acta de la sesiÓn ordinaria celebrada por … · “acta de recepciÓn de las obras del puente...

47
Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO EL DÍA 19 DE JULIO DE 2013/8 En la ciudad de Alcalá de Guadaíra, y en la sala de plenos de su palacio municipal, siendo las dieciocho horas y cinco minutos del día diecinueve de julio de dos mil trece, se reunió el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria y en primera convocatoria, bajo la presidencia del Sr. Alcalde-Presidente, don Antonio Gutiérrez Limones, y con la asistencia de los siguientes concejales: don Rafael Chacón Sánchez, doña Miriam Burgos Rodríguez, doña María José Borge Montero, don Salvador Escudero Hidalgo, doña Ana Belén González Pérez, doña Gloria Marín Gil, doña María Dolores Gutiérrez Peral, don Clemente Jesús Olivero Mejías, don José Antonio Montero Romero, don José Manuel Rodríguez Martín y don Enrique Pavón Benítez del grupo municipal Socialista (11); doña María del Carmen Rodríguez Hornillo, doña Sandra González García, don Francisco Bautista Fernández, doña María del Águila Gutiérrez López, doña Rosalía Fernández-Llebrez Arriaga, doña Rosario Ordóñez Pardo, don Miguel Ángel Castillo Jiménez, doña Elena Ballesteros Marín y don Luciano Borrego Borrego del grupo municipal Popular (9); doña María Dolores Aquino Trigo y don Ramón Ramos Gandul del grupo municipal Andalucista (2); don Alberto Jesús Miranda Oliva del grupo municipal de IULV-CA (1), y doña Laura Ballesteros Núñez, concejal no adscrita a grupo municipal, asistidos por el secretario de la Corporación don Fernando Manuel Gómez Rincón. Previa comprobación por el señor secretario del quórum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada la sesión, se procede a conocer de los siguientes asuntos incluidos en el orden del día. 1º APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR DE FECHA 21 DE JUNIO DE 2013 (EXPTE. 4698/2013).- Por el señor presidente se pregunta si algún miembro de los asistentes tiene que formular alguna observación al acta de la sesión anterior celebrada con carácter ordinario el día 21 de junio de 2013. No produciéndose ninguna observación ni rectificación, es aprobada por unanimidad.

Upload: lydung

Post on 05-Oct-2018

216 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO

EL DÍA 19 DE JULIO DE 2013/8

En la ciudad de Alcalá de Guadaíra, y en la sala de plenos de su palacio municipal,

siendo las dieciocho horas y cinco minutos del día diecinueve de julio de dos mil trece, se

reunió el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria y en primera convocatoria, bajo la

presidencia del Sr. Alcalde-Presidente, don Antonio Gutiérrez Limones, y con la asistencia

de los siguientes concejales: don Rafael Chacón Sánchez, doña Miriam Burgos

Rodríguez, doña María José Borge Montero, don Salva dor Escudero Hidalgo, doña

Ana Belén González Pérez, doña Gloria Marín Gil, do ña María Dolores Gutiérrez Peral,

don Clemente Jesús Olivero Mejías, don José Antonio Montero Romero, don José

Manuel Rodríguez Martín y don Enrique Pavón Benítez del grupo municipal Socialista

(11); doña María del Carmen Rodríguez Hornillo, doña Sand ra González García, don

Francisco Bautista Fernández, doña María del Águila Gutiérrez López, doña Rosalía

Fernández-Llebrez Arriaga, doña Rosario Ordóñez Par do, don Miguel Ángel Castillo

Jiménez, doña Elena Ballesteros Marín y don Luciano Borrego Borrego del grupo

municipal Popular (9); doña María Dolores Aquino Trigo y don Ramón Ramos Gandul

del grupo municipal Andalucista (2); don Alberto Jesús Miranda Oliva del grupo municipal

de IULV-CA (1), y doña Laura Ballesteros Núñez , concejal no adscrita a grupo municipal,

asistidos por el secretario de la Corporación don Fernando Manuel Gómez Rincón .

Previa comprobación por el señor secretario del quórum de asistencia necesario para

que pueda ser iniciada la sesión, se procede a conocer de los siguientes asuntos incluidos

en el orden del día.

1º APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR DE FEC HA 21 DE JUNIO

DE 2013 (EXPTE. 4698/2013).- Por el señor presidente se pregunta si algún miembro de los

asistentes tiene que formular alguna observación al acta de la sesión anterior celebrada con

carácter ordinario el día 21 de junio de 2013. No produciéndose ninguna observación ni

rectificación, es aprobada por unanimidad.

Page 2: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

2º CONOCIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES DE ALCALDÍA Y C ONCEJALES-DELEGADOS.- El Ayuntamiento Pleno quedó debidamente enterado de las resoluciones dela Alcaldía y de los señores concejales-delegados que a continuación se indican:

- Resoluciones de la Alcaldía números 220 a 258, correspondientes a los meses dejunio y julio de 2013.

- Resoluciones de la presidencia de la Gerencia Municipal de Servicios Urbanosnúmeros 288 a 331, correspondientes a los meses de junio y julio de 2013.

- Resoluciones de la señora concejal-delegada del Área de Políticas Estratégicas,números 92 a 108, correspondientes a los meses de junio y julio de 2013.

- Resoluciones de la señora concejal-delegada del Área de Gobernanza y Evaluaciónnúmeros 937 a 987, correspondientes a los meses de junio y julio de 2013.

- Resoluciones del señor concejal-delegado del Área de Territorio y Personasnúmeros 689 a 775, correspondientes a los meses de junio y julio de 2013.

- Resoluciones del señor concejal-delegado de Hacienda Pública números 517 a708, correspondientes a los meses de junio y julio de 2013.

3º INFORME DE TESORERÍA PRIMER TRIMESTRE 2013 ESTAB LECIDO EN LALEY 15/2010, DE 5 DE JULIO: DACIÓN DE CUENTAS.- Por la presidencia se da cuentadel informe redactado por la Tesorería municipal correspondiente al primer trimestre de2013, al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 15/2010, de 5 de julio, demodificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas delucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Visto lo anterior, el Pleno del Ayuntamiento quedó debidamente enterado.

4º INFORME DE TESORERÍA SEGUNDO TRIMESTRE 2013 ESTABLECIDO ENLA LEY 15/2010, DE 5 DE JULIO: DACIÓN DE CUENTAS.- Por la presidencia se dacuenta del informe redactado por la Tesorería municipal correspondiente al segundotrimestre de 2013, al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 15/2010, de 5 dejulio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecenmedidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Visto lo anterior, el Pleno del Ayuntamiento quedó debidamente enterado

5º INFORME DEFINITIVO DE INTERVENCIÓN SOBRE FISCALI ZACIÓN APOSTERIORI DE LA GESTIÓN TRIBUTARIA DEL EJERCICIO D E 2011: DACIÓN DECUENTA.- Por la presidencia se da cuenta del informe definitivo redactado por laIntervención municipal sobre la fiscalización a posteriori de determinadas áreas de gestióntributaria durante el ejercicio 2011, al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en elartículo 219.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado

Page 3: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la base de la ejecución número34.3 del vigente presupuesto municipal.

Visto lo anterior, el Pleno del Ayuntamiento quedó debidamente enterado.

6º INFORMACIÓN SOBRE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO MUNI CIPALCORRESPONDIENTE AL 1º TRIMESTRE DE 2013: DACIÓN DE CUENTA.- Por lapresidencia se da cuenta de los listados relativos a la ejecución del presupuesto del primertrimestre de 2012, al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 207 del textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, en las reglas 105 y 106 de la Orden EHA/4041/2004, de23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del Modelo Normal de ContabilidadLocal, y en la base de ejecución número 38.1 del vigente presupuesto municipal.

Visto lo anterior, el Pleno del Ayuntamiento quedó debidamente enterado.

7º TOMA DE CONOCIMIENTO DEL ACTA DE RECEPCIÓN DE LA S OBRAS DELPUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO GUADALQUIVIR, CONEXI ÓN ENTRE EL SUO14 (SUNP-I 5 "EL CANAL") Y SUO 13 (SUNP- I 4 "EL PA LMETILLO") DEL VIGENTEPOGU DE ALCALÁ DE GUADAÍRA (EXPTE. 5688/2013. REF. 2/2009-SURO).- Por lapresidencia se da cuenta del acta de recepción de las obras del puente sobre el canal delbajo Guadalquivir, conexión entre el SUO 14 (SUNP-I 5 “El Canal”) y SUO 13 (SUNP-I 4 “ElPalmetillo”) del vigente PGOU, que copiada literalmente dice como sigue:

“ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJOGUADALQUIVIR, CONEXIÓN ENTRE EL SUO 14 (SUNP-I 5 “EL CANAL”) Y SUO 13(SUNP-I 4 "EL PALMETILLO")" DEL VIGENTE PGOU DE ALCALÁ DE GUADAÍRA".

PROMOTORES: SANDO PROYECTOS INMOBILIARIOS S.A, URBANIZADORAGENERAL, S.A (promotores del SUNP-I5” EL CANAL”) y JUNTA DE COMPENSACIÓNDEL SUNP-I 4.

EXPTE: 000002/2009-SURO (Recepción Obras Urbanizadora)

En Alcalá de Guadaíra, a 10 de junio de 2013.

R E U N I D O S

D.ª Julita Álvarez García-Pumarino, en representación de la promotora SANDOPROYECTOS INMOBILIARIOS, S.A, D. Juan Bohórquez Blanco y D. José Zambrano Galán,como representantes de URBANIZADORA GENERAL S.A. Actúan como entidadespromotoras del SUNP-I5 “El Canal”.

D. Manuel Sánchez-Haro Carmona, como representante de la JUNTA DECOMPENSACIÓN DEL SUNP-I 4 "EL PALMETILLO".

El arquitecto D. Javier Díaz-Borrego Horcajo, Director de las Obras.

Page 4: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

D.ª M.ª José Borge Montero, Presidenta de la Gerencia Municipal de ServiciosUrbanos y D. Álvaro Mingorance Gómez, Gerente de la Gerencia Municipal de ServiciosUrbanos.

Todos los comparecientes tienen acreditada la representación con la que actúan enel expediente de su razón y se reúnen al objeto de proceder al levantamiento del ACTA DERECEPCIÓN de las obras de la citada actuación

La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal del Bajo Guadalquivir y elvial de conexión, que conecta por un lado con el viario del sector SUO 14 (SUNP I-5) y porotro, con el SUO 13 (SUNP I-4) a través de la glorieta situada en las inmediaciones delCanal.

Esta obra forma parte de los compromisos asumidos por los promotores en losrespectivos Planes de Sectorización, habiendo sido autorizada en virtud de licencia de obrasotorgada en el expte. 000349/2005-UROY. A tal efecto, constan depositados avales en laTesorería Municipal de este Ayuntamiento por importes de 14.312,88 euros por la entidadSANDO PROYECTOS INMOBILIARIOS, S.A y 20.580,68 euros por la entidadURBANIZADORA GENERAL, S.A; promotores del SUO 14 (SUNP-I 5) y 33.467,64 eurospor la JUNTA DE COMPENSACIÓN del SUNP-I 4 “El Palmetillo”, promotor del SUO 13(SUNP-I 4) respectivamente, que suman el equivalente al 10% del coste de ejecución delpuente, en garantía de la correcta ejecución de las obras de urbanización del puente.

A tal fin, personados en el emplazamiento de las obras se comprueba que han sidoejecutadas de acuerdo con el Proyecto aprobado que se ha tramita bajo el expediente000349/2005-UROY, estando los distintos servicios urbanísticos en funcionamiento yconectados a las redes municipales y empresas suministradoras, contando con los informesfavorables de las empresas suministradoras; Endesa, Emasesa y de la Consejería de MedioAmbiente y la autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

El estado de conservación es bueno, presentando los lógicos pequeños deterioroscausados por el uso público.

En razón de lo anterior, se dan por recepcionadas las obras del Puente sobre el

Canal del Bajo Guadalquivir y el vial de conexión que conecta por un lado con el viario delsector SUO 14 (SUNP I-5) y por otro, con el SUO 13 (SUNP I-4), pasando a ser responsableel Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra.

La presente Acta será elevada al Ayuntamiento Pleno para su toma de razón.

Y para que así conste y surta efectos donde proceda, se firma el presente ACTA DERECEPCIÓN por quintuplicado, en el lugar y fechas indicados y por las partesrelacionadas.”

Visto lo anterior, el Pleno del Ayuntamiento quedó debidamente enterado.

8º PROPUESTA SOBRE LA CONCESIÓN DEMANIAL DIRECTA Y GRATUITA ALA ASOCIACIÓN MUSICAL NUESTRA SEÑORA DEL ÁGUILA DE USO DEL INMUEBLEDE PROPIEDAD MUNICIPAL, DE CARÁCTER DE DOMINIO PÚBL ICO, DENOMINADO

Page 5: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

COLEGIO RAFAEL GUIRAUM, SITIO EN LA CALLE PROFESOR EMILIO MENACHO Nº30 (EXPTE. 663/2013).- Dada cuenta del dictamen de la Comisión Informativa deGobernanza y Evaluación, de fecha 15 de julio de 2013 sobre el expediente que se tramitapara aprobar la adjudicación directa y gratuita de la concesión para la utilización privativa delinmueble de titularidad municipal a la asociación musical Nuestra Señora del Águila, yresultando :

1º. Este Ayuntamiento es propietario de un edificio situado en la calle Profesor EmilioMenacho, número 30, con una superficie de 578 m2.

2º. Este bien inmueble estuvo destinado al servicio educativo, ya que era el antiguocolegio Rafael Guiraum, siendo por esta afectación a un servicio público un bien de dominiopúblico de titularidad municipal.

3º. Por dejar de estar destinado dicho inmueble a colegio de enseñanza primaria,este Ayuntamiento ha solicitado de la Administración competente en materia de educación,concretamente la Junta de Andalucía, la consecuente desafectación del uso docente, deconformidad con lo prevenido en el artículo 8.3 del Decreto 18/2006, por el que se apruebael Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

4º. Una vez obtenida esta desafectación del uso docente, el Ayuntamiento puededisponer libremente del edificio, y destinarlo a los fines de interés local que estimeconveniente.

5º. La asociación musical Nuestra Señora del Águila mediante escrito presentado eneste Ayuntamiento el día 5 de marzo de 2013 ha solicitado la cesión de uso temporal dedicho inmueble para sede de la misma.

6º. La asociación musical Nuestra Señora del Águila, inscrita en el Registro Municipalde Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas (REMAEC) con el número 129 y con fechade 3 de abril de 1996 y declarada de interés público municipal por acuerdo del AyuntamientoPleno adoptado en la sesión celebrada con carácter ordinario el día 18 de febrero de 2013,tiene domicilio social en la avenida Antonio Mairena, número 48 de este municipio, siendosus fines el fomento de la educación musical y artística, dedicando especial interés en laformación de nuevos miembros.

7º. La trayectoria de la asociación, la disposición de medios materiales y personales,y su capacidad de organización se consideran idóneas para garantizar el cumplimiento delos fines que tiene establecidos.

8º. Del informe aportado al expediente por la Delegación Municipal de ParticipaciónCiudadana se desprende que esta cesión garantizaría la gestión de los intereses de laentidad en el ámbito de sus competencias, con el objetivo de que puedan seguirpromoviendo sus actividades.

9º. Este edificio requiere para su ocupación la correspondiente autorización municipaly, al tener la naturaleza jurídica de bien de dominio público, su utilización privativa exigecomo título habilitante la necesaria concesión administrativa del Ayuntamiento titular, deconformidad con lo previsto en el artículo 30.3 de la Ley 7/99, y 58 del Decreto 18/2006, por

Page 6: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

lo que es preciso tramitar la referida concesión administrativa para la utilización privativa departe de dicho edificio.

10º. La legislación aplicable al presente expediente viene recogida,fundamentalmente, en:

Legislación Estatal:

• Artículo 93.1, de carácter básico, y 137.4.b), de la Ley 33/2003, de 3 denoviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

• Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

• Artículo 233 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que seaprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídicode las Entidades Locales.

• Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba elreglamento general del patrimonio de las administraciones públicas.

Con carácter supletorio:

• Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

• Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto1372/1986, de 13 de junio.

• Reglamento de Servicios de las Entidades Locales, aprobado por Decreto de17 de junio de 1955.

• Código Civil.

Legislación Autonómica Andaluza:

• Artículos 26.b), 28 al 33, de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de lasEntidades Locales de Andalucía.

• Artículos 3.4, 3.1, 3.3, 5, 50.3, 51.f), 55.1, 58.1, 59 y ss., 77.6, 78 y 81, delReglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado porDecreto 18/2006, de 24 de enero.

• Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

Normativa Municipal:

• Las normas dictadas por las corporaciones locales en el marco de sucapacidad de autoorganización (ordenanzas) y en el marco de la legislaciónestatal y autonómica.

• No existe ordenanza municipal que regule el presente supuesto.

Page 7: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

11º. El edificio municipal, del cual se pretende su cesión de uso, es un bien dedominio público, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Reglamento de bienes de lasentidades locales de Andalucía, al prestar el mismo un servicio público. Asimismo, el artículo3.4 de dicho reglamento, dispone como bienes de dominio público “La afectación deinmuebles al uso o servicio público, como consecuencia de la ejecución de planesurbanísticos…”.

12º. Igualmente, el precepto 3.3 de este reglamento dispone que “Son bienes deservicio público local los de titularidad de las Entidades Locales destinados al cumplimientode las competencias o fines públicos que, en cada momento, les corresponda…”; y elartículo 5 de esta misma norma que “…Si no consta la afectación de un bien local sepresume su carácter patrimonial.”. Esta presunción de patrimonialidad de los bienes de lasentidades locales también viene referida en el artículo 51 de la Ley 5/2010, de 11 de junio,de Autonomía Local de Andalucía, aunque sin perjuicio de su posterior afectación al uso oservicio de interés general.

13º. Por tanto, el citado bien de propiedad municipal, por su afección para prestar unservicio público, determina la condición de bien inmueble de dominio público.

14º. El artículo 28 de la Ley 7/1999, de Bienes de las Entidades Locales deAndalucía, determina que: “1. El destino propio de los bienes de dominio público es suutilización para el uso general o para la prestación de servicios públicos.

2. Estos bienes pueden ser objeto, no obstante, de otros usos de interés generalcompatibles con su afección principal.”.

15º. En este sentido, el apartado 4º del artº 29 de la Ley citada dispone que el usoprivativo es el constituido por la ocupación de una porción del dominio público de modo quelimite o excluya la utilización por los demás. En los mismos términos se pronuncia el artº55.1 del Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienesde las Entidades Locales de Andalucía.

16º. De conformidad con el artículo 30 de la Ley 7/1999, el uso privativo requerirá elotorgamiento de concesión administrativa. Asimismo, el art. 58.1 del Decreto 18/2006, de 24de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales deAndalucía, dispone que el uso privativo de los bienes de dominio público están sujetos aconcesión demanial.

17º. La Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las AdministracionesPúblicas, en su artículo 93.1, de carácter básico, dispone que “El otorgamiento deconcesiones sobre bienes de dominio público se efectuará en régimen de concurrencia. Noobstante, podrá acordarse el otorgamiento directo en los supuestos previstos en el artículo137.4 de esta Ley, cuando se den circunstancias excepcionales, debidamente justificadas, oen otros supuestos establecidos en las leyes.”.

18º. Conforme al precepto 137.4 antes citado, se podrá acordar la adjudicacióndirecta de bienes inmuebles “cuando el adquiriente sea una entidad sin ánimo de lucro,declarada de utilidad pública…”.,

Page 8: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

19º. Por otro lado, el artículo 93.4, de la Ley 33/2003, de Patrimonio de lasAdministraciones Públicas, (también de carácter básico), habilita que las concesiones deuso privativo puedan ser gratuitas, fundamentalmente cuando para el concesionario no lleveaparejada una utilidad económica.

20º. En el presente caso, el concesionario es una asociación sin ánimo de lucro,declarada de interés público municipal, que no tiene intereses económicos, ni persiguebeneficios de este tipo, y que coadyuva con el Ayuntamiento en la satisfacción de interesesgenerales de carácter local, por lo que pudiendo ser destinataria de la cesión de bienespatrimoniales, de manera gratuita, (y no solo del uso, sino también de la propiedad), noentendemos que exista obstáculo alguno para obtener la concesión demanial temporal deotros bienes, en este caso, bienes de dominio público.

21º. Además, el concesionario demanial, estará sometido a toda una serie deobligaciones de conservación, y mantenimiento del bien concedido, que modula en buenaparte el privilegio que supone la obtención de esta utilización privativa.

22º. En virtud a lo dispuesto en el art. 233 del Real Decreto 2568/1986, de 28 denoviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento yRégimen Jurídico de las Entidades Locales, “las asociaciones a que se refiere el artículoanterior (se refiere a las asociaciones para la defensa de los intereses generales osectoriales de los vecinos) podrán acceder al uso de medios públicos municipales,especialmente los locales, con las limitaciones que imponga la coincidencia del uso porparte de varias de ellas o por el propio Ayuntamiento, y serán responsables del trato dado alas instalaciones.”.

23º. Evidentemente, cuando se trata de la utilización de un local de dominio públicoexclusivamente por una asociación se trata de un uso privativo de un bien de dominiopúblico sujeto a concesión.

24º. Llegados a este punto conviene resaltar la falta de regulación existente en lalegislación andaluza, en materia de bienes de las entidades locales, referente a la concesióndirecta y gratuita de uso de bienes de dominio público.

25º. Dicha laguna jurídica es solventada por nuestro ordenamiento jurídico a travésde la analogía legis. Al respecto, establece el artº 4.1 del Código Civil que “Procederá laaplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico,pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.”.

26º. En dicha tipología de analogía un vacío concreto se rellena acudiendo a otranorma concreta que da una solución extensible al supuesto carente de regulación.

27º. Para que pueda aplicarse una norma por analogía debe darse “identidad derazón” entre el supuesto contemplado y el que se quiere resolver. Esta identidad de razónsignifica que el criterio que inspira a la norma sea adecuado y apto para solucionar el casocarente de regulación; esto es, que la ratio decidendi a la vista de la solución propiciadavalga para el caso regulado y los similares.

28º. Existen excepciones a la aplicación analógica de las normas, las cuales son lasque establece al apartado 2 del artículo 4 del Código Civil: “Las leyes penales, las

Page 9: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

excepcionales y las de ámbito temporal no se aplicarán a supuestos ni en momentosdistintos de los comprendidos expresamente en ellas.”.

29º. En consecuencia, se aplicará al procedimiento para la concesión directa ygratuita del uso privativo de los bienes de dominio público, los preceptos que la legislaciónandaluza en materia de bienes de las entidades locales establece para la cesión de bienesde carácter patrimonial.

30º. Con esta aplicación analógica, y debido a la naturaleza de los bienes de dominiopúblico, a los cuales les dota la Constitución española y la normativa de desarrollo, de unaprotección y regulación especial en protección del interés general, se garantizan másadecuadamente los intereses públicos, al dotarlo de las suficiente publicidad, ya que seexpondrá en Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de anuncio de este Ayuntamiento,un anuncio relativo a la concesión demanial gratuita que se pretende realizar, semejante a laprevista en el art. 51.f) y 64.1 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales deAndalucía.

31º. El articulo 26.b) de la Ley 7/1999, de Bienes de las Entidades Locales deAndalucía, dispone que las entidades locales podrán ceder de forma total o parcialmentegratuita sus bienes patrimoniales a entidades privadas declaradas de interés públicosiempre que los destinen a fines de utilidad pública o interés social, que cumplan ocontribuyan al cumplimiento de los propios de la Entidad Local. Por su parte, el artículo 27de la misma norma establece el destino de los bienes cedidos para el caso en que no sedestinasen al uso previsto.

32º. De conformidad con lo establecido en el artículo 78.1 del Decreto 18/2006, de 24de enero, “Las Entidades Locales podrán ceder temporalmente, de forma gratuita, bienespatrimoniales a otras Entidades o Instituciones Públicas y Entidades Privadas sin ánimo delucro cuyas actividades se consideren de interés general o de interés público y social en lostérminos del apartado 4 del número anterior.”

33º. En relación con el apartado anterior, establece el artículo 78.2 que “Las cesionestendrán una duración máxima de treinta años, transcurridos los cuales los bienes revertirána la Entidad Local con todos sus componentes y accesorios, sin que la persona cesionariapueda solicitar compensación económica o indemnización de ningún tipo, quedandoexpedita la posibilidad de utilización del desahucio administrativo si ello fuera necesario.”.

34º. En el expediente de cesión deberá constar, según el artículo 78.4 del Decretoantes citado, y atendiendo al carácter del bien a ceder, lo siguiente:

• El interés general o público y social de la actividad que motiva la cesión.• Memoria justificativa de la oportunidad o conveniencia de la cesión del bien.• En el supuesto de bienes inmuebles, informe suscrito por persona técnica

competente de que los bienes no están comprendidos en ningún planurbanístico que los haga necesarios para otros fines.

• Acuerdo del Pleno de la Entidad Local que habrá de pronunciarse sobre lossiguientes extremos:

1º Interés general o público y social de la actividad a que se va a destinar el bien.2º Plazo de duración de la cesión.3º Condiciones a que se sujeta la cesión.

Page 10: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

4º Supuestos de extinción de la cesión y reversión de los bienes.5º Cualesquiera otros que considere necesarios.

35º. Consta en el expediente informe de la Delegación Municipal de ParticipaciónCiudadana, informe de la Vicesecretaría, así como memoria de actividades desarrolladaspor la asociación musical Nuestra Señora del Águila. Con dichos documentos se justifica elinterés público por hacer efectivo la concesión demanial gratuita de dicho inmueble.

36º. Se ha emitido informe urbanístico por el técnico municipal con fecha 23 de abrilde 2013, donde consta que el referido inmueble no se encuentra comprendido en ningúnplan urbanístico que lo haga necesario para otros fines.

37º. Se ha sometido el expediente a información pública, mediante publicación deanuncios en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, el número 109, de 14 de mayo de2013 y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, sin que durante dicho periodo se hayapresentado alegación alguna.

Por todo lo anterior, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de sus veinticincomiembros de derecho, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda :

Primero.- Aprobar la adjudicación, directa y gratuita, a la asociación municipalNuestra Señora del Águila de la concesión para la utilización privativa del inmueble detitularidad municipal, sito en la calle Profesor Emilio Menacho, número 30 de esta localidad,con la finalidad de servir de sede para dicha asociación, así como para lugar de encuentrode fomento de la educación musical y artística.

Segundo.- La duración de la concesión demanial gratuita será de 25 años,computados a partir del día que se suscriba el documento administrativo en que se formalicela presente concesión demanial.

La concesión demanial se extinguirá además de por el vencimiento del plazo, por lassiguientes causas:

Por mutuo acuerdo.Por revocación.Por resolución judicial.Por renuncia del cesionario.

La renuncia del concesionario requerirá la previa aceptación del Ayuntamiento, quetendrá derecho a una indemnización si la misma le cause perjuicios.

La revocación de la concesión tendrá lugar por el incumplimiento grave por parte delcesionario de cualquiera de las obligaciones a que está sujeta la concesión.

Tercero.- La concesión demanial efectuada tiene como finalidad la de servir de locala la asociación musical Nuestra Señora del Águila, y para la realización de las actividadesque están en el objeto de la misma.

Si en el plazo de 1 año desde la formalización de la concesión demanial, no sedestinase el inmueble al uso previsto o dejase de estarlo posteriormente, se considerará unincumplimiento grave de las obligaciones del concesionario, y se revocará la concesión, y

Page 11: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

revertirá al Ayuntamiento, con todas las mejoras realizadas, y tendrá derecho a percibir delbeneficiario, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos sufridos por el citado bien,así como cualquier otra indemnización que proceda.

Para la reversión tenga lugar el Ayuntamiento ejercerá su potestad de desahucio,una vez queden acreditadas estas circunstancias.

Cuarto.- La concesión demanial está sujeta a las siguientes cláusulas, las cualesconstarán en el documento administrativo de formalización de la cesión, y que suscribirá elcesionario:

• El concesionario asumirá todas las obligaciones que le corresponden como ocupantedel inmueble al objeto de la presente cesión, en relación a la contratación y abono desuministros.

• El concesionario asumirá cualquier responsabilidad que pueda generar la utilizacióndel inmueble, así como de cualquier daño y perjuicio que pueda causar a terceros enesta ocupación.

• El concesionario está obligado al cuidado y conservación del inmueble.• El concesionario podrá realizar en este inmueble, las obras de reparación,

conservación necesarias, previa obtención de las autorizaciones administrativas quefueren precisas, y con el consentimiento por escrito del Ayuntamiento para larealización de las mismas.

• Al término de la concesión demanial, el concesionario deberá restituir el inmuebleconcedido, con todas las mejoras, obras e instalaciones que se hubieran ejecutado,que revertirán al Ayuntamiento sin coste alguno.

• El Ayuntamiento tendrá la facultad de dejar sin efecto la concesión antes delvencimiento del plazo, si lo justificaran circunstancias sobrevenidas de interéspúblico mediante resarcimiento de los daños que se causaren.

• El concesionario deberá abandonar y dejar libre y expedito el edificio, a disposicióndel Ayuntamiento, una vez transcurrido el periodo de 25 años a que está sujeta laconcesión, reconociendo el derecho del Ayuntamiento a acordar y ejecutar, por simismo, el desahucio.

• El concesionario asumirá cualquier tributo, impuesto, tasa gasto o arbitrio querecaiga sobre la utilización o disfrute de este inmueble.

• El Ayuntamiento tendrá, en todo momento, la facultad de inspeccionar el inmuebleconcedido, así como las construcciones e instalaciones que se ejecuten en lasmismas, comprobando el adecuado uso de los bienes concedidos así como suestado de conservación.

• Será de cuenta del concesionario cualquier gasto vinculado a su uso y disfrute, losde conservación y mantenimiento, incluidos los de reforma o reparación de cualquierclase.

• El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra tendrá durante el tiempo que dure laconcesión de la potestad de utilizar, al menos, dos salas del bien cedido paradestinarlas a programas de carácter musical y educativo, de acuerdo con lascompetencias que tiene legalmente atribuidas, para lo que podrá disponer de losrecursos y medios que en cada momento tenga la asociación municipal NuestraSeñora del Águila.

• En el supuesto de que el bien no se utilicen de forma normal, o se estuviesenincumpliendo total o parcialmente las condiciones a que estuviese sujeta la

Page 12: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

concesión demanial, o la utilización del bien es causa de un deterioro o depreciaciónsuperiores a los derivados de su uso normal, el Ayuntamiento se requerirá alconcesionario para que cese dicha situación y utilice el bien conforme a lascondiciones de la concesión, con advertencia de que en caso contrario se procederáa su resolución y reversión del inmueble al Ayuntamiento.

• En el caso de que el concesionario no atendiese al requerimiento efectuado ypersistiese en la utilización incorrecta del bien, la Entidad Local declarará resuelta laconcesión, y seguirá el procedimiento establecido en el artículo 81 del reglamento debienes de las Entidades Locales de Andalucía.

• La resolución de la concesión, llevará consigo la reversión del inmueble, sin que elconcesionario tenga derecho a indemnización por ningún concepto.

Quinto.- Facultar a la señora concejal-delegada del Área de Gobernanza yEvaluación, doña Miriam Burgos Rodríguez, para que en nombre y representación delAyuntamiento suscriba cuantos documentos públicos o privados fueren precisos para laejecución de este acuerdo, conforme a la resolución de la Alcaldía número 310/2011, de 27de junio.

No obstante, podrá elevarse a escritura pública a costa del cesionario cuando éste losolicite.

Sexto. - Notificar este acuerdo a la asociación musical Nuestra Señora del Águila,para su conocimiento, y a los efectos oportunos, al Área de Territorio y Personas, así comoa la delegación de Participación Ciudadana.

Séptimo .- Este acuerdo quedará condicionado a la aceptación expresa de lapresente concesión demanial, en los términos que se efectúa, por la asociación musicalNuestra Señora del Águila.

9º PROPUESTA DE RESOLUCIÓN SOBRE ADJUDICACIÓN DIREC TA YGRATUITA A LA CRUZ ROJA DE LA CONCESIÓN DE USO PRIV ATIVO DEDETERMINADAS DEPENDENCIAS DEL CENTRO DE EMERGENCIAS DE ALCALÁ DEGUADAÍRA, INMUEBLE DE PROPIEDAD MUNICIPAL Y DE DOMI NIO PÚBLICO (EXPTE.2145/2013).- Dada cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Territorio y Personas,de fecha 16 de julio de 2013 sobre el expediente que se tramita para aprobar la adjudicacióndirecta y gratuita de la concesión para la utilización privativa de determinadas dependenciasdel Centro de Emergencias de Alcalá de Guadaíra a la Cruz Roja Española.

Promovido debate sobre este asunto, las intervenciones de los señores concejales,ordenadas por el Sr. Alcalde-Presidente y que constan en el soporte informático que se unecomo anexo al acta de la sesión, se producen (18:05 h.) por este orden: don Alberto JesúsMiranda Oliva del grupo municipal IULV-CA, doña María Dolores Aquino Trigo del grupomunicipal Andalucista, y doña María del Carmen Rodríguez Hornillo del grupo municipalPopular.

Tras la deliberación de los señores concejales, y resultando :

Page 13: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

1º. El Ayuntamiento es propietario de un edificio, de reciente construcción,denominado Centro de Emergencias de Alcalá de Guadaíra, que se ubica en la avenidaPríncipes de Asturias s/n.

2º. Este bien inmueble está destinado al Servicio de Prevención y Extinción deIncendios y Salvamento siendo por esta afectación a un servicio público un bien de dominiopúblico de titularidad municipal.

3º. A pesar de estar destinado a este servicio, dicho edificio, por sus dimensiones,dispone de determinados locales y dependencias que no son precisas para el mismo, y a lasque se le podría dar un destino diferente.

4º. La Cruz Roja mediante escrito presentado en este Ayuntamiento, con registro deentrada 20 de marzo de 2013, ha solicitado la cesión de uso temporal de determinadasdependencias de dicho inmueble, para el desempeño de las actividades propias de dichaasociación.

5º. La Cruz Roja Española se encuentra declarada como asociación de utilidadpública desde su misma fundación que tuvo lugar en el año 1864.

6º. Se han emitido informes, tanto desde el departamento de Servicios Sociales,como del jefe del servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento, que obranen el expediente, sobre la conveniencia de otorgar la concesión para la utilización privativade estos locales o dependencias, a la Cruz Roja, y asimismo en este último informe tambiénse mantiene la compatibilidad de las actividades realizadas por el servicio municipal, y lasque pretende desempeñar la Cruz Roja en estas instalaciones.

7º. Igualmente en el citado informe del jefe del S.P.E.I.S. se definen mediante unplano las dependencias del Centro de Emergencias, cuya concesión demanial se pretendeotorgar:

- sala de primeros auxilios y la de bienestar social de la planta baja.- almacén 5, dormitorio 1 y 2, sala de administración, sala de dirección, sala de

estar y sala de emisora en la planta alta.- vestuario 1 y almacén 3 en la planta sótano.

8º. Del informe aportado al expediente por la Delegación Municipal de AsuntosSociales se desprende que esta cesión garantizaría la gestión de los intereses de la entidaden el ámbito de sus competencias, con el objetivo de que puedan seguir promoviendo susactividades.

9º. Este edificio requiere para su ocupación la correspondiente autorizaciónmunicipal, y al tener la naturaleza jurídica de bien de dominio público, su utilización privativaexige como título habilitante la necesaria concesión administrativa del Ayuntamiento titular,de conformidad con lo previsto en el artículo30.3 de la Ley 7/99, y 58 del Decreto 18/2006,por lo que es preciso tramitar la referida concesión administrativa para la utilización privativade parte de dicho edificio.

10º. La legislación aplicable al presente expediente viene recogida,fundamentalmente, en:

Page 14: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

Legislación Estatal:

• Artículo 93.1, de carácter básico, y 137.4.b), de la Ley 33/2003, de 3 denoviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

• Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

• Artículo 233 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que seaprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídicode las Entidades Locales.

• Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba elreglamento general del patrimonio de las administraciones públicas.

Con carácter supletorio:

• Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

• Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto1372/1986, de 13 de junio.

• Reglamento de Servicios de las Entidades Locales, aprobado por Decreto de17 de junio de 1955.

• Código Civil.

Legislación Autonómica Andaluza:

• Artículos 26.b), 28 al 33, de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes delas Entidades Locales de Andalucía.

• Artículos 3.4, 3.1, 3.3, 5, 50.3, 51.f), 55.1, 58.1, 59 y ss., 77.6, 78 y 81, delReglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado porDecreto 18/2006, de 24 de enero.

• Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

Normativa Municipal:

• Las normas dictadas por las corporaciones locales en el marco de sucapacidad de autoorganización (ordenanzas) y en el marco de la legislaciónestatal y autonómica.

• No existe ordenanza municipal que regule el presente supuesto.

11º. El edificio municipal, cuya cesión de uso se propone, es un bien de dominiopúblico, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Reglamento de bienes de lasentidades locales de Andalucía , al prestar el mismo un servicio público. Asimismo, elartículo 3.4 de dicho reglamento, dispone como bienes de dominio público “La afectación de

Page 15: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

inmuebles al uso o servicio público, como consecuencia de la ejecución de planesurbanísticos…”.

12º. Igualmente, el precepto 3.3 de este reglamento dispone que “Son bienes deservicio público local los de titularidad de las Entidades Locales destinados al cumplimientode las competencias o fines públicos que, en cada momento, les corresponda…”; y elartículo 5 de esta misma norma que “…Si no consta la afectación de un bien local sepresume su carácter patrimonial.”. Esta presunción de patrimonialidad de los bienes de lasentidades locales también viene referida en el artículo 51 de la Ley 5/2010, de 11 de junio,de Autonomía Local de Andalucía , aunque sin perjuicio de su posterior afectación al uso oservicio de interés general.

13º. Por tanto, el citado bien de propiedad municipal, por su afección para prestar unservicio público, determina la condición de bien inmueble de dominio público.

14º. El artículo 28 de la Ley 7/1999, de Bienes de las Entidades Locales deAndalucía , determina que: “1. El destino propio de los bienes de dominio público es suutilización para el uso general o para la prestación de servicios públicos.

2. Estos bienes pueden ser objeto, no obstante, de otros usos de interés generalcompatibles con su afección principal.”.

15º. En este sentido, el apartado 4º del artº 29 de la Ley citada dispone que el usoprivativo es el constituido por la ocupación de una porción del dominio público de modo quelimite o excluya la utilización por los demás. En los mismos términos se pronuncia el artº55.1 del Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el qu e se aprueba el Reglamento deBienes de las Entidades Locales de Andalucía .

16º. De conformidad con el artículo 30 de la Ley 7/1999 , el uso privativo requerirá elotorgamiento de concesión administrativa. Asimismo, el art. 58.1 del Decreto 18/2006, de24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Localesde Andalucía , dispone que el uso privativo de los bienes de dominio público están sujetos aconcesión demanial.

17º. La Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio d e las AdministracionesPúblicas, en su artículo 93.1 , de carácter básico, dispone que “El otorgamiento deconcesiones sobre bienes de dominio público se efectuará en régimen de concurrencia. Noobstante, podrá acordarse el otorgamiento directo en los supuestos previstos en el artículo137.4 de esta Ley, cuando se den circunstancias excepcionales, debidamente justificadas, oen otros supuestos establecidos en las leyes.”.

18º. Conforme al precepto 137.4 antes citado, se podrá acordar la adjudicacióndirecta de bienes inmuebles “cuando el adquiriente sea una entidad sin ánimo de lucro,declarada de utilidad pública…”.,

19º. Por otro lado, el artículo 93.4, de la Ley 33/2003, de Patrimonio de lasAdministraciones Públicas , (también de carácter básico), habilita que las concesiones deuso privativo puedan ser gratuitas, fundamentalmente cuando para el concesionario no lleveaparejada una utilidad económica.

Page 16: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

20º. En el presente caso, el concesionario es una asociación sin ánimo de lucro,declarada de interés público, que no tiene intereses económicos, ni persigue beneficios deeste tipo, y que coadyuva con el Ayuntamiento en la satisfacción de intereses generales decarácter local, por lo que pudiendo ser destinataria de la cesión de bienes patrimoniales, demanera gratuita, (y no solo del uso, sino también de la propiedad), no entendemos queexista obstáculo alguno para obtener la concesión demanial temporal de otros bienes, eneste caso, bienes de dominio público.

21º. Además, el concesionario demanial, estará sometido a toda una serie deobligaciones de conservación, y mantenimiento del bien concedido, que modula en buenaparte el privilegio que supone la obtención de esta utilización privativa.

22º. En virtud a lo dispuesto en el art. 233 del Real Decreto 2568/1986, de 28 denoviembre, por el que se aprueba el Reglamento de O rganización, Funcionamiento yRégimen Jurídico de las Entidades Locales, “las asociaciones a que se refiere el artículoanterior (se refiere a las asociaciones para la defensa de los intereses generales osectoriales de los vecinos) podrán acceder al uso de medios públicos municipales,especialmente los locales, con las limitaciones que imponga la coincidencia del uso porparte de varias de ellas o por el propio Ayuntamiento, y serán responsables del trato dado alas instalaciones.”.

23º. Evidentemente, cuando se trata de la utilización de un local de dominio públicoexclusivamente por una asociación se trata de un uso privativo de un bien de dominiopúblico sujeto a concesión.

24º. Llegados a este punto conviene resaltar la falta de regulación existente en lalegislación andaluza, en materia de bienes de las entidades locales, referente a la concesióndirecta y gratuita de uso de bienes de dominio público.

25º. Dicha laguna jurídica es solventada por nuestro ordenamiento jurídico a travésde la analogía legis. Al respecto, establece el artº 4.1 del Código Civil que “Procederá laaplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico,pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.”.

26º. En dicha tipología de analogía un vacío concreto se rellena acudiendo a otranorma concreta que da una solución extensible al supuesto carente de regulación.

27º. Para que pueda aplicarse una norma por analogía debe darse “identidad derazón” entre el supuesto contemplado y el que se quiere resolver. Esta identidad de razónsignifica que el criterio que inspira a la norma sea adecuado y apto para solucionar el casocarente de regulación; esto es, que la ratio decidendi a la vista de la solución propiciadavalga para el caso regulado y los similares.

28º. Existen excepciones a la aplicación analógica de las normas, las cuales son lasque establece al apartado 2 del artículo 4 del Código Civil: “Las leyes penales, lasexcepcionales y las de ámbito temporal no se aplicarán a supuestos ni en momentosdistintos de los comprendidos expresamente en ellas.”.

29º. En consecuencia, se aplicará al procedimiento para la concesión directa ygratuita del uso privativo de los bienes de dominio público, los preceptos que la legislación

Page 17: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

andaluza en materia de bienes de las entidades locales establece para la cesión de bienesde carácter patrimonial.

30º. Con esta aplicación analógica, y debido a la naturaleza de los bienes de dominiopúblico, a los cuales les dota la Constitución española y la normativa de desarrollo, de unaprotección y regulación especial en protección del interés general, se garantizan másadecuadamente los intereses públicos, al dotarlo de las suficiente publicidad, ya que seexpondrá en Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de anuncio de este Ayuntamiento,un anuncio relativo a la concesión demanial gratuita que se pretende realizar, semejante a laprevista en el art. 51.f) y 64.1 del Reglamento de Bienes de las E ntidades Locales deAndalucía.

31º. El articulo 26.b) de la Ley 7/1999, de Bienes de las E ntidades Locales deAndalucía , dispone que las entidades locales podrán ceder de forma total o parcialmentegratuita sus bienes patrimoniales a entidades privadas declaradas de interés públicosiempre que los destinen a fines de utilidad pública o interés social, que cumplan ocontribuyan al cumplimiento de los propios de la Entidad Local. Por su parte, el artículo 27de la misma norma establece el destino de los bienes cedidos para el caso en que no sedestinasen al uso previsto.

32º. De conformidad con lo establecido en el artículo 78.1 del Decreto 18/2006, de24 de enero, “Las Entidades Locales podrán ceder temporalmente, de forma gratuita,bienes patrimoniales a otras Entidades o Instituciones Públicas y Entidades Privadas sinánimo de lucro cuyas actividades se consideren de interés general o de interés público ysocial en los términos del apartado 4 del número anterior.”

33º. En relación con el apartado anterior, establece el artículo 78.2 que “Lascesiones tendrán una duración máxima de treinta años, transcurridos los cuales los bienesrevertirán a la Entidad Local con todos sus componentes y accesorios, sin que la personacesionaria pueda solicitar compensación económica o indemnización de ningún tipo,quedando expedita la posibilidad de utilización del desahucio administrativo si ello fueranecesario.”.

34º. En el expediente de cesión deberá constar, según el artículo 78.4 del Decretoantes citado, y atendiendo al carácter del bien a ceder, lo siguiente:

El interés general o público y social de la actividad que motiva la cesión.Memoria justificativa de la oportunidad o conveniencia de la cesión del bien.En el supuesto de bienes inmuebles, informe suscrito por persona técnica

competente de que los bienes no están comprendidos en ningún plan urbanístico que loshaga necesarios para otros fines.

Acuerdo del Pleno de la Entidad Local que habrá de pronunciarse sobre lossiguientes extremos:

1º Interés general o público y social de la actividad a que se va a destinar el bien.2º Plazo de duración de la cesión.3º Condiciones a que se sujeta la cesión.4º Supuestos de extinción de la cesión y reversión de los bienes.5º Cualesquiera otros que considere necesarios.

Page 18: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

35º. Consta en el expediente informe de la delegación municipal de AsuntosSociales, informe de la Vicesecretaria, así como del Jefe del Servicio de Prevención, yExtinción de Incendios y Salvamento. Con dichos documentos se justifica el interés públicopor hacer efectivo la concesión demanial gratuita de dicho inmueble.

36º. Se ha emitido informe urbanístico por el técnico municipal, con fecha de de2013, donde consta que el referido inmueble no se encuentran comprendido en ningún planurbanístico que lo haga necesario para otros fines.

37º. Se ha sometido el expediente a información pública, mediante publicación deanuncios en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 117, de 23 de mayo de 2013y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, sin que durante dicho periodo se hayapresentado alegación alguna.

Por todo lo anterior, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de sus veinticincomiembros de derecho, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda :

Primero.- Aprobar la adjudicación, directa y gratuita, a la Cruz Roja Española de laconcesión para la utilización privativa de las dependencias definidas en los antecedentes deeste acuerdo, situadas en el Centro de Emergencias de Alcalá de Guadaíra, con la finalidadde servir a las actividades propias de dicha asociación, concretándose la cesión aprobadaen las estancias del citado inmueble descritas en el plano del referido informe del Jefe delS.P.E.I.S y que a continuación se indican:

- sala de primeros auxilios y la de bienestar social de la planta baja.- almacén 5, dormitorio 1 y 2, sala de administración, sala de

dirección, sala de estar y sala de emisora en la planta alta.- vestuario 1 y almacén 3 en la planta sótano.

Segundo.- La duración de la concesión demanial gratuita será de 15 años,computados a partir del día que se suscriba el documento administrativo en que se formalicela presente concesión demanial.

La concesión demanial se extinguirá además de por el vencimiento del plazo, por lassiguientes causas:

� Por mutuo acuerdo.� Por revocación.� Por resolución judicial.� Por renuncia del cesionario.

La renuncia del concesionario requerirá la previa aceptación del Ayuntamiento, quetendrá derecho a una indemnización si la misma le cause perjuicios.

La revocación de la concesión tendrá lugar por el incumplimiento grave por parte delcesionario de cualquiera de las obligaciones a que está sujeta la concesión.

Tercero.- La concesión demanial efectuada tiene como finalidad la de servir de localpara las actividades propias de la Cruz Roja, así como servir de sede a esta asociación enAlcalá de Guadaíra.

Page 19: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

Si en el plazo de 1 año desde la formalización de la concesión demanial, no sedestinase el inmueble al uso previsto o dejase de estarlo posteriormente, se considerará unincumplimiento grave de las obligaciones del concesionario, y se revocará la concesión, yrevertirá al Ayuntamiento, con todas las mejoras realizadas, y tendrá derecho a percibir delbeneficiario, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos sufridos por el citado bien,así como cualquier otra indemnización que proceda.

Para la reversión tenga lugar el Ayuntamiento ejercerá su potestad de desahucio,una vez queden acreditadas estas circunstancias.

Cuarto.- La concesión demanial está sujeta a las siguientes cláusulas, las cualesconstarán en el documento administrativo de formalización de la cesión, y que suscribirá elcesionario:

• El concesionario asumirá todas las obligaciones que le corresponden comoocupante del inmueble al objeto de la presente cesión, en relación a lacontratación y abono de suministros.

• El concesionario asumirá cualquier responsabilidad que pueda generar lautilización del inmueble, así como de cualquier daño y perjuicio que puedacausar a terceros en esta ocupación.

• El concesionario está obligado al cuidado y conservación del inmueble.• El concesionario podrá realizar en este inmueble, las obras de reparación,

conservación necesarias, previa obtención de las autorizacionesadministrativas que fueren precisas, y con el consentimiento por escrito delAyuntamiento para la realización de las mismas.

• Al término de la concesión demanial, el concesionario deberá restituir elinmueble concedido, con todas las mejoras, obras e instalaciones que sehubieran ejecutado, que revertirán al Ayuntamiento sin coste alguno.

• El Ayuntamiento tendrá la facultad de dejar sin efecto la concesión antes delvencimiento del plazo, si lo justificaran circunstancias sobrevenidas de interéspúblico mediante resarcimiento de los daños que se causaren.

• El concesionario deberá abandonar y dejar libre y expedito el edificio, adisposición del Ayuntamiento, una vez transcurrido el periodo de 15 años aque está sujeta la concesión, reconociendo el derecho del Ayuntamiento aacordar y ejecutar, por si mismo, el desahucio.

• El concesionario asumirá cualquier tributo, impuesto, tasa gasto o arbitrio querecaiga sobre la utilización o disfrute de este inmueble.

• El Ayuntamiento tendrá, en todo momento, la facultad de inspeccionar elinmueble concedido, así como las construcciones e instalaciones que seejecuten en las mismas, comprobando el adecuado uso de los bienesconcedidos así como su estado de conservación.

• Será de cuenta del concesionario cualquier gasto vinculado a su uso ydisfrute, los de conservación y mantenimiento, incluidos los de reforma oreparación de cualquier clase.

• En el supuesto de que el bien no se utilicen de forma normal, o se estuviesenincumpliendo total o parcialmente las condiciones a que estuviese sujeta laconcesión demanial, o la utilización del bien es causa de un deterioro odepreciación superiores a los derivados de su uso normal, el Ayuntamiento serequerirá al concesionario para que cese dicha situación y utilice el bienconforme a las condiciones de la concesión, con advertencia de que en caso

Page 20: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

contrario se procederá a su resolución y reversión del inmueble alAyuntamiento.

• En el caso de que el concesionario no atendiese al requerimiento efectuado ypersistiese en la utilización incorrecta del bien, la Entidad Local declararáresuelta la concesión, y seguirá el procedimiento de desahucio para extinguirla concesión demanial constituida.

• La resolución de la concesión, llevará consigo la reversión del inmueble, sinque el concesionario tenga derecho a indemnización por ningún concepto.

Quinto.- Facultar a la señora concejal-delegada del Área de Gobernanza yEvaluación, doña Miriam Burgos Rodríguez, para que en nombre y representación delAyuntamiento suscriba cuantos documentos públicos o privados fueren precisos para laejecución de este acuerdo, conforme a la resolución de la Alcaldía número 310/2011, de 27de junio.

No obstante, podrá elevarse a escritura pública a costa del cesionario cuando éste losolicite.

.Sexto. - Notificar este acuerdo a la asociación Cruz Roja Española, para su

conocimiento, y a los efectos oportunos, y dar traslado del mismo a los servicios municipalescompetentes.

Séptimo .- El presente acuerdo quedará condicionado a la aceptación expresa de lapresente concesión demanial, en los términos que se efectúa, por la Cruz Roja Española.

10º PROPUESTA DE RESOLUCIÓN SOBRE SOLICITUD FORMULA DA POR ***DE AUTORIZACIÓN DE SUSTITUCIÓN DE GARANTÍA DE LAS O BLIGACIONESASUMIDAS EN EL CONVENIO URBANÍSTICO DE *** PARA LA DECLARACIÓN DEINNECESARIEDAD DE LA EXPROPIACIÓN EN LA DELIMITACIÓ N DE RESERVA DETERRENOS DE “****” (EXPTE. ***/2013-URIC-**).- NOTA: Este acuerdo contiene datos decarácter personal objeto de protección, por lo que su contenido se omite en cumplimiento de la LeyOrgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. El acta íntegra,con reproducción de dicho acuerdo, aquí omitido, se expone en el tablón de anuncios de esteAyuntamiento hasta un mes desde su aprobación por el Pleno de la Corporación.

11º PROPUESTA DE RESOLUCIÓN SOBRE APROBACIÓN INICIA L DEMODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA D ELA PRESTACIÓNCOMPENSATORIA PARA ACTUACIONES DE INTERÉS PÚBLICO ( EXPTE. 5711/2013-URIC-RA).- Dada cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Territorio y Personas,de fecha 16 de julio de 2013 sobre el expediente que se tramita para aprobar inicialmente lamodificación de la ordenanza municipal reguladora de la prestación compensatoria paraactuaciones de interés público; y resultando :

1º. Por acuerdo plenario de 17 de julio de 2008 se aprobó inicialmente la ordenanzamunicipal reguladora de la prestación compensatoria para actuaciones de interés público.No habiéndose formulado reclamaciones ni sugerencias contra dicho acuerdo, se elevó adefinitivo procediéndose a la publicación íntegra del texto en el Boletín Oficial de la Provincianº 244 de 20 de octubre de 2008 y corrección de error en el Boletín Oficial de la Provincia nº256 de 4 de noviembre de 2008; ello en los términos que constan en el expediente de su

Page 21: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

razón.

2º. Fijándose el tipo máximo de la prestación compensatoria en el 10%, la citadaordenanza dispone que el mismo podrá ser concretado en función de los criteriosestablecidos en su artículo 5 que establece tanto unos criterios generales en atención a laactuación autorizada como unos criterios específicos a tener en cuenta para la aplicación delos tipos reducidos.

3º. En el referido artículo y en lo que aquí interesa, se señala que las actuaciones deproducción de energía mediante fuentes energéticas renovable: el tipo será concretadoentre un 4 y un 6%. Siendo criterios específicos los siguientes (artículo 5.B):

- Mayor justificación de la procedencia o necesidad de implantación en suelo nourbanizable.

- Medidas de innovación tecnológica y de sostenibilidad.- Plazo de duración de la cualificación de la actividad urbanística inferior a 10 años.- Mayor generación de puestos de trabajo de carácter indefinido y/o fijos

discontinuos.- Menor impacto paisajístico o implantación de medidas de restauración ambiental

o paisajística.- Rehabilitación de construcciones y/o edificaciones existentes de carácter

singular.

4º. Con fecha 5 de junio de 2013 ha tenido entrada en el registro general de esteAyuntamiento, con el número 16.679, escrito suscrito por don Robin Schock, actuando ennombre y representación de la entidad Ansasol, S.L. en el que pone de manifiesto que lacitada entidad está promoviendo la construcción de un huerto solar fotovoltaico de 150 Mwsobre parcelas en el término municipal de Alcalá de Guadaíra y de Utrera. Asimismo indicaque al tratarse de un huerto solar será tramitado en régimen ordinario y sin ninguna prima ala generación por lo que la energía que se genere será vendida a precio de mercadocompitiendo en el mercado mayorista con el resto de generadores (nucleares, gas etc..). Enatención a lo anterior y debido a la fuerte inversión que conlleva el proyecto (136.080.945,00euros), para garantizar su viabilidad económica y así su implantación en el municipio,solicitan la modificación de, entre otras, la ordenanza municipal reguladora de la prestacióncompensatoria para actuaciones de interés público.

5º. El artículo 42 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística deAndalucía, en adelante LOUA dispone que son actuaciones de interés público en terrenosque tengan el régimen del suelo no urbanizable las actividades de intervención singular, depromoción pública o privada, con incidencia en la ordenación urbanística, en las queconcurran los requisitos de utilidad pública o interés social, así como la procedencia onecesidad de implantación en suelos que tengan este régimen jurídico. Dicha actuaciónhabrá de ser compatible con el régimen de la correspondiente categoría de este suelo y noinducir a la formación de nuevos asentamientos (…)

6º. En el caso que nos ocupa, esto es, huertos solares o plantas solares fotovoltaicaspor las propias características de la instalación y de la superficie requerida para suimplantación, es innegable la justificación de la necesidad de ubicación en suelo nourbanizable, en los términos del precepto transcrito.

Page 22: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

7º. Asimismo, estableciendo el citado artículo que las Actuaciones de Interés Públicorequieren la aprobación del Plan Especial o Proyecto de Actuación pertinente y elotorgamiento, en su caso, de la preceptiva licencia urbanística, sin perjuicio de las restantesautorizaciones administrativas que fueran legalmente preceptivas, la aprobación definitivadel correspondiente instrumento declara la utilidad pública o interés social del proyecto.

8º. Dado que la utilización del suelo no urbanizable para usos excepcionales suponeun aprovechamiento extraordinario, la LOUA introduce un mecanismo para que se produzcala necesaria compensación, e impedir que su autorización comporte ventajas comparativasinjustas o situaciones de privilegios frente al régimen general de deberes y cargas legales,estableciéndose a tal fin una prestación compensatoria del aprovechamiento que, por estavía, se obtiene.

9º. A la vista de lo anterior y justificado el interés público de la actuación, el tipo de laprestación compensatoria (expresado en %) a concretar según los términos dispuestos ensu ordenanza reguladora debe ser inversamente proporcional a la cuantía de la potencianominal de la planta solar (Mw), resultando justificado que para las actuaciones de mayorinversión se reduzca el porcentaje mínimo establecido en los criterios generales para estetipo de actuaciones del actual 4 al 2%. Asimismo y para la aplicación del tipo reducido ha deincluirse entre los criterios específicos establecidos en el artículo 5 de la ordenanza que sevalorará dicha cuantía.

10º. Consta en el expediente informe jurídico técnico emitido por el departamento deUrbanismo favorable a la modificación de la ordenanza municipal reguladora de laprestación compensatoria para actuaciones de interés público en los términos que másadelante se indica, la cual se estima conforme, por lo que de conformidad con el artículo 49de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local es procedentesometerla a su aprobación con arreglo al siguiente procedimiento:

a) Aprobación inicial por el Pleno.

b) Información pública y audiencia a los interesados por plazo mínimo de treinta díaspara la presentación de reclamaciones y sugerencias.

c) Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro delplazo y aprobación definitiva por el Pleno.

11º. En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia,se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

12º. De conformidad con el artículo 22.2.d) de la citada Ley 7/1985, de 2 de abril, elórgano competente para la adopción del acuerdo es el pleno y según el artículo 47.1 de lamisma ley, el quórum de aprobación es de mayoría simple del número de miembrospresentes.

Por todo ello, a la vista de los informes que constan en el expediente y considerandolas disposiciones legales vigentes indicadas en los mismos, el Pleno del Ayuntamiento conla asistencia de sus veinticinco miembros de derecho, en votación ordinaria y porunanimidad, acuerda:

Page 23: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

Primero.- Aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza municipal reguladorade la prestación compensatoria para actuaciones de interés público, cuyo artículo 5 quedaredactado en los términos siguientes:

Artículo 5.- Concreción del tipo.

Para la concreción del tipo aplicable se tendrán en cuenta los siguientes criteriosgenerales y específicos:

A) Criterios generales:

Las Actuaciones de Interés Público se conceptuarán a partir de la tabla de regulaciónde usos y actividades establecida en el art. 110 del Plan General de Ordenación Urbana:

- Actuaciones relacionadas con la explotación de recursos vivos: El tipo seráconcretado entre un 8% y un 10%.

- Actuaciones relacionadas con la explotación de recursos mineros: El tipo será deun 10%.

- Construcciones y Edificaciones industriales: El tipo será concretado entre un 8%y un 10%.

- Actuaciones de carácter turístico recreativo: El tipo será concretado entre un 8%y un 10%.

- Construcciones y edificaciones públicas singulares: El tipo será concretado entreun 5% y un 10%.

- Actuaciones de carácter infraestructural: El tipo será concretado entre un 8% y un10%.

- Otras actuaciones no incluidas en el presente apartado: El tipo será concretadoentre un 5% y un 10%.

Con independencia de lo anterior, se consideran igualmente criterios generales lossiguientes:

- Actuaciones promovidas por entidades sin ánimo de lucro: El tipo seráconcretado entre un 0% y un 3%.

- Actuaciones de producción de energía mediante fuentes energéticas renovables:El tipo será concretado entre un 2 y un 6%.

B) Criterios específicos:

CRITERIOS ESPECÍFICOS

Para la aplicación de los tipos reducidos establecidos en el apartado anterior, setendrán en cuenta los siguientes criterios:

- Mayor justificación de la procedencia o necesidad de implantación en suelo nourbanizable.

- Medidas de innovación tecnológica y de sostenibilidad.- Plazo de duración de la cualificación de la actividad urbanística inferior a 10 años.- Mayor generación de puestos de trabajo de carácter indefinido y/o fijos

discontinuos.

Page 24: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

- Menor impacto paisajístico o implantación de medidas de restauración ambientalo paisajística.

- Rehabilitación de construcciones y/o edificaciones existentes de caráctersingular.

- La cuantía de la potencia nominal de la planta solar (Mw).

Segundo.- Someter este acuerdo a información pública y audiencia de losinteresados mediante la inserción de anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia y tablónde anuncios del Ayuntamiento durante el plazo de treinta días para la presentación dereclamaciones y sugerencias que serán resueltas por el Pleno. En el supuesto de que no sepresenten reclamaciones durante el indicado plazo, el presente acuerdo se entenderádefinitivamente adoptado, sin perjuicio de la publicación integra del texto de la Ordenanza enel Boletín Oficial de la Provincia para su entrada en vigor conforme a lo dispuesto en elartículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

12º EXPEDIENTE DE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍ STICA PORACTUACIONES SIN CONTAR CON LA PRECEPTIVA LICENCIA E N TERRENOSSITUADOS EN LA PARCELACIÓN ILEGAL DENOMINADA *** (E XPTE. ***/2013, REF.***/2012-URPL).- NOTA: Este acuerdo contiene datos de carácter personal objeto de protección,por lo que su contenido se omite en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, deProtección de Datos de Carácter Personal. El acta íntegra, con reproducción de dicho acuerdo, aquíomitido, se expone en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento hasta un mes desde su aprobaciónpor el Pleno de la Corporación.

13º PROPUESTA DE ACTUACIÓN DE LOS GRUPOS MUNICIPALE S POPULAR,ANDALUCISTA Y DE IULV-CA SOBRE ORGANIZACIÓN MUNICIP AL YNOMBRAMIENTO EN ÓRGANOS COLEGIADOS. (NG-5976/2013). - Dada cuenta de lapropuesta a que se refiere este punto, que ha sido dictaminada por la Comisión Informativade Gobernanza y Evaluación, de fecha 15 de julio de 2013, que copiada literalmente, dicecomo sigue:

“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Una de las aspiraciones de la mayoría de los concejales que componen estacorporación es conseguir una mejor y más adecuada organización de todas las actividadesque como concejales realizamos en este ayuntamiento.

Sólo los concejales del equipo de gobierno que están liberados desarrollan su trabajocon total disponibilidad al tener como es obvio dedicación plena, encontrándonos el restocon series dificultades para poder desarrollar la misión que tenemos encomendada por losciudadanos de controlar al gobierno.

La decisión tomada por el Sr. Alcalde y su gobierno municipal en el pleno deorganización de fecha 30 de junio de 2011 de cercenar las posibilidades de negociación conlos grupos de la oposición para el establecimiento de los plenos y comisiones en horarioscompatibles con la jornada laboral de la mayoría de los integrantes de los grupos políticos,ha sido perjudicial para el trabajo y la función que realizamos y un serio revés a laparticipación y transparencia de la que tanto presume este gobierno municipal.

Page 25: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

En estos momentos han cambiado las circunstancias, la composición del pleno havariado sustancialmente y por lo tanto también tienen que variar las formas, los modos y lostiempos.

La voluntad de la mayoría tiene que ser respetada, cuando además lo que se pidees lógico y de sentido común y que es lo mismo que hemos venido pidiendo desde el iniciode este mandato, participación, transparencia y proporcionalidad en la composición de todoslos órganos de representación.

A los grupos políticos municipales, cuyos Portavoces firman esta propuesta leshubiera gustado que a través de una negociación con el gobierno municipal se hubierallegado a una propuesta de acuerdo fruto del consenso, pero esto no ha sido posible.

Es por todo ello que los grupos municipales antes reseñados proponen al Pleno de laCorporación la adopción del siguiente acuerdo:

1.- Que el Ayuntamiento Pleno, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46.2de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y 78.1 del R.O.F.y R.J. E.L., celebre sus sesiones ordinarias con una periodicidad mensual el tercer jueves decada mes a las 18:00 horas en horario de invierno y a las 19:00 horas en horario de verano.

2.- Cesar a D. Salvador Escudero como representante de este Ayuntamiento en laJunta General de la Mancomunidad de los Alcores.

3.- Nombrar como miembro de la Junta General de la Mancomunidad de Municipiosde los Alcores para la gestión de Residuos Sólidos Urbanos a la señora concejal doñaSandra González García y como suplente a la señora concejal doña Rosalía Fernández-Llebrez Arriaga.

4.- Nombramiento de vocales del Patronato de la Fundación ALCALA INNOVA.Doña Rosalía Fernández-Llebrez ArriagaDon Francisco Bautista FernándezDon Luciano Borrego BorregoDon Miguel Ángel Castillo Jiménez

5.- Se proceda a los demás trámites que con relación a la propuesta seanprocedentes.”

Visto lo anterior, la señora concejal doña María del Carmen Rodríguez Hornillo delgrupo municipal Popular propuso modificar la parte dispositiva de la referida propuesta deacuerdo en los términos siguientes:

Primero.- Que el Ayuntamiento Pleno, de conformidad con lo dispuesto en losartículos 46.2 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y78.1 del R.O.F. y R.J. E.L., celebre sus sesiones ordinarias con una periodicidad mensual eltercer jueves de cada mes a las 18:00 horas en horario de invierno y a las 19:00 horas enhorario de verano.

Segundo.- Se proceda a los demás trámites que con relación a la propuesta seanprocedentes.

Page 26: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

Por todo lo anterior, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de sus veinticincomiembros de derecho, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda :

Primero.- Que el Ayuntamiento Pleno, de conformidad con lo dispuesto en losartículos 46.2 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y78.1 del R.O.F. y R.J. E.L., celebre sus sesiones ordinarias con una periodicidad mensual eltercer jueves de cada mes a las 18:00 horas en horario de invierno y a las 19:00 horas enhorario de verano.

Segundo.- Se proceda a los demás trámites que con relación a la propuesta seanprocedentes.

14º PROPUESTA DE ACTUACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE I ULV-CA SOBREDECRETO LEY PARA ASEGURAR LA FUNCIÓN SOCIAL DE LA V IVIENDA (EXPTE.5962/2013).- Dada cuenta de la propuesta a que se refiere este punto, que ha sidodictaminada por la Comisión Informativa de Territorio y Personas, de fecha 16 de julio de2013, que copiada literalmente, dice como sigue:

“EXPOSICION DE MOTIVOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo, el pasado día 28 de junio de 2013,por el que se solicita al Presidente del Gobierno la interposición de un recurso deinconstitucionalidad contra el artículo 1, por el que se da nueva redacción a los artículos 1.3y 53.1.a) de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del derecho a la vivienda enAndalucía; y la Disposición adicional segunda del Decreto-Ley de la Junta de Andalucía6/2013, de 9 de abril, de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de lavivienda.

El Decreto Ley para Asegurar la Función Social de la Vivienda es plenamenteconstitucional. El artículo 33 de la Constitución española consagra la “función social” delderecho de propiedad. La “función social” forma parte del contenido esencial del derecho depropiedad.

El Gobierno anuncia un recurso sin clarificar cuáles son los aspectos objeto delmismo ni las causas en que el mismo se sustenta. La alusión a que el Decreto Ley afecta alcontenido esencial del derecho a la propiedad privada es falsaria y tramposa. Lasadministraciones expropian propiedades cada día para construir metros, autopistas, y hastacampos de golf, invocando para ello el interés general, sin que medie protesta alguna delConsejo de Ministros.

Aquí lo que el Consejo de Ministros está defendiendo no es el derecho a lapropiedad, sino los intereses de las entidades financieras, en este caso a costa de unaviolenta intromisión en la soberanía andaluza. Recordamos que el Decreto Ley fueconvalidado sin ningún voto en contra en el Parlamento andaluz, donde continúa sutramitación parlamentaria.

Page 27: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

Con este Decreto Ley, la Consejería de Fomento y Viviendas de la Junta deAndalucía ha dado respuestas a la vulneración sistemática del derecho humano a lavivienda que está teniendo lugar en Andalucía, vulneración denunciada incluso por la ONU.

La Consejería continúa con la tramitación de expedientes de expropiación del uso deviviendas para evitar desahucios de personas en riesgo de exclusión social, así como con lainspección del parque andaluz de viviendas para detectar inmuebles deshabitados y,eventualmente, proceder a la sanción de las personas jurídicas que los posean.

Por todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Municipal de Izquierda Unida losVerdes Convocatoria por Andalucía propone al Pleno de este Ayuntamiento de Alcalá deGuadaíra la adopción del siguiente

ACUERDO

1º. Manifestar el rechazo de la Corporación del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíraal acuerdo del Consejo de Ministros del pasado día 28 de junio de 2013, por el que sesolicita al Presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidadcontra el artículo 1, por el que se da nueva redacción a los artículos 1.3 y 53.1.a) de la Ley1/2010, de 8 de marzo, reguladora del derecho a la vivienda en Andalucía; y la Disposiciónadicional segunda del Decreto-Ley de la Junta de Andalucía 6/2013, de 9 de abril, demedidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda.

2º. Instar al Presidente del Gobierno a abstenerse de presentar dicho recurso por noestar justificadas las supuestas consideraciones de inconstitucionalidad esgrimidas por elConsejo de Ministros, siendo el Decreto Ley para Asegurar la Función Social de la Viviendaplenamente constitucional, en virtud del artículo 33 de la Constitución española.”

Promovido debate sobre este asunto, las intervenciones de los señores concejales,ordenadas por el Sr. Alcalde-Presidente y que constan en el soporte informático que se unecomo anexo al acta de la sesión, se producen (18:13 h.) por este orden: don Alberto JesúsMiranda Oliva del grupo municipal de IULV-CA (2), doña Mª del Carmen RodríguezHornillo del grupo municipal Popular, y doña Gloria Marín Gil del grupo municipalSocialista.

Durante el debate de este asunto, por la señora concejal del grupo municipalSocialista, doña Gloria Marín Gil , se propuso modificar el punto segundo de la partedispositiva de la referida propuesta, que fue aceptada por el grupo municipal de IULV-CA, enlos siguientes términos:

2º. Instar al Presidente del Gobierno a que retire dicho recurso por no estarjustificadas las supuestas consideraciones de inconstitucionalidad esgrimidas por el Consejode Ministros, siendo el Decreto Ley para Asegurar la Función Social de la Viviendaplenamente constitucional, en virtud del artículo 33 de la Constitución española.”

Visto lo anterior, tras la deliberación de los señores concejales, el Pleno delAyuntamiento con la asistencia de sus veinticinco miembros de derecho, con los dieciséis(16) votos a favor de los señores concejales de los grupos municipales Socialista (12),Andalucista (2), y de IULV-CA (1), y de la señora concejal doña Laura Ballesteros Núñez, ylos nueve votos en contra de los señores concejales del grupo municipal Popular (9: doña

Page 28: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

Mª del Carmen Rodríguez Hornillo, doña María del Águila Gutiérrez López, don FranciscoBautista Fernández, doña Sandra González García, don Luciano Borrego Borrego, doñaRosalía Fernández-Llebrez Arriaga, doña Rosario Ordóñez Pardo, doña Elena BallesterosMarín y don Miguel Ángel Castillo Jiménez), en votación ordinaria y por mayoría absoluta,acuerda :

Primero.- Manifestar el rechazo de la Corporación del Ayuntamiento de Alcalá deGuadaíra al acuerdo del Consejo de Ministros del pasado día 28 de junio de 2013, por elque se solicita al Presidente del Gobierno la interposición de un recurso deinconstitucionalidad contra el artículo 1, por el que se da nueva redacción a los artículos 1.3y 53.1.a) de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del derecho a la vivienda enAndalucía; y la Disposición adicional segunda del Decreto-Ley de la Junta de Andalucía6/2013, de 9 de abril, de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de lavivienda.

Segundo .-. Instar al Presidente del Gobierno a que retire dicho recurso por no estarjustificadas las supuestas consideraciones de inconstitucionalidad esgrimidas por el Consejode Ministros, siendo el Decreto Ley para Asegurar la Función Social de la Viviendaplenamente constitucional, en virtud del artículo 33 de la Constitución española.

15º PROPUESTA DE ACTUACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL ANDA LUCISTASOBRE CLÁUSULAS SUELO (EXPTE. 5915/2013).- Dada cuenta de la propuesta a que serefiere este punto, que ha sido dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernanza yEvaluación, de fecha 15 de julio de 2013, que copiada literalmente, dice como sigue:

“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La sentencia de 20 de marzo de 2013 del Tribunal Supremo contienepronunciamiento sobre las “cláusulas suelo” en las hipotecas. El fallo de dicha sentenciadispone la nulidad de la conocida “cláusula suelo” en los contratos hipotecarios, vinculadadicha nulidad, a la falta de transparencia. De la misma forma dispone el Tribunal Supremo lairretroactividad en su aplicación de su resolución, es decir, esta decisión no supondrá ladevolución de las cantidades que hayan sido abonadas por los afectados con anterioridad asu pronunciamiento.

Este tipo de prácticas bancarias han afectado a centenares de miles de ciudadanosy su carácter abusivo ha sido declarado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, porel Tribunal Supremo, y antes que éstos, por los juzgados y audiencias provinciales de todaEspaña. No se trata de acciones puntuales de determinada entidad financiera; sonestrategias empresariales desarrolladas por la mayoría de las entidades financieras de estepaís, que han obrado durante años impunemente, mientras se miraba hacia otro lado porparte del Banco de España y del Consejo Nacional del Mercado de Valores, que noactuaron frente a ellas.

A esto hay que sumar la falta de respuesta de los órganosdel gobierno, que acuden nuevamente en defensa de la banca. El efecto de los sueloshipotecarios se nota especialmente en momentos como el actual, cuando la referencia sesitúa en niveles históricamente bajos.

Page 29: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

En este estado de cosas, la desprotección de los ciudadanos es total y losandalucistas entendemos que las corporaciones locales debemos plantar cara a esta malapraxis hasta conseguir la eliminación de ese tipo de cláusulas, que determinan un mínimo apagar incluso cuando los índices hipotecarios sean inferiores.

Los Andalucistas queremos responder al interés general de muchas familias que seestán viendo afectadas por esas condiciones abusivas de las entidades financieras.

Por ello, los concejales del Grupo Municipal Andalucista proponemos al Pleno de laCorporación las siguientes:

PROPUESTAS DE ACUERDO

1.- Que esta corporación local inste a las entidades financieras que han firmadohipotecas con cláusulas suelo a los vecinos de Alcalá de Guadaíra a que procedan deinmediato a anular dichas cláusulas abusivas.

2.- Que esta corporación municipal inste a las entidades financieras a que seabstengan de vender o mediar este tipo de productos sin informar claramente a loscompradores de que ese tipo de cláusulas puede suponer una merma económica variableen función del Euribor.

3.- Que esta corporación municipal inste al gobierno de España a que tramite por lavía de urgencia la modificación del Real Decreto Legislativo 1/2007 por el cual se aprobó eltexto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios en elsentido de introducir en ésta un criterio de consideración de cláusula suelo como abusiva.

4.- Que esta corporación municipal inste a la Junta de Andalucía para que, al amparode sus competencias en materia de consumo, tome las medidas necesarias para declarar"abusivas" las cláusulas suelo de los contratos que vulneren la buena fe contractual y eljusto equilibrio de las contraprestaciones exigidas en la legislación de defensa de losconsumidores y se apliquen las sanciones correspondientes a las entidades financieras quelas hayan incluido.”

Promovido debate sobre este asunto, las intervenciones de los señores concejales,ordenadas por el Sr. Alcalde-Presidente y que constan en el soporte informático que se unecomo anexo al acta de la sesión, se producen (18:26 h.) por este orden: doña MaríaDolores Aquino Trigo del grupo municipal Andalucista (2), y don Salvador EscuderoHidalgo del grupo municipal Socialista.

Visto lo anterior, tras la deliberación de los señores concejales, el Pleno delAyuntamiento con la asistencia de sus veinticinco miembros de derecho, en votaciónordinaria y por unanimidad, acuerda aprobar la referida propuesta en los términos que haquedado redactada.

16º PROPUESTA DE ACTUACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL POPU LAR SOBRESCOUT (EXPTE. 5968/2013).- Dada cuenta de la propuesta a que se refiere este punto, queha sido dictaminada por la Comisión Informativa de Territorio y Personas, de fecha 16 dejulio de 2013, que copiada literalmente, dice como sigue:

“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Page 30: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

Los Scout es una las mayores organizaciones de la juventud americana. juvenil llevapresente en España desde hace un siglo. Se autodefine como un movimiento educativopresente en todo el mundo al que pertenecen más de 30 millones de personas, jóvenes yadultos que comparten un mismo sistema de valores y el deseo de construir un mundomejor. Este grupo cree que la educación lo es todo y por ello trabajan por un mundo mejor,más justo y solidario donde el cuidado del medio ambiente, el respeto a los derechoshumanos y el entendimiento entre las personas y los pueblos sea una realidad.

Todas sus acciones van encaminadas a:

-Educar en libertad, justicia, solidaridad, responsabilidad personal y comunitaria en elmarco de la convivencia, el respeto y el servicio.

-Promover valores espirituales que ayuden a la persona a superar el individualismo yel materialismo.

-Despertar el espíritu crítico y participativo, respetando la libertad personal, parapermitir analizar las opciones que la sociedad presenta para posteriormente elegir unaopción de vida.

-Impulsar la comprensión y el desarrollo en nuestra sociedad promoviendo el cuidadoy defensa del medio ambiente.

ASDE-Federación de Asociaciones de Scouts de España, es una organización sinánimo de lucro, plural y apolítica presente en España desde 1912, compuesta por 17organizaciones federadas en representación de las 15 CCAA y las ciudades autónomas deCeuta y Melilla.

Es una de las mayores ONGs de voluntariado juvenil que cuenta con 30.000 socios ysocias.

En nuestra ciudad existen dos grupos, en los cuales tienen cabida niños y niñasdesde los seis años hasta adolescentes con 21 años guiados por monitores titulados ycomprometidos con esta forma de vida.

HIENIPA 185, fue el precursor del movimiento scout en Alcalá, durante muchos añosfue uno de los grupos referentes de la Comunidad Autónoma andaluza, desgraciadamenteen 2005 por falta de medios tuvo que dejar de trabajar con los chavales, siendo el fin de estegrupo.

Actualmente otro grupo de monitores han retomado este gran nombre para otrogrupo scout, actualmente HIENIPA es un grupo en formación pendiente del visto bueno dela ASDE con lo que en poco tiempo será un grupo scout de pleno derecho.

QALAT CHABIR 590, es otro grupo scout de Alcalá desde 1987, grupo con sede enel parque San Francisco, este grupo desde su fundación viene colaborando conasociaciones alcalareñas de todo tipo y con el ayuntamiento siempre que se le ha solicitado.

Más de 25 años ayudando a forjar a personas comprometidas, a ser mejoresciudadanos. La posibilidad que esta organización cuente con un centro de formación en

Page 31: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

Alcalá sería importante para nuestra ciudad, para la formación de nuestros niños y niñas yuna fuente de creación de empleo.

Es importante que se conozcan algunos datos que avalan el interés de estapropuesta. En el mundo sólo hay 15 centros de formación, en España hay dos, uno enGriebal en la provincia de Huesca, y otro en Granada en la zona de Los Bermejales.

Un centro de formación Scout en Alcalá, con zona de acampada, cabañas para lasnoches más frías, aulas, zona de ocio con variedad de actividades, (rocódromo, puentessuspendidos, rutas campestres,..), con disponibilidad de uso a otros colectivos de Alcalá,supondría formación de nuestros niños en valores, supondría creación de empleo, ysupondría situar Alcalá como destino turístico, tanto a nivel nacional como internacional

Valga como ejemplo el campamento que se está celebrando en Griebal, donde sevan a concentrar en estos días 22 grupos, unas 2000 personas, además de padres, madresy otros familiares que puedan acudir a visitar a estos niños.

Cuando ASDE promueve uno de estos centros se implica al movimiento scout en suedificación, y Alcalá en ese sentido no es menos por lo que el grupo scout Qalat Chabir estádispuesto a apadrinar este proyecto.

Por todo ello, los concejales del grupo municipal popular proponen al Pleno de estaCorporación, la siguiente propuesta:

1.- Manifestar desde este pleno la voluntad de iniciar expediente de cesión de losterrenos del antiguo camping Oromana en el momento de que el Grupo Qalat Chabirpresente el proyecto pertinente.

2.- Se realicen los trámites necesarios en relación con esta propuesta.”

Promovido debate sobre este asunto, las intervenciones de los señores concejales,ordenadas por el Sr. Alcalde-Presidente y que constan en el soporte informático que se unecomo anexo al acta de la sesión, se producen (18:35 h.) por este orden: doña María delCarmen Rodríguez Hornillo , del grupo municipal de Popular (2), doña María DoloresAquino Trigo del grupo municipal Andalucista, y don José Manuel Rodríguez Martín ydoña María José Borge Montero , del grupo municipal Socialista.

Visto lo anterior, tras la deliberación de los señores concejales, el Pleno delAyuntamiento con la asistencia de sus veinticinco miembros de derecho, en votaciónordinaria y por unanimidad, acuerda aprobar la referida propuesta en los términos que haquedado redactada.

17º PROPUESTA DE ACTUACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE I ULV-CA SOBRECIUDAD CONTRA LOS DESAHUCIOS (EXPTE. 5966/2013).- Dada cuenta de la propuestaa que se refiere este punto, que ha sido dictaminada por la Comisión Informativa deTerritorio y Personas, de fecha 16 de julio de 2013, que copiada literalmente, dice comosigue:

“EXPOSICION DE MOTIVOS

Page 32: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

El paro toca de lleno a nuestra localidad, donde encontramos más de catorce milvecinos que están llegando a una situación límite, o bien ya se encuentran en ella, no siendocapaces de cubrir sus necesidades más básicas. Esta situación se refleja directamente en elnúmero de procesos de ejecuciones hipotecarias de la localidad, tanto por impago dehipoteca como de alquiler. En los últimos años el número de estos procedimientos haaumentado de manera alarmante llegando casi al millar en el año 2012. Sólo en ese año enEspaña, el número total de lanzamientos alcanzó una cifra total de 101.034. De ellos, 43.853correspondieron al impago de hipoteca y otros 54.718 fueron lanzamientos de alquileres.

La ejecución hipotecaria por impago de hipoteca se traduce a lo largo del tiempo enmiles de familias que pierden su vivienda y tienen una condena financiera de por vida. En elprocedimiento judicial hipotecario la vivienda se subasta y la Ley de Enjuiciamiento Civilestablece, que en caso de no presentarse postores, situación más que habitual, la entidadprestamista se adjudica el inmueble por el 70% del valor de tasación. Este valor deadjudicación es novedoso ya que está vigente desde mayo de este año, hasta noviembre de2011 se adjudicaba por el 60% del valor de la tasación, y con anterioridad al 50% (senombran estas cifras ya que aún hay pendiente lanzamientos de viviendas que seadjudicaron al 50% del valor de tasación). La entidad no sólo se queda con la vivienda porun precio menor del que se tasó al constituir la hipoteca, sino que además una buena partede la deuda se mantiene (una vez descontado el valor por el que se ha subastado lavivienda), incrementada por los intereses y las cosas judiciales. El resultado de todo esto esque a las personas deudoras y a sus avalistas se les embargarán los bienes e ingresospresentes y futuros hasta saldar la totalidad de la deuda.

Esta situación que la legislación española permite vulnera algunos aspectos delactual marco jurídico:

• La vulneración más grave se da contra el derecho a la vivienda recogido en elartículo 47 de la Constitución española, que dice: “Todos los españoles tienenderecho a una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán lascondiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacerefectivo este derecho...”

• Artículo 33 de la Constitución que limita claramente el derecho a la propiedadprivada al cumplimiento de su función social (y que a día de hoy se incumplesistemáticamente en los pisos vacíos acumulados por bancos y cajas).

• Artículo 24 que garantiza la tutela judicial (vulnerado en los procesos deejecuciones hipotecarias donde se produce clara indefensión).

• También va en contra de los compromisos jurídicos en materia de derecho a lavivienda asumidos por el estado español al ratificar tratados internacionalesvinculantes como son, entre otros, la Declaración Universal de DerechosHumanos (artículo 25) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos,sociales y Culturales (artículo 11), especialmente a partir de su ObservaciónGeneral número 4 -que concreta el contenido del derecho a una viviendaadecuada- y la Observación General nº 7 -que define los desalojos forzososcomo una de las principales vulneraciones del derecho a la vivienda.

• La ley española que regula las ejecuciones hipotecarias (desahucios) viola lanormativa comunitaria de protección a los consumidores, según la sentencia alrespecto publicada por el Tribunal de Justicia de la UE y que concluye que elsistema de ejecución hipotecaria establecido en la legislación española es

Page 33: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

incompatible con la directiva europea sobre cláusulas abusivas y no protege alconsumidor porque permite la pérdida de la propiedad y el desalojo antes de queéste pueda ejercitar una acción por daños y perjuicios contra la entidadfinanciera.

Considerando que todo lo aquí expuesto depende básicamente de una normativa decompetencia estatal, pero cuyos efectos dramáticos se concretan en el ámbito municipal,puesto que es a los ayuntamientos a donde se dirigen mayoritariamente las personas yfamilias afectadas en busca de ayuda. Así, los ayuntamientos se convierten en doblementeperjudicados: en primer lugar porque se vulneran los derechos fundamentales de susciudadanos; en segundo lugar, porque en pleno contexto de crisis, cuando los recursos sonmás escasos que nunca, reciben todas las peticiones de ayuda de las personas y familiasempobrecidas.

Considerando que la pérdida de vivienda priva al individuo o la familia de todaresidencia, y que, a su vez, la ausencia de residencia les excluye de toda vía administrativa,conllevando por ello la pérdida de derechos, impidiendo a las personas afectadas realizarsetanto profesional como familiarmente.

Y considerando que, como consecuencia de lo anterior, los desahucios -aun máscuando suponen el mantenimiento de una deuda en forma de condena financiera- conllevanaltos niveles de inseguridad que desencadenan la alteración del orden público y la pazsocial, y considerando que los ayuntamientos tienen el encargo de mantener la seguridad yel orden en el conjunto del territorio municipal.

El Grupo Municipal de Izquierda Unida los Verdes Convocatoria por Andalucía encolaboración con el movimiento ciudadano 15M, propone al Pleno de este Ayuntamiento deAlcalá de Guadaíra la adopción del siguiente

ACUERDO

1.- Crear una comisión permanente compuesta por uno o dos miembros decada uno de los grupos políticos con representación municipal así como la concejaldel grupo no adscrito y dos representantes del movimiento ciudadano 15M, ademásde un técnico de urbanismo, uno de servicios sociales, uno de vivienda y un jurista apropuesta del 15M. Esta comisión se reunirá por primera vez en un plazo máximo de15 días y se encargará de abordar toda la problemática relativa a los desahucios,aportando las soluciones que estén en manos de la corporación. En la primerareunión se elegirá un/a presidente de la comisión que se encargará de convocarlacuando lo entienda necesario.

2.- Revisión de los protocolos de actuación de Servicios Sociales en casos dedesahucio, y colaboración en pedir al juez la suspensión del lanzamiento dedesahucio cuando éste sea por motivos económicos y se refiera a la vivienda única yhabitual. Para esto se exige la colaboración de los servicios jurídicos delAyuntamiento.

3.- No poner a la Policía Municipal a disposición de las órdenes de desahucio,ni si quiera en labores auxiliares a la de la Policía Nacional, como cortar calles odesviar es tráfico.

4.- Interpelar a las entidades financieras que operan en la ciudad parasolicitarles la paralización de los desahucios y la dación en pago o condonación de

Page 34: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

deudas ilegítimas fruto del actual proceso de ejecución hipotecaria, así comoalquileres sociales para las familias en las viviendas que habían sido de su propiedaden caso de perderlas.

5.- Si no se consigue la suspensión del desahucio garantizar de inmediato elrealojo de la familia en una vivienda de alquiler social, para lo cual, el listado y stocksobre las viviendas de EPSA y del Ayuntamiento deberán ser transparentes, no soloen cuanto a conocer la disponibilidad, sino también a su adjudicación.

6.- Exigir a las entidades financieras que pongan en alquiler social el parquede viviendas vacías de que disponen en Alcalá de Guadaíra.

7.- Interpelar a las entidades financieras que operan en el municipio paraexigirles la paralización de los desahucios y la condonación de deudas ilegítimasfruto del actual proceso de ejecución hipotecaria. En caso de no obtener respuestapor parte de éstas, aplicar medidas sancionadoras. Buscar entidades financierasalternativas con el objetivo inmediato de retirar los fondos que tenga esteAyuntamiento en los bancos que realicen desahucios.

8.- En el marco de la comisión compuesta para concretar los pormenores delImpuesto de Bienes Inmuebles, subir hasta el límite máximo permitido por ley el IBIde los pisos vacíos de las entidades financieras.

9.- Que para velar por el cumplimiento de todos estos acuerdos, se vuelquetoda la información relativa a los mismos en la comisión planteada en el puntoprimero.

10.- Declararse públicamente en una o varias notas de prensa emitidas por elAyuntamiento en un plazo máximo de siete días naturales "Municipio contra losdesahucios", en la misma deberá aparecer el resultado de la votación en el pleno asícomo el posicionamiento de cada grupo político.” Promovido debate sobre este asunto, las intervenciones de los señores concejales,

ordenadas por el Sr. Alcalde-Presidente y que constan en el soporte informático que se unecomo anexo al acta de la sesión, se producen (18:50 h.) por este orden: don Alberto JesúsMiranda Oliva , del grupo municipal de IULV-CA (2), doña Laura Ballesteros Núñez ydoña María José Borge Montero , del grupo municipal Socialista (2).

Terminada la discusión sobre este asunto, el señor concejal don Alberto JesúsMiranda Oliva del grupo municipal de IULV-CA cerró la misma proponiendo modificar laparte dispositiva de la referida propuesta de acuerdo en los términos siguientes:

• Modificar la composición de la comisión de vivienda para componerla por un miembro decada uno de los grupos políticos con representación municipal así como la concejal delgrupo no adscrito y dos representantes del movimiento ciudadano 15M, además de untécnico de urbanismo, uno de servicios sociales, uno de vivienda y un jurista a propuestadel 15M. Esta comisión se encargará de abordar toda la problemática relativa a losdesahucios, aportando las soluciones que estén en manos de la corporación. En lapróxima reunión se elegirá un/a presidente de la comisión que se encargará deconvocarla cuando lo entienda necesario.

• Revisión de los protocolos de actuación de Servicios Sociales en casos de desahucio, ycolaboración en pedir al juez la suspensión del lanzamiento de desahucio cuando éstesea por motivos económicos y se refiera a la vivienda única y habitual. Para esto seexige la colaboración de los servicios jurídicos del Ayuntamiento.

Page 35: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

• Hacer cuanto esté en la mano del Ayuntamiento para no poner a la Policía Municipal adisposición de las órdenes de desahucio, ni siquiera en labores auxiliares a la de laPolicía Nacional, como cortar calles o desviar es tráfico.

• Interpelar a las entidades financieras que operan en la ciudad para solicitarles laparalización de los desahucios y la dación en pago o condonación de deudas ilegítimasfruto del actual proceso de ejecución hipotecaria, así como alquileres sociales para lasfamilias en las viviendas que habían sido de su propiedad en caso de perderlas.

• Facilitar a las familias afectadas por procedimientos de desahucios su incorporación alRegistro Municipal de Demandantes de Vivienda, así como las posibles ayudas deemergencia a que tuvieren derecho, desde la Delegación de Servicios Sociales. Encualquier caso las viviendas de Promoción Pública que quedasen disponibles paranueva adjudicación, será preceptivo con carácter previo proponerlo a la consideración dela Comisión Municipal de Vivienda.

• Exigir a las entidades financieras que pongan en alquiler social el parque de viviendasvacías de que disponen en Alcalá de Guadaíra.

• Interpelar a las entidades financieras que operan en el municipio para exigirles laparalización de los desahucios y la condonación de deudas ilegítimas fruto del actualproceso de ejecución hipotecaria. En caso de no obtener respuesta por parte de éstas,aplicar medidas coercitivas. Buscar entidades financieras alternativas con el objetivoinmediato de retirar los fondos que tenga este Ayuntamiento en los bancos que realicendesahucios.

• En el marco de la comisión constituida para estudiar los pormenores del IBI, estudiar laaplicación de algún coeficiente de ponderación en el IBI para las viviendas vacías que nose pongan a disposición para régimen de alquiler social y minorar con otro coeficiente,las que sí se pusieren a disposición.

• Declararse públicamente en una o varias notas de prensa emitidas por el Ayuntamientoen un plazo máximo de siete días naturales "Municipio contra los desahucios", en lamisma deberá aparecer el resultado de la votación en el pleno así como elposicionamiento de cada grupo político.

• Se encomienda a la propia Comisión Municipal de Vivienda para el seguimiento ycumplimiento de este acuerdo plenario.

Visto lo anterior, tras la deliberación de los señores concejales, el Pleno delAyuntamiento con la asistencia de sus veinticinco miembros de derecho, con los trece (13)votos a favor de los señores concejales de los grupos municipales Popular (9), Andalucista(2), de IULV-CA (1), y de la señora concejal doña Laura Ballesteros Núñez, y los doce votosen contra de los señores concejales del grupo municipal Socialista (12: don AntonioGutiérrez Limones, don Rafael Chacón Sánchez, doña Miriam Burgos Rodríguez, doñaMaría José Borge Montero, don Salvador Escudero Hidalgo, doña Ana Belén GonzálezPérez, doña Gloria Marín Gil, doña María Dolores Gutiérrez Peral, don Clemente JesúsOlivero Mejías, don José Antonio Montero Romero, don José Manuel Rodríguez Martín ydon Enrique Pavón Benítez ), en votación ordinaria y por mayoría absoluta acuerda:

Primero .- Modificar la composición de la comisión de vivienda para componerla porun miembro de cada uno de los grupos políticos con representación municipal así como laconcejal del grupo no adscrito y dos representantes del movimiento ciudadano 15M, ademásde un técnico de urbanismo, uno de servicios sociales, uno de vivienda y un jurista apropuesta del 15M. Esta comisión se encargará de abordar toda la problemática relativa alos desahucios, aportando las soluciones que estén en manos de la corporación. En la

Page 36: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

próxima reunión se elegirá un/a presidente de la comisión que se encargará de convocarlacuando lo entienda necesario.

Segundo .-Revisión de los protocolos de actuación de Servicios Sociales en casos dedesahucio, y colaboración en pedir al juez la suspensión del lanzamiento de desahuciocuando éste sea por motivos económicos y se refiera a la vivienda única y habitual. Paraesto se exige la colaboración de los servicios jurídicos del Ayuntamiento.

Tercero .-Hacer cuanto esté en la mano del Ayuntamiento para no poner a la PolicíaMunicipal a disposición de las órdenes de desahucio, ni siquiera en labores auxiliares a la dela Policía Nacional, como cortar calles o desviar es tráfico.

Cuarto .- Interpelar a las entidades financieras que operan en la ciudad parasolicitarles la paralización de los desahucios y la dación en pago o condonación de deudasilegítimas fruto del actual proceso de ejecución hipotecaria, así como alquileres socialespara las familias en las viviendas que habían sido de su propiedad en caso de perderlas.

Quinto .- Facilitar a las familias afectadas por procedimientos de desahucios suincorporación al Registro Municipal de Demandantes de Vivienda, así como las posiblesayudas de emergencia a que tuvieren derecho, desde la Delegación de Servicios Sociales.En cualquier caso las viviendas de Promoción Pública que quedasen disponibles para nuevaadjudicación, será preceptivo con carácter previo proponerlo a la consideración de laComisión Municipal de Vivienda.

Sexto .- Exigir a las entidades financieras que pongan en alquiler social el parque deviviendas vacías de que disponen en Alcalá de Guadaíra.

Séptimo .- Interpelar a las entidades financieras que operan en el municipio paraexigirles la paralización de los desahucios y la condonación de deudas ilegítimas fruto delactual proceso de ejecución hipotecaria. En caso de no obtener respuesta por parte deéstas, aplicar medidas coercitivas. Buscar entidades financieras alternativas con el objetivoinmediato de retirar los fondos que tenga este Ayuntamiento en los bancos que realicendesahucios.

Octavo .- En el marco de la comisión constituida para estudiar los pormenores delIBI, estudiar la aplicación de algún coeficiente de ponderación en el IBI para las viviendasvacías que no se pongan a disposición para régimen de alquiler social y minorar con otrocoeficiente, las que sí se pusieren a disposición.

Noveno .- Declararse públicamente en una o varias notas de prensa emitidas por elAyuntamiento en un plazo máximo de siete días naturales "Municipio contra los desahucios",en la misma deberá aparecer el resultado de la votación en el pleno así como elposicionamiento de cada grupo político.

Décimo .- Se encomienda a la propia Comisión Municipal de Vivienda para elseguimiento y cumplimiento de este acuerdo plenario.

18º PROPUESTA DE ACTUACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL ANDA LUCISTASOBRE DESPACHOS VACÍOS (NG-5894/2013).- Dada cuenta de la propuesta a que se

Page 37: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

refiere este punto, que ha sido dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernanza yEvaluación, de fecha 15 de julio de 2013, que copiada literalmente, dice como sigue:

“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En el Pleno celebrado el 18 de mayo del pasado año, es decir ya hace más de unaño, este grupo le hizo una pregunta al Sr. Alcalde que rezaba: “¿cuándo se van a utilizarlos despachos y espacios actualmente sin uso en el área de Medio Ambiente y Compras dela planta alta de este Ayuntamiento?. Estamos pagando alquileres por ahí para ubicarservicios y tenemos al menos dos despachos más y unos cuantos puestos vacíos que sepueden utilizar por el propio Ayuntamiento”.

A dicha pregunta se contestó por escrito el 14 de junio de 2012 comunicándonos que“se están estudiando actualmente diferentes posibilidades”.

La realidad es que un ala de la planta alta de este Ayuntamiento sigue en más de un40% de su espacio desocupada. La realidad es que sigue habiendo puestos de trabajodesocupados en otras áreas municipales. La realidad es que hay despachos “duplicados” eneste Ayuntamiento. Y la realidad es que seguimos pagando alquileres por locales privadospara acoger servicios municipales.

El que una institución municipal, como es esta, preste servicios a los ciudadanos enespacios que no son públicos y que por ello pague un alquiler se puede entender enaquellos casos en que no se dispongan locales públicos libres, o cuando todas lasdependencias municipales estén atestadas, o incluso en aquellos casos, muy particulares,que por necesidades de deslocalización de servicios sea imprescindible ir a alquiler privado.

Ninguna de estos supuestos se dan en nuestro caso, hay dependencias, que no esque estén abarrotadas, sino que están prácticamente vacías, y si se habla de localizaciónhay dos servicios municipales que se prestan en locales alquilados juste en frente de laCasa Consistorial.

Ya ha pasado más de un año, para que ese estudio de posibilidades diera algún tipode fruto, resultado o conclusión, y no creemos, cosa que sería lamentable, que sigan “sine-die” estudiando, esas, diferentes posibilidades.

Por ello, los concejales del Grupo Municipal Andalucista proponemos al Pleno de laCorporación las siguientes:

PROPUESTAS DE ACUERDO

1.- Que en el plazo máximo de quince días se evacue informe concluyente delestudio de posibilidades de ese estudio de posibilidades que el Sr. Alcalde nos comunicóque se estaba realizando sobre los espacios en desuso del área de medioambiente ycompras.”

Promovido debate sobre este asunto, las intervenciones de los señores concejales,ordenadas por el Sr. Alcalde-Presidente y que constan en el soporte informático que se unecomo anexo al acta de la sesión, se producen (19:10 h.) por este orden: doña María

Page 38: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

Dolores Aquino Trigo del grupo municipal Andalucista (2), y don Salvador EscuderoHidalgo del grupo municipal Socialista (2).

Visto lo anterior, tras la deliberación de los señores concejales, el Pleno delAyuntamiento con la asistencia de sus veinticinco miembros de derecho, en votaciónordinaria y por unanimidad, acuerda aprobar la referida propuesta en los términos que haquedado redactada.

19º PROPUESTA DE ACTUACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL POPU LAR SOBREMOVILIDAD ZONA CENTRO (EXPTE. 5972/2013).- Dada cuenta de la propuesta a que serefiere este punto, que ha sido dictaminada por la Comisión Informativa de Territorio yPersonas, de fecha 16 de julio de 2013, que copiada literalmente, dice como sigue:

“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Aunque una ciudad es un todo y todas las zonas que la componen merecenexactamente el mismo trato, no cabe duda que el casco histórico es el espejo en que semira y el escaparate en que mejor se muestra su vitalidad a todos los que llegan de fuera, yasea de visita o bien como posible promotores de negocio.

Pues bien, si la zona centro de Alcalá debe ser la que muestra los signos de vitalidadde nuestra ciudad, la cuestión es muy grave. Si de un enfermo se tratase no cabe duda deque hace tiempo estaría en la U.C.I. y en espera de un fatal desenlace. Solo hace faltadarse una vuelta a primeras horas de cualquier día de la semana de cualquier época delaño, cuando se supone que la actividad comienza, para darse cuenta. Simplemente, comose dice popularmente “se nos caen los palos del sombrajo”.

Y no es ya cuestión tan solo de la tan traída y llevada crisis. Hace años, incluso enlos de mayor bonanza económica, que la penosa situación del centro de Alcalá es la crónicapalpable de una muerte anunciada.

Muchas son las causas que han propiciado dicha situación, no estando fuera de ellasla errática actuación durante muchos años de los sucesivos gobiernos municipales que consus decisiones han ido dificultando la actividad, la convivencia y la movilidad en la zona, sinque en ningún momento se hayan puesto sobre la mesa actuaciones verdaderamenteeficaces para la mejora de dicha situación.

Ni tan siquiera en el paralizado P.G.O.U. se prevé actuación de calado alguna quepermita transformar la actual situación del casco histórico de Alcalá para dotarlo de mayordinamismo y posibilidades. Todo lo contrario, lo que se pretende es dejarlo como está, esdecir, prácticamente muerto.

Indudablemente, las dificultades para acceder a la zona es una de las causas quenos han llevado a tal situación. Se ha pretendido por todos los medios impedir el acceso delos vehículos, con la consabida y teóricamente paradisiaca idea de crear “una ciudad paralas personas”.

Pero es que, en la actualidad, nos guste más o menos, no podemos olvidar que laspersonas necesitamos desplazarnos de una forma rápida y cómoda a los lugares a los que

Page 39: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

deseamos o necesitamos ir y para ello, a falta de un transporte público verdaderamenteeficiente, utilizamos nuestros vehículos. La cuestión es que si no podemos llegar a una zonadeterminada de esa forma, simplemente no vamos. Eso conlleva una pérdida de interés quea su vez impide el desarrollo de nuevas actividades. Como muestra vale un botón. Tenemosun mercado de abastos inaugurado casi ayer mismo en decadencia absoluta y la únicaactividad comercial que verdaderamente atrae a los ciudadanos al centro es la presencia delas oficinas bancarias, que ya veremos lo que duran.

La cuestión es que el modelo creado no sirve. Hay que facilitar el desplazamiento delos ciudadanos al centro de la ciudad y es verdaderamente un clamor popular ya histórico elque pide que se acometan actuaciones que permitan mejorar el acceso al centro de Alcalá yde esa forma potenciar la actividad comercial y las condiciones de vida de los vecinos, quedicho sea de paso, cada vez son menos debido a la incomodidad y carestía que supone viviren esta zona.

Ante todo ello, los concejales del Grupo Municipal Popular, recogiendo las peticionesde una mayoría de vecinos y comerciantes de la zona centro, elevamos al pleno lassiguientes propuestas para su aprobación si procede:

1ª Volver a situar el intercambiador de líneas de autobús urbano y parada de taxis enLa Plazuela.

2ª Modificación de las líneas de autobús y creación de una zona de parada en elmercado de abastos.

3ª Volver a dotar de doble sentido de circulación la calle Pescadería y el tramo de lacalle Alcalá y Orti entre esta calle y la Plaza de Cervantes, realizando las modificacionespertinentes.

4ª Poner en funcionamiento de forma inmediata el aparcamiento en los bajos delantiguo mercado.

5ª Crear un carril de conexión para los transportes públicos, en convivencia con lazona peatonal, entre la plaza de Cervantes y la calle Gutiérrez de Alba en el margenizquierdo de la Plazuela en sentido único hacia la calle Gutiérrez de Alba y establecer endicha zona el intercambiador de líneas de autobús urbano y parada de taxis.

6ª En colaboración con la Asociación de Comerciantes de la Zona Centro, fomentarla distribución de vales de aparcamiento y/o billetes de autobús por compras realizadas enlos comercios y lugares de restauración de la zona.

7ª Adoptar las medidas necesarias y oportunas ante las administraciones quecorrespondan para que la ronda de circunvalación de la ciudad se lleve a término.

8ª Presionar ante la Consejería de Fomento de la Junta de Andalucía para que, deuna vez por todas, se terminen las obras de desdoble de la carretera de Dos Hermanas y lasdel tranvía.

9ª Desarrollar un plan de señalización de tráfico y de direcciones de interés, por todala ciudad.

Page 40: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

10ª Cualesquiera de otras medidas que sean necesarias para poner en práctica deforma inmediata las propuestas anteriores.”

Promovido debate sobre este asunto, las intervenciones de los señores concejales,ordenadas por el Sr. Alcalde-Presidente y que constan en el soporte informático que se unecomo anexo al acta de la sesión, se producen (19:22 h.) por este orden: don Miguel ÁngelCastillo Jiménez del grupo municipal Popular (2), doña María Dolores Aquino Trigo delgrupo municipal Andalucista, y doña María Dolores Gutiérrez Peral y doña María JoséBorge Montero , del grupo municipal Socialista.

Visto lo anterior, tras la deliberación de los señores concejales, el Pleno delAyuntamiento con la asistencia de sus veinticinco miembros de derecho, con los trece (13)votos a favor de los señores concejales de los grupos municipales Popular (9), Andalucista(2), de IULV-CA (1), y de la señora concejal doña Laura Ballesteros Núñez, y los doce votosen contra de los señores concejales del grupo municipal Socialista (12: don AntonioGutiérrez Limones, don Rafael Chacón Sánchez, doña Miriam Burgos Rodríguez, doñaMaría José Borge Montero, don Salvador Escudero Hidalgo, doña Ana Belén GonzálezPérez, doña Gloria Marín Gil, doña María Dolores Gutiérrez Peral, don Clemente JesúsOlivero Mejías, don José Antonio Montero Romero, don José Manuel Rodríguez Martín ydon Enrique Pavón Benítez ), en votación ordinaria y por mayoría absoluta acuerda aprobarla citada propuesta en los términos que ha quedado redactada.

20º ASUNTO URGENTE.- Conforme a lo establecido en el artículo 91.4 delReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las CorporacionesLocales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, una vez concluido elexamen de los asuntos incluidos en el orden del día y antes de pasar al turno de ruegos ypreguntas, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de sus veinticinco miembros dederecho, en votación ordinaria, por unanimidad, y, por tanto, con el voto favorable de lamayoría prevista en el artículo 47.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, acuerda, previa especialdeclaración de urgencia, conocer del siguiente asunto no comprendido en la convocatoria:

20º.1 PROPUESTA DE ACTUACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL AN DALUCISTASOBRE LA TASA DE RECOGIDA DE BASURAS.- Por la presidencia se da cuenta de lapropuesta a que se refiere este punto que, copiada literalmente, dice como sigue:

“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En la ordenanza de recogida de basuras del año 2013 se produjo un cambio sensibleen el concepto de cómputo de la misma, pasando de ser una cuantía fija anual, que sefacturaba mediante cuatro pagos trimestrales incluidos en los recibos del abastecimiento delagua, a ser una cantidad variable en función del precio del saneamiento asociado a cadadomicilio.

Este cambio estaba motivado, según propias palabras del Equipo de Gobierno, enrealizar una modulación en los pagos por basuras en relación al gasto del agua, de talmanera que pagasen más los que más consumieran.

Con este principio la ordenanza se definió de la siguiente manera:

Page 41: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

La Base imponible de esta tasa será igual a la liquidable y se determinará en la formasiguiente:

A. En viviendas, que reciban suministro de agua potable a través de EMASESA, labase imponible estará constituida por suma de las cuotas correspondientes a la tarifa por laprestación del servicio de saneamiento (Vertido y depuración), sin perjuicio de lo dispuestoen el apartado C del presente artículo.

TARIFA 1- VIVIENDAS

Epígrafe 1 – El importe de la tasa será el resultado de aplicar a la base imponible elcoeficiente del 85%, con un mínimo de 58 y un máximo de 160 euros año.

Epígrafe 2 - Viviendas con suministro de agua sin control por contador o quecarezcan de suministro, cuota anual de 58.

En el segundo trimestre de este año han llegado al Grupo Municipal Andalucista unaserie de reclamaciones de vecinos en relación al sistema empleado para el cálculo de latasa por recogida de basuras. En concreto sus quejas se centraban en que para dichocálculo se habían contemplado días de consumo de agua del año 2012.

Una vez leída con detenimiento la ordenanza en vigor, y analizando en profundidadla serie de recibos que nos han hecho llegar a nuestro grupo, entendemos que se confirmala sospecha de supuestas irregularidades en el cálculo de la tasa de basuras, ya que para elcómputo del precio de saneamiento se han contemplado consumos de agua realizados en el2012, fechas en que todavía no había entrado en vigor la ordenanza del 2013.

Nos basamos en nuestra aseveración en la propia redacción de la ordenanza que ensu artículo 8 se indica lo siguiente:

2.- Gestión integrada de la Tasa de Recogida Domiciliaria de Basuras y de la Tarifade Abastecimiento domiciliario de Agua Potable.

La tasa por la prestación del servicio de recogida de basuras se devengará conjuntae integradamente con la Tarifa por la prestación de los servicios de abastecimientodomiciliario de agua potable y en sus mismos períodos impositivos para aquellos sujetospasivos que disfruten, se aprovechen o utilicen ambos servicios, coincidiendo así con lalectura y facturación del consumo de agua.

Es decir se relaciona directamente lectura de consumo de agua con facturación deconsumo de agua y con facturación de la tasa de basura, pero evidentemente no es “derecibo” el utilizar consumos, es decir lecturas, del año 2012 para el pago de la tasa del 2013,entre otras cosas porque la tasa de basura del 2012 se ha pagado en su totalidad por losvecinos de Alcalá.

El sentido común nos dice que si vinculamos los consumos, en este caso de agua,para el cálculo de la tasa de basura de un año, sean los consumos de ese año los quemarquen, e indiquen, dicho pago y no los de otro año distinto.

Page 42: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

Independientemente de esta posible irregularidad en el cómputo de la tasa debasuras, existe otra duda jurídica en el sistema empleado por este Ayuntamiento para elcobro de la tasa de basura, y es el hecho de emplear una empresa privada para el cobro deuna tasa municipal, cuestión que este grupo sospecha que no sea legal.

Indicar que evidentemente esta irregularidad solo se produce en los reciboscorrespondientes al primer trimestre del 2012.

Por todo ello sería recomendable que por parte de técnicos municipales,responsables en esta materia, se analizara el sistema empleado en el cobro de la basura delaño 2103, y si éste es el realmente establecido en el literal, y espíritu, de la ordenanza fiscalpara la recogida de basuras de 2013.

Debido a que estamos en el mes de julio y que en agosto no es preceptivo lacelebración de plenos ordinario y entendiendo que el asunto del que estamos hablando esimportante, tanto para los vecinos y contribuyentes municipales, como para las propiasarcas municipales, si definitivamente el esclarecimiento de estas dudas nos dan la razón ypor ende a los vecinos que han reclamado, con la consiguiente obligación de lasdevoluciones de las cantidades recaudadas irregularmente, presentamos esta propuestapara que entre por urgencia en la próxima sesión de la Comisión Informativa de Territorio yPersonas y por ende en la próxima sesión del Pleno Municipal Ordinario.

Además es importante conocer el alcance de esta duda ya que por ejemplo se estáen fase de aprobación de los presupuestos municipales para el año 2013, o por lo menosen fase de estudio en comisión. Si al final hay que devolver las cantidades recaudadasirregularmente, es sumamente recomendable conocer las cifras lo antes posible, ya que porejemplo, por los datos que manejamos en nuestro grupo, a un tercio de las viviendas se lehan incorporado más de 60 días del 2012, y a otro tercio más de 30, por ver si produce, ono, desequilibrio presupuestario.

Por ambos motivos entendemos que se debe aceptar la urgencia y no esperar afinales de septiembre para acordar las medidas que aquí se presentan, más el tiempo deanálisis y estudio que los técnicos van a necesitar en elaborar sus conclusiones.

Por ello, los concejales del Grupo Municipal Andalucista proponemos al Pleno de laCorporación las siguientes:

PROPUESTAS DE ACUERDO

1.- Que técnicos de los departamentos de Recaudación, Intervención y Tesorería, analicenel sistema empleado en el cobro de la basura del año 2103, al objeto de verificar si éste esel realmente establecido en el literal, y espíritu, de la ordenanza fiscal para la recogida debasuras de 2013, trasladando informe a la Junta de Portavoces.

2.- Que por parte de los mismos técnicos se evacue informe sobre la validez legal delsistema empleado por este Ayuntamiento para el cobro de la tasa de basura, en relación aque sea una empresa privada la que efectúe la recaudación.”

Promovido debate sobre este asunto, las intervenciones de los señores concejales,ordenadas por el Sr. Alcalde-Presidente y que constan en el soporte informático que se une

Page 43: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

como anexo al acta de la sesión, se producen (19:50 h.) por este orden: doña MaríaDolores Aquino Trigo del grupo municipal Andalucista (2), y don Salvador EscuderoHidalgo del grupo municipal Socialista (2).

Visto lo anterior, tras la deliberación de los señores concejales, el Pleno delAyuntamiento con la asistencia de sus veinticinco miembros de derecho, en votaciónordinaria y por unanimidad, acuerda aprobar la referida propuesta en los términos que haquedado redactada.

21º RUEGOS Y PREGUNTAS.- Por los señores concejales que a continuación seindican se procede a formular los ruegos y preguntas siguientes:

El señor concejal del grupo municipal de IULV-CA, don Alberto Jesús MirandaOliva , quien, entre otras cosas, dice: Un nutrido grupo de extrabajadores del Ayuntamiento,que están aquí presentes, que se manifiestan asiduamente en aquellos eventos donde estépresente nuestro alcalde, reivindican el cumplimiento del acuerdo sobre contratos de relevosque firmó la delegada de Recursos Humanos en el año 2009, doña María José BorgeMontero, que es la actual portavoz del grupo Socialista local y además, recordemos,imputada por prevaricación en la presunta incorporación irregular de un cargo de confianzapara dirigir la política deportiva municipal. Cabe decir que estos extrabajadores llevan másde tres meses presentando instancias al Ayuntamiento donde se solicita una reunión con elAlcalde, pero parece ser que nuestro senador tiene demasiado caché como para reunirsecon trabajadores y hasta el momento evade atenderlos. La política de recursos humanosque practica el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra es nítidamente de derechas, conparalización de las ofertas de empleo público desde el año 1997, con casi un 50% de laplantilla municipal de trabajadores en precario, abanderando ser el único pueblo en toda lapenínsula que dispone de un cementerio privado y con multitud de servicios privatizadosindecentemente, eso que ustedes critican en la comunidad de Madrid es lo mismo queaplica Gutiérrez Limones aquí en Alcalá. Ante esta situación, con los mencionadosextrabajadores públicos, pregunto, ¿piensa el señor Alcalde reunirse con los extrabajadoresde contratos de relevo que se lo llevan solicitando más de tres meses? Y segundo, ¿se vana cumplir los acuerdos sobre contratos de relevo que firmó la delegada de RecursosHumanos con todos los trabajadores por igual?

Siguiente pregunta. La empresa Roca tiene que saber que con los terrenos queposee en Alcalá de Guadaíra no hará negocio. Entendemos que ya son suficientes losbrindis al sol pidiéndole a la empresa favores en notas de prensa. Desde Izquierda Unidaentendemos que ha llegado el momento de actuar de manera contundente. Por ello,estamos trabajando para que a través de la Junta de Andalucía y la Secretaría de JuradoProvincial de Expropiación Forzosa de Sevilla puedan ser expropiados a la empresa losterrenos y tras ello aprobar en pleno cedérselo a los trabajadores para que sean ellosquienes exploten las instalaciones. Un reciente informe del departamento de Urbanismo delAyuntamiento de Alcalá de Guadaíra avala esta posibilidad y señala que declarando losterrenos de interés público y social es posible expropiarlos. Por todo ello, hacemos lasiguiente pregunta: ¿está el Alcalde y por tanto el equipo de gobierno de acuerdo conavanzar los trámites necesarios para concluir con la expropiación de los terrenos de Roca ycedérselo a los trabajadores para que sean ellos quienes los exploten?

Tercera pregunta. En el pasado pleno municipal Izquierda Unida sacó adelante unapropuesta en beneficio del conjunto de los y las alcalareñas pidiendo bajar el Impuesto de

Page 44: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

Bienes Inmuebles, que ha subido hasta límites impensables y que genera que miles defamilias no puedan afrontarlo. La mencionada moción fue aprobada con los votos a favor delPartido Popular, el Partido Andalucista, Izquierda Unida, la concejal no adscrita LauraBallesteros y con el voto en contra del Partido Socialista. Esta medida, aclamada por elconjunto de los ciudadanos de Alcalá de Guadaíra, ha sido calificada por el equipo degobierno del PSOE como pura demagogia y que sólo favorece a los más ricos, llevando acabo además una serie de actividades públicas desde ese momento para intentar convencera la ciudadanía que financiar con nuestros impuestos políticas económicas privatizadoras esalgo bueno para el conjunto de los trabajadores de Alcalá. Por tanto, ya que ambas fuerzaspolíticas tienen un posicionamiento tan diferente y para que los ciudadanos interesadospuedan tener en su mano todos los elementos de juicio para decidir, desde Izquierda Unidaqueremos proponerle al Alcalde, Antonio Gutiérrez Limones, o al delegado de Hacienda,Salvador Escudero, la realización de un debate público y emitido en directo a través deInternet. La propuesta que hacemos desde Izquierda Unida es que el debate no se celebreen el salón de plenos, sino en un lugar diferente, no institucionalizado y con un moderadorneutral. Ante esta propuesta, le pregunto: ¿está dispuesto el señor Alcalde, GutiérrezLimones, o el señor delegado de Hacienda, Salvador Escudero, a realizar un debate públicoen las condiciones mencionadas?

Cuarta pregunta sobre la Mancomunidad. A tenor de que la Mancomunidad de losAlcores es quien tiene las competencias delegadas de los residuos sólidos urbanos asícomo la limpieza viaria, sufragados con el dinero público de los alcalareños y por ello se noshace indispensable conocer la contabilidad de este servicio público. En el presupuesto delaño 2013 el servicio se califica como un balance económico negativo, sin embargo no quedaclarificada a través de un informe de ámbito globalizador. La Mancomunidad de los Alcores,entre otros servicios, dispone de, uno, la gestión de residuos de construcción y demoliciónconcedida a la empresa Alcorec por un ámbito temporal de 20 años en las instalaciones quepertenecen al término municipal alcalareño y cuyas tarifas, cuando reciben el material deconstrucción, son de…no las voy a leer. Pregunto: de la gestión de estos residuos deconstrucción ¿cuál es el canon valorado en porcentaje que se lleva la empresa y cuál es laparte cuantificada en euros que recibe la mancomunidad? Dos, la propia página web de laMancomunidad de los Alcores indica que en el Centro Integral de Tratamiento CónicaMontemarta se alcanza la cifra de 1,7 kg generado por habitante y día en el año 2005.Sentimos no poder ofrecer datos actualizados por falta de información. Entre esos residuosse obtienen también en el año 2005 los siguientes productos: como compost, papel, cartón,férricos, aluminios, vidrios, etc. Del total de residuos sólidos urbanos nos encontramos conuna parte de su producto y compost que a su vez son vueltos a vender y desconocemos elbeneficio económico que ello reporta. Por ello entendemos que debemos tener conocimientosobre las cuentas que dicha mancomunidad gestiona. De igual forma, los vertidos deresiduos sólidos urbanos que los otros municipios realizan son tasados por camión, pagandoel respectivo canon cada municipio y que repercute económicamente sobre el montanteglobal de operaciones. Igualmente deseamos las certificaciones contables de dichamancomunidad. Y pregunto: ¿qué beneficio obtiene la población de Alcalá en comparacióncon otro municipio al ubicar la planta Cónica Montemarta en su territorio?

Y finalizo. El pleno del mes de junio de 2013, a través de una moción de IzquierdaUnida, instó al señor alcalde a darle la palabra al público asistente. Entendemos que todamedida que promueva la participación del pueblo en asuntos municipales debe de ser bienacogida por los demócratas. Si además esta medida está recogida por la ley y se aplica enmultitud de ayuntamientos gobernados por todo tipo de partidos, nada le impide, señor

Page 45: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

Alcalde, llevarla a cabo, salvo su propia voluntad. Por ello, le ruego que al levantar la sesiónde hoy haga uso de sus facultades tal como le instó este pleno y le dé la palabra al públicoasistente.

La señora concejal del grupo municipal Andalucista, doña María Dolores AquinoTrigo , quien, entre otras cosas, dice: Lo primero, felicitar la ostentación de los nuevoscargos. Nos hemos enterado por Prensa hace escasas horas. Nos hubiera gustado, señoralcalde, que nos lo hubieran comunicado.

Otra cuestión es que después de este pleno se va a celebrar la junta general deaccionistas de dos empresas públicas y le voy a rogar al equipo de gobierno, en base a lascitas que tenemos, que podamos invertir el orden, es decir, celebrar primero las juntasgenerales y que el público asista luego al pleno y no se tenga que desalojar, que, porrespeto a los vecinos, damos mejor imagen. Trabajar primero en las cosas en las que nopuedan asistir y el resto, asistir con audiencia pública.

Por otro lado, hace unas semanas el señor delegado de Urbanismo nos citó a unareunión de la comisión de seguimiento del PGOU y en ella recibimos una serie deinformaciones y de explicaciones sobre el estado de elaboración del nuevo PGOU y enconcreto del documento sobre el nuevo modelo de ciudad. En esa reunión no estaba ustedpara poderle pedir algunas explicaciones que solo usted nos la puede dar y que solo ustedes el responsable y no el señor delegado. Lo primero que tenemos que preguntarle es si esedocumento de modelo de ciudad lo piensa presentar para su análisis a todos los particularesy colectivos que gastaron tiempo y energía y preocupación en las mesas de participación yde las cuales usted se vanagloria de que surgió el documento de aprobación inicial. Piensausted ignorarlos con esta aprobación por junta de gobierno del pasado 14 de junio. ¿Estáusted dispuesto a dar participación a la ciudad para que valoremos ese nuevo modelo deciudad? Mire usted que cuatro ojos ven más que dos y no sea que se vuelva a equivocar,por segunda vez, como ya le han dicho sus compañeros de la Junta de Andalucía. En todoeste paso atrás hay un documento que entendemos de suma importancia: Informe deincidencia territorial emitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda yOrdenación del Territorio. Y le preguntamos señor Alcalde, ¿piensa hacer público dichoinforme? ¿Piensa darlo a conocer a los participantes de las mesas de participación? ¿Y alos grupos de la oposición?

En urbanismo en red, ese programa para informarse sobre el urbanismo de laciudad, y por tanto del nuevo plan, no hay nada de ese informe tan importante que nos hahecho replantearnos nuestro, o mejor dicho, su modelo de ciudad.

En el propio expositivo de la aprobación por junta de gobierno del documento del queestamos hablando, se dice entre otras cosas: "…considerando necesario, no obstante,introducir determinados ajustes en su contenido....afectan al dimensionamiento de losámbitos clasificados como suelos urbanizables....", "...por objeto de dar cumplimiento a loscriterios interpretativos de la administración autonómica sobre los límites de crecimiento enel POTA..." Además se justifica la crisis para plantear otros objetivos de "optimización de losparámetros objetivos...". Abunda además el literal de la propuesta en que el "...documentoparte de un modelo de urbanismo menos expansivo, más transformacional y más austero".

Y nosotros nos preguntamos, y se lo preguntamos a usted, señor presidente yalcalde de esta ciudad, pero esto mismo, con otras palabras para que lo entendiera la gente

Page 46: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

se lo dijimos muchos, entre ellos mi propio partido, con las alegaciones al documento deavance y al documento de aprobación inicial. Y le pregunto señor alcalde, ¿no hubiese sidomejor que se atendieran las múltiples indicaciones aparecidas en las alegacionesencaminadas a restringir el crecimiento? ¿No hubiésemos ganado tiempo y dinero? ¿Les vaa reconocer a los proponentes de esas alegaciones que teníamos razón? Que crecer porcrecer no, qué llegar hasta la carretera de Utrera por el mero hecho de llegar, no tenía, yahora mucho menos, sentido.

Y por último, para no cansar y que estamos en el primer ruego, ¿no hubiese sidomejor que ese documento de nuevo modelo de ciudad se hubiese traído al pleno para sudebate y aprobación y no tener que ir “rogándole o preguntándole” a usted a estas horas dela tarde?

Siguiendo con este punto, Alcalá la sufrido recientemente la pérdida de un vecinoejemplar, y porqué no decirlo, excepcional, vaya por delante nuestro mensaje decondolencias a toda su familia, amigos y compañeros, por la pérdida directa de un ser comoPepe Mallado. Queremos mostrar, además, nuestro apoyo a la petición surgida desde elseno de la Asociación de Amigos de la Cabalgata para que Pepe Mallado tenga unreconocimiento público a través de la rotulación de una calle, plaza o edificio singular ennuestra ciudad y por supuesto rogamos al señor alcalde que tome en consideración estapetición y a la mayor brevedad posible se abra el expediente administrativo correspondientepara proceder con el reconocimiento público a don José Mallado Rodríguez.

Finalmente, en el pleno de junio pasado preguntamos sobre la cadencia desustitución de los contenedores quemados o rotos, y hoy esta mañana, nos contesta laseñora portavoz del Gobierno que la cadencia con que se reponen viene contemplado en elanteproyecto del presupuesto. Yo no sé si es que el señor Alcalde no sabe lo que significa"cadencia" o "sustitución" o "contenedores", o es que cree que somos tontos o otra cosapeor. Le pregunto señor Alcalde, ¿ha elaborado usted esta respuesta? ¿Es consciente decómo se nos ha contestado? ¿Comparte el tono de esta contestación? ¿Cree que está a laaltura de su figura política como alcalde de esta ciudad y hasta como senador, la respuestaque se nos ha dado, menospreciando las más mínimas normas de sentido común,responsabilidad política e inteligencia? La señora portavoz socialista, cuando se queda sinargumentos para refutar algún posicionamiento de la oposición se eleva a suresponsabilidad de gobernante, cosa que no ostentamos el resto, pero si en suresponsabilidad de gobernante contesta de esta manera, no quiero ni pensar cómocontestaría si no tuviera esa responsabilidad. Y cito, “contestación con respecto a lapregunta realizada en la sesión plenaria con relación a la cadencia con que se reponen loscontenedores de basura, contestamos que la renovación de contenedores deterioradosviene contemplado en el anteproyecto del presupuesto”.

El señor concejal del grupo municipal Popular, don Luciano Borrego Borrego ,quien, entre otras cosas, dice: Exponer dos ruegos que nos han transmitido los vecinos.Primero, de limpieza de la finca situada en la calle avenida de Utrera, correspondiente a laVilla Santísima Trinidad. Dicha finca está en situación de abandono. Tiene una grancantidad de rastrojos que si saliera ardiendo puede provocar el incendio en las viviendascolindantes. Y el pintado urgente de las marcas viales de la avenida Mar Mediterráneo,especialmente de los pasos de peatones, que en algunos tramos se han borrado en sutotalidad.

Page 47: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR … · “ACTA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PUENTE SOBRE EL CANAL DEL BAJO ... La obra objeto de recepción es el Puente sobre el Canal

Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org

La señora concejal del grupo municipal Popular, doña María del Carmen RodríguezHornillo , quien, entre otras cosas, dice: Le rogamos al señor Alcalde que, si es posible y lotiene a bien, que nos diera una explicación al final del pleno de los cambios en el gobierno,entendiendo que es una potestad suya, por supuesto, pero nos gustaría, si es posible, quenos diera una explicación.

Pregunta: ¿Está la Junta de Andalucía al corriente, a fecha de hoy, del pago enconcepto de ayuda a domicilio? Si no es así, ¿cuánto nos adeuda a este Ayuntamiento?¿Cuánto tiene que transferir?

En la rotonda del Panadero tenemos constancia de varios accidentes, dos de ellosbastante graves. Este grupo ha traído varias propuestas de modificación a este pleno. ¿Sepiensa tomar alguna otra medida?

Este grupo no tiene ningún interés en modificarle la agenda al señor alcalde. Lapregunta en el pleno anterior fue preguntarle qué gestión estaba haciendo de nuestroAyuntamiento con motivo de las famosas estancias en Madrid. Se nos ha contestado que elequipo de gobierno entiende que ningún grupo político de este Ayuntamiento puedeorganizar la agenda del Alcalde. Nosotros no pretendemos organizarle su agenda. Lo quequeremos saber es qué gestión está usted haciendo en nombre del pueblo de Alcalá. Ustednos dice: entrevista con, visita a,. Es lo único que queremos y nos gustaría que noscontestara.

Por parte de algunos ciudadanos se nos hace llegar las quejas del tema de lasdeposiciones de las mascotas y de los animales que están sin dueño en la vía pública.Entendemos que habría que tomar alguna medida. Le rogamos al delegado correspondientese tomen las medidas.

Y aprovechando que en este pleno se ha aprobado la moción del Partido Andalucistaen relación a los espacios públicos, desde este grupo se lleva reclamando un poquito másde espacio. Somos 9 concejales, tenemos dos despachitos. Únicamente queremos que devez en cuando nos cedieran el despacho de la señora delegada de enfrente, que se llevavacío la mayor parte del día, cuando tuviéramos que recibir a alguien. Lleva abierto siempre,está vacío casi toda la parte de la mañana y ahora nos lo encontramos cerrado con llave.Entendemos que no hay escritura de propiedad para el grupo Socialista, o que se nosdesigne otro despacho para cuando los ciudadanos acudan al grupo Popular y tengamos unespacio donde poderlos atender.

Y no habiendo más asuntos de que tratar se levanta la sesión por la presidencia alas veinte horas y dieciocho minutos del día de la fecha, redactándose esta acta paraconstancia de todo lo acordado, que firma el señor Alcalde-Presidente, conmigo, elsecretario, que doy fe.

EL ALCALDE-PRESIDENTE

(documento firmado electrónicamente al margen)Antonio Gutiérrez Limones

EL SECRETARIO

(documento firmado electrónicamente al margen)Fernando Manuel Gómez Rincón