclesiástico, Gobernadores del Arzobispado, Prelados de las Comunidades y Jefes Militares; debiendo hacerlo sucesivamente los demás ciudadanos ante el Cabildo y demás jueces que se señalarán; bajo la pena de que el que se negare a prestarlo quedará despojado de los derechos de ciudadano y no podrá obtener ningún beneficio ni empleo público, quedando privados de los que en el día obtuvieren, y saliendo de la Provincia los que, además de no jurar, manifestaren desaprobar esta medida necesaria y saludable, pero sujetos a la pena capital los que atacándola trastornaren el orden público.

Publíquese por bando con las solemnidades prevenidas, en toda la extensión del Estado, imprímase y fíjese en los lugares acostumbrados.

Dado en el Palacio de Gobierno de Santafé, a diez y nueve de julio de mil ochocientos trece. Antonio NariñoPor orden de S. E., Juan José Mutiens, secretario.

Este documento fue publicado por Germán Arciniegas en su compilación titulada Colombia. Itinerario y espíritu de la independencia según los documentos principales de la Revolución. Cali: Norma, 1969, p. 90-94. Reeditado con el mismo título en Bogotá por el Banco Popular, 1972, p. 158-163. Publicada también por Eduardo Ruiz Martínez en Los hombres del 20 de julio. Bogotá: Universidad Central, 1996, p. 472-475.

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Declaración de independencia del Estado de Antioquia

11 de agosto de 1813

Nadie ignora los principios, los motivos y derechos que han tenido y presentado a la faz de la Nueva Granada para proclamar su independencia absoluta aquellos pueblos hermanos que se han anticipado entre nosotros a sacudir gloriosamente el yugo de la Monarquía española que hasta allí habían sufrido. Después de los manifiestos públicos de Venezuela, Cartagena, y el que Cundinamarca acaba de hacer últimamente, nada queda que añadir, ni nada podría adelantarse que no fuese un empeño vano y estéril de convencer a los enemigos de la libertad que por malicia o estupidez han cerrado sus ojos y su corazón a la luz y a la justicia, mientras la mayor parte de los hombres han conocido y abrazado este don del Cielo y la naturaleza para ser gobernados en sociedad, bajo la forma y mano que ellos mismos quieran y señalen.Estando, pues, profundamente convencidos los unos, resueltos y ansiosos por llegar al culmen de su dignidad, y debiendo los otros en tal caso abandonarse a su propia ignominia y a las desgracias que les hayan de seguir, es llegado el día de satisfacer tan santos deseos, ya que hasta aquí no ha tenido tiempo de hacerlo el Soberano Congreso por todas las provincias en general, y que esta medida entra oportuna y

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esencialmente en las críticas circunstancias que han puesto a la República en la necesidad de crearse un libertador a todo trance.

Por tanto el ciudadano dictador de ella, revestido con este carácter por la unánime voluntad de la Representación Nacional, en presencia del soberano autor de los derechos del hombre y de la justicia de su causa,

Declara:Que el Estado de Antioquia desconoce por su Rey a Fernando VII y a toda otra autoridad que no emane directamente del Pueblo, o sus representantes, rompiendo enteramente la unión política de dependencia con la Metrópoli y quedando separado para siempre de la Corona y Gobierno de España. En consecuencia,

Decreta:Que por la virtud de esta abjuración se haga por toda la República el juramento de absoluta independencia a que han venido por esta saludable y santa alteración, y manda a los tribunales, corporaciones de todas las clases, jueces y demás ciudadanos de ella, que pasen a prestarlo el próximo día veinte y cuatro en los lugares y ante quienes se dirá por reglamento separado, pena de ser desterrados los que se negasen a este acto, y condenados a muerte los que desaprobándolo trastornasen el orden social.

Publíquese por bando en todos los cantones del Estado, y en ellos fíjese en los lugares acostumbrados.

Dado en el Palacio del Supremo Gobierno del Antioquia, a 11 de agosto de 1813.

Juan del Corral, presidente dictador.

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José María Hortiz, secretario de Guerra y Hacienda. José Manuel Restrepo, secretario de Gracia y Justicia.

En consecuencia del antecedente decreto, en la mañana de ese día, el excelentísimo señor presidente dictador, en presencia de Dios y de la República, y con nuestra asistencia, juró su fidelidad en el nuevo, augusto y feliz estado de su independencia absoluta a que ha venido, desconociendo la Monarquía de España y el Gobierno de aquella Península, cualquiera que haya sido y fuese en lo sucesivo, a la familia reinante y que reinar pueda después, y especial y señaladamente al que se dice príncipe heredero, Fernando VII. Juró desconocer en todo tiempo otra autoridad, sea cual fuere, que no emane inmediatamente del pueblo o sus representantes, y protestó sostener con sus propiedades, con su honor y con su vida, la separación perpetua que hace el territorio de esta República de la Corona y Gobierno de España, concluyendo con pedir a Dios el acierto en su gobierno y sus misericordias a favor de la misma República, y llamando sobre su cabeza la venganza del cielo y de los hombres si faltase a tan santos votos.

Antioquia, agosto doce de mil ochocientos trece.Juan del Corral, presidente dictador.José María Hortiz, secretario de Guerra y Hacienda.José Manuel Restrepo, secretario de Gracia y Justicia.

En acto continuo, los dos secretarios de Guerra y Hacienda, y de Gracia y Justicia, prestaron, en manos del excelentísimo señor presidente dictador, el juramento de la independencia absoluta, según la fórmula prescrita en el artículo 4º del Reglamento de doce del corriente.Antioquia, agosto doce de mil ochocientos trece. Hay una rúbrica.

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José María Hortiz, secretario de Guerra y Hacienda.José Manuel Restrepo, secretario de Gracia y Justicia.

Archivo Histórico de Antioquia, tomo 827, documento 13054, folios 1-4v. Publicada por Francisco Duque Betancur en su Historia del Departamento de Antioquia. 2 ed. Medellín: Albón, 1968, p. 448-451. También por Germán Arciniegas en Colombia. Itinerario y espíritu de la Independencia, según los documentos principales de la Revolución. Cali: Norma, 1969, p.96-97. También por Diego Villegas Villegas en Presidente dictador don Juan del Corral Alonso y Carriaso y la República libre independiente de Antioquia. Medellín: EAFIT, 2006, p. 53-55.

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Reglamento para la proclamación de la independencia absoluta de la

República de Antioquia12 de agosto de 1813

Artículo 1º. El día 24 del corriente mes se hará la proclamación de absoluta independencia en las capitales de los cinco departamentos, como en el siguiente día festivo en todos los demás lugares del Estado, por pequeños que ellos sean.

Artículo 2º. En [Santa Fe de] Antioquia, la tarde del día fijado concurrirán al Palacio Nacional las autoridades civil, eclesiástica y militar, con las corporaciones de los empleados al servicio de la República, y por ante los secretarios del gobierno respectivo prestarán el juramento en la forma que se dirá. En Medellín lo hará el Superior Tribunal de Justicia ante su presidente, y por haberlos prestado el clero de aquella villa ante el vicario provincial bastará su publicación; y lo harán las demás autoridades y corporaciones en la sala del Ayuntamiento, en manos del subpresidente departamental, y éste ante uno de los alcaldes ordinarios, practicándose lo mismo en Rionegro y Marinilla. En el Nordeste lo recibirá el juez mayor de cada una de las seis jurisdicciones, y tanto en todos los antedichos lugares, como en los demás de la República,

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sus jueces ordinarios, pobladores, y pedáneos, con los padrones a la vista, exigirán el mismo juramento a todo ciudadano, indistinta y generalmente, desde la edad de diez ocho años.

Artículo 3º. El acto antedicho se principiará leyéndose a todos el decreto de absoluta independencia, dado y firmado en once del corriente mes, con agregación del reconocimiento y juramento que el ciudadano dictador hizo previa y privadamente en presencia de Dios, y de la República, con asistencia y autorización de sus secretarios del Despacho General, y lo que estos ministros prestaron también ante S. E.

Artículo 4º. El juramento que generalmente se debe prestar a la República será con arreglo a la forma que sigue: ¿Juráis delante de Dios y en su santo nombre obediencia al actual gobierno y fidelidad a la República de Antioquia en el nuevo, augusto y feliz estado de su independencia absoluta a que ha venido por el supremo decreto del 11 del corriente, desconociendo la Monarquía de España y el Gobierno de aquella Península, cualquiera que haya sido y fuese en lo sucesivo, a la familia reinante y que reinar pueda después, y especial y señaladamente al que se dice príncipe heredero, Fernando VII? ¿Juráis desconocer en todo tiempo otra autoridad, sea cual fuere, que no mane inmediatamente del pueblo o sus representantes, y protestáis sostener con vuestra vida, vuestro honor y vuestras propiedades la separación perpetua que hace el territorio de esta República de la Corona y Gobierno de España? Si así lo cumpliereis, Dios os premie y de no, sobre vos caiga su justa venganza y el brazo del Gobierno y la República.

Artículo 5º. Las autoridades y cuerpos que deben di-rigirse al Palacio Nacional enviarán de allí sus res-pectivas diputaciones a la casa del ciudadano dictador

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para conducirle y acompañarle en la carrera, desde ella a aquel.

Artículo 6º. Debiéndose celebrar un acto tan grande, feliz y memorable para la República, tanto en el bando y paseo ecuestre, como en todas sus partes, con la posible solemnidad, según los medios y proporciones de cada pueblo, se deja al honor, buen celo y patriotismo de los ayuntamientos, justicias mayores, vicarios y curas eclesiásticos, jefes militares, y demás, la facultad de disponer de acuerdo el modo y forma de solemnizarla en todas sus partes, contando para ello con la concurrencia, medios y auxilio de los empleados y vecinos.

Artículo 7º. En consecuencia se celebrará en todas las parroquias, al día siguiente y a la hora acostumbrada, una misa solemne con asistencia general, y se cantará el Tedeum en acción de gracias al Todopoderoso por tan fausto acontecimiento, por la consolidación de la República, por sus aumentos, por la conservación de la fe católica que profesa, por el acierto de su gobierno y por la consecución de una paz general y duradera, cuyos ruegos se sustituirán en la colecta de la misa para lo sucesivo.

Artículo 8º. Por último, para ayudar al culto y celebración de cuanto se ha dispuesto, decreta el gobierno luminarias en las tres noches siguientes, contadas desde el día de la publicación, permitiendo al pueblo aquellas diversiones y regocijos que la religión y el bien común de la sociedad nos han prescrito.

Circúlese y publíquese el presente decreto reglamen-tario a quienes y como corresponde para su cumpli-miento.

Dado en el Palacio del Supremo Gobierno de Antioquia, a doce de agosto de mil ochocientos trece.

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Juan del Corral, presidente dictador.José Manuel Restrepo, secretario.José María Hortiz, secretario.

En la villa de Nuestra Señora de la Candelaria de Medellín, a veinte días del mes de agosto de mil ochocientos trece años, los señores que componen este ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, que abajo firmarán, hallándose juntos y congregados en esta sala de su Ayuntamiento, en cabildo extraordinario, a fin de trata y conferir asuntos del servicio de Dios y de la Patria […] En este estado se abrió un pliego rotulado a este ilustre Cabildo, de la Presidencia del Estado, en que se incluye la declaración de la independencia hecha en Cundinamarca y asimismo la declaración de independencia de Antioquia, verificada por el señor dictador del Estado, en que se previene que el día veinticuatro del presente se publique y ejecute este acto solemne, desconociendo por nuestro rey a Fernando Séptimo y toda otra autoridad que no emane directamente del pueblo, mandando se celebre misa solemne, que se pongan luminarias en las tres noches siguientes y que todo hombre mayor de diez y ocho años haga el juramento debido. Lo que oído por los señores dijeron se obedece dicha providencia, y en su cumplimiento cúmplase y ejecútese como en ella se previene.

Con lo cual se concluyó esta acta que firman los señores por ante mí, de que doy fe.Felipe Barrientos. Ildefonso Gutiérrez. Vicente de Restrepo. José Antonio Muñoz. José Antonio Callejas. Felipe Mexía. José Nicolás de Villa. Celedonio de Truxillo, escribano público de cabildo.

Publicado por Francisco Duque Betancur en su Historia de Antioquia. 2 ed. Medellín: Albón, 1968, p. 451-453.

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Declaración de independencia de la provincia de Tunja

10 de diciembre de 1813

El pueblo de la Provincia de Tunja de la Nueva Granada, en la América Meridional, por la voz de sus representantes reunidos en su capital, a los demás pueblos del continente y naciones del Mundo:

Habitantes de la Tierra: nada es tan notorio como la opresión en que han gemido las colonias que fundaron los españoles a fines del siglo 15 y principios del 16 en esta parte del Mundo. Incorporados los nuevos pobladores con los indígenas del país que conquistaron, usando de una ciega deferencia, o mejor diremos, por un error político, se sujetaron a su Madre Patria. Semejante espíritu nacional debía ser funesto a sus descendientes, no menos que a los antiguos hijos de Colombia que, conquistados a una inmensa distancia de la Metrópoli, no podían recibir algún fomento de un gobierno que ignoraba sus necesidades y que debía inclinarse por predilección hacia los individuos del país donde residía. Así se vio que éstos fueron siempre los destinados a gobernar la América, obteniendo todos los empleos lucrativos, que se dotaban con crecidos sueldos, para empobrecer a los naturales y enriquecer a los aventureros que, abandonando su propio y fértil suelo, venían a mantenerse de ajenas producciones. La

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América desperdiciaba su sustancia en estos hombres que, lejos de servirla, se empleaban en su aniquilación para trasladarse después con los despojos al país de su origen.

La degradación y el embrutecimiento mismo de los americanos entraban en el plan de estos gobernantes, que traían instrucciones expresas para no consentir, entre nosotros, la propagación de los conocimientos humanos. Consiguiente a este sistema bárbaro no se enseñaba en nuestras escuelas sino la filosofía de los Árabes, desterrada, hacía más de un siglo, de las naciones cultas. No se conocían otras artes en tan vastos dominios sino las de primera invención, y éstas en un estado el más rudo e imperfecto. El beneficio del fierro, dado al hombre para sacar de la tierra su alimento, y que se conoció desde los tiempos inmediatos a la creación, no era permitido a los americanos, que se lo debían procurar de mano de sus opresores y a unos precios excesivos; lo que encerraba dentro de los límites más estrechos el cultivo de nuestros campos y de nuestras preciosas minas.

La agricultura regulaba el comercio, sujeto a un canal estrecho por donde se cambiaban a vil precio los frutos coloniales contra los europeos, que se vendían por tres o cuatro tanto más de lo que hubieran valido en un mercado libre. Esa usura pública y nacional aumentaba las corrientes de nuestro numerario, que de las manos de los mineros pasaba a las de los monopolistas, sin que sirviese a los adelantamientos del país que lo producía. Esta continua saca de metales hacía que el comercio interior fuese en extremo lánguido, no pudiéndose tampoco extender a los otros departamentos o provincias mayores de América, a quienes se prohibía, con severísimas penas, la comunicación con sus hermanas, por temor de que se reuniesen a reclamar sus derechos.

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Sería inútil hablar del sistema judicial, cuyos ministros hallaban la impunidad de sus delitos en la distancia y parcialidad de los tribunales europeos, si alguna vez llegaba a ellos la voz de la oprimida inocencia. En una palabra, todo se conjuraba contra los Pueblos de América: el comercio, la industria, el gobierno, los juicios, y hasta de la Religión Santa se abusaba para aumentar el peso de nuestras cadenas.

Ningún ejemplo más notable de este trastorno político que la Provincia de Tunja, donde, en el largo espacio de tres siglos, no se fundó una escuela pública de primeras letras para la enseñanza de la juventud. Tampoco se interesaba el Gobierno en dar salida a sus ricas producciones, que se debían dar al consumo interno de sus habitantes, que, por la mayor parte, se hallaban en miseria espantosa, privándoseles de los bienes que hubieran podido adquirir con el sobrante de sus riquezas. Todos los cuidados de la Metrópoli se reducían a mandarnos un gobernante español que recogiese los impuestos con que se nos agobiaba, y que debían servir para mantener el lujo de su Nación.

La misma, con poca diferencia, era la situación de los demás pueblos de América cuando los sucesos de 1808 desataron los vínculos que los unían al Gobierno y al Pueblo de la Península. Un grito de libertad se oyó desde la Tierra del Fuego hasta la extremidad opuesta del continente, y aunque al principio expresado con la moderación y reserva natural a unos pueblos oprimidos, presto tomó un tono enérgico que las inauditas crueldades de los españoles han convertido en la resolución firme e irrevocable de libertarnos de ellos a costa de cuantos sacrificios sean imaginables.

Los bárbaros han renovado las escenas de la conquista. Ellos nos han suscitado enemigos dentro de nuestro propio cerro, seduciendo nuestros pueblos y obligándoles a tomar las armas contra propios

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hermanos para consumar de este modo sus atroces designios; han inmolado a su furor despótico los americanos más ilustrados, más virtuosos y amantes de su Patria; han hollado el derecho de gentes haciendo fuego, y asesinando cobarde y vilmente a los parlamentarios, cuyas personas son tenidas por santas, e inviolables, aún entre las naciones más bárbaras. Se han encarnizado en nuestros compatriotas después de haberle rendido las armas, pasando a cuchillo hombres, mujeres, y niños sin distinción de edad ni sexo; han mutilado a nuestros conciudadanos en Caracas, sujetándolos a tormentos prolijos, a que se acompañaba el ultraje, y los dicterios, hasta que se les hacía expirar por los medios más inhumanos; en fin no ha habido crueldad ni perfidia que no comentan esos monstruos sanguinarios por órdenes de su intruso Gobierno.

Tal ha sido la conducta de la moribunda España para hacer entrar en su sociedad a los americanos, y para que no faltase por tentar ningún medio de iniquidad les ha presentado por mano de sus verdugos una constitución que destruye radicalmente sus derechos y los entrega a merced de sus más implacables enemigos.

A vista de tales horrores, la única tabla que nos resta para salvarnos es la independencia, a que la Provincia de Tunja ha aspirado desde que se dio una constitución en 9 de diciembre de 1811. Las circunstancias del día la obligan a adelantar sus pasos después de haber visto la expresión uniforme de las demás provincias de la Nueva Granada, que han podido expresar sus sentimientos lo mismo que los demás pueblos de la América que han abrazado la misma causa.

Por tanto, y poniendo por testigo al Ser Supremo de la rectitud de sus intenciones, que sólo se dirigen al bien de la sociedad, declara a la faz del Universo que

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no reconoce ninguna subordinación al Gobierno de la Península, bien sea el que se ha establecido hoy con el nombre de Cortes y Regencia, o cualquier otro que se establezca en la sucesión de los siglos; que sólo reconoce y obedece al Gobierno que ella misma se ha dado para su régimen interior, y al general del Congreso de las Provincias Unidas de la Nueva Granada en lo tocante a los intereses comunes y nacionales, bajo los principios establecidos en el acta de unión acordada en 27 de noviembre de 1811 por los representantes de las mismas Provincias, y ratificada por sus mismos gobiernos o cuerpos representativos.No por esto se opone a la mayor extensión que se pueda dar al sistema social de la América, según dicte el interés universal, con el fin de evitar los desordenes que ha producido en el antiguo mundo la absoluta separación de los gobiernos.

Y siendo esta la voluntad de los habitantes de esta Provincia, expresada por el órgano de sus legítimos representantes, se circulará la presente declaración a todos los pueblos que la componen, para que, abriéndose registros nominales en cada uno de ellos, se reciba juramento a todos los ciudadanos, bajo del cual se obliguen a sostener su independencia contra cualquier enemigo que la ataque, con sujeción sólo a los ya dichos gobiernos, hasta derramar, si fuere necesario, en su defensa, la última gota de sangre.

Dado en el Colegio Electoral y Representativo de la Provincia de Tunja a 10 de diciembre de 1813.

Francisco Xavier de Torres y Rojas, presidente. José Joaquín Ortiz, vicepresidente. José Acevedo Gómez, Sebastián Meléndez, Juan Agustín de la Rocha, Manuel de Arenas, Pacífico Jaime, Fr. Agustín Casas, José de los Ángeles Guarín, José Eusebio Camacho, Domingo Acero, Fr. Ignacio Mariño, Manuel García,

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José Mariano Guarín, Joaquín Ramón de Mora, Vicente Martínez, Juan José de las Navas, Laureano Antonio Baca, José Víctor Mariño, Francisco Javier Holguín, José Manuel Cárdenas, Ignacio Vega, Juan José de Leyva, José María Valderrama, Pedro Ignacio Valderrama, Andrés José Forero, José María Sandoval, José María Cenchasique. Por Antonio Acevedo, Juan José Bárcenas; José Manuel Lago, Por Cayetano Torres, Juan José Bárcenas, José Manuel Lago, Joaquín Malo, José Vicente García, José María Pinzón, Antonio Emigdio de Vargas, Félix Soler, Tomás Antonio de Rojas, José Ignacio Serrano, Juan Nepomuceno Toscazo, Pedro Manuel Montaña, José Ignacio Ramírez, José Eustaquio Parra, José Antonio Leandro Bustamante, José María Baracaldo, Juan Ignacio Quintana, Vicente de Castro, Juan Casimiro Panqueba, Joaquín de Vargas, Diego Gómez de Polanco, José Miguel Reaño, José María Ramírez, Jacinto Gallo, Miguel Bonel, José Joaquín de la Mota, José Antonio de Medina, José Francisco Umaña, José Antonio Gómez, José María Escobar, José Antonio de Ávila, Buenaventura Guarín, José María de Esteban, Julián Cabra, Pedro Guerra y Villafaña, Nicolás de Mesa, Antonio Acevedo, Miguel Rodríguez, José Ignacio Navarro, José María Velasco, Antonio María Rodríguez, Manuel Domingo Medina, Juan Esteban Díaz, Pedro Saravia, Andrés Gallo, Domingo Reyes, Leandro Egea, Fray José María Vargas –José Joaquín Suárez, Elector y Secretario –Juan José Bárcenas, Elector Secretario.

Tunja diciembre 19 de 1813.

Publíquese ejecútese y comuníquese a quienes corresponda.Castillo.

Suárez Secretario.Es copia. Suárez Secretario.

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Tunja enero 8 de 1814.Imprenta del Congreso de la N. G. por C. J. B. M. Publicada en el Argos de la Nueva Granada. Tunja, 30 de diciembre de 1813, p. 34-35. También publicada por fray Andrés Mesanza, O.P., en el Boletín de Historia y Antigüedades. Bogotá, Vol. 8, No. 95 (abril 1913), p. 706-710. También por Ramón C. Correa en su Historia de Tunja. Tunja: Imprenta Departamental, 1945, Tomo II, p. 161-164. También por Javier Ocampo López en Tunja, cuna y taller de la libertad. Tunja: Alcaldía Mayor de Tunja, 1997, p. 83-86.

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Acta de independencia de la provincia de Neiva

8 de febrero de 1814

En la ciudad de Neiva, capital de la Provincia libre de su nombre, a 8 de febrero de 1814 años, hallándose reunido el Colegio Revisor Electoral, constituyente de ella, por medio de sus diputados y en virtud de los plenos poderes y en la sala destinada para sus acuerdos, dijo: que habiéndose declarado esta Provincia libre e independiente del Gobierno español y de cualquiera otra dominación, por los motivos que tantas veces se han publicado y dado a la prensa por las provincias más ilustradas de la Nueva Granada y Confederación Venezolana, como consta del artículo 1º, título 2º de su Constitución, fecha a 3 de febrero de 1812, no se había publicado este acto por sí solo, como era de hacerse para la verdadera inteligencia de los pueblos de su comprehensión; que en esta atención y considerando ser de absoluta necesidad, para la satisfacción de todas las provincias que han abrazado nuestra santa causa de la libertad, el que sepan que la Provincia de Neiva, en medio de ser inerte y débil, fue una de las primeras que declaró su independencia y sacudió de su cerviz el yugo del tirano español que la oprimía; ahora nuevamente y en presencia del Soberano autor de los derechos del hombre y de la justicia de su causa repite y jura que el Estado de Neiva desconoce por Rey a

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Fernando VII y cualquier otro que se coloque en el trono de España y a toda autoridad que no emane inmediatamente del pueblo o sus apoderados o representantes, rompiendo enteramente la unión política con la Metrópoli y con su entera separación; y para que llegue a noticia de todos los pueblos de la Provincia se publicará por bando con la mayor solemnidad en todas las cabezas de partido y municipalidades, debiendo acompañar este acto su respectivo Cabildo en ceremonia.

Para su cumplimiento pásese copia al Poder Ejecutivo, quien lo hará también trascendentalmente al Soberano Congreso para su inteligencia y satisfacción.

Diego Miguel Dussán, Presidente. Miguel María Ortiz y Durán. Manuel Tello. José Antonio Amézquita. Nicolás María de Pombo. José Manuel de Silva. José Rafael Cabrera. Francisco Ramón Parra. Manuel Tello, diputado secretario.

Poder Ejecutivo de NeivaFebrero 12 de 1814.Publíquese y circúlese para su perpetua observancia.(Hay una rúbrica). Díaz.

Publicada en el Boletín de Historia y Antigüedades, Bogotá, vol. 1, Nº 3 (noviembre de 1902), p. 142-143.

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Acta de independencia de la ciudad de Panamá

28 de noviembre de 1821

En Junta general de todas las corporaciones civiles, militares y eclesiásticas celebrada hoy 28 de noviembre de 1821, a invitación del excelentísimo Ayuntamiento, después de las más detenidas discusiones ante un numeroso pueblo y bajo el mayor orden y concordia, se convinieron y decretaron de común acuerdo los artículos siguientes:1º. Panamá, espontáneamente y conforme al voto general de los pueblos de su comprensión, se declara libre e independiente del gobierno español.

2º. El territorio de las provincias del Istmo pertenece al estado republicano de Colombia, a cuyo congreso irá a representarle oportunamente su diputado.

3º. Los individuos de la tropa que guarnece esta plaza quedan en la absoluta libertad de tomar el partido que les convenga, y en el caso que quieran volver a España, se les prestarán todos los auxilios necesarios para su transporte hasta la isla de Cuba; a los que guardándoseles los honores de la guerra, seguirán a los puertos de Chagres o Portobelo, luego que los castillos estén en poder del nuevo gobierno; obligándose todos los oficiales, sargentos y soldados,

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bajo el juramento debido, a seguir tranquilos, no hacer extorsiones algunas, ni tomar las armas contra los estados independientes de América durante la presente guerra.

4º. Los enfermos españoles que se hallan en el hospital serán asistidos por el gobierno, y luego que lleguen a restablecerse, se les presentarán los auxilios necesarios conforme al artículo 3º.

5º. El jefe superior del Istmo se declara que lo es el señor don José de Fábrega, coronel que fue de los ejércitos españoles; quedando en el mismo pie en que actualmente se hallan todas las corporaciones y autoridades, así civiles como eclesiásticas.

6º. El jefe superior tomará todas las providencias económicas que sean necesarias para la conservación de la tranquilidad pública.

7º. Las autoridades prestarán en el acto el juramento de la independencia, señalándose el domingo próximo para hacer su publicación con la solemnidad debida.

8º. El jefe superior, en unión de los comandantes de los cuerpos, oficiará al de la fortaleza de Chagres y destacamento de Portobelo para que al oficial que presente las órdenes entreguen estos puntos a estilo militar.

9º. El Istmo, por medio de sus representantes, formará los reglamentos económicos convenientes para su gobierno interior; y en ínterin gobernarán las leyes vigentes en aquella parte que no digan contradicción con su actual estado.

10º. Para los gastos indispensables, el jefe político abrirá un empréstito que se reconocerá como parte de la deuda pública.

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11º. La deuda pública que reconoce la Tesorería se pagará bajo los pactos estipulados en su principio.

12º. Los precedentes capítulos se imprimirán y circularán a todos los pueblos del Istmo para que cesen las desavenencias que los agitan; remitiendo los auxilios que necesita esta capital para llevar a cabo tan gloriosa empresa, como lo tienen ofrecido.

José de Fábrega. José Hijinio, obispo de Panamá69. Juan José Martínez [deán del cabildo catedral]. Dr. Carlos Icaza. Manuel José Calvo. Mariano de Arosemena. Luis Lasso de la Vega. José Antonio Cerda. Juan Herrera y Torres. Juan José Calvo. Narciso de Urriola. Remigio Lasso de la Vega. Manuel de Arce. José de Alba. Gregorio Gómez. Luis Salvador Durán. José María Herrera. Manuel María de Ayala. Víctor Beltrán. Antonio Bermejo. Antonio Plana. Juan Pío Victoria. Dr. Manuel de Urriola. José Vallarino. Manuel José Hurtado. Manuel García de Paredes. Dr. Manuel José de Arce. José María Calvo. Antonio Escovar. Gaspar Arosemena. José de los Santos Correoso, escribano público.

Publicada originalmente en la Gaceta de Colombia, Nº 14 (20 de enero de 1822). También por Luis Martínez Delgado en su obra Panamá: su independencia de España, su incorporación a la Gran Colombia, su separación de Colombia, el canal interoceánico. Bogotá: Lerner, 1972, p. 49-50 y 217-220.

69 Fray José Higinio Durán, natural de Lima, quien falleció el 4 de octubre de 1823.

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2.3. REAL AUDIENCIA DE QUITO

Acta de independencia de la ciudad de Quito

29 de mayo de 1822

En la ciudad de San Francisco de Quito, capital de las provincias del antiguo reino de este nombre, representada por su excelentísima municipalidad,

el venerable deán y cabildo de la santa iglesia catedral, los prelados de las comunidades religiosas, los curas de las parroquias urbanas, las principales personas del comercio y agricultura, los padres de familia, y notables del país, dijeron: que convencidos de hallarse disueltos los vínculos con que la conquista unió este reino a la nación española, en fuerza de los derechos sacrosantos de todo pueblo para emanciparse si el bien de sus habitantes lo demanda cuando la opresión, el vilipendio y los ultrajes a los ciudadanos por un gobierno corrompido y tiránico han roto todos los lazos que por cualesquiera motivos ideales ligaron estas provincias a la Península, cuando los sacrificios de la América en las aras de la libertad prometen a Quito la elevación de sus destinos a la gloria y a la prosperidad, cuando los resultados de la guerra que ha sostenido el Nuevo Mundo por su independencia aseguran

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la suerte de estos países, guerra cuya justicia está reconocida por el género humano y cuyos principios han proclamado en el siglo todas las naciones y todos los hombres que conocen su dignidad, cuando en fin, los españoles profanando el santuario y sus ministros, hollando la moral pública, cubriendo los pueblos de sangre y de luto, preparaban la completa ruina de estas regiones infortunadas, y cuando el Ser Supremo, criador de los bienes de la tierra, cansado del torrente de males que ha inundado el pueblo quiteño, dándole la victoria con que coronó las armas de la patria en la memorable batalla del 24 del corriente sobre las faldas del Pichincha, lo ha puesto en posesión de sus derechos imprescriptibles por medio del genio titular de Colombia, por la mano del inmortal Bolívar, que desde los más remotos puntos de la República ha proveído siempre infatigable a la felicidad de estas provincias; esta corporación, pues, expresando con la más posible y solemne legitimidad los votos de los pueblos que componen el antiguo reino de Quito, ofreciéndose al Ser Supremo y prometiendo conservar pura la religión de Jesús como la base de las mejores sociedades, ha venido en resolver, y resuelve:

1º. Reunirse a la república de Colombia como el primer acto espontáneo dictado por el deseo de los pueblos, por la conveniencia y por la mutua seguridad y necesidad, declarando las provincias que componían el antiguo reino de Quito como parte integrante de Colombia, bajo el pacto expreso y formal de tener en ella la representación correspondiente a su importancia política.

2º. Presentar los testimonios de su reconocimiento a las divisiones de Colombia y del Perú, que a las órdenes del señor general Sucre han roto las cadenas que ataban estos países al ignominioso carro peninsular; a este efecto, y considerando una obligación santa tributar a los libertadores de Quito una prueba de gratitud, y que

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éstos lleven una señal de sus sacrificios, autorizada la corporación por el patriotismo y por los servicios de estas provincias a la causa de Colombia, e impetrando la aprobación del gobierno, conceden a la división libertadora una medalla, o cruz de honor pendiente al pecho de una cinta azul celeste. La medalla será un sol, naciendo sobre las montañas del ecuador, y unidos sus rayos por una corona de laurel: entre la montaña en letras de oro la inscripción Colombia, y alrededor del sol Libertador de Quito en esmalte azul; en el reverso Vencedor de Pichincha 24 de mayo, 12º, y el nombre del agraciado. El pueblo regalará estas medallas que serán para los generales con esmaltes en los rayos de piedras preciosas, para los oficiales de oro, y para la tropa de plata. Y respecto a que el ejército libertador que ha hecho la campaña de Pasto ha tenido una parte tan importante en la libertad de Quito, como la división misma que ha entrado, se suplicará al gobierno que conceda el uso de esta medalla a aquel ejército con las modificaciones que guste, y que el excelentísimo señor libertador presidente acepte la que le presentará una diputación del pueblo quiteño, que también pondrá otra en manso de S. E. el vicepresidente, como una pequeña significación del agradecimiento de estas provincias a sus esfuerzos por liberarlas. Y estando entendido el cabildo y corporaciones que el señor general Sucre tiene la delegación de las facultades concedidas por el soberano congreso de la República al excelentísimo señor presidente, se le exigirá que mientras aprueba el gobierno la solicitud de este pueblo, permita a la división de su mando el uso de esta medalla, y que tome él sobre su cargo, en unión de la municipalidad, dar las gracias al gobierno del Perú por la cooperación de sus tropas a la libertad de Quito, suplicándole que éstas lleven la expresada medalla como una manifestación de nuestro agradecimiento a sus sacrificios, y el expresado señor general remitirá a nombre de este pueblo la misma condecoración, sin la inscripción del reverso y con cinta blanca, al

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excelentísimo señor protector del Perú, y tendrá la facultad de hacerlo a los demás jefes de aquel estado que hayan concurrido a la expedición libertadora de este país, y a los ciudadanos que por servicios distinguidos en esta gloriosa campaña hayan tenido una influencia en la recuperación de nuestros derechos, pendiendo ésta de la cinta tricolor del pabellón de la República.

3º. Erigir una pirámide sobre el campo de Pichincha, en el lugar de la batalla, que se llamará en adelante la cima de la libertad. En el pedestal, frente a la ciudad, se esculpirá esta inscripción: Los hijos del ecuador a Simón Bolívar, el ángel de la paz y de la libertad colombiana. Seguirá en el mimo frente el nombre del general Sucre, y debajo Quito libre el 24 de mayo de 1822, 22º. Y continuarán los nombres de los jefes y oficiales del estado mayor de las divisiones unidas. En el pedestal de la derecha se colocarán los nombres de los jefes y oficiales de la división del Perú, prefiriendo los heridos, y precedidos por el de su comandante, el señor coronel Santacruz, y continuarán los nombres de los cuerpos y de toda la tropa. En el pedestal de la izquierda, y en todo este costado por el mismo orden, los nombres de los cuerpos y de los jefes, oficiales y tropa de la división de Colombia, precedidos por el del señor general Mires. En el pedestal que mira al campo de la batalla, esta inscripción: A Dios glorificador. Mi valor y mi sangre terminó la guerra de Colombia, y dio libertad a Quito. Seguirán arriba los nombres de los muertos en combate. Sobre la cúspide de la pirámide se colocará el genio de la libertad rodeado de banderas de los cuerpos que han hecho la campaña de Quito, que simbolizará la unión de los estados americanos.

4º. Poner en el frontispicio de la sala capitular una lápida que recuerde en la posteridad el día feliz en que Quito recobró sus derechos, y el nombre del Libertador.

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5º. Establecer perpetuamente una función religiosa en que se celebrará el aniversario de la emancipación de Quito; la cual se hará trasladando en procesión solemne, la víspera de Pentecostés, a la santa iglesia catedral la imagen de la madre de Dios, bajo su advocación de Mercedes, y el día habrá en ella misa clásica con sermón, a que concurrirán todas las corporaciones, y será considerada como la primera fiesta religiosa de Quito, cuando tiene el objeto de elevar los votos de este pueblo al Hacedor Supremo por los bienes que le concedió en igual día.

6º. Instituir otra función fúnebre por el alivio y descanso de las almas de los héroes que sacrificaron su vida a la libertad americana, cuya función, celebrada el tercer día de Pentecostés, será tan solemne como la del artículo anterior, o el día siguiente hábil

7º. Que para hacer durable la memoria del general Sucre en esta capital, se publique el 13 de junio la Ley fundamental de Colombia, y que en él preste la ciudad, las corporaciones y autoridades, el juramento de defender con sus bienes, su vida y su sangre la independencia, la libertad política y la integridad del Estado, perpetuando una función todos los años el mismo 13 de junio para recordar el día en que Quito se incorporó a la República.

8º. Celebrar una misa de gracias el domingo dos del entrante, con toda pompa, para rendir al Dios de los ejércitos nuestro homenaje y reconocimiento por la transformación gloriosa de Quito, y disponiendo en los tres días precedentes toda especie de regocijos públicos, iluminando la ciudad por tres noches, y concediendo al público cuantas diversiones quiera usar moderadamente. El cabildo tendrá conciertos en estas tres noches y al frente de su casa se colocará una figura alegórica que represente a la América sentada en un trono majestuoso, y rodeada de sus atributos,

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acariciando el busto del Libertador de Colombia. A la derecha se verá un genio que simbolice a Quito presentando al busto del general Sucre una corona cívica; a la izquierda estarán los retratos de los más esclarecidos generales del ejército, y alrededor, escritos con letras de oro sobre campo azul, los nombres de los oficiales y soldados más ilustres. El mismo cabildo preparará una fiesta triunfal para el día 13 de junio que se publique la Ley fundamental del Estado.

9º. Colocar en la sala capitular los bustos del Libertador de Colombia y del señor general Sucre, a los dos extremos de las armas de la ciudad, cuyo glorioso monumento se colocará igualmente en los salones del palacio y otros lugares públicos.

10º. Que esta acta quede abierta por quince días en la sala de cabildo para que sea firmada por todos los ciudadanos que uniendo sus votos a los que la han dictado, expresen más suficientemente, si es posible, los deseos de los pueblos de Quito, a cuyo efecto se circularán copias en todo el departamento para que en las casas de los ayuntamientos se suscriba por las personas que puedan hacerlo, y se dé este testimonio de su patriotismo y de sus sentimientos.

Con lo cual se concluyó esta acta que proclama la corporación como una declaración expresa de sus votos que hace a la faz del mundo el pueblo de Quito, el día veintinueve de mayo del año del Señor mil ochocientos veintidós, y el duodécimo en que manifestó sus deseos de ser libre, feliz y colombiano.Vicente Aguirre. Dr. José Félix Valdivieso. Javier Villasis. Tomás de Velasco. Pedro Cevallos. Dr. Bernardo Ignacio de León y Carcelen. Vicente Álvarez. Fidel Quijano. Pedro Guarderas. Vicente Chirivoga. Manuel Moreno. Dr. Pedro José de Arteta.

Page 315: Actas de formación de juntas y declaraciones de ......juntado el pueblo en la plaza pública y proclamado por su diputado al señor don José Acevedo y Gómez, para que le propusiese

315Colección Bicentenario

Antonio Salvador. José María Guerrero. Bartolomé Donoso. Ramón Borja. José María del Mazo. Próspero Quiñones. Antonio Fernández Salvador. Dr. José María Cabezas. Dr. Agustín de Salazar. Maximiliano Coronel. Dr. Nicolás de Arteta. Dr. Joaquín Pérez de Anda. Calixto Miranda. Dr. José Camacho. Mariano Batallas. Bruno de Neira. Dr. Francisco León de Aguirre. Dr. José Loza, secretario. Fray Luis Sosa, provincial de Santo Domingo. Maestro fray Antonio Alvan, provincial de la Merced. Presentado fray Manuel Bravo, presidente comendador de la Merced. Fray Narciso Segura, provincial de San Francisco. Fray Antonio de la Torre, guardián. Maestro fray Carlos Mejía, prior. Pedro José de Encinas. Señor Pedro de San José, prefecto. Luis de Saá. José Corrella. José Álvarez. Doctor Manuel Espinosa. Presentado doctor fray José Boú. Juan de León y Aguirre. José de Zaldumbide. Juan Antonio Terán. Miguel Valladares. El título de Miraflores. Fray Francisco de Saá. José Eugenio Correa, cura de San Roque. Fray Francisco Martínez, rector. Antonio Pineda. Juan Ante. José Viteri. Pedro Manuel Quiñones. Antonio Baquero. Francisco Campos. Mariano Merizalde, cura de San Marcos. Antonio Llerena. Fray Manuel Solano, prior provincial de agustinos. José Miguel Batallas y Vallejo. Manuel Valladares. Mariano Hurtado. Ramón Molina. José Villandrando. Miguel Espinosa. Matías Sánchez. José Valareso. José González. Manuel del Corral. Mariano Soria. José Montanero. Manuel Benítez. Pedro Iriarte. Mariano Villamar. Pedro Guarderas. Vicente López Merino. Ignacio Villasis.

Publicada en la Gaceta de Colombia, 41 (28 de julio de 1822).