acta pleno 2012 12-27

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID) BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA EL DÍA 27 DE DICIEMBRE DE 2012. En Majadahonda, siendo las diez horas y veinte minutos del día veintisiete de diciembre de dos mil doce, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, habiendo asistido los señores que seguidamente se detallan, con el fin de celebrar sesión para la que habían sido previamente convocados. ALCALDE: D. NARCISO DE FOXÁ ALFARO CONCEJALES: Por el Grupo Municipal Popular: D. JOSÉ ANTONIO CARNEVALI RAMÍREZ Dª M. CARMEN MENÉNDEZ RODRÍGUEZ D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ Dª M. VICTORIA CRISTÓBAL ARAUJO D. JAVIER CABALLERO LÓPEZ D. PABLO GARCÍA GONZÁLEZ D. JOSÉ ALBERTO SAN JUAN LLORENTE Dª LAURA NISTAL MARCOS Dª M. CRISTINA DURÁN URIBARRI Dª VERÓNICA MARÍA LIPPERHEIDE GUZMÁN Dª M. JOSÉ MONTÓN ROSAENZ Dª MARÍA FERNÁNDEZ DOBAO D. JUAN CARLOS DÍAZ RODRÍGUEZ Por el Grupo Municipal Socialista: D. BORJA LUIS CABEZÓN ROYO D. ZACARÍAS MARTÍNEZ MAILLO Dª MARÍA DEL SOCORRO MONTES DE OCA VERNAZA D. LUIS GREGORIO VENTURA SÁNCHEZ Por el Grupo Municipal UPYD: Dª CARMEN MADRIGAL TORREJÓN D. JAVIER GIL CACHO Dª M. LOURDES FERNÁNDEZ ALONSO Por el Grupo Municipal Izquierda Unida: D. JUAN SANTANA URIARTE Dª MARÍA SOL PIÑUELA PAREDES (Se incorpora en el punto 2) Por el Grupo Municipal Centrista: Dª MERCEDES PEDREIRA DE VIVERO D. IGNACIO JOSÉ DEL RÍO MARRERO SECRETARIO GENERAL: D. Eulalio Ávila Cano INTERVENTOR: D. Julio Prinetti Márquez Presidió el acto el Sr. Alcalde D. Narciso de Foxá Alfaro y actuó como Secretario General D. Eulalio Ávila Cano.

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Acta del pleno de Majadahonda de diciembre de 2012.

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Page 1: Acta pleno 2012 12-27

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA EL DÍA 27 DE DICIEMBRE DE 2012.

En Majadahonda, siendo las diez horas y veinte minutos del día veintisiete de diciembre de dos mil doce, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, habiendo asistido los señores que seguidamente se detallan, con el fin de celebrar sesión para la que habían sido previamente convocados.

ALCALDE: D. NARCISO DE FOXÁ ALFARO

CONCEJALES: Por el Grupo Municipal Popular: D. JOSÉ ANTONIO CARNEVALI RAMÍREZ Dª M. CARMEN MENÉNDEZ RODRÍGUEZ D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ Dª M. VICTORIA CRISTÓBAL ARAUJO D. JAVIER CABALLERO LÓPEZ D. PABLO GARCÍA GONZÁLEZ D. JOSÉ ALBERTO SAN JUAN LLORENTE Dª LAURA NISTAL MARCOS Dª M. CRISTINA DURÁN URIBARRI Dª VERÓNICA MARÍA LIPPERHEIDE GUZMÁN Dª M. JOSÉ MONTÓN ROSAENZ Dª MARÍA FERNÁNDEZ DOBAO D. JUAN CARLOS DÍAZ RODRÍGUEZ Por el Grupo Municipal Socialista: D. BORJA LUIS CABEZÓN ROYO D. ZACARÍAS MARTÍNEZ MAILLO Dª MARÍA DEL SOCORRO MONTES DE OCA VERNAZA D. LUIS GREGORIO VENTURA SÁNCHEZ Por el Grupo Municipal UPYD: Dª CARMEN MADRIGAL TORREJÓN D. JAVIER GIL CACHO Dª M. LOURDES FERNÁNDEZ ALONSO Por el Grupo Municipal Izquierda Unida: D. JUAN SANTANA URIARTE Dª MARÍA SOL PIÑUELA PAREDES (Se incorpora en el punto 2) Por el Grupo Municipal Centrista: Dª MERCEDES PEDREIRA DE VIVERO D. IGNACIO JOSÉ DEL RÍO MARRERO SECRETARIO GENERAL: D. Eulalio Ávila Cano INTERVENTOR: D. Julio Prinetti Márquez

Presidió el acto el Sr. Alcalde D. Narciso de Foxá Alfaro y actuó como

Secretario General D. Eulalio Ávila Cano.

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Declarado abierto el acto por la Presidencia, fueron tratados los siguientes asuntos:

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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1.(200/12) LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE

BORRADORES DE ACTAS DE SESIONES ANTERIORES (PLENO ORDINARIO 31-10-2012 y 28-11-2012).

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que se ha cometido un error material en el tercer párrafo de la página 108 del borrador de acta de la sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2012 y, donde dice “El Sr. Presidente pide a la Portavoz del Grupo Municipal Centrista que diga …” debe decir “El Sr. Presidente pide a la Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia que diga …” . Sometido este asunto a votación, la Corporación, por unanimidad, ACUERDA aprobar el borrador de acta de la sesión ordinaria celebrada el 31 de octubre de 2012 con la modificación antes indicada y el borrador del acta de la sesión ordinaria celebrada el 28 de noviembre de 2012. 2.(201/12) TOMA DE POSESIÓN DE Dª MARÍA SOL

PIÑUELA PAREDES COMO CONCEJAL DE IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES (4.3.3)

Con fecha 5 de diciembre de 2012, este Ayuntamiento remitió a la Junta Electoral Central certificación del acuerdo plenario de 28 de noviembre de 2012 por el que el Pleno tomaba conocimiento de la renuncia presentada por D. José Luis Ordóñez Fernández a su cargo de Concejal de Izquierda Unida-Los Verdes.

Con fecha 17 de diciembre de 2012, la Junta Electoral Central remite a este Ayuntamiento (registro de entrada nº22054) credencial de Concejal a favor de Dª MARIA SOL PIÑUELA PAREDES por estar incluida en la lista de candidatos presentada por Izquierda Unida-Los Verdes a las elecciones locales de 22 de mayo de 2011, credencial que fue remitida al interesado junto a los modelos de declaraciones de Bienes Patrimoniales y causas de posible incompatibilidad y actividades con fecha 17 de diciembre de 2012.

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Dª María Sol Piñuela Paredes ha presentado sus declaraciones de bienes y de actividades ante la Secretaría General el día 26 de diciembre de 2012. Seguidamente, y como requisito imprescindible para tomar posesión de su cargo, la Concejala Dª MARÍA SOL PIÑUELA PAREDES procede a prestar el juramento o promesa exigido por Real Decreto 707/79, de 5 de abril, pronunciando en voz alta ante el Sr. Presidente y todos los presentes la siguiente fórmula “Como ciudadana partidaria de un modelo de estado republicano, por exigencia legal, prometo por mi conciencia y honor cumplir fielmente las obligaciones del cargo de Concejala con lealtad al Rey y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado”. Se producen aplausos y acto seguido la Sra. Piñuela pasa a ocupar su escaño tomando posesión de su cargo de Concejal. El Pleno de la Corporación TOMA CONOCIMIENTO de la toma de posesión de Dª MARIA SOL PIÑUELA PAREDES como Concejal de este Ayuntamiento por Izquierda Unida-Los Verdes. 3.(202/12) RESOLUCIÓN DE ALEGACIONES Y

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES DE IMPUESTOS PARA 2013 (8.2)

En este momento el Sr. Presidente propone, si todos están de acuerdo, que los puntos 3 y 4 se debatan conjuntamente tal como se acordó en la Junta de Portavoces pero la votación, en los puntos que corresponda, se realizará de forma individual, ACORDÁNDOSE, por unanimidad, por asentimiento de todos los concejales, dicha propuesta.

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Seguidamente se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) ACUERDO PLENARIO de 31 de octubre de 2012, por el que

se aprueba lo siguiente:

“PRIMERO.- APROBAR de forma provisional las siguientes modificaciones a las Ordenanzas Fiscales: 1º.- Se modifica el tipo de gravamen para los bienes inmuebles urbanos establecido artículo 6.1 de la Ordenanza nº 2 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, quedando establecido en 0,485. 2º.- Se introducen las siguientes modificaciones a la Ordenanza nº 4 del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana:

a.- Se da una nueva redacción al artículo 5 punto b, “Se

entiende como vivienda habitual aquella en que figure empadronado el causante. Si por motivos de edad o salud justificara que lo estuviera en una residencia de mayores autorizada, tendrá esta consideración la vivienda donde previamente hubiera residido”.

b.- Se suprime el artículo 6.3 pasándose a denominar como

número 3 el señalado como 4. c.- Se modifica el tipo de gravamen señalado en el artículo 7

fijándose en 18 %.

3º.- Se modifica la Ordenanza Fiscal nº 5 del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras en los siguientes artículos.

a.- Se altera la redacción del art. 1 que pasa a ser la siguiente: “1. El hecho imponible está constituido por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, o para la que se exija presentación de declaración responsable o

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comunicación previa, siempre que la expedición de la licencia o la actividad de control corresponda al Ayuntamiento”.

b.- El artículo 2, el apartado segundo queda redactado de la

siguiente forma: “En el supuesto de que la construcción, instalación u obra no sea realizada por el sujeto pasivo contribuyente tendrán la condición de sujetos pasivos sustitutos del contribuyente quienes soliciten las correspondientes licencias o presenten las correspondientes declaraciones responsables o comunicaciones previas o quienes realicen las construcciones, instalaciones u obras.

El sustituto podrá exigir del contribuyente el importe de la cuota tributaria satisfecha”.

c.- El artículo 4, punto C) queda redactado de la siguiente

manera: “Una bonificación del 50 por ciento en las obras de construcción de viviendas de protección oficial. Esta bonificación alcanzará este porcentaje a aquellas calificadas como de protección pública básica, un 40 por ciento para las de protección pública genérica y un 30 para el resto de viviendas de protección pública definidas en el Decreto de la Comunidad de Madrid 74/2009, de 30 de julio o Norma que le sustituya. En el supuesto de promociones mixtas que incluyan locales o viviendas libres y viviendas de las señaladas, el porcentaje de bonificación se aplicará a la parte de la cuota correspondiente a las construcciones, instalaciones u obras destinadas estrictamente a estas últimas. Se deberá a aportar por el interesado un desglose del presupuesto en el que se determine razonablemente el coste que supone la construcción de unas y otras viviendas En el caso de que no fuese posible su desglose, a efectos de la bonificación se prorrateará el presupuesto en proporción a sus respectivas superficies. En todo caso será necesario aportar copia de la calificación provisional de las viviendas”.

d.- Se da una nueva redacción al artículo 8, “Régimen de

declaración e ingreso” cuyo texto es el siguiente:

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“1.- El impuesto se exigirá en régimen de autoliquidación. Los sujetos pasivos están obligados a practicar autoliquidación por el impuesto, en el impreso habilitado al efecto por la Administración municipal, y a abonarla, en cualquier entidad colaboradora autorizada, previamente a la retirada de la licencia concedida y en aquellos casos en que no es necesaria licencia deberán aportar copia de la autoliquidación abonada e el momento de presentación de la declaración responsable o comunicación previa. En todo caso se deberá haber presentado la autoliquidación abonada, dentro del plazo máximo de un mes contado a partir del momento en que se inicie la construcción, instalación u obra, incluso cuando no se hubiere solicitado, concedido o denegado aún dicha licencia o no se hubiera presentado declaración responsable o comunicación previa, sin que el pago realizado conlleve ningún tipo de presunción o acto declarativo de derechos a favor de aquellos “2.-La autoliquidación presentada tendrá carácter provisional, determinándose la base imponible de esta autoliquidación provisional de la siguiente forma:

“a) Para las Construcciones e instalaciones que

requieran licencia de obra y cuyo titular no sea una Administración Pública, se tomará la mayor de las dos cantidades siguientes:

“a.1 El importe del presupuesto de ejecución material

visado por el colegio profesional correspondiente.

“a.2 El importe resultante de aplicar el anexo 1 de

esta ordenanza y que constituye unos criterios de estimación provisional de los costes mínimos de ejecución material.

“b) Para las construcciones e instalaciones que

requieran licencia de obra y cuyo titular sea una Administración Pública, la base imponible estará constituida por el presupuesto de ejecución de la obra, visado por el colegio profesional correspondiente.

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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“c) Para las construcciones e instalaciones que no

requieran licencia de obra la base imponible estará constituida por el presupuesto presentado de ejecución material. En caso de que no aportarse éste, el coste de ejecución de la obra podrá determinarse por los técnicos municipales.

“3.- Cuando se modifique el proyecto de la construcción, instalación u obra y hubiese incremento de su presupuesto, una vez aceptada la modificación por la Administración municipal, los sujetos pasivos deberán presentar autoliquidación complementaria por la diferencia entre el presupuesto inicial y el modificado con sujeción a los plazos, requisitos y efectos indicados en los apartados anteriores.”

e.- Se introduce el siguiente Anexo I:

“Costes mínimos de referencia general por tipo de

edificación para instalaciones, construcciones y obras que requieran licencia de obra y cuyo titular no sea una Administración Pública.

AÑO  2013 

COSTES DE REFERENCIA GENERAL Coste de ejecución material (1)  

(€/m2 construido) 

RESIDENCIAL 

Unifamiliares 

Aisladas 557,18 

Adosadas o pareadas 514,05 

De protección oficial 470,93 

Colectivas De promoción privada 

537,63 

De protección oficial 489,33 

 Dependencias 

Vivideras en sótano y bajo cubierta 

431,83 

No vivideras en sótano y bajo cubierta 

326,60 

OFICINAS Formando parte de un edificio  

431,83 

En edificio aislado, naves 446,20 

INDUSTRIAL En edificios industriales 

403,65 

En naves industriales 299,58 

COMERCIAL Locales comerciales en edificios 

354,20 

Grandes centros comerciales 643,43 

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GARAJE 

En Planta baja 243,80 

En Planta semisótano o primer sótano  285,20 

En resto de plantas de sótano 365,70 

INSTALACIONES DEPORTIVAS 

Al aire libre 

Pistas y pavimentos especiales58,08 

Piscinas 431,83 

Servicios 512,33 

Con graderíos 162,73 

Con graderíos cubiertos 299,58 

Cubiertas Polideportivos 

756,70 

Piscinas 811,90 

ESPECTACULOS Y OCIO 

Discotecas, salas de juego, cines… 663,55 

Teatros 946,45 

EDIFICIOS RELIGIOSOS 

Integrados en residencial 649,75 

En edificio exento 1.026,38 

EDIFICIOS DOCENTES 

Guarderías, colegios, institutos… 679,08 

Universidades, centros de investigación, museos… 1.214,40 

EDIFICIOS SANITARIOS 

Consultorios, dispensarios 622,15 

Centros de salud, ambulatorios 704,38 

Hospitales, laboratorios 1.324,80 

HOSTELERIA 

Hoteles, balnearios, residencia de ancianos… 868,83 

Hostales, pensiones 651,48 

Restaurantes 779,70 

Cafeterías 649,75 

(1) Comprende el gasto de ejecución + costes indirectos. No incluye beneficio industrial ni gastos generales de la coordinación de los  diferentes oficios 

“Notas:

“1. En caso de superficies no vivideras a las que no se les haya asignado un uso determinado, se les asignará el valor del uso principal.

“2. En caso de existir edificios con diferentes usos, se valorarán éstos de forma independiente, según los módulos anteriores.

“3. En la intervención en edificios ya construidos, y para los casos de rehabilitación de instalaciones y acabados, se les aplicará los mismos módulos que para la obra nueva, si bien el importe se corregirá con la aplicación del coeficiente del 0,65.”

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4º.- Se suprime el artículo 5 de la Ordenanza nº 6, “del Impuesto sobre Actividades Económicas.

SEGUNDO- EXPONER el presente acuerdo de modificación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, tablón de anuncios y en un diario de los de mayor difusión de la provincia durante un plazo de treinta días dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si trascurrido el plazo no se sido presentadas, se entenderá definitivamente aprobado este acuerdo provisional. La entrada en vigor se producirá el día 1 de enero de 2013.

TERCERO.- FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.”

B) ANUNCIO publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad

de Madrid de 8 de noviembre de 2012. C) ESCRITO DE ALEGACIONES presentadas por Dª

Mercedes Pedreira de Vivero como Portavoz del Grupo Municipal Centrista, que ha tenido entrada en el Registro General el 16 de noviembre de 2012, nº 20207.

D) ESCRITO DE ALEGACIONES presentadas por D. Juan

Santana Uriarte como Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, que ha tenido entrada en el Registro General el 13 de diciembre de 2012, nº 21936.

E) ESCRITO DE ALEGACIONES presentadas por D.

Zacarías Martínez Maillo en representación del Grupo Municipal Socialista, que ha tenido entrada en el Registro General el 13 de diciembre de 2012, nº 21963.

F) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por D. Miguel

Moreta Jiménez como Presidente de la Asociación de

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Vecinos de Majadahonda (AVM), que ha tenido entrada en el Registro General el 13 de diciembre de 2012, nº 21961.

G) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por Dª Carmen

Madrigal Torrejón como Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, que ha tenido entrada en el Registro General el 14 de diciembre de 2012, nº 22038.

H) INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Técnico

de Gestión con el Vº Bº del Tesorero Municipal, de fecha 18 de diciembre de 2012, cuyo texto es el siguiente:

“El Pleno de este ayuntamiento, en sesión celebrada el pasado

31 de octubre, adoptó el acuerdo de aprobación provisional de la modificación de Ordenanzas fiscales de impuestos para 2012, expediente 147/12.

El 8 de noviembre se publico el anuncio de exposición al público en el BOCM poniendo a disposición de los interesados el expediente y abriendo un periodo de treinta días durante los cuales podían presentar las alegaciones o reclamaciones que los interesados consideren pertinentes. Finalizado el plazo de alegaciones constan presentadas durante las siguientes: PRIMERA.- Dña. Mercedes Pedreira de Vivero en su condición de Portavoz del Grupo Municipal Centristas de fecha 16 de Noviembre de 2012 con registro de entrada nº 20207, en el que se solicita:

1- Fijar “… el tipo del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana en el 16,8%.

SEGUNDA.- D. Juan Santana Uriarte en su condición de Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida – Los Verdes de fecha 13 de Diciembre de 2012 con registro de entrada nº 21936, en el que se solicita:

1- En la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto sobre bienes Inmuebles, Artículo 6.- Tipos de Gravamen:

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- Rebajar el tipo de gravamen para los bienes inmuebles urbanos, y mantener la cuota íntegra del impuesto a los valores de 2010. - Aplicar un nuevo tipo de gravamen al 10% a los bienes urbanos con mayores valores catastrales respecto a: uso comercial, industrial, oficinas, deportivo y otros usos, siempre que superen el valor catastral de un millón de euros. - Añadir un recargo del 50% sobre la cuota líquida del IBI a los inmuebles de uso residencial desocupados con carácter permanente. 2- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto sobre bienes Inmuebles, Artículo 7,-Bonificaciones: - Bonificar con el 50 % la cuota íntegra del impuesto, los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a esta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado. Esta bonificación será del 90% cuando se trate de promociones de viviendas de protección oficial y las que resulten equiparables a estas conforme a la normativa autonómica” - En el caso de las viviendas protegidas de alquiler se extenderá esta bonificación durante todo el periodo de arrendamiento” - En el punto 4 de este articulo, Se propone la bonificación de la cuota íntegra mediante una formulación alternativa a la propuesta inicialmente aprobada en función de valores catastrales e ingresos familiares. - En el Apartado 5 punto a) propone que la bonificación sobre instalación de sistemas para el aprovechamiento térmico de la energía solar sea del 50%. - Nuevo apartado que recoja bonificaciones sociales atendiendo al principio de capacidad económica previsto en el artículo 3.1 de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General tributaria.

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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3.- A la Ordenanza Fiscal nº 3 Reguladora del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Articulo 5. Cuotas del impuesto. - Se propone actualizar el valor de la cuota de acuerdo con el IPC acumulado a los de mayor potencia. 4.- A la Ordenanza Fiscal nº 4 Reguladora del Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. Articulo 5. Cuotas del impuesto: - Eximir el pago del Impuesto al contribuyente en las transmisiones realizadas en subasta pública notarial, judicial o administrativa y en los casos de dación en pago. 5.-A la Ordenanza Fiscal nº 5 Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, artículo 4: - Suprimir la bonificación del 75% de las obras de construcción de centros destinados al culto. - Incluir en el apartado g de las bonificaciones, “siempre y cuando dichos sistemas representen un suministro de energía mínimo del 50% del total” 6.- A la Ordenanza Fiscal nº 6 Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas, artículo 5, sobre bonificaciones y reducciones:

- Bonificar con el 50% de la cuota a los sujetos pasivos que tributen en el municipio, por creación de empleo y hayan incrementado el promedio de su plantilla con contratos indefinidos. - Bonificar con el 25% a los sujetos pasivos que produzcan o utilicen energías renovables en su actividad, y que sea superior al 50% del total consumido.

TERCERA.- Dña. Carmen Madrigal Torrejón, Concejal del Ayuntamiento de Majadahonda portavoz del grupo Unión, Progreso y Democracia de fecha 14 de diciembre de 2012, con

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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registro de entrada 22.038 ampliado con en nº 22.039, en el que solicita:

1.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles: - Que se reduzca el tipo impositivo para que la cuota del IBI sea la del recibo del 2010. - Incluir un recargo para los inmuebles de uso residencial desocupados con carácter permanente. Asimismo solicita un estudio para la introducción de factores de corrección en función de la capacidad económica del contribuyente. 2.- A la Ordenanza Fiscal nº 4 Reguladora del Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana: - Establecer el tipo de la plusvalía en el 16,8%. - Aumentar la bonificación de dicho Impuesto al 95% de la cuota para los casos de transmisión a título lucrativo, por causa de muerte, de la vivienda habitual a favor del cónyuge, descendientes o ascendientes de primer grado que vivan en la misma. Realiza la petición de proceder al estudio de la introducción de factores de corrección en los casos de dación en pago. CUARTA.- D. Zacarías Martínez Maíllo, en su condición de Portavoz adjunto del Grupo Municipal Socialista de fecha 13 de diciembre de 2.012, registro de entrada 21.963, en el que solicita:

1.- A la Ordenanza Fiscal nº 4 Reguladora del Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana: Una disminución mayor del tipo impositivo del Impuesto incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.

QUINTA.- Don Miguel Moreta Jiménez en su condición de Presidente de la Asociación de Vecinos de Majadahonda, de

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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fecha 13 de Diciembre de 2012 con registro de entrada nº 21961, en el que solicitan inste el Sr. Alcalde en los siguientes puntos:

1- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto sobre bienes Inmuebles, Artículo 7,-Bonificaciones:

- Rebajar el tipo de gravamen del I.B.I. a un valor que fije la cuota íntegra del recibo en los valores correspondientes al ejercicio 2009. - Aplicar el tipo de gravamen del 0,85% a los bienes inmuebles de características especiales. - Aplicar tipos de gravamen diferenciados para los siguientes usos: comercial, ocio y hostelería, industrial, deportivo, oficinas, almacén – estacionamiento, bienes inmuebles, suelos cuyo uso sea obras de urbanización y de mejora, tales como las explanaciones, sanidad. - Establecer un recargo del 50% a los inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados permanentemente. - Exención sobre el I.B.I. a los bienes de que sean titulares las entidades sin fines lucrativos y aquellas otras entidades recogidas en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. - Bonificaciones al: artículo 7 apartado 1, apartado 2, apartado 4.a) y b), apartado 5; nuevas bonificaciones sociales potestativas; grado de compatibilidad entre las bonificaciones.

2- A la Ordenanza Fiscal nº 1:

- Establecer en el artículo 20 una bonificación del 5 % de la cuota íntegra para los sujetos pasivos que se acojan al SPP o pago domiciliado, sin superar en ningún caso los 55 euros. 3.- A la Ordenanza Fiscal nº 3 Reguladora del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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- Establecer una bonificación de 25% de la cuota del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para vehículos híbridos. - Aplicar un incremento del IPC de la cuota del Impuesto a partir del segundo vehículo del sujeto pasivo. 4.- A la Ordenanza Fiscal nº 5 Reguladora del Impuesto de construcciones, instalaciones y obras

- Suprimir la bonificación del 75% de las obras de construcción de centros destinados al culto, como el apartado c, estableciendo mayores bonificaciones a las viviendas protegidas. 5.- A la Ordenanza Fiscal nº 4 Reguladora del Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.

- Establecer como sujeto pasivo del Impuesto en los casos de dación en pago por ejecución hipotecaria, a la persona física o jurídica o a las entidades que adquiera el inmueble.

Se han presentado alegaciones o reclamaciones que afectan a Ordenanzas Fiscales que no se ven alteradas por la aprobación provisional y otras que afectando a estas últimas, lo son en artículos y apartados que tampoco se han visto cambios. En estos casos el Peno, si estima oportuno su consideración, deberá adoptar nuevo acuerdo de aprobación provisional tras el correspondiente expediente de modificación de las mismas por lo que no deben de ser admitidas.

Las alegaciones o reclamaciones interpuestas al contenido del acuerdo del Pleno son las siguientes A.- Contra la modificación del artículo 6 “tipo de gravamen” en su apartado 1 de la Ordenanza Fiscal número 2 donde modifica el mismo fijándose en el 0,485 se han presentado varias alegaciones tendentes a reducir este tipo a uno inferior dentro del margen determinado en el artículo 72.1 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Corresponde al Pleno apreciar los motivos de oportunidad que motivan esta propuesta para proceder a su aceptación.

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B.- Del mismo modo se propone tanto por el Grupo Municipal Centrista Unión, Progreso y Democracia modificar el tipo del Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana al 16,8 por ciento. El grupo socialista se suma a esta propuesta al indicar injusta una subida del 7 por ciento. Corresponde al Pleno considerar discrecionalmente si procede acceder a las solicitudes formuladas.

Visto el expediente administrativo y la legislación vigente y conforme con las instrucciones de la Concejal Delegada de Hacienda se propone la adopción del siguiente acuerdo: 1. DESESTIMAR las alegaciones presentadas contra la modificación del artículo 6 “tipo de gravamen” en su apartado 1 de la Ordenanza Fiscal nº 2 correspondiente al Impuesto de Bienes Inmuebles. 2.- DESESTIMAR las alegaciones presentadas contra el tipo de gravamen señalado en la modificación el artículo 7 de la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

3.- INADMITIR el resto de las alegaciones y reclamaciones presentadas por los motivos indicados en la parte expositiva. 4.- APROBAR definitivamente las siguientes modificaciones a las Ordenanzas Fiscales:

A- La modificación del artículo 6 “tipo de gravamen” en su apartado 1 de la Ordenanza Fiscal nº 2 correspondiente al Impuesto de Bienes Inmuebles cuya redacción es la siguiente:

“1. Tipo de gravamen para los bienes inmuebles urbanos: 0,485 por ciento”.

B- Se introducen las siguientes modificaciones a la Ordenanza nº 4 del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana:

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a.- Se da una nueva redacción al artículo 5 punto b, “Se entiende como vivienda habitual aquella en que figure empadronado el causante. Si por motivos de edad o salud justificara que lo estuviera en una residencia de mayores autorizada, tendrá esta consideración la vivienda donde previamente hubiera residido”. b.- Se suprime el artículo 6.3 pasándose a denominar como número 3 el señalado como 4. c.- Se modifica el tipo de gravamen señalado en el artículo 7 fijándose en 18 por ciento.

C- Se modifica la Ordenanza Fiscal nº 5 del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras en los siguientes artículos:

a.- Se altera la redacción del art. 1 que pasa a ser la siguiente: “1. El hecho imponible está constituido por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, o para la que se exija presentación de declaración responsable o comunicación previa, siempre que la expedición de la licencia o la actividad de control corresponda al Ayuntamiento”.

b.- El artículo 2, el apartado segundo queda redactado de la

siguiente forma: “En el supuesto de que la construcción, instalación u obra no sea realizada por el sujeto pasivo contribuyente tendrán la condición de sujetos pasivos sustitutos del contribuyente quienes soliciten las correspondientes licencias o presenten las correspondientes declaraciones responsables o comunicaciones previas o quienes realicen las construcciones, instalaciones u obras.

El sustituto podrá exigir del contribuyente el importe de

la cuota tributaria satisfecha”.

c.- El artículo 4, punto C) queda redactado de la siguiente manera: “Una bonificación del 50 por ciento en las obras de construcción de viviendas de protección oficial. Esta

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bonificación alcanzará este porcentaje a aquellas calificadas como de protección pública básica, un 40 por ciento para las de protección pública genérica y un 30 para el resto de viviendas de protección pública definidas en el Decreto de la Comunidad de Madrid 74/2009, de 30 de julio o Norma que le sustituya. En el supuesto de promociones mixtas que incluyan locales o viviendas libres y viviendas de las señaladas, el porcentaje de bonificación se aplicará a la parte de la cuota correspondiente a las construcciones, instalaciones u obras destinadas estrictamente a estas últimas. Se deberá a aportar por el interesado un desglose del presupuesto en el que se determine razonablemente el coste que supone la construcción de unas y otras viviendas En el caso de que no fuese posible su desglose, a efectos de la bonificación se prorrateará el presupuesto en proporción a sus respectivas superficies. En todo caso será necesario aportar copia de la calificación provisional de las viviendas”.

d.- Se da una nueva redacción al artículo 8, “Régimen de

declaración e ingreso” cuyo texto es el siguiente:

“1.- El impuesto se exigirá en régimen de autoliquidación. Los sujetos pasivos están obligados a practicar autoliquidación por el impuesto, en el impreso habilitado al efecto por la Administración municipal, y a abonarla, en cualquier entidad colaboradora autorizada, previamente a la retirada de la licencia concedida y en aquellos casos en que no es necesaria licencia deberán aportar copia de la autoliquidación abonada e el momento de presentación de la declaración responsable o comunicación previa. En todo caso se deberá haber presentado la autoliquidación abonada, dentro del plazo máximo de un mes contado a partir del momento en que se inicie la construcción, instalación u obra, incluso cuando no se hubiere solicitado, concedido o denegado aún dicha licencia o no se hubiera presentado declaración responsable o comunicación previa, sin que el pago realizado conlleve ningún tipo de presunción o acto declarativo de derechos a favor de aquellos. “2.- La autoliquidación presentada tendrá carácter provisional, determinándose la base imponible de esta autoliquidación provisional de la siguiente forma:

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“a) Para las Construcciones e instalaciones que requieran licencia de obra y cuyo titular no sea una Administración Pública, se tomará la mayor de las dos cantidades siguientes:

“a.1 El importe del presupuesto de ejecución material visado

por el colegio profesional correspondiente.

“a.2 El importe resultante de aplicar el anexo 1 de esta ordenanza y que constituye unos criterios de estimación provisional de los costes mínimos de ejecución material.

“b) Para las construcciones e instalaciones que requieran licencia de obra y cuyo titular sea una Administración Pública, la base imponible estará constituida por el presupuesto de ejecución de la obra, visado por el colegio profesional correspondiente.

“c) Para las construcciones e instalaciones que no requieran

licencia de obra la base imponible estará constituida por el presupuesto presentado de ejecución material. En caso de que no aportarse éste, el coste de ejecución de la obra podrá determinarse por los técnicos municipales.

“3.- Cuando se modifique el proyecto de la construcción,

instalación u obra y hubiese incremento de su presupuesto, una vez aceptada la modificación por la Administración municipal, los sujetos pasivos deberán presentar autoliquidación complementaria por la diferencia entre el presupuesto inicial y el modificado con sujeción a los plazos, requisitos y efectos indicados en los apartados anteriores.”

e.- Se introduce el siguiente Anexo I: “Costes mínimos de referencia general por tipo de edificación

para instalaciones, construcciones y obras que requieran licencia de obra y cuyo titular no sea una Administración Pública.

AÑO 2013

COSTES DE REFERENCIA GENERAL Coste de ejecución material (1)

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(€/m2 construido)

RESIDENCIAL

Unifamiliares Aisladas 557,18 Adosadas o pareadas 514,05 De protección oficial 470,93

Colectivas De promoción privada 537,63 De protección oficial 489,33

Dependencias

Vivideras en sótano y bajo cubierta

431,83

No vivideras en sótano y bajo cubierta

326,60

OFICINAS Formando parte de un edificio 431,83 En edificio aislado, naves 446,20

INDUSTRIAL En edificios industriales 403,65 En naves industriales 299,58

COMERCIAL Locales comerciales en edificios 354,20 Grandes centros comerciales 643,43

GARAJE En Planta baja 243,80 En Planta semisótano o primer sótano 285,20 En resto de plantas de sótano 365,70

INSTALACIONES DEPORTIVAS

Al aire libre

Pistas y pavimentos especiales

58,08

Piscinas 431,83 Servicios 512,33 Con graderíos 162,73 Con graderíos cubiertos

299,58

Cubiertas Polideportivos 756,70 Piscinas 811,90

ESPECTACULOS Y OCIO

Discotecas, salas de juego, cines… 663,55 Teatros 946,45

EDIFICIOS RELIGIOSOS

Integrados en residencial 649,75 En edificio exento 1.026,38

EDIFICIOS DOCENTES

Guarderías, colegios, institutos… 679,08 Universidades, centros de investigación, museos…

1.214,40

EDIFICIOS SANITARIOS

Consultorios, dispensarios 622,15 Centros de salud, ambulatorios 704,38 Hospitales, laboratorios 1.324,80

HOSTELERIA Hoteles, balnearios, residencia de ancianos…

868,83

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Hostales, pensiones 651,48 Restaurantes 779,70 Cafeterías 649,75

(1) Comprende el gasto de ejecución + costes indirectos. No incluye beneficio industrial ni gastos generales de la coordinación de los diferentes oficios

“Notas:

“1. En caso de superficies no vivideras a las que no se les haya asignado un uso determinado, se les asignará el valor del uso principal. “2. En caso de existir edificios con diferentes usos, se valorarán éstos de forma independiente, según los módulos anteriores. “3. En la intervención en edificios ya construidos, y para los casos de rehabilitación de instalaciones y acabados, se les aplicará los mismos módulos que para la obra nueva, si bien el importe se corregirá con la aplicación del coeficiente del 0,65.”

D- La supresión del artículo 5 de la Ordenanza nº 6, “del Impuesto sobre Actividades Económicas. 3. PUBLICAR el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con la indicación que su entrada en vigor se producirá el 1 de Enero de 2013. 4. FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.

I) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de 20 de diciembre de 2012, favorable.

El Sr. Presidente concede el uso de la palabra a la Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez, quien pide al Secretario General que dé lectura a las propuestas de resolución que se

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han elaborado para resolver las reclamaciones presentadas a la modificación de Ordenanzas Fiscales de Impuestos y de Tasas. A continuación el Sr. Secretario da lectura a la propuesta de resolución del Técnico de Gestión con el Vº Bº del Tesorero Municipal, de fecha 18 de diciembre de 2012, referida a la resolución de alegaciones y aprobación definitiva de la modificación de Ordenanzas Fiscales de Impuestos para 2013 (punto 3 del orden del día) así como a la propuesta de resolución del Técnico de Gestión con el Vº Bº del Tesorero Municipal, de fecha 19 de diciembre de 2012, referida a la resolución de alegaciones y aprobación definitiva de la modificación de Ordenanzas Fiscales de Tasas para 2013 (punto 4 del orden del día). El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Maillo, indica que en estos momentos se está abordando la modificación de los impuestos y tasas municipales cuya aprobación inicial se realizó en la sesión plenaria del mes de octubre y añade que, en estos momentos, va a recordar algunas de las reflexiones que su grupo realizó en dicha sesión. Sigue diciendo que se baja el tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles pero solo para compensar la disminución de reducciones por lo que, al quedarse este impuesto como estaba, su grupo cree que “se queda por las nubes” y considera que este Ayuntamiento sigue “friendo y asfixiando” a las familias de Majadahonda lo que viene haciendo desde hace muchos años. Manifiesta a continuación que el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos (plusvalías), no se deja como estaba sino que se sube el 7% por lo que cree que se penaliza a las familias ya que aquellas que quieran vender sus casas o puedan venderlas porque la situación económica no lo permite, verán que dicho impuesto, de carácter potestativo, sube el 7% y por ello pide al equipo de gobierno que diga en qué apartado de su programa electoral decía que iban a subir este impuesto. Aclara que hace esta pregunta porque ha estado revisando el programa electoral del Partido Popular y no ha visto nada que se refiera a la subida del impuesto de plusvalías.

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Indica, respecto a la modificación de las Ordenanzas Fiscales de Tasas, que gracias a las alegaciones que han presentado los grupos políticos y que han sido estimadas por el equipo de gobierno, el certificado de empadronamiento (tasa por expedición de documentos), no va a subir a 7 euros pero sí suben o se duplica, por ejemplo, el precio del bastanteo de poderes o del certificado de callejero. Continúa diciendo que su grupo, una vez más, desea dejar claro que la receta del Partido Popular para salir de la crisis es siempre la misma, subir los impuestos, recortar donde puede, reducir los servicios públicos y subir los impuestos. Insiste en pedir en qué apartado del programa electoral del Partido Popular figura esa forma de actuar y si no figura se trataría, desde el punto de vista de su grupo, de un fraude electoral. Añade que ha comprobado que lo que más aparece en dicho programa electoral, es “somos liberales”, “Majadahonda va a ser una ciudad liberal”, “vamos a aplicar políticas liberales”, etc. pero más quisiera el Grupo Municipal Popular ser liberales como lo son en Holanda, en Alemania o en otros países. Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, los miembros del Grupo Popular no son liberales sino “de derechas”. Indica a continuación que, con la “política liberal” que sigue el Partido Popular, Majadahonda tiene casi 4.000 parados a cuenta de las subidas de impuestos y de los recortes de los servicios públicos y en España, siendo el Sr. Rajoy Presidente del Gobierno, se han quedado paradas unas 800.000 personas más en el último año, se han cerrado 5.000 empresas algunas de las cuales estaban ubicadas en Majadahonda y, desde su punto de vista, esa es la verdadera política del Partido Popular. Termina su intervención diciendo que el Partido Popular fomenta el “austericidio” y, en lugar de dar medicina al enfermo para que cure, lo “remata” y con las familias lo hace aún más. El Sr. Presidente indica que la tasa de paro en la Comunidad de Madrid es casi la mitad de la que tiene el resto de España y en Majadahonda casi la mitad de la de la Comunidad de Madrid y recuerda que el récord de parados lo tiene el Presidente Sr. Rodríguez Zapatero con 5 millones de parados. Añade que, a pesar de ello, el Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista tiene la osadía de decir que el Partido Popular está creando paro en Majadahonda pero lo

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cierto es, como ha dicho anteriormente, que la cifra de parados en Majadahonda está, afortunadamente, muy por debajo del porcentaje de parados en España. Sigue diciendo que el Grupo Municipal Popular prometió, respecto a los impuestos, la congelación del impuesto sobre bienes inmuebles y eso es precisamente lo que se está haciendo. Indica además que el equipo de gobierno ha bajado el tipo impositivo del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos. Termina su intervención aclarando que la ley determina que el importe de las tasas debe acercarse al coste de los servicios pero en Majadahonda no es así y el importe que se determina para las tasas no se acerca, ni de lejos, al coste de los servicios. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, aclara que su grupo ha presentado alegaciones a la modificación de Ordenanzas Fiscales de Impuestos, sobre todo a la del impuesto sobre bienes inmuebles y a la de plusvalías. Aclara que no está de acuerdo en la congelación del recibo del impuesto sobre bienes inmuebles porque cree que, durante cinco años, el equipo de gobierno ha estado pidiendo un gran esfuerzo a los vecinos para tapar el agujero que el Partido Popular dejó, en el año 2007, en las cuentas municipales y cree que ahora ha llegado el momento de que se produzca una bajada real en el recibo que se paga y cree que, al menos, en los años 2013 y 2014 (peores años de la crisis económica), sería imprescindible ayudar a las familias bajando el importe de los recibos de dicho impuesto esos dos años y no congelarlo en el máximo que es lo que ha propuesto el Grupo Popular pero el equipo de gobierno no ha aceptado la propuesta de su grupo en ese sentido. Manifiesta que en las alegaciones que su grupo ha presentado, ha pedido, como permite la Ley de Haciendas Locales, un recargo en el impuesto sobre bienes inmuebles para las viviendas desocupadas con carácter permanente pero en este caso el equipo de gobierno tampoco ha aceptado su propuesta.

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Indica que también ha pedido la realización de un estudio para la introducción de factores de corrección en el impuesto sobre bienes inmuebles en función de la capacidad económica de las familias pero esta propuesta tampoco ha sido aceptada a pesar de que solamente se trataba de la realización de un estudio. Añade que su grupo, en la sesión plenaria de aprobación inicial de la modificación de ordenanzas fiscales, estuvo de acuerdo con bajada del tipo impositivo del impuesto de plusvalías del 28% al 18% para compensar la desaparición de la bonificación existente en años anteriores aunque el recibo, a pesar de esa bajada, suba su importe. Aclara, mientras que el equipo de gobierno no congele el importe del recibo, que su grupo había decidido esperar a conocer el funcionamiento del recibo de dicho impuesto durante el año 2013 y, en función del resultado, estudiar si sería necesario proponer o tras medidas de cara al ejercicio 2014. Manifiesta seguidamente que su grupo, en la sesión plenaria celebrada el mes de anterior, presentó una moción para aumentar el porcentaje de bonificación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos (plusvalías) al 95% para los casos de transmisión de vivienda habitual por fallecimiento a los familiares directos (actualmente está en el 75%) pero el equipo de gobierno no aceptó dicha propuesta a pesar de que considera una injusticia que una persona, si muere su cónyuge, su padre o su madre, tiene que pagar unos 3.500 euros por seguir viviendo en su casa y tiene que pagar esa cantidad aunque en este caso no se produce ningún tipo de enriquecimiento. Aclara que con la propuesta que su grupo realizó en ese sentido, el importe a pagar se reduciría muchísimo y pagaría solo 690 euros y además ello no supondría una merma muy grande en los ingresos municipales puesto que se trata de casos muy puntuales. Indica que el equipo de gobierno, aunque dice que defiende a las familias y a los mayores, cuando se le presenta una medida concreta que afecta sobre todo a los mayores y a las familias, vota en contra de la propuesta de Unión Progreso y Democracia y además desestima las alegaciones que ha presentado en ese sentido. Continúa su intervención diciendo que el equipo de gobierno no escucha las propuestas que hace y, como entiende que no está siguiendo el camino correcto, su grupo no va a apoyar la propuesta del equipo de gobierno respecto a la modificación de ordenanzas fiscales de impuestos.

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Manifiesta, respecto a la modificación de la ordenanza de tasas, que su grupo ya dijo en la aprobación inicial que se planteaban pocos cambios y además no estaba de acuerdo con la subida que se iba a realizar en las tasas por prestación de servicios como ocurre, por ejemplo, con los certificados de empadronamiento que iban a pasar de 1,8 euros a 7 euros, subida que, desde el punto de vista de su grupo, era excesiva e iba a afectar a 1.324 vecinos que piden esos certificados no porque quieran sino porque se los exigen, en la mayoría de los casos, para alimentar la propia burocracia de la administración. Aclara que su grupo no entendía la subida que se proponía, sobre todo cuando en el informe del servicio que los elabora se recomienda un precio de 2 euros pero, a pesar de ello, el equipo de gobierno se empeñó en subir su precio a 7 euros. Añade que otros grupos de la oposición también presentaron alegaciones en contra de dicha subida pero su grupo se dio cuenta de la existencia de un error en el cálculo de las horas por lo que se proponía que se iba a cobrar a los vecinos más dinero de lo que costaba la prestación del servicio lo que expresamente está prohibido por ley. Indica que a su grupo le gusta pensar que ha hecho reflexionar al equipo de gobierno sobre lo desmesurada de la subida que se proponía pero realmente piensa que el equipo de gobierno se ha visto obligado a aceptar la alegación presentada en ese sentido. Termina su intervención diciendo que en la ordenanza fiscal de tasas se propone solamente la modificación de las tasas por bastanteo de poderes, certificados de empadronamiento y certificados de callejero aunque es posible que su grupo hubiera propuesto alguna modificación más pero recuerda que Unión Progreso y Democracia es un partido diferente que no vota en contra de algo simplemente porque sea un grupo de la oposición y por ello tenga que oponerse por sistema sino que lo hace por tener motivos claros que justifican su voto en contra. Termina su intervención adelantando que su grupo va a votar a favor de los tres cambios que se proponen respecto a las tasas porque, por una vez, el equipo de gobierno ha escuchado su propuesta y ha seguido su recomendación aunque cree que el equipo de gobierno se ha visto obligado a ello.

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El Sr. Presidente indica estar de acuerdo con Unión Progreso y Democracia porque también le gustaría poder bajar el impuesto sobre bienes inmuebles a los vecinos de Majadahonda y va a intentar hacerlo pero recuerda que es el Alcalde y por ello tiene la responsabilidad de equilibrar los Presupuestos Municipales y, hasta que no esté seguro de poder hacerlo, no va a adoptar esa decisión. Sigue diciendo que Majadahonda tiene los tipos impositivos más bajos de la Comunidad de Madrid y de hecho vamos a llegar a un límite sobre el que la ley no permite bajar más por lo que no va a ser posible que cumpla su promesa electoral y, si hace caso a Unión Progreso y Democracia, el recibo del impuesto sobre bienes inmuebles del año que viene subiría el 10% (porcentaje de subida que para el año 2013 supone la revisión catastral) y dicho grupo municipal lo sabe. Indica que Unión Progreso y Democracia siempre dice que es necesario bajar el tipo impositivo del impuesto sobre bienes inmuebles pero a la vez vota siempre a favor de cualquier propuesta que se haga en el Pleno que suponga un mayor gasto para el Ayuntamiento y después no explica cómo el equipo de gobierno puede conseguir ese dinero porque recuerda que quién financia todos los gastos son los vecinos puesto que “el ladrillo” ya no financia nada. Termina su intervención diciendo que quizá, en algún momento, Unión Progreso y Democracia explique al equipo de gobierno cómo puede proponer la bajada de impuestos y al mismo tiempo votar a favor de la mayoría de subidas de gastos que se proponen. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que en este caso se está proponiendo la aprobación definitiva de las ordenanzas fiscales del equipo de gobierno y dice esto porque piensa que los grupos políticos y asociación de vecinos han presentado muchas alegaciones y sugerencias (su grupo ha presentado 20 alegaciones) y todas han sido rechazadas porque no se podía alegar sobre ello o porque corresponde al Pleno aplicar los motivos de oportunidad. Reitera que todas las alegaciones que se han presentado han sido desestimadas por lo que, desde el punto de vista de su grupo, se propone la aprobación definitiva de las ordenanzas fiscales del equipo de gobierno.

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Sigue diciendo que el debate de las ordenanzas fiscales es el momento idóneo para hablar de la fiscalidad municipal y no solo de una parte de la misma y por ello su grupo ha realizado varias propuestas en ese sentido ya que entiende que la fiscalidad municipal, con las limitaciones que tiene, es y debe ser una herramienta que no debe usarse en ciertos momentos por un simple afán recaudatorio como ocurrió, por ejemplo, con la gran subida del impuesto sobre bienes inmuebles sino que debe tener unos objetivos claros y para su grupo esos objetivos son progresividad fiscal, justicia social y realizar un buen mantenimiento de los servicios públicos municipales. Aclara que la política fiscal de su grupo y las alegaciones que ha presentado pretenden que la fiscalidad municipal se rija por unos criterios sociales y de progresividad para que pague menos el que menos tiene y además recuerda la necesidad de tener en cuenta la dura situación actual de crisis económica que también afecta a los vecinos de Majadahonda. Indica que con estas ordenanzas fiscales, utilizando las herramientas que permite la Ley de Haciendas Locales, se pueden favorecer medidas como, por ejemplo, facilitar el acceso a una vivienda digna o protegida, apoyar al pequeño comercio, fomentar el empleo estable y, sobre todo, apoyar a las familias que se encuentran en una mala situación económica que, por desgracia, en estos momentos son muchas y por ello algunas de las propuestas que su grupo ha presentado ha intentado conseguir un impuesto sobre bienes inmuebles socialmente justo facilitando ayudas a las familias para que puedan costearlo, bajar dicho impuesto a los valores de 2010, bonificar el pago de dicho impuesto a las personas o inquilinos que viven en viviendas protegidas de alquiler, propuesta que hace porque PAMMASA o IVIMA repercuten el pago de dicho impuesto a los arrendatarios (no son los propietarios de las viviendas) y su grupo entiende que bonificándoles se podría conseguir que menguaran un poco los alquileres de esas viviendas protegidas que, por desgracia, se asimilan cada vez más a los del mercado libre. Sigue diciendo que su grupo también entiende que hay herramientas para generar mayores ingresos como es aumentar el impuesto sobre bienes inmuebles a las grandes empresas y superficies comerciales de este municipio y aclara que, como marca la ley, solo afectaría al 10% pero permitiría que el Ayuntamiento ingresara la cantidad de 1,5 millones de euros más solo con subir unas cuantas

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décimas ese IBI diferenciado, dinero que serviría para sufragar muchos servicios. Aclara que su grupo también decía que se podría gravar a las más de 3.000 viviendas vacías. Añade que la Ley de Haciendas Locales permite gravarlas el 50% lo que permitiría ingresar, según los cálculos que ha realizado, unos 800.000 euros más por esta medida. Indica que además la Ley de Haciendas Locales permite adoptar medidas que favorecen que la fiscalidad tenga criterios de sostenibilidad lo que podría conseguirse bonificando el pago de algunos impuestos a los vecinos y empresas que apuestan por energías renovables o gravando, en el impuesto de vehículos, a aquéllos más contaminantes (los que tienen más caballos fiscales). Sigue diciendo que en las alegaciones que su grupo ha presentado ha solicitado la adopción de más medidas relacionadas con la búsqueda de criterios que pueden fomentar el empleo estable como puede ser aumentar las bonificaciones a las pequeñas y medianas empresas y cooperativas que apuestan por el empleo estable y el autoempleo. Añade que para su grupo es paradójico que en este Ayuntamiento se mantenga una bonificación del 75% en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras a la construcción de edificios religiosos. Aclara que su grupo entiende que por el Concordato y por la Ley de Haciendas Locales, la Iglesia está exenta del pago de muchos impuestos como puede ser el impuesto sobre bienes inmuebles pero el caso que ha planteado es una bonificación que ha aprobado este Ayuntamiento y que podría no concederse. Añade que es curioso que la construcción de centros religiosos tenga una mayor bonificación que la construcción de vivienda protegida. Sigue diciendo que el Pleno aprobó la creación de una tasa a las entidades bancarias por sus cajeros automáticos pero no ha sido recogida en la modificación de ordenanzas fiscales que se propone a pesar de que esa medida permitiría conseguir unos mayores ingresos al Ayuntamiento y espera que el equipo de gobierno proponga una nueva modificación de ordenanzas fiscales para incluir dicha tasa. Continúa su intervención recordando una petición que su grupo realizó y cree, aunque tenga un difícil encaje en la Ley de Haciendas

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Locales, que si el equipo de gobierno tuviera espíritu de ponerla en marcha se podrían buscar fórmulas para bonificar el impuesto sobre plusvalías en el caso de las familias desahuciadas porque, además del drama que supone ese desahucio, tienen que pagar el impuesto de plusvalías al Ayuntamiento a pesar de que no venden su vivienda sino que se la queda la entidad bancaria y reitera que se podrían aprobar bonificaciones que permitieran que el Ayuntamiento no agrave aún más la situación de esas familias. Termina aclarando que todas las enmiendas que su grupo realizó a la modificación de ordenanzas fiscales han sido rechazadas y parece que para el equipo de gobierno nunca le parece que sea el momento oportuno para hablar de fiscalidad municipal y como su grupo, por los motivos que ha expuesto, no comparte la modificación de ordenanzas fiscales de impuestos y tasas que se proponen, votará en contra. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que su grupo viene planteando, desde hace tiempo, la necesidad de bajar el impuesto sobre plusvalías a los vecinos puesto que este impuesto grava el incremento del valor de los terrenos pero lo cierto es que las viviendas no han subido de precio sino que lo han bajado y por ello considera oportuno bajar este impuesto. Sigue diciendo que el Sr. Alcalde ha dicho que se ha bajado el tipo impositivo de impuesto sobre plusvalías pero no ha dicho que se ha bajado el tipo impositivo porque se perdía la bonificación del 40% y, aún bajando el tipo impositivo (del 28% al 18%), dicho impuesto sube el 7% y por ello su grupo ha planteado en su alegación que para que este impuesto quede igual que estaba, el tipo impositivo debería fijarse en el 16,8%. Aclara seguidamente que se alegra de que una parte de los grupos de la oposición se hayan sumado a la petición de bajada del impuesto sobre plusvalías y dice esto porque su grupo fue el único que votó a favor de la moción que presentó para bajar dicho impuesto. Indica que lo que el Sr. Alcalde ha dicho, desde el punto de vista de su grupo, es que con la medida que ha adoptado el equipo de gobierno sobre el impuesto de bienes inmuebles está haciendo un favor a los vecinos. Aclara que ha hecho esa interpretación porque ha

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dicho que si ahora baja el tipo impositivo no cumple con la promesa que realizó pero cree que seguramente los vecinos prefieran que el Sr. Alcalde no cumpla por debajo su promesa electoral, y deje el dinero en sus bolsillos, a que mantenga este impuesto por encima. Insiste en que el Sr. Alcalde ha indicado que si baja mucho el impuesto sobre bienes inmuebles se llegará al mínimo y entonces no cumpliría su promesa. Sigue diciendo que los vecinos estarán más contentos si se “descongela” el impuesto sobre bienes inmuebles para que los vecinos paguen menos y eso es precisamente lo que su grupo plantea. Aclara que su grupo no presentó ninguna alegación respecto al impuesto sobre bienes inmuebles porque siempre ha pretendido que dicho impuesto baje más pero es cierto que el equipo de gobierno, en la campaña electoral, dijo que iba a mantener dicho impuesto en las mismas condiciones y, como ganó las elecciones, parece que los vecinos estaban de acuerdo con ello y por ello su grupo entendió que no tenía mucho sentido presentar una alegación sabiendo de antemano que no iba a prosperar pero ahora, al oír durante este debate decir al Sr. Alcalde que no iba a bajar más, se ha visto obligada a intervenir en este sentido. Aclara que parece que el equipo de gobierno no quiere bajar el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos porque ha calculado que necesita esos 800.000 euros de mayores ingresos con respecto al año pasado pero su grupo cree que muchos vecinos venden sus viviendas porque no pueden vivir en ellas por diversos motivos y compran otra también para vivir por lo que no cree conveniente subir el 7% este impuesto teniendo en cuenta la situación actual del mercado inmobiliario. Termina su intervención diciendo que su grupo no va a votar a favor de esta modificación de ordenanzas fiscales porque no se ha tenido en cuenta la alegación que su grupo presentó. El Sr. Presidente aclara que lo que ha dicho es que le gustaría bajar el impuesto sobre bienes inmuebles y que va a intentar bajarlo pero siempre que, de forma responsable, pueda hacerlo y también ha dicho que si este año se baja el impuesto sobre bienes inmuebles se va a llegar al tipo mínimo por lo que este impuesto subiría el 10% en los siguientes ejercicios.

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Termina su intervención diciendo que prefiere mantener, de forma responsable, el tipo impositivo porque no lo puede bajar y esperar al año que viene para comprobar si se puede actuar de otra forma. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce (14) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular y once (11) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, ACUERDA: PRIMERO.- DESESTIMAR las alegaciones presentadas contra la modificación del artículo 6 “tipo de gravamen” en su apartado 1 de la Ordenanza Fiscal nº 2 correspondiente al Impuesto de Bienes Inmuebles porque el Pleno no aprecia motivos de oportunidad para su aceptación.

SEGUNDO.- DESESTIMAR las alegaciones presentadas contra el tipo de gravamen señalado en la modificación el artículo 7 de la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana porque el Pleno no aprecia motivos de oportunidad para su aceptación. TERCERO.- INADMITIR el resto de las alegaciones y reclamaciones presentadas por los motivos indicados en la propuesta de resolución del Técnico de Gestión de 18 de diciembre de 2012, anteriormente transcrita.

CUARTO.- APROBAR definitivamente las siguientes modificaciones a las Ordenanzas Fiscales: A- La modificación del artículo 6 “tipo de gravamen” en su apartado 1 de la Ordenanza Fiscal nº 2 correspondiente al Impuesto de Bienes Inmuebles cuya redacción es la siguiente: “1. Tipo de gravamen para los bienes inmuebles urbanos: 0,485 por ciento”.

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B- Se introducen las siguientes modificaciones a la Ordenanza nº 4 del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana:

a.- Se da una nueva redacción al artículo 5 punto b, “Se entiende como vivienda habitual aquella en que figure empadronado el causante. Si por motivos de edad o salud justificara que lo estuviera en una residencia de mayores autorizada, tendrá esta consideración la vivienda donde previamente hubiera residido”. b.- Se suprime el artículo 6.3 pasándose a denominar como número 3 el señalado como 4. c.- Se modifica el tipo de gravamen señalado en el artículo 7 fijándose en 18 por ciento. C- Se modifica la Ordenanza Fiscal nº 5 del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras en los siguientes artículos: a.- Se altera la redacción del art. 1 que pasa a ser la siguiente: “1. El hecho imponible está constituido por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, o para la que se exija presentación de declaración responsable o comunicación previa, siempre que la expedición de la licencia o la actividad de control corresponda al Ayuntamiento”.

b.- El artículo 2, el apartado segundo queda redactado de la siguiente

forma: “En el supuesto de que la construcción, instalación u obra no sea realizada por el sujeto pasivo contribuyente tendrán la condición de sujetos pasivos sustitutos del contribuyente quienes soliciten las correspondientes licencias o presenten las correspondientes declaraciones responsables o comunicaciones previas o quienes realicen las construcciones, instalaciones u obras.

El sustituto podrá exigir del contribuyente el importe de la

cuota tributaria satisfecha”.

c.- El artículo 4, punto C) queda redactado de la siguiente manera: “Una bonificación del 50 por ciento en las obras de construcción de

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viviendas de protección oficial. Esta bonificación alcanzará este porcentaje a aquellas calificadas como de protección pública básica, un 40 por ciento para las de protección pública genérica y un 30 para el resto de viviendas de protección pública definidas en el Decreto de la Comunidad de Madrid 74/2009, de 30 de julio o Norma que le sustituya. En el supuesto de promociones mixtas que incluyan locales o viviendas libres y viviendas de las señaladas, el porcentaje de bonificación se aplicará a la parte de la cuota correspondiente a las construcciones, instalaciones u obras destinadas estrictamente a estas últimas. Se deberá a aportar por el interesado un desglose del presupuesto en el que se determine razonablemente el coste que supone la construcción de unas y otras viviendas En el caso de que no fuese posible su desglose, a efectos de la bonificación se prorrateará el presupuesto en proporción a sus respectivas superficies. En todo caso será necesario aportar copia de la calificación provisional de las viviendas”.

d.- Se da una nueva redacción al artículo 8, “Régimen de declaración

e ingreso” cuyo texto es el siguiente:

“1.- El impuesto se exigirá en régimen de autoliquidación. Los sujetos pasivos están obligados a practicar autoliquidación por el impuesto, en el impreso habilitado al efecto por la Administración municipal, y a abonarla, en cualquier entidad colaboradora autorizada, previamente a la retirada de la licencia concedida y en aquellos casos en que no es necesaria licencia deberán aportar copia de la autoliquidación abonada e el momento de presentación de la declaración responsable o comunicación previa. En todo caso se deberá haber presentado la autoliquidación abonada, dentro del plazo máximo de un mes contado a partir del momento en que se inicie la construcción, instalación u obra, incluso cuando no se hubiere solicitado, concedido o denegado aún dicha licencia o no se hubiera presentado declaración responsable o comunicación previa, sin que el pago realizado conlleve ningún tipo de presunción o acto declarativo de derechos a favor de aquellos. “2.- La autoliquidación presentada tendrá carácter provisional, determinándose la base imponible de esta autoliquidación provisional de la siguiente forma:

“a) Para las Construcciones e instalaciones que requieran licencia de obra y cuyo titular no sea una Administración Pública, se tomará la mayor de las dos cantidades siguientes:

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“a.1 El importe del presupuesto de ejecución material visado por el colegio profesional correspondiente.

“a.2 El importe resultante de aplicar el anexo 1 de esta ordenanza y que constituye unos criterios de estimación provisional de los costes mínimos de ejecución material. “b) Para las construcciones e instalaciones que requieran licencia de obra y cuyo titular sea una Administración Pública, la base imponible estará constituida por el presupuesto de ejecución de la obra, visado por el colegio profesional correspondiente.

“c) Para las construcciones e instalaciones que no requieran licencia de obra la base imponible estará constituida por el presupuesto presentado de ejecución material. En caso de que no aportarse éste, el coste de ejecución de la obra podrá determinarse por los técnicos municipales.

“3.- Cuando se modifique el proyecto de la construcción, instalación u

obra y hubiese incremento de su presupuesto, una vez aceptada la modificación por la Administración municipal, los sujetos pasivos deberán presentar autoliquidación complementaria por la diferencia entre el presupuesto inicial y el modificado con sujeción a los plazos, requisitos y efectos indicados en los apartados anteriores.”

e.- Se introduce el siguiente Anexo I:

“Costes mínimos de referencia general por tipo de edificación para instalaciones, construcciones y obras que requieran licencia de obra y cuyo titular no sea una Administración Pública. AÑO 2013

COSTES DE REFERENCIA GENERAL Coste de ejecución material (1) (€/m2 construido)

RESIDENCIAL Unifamiliares

Aisladas 557,18 Adosadas o pareadas 514,05 De protección oficial 470,93

Colectivas De promoción privada 537,63

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De protección oficial 489,33

Dependencias

Vivideras en sótano y bajo cubierta

431,83

No vivideras en sótano y bajo cubierta

326,60

OFICINAS Formando parte de un edificio 431,83 En edificio aislado, naves 446,20

INDUSTRIAL En edificios industriales 403,65 En naves industriales 299,58

COMERCIAL Locales comerciales en edificios 354,20 Grandes centros comerciales 643,43

GARAJE En Planta baja 243,80 En Planta semisótano o primer sótano 285,20 En resto de plantas de sótano 365,70

INSTALACIONES DEPORTIVAS

Al aire libre

Pistas y pavimentos especiales

58,08

Piscinas 431,83 Servicios 512,33 Con graderíos 162,73 Con graderíos cubiertos

299,58

Cubiertas Polideportivos 756,70 Piscinas 811,90

ESPECTACULOS Y OCIO

Discotecas, salas de juego, cines… 663,55 Teatros 946,45

EDIFICIOS RELIGIOSOS

Integrados en residencial 649,75 En edificio exento 1.026,38

EDIFICIOS DOCENTES

Guarderías, colegios, institutos… 679,08 Universidades, centros de investigación, museos…

1.214,40

EDIFICIOS SANITARIOS

Consultorios, dispensarios 622,15 Centros de salud, ambulatorios 704,38 Hospitales, laboratorios 1.324,80

HOSTELERIA

Hoteles, balnearios, residencia de ancianos…

868,83

Hostales, pensiones 651,48 Restaurantes 779,70 Cafeterías 649,75

(1) Comprende el gasto de ejecución + costes indirectos. No incluye beneficio industrial ni gastos generales de la coordinación de los diferentes oficios

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“Notas: “1. En caso de superficies no vivideras a las que no se les haya asignado un uso determinado, se les asignará el valor del uso principal. “2. En caso de existir edificios con diferentes usos, se valorarán éstos de forma independiente, según los módulos anteriores. “3. En la intervención en edificios ya construidos, y para los casos de rehabilitación de instalaciones y acabados, se les aplicará los mismos módulos que para la obra nueva, si bien el importe se corregirá con la aplicación del coeficiente del 0,65.” D- La supresión del artículo 5 de la Ordenanza nº 6, “del Impuesto sobre Actividades Económicas. QUINTO.- PUBLICAR el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con la indicación que su entrada en vigor se producirá el 1 de Enero de 2013. SEXTO.- FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.

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4.(203/12) RESOLUCIÓN DE ALEGACIONES Y APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES DE TASAS PARA 2013 (8.2)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) ACUERDO PLENARIO de 31 de octubre de 2012, por el que

se aprueba lo siguiente: “PRIMERO.- APROBAR provisionalmente la actualización y modificación de las siguientes ordenanzas fiscales en sus artículos correspondientes a cuotas y tarifas: A.- Ordenanza Fiscal nº 16, artículo 4, epígrafe b) apartado 3: la propuesta se materializa en el siguiente apartado:

Vallado de obras: En aceras y zonas de tránsito peatonal en general: El importe de la tasa se obtendrá de aplicar la siguiente fórmula: T=V x CT x CS, siendo: T = el importe de la tasa V = 1,50 € CT = coeficiente por tiempo CS = coeficiente por situación se determina con base en las siguientes tablas: COEFICIENTE CT

TIPO DE OBRA

DURACIÓN EN MESES 3 6 9 12 15 18 >18

Obra nueva en general 1 1 1,5 2,5 5 10 20 Obra nueva con más de 1 planta bajo rasante

1 1 1 2 5 10 20

Obra de rehabilitación o restauración integral o refuerzo estructural general

1 1 1,5 2,5 5 10 20

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Obra de rehabilitación o restauración parcial o refuerzo estructural localizado

1 1,5 2,5 5 10 20 20

Obra de restauración o ampliación en altura

1 1 1,5 2,5 5 10 20

Obra en locales comerciales

1 2,5 5 10 20 20 20

COEFICIENTE CS

Obras en el casco 1,0 Obras en zonas del primer ensanche 0,9 Obras en barrios periféricos 0,8 Obras en zonas rústicas 0,2

Casetas de obra, por cada metro cuadrado o fracción al mes 1,46 euros. Instalación de Grúas de obra, por cada metro cuadrado o fracción al mes 1,46 euros. Solicitud de corte de calle, al día 102,15 euros. Reserva de espacio y señalización. Estará constituida por la suma de la tasa fija más la tasa variable:

a.- Tasa fija: 36,09 €/día b.- Tasa variable, Por cada m2 o fracción

0,31 €/día, en zonas peatonales y 0,82 €/día en viales o plazas de aparcamiento. Cuando la ocupación afecte parcialmente a plazas de estacionamiento de vehículos, se contabilizará la superficie total de la plaza que quede inutilizada.

La señalización será por cuenta del solicitante, previa aprobación de la Policía Municipal y del Servicio de Infraestructuras.

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En Viales y zonas de tránsito de vehículos en general:

Por cada metro cuadrado o fracción al día 0,80

euros. Cuando la ocupación afecte parcialmente a plazas de estacionamiento de vehículos, se contabilizará la superficie total de la plaza que quede inutilizada. A los efectos del cómputo del periodo de ocupación, y si no existe comunicación previa por parte del solicitante, se aplicarán las siguientes fechas: - Inicio: 7 días después de la fecha de concesión del permiso o, en su defecto, de la fecha que figura en el registro de entrada de la solicitud. - Final: 7 días antes de la comunicación de terminación de la obra o de la solicitud de licencia de primera ocupación. En los casos en que no exista solicitud u otra documentación que acredite el periodo de ocupación, éste se determinará por otros métodos deductivos que se consideren adecuados por los Servicios Técnicos municipales.”

B.- Ordenanza fiscal nº 15, articulo 5, punto 3, apartado d), se modifica según el estudio de costes realizado por Secretaría quedando de la siguiente manera: d. Bastanteo de poderes por Secretaria General o Servicios Jurídicos 46.23€ C.- Ordenanza fiscal nº 15, articulo 5, punto 3, apartado e 2), se modifica según el estudio de costes realizado por Secretaría, y que obra en el expediente, quedando de la siguiente manera: e2. Certificado de empadronamiento 7 €

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D.- Ordenanza fiscal nº 15, artículo 5, punto 3, apartado e), según la recomendación de Secretaria y su estudio de costes que obra en el expediente, se incluye un nuevo texto en este artículo y apartado que se denominara e4 Certificado de Callejero quedando de la siguiente manera: e4. Certificado de Callejero 10 € SEGUNDO.-EXPONER el presente acuerdo de modificación en el tablón de anuncios durante un plazo de treinta días dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si trascurrido el plazo no se ha presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo provisional. La entrada en vigor se producirá al día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. TERCERO.-PUBLICAR el anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en un diario de los de mayor difusión de la provincia.

CUARTO.- FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.”

B) ANUNCIO publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad

de Madrid de 8 de noviembre de 2012. C) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por D. Juan

Santana Uriarte como Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, presentado en el Registro General el 13 de diciembre de 2012, nº 21935.

D) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por D. Miguel

Moreta Jiménez como Presidente de la Asociación de Vecinos de Majadahonda (AVM), presentado en el Registro General el 13 de diciembre de 2012, nº 21962.

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E) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por Dª Carmen Madrigal Torrejón como Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, que ha tenido entrada en el Registro General el 14 de diciembre de 2012, nº 22040.

F) INFORME de la Jefe de Servicio de Información, Registro,

Estadística y Archivo, de 18 de diciembre de 2012, cuyo texto es el siguiente:

“Visto el escrito remitido con fecha 17 de diciembre, del

Tesorero Municipal, en el que se indica que se contesten a las alegaciones presentadas por Unión Progreso y Democracia (registro de entrada nº 22040, de fecha 14 de diciembre), Asociación de Vecinos de Majadahonda (registro de entrada nº 21962, de fecha 13 de diciembre), Grupo Municipal Socialista (registro de entrada nº 21963, de fecha 13 de diciembre), Izquierda Unida-los Verdes (registro de entrada nº 21935, de fecha 13 de diciembre), se informa que la propuesta remitida al Servicio de Gestión Tributaria, de fecha 17 de septiembre establecía lo siguiente:

“Las modificaciones que se proponen se justifican por la prestación de

un servicio público que da a los ciudadanos y que, no es financiado mediante tasa, como los certificados del callejero, y por la prestación de un servicio, cuyo importe de tasa se puede considerar insuficiente, como los certificados de empadronamiento.

Se podría establecer como importe mínimo para dichas tasas una

cuantía de 2 € para los certificados de empadronamiento y de 3 € para los certificados del callejero hasta lo que se considere oportuno teniendo en cuenta la previsión realizada del coste del servicio”, adjuntándose un estudio económico del coste del servicio.

Y con respecto a la variación de la tasa por la expedición

de bastanteos de poderes ha sido estudiada por el departamento de contratación, como se indicaba en el informe complementario de fecha 24 de septiembre.”

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G) INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Técnico de Gestión con el Vº Bº del Tesorero Municipal, de fecha 19 de diciembre de 2012, cuyo texto es el siguiente:

“El pasado 31 de octubre de 2012 el Pleno de este Ayuntamiento procedió a la aprobación provisional del expediente de modificación de las Ordenanzas Fiscales de tasas para el ejercicio 2013.

Tras la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid se abrió un periodo de exposición pública de treinta días naturales durante los cuales los interesados podrían haber consultado el expediente y presentar las alegaciones o reclamaciones que estimen pertinentes. Transcurrido el mismo se han presentado las alegaciones que se indican a continuación, todas ellas por interesados que acreditan su interés legítimo:

PRIMERA.- Con fecha 13 de diciembre de 2012 y nº de registro 21.935, D. Juan Santana Uriarte en su condición de Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes presenta las siguientes alegaciones: 1.- A la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencia de apertura de establecimientos se propone un recargo del 40 por ciento a los establecimientos que soliciten licencia de venta de bebidas alcohólicas para consumo no inmediato. 2.- Se propone modificar la base y la cuota en la Ordenanza Fiscal número 15 Reguladora de la Tasa por expedición de documentos, fijando el certificado de empadronamiento y de callejero en 2 euros. 3.- Se propone una no sujeción en la anterior tasa a las personas que integren una unidad familiar con menores ingresos que tres veces el IPREM y que estén en situación de discapacidad o desempleo de larga duración. 4.- Se solicita la modificación de la Ordenanza número 16 correspondiente a la tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local incluyendo un nuevo epígrafe que sujetase a tributación los cajeros automáticos instalados en la vía pública.

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SEGUNDA.- D. Miguel Moreta Jiménez en su condición de Presidente de la Asociación de Vecinos de Majadahonda ese mismo día 13 con número de registro 21.962 presenta alegaciones que se describen a continuación: 1.- Se propone modificar la Ordenanza número 10 Reguladora de la Tasa por retirada de vehículo de la vía pública, solicitando por lado una inclusión de texto aclaratorio dentro del artículo 2, así como en el punto tercero de incluir como obligado al pago de la tasa al beneficiario de la retirada en el caso de que esta sea obligada con posterioridad al estacionamiento. 2.- Propone la modificación de la Ordenanza Fiscal número 12 correspondiente a tas por apertura de establecimiento dando un nueva redacción al artículo 2 y solicitando la imposición de un recargo del 40 por ciento a los establecimientos que soliciten licencia de venta de bebidas alcohólicas para consumo no inmediato. 3.- Se propone modificar la base y la cuota en la Ordenanza Fiscal número 15 Reguladora de la Tasa por expedición de documentos, solicitando que no estén sujetos a tasa la tramitación de determinados documento y expedientes, incluyendo el bastanteo de documentos.

También formula una no sujeción en la anterior tasa a las personas que integren una unidad familiar con menores ingresos que tres veces el IPREM y que estén en situación de discapacidad o desempleo de larga duración.

4.- Solicita la inclusión de un nuevo texto en la Ordenanza Fiscal número 17 correspondiente a Tasa por prestación de diversos servicios administrativos de competencia local que determine la devolución de esta tasa en los casos que el servicio no pueda ser prestado por causa no imputable al sujeto pasivo.

Plantea un nuevo texto con reducción del importe de la tasa y los supuestos en el epígrafe D del artículo 5 que recoge los servicios de protección civil.

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5.- Dentro de la Ordenanza Fiscal número 19 correspondiente a Tasa por aparcamiento de vehículo propone la supresión de la tasa por el abono anual y la expedición de este documento.

6.- Propone la modificación de la Ordenanza número 20 correspondiente a la Tasa por utilización privativa y aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo a favor de empresas explotadoras de servicios sujetando la utilización de cajeros automáticos, tanques o depósitos de combustibles, transformadores eléctricos, así como cables de alta tensión. TERCERA.- También el día 13 de diciembre y número de registro 21.963, D. Zacarías Martinez Maíllo en calidad de portavoz adjunto del Grupo Municipal Socialista señala: 1.- Solicita no se suba la tasa por expedición de documentos, concretamente por el certificado de empadronamiento desde los 2 euros que establecen los técnicos hasta los siete euros. 2.- Propone una revisión del incremento de la tasa de bastanteo de documentos para emprendedores limitando la subida al IPC. CUARTA.- Finalmente, el 14 de diciembre, con número de registro 22.040 Dña. Carmen Madrigal Torrejón como Portavoz del grupo municipal Unión, Progreso y Democracia presentan las siguientes reclamaciones: 1.- Propone una revisión del importe del importe correspondiente a la tasa por expedición de documentos, certificado de empadronamiento proponiendo una subida progresiva comenzando desde los 2 euros. 2.- Solicita una revisión en el estudio económico realizado para modificación la Ordenanza Fiscal número 15 Reguladora de la Tasa por expedición de documentos como consecuencia no haber tenido en cuenta el aumento de horas de trabajo anual que establece el R.D. Ley 20/2012 de 13 de julio. 3.- Propone una revisión del importe del importe correspondiente a la tasa por expedición de documentos, bastanteo de documentos proponiendo una subida progresiva comenzando desde el importe mínimo.

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El acuerdo cuya aprobación inicial se realizó en el mes de octubre afectaba a las Ordenanza 15 y 16, por lo que sólo cabe en este momento procedimental atender a las alegaciones o reclamaciones presentadas a estas Ordenanzas. Más concretamente, a aquellos artículos o aspectos afectados por el acuerdo:

‐ El artículo 4, epígrafe b) apartado 3 de la Ordenanza nº

16 sobre el que no se han presentado alegaciones o reclamación alguna.

‐ El artículo 5, punto 3, apartado d) y e) de la Ordenanza nº 15, a la que todos los interesados han presentado alegaciones. Son estas últimas a las que se va a centrar este informe.

En el resto de los casos, de estimarse la oportunidad de las mismas, deberá de iniciarse un nuevo expediente de modificación que deberá ser sometido al Pleno para su aprobación inicial.

Con fecha 18 de diciembre por la Jefa de Servicio de

información se emite informe donde se señala: “las modificaciones que se proponen se justifican por la

prestación de un servicio público que da a los ciudadanos y que, no es financiado mediante tasa, como los certificados del callejero, y por la prestación de un servicio, cuyo importe de tasa se puede considerar insuficiente, como los certificados de empadronamiento.

Se podría establecer como importe mínimo para dichas

tasas una cuantía de 2€ para los certificados de empadronamiento y de 3€ para los certificados de callejero hasta lo que se considere oportuno teniendo en cuenta la previsión realizada del coste del servicio”

Visto el expediente administrativo y la legislación vigente

y conforme con las instrucciones de la Concejal Delegada de Hacienda se propone la adopción del siguiente acuerdo: 1.- ESTIMAR, las alegaciones presentadas a la modificación del artículo 5, punto 3, apartado d) y e) de la Ordenanza nº 15,

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de acuerdo con el informe del Servicio de Información de fecha 18 de diciembre.

2.- INADMITIR el resto de las alegaciones presentadas por los motivos indicados en la parte expositiva.

3.- APROBAR definitivamente, la actualización y modificación de las siguientes ordenanzas fiscales en sus artículos correspondientes a cuotas y tarifas:

A.- Ordenanza Fiscal nº 16, artículo 4, epígrafe b)

apartado 3: la propuesta se materializa en el siguiente apartado:

Vallado de obras: En aceras y zonas de tránsito peatonal en general: El

importe de la tasa se obtendrá de aplicar la siguiente fórmula: T=V x CT x CS, siendo: T = el importe de la tasa V = 1,50 € CT = coeficiente por tiempo CS = coeficiente por situación se determina con base en

las siguientes tablas: COEFICIENTE CT

TIPO DE OBRA

DURACIÓN EN MESES

2 5 8 >

18 Obra nueva en

general ,5 ,5 0 2

0 Obra nueva con

más de 1 planta bajo rasante

0 2

0

Obra de rehabilitación o restauración integral o refuerzo estructural general

,5 ,5 0 2

0

Obra de rehabilitación o restauración parcial o

,5 ,5 0 0 2

0

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refuerzo estructural localizado

Obra de restauración o ampliación en altura

,5 ,5 0 2

0

Obra en locales comerciales ,5 0 0 0

20

COEFICIENTE CS Obras en el casco 1,0 Obras en zonas del primer

ensanche 0,9

Obras en barrios periféricos 0,8 Obras en zonas rústicas 0,2 Casetas de obra, por cada metro cuadrado o fracción al

mes 1,46 euros. Instalación de Grúas de obra, por cada metro cuadrado o

fracción al mes 1,46 euros. Solicitud de corte de calle, al día 102,15 euros. Reserva de espacio y señalización. Estará constituida por

la suma de la tasa fija más la tasa variable: a.- Tasa fija: 36,09 €/día b.- Tasa variable, Por cada m2 o fracción 0,31 €/día, en zonas peatonales y 0,82 €/día en viales o plazas de aparcamiento. Cuando la ocupación afecte parcialmente a plazas de estacionamiento de vehículos, se contabilizará la superficie total de la plaza que quede inutilizada. La señalización será por cuenta del solicitante, previa

aprobación de la Policía Municipal y del Servicio de Infraestructuras.

En Viales y zonas de tránsito de vehículos en general: Por cada metro cuadrado o fracción al día 0,80 euros.

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Cuando la ocupación afecte parcialmente a plazas de estacionamiento de vehículos, se contabilizará la superficie total de la plaza que quede inutilizada.

A los efectos del cómputo del periodo de ocupación, y si

no existe comunicación previa por parte del solicitante, se aplicarán las siguientes fechas:

- Inicio: 7 días después de la fecha de concesión del

permiso o, en su defecto, de la fecha que figura en el registro de entrada de la solicitud.

- Final: 7 días antes de la comunicación de terminación

de la obra o de la solicitud de licencia de primera ocupación. En los casos en que no exista solicitud u otra

documentación que acredite el periodo de ocupación, éste se determinará por otros métodos deductivos que se consideren adecuados por los Servicios Técnicos municipales.”

B.- Ordenanza fiscal nº 15, artículo 5, punto 3, apartado

d), se modifica según el estudio de costes realizado por Secretaría quedando de la siguiente manera:

d) Bastanteo de poderes por Secretaria General o

Servicios Jurídicos 46.23€ C.- Ordenanza fiscal nº 15, articulo 5, punto 3, apartado

e 2), se modifica según el estudio de costes realizado por Secretaría, y que obra en el expediente, quedando de la siguiente manera:

e2. Certificado de empadronamiento 2 € D.- Ordenanza fiscal nº 15, artículo 5, punto 3, apartado

e), según la recomendación de Secretaria y su estudio de costes que obra en el expediente, se incluye un nuevo texto en este artículo y apartado que se denominara e4 Certificado de Callejero quedando de la siguiente manera:

e4. Certificado de Callejero 3 €

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

4.- PUBLICAR el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con la indicación que su entrada en vigor se producirá el 1 de Enero de 2013.

5.- FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.”

G) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de 20 de diciembre de 2012, favorable.

Este punto se debatió conjuntamente con el punto 3 del orden del día, por lo que su debate figura en dicho punto. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por diecisiete (17) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Popular y Unión Progreso y Democracia, seis (6) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales Socialista e Izquierda Unida-Los Verdes y dos (2) abstenciones correspondientes al Grupo Municipal Centrista, ACUERDA: PRIMERO.- ESTIMAR, las alegaciones presentadas a la modificación del artículo 5, punto 3, apartado d) y e) de la Ordenanza nº 15, de acuerdo con el informe del Servicio de Información de fecha 18 de diciembre. SEGUNDO.- INADMITIR el resto de las alegaciones presentadas porque el Pleno no aprecia motivos de oportunidad para su aceptación. TERCERO.- APROBAR definitivamente, la actualización y modificación de las siguientes ordenanzas fiscales en sus artículos correspondientes a cuotas y tarifas: A.- Ordenanza Fiscal nº 16, artículo 4, epígrafe b) apartado 3: la propuesta se materializa en el siguiente apartado: Vallado de obras:

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

En aceras y zonas de tránsito peatonal en general: El importe de la tasa se obtendrá de aplicar la siguiente fórmula: T=V x CT x CS, siendo: T = el importe de la tasa V = 1,50 € CT = coeficiente por tiempo CS = coeficiente por situación se determina con base en las siguientes tablas: COEFICIENTE CT TIPO DE OBRA

DURACIÓN EN MESES 3 6 9 12 15 18 >18

Obra nueva en general 1 1 1,5 2,5 5 10 20 Obra nueva con más de 1 planta bajo rasante

1 1 1 2 5 10 20

Obra de rehabilitación o restauración integral o refuerzo estructural general

1 1 1,5 2,5 5 10 20

Obra de rehabilitación o restauración parcial o refuerzo estructural localizado

1 1,5 2,5 5 10 20 20

Obra de restauración o ampliación en altura

1 1 1,5 2,5 5 10 20

Obra en locales comerciales

1 2,5 5 10 20 20 20

COEFICIENTE CS

Obras en el casco 1,0 Obras en zonas del primer ensanche 0,9 Obras en barrios periféricos 0,8 Obras en zonas rústicas 0,2

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Pleno ordinario 27-12-2012

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

Casetas de obra, por cada metro cuadrado o fracción al mes 1,46 euros. Instalación de Grúas de obra, por cada metro cuadrado o fracción al mes 1,46 euros. Solicitud de corte de calle, al día 102,15 euros. Reserva de espacio y señalización. Estará constituida por la suma de la tasa fija más la tasa variable: a.- Tasa fija: 36,09 €/día b.- Tasa variable, Por cada m2 o fracción 0,31 €/día, en zonas peatonales y 0,82 €/día en viales o plazas de aparcamiento. Cuando la ocupación afecte parcialmente a plazas de estacionamiento de vehículos, se contabilizará la superficie total de la plaza que quede inutilizada. La señalización será por cuenta del solicitante, previa aprobación de la Policía Municipal y del Servicio de Infraestructuras. En Viales y zonas de tránsito de vehículos en general: Por cada metro cuadrado o fracción al día 0,80 euros. Cuando la ocupación afecte parcialmente a plazas de estacionamiento de vehículos, se contabilizará la superficie total de la plaza que quede inutilizada. A los efectos del cómputo del periodo de ocupación, y si no existe comunicación previa por parte del solicitante, se aplicarán las siguientes fechas: - Inicio: 7 días después de la fecha de concesión del permiso o, en su defecto, de la fecha que figura en el registro de entrada de la solicitud. - Final: 7 días antes de la comunicación de terminación de la obra o de la solicitud de licencia de primera ocupación. En los casos en que no exista solicitud u otra documentación que acredite el periodo de ocupación, éste se determinará por otros

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Pleno ordinario 27-12-2012

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

métodos deductivos que se consideren adecuados por los Servicios Técnicos municipales.” B.- Ordenanza fiscal nº 15, artículo 5, punto 3, apartado d), se modifica según el estudio de costes realizado por Secretaría quedando de la siguiente manera: d) Bastanteo de poderes por Secretaria General o Servicios Jurídicos 46.23€ C.- Ordenanza fiscal nº 15, articulo 5, punto 3, apartado e 2), se modifica según el estudio de costes realizado por Secretaría, y que obra en el expediente, quedando de la siguiente manera: e2. Certificado de empadronamiento 2 € D.- Ordenanza fiscal nº 15, artículo 5, punto 3, apartado e), según la recomendación de Secretaria y su estudio de costes que obra en el expediente, se incluye un nuevo texto en este artículo y apartado que se denominara e4 Certificado de Callejero quedando de la siguiente manera: e4. Certificado de Callejero 3 € CUARTO.- PUBLICAR el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con la indicación que su entrada en vigor se producirá el 1 de Enero de 2013. QUINTO.- FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.

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Pleno ordinario 27-12-2012

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

5.(204/12) RESOLUCIÓN DE ALEGACIONES Y

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO GENERAL PARA 2013 (3.1.1)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) ACUERDO PLENARIO de 31 de octubre de 2012, por el que

se aprueba lo siguiente:

“Primero.- Aprobar inicialmente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Majadahonda para el ejercicio 2013 que comprende los siguientes estados:

a) El Presupuesto del Ayuntamiento. b) El Presupuesto del Organismo Autónomo

“Patronato Monte del Pilar”. c) El estado de previsión de gastos e ingresos de la

Sociedad Anónima de capital íntegramente municipal “PATRIMONIO MUNICIPAL DE MAJADAHONDA, S.A.” (PAMMASA).

Segundo.- Aprobar el estado de consolidación de los presupuestos anteriores, así como sus Anexos de Personal e Inversiones, las Bases de Ejecución y la documentación complementaria.

Tercero.- Aprobar el techo del gasto computable para los ejercicios 2013, 2014 y 2015 del siguiente cuadro, de acuerdo con el Artículo 12 Regla de gasto de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad financiera

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(MADRID)

Conceptos 2012 2014 2015

A) Operaciones no financieras 62.022.965,00 61.769.534,00 62.569.061,00 63.546.611,00 64.736.797,00

Incrementos por cambios normativos 800.000,00

Intereses de la deuda -910.000,00 -450.000,00 -450.000,00 -400.000,00 -370.000,00

Gastos financiados con fondos finalistas -5.341.925,00 -4.600.387,00 -4.600.387,00 -4.650.357,00 -4.700.357,00

GASTOS COMPUTABLES 55.771.040,00 56.719.147,00 57.519.147,00 58.496.254,00 59.666.440,00

Incrementos interanuales 1,7% 3,1% 1,7% 2,0%

REGLA DE GASTO AYUNTAMIENTO

2013

Cuarto.- Ordenar la apertura de un periodo de información Pública de quince días hábiles, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, plazo durante el cual los interesados podrán examinar el presente expediente y formular reclamaciones ante el Pleno, entendiendo que el Presupuesto General se considerará definitivamente aprobado si al término de dicho periodo de exposición no se hubiesen presentado reclamaciones al mismo.”

B) EDICTO publicado en el Tablón en el que consta diligencia

del Secretario General de 27 de noviembre de 2012 acreditativa de que el acuerdo de aprobación inicial del Presupuesto General para 2013 ha estado expuesto del 6 al 22 de noviembre de 2012.

C) ANUNCIO BOCM de 5 de noviembre de 2012, en el que

consta diligencia del Secretario General de 27 de noviembre de 2012 acreditativa de que el acuerdo de aprobación inicial del Presupuesto General para 2013 ha estado expuesto del 6 al 22 de noviembre de 2012.

D) CERTIFICACIÓN del Secretario General de 27 de

noviembre de 2012, que acredita que, según informe de la Administrativo de Información y Registro, durante el periodo de exposición pública del acuerdo de 31 de octubre de 2012, por el que se aprueba inicialmente el Presupuesto del ejercicio 2013 (del 5 al 22 de noviembre de 2012), se han presentado las siguientes alegaciones:

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(MADRID)

‐ Fecha 9-11-2012. Registro de entrada nº 19760.

Plataforma 0,7. ‐ Fecha 21-11-2012. Registro de entrada nº 20521. Grupo

Municipal Socialista. ‐ Fecha 22-11-2012. Registro de entrada nº 20530.

Asociación de Vecinos de Majadahonda. ‐ Fecha 22-11-2012. Registro de entrada nº 20574. Grupo

Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. ‐ Fecha 22-11-2012. Registro de entrada nº 20589.

Delegado Sindical de CC.OO. E) INFORME del Economista Municipal de 28 de noviembre de

2012, cuyo texto es el siguiente:

“INTRODUCCIÓN

A solicitud de la Concejal de Economía y Hacienda, Carmen Menéndez Rodríguez, paso a informar sobre las reclamaciones presentadas al Presupuesto de 2013. El “Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos”, (LRHL), en su Art. 22, 2.,) dispone que únicamente podrán entablarse reclamaciones contra el Presupuesto:

a) Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites legales.

b) Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la Entidad Local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo [art. 151.2b) LRHL]

c) Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de éstos respecto a las necesidades para las que estén previstos [art. 151.2.c) LRHL].

Por tanto, me limitaré a informar sobre aquellas reclamaciones que se encuentren en alguno de los tres supuestos.

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ALEGACIONES PRESENTADAS POR: Dª MATILDE GUISÁNDEZ GÓMEZ EN NOMBRE PROPIO Y EN EL DEL MOVIMIENTO CIUDADANO PLATAFORMA 0,7 %

1) <<Que se utilicen los medios oportunos para recortar el fraude e implantar medidas fiscales que actúen sobre las empresas del municipio: grandes superficies, Bancos u otras entidades económicamente fuertes>>.

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

2) <<Que se examinen detenidamente las partidas del Presupuesto que puedan suponer gastos superfluos o que no tengan incidencia sobre las personas más desfavorecidas>>.

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

3) <<Que no se recorte en Cooperación al Desarrollo y se dote a ésta partida de una cantidad significativa […]>>

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

ALEGACIONES PRESENTADAS POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA

1) <<Que la previsión de amortización anticipada de préstamos de 1,58 millones de euros […] se dedique a atender las cuestiones que no funcionan bien, no son atendidas en nuestro municipio o han sufrido recortes […]>>

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

2) << […] que las partidas que más directamente afectan a los vecinos y han sido brutalmente recortadas (educación, empleo, comercio, promoción del deporte, servicios sociales, participación ciudadana, subida de precios en cultura y juventud, etc.) tengan la dotación económica necesaria […]>>

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

3) <<Mediante una mejor gestión de las concesiones administrativas que tiene firmadas el Ayuntamiento que, si bien ofrecen un servicio de muy buena calidad en muchos casos, no aportan a las arcas municipales las cantidades económicas que deberían por estar utilizando grandes superficies de suelo público […]>>

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

4) <<Hacer un mayor seguimiento y control a los contratos firmados por el Ayuntamiento con las diferentes empresas privadas de servicios de nuestro municipio, para asegurarse que cumplen lo acordado en los pliegos […]>>

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

5) <<Solicitar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a que no reduzca de manera tan drástica las transferencias que hace al Ayuntamiento de Majadahonda…>>

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

RECLAMACIÓN PRESENTADA POR UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA

1) <<Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local […]

a. En parque y jardines […] la previsión de 2011 era de 2,9 millones y la liquidación arroja un resultado de 4,05 millones […] Para 2013 la previsión es de 3,4 millones, cifra muy por debajo de las obligaciones reconocidas en 2011. Dentro de este programa, para el suministro de agua de los parques se presupuestan 650 mil euros mientras que en 2011 el gasto ascendió a 924 mil euros. Teniendo en cuenta la subida de las tarifas y la del IVA la cantidad presupuestada para 2013 nos parece claramente insuficiente>>.

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La diferencia entre la liquidación de 2011 y el presupuesto de 2013 corresponde a los capítulos económicos: 1 de Gastos de personal, que en 2013 no se ha consignado crédito para personal subvencionado por la Comunidad de Madrid; y al 6 de Inversiones reales, que la liquidación de 2011 incluye modificaciones por remanente de crédito que se producen una vez aprobado el presupuesto.

Si comparamos el capítulo 2 de Gastos en bienes

corrientes y servicios, observamos que en la liquidación de 2011 se gastaron 2,39 millones de euros; en el avance de liquidación de 2012 el importe previsto es de 2,28 millones de euros; y en el presupuesto de 2013 se han consignado 2,29 millones de euros. Cantidades, todas, muy similares.

La reclamación no acredita obligaciones exigibles a la Entidad Local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo, no obstante deben contestarla en la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza.

b. <<El alumbrado presenta una previsión de 1,87 millones de euros […] cantidad que está por debajo del gasto real de 2011. Habría que tener en cuenta, además, la subida de tarifas y del IVA.

Además en el presupuesto no se contemplan los posibles reconocimientos de deuda que, aunque parece que no hay, ya hemos visto que ahora son las empresas las que presentan nuevas facturas de ejercicios anteriores de las que el Ayuntamiento no tiene constancia>>.

También en esta reclamación se presentan los

gastos totales de los programas, sin embargo, como en el caso anterior, los gastos del capítulo 1 de personal de 2013 son inferiores a los de 2011 debido a que se ha cargado la nómina de algunos empleados que trabajan para varios programas presupuestarios en un programa diferente al de 2011 porque se considera que le dedica más tiempo; y en el capítulo 6 de Inversiones reales las diferencias responden a las mismas razones que en la alegación anterior. Sin embargo, en el capítulo 2 gastos

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en bienes corrientes y servicios, en 2011 se liquidaron 1,51 millones de euros; en el avance de liquidación de 2012 el importe es de 1,58 millones de euros; y en 2013 el crédito es de 1,67 millones de euros.

Por último, no se hace referencia a ningún reconocimiento de deuda en concreto. En la reclamación no se acreditan obligaciones exigibles a la Entidad Local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo, no obstante, deben contestarla en la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.

2) <<Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o de éstos respecto a las necesidades para las que esté previsto […]Se modifica el tipo de plusvalía y se calcula la previsión de ingresos por este concepto siempre que se mantengan el mismo número de liquidaciones que en 2012 […] La previsión de ingresos para 2013 es de 5,8 millones de euros, prácticamente lo mismo que lo que se va a ingresar según las estimaciones de 2012 […] nos parece que en este caso no se ha seguido la línea de prudencia>>

En el informe económico financiero, página 13, se explica el cálculo y los antecedentes del Impuesto sobre el incremento de los terrenos de naturaleza urbana. En cuanto a las posibles desviaciones de los ingresos presupuestados, de acuerdo con las últimas noticias conocidas al día de hoy:

(a) El padrón del Impuesto sobre bienes inmuebles de 2012 ha sido de 30,99 millones de euros, sin embargo la previsión de 2013 es de 29,80 millones de euros. Habría, por tanto, un saldo favorable de casi 1,2 millones de euros.

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(b) Por la participación en los tributos del Estado se ingresarán 12,6 millones de euros en 2012, cantidad que coincide con la previsión de 2013 aunque se sabe que la partida de los Presupuestos Generales del Estado será mayor.

(c) El exceso de ingresos sobre los gastos, debido a la limitación del techo de gasto, es de 1,86 millones de euros que se dedicarán a reducir la deuda municipal una vez confirmado en la liquidación del presupuesto.

(d) Por tanto, la suma de los excedentes de ingresos sobre los gastos sería de 3 millones de euros. Dado que el total de ingresos previstos en los presupuestos por subvenciones de la Comunidad Autónoma de Madrid es de 4,6 millones de euros, queda margen suficiente para cubrir nuevas minoraciones por estos conceptos.

En conclusión, sigue vigente la afirmación realizada en el Informe económico financiero, página 34, epígrafe 8.2 Suficiencia de los créditos y efectiva nivelación del presupuesto de que es factible el cumplimiento del presupuesto y, por tanto su efectiva nivelación.

RECLAMACIONES PRESENTADAS POR LA SECCIÓN SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

1) <<Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites establecidos: Se omite en la documentación presentada la relación nominal de las retribuciones del Alcalde y concejales con dedicación […]>>

Deben contestarla en la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad urbana.

2) <<Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo: Falta la consignación económica precisa para

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hacer frente al Plan de Pensiones establecido por Acuerdo Plenario de 27-02-2007 para el que se destinaría la cantidad de 150 mil euros>>.

Deben contestarla en la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad urbana.

3) <<Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de estos respecto a las necesidades para las que esté previsto […] Nos estamos refiriendo a la participación en los Tributos del Estado y a las transferencias corrientes que, en cumplimiento de los convenios suscritos con la Comunidad de Madrid […] Por parte del Estado se presupuesta una previsión de ingresos de 12.667.000 que representa un incremento cercano a los 900.000 de los establecidos para 2012 y por las transferencias de la Comunidad de Madrid se establece una previsión de ingresos por importe de 4.585.667 euros que es algo inferior en cerca de 175.000 a la establecida por esas mismas transferencias de la Comunidad para 2012[…]>>

Mantengo los argumentos utilizados en el apartado 2) de la Reclamación presentada por Unión Progreso y Democracia. Las transferencias corrientes de la Comunidad de Madrid se calcularon en el mes de agosto con la información recibida por los diferentes departamentos municipales que prestan servicios subvencionados. Tanto los Presupuestos de la Comunidad de Madrid, como los Generales del Estado, están en proceso de aprobación y no los conoceremos hasta el uno de enero de 2013, fecha en la que nosotros tendremos que haber aprobado el nuestro de acuerdo con el Art. 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Por consiguiente, será entonces cuando habrá que sopesar la incidencia sobre nuestro presupuesto y tomar las medidas adicionales que se estimen oportunas. Mientras tanto, siguen estando vigente las consideraciones de la página 34, epígrafe 8.2 Suficiencia de los créditos y efectiva nivelación del presupuesto en el que se afirma que es factible el cumplimiento del presupuesto y, por tanto su efectiva nivelación.

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a. <<Sobre actuaciones de mejora en los ingresos:

i. Utilización de los medios humanos y materiales presupuestados para la personación del Ayuntamiento de Majadahonda, como acusación particular, en el proceso penal que se identifica como caso “Gürtel” […]>>

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

ii. <<Recuperación de los 2,5 millones de euros abonados indebidamente al contratista que tiene la concesión del contrato de mantenimiento de la ciudad>>.

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

iii. <<Dotación de los medios materiales y personales necesarios para lograr la recaudación máxima posible de los 13 millones actuales establecidos como ingresos pendientes de cobro>>.

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

iv. <<Mejora del sistema recogida selectiva de envases para evitar la mezcla con otros residuos, de manera que se optimicen sus resultados y se evite […]que el destino final de una parte de esos envases sea el vertedero en lugar de las plantas de clasificación y reciclado. Esto supone para el Ayuntamiento una pérdida de ingresos […]>>

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

b. <<Sobre actuaciones de reducción del gasto:

i. Reducción de los gastos generados por Asesores en un 50 por ciento, lo que generaría un ahorro cercano a los 200.000 euros>>

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No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

ii. <<Reducción del gasto de indemnizaciones de los miembros de los Órganos de Gobierno […]>>

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

iii. <<Eliminación de las subvenciones a sindicatos y organizaciones empresariales […]>>

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

iv. <<Reducción real, a través de la adecuación del gasto generado por las contrataciones de servicios […] debiendo rechazar el Ayuntamiento que los ajustes se realicen a costa del despido de personal en las empresas contratistas. Mientras se anuncia que se ahorrará 1,5 millones de euros anuales con el nuevo contrato de limpieza viaria y recogida de residuos, la realidad es que se presupuestan 1,3 millones de euros anuales más>>.

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

v. <<Adecuación de servicios, como el alquiler de bicicletas, que a pesar de su escaso servicio social representa un gasto de 250.000 euros al año, por lo que este gasto debería reducirse en relación a su necesidad y su utilidad>>.

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

vi. <<Reducción del gasto energético. La eficiencia energética es una estrategia válida para solucionar el problema de la escasez de fondos públicos […]Aunque el Ayuntamiento, según nota hecha pública ha ahorrado un 26 por ciento en el coste anual

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del alumbrado público, y que ese ahorro no se ve plasmado en el proyecto de presupuesto […] creemos que ese ahorro puede llegar a alcanzar el 45 por ciento […] El Ayuntamiento debe marcarse ese objetivo, que podría suponer un ahorro adicional del 19 por ciento sobre el total del coste anual […] Con ese fin se considera preciso elaborar un Plan de Ahorro y Eficiencia Energética […]>>

No está comprendida entre los motivos recogidos en la (LRHL).

RECLAMACIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES

1) <<Sobre deficiencias en la tramitación del proyecto de presupuestos: […] omisión en la relación nominal de las retribuciones del Alcalde y concejales con dedicación exclusiva…>>

Deben contestarla en el departamento de Recursos Humanos.

2) <<Sobre la insuficiente justificación de ingresos para asegurar el equilibrio presupuestario:

a. El periodo de alegaciones al Presupuesto concluye antes de que se produzca la aprobación definitiva de las ordenanzas que son las que determinan en gran parte el presupuesto de ingresos […]>>

Deben contestarla en la Intervención.

b. <<Se observan errores en la previsión de ingresos en diversas partidas […] el Impuesto sobre Bienes de Naturaleza Urbana […] previsiblemente aumentará su recaudación en 2013[…]

Al mismo tiempo se estiman mayores ingresos en las partidas 550.00; 550.03 y 550.04 derivadas de las concesiones administrativas […] no tienen en cuenta las actualizaciones del IPC en los cánones de explotación que disfrutan las empresas adjudicatarias>>.

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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Los posibles errores no tendrían influencia negativa en la nivelación presupuestaria, al contrario.

c. <<Se hace una previsión de ingresos por las transferencias corrientes de la Comunidad de Madrid […] realizadas antes de que aprobara su proyecto de Presupuestos para el año 2013 y, por tanto, no parece tener en cuenta que se recoge una reducción del 7,7 por ciento del total de gastos […]>>

Como en el caso de la reclamación de Comisiones Obreras, es factible el cumplimiento del presupuesto y, por tanto su efectiva nivelación.

d. <<Por otra parte, se prevén 12.667.000 euros por la Participación en los tributos del Estado […] no parece contemplar las posibles devoluciones al Ministerio de Economía y Hacienda por la liquidación negativa de 2009 que en nuestro caso asciende a 2 millones de euros>>.

En las previsiones del informe económico financiero se tienen en cuenta las devoluciones que se prorratearán en varios ejercicios.

<<Este Grupo considera, por tanto, que el equilibrio presupuestario en lo que afecta a los ingresos no está suficientemente justificado […]>> Las alegaciones presentadas no supondrán insuficiencia de ingresos respecto a los gastos, por tanto, se garantiza la efectiva nivelación presupuestaria.

3) <<Sobre la insuficiencia de créditos para atender obligaciones reconocidas: El presupuesto 2013 estima un gasto total por la contratación del servicio de basura […] los servicios de limpieza viaria […] y el de la gestión y mantenimiento del punto limpio […] A pesar de contemplar un aumento en dichas partidas […] no parece razonable dejar de incluir las cuantías relativas a las actualizaciones de precios pendientes desde 2008 […] El monto total ascendería al menos a 2 millones de euros […]>>

Esta alegación deben contestarla en el departamento que gestiona la limpieza viaria y la recogida de basuras.

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4) <<Sobre los ingresos procedentes de operaciones con el patrimonio del suelo: […] la partida 520.01 Intereses de depósitos a plazo en entidades financieras, la constituirán ingresos afectados a fines específicos, dado que proceden de la inversión en productos financieros de una parte importante de los ingresos obtenidos por la venta de patrimonio público de suelo […] A juicio de esta parte los intereses de los depósitos obtenidos por los excedentes de tesorería que se generaron por la venta de dos parcelas municipales son ingresos afectados>>.

La sentencia nº 1433 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección segunda no se refiere a este ingreso en concreto. Por tanto, dejo las posibles interpretaciones al Interventor General. Si se decide justificar el destino de esto ingresos con “gastos de interés social”, se tendría que tener en cuenta, también, como fin establecido en la Ley del suelo de la Comunidad Autónoma de Madrid, Art. 176, la aplicación presupuestaria 004.1540.212.00 Reparaciones mantenimiento y conservación edificios públicos y otras construcciones, del programa 1540 Fomento a la edificación protegida, dotada con 68.244 euros, para que Pammasa se haga cargo del mantenimiento de las viviendas adscritas al Patrimonio Municipal del Suelo (calle de la Villa; calle de la Mina, y calle de Antonio Machado).

RECLAMACIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE VECINOS DE MAJADAHONDA

1) <<Resultado presupuestario: […] Se considera que el superávit […] debería transferirse a los vecinos por medio de: Reducir el recibo del IBI […] Propiciar medidas que conduzcan a un IBI socialmente más justo; Dotar de una nueva económica […] de ayudas al pago del IBI […] Incrementar del 3% al 5% la bonificación por domiciliación bancaria o pago fraccionado del recibo del IBI>>.

No está comprendido entre los casos objeto de reclamación.

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2) <<Resultado presupuestario: No se han presentado para su aprobación definitiva las Ordenanzas Fiscales […] Se considera estar en desamparo en la presentación de estas alegaciones, pues, el período de alegaciones al presupuesto 2012 finaliza sin la aprobación definitiva de Ordenanzas Fiscales que permitan las modificaciones necesarias al Impuesto sobre Bienes Inmuebles, siendo los ingresos generados, por este impuesto, determinantes para alegar sobre los capítulos de ingresos y gastos>>

Esta reclamación debe contestarla la Intervención.

3) <<Resultado presupuestario: […] El marco presupuestario 2013/2015 no incluye la introducción de estrategias que conformen una planificación económica, considerando no sólo lo inmediato, sino el medio y el largo plazo de forma que: Desarrolle un modelo de ciudad para vivir que podamos pagar […] Acometa un Plan de Movilidad Urbana que dote a la ciudad de infraestructura y servicios accesibles, eficientes y sostenibles ambientalmente […] Destine una parte importante de nuestro patrimonio en suelo productivo, en actividades ambientalmente sostenibles, para la obtención de ingresos recurrentes mediante la gestión del mismo […]>>

No está comprendido entre los casos objeto de reclamación.

4) <<Presupuesto de gastos. Capítulos 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 9: Los gastos de bienes y servicios por habitante y financiados con ingresos corrientes están disminuyendo su participación progresivamente en el Presupuesto Municipal […] Mejorar y ampliar la oferta de Bienes y Servicios públicos municipales que se han recortado sensiblemente desde 2011 […]>>

No está comprendido entre los casos objeto de reclamación.

5) <<Presupuesto de gastos. Capítulos 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8: Dotar de una nueva económica presupuestaria que permita el establecimiento de un programa de ayudas o bonificaciones, al pago del IBI, a unidades familiares con mayores dificultades económicas […]>>

No está comprendido entre los casos objeto de reclamación.

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6) <<Presupuesto de Ingresos. Capítulos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7: El equilibrio presupuestario se hace depender, en buena medida, de previsiones de aumento de ingresos que adolecen de una razonada justificación: Impuesto sobre inmuebles de naturaleza urbana; Impuesto vehículos; Participación Tributos del Estado; Impuesto incremento valor de los terrenos de naturaleza urbana; e Impuesto sobre actividades económicas […] Los presupuestos 2013, 2014 y 2015 con superávits superiores a más de 300 mil euros cada uno, prácticamente en su totalidad, corresponden a ingresos patrimoniales sin destino fijado aún (alquileres y enajenación de viviendas sociales). Justificar fehacientemente cómo se va a incrementar la recaudación de estos Impuestos y Tasas, así como, el aumento previsto en la Participación en los Impuestos del Estado>>.

En el informe económico financiero, páginas 13 y siguientes, se explica el cálculo y los antecedentes de los citados impuestos. Por otra parte, en la página 34, epígrafe 8.2 Suficiencia de los créditos y efectiva nivelación del presupuesto se afirma que es factible el cumplimiento del presupuesto y, por tanto su efectiva nivelación.

7) <<Presupuesto de Ingresos: El impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana (IBI) […] no disminuye el tipo de gravamen diferenciado […] los ingresos por este impuesto por inmuebles con tipo de gravamen diferenciado deberían aumentar en la proporción que aumenta el valor liquidable correspondiente […] Justificar fehacientemente cómo no se incrementa la recaudación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana […]

El posible error no tendrían influencia negativa en la nivelación presupuestaria, al contrario, sería positivo, pero no se podría gastar porque hemos cubierto ya nuestro techo de gasto, de modo que tendría que destinarse a reducir el endeudamiento municipal.

8) <<Presupuesto de Ingresos. Capítulo 5. Concesiones patrimoniales:

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a. Concesiones administrativas: Se presentan las partidas de concesiones administrativas con un incremento, en relación a los presupuesto del 2011/2012, inferior al IPC y congelándose estos valores durante el marco presupuestario 2013/2015 […] Revisar al alza los ingresos en relación con los beneficios generados. Subsidiariamente, revisar estas Concesiones Administrativas aumentándolo anualmente en el porcentaje IPC>>.

No está comprendido entre los casos objeto de reclamación.

b. <<Concesiones administrativas (Deportes): […] Los ingresos previstos por estas concesiones administrativas son realmente bajas […] Revisar al alza los ingresos de estas concesiones […] Subsidiariamente, revisar estas Concesiones Administrativas aumentándolas anualmente, al menos, en el porcentaje IPC>>.

No está comprendido entre los casos objeto de reclamación.

9) <<Presupuesto de Ingresos. Capítulo 5. Concesiones patrimoniales. Servicios municipales privatizados […]

a. Justificar adecuadamente como tras la adjudicación prevista del concurso para nuevos contratos de estos servicios, la reducción de costos, no determine una mayor disponibilidad de los ingresos que haga innecesario los recortes en bienes y servicios públicos>>.

No está comprendido entre los casos objeto de reclamación.

b. <<Justificar adecuadamente el incremento de más del 100 por cien desde 2011 en el gasto de energía eléctrica en la partida presupuestaria de Recogida, Eliminación y Tratamiento de Residuos […]>>.

En la liquidación de 2011 el importe fue de 702 mil euros; el avance de liquidación de 2012 tiene un importe de 695 mil euros y en 2013 la consignación es de 737 mil euros.

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c. << ¿Se está recurriendo en la liquidación de cuentas de 2011, de nuevo, al ”reconocimiento de deuda” […]>>

No está comprendido entre los casos objeto de reclamación.

10) <<Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios: Promoción social. Las transferencias de ayudas al desarrollo, conocidas tradicionalmente como 0,7%, se recortan hasta 5.218 euros […] Equilibrar presupuestariamente, sin recortes, esta partida de Ayuda al Desarrollo […]>>

No está comprendida entre los casos objeto de reclamación.

11) <<Gastos en bienes corrientes y servicios: Enseñanza preescolar y primaria. Capítulo 2. Se recortan las partidas presupuestarias de los servicios de Enseñanza Preescolar y Primaria. Se incrementa el gasto de energía eléctrica […] Equilibrar presupuestariamente sin recortes esa partida […] Incrementar los ingresos provenientes de Concesiones Administrativas […] Racionalizar el consumo energético de los centros […] Reducir el consumo energético previsto […]>>

No está comprendida entre los casos objeto de reclamación.

12) <<Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios. Enseñanza Secundaria y Promoción Educativa: Se recortan las partidas presupuestarias […] Equilibrar presupuestariamente sin recortes esta partida […] Incrementar los ingresos provenientes de Concesiones Administrativas […]>>

No está comprendida entre los casos objeto de reclamación.

13) <<Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios. “Acciones públicas relativas a la salud y Acción sanitaria sobre adicciones: Se recortan partidas […] Se incrementa un 45.500 euros el gasto de energía eléctrica […] Incrementar los ingresos provenientes de Concesiones Administrativas […]

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Racionalizar el consumo energético […] Reducir el consumo energético […]>>

No está comprendida entre los casos objeto de reclamación.

14) <<Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios. Cultura: Se recortan las partidas presupuestarias […] Equilibrar presupuestariamente esta partida […]>>

No está comprendida entre los casos objeto de reclamación.

15) <<Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios. Juventud: Se recortan las partidas […] Equilibrar presupuestariamente esta partida […]>>

No está comprendida entre los casos objeto de reclamación.

16) << Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios. Comercio: Se mantiene el incremento presupuestario de Comercio, debido a que el costo de Parking 1 hora gratis de la Gran Vía permanece asumido íntegramente por el Ayuntamiento […] y no debe ser asumido por el Ayuntamiento […]>>

No está comprendida entre los casos objeto de reclamación.

17) << Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios. Parques y Jardines: El aumento de la partida presupuestaria está determinado por un aumento de consumo de agua y consumo de energía eléctrica. Medio ambiente: Se reducen Transferencias al Monte del Pilar […] Incrementar el presupuesto de obras para la recuperación de los parques deteriorados […] Introducir medidas de sostenibilidad que palien el desmesurado aumento del consumo energético y de agua […]>>

No está comprendida entre los casos objeto de reclamación.

18) << Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios. Sostenibilidad Municipal. Protección y mejora del medio ambiente: Aumenta el gasto

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municipal de energía eléctrica. Aumenta el gasto de agua. No se prevé medida alguna que palie este desmesurado e insostenible gasto […] Justificar como sin un aumento del número de centros públicos y de servicios se produce aumentos del 80% y del 28% del gasto. Racionalizar el consumo energético […] Introducir medidas de sostenibilidad que palien el desmesurado aumento del consumo energético y de agua […]>>

No está comprendida entre los casos objeto de reclamación.

19) <<Presupuesto de ingresos. Ampliación de las zonas de estacionamiento regulado: […] a casi la totalidad del casco urbano de Majadahonda […] se solicita: la supresión de la Tasa por la expedición de la tarjeta identificativa de residente cuyo valor se establece en la correspondiente Ordenanza Fiscal […]>>

No está comprendida entre los casos objeto de reclamación.

20) << Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios. Protección y mejora del medio ambiente: No se prevé partida presupuestaria para la reducción de los efectos radioeléctricos generados por torres de alta tensión en entornos sensibles […]>>

No está comprendida entre los casos objeto de reclamación.

21) << Inversiones a realizar: El Presupuesto no concreta Inversiones Municipales a realizar por créditos, programas y barrios>>.

No está comprendida entre los casos objeto de reclamación.”

F) INFORME del Director de Recursos Humanos de 7 de

diciembre de 2012, cuyo texto es el siguiente:

“HECHOS Primero.- Con fecha 22 de noviembre de 2012 y registro de

entrada nº 20574, D. Juan Santana Uriarte, en su condición de

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Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes en el Ayuntamiento de Majadahonda, ha presentado escrito entablando reclamaciones al presupuesto municipal para el año 2013.

Segundo.- La reclamación a que se refiere el hecho precedente es reproducción de la reclamación presentada al presupuesto del ejercicio 2012 que consiste en: Considerar como omisión en el Anexo de Personal presentado al proyecto de presupuestos 2013, la relación nominal de las retribuciones de Alcalde y Concejales con dedicación, ya que puede incumplir el artículo 18 del RD 500/1990 que desarrolla la Ley Reguladora de las Haciendas Locales además de suponer una falta de precisión y transparencia. A los anteriores hechos, le son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Único.- El artículo 18 del Real Decreto 500/1990 que desarrolla la Ley Reguladora de Haciendas Locales en su apartado 1 letra c dispone que entre la documentación que deberá unirse para su elevación al Pleno estará el “anexo de personal de la Entidad Local, en que se relacionen y valoren los puestos de trabajo existentes en la misma, de forma que se dé la oportuna correlación con los créditos para personal incluidos en el presupuesto”. En aplicación del precepto anteriormente citado el anexo de Personal que acompaña al proyecto de presupuestos 2013 del Ayuntamiento de Majadahonda, recoge todos los puestos de trabajo existentes con sus créditos presupuestarios correspondientes. En el artículo 126.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aclara el contenido de las plantillas de las entidades locales que “deberán comprender todos los puestos de trabajo debidamente clasificados reservados a funcionarios,

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personal laboral y eventual”, y que su aprobación se realizará “anualmente con ocasión de la aprobación del Presupuesto. Como quiera que el Alcalde y Concejales con y sin dedicación exclusiva no se encuentran dentro de los supuestos a los que hace referencia el artículo 126.1 antes mencionado, por lo que no tienen la consideración de funcionarios, personal laboral o funcionarios eventuales, no ocupa puesto de trabajo en la plantilla presupuestaria municipal y en consecuencia no deben figurar en el documento de plantilla que acompaña al proyecto de presupuestos. Los créditos suficientes para hacer frente a las retribuciones del Alcalde y Concejales con y sin dedicación exclusiva han sido consignadas en el presupuesto municipal para el ejercicio 2013 dentro del programa 9120 Órganos de Gobierno. A la vista de los hechos y fundamentos de derecho, y sin perjuicio de la decisión que adopte el órgano competente, se formula la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO Desestimar la alegación presentada por D. Juan Santana Uriarte, en su condición de Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes en el Ayuntamiento de Majadahonda.”

G) INFORME del Técnico de Gestión de Medio Ambiente,

Jardines y Limpieza y del Ingeniero de Caminos Municipal, de 11 de diciembre de 2012, cuyo texto es el siguiente:

“Respecto a la alegación cuarta sobre la insuficiencia de créditos para atender obligaciones reconocidas en el presupuesto del 2013, este servicio de Medio Ambiente INFORMA lo siguiente: ALEGACIÓN I.U.

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4.1 El presupuesto 2013 estima un gasto total por la contratación del servicio de recogida de basura (227.14) de 4.383.936 €, y por los servicios de limpieza viaria (227.13) de 3.874.802 €. En estas partidas estarían incluidos además del contrato unificado de recogida de residuos y limpieza viaria, otros contratos como el de la gestión y mantenimiento del Punto Limpio con un coste anual de 99.860 euros (sin IVA). A pesar de contemplar un aumento en dichas partidas de un 12,3% (479.355 €) y de un 5,4% (197.433 €) respectivamente, no parece razonable dejar de incluir las cuantías relativas a las actualizaciones de precios pendientes desde el año 2008, a las que los antiguos adjudicatarios tenían derecho por contrato, y otros conceptos por los que se les pueda adeudar y que previsiblemente reclamarán al haber finalizado el traspaso del servicio a la nueva empresa. El monto total ascendería al menos a unos 2 millones de euros desde el año 2010, según la estimación facilitada por el propio Concejal de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza en la Comisión de Asuntos Económicos del día 17 de diciembre de 2010, cantidad que previsiblemente habría aumentado dado que el contrato ha finalizado hace escasos meses. Por lo anteriormente expuesto este Grupo entiende que la exigible nivelación real del Presupuesto no queda asegurada con los datos de ingresos y gastos que se aportan. En primer lugar hay que advertir que hay un mismo contrato que recoge tanto los servicios de limpieza viaria como los de recogida de basuras. Por ello ha sido habitual que el reparto de los servicios por cada uno de los conceptos, que van a programas presupuestarios distintos, no se haya ajustado a la cuantía de cada servicio con exactitud y haya que haber tramitado modificaciones presupuestarias entre las partidas. Esto se advierte tan sólo para explicar que son los créditos totales de 2011 y 2012 los que se consideran como correctos para analizar la alegación. Como efectivamente se refleja en la alegación, estas partidas en cuestión recogen los servicios de limpieza viaria, de recogida de basuras incluyendo el mantenimiento de las centrales de recogidas de basuras (hasta 2012 con contratos adjudicados a dos empresas distintas) y la gestión del Punto limpio. Por tanto

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han sido cuatro al menos los contratos recogidos en estas facturas. Una vez aclarados estos términos, se procede a analizar el gasto real ejecutado en 2011, así como la previsión de ejecución de 2012, depurando los reconocimientos de deuda por facturas de ejercicios anteriores que hayan sido imputados a cada ejercicio. Agregando las partidas de recogida de basuras y de limpieza viaria, en 2011, sobre unos créditos totales de 7,43 millones de euros, las obligaciones reconocidas ascendieron a 7,16 millones. Apenas superaron los reconocimientos de deuda los cinco mil euros.

Org Pro. Eco. Descripción Créditos Iniciales

Modificaciones de Crédito

Créditos Totales consignados

Obligaciones Reconocidas

009 1620 22714 CONTRATACIÓN SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURA 3.861.944,00 0,00 3.861.944,00 3.646.738,21

009 1630 22713 CONTRATACIÓN DE SERVICIOS LIMPIEZA VIARIA

3.688.884,00 -118.256,07 3.570.627,93 3.516.506,33

TOTAL 2011 7.432.571,93 7.163.244,54

(-) RECONOCIMIENTOS DE DEUDA 5.187,29

(=) GASTO NETO DEL EJERCICIO 2011 7.158.057,25

El ejercicio 2012 tiene la particularidad de que se ha adjudicado un nuevo contrato que comprende tres de los contratos anteriores. Queda fuera del mismo el Punto limpio. Este contrato, según los datos que maneja el servicio, produciría un ahorro aproximado de 1,5 millones de euros respecto a las adjudicaciones vigentes anteriormente. Es cierto, no obstante, que la vigencia del contrato empezó en mayo de 2012. Siguiendo el procedimiento de cálculo del gasto de 2011 se obtendrían los siguientes datos previsibles para 2012:

Org. Pro. Eco. Descripción Créditos Iniciales

Modificaciones de Crédito

Créditos Totales consignados

Obligaciones Reconocidas

007 1620 22714 CONTRATACIÓN SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURA 3.904.581,00 846.156,46 4.750.737,46 3.290.603,81

007 1630 22713 CONTRATACIÓN DE 3.677.369,00 420.725,67 4.098.094,67 3.167.816,60

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SERVICIOS LIMPIEZA VIARIA

SALDO GASTO COMPROMETIDO CONTRATOS 1.144.170,01

(-) SALDO GASTO COMPROMETIDO REV.PRECIOS 9.014,39

(=) TOTAL 2012 PREVISTO 8.848.832,13 7.611.604,81

(-) RECONOCIMIENTOS DE DEUDA 163.656,46

(=) GASTO NETO PREVISTO DEL EJERCICIO 2012 7.447.948,35

Se aprecia que se podría obtener un ahorro cercano a 1,40 millones de euros, que permitiría aprobar actualizaciones de precios, algunas de ellas ya en trámite de aprobación. Por último se recogen los créditos de las partidas en cuestión para 2013, en los cuales se presume un incremento de crédito sobre la previsión de gasto real de 2012 de 0,8 millones de euros:

Concepto Créditos iniciales 2013

PRESUPUESTO INICIAL 2013 1630-22713 3.874.802,00 PRESUPUESTO INICIAL 2013 1620-22714 4.383.936,00 TOTAL PRESUPUESTO 2013

8.258.738,00

Por tanto, puede estimarse que la previsión del Presupuesto 2013, en su conjunto, resultará suficiente para cubrir el normal desenvolvimiento de los citados servicios. Caso de surgir nuevas obligaciones, se podrán tramitar a través de las correspondientes modificaciones de créditos.”

H) INFORME del Técnico de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza del 30 de noviembre de 2012, constando el Vº Bº del Ingeniero de Caminos Municipal de 30 de noviembre de 2012, cuyo texto es el siguiente:

“En relación al asunto de referencia se advierte en la reclamación que la previsión del Presupuesto 2011 para este programa era de 2,9 millones de euros y la liquidación ascendió a 4,05 millones. En este sentido, la previsión para 2013 de 3,4 millones de euros se considera muy por debajo de las obligaciones de 2011.

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Analizado así, lógicamente 3,4 millones es un 16% menos. Sin embargo hay que tener en cuenta que, de los créditos

definitivos de 2011, con las modificaciones presupuestarias realizadas, ascendieron a 4,29 millones de euros, que se repartieron por capítulos como se especifica en el siguiente cuadro:

Créditos Iniciales

Modificaciones de Crédito

Créditos Totales consignados

Obligaciones Reconocidas

CAPÍTULO I GASTOS DE PERSONAL 1.022.373,00 313.796,38 1.336.169,38 1.314.298,75

CAPÍTULO II GASTOS CORRIENTES

1.939.639,00 477.065,09 2.416.704,09 2.392.974,08

CAPÍTULO VI INVERSIONES 0,00 541.365,99 541.365,99 343.948,51

TOTAL 2.962.012,00 1.332.227,46 4.294.239,46 4.051.221,34

Con relación al capítulo de personal, desde 2011 se han

adoptado por el gobierno de la nación distintas medidas encaminadas a la reducción del gasto, por lo que la comparación con el Presupuesto 2013 puede no ser homogénea.

De la misma manera, las inversiones no pueden

considerarse comparables, pues las actuaciones realizadas en un ejercicio, no tienen porqué realizarse en otro.

Por tanto es el capítulo II el que debería ser comparado,

como indicador del gasto habitual. En 2011 se liquidan 2,39 millones de euros, de los cuales 248.208,35€ corresponde a facturas de ejercicios anterior. Por tanto el gasto devengado en 2011 ascendería a 2,14 millones de euros.

En 2012, los créditos totales del capítulo II a día de hoy

ascienden a 2,36 millones de euros. Un 10,28% más que el gasto real de 2011. Contra esos créditos se han reconocido 110.931,72€ de facturas de ejercicios anteriores. Como se espera gastar el 100% del presupuesto, y no deberían quedar facturas pendientes para 2013, pues de hecho, se siguen acometiendo modificaciones presupuestarias para evitar demorar al ejercicio siguiente ningún gasto atrasado, el gasto ejecutado en 2012 de facturas devengadas en el propio ejercicio se estima en 2,25 millones de euros.

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Teniendo en cuenta que la previsión para 2013 del

capítulo II de Parques y Jardines asciende a 2,40 millones de euros, se considera que los créditos son suficientes para las obligaciones exigibles en el ejercicio, pues supone un 12,15% más que lo ejecutado en 2011 del propio ejercicio, y un 6,67% más que la previsión de 2012.”

I) INFORME del Director de Recursos Humanos de 7 de

diciembre de 2012, cuyo texto es el siguiente:

“HECHOS Primero.- Con fecha 22 de noviembre de 2012 y registro de entrada nº 20589 D. Luis Ropero Ortega, en su condición de Delegado Sindical de CC.OO. en el Ayuntamiento de Majadahonda, ha presentado escrito entablando reclamaciones al presupuesto municipal para el año 2013. Segundo.- La reclamación a que se refieren los hechos precedentes tienen un contenido que básicamente consiste en alegar:

1.- Considerar como omisión en el Anexo de Personal presentado al proyecto de presupuestos 2013, la relación nominal de las retribuciones de Alcalde y Concejales con dedicación, ya que puede incumplir el artículo 18 del RD 500/1990 que desarrolla la Ley Reguladora de las Haciendas Locales además de suponer una falta de precisión y transparencia.

2.- Falta de consignación económica para hacer frente al

Plan de Pensiones establecido por Acuerdo Plenario de 27 de febrero de 2007.

A los anteriores Hechos, le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

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Primero.- En contestación a la primera reclamación, el artículo 18 del Real Decreto 500/1990 que desarrolla la Ley Reguladora de Haciendas Locales en su apartado 1 letra c dispone que entre la documentación que deberá unirse para su elevación al Pleno estará el “anexo de personal de la Entidad local, en que se relacionen y valoren los puestos de trabajo existentes en la misma, de forma que se dé la oportuna correlación con los créditos para personal incluidos en el presupuesto”.

En aplicación del precepto anteriormente citado el anexo de Personal que acompaña al proyecto de presupuestos 2013 del Ayuntamiento de Majadahonda, recoge todos los puestos de trabajo existentes con sus créditos presupuestarios correspondientes.

En el artículo 126.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aclara el contenido de las plantillas de las entidades locales que “deberán comprender todos los puestos de trabajo debidamente clasificados reservados a funcionarios, personal laboral y eventual”, y que su aprobación se realizará “anualmente con ocasión de la aprobación del Presupuesto”.

Como quiera que el Alcalde y Concejales con y sin dedicación exclusiva no se encuentran dentro de los supuestos a los que hace referencia el artículo 126.1 antes mencionado, por lo que no tienen la consideración de funcionarios, personal laboral o funcionarios eventuales, no ocupan puesto de trabajo en la plantilla presupuestaria municipal y en consecuencia no deben figurar en el documento de plantilla que acompaña al proyecto de presupuestos.

Los créditos suficientes para hacer frente a las retribuciones del Alcalde y Concejales con y sin dedicación exclusiva han sido consignadas en el presupuesto municipal para el ejercicio 2013 dentro del programa 9120 Órganos de Gobierno. Por lo tanto, a la vista de lo anterior, debe desestimarse la alegación efectuada. Segundo.- En contestación a la segunda alegación presentada, relativa a la consignación económica precisa para

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hacer frente al Plan de Pensiones establecido por Acuerdo Plenario de 27 de febrero de 2007, de acuerdo con lo establecido en el art. 25 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en adelante LGP, de aplicación supletoria a las Haciendas Locales, la prescripción de las obligaciones se rige por las siguientes reglas, salvo lo establecido por leyes especiales:

1º.- El derecho al reconocimiento o liquidación por la Hacienda Pública estatal de toda obligación que no se hubiese solicitado con la presentación de los documentos justificativos prescribirá a los cuatro años. El plazo se contará desde la fecha en que se concluyó el servicio o la prestación determinante de la obligación o desde el día en que el derecho pudo ejercitarse.

2º.- El derecho a exigir el pago de las obligaciones ya reconocidas o liquidadas, si no fuese reclamado por los acreedores legítimos o sus derechohabientes, también prescribirá a los cuatro años. El plazo se contará desde la fecha de notificación, del reconocimiento o liquidación de la respectiva obligación. El Acuerdo ut supra citado establecía que la Corporación destinaría durante el año 2007 como aportación a un Plan de Pensiones la cantidad de 150.000 € y que en caso de que no pudiese constituirse el mismo e iniciar las aportaciones, las cantidades resultantes se distribuirían entre los empleados municipales. A tenor de lo anteriormente expuesto, el derecho a la constitución del Plan de Pensiones para el personal funcionario se encuentra prescrito, por cuanto ya han transcurrido 4 años, desde la fecha en que podía haberse formulado la oportuna reclamación, esto es, desde el 1 de enero de 2008, sin que durante este periodo se haya presentado reclamación individual alguna respecto a este posible derecho. Por lo tanto, a la vista de lo anterior, debe desestimarse la alegación efectuada. A la vista de los hechos y fundamentos de derecho, y sin perjuicio de la decisión que adopte el órgano competente, se formula la siguiente

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PROPUESTA DE ACUERDO

Desestimar las alegaciones presentadas por D. Luis Ropero Ortega, en su condición de Delegado Sindical de CC.OO

J) INFORME del Interventor de 17 de diciembre de 2012, cuyo

texto es el siguiente:

“1. Normativa aplicable. A) Legislación de Régimen Local.

• LRBRL: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

• TRBRL: Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

• TRLHL: Texto Refundido de Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo.

• RDP: Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo Primero del Título Sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.

• ICAL(n): Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local, aprobada por Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre.

• EPEELL: Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales

B) Normativa municipal

• RPAM: Reglamento de Procedimientos Administrativos Municipales, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en su sesión de 28 enero 1998 y modificado el 26 de mayo de 1999 y el 27 de junio de 2001 (ficha H-1).

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C) Legislación Estatal

• LOPESF: Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

• L-2012: Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.

• LGP: Ley 47/2003, de 26 de noviembre General Presupuestaria.

• RLGEP: RD 1463/20007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el desarrollo de la LGEP, en su aplicación a las entidades locales (En todo aquello que no haya sido derogado expresamente por la LOPESF).

• TRLS: RDL 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo.

D) Legislación Autonómica

• LSCM: Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid.

2. Tramitación del Presupuesto General.

La tramitación del expediente se ajustará a las siguientes fases: a) Elevación al Pleno. El Proyecto de Presupuesto General,

informado por el Interventor y con los anexos y documentación complementaria, será remitido por el Presidente al Pleno de la Corporación antes del día 15 de octubre para su aprobación, enmienda o devolución (art. 168 TRLHL y art. 18.4 R.D. 500/1990).

b) Aprobación inicial del Presupuesto por el Pleno de la

Corporación (art. 22.2.e) LRBRL), por mayoría simple de los miembros presentes (art. 47.1 LRBRL).

El acuerdo de aprobación que será único, habrá de

detallar los Presupuestos que integran el Presupuesto General, no pudiendo aprobarse ninguno de ellos separadamente.

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c) Información Pública por espacio de quince días hábiles, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid, plazo durante el cual los interesados podrán examinarlos y expresar reclamaciones ante el Pleno (art. 169 TRLHL, art. 20.1 R.D. 500/1990 y art. 86.2 Ley 30/1992).

d) Resolución de todas las reclamaciones presentadas. El

Pleno dispondrá para resolverlas de un plazo de un mes (art. 169 TRLHL y art. 20.1 R.D. 500/1990).

e) Aprobación definitiva. El Presupuesto General se

considerará definitivamente aprobado si al término del periodo de exposición no se hubiese presentado reclamaciones; en caso contrario, se requerirá acuerdo expreso por el que se resuelvan las formuladas y se apruebe definitivamente (art. 169 TRLHL y art. 20.1 R.D. 500/1990).

La aprobación definitiva del Presupuesto General

por el Pleno de la Corporación habrá de realizarse antes del 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que debe aplicarse.

Si al iniciarse el ejercicio económico no hubiese

entrado en vigor el Presupuesto correspondiente, se considerará automáticamente prorrogado el del anterior, con sus créditos iniciales, sin perjuicio de las modificaciones que se realicen conforme a lo dispuesto en los artículos 177 a 179 del TRLHL y hasta la entrada en vigor del nuevo Presupuesto (art. 169 TRLHL y art. 21.1 R.D. 500/1990).

f) Publicación. El Presupuesto General definitivamente

aprobado será insertado en el Boletín Oficial de la Corporación, si lo tuviere y, resumido por Capítulos de cada uno de los Presupuestos que lo integren, en el de la Comunidad Autónoma de Madrid (169 TRLHL y art. 20.3 R.D. 500/1990).

g) Remisión del Expediente y entrada en vigor. Del

Presupuesto General definitivamente aprobado se remitirá copia a la Administración del Estado y a la

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Comunidad Autónoma. La remisión se realizará simultáneamente al envío al Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid (169 TRLHL y art. 20.4 R.D. 500/1990).

El Presupuesto General entrará en vigor en el

ejercicio correspondiente, una vez publicado en la forma prevista en el art. 169 TRLHL y en el art. 20.3 del R.D. 500/1990.

3. Reclamaciones administrativas: legitimación y supuestos. El artículo 169.1 del TRLHL antes citado establece que, durante el periodo de exposición pública del Presupuesto General aprobado inicialmente, los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. A estos efectos y según el artículo 170.1 del TRLHL, tendrán la consideración de interesados: • Los habitantes del territorio de la respectiva entidad

local. • Los que resulten directamente afectados, aunque no

habiten en el territorio de la entidad local. • Los colegios oficiales, cámaras oficiales, sindicatos,

asociaciones y demás entidades legalmente constituidas para velar por los intereses profesionales o económicos y vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios.

El apartado segundo del mismo artículo nos dice que únicamente podrán entablarse reclamaciones contra el Presupuesto General, en los siguientes supuestos: • Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a

los trámites establecidos en esta ley. • Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de

obligaciones exigibles a la entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo.

• Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de estos respecto a las necesidades para las que estén previstos.

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4. Reclamaciones presentadas contra la aprobación inicial del Presupuesto General para 2013.

El Presupuesto General de 2013 fue aprobado inicialmente por acuerdo de Pleno de 31 de octubre de 2012 y permaneció expuesto al público durante quince días hábiles, contados a partir del siguiente día de la publicación en el BOCM del citado acuerdo de aprobación inicial, que tuvo lugar el 5 de noviembre de 2012. De acuerdo con el certificado emitido por el Secretario General del Ayuntamiento, de fecha 27 de noviembre de 2012, durante dicho periodo se han presentado las siguientes reclamaciones:

Nº de Registro Fecha Reclamante

19760 09-11-2012 Plataforma 0,7%

20521 21-11-2012 Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Majadahonda

20524 21-11-2012 Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia del Ayuntamiento de Majadahonda

20530 22-11-2012 Asociación de Vecinos de Majadahonda 20574 22-11-2012 Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes

del Ayuntamiento de Majadahonda 20589 22-11-2012 Sindicato CCOO

5. Informe sobre las modificaciones introducidas en el Presupuesto General para 2013 inicialmente aprobado.

Todas las reclamaciones presentadas han sido remitidas al Servicio de Estudios y Análisis económico para informe. A su vez dicho servicio ha realizado las siguientes remisiones a los departamentos municipales que se indican a continuación: 1. Reclamaciones presentadas por el Grupo Municipal de

Izquierda Unida: Al Servicio de Recursos Humanos para que informe sobre

el apartado 1º de la citada reclamación.

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Al Servicio de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, para que informe sobre el apartado 4º de la reclamación que tiene relación con las funciones de los mismos

2. Reclamaciones presentadas por Unión Progreso y Democracia: Al Servicio de Urbanismo, Mantenimiento de la ciudad y Vivienda, para que informe sobre el apartado 2º de la citada reclamación. Al Servicio de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, para que informe sobre el apartado 1º de la reclamación que tiene relación con las funciones de los mismos.

3.- Reclamación presentada por la Sección Sindical de Comisiones Obreras:

Al Servicio de Recursos Humanos para que informe sobre el apartado 1º y 2º de la citada reclamación.

En consecuencia, constan en el expediente los siguientes informes: • Informe de Resolución de reclamaciones al Presupuesto

2013 del Técnico de Análisis y Estudios Económicos, de fecha 28 de noviembre de 2012.

• Informe del Técnico de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, de 30 de noviembre de 2012.

• Informe y propuesta del Director de Recursos Humanos, de 7 de diciembre de 2012.

• Informe y propuesta del Director de Recursos Humanos, de 7 de diciembre de 2012.

• Informe del Jefe de Servicio de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, de 11 de diciembre de 2012.

• Nota Interna del Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, de 11 de diciembre de 2012.

• Certificado del Secretario General del Ayuntamiento de Majadahonda sobre el registro de las alegaciones presentadas en el período de exposición pública.

• Certificados de la Secretaría General sobre la inscripción en el Registro de Asociaciones del movimiento ciudadano Plataforma 0,7 % y Asociación de Vecinos de Majadahonda.

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Esta Intervención emite el presente informe sobre las reclamaciones presentadas por el Grupo Municipal de Izquierda Unida Los Verdes, apartado a) de la alegación 2ª y alegación 4ª, y por la Asociación de Vecinos Majadahonda, alegación 2ª: 5.1. Alegaciones presentadas por D. Juan Santana Uriarte, en su condición de Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida – Los Verdes de este Ayuntamiento, mediante escrito de fecha 22 de noviembre de 2012 con registro de entrada núm. 20574 del 22 de noviembre de 2012.

Segunda <<Sobre la insuficiente justificación de ingresos para asegurar el equilibrio presupuestario: a. El período de alegaciones al Presupuesto concluye antes

de que se produzca la aprobación definitiva de las ordenanzas que son las que determinan en gran parte el presupuesto de ingresos […]>>

Los expedientes de aprobación del Presupuesto General para el 2013 y de aprobación de las Modificaciones a las Ordenanzas Fiscales para 2013, son distintos y cada uno de ellos tiene que someterse a la tramitación exigida por la normativa que le sea aplicable. Sin embargo, es cierto que ambos expedientes están relacionados entre sí, porque a través de ellos se materializan buena parte de los objetivos de la política económica del Gobierno municipal.

En este contexto, una parte importante de las

previsiones de ingreso del Presupuesto, una vez excluida la correspondiente a la Participación en los Ingresos del Estado, derivan de los recursos de carácter tributario. En dichos capítulos, las previsiones han sido calculadas atendiendo a la evolución de los derechos reconocidos y la cobertura presupuestaria de los mismos en periodos anteriores, a las Ordenanzas Fiscales que están vigentes, así como a las modificaciones que se proyectan introducir en las mismas con vigencia para el ejercicio 2013.

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Del mismo modo, las modificaciones de las Ordenanzas Fiscales que el Gobierno municipal propone para 2013 se ajustan a las necesidades de financiación de los gastos que se proyectan en el Presupuesto General, teniendo en consideración las limitaciones legales y las necesidades de nivelación que la normativa impone.

Por lo tanto, ambos expedientes se basan en los

objetivos de política económica del Gobierno municipal y en ese contexto deben evaluarse. Si hubiera que condicionar la aprobación de un expediente a la del otro, considerando que ambos tienen distintos plazos legales de tramitación, no podría alcanzarse la plena vigencia de los mismos antes del inicio del próximo ejercicio.

En consecuencia de lo anterior y considerando de

que, por una parte, no existe una obligación legal expresa de condicionar recíprocamente la aprobación de ambos expedientes y, por otra, no existe sincronía en los plazos legales de tramitación de los mismos, esta Intervención considera que procede desestimar la presente alegación.

Cuarta.- <<Sobre los ingresos procedentes de operaciones con el patrimonio del suelo: […] la partida 520.01 Intereses de depósitos a plazo en entidades financieras, la constituirán ingresos afectados a fines específicos, dado que proceden de la inversión en productos financieros de una parte importante de los ingresos obtenidos por la venta de patrimonio público de suelo […] A juicio de esta parte los intereses de los depósitos obtenidos por los excedentes de tesorería que se generaron por la venta de dos parcelas municipales son ingresos afectados>>. En este apartado hay que decir que los ingresos previstos en el concepto 520.00 Intereses en Bancos y Cajas de Ahorro se liquidan por el mantenimiento de depósitos en entidades bancarias de saldos o puntas de Tesorería derivados de la ejecución del Presupuesto y, por lo tanto, tienen naturaleza corriente, de acuerdo con La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales. Por este motivo, tanto estos como los restantes ingresos recogidos en el capítulo V “Ingresos Patrimoniales”, constituyen recursos destinados a financiar genéricamente las operaciones del estado de gastos

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del Presupuesto. Respecto a su posible calificación como ingresos del PMS, como alega el reclamante, hay que hacer constar que todos los recursos obtenidos por este Ayuntamiento como consecuencia de la enajenación de bienes integrantes del PMS han sido destinados a financiar inversiones compatibles con lo dispuesto en la LSCM en el momento del reconocimiento, en su día, de los correspondientes derechos. Dicha afectación se ha reflejado debidamente en la contabilidad municipal, recogiéndose los desfases de ejecución entre la realización dichos ingresos y los gastos a cuya financiación estaban afectados, como establece la vigente Instrucción de Contabilidad, en las oportunas desviaciones positivas o negativas de financiación. De hecho, las desviaciones positivas acumuladas para estos derechos o excesos de financiación afectada, calculadas al final del ejercicio 2011 último liquidado, determinan la parte de financiación afectada por este motivo que no ha sido aún aplicada a su finalidad específica y que, como puede observarse en el Estado del Remanente de Tesorería de la liquidación de dicho presupuesto, es menor que los Fondos Líquidos de Tesorería que constan en el mismo. En este contexto, al regir el principio de “Caja única” en la gestión de la Tesorería, resulta excesivo vincular estas disponibilidades de Tesorería por las que se perciben los intereses previstos en el Presupuesto municipal de 2013, exclusivamente con el producto de la enajenación de bienes integrantes del PMS, por lo que, a juicio de esta Intervención, procede desestimar la alegación por este motivo. 5.2. Alegación presentada por D Miguel Moreta Jiménez , en su condición de Presidente de la Asociación de Vecinos de Majadahonda, mediante escrito de fecha 20 de noviembre de 2012 con registro de entrada núm. 20530 ,del 22 de noviembre de 2012.

Segunda:- <<Resultado presupuestario: No se han presentado para su aprobación definitiva las Ordenanzas Fiscales […] Se considera estar en desamparo en la presentación de estas alegaciones, pues, el período de alegaciones al presupuesto

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2012 finaliza sin la aprobación definitiva de Ordenanzas Fiscales que permitan las modificaciones necesarias al Impuesto sobre Bienes Inmuebles, siendo los ingresos generados, por este impuesto, determinantes para alegar sobre los capítulos de ingresos y gastos>> Los expedientes de aprobación del Presupuesto General para el 2013 y de aprobación de las Modificaciones a las Ordenanzas Fiscales para 2013, son distintos y cada uno de ellos tiene que someterse a la tramitación exigida por la normativa que le sea aplicable. Sin embargo, es cierto que ambos expedientes están relacionados entre sí, porque a través de ellos se materializan buena parte de los objetivos de la política económica del Gobierno municipal. En este contexto, una parte importante de las previsiones de ingreso del Presupuesto, una vez excluida la correspondiente a la Participación en los Ingresos del Estado, derivan de los recursos de carácter tributario. En dichos capítulos, las previsiones han sido calculadas atendiendo a la evolución de los derechos reconocidos y la cobertura presupuestaria de los mismos en periodos anteriores, a las Ordenanzas Fiscales que están vigentes, así como a las modificaciones que se proyectan introducir en las mismas con vigencia para el ejercicio 2013. Del mismo modo, las modificaciones de las Ordenanzas Fiscales que el Gobierno municipal propone para 2013 se ajustan a las necesidades de financiación de los gastos que se proyectan en el Presupuesto General, teniendo en consideración las limitaciones legales y las necesidades de nivelación que la normativa impone. Por lo tanto, ambos expedientes se basan en los objetivos de política económica del Gobierno municipal y en ese contexto deben evaluarse. Si hubiera que condicionar la aprobación de un expediente a la del otro, considerando que ambos tienen distintos plazos legales de tramitación, no podría alcanzarse la plena vigencia de los mismos antes del inicio del próximo ejercicio. En consecuencia de lo anterior y considerando de que, por una parte, no existe una obligación legal expresa de condicionar recíprocamente la aprobación de ambos expedientes y, por otra,

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no existe sincronía en los plazos legales de tramitación de los mismos, esta Intervención considera que procede desestimar la presente alegación.

E) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Concejal Delegada

de Economía y Hacienda, de 17 de diciembre de 2012, cuyo texto es el siguiente:

“El Presupuesto General de 2013 fue aprobado inicialmente por acuerdo de Pleno de 31 de octubre de 2012 y permaneció expuesto al público durante quince días hábiles, contados a partir del siguiente día de la publicación en el BOCM del citado acuerdo de aprobación inicial, que tuvo lugar el 5 de noviembre de 2012.

De acuerdo con el certificado emitido por el Secretario General del Ayuntamiento, de fecha 27 de noviembre de 2012, durante dicho periodo se han presentado las siguientes reclamaciones:

Nº de Registro Fecha Reclamante

19760 09-11-2012 Plataforma 0,7% 20521 21-11-2012 Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de

Majadahonda 20524 21-11-2012 Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia del

Ayuntamiento de Majadahonda 20530 22-11-2012 Asociación de Vecinos de Majadahonda 20574 22-11-2012 Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes del

Ayuntamiento de Majadahonda 20589 22-11-2012 Sindicato CCOO

Todas las reclamaciones presentadas han sido remitidas al Servicio de Estudios y Análisis económico para informe. A su vez dicho servicio ha realizado las siguientes remisiones a los departamentos municipales que se indican a continuación:

1. Reclamaciones presentadas por el Grupo Municipal de Izquierda Unida:

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Al Servicio de Recursos Humanos para que informe sobre el apartado 1º de la citada reclamación.

Al Servicio de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, para que informe sobre el apartado 4º de la reclamación que tiene relación con las funciones de los mismos

2. Reclamaciones presentadas por Unión Progreso y Democracia:

Al Servicio de Urbanismo, Mantenimiento de la ciudad y Vivienda, para que informe sobre el apartado 2º de la citada reclamación.

Al Servicio de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, para que informe sobre el apartado 1º de la reclamación que tiene relación con las funciones de los mismos.

3.- Reclamación presentada por la Sección Sindical de Comisiones Obreras:

Al Servicio de Recursos Humanos para que informe sobre el apartado 1º y 2º de la citada reclamación.

En consecuencia, constan en el expediente los siguientes informes:

• Informe de Resolución de reclamaciones al Presupuesto 2013 del Técnico de Análisis y Estudios Económicos, de fecha 28 de noviembre de 2012.

• Informe del Técnico de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, de 30 de noviembre de 2012.

• Informe y propuesta del Director de Recursos Humanos, de 7 de diciembre de 2012.

• Informe y propuesta del Director de Recursos Humanos, de 7 de diciembre de 2012.

• Informe del Jefe de Servicio de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, de 11 de diciembre de 2012.

• Nota Interna del Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, de 11 de diciembre de 2012.

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• Certificado del Secretario General del Ayuntamiento de Majadahonda sobre el registro de las alegaciones presentadas en el período de exposición pública.

• Certificados de la Secretaría General sobre la inscripción en el Registro de Asociaciones del movimiento ciudadano Plataforma 0,7 % y Asociación de Vecinos de Majadahonda.

I.- Análisis de las reclamaciones presentadas contra la aprobación inicial del Presupuesto General para 2013.

1. Alegaciones presentadas por Dª Matilde Guisandez Gómez, en nombre propio y en el del Movimiento ciudadano PLATAFORMA 0,7 %, mediante escrito de fecha 9 de noviembre de 2012, con registro de entrada núm. 19760 del 9 de noviembre de 2012.

1.1. Legitimación.

La presente reclamación ha sido suscrita por el representante de una entidad vecinal de este municipio, que no consta inscrita en el Registro de Asociaciones de este Ayuntamiento, según certifica la Secretaría General .

Sin embargo las alegaciones también se presentan en nombre propio, y, por tanto, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 170.1 del TRLHL, se considera legitimada para interponerlas.

1.2. Contenido.

El escrito de interposición se concreta en las alegaciones que a continuación se citan sucintamente:

Primera.- “Que se utilicen los medios oportunos para recortar el fraude e implantar medidas fiscales que actúen sobre las empresas del municipio: grandes superficies, Bancos u otras entidades económicamente fuertes”.

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Segunda.-“Que se examinen detenidamente las partidas del Presupuesto que puedan suponer gastos superfluos o que no tengan incidencia sobre las personas más desfavorecidas”.

Tercera. <<Que no se recorte en Cooperación al Desarrollo y se dote a ésta partida de una cantidad significativa […]>>

Según indica el Informe del Jefe de Servicios de Estudios y Análisis Económicos, de fecha 28 de noviembre de 2012, se desestiman estas alegaciones, por no encontrarse en los motivos recogidos en el artículo 170.2 del TRLHL que dice lo siguiente:

“Únicamente podrán entablarse reclamaciones contra el presupuesto: a) Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a

los trámites establecidos en esta ley. b) Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de

obligaciones exigibles a la entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo.

c) Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de estos respecto a las necesidades para las que estén previstos..”

2. Alegaciones presentadas por D. Borja Cabezón Royo, en su condición de Portavoz del Grupo Municipal Socialista en este Ayuntamiento, mediante escrito de fecha 19 de noviembre de 2012 con registro de entrada núm. 20521 del 21 de noviembre de 2012.

2.1. Legitimación.

La presente reclamación ha sido suscrita por el Portavoz del Grupo Municipal Socialista de este Ayuntamiento, que está legitimado a tenor de lo dispuesto en el artículo 170.1 del TRLHL

2.2. Contenido.

El escrito de presentación se concreta en las alegaciones que a continuación se citan sucintamente:

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Primera.- <<Que la previsión de amortización anticipada de préstamos de 1,58 millones de euros […] se dedique a atender las cuestiones que no funcionan bien, no son atendidas en nuestro municipio o han sufrido recortes […]>>

Segunda.- << […] que las partidas que más directamente afectan a los vecinos y han sido brutalmente recortadas (educación, empleo, comercio, promoción del deporte, servicios sociales, participación ciudadana, subida de precios en cultura y juventud, etc.) tengan la dotación económica necesaria […]>>

Tercera.-<<Mediante una mejor gestión de las concesiones administrativas que tiene firmadas el Ayuntamiento que, si bien ofrecen un servicio de muy buena calidad en muchos casos, no aportan a las arcas municipales las cantidades económicas que deberían por estar utilizando grandes superficies de suelo público […]>>

Cuarta.- <<Hacer un mayor seguimiento y control a los contratos firmados por el Ayuntamiento con las diferentes empresas privadas de servicios de nuestro municipio, para asegurarse que cumplen lo acordado en los pliegos […]>>

Quinta.- <<Solicitar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a que no reduzca de manera tan drástica las transferencias que hace al Ayuntamiento de Majadahonda…>>

Según indica el Informe del Jefe de Servicios de Estudios y Análisis Económicos, de fecha 28 de noviembre de 2012, se desestiman estas alegaciones, por no encontrarse en los motivos recogidos en el artículo 170.2 del TRLHL que dice lo siguiente:

“Únicamente podrán entablarse reclamaciones contra el presupuesto: a) Por no haberse ajustado a su elaboración y aprobación a

los trámites establecidos en esta ley. b) Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de

obligaciones exigibles a la Entidad Local , en virtud de precepto legal o cualquier otro título legítimo

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c) Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de estos respecto a las necesidades para las que esté previsto.”

3. Alegaciones presentadas por Dª Carmen Madrigal Torrejón, en su condición de Portavoz del Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia de este Ayuntamiento, mediante escrito de fecha 21 de noviembre de 2012 con registro de entrada núm. 20524 del 21 de noviembre de 2012.

3.1. Legitimación.

La presente reclamación ha sido suscrita por la Portavoz del Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia de este Ayuntamiento, que tiene legitimación a tenor de lo dispuesto en el artículo 170.1 del TRLHL

3.2. Contenido.

El escrito de interposición se concreta en las alegaciones que a continuación se citan sucintamente

Primera. -<<Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local […]

a) <<En parques y jardines […] la previsión de 2011 era de 2,9 millones y la liquidación arroja un resultado de 4,05 millones […] Para 2013 la previsión es de 3,4 millones, cifra muy por debajo de las obligaciones reconocidas en 2011. Dentro de este programa, para el suministro de agua de los parques se presupuestan 650 mil euros mientras que en 2011 el gasto ascendió a 924 mil euros. Teniendo en cuenta la subida de las tarifas y la del IVA la cantidad presupuestada para 2013 nos parece claramente insuficiente>>.

Según el informe de 30/11/2012 del Técnico de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, la previsión para 2013 en el capítulo II del programa de Parques y Jardines se considera suficiente para las obligaciones exigibles en dicho ejercicio por lo que procede desestimar la presente reclamación.

b) <<El alumbrado presenta una previsión de 1,87 millones de euros […] cantidad que está por debajo

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del gasto real de 2011. Habría que tener en cuenta, además, la subida de tarifas y del IVA. Además en el presupuesto no se contemplan los posibles reconocimientos de deuda que, aunque parece que no hay, ya hemos visto que ahora son las empresas las que presentan nuevas facturas de ejercicios anteriores de las que el Ayuntamiento no tiene constancia>>.

Según indica el Informe del Jefe de Servicios de

Estudios y Análisis Económicos, de fecha 28 de noviembre de 2012, se desestima esta alegación, por considerarse suficientes los créditos previstos en este apartado.

Segunda.- “<<Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o de éstos respecto a las necesidades para las que esté previsto […]Se modifica el tipo de plusvalía y se calcula la previsión de ingresos por este concepto siempre que se mantengan el mismo número de liquidaciones que en 2012 […] La previsión de ingresos para 2013 es de 5,8 millones de euros, prácticamente lo mismo que lo que se va a ingresar según las estimaciones de 2012 […] nos parece que en este caso no se ha seguido la línea de prudencia>>

Esta reclamación se considera desestimada ya que,

según indica el Informe del Jefe de Servicios de Estudios y Análisis Económicos de fecha 28 de noviembre de 2012, es factible el cumplimiento del mismo y por tanto su nivelación efectiva.

4. Alegaciones presentadas por D. Luis Ropero Ortega,

en su condición de Delegado Sindical de CCOO. de este Ayuntamiento, mediante escrito de fecha 21 de noviembre de 2012 con registro de entrada núm. 20589 del 22 de noviembre de 2012.

4.1. Legitimación. La presente reclamación ha sido suscrita por el

Delegado Sindical de CCOO. de este Ayuntamiento, que está legitimado a tenor de lo dispuesto en el artículo 170.1 del TRLHL.

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4.2. Contenido.

El escrito de interposición se concreta en las alegaciones que a continuación se citan sucintamente:

Primera.-<<Por no haberse ajustado el Presupuesto en su elaboración y aprobación a los trámites establecidos: Se omite en la documentación presentada la relación nominal de las retribuciones del Alcalde y concejales con dedicación […]>>

Según informe del Director de Recursos Humanos de fecha 7 de diciembre, procede desestimar esta alegación.

Segunda.- <<Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo: Falta la consignación económica precisa para hacer frente al Plan de Pensiones establecido por Acuerdo Plenario de 27-02-2007 para el que se destinaría la cantidad de 150 mil euros>>.

Según informe del Director de Recursos Humanos

procede desestimar esta alegación.

Tercera <<Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de estos respecto a las necesidades para las que esté previsto […]>>

a) “Nos estamos refiriendo a la participación en los Tributos del Estado y a las transferencias corrientes que, en cumplimiento de los convenios suscritos con la Comunidad de Madrid […] Por parte del Estado se presupuesta una previsión de ingresos de 12.667.000 que representa un incremento cercano a los 900.000 de los establecidos para 2012 y por las transferencias de la Comunidad de Madrid se establece una previsión de ingresos por importe de 4.585.667 euros que es algo inferior en cera de 175.000 a la establecida por esas mismas transferencias de la Comunidad para 2012[…]”

Según informe del Jefe de Servicios de Estudios y Análisis Económicos, de fecha 28 de noviembre de 2012 es factible el cumplimiento del presupuesto y, por tanto su efectiva nivelación por lo que esta alegación es desestimada.

b) <<Sobre actuaciones de mejora en los ingresos:

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i. Utilización de los medios humanos y materiales presupuestados para la personación del Ayuntamiento de Majadahonda, como acusación particular, en el proceso penal que se identifica como caso “Gürtel” […]>>

ii. <<Recuperación de los 2,5 millones de euros abonados indebidamente al contratista que tiene la concesión del contrato de mantenimiento de la ciudad>>.

iii. <<Dotación de los medios materiales y personales necesarios para lograr la recaudación máxima posible de los 13 millones actuales establecidos como ingresos pendientes de cobro>>.

iv. <<Mejora del sistema recogida selectiva de envases para evitar la mezcla con otros residuos, de manera que se optimicen sus resultados y se evite […]que el destino final de una parte de esos envases sea el vertedero en lugar de las plantas de clasificación y reciclado. Esto supone para el Ayuntamiento una pérdida de ingresos […]>>ç

c) <<Sobre actuaciones de reducción del gasto:

i. Reducción de los gastos generados por Asesores en un 50 por ciento, lo que generaría un ahorro cercano a los 200.000 euros>>

ii. <<Reducción del gasto de indemnizaciones de los miembros de los Órganos de Gobierno […]>>

iii. <<Eliminación de las subvenciones a sindicatos y organizaciones empresariales […]>>

iv. <<Reducción real, a través de la adecuación del gasto generado por las contrataciones de servicios […] debiendo rechazar el Ayuntamiento que los ajustes se realicen a costa del despido de personal en las empresas contratistas. Mientras se anuncia que se ahorrará 1,5 millones de euros anuales con el nuevo contrato de limpieza viaria y recogida de residuos, la realidad es que se presupuestan 1,3 millones de euros anuales más>>.

v. <<Adecuación de servicios, como el alquiler de bicicletas, que a pesar de su escaso servicio social representa un gasto de 250.000 euros al año, por lo que

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este gasto debería reducirse en relación a su necesidad y su utilidad>>.

vi. <<Reducción del gasto energético. La eficiencia energética es una estrategia válida para solucionar el problema de la escasez de fondos públicos […]Aunque el Ayuntamiento, según nota hecha pública ha ahorrado un 26 por ciento en el coste anual del alumbrado público, y que ese ahorro no se ve plasmado en el proyecto de presupuesto […] creemos que ese ahorro puede llegar a alcanzar el 45 por ciento […] El Ayuntamiento debe marcarse ese objetivo, que podría suponer un ahorro adicional del 19 por ciento sobre el total del coste anual […] Con ese fin se considera preciso elaborar un Plan de Ahorro y Eficiencia Energética […]>>

Según indica el Informe del Jefe de Servicios de Estudios y Análisis Económicos , de fecha 28 de noviembre de 2012, se desestiman estas alegaciones, por no encontrarse en los motivos recogidos en el artículo 170.2 del TRLHL.

5. Alegaciones presentadas por D. Juan Santana Uriarte, en su condición de Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida – Los Verdes de este Ayuntamiento, mediante escrito de fecha 22 de noviembre de 2012 con registro de entrada núm. 20574 del 22 de noviembre de 2012.

5.1. Legitimación.

La presente reclamación ha sido suscrita por el Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida- Los Verdes, de este Ayuntamiento, que tiene legitimación a tenor de lo dispuesto en el artículo 170.1 del TRLHL

5.2. Contenido.

El escrito de interposición se concreta en las alegaciones que a continuación se citan sucintamente

Primera <<Sobre deficiencias en la tramitación del proyecto de presupuestos: […] omisión en la relación nominal de las retribuciones del Alcalde y concejales con dedicación exclusiva…>>

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Según informe del Director de Recursos Humanos de fecha 7 de diciembre, procede desestimar esta alegación.

Segunda <<Sobre la insuficiente justificación de ingresos para asegurar el equilibrio presupuestario:

b. El período de alegaciones al Presupuesto concluye antes de que se produzca la aprobación definitiva de las ordenanzas que son las que determinan en gran parte el presupuesto de ingresos […]>>

Según consta en el informe de Intervención de 14 de diciembre de 2012: Los expedientes de aprobación del Presupuesto

General para el 2013 y de aprobación de las Modificaciones a las Ordenanzas Fiscales para 2013, son distintos y cada uno de ellos tiene que someterse a la tramitación exigida por la normativa que le sea aplicable. Sin embargo, es cierto que ambos expedientes están relacionados entre sí, porque a través de ellos se materializan buena parte de los objetivos de la política económica del Gobierno municipal.

En este contexto, una parte importante de las

previsiones de ingreso del Presupuesto, una vez excluida la correspondiente a la Participación en los Ingresos del Estado, derivan de los recursos de carácter tributario. En dichos capítulos, las previsiones han sido calculadas atendiendo a la evolución de los derechos reconocidos y la cobertura presupuestaria de los mismos en periodos anteriores, a las Ordenanzas Fiscales que están vigentes, así como a las modificaciones que se proyectan introducir en las mismas con vigencia para el ejercicio 2013.

Del mismo modo, las modificaciones de las

Ordenanzas Fiscales que el Gobierno municipal propone para 2013 se ajustan a las necesidades de financiación de los gastos que se proyectan en el Presupuesto General, teniendo en consideración las limitaciones legales y las necesidades de nivelación que la normativa impone.

Por lo tanto, ambos expedientes se basan en los

objetivos de política económica del Gobierno municipal y en ese contexto deben evaluarse. Si hubiera que condicionar la aprobación de un expediente a la del otro, considerando que ambos tienen distintos plazos legales de tramitación, no

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podría alcanzarse la plena vigencia de los mismos antes del inicio del próximo ejercicio.

En consecuencia de lo anterior y considerando de

que, por una parte, no existe una obligación legal expresa de condicionar recíprocamente la aprobación de ambos expedientes y, por otra, no existe sincronía en los plazos legales de tramitación de los mismos, esta Intervención considera que procede desestimar la presente alegación.

c. <<Se observan errores en la previsión de ingresos en diversas partidas […] el Impuesto sobre Bienes de Naturaleza Urbana […] previsiblemente aumentará su recaudación en 2013[…] Al mismo tiempo se estiman mayores ingresos en las partidas 550.00; 550.03 y 550.04 derivadas de las concesiones administrativas […] no tienen en cuenta las actualizaciones del IPC en los cánones de explotación que disfrutan las empresas adjudicatarias>>. d. <<Se hace una previsión de ingresos por las transferencias corrientes de la Comunidad de Madrid […] realizadas antes de que aprobara su proyecto de Presupuestos para el año 2013 y, por tanto, no parece tener en cuenta que se recoge una reducción del 7,7 por ciento del total de gastos […]>> e. <<Por otra parte, se prevén 12.667.000 euros por la Participación en los tributos del Estado […] no parece contemplar las posibles devoluciones al Ministerio de Economía y Hacienda por la liquidación negativa de 2009 que en nuestro caso asciende a 2 millones de euros>>.

Estas alegaciones se desestiman conforme a los motivos

expuestos por el Informe del Jefe de Servicios de Estudios y Análisis Económicos , de fecha 28 de noviembre de 2012.

Tercera. - <<Sobre la insuficiencia de créditos para atender obligaciones reconocidas: El presupuesto 2013 estima un gasto total por la contratación del servicio de basura […] los servicios de limpieza viaria […] y el de la gestión y mantenimiento del punto limpio […] A pesar de contemplar un aumento en dichas partidas […] no parece razonable dejar de incluir las cuantías relativas a las actualizaciones de precios

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pendientes desde 2008 […] El monto total ascendería al menos a 2 millones de euros […]>>

En virtud de los argumentos esgrimidos por el informe formulado por el Departamento de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza de 11 de Diciembre de 2012, procede desestimar la presente alegación.

Cuarta.- <<Sobre los ingresos procedentes de operaciones con el patrimonio del suelo: […] la partida 520.01 Intereses de depósitos a plazo en entidades financieras, la constituirán ingresos afectados a fines específicos, dado que proceden de la inversión en productos financieros de una parte importante de los ingresos obtenidos por la venta de patrimonio público de suelo […] A juicio de esta parte los intereses de los depósitos obtenidos por los excedentes de tesorería que se generaron por la venta de dos parcelas municipales son ingresos afectados>>.

Según consta en el informe de Intervención de 14 de

diciembre de 2012:

En este apartado hay que decir que los ingresos previstos en el concepto 520.00 Intereses en Bancos y Cajas de Ahorro se liquidan por el mantenimiento de depósitos en entidades bancarias de saldos o puntas de Tesorería derivados de la ejecución del Presupuesto y, por lo tanto, tienen naturaleza corriente, de acuerdo con La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales. Por este motivo, tanto estos como los restantes ingresos recogidos en el capítulo V “Ingresos Patrimoniales”, constituyen recursos destinados a financiar genéricamente las operaciones del estado de gastos del Presupuesto.

Respecto a su posible calificación como ingresos del PMS, como alega el reclamante, hay que hacer constar que todos los recursos obtenidos por este Ayuntamiento como consecuencia de la enajenación de bienes integrantes del PMS han sido destinados a financiar inversiones compatibles con lo dispuesto en la LSCM en el momento del reconocimiento, en su día, de los correspondientes derechos. Dicha afectación se ha reflejado debidamente en la contabilidad municipal, recogiéndose los desfases de ejecución entre la realización dichos ingresos y los gastos a cuya financiación estaban afectados, como establece la

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vigente Instrucción de Contabilidad, en las oportunas desviaciones positivas o negativas de financiación.

De hecho, las desviaciones positivas acumuladas para estos derechos o excesos de financiación afectada, calculadas al final del ejercicio 2011 último liquidado, determinan la parte de financiación afectada por este motivo que no ha sido aún aplicada a su finalidad específica y que, como puede observarse en el Estado del Remanente de Tesorería de la liquidación de dicho presupuesto, es menor que los Fondos Líquidos de Tesorería que constan en el mismo.

En este contexto, al regir el principio de “Caja única” en la gestión de la Tesorería, resulta excesivo vincular estas disponibilidades de Tesorería por las que se perciben los intereses previstos en el Presupuesto municipal de 2013, exclusivamente con el producto de la enajenación de bienes integrantes del PMS, por lo que, a juicio de esta Intervención, procede desestimar la alegación por este motivo.

6. Alegaciones presentadas por D Miguel Moreta Jiménez , en su condición de Presidente de la Asociación de Vecinos de Majadahonda, mediante escrito de fecha 20 de noviembre de 2012 con registro de entrada núm. 20530 ,del 22 de noviembre de 2012.

6.1. Legitimación.

Mediante certificado emitido por el Secretario General de la Corporación, la Asociación de Vecinos de Majadahonda consta inscrita en el registro municipal de asociaciones, en consecuencia tiene legitimación para presentar alegaciones al Presupuesto en virtud de lo dispuesto en el artículo 170.1 del TRLHL

6.2. Contenido.

El escrito de interposición se concreta en las alegaciones que a continuación se citan sucintamente

Primera.- <<Resultado presupuestario: […] Se considera que el superávit […] debería transferirse a los vecinos por medio de: Reducir el recibo del IBI […] Propiciar medidas que conduzcan a un IBI socialmente más justo; Dotar de una nueva

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económica […] de ayudas al pago del IBI […] Incrementar del 3% al 5% la bonificación por domiciliación bancaria o pago fraccionado del recibo del IBI>>.

Según informe del Jefe de Servicios de Estudios y Análisis Económicos de fecha 28 de noviembre de 2012, esta alegación se considera desestimada puesto que el argumento que plantea no está comprendido entre los casos objeto de reclamación que establece el artículo 170.2 de TRLHL.

Segunda:- <<Resultado presupuestario: No se han presentado para su aprobación definitiva las Ordenanzas Fiscales […] Se considera estar en desamparo en la presentación de estas alegaciones, pues, el período de alegaciones al presupuesto 2012 finaliza sin la aprobación definitiva de Ordenanzas Fiscales que permitan las modificaciones necesarias al Impuesto sobre Bienes Inmuebles, siendo los ingresos generados, por este impuesto, determinantes para alegar sobre los capítulos de ingresos y gastos>>

Según consta en el informe de Intervención de 14 de diciembre de 2012:

Los expedientes de aprobación del Presupuesto General para el 2013 y de aprobación de las Modificaciones a las Ordenanzas Fiscales para 2013, son distintos y cada uno de ellos tiene que someterse a la tramitación exigida por la normativa que le sea aplicable. Sin embargo, es cierto que ambos expedientes están relacionados entre sí, porque a través de ellos se materializan buena parte de los objetivos de la política económica del Gobierno municipal.

En este contexto, una parte importante de las previsiones de ingreso del Presupuesto, una vez excluida la correspondiente a la Participación en los Ingresos del Estado, derivan de los recursos de carácter tributario. En dichos capítulos, las previsiones han sido calculadas atendiendo a la evolución de los derechos reconocidos y la cobertura presupuestaria de los mismos en periodos anteriores, a las Ordenanzas Fiscales que están vigentes, así como a las modificaciones que se proyectan introducir en las mismas con vigencia para el ejercicio 2013.

Del mismo modo, las modificaciones de las Ordenanzas Fiscales que el Gobierno municipal propone para 2013 se ajustan a las necesidades de financiación de los gastos que se

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proyectan en el Presupuesto General, teniendo en consideración las limitaciones legales y las necesidades de nivelación que la normativa impone.

Por lo tanto, ambos expedientes se basan en los objetivos de política económica del Gobierno municipal y en ese contexto deben evaluarse. Si hubiera que condicionar la aprobación de un expediente a la del otro, considerando que ambos tienen distintos plazos legales de tramitación, no podría alcanzarse la plena vigencia de los mismos antes del inicio del próximo ejercicio.

En consecuencia de lo anterior y considerando de que, por una parte, no existe una obligación legal expresa de condicionar recíprocamente la aprobación de ambos expedientes y, por otra, no existe sincronía en los plazos legales de tramitación de los mismos, esta Intervención considera que procede desestimar la presente alegación.

Tercera: - <<Resultado presupuestario: […] El marco presupuestario 2013/2015 no incluye la introducción de estrategias que conformen una planificación económica, considerando no sólo lo inmediato, sino el medio y el largo plazo de forma que: Desarrolle un modelo de ciudad para vivir que podamos pagar […] Acometa un Plan de Movilidad Urbana que dote a la ciudad de infraestructura y servicios accesibles, eficientes y sostenibles ambientalmente […] Destine una parte importante de nuestro patrimonio en suelo productivo, en actividades ambientalmente sostenibles, para la obtención de ingresos recurrentes mediante la gestión del mismo […]>>

Según informe del Jefe de Servicios de Estudios y Análisis Económicos de fecha 28 de noviembre de 2012, esta alegación se considera desestimada puesto que el argumento que plantea no está comprendido entre los casos objeto de reclamación que establece el artículo 170.2 de TRLHL.

Cuarta .- <<Presupuesto de gastos. Capítulos 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 9: Los gastos de bienes y servicios por habitante y financiados con ingresos corrientes están disminuyendo su participación progresivamente en el Presupuesto Municipal […] Mejorar y ampliar la oferta de Bienes y Servicios públicos municipales que se han recortado sensiblemente desde 2011 […]>>

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Quinta.-<<Presupuesto de gastos. Capítulos 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8: Dotar de una nueva económica presupuestaria que permita el establecimiento de un programa de ayudas o bonificaciones, al pago del IBI, a unidades familiares con mayores dificultades económicas […]>>

Según informe del Jefe de Servicios de Estudios y Análisis Económicos de fecha 28 de noviembre de 2012, esta alegación se considera desestimada puesto que el argumento que plantea no está comprendido entre los casos objeto de reclamación que establece el artículo 170.2 de TRLHL.

Sexta .- <<Presupuesto de Ingresos. Capítulos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7: El equilibrio presupuestario se hace depender, en buena medida, de previsiones de aumento de ingresos que adolecen de una razonada justificación: Impuesto sobre inmuebles de naturaleza urbana; Impuesto vehículos; Participación Tributos del Estado; Impuesto incremento valor de los terrenos de naturaleza urbana; e Impuesto sobre actividades económicas […] Los presupuestos 2013, 2014 y 2015 con superávits superiores a más de 300 mil euros cada uno, prácticamente en su totalidad, corresponden a ingresos patrimoniales sin destino fijado aún (alquileres y enajenación de viviendas sociales). Justificar fehacientemente cómo se va a incrementar la recaudación de estos Impuestos y Tasas, así como, el aumento previsto en la Participación en los Impuestos del Estado>>.

Según informe del Jefe de Servicios de Estudios y Análisis Económicos de fecha 28 de noviembre de 2012, esta alegación se considera desestimada puesto que el argumento que plantea no está comprendido entre los casos objeto de reclamación que establece el artículo 170.2 de TRLHL.

Séptima.- <<Presupuesto de Ingresos: El impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana (IBI) […] no disminuye el tipo de gravamen diferenciado […] los ingresos por este impuesto por inmuebles con tipo de gravamen diferenciado deberían aumentar en la proporción que aumenta el valor liquidable correspondiente […] Justificar fehacientemente cómo no se incrementa la recaudación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana […]>>

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Conforme a lo expuesto en el Informe del Técnico de Análisis y Estudios económicos, el posible error no tendrían influencia negativa en la nivelación presupuestaria, al contrario, sería positivo, pero no se podría gastar porque hemos cubierto ya nuestro techo de gasto, de modo que tendría que destinarse a reducir el endeudamiento municipal, dando lugar a la desestimación de esta reclamación.

Octava .- <<Presupuesto de Ingresos. Capítulo 5. Concesiones patrimoniales:

a. Concesiones administrativas: Se presentan las partidas de concesiones administrativas con un incremento, en relación a los presupuesto del 2011/2012, inferior al IPC y congelándose estos valores durante el marco presupuestario 2013/2015 […] Revisar al alza los ingresos en relación con los beneficios generados. Subsidiariamente, revisar estas Concesiones Administrativas aumentándolo anualmente en el porcentaje IPC>>.

b. <<Concesiones administrativas (Deportes): […] Los ingresos previstos por estas concesiones administrativas son realmente bajas […] Revisar al alza los ingresos de estas concesiones […] Subsidiariamente, revisar estas Concesiones Administrativas aumentándolas anualmente, al menos, en el porcentaje IPC>>.

Novena - <Presupuesto de Ingresos. Capítulo 5. Concesiones patrimoniales. Servicios municipales privatizados […]

a. Justificar adecuadamente como tras la adjudicación prevista del concurso para nuevos contratos de estos servicios, la reducción de costos, no determine una mayor disponibilidad de los ingresos que haga innecesario los recortes en bienes y servicios públicos>>.

b. <<Justificar adecuadamente el incremento de más del 100 por cien desde 2011 en el gasto de energía eléctrica en la partida presupuestaria de Recogida, Eliminación y Tratamiento de Residuos […]>>.

Esta alegación queda desestimada de acuerdo con lo expuesto por el Técnico de Análisis y Estudios

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Económicos en su informe de resolución de las alegaciones.

c. << ¿Se está recurriendo en la liquidación de cuentas de 2011, de nuevo, al ”reconocimiento de deuda” […]>>

Décima.- <<Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios: Promoción social. Las transferencias de ayudas al desarrollo, conocidas tradicionalmente como 0,7%, se recortan hasta 5.218 euros […] Equilibrar presupuestariamente, sin recortes, esta partida de Ayuda al Desarrollo […]>>

Undécima.- <<Gastos en bienes corrientes y servicios: Enseñanza preescolar y primaria. Capítulo 2. Se recortan las partidas presupuestarias de los servicios de Enseñanza Preescolar y Primaria. Se incrementa el gasto de energía eléctrica […] Equilibrar presupuestariamente sin recortes esa partida […] Incrementar los ingresos provenientes de Concesiones Administrativas […] Racionalizar el consumo energético de los centros […] Reducir el consumo energético previsto […]>>

Duodécima. - <<Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios. Enseñanza Secundaria y Promoción Educativa: Se recortan las partidas presupuestarias […] Equilibrar presupuestariamente sin recortes esta partida […] Incrementar los ingresos provenientes de Concesiones Administrativas […]>>

Trigésima .- <<Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios. “Acciones públicas relativas a la salud y Acción sanitaria sobre adicciones: Se recortan partidas […] Se incrementa un 45.500 euros el gasto de energía eléctrica […] Incrementar los ingresos provenientes de Concesiones Administrativas […] Racionalizar el consumo energético […] Reducir el consumo energético […]>>

Cuadragésima.-<<Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios. Cultura: Se recortan las partidas presupuestarias […] Equilibrar presupuestariamente esta partida […]>>

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Quincuagésima.-<<Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios. Juventud: Se recortan las partidas […] Equilibrar presupuestariamente esta partida […]>>

Sextuagésima.- << Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios. Comercio: Se mantiene el incremento presupuestario de Comercio, debido a que el costo de Parking 1 hora gratis de la Gran Vía permanece asumido íntegramente por el Ayuntamiento […] y no debe ser asumido por el Ayuntamiento […]>>

Septuagésima.- << Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios. Parques y Jardines: El aumento de la partida presupuestaria está determinado por un aumento de consumo de agua y consumo de energía eléctrica. Medio ambiente: Se reducen Transferencias al Monte del Pilar […] Incrementar el presupuesto de obras para la recuperación de los parques deteriorados […] Introducir medidas de sostenibilidad que palien el desmesurado aumento del consumo energético y de agua […]>>

Octogésima.-<< Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios. Sostenibilidad Municipal. Protección y mejora del medio ambiente: Aumenta el gasto municipal de energía eléctrica. Aumenta el gasto de agua. No se prevé medida alguna que palie este desmesurado e insostenible gasto […] Justificar como sin un aumento del número de centros públicos y de servicios se produce aumentos del 80% y del 28% del gasto. Racionalizar el consumo energético […] Introducir medidas de sostenibilidad que palien el desmesurado aumento del consumo energético y de agua […]>>

Nonagésima.- <<Presupuesto de ingresos. Ampliación de las zonas de estacionamiento regulado: […] a casi la totalidad del casco urbano de Majadahonda […] se solicita: la supresión de la Tasa por la expedición de la tarjeta identificativa de residente cuyo valor se establece en la correspondiente Ordenanza Fiscal […]>>

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Vigésima << Presupuesto de Gastos. Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios. Protección y mejora del medio ambiente: No se prevé partida presupuestaria para la reducción de los efectos radioeléctricos generados por torres de alta tensión en entornos sensibles […]>>

Vigesimoprimera .-<< Inversiones a realizar: El Presupuesto no concreta Inversiones Municipales a realizar por créditos, programas y barrios>>.

Según informe del Jefe de Servicios de Estudios y Análisis Económicos de fecha 28 de noviembre de 2012, las alegaciones anteriores se consideran desestimadas puesto que el argumento que plantea no está comprendido entre los casos objeto de reclamación que establece el artículo 170.2 de TRLHL.

II.- Propuesta de acuerdo al Pleno de la Corporación:

De acuerdo con los informes citados anteriormente, se propone al Pleno de la Corporación la adopción de los siguientes acuerdos:

Primero: Desestimar las reclamaciones presentadas contra el acuerdo del Pleno de la Corporación de 31 de octubre de 2013 de aprobación inicial del Presupuesto General para 2013.

Segundo: Aprobar una nueva redacción de la Base 4 de Ejecución del Presupuesto de 2013, como consecuencia de la aprobación del Decreto núm. 2997/12, de 16 de noviembre de 2012 por el que se modifican los siguientes Órganos de gestión:

“002 Recursos Humanos, Calidad, Organización Servicios Jurídicos y Seguridad” pasa a denominarse “002 Recursos Humanos, Calidad, Organización Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana”.

“004 Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda” pasa a denominarse: “004 Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, y Vivienda”

Así mismo, del Estado de Gastos, se modifican todos los códigos

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orgánicos de las aplicaciones de los programas 1331 Movilidad Urbana y 4410 Promoción, mantenimiento y desarrollo del transporte pasando del antiguo código “004” al nuevo código “002”

Tercero: Aprobar una nueva redacción de la Base 21 de Ejecución del Presupuesto de 2013, incluyendo el siguiente párrafo: "Los responsables de conformar las facturas, deberán conservar las notas de entrega o albaranes que justifican la factura conformada. Dicha justificación podrá ser requerida por la Intervención en cualquier momento en ejercicio de su función de fiscalización y control financiero."

Cuarto: Aprobar definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Majadahonda para 2013, ordenando su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.”

F) BASES DEFINITIVAS DE EJECUCIÓN DEL

PRESUPUESTO GENERAL DE 2013. G) RESUMEN DEFINITIVO POR UNIDADES ORGÁNICAS. H) TABLA DE RETRIBUCIONES CONCEJALES. I) DICTAMEN COMISIÓN INFORMATIVA de Economía y

Hacienda de 20 de diciembre de 2012, favorable. El Sr. Secretario da lectura a la propuesta de resolución de la Concejal Delegada de Economía y Hacienda de 17 de diciembre de 2012 sobre resolución de las reclamaciones presentadas contra la aprobación inicial del Presupuesto General para 2013 y aprobación definitiva del mismo. A continuación el Sr. Presidente concede el uso de la palabra al Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, quien indica

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que hoy es un día triste porque el equipo de gobierno va a aprobar el Presupuesto para 2013 y todavía es más triste ver que las alegaciones que su Grupo ha presentado hayan recibido la respuesta de que no se ajustan a la ley y por ello pregunta si no se ajusta a la ley, si no es labor municipal y si no es responsabilidad municipal que, en lugar de anticipar los préstamos de 1,58 millones de euros que pretende llevar a cabo el equipo de gobierno con los bancos, no se atiendan los recortes que se han realizado en educación, en empleo, en comercio, en promoción del deporte, en servicios sociales, en participación ciudadana o en subida de precios en cultura y en juventud. Sigue diciendo que su grupo no sabe si se ajusta a la ley, o es labor o responsabilidad del equipo de gobierno, priorizar las partidas que más directamente afectan a los vecinos y que han sido brutalmente recortadas como son educación, empleo, comercio, promoción del deporte, servicios sociales, participación ciudadana, subida de precios en cultura y en juventud. Indica que su grupo no sabe si se ajusta a la ley, o es labor o responsabilidad del equipo de gobierno, priorizar las partidas que más directamente afectan a los vecinos y que ha sido brutalmente recortadas como son educación, empleo, comercio, promoción del deporte, servicios sociales, participación ciudadana o subidas de precios en cultura y juventud. Sigue diciendo que su grupo no sabe si se ajusta a la ley, o es labor o responsabilidad del equipo de gobierno, hacer una mejor gestión de las concesiones administrativas que tiene firmadas este Ayuntamiento y pregunta si esas concesiones las firma este Ayuntamiento, la Comunidad de Madrid o el Gobierno de la Nación. Aclara que su grupo no sabe si se ajusta a la ley, o es labor o responsabilidad del equipo de gobierno local, hacer un mayor seguimiento y control a los contratos firmados por este Ayuntamiento con las diferentes empresas privadas de servicios de nuestro municipio para asegurarse así un servicio exquisito y tampoco sabe si se ajusta a la ley o si es labor o responsabilidad del equipo de gobierno local, solicitar al equipo de gobierno local que inste al Gobierno de la Comunidad de Madrid a que no reduzca tan drásticamente las transferencias que hace a este Ayuntamiento en convenios de materia de empleo y desarrollo (bajan el 25%), de servicios sociales (bajan el

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14%), de seguridad (bajan el 5%), de educación (bajan el 18%) y los convenios para las escuelas infantiles (bajan el 5,4%).

Añade que su grupo ve que el equipo de gobierno no dice nada de la subida de tasas del 62% (los ingresos por este concepto van a pasar de 1,3 a 2,1 millones de euros).

Continúa su intervención que lo que su grupo pide es que el

equipo de gobierno deje de lavarse las manos y dice esto porque es una constante en esta legislatura que el equipo de gobierno se lave las manos diciendo que no es competencia suya pero su grupo desea dejar claro que sí es competencia de un gobernante elegido por los ciudadanos de Majadahonda atender las necesidades de sus vecinos y por ello insiste en pedir que el equipo de gobierno deje de lavarse las manos y atienda las necesidades y problemáticas reales de los vecinos.

Manifiesta que el equipo de gobierno del Partido Popular es el

que está gobernando Majadahonda y por ello tiene la obligación de detectar, conocer y resolver los problemas de los ciudadanos de Majadahonda y pide que no se hospede en estudiar de quién es la competencia.

Aclara que si se trabajaran, entre otras cosas, en las cuestiones

que ha indicado anteriormente y que figuran en las alegaciones que su grupo presentó, se podrían mejorar muchas cosas que no están funcionando bien en este municipio y que afectan, de forma directa, a nuestros vecinos en ámbitos como el de la educación en el que se ha producido recortes en las auxiliares de educación infantil, en las becas de comedor, en las becas de libros, en actividades extraescolares, en obras en centros públicos, etc. y en sanidad se podría mejorar en los servicios que prestan los centros de salud, en los rayos X estropeados, etc.

Recuerda a continuación que Majadahonda solo cuenta con

una biblioteca y seguimos viviendo de un único espacio cultural, la Casa de la Cultura, que fue construida en el año 1986.

Indica, respecto al ámbito de juventud, que hay una falta de actividades y alternativas viables y la política de vivienda es insuficiente y mal gestionada.

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Manifiesta que en servicios sociales se podría mejorar en el tema de dependencia y aplicar un IBI socialmente justo y además se podría ayudar al pequeño comercio, al empleo o a los proyectos de cooperación del desarrollo porque, en lugar de representar el 0,7%, representa realmente el 0,0007%. Sigue diciendo que es curioso que hoy, en Majadahonda, se tengan peores servicios que ayer y está convencido de que mañana serán peores que hoy. Añade que su grupo no entiende que, teniendo superávit como dicen continuamente el Alcalde y su equipo de gobierno y después de haber asfixiado a los vecinos de Majadahonda con un impuesto sobre bienes inmuebles brutal durante cuatro años, cómo es posible que hoy tengamos peores servicios que ayer cuando el déficit del Ayuntamiento era de 30 millones de euros aproximadamente y por ello entiende que este tema debería ser revisado por el equipo de gobierno.

Termina su intervención preguntando al equipo de gobierno si prefiere tener un buen dato en un papel o dar mejores servicios a los ciudadanos.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sr. Gil, indica que su grupo no estuvo de acuerdo con el Presupuesto que el equipo de gobierno presentó para su aprobación inicial y, por desgracia, el equipo de gobierno no ha aceptado ninguna de las alegaciones que se han presentado durante la exposición pública y ni siquiera ha realizado un pequeño cambio a las inicialmente propuestas.

Sigue diciendo que, desde el punto de vista de su grupo, el

equipo de gobierno acaba pensando, con su mayoría absoluta, que tiene la razón absoluta y por ello ni siquiera se para un segundo a escuchar.

Aclara que el Presupuesto que se propone para aprobación

definitiva es el mismo que se aprobó inicialmente, es decir, son unos presupuestos malos, alejados de la realidad, de los problemas de los vecinos y de sus necesidades reales, siguen manteniendo gastos absurdos y son muy poco rigurosos.

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Manifiesta, respecto a los ingresos, que siempre ocurre lo mismo, es decir, se sigue exprimiendo a los vecinos con impuestos y cada año son peores los servicios que reciben.

Indica que su grupo ha hablado en otro punto anterior de los

impuestos y por ello no va a volver a insistir en este tema pero desea dejar claro que Unión Progreso y Democracia no se conforma con congelar el recibo del impuesto sobre bienes inmuebles y cree que ha llegado el momento de bajarlo.

Añade que el equipo de gobierno prevé unos ingresos por la no

congelación del impuesto de plusvalías de 800.000 euros, cantidad que supondría un 3% de los ingresos que se reciben y por ello cree que el recibo podría bajarse ese 3% en 2013 lo que no implicaría llegar al mínimo.

Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, el equipo de

gobierno es poco realista con el aumento de ingresos por plusvalías y dice esto porque este impuesto depende del mercado inmobiliario y las previsiones en este sector no son buenas y además recuerda que este año termina la deducción por vivienda por lo que cree que va a ser muy complicada la recaudación de ese impuesto en el primer semestre de 2013. Añade que su grupo ha presentado una alegación en ese sentido para que el equipo de gobierno reflexione sobre este tema pero esa alegación no ha sido escuchada.

Sigue diciendo que otro de los problemas de este presupuesto

son las transferencias y dice esto porque la Comunidad de Madrid, iba a dejar de transferir, en principio, 726.000 euros (14% menos que el año anterior) pero su grupo ha recibido, en los últimos días, información de que esa cantidad va a ser mucho mayor y por ello, aunque ambos organismos están gobernados por el mismo partido, su grupo el equipo de gobierno debería quejarse ante el gobierno de la Comunidad de Madrid porque cree que no se puede permitir que se reduzcan las transferencias en servicios sociales el 14%, en escuelas infantiles el 5% y en programas de empleo el 25%. A continuación recuerda que el Presupuesto de este Ayuntamiento para 2013 refleja una bajada del 5% en las transferencias para las BESCAM pero se ha sabido, en los últimos días, que la reducción que va a efectuar la Comunidad de Madrid va a ser del 50%, reducción que no se recoge en el Presupuesto Municipal y por ello pregunta qué vamos a hacer cuando la Comunidad de Madrid nos pida 1 millón de euros más.

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Aclara que no se puede permitir que la Comunidad de Madrid

reduzca todas las transferencias a las que ha aludido y que el equipo de gobierno no diga nada de ello cuando acude a la Puerta del Sol.

Manifiesta que tampoco se ha producido ningún cambio

respecto a las inversiones y añade que es el Presupuesto con las inversiones más tristes que ha visto. Aclara que las inversiones representan el 0,8% del gasto lo que para su grupo es un porcentaje ridículo y hace evidente que el equipo de gobierno se ha quedado sin ideas, no puede aportar nada nuevo y se limita a pasar un ejercicio económico más sin pena ni gloria. Insiste en que solamente se destinan a inversiones 551.000 euros (0,8% del gasto) y la mitad de esa cantidad (277.000 euros) se destinan a amueblar el “monstruoso” edificio de la Policía Local y pregunta, aunque es cierto que necesitan nuevas instalaciones porque la situación actual era una vergüenza puesto que utilizan barracones y casetas de obra, si era necesario un edificio cuyo mobiliario cuesta esos 277.000 euros y pregunta si ese edificio no podía haber sido un poco más modesto.

Aclara que las otras inversiones que se recogen en el

Presupuesto son 100.000 euros para equipos informáticos y otros 100.000 euros para arreglar los parques y pregunta si realmente estas inversiones son las que Majadahonda necesita y también si es todo lo que el equipo de gobierno es capaz de hacer.

Indica que no ha cambiado nada respecto a los gastos puesto

que el equipo de gobierno tampoco ha escuchado ninguna alegación de las que se han presentado y añade que el discurso de su grupo sigue siendo el mismo pensando que, a base de repetirlo, es posible que consiga que el equipo de gobierno cambie su forma de hacer las cosas.

Manifiesta que, después de todo el esfuerzo que se está

pidiendo a los funcionarios, que le sorprende que aumente el gasto en la Concejalía de Recursos Humanos y lo hace por el nuevo edificio de la Policía Local que en electricidad va a costar la cantidad de 175.000 euros anuales y 15.000 euros el agua. Añade que solo en luz y agua de este edificio, el equipo de gobierno va a gastar el triple de dinero que en enseñanza secundaria y recuerda que a esos gastos de luz y agua hay que añadir los 277.000 euros destinados a mobiliario a los que ha aludido anteriormente.

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Sigue diciendo que es curioso que el servicio de extinción de incendios cueste la cantidad de 2.126.000 euros (61% más que el año anterior) lo que puede deberse a que la Comunidad está engañando a este Ayuntamiento o el equipo de gobierno no es serio con los Presupuestos que presenta y dice esto porque, en el año 2012, el equipo de gobierno presupuestó para esa tasa la cantidad de 1.300.000 euros, en 2011 la cantidad fue de 1.400.000 euros y para 2013 la cantidad es de 2.126.000 euros. Insiste seguidamente en que esas diferencias en las cantidades presupuestadas solo pueden deberse a un retraso en el pago de facturas por este concepto o a que la Comunidad de Madrid nos esté engañando.

Aclara que se recorta el Presupuesto de la Concejalía de

Urbanismo lo que parece bien a su grupo porque es una de las concejalías más grandes y en la que seguramente se encuentre más gasto innecesario y entiende que esos recortes podrían aún ser mayores puesto que aparecen partidas curiosas de las que, desde el punto de vista de su grupo, se podría prescindir con facilidad como ocurre con la nueva partida que aparece en el programa “Administración de Vivienda y Urbanismo” denominada “otros gastos diversos” y que está dotada con 51.000 euros y pregunta a si el equipo de gobierno considera totalmente necesario gastarse esa cantidad de dinero en algo que no se sabe qué va a ser.

Añade seguidamente que su grupo se habría alegrado por el

aumento del gasto en el programa “Fomento de la edificación protegida” pero realmente no ha sido así porque con cargo a este programa se pagan competencias impropias como son los 400.000 euros que se destinan al alquiler de los juzgados (108.000 euros más que el año anterior) y ello a pesar de que este gasto corresponde realizarlo a la Comunidad de Madrid y no a este Ayuntamiento y, a pesar de que el Pleno aprobó una Moción que su grupo presentó para pedir a la Comunidad de Madrid que se encargara de ello, no se ha hecho caso e incluso el equipo de gobierno va a pagar todavía más dinero por esos locales a pesar de que es el único alquiler de oficinas de España cuyo coste aumenta por lo que cree que el propietario de esos locales tiene un gran “chollo” al tener como arrendatario a este Ayuntamiento.

Continúa diciendo que en el programa “Vías Públicas” se

reduce el 7% el gasto destinado al contrato de conservación y mantenimiento lo que a su grupo parecería bien pero recuerda que la

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empresa adjudicataria de dicho contrato no hace nada y además ha intentado engañar al Ayuntamiento en repetidas ocasiones y por ello su grupo cree que se debería rescindir totalmente la relación del Ayuntamiento con esa empresa.

Añade que Medio Ambiente tiene siempre el mismo problema

y es que aumenta su Presupuesto y, en 2013, aumenta el 5% y por ello los gastos de esta Concejalía representan el 24% de todo el gasto del Ayuntamiento y es la única en la que nunca se producen recortes y considera que es el ejemplo del despilfarro, del gasto sin control y es un agujero negro que gasta todo el dinero que recibe. Aclara que el equipo de gobierno dice que recorta los gastos de los contratos pero cada año se producen más gastos que en el anterior.

Sigue diciendo que los gastos en el programa de recogida de

residuos aumenta 480.000 euros (12%), el de limpieza viaria aumenta en 197.000 euros (5%) y la electricidad aumenta 67.000 euros (10%) y pregunta qué está haciendo el equipo de gobierno puesto que con el nuevo contrato se suponía que los gastos iban a disminuir y además su grupo está convencido de que van a aparecer facturas por estos servicios que no han sido pagadas.

Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, el programa

de Parques y Jardines es un descontrol que merecería la celebración de un Pleno para que el equipo de gobierno lo explicara.

Explica que el programa de Mantenimiento y Conservación de

Parques se dota con 1.315.000 euros lo que supone un aumento con respecto al año anterior de 120.000 euros (10%) y añade que los gastos de mantenimiento de los parques son los mismos que los que se consignan para personas dependientes en la Concejalía de Servicios Sociales. Pregunta a continuación si el equipo de gobierno no considera excesivo el presupuesto del programa de conservación de parques.

Indica que para el suministro de agua de los parques se ha

presupuestado la cantidad de 650.000 euros, cifra que a su grupo le parece escandalosa pero además no es la cantidad real porque, en el año 2011, el gasto ascendió a la cantidad de 924.000 euros y su grupo ha pedido las facturas de gastos del año 2012 y cree que el total ascenderá a 1 millón de euros y por ello considera curioso que solo aparezcan 650.000 euros para 2013. Aclara que una de las alegaciones

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que su grupo presentó al Presupuesto se refería a este tema puesto que considera que no existe dinero suficiente en esa partida presupuestaria para atender los gastos de agua pero en la respuesta del equipo de gobierno se dicen, con carácter general, los gastos del capítulo II pero ignora totalmente la parte de la alegación que se refiere a los gastos por suministro de agua y considera que, como no tenía respuesta para ello, que el equipo de gobierno ignora esa alegación lo que demuestra el rigor que tienen los Presupuestos que presenta el equipo de gobierno.

Aclara a continuación que su grupo no está de acuerdo con el

Presupuesto que ha presentado el equipo de gobierno y recuerda que, en el Pleno celebrado en el mes de julio, su grupo se ofreció a buscar, entre todos, una alternativa proponiendo todos los grupos que integran esta Corporación los gastos que consideraban prescindibles para evitar la eliminación de otros gastos fundamentales pero el equipo de gobierno no hizo caso de dicha propuesta.

Termina su intervención diciendo que un Presupuesto en el

que se exprime a los ciudadanos con impuestos, dan pena las inversiones y se recortan los servicios mientras se mantienen gastos superfluos, no va a contar nunca con el apoyo del Grupo Unión Progreso y Democracia.

El Sr. Presidente pide al Viceportavoz de Unión Progreso y

Democracia que explique cómo se puede conseguir superávit durante 7 años si los Presupuestos que presenta el equipo de gobierno no tienen rigor.

Sigue diciendo que en la intervención de dicho Viceportavoz

no se ha referido a las alegaciones que ha presentado al Presupuesto sino que ha insistido en describir lo apocalípticos que, desde su punto de vista, son los Presupuestos de este Ayuntamiento pero la realidad es que Majadahonda es uno de los pocos ayuntamientos de España que tiene unos Presupuestos serios y rigurosos.

A continuación pide que Unión Progreso y Democracia

reflexione porque un mandato constitucional, cuya modificación fue realizada por el exPresidente del Gobierno Sr. Rodríguez Zapatero y que fue votado a favor por el Partido Popular, establece un techo de gasto por el que el Presupuesto no puede subir en gastos más del 1%.

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Indica además que, si se bajan los ingresos, es necesario bajar aún más los gastos por lo que Unión Progreso y Democracia debería volver a explicar todo lo que ha dicho sobre este tema.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que su grupo, en la aprobación inicial, definió estos Presupuestos como antisociales porque recortaban servicios a los ciudadanos, desde su punto de vista, injustos porque, mientras que los ciudadanos siguen pagando la gran subida del impuesto sobre bienes inmuebles acumulado en el 110% a pesar de que se haya congelado su tipo impositivo, los vecinos no reciben una mejora en la calidad del servicio sino todo lo contrario y además decía que eran falsamente austeros porque se recorta el gasto social mientras que sigue aumentando el gasto en los grandes contratos y suministros.

Sigue diciendo que además recordó en ese debate que el 60%

de los ingresos que tiene este Ayuntamiento provienen de impuestos directos con especial incidencia en el impuesto sobre bienes inmuebles y que el 60% de los gastos se produce en los grandes contratos de las grandes empresas que gestionan los servicios privatizados de este Ayuntamiento como jardinería, mantenimiento, limpieza o recogida de basuras.

A continuación indica que otras importantes privatizaciones de

servicios públicos (actividades deportivas y colegios privados concertados) apenas suponen el 1% de los ingresos mientras que se están haciendo inaccesibles para gran parte de los vecinos que no pueden acceder a los servicios que prestan.

Sigue diciendo que su grupo presentó alegaciones a la

aprobación inicial del Presupuesto y lo mismo han hecho otros grupos políticos, asociaciones vecinales, organizaciones sociales y representantes de los trabajadores municipales pero la realidad es que ninguna de ellas ha sido aceptada por el equipo de gobierno aunque, desde el punto de vista de su grupo, más de una debería haberlo sido.

Manifiesta que si estuviera articulada en el Pleno la manera de

poder realizar alegaciones y propuestas a los Presupuestos en forma de enmiendas como se hace en otros ayuntamientos e instituciones, su grupo hubiera presentado otro tipo de alegaciones o una enmienda a la totalidad del Presupuesto porque no lo comparte. Aclara que si

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hubiera podido actuar así, su grupo habría planteado la existencia de un defecto de forma por entender que en el Presupuesto se podría haber articulado, como ha propuesto en otras ocasiones, un mecanismo participativo para que los vecinos pudieran aportar propuestas a la hora de conocer las prioridades que deben tenerse a la hora de prestar servicios a los ciudadanos.

Indica además que también, como ha hecho en puntos

anteriores de esta misma sesión, habría propuesto medidas para que la fiscalidad fuera más justa y progresiva para generar mayores ingresos de los que más tienen porque así se podría financiar un mayor gasto social.

Añade que también hubiera planteado una redistribución de los

gastos reduciendo o eliminando, por ejemplo, algunos gastos que su grupo no considera adecuados como ocurre con el servicio de alquiler de bicicletas, la comida de los mayores, gastos taurinos sin público, etc. y que ese dinero se destinara a otras cuestiones que se demandan por los vecinos y familias de Majadahonda como puede ser el servicio de auxiliares de educación infantil, becas de comedor, mayores dotaciones para la ayuda de emergencia social puesto que cada vez la Concejalía de Servicios Sociales tiene más usuarios, ayudas a cooperación al desarrollo o programas en servicios sociales o discapacidad.

Aclara que le hubiera gustado teñir un poco de sociales estos

Presupuestos que para su grupo ni siquiera serían un buen punto de partida ya que responden a unas prioridades políticas que no puede compartir porque el equipo de gobierno sigue recortando sobre un escaso gasto social, educativo o cultural y así en el Presupuesto para 2013 se ve que el escaso social ha seguido recortándose, se recorta el 4% en servicios sociales, el 11% en atención a la dependencia, el 11% en promoción social, el 2% en cultura, el 2,2% en juventud, etc. lo que, de forma evidente, repercute en la reducción de programas, actividades, ayudas a las familias, subvenciones al tejido social y además se producen recortes en programas como el de atención al fracaso escolar.

Sigue diciendo que, al mismo tiempo que se producen estos

recortes, se ve cómo aumentan el 10% los gastos en la recogida de residuos y limpieza viaria, el 11% en parques y jardines, el 36% en el pago anticipado de la deuda por lo que, aunque en la foto de

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Majadahonda parezca que una parte es bonita, su grupo entiende que está vacía de servicios para los vecinos que no tienen un nivel de vida medio–alto para poder mantener esos servicios.

Manifiesta que su grupo sabe que ese tipo de alegaciones no

iba a prosperar y por ello se ha ceñido a lo que marca la Ley de Haciendas Locales pretendiendo demostrar que el Presupuesto no tiene la rigurosidad de la que alardea continuamente el equipo de gobierno y dice esto porque en la primera alegación que ha presentado su grupo se dice que para poder hablar de “Majadahonda transparente”, hay que serlo y por ello, como el Alcalde y Concejales con dedicación exclusiva perciben retribuciones, solicitaba que figuraran en el Anexo de Personal que forma parte de la documentación del Presupuesto. Añade que es curioso que en un informe se desestime esa alegación pero después esa información se incorpora al Presupuesto y no sabe si el equipo de gobierno ha actuado así simplemente por el hecho de no dar la razón a su grupo pero la realidad es que no le importa el motivo de esa forma de actuar porque lo más importante es que las retribuciones de Alcalde y Concejales con dedicación exclusiva van a figurar.

Sigue diciendo que la segunda de las alegaciones que ha

presentado ponía de manifiesto que los ingresos que se reflejan en el Presupuesto no tienen una base suficientemente fundamentada y pregunta cómo se pueden prever ingresos de la Comunidad de Madrid sin que dicha entidad haya aprobado su presupuesto. Aclara que cuando se han aprobado se ha podido comprobar que recogen una reducción de gastos del 7,7% que va a repercutir, como siempre, en las transferencias y sostenimiento de servicios para los municipios y también se ha conocido que las transferencias que reciben los ayuntamientos para las BESCAM se van a reducir el 50% lo que, en Majadahonda, puede repercutir en unas pérdidas en las transferencias de mas de 1 millón de euros.

Aclara que su grupo tampoco entendía por qué se

presupuestaban menores ingresos por el impuesto sobre bienes inmuebles de los que se sabe que se va a recaudar y dice esto porque recuerda que en Majadahonda, aunque se ha congelado el tipo impositivo de dicho impuesto, no se ha congelado el tipo diferenciado para las grandes empresas o superficies comerciales por lo que se van a conseguir mayores ingresos y su grupo no sabe si el equipo de gobierno quiere esconder esos mayores ingresos para hablar de la

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rigurosidad y de lo bien que gestiona las cuentas y los superávits que reflejan. Indica que su grupo no entiende por qué el equipo de gobierno no quiere reflejar esos mayores ingresos que ascenderán a unos 600.000 euros aproximadamente.

Indica también que, desde el punto de vista de su grupo, el

equipo de gobierno vuelve a ocultar un gasto que posiblemente se tramitará como reconocimiento de deuda y que tiene que ver con el pago a empresas antiguamente adjudicatarias del contrato de recogida de basuras y limpieza viaria que, en el año 2010, ascendían, según información facilitada por el Concejal Delegado de Medio Ambiente, a 2 millones de euros. Añade que su grupo entiende que, dos o tres años después de haber concluido sus servicios, esta deuda podría aumentar ignorando su cuantía.

A continuación manifiesta que su grupo sigue discrepando del

uso que se ha dado a los ingresos obtenidos por operar, bancariamente, con los ingresos procedentes de la venta de parcelas municipales y añade que su grupo sigue pensando que ese dinero, al igual que el obtenido por la venta de las parcelas, debe estar afectado a lo que determina la Ley del Suelo (inversión en vivienda protegida, adquisición de nuevas propiedades o gasto de interés social). Aclara que ese dinero apareció en un momento dado porque el Ayuntamiento tenía una falta de liquidez en su tesorería y, para aumentar esos fondos, decidió vender dos parcelas municipales.

Termina su intervención reiterando que, desde el punto de

vista de su grupo, los Presupuestos que se presentan son injustos, antisociales, falsamente austeros y poco rigurosos aunque al final se consiga tener un mayor o menor superávit.

El Sr. Presidente indica que el equipo de gobierno no opina lo

mismo y cree que los Presupuestos que se presentan son rigurosos y permiten no gastar más dinero del que se ingresa.

Termina su intervención diciendo que los sueldos del Alcalde,

Concejales y funcionarios de libre designación, figuran en la página web municipal y añade que se ha desestimado la alegación presentada sobre este tema porque, según los servicios jurídicos municipales, esa publicación no es un requisito legal aunque precisamente, por

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transparencia, se ha incluido esa información en los Presupuestos para 2013.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

indica que su grupo se temía lo que ha pasado y es que no se ha aceptado ninguna de las 50 alegaciones que, aproximadamente, se han presentado.

Sigue diciendo que no ha presentado ninguna alegación porque

ya dijo, en el debate de la aprobación inicial del Presupuesto, que su grupo hubiera presentado otro Presupuesto distinto si hubiera contado con más días de los 10 días que les dio el equipo de gobierno para conocer lo que, en 2013, se iba a hacer con el dinero de los ciudadanos de Majadahonda o se hubieran reunidos todos los grupos que integran la Corporación para sentar criterios para gastar ese dinero pero como no se ha hecho así y el Presupuesto ha sido únicamente elaborado por el equipo de gobierno, cree que no deja de ser un documento económico que refleja las prioridades políticas del equipo de gobierno y no las de su grupo.

Insiste en que, de haber podido, su grupo habría presentado

otro Presupuesto totalmente distinto al que presenta el equipo de gobierno y seguramente, entre otras cosas, no figuraría el servicio de alquiler de bicicletas y habría bajado el importe de los recibos del impuesto sobre bienes inmuebles.

Manifiesta a continuación que le sorprende muchísimo y no

entiende que, a pesar de la bajada del precio del contrato de recogida de basuras en la cantidad de 350.000 euros anuales, la consignación destinada a la partida de este servicio suba 1,3 millones de euros.

Reitera que su grupo hubiera presentado, de haber podido, un

Presupuesto totalmente diferente al que se presenta y por ello, como no votó a favor del Presupuesto en su aprobación inicial, tampoco va a votar ahora a favor por creer que el equipo de gobierno, en algún momento, debería reflexionar sobre lo que quiere hacer en Majadahonda y entiende que quizá se podría hacer mejor si participaran todos los grupos municipales y pudieran realizar aportaciones interesantes que pudieran ser tenidas en cuenta aunque ya no se puede hacer así porque en los informes que obran en el expediente de aprobación del Presupuesto se han dejado muy claros

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los aspectos sobre los que se pueden presentar alegaciones y de hecho la mayoría de contestaciones que se han dado a las alegaciones presentadas dicen que no son aceptadas porque no están de acuerdo con lo que la Ley de Haciendas Locales prevé para las alegaciones.

Continúa diciendo que la fase de exposición pública del

Presupuesto es, según la ley, para alegar cuestiones técnicas y las políticas deberían haberse discutido durante el debate de la aprobación inicial del Presupuesto.

Termina su intervención aclarando que su grupo no está de

acuerdo con el Presupuesto que se presenta por lo que no va a votar a favor de su aprobación definitiva porque, como ha dicho anteriormente, su grupo hubiera presentado otro Presupuesto distinto pero como gobierna el Partido Popular, presenta los Presupuestos que considera más idóneos aunque, reitera, su grupo no está de acuerdo.

El Sr. Presidente indica estar de acuerdo con lo manifestado

por la Portavoz del Grupo Centrista ya que si gobernara dicho grupo, elaboraría su Presupuesto y está convencido de que el Grupo Popular, si así fuera, estaría criticando en el Pleno el que hubiera elaborado y diría que no se corresponde con su modelo de ciudad. Añade que esas diferencias son el motivo de que el Grupo Centrista se presente a las elecciones con unas siglas determinadas y el Partido Popular se presente con otras distintas.

Sigue diciendo que, desde su punto de vista, el Presupuesto

que se presenta para 2013 es el mejor que puede tener Majadahonda y cree que los grupos de la oposición tienen la obligación de criticarlos porque no es su modelo.

Aclara, respecto a las manifestaciones del Grupo Centrista

sobre el servicio de recogida de basuras que, como ha dicho en muchas ocasiones, se ha previsto una cantidad de dinero más elevada porque es probable que se reciban solicitudes de revisiones de precios del antiguo contrato lo que, en su momento, se negoció para que no las presentaran pero, como la adjudicataria del concurso ha sido otra empresa distinta, es posible que presenten esa solicitud aunque se está negociando para intentar minimizar su impacto.

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Manifiesta a continuación que se ha previsto ese aumento en las consignaciones porque, como ha dicho en muchas ocasiones, el equipo de gobierno sigue unos criterios conservadores en previsión de lo que pueda suceder para evitar sorpresas.

Termina su intervención diciendo que durante este debate se

han vuelto a repetir los mismos argumentos que en el debate de aprobación inicial de los Presupuestos y prácticamente no se ha dicho nada sobre las alegaciones que se han presentado durante la expsición pública por lo que va a someter este punto del Orden del día a votación.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce

(14) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular y once (11) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, ACUERDA:

Primero: Desestimar las reclamaciones presentadas contra el acuerdo del Pleno de la Corporación de 31 de octubre de 2013 de aprobación inicial del Presupuesto General para 2013.

Segundo: Aprobar una nueva redacción de la Base 4 de Ejecución del Presupuesto de 2013, como consecuencia de la aprobación del Decreto núm. 2997/12, de 16 de noviembre de 2012 por el que se modifican los siguientes Órganos de gestión:

“002 Recursos Humanos, Calidad, Organización Servicios Jurídicos y Seguridad” pasa a denominarse “002 Recursos Humanos, Calidad, Organización Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana”.

“004 Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda” pasa a denominarse: “004 Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, y Vivienda”

Así mismo, del Estado de Gastos, se modifican todos los códigos orgánicos de las aplicaciones de los programas 1331 Movilidad Urbana y 4410 Promoción, mantenimiento y desarrollo del transporte pasando del antiguo código “004” al nuevo código “002”

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Tercero: Aprobar una nueva redacción de la Base 21 de Ejecución del Presupuesto de 2013, incluyendo el siguiente párrafo: "Los responsables de conformar las facturas, deberán conservar las notas de entrega o albaranes que justifican la factura conformada. Dicha justificación podrá ser requerida por la Intervención en cualquier momento en ejercicio de su función de fiscalización y control financiero."

Cuarto: Aprobar definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Majadahonda para 2013, ordenando su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

6.(205/12) APROBACIÓN DEL CRITERIO DE IMPUTACIÓN DE OPERACIONES EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE 2012 (3.1.1)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) INFORME DEL INTERVENTOR Y PROPUESTA DE

RESOLUCIÓN DE LA CONCEJAL DELEGADA DE ECONOMÍA Y HACIENDA, de 10 de diciembre de 2012, constando Conforme del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, cuyo texto es el siguiente: “En los cierres contables de ejercicios anteriores, se ha comprobado que ha habido gastos que no se pudieron imputar al ejercicio de devengo, por no tener cumplidos en plazo todos los requisitos de firma digital, por lo que es previsible, de cara al cierre del presente ejercicio 2012, que se incurra en retrasos parecidos que afecten a la imputación de determinadas operaciones contables dentro de la anualidad presupuestaria.

Así, se prevé que las empresas que ejecutan obras, prestan servicios o realizan suministros debidamente contratados con este Ayuntamiento puedan girar la correspondiente factura una vez finalizado el ejercicio económico en el que dicho gasto se devenga, bien como consecuencia de su particular operativa

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administrativa o por exigencia de los contratos suscritos. Las Bases vigentes de ejecución del presupuesto

determinan con relación a la anualidad presupuestaria: 1. Con cargo a los créditos del Estado de Gastos sólo podrán contraerse obligaciones derivadas de gastos realizados en el ejercicio.

2. No obstante, y con carácter de excepcionalidad, se aplicarán a los créditos del presupuesto vigente, en el momento de su reconocimiento, las obligaciones siguientes: a) Las que resulten de la liquidación de atrasos

al personal.

b) Las derivadas de compromisos de gastos debidamente adquiridos en ejercicios anteriores, previa incorporación de los correspondientes créditos en el caso de gastos con financiación afectada.

c) Las procedentes de convalidación o

reconocimiento extrajudicial de créditos por el Pleno de la Corporación, siempre que no exista dotación presupuestaria para ello, o por el Alcalde en los restantes casos, sin perjuicio del régimen de delegaciones vigente en cada momento, de obligaciones adquiridas en ejercicios anteriores o en el ejercicio corriente sin cumplimiento de los trámites preceptivos.

Con las reglas anteriores, no podrían imputarse al

ejercicio correspondiente los gastos que hayan sido devengados en el mismo, para los que, por las razones anteriores, la factura no haya sido registrada y aprobada mediante resolución del órgano competente antes del 31 de diciembre del año en cuestión.

Como quiera que la aplicación de tramitación

electrónica de gastos implantada en este Ayuntamiento impone

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automáticamente la fecha de la resolución o acto administrativo correspondiente a cada fase presupuestaria, se hace preciso dictar normas que permitan la imputación al ejercicio 2012 de aquellas facturas que, por las razones expuestas, no hayan sido aprobadas dentro de dicho ejercicio, bien porque la tramitación no se ha completado antes del 31 de diciembre, o bien porque las mismas hayan tenido entrada después de esa fecha. Estas normas tienen como objetivo, por un lado, la correcta imputación de gastos según su fecha de devengo para que los estados contables reflejen la imagen fiel de la situación financiera y patrimonial de la entidad y, por otro, evitar perjuicios económicos innecesarios a los terceros que hayan contratado con este Ayuntamiento, por el posible retraso en la tramitación de facturas y certificaciones.

En virtud de lo anterior, se propone el siguiente

acuerdo:

1.- Podrán imputarse a la contabilidad del ejercicio 2012, todos aquellos gastos derivados de obras, servicios o suministros legalmente comprometidos, cuyas facturas o documentos análogos tengan entrada en el Registro General del Ayuntamiento una vez finalizado el ejercicio, y antes del 18 de enero de 2013. 2.- Las resoluciones que autoricen las correspondientes fases de gestión presupuestaria de los gastos podrán dictarse con posterioridad al cierre del ejercicio, y en todo caso, antes del 16 de febrero de 2013. Fdo.: Julio Prinetti Márquez

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

A la vista del informe del Interventor Municipal de 10 de diciembre, propongo al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente acuerdo:

1.- Podrán imputarse a la contabilidad del ejercicio 2012, todos

aquellos gastos derivados de obras, servicios o suministros legalmente comprometidos, cuyas facturas o documentos análogos tengan entrada en el Registro General del

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Ayuntamiento una vez finalizado el ejercicio, y antes del 18 de enero de 2013.

2.- Las resoluciones que autoricen las correspondientes fases de

gestión presupuestaria de los gastos podrán dictarse con posterioridad al cierre del ejercicio, y en todo caso, antes del 16 de febrero de 2013.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda de 20 de diciembre de 2012, favorable. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por unanimidad, ACUERDA: Primero.- Podrán imputarse a la contabilidad del ejercicio 2012, todos aquellos gastos derivados de obras, servicios o suministros legalmente comprometidos, cuyas facturas o documentos análogos tengan entrada en el Registro General del Ayuntamiento una vez finalizado el ejercicio, y antes del 18 de enero de 2013. Segundo.- Las resoluciones que autoricen las correspondientes fases de gestión presupuestaria de los gastos podrán dictarse con posterioridad al cierre del ejercicio, y en todo caso, antes del 16 de febrero de 2013. 7.(206/12) DAR CUENTA DEL INFORME DE

INTERVENCIÓN SOBRE NECESIDAD DE POSPONER EL INFORME RELATIVO AL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA EN LA APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL PARA 2013. (3.1.1)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes:

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A) INFORME del Interventor, de 14 de diciembre de 2012, cuyo

texto es el siguiente:

“La normativa de aplicación al expediente se encuentra en: • LRBRL: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las

Bases del Régimen Local. • TRLHL: Texto Refundido de Ley 39/1988, de 28 de

diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo.

• LOEPSF: Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

• RLGEP: RD 1463/20007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el desarrollo de la LGEP, en su aplicación a las entidades locales.

El Ayuntamiento tiene que aprobar anualmente un Presupuesto único que "coincida con el año natural y que esté integrado por el de la Entidad y los de todos los Organismos y Empresas Locales con personalidad jurídica propia dependientes de aquella" (artículo 112.1 de la LRBRL).

El Presupuesto General atenderá al cumplimiento del

principio de estabilidad en los términos previstos en la Ley General de estabilidad presupuestaria (actualmente LOEPSF) (artículo 165.1 del TRLHL).

Los artículos 3 y 4 de la LOEPSF disponen:

Artículo 3. Principio de estabilidad presupuestaria

1. La elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de los distintos sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley se realizará en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la normativa europea. 2. Se entenderá por estabilidad presupuestaria de las

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Administraciones Públicas la situación de equilibrio o superávit estructural. 3. En relación con los sujetos a los que se refiere el artículo 2.2 de esta Ley se entenderá por estabilidad presupuestaria la posición de equilibrio financiero.

Artículo 4. Principio de sostenibilidad financiera

1. Las actuaciones de las Administraciones Públicas y demás sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley estarán sujetas al principio de sostenibilidad financiera. 2. Se entenderá por sostenibilidad financiera la capacidad para financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit y deuda pública, conforme a lo establecido en esta Ley y en la normativa europea.

Así mismo es de aplicación el artículo 12 de la mencionada LOEPSF, que dice que la variación del gasto computable no puede superar la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española, que el crecimiento del gasto público computable se ajustará a la senda establecida en los respectivos planes económico-financieros y de reequilibrio previstos en los artículos 21 y 22 y que se entenderá por gasto computable los empleos no financieros definidos en términos del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales, excluidos los intereses de la deuda, el gasto no discrecional en prestaciones por desempleo, la parte del gasto financiado con fondos finalistas procedentes de la Unión Europea o de otras Administraciones Públicas y las transferencias a las Comunidades Autónomas y a las Corporaciones Locales vinculadas a los sistemas de financiación.

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,

a través de la Subdirección General de Relaciones Financieras con las Entidades Locales, ha emitido un documento fechado el 19 de noviembre, que determina la Información a comunicar para el cumplimiento de obligaciones contempladas en la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley

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Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

En la página 7 de dicho documento, de la que se adjunta

una copia, se aprecia que están pendientes de determinar por la Intervención general de la Administración del Estado (IGAE) los términos en los que se debe basar el cálculo de la regla del gasto (art. 12 LOEPSF).

Mientras la IGAE no resuelva este aspecto, la

Intervención no puede emitir el informe preceptivo, que se emitirá una vez se pronuncie la IGAE y se dará cuenta en la siguiente sesión del pleno de la Corporación.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda de 20 de diciembre de 2012, tomando conocimiento del informe de Intervención.

El Pleno de la Corporación SE DA POR ENTERADO del informe de la Intervención de 14 de diciembre de 2012, sobre la necesidad de posponer el informe relativo al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria en la aprobación del Presupuesto General de este Ayuntamiento para 2013 hasta que la Intervención General de la Administración del Estado determine los términos en los que se debe basar el cálculo de la regla del gasto (art. 12 LOEPSF). 8.(207/12) EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA DICTADA POR

EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 23 EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO 184/10 INICIADO POR LA EMPRESA SOTO ONCE, S.L. (10.5.2)

Antes de comenzar a tratar este punto del Orden del día, el Grupo Municipal Centrista entrega al Sr. Alcalde una enmienda a este punto 8 y pide al Sr. Secretario que dé lectura a la misma.

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A continuación el Sr. Secretario da lectura a dicha Moción cuyo texto es el siguiente: “Que por el Pleno se acuerde realizar un estudio de la situación económica de la concesión a SOTO ONCE, S.L., del campo de golf “Las Rejas” como medio esencial para dar cumplimiento a las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de fechas 3 de marzo de 2012 y del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2, en el sentido expresado por la nota aclaratoria del Secretario General de 25 de septiembre pasado. Asimismo, solicitamos que se elimine de la propuesta de resolución la referencia a los recargos por vía de apremio ya que entendemos que al resultar legal la liquidación del IBI y no haberse efectuado el pago en periodo voluntario, la aplicación del recargo es obligatoria y nada tiene que ver con el reequilibrio de la concesión.” Seguidamente se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Técnico

responsable del Servicio Jurídico Contencioso, de 13 de diciembre de 2012, con el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, para que pase el expediente a resolución por el órgano competente, cuyo texto es el siguiente:

“ANTECEDENTES I.- El pasado día 13 de noviembre de 2012 se notificó la Sentencia dictada con fecha 31 de octubre de 2012 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 23 de Madrid en el Procedimiento Ordinario 184/10, interpuesto por la entidad SOTO ONCE, S.L., contra: - la desestimación presunta por silencio administrativo del

recurso de reposición interpuesto contra la Resolución nº 362/2010 del Concejal Delegado de Economía, Hacienda y Fiestas, de 18 de febrero que practica las liquidaciones correspondientes al Impuesto de Bienes Inmuebles correspondiente a los ejercicios 2003 a 2009.

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- la desestimación presunta del recurso de reposición presentado contra la liquidación del IBI de 2010.

- la Resolución nº 1227 de fecha 20 de mayo de 2011, del Concejal Delegado de de Economía, Hacienda y Fiestas por la que se aprueban liquidaciones complementarias correspondientes al ejercicio 2008-2009.

- Resoluciones de 2 y 6 de febrero de 2012 del Tesorero Municipal que resuelve contra la liquidación del IBI de 2011 y contra la providencia de apremio correspondiente al IBI de 2011.

II.- El eje de la pretensión de SOTO ONCE, S.L. se basa en la presunta exención del abono del Impuesto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Pliego de Condiciones Jurídicas, Técnicas y Económicas de la concesión de la que es titular la recurrente y en la alteración del equilibrio económico de la concesión La Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 23 indica en su Fundamento de Derecho Segundo que:

“Procede indicar que la relación jurídica existente entre la recurrente y la demandada impide considerar que exista una exención tributaria y, por tanto, todas las pretensiones ejercidas en el presente proceso sobre la materia deben ser desestimadas.

La doctrina del Tribunal Superior de Justicia que es

plenamente compartida sitúa la interpretación de la cláusula contractual en el plano de la relación obligacional. Si, por tanto, como consecuencia de la interpretación que se hace en el apartado anterior la recurrente tiene que abonar una determinada cantidad por los tributos de los que según el contrato estaba exenta es evidente que lo que procede- y así lo señala la Sentencia- es restablecer el equilibrio financiero de la concesión mediante los ajustes correspondientes.

En estos términos procede la desestimación en relación

con la declaración de futuro de la imposibilidad de girar nuevas liquidaciones de IBI ya que para aceptar esta determinación debería haberse aceptado previamente la posibilidad de que la actividad en cuestión quedara exenta del impuesto en cuestión que, como se ha dicho, no es viable”. III.- En consecuencia, la Sentencia resuelve:

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1. Desestimar el recurso contencioso-administrativo en

relación con los actos y Resoluciones contempladas en el fundamento jurídico primero de la presente Resolución en lo que se refiere a las liquidaciones de IBI señaladas y a la eventual aplicación de los procedimientos de ejecución forzosa respecto de los que no existiera suspensión decretada.

2. Estimar el recurso en lo que se refiere al reconocimiento del derecho del recurrente al restablecimiento del equilibrio financiero de la concesión que cubra las cantidades que deba abonar la recurrente como consecuencia de la desestimación a que se refiere el apartado anterior”

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución Española “Es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, así como prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto” En idénticos términos, el artículo 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina que: 1. Todas las personas y entidades públicas y privadas están obligadas a prestar, en la forma que la Ley establezca, la colaboración requerida por los Jueces y Tribunales en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto, con las excepciones que establezcan la Constitución y las Leyes, y sin perjuicio del resarcimiento de los gastos y del abono de las remuneraciones debidas que procedan conforme a la Ley.

SEGUNDO.- El artículo 104 de la LJCA proclama: “1. Luego que sea firme una sentencia, se comunicará en el plazo de diez días al órgano que hubiera realizado la actividad objeto del recurso, a fin de que, una vez acusado recibo de la comunicación en idéntico plazo desde la recepción, la lleve a puro y debido efecto y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo y en el mismo plazo indique el órgano responsable del cumplimiento de aquél.

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2. Transcurridos dos meses a partir de la comunicación de la sentencia o el plazo fijado en ésta para el cumplimiento del fallo (...), cualquiera de las partes y personas afectadas podrá instar su ejecución forzosa.” De acuerdo con este precepto, el Ayuntamiento debería proceder a la ejecución de la sentencia antes del transcurso de dos meses de la notificación, salvo la concurrencia de causas de imposibilidad material o legal para ello, en cuyo caso, deberá notificarse a la autoridad judicial. TERCERO.- El artículo 105 de la LJCA afirma que “no podrá suspenderse el cumplimiento ni declararse la inejecución total o parcial del fallo.” En el mismo sentido, el artículo 103, puntos 2 y 3 de la LJCA especifica que “las partes están obligadas a cumplir las sentencias en la forma y términos que en estas se consignen” y que “todas las personas y entidades públicas y privadas están obligadas a prestar la colaboración requerida por los Jueces y Tribunales de lo Contencioso-administrativo para la debida y completa ejecución de lo resuelto”. CUARTO.- Habiéndose adjudicado el contrato por el Pleno de la Corporación, corresponde al mismo la adopción de las medidas tendentes a la ejecución de la sentencia.

QUINTO.- Previamente a la adopción del anterior acuerdo, el mismo deberá ser dictaminada por la Correspondiente Comisión informativa, de conformidad con el artículo 33.1 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Vistos los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, previo dictamen favorable de la Comisión Informativa de Áreas, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1. Acusar recibo de la Sentencia dictada con fecha 31 de octubre de 2012 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 23 en la cual se estima parcialmente el

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recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad SOTO ONCE, S.L. frente al Ayuntamiento de Majadahonda, en la cual se estima el recurso en lo que se refiere al reconocimiento del derecho al restablecimiento del equilibrio financiero de la concesión que cubra las cantidades que deba abonar SOTO ONCE como consecuencia de las liquidaciones de IBI correspondiente al período 2003 a 2011, así como las derivadas de la eventual aplicación de los procedimientos de ejecución forzosa respecto de los que no existiera suspensión decretada.

2. En consecuencia, llevar la misma a puro y debido efecto,

dando cumplimiento a las declaraciones contenidas en el fallo, regularizando la situación económica de SOTO ONCE S.L. generada como consecuencia de sus obligaciones tributarias respecto del Impuesto de Bienes Inmuebles.

3. Notificar a los Servicios Municipales afectados la

sentencia para que realicen los trámites necesarios para su cumplimiento, recordándoles el deber de ejecución que les corresponde en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo previsto en los artículos 103 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

No obstante el órgano competente acordará lo que estime más conveniente.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Recursos

Humanos, Asuntos Jurídicos y Seguridad de 18 de diciembre de 2012, favorable.

El Sr. Presidente pregunta al Sr. Secretario qué tratamiento hay que dar a la enmienda presentada por el Grupo Centrista. El Sr. Secretario aclara que esa enmienda debe ser votada.

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A continuación el Sr. Presidente concede el uso de la palabra al Concejal Delegado de Deportes y Fiestas, Sr. Caballero, quien indica que esta sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo es copia de la dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid de la que tuvo conocimiento el Pleno hace dos meses y añade que todos son conscientes de que se ha creado un grupo de trabajo de técnicos que son los que tienen que llegar a una determinada conclusión. Sigue diciendo que se ha incluido este punto en el Orden del día para dar cumplimiento a esta sentencia y cree que la enmienda que ha presentado el Grupo Centrista ya fue aprobada al tomar conocimiento de la anterior sentencia sobre este mismo asunto y de hecho ya se está ejecutando. Aclara que en la propuesta de resolución ya se dice que hay que tener en cuenta la referencia que en la enmienda se hace a los procedimientos seguidos y se tendrá en cuenta una vez que se conozca la cifra con la que hay que compensar por el impuesto sobre bienes inmuebles. Termina su intervención recordando que lo que ha sucedido en este caso demuestra la “connivencia” con las empresas concesionarias de la que los grupos de la oposición acusan al equipo de gobierno y dice esto porque se ha embargado la devolución del IVA a esta empresa creando con ello a SOTO ONCE un problema, al menos, de tesorería. El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, indica que no va a poder valorar la enmienda que ha presentado el Grupo Centrista porque la ha presentado en el último momento y solo ha podido conocer su contenido por la lectura que el Secretario General ha dado de la misma pero cree que la petición de realización de un estudio que vincule todas las actividades que realiza la empresa concesionaria y que se haga una valoración de lo que significa el equilibrio económico distinta a que el concesionario pague el impuesto sobre bienes inmuebles y el Ayuntamiento, posteriormente, se lo devuelva ya ha sido realizada con anterioridad por el Grupo Centrista. Aclara que sobre este tema su grupo piensa que el equilibrio económico de una concesión administrativa significa algo más y por ello, tanto su grupo como otros, en la sesión plenaria en la que se

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debatió sobre la ejecución de la sentencia anterior, pidieron al equipo de gobierno que se haga ese estudio de forma correcta, estudio que, según ha aclarado el Concejal Delegado de Deportes, ya se está haciendo. Sigue diciendo que durante esta intervención quiere ir un poco más allá puesto que en este punto del Orden del día se presenta una segunda sentencia sobre este mismo asunto aunque en esta ocasión el demandante ha interpuesto recurso contra la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación del impuesto sobre bienes inmuebles. Aclara que su grupo ya expuso, con ocasión de la anterior sentencia, que mantiene una actitud totalmente crítica sobre cómo se ha llevado este asunto desde el principio y que desemboca en la sentencia que hoy se plantea al Pleno. Indica que, desde el punto de vista de su grupo, el Partido Popular que gobernaba en esos momentos este Ayuntamiento (1997), cometió una manifiesta irregularidad porque permitió elaborar unos pliegos de condiciones que, como recogen las distintas sentencias que se han producido, superaban las atribuciones que, en materia legislativa, tenían atribuidas puesto que exoneraban del pago del impuesto sobre bienes inmuebles a la empresa concesionaria del campo de golf para después, con el paso de los años, mantener una actitud, desde el punto de vista de su grupo, de desidia hasta el año 2008 y, a partir de ese momento, en algunos casos de soberbia con el concesionario hasta las sentencias que se han dictado que cree que han empeorado la situación puesto que no se ha conseguido llegar a acuerdos que hubieran sido beneficiosos para este Ayuntamiento y considera que también es gestión llegar a acuerdos con los que se ha cometido una equivocación en años anteriores. Manifiesta que esta sentencia es clara y es necesario ejecutarla y precisamente lo que se presenta en este punto del Orden del día es la aprobación de su ejecución. Aclara que su grupo pensaba, y sigue pensando, que la anterior sentencia dice que se debe restituir el equilibrio económico que el Ayuntamiento rompió desde el principio puesto que se confirió atribuciones que no tenía concedidas por ley y por ello “engañó” de alguna forma, aunque fuera de forma involuntaria, al concesionario para que retirara de su plan de negocio unos gastos que, por una ley estatal, está obligado a cumplir y dice esto porque el impuesto sobre

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bienes inmuebles es de obligado cumplimiento y el Ayuntamiento no podía exonerar a nadie de su pago y por ello el juez dice que el concesionario tiene que pagar el impuesto y que el Ayuntamiento tiene que reequilibrar la concesión. Añade que su grupo siempre ha pensado, y sigue pensando, que la primera sentencia podía haber sido recurrida pero los servicios jurídicos municipales han dicho que no era posible hacerlo. Sigue diciendo que por esas sentencias, el Ayuntamiento tiene que ser garante del equilibrio económico de esta concesión y por ello, como el concesionario está obligado a pagar el impuesto sobre bienes inmuebles, obligan al Ayuntamiento a buscar una forma de compensación puesto que existe una relación obligacional entre el concesionario y este Ayuntamiento lo que quiere decir que, en el año 1997, el entonces equipo de gobierno del Partido Popular, regaló el pago del impuesto sobre bienes inmuebles a una empresa privada y ahora, cuando intenta arreglar ese entuerto, ya no es posible hacerlo porque el juez dice que no puede hacerse. Reitera, como ha dicho anteriormente, que su grupo cree que estas sentencias podían ser recurridas pero el equipo de gobierno no lo ha considerado oportuno y además pidió la realización de un estudio de todas las partes que componen el equilibrio económico para que este asunto no se convierta, para cumplir la sentencia, en un simple intercambio (la empresa concesionaria paga el impuesto sobre bienes inmuebles y el Ayuntamiento lo devuelve) porque ello significa que el ciudadano de Majadahonda va a dejar de ingresar, en los 50 años que dura esta concesión, la cantidad de 1.250.000 euros aproximadamente y dice esto porque, aunque el concesionario ingrese esa cantidad de dinero por el IBI, el Ayuntamiento se lo va a devolver. Termina su intervención insistiendo en que estas sentencias están relacionadas con una actuación, al menos irregular e incluso se atrevería a decir que, en algún caso, inepta al elaborar unos malos pliegos de condiciones y posteriormente haber realizado una mala gestión lo que demuestra que los equipos de gobierno, de los últimos 15 años, han tenido una falta de capacidad para negociar con la empresa concesionaria lo que supone que los ciudadanos de Majadahonda vayan a dejar de ingresar una importante cantidad de dinero que podría haber servido para “tapar algunos agujeros”.

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El Sr. Presidente manifiesta su extrañeza porque al Grupo Socialista le parezca mal este tema y le parezca bien que el Partido Socialista de Majadahonda no pague el impuesto sobre bienes inmuebles porque solicita su exención. Sigue diciendo que está de acuerdo con las manifestaciones que ha realizado el Concejal del Grupo Municipal Socialista y dice esto porque para devolver el impuesto sobre bienes inmuebles a esta empresa concesionaria, se han tenido que recibir dos sentencias porque el equipo de gobierno no quería devolver el dinero por propia voluntad. Añade que el equipo de gobierno está de acuerdo en que todos paguen el impuesto sobre bienes inmuebles pero parece que el Grupo Socialista solo está de acuerdo en que se pague en determinados casos pero no en otros. Continúa diciendo que el equipo de gobierno no puede negociar con dinero público para evitar acudir a los tribunales y por ello solo va a devolver el dinero a SOTO ONCE cuando lo ha dicho un juzgado y adelanta que, en este caso, el equipo de gobierno va a hacer solo lo que digan los servicios jurídicos y económicos municipales porque hay que tener mucho cuidado con el dinero público y en este Ayuntamiento no se puede hacer lo que se hace en una empresa privada en la que su presidente o su consejo de administración hacen lo que quieren con su dinero. Termina su intervención asegurando que en este expediente se va a hacer lo que digan los Sres. Secretario e Interventor. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que le ha gustado la sentencia que se ha dictado sobre este asunto porque dice que el Ayuntamiento siempre tiene que cobrar el impuesto sobre bienes inmuebles incluso mediante procedimientos de ejecución forzosa que es lo que se ha hecho en este caso. Sigue diciendo que a su grupo no le da pena que el Ayuntamiento se haya quedado con la devolución del IVA porque la Agencia Tributaria haya conocido que esta empresa tenía deudas con este Ayuntamiento por el importe del impuesto sobre bienes inmuebles.

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Termina su intervención que su grupo presentó una Moción para indicar algunos temas que se podían revisar en esta concesión porque es posible que la empresa concesionaria esté ganando más dinero del que figuraba en el contrato por actividades no contempladas en el mismo, y espera que ahora, con el control que hay que realizar en esta concesión administrativa para restablecer el equilibrio económico de la misma, y aunque el Ayuntamiento deba devolver el dinero del impuesto sobre bienes inmuebles, reciba unos mayores ingresos por esas actividades no contempladas en el contrato. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que, en este caso, se trata de la ejecución de una sentencia y entiende que en la misma se da parte de la razón al Ayuntamiento por querer cobrar a la empresa adjudicataria el impuesto sobre bienes inmuebles porque dice que no puede dejar de pagar dicho impuesto y además habla de otras cuestiones como las de los recargos de apremio. Sigue diciendo que, desde el punto de vista de su grupo, la enmienda que realiza el Grupo Centrista es bastante apropiada puesto que pide, antes de ejecutar con premura la sentencia, realizar un estudio sobre la situación económica de esta concesión para conocer el equilibrio económico-financiero real de la misma. Termina su intervención indicando que también está de acuerdo en no eliminar el recargo de apremio por entender que esta empresa no pagó el impuesto sobre bienes inmuebles en tiempo y forma y hay que actuar con ella de la misma forma que con cualquier otro vecino que no pagó en el plazo establecido. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, pide disculpas a todos los grupos municipales porque esta enmienda la realizó ayer por la tarde y la podría haber entregado esta mañana antes de comenzar esta sesión plenaria pero se olvidó de hacerlo. Sigue diciendo que va a intentar explicar esta enmienda y con posterioridad entregará una copia a todos los grupos municipales. Añade que la ha presentado porque se ha dado cuenta de que en la propuesta de resolución de este expediente se dice que se propone acusar recibo de esta sentencia en la cual se estima parcialmente el

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recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad SOTO ONCE frente a este Ayuntamiento. Aclara que se estima el recurso en lo que se refiere al reconocimiento del derecho al restablecimiento del equilibrio financiero de la concesión que cubra las cantidades que deba abonar SOTO ONCE como consecuencia de las liquidaciones del impuesto sobre bienes inmuebles correspondientes al periodo 2003-2011 así como las derivadas de la eventual aplicación de los procedimientos de ejecución forzosa respecto de los que no existiera suspensión decretada por lo que entiende que esta propuesta viene a decir que se estima el recurso en todo lo que ha leído pero el fallo de dicha sentencia dice que desestima el recurso contencioso-administrativo en relación con los actos y resoluciones contempladas en el fundamento jurídico primero de la presente resolución en lo que se refiere a las liquidaciones del impuesto sobre bienes inmuebles señaladas y a la eventual aplicación de los procedimientos de ejecución forzosa respecto de los que no existiera suspensión decretada. Insiste en que la sentencia se dice que se desestima el recurso contencioso-administrativo en lo que se refiere a la eventual aplicación de los procedimientos de ejecución forzosa pero en la propuesta de resolución se dice que se estima. Insiste en que lo único que se estima en la sentencia es lo que se refiere al reconocimiento del derecho del recurrente al restablecimiento del equilibrio financiero de la concesión que cubra las cantidades que deba abonar la recurrente como consecuencia de la desestimación a que se refiere el apartado anterior y por ello considera claro que desestima, como es lógico, que si alguien no paga un recibo de un impuesto, éste se cobra, por la recaudación ejecutiva, con recargo. Manifiesta que el Concejal Delegado de Deportes ha indicado anteriormente que el Ayuntamiento le ha causado un perjuicio a la empresa concesionaria por el embargo de la devolución del IVA pero desea dejar claro que el Ministerio de Hacienda o la administración correspondiente va contra todos los vecinos que no pagan un impuesto y a casi todos se les causa un perjuicio cuando se les saca dinero de su cuenta bancaria. Indica que su grupo ha presentado esta enmienda por considerar que no se puede incluir la vía de apremio en el equilibrio económico de la concesión porque está claro que esta empresa debe pagar con

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recargo puesto que no pagó el impuesto en el plazo establecido para ello. Termina su intervención diciendo que, aunque no se ha reflejado en la enmienda que ha presentado, su grupo, de acuerdo con lo establecido en la Nota Aclaratoria de la Secretaría General, pide, una vez que se haya realizado el estudio, que se presente al Pleno para conocer la cantidad que el Ayuntamiento tiene que devolver o no a SOTO ONCE. El Sr. Presidente aclara que el equipo de gobierno tiene un inconveniente respecto al Grupo Municipal Centrista porque cuando presenta una propuesta de resolución para su aprobación, debe estar avalada por los servicios jurídicos y económicos municipales y en este caso viene avalada por el servicio jurídico pero cuando el Grupo Centrista presenta una enmienda, sobre todo en temas de dinero, el equipo de gobierno la debería aprobaría sin conocer si cumple o no la ley y por ello el Grupo Popular va a votar en contra de la enmienda que se ha presentado porque, como ha dicho anteriormente, va a respetar la legalidad de forma escrupulosa y si después, jurídicamente, se entiende que la enmienda es correcta, se hará pero en estos momentos ha recibido información de que alguien no está de acuerdo. Termina su intervención reiterando que, por los motivos que ha expuesto, el equipo de gobierno va a votar en contra de la enmienda que ha presentado el Grupo Centrista aunque si los servicios jurídicos y económicos municipales la avalan, la tendrá en cuenta y añade que nadie debe tener dudas de que el equipo de gobierno va a hacer, en este caso, de forma escrupulosa lo que digan los servicios jurídicos y económicos del Ayuntamiento. El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Maillo, indica que su grupo, para votar a favor, debe conocer su contenido y por ello pide que se dé lectura nuevamente a la enmienda que ha presentado el Grupo Centrista. El Sr. Secretario vuelve a dar lectura a la enmienda presentada cuyo texto es el que figura en el segundo párrafo de este punto,.

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El Sr. Presidente indica a la Portavoz del Grupo Centrista que cuando se estudia un reequilibrio de la concesión se hace en las dos direcciones y en la actualidad esta empresa concesionaria no está atravesando su mejor momento. La Portavoz del Grupo Centrista, Sra. Pedreira, aclara que ese no es un problema de su grupo. El Sr. Presidente reitera que el reequilibrio de la concesión hay que hacerlo en las dos direcciones y que es posible que se reequilibre en contra del Ayuntamiento. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, explica que no tiene por qué ser así porque el problema que tenga la empresa concesionario no tiene necesariamente que repercutir en el Ayuntamiento. El Sr. Presidente aclara que ha hecho esa reflexión para que todos los grupos municipales la tengan en cuenta. Sometida a votación la enmienda presentada por el Grupo Centrista, QUEDA RECHAZADA al resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Popular, siete (7) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista y cuatro (4) abstenciones correspondientes al Grupo Municipal Socialista. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por diecisiete (17) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Popular y Unión Progreso y Democracia, cuatro (4) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Socialista y cuatro (4) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, ACUERDA: Primero.- Acusar recibo de la Sentencia dictada con fecha 31 de octubre de 2012 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº

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23 en la cual se estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad SOTO ONCE, S.L. frente al Ayuntamiento de Majadahonda, en la cual se estima el recurso en lo que se refiere al reconocimiento del derecho al restablecimiento del equilibrio financiero de la concesión que cubra las cantidades que deba abonar SOTO ONCE como consecuencia de las liquidaciones de IBI correspondiente al período 2003 a 2011, así como las derivadas de la eventual aplicación de los procedimientos de ejecución forzosa respecto de los que no existiera suspensión decretada.

Segundo.- Llevar la misma a puro y debido efecto, dando cumplimiento a las declaraciones contenidas en el fallo, regularizando la situación económica de SOTO ONCE S.L. generada como consecuencia de sus obligaciones tributarias respecto del Impuesto de Bienes Inmuebles.

Tercero.- Notificar a los Servicios Municipales afectados la sentencia para que realicen los trámites necesarios para su cumplimiento, recordándoles el deber de ejecución que les corresponde en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo previsto en los artículos 103 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

9.(208/12) AUTORIZACIÓN A LA MANCOMUNIDAD DE

RESIDUOS DE LA ZONA SUR PARA LA UTILIZACIÓN/APROVECHAMIENTO DE LA PLANTA DE TRANSFERENCIA DE RESIDUOS SITA EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LAS ROZAS, PROPIEDAD DE ESTE AYUNTAMIENTO. (1.6)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Directora de

Régimen Interior, Calidad, Organización y Servicios Jurídicos, de 17 de diciembre de 2012, constando el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad

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Urbana para que pase el expediente a resolución por el órgano competente, cuyo texto es el siguiente:

“ANTECEDENTES 1.- Con fecha 7 de noviembre de 2012, RE nº 19643 se recibe

escrito del Director General de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, solicitando del Ayuntamiento de Majadahonda la autorización a la Comunidad de Madrid para llevar a cabo la cesión de la Estación de transferencia de residuos urbanos denominada “Las Rozas de Madrid, Antigua” a la Mancomunidad del Sur para gestión de residuos urbanos.

2.- Tras la correspondiente investigación sobre la citada

Planta de transferencia, se averigua que, aunque disponemos de escrituras de compra-venta del terreno a favor de este Ayuntamiento, no constan inscritas en el Registro de la Propiedad ni en el Catastro, ni la parcela donde se asienta la planta ni las instalaciones que la componen.

3.- Con fecha 14 de diciembre de 2012, se recibe mediante

fax, copia de la Orden 3770/2012, de 13 de diciembre de 2012, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid por la que se otorga a la Mancomunidad del Sur la concesión administrativa para la utilización y aprovechamiento de determinados bienes de dominio público afectados a la prestación de servicios de gestión de residuos domésticos.

Entre otras cuestiones, dicha Orden dispone: “A fin de cumplir con su objetivo, la Mancomunidad del

Sur ha solicitado la utilización y aprovechamiento de los bienes de dominio público destinados a la prestación del servicio de gestión de residuos de la zona Sur, actualmente de titularidad de la Comunidad de Madrid; así como la cesión de los derechos que pudieran corresponder a la Comunidad de Madrid sobre la explotación de determinados recursos energéticos generados en las mismas instalaciones, si bien el otorgamiento de tales derechos se regulará en virtud de

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las normas previstas en la Ley 3/2001 para la cesión de bienes de dominio público.”

Por tanto la Comunidad de Madrid acuerda: “Primero.- De acuerdo con lo previsto en la Estrategia de

Residuos de la Comunidad de Madrid, aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 18 de octubre de 2007, y según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, por la presente Orden se otorga a la Mancomunidad del Sur, en régimen de concesión administrativa , la utilización y aprovechamiento de los siguientes terrenos, instalaciones, equipos, maquinaria e infraestructuras de gestión de residuos urbanos, que tienen la condición de bienes de dominio público adscritos a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, cuya identificación y características esenciales se detallan en el anexo inseparable de esta Orden y que corresponden a las instalaciones que se indican a continuación:

Instalaciones propiedad de la Comunidad de Madrid

1. Estación de transferencia de residuos urbanos de Colmenar de Arroyo.

2. Estación de transferencia de residuos urbanos y antiguo vertedero de residuos urbanos en Colmenar de Oreja.

3. Estación de transferencia de residuos urbanos de Las Rozas de Madrid.

4. Vertedero de residuos urbanos de Pinto.

Instalaciones propiedad de la Comunidad de Madrid ubicadas en terrenos de propiedad municipal

5. Estación de transferencia de residuos urbanos de

Leganés. 6. Estación de transferencia de residuos urbanos de

Las Rozas de Madrid. Antigua.

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La concesión administrativa de las instalaciones ubicadas en terrenos de propiedad municipal queda condicionada a que los Ayuntamientos de estos municipios otorguen expresamente su autorización a dicha concesión, en aplicación de lo establecido en el artículo 78 del Real Decreto 1372/1986 de 13 de junio. De acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; la autorización por parte de los Ayuntamientos corresponde al Alcalde o persona por él delegada, siempre que la cuantía no supere el 10 % de los recursos ordinarios de ese Ayuntamiento.

…… Tercero.- La concesión objeto de la presente Orden

se otorga sin perjuicio de las demás licencias o autorizaciones que sean exigibles, de acuerdo con la legislación vigente, para el ejercicio de la actividad de la gestión de residuos urbanos que la Mancomunidad de Sur pretende realizar.”

4.- En la sesión ordinaria de la Asamblea General de la

Mancomunidad del Sur, celebrada el 11 de septiembre de 2012, se acordó la adhesión del municipio de Rozas de Puerto Real a la referida Mancomunidad y, en consecuencia, modificar el artículo 1 de los Estatutos de la Mancomunidad sobre los municipios que la constituyen, que quedará redactado en los siguientes términos:

“Los municipios de Móstoles, Arroyomolinos, Boadilla

del Monte, Brea de Tajo, Brunete, Chinchón, Colmenar de Oreja, Cubas de la Sagra, Estremera, Griñón, Humanes de Madrid, Majadahonda, Moraleja de En medio, Navalcarnero, Navas del Rey, Pelayos de la Presa, Perales de Tajuña, Pinto, Pozuelo de Alarcón, Quijorna, Rozas de Puerto Real, San Martín de la Vaga, Serranillos del Valle, Sevilla la Nueva, Tielmes, Torrejón de la Calzada, Valdemoro, Valdilecha, Villa del Prado, Villamanrique de Tajo, Villamantilla, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo y Villarejo de Salvanés,

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conforme a la facultad que les reconoce el ordenamiento jurídico vigente, se constituyen en Mancomunidad de carácter voluntario para la prestación conjunta de los servicios de gestión de los residuos y en especial, el tratamiento, valoración energética y eliminación de los Residuos Sólido Urbanos.”

5. Este acuerdo de adhesión debía ser ratificado por los

Plenos de los municipios respectivos, en cumplimiento de lo establecido, tanto en el artículo 31 c) de los propios Estatutos, como en el artículo 73.2 de la Ley 2/2003, 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

LEGISLACIÓN APLICABLE - Artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de

las Bases del Régimen Local (en la redacción dada por la Ley 11/99, de 21 de abril), modificada por la Ley 57/03, de 16 de diciembre, de Medidas para la modernización del Gobierno Local.

- Artículo 23.1.a) y 79.2 Texto Refundido de las

disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo nº 781/1986, de 18 de abril.

- Artículo 78 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio,

por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

- Artículo 123 y 173 del Reglamento de Organización,

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

- Disposición adicional segunda del Real Decreto

Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

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CONSIDERACIONES JURÍDICAS - Tal y como queda reflejado en la Orden 3770/2012, de 13

de diciembre de 2012, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por la que se otorga a la Mancomunidad del Sur la concesión administrativa para la utilización y aprovechamiento de determinados bienes de dominio público afectados a la prestación de servicios de gestión de residuos domésticos, la Comunidad de Madrid otorga la concesión de todos los bienes de su titularidad a efectos de la prestación de este Servicio, y los bienes municipales que vienen utilizándose para el mismo, si bien respecto de estos últimos requiere la autorización municipal al amparo de Artículo 78 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

- En cuanto al Órgano Competente, la autorización por

parte de los Ayuntamientos corresponde al Alcalde o persona por él delegada, siempre que la cuantía no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto municipal. Desconociendo cuál es el valor del aprovechamiento y, dado que la concesión es de 45 años, se considera apropiado que sea el Pleno Municipal el que autorice la referida operación.

Visto cuanto queda expuesto, y previo dictamen de la Comisión informativa correspondiente, se eleva la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCION:

- PRIMERO.-Autorizar a la Comunidad de Madrid para

que incluya en la Concesión Administrativa que otorga a la Mancomunidad de Residuos del Sur para la utilización y aprovechamiento de los terrenos, instalaciones, equipos, maquinaria e infraestructuras de gestión de residuos urbanos, la Estación de transferencia de residuos urbanos de Las Rozas de Madrid. Antigua, propiedad del Ayuntamiento de Majadahonda, en aplicación del artículo 78 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

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- SEGUNDO.- Ratificar el acuerdo de la Asamblea de la

Mancomunidad de Residuos del Sur, celebrada el 11 de septiembre de 2012 sobre adhesión del municipio de Rozas de Puerto Real, en cumplimiento de lo establecido, tanto en el artículo 31 c) de los propios Estatutos, como en el artículo 73.2 de la Ley 2/2003, 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

No obstante, el órgano superior acordará lo que estime más conveniente.

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Medio Ambiente y Movilidad de 20 de diciembre de 2012, favorable.

El Concejal Delegado de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, Sr. García González, indica que hoy se presenta al Pleno la autorización a la Comunidad de Madrid para que proceda a la cesión del uso y aprovechamiento de la Planta de Transferencia a la Mancomunidad de Residuos del Sur. Sigue diciendo que este trámite es necesario y de obligado cumplimiento si se desea que siga prestando el servicio que, a su vez, da servicio también a Majadahonda, y es el de transferencia de los residuos que se generan en nuestra ciudad, a las plantas de tratamiento. Aclara que se trata de una infraestructura propiedad de la Comunidad pero ubicada sobre un suelo propiedad de este Ayuntamiento y por ello es preceptivo que se otorgue, de forma expresa, la autorización a la Comunidad de Madrid para que ceda esas instalaciones a la Mancomunidad de Residuos del Sur. Termina su intervención diciendo que otra propuesta que se realiza en este expediente es la votación, por ser preceptivo, de la incorporación a esta Mancomunidad del Sur de otro municipio, Rozas de Puerto Real.

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La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de Oca, indica que su grupo ha dejado clara en otras ocasiones su posición respecto a la pertenencia de Majadahonda a la Mancomunidad del Sur que se ha creado para la gestión de los residuos sólidos urbanos. Aclara que su grupo no está de acuerdo con la pertenencia a esta Mancomunidad porque no comparte los criterios de economía y eficiencia a los que aluden el equipo de gobierno y la Comunidad de Madrid o cree que, al menos, no se han realizado bien las cuentas y eso mismo piensan también otros municipios que no se han adherido y, si lo han hecho, se han dado de baja al conocer el coste que les suponía. Manifiesta que este Ayuntamiento es propietario de una parcela en el término municipal de Las Rozas que compró en el año 1982 y que se utilizaba para la gestión propia de los residuos de Majadahonda cuando se entendía que la gestión de los residuos correspondía a los ayuntamientos y en ese momento, y en colaboración con la Comunidad de Madrid, se construyó la Planta de Transferencia de Residuos. Añade que, cuando comenzaron a llegar de Europa los recursos suficientes para que ese servicio fuera rentable, la Comunidad de Madrid decidió que debía ser la que se encargara de gestionar la eliminación de residuos con la excusa de mejorar los costes y para ello elaboró un Plan Autonómico de Gestión de Residuos Urbanos que funcionó durante los años 1997 y 2005. Aclara que el Ayuntamiento cedió a la Comunidad de Madrid la parcela de su propiedad en la que está ubicada la Planta de Transferencias pero su grupo ignora si se obtuvo algún beneficio por esa cesión. Sigue diciendo que, en el año 2006, al amparo de la llamada Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid 2006-2016, y ante la finalización de las subvenciones europeas a este servicio, la Comunidad de Madrid se va planteando la necesidad de devolver la gestión a los ayuntamientos para que sean éstos los que sufraguen totalmente los costes generales y además aconseja la creación de mancomunidades para la gestión.

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Manifiesta que, mediante una Orden del Consejero de Medio Ambiente, se va a ceder dicha parcela a la Mancomunidad del Sur a la que está adherida Majadahonda. Aclara que actualmente la Comunidad de Madrid ha pedido la cesión de las instalaciones de la Planta de Transferencia y, como el Ayuntamiento es el propietario de la parcela donde están ubicadas, se nos pide autorización para realizar la cesión y cree que todo esto es para que la Mancomunidad del Sur saque a concurso, mediante concesión administrativa, la gestión para adjudicarla a una empresa privada. Termina su intervención diciendo que, después de todo este proceso, su grupo no sabe si los intereses de los vecinos se van a ver beneficiados de alguna manera por la inversión que realizaron en el año 1982 al adquirir la parcela que ahora se va a ceder. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que se presenta al Pleno, una vez más, un tema relacionado con la Mancomunidad de Residuos del Sur pero su grupo continúa sin tener información general de dicha mancomunidad y dice esto porque aunque el Concejal Delegado de Medio Ambiente hizo la promesa de explicarlo a todos los grupos de la oposición, todavía no lo ha hecho. Sigue diciendo que lo único que conoce es que determinados municipios se van adhiriendo y otros no quieren adherirse pero su grupo no sabe aún cuánto dinero va a costar a los vecinos de Majadahonda y le interesa muchísimo conocer ese dato y tampoco sabe si la cesión que se va a realizar va a suponer a los vecinos algún beneficio económico. Aclara que tiene la impresión de que todo el proceso relacionado con la Mancomunidad del Sur se está haciendo demasiado deprisa y añade que el expediente que se presenta en este momento al Pleno se denomina “… para la utilización y aprovechamiento de la Planta de Transferencia de Residuos sita en el término municipal de Las Rozas, propiedad del Ayuntamiento de Majadahonda.”. Indica que da la sensación de que este Ayuntamiento era una especie de intruso en el municipio de Las Rozas o tenía una especie de Condado de Treviño y nadie se había dado cuenta y por ello ha sido necesario acudir, deprisa

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y corriendo, al Registro de la Propiedad para decirle a la Comunidad de Madrid que la parcela donde está ubicada la Planta de Transferencias, aunque esté en el término municipal de Las Rozas, era de Majadahonda. Aclara que una de las naves de la Planta de Transferencias es aprovechada por el Ayuntamiento de Las Rozas y otra por Majadahonda y su grupo no conoce si Las Rozas ha estado pagando o no alquiler por la nave que utiliza. Termina su intervención diciendo que lo que más preocupa a su grupo es conocer cuánto va a costar a los vecinos la adhesión de este municipio a la Mancomunidad de Residuos del Sur, conocer si la cesión de la parcela de la actual Planta de Transferencia va a aportarnos algún beneficio y conocer si este Ayuntamiento va a tener que imponer una tasa a los vecinos por el coste que este servicio pueda suponer. El Sr. Presidente indica a la Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia que, aunque Majadahonda haya sido “intruso” en el municipio de Las Rozas, no hay que olvidar que todo es territorio español y por eso le ha extrañado particularmente que esas manifestaciones las haya realizado Unión Progreso y Democracia. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que durante este debate desea reflejar, una vez más, lo injusta que ha sido la transferencia de la competencia de la gestión de residuos por la Comunidad de Madrid a los ayuntamientos ya que la hace cuando se acaban los fondos europeos y además los ayuntamientos no tienen financiación para asumirla por lo que, evidentemente, acabará repercutiendo en los bolsillos de los ciudadanos y de hecho los Estatutos de esta Mancomunidad recogen la posibilidad de modificar o imponer ordenanzas fiscales propias para asumir el coste de este servicio. Sigue diciendo que el problema de esta Mancomunidad está precisamente en la incógnita y cree que este expediente, lejos de despejar cualquier incógnita, genera aún más incertidumbre y dice esto porque existe un Plan Regional de Residuos que impone dividir a la Comunidad de Madrid, excluyendo la parte del municipio de Madrid, en tres zonas y a Majadahonda le correspondería la

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Mancomunidad del Sur que recogería a 70 municipios y una población total cercana a 1,6 millones de habitantes por lo que es la mancomunidad más grande de todas. Aclara que, hasta este momento, se han adherido unos 30 municipios de los 70 que debían incorporarse por lo que prestaría servicios a una población cercana a los 300.000 habitantes (35% del total de la zona que tiene que cubrir para el tratamiento de residuos). Añade que la Ley 22/2011, de Residuos, establece dos formas distintas para gestionar los residuos. Una contempla que los municipios puedan ejercer sus competencias por sí mismos o de forma mancomunada por lo que está claro que no impide, en ningún caso, que los municipios, libremente, puedan ejercer esa competencia directamente pero la Comunidad de Madrid envía un proyecto de Orden por el que se pretende conceder directamente todas las instalaciones propiedad de la Comunidad de Madrid, tanto las que están en suelo propio como las que están en suelos propiedad de los municipios, a la Mancomunidad de Residuos vulnerando, desde el punto de vista de su grupo, los derechos de todos los ciudadanos madrileños porque solo va dejar los suelos a disposición de una parte, es decir, al 35% al que ha aludido anteriormente. Indica que además se da la curiosa circunstancia de que hay dos instalaciones de tratamiento de propiedad municipal que se pretenden ceder a la Mancomunidad, una es la situada en el término municipal de Las Rozas pero propiedad de este Ayuntamiento y la otra es propiedad del municipio de Leganés, municipio que no se ha adherido a la Mancomunidad del Sur. Aclara además que este expediente recoge una serie de cuestiones que generan incertidumbres porque se está viendo cómo se va a autorizar la concesión del uso de unas instalaciones propiedad de este Ayuntamiento, aunque estén situadas en el término municipal de Las Rozas, de las que todavía no está acreditada, formalmente, su titularidad puesto que no se ve en este expediente ningún documento sobre la titularidad de la instalación que está funcionando aunque entiende que existiría algún contrato suscrito con alguna empresa que estará gestionando ese servicio y pregunta qué va a pasar con ese contrato y con esas instalaciones cuando su uso pase a la Mancomunidad.

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Manifiesta también que no existe ningún informe de Intervención que valore económicamente el bien que se va a ceder o se va a autorizar su uso por la Mancomunidad y entiende que se va a ceder un suelo sin contar con una valoración económica y tampoco se alude a ningún tipo de contraprestación económica para Majadahonda por el valor añadido que estamos aportando a esa Mancomunidad y dice esto porque vamos a ceder un suelo, lo que no hacen otros municipios, y a cambio parece que no vamos a recibir nada. Indica que para tramitar este expediente se está usando, como legislación de referencia, una Orden de la Comunidad de Madrid que no está vigente puesto que todavía no ha sido publicada en el Boletín de la Comunidad de Madrid por lo que aún es un proyecto de orden y además es curiosa la paradoja de que esa pretendida orden de cesión sea previa a la autorización municipal lo que para su grupo es un disparate. Termina su intervención diciendo que, por los motivos que ha expuesto, su grupo entiende que ni la autorización municipal, ni la supuesta Orden se están ajustando en su procedimiento a derecho y además cree que podrían vulnerarse derechos de gran parte de la población afectada y, si este Ayuntamiento participa y asume las obligaciones, entre otras económicas puesto que se realiza una cesión a la Mancomunidad del Sur, estaríamos ante una temeridad y se podrían poner en riesgo los intereses de los vecinos. El Viceportavoz del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río, indica que está muy de acuerdo con muchas de las manifestaciones que ha realizado el Portavoz del Grupo Izquierda Unida-Los Verdes porque parece que todo lo que tiene que ver con la Mancomunidad del Sur es una especie de “caja negra” y nadie explica a los grupos de la oposición cómo va a ser, en qué condiciones va a entrar Majadahonda, etc. y siempre su grupo ha venido diciendo lo mismo y es que no sabe si puede estar a favor o en contra de la incorporación a esa Mancomunidad porque no sabe nada de ella aunque parece que se va a poner en marcha ya. Aclara que no se sabe cuánto van a tener que pagar los vecinos, ni las instalaciones que va a tener, ni si va a ser efectiva o no y, aunque ahora se empiezan a conocer determinadas cuestiones, para mayor sorpresa aparece una parcela de este Ayuntamiento que el Departamento de Patrimonio no conocía y que se va a ceder a la Mancomunidad por lo que entiende, como han dicho

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otros grupos municipales, que Majadahonda va a entrar en otras condiciones distintas al resto de municipios mancomunados porque, reitera, vamos a aportar unas determinadas propiedades pero no se sabe si vamos a recibir alguna contraprestación por ello. Sigue diciendo que este Ayuntamiento ni siquiera conocía el precio de la parcela que vamos a ceder e incluso, alegremente, vamos a renunciar a conocer el valor del aprovechamiento y pregunta cómo se puede ceder algo sin siquiera conocer su valor. A continuación indica que no se han incorporado los antecedentes de esta parcela que se compró para una previa mancomunidad de la central de transferencia pero no se ha incorporado al expediente el acuerdo de creación de dicha mancomunidad que parece que posteriormente pasó a la Comunidad de Madrid y por ello pregunta también dónde está el acuerdo de cesión a la Comunidad de Madrid y por qué ésta lo cede a un tercero por 45 años. Insiste en pedir todos los antecedentes del expediente que se está presentando al Pleno. Manifiesta que su grupo siempre dice lo mismo respecto a todos los expedientes que se presentan al Pleno y que se refieren a la Mancomunidad del Sur y es que su grupo no puede votar haciendo un acto de fe y por ello, una vez más, pide que se incorpore toda la información referida a la repercusión que va a tener para los vecinos, si se va a tener en cuenta o no que Majadahonda va a aportar más que otros municipios, cómo se va pagar este servicio, etc. A continuación pide al equipo de gobierno que no presente expedientes a aprobación sin explicar lo que son y está convencido de que ni siquiera el equipo de gobierno debería aprobar la propuesta que se presenta en este punto del Orden del día porque cree que estarían votando “en barbecho” ya que, reitera, no se sabe nada de este expediente ni de sus antecedentes. Pregunta seguidamente cómo existe una Orden por la que la Comunidad cede por 45 años algo que es propiedad de este Ayuntamiento sin que se haya autorizado por Majadahonda y pregunta cómo se han acordado o pactado todas esas operaciones a las que ha aludido.

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Continúa diciendo que la creación de la Mancomunidad del Sur ha servido, al menos, para que aparezca esta parcela de la que no se sabía nada y lo que más preocupa a su grupo es que puedan existir otras parcelas de propiedad municipal que todavía no hayan sido descubiertas y aún le inquieta más que este Ayuntamiento renuncie a valorar la parcela que se va a ceder. Termina su intervención reiterando que, desde el punto de vista de su grupo, este expediente es insostenible como otros muchos que se presentan al Pleno en el que se cambian servicios que tienen que ver con la Comunidad de Madrid. El Sr. Presidente indica que le sorprende la capacidad de algunos grupos municipales para tergiversar la realidad y dice esto porque lo que se pretende con este expediente es ceder a la Mancomunidad del Sur una parcela que fue cedida, hace 30 años, a la Comunidad de Madrid para la gestión del servicio de recogida de basuras, cesión que se hace porque la Comunidad que, por tener fondos europeos, venía gestionando el servicio de basuras sin tener la competencia y que, en el momento en que ha dejado de tener esos fondos, está transfiriendo esos servicios a los ayuntamientos. Sigue diciendo que todavía no hay alternativa a las mancomunidades y cree que la prestación del servicio de recogida de basuras costará el doble a los municipios que no se adhieran a las mancomunidades. Aclara a continuación que todos los municipios que tenían suelos afectos a la gestión de basuras como, por ejemplo, el vertedero de Pinto que también había sido cedido a la Comunidad de Madrid, van a ser aportados a las mancomunidades que recuerda que están formadas por ayuntamientos por lo que son públicas. Indica que si los grupos de la oposición lo desean, el Concejal Delegado de Medio Ambiente puede facilitar la información que tiene aunque no sea mucha. Recuerda seguidamente que el equipo de gobierno tiene la obligación de adelantarse a los acontecimientos porque los ayuntamientos que se queden atrás en este tema van a tener que pagar, por la gestión de residuos, más del doble que los ayuntamientos mancomunados, dato que sí se conoce.

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Termina su intervención aclarando que se está al comienzo del proceso de la Mancomunidad y este Ayuntamiento, al igual que otros, se ha adherido por saber que los que no lo hagan lo van a pasar mal por el coste del servicio de recogida de residuos y reitera que lo que se está haciendo, en estos momentos, es autorizar a la Comunidad de Madrid, a la que se había cedido previamente el suelo donde está ubicado la planta de transferencia, para que lo aporte a la Mancomunidad del Sur. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce (14) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular y once (11) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, ACUERDA: PRIMERO.-AUTORIZAR a la Comunidad de Madrid para que incluya en la Concesión Administrativa que otorga a la Mancomunidad de Residuos del Sur para la utilización y aprovechamiento de los terrenos, instalaciones, equipos, maquinaria e infraestructuras de gestión de residuos urbanos, la Estación de transferencia de residuos urbanos de Las Rozas de Madrid. Antigua, propiedad del Ayuntamiento de Majadahonda, en aplicación del artículo 78 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. SEGUNDO.- RATIFICAR el acuerdo de la Asamblea de la Mancomunidad de Residuos del Sur, celebrada el 11 de septiembre de 2012 sobre adhesión del municipio de Rozas de Puerto Real, en cumplimiento de lo establecido, tanto en el artículo 31 c) de los propios Estatutos, como en el artículo 73.2 de la Ley 2/2003, 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid. 10.(209/12) APROBACIÓN DE LA CREACIÓN DEL SERVICIO

PÚBLICO Y FORMA DE GESTIÓN DEL MERCADO “SANTA CATALINA”. (11.1)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes:

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A) INFORME del Interventor, de 17 de diciembre de 2012, cuyo texto es el siguiente: “1.- Normativa aplicable

• Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local (LRBRL). • Texto Refundido de disposiciones Legales vigentes en

materia de Régimen Local, aprobado por RDL 781/1986 (TRLRL).

• Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por RDL 2/2004, de 5 de marzo (TRLHL).

• Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales (ROF).

• Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por RDL 3/2011, 14 de noviembre (TRLCSP).

• Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (RS).

• Reglamento de Procedimientos Administrativos Municipales (RPAM), modificado por el Ayuntamiento Pleno en su sesión de 27 de junio de 2000.

2.- Competencia municipal para la prestación de un servicio público

Según el artículo 25.1 de la LRBRL “El Municipio, para

la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal”.

Por otro lado, el apartado 2º de dicho precepto, que en

el punto g) atribuye a los municipios competencias genéricas en materia de “abastos, mataderos, ferias, mercados y defensa de usuarios y consumidores”.

En ese sentido, el apartado 1,b) del artículo 26 de la

misma Ley establece que los municipios de más de 5.000 habitantes deberán prestar, por sí o asociados, entre otros, “el servicio de mercado”.

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Teniendo en cuenta, por otro, la voluntad política manifestada en la Moción de 12/12/2012 del Concejal de Formación, Empleo, Comercio, Consumo, Vigilancia y Control de Animales Domésticos de crear este servicio público de mercado, mediante gestión indirecta bajo la forma de Concesión de servicio público por un plazo de 50 años, justificada en función de la demanda existente por el informe técnico del Jefe de Servicio de Formación, Empleo y Comercio de la misma fecha.

De lo anterior cabe concluir que este Ayuntamiento tiene

atribuida por ley la competencia y la obligación de prestar dicho servicio y que su establecimiento responde a una necesidad de los ciudadanos que ha sido previamente evaluada.

3.- Forma de gestión

En el apartado 2º del avance de la propuesta Resolución

de 14/12/2012 que figura en el expediente se propone para la prestación de este servicio la modalidad de gestión indirecta mediante concesión administrativa.

Dicha propuesta se fundamenta en el citado el informe

técnico del Jefe de Servicio de Formación, Empleo y Comercio de 12/12/2012 en las ventajas de esta modalidad frente a la gestión directa, que son:

• Mayor flexibilidad y rapidez (del concesionario) a

la hora de adaptarse a los flujos de demanda. • Mayor agilidad en las contrataciones y sustituciones

del personal, así como en la compra de material y suministros.

Se especifica, además, el ahorro presupuestario para el Ayuntamiento, implícito en esta forma de gestión, ya que el concesionario correrá con costes del servicio.

En relación con lo anterior, los apartados 2 y 3 del

artículo 85 de la LRBRL, en la redacción dada por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, disponen lo siguiente: “2. Los servicios públicos de la competencia local podrán gestionarse mediante alguna de las siguientes formas:

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A. Gestión directa: a. Gestión por la propia entidad local. b. Organismo autónomo local. c. Entidad pública empresarial local. d. Sociedad mercantil local, cuyo capital social sea

de titularidad pública.

B. Gestión indirecta, mediante las distintas formas previstas para el contrato de gestión de servicios públicos en la Ley de Contratos del Sector Público.

4. En ningún caso podrán prestarse por gestión indirecta ni mediante sociedad mercantil de capital social exclusivamente local los servicios públicos que impliquen ejercicio de autoridad.”

En referencia concreta a la concesión administrativa, el artículo 114 del RS establece: “1. Los servicios de competencia de las entidades locales podrán prestarse mediante concesión administrativa, salvo en los casos en que este ordenada la gestión directa. 2. La concesión podrá comprender:

a. La construcción de una obra o instalación y la subsiguiente gestión del servicio a que estuvieren afectas, o

b. El mero ejercicio del servicio público cuando no requiera obras o instalaciones permanentes o estuvieren ya establecidas (….)”

En ese mismo sentido incide el artículo 277 del TRLCSP, concretamente en cuanto a las modalidades de gestión indirecta de los servicios públicos. 4.- Crédito presupuestario

De acuerdo con lo que consta en los distintos informes

citados, no es necesario retener crédito presupuestario, ya que del presente expediente no se derivarían obligaciones que deban imputarse al presupuesto de gastos del Ayuntamiento.

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Sin embargo, cuando se reciba el expediente referido a la contratación de la concesión administrativa para la prestación de este servicio, esta Intervención se pronunciará al respecto en el correspondiente informe de fiscalización previa, a la vista de los documentos del mismo.

5.- Informe jurídico y Propuesta de Resolución.

En el expediente constan el informe jurídico preceptivo y

un avance de propuesta de resolución, ambos de fecha 14/12/2012.

6.- Órgano competente.

El órgano competente para aprobar este expediente es

el Pleno de la Corporación, de conformidad con el artículo 22.2,f) de la LRBRL.

7.- Conclusiones

De acuerdo con todo lo anterior, esta Intervención

considera que: • Procede la gestión indirecta de dicho servicio mediante

concesión administrativa. • El acuerdo de creación del servicio público no implica, en

principio, la asunción de obligaciones que deban imputarse al Presupuesto del Ayuntamiento.

• El órgano competente es el Pleno de la Corporación.” B) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Jefe de Servicio de

Contratación de Servicios y Suministros, de 17 de diciembre de 2012, constando el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Organización, Calidad, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, cuyo texto es el siguiente: “De conformidad con lo establecido en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 2568/1986, cabe señalar los siguientes: HECHOS

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1.- Que mediante Moción del Concejal Delegado de Formación, Empleo, Comercio, Consumo, Vigilancia y Control de Animales domésticos, de fecha 12 de Diciembre de 2012, se incoa expediente para la creación del servicio público de “mercado”, cuya denominación comercial será Mercado de Santa Catalina, y cuya forma de gestión adoptará la modalidad de gestión indirecta mediante concesión administrativa, por un plazo de 50 años. 2.- En fecha 12 de Diciembre de 2012 se emite Propuesta- Informe Técnico sobre la creación del Servicio Público emitido por el Jefe de Servicio de Formación y Empleo y Comercio, en el que propone en primer lugar, la creación del Servicio Público de “Mercado”, actividad que queda sumida como propia por la Administración municipal y en segundo lugar, que la forma de gestión del citado Servicio Público lo será como concesión administrativa, por un plazo de cincuenta años. 3.- Que han sido incorporados los preceptivos informes de Secretaría General, en fecha 14 de Diciembre de 2012, y de Intervención en fecha 17 de diciembre de 2012

A la vista de los hechos relatados cabe considerar los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO 1.- Resulta de aplicación lo dispuesto en la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP); Ley 24/2011, de 1 de agosto y Ley 26/11, de 1 de agosto- el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General que desarrolla la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en abreviatura RGC), en todo aquello que no se oponga a la L.C.S.P., Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, y Real Decreto 300/2011, de 4 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

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2.- Lo dispuesto en la Ley 7/85 de 2 de Abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y Texto Refundido de las Disposiciones vigentes en materia de régimen local, Real Decreto legislativo 781/86, de 18 de Abril, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, RD 2568/86 de 28 de Noviembre y Decreto de 17 de junio 1955 Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.

Conforme los hechos y fundamentos de derecho

anteriormente relatados y de conformidad con lo dispuesto en el art. 169 del Texto Refundido de Régimen Local, procede elevar al Pleno, (órgano competente para la creación y adopción de la forma de gestión del servicio público en cuestión), previo dictamen de la Comisión Informativa correspondiente, según lo dispuesto en la legislación de régimen local y en las Bases de Ejecución de los Presupuestos para 2012, y según la propuesta emitida por el Jefe de Servicio de Formación, Empleo y Comercio la siguiente,

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1º.- Aprobar la creación del servicio público de “Mercado”,

actividad que queda sumida como propia por la Administración municipal.

2º.- Determinar que la forma de gestión de dicho servicio

público lo será como gestión indirecta mediante concesión administrativa por un plazo de 50 años.

No obstante el Pleno, con superior criterio, acordará lo

que estime más conveniente.” C) DICTAMEN de la comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 20 de diciembre de 2012, favorable. El Concejal Delegado de Formación, Empleo, Comercio, Consumo, Vigilancia y Control de Animales Domésticos, Sr. Díaz, indica que se presenta al Pleno la creación del servicio público de Mercado “Santa Catalina” en la zona de Las Erillas, mercado que

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tiene como objetivo dinamizar el centro de la ciudad y potenciar el comercio local lo que el equipo de gobierno viene realizando desde hace tiempo mediante la puesta en marcha de diversos planes de dinamización. Sigue diciendo que este mercado será un equipamiento comercial, de carácter singular, que integrará la hostelería con la venta de productos frescos y de alimentación y el equipo de gobierno pretende que sea un mercado de referencia. Termina su intervención diciendo que se ha decidido que la forma más adecuada de gestión sea la indirecta mediante concesión administrativa por un periodo de 50 años. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, aclara que su grupo se va a abstener en este punto porque tiene muchas dudas y muchas preguntas y, aunque a priori este mercado pueda parecer una idea interesante, su grupo también va a proponer otra. Indica que su grupo tiene dudas sobre la filosofía del equipo de gobierno con los centros comerciales o con el mercado abierto, sobre el impacto que este mercado pueda tener en el centro de la ciudad, sobre el impacto que pueda tener en los comercios que ya funcionan en el centro, sobre si se ha realizado algún estudio para el impacto que pueda tener sobre los ciudadanos que viven en la zona donde se ha pensado instalar ese mercado, etc. A continuación pregunta si esta propuesta tiene que ver con la necesidad de pagar por aparcar los vehículos en la zona de Las Erillas y a continuación propone que no se utilice esta idea del Mercado para no revisar las galerías comerciales como la de Sanabria o el centro comercial de Gran Vía 33 o Tutti Centro porque todos los que viven en Majadahonda saben que, comercialmente, van hacia abajo y cree que todos los grupos municipales, incluido el equipo de gobierno, podrían trabajar para ofrecer a los comerciantes y ciudadanos de Majadahonda la rehabilitación de todas esas zonas. Aclara que su grupo entiende que en este tema puede existir una cierta improvisación y por ello desea conocer el desarrollo de esta idea y además pide que se haga de una forma diferente a como se han

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hecho otro tipo de concesiones administrativas de las que se ha discutido en diferentes sesiones plenarias de esta legislatura. Termina su intervención insistiendo en que la concesión administrativa del Mercado se haga de una forma diferente para no cometer los mismos errores que se han cometido en otras concesiones administrativas porque parece que son más productivas y provechosas para las empresas concesionarias que para los vecinos de Majadahonda y además todos conocen, incluso el equipo de gobierno, que la ampliación de la peatonalización de la calle Gran Vía no ha sido positiva para ciertos elementos de la población de Majadahonda. El Sr. Presidente recuerda al Portavoz del Grupo Municipal Socialista que en estos momentos solo se está creando el servicio público y además le extraña que haya pedido que el Ayuntamiento intervenga en la rehabilitación de locales gestionados por empresas privadas. A continuación recuerda a dicho Portavoz que el equipo de gobierno ayudó, por ejemplo, a la Galería Sanabria para que para que, recibiera una parte muy importante de dinero, no recuerda si fue de los fondos europeos o de la Comunidad de Madrid, para su rehabilitación y estaría dispuesto a prestar esa ayuda a los otros centros comerciales que ha indicado el Grupo Socialista pero nunca va a ayudar a rehabilitar locales comerciales privados con dinero de todos los vecinos. Termina su intervención diciendo que el Ayuntamiento va a seguir ayudando a los comercios del centro de la ciudad para recibir subvenciones para su rehabilitación pero ello no resta al proyecto del Mercado Santa Catalina y añade que, según se vaya conociendo cómo va a ser esa gestión, se irá presentando al Pleno. La Portavoz del Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que a su grupo le gusta mucho la parte de este expediente que se refiere a la creación del servicio público pero tiene dudas respecto a la forma de gestión del Mercado porque se pone a temblar cuando oye decir que se realizará mediante una concesión administrativa.

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Sigue diciendo que le parece una buena idea crear el servicio público para que funcione un mercado en el centro de la ciudad y además que se haga manteniendo alrededor del mismo los puestos del Mercadillo porque los comerciantes notan una mejoría los días que funciona el Mercadillo. Aclara que el Mercadillo de Majadahonda fomenta la actividad comercial en el centro de la ciudad y considera oportuno que el Mercado Santa Catalina funcione en el mismo lugar. Insiste en que a su grupo le parece un poco dudosa la forma de gestión del Mercado y aún le parece más dudoso que el plazo de la concesión administrativa sea de 50 años. El Sr. Presidente aclara que, según la experiencia de Madrid, nadie invierte 7 millones de euros a no ser que sea por un plazo de 50 años. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que a su grupo le gustaría que el equipo de gobierno le mantuviera informado de este tema para evitar, como ha ocurrido en otras muchas ocasiones, que su grupo reciba información por la prensa o porque, en un momento dato se incluya en una sesión plenaria un determinado expediente. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que a su grupo le pasa lo mismo que a Unión Progreso y Democracia y es que le gusta la parte del expediente que se refiere a la creación del servicio público de Mercado pero va a estar totalmente en contra de la forma de gestión del mismo. Sigue diciendo que, en el año 2008, el Grupo Centrista presentó una Moción en este mismo sentido y en esos momentos su grupo la apoyó por entender que sería un buen equipamiento pero siempre que se respetara la ubicación del Mercadillo y se reconociera la importante labor que realiza no solo por su interés comercial sino también porque es un centro abierto en el que se encuentran los vecinos. Manifiesta que su grupo no conoce nada de forma oficial, del Mercado Santa Catalina y no conoce las dimensiones que tendrá y tampoco su ubicación real dentro de toda la parcela de Las Erillas y lo

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único que conoce, por haberse tratado en la Junta de Portavoces, son unos dibujos de cómo podría ser ese mercado pero parece que al Sr. Alcalde no le han gustado esos diseños. Reitera que su grupo va a votar en contra de este expediente por el medio de gestión por el que se ha optado para la prestación de este servicio público y añade que su grupo no es capaz de entender, si el informe justificativo de la creación del servicio dice que puede ser muy rentable por las condiciones del propio centro, por qué el equipo de gobierno opta siempre porque sea gestionado de forma privada en lugar de que todos los beneficios que se generen redunden en los ciudadanos de Majadahonda. Termina su intervención diciendo que en este caso se ve cómo en una mala situación económica general en la que, a nivel nacional y local, se está optando por recortar servicios mientras que se elevan impuestos, no se busquen otras fuentes de generar ingresos porque, como se ha dicho en otros puntos de esta sesión, los ingresos municipales están basados, sobre todo, en el impuesto sobre bienes inmuebles y transferencias pero se sigue viendo que el equipo de gobierno vuelve a desaprovechar otra ocasión como ésta para generar otro tipo de ingresos vinculados a la actividad económica de este municipio, actividad económica que considera que debería ser importante y por ello insiste en que su grupo nunca entenderá la lógica de que algo que vaya a ser, económicamente rentable, acabe siempre en manos de las empresas privadas. El Sr. Presidente indica que, cuando se gestiona algún servicio, no siempre se obtienen beneficios cuando e incluso, en ocasiones, se producen pérdidas como lo demuestra lo que está ocurriendo en estos momentos con la mayoría de empresas públicas y personalmente no se imagina que sean funcionarios un frutero o un pescadero y además está convencido de que la función pública no está para realizar esa función y esa precisamente es la razón por la que el Partido Popular e Izquierda Unida-Los Verdes tienen ideologías distintas. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que su grupo lleva desde el año 1999 peleando por este mercado y cree recordar que, desde entonces, se ha incorporado a todos sus programas electorales. Añade que también, en todas las

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legislaturas, ha presentado mociones en el Pleno para que se lleve a cabo ese mercado en la zona de Las Erillas, incluso habló con los comerciantes quienes le dijeron que estaban de acuerdo y también con los que utilizan el Mercadillo quienes también estaban de acuerdo en tener sus puestos alrededor. Añade que también habló con los que tienen puestos en la Galería Sanabria e incluso algunos de ellos mostraron interés por conocer si era posible trasladarse al nuevo mercado e incluso su grupo realizó una maqueta que se perdió en uno de los procesos electorales y, como no tiene dinero, no hizo ninguna otra y por ello su grupo está totalmente de acuerdo en que se realice esta infraestructura porque está convencida de que va a revitalizar muchísimo el centro de la ciudad. Sigue diciendo que se lleva mucho tiempo hablando de que los pequeños comercios de Majadahonda se van deteriorando en función de las grandes infraestructuras pero cree que si ese mercado es atractivo para los vecinos, acudirán al centro de la ciudad a realizar sus compras lo que será bueno para todos los comerciantes. Aclara que a su grupo no le parece mal que se gestione mediante una concesión administrativa porque, en principio, no son malas en sí mismas y simplemente lo que hay que hacer es atar muy bien el pliego de condiciones y controlar muchísimo que los concesionarios cumplan lo que pactan. Termina su intervención diciendo que tendrá que estudiar en profundidad los pliegos de condiciones que se realicen pero está de acuerdo porque en estos momentos solo se está creando el servicio y que se gestione a través de una concesión administrativa pero pide que se retire, hasta que se presente el pliego de condiciones, el que la concesión se haga por 50 años porque el plazo de concesión se conocerá cuando se realice el estudio económico correspondiente y, si el equipo de gobierno está de acuerdo con esta propuesta, su grupo votará a favor. El Presidente aclara que tanto el Sr. Secretario como el Sr. Interventor le indican que es posible no determinar el plazo de duración de la concesión en estos momentos y por ello el equipo de gobierno acepta retirar el plazo de 50 años pero desea dejar claro que todos los mercados que se están realizando en Madrid, y en otras

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comunidades autónomas, recogen ese plazo para que la inversión sea viable. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, reitera que el plazo de duración de la concesión se conocerá cuando se haya realizado el estudio económico. El Sr. Presidente aclara que se va a someter a votación la propuesta de resolución de este expediente pero retirando de la misma el que la concesión se haga por 50 años y añade que el plazo de duración de la concesión administrativa se determinará cuando corresponda. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por dieciséis (16) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Popular y Centrista, dos (2) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes y siete (7) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Socialista y Unión Progreso y Democracia, ACUERDA: Primero.- Aprobar la creación del servicio público de “Mercado”, actividad que queda sumida como propia por la Administración municipal.

Segundo.- Determinar que la forma de gestión de dicho servicio público lo será como gestión indirecta mediante concesión administrativa. 11.(210/12) APROBACIÓN DE LA REVISIÓN DE TARIFAS

DEL APARCAMIENTO GRAN VÍA-JARDINILLOS PARA SU APLICACIÓN EN EL AÑO 2013 (1.5)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes:

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A) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Jefe de Servicio de Contratación de Servicios y Suministros, de 18 de diciembre de 2012, constando el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana para que pase el expediente a resolución por el órgano competente, cuyo texto es el siguiente:

“De conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Administraciones Pública, aprobado por Real Decreto 2568/1986, cabe señalar los siguientes,

H E C H O S : PRIMERO: Que el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 14 de noviembre de 2000, acordó aprobar la creación del servicio, la forma de gestión así como del expediente de contratación, pliegos de condiciones jurídicas, técnicas y económico-administrativas, que han de regir en la adjudicación, por el procedimiento abierto mediante concurso, del contrato de gestión indirecta mediante concesión administrativa para la redacción del proyecto, construcción, conservación explotación de los aparcamientos subterráneos en zonas del casco urbano. SEGUNDO: Que el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 30 de enero de 2001, acordó adjudicar el contrato de gestión indirecta mediante concesión para la redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación de los aparcamiento subterráneos en zonas del casco urbano a la U.T.E. Terratest Técnicas Especiales, S.A. y BMT Parking, S.A, con un canon anual de 3.750.000 de ptas./año (10.000 ptas./plaza/año por un total de 375 plazas) por el aparcamiento de la Plaza Jardinillos y Gran Vía y con las tarifas indicadas en su oferta y a lo dispuesto en el Pliego de condiciones. El contrato se formalizó en documento administrativo con fecha 9 de marzo de 2001. TERCERO: El Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 21 de julio de 2.005 acordó aprobar la aportación,

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transmisión de empresas o rama de la actividad del contrato de gestión de servicios públicos de referencia de la UTE TERRATEST TÉCNICAS ESPECIALES, S.A. Y BMT PARKING, S.A. a la ENTIDAD BMTERRA MAJADAHONDA, S.L., formalizándose la misma en documento administrativo con fecha 15 de febrero de 2.006. CUARTO: El Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 26 de diciembre de 2.006 acordó lo siguiente:

“1.-Aprobar la modificación del sistema de tarifación del contrato de gestión indirecta mediante concesión administrativa para la redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación de los aparcamientos subterráneos en zonas del casco urbano adjudicado a la U.T.E. TERRATEST TÉCNICAS ESPECIALES, S.A. Y BMT PARKING, S.A., actualmente, BMTERRA MAJADAHONDA, S.L., quedando fijado dicho sistema de tarificación en 0,03258 euros por minuto, con el redondeo correspondiente, sin tarifa de entrada y con fecha de efectos para su aplicación a partir del día 1 de enero de 2007. 2.- Aceptación por la Corporación Municipal de la renuncia, por parte del contratista adjudicatario, según su escrito de fecha 13 de diciembre de 2006, registro de entrada nº 027956 de 14-12-2006, a cualquier tipo de reclamación contra el Ayuntamiento y a cualquier indemnización que pudiera corresponderle tanto por lucro cesante como por daño emergente en relación con las tarifas anteriores al ejercicio 2007. 3.-Incoar expediente de interpretación del contrato para determinar el sistema de revisión de tarifas para ejercicios futuros, posteriores al año 2007, efectuando los trámites y gestiones que sean precisas, incluyendo, si fuere necesario, la remisión del expediente al Consejo de Estado para que, en su caso, emitiera dictamen, dada la disconformidad del contratista, manifestada en su escrito de fecha 13 de diciembre de 2006, registro de entrada número 027956 de 14-12-2006”.

QUINTO: Que en fecha 14 de agosto de 2.007 se recibe escrito del contratista en el que se comunica que con fecha 27 de abril de 2007 núm. de protocolo 1.312, ante el Notario de Madrid, D. Martín María Recarte Casanova, los socios integrantes de BM TERRA MAJADAHONDA, S.L. han vendido el 100 % del capital social de dicha entidad a la sociedad INMOBILIARIA PARIS, S.A., con CIF número A-08277857 y domicilio en Madrid, Plaza del Carmen s/n, siendo éste el domicilio actual de la sociedad titular de la concesión.

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SEXTO: El Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2008 acordó lo siguiente: “PRIMERO.- Aprobar la revisión de tarifas para los ejercicios 2008 y 2009 del contrato de concesión administrativa para la construcción, conservación, explotación y redacción del proyecto de los aparcamientos subterráneos en Majadahonda, suscrito con la empresa U.T.E. TERRATEST TÉCNICAS ESPECIALES, S.A. Y BMT PARKING, S.A., actualmente, BMTERRA MAJADAHONDA, S.L, con el carácter de medida provisional conforme a lo establecido en el Art. 72.1 de la Ley 30/1992, en tanto se adopta una resolución definitiva respecto de la interpretación del citado contrato, conforme al Informe de Intervención de fecha 15 de diciembre de 2008. SEGUNDO.- Determinar que la nueva tarifa a aplicar desde el 1 de enero de 2009, no puede ser superior a 0`034379 €/minuto.” SÉPTIMO: Que el contrato de referencia se remite al órgano consultivo de la Comunidad de Madrid para que informe sobre la interpretación del mismo, a efectos de aplicar la revisión de las tarifas para el ejercicio 2008 y siguientes. Que con fecha 25 de marzo de 2009 se recibe en este Ayuntamiento Dictamen del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid de fecha 11 de marzo de 2009, en el que se formulan las siguientes conclusiones: ….. “PRIMERA.- La revisión de precios, mediante la aplicación del Índice General de Precios al Consumo del ejercicio anterior, a realizar para los ejercicios 2008, 2009 y siguientes años de vigencia del contrato, debe afectar tan sólo a la parte de la tarifa constituida por el resultado de explotación, que asciende al porcentaje del 50%, según la oferta presentada por el concesionario.”……. OCTAVO: Que el Pleno de la Corporación en sesión celebrada día 24 de junio de 2009 acordó lo siguiente: “PRIMERO: Resolver que, de acuerdo con el Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, la revisión de precios, mediante la aplicación del Índice General de Precios al Consumo del ejercicio anterior, a realizar para los ejercicios 2008, 2009 y siguientes años de vigencia del “Contrato de gestión indirecta mediante concesión para la redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación de los aparcamientos subterráneos en zonas del caso urbano” , debe afectar tan sólo a la parte de la tarifa constituida por el

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resultado de explotación, que asciende al porcentaje del 50%, según la oferta presentada por el concesionario. SEGUNDO: Aprobar la revisión de tarifas para los ejercicios 2008 y 2009 del contrato de concesión administrativa para la construcción, conservación, explotación y redacción del proyecto de los aparcamientos subterráneos en Majadahonda, suscrito con la empresa U.T.E. TERRATEST TÉCNICAS ESPECIALES, S.A. Y BMT PARKING, S.A., actualmente, BMTERRA MAJADAHONDA, S.L., conforme al Informe de Intervención de fecha 15 de diciembre de 2008, determinando que la tarifa a aplicar desde el 1 de enero de 2009, no puede ser superior a 0,034379 €/minuto”. NOVENO: El Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 25 de enero de 2.012 acordó aprobar la revisión de tarifas del contrato de concesión administrativa para la “Construcción, conservación, explotación redacción del proyecto de los aparcamientos subterráneos en zonas del caso de Majadahonda”, suscrito con la empresa U.T.E. TERRATEST TÉCNICAS ESPECIALES, S.A. Y BMT PARKING, S.A., actualmente, BMTERRA MAJADAHONDA, S.L., aplicables a partir del 1 de enero de 2012, correspondientes a los ejercicios 2009, 2010 y 2011, en la cuantía indicada en los informes de la Jefe de Servicio de Movilidad de fechas 20 de octubre y 15 de diciembre de 2011, y en el de la Intervención municipal de fecha 15 de diciembre de 2011. DÉCIMO: Que con fecha 16 de noviembre de 2012 se recibe escrito del contratista, R. E. nº 20221, en el que expone que procede aprobar las tarifas aplicables a partir del 1 de enero de 2013, para lo que adjuntan los datos del INE relativos a las variaciones del 50% del Índice General de Precios al Consumo producidas entre octubre de 2011 y octubre de 2012, que ha sido de un 3,5%, quedando cada minuto plazas de rotación a 0,037386 €, IVA incluido y máximo día a 22,77 € IVA incluido. UNDÉCIMO: Que se emite informe de la Jefe de Servicio de Movilidad de fecha 23 de noviembre de 2012, indicando lo siguiente: “(…)Con fecha 16 de noviembre de 2012,con número de registro de entrada 20221, se ha recibido escrito de BMTERRA MAJADAHONDA, S.L., empresa concesionaria del Servicio de Gestión indirecta mediante concesión para la redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación de los aparcamientos subterráneos en zonas del casco urbano, en el que solicita el

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incremento anual de las tarifas para el aparcamiento, en base al 50% del IPC de octubre de 2011 a octubre de 2012, para aplicar el 1 de enero de 2013. Las tarifas vigentes para el aparcamiento Gran Vía-Jardinillos fueron aprobadas por acuerdo de Pleno de fecha 25 de enero de 2012, en el cual se aprobó las tarifas a aplicar desde el 1 de enero de 2012, fijándose las siguientes:

- Tarifa por minuto IVA incluido 0,035822 €. - Tarifa día completo IVA incluido 21,83 €.

Este precio ha sido variado por la empresa a partir del 1 de septiembre de 2012, fecha a la que entró en vigor el incremento de IVA, procediendo desde entonces, a aplicar el 0,036743 €/minuto y 22,38 € máximo al día. En el escrito de BMTerra se solicita la revisión de tarifas teniendo en cuenta el IPC del período octubre 2011 a octubre 2012, sin embargo conforme al informe de Intervención de 15 de diciembre de 2008, la revisión de las tarifas debe comprender el período marzo a marzo. Por otro lado, atendiendo a la interpretación del contrato realizada por el Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, que fue objeto de acuerdo en pleno del 24 de junio de 2009, la revisión de precios mediante la aplicación del IPC del ejercicio anterior debe afectar tan sólo al 50% de la tarifa. Desde la última revisión de tarifas, teniendo en cuenta los índices de IPC de marzo 2011 a marzo 2012, la actualización resultante es la siguiente:

Tarifa vigente Tarifa nueva

Tarifa por minuto IVA incluido 18% 0,035832 IVA incluido 21% 0,036743 0,037092

Máximo día completo IVA incluido18% 21,83 € IVA incluido 21% 22,38 € 22,59 €

50% IPC (marzo11/marzo 12) 0,95

Atendiendo a lo expuesto, conforme al acuerdo de Pleno referente a la aplicación del IPC a las tarifas, así como el índice publicado por el INE en este período de marzo de 2011 a marzo de 2012, se propone la siguiente revisión de las tarifas del contrato de concesión administrativa para la construcción, conservación, explotación y redacción del proyecto de los aparcamientos subterráneos en Majadahonda, suscrito con la empresa BMTERRA MAJADAHONDA, S.L., a aplicar desde el 1 de enero de 2013:

- Tarifa por minuto I VA incluido 0,037092 € - Tarifa día completo IVA incluido 22,59 €

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No obstante, el órgano municipal competente acordará lo que estime más conveniente.” DUODÉCIMO: Que en fecha 12 de diciembre de 2012 se informa por el Jefe de Gestión Tributaria sobre el pago del canon concesión parking subterráneo Gran Vía de la Empresa BMTERRA MAJADAHONDA S.L. “que consultada la base de datos de Gestión Tributaria, resulta que dicha Empresa tiene abonados los cánones correspondientes hasta el 3º trimestre del ejercicio 2012, inclusive” DECIMOTERCERO: Que con fecha 14 de diciembre de 2012, la empresa BMTERRA MAJADAHONDA S.L. presenta escrito, Registro General de Entrada nº 22041, en el que comunican que aceptan la propuesta de la Jefe de Servicio de Movilidad de revisión a aplicar desde el 1 de enero de 2013. DECIMOCUARTO Que con fecha 17 de diciembre de 2012 se proceda a informar por Secretaría General la revisión de tarifas a aplicar a partir del 1 de enero de 2013. DECIMOQUINTO: Que con fecha 17 de diciembre de 2012 se emite informe de la Intervención municipal que dispone:

“(…) Partiendo de la última revisión de tarifas aprobada, teniendo en cuenta que debe aplicarse el 50% del IPC, e incluyendo el IVA vigente de aplicación, las tarifas máximas a cobrar por el concesionario se reflejan en la siguiente tabla:

En la tarifa de día completo se aprecia una diferencia de un céntimo

respecto de lo estimado en el informe técnico, motivado por redondeo en aplicación de las fórmulas. La propuesta del concesionario de tarifas a aplicar no supera el máximo, por lo que la diferencia de redondeo no tiene incidencia

Período IPC 50% de aplicación

Tarifas aprobadas 2012

Base imponible IVA excluido

Tarifa máxima 2013 IVA excluido

Tarifa máxima 2013 IVA incluido

Variación IPC marzo 11-marzo 12 1,90% 0,95% Tarifas por minuto de parking 0,035832 0,030366 0,030655 0,037092 Tarifas por máximo día completo 21,83 18,50 18,68 22,60

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en el acto administrativo propuesto.

Desde el Centro gestor Gestión del sistema tributario deberá impulsarse el expediente preceptivo de actualización del canon si procede, de la garantía definitiva que se deduzca del nuevo canon, y de requerir al concesionario que justifique que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado y Organismos de la Seguridad Social.

4.- Órgano competente

El órgano competente para aprobar la revisión de tarifas, es el mismo órgano que adjudicó el mismo, en este caso, el Pleno de la Corporación.

Es preceptivo dictamen de la comisión informativa correspondiente.”

A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- La Disposición Transitoria Primera de la Ley 30/2007 de

30 de octubre de Contratos del Sector Público establece que “los contratos administrativos adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor de la citada Ley se regirán, en cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, incluida su duración y régimen de prórrogas, por la normativa anterior”. En el presente caso, el Real Decreto Legislativo 2/2000 de 16 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, el Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

II.- El artículo 103 del RDLeg 2/2000 de 16 de junio por el

que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas señala en cuanto a la revisión de precios que “….tendrá lugar en los términos establecidos en este Título IV cuando el contrato se hubiera ejecutado en el 20 por 100 de su importe y haya transcurrido un año desde su adjudicación”.

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El apartado tercero de dicho artículo dispone que “el pliego de cláusulas administrativas particulares deberá detallar la fórmula o sistema de revisión aplicable y, en resolución motivada, podrá establecerse la improcedencia de la misma que igualmente deberá hacerse constar en dicho pliego”.

III.- El artículo 162 del RDLeg 2/2000 establece que el

contratista tiene derecho a las contraprestaciones económicas previstas en el contrato y a la revisión de las mismas, en su caso, en los términos que el propio contrato establezca.

IV.- Los Pliegos de Condiciones Técnicas, Jurídicas,

Económicas y Administrativas en sus artículos 43 y siguientes, que rigen la presente contratación.

V.- El Dictamen del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid de fecha 11 de marzo de 2009, sobre la interpretación de las cláusulas relativas a la revisión de precios del contrato, la cual sólo debe afectar a la parte de la tarifa afectada por el aumento de precios.

VI.- El órgano competente para la adopción del presente

acuerdo corresponde al Pleno de la Corporación, al ser el órgano encargado de su contratación. De conformidad con lo previsto en los artículos 113 y 123 en relación con lo artículo 82 y 126.2 del ROF, deberá dictaminarse por la Comisión Informativa correspondiente, previamente a su aprobación por el Pleno Municipal.

Vistos los hechos y fundamentos de derecho anteriormente

relatados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de Régimen Local, se procede elevar al PLENO MUNICIPAL, previo dictamen de la Comisión Informativa, la siguiente,

P R O P U E S T A D E R E S O L U C I Ó N

Aprobar la revisión de tarifas del contrato de concesión administrativa para la “Redacción del proyecto, construcción,

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conservación, explotación de los aparcamientos subterráneos en zonas del caso urbano de Majadahonda”, suscrito con la empresa U.T.E. TERRATEST TÉCNICAS ESPECIALES, S.A. Y BMT PARKING, S.A., actualmente, BMTERRA MAJADAHONDA, S.L., aplicables a partir del 1 de enero de 2013 conforme a lo dispuesto en el informe de la Jefe de Servicio de Movilidad de fecha 23 de noviembre de 2012 y en el informe de la Intervención Municipal de fecha 17 de diciembre de 2012, siendo las mismas las siguientes:

- Tarifa por minuto IVA incluido 0,037092 € - Tarifa día completo IVA incluido 22,59 €.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda de 20 de diciembre de 2012, favorable. El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, Sr. Carnevali, indica que en este punto se presenta a la consideración, y en su caso aprobación por el Pleno, la revisión de tarifas del contrato del parking de Gran Vía y Jardinillos de forma que aplicando, a requerimiento de la empresa, el 50% del IPC como incremento por lo que el coste del minuto pasaría de 0,030 euros a 0,037 euros y la tarifa de día completo de 21,83 a 22,59 euros, IVA incluido en ambos casos. Termina su intervención diciendo que la empresa tiene el derecho a solicitar la revisión de tarifas y es un deber del Ayuntamiento realizarla. El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Maillo, indica que es cierto que en este caso se trata de la revisión de tarifas del aparcamiento y, aunque sabe que esta revisión está prevista en el contrato y por ello hay obligación de hacerla, lo que le gustaría hacer es votar en contra aunque no va a hacerlo y dice esto porque se va a determinar que el coste del minuto sea de 0,037 euros y no sabe si esa cantidad es elevada o no pero lo cierto es que el precio de la hora va a ser de 2,24 euros, cifra igual a la que se cobra en el Barrio de Salamanca de Madrid por aparcar en las calles Serrano, Velázquez, Goya, etc.

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Sigue diciendo que el principal problema para su grupo no está en las tarifas del parking sino en la carencia de ocurrencias que tiene el equipo de gobierno. Aclara que en los años noventa, se construyó el túnel de la c/ Gran vía para peatonalizar la calle, en el año 2000 se construyó el “retúnel” y en el año 2010 se hizo el parking de la Plaza de la Constitución y la realidad, después de estas tres importantes y costosas infraestructuras que han sido pagadas por todos los vecinos, es que el parking, del que se suben ahora las tarifas, es ruinoso, deficitario, mal cuidado y en el que prácticamente no aparca nadie los días de diario y ni siquiera se llena los días que hay Mercadillo. Indica además que el parking de la Plaza de la Constitución lleva cerrado tres años y no sabe si se va a encontrar la entrada cuando se decida abrirlo porque cree que prácticamente estará clausurada. Aclara que lo que acaba de exponer es la política de obras públicas del equipo de gobierno y está claro que es imprevisión y ruina y supone que los vecinos tengan que pagar más dinero por esa imprevisión. Termina su intervención pidiendo al equipo de gobierno que deje de tener ocurrencias y pase a planificar. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, indica que se está presentando en estos momentos la aprobación de la revisión de tarifas del parking de la calle Gran Vía a la que el concesionario tiene derecho. Añade que el Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista ha preguntado si la tarifa que se va a determinar es elevada o no y ha hecho la comparativa con los precios del aparcamiento en la c/ Serrano de Madrid lo que conocía porque lo había oído en la comisión informativa porque esa comparación la había hecho su grupo pero desea dejar claro que “no le importa” que dicho Viceportavoz le copie los estudios comparativos que ha realizado porque así, cuando le toca intervenir, le ha dejado sin argumentos. Manifiesta que el problema que su grupo ve es la gestión de la concesión porque, como todos saben, las concesiones en manos del equipo de gobierno nunca acaban bien.

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Añade que le preocupa el canon que paga la empresa concesionaria por la explotación del parking ya que asciende a unos 22.000 euros anuales. Indica que su grupo ha realizado un pequeño cálculo tomando como referencia una única plaza de ese parking y ha multiplicado el precio de la tarifa de un minuto por 60 minutos, por 24 horas y por los 365 días del año y el resultado ha sido que la empresa adjudicataria obtendría por esa única plaza la cantidad de 22.000 euros, cantidad exacta a la que paga de canon al Ayuntamiento por lo que considera que se le está regalando el resto de dinero. Termina su intervención diciendo que su grupo propone que este tipo de concesiones sea gestionada por PAMMASA porque para eso se creó y además gestiona otro parking similar no entendiendo por qué el equipo de gobierno hace esa distinción con el parking de la calle Gran Vía y por ello su grupo, porque no tiene sentido votar en contra, se va a abstener pero desea dejar claro, una vez más, que el modelo de gestión de un servicio público mediante concesión administrativa no le gusta. El Sr. Presidente indica que no tiene ningún sentido hacer un estudio económico del parking de la forma en que lo ha hecho Unión Progreso y Democracia porque, como ha dicho en otras ocasiones, ese parking está ocupado al 17% y además fue construido por la empresa que lo está gestionando por lo que es necesario tener en cuenta las amortizaciones, los gastos financieros, los gastos generales, los impuestos que pagan, etc. Termina su intervención diciendo que hacer el estudio económico de la forma en que lo ha hecho Unión Progreso y Democracia demuestra una tremenda falta de rigor y por ello pide que sea más serio porque este tema es más complicado de lo que parece. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que su grupo conoce esta concesión y se ha hablado de ella en otras muchas ocasiones y ahora se va a volver a hablar porque se presenta una revisión de tarifas a la que la empresa concesionaria tiene derecho y por ello su grupo no se va a oponer a esa revisión aunque le gustaría que fueran más asequible para los

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vecinos pero entiende que el equipo de gobierno cometió el error de poner esos precios y por ello ahora hay que transigir con ello ya que las concesiones administrativas se hacen a plazos muy largos por lo que no sabe si alguno de los actuales corporativos podrá llegar a ver la recuperación por el Ayuntamiento de una concesión administrativa. El Viceportavoz del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río, indica que su grupo también entiende que la empresa concesionaria tiene derecho a que se le apruebe esta revisión de precios. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por dieciséis (16) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Popular y Centrista, ningún (0) voto en contra y nueve (9) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida-Los Verdes, ACUERDA aprobar la revisión de tarifas del contrato de concesión administrativa para la “Redacción del proyecto, construcción, conservación, explotación de los aparcamientos subterráneos en zonas del caso urbano de Majadahonda”, suscrito con la empresa U.T.E. TERRATEST TÉCNICAS ESPECIALES, S.A. Y BMT PARKING, S.A., actualmente, BMTERRA MAJADAHONDA, S.L., aplicables a partir del 1 de enero de 2013 conforme a lo dispuesto en el informe de la Jefe de Servicio de Movilidad de fecha 23 de noviembre de 2012 y en el informe de la Intervención Municipal de fecha 17 de diciembre de 2012, siendo las mismas las siguientes: - Tarifa por minuto IVA incluido 0,037092 € - Tarifa día completo IVA incluido 22,59 €.

CONTROL DE LOS DEMÁS ÓRGANOS DE LA CORPORACIÓN CONFORME A LO PREVISTO EN EL ART. 46.2.E) DE LA LEY 7/85, DE 2 DE ABRIL 12.(211/12) DAR CUENTA DE LOS DECRETOS Y RESOLUCIONES

DICTADOS POR LA ALCALDÍA Y CONCEJALES DELEGADOS DEL NÚM. 2927/12 AL 3163/12, AMBOS INCLUSIVE.

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El Sr. Secretario da cuenta del expediente integrado por fotocopia del Libro de Decretos y Resoluciones dictados por la Alcaldía y Concejales Delegados núms. 2927/12 al 3163/12, ambos inclusive. Todo ello al efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y consiguientemente ser conocidos por todos los miembros de la Corporación.

El Pleno de la Corporación DA POR CUMPLIDO el trámite de dar cuenta de los Decretos y Resoluciones dictados por la Alcaldía y Concejales Delegados del núm. 2927/12 al 3163/12, ambos inclusive. 13.(212/12) DAR CUENTA DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS

POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EN LAS SESIONES DE 5, 12, 19 Y 27 DE NOVIEMBRE DE 2012.

El Pleno de la Corporación DA POR CUMPLIDO el trámite de dar cuenta de los acuerdos adoptadospor la Junta de Gobierno Local en las sesiones de 5, 12, 19 y 27 de noviembre de 2012. 14. PROPOSICIONES NO URGENTES O MOCIONES

ORDINARIAS: 14.1(213/12) MOCIÓN PRESENTADA POR EL

GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES PARA ESTABLECER UN PROCEDIMIENTO PARA NOMBRAR LAS CALLES, PLAZAS Y EDIFICIOS PÚBLICOS (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por el Portavoz del

Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, que ha tenido entrada en el Registro General el 17 de diciembre de 2012, nº 22103, cuyo texto es el siguiente:

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“La cuestión de los nombres de las calles, plazas, parques y edificios públicos de Majadahonda ha sido tradicionalmente una fuente de controversia en el Pleno del Ayuntamiento de Majadahonda. En diversas ocasiones de han presentado mociones solicitando que se habilitara un procedimiento claro y participativo para elaborar el callejero de Majadahonda e instado a cuestiones más concretas como la necesidad de feminización de nuestro callejero o la idoneidad de dedicar una calle a personas que han tenido o tienen relevancia sobre la historia de nuestra sociedad y de nuestro municipio como pueden ser Arcadio Blasco, Carmen Perujo o Marcelino Camacho, entre otros muchos. La toponimia municipal no es una cuestión baladí, aparte de la función obvia de que las personas puedan orientarse en la ciudad, también sirve como vehículo por el cual se aprende informalmente sobre la historia de la sociedad y también del municipio del que forman parte las personas. A través de los nombres que se dan a los distintos espacios públicos también se construye la identidad de un municipio. Esta identidad en una sociedad democrática debe ser construida entre todos los vecinos y vecinas y no debe responder solo a una parte, por mayoritaria que sea. Por ello, es importante habilitar mecanismos a través de los cuales todos los grupos municipales, agentes sociales y vecinos y vecinas a título individual puedan proponer nombres para los lugares públicos y generar espacios donde puedan ser consensuadas esas propuestas, sin el corsé de los tiempos y las formas para el debate que impone del Pleno municipal, y de esta manera compartir la forma en la que se construye Majadahonda para que pueda ser la ciudad de todos y todas. Por todo lo expuesto, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-LV propone, para su aprobación por el Pleno de la Corporación, la siguiente

MOCIÓN 1. Crear y poner en marcha, una Comisión municipal de

denominaciones viarias y otros espacios públicos, cuya función principal será fijar criterios y elevar al Pleno propuestas consensuadas de nombres para calles, plazas, parques o

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instalaciones municipales, ya sea por iniciativa propia o a partir de las propuestas que lleguen al Ayuntamiento debidamente registradas.

2. La Comisión estará formada por un representante (no

necesariamente corporativo) de cada Grupo municipal y por representantes de entidades ciudadanas con implantación en Majadahonda.

3. La Comisión establecerá mecanismos y procedimientos

mediante los cuales los vecinos y vecinas podrán hacer propuestas a dicha comisión.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Recursos Humanos, Asuntos Jurídicos y Seguridad, de 18 de diciembre de 2012, favorable.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que ha presentado esta Moción porque los nombres de las calles, plazas y edificios públicos suelen generar controversias y en el Pleno se han presentado multitud de sugerencias y propuestas para buscar un procedimiento más claro a la hora de definir los nombres de las calles y edificios públicos y concretamente su grupo ha presentado varias. Añade que una de las propuestas que realizó pedía buscar un procedimiento claro y participativo, que se buscara una cierta feminización de las calles de Majadahonda porque apenas tenemos nombres femeninos que no sean los de santas, o se impusieran nombres de relevancia en Majadahonda como pueden ser Arcadio Blasco, Carmen Perujo o el difunto Marcelino Camacho por entender que eran vecinos de este municipio y se merecían poder tener su nombre en una calle o en un edificio municipal.

Aclara que para su grupo la toponimia municipal no es una

cuestión baladí por entender que, además de cumplir la función de orientación, también debe reflejar la historia del municipio y por ello entiende que cuanta más gente participe, sobre todo los vecinos, para proponer los nombres de las calles, se reflejará mejor la configuración real del municipio.

Termina su intervención diciendo que, por los motivos

expuestos, es importante arbitrar mecanismos a través de los cuáles

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los grupos municipales y, sobre todo, los agentes sociales y vecinos/as puedan proponer los nombres de los lugares públicos y, a su vez, generar espacios en los que puedan ser consensuadas esas propuestas sin el corsé que hay en el Pleno y por ello en esta Moción se pide que se cree una comisión municipal de denominaciones viarias y otros espacios públicos cuya función principal será fijar los criterios y elevar al Pleno propuestas consensuadas de nombres para calles, plazas, parques o instalaciones municipales y que esa comisión haga propuestas y procedimientos mediante los cuales los vecinos/as puedan hacer propuestas a dicha comisión.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

indica que su grupo está de acuerdo con esta Moción porque le parece oportuno que se consensuen los nombres de las calles y se cree para ello una comisión por lo que va a votar a favor.

La Concejal del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Fernández, indica que su grupo también está de acuerdo en que el nombramiento de las calles, plazas y edificios públicos de Majadahonda se rija por un criterio de consenso para así reflejar las sensibilidades del municipio recogiendo de una forma prioritaria aquellos vecinos que han contribuido, de forma singular, al desarrollo y promoción de nuestra ciudad.

Sigue diciendo que en un país como el nuestro en el que

prácticamente todo está politizado, no puede ser que el nombramiento de las calles sea también un motivo de disputa entre los diferentes partidos políticos.

Termina su intervención diciendo que su grupo no sabe si el

modo que propone Izquierda Unida-Los Verdes es el más adecuado aunque, como está de acuerdo con el espíritu de esta Moción, va a votar a favor de la misma.

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, indica

que su grupo ha tenido dudas sobre la posición que iba a adoptar respecto a esta Moción porque cree que este Ayuntamiento tiene problemas mucho más importantes en el que ocuparse que el de la creación de una comisión para discernir si, por ejemplo, la nueva calle

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del Mayor debería llevar el nombre propuesto por el Grupo Popular o si debería llamarse calle del Abuelo o del Anciano en función del criterio del grupo que tenga la mayoría en esa comisión que, lógicamente, debería tenerla el equipo de gobierno para que, en caso de disputa o falta de acuerdo, imponga la fuerza de su mayoría y añade que en este tema ve lejanos los consensos.

Sigue diciendo que todos los cambios e introducciones que se

producen en el Callejero Municipal deben pasar por las comisiones informativas y por el Pleno en el que todos los grupos políticos tienen la oportunidad de estudiar los expedientes y aportar sus ideas proponiendo sus preferencias.

Considera, sin embargo, que todo lo que sea ampliar la calidad

democrática en Majadahonda, que se arbitren nuevos mecanismos de participación, que los representantes de los ciudadanos tomen parte de forma más activa en todas aquellas decisiones que van a modificar, aunque solo sea estéticamente, la fisonomía de nuestra ciudad y que pueda permitir la participación ciudadana sin ambages es lo suficientemente importante como para que su grupo vote a favor pero considera necesario recordar que en este Ayuntamiento existían patronatos y consejos, aunque prácticamente han desaparecido o casi no se reúnen, en los que podría tratarse este tema.

Termina su intervención diciendo que su grupo cree que estos

órganos (patronatos y consejos) podrían ser un marco perfecto para este tipo de debates que se proponen en esta Moción siempre que las decisiones que adoptaran fueran vinculantes.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, Sr. Carnevali, indica que el equipo de gobierno entiende que durante estos años no han existido fuertes controversias por los nombres de las calles porque el equipo de gobierno ha sido muy reacio a cualquier controversia en ese sentido.

Sigue diciendo que el equipo de gobierno no está de acuerdo en

la feminización del Callejero porque cree que los nombres deben ponerse según los méritos que tenga el ciudadano ya sea hombre o mujer y no entiende que el sexo tenga que ser un elemento determinante.

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Indica que es cierto, como ha dicho el Concejal del Grupo

Socialista Sr. Ventura, que ya hay un procedimiento establecido y también que el nombre de las calles no es un gran problema. Añade que el equipo de gobierno estaría dispuesto a crear un grupo de trabajo formado por concejales en representación proporcional al Pleno para que estudie, con un poco más de detalle, el Callejero de Majadahonda y eleve propuestas a la correspondiente comisión informativa, la de Régimen Interior, y después al Pleno.

Termina su intervención diciendo que si el Grupo Izquierda

Unida-Los Verdes acepta esa propuesta de que el estudio lo haga un grupo de trabajo en lugar de una comisión en la que existirían elementos ajenos a la Corporación, el equipo de gobierno votaría a favor y, si no la acepta, votaría en contra y añade que la opinión de los ciudadanos de Majadahonda sería la opinión de 70.000 personas y todos tienen los mismos derechos o ningún derecho.

El Sr. Presidente reitera que en Majadahonda no se han

producido grandes controversias respecto al nombre de calles y solamente se han producido cuando la propuesta ha tenido una importante carga ideológica y añade que no está dispuesto a quitar los nombres de calles de santos porque forman parte de nuestra cultura.

Termina su intervención diciendo que los nombres de calles que

ha propuesto el equipo de gobierno no han sido sectarios y únicamente se ha limitado a actuar en cuatro o cinco casos como el de Francisco Umbral, el de las víctimas del terrorismo y el de un médico importante y nunca ha propuesto nombres con importantes cargas ideológicas pero, como ha dicho el Concejal Delegado de Recursos Humanos, el equipo de gobierno está dispuesto a votar a favor de la Moción si Izquierda Unida-Los Verdes acepta el cambio que ha propuesto.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que a su grupo no le parece mal la creación de ese grupo de trabajo porque es más de lo que se tiene actualmente por lo que va a aceptar la propuesta del equipo de gobierno.

Sigue diciendo que, aunque no se hayan generado fuertes

controversias, su grupo no ha entendido algunas cosas y por ello ha querido poner de manifiesto que no se conocen los criterios que se siguen a la hora de nombrar las calles. Aclara que cuando se ha

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referido a las calles de santos no estaba pidiendo modificar los nombres actuales de las calles de Majadahonda sino que intentaba que se buscara una fórmula para fijar los nuevos nombres que puedan tomar las calles y edificios públicos porque, aunque no se produzcan controversias, ha oído argumentos en el Pleno para denegar, en algún caso, el nombre que se pretendía poner a una calle porque se consideró que no tenía suficiente vinculación con Majadahonda y curiosamente se ha visto que Dª Concha Zardoya, que sí estaba comprometida y tenía una vinculación estrecha con Majadahonda, perdía el nombre ya no solo de la Biblioteca sino también del Centro de Adultos porque había que darlo al Sr. Mario Vargas Llosa que no sabe la vinculación que puede tener con Majadahonda.

Termina su intervención diciendo que está de acuerdo en que se

cree un grupo de trabajo y le gustaría que dicho grupo pudiera recibir sugerencias de los vecinos ya sea de uno o de 70.000.

El Sr. Presidente manifiesta de acuerdo en que todas las

sugerencias se hagan a través de los partidos políticos y aclara que la propuesta que va a someter a votación es retirar la parte expositiva de esta Moción y cambiar la comisión que propone Izquierda Unida por un grupo de trabajo formado por concejales.

Sometida a votación esta Moción retirando de la misma su parte

expositiva, la Corporación, por unanimidad, ACUERDA crear y poner en marcha un grupo de trabajo para las denominaciones viarias y otros espacios públicos. Dicho grupo estará formado por un número determinado de concejales que responderá a la representatividad proporcional que cada grupo municipal tenga en el Pleno y cuya función principal será recoger las propuestas de los vecinos, fijar criterios y elevar al Pleno de la Corporación propuestas consensuadas de nombres para calles, plazas, parques o instalaciones municipales.

14.2(214/12) MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA PARA QUE SE LLEVE A CABO UNA CAMPAÑA DE CONCIENCIACIÓN SOBRE TENENCIA DE ANIMALES DOMÉSTICOS (4.1.7)

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Se da cuenta de la cuenta de la Moción presentada por el Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez, que ha tenido entrada en el Registro General el 20 de diciembre de 2012, nº 22335, cuyo texto es el siguiente:

“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ordenanza reguladora de la tenencia, control y protección de animales domésticos del Ayuntamiento de Majadahonda establece un conjunto de obligaciones para los propietarios de animales domésticos, y más especialmente para los de perros, entre las que destacan la obligatoriedad de inscribirlo en el Censo Municipal de animales Domésticos en el plazo de tres meses desde su nacimiento, o de un mes desde su adquisición (art. 9), la de contratar un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 120.000 euros que cubra las indemnizaciones por los posibles daños que puedan ocasionar a las personas y a los bienes (art. 7), la de las vacunaciones preceptivas (art. 10) y la del uso de correa en espacios públicos o privados de uso común, además del bozal para aquellos perros cuyos antecedentes, temperamento o naturaleza así lo aconseje (art. 11). Además de estas obligaciones, la ordenanza dispone un conjunto de normas de convivencia como la recogida y limpieza por parte del propietario de las deyecciones de su perro en la vía pública (art. 13.2) y la posibilidad de dejar sueltos a los animales únicamente en las zonas especialmente acotadas por el Ayuntamiento para este fin (art. 12.2). En los parques y jardines que no dispongan de estos recintos, exclusivamente se les permitirá soltarlos por la noche hasta las 8 de la mañana, quedando exceptuadas en todo caso las zonas de recreo infantil y otras áreas en las que figure expresamente la prohibición de su acceso. El número de perros censados en Majadahonda es de 1.403, incluyendo los 101 declarados potencialmente peligrosos de acuerdo con el art. 4.7.c. Es opinión bastante extendida (y así nos es transmitida por muchos vecinos de Majadahonda) que no todos los propietarios de perros cumplen con la debida exigencia las normas anteriormente descritas. De hecho, es muy común ver como los perros se encuentran sueltos en los jardines y parque públicos a cualquier hora de día y

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que muchos de ellos tampoco recogen los excrementos de los perros de su propiedad. Estos hechos, además de ocasionar daños objetivos a los parques y jardines, pueden originar problemas de salud pública para los niños y niñas que juegan en dichos espacios e incluso provocar situaciones de riesgo físico para los más pequeños. A la vista de estas consideraciones, estimamos conveniente presentar la siguiente

MOCIÓN Que el Ayuntamiento de Majadahonda lleve a cabo una campaña de concienciación y sensibilización en relación a la tenencia de perros, informando a los ciudadanos propietarios de estos animales de sus derechos y obligaciones y recordándoles las disposiciones establecidas en la ordenanza en vigor, con especial énfasis en lo que se refiere a la obligatoriedad de registro, de vacunación, de suscribir un seguro de responsabilidad civil y de cumplir con las normas de convivencia allí recogidas, como llevar el perro con correa en los espacios públicos y la necesaria limpieza de las deyecciones caninas.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de 20 de diciembre de 2012, favorable.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Maillo, indica que esta Moción no pretende establecer ni abrir una batalla entre las personas que tienen perro y las que no lo tienen y lo único que pretende es recoger una sensación que hay entre los vecinos, recordar lo que dice la Ordenanza Municipal y establecer un mecanismo de sensibilización para cumplir dicha Ordenanza.

A continuación recuerda que la Ordenanza Municipal determina

la obligatoriedad de censar el perro en el Censo Municipal de Animales, de contratar un seguro obligatorio de responsabilidad civil por una cobertura de 120.000 euros, la vacunación y del uso de la correa en lugares públicos o privados de uso común además del bozal para los perros cuyos antecedentes, temperamento o naturaleza así lo aconseje.

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Sigue diciendo que dicha Ordenanza establece un conjunto de normas de convivencia que considera importante recordar como son la recogida y limpieza, por el propietario, de las deyecciones de su perro en la vía pública o la posibilidad de dejar sueltos a los animales únicamente en las zonas acotadas por el Ayuntamiento para este fin.

Termina su intervención aclarando que, a día de hoy, en el

Censo de Animales figuran inscritos 1.400 animales y, aunque no sabe si son muchos o pocos, su grupo considera conveniente hacer una campaña de sensibilización para que se vayan cumpliendo todos los extremos que marca la Ordenanza Municipal y que anteriormente ha indicado.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río,

indica que su grupo está de acuerdo con esta Moción y, aunque no sabe si los propietarios inscriben a los perros en el Censo Municipal y si tienen o no seguro, tiene la sensación de que la educación de los perros o de sus dueños ha cambiado y dice esto porque recorrer los metros necesarios hasta llegar a su casa es un “auténtico campo de minas” y no sabe si ello se debe a la mala educación o a una falta de limpieza, o las dos cosas a la vez.

Aclara que si el propietario recogiera las deyecciones de su

animal, no haría falta una limpieza y además tiene la sensación de que ese problema va aumentando en las calles secundarias (en las calles principales los propietarios recogen las deyecciones de sus animales) y también observa que los propietarios de perros, incluso los de razas peligrosas, no les ponen bozal, ni los llevan sujetos con correas lo que provoca que algunos ciudadanos, al menos, se sientan incómodos con esos animales.

Termina su intervención diciendo que, por los motivos que ha

expuesto, su grupo considera conveniente realizar una campaña de sensibilización en estos momentos.

El Sr. Presidente aclara que está de acuerdo con esta Moción y

con lo expuesto por el Grupo Centrista pero no cree que se obtenga ningún resultado.

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Sigue diciendo que se pondrá en marcha la campaña de sensibilización que se pide en esta Moción porque prácticamente no cuesta dinero pero desea dejar claro que esto mismo se ha hecho en otras muchas ocasiones y por ello cree que lo único que podría solucionar estos problemas es la iniciación de expedientes sancionadores. Aclara que la apertura de expedientes sancionadores está surtiendo efecto en los casos de pintadas y de dejar las bolsas de basura fuera de los contenedores pero el problema de las deyecciones de los perros es muy complicado puesto que se producen, en todo el término municipal, a todas las horas del día y a algunas horas de la noche por lo que es muy complicado que un Policía Local detecte que un propietario no ha recogido la deyección de su perro.

Continúa diciendo que las campañas sancionadoras han surtido

efecto como ha indicado anteriormente, pero se fracasa en la recogida de las deyecciones de perros aunque es un verdadero problema para los ciudadanos.

Termina su intervención diciendo que el equipo de gobierno está

dispuesto a intentar solucionar este problema una vez mas y por ello va a poner en marcha una nueva campaña de sensibilización aunque, insiste, ese camino ha sido recorrido en otras muchas ocasiones.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que en Majadahonda están sucediendo las situaciones que se relatan en esta Moción y además está el problema añadido de escasez de pipi-canes.

Termina su intervención aclarando que su grupo está de acuerdo

en realizar una nueva campaña intentando conseguir que tenga más éxito que otras que se han realizado.

El Sr. Presidente indica al Portavoz de Izquierda Unida-Los

Verdes que los pipi-canes no dan ningún resultado e incluso producen un efecto contrario puesto que se convierten en un foco de suciedad y no se usan por casi nadie.

La Concejal del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Fernández, indica que su grupo está totalmente a

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favor de esta Moción y también de que los propietarios de los perros sean más cuidadosos y tengan un comportamiento cívico controlando los perros peligrosos.

Sigue diciendo que su grupo, en el turno de ruegos y preguntas

de una sesión plenaria anterior, planteó el caso de un perro chou-chou que tenía aterrorizados a los ciudadanos en los alrededores del Colegio San Luis Gonzaga y el Ayuntamiento no hacía nada para evitarlo.

Termina su intervención diciendo que su grupo no cree que se

deba perseguir al ciudadano para tratar de convencerle constantemente para que todos sus comportamientos sean adecuados pero entiende que la medida que se propone, hacer campañas de información, sería razonable y además está a favor de sancionar a los propietarios de mascotas que incumplan la normativa que, en el caso de Majadahonda, no es una minoría.

El Concejal Delegado de Formación, Empleo, Comercio,

Consumo, Vigilancia y Control de Animales Domésticos, Sr. Díaz, indica que el equipo de gobierno coincide plenamente con el Grupo Socialista en el contenido de esta Moción y, como ha dicho anteriormente el Sr. Alcalde, ésta es una de las preocupaciones que los vecinos les han manifestado por distintos medios.

Sigue diciendo que en las reuniones periódicas que el Sr.

Alcalde mantiene con los vecinos, y concretamente en la zona de la c/ Isaac Albéniz, el equipo de gobierno, a petición de los vecinos, colocó algunas placas en las farolas recordando las obligaciones de los propietarios de los animales y las sanciones, en caso de incumplimiento, recogidas en la Ordenanza.

Indica además que en la home principal de la página web

municipal, se ha establecido un icono denominado “animales domésticos” que será un tablón para recordar el contenido de la Ordenanza Municipal, las campañas de adopción, las campañas de vacunación y, en definitiva, todas las cuestiones de interés para los propietarios de animales y también se les recuerda la obligación de censarlos.

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Termina su intervención diciendo al Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista que hay pocos perros censados en Majadahonda y cree que eso tiene que ser mejorado y para ello su Concejalía está trabajando con la Comunidad de Madrid y se realizará la campaña que se solicita para conseguir que los 10.000 animales domésticos que, según la Comunidad de Madrid, residen en Majadahonda, se incorporen al Censo Municipal lo que se puede conseguir realizando diversas actuaciones y entre ellas está el trabajar, de forma coordinada, con los centros veterinarios porque está convencido de que es una forma eficiente de llegar a todos los propietarios de animales.

En estos momentos se ausenta del Salón de Sesiones la Concejal

del Grupo Unión Progreso y Democracia, Sra. Fernández. El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, recuerda que esta Moción no tiene un espíritu coercitivo sino informativo y educador. Aclara que lo que se plantea es un sentir de los ciudadanos porque no es adecuado el nivel de convivencia entre los que tienen animales y los que no los tienen y no es solo por la suciedad (foco de insalubridad para los niños en los parques) sino también de peligrosidad porque los animales corren sueltos en el Monte del Pilar o en los parques y jardines e impiden, por ejemplo, que los niños circulen en bicicleta.

Termina su intervención agradeciendo al equipo de gobierno el

tono de la respuesta que ha dado a esta Moción y agradece el voto afirmativo que va a dar.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por unanimidad de los presentes y una abstención, la correspondiente a la Concejal Sra. Fernández de Unión Progreso y Democracia por ausencia una vez comenzado el debate de conformidad con lo dispuesto en el art. 100 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, ACUERDA llevar a cabo una campaña de concienciación y sensibilización en relación a la tenencia de perros, informando a los ciudadanos propietarios de estos animales de sus derechos y obligaciones y recordándoles las disposiciones establecidas en la ordenanza en vigor, con especial énfasis en lo que se refiere a la

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obligatoriedad de registro, de vacunación, de suscribir un seguro de responsabilidad civil y de cumplir con las normas de convivencia allí recogidas, como llevar el perro con correa en los espacios públicos y la necesaria limpieza de las deyecciones caninas.

14.3(215/12) MOCIÓN PRESENTADA POR EL

GRUPO MUNICIPAL CENTRISTA SOBRE PERSONACIÓN DEL AYUNTAMIENTO, COMO ACUSACIÓN PARTICULAR, EN LA CAUSA DENOMINADA GÜRTEL. (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz del Grupo

Municipal Centrista, Sra. Pedreira, que ha tenido entrada en el Registro General el 20 de diciembre de 2012, nº 22336, cuyo texto es el siguiente: “En el Pleno de octubre pasado, como consecuencia de una Moción presentada por este Grupo, se aprobó estudiar la personación, como acusación particular, centrada en la exigencia de responsabilidades civiles, aunque a la vista del informe de los servicios municipales pudiera resultar más completa la plena intervención en todo el proceso como acusación particular, exigiendo pues responsabilidades de todo tipo a quienes, desde fuera del Ayuntamiento o desde dentro, utilizaron fondos municipales, no para el interés público sino para el particular. Asimismo y con el fin de limitar los costes económicos de la personación, parece que lo aconsejable es fijar un presupuesto máximo de 20.000 euros y convocar el oportuno proceso de selección de Letrado. Debe concluirse que esta personación es algo debido a los ciudadanos de Majadahonda y la mejor manera de reprobar públicamente una forma de entender la política municipal que debe rechazarse y condenarse.

MOCION

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Los Grupos Municipales que componen el Pleno acuerdan solicitar del Equipo de Gobierno la personación, como acusación particular, en la causa denominada Gürtel, previa selección de Letrado, con un límite económico de 20.000 euros, para exigir las responsabilidades penales y civiles relacionadas con nuestro Ayuntamiento.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de 20 de diciembre de 2012, favorable.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, da lectura a la Moción que su grupo ha presentado y añade que todos son conscientes de que el caso Gürtel tuvo una implicación muy importante en este Ayuntamiento y realmente fue una etapa negra en la historia municipal y por ello su grupo cree que nuestros vecinos se merecen que el Ayuntamiento se persone, como acusación particular, para velar por los intereses económicos municipales y, sobre todo, para poner de manifiesto que condenamos y reprobamos aquella forma de actuar y por ello ha presentado esta Moción. En estos momentos se incorpora a la sesión la Concejal del Grupo Unión Progreso y Democracia, Sra. Fernández. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, aclara que su grupo estaba de acuerdo en esta Moción cuando se presentó hace dos meses y también lo estaba hace más de dos años cuando se inició el proceso contra la trama Gürtel e incluso su grupo pidió que el Ayuntamiento se personara como parte para defender los intereses de los vecinos y por ello el voto de su grupo en este caso va a ser afirmativo. La Portavoz de Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que su grupo, en principio, estuvo de acuerdo con la personación del Ayuntamiento pero después de estudiarlo y de enviarlo a sus asesores jurídicos, ha llegado a una conclusión distinta. Sigue diciendo que su grupo está en contra de todo tipo de corrupciones como lo demuestra el que exigiera en el Congreso de los

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Diputados, el pasado mes, que se excluyan de las listas electorales a las personas que resulten imputadas y también que sean expulsadas de sus cargos públicos. Aclara que se ha conseguido retirar a los partidos políticos y sindicatos los privilegios que actualmente tienen en materia de responsabilidad penal y cree necesario e imprescindible una mayor dureza y exigencia en la lucha contra la corrupción. Sigue diciendo sobre esta Moción, que su grupo tiene algunas dudas y, por ejemplo, no entiende la utilidad de personarse como acusación particular con una finalidad que se desconoce. Añade que el informe de la Letrada Municipal deja patente que los posibles perjuicios son inconcretos para exigir nada y en esta Moción tampoco se especifican esos perjuicios y por ello su grupo cree que hubiera más práctico abrir una comisión de investigación, como pidió el Partido Socialista hace poco tiempo, para valorar el desequilibrio o desfase patrimonial, indagar sobre la responsabilidad de cada participante en los expedientes de que se trate, etc. y dice esto porque de esa forma se podría conseguir algún dato concreto con el que personarnos. Indica además que, desde el punto de vista de su grupo, habría sido mas conveniente la presentación de esta Moción al inicio de la instrucción de ese proceso judicial para que este Ayuntamiento hubiera colaborado desde el principio. Termina su intervención diciendo que el Partido Socialista se personó al principio del proceso lo que fue útil pero entiende que en estos momentos supone gastar 20.000 euros en un lavado de imagen general para que el Ayuntamiento, gobernado por el Partido Popular, se persone en un proceso contra el Partido Popular y que en el mismo actúe como letrado uno contratado por el equipo de gobierno del Partido Popular lo que a su grupo resulta extraño y por ello prefiere esperar a las conclusiones a las que llegue el Tribunal y a que llegue el momento en que se puedan exigir daños y perjuicios. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica que el sentido del voto de su grupo, como no podía ser de otra manera, va a ser afirmativo. Sigue diciendo que en la sesión plenaria de octubre en la que se trató la Moción a la que se ha aludido, su grupo también votó a favor y recuerda la actitud de su grupo respecto a este tema a lo largo de los

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años (el anterior Grupo Socialista, en la anterior legislatura, ya trabajó intensamente). Aclara que el Grupo Socialista no se pudo personar en este proceso por falta de dinero por lo que considera adecuada la personación que propone el Grupo Centrista en esta Moción. Manifiesta, como ha indicado la Portavoz del Grupo Unión Progreso y Democracia, que el Grupo Socialista pidió una comisión de investigación precisamente para tratar este tema porque lo que más le importa es que el dinero que se fue de este Ayuntamiento, se devuelva a los vecinos y que los que hicieron las cosas mal paguen sus responsabilidades. Termina su intervención reiterando que, por los motivos que ha expuesto, su grupo va a votar a favor de esta Moción. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Caballero, indica que esta Moción comienza hablando de que se pidió un informe a los servicios jurídicos municipales pero desea dejar claro que en dicho informe se dice que no existe ninguna posibilidad de conseguir, por estar personados en el proceso, traer a este Ayuntamiento dinero que se fue, lo que todavía está por demostrar y de hecho el equipo de gobierno, en el caso de que el Ministerio Fiscal o el Tribunal correspondiente hagan patente cualquier pequeña desviación de dinero, pedirá esa responsabilidad. A continuación manifiesta que desea dejar claro que el equipo de gobierno no va a votar a favor de la personación actual del Ayuntamiento como acusación particular para no “tirar” 20.000 euros y añade que está convencido de que el coste hubiera sido mayor si nos hubiéramos personado antes. Continúa diciendo que es cierto que se pidió una comisión de investigación pero el equipo de gobierno cree que, en el momento en que se encuentra este proceso, es mejor hacer lo que se ha hecho y es colaborar, de manera ejemplar, con la Justicia y entregar toda la documentación que ha pedido el Sr. Fiscal o la Policía Judicial lo que no se ha hecho así en otros lugares e incluso el Jefe de la Unidad de la Policía Judicial, que acudió en varias ocasiones al Ayuntamiento para pedir documentación, ha enviado un escrito dando las gracias por la colaboración que le ha prestado el equipo de gobierno.

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Termina su intervención reiterando que el equipo de gobierno va a votar en contra de esta Moción porque, según el informe de los letrados municipales, el personarse en estos momentos sería tirar el dinero. El Sr. Presidente aclara que el equipo de gobierno va a ser totalmente implacable en el caso de que haya una posibilidad de recuperar dinero para este Ayuntamiento pero cree que, por el hecho de personarse en el proceso y gastarse 20.000 euros, no se van a tener más posibilidades de que eso ocurra e incluso cree que puede ocurrir al contrario porque no existe, en estos momentos, ningún indicio de malversación de fondos y, si existiera, se podría acudir a la vía civil que es la que, en cualquier caso, se tendría que utilizar para recuperar el dinero. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que, como no podía ser otra forma, cada grupo municipal actúa como considera oportuno pero cree que la Moción que ha presentado es una de las más políticas que se han presentado en el Pleno. Añade que es una forma de poner en valor lo político y dice esto porque al final se trata de demostrar que se está reprobando la forma de actuar de algún político y de algún no político y todos conocen los que en esos momentos eran miembros de esta Corporación y también que el agujero de este Ayuntamiento ascendió a 30 millones de euros y por ello su grupo cree que hay que ser activo y personarse en este proceso. Sigue diciendo que le sorprende que se diga que se van a tirar 20.000 euros porque seguramente ese dinero se podría obtener del servicio de alquiler de bicicletas que cuesta 240.000 euros (se obtendrían destinando, por ejemplo, 6 bicicletas menos a este servicio) y también se podrían obtener del mobiliario de la Policía destinando 250.000 euros en lugar de 270.000 euros (posiblemente dos mesas y un armario menos). Manifiesta que, desde el punto de vista de su grupo, es necesario que los grupos municipales traten de recuperar, de dignificar y de ser activos en la recuperación de lo que es de los vecinos de Majadahonda, y entiende que se sabe dónde se puede recuperar.

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A continuación considera necesario conocer qué estaba haciéndose en este Ayuntamiento de forma irregular y precisamente, por considerar que los vecinos debían conocer todo lo que ha sucedido, su grupo ha presentado esta Moción y también porque los vecinos vieran que este Ayuntamiento era el más activo en acusar unas prácticas con las que no estamos de acuerdo. Aclara seguidamente que su grupo tiene ese concepto de lo que se debe hacer y es personarse en ese proceso y exigir todo lo que se pudiera recuperar y cree que ello sería también una forma de decir que los corporativos condenan esas prácticas que creen que no se deben hacer y por ello ha presentado esta Moción. Indica que su grupo sigue pensando que el Ayuntamiento debería personarse como acusación particular en ese proceso y agradece a los grupos municipales que han apoyado esa personación y añade que su grupo estudiará lo que va a hacer en el caso de que esta Moción no resulte aprobada. Termina su intervención diciendo que la presentación de esta Moción ha sido una buenísima ocasión para decir a los ciudadanos que algunos políticos condenan a otros políticos y se ponen “al frente de la manifestación” para que sean condenados por sus actuaciones irregulares. El Sr. Presidente indica que hacer lo que pide el Grupo Centrista no tiene por qué costar 20.000 euros porque recuerda que cuando este Ayuntamiento detectó algunas formas incorrectas de actuar, mucho antes de que comenzara el Caso Gürtel, el Partido Popular sacó del Ayuntamiento a los responsables y añade que el equipo de gobierno está dispuesto a suscribir una Moción condenando esos hechos pero siempre y cuando ello no cueste al Ayuntamiento 20.000 euros y sobre todo cuando se ha emitido un informe en el que se dice que no hay posibilidad de recuperar nada. Termina su intervención proponiendo al Grupo Centrista que el dinero que cuesta la personación en el proceso Gürtel sea abonado con cargo al dinero que reciben los grupos políticos municipales y, si el Grupo Centrista, aprueba esa propuesta, el equipo de gobierno votará a favor de esta Moción.

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La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica al Sr. Alcalde que el servicio de alquiler de bicicletas cuesta 240.000 euros por lo que se podrían quitar 20.000 euros para la personación que pide esta Moción. Sigue diciendo que el Sr. Alcalde siempre habla del dinero que reciben los grupos políticos que integran esta Corporación y por ello desea dejar claro que los grupos políticos reciben esa asignación para dirigirse a los ciudadanos de Majadahonda porque les han elegido y tienen el derecho a recibir información y sin embargo el Sr. Alcalde se refiere a esa asignación dando a entender que ese dinero es de cada grupo municipal. Aclara que la asignación que reciben los grupos de la oposición es pequeña y, reitera, tiene como misión el que puedan dirigirse a los ciudadanos pero el Sr. Alcalde se dirige, de forma permanente, a los vecinos con el dinero de los ciudadanos y parece que lo que quiere el equipo de gobierno es que los grupos de la oposición no se puedan dirigir a los vecinos y así el equipo de gobierno “tapa la boca” a los grupos de la oposición. El Sr. Presidente aclara que lo que ha querido decir es que el dinero que cuesta la personación del Ayuntamiento en el proceso Gürtel sea abonado por los grupos políticos y no con dinero público y añade que en ningún momento ha dicho que los grupos de la oposición no se dirijan a los vecinos. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que la asignación que reciben los grupos políticos es también dinero público por lo que reitera que el Sr. Alcalde está diciendo que los grupos de la oposición no se dirijan a los ciudadanos y que ese dinero se destine a la personación en ese proceso. El Sr. Presidente insiste en que los grupos de la oposición pueden dirigirse a los ciudadanos siempre que lo deseen pero haciéndolo con dinero del propio partido y no con dinero público.

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La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, pregunta al Sr. Alcalde con cargo a qué dinero se dirigen el Alcalde y el equipo de gobierno a los ciudadanos de Majadahonda. Termina su intervención diciendo que el Sr. Alcalde sabe que no tiene ningún sentido lo que ha planteado y añade que es el equipo de gobierno, con su mayoría, quien decide si el Ayuntamiento se persona o no. El Sr. Presidente pide a la Portavoz del Grupo Centrista que respete sus opiniones de la misma forma en que él respeta las suyas y no organice una algarabía cuando alguien no está de acuerdo y le pide que tenga cierto sentido del orden establecido. Sigue diciendo que él tiene una opinión al respecto y cree que el dinero público no está para que los partidos políticos y los sindicatos lo utilicen pero simplemente es una opinión personal y el Grupo Centrista puede no estar de acuerdo con ella pero no por ello debe indignarse. Termina su intervención aclarando que está de acuerdo en hacer una Moción condenando el Caso Gürtel y el equipo de gobierno lo demostró haciendo lo que hizo con las personas implicadas y cuestión distinta es “tirar” 20.000 euros cuando los servicios jurídicos municipales han informado que personarse en estos momentos sería tirar el dinero y añade que este Ayuntamiento no está por tirar el dinero de los vecinos y en estos momentos da por finalizado el debate y propone su intención de someter esta Moción a votación. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, aclara que debe ser su grupo, por haber propuesto esta Moción, quien debe cerrar el turno de intervenciones. El Sr. Presidente aclara que la Portavoz del Grupo Centrista ya cerró el debate y él únicamente se ha limitado a contestar porque el Reglamento Orgánico le permite intervenir en cualquier momento de la sesión plenaria lo que puede ser comprobado cuando el Grupo Centrista desee pero, a pesar de ello, va a conceder a la Portavoz del

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Grupo Centrista un nuevo turno de intervenciones para que proceda al cierre del debate. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que parece que el Sr. Alcalde ha intervenido de orden y ha comentado que ha organizado una algarabía pero entiende que por las actas se puede comprobar cuántas algarabías ha generado y dice esto porque parece que el Sr. Alcalde considera que cada mañana organiza una algarabía. Aclara que la algarabía se ha organizado precisamente por lo que ha indicado el Sr. Alcalde y cree que no solo ha sido ella quién la ha organizado porque realmente otros corporativos no estaban de acuerdo con lo que proponía el Sr. Alcalde. Sigue diciendo que su Grupo no está de acuerdo con la propuesta que ha realizado el Sr. Alcalde y a otros corporativos tampoco le ha parecido correcto lo que ha dicho y por eso se ha organizado esa algarabía y añade que, en otras ocasiones, también se han organizado algarabías. Indica a continuación que si el Sr. Alcalde y el equipo de gobierno no quieren votar a favor, pueden hacerlo y cree que lo que pretende esta Moción está muy claro y además durante este debate ha explicado de dónde se puede sacar el dinero para que el Ayuntamiento se persone en el proceso del Caso Gürtel y, aunque conoce que el servicio de alquiler de bicicletas es “sagrado” para el Sr. Alcalde, no lo es para su grupo y por ello ha propuesto reducir el coste de dicho servicio en 20.000 euros lo que ha provocado el enfado del Sr. Alcalde aunque recuerda que también ha planteado otras partidas presupuestarias de las que se podría obtener ese dinero. Termina su intervención reiterando que no pasa nada porque el equipo de gobierno vote en contra de la personación del Ayuntamiento en el proceso seguido por el Caso Gürtel. El Sr. Presidente aclara que el equipo de gobierno va a ir a por todas en este proceso por la vía civil pero no está de acuerdo con tirar el dinero.

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Sometida a votación esta Moción, QUEDA RECHAZADA al resultar diecisiete (17) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales Popular y Unión Progreso y Democracia y ocho (8) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista. 14.4(216/12) MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO

MUNICIPAL UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA PARA REALIZAR UN GESTO DE SOLIDARIDAD DEMOCRÁTICA CON EL PUEBLO CUBANO (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, que ha tenido entrada en el Registro General el 20 de diciembre de 2012, nº 22351, cuyo texto es el siguiente: “Desde UPyD creemos en la universalidad de los Derechos Humanos, la libertad y los valores democráticos. Por ello vemos necesaria y justificada su defensa en cualquier lugar de nuestro planeta. En este sentido apoyamos activamente a la oposición democrática que lucha en Cuba por instaurar un Estado de derecho y un sistema de libertades. En el último año hemos visto como figuras relevantes de la disidencia cubana han fallecido, como Oswaldo Payá, Harold Cepero o Laura Pollán. Mientras, la represión de la dictadura cubana sigue cobrándose la libertad de todo aquel ciudadano que no comulgue con el régimen castrista. Consideramos oportuno, realizar un gesto de solidaridad hacia el pueblo cubano, y en especial a todos aquellos ciudadanos que han dado su vida por hacer de Cuba un país moderno, con un estado de derecho que proteja a todos los cubanos independientemente de su orientación política, y con una democracia con elecciones libres y pluripartidistas. Nos parece algo simbólico pero efectivo, que el Ayuntamiento de Majadahonda realice un homenaje de apoyo a la disidencia cubana, desde nuestra solidaridad democrática con todos los cubanos. Tenemos la obligación moral de evitar, que todas estas

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personas que han dado su vida por un ideal tan noble como la libertad y la democracia, caigan en el olvido. ACUERDOS: 1. Que el Ayuntamiento de Majadahonda realice una declaración

institucional en solidaridad y apoyo a todos los cubanos que luchan por instaurar un régimen democrático en Cuba.

2. Que se realice un homenaje en apoyo a la disidencia cubana en

Majadahonda.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda, de 20 de diciembre de 2012, favorable. La Concejal del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Fernández, indica que su grupo ha presentado esta Moción como muestra de apoyo al pueblo cubano y a la oposición democrática que lucha en Cuba por instaurar un estado de derecho y un sistema de libertades.

Sigue diciendo que, en el último año, se ha visto cómo varias

figuras relevantes de la disidencia cubana han fallecido como Oswaldo Payá, Harold Cepero o Laura Pollan, líder de las “Damas de Blanco” y también han fallecido otros menos conocidos como Wilman Villar y Wilfredo Soto.

Aclara que su grupo cree oportuno realizar un gesto de

reconocimiento a todas esas personas que han dedicado su vida por conseguir el ideal de democracia y libertad a Cuba.

Añade que la democracia involucra el derecho de las personas a

determinar libremente su propio destino y el ejercicio de ese derecho requiere un sistema que garantice la libertad de expresión, de fe y asociación y de elecciones libres y competitivas, respeto a los derechos inalienables de los individuos, medios de comunicación libres y un estado de derecho, condiciones que hoy no se cumplen en Cuba.

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Indica a continuación que, en los últimos meses, se está viendo

un aumento de la represión del régimen castrista hacia los opositores como denuncia Amnistía Internacional que, como todos saben, es una organización no gubernamental no sospechosa ideológicamente.

Añade que Naciones Unidas exigió a Cuba que diera

información sobre las muertes de varios presos políticos, de la represión contra los disidentes como el grupo “Las damas de blanco” y los 2.400 arrestos realizados contra opositores del gobierno cubano.

Termina su intervención diciendo que a ella y a su partido les

gustaría que el pueblo cubano pueda conseguir decidir libremente su destino y vivir en democracia y por ello desea que Majadahonda realice ese gesto de solidaridad democrática.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

indica que su grupo está acuerdo con solidarizarse con el pueblo cubano y también con todos los pueblos en los que no haya libertad de decidir, no permitan libertad de movimiento o cualquier tipo de libertades.

Termina su intervención diciendo que, por los motivos que ha

expuesto, su grupo va a votar a favor de esta Moción. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, aclara que va a contar que un día, a las 7:30 horas de la mañana, un joven de 21años baja a calle junto a su novia y tres agentes de paisano le interceptan e identifican. Aclara que ambos jóvenes se dirigían al encuentro de su familia para defender los derechos y libertades de su pueblo. Añade que ambos son detenidos, conducidos a calabozos y aislados y son sometidos a interrogatorios extra-judiciales por agentes encapuchados mientras registran sus domicilios. Indica que, tras pasar 48 horas detenidos en el calabozo, el régimen decide que existe alarma social y el joven pasa a prisión preventiva en régimen de aislamiento total. Aclara que eso ha ocurrido en Vallecas (Madrid), y el nombre de ese joven es Alberto Fernández “Alfon” y está detenido, desde la Huelga General del pasado 14 de noviembre, sin haber tenido un juicio previo y en un régimen de aislamiento destinado a terroristas y delincuentes internacionales y su

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caso ha sido incluso denunciado por el Comité de Derechos Humanos de la ONU.

Sigue diciendo que su grupo entiende que la prioridad del Pleno,

y su obligación moral, debería ser preocuparse de los “disidentes patrios” que existen en España aunque algunos prefieran no verlos.

Aclara que, puestos a hacer homenajes, se podrían hacer a todos

los “disidentes patrios” que tienen nombres y apellidos aunque para algunos permanezcan en el anonimato (Alfon, Samba, Amaya, Manuel, Chema, Iñigo y Chelo). Añade que estos son algunos de los nombres pero ese listado se podría extender a todos los encerrados en hospitales y centros de salud, a todos los que marchan condenando el cierre de centros de apoyo a la discapacidad, a los acampados en la c/ Celenque que luchan contra los desahucios, a las mareas verdes, blancas, negras o naranjas, a los cientos de detenidos, multados e incluso heridos, algunos menores de edad y niños, por exigir una democracia real, el respeto a los derechos humanos también de desahuciados, parados o excluidos, de los inmigrantes a los que se les está negando la atención o son recluidos en centros de internamiento también denunciados por Naciones Unidas por el mero delito de no tener “papeles”.

Termina su intervención diciendo que son muchos los

“disidentes patrios” que luchan por un estado moderno y algunos de ellos son vecinos de Majadahonda y su grupo cree que estas personas se merecen también todo tipo de homenajes pero no lo piden porque el único homenaje que ellos quieren es que el resto de ciudadanos les acompañen en su lucha.

El Sr. Presidente indica al Portavoz del Grupo Municipal

Izquierda Unida-Los Verdes, que está equivocado si está tratando de decir que España no es un estado de derecho y no una democracia y, si realmente pasa lo que ha contado, en España hay policía, jueces, fiscales y, en definitiva, un estado de derecho democrático que castiga a los responsables de esos actos si no han cumplido la ley pero en Cuba los amparan.

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, indica

que su grupo cree que ésta es la típica Moción que es tan fácil de

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apoyar como de encontrar un motivo para no hacerlo y dice esto porque es fácil estar de acuerdo con la universalidad de los derechos humanos, la libertad y la democracia pero también es fácil pensar que puede haber personas, dentro de la disidencia cubana, que no deban ser adalides de la lucha por las libertades y los derechos de los hombres.

Sigue diciendo que es fácil, y su grupo está de acuerdo, con

realizar una declaración institucional en solidaridad y apoyo a todos los hombres que lucharon y luchan por instaurar un régimen democrático en cualquier lugar del mundo y no solo en Cuba.

Manifiesta que es difícil estar de acuerdo con realizar un

homenaje en apoyo a la disidencia cubana y no hacerlo, en el mismo acto, con el resto de pueblos que en el mundo luchan contra cualquier tipo de dictadura.

Aclara que es fácil pedir para todas las naciones de la tierra sin

excepción, un mundo libre y democrático en el que se respeten siempre los derechos humanos. Añade que su grupo exige que cada día de nuestra vida se convierta en un homenaje permanente a aquellos hombres y mujeres que luchan, dan y darán sus vidas por su libertad y también considera fácil rechazar actos de homenaje simbólicos e individuales en los que no están representados todos y cada uno de los hombres y mujeres que, independientemente de su raza, condición o idea política, luchan también en sus países.

Termina su intervención diciendo que, por los motivos que ha

expuesto, la postura de su grupo respecto a los dos apartados que contiene la parte propositiva de esta Moción, es estar de acuerdo en que este Ayuntamiento realice una declaración de apoyo a los que luchan por instaurar un régimen democrático en Cuba si en esa declaración se incluyen a todos los que lo hacen en todas las partes del mundo y pide dejar en suspenso lo que solicita en su apartado segundo por considerar que, tal y como ha sido redactado, es demasiado amplio y su grupo, al menos, no es capaz de conocer, de forma concreta, si todos los que se integran en la llamada “disidencia cubana” son merecedores de dicho homenaje aunque es evidente que su grupo tiene dudas sobre ello porque en el mundo hay disidencias tan dictatoriales como los regímenes a los que quieren oponerse.

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El Portavoz del Grupo Municipal Popular, Sr. Caballero, indica que el equipo de gobierno no encuentra ningún motivo para no apoyar esta Moción y cree que los cubanos llevan soportando un régimen dictatorial y asesino desde que alguien, con el crucifijo en la mano y pidiendo democracia, bajó de Sierra Maestra y por ello el equipo de gobierno va a votar a favor de esta Moción y va a apoyar la lucha del pueblo cubano para obtener su libertad porque cree que son igual que nosotros.

La Concejal del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Fernández, indica que su grupo no deseaba que esta Moción haya sido motivo de controversia pero si los Grupos Municipales Socialista e Izquierda Unida-Los Verdes quieren presentar alguna otra Moción sobre lo que han comentado en este debate, se debatirá en el Pleno.

Sigue diciendo que en este caso, y con toda la cordialidad, desea

dejar claro que habla desde el conocimiento, y no de oídas como habla mucha gente en el Pleno. Añade que, desde la honestidad, es imposible defender un estado que se empeña en poner cada día las cosas más difíciles, que ahoga a su población con prohibiciones y es un estado que vive en una realidad ficticia mientras oculta la verdadera.

Aclara que la realidad que existe es la que sufre cada día una

población que quiere olvidarse del pensamiento único, que quiere entrar y salir de su país sin más exigencias que un pasaporte lo que hacemos todos los presentes en esta sesión, que quiere legalizar otras opciones políticas y quiere poder elegir como hacemos lo que estamos en esta sesión.

Continúa diciendo que los cubanos quieren algo muy simple y

es comer todos los días y quieren comer lo que les apetezca y no quieren levantarse todos los días con el pensamiento de ¿qué vamos a comer hoy?.

Manifiesta que lo que su grupo pide con esta Moción es un gesto

de solidaridad para el pueblo cubano, para que pueda vivir en democracia y en libertad lo que no existe desde hace 53 años.

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Termina su intervención diciendo una frase del político-filósofo-poeta cubano, José Martí que es “yo viví en el monstruo y le conozco las entrañas”.

Sometida esta Moción a votación, la Corporación, por

diecinueve (19) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Popular, Unión Progreso y Democracia y Centrista y seis (6) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales Socialista e Izquierda Unida-Los Verdes, ACUERDA: Primero.- Realizar una declaración institucional en solidaridad y apoyo a todos los cubanos que luchan por instaurar un régimen democrático en Cuba. Segundo.- Realizar un homenaje en apoyo a la disidencia cubana en Majadahonda.

14.5(217/12) MOCIÓN PRESENTADA POR EL

GRUPO MUNICIPAL UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA PARA EL CONTROL EFECTIVO DE LAS CONCESIONES MUNICIPALES (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz del Grupo

Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, que ha tenido entrada en el Registro General el 20 de diciembre de 2012, nº 22352, cuyo texto es el siguiente: “Desde UPyD queremos seguir insistiendo en un aspecto fundamental para el correcto funcionamiento del Ayuntamiento, como es el control de las concesiones municipales. Desde nuestra entrada en este Ayuntamiento, hemos presentados varias mociones y preguntas en este sentido, que incidían en una falta de control efectiva en determinadas concesiones. Dado que este problema no es puntual, y por tanto la falta de control en este ámbito es generalizada, presentamos esta moción, con la intención de terminar con esta situación.

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En la actualidad, debido a la complejidad que tienen las administraciones locales para ofrecer directamente los servicios a los que le obliga la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, además de otros que considere oportuno, tienen que recurrir a fórmulas de colaboración con el sector privado a través de la figura de la externalización. Este hecho nos parece bien y adecuado, ya que es una herramienta útil que poseen las corporaciones locales para hacer más eficiente a la administración pública y así poder proveer de todos los servicios indispensables para el bienestar de los ciudadanos. La cesión de la gestión de un servicio municipal a un tercero, no exime a la administración de su responsabilidad para garantizar que se desarrolla en las condiciones adecuadas, y por tanto le obliga a un control efectivo del mismo. En el caso de las concesiones, el empresario gestiona el servicio a su propio riesgo, siendo una modalidad contractual más flexible para el concesionario que otras que figuran en el artículo 277 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Pero esta flexibilidad no significa en modo alguno la total libertad del concesionario para decidir ciertos aspectos que han de ser acordes a los pliegos del contrato firmado con el Ayuntamiento. Por tanto, es necesario que el Ayuntamiento garantice aspectos básicos para una correcta gestión del servicio, como es que se ofrezca con el nivel técnico adecuado o que el coste de prestación corresponda al pactado. Generalmente, la escasez de medios disponibles provoca que los controles de seguimiento sobre el concesionario sean insuficientes y poco eficaces. En numerosas ocasiones los distintos grupos de la oposición han reclamado, a través de propuestas en el pleno, un mayor control de las concesiones administrativas. En la actualidad son muchos los servicios de nuestro municipio que están externalizados, varios de ellos claves para la calidad de vida de los vecinos de Majadahonda. Por ello desde UPyD creemos necesario tomar una serie de medidas que acaben de forma definitiva con la falta de control en las concesiones administrativas. En todas las propuestas de los grupos de la oposición, han sido varias las formas expuestas para acabar con esta situación, desde la elaboración de una memoria para el seguimiento de las concesiones administrativas o una mayor transparencia en la publicación de los precios públicos, hasta exigir una renegociación del contrato para aquellas concesionarias que han modificado o

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ampliado los servicios contemplados en los pliegos, propuestas que han sido rechazadas o no se han puesto en práctica. Este mes hemos conocido el Plan de Seguimiento de las Concesiones Administrativas que se está realizando desde la Concejalía de Deportes y Fiestas. Esta medida nos parece muy positiva y en la línea de lo que se lleva reclamando desde hace tiempo por parte de la oposición, por ello nos gustaría que este tipo de actuaciones tuviesen un carácter general, de tal modo que todas las concesiones municipales de este Ayuntamiento estén sometidas a un control exhaustivo. Nuestro grupo municipal, a través de la presente moción, pretende instrumentalizar el seguimiento y control de las concesiones municipales por medio de una instrucción que haga efectiva esta labor de control, complementando la normativa para el mejor funcionamiento de esta labor. ACUERDOS: 1. Elaboración de una instrucción que complemente la normativa

para hacer efectivo el control de las concesiones municipales presentes y futuras.

2. Que al finalizar cada año de vigencia del contrato, el técnico

del área responsable del mismo, tras efectuar las correspondientes inspecciones, elabore un informe de evaluación sobre el cumplimiento de los objetivos previstos.

3. Dicho informe deberá someterse a la aprobación del Pleno en

un plazo máximo de 90 días. Acto seguido se procederá a su publicación en la web municipal.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de 20 de diciembre de 2012, favorable.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que su grupo desea seguir insistiendo en el control de las concesiones municipales porque, desde su punto de vista, son un aspecto fundamental para el correcto funcionamiento de este Ayuntamiento.

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Sigue diciendo que, desde que su grupo pasó a formar parte de esta Corporación, ha presentado varias mociones y preguntas en ese sentido que incidían en una falta de control efectiva en determinadas concesiones.

Aclara que este problema no es puntual y la falta de control en

este ámbito es generalizada y por ello su grupo ha propuesto esta Moción con la intención de terminar con esa situación.

Manifiesta que, en general, la escasez de medios disponibles

provoca que los controles de seguimiento sobre el concesionario sean insuficientes y poco eficaces.

Indica también que, en numerosas ocasiones, los distintos

grupos de la oposición han reclamado, a través de propuestas en el Pleno, un mayor control de las concesiones administrativas. Añade que, en la actualidad, son muchos los servicios de Majadahonda externalizados y varios de ellos son clave para la calidad de vida de nuestros vecinos y por ello su grupo cree necesario adoptar una serie de medidas que acaben definitivamente con la falta de control en las concesiones.

Aclara que otros grupos municipales de la oposición también

han presentado diversas propuestas como puede ser pidiendo la elaboración de una memoria para el seguimiento de las concesiones, pidiendo una mayor transparencia en la publicación de los precios públicos, exigir renegociaciones de contrato para las concesionarias que han modificado o ampliado los servicios contemplados en los pliegos de condiciones, etc., propuestas todas que han sido rechazadas por el equipo de gobierno o, en caso de haber sido aprobadas, no se han puesto en práctica.

Manifiesta que, este mes, su grupo ha conocido el plan de

seguimiento de las concesiones administrativas que se está realizando en la Concejalía de Deportes y la medida le ha parecido muy positiva y en línea de lo que los grupos de la oposición vienen reclamando desde hace tiempo.

Añade que, por los motivos que ha expuesto, a su grupo le

gustaría que ese tipo de actuaciones tengan un carácter general para que todas las concesiones municipales se sometan a un control exhaustivo.

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Termina su intervención explicando que su grupo pretende instrumentalizar el seguimiento y control de las concesiones administrativas mediante una instrucción que haga efectiva esa labor de control complementando la normativa para el mejor funcionamiento de la labor y además pretende que, al finalizar cada año de vigencia del contrato, el técnico del área responsable del mismo, tras efectuar las correspondientes inspecciones, elabore un informe de evaluación sobre el cumplimiento de los objetivos previstos. Añade que dicho informe deberá someterse a la aprobación del Pleno en un plazo máximo de 90 días y, con posterioridad, se procederá a su publicación en la página web municipal. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que su grupo va a estar de acuerdo con esta Moción porque está peleando por el control de las concesiones administrativas desde que forma parte de esta Corporación y todavía no lo ha conseguido aunque en ocasiones se aprueban las mociones que presentan los grupos de la oposición respecto a este tema. Añade que su grupo lleva muchísimo tiempo pidiendo datos de algunas concesiones pero no los obtiene por lo que cree que todos los meses se presentarán mociones respecto a este asunto para intentar conseguir que las concesiones administrativas se vayan poniendo en orden y los grupos de la oposición puedan conocer en qué situación se encuentran las distintas concesiones respecto a lo que tienen que abonar al Ayuntamiento y también por las obligaciones que tienen que cumplir con el ciudadano porque recuerda que las empresas concesionarias están disfrutando de un inmenso patrimonio de los vecinos de Majadahonda y su grupo piensa que, en muchas ocasiones, no cumplen lo pactado. Termina su intervención diciendo que, por los motivos que ha expuesto, su grupo va a apoyar todas mociones que presenten en el sentido indicado. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, aclara que su grupo opina lo mismo que el Grupo Centrista porque le parecen bien todas las medidas que se presenten para intentar incidir en un mejor control de las concesiones

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administrativas aunque en el caso de esta Moción, su grupo no comparte algo que figura en la parte expositiva y que se refiere al modelo de la concesión administrativa porque, como todos saben, su partido no comparte ese modelo pero está de acuerdo con el resto de la Moción puesto que, una vez que se ha decidido privatizar un servicio, es necesario controlarlo al máximo. La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de Oca, indica que todos los grupos de la oposición han presentado diferentes mociones sobre las concesiones administrativas y cree que debe ser este Ayuntamiento el que realice un control exhaustivo sobre las que ha adjudicado. El Portavoz del Grupo Municipal Popular, Sr. Caballero, indica que, evidentemente, el equipo de gobierno está de acuerdo con esta Moción porque cree que es mucho mejor realizar un mayor control aunque desea dejar claro que se ejerce un control sobre cada concesión administrativa pero parece que ese control no satisface a los grupos de la oposición y por ello ha considerado una buena idea la elaboración de la instrucción que se plantea en esta Moción. Sigue diciendo que, como ha indicado la Portavoz de Unión Progreso y Democracia, se ha iniciado, a raíz de otra moción de los grupos de la oposición, el control de las concesiones y ese es el camino que el equipo de gobierno va a seguir. Continúa diciendo que el equipo de gobierno está de acuerdo con esta Moción pero cree que, para ser más operativos, es excesivo que los informes que se elaboren sean aprobados por el Pleno y recuerda que, precisamente para el seguimiento de los contratos, se ha creado la Comisión Especial de Vigilancia de la Contratación y recuerda que una concesión administrativa es un contrato. Termina su intervención diciendo que la presidencia de dicha Comisión Especial es ostentada por un miembro de un grupo de la oposición por lo que el equipo de gobierno entiende que es más apropiado dar cuenta de los informes que se piden en esta Moción a la Comisión de Vigilancia de la Contratación que incluso podría elaborar el calendario que va a seguir porque cada concesión administrativa tiene características distintas por lo que sería más conveniente que el

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informe de una determinada concesión, se emitiera, por ejemplo, en verano al rendir las cuentas y otras a final del año. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, aclara que los grupos de la oposición están acostumbrados a que no se lleven a las comisiones informativas todos los expedientes que deberían ir y recuerda que en la Comisión de Vigilancia de la Contratación siempre se incluyen los expedientes “a toro pasado”. El Sr. Presidente recuerda que la presidencia de dicha Comisión es ejercida por un representante de los grupos de la oposición. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que el equipo de gobierno tiene que entregar al representante de la oposición que preside la Comisión de Vigilancia de la Contratación todo el material que necesita porque, por ejemplo, el Presidente puede decir que quiere convocar una sesión pero no tiene sentido convocarla si no hay nada que incluir en el orden del día. Termina su intervención diciendo que su grupo acepta la propuesta del equipo de gobierno porque parece que realmente el equipo de gobierno tiene voluntad de pasar a la Comisión de Vigilancia de la Contratación los informes de evaluación que se emitan sobre las concesiones administrativas pero si posteriormente comprueba que no es así, su grupo presentará nuevamente otra Moción para que esos informes se pasen al Pleno. Sometida a votación la Moción presentada por el Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia con la modificación propuesta por el Grupo Popular, la Corporación, por unanimidad, ACUERDA: Primero.- Elaborar una instrucción que complemente la normativa para hacer efectivo el control de las concesiones municipales presentes y futuras.

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Segundo.- Que al finalizar cada año de vigencia del contrato o en otro momento si se estima oportuno, el técnico del área responsable del mismo, tras efectuar las correspondientes inspecciones, elabore un informe de evaluación sobre el cumplimiento de los objetivos previstos. Tercero.- Dicho informe deberá someterse a la Comisión Especial de Vigilancia de la Contratación en un plazo máximo de 90 días y acto seguido se procederá a su publicación en la web municipal.

14.6(218/12) MOCIÓN PRESENTADA POR LOS GRUPOS MUNICIPALES IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES Y CENTRISTA PARA QUE SE BUSQUEN FÓRMULAS PARA ADELANTAR LA PAGA EXTRA (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por los Portavoces de los Grupos Municipales Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, Sr. Santana y Sra. Pedreira, respectivamente, que ha tenido entrada en el Registro General el 20 de diciembre de 2012, nº 22356, cuyo texto es el siguiente: “El pasado 13 de julio el Gobierno central aprobó el Real Decreto-ley 20/2012 de medidas para garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la Competitividad, que en su artículo 2 sancionaba la supresión de la paga extraordinaria de Navidad para todo el personal del sector público.

Esta decisión ha supuesto un grave contratiempo más para las economías familiares del personal asalariado del Ayuntamiento de Majadahonda, Los trabajadores y trabajadoras públicos están siendo uno de los colectivos más afectados por las políticas de recortes efectuadas desde el comienzo de la crisis, tanto a nivel de derechos laborales como en la pérdida de poder adquisitivo.

Este nuevo recorte, no sólo se traduce en un déficit económico de estos trabajadores sino que supondrá una menor capacidad de los mismos para el consumo y puede tener consecuencias también en los comercios, incluidos en nuestra localidad.

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Comunidades autónomas como Navarra o Extremadura y municipios como San Sebastián de los Reyes, Getafe o Fuenlabrada están tomando medidas, independientemente del color que las gobierne y con apoyo casi unánime, para minimizar en parte los perjuicios generados a los trabajadores públicos y sus familias.

La fórmula empleada en estos lugares está siendo la de abonar en el mes de enero la paga extraordinaria en concepto de anticipo a cuenta de la paga extraordinaria de verano y así mismo se haría con la de Navidad, procediéndose a su liquidación definitiva cuando se produjese la generación efectiva del derecho, prorrateándose en cualquier caso, a efectos de cotizaciones a la Seguridad Social o clases pasivas, la parte proporcional de los anticipos percibidos en los seis meses siguientes. Al extenderse en el tiempo esta medida, podría ajustarse finalmente con la aclaración que se le dé a la “reserva” de la paga suprimida y que el Gobierno central dice se destinará al Plan de Pensiones, salvando que, con toda legitimidad, otro Gobierno u otra política económica pudiera cambiar dicha decisión.

Entendemos que esta podría ser una propuesta adecuada para Majadahonda y es una demanda que los trabajadores municipales nos han trasladado, dado que en el ámbito de negociación no se ha considerado alternativa alguna para paliar esta situación.

Por todo ello los Grupos Municipales de Izquierda Unida-Los Verdes y Centristas Majadahonda propone al Pleno, para su aprobación, la siguiente

MOCIÓN Que se abra un proceso de negociación con los representantes de los trabajadores municipales al objeto de considerar y detallar un procedimiento de abono de las mensualidades extraordinarias en los primeros días de enero y julio en tanto persista la política de recortes.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de 20 de diciembre de 2012, favorable.

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El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, da lectura a la Moción que ha presentado su grupo y el Grupo Municipal Centrista. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que lo que su grupo pretende con esta Moción es que todos los trabajadores que han visto disminuida su capacidad económica, tengan la posibilidad de ver paliada esa merma buscando una fórmula que lo permita ya sea en forma de anticipo de la paga extraordinaria de verano o como se considere oportuno, hasta que se clarifique esa situación. Termina su intervención reiterando que lo que pretende esta Moción es que las personas interesadas, o que lo necesiten, tengan la posibilidad de solucionar el bache económico producido por la supresión de la paga extraordinaria de Navidad para todo el personal del sector público. El Sr. Presidente indica, aunque puede estar de acuerdo o no con la supresión de la paga extraordinaria de Navidad para todo el personal del sector público, que este Ayuntamiento no puede aprobar nada que sea ilegal o que suponga un fraude de ley y recuerda que en este caso la supresión de la paga ha sido determinada por un Real Decreto-Ley por lo que este Ayuntamiento está obligado a acatarla. A continuación, y porque está de acuerdo en paliar en lo posible la situación de algunos trabajadores municipales y teniendo en cuenta que al Ayuntamiento no le va a suponer más dinero, propone a los dos grupos que han presentado esta Moción retirar de su parte expositiva la mención que se hace a la paga extraordinaria y también que en la parte propositiva se diga que el equipo de gobierno estudie un procedimiento de abono para ayudar a los trabajadores de este Ayuntamiento.

Aclara que este Ayuntamiento tiene establecido un sistema de anticipos para todos los trabajadores dotado con una cantidad de 90.000 euros, cantidad que no sería suficiente para atender este caso, y por ello se compromete a ampliar la dotación económica de esa partida presupuestaria para que los trabajadores que lo necesiten tengan acceso a esas ayudas pero, reitera, no se debe hacer ninguna

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mención a lo que pueda suponer un fraude de ley con el que el equipo de gobierno no estaría de acuerdo. Termina su intervención preguntando a los dos grupos que han presentado esta Moción si aceptan la propuesta que ha realizado. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que con la propuesta que ha realizado el Sr. Alcalde se evitan problemas a su grupo porque no le gusta “burlar” la ley ya que entiende que todas las leyes deben ser cumplidas y su grupo, cuando no le gustan, intenta cambiarlas y, por ejemplo, no le gusta la Ley Electoral pero la acata y la cumple. Sigue diciendo que a su grupo no le gustaba un párrafo de la parte expositiva de esta Moción en la que se hace referencia a los ejemplos de comunidades autónomas como Navarra o Extremadura y además entiende que todas los acuerdos que se adopten para realizar esos fraudes de ley, incrementan las desigualdades entre los trabajadores, sobre todo con los trabajadores de la Administración Central y cree que no sería bueno que a los trabajadores de un municipio se les aplique esa supresión de mejor forma que a los del pueblo de al lado a los que se les aplique toda la injusticia de la ley.

Indica que, desde el punto de vista de su grupo, se debe luchar

contra esta ley porque es tremendamente injusta ya que se ampara en cuestiones como austeridad y eficiencia para recortar las retribuciones de los funcionarios que, según parece, es la ocurrencia que tienen todos los gobiernos y dice esto porque primero se le ocurrió al anterior Gobierno del Partido Socialista Obrero Español y ahora se le ha ocurrido al Partido Popular.

Termina su intervención aclarando que está totalmente de

acuerdo con la modificación de la Moción que ha propuesto el equipo de gobierno.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, indica que su grupo también está de acuerdo con esta Moción y, ya que les embarga el espíritu navideño, no va a hablar de otras cuestiones como paga extra, del periodo de devengo, de cotizaciones a la Seguridad Social, etc. y por ello, a pesar de las ocurrencias que ha

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tenido el Partido Popular en el Gobierno de la Nación como la supresión de la paga extra de Navidad, su grupo va a apoyar esta Moción porque los trabajadores tienen un derecho ineludible de percibir y, en este caso, de adelantarse la paga de Navidad que les corresponde.

El Sr. Presidente indica que, respetando ese espíritu navideño,

no va a contestar las manifestaciones que ha realizado el Viceportavoz del Grupo Socialista.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que los dos grupos que han propuesto esta Moción aceptan la propuesta transaccional que ha realizado el Sr. Alcalde aunque entienden que no es la mejor fórmula para paliar la situación que se ha generado a los trabajadores por la supresión de la paga extraordinaria. Añade que ambos grupos habían decidido dejar abierta esa fórmula para buscar la mejor solución y por ello han propuesto esta Moción como un gesto.

Aclara que la fórmula que se propone en esta Moción no es la misma que ha sido recurrida en el País Vasco y es por la que han optado los Ayuntamientos de Getafe o San Sebastián de los Reyes cuyos acuerdos no han sido recurridos. Añade que la paga extraordinaria de Navidad ha sido perdida por los funcionarios pero se está intentando buscar una fórmula para adelantar los pagos que corresponden a los trabajadores municipales. Termina su intervención diciendo que la fórmula que ha propuesto el equipo de gobierno es también, como pretendían los grupos proponentes de esta Moción, un gesto para los trabajadores y sus familias y aclara que no cree que esa fórmula esté fuera de la ley. El Sr. Presidente indica que los corporativos no pueden decir si algo es legal o no y únicamente se limitan a presentar propuestas que consideran legales aunque después se pueda determinar que no lo son pero cree que la fórmula que ha propuesto es buena y, aunque no se va a hacer ninguna referencia a la paga extraordinaria, se cumple el objetivo de ayudar a los trabajadores que lo necesitan.

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Sometida a votación la Moción presentada por los grupos municipales Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, con la modificación propuesta por el Grupo Popular y retirando la parte expositiva de dicha Moción, la Corporación, por unanimidad, ACUERDA que el equipo de gobierno estudie un procedimiento de abono para ayudar a los trabajadores de este Ayuntamiento ampliando la dotación económica destinada al sistema de anticipos ya establecido para que los trabajadores que lo necesiten tengan acceso a determinadas ayudas.

15. MOCIONES DE URGENCIA CONFORME A LO

PREVISTO EN EL ART. 91.4 DEL R.O.F. 15.1 MOCIÓN PRESENTADA POR EL SR. ALCALDE-

PRESIDENTE SOBRE CONDENA DEL AYUNTAMIENTO POR LA QUEMA DEL VEHÍCULO PARTICULAR DE UN FUNCIONARIO DE ESTE AYUNTAMIENTO COMO CONSECUENCIA DE SU ACTIVIDAD PROFESIONAL.

El Sr. Presidente pregunta si algún grupo político quiere adherirse a la Moción que ha presentado para presentarla conjuntamente, ofrecimiento que manifiesta que no ha podido realizar hasta este momento precisamente por la urgencia de este asunto y porque no ha habido tiempo suficiente para debatirla en la Junta de Portavoces. A continuación da lectura a dicha Moción de fecha 26 de diciembre de 2012, cuyo texto es el siguiente: “Ante los gravísimos hechos acaecidos en la mañana del día 26 de diciembre de 2012 en los que un Cabo de la Policía Local de este Ayuntamiento ha sufrido la quema de su vehículo particular, que consideramos consecuencia de su actividad profesional. Se propone al Pleno lo siguiente: Primero.- Condenar de manera tajante y sin reserva alguna estos hechos salvajes, violentos e impropios de una sociedad civilizada.

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Segundo.- El Ayuntamiento de Majadahonda pondrá a disposición de este funcionario todos sus recursos para minimizar en lo posible el perjuicio causado. Tercero.- Este Ayuntamiento no puede permitir que hechos como éste se repitan. En consecuencia pondrá todos los medios humanos y materiales a su alcance en orden a prevenir y combatir cualquier atentado de esta naturaleza contra las personas y sus bienes.” Sometida a votación, por el Sr. Presidente, la urgencia de esta Moción, ES APROBADA por unanimidad. A continuación reitera su petición para conocer si algún grupo municipal se adhiere y presentar esta Moción en el Pleno conjuntamente con el equipo de gobierno. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, pide al Sr. Alcalde que explique esta Moción porque, para votar a favor o en contra, su grupo necesita conocer si realmente se ha demostrado que ha sido una consecuencia de su actividad profesional. El Sr. Presidente aclara que esta Moción se refiere a unos hechos concretos y añade que es notorio y público que, en estos momentos, existe un desacuerdo absoluto entre las centrales sindicales de la Policía Local y el equipo de gobierno. Aclara que, al día siguiente de entregar el equipo de gobierno su propuesta a las centrales sindicales, se produjo la quema del vehículo de un Cabo de la Policía Local. Sigue diciendo que es necesario tener en cuenta que es la segunda vez que se producen estos mismos hechos lo que le hace pensar, aunque no señala a nadie, que son una consecuencia de ese enfrentamiento. Termina su intervención aclarando que, desde su punto de vista, es necesario apoyar a este funcionario de este Ayuntamiento y recuerda que en esta Moción solo se dice que se cree que los hechos ocurridos son una consecuencia de ese enfrentamiento.

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La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, pregunta si se han quemado dos vehículos a la misma persona o a distintas personas. El Sr. Presidente aclara que los dos vehículos quemados pertenecían a distintas personas. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, continúa su intervención diciendo que está de acuerdo en que los hechos son muy graves, en condenar de forma tajante y sin reserva alguna esos hechos salvajes, violentos e impropios, también en que este Ayuntamiento no puede permitir que hechos como este se repitan y además en que ponga todos los medios humanos y materiales a su alcance en orden a prevenir y combatir cualquier atentado de esta naturaleza contra las personas y sus bienes pero tiene dudas que el Ayuntamiento pueda poner a disposición de este funcionario todos sus recursos para minimizar en lo posible el perjuicio causado y pregunta a continuación a qué se recursos se está refiriendo y qué perjuicio causado es el que se va a minimizar y pregunta si se le va a reponer el coche. El Sr. Presidente aclara que el Ayuntamiento va a hacer todo lo que le permita la ley. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, aclara que mientras que su grupo no conozca con exactitud lo que se va a hacer, no se puede pronunciar. El Sr. Presidente reitera que este Ayuntamiento va a hacer todo lo que permita la ley aunque entiende que la ley no permite comprarle un vehículo nuevo a ese funcionario pero cree que sí se le puede ayudar, como al resto de trabajadores municipales, concediéndole, por ejemplo, un anticipo y añade que todos los grupos municipales tienen libertad para votar esta Moción de la forma que estimen oportuna.

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La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, reitera que su grupo está de acuerdo con el contenido de esta Moción con la excepción del párrafo en el que se dice que este Ayuntamiento pondrá a disposición de este funcionario todos sus recursos para minimizar en lo posible el perjuicio causado y le gustaría que el equipo de gobierno le dijera cómo ha decidido ayudar al funcionario afectado y quizá, si tuviera esa información, su grupo apoyaría esta Moción pero como no se facilita esa información en estos momentos, no va a apoyarla. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que su grupo está de acuerdo en condenar tajantemente los hechos que se relatan en esta Moción pero entiende también que es necesario esperar a conocer el contenido de las comprobaciones judiciales puesto que determinarán si realmente esos hechos se han producido de la misma forma que los indicios que tiene el equipo de gobierno. A continuación muestra todo el apoyo de su grupo a la persona que ha sufrido esos hechos salvajes, violentos e impropios y está de acuerdo en que el Ayuntamiento, como no podía ser de otra manera, ponga todos los medios que pueda para investigar, de forma interna, qué ha ocurrido y relacionarlo, si ha sido así, con otro trabajador de este Ayuntamiento pero también es posible que no tenga ninguna relación. Sigue diciendo que su grupo también está de acuerdo en que este Ayuntamiento ponga todos los medios humanos y materiales a su alcance en orden a prevenir y combatir cualquier atentado de esta naturaleza contra las personas y sus bienes. El Sr. Presidente aclara que lo único que se dice en esta Moción es que un trabajador del Ayuntamiento ha sufrido la quema de su vehículo particular lo que considera consecuencia de su actividad profesional pero realmente no se está acusando a nadie. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que el problema que tiene esta Moción es considerar consecuencia de su actividad profesional algo

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que quizá no lo sea por lo que cree que se podría poner de una forma condicional diciendo que podría ser consecuencia o que, presuntamente, pueda ser consecuencia y dice esto porque cree que no se puede hacer esa afirmación de forma tajante. Sigue diciendo que para su grupo sí es tajante y totalmente condenable que alguien queme el vehículo de otra persona y más si ello se ha debido a su condición de Policía Local como presume el equipo de gobierno. Indica además que, desde el punto de vista de su grupo, sería conveniente añadir, en el apartado segundo en el que se dice que el Ayuntamiento de Majadahonda pondrá a disposición de este funcionario todos sus recursos para minimizar en lo posible el perjuicio causado, que eso mismo se hará con cualquier otro trabajador que se vea en la misma situación. Termina su intervención diciendo que quizá si el equipo de gobierno aceptara los cambios que ha propuesto, otros grupos municipales podrían adherirse a esta Moción. El Sr. Presidente aclara a la Portavoz de Unión Progreso y Democracia que está dispuesto a añadir a esta Moción la palabra “presuntamente” para conseguir consenso pero esta Moción realmente está diciendo que es consecuencia de su actividad profesional porque es la segunda vez que ocurren estos mismos hechos. Aclara que en Majadahonda se queman muy pocos coches y no existe un pirómano que los queme y es demasiado curioso que se quemen dos coches que pertenecen a funcionarios de la Policía Local y entiende que eso no se puede consentir. Termina su intervención reiterando que está dispuesto a añadir a esta Moción la palabra “presuntamente”. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica que su grupo está de acuerdo con lo que han manifestado los portavoces que le han precedido porque también condenan los hechos que han ocurrido y los considera una salvajada por lo que no cabe otra cosa que condenarlos de forma enérgica.

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Sigue diciendo que a su grupo le gustaría que el apartado segundo de esta Moción tuviera otra redacción distinta e incluso pediría que se dejara sobre la mesa porque dice que el Ayuntamiento de Majadahonda pondrá a disposición de este funcionario todos sus recursos para minimizar en lo posible el perjuicio causado lo que es muy ambiguo porque los perjuicios pueden ser muchos porque es posible que a este funcionario, por ejemplo, le entre miedo y necesite ser tratado desde un punto de vista psicológico. Termina su intervención aclarando que sería necesario evaluar muchas cuestiones que quedan ambiguas y por eso considera que esta Moción también queda muy ambigua. El Sr. Presidente aclara que necesariamente esta Moción tiene que ser ambigua porque realmente no se conoce la forma en que este Ayuntamiento puede ayudar al funcionario afectado y por ello anteriormente ha indicado que siempre se le ayudará de la forma que permita la ley. Termina su intervención diciendo que acepta añadir la palabra “presuntamente” en la parte expositiva de esta Moción. Sometida a votación esta Moción con la modificación transaccionada a su parte expositiva que pasará a decir “Ante los gravísimos hechos acaecidos en la mañana del día 26 de diciembre de 2012 en los que un Cabo de la Policía Local de este Ayuntamiento ha sufrido la quema de su vehículo particular, que consideramos presuntamente consecuencia de su actividad profesional”, la Corporación, por diecisiete (17) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Popular y Unión Progreso y Democracia, ningún (0) voto en contra y ocho (8) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, ACUERDA: Primero.- Condenar de manera tajante y sin reserva alguna estos hechos salvajes, violentos e impropios de una sociedad civilizada. Segundo.- El Ayuntamiento de Majadahonda pondrá a disposición de este funcionario todos los recursos que permita la ley para minimizar en lo posible el perjuicio causado.

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Tercero.- Este Ayuntamiento no puede permitir que hechos como éste se repitan. En consecuencia pondrá todos los medios humanos y materiales a su alcance en orden a prevenir y combatir cualquier atentado de esta naturaleza contra las personas y sus bienes. 16. RUEGOS Y PREGUNTAS La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de Oca, realiza “in voce” la siguiente pregunta: 1. Indica que algunos vecinos, profesores y padres de alumnos han

preguntado sobre el Instituto Carlos Bousoño porque corre el rumor de que va a cerrarse.

El Sr. Presidente aclara que no ha recibido ninguna

comunicación al respecto y tampoco ha oído nada sobre ello en la Comunidad de Madrid por lo que cree que se trata de un rumor totalmente infundado.

Termina su intervención diciendo que el equipo de

gobierno estaría totalmente en contra de una medida de este tipo aunque desea dejar claro que este tema no depende de su voluntad.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que ha entregado al Sr. Secretario el documento en el que constan todos los ruegos y preguntas que su grupo desea realizar en esta sesión aunque “in voce” desea realizar el siguiente ruego: 1. Indica que el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad

de Madrid para el ejercicio 2013, recoge que la financiación aportada por la Comunidad de Madrid a las BESCAM se va a reducir en más del 50% y en el Presupuesto de este Ayuntamiento para 2013 se contempla un ingreso de 2,2 millones de euros aproximadamente que podría reducirse a la mitad si se ratifica la propuesta de la Comunidad de Madrid. Añade que esa medida supondría un importante perjuicio para este Ayuntamiento y para los vecinos de Majadahonda.

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Sigue diciendo que esa medida supone un cambio

unilateral y sustancial y un incumplimiento de los convenios que la Comunidad de Madrid suscribió con los ayuntamientos y, concretamente con el que suscribió con este Ayuntamiento por lo que ruega que este Ayuntamiento exija al Gobierno Regional el estricto cumplimiento de los convenios firmados en este sentido y su financiación y, en caso de que la Comunidad no rectifique su postura, que este Ayuntamiento la denuncie por el incumplimiento del convenio suscrito.

El Sr. Presidente indica que cuando llegue ese momento

habrá que ver lo qué se puede hacer pero ahora solo puede decir que la situación es la que ha expuesto el Portavoz de Izquierda Unida-Los Verdes aunque recuerda que la Federación Madrileña de Municipios está negociando con la Comunidad de Madrid y habrá que esperar a ver cómo queda este tema de las BESCAM para saber lo que hay que hacer.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que también va a entregar al Sr. Secretario un escrito en el que constan todos los ruegos y preguntas que su grupo desea realizar aunque “in voce” realiza la siguiente: 1. Pregunta en qué fase se encuentra la apertura del parking de la

Plaza de la Constitución. El Sr. Presidente aclara que próximamente se va a

proceder a su recepción. Aclara que se produjo un problema con un reformado que pidió la empresa y que fue discutido por el Ayuntamiento pero parece que se está llegando a un acuerdo sobre ese reformado.

Indica que se va a producir una recepción parcial del 95%

y aclara que, como todos saben, el Ayuntamiento ha ganado el pleito contra la empresa adjudicataria del parking de la calle Gran Vía y por ello la empresa es consciente de la obligación que tiene de abrir el parking de la Plaza de la Constitución.

Termina su intervención diciendo que, teniendo en cuenta

la trayectoria de este expediente, es posible que a finales de

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enero o durante el mes de febrero, se pueda abrir el parking de la Plaza de Constitución.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

recuerda que ese parking ha sido realizado con el dinero de todos los vecinos y por ello pregunta cuál va a ser el precio a pagar por esas plazas de aparcamiento.

El Sr. Presidente indica que el equipo de gobierno está

intentando que la empresa adjudicataria del parking asuma esas plazas dentro de la explotación que lleva a cabo y aclara que ha dicho que se está intentando porque la empresa adjudicataria no las quiere y realmente nadie quiere gestionarlas y, si las tuviera que gestionar este Ayuntamiento, perdería mucho dinero. Insiste en que se está intentado que esas plazas sean gestionadas por la empresa adjudicataria del parking y que lo haga sin cobrar más dinero pero no quiere hacerlo porque dice que la ocupación media del aparcamiento es del 17% y, según los estudios que ha presentado, la apertura de las plazas de aparcamiento de la Plaza de la Constitución le supondría un sobrecoste de 60.000 euros anuales.

Añade que, en principio, el parking de la Plaza de la

Constitución no se iba a construir hasta la realización de la Casa de la Música pero los técnicos municipales entendieron que era mejor construirlo porque, si en algún momento se llega a realizar la Casa de la Música, no sería necesario romper la Plaza.

Termina su intervención diciendo que el equipo de

gobierno, en este caso, va a intentar conseguir lo menos malo para este Ayuntamiento y para sus vecinos.

En el escrito entregado al Sr. Secretario por el Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, constan los siguientes ruegos y preguntas: 1. Nos interesa conocer los planes específicos que existen para

ayudar a los alumnos inmigrantes que no son hispanohablantes, a integrarse en las escuelas para poder desarrollar correctamente su formación académica.

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2. Nos interesa conocer si se está efectuando algún tipo de

asesoramiento para aquellos jóvenes que están buscando su primer empleo.

3. El 28 de septiembre de 2011 se aprobó en el Pleno de

Majadahonda una moción de medidas sobre transparencia. A día de hoy hemos comprobado que algunos puntos de la moción se han realizado, como la publicación de los datos biográficos de los concejales o la declaración de bienes que aparecen en la página web municipal. No entendemos por qué otros puntos de la misma moción no se han cumplido y por ello nos gustaría saber cuál es el motivo de que otros aspectos como la publicación de los sueldos de los concejales o la Relación de Puestos de Trabajo no se hayan publicado.

4. Tenemos constancia de la acumulación de basura detrás del

colegio Santa Catalina. Nos gustaría saber si se tiene conocimiento de estos hechos por parte de la concejalía correspondiente.

5. En la sala de ensayo de la escuela de música del auditorio

Alfredo Kraus tienen problemas por falta de la calefacción. ¿Tienen constancia de este hecho y van a tomar alguna medida al respecto?

6. Reiteramos una pregunta del pasado Pleno de noviembre, cuya

respuesta no es a nuestro parecer la correcta; les solicitábamos fecha, especie y lugar donde se han replantado los árboles en sustitución de los que por distintas circunstancias han sido talados. Asimismo nos interesa conocer la partida presupuestaria donde se ingresan los importes de los avales por no sustituir árboles por tala, obras de reparación, construcción de infraestructuras, etc. por ser imposible su trasplante y que nos faciliten las facturas con cargo a esa partida en los últimos 3 años para conocer qué especies se han comprado y dónde se han ubicado.

7. A nuestro grupo se han dirigido varias preguntas de vecinos de

este municipio donde piden información acerca de que si los Concejales y empleados utilizan para usos particulares coches del Ayuntamiento o de las concesiones municipales.

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8. Hay mucho descontento en el municipio, en general, por la

limpieza de las calles. Por ello nos interesa conocer si la Contrata está cumpliendo con lo establecido en los pliegos y si la maquinaria que estaba pendiente de entregar está toda en funcionamiento. Asimismo les indicamos que el sistema de las barredoras no está siendo muy satisfactoria según las impresiones recogidas de los vecinos del municipio.

9. Nos interesa conocer en qué situación se encuentra el actual

contrato del punto limpio. 10. Nos interesan conocer cuáles son los motivos de la demora el

contrato del CICAM. 11. Nos interesa conocer si es compatible ser presidente de

PAMMASA y ser portavoz vocal vecino en el Ayuntamiento de Madrid, en caso afirmativo: ¿le parece razonable recibir compensación económica de dos administraciones públicas?, ¿cómo afecta a su rendimiento laboral?

12. Nos interesa conocer, ¿a quién corresponde la limpieza de la

rosaleda de víctimas del terrorismo?. El parque se encuentra en un estado lamentable, con cristales, basuras de distintos tipos, y una instalación abandonada peligrosa para los niños. Les instamos a que den las instrucciones pertinentes para su limpieza.

En el escrito entregado por el Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, constan los siguientes ruegos y preguntas: 2. Profesionales de la medicina nos muestran su preocupación

porque les han llegado informaciones de que los dos centros de salud de nuestro municipio, Cerro del Aire y Valle de la Oliva, serían de los primeros en privatizarse. ¿Qué información tiene el equipo de gobierno a este respecto?

3. Hemos recibido quejas de algunos vecinos por la falta de

señalización de algunos badenes pequeños. Rogamos se tengan en cuenta para instalar las señales pertinentes.

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4. Con respecto al convenio de colaboración entre las Rozas y Majadahonda ¿En qué materias se ha colaborado? ¿Qué ahorro ha supuesto en cada una de ellas?

5. Muchos vecinos nos hacen saber su disconformidad con la

desaparición del Boletín Municipal en papel ¿En qué punto está este tema? ¿Para cuándo se plantea el equipo de gobierno volver a ponerlo en marcha?

6. Nuestro grupo considera que es una cuestión de voluntad

política articular mecanismos para que los ruegos y preguntas de los vecinos en el Pleno puedan ser retransmitidos y grabados ya que este apartado viene regulado en nuestro reglamento como parte del Pleno. Rogamos que el equipo de gobierno se replantee incluir la retransmisión de este apartado.

7. El kiosco del Boulevard Cervantes invade descaradamente el

paseo destinado a peatones y no se ajusta al trazado original. La empresa concesionaria comete abusos manifiestos que incomodan a los vecinos y son un agravio comparativo con el resto de establecimientos de la zona. ¿La licencia estipula una terraza de esas dimensiones e incluye el cierre de la misma? ¿El local tiene autorización para fumar en una terraza completamente cerrada? ¿Puede la empresa, en días de fiesta, ampliar aún más la extensión de la terraza fuera de los amplios límites que ya tienen? Además, los vecinos y vecinas nos han mostrado su preocupación porque la empresa podría estar cocinando en un local externo que es el garaje de una urbanización de viviendas. Rogamos que se hagan las inspecciones oportunas para el control de todos estos aspectos y se nos informe del resultado de las mismas.

8. Nuestro grupo presentó una moción hace meses, aprobada por

unanimidad, sobre la creación de rutas escolares seguras. ¿Qué labores se están realizando para dar cumplimiento a esta Moción?.

9. Son muchas e importantes las obras pendientes de

mantenimiento de los colegios públicos que el Alcalde, en sus visitas a los centros, se comprometió a solucionar a la mayor brevedad posible: areneros en mal estado, porterías mal ancladas y viejas, el estado lamentable de las tuberías de la zona infantil

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del colegio Federico García Lorca que provocan que el agua salga de color amarillo intenso, etc. ¿Se está haciendo algo a este respecto a provechando las vacaciones escolares de Navidad?

10. Padres y profesores de los institutos Margarita Salas y José

Saramago nos han hecho llegar su preocupación porque los contratos de limpieza de los centros dependientes de la Comunidad de Madrid se han visto reducidos aproximadamente a la mitad en número de horas y de personal, lo que claramente sería insuficiente para mantener las instalaciones en buen estado. Rogamos que desde la Concejalía de Educación se realice un seguimiento y se dé solución a este tema.

11. ¿Asiste la Concejala de Educación a los Consejos Escolares de

los colegios públicos del municipio y con qué frecuencia? ¿Cada cuánto se reúne con los diferentes centros?

12. Se ha publicado que el espacio que alberga el CEPA tendrá a

partir de ahora el nombre de “Mario Vargas Llosa” ¿Por qué no se ha mantenido el nombre de Concha Zardoya?

13. Nuevamente nos llegan quejas de los vecinos y vecinas porque

los espacios públicos como el Centro Juvenil o la piscina del Polideportivo Huerta Vieja, van a permanecer cerrados durante los días laborales que están entre los días festivos navideños. ¿Por qué se cierran las instalaciones públicas en días laborables?

14. Nos han llegado quejas por el reglamento de uso del salón de

actos de la Casa de la Cultura. En este documento, en su apartado 9 de “Exenciones y bonificaciones”, se dice que los colegios y otros grupos pertenecientes al Ayuntamiento estarán exentos del pago de cualquier tasa pero, a pesar de ello, se les está cobrando por la sonorización e iluminación del espacio. Rogamos que la Concejalía aclare todos estos aspectos de cara a facilitar una información precisa a los usuarios y, en caso necesario, redacte un reglamento de funcionamiento nuevo.

15. En relación al IBI y las exenciones del mismo ¿A cuánto

asciende el importe (desglosado) de las exenciones de los colegios concertados? ¿Cuánto pagan estos centros en concepto de IBI por la parte que no está concertada?. Además, solicitamos

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a la Concejalía de Hacienda que se nos faciliten las referencias catastrales y el tipo de gravamen de estos centros y los certificados de compensación del Ministerio de Economía y Hacienda.

16. En la sesión plenaria del 31 de octubre se aprobó la puesta en

marcha de una tasa a los cajeros de entidades bancarias que utilicen la vía pública. Las Ordenanzas Fiscales para el año 2013 no han recogido esta nueva tasa y las alegaciones en este sentido presentadas por nuestro grupo han sido rechazadas. Solicitamos que se inicie una modificación de las Ordenanzas con la máxima premura para dar cumplimiento al acuerdo plenario y que la Concejalía de Economía y Hacienda se pronuncie sobre el plazo estimado para que se realice esta modificación.

17. Solicitamos una relación y mapa por zonas que detallen las

empresas de jardinería que se hacen cargo del mantenimiento de cada zona del municipio y también de las que se ocupa el personal municipal.

18. Algunas empresas adjudicatarias de servicios ponen a

disposición de las concejalías vehículos para la vigilancia del buen funcionamiento de los mismos. ¿Cuántos vehículos y de qué tipo tienen las concejalías a su disposición? ¿Qué uso de se les da y quién usa estos vehículos?

En el escrito entregado al Sr. Secretario por el Grupo Municipal Centrista, constan los siguientes ruegos y preguntas: 2. ¿A cuánto asciende la cuantía de los avales presentados por los

promotores, como consecuencia de las talas autorizadas por obras o reformas, en los últimos cinco años?

3. ¿Cuál es el importe de las facturas por la adquisición de

arbolado durante el mismo periodo? 4. ¿Se ha reclamado a la Comunidad de Madrid el importe de las

Pantallas Acústicas del Parque Goya?

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5. ¿Se ha dirigido el Sr. Alcalde a ADIF para que se solucionen los problemas de degradación de la Estación de Majadahonda? Si lo han hecho, ¿en qué fecha?.

A continuación el Sr. Presidente hace entrega al Secretario de la Corporación, para que las adjunte al Acta de esta sesión, todas las contestaciones que han realizado por escrito los miembros del Equipo de Gobierno a las preguntas realizadas por los Grupos de la Oposición. Se adjuntan a la presente acta como Anexo las respuestas a preguntas formuladas, entregadas al Secretario que suscribe por el Sr. Alcalde. Las respuestas anexadas corresponden a las siguientes Concejalías:

- De Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana.

- De Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.

- De Deportes.

- De Medio Ambiente, Jardines y Limpieza.

- De Nuevas Tecnologías.

- De Participación Ciudadana, Comunicación y Urbanizaciones.

- De Bienestar Social, Salud y Familia.

- De Cultura y Juventud.

- De Educación.

- De Formación, Empleo, Comercio, Consumo y Vigilancia y Control de Animales Domésticos.

Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana

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al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 28 de noviembre de 2012. “6. ¿Cómo van las actuaciones de control de tráfico y movilidad en

la calle Granadilla?. Nos siguen llegando quejas de los vecinos y nos consta que al Ayuntamiento también.

La Policía Local informa que ésta es una zona de frecuente presencial policial en el desarrollo del servicio ordinario, en la que tanto se formulan múltiples denuncias por infracciones de tráfico como muchas otras intervenciones de diverso tipo. Asimismo informa que no se detecta en los partes internos de Jefatura un incremento en el número de quejas o requerimientos de vecinos de la zona. Majadahonda, 20 de octubre de 2012. El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali Ramírez.” Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana al Grupo Municipal Centrista. Pleno 28 de noviembre de 2012. “3. En el Pleno de julio de este año, este Grupo Municipal realizó

una pregunta en relación a un repunte de la presencia de grupos neonazis en Majadahonda. Desde la Concejalía de Seguridad se nos contestó que no se tenía constancia de que esto fuera así. Tras los graves incidentes acaecidos en las últimas semanas, con agresiones graves perpetradas presuntamente por este tipo de grupos. ¿Tiene ya constancia de la presencia de grupos de ideología radical en el municipio? ¿Existe algún plan de actuación contra la proliferación de este tipo de actuaciones violentas?

La Policía Local informa, en primer lugar, que los “incidentes acaecidos en las últimas semanas” ya se encuentran en situación judicial y por lo tanto no cabe realizar comentario alguno hasta su resolución.

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No obstante, no les consta que exista proliferación de este tipo de grupo u otros grupos de otras ideologías, sin que lo mencionado signifique que no pueda producirse algún hecho puntual. En cualquier caso, en el servicio diario ordinario y en el trabajo específico de la unidad de prevención de la Seguridad Ciudadana de la Policía Local, se mantiene atención a la posible aparición de estos grupos. Majadahonda, 20 de diciembre de 2012. Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali Ramírez.” Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 28 de noviembre de 2012. “3. Diversos establecimientos comerciales carecen de los

preceptivos accesos para discapacitados de movilidad reducida. ¿Se está exigiendo desde el Ayuntamiento a los establecimientos que dispongan de estos accesos para conceder las licencias?

Todas las licencias que se solicitan vienen acompañadas de los proyectos de ejecución que son revisados e informados por los técnicos municipales conforme al cumplimiento de las diferentes normativas estatales, de la comunidad o municipales que les son de aplicación incluyendo las relativas a la accesibilidad. Existen diferentes establecimientos comerciales que tienen licencia anterior a la redacción de la normativa de accesibilidad y en los que es imposible la adaptación por motivos técnicos relativos principalmente a la diferencia de cotas entre el viario público y los forjados, teniendo en cuenta que siempre se deben realizar en la parte privada sin afección al dominio público. Majadahonda, 19 de diciembre de 2012. El Concejal de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo: Juan Carlos Pérez González.”

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Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 28 de noviembre de 2012. “9. ¿Por qué están deterioradas y/o clausuradas muchas fuentes

para consumo humano en parques y zonas de paseo del municipio?

Las fuentes, como todas las instalaciones en vía y parques públicos se intentan mantener en buen estado de conservación y utilización. En la actualidad hay algunas que no funcionan por tener averías pendientes de solucionar y que serán acometidas en el futuro y otras que han sido clausuradas por utilizarse de forma indebida por parte de algunos ciudadanos para cometidos. Majadahonda, 19 de diciembre de 2012.- El Concejal de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.” Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 28 de noviembre de 2012. “20. Solicitamos información acerca de la adjudicación de las 910

viviendas del Plan Joven de la Comunidad de Madrid: estado de las listas de solicitantes, cantidad de viviendas adjudicadas, tipología de la adjudicación (alquiler con opción a compra, compra directa …). Además, solicitamos que se nos informe sobre la situación precisa de las tres promociones en fase o pendientes de construcción.

La promoción de estas viviendas corresponde al IVIMA. Podemos darle la información de la que disponemos y que nos es transmitida por el personal de la Comunidad de Madrid en las reuniones que se mantienen. Todas las viviendas de las parcelas que se han entregado o están en construcción son en alquiler con opción a compra. La primera promoción, parcela RO-9, se entregó el pasado 7 de octubre, desconociendo en la actualidad desde PAMMASA si se han entregado todas las viviendas de dicha promoción y cuál es el estado actual de la lista de adjudicatarios del IVIMA. La siguiente promoción, parcela RO-4, destinada a empadronados, está prevista que se entregue para el próximo verano.

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Majadahonda, 19 de diciembre de 2012.- El Concejal de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.” Respuestas de la Concejalía de Deportes al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia. Pleno 28 de noviembre de 2012. “1. Respecto a las manifestaciones que, en un punto anterior, ha

realizado el Portavoz del Grupo Popular en el sentido de que todos los vecinos de Majadahonda estaban muy contentos con las concesiones administrativas que se han realizado, indica que hace cuatro meses se inauguró el centro deportivo del Valle de la Oliva que es una concesión administrativa y añade que su grupo ha recibido muchas quejas de vecinos porque se están cambiando profesores y horarios por lo que está claro que algunos vecinos no están contentos con alguna concesión. A continuación pregunta cuáles son los problemas que tiene la concesión del centro deportivo Valle de la Oliva.

El Sr. Presidente aclara que es cierto que no todos los

vecinos están contentos con todas las concesiones administrativas y, si fuera así, sería un milagro o mentira.

Termina su intervención diciendo que el equipo de

gobierno intenta resolver todas las quejas que se reciben en el Ayuntamiento aunque, como todos saben, suelen surgir problemas cuando comienza a funcionar una concesión administrativa.

Respuesta El concesionario del Polideportivo del Valle de la Oliva nos remitió 20 quejas relacionadas con la organización del centro, concentradas en 12 días, desde el 31 de octubre al 11 de noviembre, coincidiendo con el cambio de profesorado en dicho Centro. Mantuve una reunión con la Dirección y el nuevo Coordinador de Actividades para hacerle llegar dichas quejas y exigirle que pusiera solución a las mismas. Nos plantearon un nuevo programa de actividades que, una vez visado por los técnicos municipales, ha sido puesto en marcha y no se ha producido ninguna queja al respecto.

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Majadahonda, 19 de diciembre de 2012.- El Concejal de Deportes.- Fdo.: Javier Caballero López.” Respuestas de la Concejalía de Deportes al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 28 de noviembre de 2012. “4. Nos siguen llegando quejas de los usuarios del Polideportivo –

Piscina Valle de la Oliva: falta de profesores por despidos o dimisiones, supresión de clases, equipos de música estropeados, etc. ¿Qué está haciendo el Ayuntamiento para que la empresa concesionaria cumpla adecuadamente con el servicio?

Respuesta: El concesionario del Polideportivo del Valle de la Oliva nos remitió 20 quejas relacionadas con la organización del centro, concentradas en 12 días, desde el 31 de octubre al 11 de noviembre, coincidiendo con el cambio de profesorado en dicho Centro. Mantuve una reunión con la Dirección y el nuevo Coordinador de Actividades para hacerle llegar dichas quejas y exigirle que pusiera solución a las mismas. Nos plantearon un nuevo programa de actividades que, una vez visado por técnicos municipales, ha sido puesto en marcha y no se ha producido ninguna queja al respecto. 5. Nos ha llegado la información de que se ha retrasado el inicio

de la Liga infantil escolar de fútbol 7 por problemas con la contratación del seguro de accidentes. ¿Qué problemas ha habido? ¿Por qué no se han cedido las instalaciones para jugar partidos amistosos a los equipos que tienen seguro propio tal y como pedían?

Respuesta La competición a la que se refiere está organizada por la Comunidad de Madrid aunque los ayuntamientos organizan la primera fase local por lo que los jugadores están mutualizados por la Comunidad de Madrid. Llegada la fecha prevista para el inicio de la competición aún no se habían renovado las instrucciones de qué hacer en caso de accidente o lesión. Aunque finalmente sí se

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publicaron a tiempo, por criterio de prudencia, se decidió posponer el inicio del campeonato. En cuanto a la cesión de instalaciones, señalar que ningún equipo tiene seguro propio sino que cada jugador tiene uno individual al que me he referido en el párrafo anterior. Otra cuestión es la cesión gratuita de las instalaciones que no procedía puesto que los equipos van a disputar el mismo número de jornadas aunque se haya producido un retraso en el inicio. 18. Rogamos se nos faciliten las memorias de actuación de todas

las concejalías. Respuesta La Concejalía de Deportes, ni la de Fiestas, realizan ninguna Memoria anual. Majadahonda, 19 de diciembre de 2012.- El Concejal de Deportes.- Fdo.: Javier Caballero López.” Respuestas de la Concejalía de Deportes al Grupo Municipal Centrista. Pleno 28 de noviembre de 2012. “2. ¿Cuál ha sido la cantidad y los conceptos exactos del abono,

que se ha realizado a favor de Soto Once S.L., en teórico cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 3 de marzo de 2012?

Respuesta Aunque creo que debe contestar la Concejalía de Economía y Hacienda, he tenido noticias de que no se le ha abonado cantidad alguna sino que se le ha embargo la devolución del IVA en la Agencia Tributaria para hacer frente al IBI. Majadahonda, 19 de diciembre de 2012.- El Concejal de Deportes.- Fdo.: Javier Caballero López.”

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Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia Pleno 28 de noviembre de 2012 “4. La ordenanza de Medio Ambiente de nuestro municipio,

basándose en la Ley 8/2005 de 26 de diciembre de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid busca garantizar el mayor respeto posible a los árboles y plantas de nuestro municipio. De este modo, el texto legal plantea que en caso de necesidad de supresión del arbolado, el mismo deberá ser trasplantado a otro lugar del municipio, pudiéndose solo proceder a la tala, en caso de que el trasplante sea inviable. Si se procediese a dicha tala, la Ordenanza obliga a la plantación de un árbol de semejante especie y edad en el municipio. Como continuación de una pregunta realizada por el Grupo Centrista, querríamos conocer con detalle, por un lado, el destino de los árboles trasplantados y por otro, el número de árboles replantados por tala, así como los lugares donde los mismos han sido fijados.

Cuando el arbolado se ve afectado por obras de reparación o reforma de cualquier clase, o por la construcción de infraestructuras y se ha autorizado la tala de los mismos por ser imposible su trasplante, se presenta por parte de los promotores, un aval por el importe total del arbolado de sustitución. En función de las necesidades de arbolado en cada uno de los parques y marras, que se producen tanto en parques como en arbolado de alineación, se adquieren las especies correspondientes con cargo a dichos avales presentados. Majadahonda, 11 de Diciembre de 2012.- El Concejal de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Pablo García González.” Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 28 de noviembre de 2012. “10. Los vecinos de la zona centro, especialmente de las calles que

se encuentran entre Gran Vía y la Avenida de España, nos

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hacen llegar su malestar por la suciedad de las aceras: residuos de los comercios, heces y orines de animales, etc. ¿Cada cuánto tiempo se procede al barrido de las aceras en esta área? ¿Y cada Cuánto se realizan limpiezas en profundidad (con productos y maquinaria) de todo el acerado? Asímismo, son constantes las quejas de los vecinos de la calle Venezuela por la acumulación de basura en los buzones de recogida sin que se pase a recoger con la misma asiduidad que se hace en calles colindantes más transitadas. Rogamos se extreme la limpieza en estas zonas del municipio.

El barrido mecánico de aceras se realiza 7 días por semana en turno de mañana, el barrido mecánico de calzadas 5 días por semana en turno de mañana, baldeo mecánico de aceras 6 días por semana en turno de mañana baldeo mixto 5 días en turno de tarde, baldeo mecánico de calzadas 5 días en turno de tarde (ahora los baldeos no se realizan, debido al riesgo de congelación). Durante el otoño se incrementa el servicio de barrido de hoja cuando la demanda lo requiere. Con el nuevo contrato de limpieza, se realizan las limpiezas especiales de aceras con la fregadora-decapadora de todas las calles del municipio en la que es posible, con una frecuencia de 3 a 4 meses. En cuanto al bolseo de la recogida neumática en esta zona, está establecido en 4 veces al día. Majadahonda, 11 de Diciembre de 2012.- El Concejal de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Pablo García González.” Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza al Grupo Municipal Centrista. Pleno 28 de noviembre de 2012. “4. ¿Cuántos árboles se han plantado desde el inicio de la

legislatura, como reposición de los previamente talados, en cumplimiento de lo dispuesto tanto en la Ley de Fomento y Protección del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid como en la Ordenanza Reguladora del Medio Ambiente del Ayuntamiento de Majadahonda?

Cuando el arbolado se ve afectado por obras de reparación o reforma de cualquier clase, o por la construcción de infraestructuras

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y se ha autorizado la tala de los mismos por no ser posible su trasplante, se presenta por parte de los promotores, un aval por el importe total del arbolado de sustitución. En función de las necesidades de arbolado en cada uno de los parques y marras del arbolado de alineación, se adquieren las especies correspondientes con cargo a dichos avales presentados, siendo imposible cuantificar, por esta razón, el número exacto de árboles repuestos.

Majadahonda, 11 de Diciembre de 2012.- El Concejal de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Pablo García González.” Respuestas de la Concejalía de Nuevas Tecnologías al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia. Pleno 28 de noviembre de 2012. “3. Ante las reiteradas quejas de los vecinos por el mal

funcionamiento de los ordenadores de la biblioteca Francisco Umbral, nos gustaría saber si la concejalía responsable está al corriente de este problema y en caso de estarlo, nos informase acerca del origen del mismo, así como del número de incidencias que se han producido a este respecto, y las medidas que se piensan acometer.

La Concejalía de Nuevas Tecnologías tiene conocimiento de la existencia de ciertos problemas que surgen con estos ordenadores de la sala Multimedia. Si bien cabe señalar que el número de incidencias de las que tenemos conocimiento no supone un número significativo, y más teniendo en cuenta el número de horas que estos equipos están prestando dicho servicio y el número de usuarios que acceden al mismo. Tenemos registradas alrededor de 10 incidencias relacionadas con la sala multimedia. En cuanto a los problemas a los que se hace referencia son de diferente naturaleza: - Por un lado hay quejas sobre las versiones del sistema

operativo y del navegador instalado. En cuanto al cambio de Sistema Operativo, supondría la adquisición de 47 nuevas licencias y actualmente no podemos asumir ese coste ya que no tenemos dotación presupuestaria. Poco a poco se van a ir

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actualizando los equipos. En cuanto a Navegadores y antivirus, se está procediendo a una nueva maquetación para actualizar las últimas versiones.

- Por otro lado en cuanto a las incidencias de conexión, están

relacionadas directamente con productos adquiridos en su día por la Biblioteca y que en su mayoría son provocados por bugs encontrados en los mismos. Estos productos han sido configurados e instalados por la empresa propietaria de los mismos. No obstante desde esta Concejalía tratamos de solventar dichos problemas, con el fin de agilizar y minimizar los tiempos de respuesta. En caso de que no puedan ser solventados desde esta Concejalía se comunican a la empresa responsable de los mismos.”

Respuestas de la Concejalía de Comunicación, Participación Ciudadana y Urbanizaciones al Grupo Unión Progreso y Democracia. Pleno 28 de noviembre de 2012. “7. Sobre la existencia de un Plan de Acción en el marco de una

Estrategia de Comunicación Online para el Ayuntamiento, nos gustaría conocer la documentación sobre dicho Plan para poder analizar con rigor cuáles son las prioridades y cómo se va a realizar la comunicación online de nuestro Ayuntamiento.

No existe una de Plan de Acción, sino que se han llevado

a cabo acciones puntuales. Hay un documento interno de trabajo de la propia concejalía cuyos objetivos, entre otros, son mejorar el posicionamiento en redes y en el entorno web del Ayuntamiento; detectar y mejorar deficiencias para ofrecer un servicio municipal de información on-line efectivo que mejore la comunicación con los vecinos; llevar a cabo acciones puntuales en diarios digitales, examinando la efectividad de las inserciones en los mismo a la hora de determinarlos… etc.

- Resultados sobre la presencia del Ayuntamiento en las Redes

Sociales, después del trabajo de reorganización, evaluación antes y después de dicho trabajo.

Se demostró antes de entrar que la presencia del

Ayuntamiento no era correcta (no aparecía en los resultados de búsqueda, doble presencia por ejemplo en el canal de Facebook

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(perfil-pagina) sin urls, perfiles falsos creados que intentaban hacerse pasar por el Ayuntamiento…. Después del trabajo se eliminaron los perfiles que no correspondían al Ayuntamiento tramitando las pertinentes denuncias a Facebook y Twitter; se propuso la aglutinación en Facebook de una única presencia y se decidió darle un diseño a la pagina acorde a las posibilidades que Facebook permitía en su día, instalación de aplicaciones, etc. y reserva de las urls en ambos casos. En el caso de Twitter se tramito la denuncia pero en el periodo del contrato no se recibió respuesta siguiendo activo @aytomajadahonda. En cambio aun teniendo la cuenta @aytomajadahond1, conseguimos con los cambios posicionar en segunda posición ante las búsquedas “Twitter majadahonda”. En Twitter se realizo un diseño específico.

- Resultado de la auditoría de los canales creados.

El resultado de la auditoria fue arreglar y aplicar los

defectos encontrados en la creación de la presencia del Ayuntamiento, entre otras, todo lo relativo a la reserva de urls para su futuro posicionamiento. En Twitter estaba mal registrado y no se pudo resolver.

En Facebook se reservo en ambas partes y en YouTube se

realizaron los cambios en todos los videos del canal para su correcto posicionamiento (no estaban en los resultados de búsqueda).

- Especificación de los cambios realizados para el correcto

posicionamiento.

Reserva de urls propias, creación de enlaces, etc. - Precisar el concepto “estructura de contenidos” y su utilidad

para la Comunicación del Ayuntamiento. La estructura contenidos utilizada no era la correcta. Se

introducían todos los contenidos manualmente y esto no tenía sentido. Se propuso la implantación de canales RSS en la web del Ayuntamiento que conectara con las distintas presencias en redes sociales de forma que mejoraremos la introducción de

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contenidos notablemente. Después verificamos si se podían crear dichos canales RSS en la web.

- Contenido del protocolo de actuación para ataques y otro tipo de interacciones con los usuarios.

En caso de detectarse un ataque la empresa que prestaba

el servicio nos alertaba, lo gestionaba y lo solucionaba. Por confidencialidad ellos tienen su protocolo de actuación que, evidentemente, no es público.

- Cantidad y especificación de las URLS reservadas por el

Ayuntamiento.

http://www.youtube.com/AytoMajadahonda http://www.facebook.com/AytoMajadahonda http://www.facebook.com/AyuntamientoMajadahondaoficial https://www.facebook.com/carrilbicimajadahonda

- Especificar las aplicaciones Open Source que se han instalado.

Se instalaron aplicaciones gratuitas del propio Facebook

en la página (encuestas, etc.). Se configuraron cuentas en hootsuite para tener el control tanto de Twitter como de Facebook desde un único punto.

- Número de vídeos y establecer en qué han consistido las

modificaciones en el etiquetado de los vídeos.

Número de vídeos: 22. Los etiquetados corresponden a acciones que influyen en

el posicionamiento y búsqueda de esos videos en canales digitales con el establecimiento de palabras clave descriptivas, entre otras cosas.

- Rogamos se nos facilite una copia del manual de

recomendaciones de estilo y normas de uso.

Las recomendaciones no son un manual, sino recomendaciones de uso que se enseñaron en el curso de formación, así como las normas de uso.

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Ante cualquier eventualidad o duda siempre hemos tenido asistencia técnica.

- Conocer en qué consistieron los cursos de formación y quiénes

fueron los asistentes.

Laura Nistal y Nuria Pérez Archilla. Se impartió al área de comunicación sobre el uso y gestión de las redes sociales en un Ayuntamiento. Contenidos, entre otros: definición Community Manager Público, estrategia Social Media, optimización, medición resultados Redes Sociales, seguridad…

- Nos gustaría tener acceso a los informes trimestrales de los

comentarios realizados sobre el Ayuntamiento de Majadahonda en los diferentes espacios de internet.

Se trata de información interna que guía el trabajo de la

propia concejalía en su estrategia de comunicación.

- Por último, nos gustaría nos facilitaran el conjunto de contratos firmados entre 2001 y 2005 y que se mantengan vigentes en la actualidad.

Esa información tiene que solicitarla al órgano

correspondiente. En cualquier caso, esta concejal lleva al frente del área de

comunicación desde 2007. Majadahonda, 26 de diciembre de 2012.- Laura Nistal Marcos. Concejal de Participación Ciudadana, Comunicación y Urbanizaciones.” Respuestas de la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia “5. Nos interesa conocer el número de vecinos en situación de

desahucio que han solicitado ayuda a la Concejalía de Servicios Sociales y que han recibido asesoramiento jurídico hasta la fecha.

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En la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia no existe ningún fichero donde se recojan datos de vecinos en situación de desahucio.

Dentro de las actuaciones de esta Concejalía existen las

ayudas de emergencia social (entre ellas para solventar gastos de vivienda) dentro de un proceso de intervención.

(….) 11. ¿Tiene constancia este Ayuntamiento de cuántos desahucios se

han ejecutado en Majadahonda? ¿Cuántos hay notificados y pendientes de ejecución? ¿Qué medidas está tomando el Ayuntamiento para ayudar y atender a las familias que se encuentran en esta situación?

No, entendemos que son los juzgados quienes tienen la competencia sobre el asunto y por tanto los datos. En cuanto a las medidas se puede aplicar lo recogido en la pregunta número 5 de este mismo cuestionario.

12. Rogamos se nos faciliten desde la Concejalía de Servicios

Sociales las bases de la concesión de ayudas económicas a las familias para financiar los tratamientos de las niñas y niños majariegos con necesidades de atención temprana, psicopedagogía, logopedia, fisioterapia, etc. ¿Existe algún protocolo para que desde los centros escolares se transmita la información de estas ayudas a las familias?

Adjuntamos las Bases Reguladoras para la concesión de Subvenciones de la Concejalía de Servicios Sociales, actualmente en vigor y donde se recogen la tipología de ayudas, así como requisitos, documentación requerida, etc. para su tramitación y percepción.

19. ¿Para cuándo y en qué condiciones está previsto sacar el nuevo

contrato del programa SEDA?

Podemos informar que se encuentra en trámite una prórroga del mismo y se están elaborando los pliegos de condiciones técnicas para una nueva licitación.”

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Respuestas de la Concejalía de Cultura y Juventud al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 28 de noviembre de 2012. “17. ¿Qué tipo de actividades formativas y de ocio se están

desarrollando enfocado a los jóvenes de Majadahonda? ¿Hay algún proyecto de ocio para los fines de semana dirigido a los jóvenes que sea alternativo al botellón o el consumo en centros comerciales?

Contestamos que:

En la concejalía de Juventud se incluye en la programación anual un amplio programa formativo con los siguientes objetivos: • Facilitar la adquisición de conocimientos y habilidades

relacionadas con distintas áreas artísticas y culturales.

• Fomentar el uso del tiempo libre como un espacio educativo que favorezca el desarrollo integral de los/as participantes.

• Favorecer las relaciones interpersonales y multidisciplinares con otros talleres y servicios de la Concejalía de Juventud.

Los cursos y talleres están dirigidos principalmente a

jóvenes entre 12 y 30 años. La programación se organiza con el calendario de curso

escolar, de octubre a junio, combinándose los talleres de duración anual con otros de carácter trimestral.

Dentro de la oferta tratamos de combinar los cursos que

tienen una demanda consolidada, como son los talleres musicales, cursos de baile y ofimática, con propuestas nuevas que faciliten el acercamiento de otros jóvenes con inquietudes diferentes.

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

En este trimestre octubre- diciembre se han inscrito 596 personas en los diferentes talleres y cursos que se detallan a continuación:

TALLER GRUPO HORARIO

MUSICALES

CANTO Lunes 17:00-19:00

BATERÍA Martes 17:00-22:00

GUITARRA Miércoles 18:00-22:00

BAJO Jueves 20:00-22:00

YOGA Jueves 20:00-21:30

ESCUELA DE ANIMACIÓN MONITOR/A DE T. LIBRE M y J 17:00 -21:00

TALLERES DE CONVERSACIÓN

ALEMÁN INTERMEDIO Jueves 19:00-20:00

INGLÉS AVANZADO 1 Jueves 18:00-19:00

INGLÉS AVANZADO 2 Jueves 19:00-20:00

INGLÉS INTERMEDIO 1 Martes 18:00-19:00

INGLÉS INTERMEDIO 2 Martes 19:00-20:00

INGLÉS INTERMEDIO 3 Martes 18:00-19:00

FORMACIÓN DE VOLUNTARIADO

BÁSICO < 18 15 de Octubre

BÁSICO >18 29 Octubre

CATASTROFES Y EMERGENCIAS

9 y 10 de Octubre

VOLUNTARIADO DEPORTIVO

12 Y 13 de Diciembre

BAILES

MODERN JAZZ Lunes 19:00 – 19:55

FUNKY 1 Lunes 19:55 – 20:50

DANZAS ORIENTALES 1 Lunes 20:55 – 21:50

SEVILLANAS Martes 19:55 – 20:50

FLAMENCO Martes 20:55 – 21:50

FUNKY 2 Miércoles 19:00 – 19:55

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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TALLER GRUPO HORARIO

DANZAS ORIENTALES 2 Miércoles 19:55 – 20:50

RITMOS LATINOS 1 Miércoles 20:55 – 21:50

RITMOS LATINOS 2 Viernes 19:00 – 19:55

BAILES DE SALÓN 1 Viernes 19:55 – 20:50

BAILES DE SALÓN 2 Viernes 20:55 – 21:50

FOTOGRAFÍA CAMARADIGITAL Y PHOTOSHOP I

Martes 17:00 – 20:00

INFORMÁTICA

OFIMATICA GRUPO 1 M y J 11:00 – 12:30

OFIMATICA GRUPO 2 M y J 12:30 – 14:00

OFIMATICA GRUPO 3 L y X 11:00 – 11:00

GESTIÓN EMPRESARIAL 1

M 14:00 – 15:30

ADMINISTRA. EMPRESAS M y J 9:30 – 11:00

RETOQUE WEB L y X 12:30 – 14:00

INFORMATICA USUARIOS L y X 9:30 – 11:00

INTERNET V 12:30 – 14:00

OFFICE I L y X 15:00 – 16:00

INICIACIÓN PERSONAS COM DISCAPACIDAD

J 17:30 – 18:30

DISEÑO GRAFICO V 9:30 – 12:30

¿Hay algún proyecto de ocio para los fines de semana dirigido

a los jóvenes que sea alternativo al botellón o el consumo en centros comerciales?

En el Centro Juvenil se ceden espacios para la realización

de proyectos de Tiempo Libre dirigidos a jóvenes realizados por asociaciones juveniles del municipio.

En la actualidad se están desarrollando de manera

estable en las instalaciones del centro Juvenil dos proyectos de Ocio y Tiempo Libre:

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• Grupo Scout Carrick: sábados por la tarde. • Cruz Roja Juventud: domingos por la mañana.

Además, en fin de semana, se reúnen otras asociaciones juveniles como la asociación de break dance “Golden Monkeys” y se pone a disposición de los jóvenes del municipio que lo soliciten la Sala de ensayos, y la posibilidad de organizar conciertos y otras actividades en el Centro.

Fdo: María Fernández Dobao. Concejal de Cultura y Juventud.” Respuestas de la Concejalía de Educación al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia. Pleno 28 de noviembre de 2012. “Pregunta 6: El Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia

pregunta “Nos interesa conocer el ratio de admisión de alumnado inmigrante en los distintos centros públicos y concertados de Majadahonda”.

Respuesta:

Adjunto le remito cuadro resumen con el número de alumnos de otras nacionalidades centro a centro. Los datos se refieren a alumnos escolarizados desde 1º de Infantil a 6º de Primaria de los colegios públicos y concertados del municipio y han sido confeccionados con la información del mes de octubre del presente año.

DATOS:

otras total

nacionalidade

s españole

s alumnos % SAN PÍO X 150 244 394 38,1 %ANTONIO MACHADO 121 317 438 27,6 %FRANCISCO DE QUEVEDO 52 142 194 26,8 %ROSALÍA DE CASTRO 32 166 198 16,16 %BENITO PÉREZ 41 404 445 9,21 %

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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GALDÓS SANTA CATALINA 34 338 372 9,14 %EL TEJAR 35 394 429 8,16 %REPARADORAS 37 479 516 7,17 %MARÍA AUXILIADORA 29 445 474 6,12 %FEDERICO GARCÍA LORCA 27 432 459 5,88 %CAUDE 14 564 578 2,42 %SAN JAIME 11 1193 1.204 0,91 % 583 5.118 5.701 ALUMNOS ESPAÑOLES: 5.118ALUMNOS EXTRANJEROS: 583 10,23 %

TOTAL 5.701 Majadahonda, 19 de diciembre de 2012.María José Montón Rosáenz. Concejal de Educación.” Respuestas de la Concejalía de Educación al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 28 de noviembre de 2012. “Pregunta 13: Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes

Solicita los datos precisos de los usuarios del servicio de comedor escolar en los cursos 2011/12 y 2012/13 y, en los citados cursos, en las actividades en horario no lectivo de los colegios públicos de Majadahonda.

Respuesta:

Adjunto remito los datos de usuarios de comedor de los cursos 2011-2012 y 2012-2013. Los de 2011-2012 están referidos al curso escolar completo y los de 2012-2013 al primer trimestre del mismo. Las direcciones de los centros nos indican que los datos pueden variar a lo largo del curso, al producirse altas y bajas. Estos datos han sido solicitados a la dirección de cada centro educativo ya que en la Concejalía no disponemos de esta información.

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Adjunto remito los datos de las actividades en horario no lectivo referidos a los curso 2011-2012 y 2012-2013:

Actividad Curso 2011-2012 Curso 2012-2013 Porcentaje Primeros de la mañana

454 346 -24%

Ludoteca 92 99 +7% Inglés 469 577 +19% Septiembre 485 290 -41% Deberes 49 57 +14%

Majadahonda a 19 de diciembre de 2012. María José Montón Rosáenz. Concejal de Educación.” Respuestas de la Concejalía de Formación, Empleo, Comercio, Consumo y Vigilancia y Control de Animales Domésticos al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 28 de noviembre de 2012. “15. Rogamos se nos facilite el convenio entre la Concejalía de

formación y empleo y el centro comercial Gran Plaza y se nos informe de su desarrollo (número de majariegos contratados a través de su Bolsa de empleo, continuidad, tipología de contratos, etc.).

Centro

Usuarios comedor

curso 2011-2012

Usuarios comedor curso

2012-2013

CEBIP Antonio Machado 368 318 CEIP Benito Pérez Galdós 380 368 CEIP El Tejar 400 400 CEBIP Federico García Lorca 419 425 CEIP Francisco de Quevedo 151 150 CEIP Rosalía de Castro 168 160 CEBIP San Pío X 235 205 CEIP Santa Catalina 324 335

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Tal y como hemos ido adelantando en otras respuestas según se iba desarrollando el proceso de selección de candidatos para cubrir los puestos de trabajo ofertados por los diferentes operadores instalados en el Centro Comercial Gran Plaza 2, podemos concluir que se ha mantenido la tendencia con la que se inició el proceso de ofertas y coberturas que se han puesto por las diferentes empresas en “Tú Canal de Empleo”.

De esta manera, al día de hoy podemos confirmar que el porcentaje de personas majariegas que se interesaron y se inscribieron en las diferentes ofertas puestas por los grandes operadores han variado entre el 20 y el 50%, (por ej.: ALCAMPO: 50%; PRIMARK: 40%; FNAC: 20%; C&A: 30%). Habiendo sido preseleccionados por cumplir los requisitos exigidos -teniendo en cuenta la variedad de ofertas- un porcentaje muy similar al de inscripciones, rondando este el 40% de personas de Majadahonda.

En cualquier caso y para continuar ampliando la información que hasta ahora hemos trasladado, tanto en cifras como en algunos casos en porcentajes, informamos que, en la actualidad, “ALCAMPO” nos confirma que en relación con la contratación definitiva, de este operador, que las personas que se incorporaron al hipermercado fueron exactamente 45 suponiendo esta cifra el 40% de las nuevas contrataciones.

Por otro lado, la empresa “100 Montaditos” nos indica que de las 17 personas que forman la plantilla, 8 son de Majadahonda hasta hace un mes, pues ha habido dos de estas personas que han solicitado la baja voluntaria. En definitiva, casi el 50% de la plantilla está formada por personas del Municipio de Majadahonda.

No obstante, cualquier información nueva que nos vayan enviando los distintos operadores se la haremos llegar a su grupo político.

Majadahonda, 17 de diciembre de 2012.- El Concejal Delegado de Formación, Empleo, Comercio, Consumo y Vigilancia y Control de Animales Domésticos.- Fdo.: Juan Carlos Díaz Rodríguez.” Respuestas de la Concejalía de Formación, Empleo, Comercio, Consumo y Vigilancia y Control de Animales Domésticos. Pleno 28 de noviembre de 2012.

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“16. ¿En qué situación se encuentra el proyecto para construir un

equipamiento comercial en la zona de Las Erillas? ¿Se tiene previsto contar con los representantes de los comerciantes del Mercadillo a la hora de estudiar dicho proyecto y sus impactos sobre el funcionamiento del mismo?

En estos momentos se está tramitando el expediente de creación del Servicio de “Mercado”, requisito imprescindible para continuar con las diferentes fases del proyecto. Desde esta Concejalía siempre se ha contado con los representantes de los vendedores ambulantes, y se han mantenido diversas reuniones al respecto, informando puntualmente de la situación en cada momento. Majadahonda, 17 de diciembre de 2012.- El Concejal Delegado de Formación,Empleo, Comercio, Consumo y Vigilancia y Control de Animales Domésticos.- Fdo.: Juan Carlos Díaz Rodríguez.” Y no habiendo más asuntos que tratar el Sr. Presidente levantó la sesión siendo las catorce horas y diez minutos del día veintisiete de diciembre de dos mil doce, en prueba de lo cual se levanta el presente acta que firma el Sr. Presidente en unión de mí, el Secretario, que doy fe. EL PRESIDENTE EL SECRETARIO