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1 ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO CELEBRADA EL DIA 30 DE MAYO DE 2013 En la Villa de Torre-Pacheco, provincia de Murcia, siendo las veinte horas y veintisiete minutos del día treinta de mayo de dos mil trece, se reunieron los señores anotados al margen, bajo la presidencia del Sr. Alcalde y con asistencia del Sr. Interventor y de la Sra. Secretaria General de la Corporación. Esta sesión ordinaria se celebró en el Salón de Sesiones de la Nueva Casa Consistorial, situada en el Paseo de Villa Esperanza, número 5, de esta localidad. El Sr. Alcalde pidió disculpas por el retraso con el que se daba comienzo la sesión. También excusaron su falta de asistencia a la sesión Dña. Encarnación Navarro Iniesta (del Grupo Municipal del Partido Popular) y D. José Andrés López Buendía (del Grupo Municipal del Partido Socialista). El objeto de la reunión fue celebrar sesión ordinaria del Ayuntamiento Pleno con arreglo al siguiente ORDEN DEL DÍA 1º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN DE 4 DE ABRIL DE 2013. En primer lugar, el Sr. Alcalde sometió a votación el borrador del acta Asistencia: Alcalde-Presidente: D. Daniel García Madrid Tenientes de Alcalde: D. Antonio Madrid Izquierdo Dª Mª Dolores Valcárcel Jiménez D. Santiago Meroño León Dª. Araceli Martínez Roca Dª Concepción Sánchez Pérez Concejales: Dª. Ana Martínez Martínez Dª Juana María Madrid Saura D. Isidro Vivancos Ros D. Ricardo Martínez Meroño Dª Josefa Marín Otón D. Francisco J. Rosique Martínez D. Fernando C. Vera Albaladejo D. Timoteo Buendía Azorín Dª. Margarita Gabarrón Pérez Dª Rosalía Rosique García D. Antonio León Garre Dª Inmaculada C. Martínez Sánchez D. Francisco R. Martínez Meroño Interventor: D. Miguel Pérez Martínez Secretaria: Mª Dolores Bermejo López-Matencio

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ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO

CELEBRADA EL DIA 30 DE MAYO DE 2013

En la Villa de Torre-Pacheco, provincia de

Murcia, siendo las veinte horas y veintisiete

minutos del día treinta de mayo de dos mil

trece, se reunieron los señores anotados al

margen, bajo la presidencia del Sr. Alcalde

y con asistencia del Sr. Interventor y de la

Sra. Secretaria General de la Corporación.

Esta sesión ordinaria se celebró en el Salón

de Sesiones de la Nueva Casa Consistorial,

situada en el Paseo de Villa Esperanza,

número 5, de esta localidad.

El Sr. Alcalde pidió disculpas por el retraso

con el que se daba comienzo la sesión.

También excusaron su falta de asistencia a

la sesión Dña. Encarnación Navarro Iniesta

(del Grupo Municipal del Partido Popular)

y D. José Andrés López Buendía (del

Grupo Municipal del Partido Socialista).

El objeto de la reunión fue celebrar sesión

ordinaria del Ayuntamiento Pleno con

arreglo al siguiente

ORDEN DEL DÍA

1º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL

ACTA DE LA SESIÓN DE 4 DE ABRIL

DE 2013.

En primer lugar, el Sr. Alcalde sometió a

votación el borrador del acta

Asistencia:

Alcalde-Presidente:

D. Daniel García Madrid

Tenientes de Alcalde:

D. Antonio Madrid Izquierdo

Dª Mª Dolores Valcárcel Jiménez

D. Santiago Meroño León

Dª. Araceli Martínez Roca

Dª Concepción Sánchez Pérez

Concejales:

Dª. Ana Martínez Martínez

Dª Juana María Madrid Saura

D. Isidro Vivancos Ros

D. Ricardo Martínez Meroño

Dª Josefa Marín Otón

D. Francisco J. Rosique Martínez

D. Fernando C. Vera Albaladejo

D. Timoteo Buendía Azorín

Dª. Margarita Gabarrón Pérez

Dª Rosalía Rosique García

D. Antonio León Garre

Dª Inmaculada C. Martínez Sánchez

D. Francisco R. Martínez Meroño

Interventor:

D. Miguel Pérez Martínez

Secretaria:

Mª Dolores Bermejo López-Matencio

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correspondiente a la sesión plenaria celebrada, con carácter ordinario, el día 4 de abril

de 2013.

Y por unanimidad de los señores y señoras concejales presentes en esta sesión

(diecinueve de los veintiuno que conforman la Corporación), se acordó aprobar en todos

sus extremos la redacción del acta anteriormente citada.

2º.- DACIÓN DE CUENTA DE LOSDECRETOS DEL MES DE ABRIL DE 2013,

DEL Nº 398 AL 557.

Acto seguido, el Sr. Alcalde procedió a dar cuenta de las Resoluciones dictadas por la

Alcaldía y por las Concejalías Delegadas de Área durante el mes de abril de 2013, que

comprenden los números del 398 al 557 del año en curso.

Como en anteriores ocasiones, el Sr. Alcalde recordó que los documentos de los que se

daba cuenta en este punto, estaban a disposición de los señores y señoras concejales que

quisieran consultarlos, en las dependencias de la Secretaría General del Ayuntamiento.

Y el Ayuntamiento Pleno quedó enterado de lo anteriormente expuesto.

3º.- DACIÓN DE CUENTA DE LA CONCEJALÍA DE EDUCACIÓN,

FORMACIÓN, PARTICIPACIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA,

CONVIVENCIA Y CIUDADANÍA, SOBRE LAS NUEVAS ADSCRIPCIONES

DE CENTROS DOCENTES DEL MUNICIPIO, AL PROGRAMA COLEGIOS

BILINGÜES DE LA REGIÓN DE MURCIA, A LA OBTENCIÓN DEL NIVEL 2

DE LA ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS.

El Sr. Alcalde cedió la palabra a Dña. Ana Martínez Martínez, Concejal Delegada de

Educación, quien procedió a dar lectura al texto que se transcribe a continuación:

“Ana Martínez Martínez, Concejala Delegada de los Servicios de Educación,

Formación, Participación y Atención Ciudadana, Convivencia y Ciudadanía, expone al

Pleno, la siguiente:

DACIÓN DE CUENTA

La Educación en el municipio de Torre Pacheco, es una de las grandes apuestas del

Ayuntamiento, a la que viene destinando numerosos Recursos Económicos y Humanos;

La Educación y la Formación en su más amplio abanico, Reglada o no Reglada,

constituye el presente y el futuro de nuestro municipio. Desde la Concejalía de

Educación se colabora, se apoya, y se anima a nuestros Centros Educativos en

Proyectos que beneficien a los alumnos y contribuyan a su formación y desarrollo. La

Comunicación entre los Centros y el Ayuntamiento, y entre éste y la Consejería es

fluida y constante.

Uno de estos Proyectos que viene desarrollando la Consejería de Educación para los

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Centros Docentes de Educación Infantil y Primaria, es el "Programa Colegios Bilingües

de la Región de Murcia". Para el curso escolar 2013/2014, según la Resolución del 14

de mayo de 2013, de la Consejería de Educación, Torre Pacheco, va a contar con dos

nuevos Colegios adscritos a este Programa: el Colegio Hernández Ardieta de Roldán y

el Colegio Nuestra Señora de los Dolores, de Dolores de Pacheco. Con estos dos

Centros, ya son seis los Colegios Bilingües de Torre Pacheco.

Por otro lado La Escuela Oficial de Idiomas de Torre Pacheco, ha conseguido para el

Próximo curso 2013/2014 el Nivel Avanzado 2. Con este Nivel se completa todo el

ciclo de la Escuela Oficial de Idiomas que son seis cursos, permitiendo la Titulación

completa que equivale al B2. Lo que supone un gran logro, porque los alumnos no van a

tener que desplazarse a otras Escuelas para finalizar la Titulación.

Todo esto va a permitir que los ciudadanos de Torre Pacheco, tanto en los Colegios de

Primaria, como en la Escuela. Oficial de Idiomas tengan la oportunidad de adquirir una

segunda lengua, en este caso la inglesa, tan necesaria en la sociedad global que hoy

vivimos, dotando a nuestros habitantes de mejores oportunidades, sin tener que

desplazarse de nuestro propio municipio.

En Atención a todo 10 expuesto, se da cuenta al Pleno Municipal, de la adscripción al

Programa Colegios Bilingües de la Región de Murcia, para el curso 2013/2014, del

Colegio Hernández Ardieta de Roldán y del Colegio de Nuestra Señora de los Dolores,

de Dolores de Pacheco; así como también de la obtención del Nivel Avanzado 2 de la

Escuela Oficial de Idiomas de Torre Pacheco, completando los seis cursos de la

Formación de las Escuelas Oficiales de Idiomas.

Torre Pacheco a 21 de mayo de 2013”

De este asunto se dio cuenta a la Comisión Informativa de Asuntos Generales en sesión

celebrada el día 27 de mayo de 2013.

Y el Ayuntamiento Pleno quedó enterado de lo anteriormente expuesto.

4º.- DACIÓN DE CUENTA DEL PROGRAMA “EL ESTIRÓN”.

El Sr. Alcalde cedió la palabra a Dña. Josefa Marín Otón, quien procedió a dar lectura,

al texto que se transcribe a continuación:

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“Josefa Marín Otón, Concejal Delegada de de los Servicios de Vía Pública, Obras y

Servicios Municipales, Mantenimiento de Edificios Públicos Municipales, Parques y

Jardines, al Pleno del Ayuntamiento, tienen el honor de elevar la siguiente

DACIÓN DE CUENTA DEL PROYECTO DESAYUNOS SALUDABLES

La obesidad se considera una epidemia de nuestro tiempo, con independencia de la

edad. Un estudio de la Fundación Dieta Mediterránea situaba a Murcia, tras Canarias y

Andalucía, como la tercera región con más obesidad. El informe “Obesidad en la

Región de Murcia” del Colegio de Farmacéuticos, estima en un 33% la tasa de obesidad

en nuestro municipio. En el caso de la población infantil, la prevalencia de obesidad se

ha triplicado en los últimos 15 años. En nuestro municipio, en el reciente estudio

realizado por la Universidad de Murcia referido a población infantil, la prevalencia de

sobrepeso es del 13,2% (frente al 20,6% regional) y la de obesidad del 18,1% (frente al

11,4% regional), lo que muestra que en Torre Pacheco la prevalencia de obesidad

infantil es un 58% superior a la registrada en la Región de Murcia.

La Concejalía de Sanidad, consciente de este problema de salud pública, en 2007 inició,

entre otros, el proyecto ‘Desayuno Saludable’ como una actividad dirigida a la

promoción de la salud y en concreto a la prevención de la obesidad infantil.

Los objetivos del proyecto son los siguientes:

• Enseñar a los niños cómo debe ser un adecuado desayuno así como los alimentos

que deben estar incluidos en el mismo.

• Ofrecer a los padres pautas para la adquisición o modificación de hábitos

relacionados con la alimentación y el ejercicio físico.

• Concienciar a los padres de los beneficios que una alimentación saludable tiene

para sus hijos, poniendo en evidencia las consecuencias de una inadecuada dieta.

• Desmontar creencias erróneas y otras dudas que puedan tener los padres en

cuanto a la alimentación de sus hijos.

• Enseñar las claves más importantes para llevar una vida saludable desde un

enfoque práctico y experimental, con la finalidad de que adquieran

conocimientos y motivación para mejorar su alimentación y aumentar la

realización de ejercicio físico en su vida diaria.

Los detalles técnicos del proyecto son los siguientes:

• Difusión: Se oferta el proyecto a los centros educativos del municipio. Se les

envía una carta dirigida a las familias invitándoles a participar en la jornada, a

esta carta se acompaña un folleto informativo en el que se incluye la

información necesaria para enseñar los hábitos de alimentación a los más

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pequeños. Asímismo se hace referencia a la importancia del desayuno para el

rendimiento escolar, se incluye un plan semanal de desayunos para el alumno y

se ofrecen una serie de recomendaciones para una alimentación saludable. Todo

esto se acompaña de cartelería, programas y cuñas de radio.

• Objeto: Desayuno saludable ofrecido a los alumnos de 1º de primaria del

municipio, junto a sus madres y padres. Posteriormente se invita a les invita a

una sesión formativa sobre alimentación y práctica de ejercicio físico.

• Implantación: 2007 hasta la fecha.

• Subvencionado parcialmente por la CARM hasta 2010.

• Población diana: Padres y madres de niños/as de 1º de primaria.

• Lugar de la actividad: Colegios con servicio de comedor.

• Centros que han participado:

o CEIP Nª Sra del Rosario

o CEIP San Antonio

o CEIP Fontes

o CEIP Virgen del Pasico 1

o CEIP Virgen del Pasico II

o CEIP Garre Alpañez

o CEIP Alba

o CEIP San Cayetano (cuando disponía de servicio de comedor)

• Desarrollo de la actividad: Para el desarrollo de la actividad se viene contando

con la colaboración de la asociación de diabéticos SODITOR que ha tenido una

implicación directa con la Concejalía de Sanidad en el desarrollo de este

proyecto desde sus inicios. Dicha colaboración quedó consolidada en el año

2010 mediante la firma de un convenio de colaboración entre el IMSAS y

SODITOR.

• Financiación: 2000 euros (referido a 2012).

El desarrollo del proyecto es el siguiente:

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El día acordado, a las 9 de la mañana tiene lugar el desayuno, compuesto por cereales,

leche, frutas, tostadas de tomate, aceite de oliva, etc. En este desayuno participan los

escolares junto a las madres y padres que lo deseen.

Tras el desayuno los niños vuelven a sus clases y los padres son invitados a participar en

una charla sobre nutrición en la que se informa de los beneficios de una alimentación

saludable y especialmente de la importancia del desayuno.

Además, durante el año 2011, contamos con la colaboración de un técnico del Patronato

Municipal de Deportes que informó a los participantes de los beneficios de practicar

ejercicio físico a estas edades y de las actividades deportivas que se ofertan desde el

Ayuntamiento de Torre Pacheco y de los diferentes clubes deportivos existentes en la

zona.

También se les informa sobre el libro de recetas saludables “Sabor a Salud. Recetas que

cuidan de ti”, editado por el Ayuntamiento de Torre Pacheco y publicado en su web,

como un apoyo a la alimentación familiar saludable.

El pasado 12 de abril, el Estirón (de Antena 3) reconoció con su Sello el proyecto

“Desayunos Saludables” del municipio de Torre Pacheco, porque (y leo textualmente)

“busca fomentar la alimentación saludable, incentivar la práctica de ejercicio físico y

evitar patologías asociadas a la obesidad infantil. También, proporciona a los padres

herramientas que les permiten educar a sus hijos en la adquisición de hábitos de

alimentación saludables”.

Este consolidado proyecto tiene una alta aceptación en los centros educativos del

municipio, de la que aquí se da cuenta. Hasta 2012 se han beneficiado de esta iniciativa

municipal 3.062 alumnos, 816 madres y 326 padres.

No obstante, el Ayuntamiento de Torre-Pacheco Pleno, con su superior criterio,

acordará aquello que estime más conveniente.

Torre-Pacheco, 27 de mayo de 2013.- La Concejala Delegada, Josefa Marín Otón”

Seguidamente, la Sra. Marín Otón explicó que este plan había surgido con el objetivo de

conseguir financiación para el proyecto denominado “Fontes Infantil”, consistente en la

instalación, en los aledaños del Centro Cívico de Torre-Pacheco, de un parque dotado

de elementos que fomenten el ejercicio físico entre los niños, como medida de lucha

contra la obesidad infantil. Dicha financiación podría venir de la empresa de

comunicación Antena 3 que, con su programa “El Estirón”, está destinando fondos a

proyectos como el que aquí se pretende llevar a cabo.

De este asunto se dio cuenta a la Comisión Informativa de Asuntos Generales en sesión

celebrada el día 27 de mayo de 2013.

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Y el Ayuntamiento Pleno quedó enterado de lo anteriormente expuesto.

5º.- PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA DE URBANISMO SOBRE

DENOMINACIÓN DE CALLES EN SAN CAYETANO.

El Sr. Alcalde cedió la palabra a D. Santiago Meroño León, Concejal Delegado del Área

de Urbanismo y Medio Ambiente, para que, como ponente de la misma, procediera a

dar lectura a la propuesta que a continuación se transcribe:

“D. Santiago Meroño León, Concejal Delegado del Área de Urbanismo, Medio

Ambiente, y de los Servicios de Planificación Urbana, Infraestructuras, Transportes y

Vivienda, al pleno tienen el honor de elevar la siguiente:

PROPUESTA

1.- Examinado el viario del núcleo urbano de San Cayetano, se detecta que Lugar Los

Roses, se encuentra incluido en el casco urbano de San Cayetano. En el mismo existen

habitantes empadronados y para evitarles molestias innecesarias se propone el cambio

de denominación de Lugar por Calle Los Roses.

2.- Examinado el viario del núcleo urbano de San Cayetano, se detecta que la

calificación Carlos Arniches, al día de la fecha se encuentra sin sitio dentro del casco

urbano de San Cayetano. En el mismo existen dos ubicaciones sin nombre por lo que se

propone que una de las dos calles existentes sin denominación pase a llamarse Calle

Carlos Arniches.

La citada propuesta ha sido informada favorablemente por el Arquitecto Técnico

municipal y por el Servicio de Estadística.

Y por todo lo expuesto, el Concejal Delegado del Área de Urbanismo y Medio

Ambiente, propone la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: La Calle N° 1, del plano adjunto, se pase a denominar Calle Los Roses, ya

que el acceso a la vivienda se realiza a través de este vial.

SEGUNDO: Proponer como emplazamiento de la Calle Carlos Arniches, las

ubicaciones especificadas en el plano adjunto, como Calle N° 2 o Calle N° 3.

No obstante, el Ayuntamiento Pleno, con su superior criterio, acordará lo que estime

más oportuno.

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Torre-Pacheco, a 8 de mayo de 2013.”

A continuación, el Sr. Meroño León añadió que denominando como Calle Los Roses a

lo que actualmente se denomina Lugar Los Roses, se evitaba molestias a los vecinos. Y

en segundo lugar propuso que fuera la calle señalada en el plano adjunto al expediente

con nº 2, que es perpendicular a la Calle los Roses, la que fuera denominada Calle

Carlos Arniches.

Los portavoces de todos los grupos políticos representados en el Pleno mostraron su

acuerdo con la propuesta.

Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos

Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.

Y el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los miembros presentes (diecinueve de los

veintiuno que componen la Corporación), acordó adoptar los siguientes acuerdos:

PRIMERO: Denominar Calle Los Roses a la calle señalada en el plano obrante en el

expediente como Calle nº 1, y que se corresponde con actual denominación de “Lugar

Los Roses”.

SEGUNDO: Denominar Calle Carlos Arniches el vial señalado en el plano obrante en el

expediente como Calle N° 2, y que es perpendicular a la anteriormente denominada

Calle Los Roses.

6º.- PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA DE PATRIMONIO SOBRE

CONCESIÓN DE DOMINIO PÚBLICO DE LAS ANTIGUAS ESCUELAS DE

ROLDÁN A LA PARROQUIA DE “SAN JOSÉ” (OBISPADO DE

CARTAGENA).

El Sr. Alcalde cedió la palabra a la ponente de esta propuesta, cuyo texto se transcribe

íntegramente a continuación:

“MARIA DOLORES VALCARCEL JIMÉNEZ, Concejala delegada del Área de

Patrimonio del Ayuntamiento de Torre-Pacheco, a la Corporación Plenaria, para su

debate y aprobación, si procede, tiene el honor de elevar la siguiente

P R O P O S I C I Ó N

Por Providencia de incoación de esta Concejalía, de fecha 6 de mayo de 2013, se

resolvió iniciar los trámites oportunos a los efectos de determinar el procedimiento

administrativo a seguir para la cesión del uso del inmueble de titularidad municipal

situado en la pedanía de Roldán utilizado, hasta la fecha, por las Hermanas Misioneras

de la Sagrada Familia; todo ello a petición de D. Antonio Martínez Sánchez, párroco de

la Iglesia de “San José” de Roldán mediante un escrito de fecha 3 de mayo de 2013, en

el que expone el gran interés de la parroquia en la utilización del citado local para el

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desarrollo de su labor social y humanitaria a los vecinos de Roldán y entre otros fines, la

realización en las instalaciones solicitadas de las catequesis, almacén de alimentos y

ropa, lugar de acogimiento a los necesitados, así como uso por la Hermandad de los

Caballeros de San José para sus actividades solidarias.

Vistos los Informes Jurídicos favorables obrantes en el expediente tanto de Secretaría

General como de Intervención en el que se concluye que queda acreditado por el

párroco de la Iglesia, que es una iglesia legalmente reconocida, pues así se desprende

del art. 137 de la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, apartado b.

Considerando que dicho uso requiere concesión administrativa, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 78 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aunque,

según establece el artículo 93 de la LPAP, podrá acordarse el otorgamiento directo.

Visto que en el informe de Secretaría, quedan patentes las razones de oportunidad (fines

de interés público que redunden en beneficio de la comunidad), por su condición de

iglesia sin ánimo de lucro, que viene realizando una labor social a los vecinos de la

pedanía, mediante la distribución de alimentos, impartición de catequesis y apoyo

humanitario, entre otras.

Resultando que el Ayuntamiento de Torre Pacheco es propietario de un bien demanial,

destinado a servicio público, antiguas escuelas y viviendas de maestros en Roldán,

parcela de 1.135 m2, (320 m2 construidos), figurando en el Inventario de Bienes,

Derechos de este Ayuntamiento como bien demanial, destinado a servicio público,

valorado en 13.273’14 €. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Torre-Pacheco,

Libro 240, folio 246, finca nº 16.203.

En atención a lo expuesto al Ayuntamiento Pleno se propone la adopción de los

siguientes

A C U E R D O S

Primero.- Ceder gratuitamente y libre de cargas, gravámenes y arrendamientos al

Obispado de Cartagena, el bien demanial, destinado a servicio público, antiguas

escuelas y viviendas de maestros en Roldán, parcela de 1.135 m2, (320 m2 construidos),

Segundo.- Señalar que en el expediente obran los informes jurídicos favorables

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correspondientes.

Tercero.- Determinar que esta cesión gratuita estará sujeta a las condiciones establecidas

en el Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Torre-Pacheco y el Obispado

de Cartagena:

- La finca cedida deberá ser destinada al uso que se señala, durante diez años,

prorrogables por otros diez, a solicitud del interesado. Transcurrido el plazo máximo

de la concesión el inmueble revertirá automáticamente a la administración cedente.

- Así mismo, el Ayuntamiento de Torre-Pacheco tiene la facultad de dejar sin efecto

la concesión antes del vencimiento, si lo justificaren circunstancias sobrevenidas de

interés público, revocando unilateralmente la concesión, sin derecho a indemnización

alguna.

Cuarto.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente o, en su caso, a la Concejalía que tenga

delegadas las atribuciones en materia de patrimonio (Decreto de Alcaldía de 13-06-11),

para la firma de cuanta documentación sea necesaria para la plena eficacia del presente

acuerdo.

Quinto.- Hacer constar en el Inventario Municipal de Bienes las modificaciones a que

den lugar los presentes acuerdos.

No obstante el Pleno, con su superior criterio, adoptará la resolución que estime más

oportuna.

Torre-Pacheco, 24 de mayo de 2013.”

A continuación se transcriben también los informes de Secretaría e Intervención que

obran en el expediente:

“INFORME DE SECRETARÍA

ASUNTO: Cesión de Inmueble de titularidad Municipal

La funcionaria que suscribe, en relación con el asunto arriba enunciado, y en virtud de

la providencia de Incoación de fecha 3 de mayo de 2013 de la Concejala delegada de

Patrimonio, tiene a bien INFORMAR:

PRIMERO. El régimen de bienes de las entidades locales se regirá:

a) Por la legislación básica del Estado en materia de Régimen Local. (LBRL 7/1985, de

2 de abril).

b) Por la legislación básica del Estado reguladora del régimen jurídico de los bienes de

las Administraciones Públicas. (LPAP 33/2003, de 3 de noviembre)

c) Por la legislación que en el ámbito de sus competencias dicten las Comunidades

Autónomas.

d) En defecto de la legislación a que se refieren los apartados anteriores, por la

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legislación estatal no básica en materia de Régimen Local y bienes públicos.(RBEL,

RD1372/1986, de 13 de junio)

e) Por las Ordenanzas propias de cada entidad.

f) Supletoriamente por las restantes normas de los ordenamientos jurídicos,

administrativo y civil

SEGUNDO. El inmueble solicitado tiene naturaleza de Bien Demanial de Servicio

público, según el Inventario de Bienes del Ayuntamiento, antiguas escuelas y 2

viviendas de maestros en Roldán. Parcela de 1.190m2, con valor de inventario de

13.273,14€.

TERCERO. Son bienes de servicio público los destinados directamente al

cumplimiento de fines públicos de responsabilidad de las Entidades Locales, tales como

Casas Consistoriales, Palacios Provinciales y, en general, edificios que sean de las

mismas, mataderos, mercados, lonjas, hospitales, hospicios, museos, montes

catalogados, escuelas, cementerios, elementos de transporte, piscinas y campos de

deporte, y, en general, cualesquiera otros bienes directamente destinados a la prestación

de servicios públicos o administrativos.

CUARTO. Nos encontramos ante una solicitud de uso privativo anormal de un bien

de dominio público. Considerando el artículo 75.2 del Reglamento de Bienes de las

Entidades Locales como "uso privativo" el constituido por la ocupación de una porción

del dominio público, de modo que limite o excluya la utilización por los demás

interesados y por "uso anormal" el que no fuere conforme con el destino principal del

dominio público a que afecte.

QUINTO. Dicho uso requiere concesión administrativa, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 78 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. No

obstante, de conformidad con el artículo 93 de la LPAP, básico, se establece que podrá

acordarse el otorgamiento directo en los supuestos previstos en el artículo 137.4 de esta

ley, cuando se den circunstancias excepcionales, debidamente justificadas, o en otros

supuestos establecidos en las leyes.

Así el artículo 137.4 de la LPAP establece que: Se podrá acordar la adjudicación

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directa en los siguientes supuestos:

b) Cuando el adquirente sea una entidad sin ánimo de lucro, declarada de utilidad

pública, o una iglesia, confesión o comunidad religiosa legalmente reconocida.

SEXTO. En ningún caso podrá otorgarse concesión por tiempo indefinido. El plazo de

duración máximo de las concesiones será de noventa y nueve años, a no ser que por la

normativa especial se señale otro menor. El artículo 93.3 de LPAP establece plazo

máximo de duración de concesiones, incluidas las prorrogas en 75 años.

SÉPTIMO. Sin perjuicio de los demás extremos que puedan incluir las condiciones

generales o particulares, el acuerdo de autorización de uso de bienes y derechos

demaniales incluirá, al menos, los extremos regulados en el artículo 92.7 de la LPAP,

así como artículo 80 del RBEL.

OCTAVO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 93.2 de LPAP, cualquiera

que haya sido el procedimiento seguido para la adjudicación, una vez otorgada la

concesión deberá procederse a su formalización en documento administrativo. Este

documento será título suficiente para inscribir la concesión en el Registro de la

Propiedad.

NOVENO. El órgano competente es el Pleno de la Corporación por mayoría absoluta,

de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47.2 j) de LBRL, y DA 2ª del Real

Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto

refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Es todo cuanto cumple informar a la funcionaria que suscribe, salvo mejor criterio

fundado en derecho. En Torre Pacheco, a 6 de mayo de 2013.

La Secretaria General.- Mª Dolores Bermejo López-Matencio.”

“INFORME DE INTERVENCION

Visto el expediente que se tramita, para la cesión de uso de inmueble de titularidad

municipal, situado en Roldan, destinado a servicio público, antiguas escuelas y

viviendas de maestros. Parcela de 1.135 m2 (320 m2 construidos), valorada según

inventario, en 13.273,14 €.

Por esta Intervención se emite el siguiente

INFORME

1°. Que el Presupuesto del Ayuntamiento de Torre Pacheco se encuentra aprobado

definitivamente para el ejercicio 2013.

2°. Que los recursos ordinarios del Presupuesto (Capítulos 1° a 5°), asciende a la

cantidad de 30.695.857,58 €.

Por todo lo anterior, y a los efectos de lo previsto en el art. 89 del Reglamento de Bienes

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de las Entidades Locales, el valor del inmueble que se tramita la cesión de uso al

Obispado de la Diócesis de Cartagena, NO supera el 10% de los recursos ordinarios del

Presupuesto de 2013

Torre-Pacheco, a 17 de mayo de 2.013.- El Interventor, Miguel Pérez Martínez”

Abierto, por el Sr. Alcalde, el turno de intervenciones, comenzó el portavoz del Grupo

Municipal de Izquierda Unida-Verdes, D. Francisco Ramón Martínez Meroño, aseguró

no tener nada en contra de la Iglesia Católica, pero no estaba de acuerdo en ceder unos

locales municipales para que en ellos se imparta una creencia religiosa. Dijo que de

hacerse así, también habría que ceder locales a otras confesiones religiosas que lo

solicitaran. En cuanto al uso de estos locales como almacén de ropa y alimentos para

personas necesitadas, también aseguró no tener nada en contra, pero mostró su

preferencia por que estas labores se realizaran desde los Servicios Sociales. Del mismo

modo, en referencia otro de los usos planteados, el de reuniones y actividades de la

Hermandad de Caballeros de San José, aseguró que eran muchas las asociaciones y

colectivos culturales, sociales o deportivos que no contaban con local propio, por lo que

propuso que se ciñeran al uso puntual de locales municipales mediante su reserva para

eventos concretos. El Sr. Martínez Meroño destacó especialmente la celeridad con que

se estaba tramitando este expediente, iniciado a partir de una solicitud presentada el día

3 de mayo de 2013, sobre todo si se comparaba con casos como el de la asociación

“Murcia Acoge” para la que él mismo había solicitado la cesión de un local municipal

en la sesión plenaria de 28 de junio de 2012 y que a día de la fecha no tenía constancia

de que se le hubiese concedido.

Por todo lo expuesto anteriormente, su voto sería contrario a la propuesta.

En nombre del Grupo Popular del Partido Independiente intervino Dña. Inmaculada C.

Martínez Sánchez, quien aseguró que le parecía acertada la propuesta realizada desde la

parroquia de Roldán, puesto que, de atenderse la solicitud, el edificio estará destinado a

funciones asociativas y a labores sociales, como es el caso de Caritas, de la cual destacó

la importante labor social que estaba llevando a cabo, especialmente en estos tiempos de

crisis y cuyo dispensario en los salones parroquiales se había quedado pequeño.

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D. Fernando Vera Albaladejo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista, dijo

que su grupo no entendía la necesidad de tener que firmar un acuerdo con el Obispado

para el uso de este local, sobre todo cuando hay locales municipales infrautilizados,

cuyo uso se puede reservar de manera puntual. También expresó sus dudas sobre quién

asumiría los costes de mantenimiento del edificio. Por otro lado, consideró que la

aprobación de la propuesta supondría un agravio comparativo con otras confesiones

religiosas. Por todo ello el voto de su grupo sería desfavorable.

D. Antonio Madrid Izquierdo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular,

afirmó que si bien era cierto que existen otras confesiones religiosas, la mayoritaria en

el pueblo de Roldán era la católica, con una gran demanda de espacio para la catequesis,

así como para Caritas, de la cual destacó su función social y aseguró que no sólo atiende

a católicos, sino que ayuda a cualquier persona que lo necesite. Por todo expuesto, el

voto de su grupo sería favorable a la propuesta.

El Sr. Alcalde aclaró que el convenio con el Obispado deja perfectamente claros los

compromisos que asumía cada cual, y que los gastos de mantenimiento corren por

cuenta de la parroquia. En cuanto al agravio comparativo con otras confesiones, aseguró

que la católica era la confesión claramente mayoritaria, y aún mayor su reflejo en la

sociedad. Destacó la función social desarrollada por Caritas, de la que dijo, como lo

había hecho anteriormente el portavoz popular, que atiende a las necesidades de las

personas, sin preguntar por su origen o religión.

Sólo hizo uso del turno de réplica el Sr. Martínez Meroño, quien se reafirmó en sus

argumentos anteriormente expuestos, aunque reconoció la importante labor social

llevada a cabo por Caritas.

Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos

Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.

Sometido el asunto a votación, se obtuvieron los siguientes resultados:

VOTARON A FAVOR los señores y señoras: García Madrid, Madrid Izquierdo,

Valcárcel Jiménez, Meroño León, Martínez Roca, Martínez Martínez, Sánchez Pérez,

Madrid Saura, Vivancos Ros, Martínez Meroño, Marín Otón, Rosique Martínez,

Rosique García, León Garre y Martínez Sánchez. En total QUINCE VOTOS

AFIRMATIVOS.

VOTARON EN CONTRA los señores y señoras: Vera Albaladejo, Buendía Azorín,

Gabarrón Pérez y Martínez Meroño. En total CUATRO VOTOS NEGATIVOS.

Y el Ayuntamiento Pleno, por quince votos a favor y cuatro en contra, acordó aprobar

en todos sus extremos la propuesta presentada por la Sra. Concejal Delegada del Área

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de Hacienda, Presupuestos y Promoción Económica, relativa a la concesión de las

antiguas escuelas de Roldán a la Parroquia de San José, en los términos expuestos ut

supra.

7º.- MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE TAXIS.

El Sr. Alcalde cedió la palabra a D. Santiago Meroño León, Concejal Delegado del Área

de Urbanismo y Medio Ambiente.

A continuación se transcribe la propuesta del Sr. Meroño León que obra en el

expediente:

“PROPUESTA DEL CONCEJAL DELEGADO

Visto el expediente de referencia Varios de la Sección de Asuntos Generales nº 74/12V,

que se tramita en este Ayuntamiento para la modificación del Reglamento Municipal del

Servicio Público de Transporte de Viajeros en Automóviles Ligeros del Ayuntamiento

de Torre-Pacheco, del que resultan los siguientes

ANTECEDENTES

PRIMERO.- Por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno, adoptado en sesión celebrada con

carácter ordinario el día 28 de julio de 2011, se aprobó definitivamente Reglamento

Municipal del Servicio Público de Transporte de Viajeros en Automóviles Ligeros del

Ayuntamiento de Torre-Pacheco, cuyo texto íntegro se publicó en el Boletín Oficial de

la Región de Murcia nº 182 de 9 de agosto de 2011.

SEGUNDO.- El 23 de marzo de 2012, D. Luis Torres Tello, en representación de la

Asociación Radio Taxi de Torre-Pacheco, presentó en el Registro General del

Ayuntamiento (RGE nº 2713), queja sobre le comportamiento de algunos de los

titulares de licencias de auto-taxi del municipio.

TERCERO.- El 13 de julio de 2012, por los Servicios de la Policía Local, se emitió

informe de inspección realizada a las licencias de autotaxi municipales (que obra en el

expediente), poniendo de manifiesto ciertas deficiencias. Asimismo, consta en el

expediente informe emitido por los mismos servicios de la Policía Local, al respecto de

varias quejas presentadas por algunos de los titulares de las licencias.

CUARTO.- Solicitado a la Sección de Asuntos Generales informe acerca de la

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posibilidad de modificar el vigente Reglamento Municipal del Servicio Público de

Transporte de Viajeros en Automóviles Ligeros del Ayuntamiento de Torre-Pacheco,

con el fin de intentar solventar los inconvenientes puestos de manifiesto por los propios

titulares de las licencias y por la Policía Local, el mismo se emitió el día 26 de

noviembre de 2012, con el siguiente tenor literal:

“A petición verbal del sr. Concejal Delegado del Área de Urbanismo y Medio

Ambiente, en relación con la posible modificación del vigente Reglamento

Municipal del Servicio Público de Transporte de Viajeros/as en Automóviles

Ligeros, y como consecuencia de la documentación aportada por la Policía Local

de Torre-Pacheco que obra en el expediente, se puede informar:

Primero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del Real Decreto

Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido

de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL), en

relación con el artículo 22.2,d) de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las

Bases del Régimen Local (LBRL), así como del artículo 50.3 del Real Decreto

2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales

(ROF), la competencia para aprobar la modificación de las ordenanzas

municipales corresponde al Pleno de la Corporación, una vez cumplimentados

los trámites a que se refiere el artículo 49 LBRL.

Esta competencia es indelegable (art. 22.4 LBRL y 51 ROF), y para su ejercicio

debe seguirse el preceptivo procedimiento, que supone aprobación inicial por

mayoría simple del Pleno (art. 47 LBRL y 99 ROF), trámite de audiencia por un

mínimo de 30 días, para presentación de alegaciones y sugerencias, y aprobación

definitiva por mayoría simple del Pleno, no siendo preceptivo el informe previo

de la Secretaría General (art. 54 TRRL y art. 3 del Real Decreto 1174/1987, de

18 de septiembre, por el que se regula el Régimen jurídico de los Funcionarios

de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional). No obstante,

de no presentarse alegación o sugerencia alguna, se entenderá elevado a

definitivo el acuerdo inicial de aprobación. Finalmente, procederá la publicación

íntegra del texto aprobado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, para su

público conocimiento y entrada en vigor (art. 70.2 LBRL), que no se producirá

hasta que hayan transcurrido, al menos, 15 días hábiles desde su publicación.

Segundo.- El artículo 10,s), así como el artículo 15 de la vigente ordenanza

reguladora del servicio de transporte urbano de viajeros en automóviles ligeros,

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disponen que los vehículos que presten el referido servicio deberán ir provistos

de un distintivo consistente en la rotulación de las puertas delanteras con una

banda roja que se tipifica en al licencia municipal y permiso de conducción. No

obstante, la ordenanza no especifica las medidas ni el diseño gráfico de este

distintivo, y como consecuencia de la falta de determinación de estos detalles,

algunos profesionales del taxi han manifestado no poder dar cumplimiento a lo

ordenado al respecto. Convendría, por tanto, encargar a los servicios técnicos

municipales la elaboración del diseño, con especificación de las medidas

correspondientes, y su inclusión como anexo a la ordenanza, añadiendo en el

texto de los artículos 10,s) y 15,párrafo 1º, una referencia a dicho anexo, de

manera que:

- Donde dice:

o “s) Los autotaxis, deberán llevar en sus puertas delanteras las

bandas tipificadas en la “Licencia municipal y el Permiso Municipal

de Conducción”.

o “Artículo 15. Rasgos distintivos y elementos identificativos. Los

vehículos automóviles adscritos al servicio de autotaxi en el ámbito

de aplicación de este Reglamento serán de color blanco, en cuyas

puertas delanteras de izquierda a derecha, llevaran la franja de

color rojo que se tipifica en la licencia y permiso municipal del

ayuntamiento.”

- Diga:

o “s) Los autotaxis, deberán llevar en sus puertas delanteras las

bandas tipificadas en la Licencia municipal y el Permiso Municipal

de Conducción, de conformidad con el modelo detallado en el anexo

II de la presente ordenanza”.

o “Artículo 15. Rasgos distintivos y elementos identificativos. Los

vehículos automóviles adscritos al servicio de autotaxi en el ámbito

de aplicación de este Reglamento serán de color blanco, en cuyas

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puertas delanteras de izquierda a derecha, llevaran la franja de

color rojo que se tipifica en la licencia y permiso municipal del

ayuntamiento, de conformidad con el modelo detallado en el anexo

II de la presente ordenanza.”

Tercero.- En cuanto a la homologación de los recibos, convendría incluir en el

artículo 34.2 de la ordenanza una habilitación para la aprobación del oportuno

modelo por la Alcaldía, de manera que:

- Donde dice: “2.- Los conductores/as de los vehículos vendrán obligados a

extender un recibo por el importe del servicio cuando lo soliciten los

usuarios/as. Dicho recibo deberá ajustarse al modelo oficial homologado

por la Corporación.”

- Diga: “2.- Los conductores/as de los vehículos vendrán obligados a extender

un recibo por el importe del servicio cuando lo soliciten los usuarios/as.

Dicho recibo deberá ajustarse al modelo oficial homologado por la

Corporación, que se aprobará por la Alcaldía-Presidencia, a propuesta del

concejal delegado del servicio. ”

Cuarto.- En cuanto a la determinación del cuadrante de descanso semanal, ya el

artículo 49.2 de la ordenanza prevé que se aprobará dicho cuadrante por la

Alcaldía, a propuesta del concejal delegado del servicio.

Quinto.- En cuanto a la implantación de un servicio de atención las 24 horas, de

considerarse oportuno por la Corporación, procedería establecer su

obligatoriedad en el artículo 50 de la ordenanza, incluyendo en el mismo un

segundo párrafo adicional que diga:

“En concreto, el Ayuntamiento podrá establecer un cuadrante de servicio 24

horas, aprobado por la Alcaldía-Presidencia, a propuesta del concejal delegado

del servicio, mediante el que se regule la disponibilidad de al menos un

profesional del taxi a cualquier hora del día y cualquier día del año.”

Es cuanto se puede informar. No obstante, V.S., con su superior criterio, decidirá

lo que considere más oportuno.”

QUINTO.- Consta en el expediente informe emitido por los Servicios Técnicos

Municipales, de fecha 14 de enero de 2013, mediante el que se aporta un nuevo diseño

para las bandas identificativas que deben portar los vehículos que presten en servicio de

auto-taxi.

SEXTO.- Concedida audiencia a los profesionales del taxi del municipio de Torre-

Pacheco, éstos han manifestado su disconformidad con el diseño de las bandas

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identificativas de los vehículos, así como con la prestación de servicio las 24 horas, y

solicitan la inclusión de un plazo de adaptación a los nuevos modelos homogeneizados

de recibos.

En consecuencia, con base en lo expuesto, se propone al Pleno de la Corporación que, si

lo estima conveniente, adopte el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar inicialmente la modificación del vigente Reglamento Municipal del

Servicio Público de Transporte de Viajeros en Automóviles Ligeros del Ayuntamiento

de Torre-Pacheco, en el sentido de que:

A) Con respecto al artículo 10,s)

- Donde dice: “s) Los autotaxis, deberán llevar en sus puertas delanteras las

bandas tipificadas en la “Licencia municipal y el Permiso Municipal de

Conducción”.

- Debe decir: “s) Los autotaxis, deberán llevar en sus puertas delanteras las

bandas tipificadas en la Licencia municipal y el Permiso Municipal de

Conducción, de conformidad con el modelo detallado en el anexo II de la

presente ordenanza”.

B) Con respecto al artículo 15,párrafo 1º

- Donde dice: “Artículo 15. Rasgos distintivos y elementos identificativos. Los

vehículos automóviles adscritos al servicio de autotaxi en el ámbito de

aplicación de este Reglamento serán de color blanco, en cuyas puertas

delanteras de izquierda a derecha, llevaran la franja de color rojo que se

tipifica en la licencia y permiso municipal del ayuntamiento.”

- Debe decir: “Artículo 15. Rasgos distintivos y elementos identificativos. Los

vehículos automóviles adscritos al servicio de autotaxi en el ámbito de

aplicación de este Reglamento serán de color blanco, en cuyas puertas

delanteras de izquierda a derecha, llevaran la franja de color rojo que se

tipifica en la licencia y permiso municipal del ayuntamiento, de

conformidad con el modelo detallado en el anexo II de la presente

ordenanza.”

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C) Con respecto al artículo 34.2:

- Donde dice: “2.- Los conductores/as de los vehículos vendrán obligados a

extender un recibo por el importe del servicio cuando lo soliciten los

usuarios/as. Dicho recibo deberá ajustarse al modelo oficial homologado

por la Corporación.”

- Debe decir: “2.- Los conductores/as de los vehículos vendrán obligados a

extender un recibo por el importe del servicio cuando lo soliciten los

usuarios/as. Dicho recibo deberá ajustarse al modelo oficial homologado

por la Corporación, que se aprobará por la Alcaldía-Presidencia, a

propuesta del concejal delegado del servicio.”

D) Incluir en el artículo 50 del Reglamento, un segundo párrafo con el siguiente

tenor literal: “En concreto, el Ayuntamiento podrá establecer un cuadrante de

servicio 24 horas, aprobado por la Alcaldía-Presidencia, a propuesta del concejal

delegado del servicio, mediante el que se regule la disponibilidad de al menos un

profesional del taxi a cualquier hora del día y cualquier día del año.”

E) Modificar el Anexo al Reglamento, sustituyéndolo por el modelo diseñado

por los Servicios Técnicos Municipales, según informe de 14 de enero de 2013,

que obra en el expediente de Asuntos Generales de referencia 74/12V.

F) Añadir la siguiente “Disposición Transitoria: El modelo homologado de

recibo a que se refiere el artículo 34.2 de la presente ordenanza, será de

obligada utilización a partir del día 1 de enero de 2014. Hasta entonces, podrán

utilizarse también los ya existentes.”

Segundo.- Someter el expediente a trámite de audiencia, mediante su publicación en el

Boletín oficial de la Región de Murcia, por un plazo de 30 días, para presentación de

alegaciones y sugerencias.

Tercero.- Declarar expresamente que, de no presentarse alegación o sugerencia alguna,

se entenderá elevado a definitivo el acuerdo inicial de aprobación.

Cuarto.- Facultar al Concejal Delegado del Área de Urbanismo y Medio Ambiente para

cuanto requiera el cumplimiento de lo acordado.

Torre-Pacheco, 17 de mayo de 2.013.- El Concejal Delegado del Área de Urbanismo y

Medio Ambiente, Santiago Meroño León.”

El Sr. Meroño León explicó que se trataba de modificar el Reglamento Municipal del

Servicio Público de Transporte de Viajeros en Automóviles Ligeros, aprobado el 28 de

julio de 2011, en aras de atender las reclamaciones presentadas por alguna de las

asociaciones de taxistas, así como aclarar algunas cuestiones que no estaban

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suficientemente precisadas en el texto del reglamento.

En el expediente también obra informe jurídico, el cual está insertado en el propio texto

de la propuesta

Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos

Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.

Y tras un breve intercambio de impresiones entre los portavoces, en el que se destacó la

importancia de asegurar el servicio 24 horas, el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de

los miembros presentes (diecinueve de los veintiuno que componen la Corporación),

acordó aprobar la propuesta de modificación del Reglamento Municipal del Servicio

Público de Transporte de Viajeros en Automóviles Ligeros, en los términos expuestos

en la propuesta anteriormente transcrita.

8º.- APROBACIÓN INICIAL DE LA IMPOSICIÓN Y ORDENACIÓN DE LA

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA SOBRE

TRATAMIENTO Y VERTIDO DE RESIDUOS SÓLIDOS.

El Sr. Alcalde cedió la palabra a Dña. Mª Dolores Valcárcel Jiménez, Concejal

Delegada del Área de Hacienda, Presupuestos y Promoción Económica, quien procedió

a dar lectura a la propuesta que se transcribe a continuación:

“Las tasas aparecen recogidas como un recurso de las Haciendas Locales, en general, y

la Ley los configura como recursos comunes a la mayor parte de las Entidades Locales.

Esta categoría financiera se regula de forma integral en el Título I Capítulo III del Rd.

Leg 2/2004, de 5 de marzo, TRLRHL, y más concretamente en los artículos 20 a 27.

Las tasas son tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o

aprovechamiento especial del dominio público local, así como por la prestación de

servicios públicos o la realización de actividades administrativas de competencia local

que se refieran beneficien o afecten de modo particular a los sujetos pasivos,

exigiéndose en este último supuesto que se produzca alguna de las circunstancias

siguientes:

� Que no sean de solicitud o recepción voluntaria para los administrados. A estos

efectos no se considera voluntaria la solicitud o la recepción por parte de los

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interesados:

1. Cuando venga impuesta por disposiciones legales o reglamentarias.

2. Cuando los bienes, servicios o actividades requeridos sean imprescindibles

para la vida privada o social del solicitante.

� Que no se presten o realicen por el sector privado, esté o no establecida su

reserva a favor del sector público conforme a la normativa vigente.

Se entenderá que la actividad administrativa o servicio afecta o se refiere al sujeto

pasivo, cuando haya sido motivada directa o indirectamente por el mismo, en razón de

que sus actuaciones u omisiones obliguen a las entidades locales a realizar de oficio

actividades o a prestar servicios por razones de seguridad, de abastecimiento de la

población o de orden urbanístico, o cualesquiera otras.

La nueva redacción del artículo 20 del RD Leg. 2/2004 TRLRHL, introduce dos

apartados más, en los que siguiendo los criterios marcados por las S.T.C 185/1995 del

Tribunal Constitucional, efectúa una relación de supuestos que podrán ser gravados

mediante tasas; bien porque suponen la utilización privativa o aprovechamiento especial

del dominio público local (apartado 3º), bien porque son supuestos de prestación de

servicios o de realización de actividades administrativas de competencia local (apartado

4º). Ambos listados no aparecen numerados como numerus clausus.

Importe de las Tasas. Límites:

1.- Tasas por la prestación de un servicio o por la realización de una actividad.

El importe estimado para este tipo de tasas, base imponible global de la tasa, se

establecerá respetando los siguientes límites.

a) MÁXIMO: No podrá exceder, en su conjunto, del coste real o previsible del

servicio o actividad de que se trate, o en su defecto del valor de la prestación

recibida. Para la determinación de dicho COSTE se tomarán en consideración:

• Los gastos directos e indirectos que contribuyen a la formación del coste total

del servicio o de la actividad, incluso los de carácter financiero, amortización

del inmovilizado y los generales que sean de aplicación, no sufragados por

contribuciones especiales, todo ello con independencia del presupuesto con

cargo al cual se satisfagan o del organismo que los soporte.

• Y en su caso, los gastos necesarios para garantizar el mantenimiento y un

desarrollo razonable del servicio o actividad; debiéndose calcular con arreglo al

presupuesto y proyecto aprobado por el órgano competente.

b) MÍNIMO: RDL 2/2004 dispone en su artículo 24, que las Tasas tenderán a cubrir

el coste del servicio o de la actividad que constituya su hecho imponible.

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Actualmente la Prestación del Servicio de Tratamiento de Residuos Sólidos se presta

mediante concesionario, no obstante, la propuesta de imposición y establecimiento de

esta Tasa entrará en vigor a partir de su publicación integra en el BORM.

Por todo lo anterior, y previo los trámites e informes oportunos se someterá a la

consideración del Pleno de la Corporación, el siguiente acuerdo:

1. La imposición y ordenación de la Tasa Fiscal Reguladora por la Prestación del

Servicio de Tratamiento de Residuos Sólidos.

Torre-Pacheco, a 16 de abril de 2.013.- La Concejal Delegada del Área de Hacienda,

Presupuestos y Promoción Económica, María Dolores Valcárcel Jiménez.”

Tras la lectura de su propuesta, la Sra. Valcárcel Jiménez explicó que se trataba de la

aprobación de una ordenanza fiscal nueva que regule la prestación del servicio de

tratamiento de residuos sólidos en la planta municipal de tratamiento de residuos

ubicada en el paraje de La Maraña.

A continuación se transcribe el texto íntegro de la ordenanza y el informe de

intervención que obra en el expediente:

“ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL

SERVICIO DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS

Articulo 1.-HECHO IMPONIBLE

Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación por el Ayuntamiento del

servicio público de residuos sólidos en la planta de tratamiento municipal ubicada en el

paraje La Maraña, Balsicas.

Articulo 2.- SUJETO PASIVO

Son sujetos pasivos de esta Tasa, en concepto de contribuyentes las personas físicas y

jurídicas y las Entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003 de 17 de

diciembre, General Tributaria, que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por el

Servicio que origina el devengo de esta Tasa.

Así son los sujetos pasivos de este tributo aquellas personas naturales o jurídicas titulares

de establecimientos comerciales o industriales, almacenes, dependencias o locales del

término, así como las empresas privadas que efectúen recogida de basuras en zonas o

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instalaciones que radiquen en el término municipal y en las que el Excmo. Ayuntamiento

no tengan establecido el servicio de recogida de basuras; y la obligación de contribuir

viene determinada por la obligatoriedad de trasladar y depositar los residuos en la planta

de tratamiento municipal, salvo para aquellos en que existan vertederos debidamente

autorizados por el Ayuntamiento y que cumplan con las condiciones higiénico-sanitarias

y de otra índole legalmente establecidas.

Artículo 3.- RESPONSABLES

Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas

físicas y jurídicas a que se refieren los artículos 41 y 42 de la Ley 58/2003 de 17 de

diciembre, General Tributaria.

Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los síndicos,

intervenciones o liquidaciones de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general,

en los supuestos y con alcance que señala el artículo 43 de la Ley 58/2003 de 17 de

diciembre, General Tributaria.

Artículo 4.- EXENCIONES, REDUCIONES Y BONIFICACIONES

No podrán reconocerse otros beneficiarios fiscales que los expresamente previstos en las

normas con rango de Ley o los derivados de la aplicación de Tratados Internacionales, de

acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de

marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Ley Reguladora de las Haciendas

Locales.

Quedan exentos de pago de la tasa regulada en la presente ordenanza:

1. Los entes públicos que procedan al tratamiento de basuras de sus centros o

dependencias.

2. Las Instituciones de carácter benéfico o benéfico-docente

Artículo 5.- CUOTA TRIBUTARIA

El importe estimado de esta tasa, no excede, en su conjunto del coste previsible de este

Servicio, para cuya determinación se han tenido en cuenta los informes técnico-

económicos a que hace referencia el artículo 25 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5

de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de Ley Reguladora de las Haciendas

Locales.

La cuota tributaria se establece en relación con la unidad de peso (expresada en toneladas,

o fracción) de las vertidas en la planta de tratamiento.

La cuantía a exigir por esta Tasa es la siguiente:

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TIPOS DE RESIDUOS PRECIO

SIN IVA/TM

RESIDUOS METÁLICOS 0,00 € EQUIPOS DESECHADOS DISTINTOS DE LOS ESPECIFICADOS EN LOS CÓDIGOS 16 02 09 A 16 02 13.

32,00 €

EQUIPOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS DESECHADOS DISTINTOS DE LOS ESPECIFICADOS EN LOS CÓDIGOS 20 01 21, 20 01 23, Y 20 01 35.

32,00 €

COMPONENTES RETIRADOS DE EQUIPOS DESECHADOS, DISTINTOS DE LOS ESPECIFICADOS EN EL CÓDIGO 16 02 15

32,00 €

PILAS ALCALINAS (EXCEPTO EL CÓDIGO 16 06 03) 32,00 € OTRAS PILAS Y ACUMULADORES 32,00 € BATERIAS Y ACUMULADORES DISTINTOS DE LOS ESPECIFICADOS EN EL CÓDIGO 20 01 33

32,00 €

NEUMATICOS FUERA DE USO. 45,00 € ABSORBENTES, MATERIALES DE FILTRACIÓN, TRAPOS DE LIMPIEZA Y ROPAS PROTECTORES DISTINTOS DE LOS ESPECIFICADOS EN EL CÓDIGO 15 02 02

12,00 €

TEJIDOS Y ROPA 12,00 € PELICULAS Y PAPEL FOTOGRAFICO QUE CONTIENEN PLATA O COMPUESTOS DE PLATA

25,00 €

PELICULAS Y PAPEL FOTOGRAFICO QUE NO CONTIENEN PLATA NI COMPUESTOS DE PLATA

25,00 €

CAMARAS DE UN SOLO USO SIN PILAS NI ACUMULADORES 25,00 € CAMARAS DE UN SOLO USO CON PILAS O ACUMULADORES DISTINTAS DE LAS ESPECIFICADAS EN EL CODIGO 09 01 11

25,00 €

LODOS DE FOSAS SEPTICAS 23,00 € MEDICAMENTOS DISTINTOS DE LOS ESPECIFICADOS EN EL 12 02 07

0,00 €

FRACCION RESTO DE RESIDUOS DOMESTICOS Y SIMILARES 37,00 € ENVASES LIGEROS 25,00 € VOLUMINOSOS Y MADERAS 39,00 € VIDRIOS, PAPEL/CARTON, CAJAS DE PLASTICO Y OTROS PLATICOS

0,00 €

OTRAS MEZCLAS DE RESIDUOS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y SIMILARES A DOMESTICOS

33,00 €

MANTAS TERMICAS GRANEL 25,00 € BANDEJAS DE POLIEXPAN 50,00 € MANTAS TERMICAS BALAS. 10,00 € ACEITES VEGETALES USADOS 0,00 € ACEITES MINERALES USADOS 0,00 €

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RESTOS DE PODA 15,00 € OTROS RESIDUOS PELIGROSOS AUTORIZADOS EN LA PLANTA 55,00 €

Artículo 6.- DEVENGO

Esta tasa se devengará cuando se inicie la prestación del servicio.

Artículo 7.- GESTIÓN, LIQUIDACIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN.

La gestión, liquidación, inspección y recaudación de esta Tasa se realizará de acuerdo con

lo prevenido en la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria.”

“INFORME DE INTEVENCION

Quien suscribe, de conformidad con lo expresado por la Concejal Delegada del Área de

Hacienda, Presupuestos y Promoción Económica en su propuesta, y de los previsto en

los artículos 54 y 163 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en

materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de

abril, tiene el deber de informar:

Se formula propuesta de la imposición y ordenación de la Ordenanza fiscal reguladora

de la siguiente Tasa:

- Tasa Fiscal Reguladora por la Prestación del Servicio de Tratamiento de Residuos

Sólidos

La legislación aplicable viene contenida esencialmente en las siguientes disposiciones:

- Artículo 22.2, letras d) y e), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las

Bases de Régimen Local.

- Artículos 15 a 19, 20 a 27, 41 a 47 y 59 a 103 del texto refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo

2/2004, de 5 de marzo.

La imposición propuesta de las tasas municipales se encuentra dentro de los límites

establecidos en el TRLRHL.

Examinados los proyectos de nueva redacción de los preceptos de las Ordenanza fiscal

afectada por la modificación, el informe técnico-económico obrante en el expediente de

fecha 21 de abril de 2013, en los que se pone de manifiesto que las cuotas tributarias de

las tasas, cuya modificación se propone, se adecuan a los actuales costes económicos de

los servicios públicos y actividades administrativas de competencia local, y los demás

antecedentes obrantes en el expediente, y verificada su adecuación a la legislación

aplicable,

Se informa favorablemente el expediente y se estima adecuado a la legalidad el acuerdo

propuesto, toda vez que están justificadas las modificaciones propuestas y lo tramitado

en el expediente se adecua a lo previsto en la sección 2.ª del capítulo III del título I del

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texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real

Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, sobre imposición y ordenación de tributos

locales.

Corresponde al Pleno la aprobación del acuerdo propuesto, de acuerdo con el siguiente

procedimiento:

1.º- Aprobación provisional, siendo necesario el voto favorable de la mayoría simple de

los miembros presentes.

2.º- Exposición pública del acuerdo, por término de treinta días, mediante edicto que ha

de publicarse en el tablón de anuncios y en el “Boletín Oficial de la Comunidad

Autónoma”, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las

reclamaciones que estimen oportunas.

3.º- Aprobación definitiva por el Pleno, resolviendo reclamaciones y aprobando la

redacción definitiva de las Ordenanzas, igualmente con el voto favorable de la mayoría

simple de los miembros presentes. No obstante, en el caso de que no se hubieran

presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta

entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.

4.º- Publicación del acuerdo definitivo a que se refiere el apartado anterior, incluyendo

los provisionales elevados automáticamente a tal categoría, y del texto íntegro de la

Ordenanza fiscal, en el “Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma”, para su vigencia

y posibilidad de su impugnación jurisdiccional.

Torre-Pacheco, a 22 de abril de 2013.-El Interventor”

D. Francisco Ramón Martínez Meroño, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda

Unida-Verdes, expresó su molestia por el retraso en la presentación de esta ordenanza y

preguntó sobre el criterio seguido a la hora de cobrar a los usuarios de este servicio que

llevaba funcionando hacía algún tiempo sin contar con ordenanza fiscal que lo regulara.

Aseguró que, tras pedir por escrito información sobre el control municipal del

funcionamiento del Centro de Gestión de Residuos, no se les había aportado nada, por

lo que planteó sus dudas sobre la efectividad de la aplicación de una tasa sobre un

servicio del que se desconoce si la mercantil concesionaria está cumpliendo el pliego de

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condiciones técnicas. Citó algunos de los servicios exigidos en el pliego de condiciones

y aseguró que no se había aportado información alguna sobre su funcionamiento. Por

todo lo expuesto, solicitó que se dejara el asunto sobre la mesa hasta una nueva sesión

plenaria en la que se contara con mayor información. De lo contrario, anunció que su

voto sería negativo.

El Sr. Alcalde aclaró que la propuesta no se refería al cumplimiento del pliego de

condiciones por parte de la empresa concesionaria, sino a la aprobación de una

ordenanza que cuenta con todos los informes preceptivos y que por tanto no se iba a

dejar sobre la mesa.

Dña. Rosalía Rosique García, portavoz del Grupo Municipal del Partido Independiente,

aseguró que el Centro de Gestión de Residuos se inauguró en 2007 y no entró en

funcionamiento hasta 2012, cuando se concede su gestión a una empresa privada que

lleva más de un año cobrando una tasa de forma irregular. Afirmó que fue el Partido

Independiente quien pusiera en conocimiento esta situación ante el Pleno en su sesión

de 31 de enero. Tras otra pregunta del Partido Independiente en el Pleno de 28 de

febrero, el equipo de gobierno reconoció que la actividad económica que se estaba

desarrollando en un inmueble de titularidad municipal aún no tenía la Calificación

Ambiental preceptiva, irregularidad que confió en que hubiera sido subsanada. Preguntó

si se había comprobado por parte del equipo de gobierno que el cuadro de tarifas que

propone la empresa concesionaria se corresponde con lo exigido en el pliego de

condiciones, ya que los informes técnicos y jurídicos que deberían corroborarlo no

habían sido facilitados a los grupos de la oposición ni obraban en el expediente. En

opinión de su grupo, la aprobación de la ordenanza debería haber sido anterior a la

concesión del servicio. También afirmó que en el Centro de Gestión de Residuos existe

un ecoparque en el que los vecinos pueden depositar residuos domésticos, metales,

pilas, etc. Sin embargo, en la ordenanza que se propone no recoge la posibilidad de este

servicio ni su gratuidad. Tampoco se especifica la tasa, o gratuidad en su caso, por la

recepción de escombros de obra o tuberías y accesorios de riego agrícola, tal y como se

recoge en el pliego de condiciones. Por todo lo anteriormente expuesto, la Sra. Rosique

García afirmó que la ordenanza propuesta era errónea, imprecisa e incompleta, sin

informes jurídicos y técnicos que aseguren el cumplimiento del contrato de adjudicación

por parte de la empresa concesionaria. Por ello, si no se dejaba sobre la mesa, cosa que

ya había descartado el Sr. Alcalde, el voto de su grupo sería desfavorable.

D. Fernando Vera Albaladejo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista se

limitó a anunciar el voto favorable de su grupo a la aprobación inicial de esta ordenanza.

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Por su parte, el portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular, D. Antonio Madrid

Izquierdo, al igual que había hecho el Sr. Alcalde tras la intervención del Sr. Martínez

Meroño, recordó que lo que se estaba debatiendo era la ordenanza fiscal reguladora de

la tasa por la prestación de este servicio. Quiso poner en conocimiento de todos los

vecinos que este servicio está puesto en marcha y, tras citar algunas de las clases de

residuos que se pueden depositar en el centro y que están relacionados en la ordenanza,

anunció el voto favorable de su grupo a la propuesta. No obstante, dijo que si en

cualquier momento fuese necesario ampliar los servicios, se podría revisar o modificar

la ordenanza.

El Sr. Alcalde añadió que en el municipio existen dos ecoparques más, uno en Torre-

Pacheco y otro en Roldán y que no era necesario que la ordenanza dijera que su uso es

gratuito. También quiso aclarar que el Centro de Gestión de Residuos fue construido en

2008 por la Comunidad Autónoma, y que había estado en funcionamiento desde

entonces hasta 2010.

En el turno de réplica sólo pidió la palabra el portavoz socialista, D. Fernando Vera

Albaladejo, quien quiso poner de manifiesto la importancia de la entrada en

funcionamiento de este Centro de Gestión de Residuos para la resolución del problema

que tienen los agricultores para eliminar ciertos residuos como mantas térmicas y

bandejas de porexpan, evitando así la quema de los mismos y el consiguiente riesgo

para la salud de las personas y el medio ambiente.

Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos

Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.

Sometido el asunto a votación, se obtuvieron los siguientes resultados:

VOTARON A FAVOR los señores y señoras: García Madrid, Madrid Izquierdo,

Valcárcel Jiménez, Meroño León, Martínez Roca, Martínez Martínez, Sánchez Pérez,

Madrid Saura, Vivancos Ros, Martínez Meroño, Marín Otón, Rosique Martínez, Vera

Albaladejo, Buendía Azorín y Gabarrón Pérez. En total QUINCE VOTOS

AFIRMATIVOS.

VOTARON EN CONTRA los señores y señoras: Rosique García, León Garre, Martínez

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Sánchez y Martínez Meroño. En total CUATRO VOTOS NEGATIVOS.

Y el Ayuntamiento Pleno, por quince votos a favor y cuatro en contra, acordó adoptar

los siguientes acuerdos:

PRIMERO.- Aprobar en todos sus extremos la propuesta de la Concejal Delegada del

Área de Hacienda, Presupuestos y Promoción Económica, Dña. Mª Dolores Valcárcel

Jiménez, sobre imposición y ordenación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa

por la Prestación del Servicio de Tratamiento de Residuos Sólidos.

SEGUNDO.- Aprobar inicialmente la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la

Prestación del Servicio de Tratamiento de Residuos Sólidos.

TERCERO- Someter el presente acuerdo a exposición pública por término de treinta

días, mediante edicto que ha de publicarse en el tablón de anuncios y en el “Boletín

Oficial de la Comunidad Autónoma”, para que los interesados puedan examinar el

expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

CUARTO- Determinar que, en el caso de que no se presentaran reclamaciones, se

entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin

necesidad de acuerdo plenario. No obstante, en este caso, también procederá, como

establece el apartado 4 del art. 17 del R.D. Legislativo 2/2004, la publicación del

presente acuerdo y del texto íntegro de la Ordenanza fiscal, en el “Boletín Oficial de la

Comunidad Autónoma”, para su vigencia y posibilidad de su impugnación

jurisdiccional.

9º.-SOBRE LA BONIFICACIÓN DEL PAGO DEL I.C.I.O. DE LA LICENCIA

DE OBRAS CONCEDIDA PARA EL PROYECTO DE “IMPULSIÓN DESDE

EDAR DE LOS ALCÁZARES HASTA EL CANAL PRINCIPAL DEL CAMPO

DE CARTAGENA”.

Por el señor Alcalde, se dio cuenta de varios escritos presentado por la Comunidad de

Regantes del Campo de Cartagena, de fecha 25-02-2013 y 22-04-2013, en los que

solicitan la exención del I.C.I.O correspondiente a la licencia de obras Expte.: 95/2013

correspondiente a “Proyecto de Impulsión desde EDAR de Los Alcázares hasta el canal

principal del Campo de Cartagena”.

El señor Alcalde, informó a los señores/as asistentes que la Ordenanza Municipal no

contempla la exención del impuesto, pero sí la bonificación en el pago.

En el expediente consta informe de la Jefa del Negociado de Rentas y Exacciones, de

fecha 03-05-2013, que textualmente dice así:

“MARIA JOSE GARCERAN BALSALOBRE, JEFE DEL NEGOCIADO DE

GESTION DE TRIBUTOS DEL AYUNTAMIENTO DE TORRE PACHECO

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(MURCIA)

INFORMA: Que en relación a la solicitud de bonificación del 95% en la cuota del

Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras presentada por D. Francisco Sáez

Sáez, Presidente de la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena, por la

realización de obras de “Impulsión EDAR Los Alcázares hasta el Canal Principal del

Campo de Cartagena” resulta que, según los antecedentes obrantes en este Negociado a

mi cargo:

• Ha sido solicitada en plazo y forma, ya que las bonificaciones contempladas y la

Ordenanza fiscal vigente entraron en vigor el 25 de diciembre de 2012 y, tanto la

licencia de obras como la solicitud bonificación han sido presentadas en Registro de

Entrada con fecha 25 de febrero de 2013.

• La bonificación se solicita por tratarse de una asociación sin ánimo de lucro

Asimismo, se informa que de acuerdo con lo establecido en el vigente artículo 103.2 de

la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 4.1 de nuestra Ordenanza fiscal

reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, es competencia del

Pleno de la Corporación por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros el

declarar la citada obra de “Interés o Utilidad municipal” por concurrir circunstancias

sociales.

Es cuanto tiene el deber de informar la funcionaria que suscribe. Torre Pacheco, a 03 de

mayo de 2013. La Jefa de Gestión de Tributos. Fdo.: María José Garcerán Balsalobre.”

Continuó el señor Alcalde, diciendo que el “Interés y la Utilidad Municipal” a los que se

refiere el artículo 4.1 de nuestra Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de

Construcciones, Instalaciones y Obras, está más que justificado, ya que de dichas obras

se beneficiaran 1.011 agricultores que cultivan una superficie de 6.353 hectáreas

ubicadas en el Término Municipal de Torre-Pacheco.

Dicho lo anterior, el señor Alcalde cedió la palabra a D. Francisco R. Martínez Meroño,

portavoz de Izquierda Unida-Los Verdes, el cual dijo que su voto será en sentido

favorable.

Hizo uso de la palabra Dª Rosalía Rosique García, portavoz del Partido Independiente

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de Torre-Pacheco, para decir que desde su grupo consideran las obras de gran interés

para la economía del municipio, además de un paso más en los “vertidos cero” al Mar

Menor, y más aún, ya que cumple con los criterios de sostenibilidad de los recursos

naturales, por lo que el voto de su grupo municipal será favorable.

Seguidamente, tomó la palabra D. Fernando C. Vera Albaladejo, portavoz del grupo

municipal socialista, el cual anuncio el voto favorable de su grupo, e indicó al señor

Alcalde, a modo de ruego, que recordara al Presidente de la Comunidad de Regantes del

Campo de Cartagena, que faltan 114 días para presentar las alegaciones al “límite de

400 hectómetros cúbicos”, ya que si finalmente se aprueba sería la muerte de este

campo.

El señor Alcalde, cedió la palabra D. Antonio Madrid Izquierdo, portavoz del grupo

municipal popular indicando que después contestaría al ruego formulado por el señor

Vera Albaladejo.

Hizo uso de la palabra el señor Madrid Izquierdo, para decir que el voto de su grupo

será favorable, y que coincide en todo lo dicho por la señora Rosique García, respecto la

lo importante de las obras y los vertidos cero al Mar Menor.

Seguidamente, el señor Alcalde contestó al ruego formulado por el señor Vera

Albaladejo, indicándole que tanto él como los señores Concejales de Agricultura y

Urbanísmo y Medio Ambiente, en una reunión mantenida con el Presidente de la

Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena y con técnicos de dicha comunidad

entregaron personalmente el acuerdo plenario adoptado al respecto, y quedaron que

cuando estuvieran redactadas las alegaciones, seria remitidas al Ayuntamiento para que

fueran presentadas desde el Ayuntamiento y con el membrete oficial.

Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos

Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.

Y la Corporación Plenaria, por unanimidad de los/as señores/as concejales/as asistentes,

acordó practicar bonificación de 95% en la cuota del Impuesto sobre Construcciones

Instalaciones y Obras solicitada por D. Francisco Sáez Sáez, Presidente de la

Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena, correspondiente al Expte. de obras

Nº 95/2013, “Impulsión EDAR Los Alcázares hasta el Canal Principal del Campo de

Cartagena”.

10º.- EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO

Nº 1 DEL IMSAS.

El Sr. Alcalde explicó que se había acordado en el Consejo Rector del IMSAS una

modificación de crédito por la que se generaba una partida de 4.500 € mediante crédito

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extraordinario, con la finalidad de firmar un convenio por esa cantidad con la asociación

Murcia Acoge.

“MEMORIA

justificativa de la necesidad de modificar crédito en el Presupuesto de gastos del vigente

ejercicio, mediante la concesión de un crédito extraordinario, redactada conforme a lo

previsto en el artículo 37.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Que el Instituto Municipal de Servicios para la Acción Social está interesado,

materializándolo a través del oportuno Convenio de Colaboración, en promover la

inserción social y laboral de los ciudadanos procedentes de terceros países residentes en

el municipio de Torre Pacheco, mediante todas aquellas acciones que ambas parten

determinen a través de la Comisión de seguimiento del Convenio. La coordinación y

supervisión de los aspectos materiales y de ejecución del Convenio corresponderían al

Instituto Municipal de Servicios para la Acción Social, a través del Programa de

Inserción Social.

Dichos gastos no cuentan, en el estado de gastos del presupuesto, de crédito destinado a

esa finalidad específica, o resulta insuficiente el saldo de crédito no comprometido en la

partida correspondiente, en el nivel en que está establecida la vinculación jurídica.

En virtud de lo expuesto, se propone:

1º.- Conceder créditos extraordinarios en la partida que se detalla en el documento

ANEXO y cuyo resumen es el siguiente:

Euros

Créditos extraordinarios. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.500,00

Total propuesta modificaciones de créditos. . . . . . . . . . .4.500,00

2º.- Financiar las expresadas modificaciones de la siguiente forma:

Con cargo al remanente líquido de tesorería. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .0

Con nuevos o mayores ingresos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .0

Mediante anulaciones o bajas de créditos. . . . . . . . . . . . . . . . .4.500,00

Concertando una operación de crédito . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0

Total financiación modificaciones de créditos. . . . . . . . .4.500,00

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Torre Pacheco, a 7 de mayo de 2013.- EL PRESIDENTE, Daniel García Madrid”

“INFORME DE INTERVENCIÓN

El Interventor que suscribe, vista la memoria de fecha 07/05/2013 por la que se propone

la concesión de crédito extraordinario en el Presupuesto de gastos de 2013, de

conformidad con los artículos 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las

Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y

37.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, tiene el honor de emitir el siguiente

INFORME:

1. Tratándose de dotar presupuestariamente crédito para gastos específicos y

determinados que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente, al no existir crédito

o ser el previsto insuficiente y no poder ser objeto de ampliación, es procedente la

concesión de crédito extraordinario, conforme a lo previsto en el artículo 177 del citado

texto refundido, y 35 a 38, ambos inclusive, del también citado Real Decreto y demás

documentación complementaria.

2. Examinados los antecedentes contables de que se dispone, resulta:

2.1. Que la partida 22799.233 de Servicio de Ayuda a Domicilio y Medidas

Complementarias, tiene un crédito inicial de 30.000,00 €uros, el cual se estima que

su dotación se puede reducir sin perturbar el servicio que se presta a los usuarios.

3. En cuanto a la imposibilidad de demorar a ejercicios posteriores los gastos

específicos y determinados que motivan el crédito extraordinario a que se contrae este

expediente, deberá apreciarla y pronunciarse el Consejo Rector del Instituto Municipal

de Servicios para la Acción Social del Ayuntamiento de Torre Pacheco.

4.- Una vez aprobado por el Consejo Rector del IMSAS se dará traslado para su

tramitación y aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de Torre Pacheco.

No obstante, el Consejo Rector del Instituto Municipal de Servicios para la Acción

Social del Ayuntamiento de Torre Pacheco, acordará lo que estime procedente.

Torre Pacheco, a 7 de mayo de 2013.- EL INTERVENTOR, Miguel Pérez Martínez.”

Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos

Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.

Y, tras un breve intercambio de impresiones, el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de

los miembros presentes (diecinueve de los veintiuno que componen la Corporación),

acordó aprobar el expediente de modificación de crédito extraordinario nº 1 del IMSAS

en los términos expuestos anteriormente.

11º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE UN PLAN ESPECIAL DE REFORMA

INTERIOR EN LA AVDA. DE LA ESTACIÓN Y OTRAS.

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En primer lugar, el Sr. Alcalde quiso aclarar que el asunto sobre el que se iba a tratar

consistía en la aprobación de un Plan Especial de Reforma Interior, y no de la

“modificación nº 60 de las NN.SS” tal y como figuraba en el orden del día adjunto a la

convocatoria de esta sesión plenaria (en consecuencia, dicho error ha sido subsanado en

el epígrafe de este punto). Se trata pues de un error material o de hecho, que se constata

por la simple observación del expediente, procediendo llevar a cabo la rectificación

correspondiente.

Acto seguido, el Sr. Alcalde cedió la palabra a D. Santiago Meroño León, Concejal

Delegado del Área de Urbanismo y Medio Ambiente para que realizara la exposición

del asunto.

El Sr. Meroño León explicó que lo que se proponía en este punto era la aprobación

definitiva de un P.E.R.I que se aprobó inicialmente mediante Decreto de la Alcaldía de

7 de agosto de 2012. Durante su tramitación se presentaron alegaciones por la mercantil

propietaria de un inmueble colindante así como ciertas deficiencias evidenciadas por los

informe técnicos de la Dirección General de Urbanismo. Dichas deficiencias, a la vista

de los últimos informes técnicos y jurídicos, habrían sido subsanadas y las alegaciones

desestimadas.

A Continuación se transcriben tanto la propuesta de la Alcaldía-Presidencia como el

informe jurídico sobre el que se fundamenta, obrantes ambos en el expediente:

“DANIEL GARCIA MADRID, ALCALDE - PRESIDENTE del Ayuntamiento de

Torre-Pacheco, a la Corporación Plenaria tiene el honor de elevar la siguiente,

PROPUESTA

Por Resolución de 07-08-2012, se aprobó inicialmente, previos informes técnico y

jurídico favorables, el Plan Especial de Reforma Interior, promovido por Banco Mare

Nostrum, S.A., redactado por los Arquitectos D. Rafael García Sánchez y D. Juan

Manuel Salmerón Nuñez, que pretende facilitar la implantación de elementos de

referencia vertical, en manzana sita en Avda. Estación y otras de Torre-Pacheco, al

amparo de lo previsto en el artículo 295 de las Normas Subsidiarias de Torre-Pacheco

(en su nueva redacción dada por la Modificación Puntual nº 60).

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El expediente se sometió a preceptiva información pública: BORM nº 199, de 28-08-

2012; La Verdad (Murcia): 27-08-2012; y La Opinión (Murcia) 24-08-2012. Obra en el

expediente certificado acreditativo al respecto. (Habiéndose formulado una alegación a

la aprobación inicial).

La Dirección General de Vivienda emitió informe el 12-02-2013, con entrada en el

Ayuntamiento de Torre-Pacheco el 25-02-2012, R.G.E. nº 1612, estableciéndose una

serie de observaciones para su consideración en el acuerdo de aprobación definitiva.

Habiéndose subsanado las referidas observaciones, tal y como consta en informe técnico

y jurídico obrante en el expediente.

Así como informado jurídicamente que procede desestimar las alegaciones formuladas.

Por todo lo anteriormente expuesto, al Ayuntamiento Pleno, se propone para su debate y

aprobación, si procede el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente el Plan Especial de Reforma Interior promovido por

Banco Mare Nostrum, S.A. y redactado por los Arquitectos D. Rafael García Sánchez y

D. Juan Manuel Salmerón Nuñez.

Segundo.- Desestimar las alegaciones formuladas por D. José Luís Pérez Ros, en

representación de PRODOSA, S.A., en virtud del informe jurídico obrante en el

expediente.

Tercero.- Continuar con la restante tramitación legal.

En Torre-Pacheco, a 21 de mayo de 2013.”

“INFORME JURIDICO

Asunto: Aprobación definitiva P.E.R.I. Avda. Estación y otras.

H E C H O S

1º.- Por Resolución del Sr. Alcalde-Presidente de 07-08-2012, previos informes técnico

y jurídico favorables, se aprueba inicialmente el Plan Especial de Reforma Interior,

promovido por Banco Mare Nostrum, S.A., redactado por los arquitectos D. Rafael

García Sánchez y D. Juan Manuel Salmerón Núñez, que pretende facilitar la

implantación de elementos de referencia vertical, en manzana sita en Avda. Estación y

otras de Torre-Pacheco, al amparo de lo previsto en el artículo 295 de las Normas

Subsidiarias de Torre-Pacheco (en su nueva redacción dada por la Modificación Puntual

nº 60) redactada por los arquitectos D. Rafael García Sánchez y D. Juan Manuel

Salmerón Núñez.

2º.- En el expediente obran las notificaciones de la referida Resolución, al promotor y a

todos los titulares que constan en el catastro, (art. 140 a) y 141 Texto Refundido de la

Ley del Suelo de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, 10-

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06).

3º.- Igualmente el expediente se sometió a INFORMACIÓN PUBLICA: (art. 141 en

concordancia con el art. 140 a) del TRLSRM), en el B.O.R.M. nº 199, de 28-08-2012;

“La Verdad” de Murcia: 27-08-2012 y “La Opinión” de Murcia, de 24-08-2012; por

plazo de dos meses.

Habiéndose personado los interesados en el Ayuntamiento para tomar vista del

expediente y obtener copia del mismo, previo pago de la tasa correspondiente,

presentando alegaciones D. José Luís Pérez Ros, en nombre de PRODOSA, S.A.

Consta en el expediente certificado de la Secretaria General de fecha 20-05-2013

acreditativo de que se ha presentado una alegación a la aprobación inicial del PERI.

4º.- El expediente se remite a la Dirección General de Vivienda y Territorio, para que

emita informe, emitiéndose el 14-02-2013, teniendo entrada en el Ayuntamiento de

Torre-Pacheco el 25-02-2013, RGE nº 1612, estableciéndose una serie de observaciones

para su consideración en el acuerdo de aprobación definitiva.

5º.- El 27-02-2013, R.G.E. nº 1705, se presenta por el promotor documentación que

subsana las observaciones puestas de manifiesto en informe de la Dirección General de

Vivienda y Territorio.

6º.- El 12-03-2013, se emite informe favorable por el Jefe de Sección de Urbanismo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Respecto a las observaciones puestas de manifiesto en informe de la

Dirección General de Vivienda y Territorio, señalar que tras ser examinada la

documentación aportada (2 nuevos proyectos) por los servicios jurídicos, se constata

que han sido subsanadas dichas observaciones; así:

a) En cuanto a que: “la superficie de espacio libre público aportada por el Plan

Especial ha de ser al menos el 20% de las manzanas normas vigentes, con lo cual, la

superficie de parcela neta lucrativa ha de ser inferior a 2.345 m2.”

Así en la página 10 de dichos proyectos se indica expresamente que la superficie de

parcela neta lucrativa se ve respetada al disponer la cantidad inferior de 2.344,95.

b) En cuanto a la Normativa:

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- En el apartado Aparcamientos Públicos, los de uso para minusválidos deberán

cumplir lo establecido en la Orden VIV/581/2010 del Ministerio de Vivienda.

En la página 12 del referido proyecto en el segundo párrafo in fine expresamente

se hace referencia al cumplimiento de dicha Orden.

Por otra parte, referencia innecesaria puesto tal y como se señala en dicho texto

no se prevén plazas de aparcamientos públicos, siendo necesaria la aplicación de

dicha Orden para el caso de que existieran.

- Respecto a que se hace referencia al art. 266 NNSS refiriéndose en realidad al

art. 263, manifestar que la referencia al art. 266 NNSS es correcta.

- Se transcribe erróneamente la norma de zona 1 y Modificación NNSS nº 60, en

la página 13 del nuevo proyecto queda corregida esta deficiencia.

Segundo.- Respecto a las alegaciones (Recurso de reposición) presentadas por D. José

Luís Pérez Ros, en representación de la mercantil “PRODOSA, S.A.”, señalar:

- Desde el punto de vista formal las referencias legislativas son anacrónicas y

erróneas: la Ley 7/1982 no existe.

- Desde el punto de vista del contenido:

a) En cuanto a que la mercantil PRODOSA, SA no ha sido informado por

BMN, salvo mediante Decreto, de la existencia de modificación de las

condiciones urbanísticas de una parcela de su propiedad.

Señalar que:

1) El promotor está legitimado legalmente (art. 127.1 y 128.1 TRLSRM)

para acometer esta actuación urbanística.

2) El procedimiento seguido es el previsto legalmente, como ya se señaló en

informe jurídico emitido el 07-08-2012, que se suscribe, e igualmente se

señala en el Hecho 2º del presente informe, que en virtud de lo dispuesto por

el artículo 141 en concordancia con el artículo 140 a) TRLSRM, se han

practicado las notificaciones individuales a todos los titulares del Catastro, al

objeto de que formulen las alegaciones que crean oportunas.

El promotor de la actuación no tiene obligación legal de comunicar a los

titulares afectados, la intención de acometer dicha actuación urbanística.

b) En cuanto a que: “no se ha negociado el valor económico de la parcela

afectada (Hecho 1)” y “no se ha valorado económicamente” (Alegación

segunda).

El reclamante se contradice en sus manifestaciones, examinada la

documentación por los servicios jurídicos se constata que en el punto 1.6 de

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la Memoria Justificativa se detalla la superficie de la propiedad afectada por

el PERI en concreto: 133,45 m2 y en el Estudio Económico punto 4 del

referido PERI se desglosa por capítulos el coste de ejecución de las obras e

implantación de servicios, estableciendo una partida para indemnizaciones

de 30.000€.

Para mayor claridad, se aporta Anexo de valoración desglosada de

indemnizaciones de acuerdo con el Reglamento de valoracones aprobado por

Real Decreto 1492/2001, de 24-10.

Además señalar que en virtud de lo dispuesto por el artículo 29 RDL 2/2008,

y el artículo 95 en concordancia con el artículo 152 TRLSRM, la aprobación

definitiva del PERI debidamente publicada tiene efectos legitimadores para

articular e iniciar expediente de expropiación ,en caso de ser

necesaria,(actuación aislada en suelo urbano: art 165 2.a) TRLSRM),por no

llegar a un acuerdo los propietarios afectados ,para la apertura efectiva de la

calle prevista en dicho PERI.(Esos terrenos ya están calificados como vial en

las NNSS, calle sin aperturar , en el momento de gestionar el PERI se

abrirá).

Tercero.- En cuanto a la TRAMITACIÓN, CONTENIDO MÍNIMO DEL

PROYECTO, etc., reiterar lo puesto de manifiesto en informe jurídico emitido el 12-08-

2012, señalando que el ÓRGANO COMPETENTE para la aprobación definitiva del

presente PERI es el Ayuntamiento Pleno: art. 22.2c) Ley 7/1985, 02-04, en su nueva

redacción dada por Disposición Adicional 9ª Ley 8/2007, bastando para la adopción del

acuerdo: mayoría simple: artículo 47.1 del mismo texto legal.

No obstante, realizar la siguiente observación: los proyectos aportados no van visados,

por no ser necesario en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2 del RD

1000/2010, 05-08, sobre visado colegial obligatorio.

Cuarto.- Por último, manifestar que respecto a la propuesta que se hace en el apartado

2.5 Normas de Ordenación, punto 2, Espacios Libres Públicos, cuando señala:

“Afecta la presente normativa de zona al espacio libre público dispuesto entre

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la calle Joaquín Garrigues Walker y la parcela Z1-PE-AE1, que será de cesión

obligatoria y gratuita, constituyéndose de esta manera en un bien de dominio y uso

público. En planos de Zonificación se la denomina como parcela ELP-1.

Sin embargo el “interés” que determina el límite del subsuelo municipal bajo el

dominio público, es el interés del suelo público al que los bienes están destinados (en

este espacio peatonal). Por lo tanto el dominio público llega hasta donde sea necesario

para ese uso público. El espacio peatonal en este caso, no se verá en consecuencia

desnaturalizado por el hecho de que se respete la profundidad necesaria para el uso

público en éste caso el espacio peatonal.

Los planes de urbanismo en base al art. 106 TRLSRM indica que “... los

aparcamientos podrán localizarse en el subsuelo de los sistemas viarios, áreas

peatonales y espacios libres, siempre que no se menoscabe el uso de los mismos y sin

perjuicio del régimen jurídico aplicable...” a los efectos del aprovechamiento

independiente del mismo, siempre que sea compatible con el uso asignado (STS de 15

de julio de 1983).

No obstante y en definitiva, se propone para la parcela de espacio libre

peatonal de cesión obligatoria y gratuita, establecer una calificación jurídica distinta,

para el vuelo, el cual se calificaría de uso y dominio público, y del subsuelo, el cual se

clasificaría como bien patrimonial del Excmo. Ayuntamiento de Torre-Pacheco, a fin de

permitir, si ello fuera considerado oportuno, el uso privativo de dicho subsuelo.

Como ya se ha citado, las NNSS Municipales de Torre-Pacheco, en su art. 266

indican que es compatible el uso de garaje-aparcamiento en categoría 2ª, en sótanos y

semisótanos, por lo que el garaje-aparcamiento de iniciativa privada o pública se

podrá implantar bajo suelos clasificados como viales o espacios libres, siempre que en

superficie se mantenga el uso establecido por el Plan. A los efectos prevenidos en el

artículo 8.4 a) del RD 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento

de Bienes de las Entidades Locales, esta habilitación sería suficiente para la alteración

jurídica del subsuelo de los espacios de cesión libre y gratuita a favor del

Ayuntamiento, en las unidades de actuación en suelo urbano consolidado y no

consolidado, sometidas a los pertinentes procesos de gestión y urbanización y no

precisadas de ulteriores instrumentos de planeamiento urbanístico.”

La parcela de espacio libre peatonal de cesión obligatoria y gratuita , tanto vuelo como

subsuelo ,con la aprobación definitiva del PERI: en virtud de lo dispuesto por el artículo

84 a) Real Decreto 1372/1986, 13-06, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de

las Entidades Locales, tiene calificación jurídica de bien de dominio público (art. 79

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Ley 7/1985, y art. 2 RBEL).

Cuyo uso y utilización regulan los art. 75 a 91 de dicho RBEL.

Estando sujeto el uso privativo de las mismas a concesión administrativa (art. 75.2ª en

concordancia con el art. 78 1a) RBEL).

Rechazándose de plano la propuesta de alteración de la calificación jurídica del

subsuelo por infringir la normativa arriba referenciada, circunstancia que deberá hacerse

constar en el acuerdo de aprobación del PERI.

Es por ello que, a la vista de la documentación obrante en el expediente,

legislación aplicable, informe técnico emitido, se informa jurídicamente favorable el

presente expediente, desestimándose las alegaciones formuladas por D. José Luis Pérez

Ros en representación de PRODOSA, S.A., procediendo la continuación del expediente,

adoptando resolución de aprobación definitiva, siento competente para ello el

Ayuntamiento Pleno.

Es cuanto puedo informar al respecto.

No obstante, el Pleno, con su superior criterio resolverá lo que estime más oportuno.

Torre-Pacheco, 20 de mayo de 2013.”

D. Francisco Ramón Martínez Meroño, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda

Unida Verdes, reconoció que, tal y como avalaban los informes obrantes en el

expediente, no había ningún inconveniente, aunque calificó la edificación proyectada

como “monstruosa”, y afirmó que, dada la actual situación del mercado inmobiliario,

tenía serias dudas sobre que el proyecto saliera adelante. Por todo ello anunció su

abstención en este asunto.

D. Antonio León Garre, portavoz adjunto del Grupo Municipal del Partido

Independiente, consideró conveniente que se plasmara en el acta las apreciaciones

realizadas en el informe jurídico, relativas al derecho de vuelo de la zona verde de

cesión obligatoria al Ayuntamiento, ya que el promotor se arroga el derecho de uso del

sótano de los espacios libres públicos, lo cual es inadmisible. En nombre de su grupo

propuso que, para evitar que pudieran producirse futuras confusiones o distintas

interpretaciones del planeamiento municipal, el promotor debería presentar un nuevo

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texto refundido donde se recoja esa condición impuesta por el Ayuntamiento. Al mismo

tiempo, en dicho texto refundido, el promotor debería aclarar la contradicción planteada

en los documentos presentados actualmente y que impide saber si la ejecución de este

P.E.R.I va a ser llevada a cabo como gestión aislada o como gestión integrada. Si la

gestión va a ser integrada, debe especificar si la llevará a cabo por el sistema de

concertación directa, y de ser así, debería acreditar la propiedad del 100 % de la unidad

de actuación. Afirmó que si la corporación admitía las salvedades planteadas, el voto de

su grupo sería favorable.

D. Fernando Vera Albaladejo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista,

aseguró que, dado que los informes de los técnicos municipales era favorable, el voto de

su grupo también lo sería.

El Sr. Alcalde cedió la palabra al Concejal Delegado de Urbanismo para que diera

respuesta a la puntualización realizada por el portavoz adjunto del Partido

Independiente.

El Sr. Meroño León aseguró que todas las consideraciones realizadas por el Sr. León

Garre, así como las aportadas en el informe jurídico, le parecían razonables. Valoró

positivamente la apreciación del Sr. León Garre relativa a la exigencia de elaboración de

un texto refundido que permitiera una mejor comprensión a quien lo consultara.

Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos

Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.

Sometido el asunto a votación, se obtuvieron los siguientes resultados:

VOTARON A FAVOR los señores y señoras: García Madrid, Madrid Izquierdo,

Valcárcel Jiménez, Meroño León, Martínez Roca, Martínez Martínez, Sánchez Pérez,

Madrid Saura, Vivancos Ros, Martínez Meroño, Marín Otón, Rosique Martínez, Vera

Albaladejo, Buendía Azorín, Gabarrón Pérez, Rosique García, León Garre y Martínez

Sánchez. En total DIECIOCHO VOTOS AFIRMATIVOS.

SE ABSTUVO el concejal de Izquierda Unida, Sr. Martínez Meroño. En total UNA

ABSTENCIÓN.

Y el Ayuntamiento Pleno, por dieciocho votos a favor y una abstención, acordó adoptar

los siguientes acuerdos:

Primero.- Aprobar definitivamente el Plan Especial de Reforma Interior promovido por

Banco Mare Nostrum, S.A. y redactado por los Arquitectos D. Rafael García Sánchez y

D. Juan Manuel Salmerón Nuñez.

Segundo.- Desestimar las alegaciones formuladas por D. José Luís Pérez Ros, en

representación de PRODOSA, S.A., en virtud del informe jurídico obrante en el

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expediente.

Tercero.- El promotor deberá aportar un texto refundido donde desparezca la referencia

al uso privativo del subsuelo correspondiente a la parcela de espacio libre peatonal y

donde se señale expresamente la forma de gestión del Plan Especial de Reforma

Interior.

Cuarto.- Continuar con la restante tramitación legal, con rectificación del error material

o de hecho señalado al principio del presente acuerdo.

12º.- PROPUESTA CONJUNTA DE TODOS LOS GRUPOS POLÍTICOS

SOBRE ONDA REGIONAL.

El Sr. Alcalde procedió a leer la propuesta conjunta que se transcribe a continuación:

“Los Concejales Portavoces de los Grupos Políticos Municipales en el Ayuntamiento de

Torre-Pacheco, Partido Popular, Partido Socialista Obrero Español, Partido

Independiente de Torre-Pacheco e Izquierda Unida-Verdes Región de Murcia, al Pleno

del Ayuntamiento, para su debate y aprobación si procede, tienen el honor de elevar la

siguiente

PROPUESTA CONJUNTA

Todos somos conscientes de la importancia del derecho a la información y en su

consecuencia de la importancia de los medios de comunicación. Y si importantes son

los que atienden a un ámbito nacional o internacional, no lo son menos aquellos que

tienen un ámbito regional o local.

Dar voz o imagen a los más cercanos, a las tradiciones y certámenes culturales, a los

eventos deportivos, a las actividades de los distintos colectivos, a las programaciones de

fiestas de pueblos, pedanías o diseminados, se han constituido, cuando menos en Torre-

Pacheco, desde hace varios años, con nuestra emisora de radio local y con nuestro

consorcio de televisión, en un elemento esencial de la construcción de la identidad

cultural, social y política de Torre-Pacheco y su entorno, sirviendo además como

elemento de vertebración territorial del municipio.

Igualmente, podemos decir que a nivel de la Región de Murcia, dicho papel ha sido

magníficamente pilotado por ONDA REGIONAL DE MURCIA. Allá por el 6 de

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diciembre de 1990 comenzó sus emisiones, coincidiendo con la celebración del día de la

Constitución la cadena radiofónica pública de la Región de Murcia, y si bien es cierto

que desde dicha fecha ha tenido, como en todos los organismos, aciertos y errores, no es

menos cierto que hasta el día de hoy ha sabido dar visibilidad a la Región de Murcia, a

los cuarenta y cinco municipios que la componemos, consiguiendo llevar al conjunto de

la sociedad murciana las iniciativas de muchos colectivos locales y comarcales que, sin

esa presencia y sin el trabajo de los excelentes profesionales que la componen,

difícilmente hubieran podido trasladar o hacer públicas.

Pero también es cierto que en muchas ocasiones valoramos lo que tenemos cuando se

cierne una amenaza sobre ello y que en la actualidad nos encontramos ante una

tremenda crisis económica que ha hecho que todas las administraciones nos

replanteemos determinados servicios, en el ánimo (en la gran mayoría de los casos) no

de disolverlos, sino de adaptarlos a estos tiempos para garantizar su futuro, para

garantizar su viabilidad.

Es por todo ello, y ante la presentación por parte de la Dirección de Radio Televisión de

la Región de Murcia (RTRM) de un Expediente de Regulación de Empleo, que

pretende, según la información de que disponemos, extinguir 33 de los 82 puestos de

trabajo que actualmente mantiene, ante la presentación de una comunicación de la

Presidenta y del Secretario del Comité de Empresa y ante las noticias que se van

difundiendo por lo que el Ayuntamiento de Torre-Pacheco no debe quedar ajeno a este

proceso, debiendo pronunciarse para que en todo caso impere la cordura, se mantenga la

emisora pública Onda Regional, se adapte, en su caso, al actual escenario global de

contención del gasto, afecte en lo menos posible a los puestos de trabajo existentes en la

actualidad y si eso fuera imprescindible se hiciera, en todo caso, llegando a acuerdos

entre el Comité de Empresa y la Dirección de RTRM.

En atención a lo expuesto, los Concejales Portavoces de los Grupos Políticos

Municipales, al Ayuntamiento de Torre-Pacheco Pleno, proponen la adopción de los

siguientes

ACUERDOS

PRIMERO.- Manifestar públicamente nuestro reconocimiento a la labor realizada por

los medios de comunicación de carácter local y/o regional, y en especial a la emisora

ONDA REGIONAL DE MURCIA.

SEGUNDO.- Que en este contexto de contención del gasto público en el cual nos

encontramos, se alcance el necesario acuerdo donde, mostrando la madurez y

sensibilidad de los negociadores, se garantice el futuro de la emisora Onda Regional de

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Murcia afectando en lo menos posible a su plantilla de trabajadores.

TERCERO.- Dar traslado del presente acuerdo al Presidente del Gobierno de la Región

de Murcia, a la Dirección de RTRM y a la Presidenta del Comité de Empresa de RTRM

y Onda Regional de Murcia.

No obstante, el Ayuntamiento de Torre-Pacheco Pleno, con su superior criterio,

acordará aquello que estime más conveniente.

Torre-Pacheco, 22 de mayo de 2013”

Tras la lectura de la propuesta, el Sr. Alcalde quiso agradecer la labor desempeñada por

Onda Regional, reconocimiento que quiso hacer extensivo a la Radio Municipal de

Torre-Pacheco y al consorcio de televisión local.

D. Francisco Ramón Martínez Meroño, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda

Unida-Verdes, destacó la importancia de la labor de esta emisora de radio y expresó su

solidaridad con los trabajadores afectados por el ERE.

Dña. Rosalía Rosique García, portavoz del Grupo Municipal del Partido Independiente,

se sumó a las manifestaciones de agradecimiento realizadas tanto por el Sr. Alcalde

como por el Sr. Martínez Meroño.

D. Fernando Vera Albaladejo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista,

agradeció a título personal el apoyo de todos los grupos políticos a Onda Regional, por

ser él trabajador de esta emisora. Lamentó que este mismo día se había producido el

despido de 28 compañeros al no haberse alcanzado un acuerdo entre la empresa y el

Comité. También destacó la importante y diligente labor informativa desarrollada por

esta emisora y afirmó que la prensa estaba siendo uno de los sectores más afectados por

la crisis económica, y enumeró numerosos ejemplos de empresas de comunicación

afectadas por expedientes de regulación de empleo o que directamente habían

desaparecido. Por ello reivindicó el derecho, avalado por la Constitución, a recibir

información y aseguró que no hay sociedad más pobre que la que no está informada.

Finalmente se comprometió a dar traslado de la solidaridad expresada por este Pleno a

los trabajadores de Onda Regional de Murcia, y muy especialmente a los afectados por

el ERE.

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D. Antonio Madrid Izquierdo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular,

lamentó la noticia del despido de 28 trabajadores por la falta de acuerdo y quiso

transmitirles el apoyo y la solidaridad de todo el municipio de Torre-Pacheco.

Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos

Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.

Y el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los miembros presentes (diecinueve de los

veintiuno que componen la Corporación), acordó aprobar en todos sus extremos la

propuesta conjunta anteriormente transcrita.

13º.- PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA DE LOS SERVICIOS DE SANIDAD,

CONSUMO, IGUALDAD Y VOLUNTARIADO SOBRE EL BORRADOR DEL

REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE SALUD DEL AYUNTAMIENTO

DE TORRE-PACHECO.

Ante la ausencia de la Sr. Concejal Delegada del Servicio de Sanidad, el Sr. Alcalde

procedió personalmente a exponer la propuesta que a continuación se transcribe

literalmente:

“Encarnación Navarro Iniesta, Concejala Delegada de los servicios de Sanidad,

Consumo, Igualdad y Voluntariado, del Ayuntamiento de Torre-Pacheco, al Pleno, para

su debate y aprobación si procede, eleva la siguiente

PROPUESTA

Mediante acuerdo Plenario de fecha 28 de febrero del presente año, se acordó iniciar los

trámites oportunos para la creación del Consejo Local Salud de Torre-Pacheco, como

instrumento de cooperación y coordinación, capaz de aglutinar los intereses de las

Administraciones públicas y Organizaciones ciudadanas y empresariales en materia de

salud comunitaria.

Así, la presencia del Consejo Local de Salud facilitará al Ayuntamiento la creación de

un marco de trabajo que permita la interacción de las Áreas municipales que intervienen

en la política sanitaria, y la convergencia con las actuaciones de los entes autonómicos y

estatales competentes en el bienestar social y las Asociaciones ciudadanas vinculadas en

esta materia.

En dicho acuerdo se aprobaba el encargo a los servicios municipales de la redacción de

un borrador de reglamento que regule la constitución y el funcionamiento de dicho

Consejo, habiendo sido redactado el borrador del mismo.

En atención a lo expuesto, se propone al Pleno la adopción del siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- Dar traslado del borrador del Reglamento del Consejo Local de Salud del

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Ayuntamiento de Torre-Pacheco a todas las partes interesadas al objeto de solicitar sus

aportaciones y sugerencias.

SEGUNDO.- Recibidas, en su caso, dichas alegaciones, dar traslado de dicho borrador,

con las posibles alegaciones, a los Servicios Jurídicos Municipales y del texto final a la

Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para,

previos los informes oportunos, se proceda a la aprobación INICIAL del referido

Reglamento.

No obstante, el Ayuntamiento Pleno, con su superior criterio acordará lo que estime más

oportuno.

Torre-Pacheco, 22 de mayo de 2013.”

Tras la lectura comentó el Alcalde que se traía al Pleno este asunto con el objeto de

poder recoger el mayor número de aportaciones de las personas y organizaciones

afectadas, y posteriormente se volvería a llevar al Pleno de la Corporación el texto

definitivo para su aprobación inicial.

Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos

Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.

Y el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los miembros presentes (diecinueve de los

veintiuno que componen la Corporación), acordó aprobar en todos sus extremos la

propuesta de la Sr. Concejal Delegada del Servicio de Sanidad, transcrita anteriormente.

14º.- PROPUESTA DEL PORTAVOZ DE IZQUIERDA UNIDA-VERDES

SOBRE LA OBLIGACIÓN DE LA UTILIZACIÓN DEL CASCO PARA

CIRCULAR EN BICICLETA POR EL ENTORNO URBANO.

El Sr. Alcalde cedió la palabra al Sr. Martínez Meroño, quien procedió a dar lectura,

como ponente de la misma, a la propuesta que se transcribe a continuación:

“Francisco Ramón Martínez Meroño, Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda

Unida-Verdes, en nombre y representación de dicho grupo, al amparo de lo establecido

en el artículo 91 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades

Locales, tiene el honor de elevar la siguiente propuesta.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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La bicicleta ha experimentado un notable auge en muchas ciudades españolas durante

los últimos años, de lo que debemos congratularnos por sus indudables efectos positivos

sobre el medio ambiente y la salud pública. La contribución de la bicicleta a un mejor

medio ambiente urbano es innegable y su contribución a la mejora de la salud pública

ha sido reconocida por la Organización Mundial de la Salud, que recomienda el uso

cotidiano de la bicicleta como medida preventiva frente a la obesidad y las

enfermedades coronarias. Así lo ha reconocido también la Dirección General de Tráfico

(DGT), al incluir el fomento de la bicicleta como medio de transporte preferente entre

los objetivos de su recientemente presentado Proyecto de Reforma del Reglamento

General de Circulación. Esta reforma contiene numerosos aspectos positivos que

favorecen la seguridad vial y pueden ayudar a promover el uso de la bicicleta,

especialmente la apuesta por la pacificación del tráfico. Sin embargo, el borrador

incluye una medida excepcional en nuestro entorno europeo, cuyo efecto global sobre la

seguridad del tráfico, la salud pública y la mejora del medio ambiente urbano.

El casco ciclista es una medida "de fin de tubería", de la que no cabe esperar una

reducción de la accidentalidad ciclista sino, en todo caso, una reducción de los peores

efectos de dicha accidentalidad; en especial, de la mortalidad o del número de

accidentes graves producidos por heridas cráneo-encefálicas. Hay que decir, en todo

caso, que dicha efectividad es muy dudosa cuando se trata de colisiones con vehículos a

motor que circulan a velocidades superiores 30 km/h. Este tipo de colisiones son, como

confirman los propios estudios de la DGT, la principal causa de accidentes ciclistas en

las ciudades españolas.

La mortalidad ciclista por accidente en las ciudades españolas no es muy elevada,

oscilando entre 10 y 15 fallecimientos al año (a efectos de comparación, el total de

fallecidos por accidente de tráfico en zona urbana ascendió a 457 en el año 2.011). Esta

mortalidad muestra una clara tendencia a la baja, pese al indudable aumento del uso de

la bicicleta como alternativa de movilidad urbana en muchas ciudades. Esta tendencia a

la baja muestra la efectividad de las medidas que ya se están tomando en muchas

ciudades españolas para mejorar la seguridad del tráfico ciclista, como la implantación

de redes de vías ciclistas y otras infraestructuras. También confirma el hecho de que, a

mayor número de ciclistas, mayor seguridad debido a la mayor visibilidad de la bicicleta

y al hecho de que cada vez más conductores son conscientes de la presencia de ciclistas

en la vía pública, y los respetan cada vez mas (entre otras razones porque muchos de

ellos son también ciclistas).

No parece por tanto que la situación reclame una medida tan drástica como imponer la

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obligatoriedad del casco ciclista, lo que por otro lado podría tener efectos negativos

sobre el fomento de la bicicleta como modo de transporte en las ciudades. Existen

numerosos estudios que confirman este efecto, aparte del hecho significativo de que en

ninguno de los países donde la bicicleta ha llegado a ocupar un lugar importante en la

movilidad urbana es obligatorio el uso del casco para los ciclistas.

En particular, el impacto negativo de la obligatoriedad del uso del casco sobre los

sistemas de bicicletas públicas es evidente. Y no debemos olvidar que dichos sistemas

ocupan un lugar de primer orden en la estructura de la movilidad ciclista de muchas

ciudades españolas como Barcelona, Sevilla, Valencia, Zaragoza etc..., con importantes

porcentajes de uso sobre el número total de desplazamientos en bicicleta. El colapso de

tales sistemas significaría un notable retroceso en el uso de la bicicleta en dichas

ciudades, así como efectos negativos para su imagen exterior y la pérdida de una

inversión en muchos casos elevada.

Estimamos por tanto que los posibles efectos positivos de la imposición del uso del

casco como medida paliativa de las peores consecuencias de los accidentes de tráfico

que muy ocasionalmente sufren los ciclistas urbanos, podrían verse superados con

creces por sus efectos negativos. Estos efectos negativos serían consecuencia del

descenso del uso de la bicicleta y de su impacto sobre la salud pública (incremento de

los índices de obesidad y de enfermedades coronarias), sobre la calidad del medio

ambiente urbano y sobre la propia seguridad del tráfico en general. A este respecto no

debemos olvidar que la bicicleta, por sus especiales características, es un vehículo

potencialmente muy seguro tanto para el propio usuario como para los demás usuarios

de la vía. Mucho más seguro que otros vehículos privados, como las motocicletas o el

automóvil. En particular, un descenso en el uso de la bicicleta como consecuencia de la

obligatoriedad del uso del casco ciclista, podría ir acompañado de un incremento

paralelo del uso de motocicletas y ciclomotores, con las consecuencias negativas que

cabe imaginar para la seguridad global de tráfico urbano.

En consecuencia, y ante las dudas que suscita dicha imposición, se propone el siguiente

acuerdo:

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-Instar a la Dirección General de Tráfico a que en el Proyecto de Reforma del

Reglamento General de Circulación que está en fase de redacción, no incorpore la

obligación de utilizar casco para circular en bicicleta por la ciudad.

En Torre-Pacheco a 10 de mayo de 2013.”

Tras la lectura de su propuesta, el Sr. Martínez Meroño afirmó que en países donde se

había establecido la obligatoriedad del uso del casco para circular en bicicleta por vías

urbanas, se había podido apreciar un descenso en el uso de la bicicleta y un aumento de

la siniestralidad en los vehículos a motor en este tipo de vía. También añadió que

España sería el primer país de la Unión Europea en imponer esta obligación, y expresó

su temor de que ello desincentivara el uso de la bicicleta como medio de transporte

urbano.

D. Antonio León Garre, portavoz adjunto del Grupo Municipal del Partido

Independiente, dijo que este tema había generado un importante debate social, pero

expresó sus dudas sobre la conveniencia de convertir este asunto en un tema de debate

político, y consideró que deberían ser los expertos sobre este tema quienes aportaran las

sugerencias que estimaran oportunas al respecto. Por ello, adelantó la intención de su

grupo de abstenerse en este asunto.

D. Fernando Vera Albaladejo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista,

coincidió con el Sr. León Garre en que deberían ser los expertos en este tema quienes

debatan sobre el asunto. Por ello su grupo también se abstendría en este asunto.

D. Antonio Madrid Izquierdo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular,

mostró su acuerdo con los portavoces de los grupos socialista e independiente, y

propuso una transacción al ponente de la moción, consistente en sustituir la petición a la

Dirección General de Tráfico que plantea el Sr. Martínez Meroño, por una propuesta de

celebración de una ponencia en el seno de la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad

Sostenible del Congreso, en la que se escuche a todos los expertos y se puedan así

orientar las decisiones finales sobre este asunto. Consideró el Sr. Madrid Izquierdo que

estando el Pleno a favor del fomento del uso de la bicicleta y de la seguridad del mismo,

sería importante lograr un acuerdo que cuente con el máximo apoyo de todos los grupos

municipales.

Al plantearse una transacción, el Sr. Alcalde cedió la palabra al ponente de la propuesta

original, D. Francisco Ramón Martínez Meroño, quien comentó que eran numerosos los

ayuntamientos españoles que iban a presentar alegaciones en el mismo sentido de su

propuesta. No obstante, accedió a que se llevara a cabo la modificación planteada por el

portavoz popular.

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Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos

Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.

Y el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los miembros presentes (diecinueve de los

veintiuno que componen la Corporación), acordó adoptar el siguiente acuerdo:

Único.- Proponer a la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible del Congreso

de los Diputados la creación, en el seno de la misma, de una ponencia en la que

participen los principales expertos sobre el tema y se puedan así orientar las decisiones

finales sobre el uso obligatorio del casco, por los ciclistas, en vías urbanas.

15º.- PROPUESTA DEL PORTAVOZ DE IZQUIERDA UNIDA-VERDES PARA

QUE SE DOTE DE UN CONSERJE AL COLEGIO RURAL AGRUPADO

BILINGÜE “ENTRETIERRAS”.

El Sr. Alcalde cedió la palabra al Sr. Martínez Meroño, quien procedió a dar lectura,

como ponente de la misma, a la propuesta que se transcribe a continuación:

“Francisco Ramón Martínez Meroño, Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda

Unida-Verdes, en nombre y representación de dicho grupo, al amparo de lo establecido

en el artículo 91 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades

Locales, tiene el honor de elevar la siguiente propuesta.

EXPOSICION DE MOTIVOS:

La educación es un derecho fundamental esencial para poder ejercitar todos los demás

derechos, promueve la libertad y la autonomía personal y genera importantes beneficios

para el desarrollo.

Los instrumentos normativos de las Naciones Unidas y la Unesco estipulan las

obligaciones jurídicas del derecho a la educación. Corresponde a los gobiernos el

cumplimiento de estas obligaciones, tanto de índole jurídica como política, relativos al

suministro de educación de calidad para todos, la aplicación y la supervisión de las

estrategias más eficaces en materia educativa.

En cuanto al marco de las relaciones entre los ayuntamientos y el sistema educativo hay

establecidas toda una serie de normas:

- Ley 7/85 de 2 Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:

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• Art. 25.2.n. Los municipios establecerán competencias en los siguientes

términos: participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la

Administración Educativa en la creación, construcción y sostenimiento de los

centros docentes, intervenir en sus órganos de gestión y participar en la

vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.

• Art.28: Los municipios pueden realizar actividades complementarias a las

propias de otras administraciones y, en particular, las relativas a la educación.

- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación, LOE:

• Impulsa una relación más estrecha entre los Ayuntamientos (reflejada sobre todo

en la disposición adicional decimoquinta), y la administración educativa.

Destacamos que establece la competencia municipal en el mantenimiento,

conservación y vigilancia de los centros de primaria.

Dice textualmente: “2. La conservación, el mantenimiento y la vigilancia de los

edificios destinados a centros públicos de educación infantil, educación primaria

o educación especial, corresponderán al municipio respectivo. Dichos edificios

no podrán destinarse a otros servicios o finalidades sin autorización previa de la

Administración educativa correspondiente”.

Por otro lado, tras consultar a la Unidad Técnica de Centros Educativos de la Dirección

General de Infraestructuras de la Consejería de Educación, Formación y Empleo de

Murcia, se constata que, en todos los casos, el titular de los edificios educativos

públicos donde se imparta el 2º ciclo de Ed. Infantil y la etapa de Ed. Primaria es el

Ayuntamiento correspondiente al municipio donde se encuentran, es decir, una vez

construidos por la administración autonómica son cedidos a los Ayuntamientos, salvo

cuando sean edificados por los propios Ayuntamientos, en cuyo caso serían titulares

desde el principio.

En el pasado pleno celebrado el 4 de Abril, se formuló un ruego por parte de este grupo

municipal instando a que se tomaran todas las medidas necesarias para que se dotara de

un conserje al CRA “'Entretierras”, la respuesta por parte de la Concejalía competente

en esta materia fue una negativa en redondo, incluso a evaluar esta posibilidad. Se

aludió a posibles reformas de leyes; se dijo que nunca lo había tenido y que no lo iba a

tener ahora; se afirmó que funciona muy bien sin necesidad de contar con un conserje e

incluso se aseguró tajantemente que nadie puede decir que existan deficiencias en

ningún colegio. De este modo la concejala responsable daba a entender que todo

funciona perfectamente e indicaba al concejal que presentó el ruego, que disponía datos

erróneos y debía informarse mejor.

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Sin embargo, tos datos y la información que nos han trasladado la comunidad educativa

de este colegio no solamente a este grupo político, sino también al resto de grupos

políticos de la oposición, demuestran que existen quejas y que estas señalan

innumerables deficiencias, peticiones de reparación de averías y otros problemas de los

cuales el equipo de gobierno del PP ha tenido conocimiento desde el primer momento

pues han sido comunicados.

En nuestro municipio es el CRA “Entretierras”, con sus sedes de El Jimenado, Meroños

y Los Olmos, es el único colegio (incluidos más pequeños o que tienen menos alumnos)

que no dispone de conserje. Ciertamente nunca lo tuvo y el centro funcionó, pero no

todo lo bien que se espera de un colegio en cuanto al mantenimiento de instalaciones,

como demuestran las muchas peticiones de reparación de averías que se han formulado.

La mayoría de ellas podrían haberse resuelto en el mismo momento por un conserje.

Algunas de ellas han sido resueltas por la cuadrillas de operarios días, semanas e incluso

meses después de notificarse la avería. En algunos casos, dada la necesidad, han sido

resueltas por los propios padres de alumnos del centro e incluso por los profesores. Es

incomprensible que por el simple hecho de llamarse CRA y no CEIP, no se conceda

este servicio, cuando las instalaciones, funcionamiento y fines de este centro educativo

son idénticos a los del resto, salvo por contar con tres sedes.

Además, otros CRAs de la Región de Murcia, cuentan con este servicio a tiempo

completo, con la posibilidad de que la misma persona pueda atender todas sus sedes con

un reparto equilibrado de su horario.

Por todo lo expuesto se propone el siguiente acuerdo:

Que se preste este servicio, por parte del Ayuntamiento, nombrando un conserje para el

Colegio Rural Agrupado Bilingüe “Entretierras”.

En Torre-Pacheco a 17 de mayo de 2013.”

El Sr. Martínez Meroño añadió que lo que se estaba pidiendo era una mejora para estos

colegios subsanando el agravio comparativo que sufren con respecto a los demás

colegios.

Dña. Rosalía Rosique García, portavoz del Grupo Municipal del Partido Independiente,

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afirmó que le parecía ajustada, justa y oportuna la propuesta del Sr. Martínez Meroño.

Reconoció los esfuerzos realizados por el Ayuntamiento en el mantenimiento y mejora

de estos colegios rurales agrupados, labor a la que hay que añadir la realizada por los

propios profesores y por la asociación de padres. Aseguró que la presencia de un

empleado municipal que desempeñe labores de conserjería y mantenimiento supone un

importante ahorro administrativo y de contratación. Por ello, entendía que no se podía

esperar a la próxima reforma de la Administración Local ni a una reclasificación de

puestos de trabajo, porque estos procesos se podrían alargar mucho en el tiempo. Abogó

por una optimización de los recursos humanos con los que cuenta el Ayuntamiento y

asignar un trabajador municipal como conserje o como técnico de mantenimiento, según

la forma que se considere más conveniente. Y anunció que el voto de su grupo sería

favorable a la propuesta.

D. Fernando Vera Albaladejo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista,

aseguró conocer los problemas existentes en el CRA Entretierras, y afirmó que no eran

muy distintos de los existentes en cualquier otro colegio del municipio. Sin embargo,

había una serie de pequeñas carencias que se podrían solucionar si se aprobaba la

propuesta del Sr. Martínez Meroño. Aseguró entender el momento de dificultad

económica por el que atraviesa el Ayuntamiento y la problemática que supone tener un

conserje para un colegio que está diseminado, pero consideró incuestionable que la

presencia de este empleado haría que el colegio fuera aun mejor de lo que es. Por todo

ello, anunció el apoyo de su grupo a la propuesta, por considerarla razonable y

adecuada.

D. Antonio Madrid Izquierdo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular, negó

tajantemente que el CRA “Entretierras” tuviera problemas distintos de los que pueda

tener cualquier otro colegio. Reconoció que la idea de un encargado de mantenimiento

no era mala, pero insistió en la necesidad de elaborar una reclasificación de puestos de

trabajo. Por ello, el tiempo que quedaba de curso se seguiría encargando del

mantenimiento del CRA los de Servicios Municipales. Pero aseguró que para el curso

siguiente sí que estaría elaborada la RPT, y que, casi con total seguridad, habría una

persona de mantenimiento encargada del CRA. No obstante, dijo que su grupo iba a

votar en contra de la propuesta.

El Sr. Alcalde quiso agradecer la labor que la asociación de padres del centro están

llevando a cabo conjuntamente y en coordinación con la Dirección del centro y con el

Ayuntamiento. Explicó que existe un cuadrante en el que reparten entre el centro, los

padres y el Ayuntamiento, las tareas necesarias. Dijo que el cuadrante se está

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cumpliendo de manera escrupulosa, pero de esas necesidades, unas se han podido

abordar de forma inmediata pero otras hay que dejarlas para realizarlas durante las

vacaciones escolares. También hizo la apreciación de que, lógicamente, las necesidades

de mantenimiento de un colegio con 800 alumnos son mayores que uno con 100.

Finalizó su intervención agradeciendo la labor desarrollada por las concejalías

implicadas en el mantenimiento de los colegios, por los directores de los centros y por

las asociaciones de madres y padres que colaboran con el Ayuntamiento.

En el turno de réplica, D. Francisco Ramón Martínez Meroño, portavoz del Grupo

Municipal de Izquierda Unida-Verdes, agradeció el apoyo a su propuesta por parte de

los grupos socialista e independiente y expresó su satisfacción por el avance que

suponía el compromiso, adquirido hoy por el equipo de gobierno, de dotar de un

encargado de mantenimiento al CRA, pese al voto desfavorable de la propuesta por

parte del grupo popular.

Dña. Rosalía Rosique García, portavoz del Grupo Municipal del Partido Independiente,

también se mostró satisfecha por el compromiso del equipo de gobierno y reiteró el

apoyo de su grupo a la propuesta.

El portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular se ratificó en su intervención

anterior.

Finalmente el Sr. Alcalde explicó que no podían apoyar la propuesta del Sr. Martínez

Meroño porque en la redacción de la misma se querían hacer ver unos problemas que,

según él, no eran tales. También afirmó que la reivindicación de la asignación de un

encargado de mantenimiento era únicamente de los padres del colegio de El Jimenado,

puesto que los de los otros dos centros no se habían manifestado en este sentido. Y esta

reivindicación es debida al importante crecimiento que ha tenido el colegio del El

Jimenado en los últimos años. Por ello, el Ayuntamiento había ido adoptando medidas

como ampliación de espacios, construcción de un pabellón, construcción de un comedor

compartido con el PAI. Afirmó que nunca se termina de cubrir todas las necesidades de

los centros, pero que desde el Ayuntamiento se procuraba dar respuesta a todo lo que

era posible. Reiteró el compromiso de dotar de un responsable de mantenimiento al

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CRA, pero advirtiendo que sería para el próximo curso, y reiteró que su grupo no podía

votar a favor este asunto por no estar de acuerdo con lo expresado en el texto de la

propuesta.

Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos

Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.

Sometido el asunto a votación, se obtuvieron los siguientes resultados:

VOTARON A FAVOR los señores y señoras: Vera Albaladejo, Buendía Azorín,

Gabarrón Pérez, Rosique García, León Garre, Martínez Sánchez y Martínez Meroño. En

total SIETE VOTOS AFIRMATIVOS.

VOTARON EN CONTRA los señores y señoras: García Madrid, Madrid Izquierdo,

Valcárcel Jiménez, Meroño León, Martínez Roca, Martínez Martínez, Sánchez Pérez,

Madrid Saura, Vivancos Ros, Martínez Meroño, Marín Otón y Rosique Martínez. En

total DOCE VOTOS NEGATIVOS.

Y el Ayuntamiento Pleno, por siete votos a favor y doce en contra, acordó desestimar la

propuesta del Sr. Martínez Meroño sobre asignación de un conserje al Colegio Rural

Agrupado Bilingüe “Entretierras”.

No obstante lo anterior, el equipo de gobierno se comprometió a asignar un encargado

de mantenimiento, para este colegio, para el siguiente curso escolar.

16º.- PROPUESTA DEL PORTAVOZ DEL GRUPO SOCIALISTA SOBRE LA

SANIDAD PÚBLICA.

El Sr. Alcalde cedió la palabra a D. Fernando Vera Albaladejo, para que procediera a la

lectura y exposición de su propuesta, la cual se transcribe íntegramente a continuación:

“Fernando Vera Albaladejo concejal del Ayuntamiento de Torre Pacheco y Portavoz del

Grupo Municipal Socialista, al Ayuntamiento Pleno, formula la siguiente,

MOCIÓN

La Sanidad Pública universal solo se garantiza y se cohesiona desde la gestión pública y

con profesionales dependientes directivamente de la Administración porque es un

derecho y solo desde las Administraciones Públicas se trabaja con una perspectiva única

y exclusivamente de servicio público sin ningún otro interés que desvíe los objetivos y

sin ninguna otra finalidad que no sea exclusivamente el interés general sin ánimo de

lucro.

Un análisis de la situación de los hospitales de la comarca del Campo de Cartagena-Mar

Menor pone de manifiesto el claro deterioro que ha sufrido la Sanidad pública en esta

comarca con los recortes llevados a cabo por el gobierno del Partido Popular.

El número total de camas en el Área de salud II y VIII, áreas a las que corresponde el

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Hospital General Universitario Santa Lucía, Hospital Sta. Mª del Rosell, y el Hospital

General Universitario Los Arcos-Mar Menor tienen un total de: 849 camas frente a las

1.275 prometidas.

La ratio es de 2,2 camas por cada 1000 habitantes.

LA CONSEJERA DE SANIDAD EN LA ASAMBLEA REGIONAL EN ABRIL DE

2009 se comprometió a contar en la Comarca con 1.275 camas, asumiendo el

compromiso de pasar en el área de Cartagena de una ratio de 1,82 camas por cada mil

habitantes a 3,47 camas por cada mil habitantes, y en la Comarca del Mar Menor, pasar

de una ratio de 1,82 camas por cada mil habitantes a 3,15 camas por cada mil

habitantes, compromisos ambos que no se han cumplido.

Esta situación viene motivada porque en el Hospital General Universitario Sta. Lucía

hay una o dos plantas sin abrir, en el Rosell se cuenta con 86 camas frente a las 328

prometidas, de las cuales 168 iban a ser socio-sanitarias y 128 de psiquiatría, en los

Arcos-Mar Menor que costó más de 100 millones de euros y se construyó con una

capacidad para 314 camas, sólo hay funcionando 162.

Esta es la situación de los hospitales en la comarca; preocupante también es el tema de

las listas de espera quirúrgica que a 31 de diciembre de 2012 era en el ÁREA II: más de

180 días de espera: 1132 personas (185 en diciembre de 2011). En un año se ha

multiplicado por 6 el número de personas que superan los tiempos máximos de espera,

con más de 365 días de espera hay unas: 186 personas. En el ÁREA VIII más de 180

días de espera se encuentran más de 130 personas (62 en diciembre de 2011). Se ha

duplicado el número de personas que superan los tiempos máximos de espera, cuando el

tiempo máximo de espera según decreto debería ser de 150 días.

No menos preocupante es el problema de la lista de espera para la primera consulta:

En el ÁREA II, con más de 61 días de espera se encuentran alrededor de 7.327 personas

(en diciembre de 2011 eran 5.773). Con más de 90 días de espera están unas 5.681

personas (en diciembre de 2011 eran 2.684), siendo el número de personas en lista de

espera más del doble que en 2011. Sin fecha para asistir a la primera consulta se

encuentran más de 1.318, cuando en diciembre de 2011 eran 839.

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En el ÁREA VIII, con más de 61 días de espera hay unas: 7.793 personas (en diciembre

de 2011 eran 4.365), con más de 90 días de espera están 6.926 personas (en diciembre

de 2011 eran 2.935), siendo más del doble, cuando el tiempo máximo de espera sería de

50 días según decreto.

En relación al Presupuesto para el 2013:

El ÁREA II, cuenta con 249,8 MILLONES DE EUROS (26,5 millones menos que en

2012).Los conciertos suben 6 millones de euros.

El ÁREA VIII, tiene un presupuesto de 75,7 millones de euros (8,4 millones menos que

en 2012).Los conciertos suben 1,8 millones de euros.

Ante esta situación de empobrecimiento de la sanidad pública en nuestra comarca al

Pleno Municipal se propone:

PRIMERO.- Instar al Gobierno Regional a garantizar el derecho a la salud, establecido

en la Constitución, en las mejores condiciones posibles, evitando los recortes en un

servicio tan importante como el sanitario.

SEGUNDO.- Solicitar al Gobierno Regional que no reduzcan las partidas

presupuestarias de los hospitales de la Comarca, al objeto de poder utilizar el número de

camas comprometido por la Consejera en su comparecencia del 9 de abril de 2009, así

como reducir las listas de espera.

TERCERO.- Pedir públicamente a la Comunidad de Murcia que no privatice los

servicios prestados por los hospitales de la Comarca, que, mantenga todos los puestos

de trabajo y la cartera de servicios, porque la privatización de estos servicios quebrarían

la cohesión y el sistema nacional de salud concebido para garantizar el derecho a la

salud recogido en la Constitución.

No obstante el Ayuntamiento Pleno con su superior criterio acordará lo que considere

más oportuno.

En Torre Pacheco a 22 de abril de 2013”

Tras la lectura de su propuesta, el Sr. Vera Albaladejo comentó que los datos ofrecidos

en la misma eran datos objetivos, aunque tenían una antigüedad de 90 días con respecto

a la fecha de la propuesta, pero expresó su convencimiento de que, lamentablemente, la

progresión no hubiera sido descendente hasta la fecha de esta sesión. Aseguró que los

datos ofrecidos sobre la evolución de las listas de espera no admitían controversia, ya

que eran datos públicos, ofrecidos por la propia Consejería. Reconoció que la

Comunidad Autónoma emplea cerca del 80% de su gasto en sanidad y en educación,

pero afirmó que no se puede engañar a los ciudadanos diciendo que todo sigue igual que

antes de comenzar a aplicar la política de recortes.

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D. Francisco Ramón Martínez Meroño, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda

Unida-Verdes, expresó su apoyo a la propuesta del Sr. Vera Albaladejo por considerar

que en ella se reflejaba el incumplimiento, por parte de la Consejería de Sanidad, de sus

competencias. Afirmó que estos datos ponían de manifiesto la pésima gestión

desarrollada por el gobierno autonómico en materia sanitaria. Dijo que la sanidad es un

derecho fundamental y que no se debía hacer negocio con ella.

Por parte del Grupo Municipal del Partido Independiente intervino Dña. Inmaculada C.

Martínez Sánchez, quien manifestó el apoyo total de su grupo al mantenimiento de una

sanidad pública y universal, gestionada racionalmente con criterios sanitarios e

impartida por buenos profesionales. Dijo que en ningún momento debe verse la sanidad

como un negocio económico, pues la salud es un derecho básico y no una transacción

comercial. Por todo ello anunció el voto favorable de su grupo a la propuesta del Sr.

Vera Albaladejo.

D. Antonio Madrid Izquierdo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular,

aseguró que desde el punto de vista de su grupo, la percepción que tenían sobre la

evolución de los servicios sanitarios era de una gran mejora, y citó servicios como la

UME, el segundo centro de salud de Torre-Pacheco o la ampliación de los consultorios

médicos de las pedanías. Reconoció que en sanidad y en educación siempre es poca la

inversión que se haga, puesto que son dos de los principales pilares del estado del

bienestar. Dijo que el nuevo hospital de Los Arcos era mucho mejor que el antiguo y

ofrecía muchos más servicios, lo cual repercutía directamente en beneficio de los

ciudadanos. También se mostró de acuerdo con que la sanidad no debe ser un negocio,

pero afirmó que todos esos servicios, material, profesionales, etc, había que pagarlos.

En cuanto a los conciertos con empresas privadas, se mostró favorable si suponían un

ahorro para la sanidad pública, lo cual sería un ejemplo de gestión eficiente. Aseguró

que la percepción que tienen los vecinos del Área de Salud VIII, que es la que afecta a

Torre-Pacheco, es que se ha mejorado, aunque reconoció que faltan cosas por hacer y

que todo es mejorable. Por todo lo expuesto, anunció que el voto de su grupo sería

contrario a la propuesta.

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En el turno de réplica los portavoces intervinientes se ratificaron en sus posturas.

Finalmente intervino el Sr. Alcalde aseguró que su grupo estaba de acuerdo en que se

garantice el derecho a la salud, y añadió que lo que se estaba haciendo por parte de la

Comunidad Autónoma era intentar mantener un servicio y garantizar la sostenibilidad

del mismo. Para ello consideró necesaria la reforma de la financiación autonómica al

entender que modelo actual perjudicaba gravemente a la Comunidad Autónoma de la

Región de Murcia.

Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos

Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.

Sometido el asunto a votación, se obtuvieron los siguientes resultados:

VOTARON A FAVOR los señores y señoras: Vera Albaladejo, Buendía Azorín,

Gabarrón Pérez, Rosique García, León Garre, Martínez Sánchez y Martínez Meroño. En

total SIETE VOTOS AFIRMATIVOS.

VOTARON EN CONTRA los señores y señoras: García Madrid, Madrid Izquierdo,

Valcárcel Jiménez, Meroño León, Martínez Roca, Martínez Martínez, Sánchez Pérez,

Madrid Saura, Vivancos Ros, Martínez Meroño, Marín Otón y Rosique Martínez. En

total DOCE VOTOS NEGATIVOS.

Y el Ayuntamiento Pleno, por siete votos a favor y doce en contra, acordó desestimar la

propuesta del Sr. Vera Albaladejo sobre la sanidad pública.

17º.- PROPUESTA DE LA PORTAVOZ DEL GRUPO INDEPENDIENTE

SOBRE LAS CONTRATACIONES POR EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO,

INSTANDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN MUNICIPAL A INVITAR A

EMPRESAS DEL MUNICIPIO.

El Sr. Alcalde cedió la palabra a la portavoz del Grupo Municipal del Partido

Independiente para que procediera a la lectura y exposición de la propuesta que se

transcribe a continuación:

“ROSALÍA ROSIQUE GARCÍA, Concejal Portavoz del Partido Independiente de

Torre Pacheco, al Pleno Municipal eleva la siguiente

PROPUESTA

La continuada depresión en la que está sumida la situación económica precisa de

actuaciones urgentes y determinantes que puedan paliar, en la medida de lo posible, los

enormes daños estructurales que se están causando a la sociedad civil, también en

Torre-Pacheco. Sin embargo, nuestro municipio cuenta con un potencial humano capaz

de darle la vuelta a este estado de cosas, aunque nuestro tejido productivo necesita de

ayuda para desarrollar su tarea y que redunde en beneficio de todos.

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Nuestro Ayuntamiento debe ser un actor clave para favorecer la actividad económica,

especialmente a través de políticas de apoyo, de coordinación y de promoción de la

actividad empresarial y de acciones de gobierno para la creación de empleo, generando

las condiciones necesarias y las sinergias entre todos los agentes implicados para

conseguir que el municipio sea más competitivo.

Con cierta frecuencia, el Ayuntamiento de Torre Pacheco, a criterio del Equipo de

Gobierno, decide contratar determinados servicios a empresas privadas que,

supuestamente, no pueden ser desempeñados por los propios trabajadores municipales y

se suponen necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales.

Por ello, y según lo establecido en la legislación vigente, se inician los correspondientes

expedientes administrativos y algunos de estos, cuando su cuantía no supera cierta

cantidad, el órgano competente de contratación utiliza el procedimiento negociado, por

el que se solicitan, al menos, tres ofertas para desarrollar el servicio que se pretende

adjudicar.

La potestad de elección de las empresas a invitar a este proceso corresponde al órgano

de contratación, suponiendo que opta por aquellas de reconocida solvencia y

especializadas en el trabajo a contratar, tomando como base el interés público, el

ordenamiento jurídico y los principios de buena administración. En muchas ocasiones,

los servicios que se requieren pueden ser desempeñados perfectamente por empresas y

profesionales locales, por lo que resultaría procedente invitarles a participar, por el

órgano contratante, bajo los principios de igualdad de trato y transparencia.

A pesar de ello, se está observando cómo las empresas que están siendo seleccionadas

por el Ayuntamiento a participar en estos procesos administrativos no son de nuestro

municipio, incluso algunas ni siquiera son de la Región de Murcia, cuando nos

encontramos en Torre-Pacheco con empresas y emprendedores profesionales con el

mismo objeto social y que pueden desarrollar esas labores, cuando menos, con la misma

calidad y precio que pudieran aportar aquellas ajenas al municipio. Parece lógico, y en

ningún momento chocaría con los principios constitucionales, que nuestras empresas y

trabajadores también puedan acceder a realizar los servicios que el Ayuntamiento

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contrata, con lo que se crearía una dinámica favorecedora del desarrollo local, la actitud

emprendedora dentro del municipio, la mejora económica y otros efectos beneficiosos

para nuestro tejido productivo, por lo que se propone un cierto proteccionismo hacía

nuestras empresas locales, compromiso de este Ayuntamiento Pleno con su tejido

empresarial a realizar con la adopción del siguiente acuerdo:

Instar, desde el Pleno Municipal, a los órganos competentes de contratación de este

Ayuntamiento que, en los casos de procedimiento negociado, las empresas a invitar para

participar en el proceso seleccionador sean del municipio de Torre-Pacheco, siempre y

cuando reúnan las condiciones necesarias para desarrollar sus servicios en igualdad con

otras mercantiles ajenas al término municipal.

LO QUE SE SOMETE AL PLENO PARA SU APROBACION y CUMPLIMIENTO

EN SU CASO.

Torre-Pacheco, a 20 de mayo de 2013.”

Tras la lectura de su propuesta, la Sra. Rosique García solicitó el voto favorable del

resto de grupos y su cumplimiento por parte de los órganos de contratación municipales,

expresando así el compromiso del Ayuntamiento con las empresas de Torre-Pacheco.

D. Francisco Ramón Martínez Meroño, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda

Unida-Verdes, expresó su apoyo a la propuesta y felicitó al grupo independiente por su

iniciativa.

D. Fernando Vera Albaladejo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista,

también expresó su apoyo a la propuesta aunque advirtió sobre los posibles

impedimentos legales que pudiera tener esta iniciativa.

D. Antonio Madrid Izquierdo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular, aclaró

que lo que se solicita en la propuesta ya se viene haciendo desde el departamento de

Contratación del Ayuntamiento, invitando a los procedimientos negociados a las

empresas que figuran en los listado del Departamento de Desarrollo Local. No obstante,

expresó el apoyo de su grupo a la propuesta del grupo independiente.

Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos

Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.

Y el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los miembros presentes (diecinueve de los

veintiuno que componen la Corporación), acordó aprobar en todos sus extremos la

propuesta presentada por Dña. Rosalía Rosique García sobre invitación a la

participación de las empresas del municipio en los procedimientos negociados de

contratación.

18º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

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Acto seguido se pasó a abordar el último punto de la sesión, siguiendo el orden de

presentación en el Registro General de entrada de los ruegos y preguntas planteados por

los grupos políticos municipales:

I. RUEGO.

En primer lugar se abordó un ruego presentado por D. Fernando Vera Albaladejo,

portavoz del Grupo Municipal Socialista, anotado en el Registro General de Entrada de

este Ayuntamiento con el número 5.501, dirigido a la Sra. Concejala Delegada del Área

de Educación, Cultura y Deportes, Dª Araceli Martínez Roca, el cual se transcribe

continuación:

“El pasado 31 de Enero de 2013, el Pleno Municipal aprobó por unanimidad una

moción para la puesta en marcha de un Club Senior de Lectura en la Biblioteca

Municipal, con la intención de que los estudiantes pudieran ocupar el aula de estudio del

edificio fuera de los horarios de atención al público, a través de un sistema de control de

accesos.

Casi 4 meses después, el proyecto no da señales de vida. Mientras, en la Sala del Centro

Integral de Seguridad, se concentran estudiantes de Bachillerato, Selectividad,

Universidad y opositores, con lo que se vuelven a producir los mismos problemas de

espacio que en Diciembre y Enero, lo que imposibilita que muchos alumnos puedan

estudiar al encontrase esta sala llena durante la mayor parte del día. Esto genera,

además, otros problemas, derivados de la poca idoneidad del espacio, como el calor

excesivo y los ruidos, y la falta de limpieza de la propia sala de estudio y los espacios

adyacentes, como el vestíbulo y los servicios, que acumulan desperfectos y roturas.

Preocupados por esta situación, los usuarios de la sala de estudio han iniciado una

recogida de firmas en la que solicitan al Ayuntamiento que amplíe el horario de la

Biblioteca Pública, como salida transitoria al problema que generó el consistorio con el

cierre del Aula 24 Horas de la Biblioteca Municipal.

Por todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Municipal Socialista eleva al Pleno el

siguiente ruego:

1. Que se dé cumplimiento, con carácter de urgencia, al acuerdo plenario de 31 de Enero

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de 2013, para poner en marcha el Club Senior de lectura y volver a abrir la sala de

estudio de la Biblioteca Municipal.

2. Que si, por algún motivo, no se puede dar cumplimiento de urgencia al acuerdo, se

atiendan las peticiones de los estudiantes, y se dote a la Biblioteca Municipal de los

medios necesarios para permanecer abierta en horario continuo de 9 de la mañana a 9 de

la noche, de lunes a domingo, durante la época de exámenes.

En Torre Pacheco, a 14 de mayo de 2013”

Dña. Araceli Martínez Roca respondió que si no se había dado respuesta inmediata no

había sido por dejadez, sino que la aprobación de los presupuestos había hecho que se

retrasara la adquisición del material que se había solicitado. Afirmó que era consciente

de la necesidad de reforzar este servicio y que se estaba trabajando en ello para

solucionar el problema lo antes posible.

Y la Corporación Plenaria quedó enterada de lo expuesto anteriormente.

II. RUEGO.

A continuación se atendió un ruego formulado por Dª Margarita Gabarrón Pérez,

concejala del Grupo Municipal Socialista, anotado en el Registro General de Entrada de

este Ayuntamiento con el número 5.502, el cual se transcribe continuación:

“Las dos rotondas que hay en la carretera F-21 entre Torre Pacheco y Roldán y que dan

acceso a la circunvalación norte V-TP, no tienen iluminación con lo que la visibilidad

por la noche es prácticamente nula, se perciben cuando prácticamente estás ya en ellas.

Consciente de la necesidad de realizar un ahorro energético, ruego que se iluminen

dichas rotondas para mejorar la visibilidad, evitar accidentes y con iluminación parcial,

ahorrar energía.

En Torre Pacheco, a 13 de mayo 2013”

Respondió al ruego el Concejal Delegado del Área de Urbanismo y Medio Ambiente,

D. Santiago Meroño León, quien aseguró que en el Plan de Ahorro y Eficiencia

Energética está prevista la reducción de la iluminación pero no su supresión, para

garantizar la seguridad del tráfico. No obstante, el caso citado por la Sra. Gabarrón se

debe al robo de elementos de la conducción eléctrica, y que se estaba trabajando para

reponerlo y asegurar al máximo dichos componentes para evitar nuevas sustracciones.

También informó que se había requerido a la Dirección General de Carreteras la

limpieza de estos espacios.

Y el Ayuntamiento Pleno quedó enterado.

III. RUEGO.

A continuación se atendió un ruego formulado por Dª Margarita Gabarrón Pérez,

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concejala del Grupo Municipal Socialista, anotado en el Registro General de Entrada de

este Ayuntamiento con el número 5.503, el cual se transcribe continuación:

“Que se ponga un espejo en el cruce existente entre la Calle Río Miño y la Plaza de San

Antonio para permitir la visibilidad del tráfico proveniente de la Calle Los Albaladejos.

En Torre Pacheco, a 13 de mayo 2013”

Atendió el ruego el Concejal Delegado del Servicio de Tráfico, D. Isidro Vivancos Ros,

quien se comprometió a dar las órdenes oportunas a la Policía Local para que estudiara

la necesidad de dicho elemento y actuar en consecuencia.

Y el Ayuntamiento Pleno quedó enterado.

IV. PREGUNTA.

A continuación se trató una pregunta presentada por Dña. Rosalía Rosique García,

portavoz del Grupo Municipal del Partido Independiente, anotada en el Registro

General de Entrada de este Ayuntamiento con el número 5.567, la cual se transcribe

continuación:

“El Decreto 379/2006 del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia otorgó una

subvención de 8.000.000 €, en un único pago, para la construcción del Museo Regional

de Paleontología y Evolución Humana a ubicar en las inmediaciones del Cabezo Gordo,

debiendo estar concluidas las obras el 30 de junio de 2011. Unos días antes de esta

fecha, el Sr. Alcalde solicitó una prórroga de tres años motivada, según Boletín Oficial

de la Región, por la aparición de restos fósiles en el Puerto de la Cadena. A pesar de ello

y desde hace un tiempo, no se observa actividad alguna en esta obra, al menos de forma

aparente, por lo que se pregunta:

- ¿Están paralizados los trabajos de construcción del Museo junto al Cabezo Gordo?, en

caso afirmativo ¿cuál es el motivo?

- ¿Qué porcentaje de obra se encuentra certificado?

- ¿Qué cantidad económica ha sido pagada a la empresa contratista de la obra?

- ¿Cuál es la fecha prevista para la finalización de obra y musealización?

Torre-Pacheco, 20 de mayo de 2013”

Para responder a la pregunta el Sr. Alcalde cedió la palabra a Concejal Delegado del

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Área de Urbanismo y Medio Ambiente, D. Santiago Meroño León, quien confirmó que

las obras estaban paralizadas por el hecho de que se estaba redactando, por parte de los

arquitectos directores de obra, un proyecto modificado que contempla mejoras en la

eficiencia energética de la climatización del edificio, a obras de urbanización exterior y

también, y sobre todo, para la adaptación arquitectónica al proyecto de musealización.

Con respecto al porcentaje de obra certificado, afirmó que supera el 50%.

En cuanto a las cantidades abonadas dijo que se correspondían con la parte de la obra

que había sido certificada.

Y a la última de las cuestiones, el Sr. Meroño León indicó que la fecha de final de obra

sería la que se plantee en el proyecto modificado que se estaba redactando.

Y la Corporación Plenaria quedó enterada de lo anteriormente expuesto.

V. PREGUNTA.

Acto seguido se abordó una pregunta presentada por D. Francisco Ramón Martínez

Meroño, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Verdes, anotada en el

Registro General de Entrada de este Ayuntamiento con el número 5.576, la cual se

transcribe continuación y que estaba dirigida a la Sra. Concejala Delegada del Servicio

de Educación, Dña. Ana Martínez Martínez:

“1.- ¿Cual es el motivo por el que todavía no se ha abierto el plazo de preinscripción de

matriculas en la escuela infantil “Colorines III” de Balsicas, gestionada a riesgo y

ventura por la concesionaria mercantil Ana Naya García S.L?

En Torre-Pacheco, a 22 de mayo de 2013.”

El Sr. Alcalde cedió la palabra a la Sra. Martínez Martínez, quien informó que el plazo

de matrícula se había abierto ese mismo día, 30 de mayo, de lo cual se había empezado

a dar publicidad el día anterior.

Y la Corporación Plenaria quedó enterada de lo anteriormente expuesto.

VI. RUEGO.

Finalmente se dio cuenta de un ruego presentado por D. Francisco Ramón Martínez

Meroño, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Verdes, anotado en el

Registro General de Entrada de este Ayuntamiento con el número 5.577, el cual se

transcribe continuación y que estaba dirigido a la Sra. Concejala Delegada de los

Servicios de Educación, Formación, Participación y Atención Ciudadana, Convivencia

y Ciudadanía, Dña. Ana Martínez Martínez:

“- Que se pongan en marcha las juntas vecinales municipales aprobadas por el pleno del

Ayuntamiento.

En Torre-Pacheco, a 22 de mayo de 2013.”

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El Sr. Alcalde cedió la palabra a la Sra. Martínez Martínez, quien informó que no se iba

a atender el ruego. El motivo de esta negativa era que la última vez que se abordó en el

Pleno el tema de las Juntas Vecinales, en la sesión de 24 de septiembre de 2009, se

desestimó la creación de las mismas. Por otra parte, aseguró que el modelo de

participación ciudadana por el que se ha decantado el equipo de gobierno es el de tipo

asociativo, aprovechando el rico y variado tejido asociativo existente en el municipio

desde hace bastante tiempo y con el que existe una comunicación fluida y flexible.

Y el Ayuntamiento Pleno quedó enterado de lo anteriormente expuesto.

Antes de levantar la sesión, el Sr. Alcalde accedió a la petición de uso de la palabra

realizada por parte del vecino, y empleado de la Radio Municipal de Torre-Pacheco, D.

José Antonio Artero Romero, quien solicitó el uso de la misma para despedirse con

motivo de su jubilación. Tras unas emotivas palabras del Sr. Artero, el Sr. Alcalde

agradeció, en nombre de la Corporación, la labor de este periodista en la Radio

Municipal, y le felicitó por su jubilación.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las cero horas del día treinta y uno de

mayo de dos mil trece, por el Sr. Alcalde-Presidente se levantó la sesión, de todo lo

cual, como Secretaria, doy fe.