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ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL SEIS, EN PRIMERA CONVOCATORIA. En LEGANÉS, a DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL SEIS. Presididos por el Alcalde-Presidente, DON JOSÉ LUIS PÉREZ RÁEZ, se reúnen en Salón de Actos, los Sres. Concejales: DOÑA MARGARITA PEDRUELO NUCHE, DON FLORENCIO IZQUIERDO IZQUIERDO, DOÑA YOLANDA SEVILLA LÓPEZ, DON FRANCISCO ARROYO MARTÍN, DOÑA MARÍA RITA SALINAS GONZÁLEZ, DON SANTIAGO LLÓRENTE GUTIÉRREZ, DOÑA LAURA OLIVA GARCÍA, DON FRANCISCO JAVIER MÁRQUEZ ORTIZ, DON ANTONIO GARCÍA BLÁZQUEZ, DOÑA Mª GUADALUPE BRAGADO CORDERO, DON PEDRO ROJO BERMUDEZ, DOÑA Mª PILAR ALMONACID COLLADO, DON ANDRES CUBERO DE MIGUEL, DON MARIO J. AVILÉS ORTIZ, DOÑA Mª DEL SOCORRO DEL FRAILE SARMIENTO, DON ÁNGEL RAMOS SÁNCHEZ, DON ALEJANDRO MARTÍN ILLARREGUI, DON JOSÉ LUIS SALAZAR RÍOS, DON JORGE FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, DON RAÚL CALLE GALLARDO, DON MARIANO MAROTO GARCÍA, DOÑA Mª DEL ROSARIO PEÑA ESPUELA, DON ALARICO RUBIO TELLO, no asistiendo con excusa: DON ÁLVARO COUSO BRAÑA, DON FRANCISCO RODRIGO VICENTE y DOÑA CARMEN ROSA GONZÁLEZ VALDERRAMA, asistidos del Secretario DON HONORATO RAMOS ARRIBAS, y presente la Interventora DOÑA TERESA PASCUAL GALLEGO, al objeto de celebrar la sesión Extraordinaria por el Pleno, en primera convocatoria, para la cual, habían sido previamente convocados con arreglo al Orden del Día. Por el Alcalde-Presidente se declaró abierta la sesión, siendo las dieciocho horas. 1.- APROBACIÓN DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA

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Page 1: ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA … · RPT DENOMINACIÓN PUESTO NATURALEZA ... ni de alegaciones, entender el expediente aprobado con carácter definitivo. ... contrato, debidamente

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL

AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL SEIS, EN

PRIMERA CONVOCATORIA.

En LEGANÉS, a DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL SEIS.

Presididos por el Alcalde-Presidente, DON JOSÉ LUIS PÉREZ RÁEZ, se

reúnen en Salón de Actos, los Sres. Concejales: DOÑA MARGARITA

PEDRUELO NUCHE, DON FLORENCIO IZQUIERDO IZQUIERDO,

DOÑA YOLANDA SEVILLA LÓPEZ, DON FRANCISCO ARROYO

MARTÍN, DOÑA MARÍA RITA SALINAS GONZÁLEZ, DON SANTIAGO

LLÓRENTE GUTIÉRREZ, DOÑA LAURA OLIVA GARCÍA, DON

FRANCISCO JAVIER MÁRQUEZ ORTIZ, DON ANTONIO GARCÍA

BLÁZQUEZ, DOÑA Mª GUADALUPE BRAGADO CORDERO, DON

PEDRO ROJO BERMUDEZ, DOÑA Mª PILAR ALMONACID COLLADO,

DON ANDRES CUBERO DE MIGUEL, DON MARIO J. AVILÉS ORTIZ,

DOÑA Mª DEL SOCORRO DEL FRAILE SARMIENTO, DON ÁNGEL

RAMOS SÁNCHEZ, DON ALEJANDRO MARTÍN ILLARREGUI, DON

JOSÉ LUIS SALAZAR RÍOS, DON JORGE FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ,

DON RAÚL CALLE GALLARDO, DON MARIANO MAROTO GARCÍA,

DOÑA Mª DEL ROSARIO PEÑA ESPUELA, DON ALARICO RUBIO

TELLO, no asistiendo con excusa: DON ÁLVARO COUSO BRAÑA, DON

FRANCISCO RODRIGO VICENTE y DOÑA CARMEN ROSA GONZÁLEZ

VALDERRAMA, asistidos del Secretario DON HONORATO RAMOS

ARRIBAS, y presente la Interventora DOÑA TERESA PASCUAL

GALLEGO, al objeto de celebrar la sesión Extraordinaria por el Pleno, en

primera convocatoria, para la cual, habían sido previamente convocados con

arreglo al Orden del Día.

Por el Alcalde-Presidente se declaró abierta la sesión, siendo las

dieciocho horas.

1.- APROBACIÓN DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA

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- 2 -

SESIÓN CELEBRADA EL 28 DE MARZO DE 2006, CON

CARÁCTER EXTRAORDINARIO.

Los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron: aprobar el

acta de la sesión correspondientes a el día 28 DE MARZO DE 2.006, con carácter

EXTRAORDINARIO.

2.- DAR CUENTA DEL NOMBRAMIENTO DE LA CONCEJALA-

DELEGADA PARA LA DESCENTRALIZACIÓN

ADMINISTRATIVA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA COMO

PRESIDENTA DE LA JUNTA DISTRITO DE LA FORTUNA

La Corporación acordó quedar enterada del decreto dictado el 5 de abril de 2.006,

por el que se introducía algunas modificaciones en el Decreto de Delegaciones a Concejales de

fecha 19 de junio de 2.003.

3.- EXPEDIENTE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº 8

POR CRÉDITO EXTRAORDINARIO Y SUPLEMENTO DE

CRÉDITO, MODIFICACIÓN DE PLANTILLA Y RELACIÓN

DE PUESTOS DE TRABAJO.

De conformidad con la documentación obrante en el expediente y el dictamen de la

Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Sres. reunidos, en votación

ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Sres. Concejales asistentes del Grupo

Municipal Popular, acordaron:

PRIMERO.- Aprobar el expediente de Modificación de Créditos nº 8 del ejercicio de

2.006, con arreglo al siguiente resumen:

PARTIDA DE GASTOS CON ALTA EN CRÉDITOS:

A).- SUPLEMENTO DE CRÉDITO. 1.458.347,97.- €

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B).- CREDITO EXTRAORDINARIO 425.700,00.- €

TOTAL 1.884.047,97.- €

FINANCIACIÓN:

A).- BAJAS PARTIDAS DE GASTOS. 1.877.927,97.- €

B).- MAYORES INGRESOS. 6.120,00.- €

TOTAL 1.884.047,97.- €

SEGUNDO.- Corregir los errores producidos en los acuerdos adoptados en el Pleno de

TRES DE ENERO DE DOS MIL SEIS relativos a la Plantilla y Relación de

Puesto de Trabajo en los siguientes términos, modificando en cuanto sea

necesario la Plantilla y Relación de Puesto de Trabajo:

PLANTILLA DE FUNCIONARIOS

Donde dice:

C) ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

b) Subescala de Servicios Especiales

1.- Policía Local 1.2.- Escala Ejecutiva

CATEGORÍA Nº PLAZAS DENOMINACIÓN PLAZAS GRUPO (ART. 25 LEY 30/84)

103 6 Sargentos de Policía C

Debe decir:

C) ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

b) Subescala de Servicios Especiales

1.- Policía Local

1.2.- Escala Ejecutiva

CATEGORÍA Nº PLAZAS DENOMINACIÓN PLAZAS GRUPO (ART. 25 LEY 30/84)

103 7 Sargentos de Policía C

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TERCERO.- Modificar la Relación de Puestos de Trabajo en los siguientes términos:

1.- Crear los siguientes puestos de trabajo de personal funcionario :

Nº D

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1 28 Jefe Negociado Gestión Administrativa Económica (Grupo C)

F C 20 CM 67 15.209,39 Servicios Sociales 23

1 63 Técnico Servicios Técnicos Urbanismo F B 18 CM 112 14.488,24 Hacienda 8

2.- Amortizar los siguientes puestos de trabajo de personal funcionario :

DE

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DENOMINACIÓN PUESTO

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AN

1 34 Jefe Negociado Servicios Técnicos Urbanismo F B 20 CM 72 18.517,28 Hacienda 2

CUARTO.- Modificar la Relación de Puestos de Trabajo en los siguientes términos:

1.- Crear los siguientes puestos de trabajo de personal laboral:

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DE

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1 28 Jefe Negociado Gestión Administrativa Económica (Grupo C)

L C 20 CM 67 15.209,39 Servicios Sociales 6

1 208 Técnico Superior de Formación para el Empleo

L A 21 CM 140 18.278,15 Desarrollo Local 1

2.- Amortizar los siguientes puestos de trabajo de personal laboral :

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1 253 Jefe de Negociado de Fomento de Empleo (Grupo A)

L A 22 CM 72 17.843,30 Desarrollo Local 1

4 131 Peón Servicios Generales L E 13 CM 93 7.486,07 Medio

Ambiente 55

29 132 Limpiador Instalaciones y Dependencias L E 13 CM 83 7.486,07 Medio

Ambiente 121

QUINTO.- Someter el expediente a información pública, de conformidad con lo

establecido en la vigente Ley Reguladora de las Haciendas Locales y si

durante el mencionado plazo no se presentasen ningún tipo de reclamaciones

ni de alegaciones, entender el expediente aprobado con carácter definitivo.

4.- APROBACIÓN DE LA MEMORIA DOCUMENTADA QUE

ACREDITA QUE EN EL MUNICIPIO DE LEGANÉS

CONCURREN LAS CIRCUNSTANCIAS ECONÓMICAS,

SOCIALES, HISTÓRICAS O CULTURALES ESPECIALES

EXIGIDAS EN EL ART. 121.1 DE LA LEY 7/85 DE 2 DE

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ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN

LOCAL, EN LA REDACCIÓN DADA POR LA LEY 57/2003 DE

16 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA LA

MODERNIZACIÓN DEL GOBIERNO LOCAL, Y

CONTENIDA EN EL ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DE LA

PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA DE MADRID.

Este Ayuntamiento en sesión celebrada el 21 de abril de 2.004 adopto el acuerdo de

Solicitar a la Asamblea Legislativa de la Comunidad de Madrid la inclusión de Leganés en el

Régimen de Municipios de Gran Población previsto en el Título X, que la Ley 57/2003 de 16

de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, introduce en la LRBRL.

Todo ello de acuerdo con lo previsto en el art. 121, apartado d) de la citada ley.

La Mesa de la Asamblea en su reunión de 14 de junio de 2.004 adopto el acuerdo de

dirigirse a este Ayuntamiento al objeto que remita a la Asamblea, además del Certificado del

Instituto Nacional de Estadística, un Certificado del Acuerdo del Pleno Municipal aprobando

una Memoria documentada que acredite que en el Municipio de Leganés concurren las

circunstancias económicas, sociales, históricas o culturales especiales exigidas en el art.

121.1.d) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la

redacción dada al mismo por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas de

Modernización del Gobierno Local, y contenidas en el Anexo a la Resolución de la Presidencia

de la Asamblea; así como cualquiera otra que contribuya a acreditar las especiales

circunstancias del Municipios que le hacen aspirante al Régimen de Organización previsto en

la Ley 57/2003.

Al objeto de dar cumplimiento al requerimiento efectuado por la Mesa de la

Asamblea de Madrid, y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de

Régimen Jurídico y Hacienda, y la propuesta obrante en el expediente, los Sres. reunidos, en

votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

Aprobar la Memoria documentada que acredita que en el Municipio de Leganés

concurren las circunstancias económicas, sociales, históricas o culturales especiales exigidas en

el art. 121.1.d) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en

la redacción dada al mismo por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas de

Modernización del Gobierno Local, y contenidas en el Anexo a la Resolución de la Presidencia

de la Asamblea; así como las que acreditan las especiales circunstancias de este Municipio que

le hacen aspirante al Régimen de Organización previsto en la Ley 57/2003.

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5.- AUTORIZAR LA CESIÓN DE LA CONCESIÓN

ADMINISTRATIVA DE LA PLAZA DE GARAJE Nº 72 DEL

APARCAMIENTO “JULIÁN BESTEIRO”.

Este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 17 de Abril de 1990, acordó adjudicar

a Dª. Mª PILAR NIETO MORALES, la concesión administrativa de la plaza de garaje nº 72

del Aparcamiento “Julián Besteiro”. Así mismo, por acuerdos plenarios del 9 de junio de 1.998

y 19 de septiembre de 2.000 se autorizo la cesión de la concesión administrativa de esta misma

plaza a D. GABRIEL NUÑEZ TORRES y a Dª. LIDIA LOPEZ DE TORO GARCIA DE LA

CAMACHA respectivamente.

Las condiciones eran: canon: 4.006,75.- €. Plazo: 99 años.

Por Dª. LIDIA LOPEZ DE TORO GARCIA DE LA CAMACHA, solicita

autorización para transmitir la mencionada plaza a Dª. Mª. GUADALUPE MUÑOZ

TORRERO, que está interesada en adquirir la concesión de la plaza como también solicita.

Resultando que la concesión tiene efectos del día 31 de enero de 1991, fecha de la

notificación del acuerdo, por lo que han transcurrido 15 años y 1 meses de concesión

administrativa, y que el precio de la concesión aplicando los IPCS desde 1990 al 2005 es de

7.246,81.- €., así como que el precio de la concesión por año es de 73,20.- €, resulta que para

los 83 años y 11 meses restantes corresponde un canon de 6.142,70.- €.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la

Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación

ordinaria y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Autorizar la cesión de la concesión administrativa de la plaza de garaje nº 72

del Aparcamiento “JULIÁN BESTEIRO”, cuyo titular es Dª. LIDIA LOPEZ

DE TORO GARCIA DE LA CAMACHA, a favor de Dª. Mª. GUADALUPE

MUÑOZ TORRERO.

SEGUNDO.- El precio de la transmisión no podrá ser superior a SEIS MIL CIENTO

CUARENTA Y DOS EUROS CON SETENTA CÉNTIMOS DE EURO

(6.142,70.- €).

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TERCERO.- El interesado deberá presentar ante este Ayuntamiento el correspondiente

contrato, debidamente liquidado, así como la documentación que se requiere

en el Pliego de Condiciones, para hacer efectiva la transmisión de la

concesión.

CUARTO.- Por Dª. Mª. GUADALUPE MUÑOZ TORRERO, se deberá presentar una

fianza de 200,34.- € en la cuenta del Ayuntamiento y se procederá a la

devolución de la fianza a Dª. LIDIA LOPEZ DE TORO GARCIA DE LA

CAMACHA.

QUINTO.- La concesión seguirá rigiéndose por las cláusulas establecidas en los Pliegos

de condiciones que sirvieron de base en la concesión original.

6.- AUTORIZAR LA CESIÓN DE LA CONCESIÓN

ADMINISTRATIVA DE LA PLAZA DE GARAJE Nº 55 DEL

APARCAMIENTO “ORELLANA”.

Este Ayuntamiento aprobó en el Pleno de fecha 20 de junio de 1.994, la

adjudicación de la concesión administrativa de 209 plazas de garaje del Aparcamiento

Orellana, y por acuerdo plenario del 12 de febrero de 2002, se aprobó modificar la concesión

administrativa, reconociendo la transmisión de la concesión efectuada por FCC

CONSTRUCCION, S.A., de la plaza nº 55 a Dª. RAQUEL SERAFINA CAPILLA ROMERO.

Las condiciones eran: CANON: 7.512,65.- € Plazo: 99 años.

La adjudicataria solicita autorización para transmitir la mencionada plaza a Dª.

CARMEN RODRÍGUEZ MELONES que está interesada en adquirir la concesión de la plaza

como también solicita.

Resultando que la concesión tiene efectos del día 28 de mayo de 1.996, por lo que

han transcurrido 9 años y 9 meses de concesión administrativa, y que el precio de la concesión

aplicando los IPCS desde 1996 al 2005 es de 10.064,34.- €, así como que el precio de la

concesión por año es de 101,66.- €, resulta que para los 89 años y 3 meses restantes

corresponde un canon de 9.073,15.- €.

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De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la

Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación

ordinaria y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO: Autorizar la cesión de la concesión administrativa de la plaza de garaje nº 55

del Aparcamiento Orellana cuyo titular es Dª. RAQUEL SERAFINA

CAPILLA ROMERO a favor de Dª. CARMEN RODRÍGUEZ MELONES.

SEGUNDO: El precio de la transmisión no podrá ser superior a NUEVE MIL SETENTA

Y TRES EUROS CON QUINCE CENTIMOS DE EURO (9.073,15.- €).

TERCERO: Deberán presentar ante este Ayuntamiento el correspondiente contrato

debidamente liquidado, así como la documentación que se requiere en el

Pliego de condiciones, para hacer efectiva la transmisión de la concesión.

CUARTO: Dª. CARMEN RODRÍGUEZ MELONES deberá presentar una fianza de

300,51.- € en la cuenta del Ayuntamiento.

QUINTO: La concesión seguirá rigiéndose por las cláusulas del Pliego de Condiciones

que sirvieron de base a la primera concesión.

7.- AUTORIZAR LA CESIÓN DE LA CONCESIÓN

ADMINISTRATIVA DE LA PLAZA DE GARAJE Nº 176 DEL

APARCAMIENTO “PRINCESA”.

Este ayuntamiento aprobó en Pleno de fecha 9 de diciembre de 1998 la modificación

del acuerdo plenario del 18 de octubre de 1.994 sobre concesión administrativa a los

Aparcamiento Princesa, Sdad. Coop. Ltda., y por acuerdo plenario de fecha 17 de abril de

2.001, se aprobó efectuar una concesión administrativa de la plaza nº 176 a D. PASCUAL

CASTRILLO LOBATO.

Las condiciones eran: CANON: 6.768,15.- €. Plazo.- 99 años.

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El adjudicatario solicita autorización para transmitir la mencionada plaza a D.

GREGORIO BLAZQUEZ GONZALEZ, que está interesado en la concesión de la plaza como

también solicita él mismo.

Resultando que la concesión tiene efectos del día 22 de marzo 2001 fecha de la

notificación del acuerdo por lo que han transcurrido 4 años y 11 meses de concesión

administrativa y que el precio de la concesión aplicando los IPCS desde 2.001 al 2.005 es de

7.937,42.- €., así como que el precio de la concesión por año es de 80,18.- €, resulta que para

los 94 años y 1 mes restantes corresponde un canon de 7.617,10.- €.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la

Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación

ordinaria y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Autorizar la cesión de la concesión administrativa de la plaza núm. 176 del

Aparcamiento Princesa cuyo titular es D. PASCUAL CASTRILLO

LOBATO, a favor de D. GREGORIO BLAZQUEZ GONZALEZ.

SEGUNDO.- El precio de la transmisión no podrá ser superior a SIETE MIL

SEISCIENTOS DIECISIETE EUROS CON DIEZ CENTIMOS DE EURO

(7.617,10.- €).

TERCERO.- Deberán presentar ante este Ayuntamiento el correspondiente contrato

debidamente liquidado, así como la documentación que se requiere en el

Pliego de Condiciones, para hacer efectiva la transmisión de la concesión.

CUARTO.- D. GREGORIO BLAZQUEZ GONZALEZ, deberá presentar una fianza de

270,73.- €.

QUINTO.- La concesión seguirá rigiéndose por las cláusulas del Pliego de Condiciones

que sirvieron de base a la primera concesión.

8.- APROBACIÓN DE LAS CARTAS DE SERVICIOS DE

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BIBLIOTECAS Y DE INSTALACIONES DEPORTIVAS.

De conformidad con la documentación obrante en el expediente y el dictamen de la

Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Sres. reunidos, en votación

ordinaria y unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Aprobar el contenido de las Cartas de Servicios de :

Bibliotecas

Instalaciones Deportivas

SEGUNDO.- Difundir su contenido entre los ciudadanos de Leganés, con el fin de que

conozcan los compromisos en la prestación de los servicios municipales y los

procedimiento establecidos para asegurar su cumplimiento.

9.- APROBACIÓN DEL PROYECTO EQUAL-ARIADNA,

ACCIONES DE APOYO A LA INSERCIÓN A DESARROLLAR

ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS Y LA

FUNDACIÓN UNIVERSIDAD CARLOS III

El Ayuntamiento de Leganés está desarrollando como miembro del Consorcio

Madrid Sur el proyecto ARIADNA dentro de la Iniciativa comunitaria EQUAL. Uno de los

objetivos de dicho proyecto es favorecer el acceso y la reincorporación al mercado de trabajo

de las personas pertenecientes a colectivos en riesgos de exclusión. Con objeto de cumplir

dicha finalidad se considera necesario diseñar y crear un sistema de información y prestación

de servicios utilizando las nuevas tecnologías.

La Universidad Carlos III ha demostrado su capacidad y cualificación para poder

cumplir los objetivos marcados por el proyecto.

Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y

el dictamen de la Comisión Informativa, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

unanimidad, acordaron:

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PRIMERO: Aprobar un gasto por importe 82.000,40.-€, para la ejecución y desarrollo del

proyecto EQUAL-ARIADNA.

SEGUNDO: Aprobar el Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Leganés y la

Fundación Universidad Carlos III para el desarrollo del proyecto EQUAL-

ARIADNA, acciones de apoyo a la inserción.

TERCERO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente y a la Concejala-Delegada de Desarrollo

Local, indistintamente, para la firma de cuantos documentos sean necesarios

en ejecución de los presentes acuerdos.

10.- APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN

ENTRE EL AYUNTAMIENTO Y LA FUNDACIÓN “UN SOL

MÓN” DE CAIXA CATALUNYA.

El Ayuntamiento de Leganés tiene como objetivo ampliar la iniciativa

emprendedora y acompañar la creación y crecimiento de nuevas empresas así como otorgar

soporte a personas que tengan un proyecto viable. La Fundación ‘Un Sol Món’, tiene abierta

una línea de microcréditos destinada a dar soporte a iniciativas empresariales promovidas por

personas y colectivos que no dispongan de garantías ni avales necesarios para acceder a

créditos del sistema financiera tradicional.

La colaboración de ambas instituciones resulta altamente positivo para

emprendedores de Leganés. Que mediante esta colaboración podrán tener en su municipio un

instrumento más para poner en marcha su iniciativa empresarial.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la

Comisión Informativa, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

PRIMERO: Aprobar el Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Leganés y la

Fundación ‘Un Sol Món’ de Caixa Catalunya para dar soporte a actividades

empresariales a través de la concesión de microcréditos.

SEGUNDO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente y a la Concejala-Delegada de Desarrollo

Local, indistintamente, para la firma de cuantos documentos sean necesarios

en ejecución de los presentes acuerdos.

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11.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONCURSO

CONVOCADO PARA LA CONCESIÓN DE BIENES DE

DOMINIO PÚBLICO CON DESTINO A LA CONSTRUCCIÓN

Y SUBSIGUIENTE EXPLOTACIÓN DE UN APARCAMIENTO

SUBTERRÁNEO SITUADO EN LA C/ LAS NIEVES DE

LEGANÉS. EXPTE. 45/05.

Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 20 de diciembre de

2.005, adopto el acuerdo de convocar concurso para la concesión de bienes de dominio

público, con destino a la construcción y subsiguiente explotación de “UN APARCAMIENTO

SUBTERRANEO SITUADO EN LA CALLE DE LAS NIEVES DE LEGANES”, cuyo

anuncio fue publicado en el Boletín Oficial del Estado de 1 de febrero de 2.006 y el Boletín

Oficial de la Comunidad de Madrid de 8 de febrero de 2.006.

Reunida la Mesa de Contratación el día 23 de marzo de 2.006.

Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente,

los Sres. reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Declarar la validez del acto licitatorio.

SEGUNDO.- Adjudicar a la empresa APARCAMIENTO DE LAS NIEVES SOCIEDAD

COOPERATIVA MADRILEÑA, la concesión de bienes de dominio público,

con destino a la construcción y subsiguiente explotación de “UN

APARCAMIENTO SUBTERRANEO SITUADO EN LA CALLE LAS

NIEVES DE LEGANÉS”, quien con estricta sujeción al Pliego de

Condiciones, informe de los técnicos municipales y oferta presentada, se

compromete a la construcción, previa Licencia de Obras, en el plazo de DIEZ

MESES, a abonar la cantidad de DIEZ EUROS (10.- €) por plaza y año, en

concepto de canon y un plazo de concesión de CINCUENTA AÑOS.

El canon será revisado anualmente conforme a la subida de I.P.C. del año

anterior natural.

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- 14 -

TERCERO.- La empresa adjudicataria se compromete a ejecutar el Proyecto de Ejecución

aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 20 de

diciembre de 2.005, por importe de UN MILLON TRESCIENTAS

SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS EUROS (1.368.800.- €) IVA

incluido y de 214 plazas de vehículos y 2 plazas de motos.

CUARTO.- Requerir al adjudicatario para que, en el plazo de quince días hábiles,

contados a partir de la recepción del presente acuerdo, proceda a constituir en

la Caja Municipal, la fianza definitiva que se fija en la cantidad de

CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS

EUROS (54.752.- €), y el importe de CUATROCIENTOS OCHENTA

EUROS CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (480,33.- €) relativo al pago

del anuncio en el Boletín Oficial del Estado y la cantidad de TRESCIENTOS

CUARENTA EUROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (340,64.-

€), en concepto del pago del anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad

de Madrid.

QUINTO.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de los documentos

necesarios, para llevar a cabo el presente acuerdo.

12.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONCURSO

CONVOCADO PARA LA CONCESIÓN DE BIENES DE

DOMINIO PÚBLICO CON DESTINO A LA CONSTRUCCIÓN

Y SUBSIGUIENTE EXPLOTACIÓN DE UN APARCAMIENTO

SUBTERRÁNEO SITUADO EN LA C/ CARLOS III DE

LEGANÉS. EXPTE. 46/05

Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 20 de diciembre de

2.005, adopto el acuerdo de convocar concurso para la concesión de bienes de dominio

público, con destino a la construcción y subsiguiente explotación de “UN APARCAMIENTO

SUBTERRANEO SITUADO EN LA CALLE CARLOS III DE LEGANES”, cuyo anuncio fue

publicado en el Boletín Oficial del Estado de 1 de febrero de 2.006 y el Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid de 8 de febrero de 2.006.

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- 15 -

Reunida la Mesa de Contratación el día 23 de marzo de 2.006.

Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente,

los Sres. reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Declarar la validez del acto licitatorio.

SEGUNDO.- Adjudicar a la empresa CARLOS III, SOCIEDAD COOPERATIVA

MADRILEÑA, la concesión de bienes de dominio público, con destino a la

construcción y subsiguiente explotación de “UN APARCAMIENTO

SUBTERRANEO SITUADO EN LA CALLE CARLOS III DE LEGANÉS”,

quien con estricta sujeción al Pliego de Condiciones, informe de los técnicos

municipales y oferta presentada, se compromete a la construcción, previa

Licencia de Obras, en el plazo de DOCE MESES, a abonar la cantidad de

DIEZ EUROS (10.- €) por plaza y año, en concepto de canon y un plazo de

concesión de CINCUENTA AÑOS.

El canon será revisado anualmente conforme a la subida de I.P.C. del año

anterior natural.

TERCERO.- La empresa adjudicataria se compromete a ejecutar el Proyecto de Ejecución

aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 20 de

diciembre de 2.005, por importe de UN MILLON CUATROCIENTOS

NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS CON

CINCUENTA Y CINCO EUROS (1.499.376,55.- €) IVA incluido y de 210

plazas de vehículos.

CUARTO.- Requerir al adjudicatario para que, en el plazo de quince días hábiles,

contados a partir de la recepción del presente acuerdo, proceda a constituir en

la Caja Municipal, la fianza definitiva que se fija en la cantidad de

CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO

EUROS CON SEIS CENTIMOS (59.975,06.- €), y el importe de

CUATROCIENTOS OCHENTA EUROS CON TREINTA Y CUATRO

CENTIMOS (480,34.- €) relativo al pago del anuncio en el Boletín Oficial

del Estado y la cantidad de TRESCIENTOS CUARENTA EUROS CON

SESENTA Y CINCO CENTIMOS (340,65.- €), en concepto del pago del

anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

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- 16 -

QUINTO.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de los documentos

necesarios, para llevar a cabo el presente acuerdo.

13.- CONVOCATORIA DE CONCURSO PARA LA ENAJENACIÓN

DE DIVERSAS PARTICIPACIONES PROINDIVISAS EN

MANZANAS DE INDUSTRIA NIDO DEL POLÍGONO

INDUSTRIAL SECTOR IA-5 PRADO OVERA”. EXPTE.

114/2006.

Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa, se abrió deliberación sobre el

presente punto del orden del día, durante la cual Sr. Avilés Ortiz manifestó que su grupo iba a

votar en contra, ya que no encontraba justificación a que se convocase la licitación mediante

concurso y no mediante subasta, como así lo había señalado la Sra. Interventora en su informe,

solicitando que por el Sr. Secretario se informase al respecto.

Por Alcaldía-Presidencía se indico que por el Sr. Secretario se emitiese informe

verbal al respecto, quien indico que conforme a lo establecido en la Ley de Suelo de la

Comunidad de Madrid los bienes del Patrimonio Municipal del Suelo debe ser enajenados

mediante concurso, y que además en el presente caso concurrían una serie de circunstancias

que hacían en todo caso necesario proceder a la convocatoria del concurso, teniendo en cuenta

tanto los fines de las enajenaciones, posibilitar la ejecución del Plan Parcial como que se

trataba de la venta de participaciones indivisas de una serie de parcelas que el Ayuntamiento

había adquirido a través del correspondiente Proyecto de Compensación, adjudicaciones

efectuadas precisamente para completar el porcentaje del cien por cien de todas las parcelas.

Terminada la deliberación y de conformidad con la documentación obrante en el

expediente y el dictamen de la Comisión Informativa, los Señores reunidos, en votación

ordinaria y por mayoría, con los votos en contra de los Sres. Bragado Cordero, Rojo Bermúdez,

Almonacid Collado, Cubero de Miguel, Avilés Ortiz, Fraile Sarmiento, Ramos Sánchez,

Martín Illarregui, Salazar Ríos y Fernández Rodríguez, acordaron:

PRIMERO.- Convocar concurso para la “ENAJENACIÓN DE LAS PARTICIPACIONES

PROINDIVISAS EN MANZANAS DE INDUSTRIA NIDO DEL

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- 17 -

POLÍGONO INDUSTRIAL SECTOR IA-5 PRADO OVERA”, de las

siguiente parcelas:

MANZANA 10

Nº PARCELA % AYUNTAMIENTO

D-14 55,78

D-15 12,72

D-16 12,72

D-17/H-33 12,72

D-18 4,59

D-19 39,83

D-20 12,73

D-21 12,72

D-22 12,72

E-36 12,72

E-37 12,72

E-38/L-2/L-3/M-28/ M-29/M-30/M-31

25,78

E-39 51,4

1/2 E-40 17,46

E-41/H-33/1/2 E-40 12,72

MANZANA 15

Nº PARCELA % AYUNTAMIENTO

G-02 34,95

G-04 52,61

G-05 52,63

G-06 50,18

G-07 36,97

G-09 52,61

G-10.1 40,06

G-10.2 64,29

G-10.3 52,61

G-11 53,11

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- 18 -

MANZANA 15

Nº PARCELA % AYUNTAMIENTO

H-01 29,74

H-02 52,61

H-03 52,61

H-04 50,61

H-05 3,55

H-06 52,61

H-08 52,61

H-09 56,49

MANZANA 16

Nº PARCELA % AYUNTAMIENTO

G-20 25,17

H-13 52,61

H-14 52,61

H-15 52,61

H-19 29,36

H-21 21,40

MANZANA 21

Nº PARCELA % AYUNTAMIENTO

H-38 52,91

H-39 44,52

H-42 45,75

H-43 45,75

H-44 52,09

H-49.1 58,77

H-50 50,94

MANZANA 22

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- 19 -

Nº PARCELA % AYUNTAMIENTO

I-03/I-04 5,90

I-08 50,22

I-10 52,02

MANZANA 26

Nº PARCELA % AYUNTAMIENTO

M-02 43,73

M-04 23,07

M-08 52,66

M-09 47,97

M-11 49,28

M-12 55,00

M-13.1 52,61

M-13.2 52,61

M-16 52,61

M-17 53,38

M-18 52,30

M-21 49,08

MANZANA 27/28

Nº PARCELA % AYUNTAMIENTO

12 47,66

13 14,75

M-33 46,66

M-34 51,00

M-35.1 22,25

M-35.2 25,06

M-36/M-44.1 8,27

M-36/M-44.2 8,27

M-37 52,61

M-38 65,26

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- 20 -

MANZANA 27/28

Nº PARCELA % AYUNTAMIENTO

M-39 50,26

M-43 53,41

SEGUNDO.- Aprobar los pliegos de condiciones que han de regir y servir de base en el

concurso que se convoca.

14.- INICIO EXPEDIENTE DE CESIÓN DE USO TEMPORAL DE

PARTE DE LA PARCELA 83 DEL POLÍGONO 21.

Por la Junta de la JUNTA DE COMPENSACIÓN PP-1, se solicita autorización para

el uso temporal de parte de la parcela 83 del polígono 21 para la instalación mediante traslado

de una torre de alta tensión como consecuencia de las obras de urbanización del Sector PP-1,

Ensanche de San Nicasio.

Por el Técnico de Urbanismo se informa que se trata de desplazar la torre actual que

ocupa parte de la acera, situando la nueva torre dentro de la parcela municipal, con el fin de

dejar la acera libre para el paso de los peatones, teniendo en cuenta que se va a prologar el

nuevo viario que cruza la calle Aragón hasta su entronque con la calle Estaño.

Considerando que el Arquitecto Municipal, emite informe favorable, donde expresa

que el terreno objeto de la autorización de parte de la parcela 83 del polígono 21, se halla

incluido en el Sector de Equipamiento Supramunicipal destinado por el Plan General de

Ordenación de Leganés, a la ampliación futura de la Universidad Carlos III, y dado que el

Sector no se ha desarrollado, el nuevo emplazamiento de la torre de alta tensión no supone un

obstáculo urbanístico para el futuro desarrollo del mismo.

Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y

el dictamen de la Comisión Informativa, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

unanimidad, acordaron:

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- 21 -

PRIMERO: Autorizar el uso temporal de parte de la parcela 83 del polígono 21, a la

JUNTA DE COMPENSACIÓN DEL PP-1 con una superficie de 6,25 m2.,

dentro del Sector de Equipamiento Supramunicipal , para el traslado de una

torre de alta tensión, espacio que deberá quedar libre cuando se desarrolle el

mencionado sector de equipamiento supramunicipal.

SEGUNDO: Someter el expediente a información pública, de conformidad con lo

establecido en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

15.- CESIÓN A EMSULE DE DOS PARCELAS DE USO

RESIDENCIAL EN LAS MANZANAS 8 Y 15 DEL PLAN

PARCIAL 1 “ENSANCHE DE SAN NICASIO”.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 11 de noviembre de 2003, publicado

en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el día 5 de mayo de 2004, aprobó el Plan

Parcial del PGOU. La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 21 de febrero de 2005,

aprobó inicialmente el Proyecto de Reparcelación del Plan Parcial 1 “ENSANCHE DE SAN

NICASIO”.

En el mencionado Proyecto de Reparcelación se determina la adjudicación del

aprovechamiento lucrativo en dicho ámbito al Ayuntamiento de Leganés por aportación de

fincas de origen y materializado en las parcelas objeto de la presente cesión, cuya descripción

es la siguiente:

- Parcela Resultante 8 RMC, con una superficie de 4.993,00 m2., destinada a 118

viviendas colectivas de VPP<110 m2. y demás usos compatibles con el planeamiento,

siéndole de aplicación la Ordenanza del Plan Parcial nº 1. La superficie construida

residencial es de 10.600,00 m2. destinada a viviendas colectivas de VPP<110m2. La

superficie construida comercial es de 350,00 m2. Linda: al Norte con viario (Eje 8), al

Este con viario (Eje 13), al Sur con viario (Eje 2) y al Oeste con viario (Eje 3). Esta

parcela responde de 776.997,29 Euros que corresponden al 3,73812%, por el coste de

urbanización (art. 178 RGU).

- Parcela Resultante 15 RMC, con una superficie de 5.334,00 m2., destinada a 93

Page 22: ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA … · RPT DENOMINACIÓN PUESTO NATURALEZA ... ni de alegaciones, entender el expediente aprobado con carácter definitivo. ... contrato, debidamente

- 22 -

viviendas colectivas de VPP<110 m2. y demás usos compatibles con el planeamiento,

siéndole de aplicación la Ordenanza del Plan Parcial nº 1. La superficie construida

residencial es de 8.400,00 m2. destinada a viviendas colectivas de VPP<110 m2. La

superficie construida comercial es de 300,00 m2. Linda: al Norte con viario (Eje 1), al

Este con viario (Eje 13), al Sur con parcela 16 (Red local de equipamientos) y al Oeste

con viario (Eje 3). Esta parcela responde de 621.444,50 Euros que corresponden al

2,98976%, por el coste de urbanización (art. 178 RGU)

Por el Arquitecto Municipal se ha emitido informe de fecha, 21 de marzo de 2006,

en el que se recoge la valoración de las parcelas 8 RMC y 15 RMC del PP-1 “ENSANCHE DE

SAN NICASIO”, cuyo valor total asciende a DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA

Y DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA Y UN

CÉNTIMOS (2.372.655,61.- €)

El Ayuntamiento de Leganés constituyó una Sociedad Anónima con la

denominación EMPRESA MUNICIPAL DEL SUELO DE LEGANÉS S.A. (EMSULE), S.A.,

el 20 de febrero de 1990, (escritura de constitución otorgada ante el Notario D. Federico

Segoviano Vicario, bajo el número 519 de su protocolo) con capital totalmente suscrito por el

Ayuntamiento de Leganés. El objeto social de EMSULE, S.A. comprende, entre otras, la

actividad urbanizadora, la dotación de servicios y la gestión y explotación de obras y servicios

resultantes de la urbanización, llevando a cabo la promoción y construcción de viviendas

sometidas a algún régimen de protección oficial en el suelo residencial adjudicado al

Ayuntamiento de Leganés en diferentes unidades de ejecución.

Por lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,

acordaron:

PRIMERO.- Ceder a EMSULE, S.A., las parcelas 8 RMC y 15 RMC del Plan Parcial PP-1

“ENSANCHE DE SAN NICASIO” que pasarán a incrementar el Capital

Social de la entidad por aportación del Ayuntamiento de Leganés.

SEGUNDO.- Todos los gastos e impuestos que se deriven de la ejecución del presente

acuerdo serán de cuenta exclusiva de EMSULE, S.A.

TERCERO.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Leganés, para la

firma de cuantos documentos fueran necesarios para llevar a cabo la

precitada cesión.

Page 23: ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA … · RPT DENOMINACIÓN PUESTO NATURALEZA ... ni de alegaciones, entender el expediente aprobado con carácter definitivo. ... contrato, debidamente

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16.- CESIÓN A EMSULE DE SEIS PARCELAS DE USO

RESIDENCIAL EN LAS MANZANAS 19, 20 Y 21 DEL PLAN

PARCIAL 6 “SOLAGUA”.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 14 de octubre de 2003, publicado en

el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el día 17 de marzo de 2004, aprobó el Plan

Parcial del PGOU. La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 2 de noviembre de

2005, aprobó definitivamente el Proyecto de Reparcelación del Plan Parcial 6 “SOLAGUA”,

publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el día 10 de enero de 2006, que se

encuentra pendiente de inscripción en el Registro de la Propiedad nº 1 de Leganés.

En el mencionado Proyecto de Reparcelación se determina la adjudicación del

aprovechamiento lucrativo en dicho ámbito al Ayuntamiento de Leganés por aportación de

fincas de origen y materializado en las parcelas objeto de la presente cesión, cuya descripción

es la siguiente:

- Parcela Resultante 19.1, con una superficie de 2.068,43 m², destinada a 23 viviendas

colectivas de VPP<110m² y 23 viviendas colectivas de VPP>110m² y demás usos

compatibles con el planeamiento, siéndole de aplicación la Ordenanza del Plan Parcial

nº 6. La superficie construida residencial es de 2.484,00 m² destinada a viviendas

colectivas de VPP<110m² y 2.484,00 m² destinada a viviendas colectivas de

VPP>110m². Linda: al Norte con la calle 21 de nuevo trazado, al Sur con la con la

parcela 19.2, al Este con la calle 10 de nuevo trazado y al Oeste con la calle 9 de nuevo

trazado. Esta parcela responde de 379.767,843 Euros que corresponden al 1,101201%,

por el coste de urbanización (art. 178 RGU).

- Parcela Resultante 19.2, con una superficie de 2.808,12 m², destinada a 46 viviendas

colectivas de VPP<110m² y 18 viviendas colectivas de VPP>110m² y demás usos

compatibles con el planeamiento, siéndole de aplicación la Ordenanza del Plan Parcial

nº 6. La superficie construida residencial es de 4.968,00 m² destinada a viviendas

colectivas de VPP<110m² y 1.944,00 m² destinada a viviendas colectivas de

VPP>110m². La superficie construida comercial es de 498,00 m². Linda: al Norte con

la parcela 19.1, al Sur con la calle 23 de nuevo trazado, al Este con la calle 10 de

nuevo trazado y al Oeste con la calle 9 de nuevo trazado. Esta parcela responde de

547.173,345 Euros que corresponden al 1,5866211%, por el coste de urbanización (art.

178 RGU).

- Parcela Resultante 20.1, con una superficie de 2.782,83 m², destinada a 44 viviendas

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colectivas de VPP<110m² y 18 viviendas colectivas de VPP>110m² y demás usos

compatibles con el planeamiento, siéndole de aplicación la Ordenanza del Plan Parcial

nº 6. La superficie construida residencial es de 4.752,00 m² destinada a viviendas

colectivas de VPP<110m² y 1.944,00 m² destinada a viviendas colectivas de

VPP>110m². Linda: al Norte con la calle 21 de nuevo trazado, al Sur con la con la

parcela 20.2, al Este con la calle 11 de nuevo trazado y al Oeste con la calle 10 de

nuevo trazado. Esta parcela responde de 438.800,242 Euros que corresponden al

1,272375%, por el coste de urbanización (art. 178 RGU).

- Parcela Resultante 20.2, con una superficie de 2.759,85 m², destinada a 44 viviendas

colectivas de VPP<110m² y 18 viviendas colectivas de VPP>110m² y demás usos

compatibles con el planeamiento, siéndole de aplicación la Ordenanza del Plan Parcial

nº 6. La superficie construida residencial es de 4.752,00 m² destinada a viviendas

colectivas de VPP<110m² y 1.944,00 m² destinada a viviendas colectivas de

VPP>110m². La superficie construida comercial es de 498,00 m². Linda: al Norte con

la parcela 20.1, al Sur con la calle 23 de nuevo trazado, al Este con la calle 11 de

nuevo trazado y al Oeste con la calle 10 de nuevo trazado. Esta parcela responde de

536.281,758 Euros que corresponden al 1,555039%, por el coste de urbanización (art.

178 RGU).

- Parcela Resultante 21.1, con una superficie de 2.782,83 m², destinada a 44 viviendas

colectivas de VPP<110m² y 18 viviendas colectivas de VPP>110m² y demás usos

compatibles con el planeamiento, siéndole de aplicación la Ordenanza del Plan Parcial

nº 6. La superficie construida residencial es de 4.752,00 m² destinada a viviendas

colectivas de VPP<110m² y 1.944,00 m² destinada a viviendas colectivas de

VPP>110m². Linda: al Norte con la calle 21 de nuevo trazado, al Sur con la con la

parcela 21.2, al Este con la calle 12 de nuevo trazado y al Oeste con la calle 11 de

nuevo trazado. Esta parcela responde de 438.800,242 Euros que corresponden al

1,272375%, por el coste de urbanización (art. 178 RGU).

- Parcela Resultante 21.2, con una superficie de 2.759,85 m², destinada a 44 viviendas

colectivas de VPP<110m² y 18 viviendas colectivas de VPP>110m² y demás usos

compatibles con el planeamiento, siéndole de aplicación la Ordenanza del Plan Parcial

nº 6. La superficie construida residencial es de 4.752,00 m² destinada a viviendas

colectivas de VPP<110m² y 1.944,00 m² destinada a viviendas colectivas de

VPP>110m². La superficie construida comercial es de 498,00 m². Linda: al Norte con

la parcela 21.1, al Sur con la calle 23 de nuevo trazado, al Este con la calle 12 de

nuevo trazado y al Oeste con la calle 11 de nuevo trazado. Esta parcela responde de

536.281,758 Euros que corresponden al 1,555039%, por el coste de urbanización (art.

Page 25: ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA … · RPT DENOMINACIÓN PUESTO NATURALEZA ... ni de alegaciones, entender el expediente aprobado con carácter definitivo. ... contrato, debidamente

- 25 -

178 RGU).

Por el Arquitecto Municipal se ha emitido informe de fecha, 21 de marzo de 2006,

en el que se recoge la valoración de las parcelas 19.1, 19.2, 20.1, 20.2, 21.1 y 21.2 del PP-6,

cuyo valor total asciende a CINCO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO

MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS EUROS CON SEIS CÉNTIMOS

(5.694.882,06 Euros)

El Ayuntamiento de Leganés constituyó una Sociedad Anónima con la

denominación EMPRESA MUNICIPAL DEL SUELO DE LEGANÉS S.A. (EMSULE), S.A.,

el 20 de febrero de 1990, (escritura de constitución otorgada ante el Notario D. Federico

Segoviano Vicario, bajo el número 519 de su protocolo) con capital totalmente suscrito por el

Ayuntamiento de Leganés. El objeto social de EMSULE, S.A. comprende, entre otras, la

actividad urbanizadora, la dotación de servicios y la gestión y explotación de obras y servicios

resultantes de la urbanización, llevando a cabo la promoción y construcción de viviendas

sometidas a algún régimen de protección oficial en el suelo residencial adjudicado al

Ayuntamiento de Leganés en diferentes unidades de ejecución.

Por lo expuesto, y, De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,

acordaron:

PRIMERO.- Ceder a EMSULE, S.A., las parcelas 19.1, 19.2, 20.1, 20.2, 21.1 y 21.2 del

Plan Parcial PP-6 “SOLAGUA” que pasarán a incrementar el Capital Social

de la entidad por aportación del Ayuntamiento de Leganés.

SEGUNDO.- Todos los gastos e impuestos que se deriven de la ejecución del presente

acuerdo serán de cuenta exclusiva de EMSULE, S.A.

TERCERO.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Leganés, para la

firma de cuantos documentos fueran necesarios para llevar a cabo la

precitada cesión.

17.- APROBACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS

Y ADMINISTRATIVAS Y CONVOCATORIA DEL

CONCURSO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE

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COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA GESTIÓN

RECAUDATORIA EN PERIODO EJECUTIVO. EXPTE. 110/06

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la

Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Sres. reunidos, en votación

ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Sres. Concejales asistentes del Grupo

Municipal Popular, acordaron:

PRIMERO.- Convocar concurso para la contratación de los trabajos de “PRESTACION

DEL SERVICIO DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA

GESTIÓN RECAUDATORIA EN PERIODO EJECUTIVO”. EXPTE.

110/06

SEGUNDO.- Aprobar los pliegos de condiciones que ha de regir y servir de base en el

concurso que se convoca.

TERCERO.- Aprobar un gasto por importe de TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL

EUROS (3.900.000.- €), I.V.A. incluido, con cargo a la partida

02/6110/227.08 del presupuesto para el año 2006, comprometiéndose a

consignar las cantidades correspondientes en los ejercicios 2007 a 2010.

18.- APROBACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS Y

ADMINISTRATIVAS Y CONVOCATORIA DEL CONCURSO

PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA ASISTENCIA TÉCNICA

PARA LA REDACCIÓN DEL ESTUDIO DE VIABILIDAD

URBANÍSTICA, ECONÓMICA Y SOCIAL PARA LLEVAR A

CABO LA RENOVACIÓN Y REVITALIZACIÓN DEL BARRIO

DE SAN NICASIO DE LEGANÉS. EXPTE. 117/06.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la

Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación

ordinaria y unanimidad, acordaron:

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- 27 -

PRIMERO.- Convocar concurso para la contratación de la “ASISTENCIA TÉCNICA

PARA LA REDACCIÓN DEL ESTUDIO DE VIABILIDAD

URBANÍSTICA, ECONÓMICA Y SOCIAL PARA LLEVAR A CABO LA

RENOVACIÓN Y REVITALIZACIÓN DEL BARRIO DE SAN NICASIO

DE LEGANÉS”. EXPTE. 117/06.

SEGUNDO.- Aprobar los pliegos de condiciones que ha de regir y servir de base en el

concurso que se convoca.

TERCERO.- Aprobar un gasto por importe de TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000.-

€), I.V.A. incluido, con cargo a la partida 11/4320/627.00 del presupuesto

para el año 2006.

19.- DAR CUENTA ANTICIPOS DE CAJA FIJA.

La Corporación acordó quedar enterada de los siguientes anticipos de Caja fija:

NOMBRE IMPORTE

JOSE M. CUADRADO PEREZ 927,20

JOSE A. CALDERON TORRERO 20,39

JAIME J. CORTES ORTE 39.847,55

JAIME J. CORTES ORTE 22.599,96

Mª ISABEL AMAYA LOPEZ 14.243,24

Mª ISABEL AMAYA LOPEZ 15.234,50

JULIO C. CALVO SANTOS 3.856,33

JULIO C. CALVO SANTOS 1.871,52

JULIO C. CALVO SANTOS 1.614,94

JULIO C. CALVO SANTOS 3.244,95

JULIO C. CALVO SANTOS 2.212,41

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20.- APROBACIÓN DE LA PERMUTA ENTRE EL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS Y LA COMUNIDAD DE

BIENES “MARCRUZ, C.B.” EN RELACIÓN CON LA

PARCELA E-187 DEL PERI DEL POLÍGONO INDUSTRIAL

“NTRA. SRA. DE BUTARQUE” PROPIEDAD MUNICIPAL

POR TERRENO DEL PAU-2 “AUTOVÍA DE TOLEDO-

NORTE”.

Con fecha 13 de diciembre de 2005 y R/E núm. 47379 se presenta por D.

FRANCISCO MARTÍN CRUZ, en representación de la Comunidad de Bienes "MARCRUZ,

C.B." escrito en el que se manifiesta su interés en permutar la parcela E-187 del Polígono

Industrial "Nuestra Señora de Butarque", de titularidad municipal por las parcelas 19 y 20 del

polígono 12 del Catastro de Rústica de Leganés, propiedad de los solicitantes.

Posteriormente, el 10 de enero de 2006 (R/E núm. 995) y el 7 de marzo de 2006

(R/E núm. 9126) se aportó nueva documentación al objeto de formalizar la permuta.

El Ayuntamiento de Leganés está interesado en adquirir terrenos incluidos en el

ámbito del P.A.U.-2, al estar en la actualidad en ejecución el primer Plan Parcial mediante el

sistema de expropiación, y estar tramitándose el resto de planeamiento de desarrollo y al objeto

del cumplimiento del artículo 18 de los Estatutos del Consorcio Urbanístico "LEGANÉS

TECNOLÓGICO", que establece que la aportación que compromete el Ayuntamiento de

Leganés al Consorcio consistirá en los terrenos sobre los que se desarrollarán las actuaciones

urbanísticas y los que resulten con el mismo carácter, de las cesiones obligatorias y gratuitas de

la actividad urbanizadora.

Es objeto de la permuta las siguientes parcelas:

1º.- Parcela E-187 del Polígono Industrial Nuestra Señora de Butarque, propiedad

del Ayuntamiento de Leganés.

La descripción de la citada parcela es la siguiente:

DESCRIPCIÓN: Terreno en el término municipal de Leganés, en el Polígono Industrial

de Nuestra Señora de Butarque, c/ Estaban Terradas s/n, con una superficie de dos mil

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setecientos cincuenta y cinco metros cuadrados y ochenta y dos decímetros cuadrados

(2.755,82 m2) que se corresponde con la parcela aportada nº 187, conservando la

misma superficie pero no sus linderos que se desplazan y pasan a ser al Norte terrenos

de vial público, al Sur la parcela E-186, al Este la c/ Esteban Terradas y al Oeste los

terrenos reservados a la futura prolongación de la carretera M-402; con un coeficiente

de adjudicación derivado del expediente de reparcelación de 0,00111866.

INSCRIPCIÓN: Registro de la Propiedad de Leganés nº 1, al Tomo 1025, Libro 183,

Folio 1, Finca número 14.407, inscripción 1ª.

2º.- Los Sres. Martín Cruz son dueños de las parcelas 19 y 20 del polígono 12 del

Catastro de Rústica de Leganés. La descripción de la parcela es la siguiente:

DESCRIPCIÓN. RUSTICA. Tierra en término municipal de Leganés (Madrid), en

Estragales de Overa y Valdemerienda, de dos fanegas, o sean sesenta y ocho áreas y

cuarenta y ocho centiáreas, que linda: al Norte, el Prado; al Este, José Fernández

Cuervo; al Sur, Guillermo Ordoñez y al Oeste, Conde de Belmone. Actualmente linda,

al Norte Ramón González de Rueda; Este, Camino de Getafe a Carabanchel; Sur,

Josefa Fernández Cuervo; y Oeste, Virgilio García.

INSCRIPCIÓN. Registro de la Propiedad nº 1 de Leganés, al Tomo 1422, Libro 580,

Folio 79, Finca número 34.373 -antes 315-, inscripción 1ª.

Las parcelas 19 y 20 del Polígono 12 de Rústica de Leganés están situadas en

el Sistema General de Espacios Libres SGEL-4 y adscritas al Plan Parcial

P.P. Sector2/Centro del P.A.U.-2 "AUTOVÍA DE TOLEDO NORTE".

Por el Arquitecto municipal se ha emitido informe con fecha 7 de marzo de 2006 en

el que se manifiesta que el valor de los bienes objeto de permuta es el siguiente:

Valor de la Parcela E-187: 687.387,82.- €

Valor de las parcelas 19 y 20 del Polígono 12: 541.950,72.- €

Por lo tanto, la diferencia en metálico que los Sres. Martín Cruz tienen que abonar al

Ayuntamiento de Leganés asciende a CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL

CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES EUROS CON CUARENTA Y NUEVE

CÉNTIMOS (145.443,49.- €).

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En esta valoración no se incluye ningún tipo de impuesto.

Por todo lo expuesto, de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Informativa, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por mayoría,

con las abstenciones de los diez Sres. Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular,

acordaron:

PRIMERO.- Permutar el Ayuntamiento de Leganés con D. FRANCISCO, DON

VICENTE Y DOÑA CARMEN MARTÍN CRUZ, las siguientes parcelas:

A) Parcela propiedad del Ayuntamiento de Leganés:

DESCRIPCIÓN: Terreno en el término municipal de Leganés, en el Polígono

Industrial de Nuestra Señora de Butarque, c/ Estaban Terradas s/n, con una

superficie de dos mil setecientos cincuenta y cinco metros cuadrados y

ochenta y dos decímetros cuadrados (2.755,82 m2) que se corresponde con la

parcela aportada nº 187, conservando la misma superficie pero no sus

linderos que se desplazan y pasan a ser al Norte terrenos de vial público, al

Sur la parcela E-186, al Este la c/ Esteban Terradas y al Oeste los terrenos

reservados a la futura prolongación de la carretera M-402; con un coeficiente

de adjudicación derivado del expediente de reparcelación de 0,00111866.

INSCRIPCIÓN: Registro de la Propiedad de Leganés nº 1, al Tomo 1025,

Libro 183, Folio 1, Finca número 14.407, inscripción 1ª.

B) Parcela propiedad de D. FRANCISCO, DON VICENTE Y DOÑA

CARMEN MARTÍN CRUZ:

DESCRIPCIÓN. RUSTICA. Tierra en término municipal de Leganés

(Madrid), en Estragales de Overa y Valdemerienda, de dos fanegas, o sean

sesenta y ocho áreas y cuarenta y ocho centiáreas, que linda: al Norte, el

Prado; al Este, José Fernández Cuervo; al Sur, Guillermo Ordoñez y al Oeste,

Conde de Belmone. Actualmente linda, al Norte Ramón González de Rueda;

Este, Camino de Getafe a Carabanchel; Sur, Josefa Fernández Cuervo; y

Oeste, Virgilio García.

INSCRIPCIÓN. Registro de la Propiedad nº 1 de Leganés, al Tomo 1422,

Libro 580, Folio 79, Finca número 34.373 -antes 315-, inscripción 1ª.

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SEGUNDO.- Todos los gastos e impuestos que se deriven de la ejecución de la presente

escritura de permuta serán de cuenta exclusiva de D. FRANCISCO, DON

VICENTE Y DOÑA CARMEN MARTÍN CRUZ. No obstante, y de

conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley del I.V.A. tanto el

Ayuntamiento de Leganés como la citada entidad abonarán el I.V.A

correspondiente.

TERCERO.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Leganés para la

firma de cuantos documentos fueran necesarios para llevar a cabo la citada

permuta.

21.- DAR CUENTA DEL ACUERDO DE APROBACIÓN

DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN

GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEGANÉS EN EL

ÁMBITO DEL PLAN PARCIAL DEL POLÍGONO

INDUSTRIAL DEL AUTOMÓVIL (ANEXO A LA

ORDENANZAS VIGENTES DE DISTINTOS SECTORES: D.

ANEXO A LA ORDENANZAS DEL PLAN PARCIAL IA-26 EL

PORTILLO.

La Corporación acordó quedar enterada de la Orden del Excmo. Sr. Consejero de

Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de fecha 1 de febrero de 2.006, con fecha de

Registro de Entrada de 21 de marzo de 2.006 y número 11.576, por la que se aprueba

definitivamente la modificación puntual del plan General de Ordenación Urbana de Leganés,

en el ámbito del Plan Parcial del “Polígono Industrial del Automóvil” (Anexo a las Ordenanzas

vigentes de distintos sectores: D. Anexo a las Ordenanzas del Plan Parcial IA-26 El Portillo.

22.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN

PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL PP-3 “PUERTA DE

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CARABANCHEL”.

El Plan Parcial P.P.-3 “PUERTA DE CARABANCHEL” fue aprobado

definitivamente por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 9 de diciembre

de 2003, publicándose el correspondiente anuncio en el B.O.C.M. núm. 116, de 17 de mayo de

2004.

Con fecha 5 de octubre de 2005 y R/E núm. 36087 se presenta por la Directora

Técnica de la Junta de Compensación, la modificación puntual del Plan Parcial respecto a la

ordenación de la parcela 1TC.

Por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Leganés, en sesión celebrada el

día 20 de diciembre de 2005, se acordó la aprobación inicial de la modificación puntual del Plan

Parcial PP-3 “PUERTA DE CARABANCHEL”, respecto a la ordenación de la parcela 1TC, así

como someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes, y audiencia

a los organismos competentes.

De conformidad con los antecedentes que obran en esta Delegación, el expediente fue

sometido a información pública mediante la publicación de los correspondientes anuncios en el

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Núm. 25, de 30 de enero de 2006 y

en el periódico “La Razón”, en su edición del día 30 de enero de 2006. Asimismo, el acuerdo ha

estado expuesto en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante los días comprendidos

entre el 26 de enero y el 27 de febrero de 2006, según diligencia extendida al efecto.

De los datos que obran en el expediente se desprende que el citado acuerdo de

aprobación inicial se ha notificado individualmente a todos los que constan como interesados en el

expediente.

No consta en el expediente que durante el período de información pública se hayan

presentado ningún tipo de alegaciones o reclamaciones en relación con el referido acuerdo.

Se ha presentado el Texto Refundido con las nuevas determinaciones incorporadas

al Plan Parcial aprobado.

El artículo 67 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de

Madrid, en su apartado primero, establece que cualquier alteración de las determinaciones de

los Planes de Ordenación Urbanística deberá establecerse por la misma clase de Plan y

observando el mismo procedimiento seguido para su aprobación.

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Al ser una modificación puntual de un Plan Parcial cuya ejecución se está llevando a

cabo y no está aprobado el Proyecto de Reparcelación no es necesaria la adopción del acuerdo

de suspensión de licencias en el ámbito afectado por la modificación.

La tramitación a la que ha de sujetarse la modificación puntual es la misma que la

establecida para la aprobación del Plan Parcial y que, de conformidad con lo establecido en los

artículos 21 y 22 de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del

Gobierno Local, de modificación de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen

Local, en el Reglamento de Planeamiento y en los artículos 59 y 61 de la Ley 9/2001, de 17 de

julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid; así como en el Decreto de la Alcaldía-Presidencia

del Ayuntamiento de Leganés, de fecha 19 de junio de 2003, sobre delegación de atribuciones

a la Comisión de Gobierno, es la siguiente:

1.- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local.

2.- Apertura del trámite de información pública, durante un mes, como mínimo,

que deberá notificarse individualmente a todos los propietarios afectados.

3.- Requerimiento a los órganos y entidades administrativas de los informes

preceptivos.

4.- Aprobación definitiva.

El mencionado artículo 67 en su apartado 3 dispone que todo proyecto de Plan de

Ordenación Urbana que altere sólo parcialmente otro anterior deberá acompañar un documento

de refundición que refleje tanto las nuevas determinaciones como las que quedan en vigor, a

fin de reemplazar completamente la antigua documentación.

De conformidad con lo establecido por el artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de

diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno Local y los artículos 61.5 y 67 de la

Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, la competencia para la

aprobación definitiva de los Planes Parciales y sus modificaciones corresponde al Pleno

municipal.

En relación con la publicación y vigencia de los Planes de Ordenación Urbanística, el

artículo 66.1 de la mencionada Ley 9/2001 de la Comunidad de Madrid dispone que el acuerdo de

aprobación definitiva se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE

MADRID, con indicación de haberse procedido previamente al depósito del correspondiente Plan

de Ordenación Urbanística, o de su modificación o revisión, en el registro administrativo de la

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Consejería competente en materia de ordenación urbanística previsto en el artículo 65.1 de la

misma Ley.

Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y

el dictamen de la Comisión Informativa, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por

mayoría, con las abstenciones de los diez Sres. Concejales asistentes del Grupo Municipal

Popular, acordaron:

PRIMERO.- Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información

pública sin que se hayan formulado alegaciones, la modificación puntual del

Plan Parcial PP-3 “PUERTA DE CARABANCHEL”, respecto a la

ordenación de la parcela 1 TC.

SEGUNDO.- Proceder a la publicación del presente acuerdo de aprobación definitiva en el

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en

cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de

julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse

procedido previamente al depósito de la modificación puntual del referido

Plan Parcial en el registro administrativo dependiente de la Consejería de

Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

TERCERO.- Notificar individualizadamente el presente acuerdo a todos los interesados en

el expediente.

23.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE

DE LA PARCELA DEL PARQUE CIENTÍFICO

EMPRESARIAL (MANZANA CE1) DEL PLAN PARCIAL

SECTOR 1/OESTE “AUTOVÍA DE TOLEDO NORTE” DEL

PAU-2 DE LEGANÉS.

Por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 27 de diciembre de 2005,

se aprobó inicialmente el mencionado Estudio de Detalle, tramitado a instancia del

CONSORCIO URBANÍSTICO LEGANÉS TECNOLÓGICO.

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De conformidad con los antecedentes que obran en esta Delegación, el expediente

fue sometido a información pública mediante la publicación de los correspondientes anuncios

en el B.O.C.M. núm. 25, de 30 de enero, en el diario “La Razón” de fecha 30 de enero, y la

exposición del acuerdo en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante los días

comprendidos entre el 26 de enero y el 17 de febrero de 2006.

El acuerdo de aprobación inicial se ha notificado individualmente a los que aparecen

como interesados en el expediente.

No consta en el expediente que durante el plazo de información pública se hayan

presentado alegaciones.

Una vez transcurrido el periodo de información pública, debe procederse a la

aprobación definitiva del Estudio de Detalle por el órgano competente, en virtud de lo

dispuesto en los artículos 60, 59 y 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la

Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo establecido por el artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de

diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, y el artículo 61.5 de la Ley

9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, la competencia para la

aprobación definitiva de los Estudios de Detalle corresponde al Pleno municipal.

El artículo 66 de la precitada Ley 9/2001 preceptúa que el acuerdo de aprobación

definitiva y el contenido íntegro de la parte del Plan cuya publicación exija la legislación de

régimen local deben publicarse en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con

indicación de haberse procedido previamente al depósito del correspondiente Plan de

Ordenación Urbanística en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de

ordenación urbanística.

Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y

el dictamen de la Comisión Informativa, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de la parcela de Parque

Científico Empresarial (Manzana CE1) del Plan Parcial Sector 1/Oeste

"AUTOVÍA DE TOLEDO NORTE" de Leganés.

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SEGUNDO.- Dar al expediente la tramitación establecida en la legislación del suelo.

24.- ACUERDO SUBVENCIÓN AL PROGRAMA DE

HERMANAMIENTO CON BELÉN (PALESTINA).

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la

Comisión Informativa de Asuntos Sociales, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por

unanimidad, acordaron:

PRIMERO. Aprobar el Acuerdo de cooperación entre el Ayuntamiento de Leganés y el

Municipio de Belén (Palestina), concediendo una subvención como

aportaciones con cargo al presupuesto de Cooperación al Desarrollo e

Inmigración, al municipio de Belén, respecto al siguiente proyecto:

Financiar el proyecto para la Rehabilitación de la Calle Housing Road como

apoyo financiero a la Primera Fase, con la cantidad de TREINTA Y TRES

MIL SEISCIENTOS CATORCE EUROS (33.614.- €) con cargo a la partida

24/1112/762.00

SEGUNDO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente y al Concejal-Delegado de Cooperación

para el Desarrollo, indistintamente, para la firma de cuantos documentos sean

necesarios para la ejecución del presente acuerdo.

25.- INSCRIPCIÓN Y VARIACIONES DE ASOCIACIONES EN EL

REGISTRO MUNICIPAL DE ENTIDADES CIUDADANAS.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la

Comisión Informativa de Asuntos Sociales, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por

unanimidad, acordaron:

PRIMERO: Proceder a la INSCRIPCIÓN en el Registro Municipal de Asociaciones,

creado a efectos del reglamento de Participación Ciudadana del Municipio de

Leganés, a las siguientes:

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ASOCIACION DE FAMILIARES DE ENFERMOS DE RESIDENCIAS

ASISTIDAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

C.I.F. G-84616879

D. Pío Maceda Granja

Avda. de la Constitución, S/n “Residencia El Encinar”

C.P. 28916 Leganés (Madrid)

ASOCIACIÓN DE AMISTAD DE LOS PUEBLOS DE ESPAÑA Y

MARRUECOS, AMISTAD-AL SADAKA

C.I.F. G-83931055

Delegación en Leganes: Sr. D. Pío Maceda Granja. Avda. de Bélgica 69-5º

Dcha. 28916 - Leganés

Sede en Madrid: D. Carlos Cermeño Gómez. Travesía de Téllez, nº 8-1º T.

Madrid C.P. 28007

SEGUNDO: Proceder a la MODIFICACIÓN en el Registro Municipal de Asociaciones

de las siguientes asociaciones, según documentación que aportan estas:

CAMBIO DE JUNTA DIRECTIVA

ASOCIACIÓN UNIDAD CÍVICA POR LA REPUBLICA DE LEGANES

Dña. Agustina Gamino López

C.I.F. G-83462416

C/ San Esteban, 1-1º D

28912 - Leganés

TERCERO: Proceder a la declaración de UTILIDAD PUBLICA a las Asociaciones que

figuran en este acuerdo.

26.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA

DE FAMILIA Y ASUNTOS SOCIALES Y EL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS PARA EL DESARROLLO

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DE ACTIVIDADES DE VIDA ACTIVA ENTRE LOS

MAYORES DEL MUNICIPIO.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el Dictamen de la

Comisión Informativa de Asuntos Sociales, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por

unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Aprobar del Convenio de colaboración entre la Consejería de Familia y

Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Leganés para el desarrollo de

actividades de VIDA SANA entre los mayores del municipio.

SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente y/o la Concejala Delegada de Servicios

Sociales, Mujer, Mayores e Infancia, para la firma de cuantos documentos

sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.

27.- MOCIÓN SOBRE DECLARACIÓN DEL AÑO 2006 “AÑO DE

LA MEMORIA”

Se dio lectura a la siguiente Moción conjunta presentada por los Grupos Municipales

Socialista e Izquierda Unida:

“El 7 de febrero de 2006, el pleno del Congreso de los Diputados tomó en

consideración una proposición de ley para que 2006 sea declarado Año de la Memoria

Histórica, en reconocimiento de la II República Española como antecedente de la Constitución

de 1978 y en homenaje a las víctimas de la Guerra Civil y de la represión franquista.

En este marco, se celebrarán en todo el país cientos de actos públicos, encuentros

culturales y manifestaciones de conmemoración de la II República.

Por su carácter universal, los valores republicanos perviven en el día de hoy y

renacen con vigorosas raíces. Muchos de los ideales que nos fueron legados por la II

República Española, de cuya proclamación celebramos el 75 aniversario, tienen que ver con

las preocupaciones de los españoles de hoy: la liberta y la laicidad; la igualdad entre hombres

y mujeres; la escuela pública; la virtud cívica y la honestidad; el federalismo, la paz y el

respeto de los derechos humanos; el compromiso con la suerte de los trabajadores, los

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derechos sociales y el bien común. En una palabra, el compromiso con una democracia

avanzada.

La II República fue el primer régimen realmente democrático en nuestra historia,

con medidas tan decisivas como la implantación del sufragio verdaderamente universal con

reconocimiento del derecho al voto de las mujeres. La Constitución de 1931 fue también la

primera que abordó el reconocimiento de derechos sociales y económicos y las bases de lo que

hoy conocemos como Estado de Bienestar. Asimismo, trató de resolver al problema de la

articulación territorial de España mediante el sistema de Estatutos de Autonomía elaborados

por iniciativa de los territorios que aspiraban a su autogobierno, y se adelantó en proclamar

la renuncia a la guerra como instrumento de política internacional.

El conocimiento y divulgación de aquél período histórico es especial para

comprender la sociedad en la que vivimos hoy.

Por ello, se somete a la consideración del Pleno Municipal la aprobación del

siguiente acuerdo.

PRIMERO.- Declarar el Año 2006 Año de la Memoria.

SEGUNDO.- Instar al Gobierno de la Nación a presentar cuanto antes la ley de la

Memoria en el Congreso de los Diputados.

TERCERO.- Manifiestar su voluntad de promover actos conmemorativos y divulgativos

del 75 aniversario de la II República en el Municipio de Leganés”

Después de amplia deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por

mayoría, acordaron: Aprobar la moción que ha quedado transcrita anteriormente. Votaron a

favor de la misma los diez miembros del Grupo Municipal Socialista y los cuatro miembros del

Grupo Municipal de Izquierda Unida, y votaron en contra los diez Sres. Concejales asistentes

del Grupo Municipal Popular.

En relación con el mismo tema se presento la siguiente moción del Grupo Municipal

Popular :

“El acuerdo de 20 de noviembre de 2002, aprobado por unanimidad en la Comisión

Constitucional del Congreso de los Diputados, subrayó acertadamente que la Constitución de

1978 fue llamada por todos, con indudable acierto, como la Constitución de la Concordia, ya

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que intentó poner punto y final a un trágico pasado de enfrentamiento civil entre los

españoles.

El citado Acuerdo destacó asimismo que en 1978 una generación de españoles

decidieron no volver a cometer los viejos errores, mirar hacia delante y apostar, con un

generoso impulso de reconciliación, por un nuevo sistema democrático para que nunca más

hubiera dos Españas irreductiblemente enfrentadas.

La actual Constitución española está impregnada de esa voluntad de convivencia.

Todos los constituyentes, en aras de aquel consenso básico orientado al establecimiento de un

marco democrático duradero, hicieron importantes renuncias, incluso de posturas largamente

defendidas a lo largo de la historia, para buscar puntos de encuentro capaces de superar

viejos y endémicos conflictos.

En consonancia con el espíritu del citado Acuerdo, y cuando se cumplen setenta

años desde el comienzo de la guerra civil de 1936, se hace necesario recordar el indiscutible

papel de la Constitución de 1978 como instrumento y símbolo de la reconciliación entre los

españoles. Esta conmemoración debe ir unida inextricablemente al reconocimiento moral de

todos los hombres y mujeres que fueron víctimas de la división y el enfrentamiento entre

españoles. En este sentido, toda iniciativa que se lleve a cabo, sobre todo en el ámbito local,

debe recibir el apoyo de las instituciones evitando, en todo caso, que sirva para reavivar viejas

heridas o remover el rescoldo de la confrontación civil.

Por los motivos anteriormente expuestos, el Grupo Municipal Popular presenta la

siguiente MOCIÓN para su aprobación por el Pleno Municipal: Declarar el año 2006 como

Año de la Concordia en homenaje y reconocimiento a la Constitución de 1978, instrumento y

símbolo de la reconciliación nacional”.

Los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron: Aprobar la

moción que ha quedado transcrita anteriormente.

28.- RATIFICAR LA FIRMA DE LA DECLARACIÓN DE LOS

MUNICIPIOS DEL SUR POR LOS OBJETIVOS DEL

MILENIO, UNA ALIANZA LOCAL Y CIUDADANA PARA

CONSTRUIR UNA AGENDA SOCIAL GLOBAL.

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Se dio lectura a la siguiente Moción presentada por la Alcaldía-Presidencia:

“La Ley 23/1998 de Cooperación al Desarrollo, reconoció la capacidad y la

competencia de la Entidades Locales para desarrollar políticas de solidaridad de carácter

internacional.

Por su parte, el Plan Director de la Cooperación Española 2005-2008, aprobado

por el Consejo de Ministros el 28 de enero de 2.005, recoge asimismo que son los Entes

Locales, por su mayor cercanía a los ciudadanos, actores privilegiados para la promoción de

la educación para el desarrollo y la sensibilización a la ciudadanía acerca de la problemática

del desarrollo.

En este marco, cobra la mayor importancia que en el ámbito local, los

Ayuntamiento podemos llevar a cabo en solitario o de forma mancomunada acciones tendentes

a generar las condiciones que hagan posible el cumplimiento, en el horizonte del año 2.015, de

los objetivos y metas que la Asamblea General de Naciones Unidas definió en septiembre de

2.000.

Por todo ello se propone al Pleno Municipal la adopción del siguiente acuerdo:

Ratificar la firma de la Declaración de los Municipios del Sur por los Objetivos del Milenio,

una Alianza Local y Ciudadana para construir una Agenda Social Global”.

Los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con los votos en contra

de los Sres. Bragado Cordero, Rojo Bermúdez, Almonacid Collado, Cubero de Miguel, Avilés

Ortiz, Fraile Sarmiento, Ramos Sánchez, Martín Illarregui, Salazar Ríos y Fernández

Rodríguez, acordaron: Aprobar la moción anteriormente transcrita.

29.- RECURSOS Y DEMANDAS.

1.- RECURSO P.O. NÚM. 29/2006, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 2 DE MADRID,

INTERPUESTO POR D. TIBURCIO AVILA VALLEROS.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este Ayuntamiento en relación

con el recurso Procedimiento Ordinario núm. 29/2006 del Juzgado de lo Contencioso-

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Administrativo núm. 2 de Madrid, interpuesto por D. TIBURCIO AVILA VALLEROS sobre

denegación Licencia de Apertura; y de conformidad con el dictamen de la Comisión

Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por

mayoría, con las abstenciones de los diez Sres. Concejales asistentes del Grupo Municipal

Popular, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de

Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el recurso de

referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON JOSÉ GRANADO

WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA

BEATRIZ RUANO CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO

MUÑOZ BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA

MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS GIL, DON

JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO ROBLES GARCÍA,

DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y DON PEDRO GONZÁLEZ

CEROLO.

2.- RECURSO P.O. NÚM. 26/06, DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-

ADMINISTRATIVO NÚM. 16 DE MADRID, INTERPUESTO POR

TELEFONICA MOVILES ESPAÑA, S.A.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este Ayuntamiento en relación

con el recurso Procedimiento Ordinario núm. 26/06 del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo núm. 16 de Madrid, interpuesto por TELEFONICA MOVILES ESPAÑA, S.A.

contra expediente sancionador infracciones urbanística por instalación de una estación base de

telefonía móvil sin licencia municipal; y de conformidad con el dictamen de la Comisión

Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por

mayoría, con las abstenciones de los diez Sres. Concejales asistentes del Grupo Municipal

Popular, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de

Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el recurso de

referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON JOSÉ GRANADO

WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA

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BEATRIZ RUANO CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO

MUÑOZ BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA

MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS GIL, DON

JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO ROBLES GARCÍA,

DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y DON PEDRO GONZÁLEZ

CEROLO.

3.- RECURSO P.O. NÚM. 32/2006, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 16 DE MADRID,

INTERPUESTO POR Dª. RAMONA LOPEZ CARMONA.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este Ayuntamiento en relación

con el recurso Procedimiento Ordinario núm. 32/2006 del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo núm. 16 de Madrid, interpuesto por Dª. RAMONA LOPEZ CARMONA contra

resolución de desestimación reclamación patrimonial; y de conformidad con el dictamen de la

Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación

ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Sres. Concejales asistentes del Grupo

Municipal Popular, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de

Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el recurso de

referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON JOSÉ GRANADO

WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA

BEATRIZ RUANO CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO

MUÑOZ BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA

MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS GIL, DON

JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO ROBLES GARCÍA,

DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y DON PEDRO GONZÁLEZ

CEROLO.

4.- RECURSO P.A. NÚM. 262/06, DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-

ADMINISTRATIVO NÚM. 17 DE MADRID, INTERPUESTO POR D.

ROBERTO BADILLO ARCONES.

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Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este Ayuntamiento en relación

con el recurso Procedimiento Abreviado núm. 262/06 del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo núm. 17 de Madrid, interpuesto por D. ROBERTO BASILLO ARCONES

contra la inadmisibilidad de reclamación patrimonial; y de conformidad con el dictamen de la

Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación

ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Señores Concejales asistentes del

Grupo Municipal Popular, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de

Madrid.

SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el recurso de

referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON JOSÉ GRANADO

WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA

BEATRIZ RUANO CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO

MUÑOZ BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA

MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS GIL, DON

JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO ROBLES GARCÍA,

DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y DON PEDRO GONZÁLEZ

CEROLO.

5.- RECURSO P.A. NÚM. 76/2006, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 27 DE MADRID,

INTERPUESTO POR BANCO ESPAÑOL DE CREDITO, S.A.

Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este Ayuntamiento en relación

con el recurso Procedimiento Abreviado núm. 76/2006 del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo núm. 27 de Madrid, interpuesto por BANCO ESPAÑOL DE CREDITO, S.A.

contra la resolución de liquidación de la “Tasa por ocupación de subsuelo, suelo y vuelo de

terrenos de uso público por Cajeros Automáticos anexos a los establecimiento de crédito

instalados en la fachada u ocupando las aceras o vías públicas”; y de conformidad con el

dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,

en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Señores Concejales

asistentes del Grupo Municipal Popular, acordaron:

PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de

Madrid.

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SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el recurso de

referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON JOSÉ GRANADO

WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA

BEATRIZ RUANO CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO

MUÑOZ BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA

MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS GIL, DON

JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO ROBLES GARCÍA,

DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y DON PEDRO GONZÁLEZ

CEROLO.

30.- SENTENCIAS Y AUTOS.

1.- RECURSO P.O. NÚM. 54/05, DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-

ADMINISTRATIVO Nº 3 DE MADRID, INTERPUESTO POR EL

BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.

Vista el auto de fecha 24 de marzo de 2006, dictada por el Juzgado de lo

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO nº 3 de Madrid, en el recurso por Procedimiento

Ordinario núm. 54/05, interpuesto por el BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.

contra resolución de liquidación del Impuesto de Actividades Económicas; y de conformidad

con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores

reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Señores

Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular, acordaron: quedar enterados del

mencionado auto y que por las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que

procedan.

2.- RECURSO P.A. NÚM. 195/2005, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 6 DE MADRID,

INTERPUESTO POR D. FRANCISCO OSUNA GARCIA.

Vista la sentencia de fecha 17 de marzo de 2006, dictada por el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo nº 6 de Madrid, en el recurso por Procedimiento Abreviado núm.

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195/2005, interpuesto por D. FRANCISCO OSUNA GARCIA sobre el abono correspondiente

a conceptos retributivos por ayuda de comida; y de conformidad con el dictamen de la

Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación

ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Señores Concejales asistentes del

Grupo Municipal Popular, acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia y que por

las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que procedan.

3.- RECURSO P.A. NÚM. 184/2005, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 12 DE MADRID,

INTERPUESTO POR D. JUAN FELIX BRAVO-AGUILAR.

Vista la sentencia de fecha 14 de marzo de 2006, dictada por el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo nº 12 de Madrid, en el recurso por Procedimiento Abreviado núm.

184/2005, interpuesto por D. JUAN FELIX BRAVO-AGUILAR sobre el abono

correspondiente a conceptos retributivos por ayuda de comida; y de conformidad con el

dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,

en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Señores Concejales

asistentes del Grupo Municipal Popular, acordaron: quedar enterados de la mencionada

sentencia y que por las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que procedan.

4.- RECURSO P.A. NÚM. 173/05, DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-

ADMINISTRATIVO Nº 17 DE MADRID, INTERPUESTO POR D.

ANDRES RENTERO MARTIN.

Vista la sentencia de fecha 13 de marzo de 2006, dictada por el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo nº 17 de Madrid, en el recurso por Procedimiento Abreviado núm.

173/05, interpuesto por D. ANDRES RENTERO MARTIN resolución expediente sancionador

por infracción de trafico; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de

Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con

las abstenciones de los diez Señores Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular,

acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia y que por las Unidades

correspondientes se propongan las resoluciones que procedan.

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5.- RECURSO P.A. NÚM. 191/2005, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 21 DE MADRID,

INTERPUESTO POR D. ANTONIO ROMERO JARA.

Vista la sentencia de fecha 15 de febrero de 2006, dictada por el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo nº 21 de Madrid, en el recurso por Procedimiento Abreviado núm.

191/2005, interpuesto por D. ANTONIO ROMERO JARA sobre el abono correspondiente a

conceptos retributivos por ayuda de comida; y de conformidad con el dictamen de la Comisión

Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por

mayoría, con las abstenciones de los diez Señores Concejales asistentes del Grupo Municipal

Popular, acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia y que por las Unidades

correspondientes se propongan las resoluciones que procedan.

6.- RECURSO P.A. NÚM. 371/05, DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-

ADMINISTRATIVO Nº 27 DE MADRID, INTERPUESTO POR D. JOSE

LAMOLDA FERNANDEZ.

Vista la sentencia de fecha 21 de marzo de 2006, dictada por el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo nº 27 de Madrid, en el recurso por Procedimiento Abreviado núm.

371/05, interpuesto por D. JOSE LAMOLDA FERNANDEZ contra reclamación

responsabilidad patrimonial; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de

Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con

las abstenciones de los diez Señores Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular,

acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia y que por las Unidades

correspondientes se propongan las resoluciones que procedan.

7.- RECURSO P.O. NÚM. 797/2001, DE LA SECCIÓN 2ª, DE LA SALA DE

LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR

DE JUSTICIA, INTERPUESTO POR Dª. NURIA MARTIN ALCOCER.

Visto el Auto de fecha 10 de marzo de 2006, dictado por la Sección Segunda de la

Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el

recurso P.O. núm. 797/2001, interpuesto por Dª. NURIA MARTIN ALCOCER sobre

responsabilidad patrimonial; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de

Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con

las abstenciones de los diez Señores Concejales del Grupo Municipal Popular, acordaron:

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quedar enterados del mencionado Auto y que por las Unidades correspondientes se propongan

las resoluciones que procedan.

8º.- RECURSO NÚM. 2029/2003, DE LA SECCIÓN 2ª, DE LA SALA DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE

JUSTICIA, INTERPUESTO POR D. JAVIER MUÑOZ PANIAGUA.

Vista la sentencia de fecha 26 de enero de 2006, dictada por la Sección Segunda, de

la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el

recurso núm. 2029/2003, interpuesto por D. JAVIER MUÑOZ PANIAGUA sobre reclamación

de responsabilidad patrimonial por daños causados en el vehículo M-0332-VG, al caer en un

socavón en la calzada de Villaverde a Leganés, y de conformidad con el dictamen de la

Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación

ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Señores Concejales asistentes del

Grupo Municipal Popular, acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia y que por

las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que procedan.

9º.- RECURSO DE APELACIÓN NÚM. 47/05 (P.O. Nº 86/2002), DE LA

SECCIÓN 2ª, DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-

ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA,

INTERPUESTO POR D. JOSE LAMOLDA FERNANDEZ.

Vista la sentencia de fecha 16 de febrero de 2006, dictada por la Sección Segunda,

de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el

recurso de Apelación núm. 47/05 (Procedimiento Ordinario núm. 86/2002 y 71/2003 acum.),

interpuesto por D. JOSÉ LAMOLDA FERNÁNDEZ contra denegación de licencia de primera

ocupación de su vivienda, y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de

Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con

las abstenciones de los diez Señores Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular,

acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia y que por las Unidades

correspondientes se propongan las resoluciones que procedan.

10º.- JUICIO VERBAL DE FALTAS DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº

5 DE LEGANÉS. DENUNCIADOS LOS MENORES: CARLOS GARCIA

NAVAS Y RUBEN ROMERO HOYO.

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Vista la Sentencia de fecha 3 de abril de 2.006 dictada por el Juzgado de Instrucción

núm. 5 de Leganés (MADRID), en Juicio Verbal de Faltas seguido a instancia del

Ayuntamiento de Leganes contra los menores CARLOS GARCIA NAVAS Y RUBEN

ROMERO HOYO, seguido por daños a bienes municipales expte. Núm. 2/04 DPL; y de

conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los

Sres. reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Sres.

Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular, acordaron: quedar enterados de la

mencionada Sentencia y que por las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones

que procedan.

31.- RUEGOS Y PREGUNTAS

Por el Grupo Municipal Popular se efectúo los siguientes RUEGOS:

1.- Se le facilite el Acta del Consejo de Salud de fecha 16 de febrero con los nombres de

todos los asistentes y la relación de miembros que forman parte de dicho Consejo.

El Grupo Municipal Popular presenta al Pleno Municipal las siguientes

PREGUNTAS:

1.- Las obras del soterramiento del Paseo de Colón están sufriendo un retraso acumulado

que supera los 12 meses. Dado que aún persisten dichas obras, el Grupo Municipal

Popular desea conocer la respuesta a las siguientes PREGUNTAS:

• ¿Cuándo comenzaron las obras de soterramiento del citado Paseo?

• ¿Cuáles son las causes por las que estas obras acumulan un retraso de más de 12

meses?

• ¿Cuál es la fecha prevista para su finalización real?

• ¿Cuántos comercios han tenido que cesar su actividad durante el tiempo que están

durando estas obras?

• ¿Tienen previsto indemnizar a los comerciantes del Paseo de Colón y calles

adyacentes por los perjuicios causados por la mala planificación a la hora de

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acometer estas obras?

2.- ¿Va a celebrarse este año el Certamen de Bandas?

• ¿Por qué no se ha celebrado en las últimas ediciones?

• ¿Ha partido de la Concejala de Cultura la orden de que este Certamen dejara de

celebrarse?

• ¿Cuál es la razón por la cual algunas estatuas de la Avenida de Europa faltan de

sus pedestales?

• ¿Desde cuándo se encuentran en esta situación?

• ¿Cuándo volverán a reponerse?

3.- Con motivo de las obras de peatonalización en la zona Centro de Leganés se instaló en

la Casa Consistorial una Oficina de Información sobre estas obras. El Grupo

Municipal Popular desea conocer la respuesta a la siguiente PREGUNTA:

• ¿Cuántas personas han sido atendidas en la mencionada Oficina de Información

ubicada en la Casa Consistorial?

• ¿Qué tipo de información han solicitado?

• ¿Hasta cuándo va a permanecer abierta la citada Oficina?

4.- Desde la instalación del sistema de bolardos móviles en la zona centro del municipio,

se han detectado numerosos fallos en su funcionamiento. Estas deficiencias originan

graves molestias para los vecinos de la zona, los cuales se ven irremediablemente

obligados a traspasar la frontera de los bolardos, sufriendo los continuos retrasos en la

bajada de los mismos, lo que además impide el paso y la salida urgente en caso de

emergencia.

El Grupo Municipal Popular desea conocer la respuesta a las siguientes PREGUNTAS:

• ¿Cómo piensan subsanar estos fallos en el sistema de bolardos móviles?

• ¿Qué medidas se han tomado hasta la fecha para mitigar los efectos de estas

deficiencias?

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• ¿Cuándo se han facilitado las tarjetas de identificación a los residentes?

• ¿Se ha informado puntualmente a los vecinos afectados de los motivos que están

causando estos fallos y de las medidas que se van a emplear para subsanarlos?

5.- ¿Cuántos monitores / profesores de natación están cubriendo el programa de natación

para los colegios?

• ¿En que piscinas existe este programa?

• ¿Cuántas calles se destinan a este programa?

• ¿Cuál es el ratio de alumnos/profesor?

• ¿Ha habido algún problema en los tres últimos meses con esta oferta deportiva?

• ¿Se ha tenido que suspender algún día?

• ¿Cuál ha sido el motivo de la suspensión?

• ¿Qué funciones tiene el jefe de equipo de los profesores de natación?

• ¿Cuándo entrará en funcionamiento el Foro de Deportes de la web del

Ayuntamiento?

• ¿En qué fecha se va a celebrar este año la competición de atletismo en la que

participan los colegios y que tradicionalmente se celebra en el mes de Mayo?

Y no habiendo más asuntos que tratar, el Alcalde - Presidente levantó

la sesión, siendo las dieciocho horas y cuarenta y cinco minutos, de todo lo

que yo, como Secretario doy fe.