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ACTA Nº 11/2018
ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL
AYUNTAMIENTO PLENO EL DIA 27 DE DICIEMBRE DE 2018
ALCALDE
D. SAULO NEBREDA TREVEJO (EAJ-PNV)
SRS./AS TENIENTES DE ALCALDE
Dª. AINHOA HERNANDEZ MARCOS (EAJ-PNV)
D. GONZALO RODRIGUEZ DIAZ (EAJ-PNV)
D. OSCAR SALICIO REGO (PSE-EE)
Dª. AMAIA GONZALEZ NOVO (EAJ-PNV)
SRS./AS CONCEJALES/AS
D. ASIER GALDAMES IGLESIAS (EAJ-PNV)
D. DIEGO FONTALBA ANTONIO (EAJ-PNV)
D. JOSE ANGEL SEIJO URGEL (PSE-EE)
D. ERNESTO DOCAMPO AJERO (BOROBIL)
D. AITOR GONZALEZ LEANIZBARRUTIA (BOROBIL)
D. JOSE IRIONDO TAMAYO (BOROBIL)
D. ASIER ARROITA LAFUENTE (EH BILDU)
D. AITOR CID CARRETERO (IRABAZI)
(Se ausenta al iniciarse el debate del punto 7º)
SECRETARIO MUNICIPAL
D. Alberto Gabanes Rivero
INTERVENTORA MUNICIPAL
Dª. Izaskun Sarasola González
En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de
Ortuella, siendo las seis horas cuarenta y cinco minutos del día veintidós de
Octubre de dos mil dieciocho y previa convocatoria al efecto, se reúnen bajo la
Presidencia del Sr. Alcalde, D. Saulo Nebreda Trebejo, los Concejales al margen
expresados, con el fin de tratar los asuntos comprendidos en el Orden del Día y de
todo ello da fe el Secretario D. Alberto Gabanes Rivero.
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Nota: Las intervenciones integras de los miembros de la Corporación y
de los vecinos en el Turno de Ruegos y Preguntas constan en el video
del pleno, que se incorpora como anexo a la presente acta y se deposita
en Secretaría.
1º APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESION
ANTERIOR
Se retira el punto del Orden del Día.
2º MOCION PLURAL ANITZAK REFERENTE SOBRE EL CONTROL
DE VERTIDOS DE LIXIVIADOS
Teniendo en cuenta que el presente asunto fue objeto de debate en la
Comisión de Territorio celebrada el día 19 de diciembre de 2.018.
Vista la propuesta de moción presentada por la asociación Plural Anitzak,
que es textualmente como sigue:
“Don Rafael Cantera Conde, con D.N.I. 16.246.681-X, en representación de Plural
Anitzak Alkartea con CIF G95253134
SOLICITA:
Se dé por presentada la presente propuesta para su debate en Comisión y votación en el
Pleno Ordinario de diciembre.
“MOCIÓN SOBRE EL CONTROL DE VERTIDOS DE LIXIVADOS”
Cuando se aprobó el relleno de la balsa entre Cadegal y Orconera del vertedero de
residuos inertes, una de las resoluciones que se publicaron fué que se vigilarían tanto los
residuos “inertes” que llegaban como los lixiviados que saldrían del recinto, controlados
y recogidos por personal especializado de la Diputación Foral.
Para el control de los lixiviados se construyó una balsa impermeable en el fondo del
depósito para que todos los líquidos que se acumularan se recogieran en una balsa de
decantación en la zona baja (donde acaba el bidegorri, entre Trapaga y Orconera).
Hoy es el día en que estos lixiviados se están vertiendo a través de una tubería al fondo
del barranco y acaban en el río a la altura de Golifar.
MOCIÓN
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PRIMERO. –El Ayuntamiento de Ortuella rechaza todo tipo de vertidos contaminantes,
que afectan al medio ambiente y perjudican la salud de las personas.
SEGUNDO. –El Ayuntamiento de Ortuella insta a la Diputación Foral de Bizkaia a
facilitar información respecto a los vertidos en el río Golifar, especialmente sobre los
siguientes puntos:
1. Veces en las que se han recogido los lixiviados.
2. Si se han analizado estos líquidos, satos sobre sus componentes.
3. Si había componentes contaminantes, saber las medidas adoptadas para su
erradicación y en su caso multas o sanciones habidas.
TERCERO. –El Ayuntamiento de Ortuella se compromete a un seguimiento continuo y
a la vigilancia para que nuestro río no esté contaminado con análisis periódicos de sus
aguas y más en concreto de las vertidas en Golifar.”
El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad, adopta el siguiente acuerdo:
SEGUNDO ACUERDO: 1. Aprobar la siguiente moción
“PRIMERO. –El Ayuntamiento de Ortuella rechaza todo tipo de vertidos contaminantes,
que afectan al medio ambiente y perjudican la salud de las personas.
SEGUNDO. –El Ayuntamiento de Ortuella insta a la Diputación Foral de Bizkaia a
facilitar información respecto a los vertidos en el río Golifar, especialmente sobre los
siguientes puntos:
1. Veces en las que se han recogido los lixiviados.
2. Si se han analizado estos líquidos, satos sobre sus componentes.
3. Si había componentes contaminantes, saber las medidas adoptadas para su
erradicación y en su caso multas o sanciones habidas.
TERCERO. –El Ayuntamiento de Ortuella se compromete a un seguimiento continuo y
a la vigilancia para que nuestro río no esté contaminado con análisis periódicos de sus
aguas y más en concreto de las vertidas en Golifar.”
2. Notificar el acuerdo adoptado a la Diputación Foral de Bizkaia y a la
empresa pública GARBIKER.
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3º MODIFICACION DE LA ORDENANZA DE LA VENTA
AMBULANTE
Se procede a exponer el presente punto del Orden del Día, teniendo en
cuenta que fue objeto de dictamen en la Comisión de Territorio celebrada el día
19 de Diciembre de 2.018.
Se advierte por la Interventora Municipal que se interpone reparo por no
realizarse dentro del procedimiento de aprobación de la ordenanza no se han
seguido las fases de consulta previa y audiencia e información pública previstas
en la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
El Ayuntamiento Pleno, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo:
TERCER ACUERDO: 1. Aprobar inicialmente la Modificación de la
Ordenanza Reguladora de Venta Ambulante.
2. Someter a información pública el expediente, previo anuncio en el
Boletín Oficial de Bizkaia, por un plazo de treinta (30) días al efecto de formular
las alegaciones que procedan.
Con carácter previo a la adopción del acuerdo se procede a la votación con
el siguiente resultado:
- Votos a favor: 10 (6 EAJ-PNV; 2 PSE-EE; EH BILDU; IRABAZI).
- Votos en contra: 0
- Abstenciones: 3 Borobil
4º BASES REGULADORAS DE AYUDAS A COMUNIDADES DE
PROPIETARIOS PARA LA REHABILITACION DE EDIFICIOS DE
VIVIENDAS
Se procede a exponer el presente punto del Orden del Día, teniendo en
cuenta que fue objeto de dictamen en la Comisión de Territorio celebrada el día
19 de Diciembre de 2.018.
Se advierte por la Interventora Municipal que se interpone reparo por no
realizarse dentro del procedimiento de aprobación de la ordenanza no se han
seguido las fases de consulta previa y audiencia e información pública previstas
en la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de
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las Administraciones Públicas.
El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, adopta el siguiente acuerdo:
CUARTO ACUERDO: 1. Aprobar inicialmente las BASES
REGULADORAS DE AYUDAS A COMUNIDADES DE PROPIETARIOS
PARA LA REHABILITACION DE EDIFICIOS DE VIVIENDAS.
2. Someter a información pública el expediente, previo anuncio en el
Boletín Oficial de Bizkaia, por un plazo de treinta (30) días al efecto de formular
las alegaciones que procedan.
5º CALENDARIO LABORAL 2019
Se procede a exponer el presente punto del Orden del Día, teniendo en
cuenta que fue objeto de dictamen en la Comisión de Organización celebrada el
día 20 de Diciembre de 2.018.
El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad, adopta el siguiente acuerdo:
QUINTO ACUERDO: 1. Aprobar el calendario laboral de administración
general correspondiente al Ejercicio 2.019.
2. Aprobar el calendario laboral de la Policía Local correspondiente al
Ejercicio 2.018.
- Turnos de mañana y tarde
- Mañana de 6,45 a 14,45 horas; 7,30 horas
- Tarde de 14,00 a 21,30 horas; 7,30 horas
- Sábados y Domingos de 8,00 a 20,00 horas; 12 horas
- 1 Enero turno de tarde de 16,00 a 21,00 horas
- 25 Diciembre turno de tarde de 16,00 a 21,00 horas
- Dos agentes por turno salvo fiestas y situaciones excepcionales
6º PLAN ESTRATEGICO DE SUBVENCIONES 2019
Se procede a exponer el presente punto del Orden del Día, teniendo en
cuenta que fue objeto de dictamen en la Comisión de Organización celebrada el
día 20 de Diciembre de 2.018.
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El Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo:
SEXTO ACUERDO: 1. Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones
para el Ejercicio 2.019, que es textualmente como sigue:
PLAN ESTRATEGICO DE SUBVENCIONES AYUNTAMIENTO DE
ORTUELLA
1-INTRODUCCIÓN
A) CONSIDERACIONES PREVIAS
La legislación vigente en materia de subvenciones tiene como objetivo fundamental que la
actividad pública, tradicionalmente conocida como de fomento y promoción, se desarrolle dentro
de los parámetros que la propia ley impone, estableciendo los mecanismos adecuados para su
control previo y evaluación posterior, sobre la base de los siguientes objetivos básicos:
• Favorecer el fomento de la actividad de interés público y general que realiza la sociedad
civil estructurada.
• Fomentar la promoción e inclusión social, profesional y laboral de los individuos
mediante ayudas económicas a aquellos ciudadanos que se encuentren en determinadas
situaciones de vulnerabilidad social.
La Ley introduce, como elemento de gestión e instrumento para la mejora de la eficacia en las
actuaciones de las Administraciones Públicas, la necesidad de elaborar, en cada administración, un
Plan Estratégico de Subvenciones, que permita relacionar los objetivos a alcanzar y los efectos que
se pretenden conseguir, con los costes previstos y su financiación, con objeto de adecuar las
necesidades públicas a cubrir mediante las subvenciones con los recursos disponibles y todo ello
con carácter previo a la concesión.
La ley 38/2003 de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, recoge en su artículo 8.1, “Los
órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento
de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones
los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución,
los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de
los objetivos de estabilidad presupuestaria”.
La Ley General de Subvenciones supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y
racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la
trasparencia que, junto con la variedad de instrumentos que se articulan en la ley, redunda de
forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto
público subvencional.
El artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece en su
párrafo 1 que «los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan
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el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico
de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para
su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al
cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria». Esta regulación ha sido desarrollada
por los artículos 10 a 15 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
reglamento de la Ley General de Subvenciones. La exigencia de contar con un plan estratégico de
subvenciones es una novedad introducida por la Ley en 2003 que obliga a todas las
Administraciones Públicas dado el carácter básico del precepto y que se incardina en la exigencia
constitucional de que el gasto público responda a principios de eficiencia y economía (artículo
31.2) de modo que toda subvención debe concederse para la consecución de un fin de carácter
público.
B) NATURALEZA JURIDICA
Los Planes Estratégicos de Subvenciones son un instrumento de gestión de carácter programático,
que carece de rango normativo, que no supone una incidencia directa en la esfera de los
particulares, ni su aprobación genera derechos ni obligaciones para la administración.
Su efectividad queda condicionada a la aprobación de las correspondientes bases y convocatorias
de las diferentes líneas de subvención, así como de las disponibilidades presupuestarias de cada
ejercicio.
C) COMPETENCIA
El órgano competente para la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones, es el Pleno del
Ayuntamiento de
Ortuella, dado que se trata de un instrumento de planificación estratégica de la actividad
subvencional o de fomento y de gestión económica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 de
la Ley de bases de Régimen Local.
D) ÁMBITO SUBJETIVO
Según el artículo 11 del Real Decreto 887/2006, el Plan Estratégico de cada Ministerio abarcará
las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él
vinculados.
E)DURACIÓN:
De acuerdo con el artículo 11.4 del Reglamento de la LGS, los planes estratégicos contendrán
previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del
sector afectado sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.
Se propone la oportunidad de la duración anual del Plan.
OBJETIVOS GENERALES:
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►Cumplir el mandato legal recogido en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, que en su artículo
8.1 obliga a los Ayuntamientos que pretendan otorgar subvenciones, a aprobar su correspondiente
Plan Estratégico.
► Incidir de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión
del gasto público subvencional.
►Optimizar el acceso de la ciudadanía al hecho subvencionable con garantías de transparencia,
uniformidad de criterio municipal y de libre concurrencia.
►Racionalizar la gestión municipal dotándola de transversalidad en su planificación,
sistematicidad en sus procedimientos y de herramientas técnicas avanzadas para su evaluación.
►Realizar la convocatoria del 75% de las subvenciones existentes en el primer trimestre del año.
►Impulsar la mejora de la gestión municipal cumpliendo con los plazos establecidos en las
convocatorias de las subvenciones a otorgar.
• Llevar a cabo 3 reuniones de coordinación de las áreas durante el ejercicio 2.019.
• Incorporar los principios de otros planes municipales en los criterios de adjudicación y
concesión de las subvenciones solicitadas.
LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN 2019.
Las Líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan Estratégico, en el que se
integran las líneas de subvenciones del Ayuntamiento y de sus entidades, son las siguientes:
Línea Estratégica 1: Acción Social.
Línea Estratégica 2: Cooperación al Desarrollo y Derechos humanos.
Línea Estratégica 3: Normalización del euskera.
Línea Estratégica 4: Promoción del Deporte.
Línea Estratégica 5: Dinamización Cultura y Educación.
Línea Estratégica 6: Promoción económica.
Línea Estratégica 7: Igualdad de oportunidades.
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Línea Estratégica 8: Vivienda.
Línea Estratégica 9: Memoria Histórica.
Línea Estratégica 10: Urbanismo
Las cuantías previstas para cada una de las Líneas en el ejercicio 2019 son las recogidas en el
Presupuesto anual del Ayuntamiento de Ortuella, en los términos aprobados por el Pleno en el
Anexo 4 de Transferencias y Subvenciones corrientes. Se adjuntan como ANEXO.
La vigencia de estas líneas específicas de actuación para el periodo 2019, quedará condicionada y
limitada a la aprobación de las mismas en el correspondiente presupuesto anual en los términos
que sean aprobados.
CAPÍTULO 1. PRINCIPIOS GENERALES
ARTÍCULO 1.El establecimiento de subvenciones por este Ayuntamiento durante el período
comprendido entre los años 2019 y 2020 se ajustará a lo previsto en el presente Plan.
ARTÍCULO 2.El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la
inclusión de las consignaciones correspondientes en los presupuestos municipales de cada año y la
aprobación de las bases reguladoras de su concesión.
ARTÍCULO 3.El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los
objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se
aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos
objetivos.
ARTÍCULO 4.La aprobación del Plan estratégico de Subvenciones no supone la generación de
derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o
compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
ARTÍCULO 5.Son principios generales de este Plan los siguientes:
- Publicidad y libre concurrencia mediante convocatoria previa en la que se garantice la
objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en la distribución de fondos
públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa que, de conformidad con lo establecido
en la norma aplicable, deberá contar con la debida consignación presupuestaria previa y
Convenio nominativo.
- Concesión conforme a criterios objetivos previamente establecidos en la convocatoria a fin de
garantizar el conocimiento previo de los mismos por las y los potenciales beneficiarios.
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- Eficacia en el cumplimiento de los objetivos marcados y eficiencia en la asignación de recursos
públicos, debiéndose justificar cuantitativa y cualitativamente.
- Control y análisis de la adecuación de los fines de las entidades solicitantes a los principios de
igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades subvencionadas.
- Verificar de forma constante la pertinencia del Plan Estratégico:
• Justificación del Plan en términos sociales.
• Necesidades de la ciudadanía a las que atiende.
• Capacidad financiera.
• Explicación de la competencia municipal en la materia.
- Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos
ARTÍCULO 6. El órgano competente para la propuesta de concesión de ayudas o subvenciones
será la Junta de Gobierno Local a propuesta del Área gestora, siendo Alcaldía el órgano
competente para su concesión.
Por tanto,
– Los programas de subvenciones quedarán condicionadas a la existencia de dotación
presupuestaria adecuada y suficiente.
– Con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones o concesiones directas
(Convenios), deberá efectuarse la aprobación del gasto en términos previstos en las normas
presupuestarias del Ayuntamiento de Ortuella.
– De forma previa al otorgamiento de las subvenciones, deberán estar aprobadas las normas
o bases reguladoras de la concesión.
CAPÍTULO 2. CONTENIDO DEL PLAN
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ARTÍCULO 7.De acuerdo con lo previsto en la Ordenanza reguladora, la concesión de las
subvenciones y ayudas previstas en este Plan para los ejercicios 2019-2020 deben contener:
• los objetivos que se pretenden alcanzar
• la modalidad de concesión aplicable
• las y los destinatarios a los que van dirigidas
• el importe económico
• la aplicación presupuestaria
ARTÍCULO 8.
El Plan Estratégico de Subvenciones se completará anualmente con el ANEXO que a tal efecto se
incorpore al Presupuesto General, en el que se listará y desglosará la actividad subvencional
agrupada por áreas de actuación.
ARTÍCULO 9. El Anexo ordenará las subvenciones previstas presupuestariamente bajo los
siguientes criterios:
- Área de actuación.
- Objeto. Bajo este criterio se especifica la finalidad para la que se destina la subvención, la cual
será posteriormente objeto de evaluación.
- Modalidad de gestión. Criterio que distingue la previsión en cuanto al procedimiento a aplicar
para su concesión (libre concurrencia, convenio nominativo).
-Importe. Consignación prevista para cada subvención.
Durante el primer trimestre del año se procederá a convocar todas las subvenciones de
concurrencia general, debiendo resolverse cada expediente en el plazo máximo de tres meses
desde la convocatoria.
En junio y diciembre se evaluará por la Junta de Gobierno Local la situación de las subvenciones
planificadas durante el año, para cual podrá solicitar en su caso cuantos informes considere
oportunos a las áreas gestoras e intervención.
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CAPÍTULO 3.- BENIFICIARIOS Y MATERIAS DE LAS SUBVENCIONES
ARTÍCULO 10.El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o Entidades
privadas con la finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés
social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.
ARTÍCULO 11.El Ayuntamiento de Ortuella establecerá anualmente subvenciones en las
siguientes áreas competenciales: Acción social, Promoción Económica, Deportes, Cultura,
Educación, Euskera, Cooperación al desarrollo y Defensa derechos humanos, y Juventud. No
obstante lo anterior, podrá no incluirse algunas áreas de las citadas cuando existan razonas
justificadas que impidan la previsión de las mismas.
CAPÍTULO 4.- PLAZOS DE EJECUCIÓN
ARTÍCULO 12. Con carácter general, las subvenciones municipales tendrán un plazo de
ejecución anual, siendo el periodo elegible a efectos de justificación el año natural.
En aquellos supuestos en los que las circunstancias hagan conveniente la fijación de un plazo de
ejecución superior al anual, o la modificación del periodo elegible, se deberán recoger en las
correspondientes bases de las subvenciones.
CAPÍTULO 5.- FINANCIACIÓN
ARTÍCULO 13. La efectividad de las líneas de ayudas y subvenciones incluidas en el presente
plan quedarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el
correspondiente presupuesto anual.
Previo a la concesión de cualquier tipo de subvención se procederá a la tramitación de la
autorización del gasto correspondiente.
CAPÍTULO 6- CRITERIOS GENERALES A CONSIDERAR EN LA REGULACION DE
LAS SUBVENCIONES
ARTÍCULO 14. SUBVENCIONES NOMINATIVAS DIRECTAS: Para la consideración de una
subvención como nominativa deberá recogerse en el Presupuesto municipal el beneficiario de la
subvención.
El objeto de estas subvenciones deberá quedar determinado expresamente en el correspondiente
convenio de colaboración o resolución de concesión.
ARTÍCULO 15. SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA: Las convocatorias deberán
incorporar el baremo con los criterios para la concesión, así como la ponderación de los mismos.
En los supuestos en los que excepcionalmente se prevea la posibilidad de realizar el prorrateo del
crédito aprobado entre los solicitantes deberá recogerse expresamente en las bases de las
convocatorias.
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ARTÍCULO 16. JUSTIFICACIÓN DE GASTOS SUBVENCIONABLES:
• La justificación se realizará por la totalidad del proyecto.
• Las convocatorias de subvenciones podrán incorporar la posibilidad de
que, a la vista de la propuesta de concesión en la que se deberá recoger
la cantidad concedida y el porcentaje de participación en el proyecto, el
órgano gestor podrá solicitar la reformulación del proyecto presentado
a las condiciones de concesión.
• La justificación podrá realizarse mediante la aportación de justificantes
por la totalidad del coste de la actividad subvencionada, y la
acreditación de los justificantes de los citados costes por el importe de
la subvención concedida.
CAPÍTULO 7.- EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LOS PROGRAMAS
SUBVENCIONADOS. ANÁLISIS DE RESULTADOS.
ARTÍCULO 17. Para un mejor análisis de la eficacia de cada subvención, las Áreas gestoras de
las subvenciones solicitarán de los y las beneficiarias informe motivado sobre el número de
acciones desarrolladas, número de personas a las que alcanza la subvención y justificación de los
objetivos alcanzados.
El control y seguimiento del Plan será realizado por el Área gestora de la subvención/convenio.
Deberá remitir en el primer cuatrimestre del ejercicio siguiente, memoria justificativa con las
siguientes especificaciones:
• Información de cada línea y tipo de subvención, que recogerán las
subvenciones concedidas, justificadas, las renunciadas y las
reintegradas (o en procedimiento de reintegro).
• El grado de cumplimiento de sus objetivos específicos, de su plazo de
consecución.
• Los costes efectivos en relación a los previsibles, de su plan de acción y
de sus indicadores cuantificables.
• Impacto y efectos sobre la realidad en la que se ha pretendido incidir.
• Repercusiones presupuestarias y financieras que se derivan de la
aplicación del Plan.
• Conclusiones o valoración global.
• Sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico de
Subvenciones.
Posteriormente las Áreas gestoras evaluarán los resultados a efectos de analizar posibles
modificaciones en las líneas subvencionables, en aras a la consecución de los objetivos que hayan
sido establecidos por las mismas.
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CAPÍTULO 8: INFORMACIÓN A REMITIR A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Y
COMISIÓN DE ORGANIZACIÓN
ARTÍCULO 18.La documentación citada en el artículo anterior, con el objeto de que elabore un
informe de conclusiones para su remisión a la Comisión de Organización dentro del primer
semestre siguiente al ejercicio al que haga referencia la Memoria.
ANEXO 1: LÍNEAS ESTRATÉGICAS.
Como Anexo al presente plan se recogen las líneas específicas de las ayudas municipales,
agrupadas en las correspondientes líneas estratégicas, con sus objetivos estratégicos y
objetivos específicos, así como el resto de las características de las mismas y la dotación
económica inicial prevista para el ejercicio 2019.
Los costes económicos, área y procedimiento de adjudicación se incorporan al final del
documento en un cuadro.
PROGRAMAS Y LÍNEAS DE AYUDA.
LÍNEA ESTRATÉGICA Nº 1: ACCIÓN SOCIAL
Objetivos Estratégicos:
-Paliar situaciones de necesidad económica originadas por circunstancias puntuales,
facilitando herramientas de empoderamiento reforzando vías de reincorporación al mercado
laboral.
-Fomentar e impulsar actividades y programas formativos y de tiempo libre en la población
de las personas mayores del municipio.
-Mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus familiares a través del ocio
y tiempo libre, potenciando así sus competencias, habilidades sociales y relacionales
-Mejorar la calidad de vida de las personas con movilidad reducida favoreciendo la puesta a
disposición de medios de transporte adaptados.
Objetivos Específicos:
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1.1.- Conceder ayudas de emergencia social realizando una función de asesoramiento y
orientación por los servicios sociales, realizando un seguimiento de aquellos casos en los que
así lo consideren los servicios sociales.
1.2.-Analizar, valorar y actuar en aquellas situaciones en las que se considere urgente una
intervención de los servicios sociales a través de ayudas de máxima necesidad.
1.3.- Promover la iniciativa social sin ánimo de lucro entre las personas mayores del
municipio, apoyando y coordinando las actividades de la Asociación san Félix.
1.5.- Apoyar iniciativas privadas orientadas a mejorar las condiciones familiares de personas
en riesgo de exclusión.
1.6.- Determinar anualmente e incluir en las bases de las diferentes convocatorias y en los
convenios que se suscriban los contenidos o las áreas de intervención cuyos proyectos se
consideren prioritarios de acuerdo a las necesidades sociales apreciadas.
1.7.-Apoyar iniciativas privadas orientadas a mejorar las condiciones de vida del colectivo de
personas con discapacidad.
1.8.-Impulsar programas formativos potenciando la autonomía personal y habilidades para la
realización de las actividades básicas de la vida diaria.
1.9.-Apoyar el desarrollo de actividades de ocio y tiempo libre fomentando y estrechando las
relaciones sociales al objeto de ampliar sus redes e integración en el entorno.
1.10.- Lograr que, al menos, uno de los vehículos para transporte público de viajeros (taxi) de
los que cuentan con licencia en el municipio de Ortuella sea adaptado.
Plazo de Ejecución:
Convocatorias anuales
Fuentes de financiación:
El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el
plan de actuación y líneas específicas.
Plan de actuación:
El plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica, se realizará mediante la
elaboración de las correspondientes bases de convocatoria y/o convenios de colaboración
específicos para cada una de las siguientes líneas específicas de subvención.
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LÍNEA ESTRATÉGICA Nº 2: COOPERACIÓN AL DESARROLLO/DERECHOS
HUMANOS
Objetivos Estratégicos:
-Cooperar en el desarrollo de los pueblos más desfavorecidos, promoviendo iniciativas que
ayuden a incrementar la sensibilidad de la ciudadanía y contribuir a mejorar sus condiciones
de vida mediante ayudas económicas a proyectos de solidaridad y desarrollo local.
-Apoyar a familiares de personas presas en el acompañamiento de los mismos.
- Colaborar con las asociaciones en la atención a personas presas.
- Fomentar la creación de al menos 1 asociación que se dedique a la acogida de personas
migrantes.
- Contribuir al suministro de alimentos de primera necesidad a familias del propio municipio
de Ortuella, como derecho fundamental.
Objetivos Específicos:
1.1.- Contribuir a que el pueblo de Arreguy (Haiti) siga construyendo sus viviendas básicas y
las mantengan, a pesar de los fenómenos naturales.
1.2.- Atender situaciones de emergencia a través de acciones de ayuda humanitaria a personas
migrantes.
1.3.- Reforzar los vínculos de amistad y cooperación establecidos con la daira de Guelta,
pueblo hermanado con Ortuella, promoviendo todo tipo de acciones de cooperación e
intercambio.
1.4 Colaborar en la creación de un espacio de ocio y fomento de valores para menores en
Medellín (Colombia)
Plazo de Ejecución:
Convocatorias anuales
Fuentes de financiación:
El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el
plan de actuación y líneas específicas.
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Plan de actuación:
El plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica, se realizará mediante la
elaboración de las correspondientes bases de las convocatorias para cada una de sus
respectivas líneas de subvención y tramitación mediante convenios a las entidades que
figuran nominativamente en el presupuesto.
LÍNEA ESTRATÉGICA Nº 3: NORMALIZACIÓN DEL EUSKERA
Objetivo Estratégico:
-Fomentar y apoyar el aprendizaje y el uso del euskera en el municipio extendiendo su
aplicación progresiva en todos los ámbitos.
Objetivos Específicos:
3.1.- Apoyar el estudio y aprendizaje del euskera entre la ciudadanía de Ortuella, coordinando
su normalización con actividades orientadas a normalizar su uso en la vida del municipio a
través de actividades de tiempo libre y culturales.
3.2.- Fomentar el aprendizaje de los sectores más estratégicos desde el punto de vista de la
normalización lingüística: padres y madres del alumnado 0-16 años y el monitorado que
trabaja con la infancia en los ámbitos del ocio y tiempo libre, deporte y entramado cultural,
así como las personas que participan en las juntas directivas de estas entidades.
3.3.- Fomentar el uso del euskera en la población infantil apoyando actuaciones llevadas a
cabo en los colegios valorando el cumplimiento de los objetivos de promoción y uso del
euskera.
Fuentes de financiación:
El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el
plan de actuación y líneas específicas.
Plan de actuación:
El plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica, se realizará mediante la
elaboración de las correspondientes bases de las convocatorias para cada una de sus
respectivas líneas de subvención.
18
LÍNEA ESTRATÉGICA Nº 4: PROMOCIÓN DEL DEPORTE
Objetivo Estratégico:
-Ofrecer al conjunto de la ciudadanía la posibilidad de satisfacer sus demandas deportivas e
incentivar una práctica saludable como medio de mejora de la calidad de vida a través de la
colaboración con entidades y federaciones deportivas.
Objetivos Específicos:
4.1.- Cooperar con las diversas entidades deportivas del municipio, tanto en el desarrollo de
actividades como en la mejora de su funcionamiento.
4.2.- Mejorar la calidad de las instalaciones deportivas cedidas y la participación de la
ciudadanía en las mismas.
4.3.-Fomentar la promoción del deporte federado de las entidades deportivas de base.
4.4.- Promocionar y fomentar el deporte escolar en los centros públicos y privados
concertados a través de las AMPAS
4.4.-Incentivar el desarrollo del deporte en la calle por las entidades deportivas.
Plazo de Ejecución:
Convocatorias anuales
Fuentes de financiación:
El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el
plan de actuación y líneas específicas.
Plan de actuación:
El plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica, se realizará mediante la
elaboración de las correspondientes bases de las convocatorias para cada una de sus
respectivas líneas de subvención y tramitación mediante convenios a las entidades que
figuran nominativamente en el presupuesto.
Concurrencia competitiva y en particular el recogido en cada línea específica.
19
LÍNEA ESTRATÉGICA Nº 5: DINAMIZACIÓN CULTURA Y EDUCACIÓN
Objetivo Estratégico:
Apoyar, difundir y promocionar el tejido cultural del municipio, fomentando las actuaciones
destinadas a la población orientadas a aportar valor cultural al municipio.
Objetivos Específicos:
5.1.- Cooperar con las diversas asociaciones culturales del municipio, tanto en el desarrollo
de actividades como en la mejora del funcionamiento de las mismas.
5.2.- Mejorar la calidad de las instalaciones culturales cedidas y participación de la
ciudadanía en las mismas.
5.3.- Promocionar y fomentar la realización de estudios musicales.
5.4.-Incentivar actividades educativas orientadas a la población infantil fuera de horario
escolar.
5.5.- Fomentar la participación de la juventud y de sus asociaciones en la dinámica
sociocultural del municipio.
5.6.- Celebrar convenios de colaboración para la realización de actividades en materia de
juventud, prevista nominativamente en el presupuesto municipal.
5.7.-Apoyo de la conciliación familiar.
Plazo de Ejecución:
Convocatorias anuales
Fuentes de financiación:
El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el
plan de actuación y líneas específicas.
Plan de actuación:
El plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica, se realizará mediante la
elaboración de las correspondientes bases de las convocatorias para cada una de sus
respectivas líneas de subvención y tramitación mediante convenios a las entidades que
figuran nominativamente en el presupuesto.
20
Concurrencia competitiva y en particular el recogido en cada línea específica.
LÍNEA ESTRATÉGICA Nº 6: PROMOCIÓN ECONÓMICA
Objetivo Estratégico:
Fomentar la actividad económica en el municipio de las pequeñas y medianas empresas.
Objetivos Específicos:
6.1.- Apoyar la creación de nuevas empresas.
6.2.- Dinamizar las actividades del pequeño comercio a través de la Asociación de
Comerciantes.
6.3.-Organizar campañas de fomento del consumo local.
6.4.- Fomento de la actividad colaborativa en iniciativas empresariales.
Plazo de Ejecución:
Convocatorias anuales
Fuentes de financiación:
El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el
plan de actuación y líneas específicas.
Plan de actuación:
El plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica, se realizará mediante la
elaboración de las correspondientes bases de las convocatorias para cada una de sus
respectivas líneas de subvención y tramitación mediante convenios a las entidades que
figuran nominativamente en el presupuesto.
Concurrencia competitiva y en particular el recogido en cada línea específica.
LÍNEA ESTRATÉGICA Nº 7: IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
7.1 PERSONAS MAYORES
Objetivo Estratégico:
21
-Fomentar e impulsar actividades de tiempo libre en la población de las personas mayores del
municipio.
Objetivos específicos:
7.1.1.Conseguir que la asociación de Jubilados, viudas y pensionistas colaboren en la
organización de al menos 6 actividades abiertas a toda la población de personas mayores del
municipio
7.1.2.Coordinar estas actividades con las que organiza la propia asociación para sus socias y
socios.
7.1.3.Mantener la asociación y el grado de actividad en al menos un 75%.
7.2. IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
Objetivo Estratégico:
-Promover la igualdad entre mujeres y hombres mediante el impulso de la participación,
asesoramiento e información de las mujeres en todos los ámbitos, así como la toma de
conciencia de la sociedad en general sobre la igualdad de oportunidades.
Objetivos específicos:
• Colaborar en el mantenimiento de las asociaciones de mujeres existentes
actualmente en el municipio de Ortuella (4) como espacios de relación, de
formación y empoderamiento de las mujeres del municipio.
• Dinamizar y promocionar actividades que contribuyan a mejorar y aumentar la
calidad de vida de las mujeres que pertenezcan a asociaciones de mujeres del
municipio; al menos 1 por año por cada asociación.
• Reforzar las aptitudes y las competencias a través de programas y actuaciones en
materia de igualdad de género; 1 actividad al año para todas las asociaciones.
Plazo de Ejecución:
Convocatorias anuales
Fuentes de financiación:
El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el
plan de actuación y líneas específicas.
Plan de actuación:
El plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica, se realizará mediante la
elaboración de las correspondientes bases de las convocatorias para cada una de sus
22
respectivas líneas de subvención y tramitación mediante convenios a las entidades que
figuran nominativamente en el presupuesto.
Concurrencia competitiva y en particular el recogido en cada línea específica.
LÍNEA ESTRATÉGICA Nº 8: VIVIENDA
Objetivo Estratégico:
Favorecer el acceso a la vivienda de determinados colectivos y mejorar las condiciones de
habitabilidad del parque de viviendas existente.
Objetivos Específicos:
8.1.- Favorecer el acceso a la vivienda de la población joven de Ortuella.
8.2.- Fomentar la realización de obras en edificios de vivienda colectiva que doten al edificio
de accesibilidad total, mejoren la eficiencia energética y/o instalen sistemas de energía
renovable.
Plazo de Ejecución:
Convocatorias anuales
Fuentes de financiación:
El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el
plan de actuación y líneas específicas.
Plan de actuación:
El plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica, se realizará mediante la
elaboración de las correspondientes bases de las convocatorias para cada una de sus
respectivas líneas de subvención, en colaboración con las inmobiliarias y administradores de
fincas implantados en el municipio.
Concurrencia competitiva y en particular el recogido en cada línea específica.
LÍNEA ESTRATÉGICA Nº 9: MEMORIA HISTÓRICA
Objetivo Estratégico:
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Estudiar la incidencia en Ortuella del alzamiento militar fascista de julio de 1936 y sus
consecuencias, la Guerra Civil y los 40 años de Dictadura Franquista, periodo durante el que
se sometió a un régimen de represión y falta de libertades básicas al conjunto de la sociedad,
para hacer posible, entre otras cosas, el reconocimiento de las injusticias cometidas y la
reparación a sus víctimas.
Objetivos Específicos:
9.1.- Divulgar los hechos ocurridos durante la guerra civil y la dictadura franquista, sus
consecuencias, y sensibilizar a la sociedad en relación con los mismos.
9.2.- Reconocimiento de las víctimas dando a conocer los daños causados y realizando actos
de recuerdo, documentando lo ocurrido.
Plazo de Ejecución:
Convocatorias anuales
Fuentes de financiación:
El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el
plan de actuación y líneas específicas.
Plan de actuación:
El plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica, se realizará mediante la
elaboración del correspondiente convenio regulador de la subvención nominativa que se
concederá a la asociación que en Ortuella está desarrollando estos trabajos.
LÍNEA ESTRATÉGICA Nº 10: URBANISMO
Objetivo Estratégico:
Mejorar las condiciones de urbanización de los Polígonos Industriales de Ortuella..
Objetivos Específicos:
10.1.- Colaborar con la propiedad privada en la mejora de las condiciones de urbanización de
los polígonos industriales.
10.2.- Fomentar la creación de entidades estables que actúen como interlocutores con el
Ayuntamiento al objeto de trabajar conjuntamente, adquiriendo compromisos recíprocos, en
la mejora de la urbanización de los polígonos y los servicios que se prestan.
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Plazo de Ejecución:
Convocatorias anuales
Fuentes de financiación:
El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el
plan de actuación y líneas específicas.
Ayudas concedidas por la Diputación Foral de Bizkaia y Gobierno Vasco.
Plan de actuación:
El plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica, se realizará mediante la
elaboración del correspondiente convenio regulador de la subvención nominativa que se
concederá a la asociación o entidad que en cada polígono industrial de Ortuella esté
desarrollando estos trabajos.
Con carácter previo a la adopción del acuerdo se procede a la votación con
el siguiente resultado:
- Votos a favor: 8 (6 EAJ-PNV; 2 PSE-EE).
- Votos en contra: 0
- Abstenciones: 5 (3 Borobil; EH BILDU; IRABAZI)
7º PLAN ANUAL NORMATIVO
Se procede a exponer el presente punto del Orden del Día, teniendo en
cuenta que fue objeto de dictamen en la Comisión de Organización celebrada el
día 20 de Diciembre de 2.018.
El Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo:
SEPTIMO ACUERDO: 1. Aprobar el Plan Anual Normativo para el
Ejercicio 2.019, que es textualmente como sigue:
PLAN NORMATIVO DEL AYUNTAMIENTO DE ORTUELLA PARA EL AÑO
2019
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En virtud de lo estipulado en el artículo 132 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas, anualmente, las Administraciones Públicas harán
público un Plan Normativo que contendrá las iniciativas legales o reglamentarias que vayan a ser
elevadas para su aprobación en el año siguiente. Una vez aprobado, el Plan Anual Normativo se
publicará en el Portal de la Transparencia de la Administración Pública correspondiente.
De este modo la aprobación de dicho Plan Normativo y su posterior publicación en la web
municipal permite a la ciudadanía tener conocimiento de las iniciativas reglamentarias existentes
así como de las que se pretenden llevar a cabo a lo largo del ejercicio, presentándose de este modo
como un instrumento para favorecer la participación ciudadana.
Por lo anterior, se pretende la aprobación de este Plan, en el que se recogen tanto las iniciativas
reglamentarias existentes y que van a ser elevadas para su aprobación en el ejercicio 2019 como
las iniciativas reglamentarias que se pretende promover y elevar en dicho ejercicio 2019.
En todo caso, teniendo en cuenta la iniciativa reglamentaria ciudadana, ha de considerarse que el
listado contenido en este Plan Normativo no es cerrado ni exhaustivo, en el sentido de que pueden
presentarse por la iniciativa ciudadana propuestas no contenidas en el mismo y que se vayan a
desarrollar y aprobar en el próximo ejercicio (tanto respecto a Ordenanzas o Reglamentos como en
lo referente a planeamiento).
Igualmente, ha de destacarse que no se trata de un listado cerrado en la medida en la que los
cambios legislativos y normativos pueden devenir en la necesidad de adaptar la normativa
municipal a otras disposiciones o leyes, circunstancia ésta que no puede ser prevista en el
momento de la aprobación de este Plan.
Con carácter genérico se prevé también revisar las ordenanzas existentes y proceder a su
adaptación a la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, así como (en función del
grado de adaptación a los requerimientos técnicos que dicha norma establece) aprobar una
ordenanza reguladora del procedimiento administrativo, concretando herramientas y
procedimientos.
En aras a estructurar el Plan Normativo, se van a diferenciar tres áreas, que son las que siguen:
1ª Ordenanzas Reguladoras (no fiscales) y Reglamentos.
2ª Ordenanzas Fiscales y normativa presupuestaria.
1ª ORDENANZAS REGULADORAS (NO FISCALES) Y REGLAMENTOS
A. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN
DE LICENCIAS URBANISTICAS
Año de inicio de tramitación:
2019
Objeto de la propuesta:
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Entre otros se persiguen los siguientes objetivos:
▪ Modificar el procedimiento de concesión de las licencias de obra menor.
▪ Con el fin de lograr mejorar la estética del parque de vivienda privado se condicionará la
concesión de licencia para cambios de ventanas, cierres de balcones, cambio de barandillas y
demás obras menores que tengan que ver con elementos de fachada, a que exista un acuerdo
vinculante aprobado por la comunidad de vecinos en el que se marquen las características
estéticas de dichos elementos.
B. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA ACTUACION
MUNICIPAL FRENTE A LA CONTAMINACION ACÚSTICA POR RUIDOS Y
VIBRACIONES
Año de inicio de tramitación:
2019
Objeto de la propuesta:
Se persiguen los siguientes objetivos:
▪ Modificar las unidades de medición con el fin de hacer que la ordenanza sea menos
restrictiva.
▪ Definir los métodos de ensayo y control.
C. ORDENANZA REGULADORA DE LA CONVERSIÓN DE LOCALES
COMERCIALES EN VIVIENDA
Año de inicio de tramitación:
2019
Objeto de la propuesta:
Regular en qué circunstancias y bajo qué condiciones se puede autorizar el uso de vivienda en
locales comerciales.
D. ORDENANZA REGULADORA DE LA TENENCIA DE ANIMALES
Año de inicio de tramitación:
2018
Objeto de la propuesta:
Desarrollar la ordenanza aprobada en el año 2.017 en lo que respecta a los siguientes ámbitos:
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- Puesta en marcha, regulación de los procedimientos de identificación e inspección a
través del ADN.
- Creación, regulación del papel de los voluntarios, control… de las Colonias de Gatos
existentes en el municipio (método CES).
E. ORDENANZA REGULADORA DE LA CESIÓN DE LOCALES MUNICIPALES
Año de inicio de tramitación:
2019
Objeto de la propuesta:
Regular en un mismo texto las cesiones de uso de locales, bien para su cesión temporal (periodos
más largos), bien para su cesión eventual. Contemplando tanto usos privativos como compartidos.
Establecer criterios para la concesión de los locales que permita acceder a todos los solicitantes en
igualdad de oportunidades pero contemplando la incidencia de las actividades que se realicen en el
ámbito municipal.
Establecer los requisitos y condiciones de uso de los locales.
F. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE ACCESO AL
SERVICIO DE GIMNASIA ACUATICA
Año de inicio de tramitación:
2018
Objeto de la propuesta:
Revisar los criterios de acceso al servicio y el procedimiento de concesión de la plaza, bajas y altas
posteriores en el servicio.
G. MODIFICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS POR
REALIZACION DE ESTUDIOS MUSICALES
Año de inicio de tramitación:
2019
Objeto de la propuesta:
Modificar los criterios de concesión de las ayudas, tanto objetivos como subjetivos, y acotarlos.
H. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS A
LOS CENTROS ESCOLARES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE
FOMENTO
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Año de inicio de tramitación:
2019
Objeto de la propuesta:
Se persiguen los siguientes objetivos:
I. REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Año de inicio de tramitación:
2019
Objeto de la propuesta:
Se persiguen los siguientes objetivos:
▪ Revisar y refundir en un único texto las referencias a la participación ciudadana en los
órganos municipales, ámbitos sujetos a procedimientos de participación (ROM),
presupuestos participativos, … y armonizarlo.
▪ Concretar y dar cumplimiento a los aspectos de la Ley de Instituciones Locales de Euskadi
sujetos a desarrollo local.
▪ Fijar criterios para la elaboración del Plan Anual de Participación.
J. BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE
VEHICULOS ADAPTADOS PARA TRANSPORTE PUBLICO DE VIAJEROS
Año de inicio de tramitación:
2019
Objeto de la propuesta:
▪ Fomentar la adquisición de vehículos para traslado de personas con problemas de
movilidad, teniendo en cuenta la carencia de este tipo de transporte en el ámbito comarcal.
K. ORDENANZA DE AMINISTRACION ELECTRÓNICA
Año de inicio de tramitación:
2019
Objeto de la propuesta:
▪ Adaptación a las Leyes 39 y 40/2015, y a las aplicaciones y estructura informática
desarrollada en el ayuntamiento.
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2ª ORDENANZAS FISCALES Y NORMATIVA PRESUPUESTARIA
Dentro de este bloque normativo y más concretamente en lo que respecta a las Ordenanzas
Fiscales, ha de determinarse que se producen con carácter repetitivo todos los ejercicios diversas
iniciativas y cambios normativos, amparados en las siguientes causas:
- Adaptación de las Ordenanzas Fiscales a la normativa de rango superior o sentencias judiciales.
- Aprobación de nuevas Ordenanzas Fiscales reguladoras de nuevas tasas o servicios o
modificación de las Ordenanzas Fiscales existentes en aras a recoger nuevas tasas o precios.
- Modificaciones de los tipos/tarifas de los Impuestos así como modificación de las tasas y precios
públicos, adaptándose al coste de los servicios.
- Modificaciones de los supuestos de exención y de las bonificaciones.
- Modificaciones en los demás aspectos recogidos en las Ordenanzas Fiscales.
En el ejercicio 2.019 se procederá a la adaptación de diversas Ordenanzas Fiscales, bajo las
premisas anteriormente indicadas, para su entrada en vigor antes del 1 de Enero de 2.020.
Con carácter previo a la adopción del acuerdo se procede a la votación con
el siguiente resultado:
- Votos a favor: 8 (6 EAJ-PNV; 2 PSE-EE).
- Votos en contra: 0
- Abstenciones: 4 (3 Borobil; EH BILDU)
8º PLAN ANUAL DE CONTRATOS
Se procede a exponer el presente punto del Orden del Día, teniendo en
cuenta que fue objeto de dictamen en la Comisión de Organización celebrada el
día 20 de Diciembre de 2.018.
El Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo:
OCTAVO ACUERDO: 1. Aprobar el Plan Anual de Contratación para el
Ejercicio 2.019, que es textualmente como sigue:
PLAN DE CONTRATACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE ORTUELLA PARA EL AÑO
2019
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El artículo 28.4 de la Ley de Contratos del Sector Público (Ley 9/2017, de 8 de Noviembre)
impone a todo el sector público la obligación de planificar y publicar su previsión de actividad
contractual anual, al menos para los contratos sometidos a regulación armonizada. Este precepto
dispone que «Las entidades del sector público programarán la actividad de contratación pública,
que desarrollarán en un ejercicio presupuestario o períodos plurianuales y darán a conocer su plan
de contratación anticipadamente mediante un anuncio de información previa previsto en el artículo
134 que al menos recoja aquellos contratos que quedarán sujetos a una regulación armonizada».
A pesar del carácter potestativo del anuncio en relación con las licitaciones que no han de
publicarse en el DOUE, entendemos que ha de acudirse a los principios y objetivos de la Ley
(integridad y estrategia) y realizar una publicación de toda la actividad contractual prevista (siendo
un documento abierto a modificaciones). Se trata de una medida para facilitar la concurrencia de
las pymes y reforzar la transparencia. Además, facilita a los órganos de contratación realizar una
adecuada planificación de su actividad (planificación recomendada insistentemente por los
órganos consultivos y fiscalizadores: informe del Tribunal de Cuentas 1.039, de 26 de junio de
2014; Dictamen núm. 128/2016, de 21 de abril, del Consejo Consultivo de Canarias; IJJCCA de
Cataluña 14/2014, de 22 de julio).
El Plan Anual de Contratación contendrá una relación de contratos, con sus datos básicos: objeto,
precio, duración, fecha estimada de licitación, para que las empresas puedan conocer
anticipadamente los planes de contratación, estar atentos a la convocatoria e irse planificando para
hacer las ofertas. Es un plan indicativo, que no obliga a licitar todos los contratos o a hacerlo con
las condiciones concretas anunciadas.
Teniendo en cuenta lo anterior el Plan Anual de Contratación del Ayuntamiento de Ortuella
para el Ejercicio 2.019 es el siguiente:
Durante el primer trimestre del año 2.019:
- Limpieza de edificios municipales.
- Recogida de animales.
- Suministro de gas y energía eléctrica a los edificios municipales.
- Seguros: RC, Vida, vehículos…
- Infraestructura informática.
- Suministro de desfibriladores.
- Desinfectación, desinsectación y desratización.
- Actuaciones musicales fiestas de San Félix.
Durante el segundo trimestre del año 2.019:
- Suministro de material consumible informático, de librería y papelería.
- Colonias Urbanas 2.019.
- Berbalagun.
- Actividades del centro de Personas Mayores.
- Servicio de conserjería de la OKE.
- Servicio de asesoramiento jurídico.
- Servicio de traducción.
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Durante el cuarto Trimestre del año 2.019:
- Ejecución de las obras de reforma de la Casa Consistorial.
- Parque Infantil de Navidad.
- Actualización del inventario.
Con carácter previo a la adopción del acuerdo se procede a la votación con
el siguiente resultado:
- Votos a favor: 8 (6 EAJ-PNV; 2 PSE-EE).
- Votos en contra: 3 BOROBIL
- Abstenciones: 1 EH BILDU
9º DACION DE CUENTA DE DECRETOS
Se da cuenta de los siguientes Decretos de Alcaldía:
DECRETO.1106.- Adjudicación mejora acceso peatonal entre el Grupo Aiega y Grupo Etxezuri.
DECRETO.1107.- Aprobación solicitud de AES 2018, a JA.M.T.
DECRETO.1108.- Liquidación definitiva ICIO de la C.P. Urioste 34
DECRETO.1109.- Renovación de Licencia de Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos
DECRETO.1110.- Aprobando préstamo de consumo a la trabajadora C.P.C.
DECRETO.1111.- Aprobando préstamo de consumo a la trabajadora AI.T.A.
DECRETO.1112.- Aprobando el gasto y ordenando el pago de facturas incluidas en la relación F/2018/61
DECRETO.1113.- Recurso de revisión contra Decreto de Alcaldía nº 727/16.
DECRETO.1114.- Revisión renta vivienda en Aiega Nº 8-3º B.
DECRETO.1115.- Actualización Rentas 2.018.
DECRETO.1116.- Desestimando recurso contra Recargo en el IBI por vivienda vacía.
DECRETO.1117.- Desestimando recurso contra Recargo en el IBI por vivienda vacía.
32
DECRETO.1118.- Aprobación de la cantidad de 15.342,58€ para la realización de programas de prevención de adicciones y salud en los centros escolares del municipio (Curso 2.018-19)
DECRETO.1119.- Aprobando horas extraordinarias Feria del Deporte.
DECRETO.1120.- Horas extras de los agentes de la Policía Local
DECRETO.1121.- Conceder a J.M.M. con DNI 20.176.311 K Licencia de Obras para instalar un quitamiedos en la cubierta del garaje en Saugal nº 19
DECRETO.1122.- Conceder a J.A.D. con DNI 20.169.719 F en representación de VODAFONE ONO S.A. con CIF A 62186536 Licencia de obras para la canalización de fibra óptica en el antiguo camino de Peñota .
DECRETO.1123.- NULO.
DECRETO.1124.- Desestimar Alegaciones presentadas por C.S.P. con DNI 9.155.336 W respecto al Decreto 834 de fecha 10 de sept. de 2018.
DECRETO.1125.- Obras Menores.
DECRETO.1126.- Orden de Ejecución a Haize-Eder Proyectos Residencial, S.L. para que proceda a la limpieza de un terreno situado en la parte trasera del nº 21 de Avda. del Minero.
DECRETO.1127.- Devolución de oficio de la parte proporcional de IVTM por bajas definitivas
en Octubre. DECRETO.1128.- Renovación de Licencia de Tenencia de Animales Potencialmente
Peligrosos
DECRETO.1129.- Aprobando plan de pago 178
DECRETO.1130.- Diligencia de Embargo de la Jefatura del Servicio de Recaudación de la Diputación Foral de Bizkaia contra el patrimonio del trabajador de este Ayuntamiento DNI nº 22727501M
DECRETO.1131.- Requerimiento de presentación del Certificado de Subsanación de deficiencias detectadas en la ITE realizada al edificio sito en Avda del Minero nº 24
DECRETO.1132.- Requerimiento de presentación del Certificado de Subsanación de deficiencias detectadas en la ITE realizada al edificio sito en Gorbea nº 18.
DECRETO.1133.- Aprobación de expediente de modificación presupuestaria 1/HABILIT03.18.
33
DECRETO.1134.- Sustitución por vacaciones del Conserje del I.E.S. Ortuella
DECRETO.1135.- Nombramiento de trabajador en segunda actividad.
DECRETO.1136.- Aprobación de los pliegos reguladores de la licitación del contrato de servicios “Plan de Ocio”
DECRETO.1137.- Autorización licencia mesas para venta de manualidades Asociación Puppy.
DECRETO.1138.- Concesión Administrativa por un período de 75 años del osario Nº 66
DECRETO.1139.- Concesión Administrativa por un período de 75 años del osario Nº 67
DECRETO.1140.- Aprobación PLAN ANUAL PRODUCTIVIDAD 2018.
DECRETO.1141.- Aprobación PLAN DE DISPOSICIÓN DE FONDOS 2019
DECRETO.1142.- Aprobando ayuda a la trabajadora MA.G.G. para adquisición de gafas.
DECRETO.1143.- Aprobar el gasto y ordenar el pago de facturas incluidas en la relación F/2018/62
DECRETO.1144.- Aprobar cambio de titularidad a herederos por fallecimiento del titular. (escrito nº 4225)
DECRETO.1145.- Aprobar liquidación por trabajos extraordinarios para Inhumación de G.G.U.
DECRETO.1146.- Aprobar anticipo caja fija Octubre 2018
DECRETO.1147.- Desestimando el Plan de pago solicitado por I.H.J. con DNI 20171970G
DECRETO.1148.- Aprobando la Concesión Provisional de las Becas de Música curso 2017-2018
DECRETO.1149.- Anulando procedimiento de apremio y aplicando ingreso no presupuestario del recibo 201807710.
DECRETO.1150.- Aprobar el gasto y ordenar el pago de dietas al personal integrante del Jurado Concurso de ideas edificio Ayuntamiento de Ortuella.
DECRETO.1151.- Aprobando la Concesión Provisional de las Becas de Euskera curso 2017-2018
DECRETO.1152.- Conceder a C.S.D.T. con DNI 30.556.767 W baja de terreno comunal sito en Saugal Parcela nº 45 del Polígono IV.
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DECRETO.1153.- Requerimiento de presentación del Certificado de Subsanación de deficiencias detectadas en la ITE realizada al edificio sito en Urioste nº 8
DECRETO.1154.- Obras Menores
DECRETO.1155.- Conceder a I.B.T. con DNI 20.175.076 M en representación de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE SANTA MARGARITA Nº 2 con CIF H 48686398 Licencia de obras para rehabilitación de la envolvente térmica de las fachadas.
DECRETO.1156.- Requerimiento de presentación del Certificado de Subsanación de deficiencias detectadas en la ITE realizada al edificio sito en Otxartaga nº 27.
DECRETO.1157.- Ayuda por Alquiler Joven a I.B.B. con D.N.I. 45894752-T
DECRETO.1158.- Ayuda por Alquiler Joven a E.C.G. con D.N.I. 45674773-Q
DECRETO.1159.- Desestimando Recurso Contra Plusvalía.
DECRETO.1160.- Desestimando Recurso Contra Plusvalía.
DECRETO.1161.- Desestimando Recurso Contra Plusvalía.
DECRETO.1162.- Desestimando Recurso de Reposición interpuesto por I.U.R con DNI 14.602.376 K en contra de lo dispuesto en el Decreto 499 de 21 de mayo.
DECRETO.1163.- Anulando recibos de terrazas a nombre de J.A.B.G. con DNI 20.169.779-k y generando nuevos
DECRETO.1164.- Ayuda por Alquiler Joven a S.G.R. con D.N.I. Nº 79.113.700-W
DECRETO.1165.- Adjudicación Mejora ambiental Balsas de Granada
DECRETO.1166.- Adjudicación reforma Alumbrado plaza de Otxartaga, soportales y juegos
DECRETO.1167.- Nombramiento de letrado. Pto. Ordinario 235/2018. Demandante: GESTION INTEGRAL DE OBRA CIVIL, S.L.U.
DECRETO.1168.- Emplazamiento a interesados. Pto. Abreviado 235/2018.
DECRETO.1169.- Aprobar expediente Bajas de Oficio 6/2018
DECRETO.1170.- Convocatoria de ayudas para la continuidad de negocio.
DECRETO.1171.- Horas extraordinarias Off Road.
DECRETO.1172.- Concediendo exención en IVTM por discapacidad.
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DECRETO.1173.- Concediendo exención en IVTM por discapacidad.
DECRETO.1174.- Aprobando el gasto y ordenando el pago a la trabajadora M.V.G. de gastos por asistencia a curso.
DECRETO.1175.- Aprobando el gasto y ordenando el pago al trabajadora J.C.N. de gastos por asistencia a curso.
DECRETO.1176.- Aprobando el gasto y ordenando el pago de facturas incluidas en la relación F/2018/64
DECRETO.1177.- Aprobar el gasto y ordenar el pago de liquidaciones de D.F.B. incluidas en la relación F/2018/63
DECRETO.1178.- Requerimiento de presentación del Certificado de Subsanación de deficiencias detectadas en la ITE realizada al edificio sito en San Bernabé nº 9
DECRETO.1179.- Obras Menores
DECRETO.1180.- NULO
DECRETO.1181.- Cambio de titularidad en el Canon de Terrenos Comunales. Bº de Urioste, 42 (San Antón).
DECRETO.1182.- Aprobación pliegos administración electrónica.
DECRETO.1183.- Adjudicación Lotes de Navidad.
DECRETO.1184.- Retirada de perro de la vía pública propiedad de D. M.P.F
DECRETO.1185.- ALTA PARCELA 8 . PARKING OKE.
DECRETO.1186.- BAJA PARCELA 1. Parking de la OKE.
DECRETO.1187.- Renovación Tarjeta de Estacionamiento para personas con discapacidad a favor de A.G.A.
DECRETO.1188.- Concesión Tarjeta de Estacionamiento para personas con discapacidad a favor de MC.B.M.
DECRETO.1189.- Baja en el Catastro y en el Padrón Municipal de viviendas derribadas
DECRETO.1190.- Baja en el Padrón Municipal de viviendas derribadas
DECRETO.1191.- Modificación de uso de vivienda a los efectos del Catastro de Urbana y del Padrón Municipal
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DECRETO.1192.- Adjudicación obra “Entorno Mendialde 12-26-28”.
DECRETO.1193.- ADJUDICACIÓN Gozatuz Familian.
DECRETO.1194.- ADJUDICACION PROGRAMA Domekak Aterpean
DECRETO.1195.- Aprobando el gasto y ordenando el pago al trabajador J.C.N. de gasto por asistencia a curso.
DECRETO.1196.- Aprobando ayuda por adquisición de gafas al trabajador J.I.G.
DECRETO.1197.- Aprobando el gasto y ordenando el pago de 1ª Certificación Liquidación obra “Suministro e instalación de césped artificial y renovación de instalaciones en el campo de fútbol”. Mondo Ibérica.
DECRETO.1198.- Aprobando el gasto y ordenando el pago de facturas incluidas en la relación F/2018/65
DECRETO.1199.- Aprobando horas extraordinarias Euskal jaiak.
DECRETO.1200.- Aprobación AES
DECRETO.1201.- Adjudicación Parque Infantil de Navidad. PIN 2.018.
DECRETO.1202.- Contratos de arrendamiento. ADIF
DECRETO.1203.- Convenio Regulador de Subvención concedida a la Asociación Lurgazte Eskautak.
DECRETO.1204.- Pliego y convoctoria de la licitación del contrato de Tratamiento de Residuos Voluminosos con contratación Desempleados.
DECRETO.1205.- Convenio con Red Eléctrica Española para la financiación de la puesta en valor de la Ferrería de Monte de Peñas Negras.
DECRETO.1206.- Aprobación de modificación presupuetaria 1/TRANSF06.18.
DECRETO.1207.- Segunda actividad de trabajador.
DECRETO.1208.- Contratación de sustitutos en la limpieza municipal.
DECRETO.1209.- Aprobando devolución de aval solicitado por Rakel Rodríguez Lizundia.
DECRETO.1210.- Aprobando devolución de aval solicitado por Saltoki Bizkaia S.A.
DECRETO.1211.- Aprobando el gasto y ordenando el pago al Sr. Alcalde de gastos realizados en el ejercicio de sus funciones.
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DECRETO.1212.- Aprobar el gasto y ordenar el pago de subvención alquiler joven a M.C.G., octubre–noviembre–diciembre 2018
DECRETO.1213.- Aprobar el gasto y ordenar el pago de subvención alquiler joven a L.F.P., octubre–noviembre–diciembre 2018
DECRETO.1214.- Aprobando la Concesión definitiva de las Becas de Música
DECRETO.1215.- Aprobando la Concesión definitiva de las Becas de Euskera
DECRETO.1216.- Aprobando el gasto y ordenando el pago del complemento de productividad a los trabajadores del Ayuntamiento de Ortuella
DECRETO.1217.- Aprobación de convocatoria de subvenciones de concurrencia competitiva 2.019 (Cultura, Educación, Deporte, Igualdad y Fomento de euskera en Centros Escolares)
DECRETO.1218.- Aprobación de Anticipo de Caja Fija de Noviembre 2018
DECRETO.1219.- Horas extras Policía Local noviembre
DECRETO.1220.- Archivo de expediente sancionador
DECRETO.1221.- Archivo de expediente sancionador
DECRETO.1222.- Denegando devolución de aval solicitado por Poolsport Soluciones S.L.
DECRETO.1223.- Aprobando el gasto y ordenando el pago de facturas incluidas en la relación F/2018/XX
DECRETO.1224.- Aprobando devolución importe pagado indebidamente a 13.601.460-T N.C.F.
DECRETO.1225.- Aprobando anulación recibo 201800281, anulación de Unidad Fiscal Vado 61 y devolución importe a J.F.S.P., con DNI 14584999D.
DECRETO.1226.- Aprobando concesión provisional subvenciones empresas para contratación de desempleados.
DECRETO.1227.- Requerir documentación y Girar tasa por 66,30 m2
DECRETO.1228.- Informe favorable de Apertura, girar tasa por 1526,60 m2
DECRETO.1229.- Decretar aprobar el Plan de Seguridad y Salud Obra de “Mejora del Acceso entre el Grupo Aiega y Etxezuri”
DECRETO.1230.- Orden de Desmontaje y retirada de Andamiaje de fachada, al observarse paralización y abandono de obra en los trabajos de Colocación de
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Aislamiento de fachadas que se realizaban en el Edificio de la comunidad de propietarios de Avenida del Minero nº 24 con CIF: H-48822167.
DECRETO.1231.- Aprobando programa de navidad de diciembre de 2018.
DECRETO.1232.- Aprobando ayuda para adquisición de gafas a la trabajadora S.D.R.
DECRETO.1233.- Actualización Rentas viviendas alquiler municipal
DECRETO.1234.- Revisión Renta vivienda alquiler municipal
DECRETO.1235.- Alta en el Padrón Municipal de Habitantes en lonja
DECRETO.1236.- ALTA - PARCELA 7 . OKE.
DECRETO.1237.- NULO
DECRETO.1238.- Aprobando el pago de la subvención nominativa LURGAZTE ESKATUAK.
DECRETO.1239.- NULO.
DECRETO.1240.- Aprobando la cancelación del Plan de Pago 170
DECRETO.1241.- Obras Menores
DECRETO.1242.- Concesión Tarjeta de Estacionamiento para personas con discapacidad a favor de S.R.M.
DECRETO.1243.- Concesión Tarjeta de Estacionamiento para personas con discapacidad a favor de MC.P.A.
DECRETO.1244.- Plan de Pago nº 180
DECRETO.1245.- Plan de Pago nº 181
DECRETO.1246.- Aprobando concesión provisional de ayudas de continuidad de negocio.
DECRETO.1247.- NULO.
DECRETO.1248.- Aprobación de modificación presupuestaria 1/TRANSF07.18.
DECRETO.1249.- Modificación del Decreto 1224/2017
Se producen las siguientes intervenciones:
Del Sr. Arroita (EH BILDU):
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- En relación con un decreto en que se deniega un plan de pagos por no
acreditar ingresos, considerándose además que la falta de liquidez puede
no ser transitoria. Entiende que se debiera estudiar de otra manera.
- En relación con el Decreto 1.249, por el que se modifica el decreto de
adquisición de unos terrenos en La Ralera.
- En relación con el Decreto 1136, por el que se aprueban los pliegos
reguladores de la licitación del Plan de Ocio. Considera que no se han
incluido cláusulas sociales.
- En relación con el Decreto 1204, por el que se licita el servicio de recogida
de residuos voluminosos, que sí recoge cláusulas sociales, al objeto de
destacarlo.
- Llama la atención sobre los diversos decretos de aprobación de facturas
respecto de los que hay reparo por no existir contrato.
Del sr. González Leanizbarrutia (BOROBIL):
- En relación con el Decreto 1151, de aprobación provisional de concesiones
al estudio del euskera, con reparo de intervención.
Del sr. Docampo (BOROBIL):
- Comenta que hay decretos de aprobación de modificaciones
presupuestarias respecto de los que no se da cuenta en la comisión.
- En relación con el decreto de aprobación del Plan de Disposición de
Fondos, respecto del que no se ha dado cuenta en la comisión.
10º RUEGOS Y PREGUNTAS
Del Sr. Arroita (EH BILDU):
- Se queja del trato inadecuado que se da al euskera en actos organizados
por el Ayuntamiento (árbol de la ilusión) y en otros organizados con la
colaboración municipal (sorteo del genio, organizado por la asociación de
comerciantes). Comenta que en el festival de magia no se ha hecho el
esfuerzo de contratar a magos euskaldunes (contestándose por la concejal
responsable que sí).
Del Sr. Iriondo (BOROBIL):
- Respecto a una determinada actividad (sorteo del genio)en la información
que se ha remitido no se informaba adecuadamente de las actividades
programadas y estaba mal la hora, además coincidía con otra actividad.
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Del Sr. González Leanizbarrutia (BOROBIL):
- Respecto al derribo de la casa nº 20 del Barrio de La Ralera se dijo en su
momento que se adquiría para instalar un parque infantil y ahora se dice
que se va a derribar pero no se dice para qué.
Del Sr. Docampo (BOROBIL):
- Denuncia que en las redes sociales en la página del ayuntamiento se
publican cuestiones que son más propias del equipo de gobierno. Critica el
uso que se hace de ellas.
Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las veintidós horas treinta y
cinco minutos del día de la fecha, se levanta la sesión de la que se extiende la
presente acta y de todo ello como Secretario doy fe.
Vº Bº
EL ALCALDE EL SECRETARIO