acta 12/2015 numero doce diagonal dos mil dieciseis ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7....

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=== ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== En la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato, siendo las 12:05 Doce horas con Cinco minutos del día 22 veintidós de Enero del 2016 Dos Mil Dieciseis, fueron presentes en el Salón Cabildos de esta Presidencia Municipal, para llevar a cabo la Novena Sesión Ordinaria del Ayuntamiento, con fundamento en lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal en sus Artículos 61, 63, 64 y 73; así como los numerales 22, 23, 26, 29 y 30 del Reglamento Interior, estando presentes el Presidente Municipal, Ing. Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo; Síndicos: Ing. María Eugenia Mosqueda Nieto; Lic. José Fernando Sánchez Méndez; Regidores: Lic. Israel Alejandro Herrera Hernández; Arq. Martha Norma Hernández Hernández; Lic. José Trinidad Martínez Soto; LAE. Adriana Josefina Audelo Arana; Ing. Mariano Zavala Díaz; Lic. Montserrat Vázquez Acevedo; LAE. Jorge Montes González; L.C. María Eloísa Cholico Torres; LAE. Ricardo Torre Ibarra; Ciudadano, J. Ynes Piña Cofradía; C.P. Blanca Elena González Zavala; Profa. Hilda Samaniego Leyva; y el Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano.- =================== PUNTO NÚMERO DOS.- Declaración del Quórum legal. ============= En uso de la voz el Secretario del H Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena cano informa al Ciudadano Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, Presidente Municipal, que se encuentra la Totalidad de los integrantes del Ayuntamiento, por lo que procede a declarar válida la Novena Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento. ========================================== PUNTO NUMERO TRES.- Aprobación del Orden del Día.- ============= En uso de la voz el Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano procede a dar Lectura 1.- Lista de presentes. 2.- Declaración del Quórum legal. 3.- Aprobación del Orden del Día. 4.- Aprobación de Actas Anteriores. 5.- Dictámenes y Asuntos de Comisiones. 6.- Asuntos Generales. 7.- Clausura de la Sesión; finalizada la lectura del Orden del día, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ================ PUNTO NÚMERO CUATRO.- Aprobación de Actas Anteriores.- ======== Se le concede el uso de la voz a la Regidora Montserrat Vázquez Acevedo, quien en el uso de la voz manifiesta “Gracias Secretario, únicamente para efecto de dejar constancia en el acta del día de hoy, solicitamos algunas precisiones concretamente en el acta de sesión número ocho, de fecha 27 de noviembre, mismas que ya fueron hechas pero dado que las firmamos con posterioridad, nada más para dejar en claro

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Page 1: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

=== ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ====

“En la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato, siendo las 12:05 Doce horas con

Cinco minutos del día 22 veintidós de Enero del 2016 Dos Mil Dieciseis, fueron

presentes en el Salón Cabildos de esta Presidencia Municipal, para llevar a cabo la

Novena Sesión Ordinaria del Ayuntamiento, con fundamento en lo dispuesto por

la Ley Orgánica Municipal en sus Artículos 61, 63, 64 y 73; así como los numerales

22, 23, 26, 29 y 30 del Reglamento Interior, estando presentes el Presidente

Municipal, Ing. Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo; Síndicos: Ing. María Eugenia

Mosqueda Nieto; Lic. José Fernando Sánchez Méndez; Regidores: Lic. Israel

Alejandro Herrera Hernández; Arq. Martha Norma Hernández Hernández; Lic. José

Trinidad Martínez Soto; LAE. Adriana Josefina Audelo Arana; Ing. Mariano Zavala

Díaz; Lic. Montserrat Vázquez Acevedo; LAE. Jorge Montes González; L.C. María

Eloísa Cholico Torres; LAE. Ricardo Torre Ibarra; Ciudadano, J. Ynes Piña Cofradía;

C.P. Blanca Elena González Zavala; Profa. Hilda Samaniego Leyva; y el Secretario

del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano.- ===================

PUNTO NÚMERO DOS.- Declaración del Quórum legal. =============

En uso de la voz el Secretario del H Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena cano

informa al Ciudadano Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, Presidente Municipal,

que se encuentra la Totalidad de los integrantes del Ayuntamiento, por lo que

procede a declarar válida la Novena Sesión Ordinaria del Honorable

Ayuntamiento. ==========================================

PUNTO NUMERO TRES.- Aprobación del Orden del Día.- =============

En uso de la voz el Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano

procede a dar Lectura 1.- Lista de presentes. 2.- Declaración del Quórum legal. 3.-

Aprobación del Orden del Día. 4.- Aprobación de Actas Anteriores. 5.- Dictámenes y

Asuntos de Comisiones. 6.- Asuntos Generales. 7.- Clausura de la Sesión; finalizada

la lectura del Orden del día, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del

Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del pleno del Ayuntamiento,

mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ================

PUNTO NÚMERO CUATRO.- Aprobación de Actas Anteriores.- ========

Se le concede el uso de la voz a la Regidora Montserrat Vázquez Acevedo, quien en el

uso de la voz manifiesta “Gracias Secretario, únicamente para efecto de dejar

constancia en el acta del día de hoy, solicitamos algunas precisiones concretamente

en el acta de sesión número ocho, de fecha 27 de noviembre, mismas que ya fueron

hechas pero dado que las firmamos con posterioridad, nada más para dejar en claro

Page 2: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

que solicitamos que se precisaran algunos puntos que no se habían señalado en el

acta concretamente en mi participación de ese día” finalizada la intervención el Lic.

José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, informa que se remitieron las

actas 08/2015, 09/2015, 10/2015 y 11/2015, para su aprobación, por lo que se

somete a su consideración la aprobación de las actas mencionadas, mismas que se

aprueban por unanimidad de los presentes.- ========================

PUNTO NÚMERO CINCO.- Asuntos y Dictámenes de Comisiones.- ======

COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA.- =======

En uso de la voz la Síndico C. María Eugenia Mosqueda Nieto, Presidente de la

Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano, para

que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se

omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura,

para únicamente referirse al rubro del mismo, se somete a consideración del pleno la

propuesta de la Síndico, misma que se aprueba por Unanimidad de los presentes, por

lo que se procede a transcribir íntegramente los dictámenes.- ==============

HDA-049/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

mediante el cual se otorga en donación equipo de cómputo y accesorios en desuso, a

favor del Centro de Capacitación para el Trabajo Industrial No. 89 (CECATI) de esta

ciudad de Celaya, Gto. CONSIDERANDO.- Que con fundamento en lo establecido

por el artículo 115 fracción II inciso b) de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos; el Municipio estará investido de personalidad jurídica y manejará

su patrimonio conforme a la Ley. Por consiguiente el Ayuntamiento solo podrá

otorgar en donación los Bienes del Dominio Privado del Municipio, por acuerdo de la

mayoría calificada de sus integrantes, cuando éstos sean a favor de Instituciones

Públicas ò Privadas, que representen un beneficio social para el Municipio y que no

persigan fines de lucro. Que mediante Oficio 2724/2015-DCP de fecha 15 de

diciembre del 2015, suscrito por la Tesorera Municipal, solicita se estudie y dictamine

la petición de DONACION presentada por el Centro de Capacitación para el Trabajo

Industrial No. 89 de esta ciudad de Celaya, Gto., quien solicita la Lic. María del Pilar

Oropesa Montes, Directora del citado Centro de Capacitación, respecto de los bienes

muebles propiedad municipal que a continuación se describen: =============

Número de inventario Descripción del bien Factura No.

1211-0044-00763-Q CPU armado con teclado y

mouse 10534

Page 3: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

1211-0044-00810-Q CPU Active con teclado y

mouse 10604

1211-0044-00806-Q CPU Active con teclado y

mouse 10543

1211-0044-00778-Q CPU armado con teclado y

mouse 10541

1211-0044-00782-Q CPU armado con teclado y

mouse 10541

1211-0044-00735-P CPU armado con teclado y

mouse 0728

1211-0044-00620-N CPU HP con teclado y mouse 3041

1211-0044-01161-Z CPU con teclado y mouse Contrato de

donación

1211-0044-00687-O CPU armado con teclado y

mouse 0504

1211-0044-00803-Q CPU armado con teclado y

mouse 10542

1211-0044-00844-Q CPU armado con teclado y

mouse 1173

1211-0005-00812-Q Monitor LCD 17” 1173

1211-0005-00815-Q Monitor LCD 17” 1173

Número de inventario Descripción del bien Factura No.

1211-0005-00858-Q Monitor Acer LCD 15” 1343

1211-0005-00794-Q Monitor Samsung LCD 17” 1034

1211-0005-01069-R Monitor Acer LCD 15.6” 6061

1211-0005-01076-R Monitor Acer LCD 15” 1783

1211-0005-00803-Q Monitor LCD 17” 983

1211-0005-01038-R Monitor HP LCD 17” 1764

1211-0005-00790-Q Monitor Acer LCD 17” 10655

1211-0005-01231-T Monitor Dell 17” 6080

1211-0005-01139-S Monitor Acer 20” 2453

1211-0000-00680-T Multifuncional (impresora) HP 17267

1211-0000-00516-P Impresora HP LaserJet 0766

1211-0084-00002-R Lector Biométrico Hamster II 1444

1211-0084-00004-R Lector Biométrico Hamster II 1444

1215-1282-00009-X Access Point W/Poe

(Router Wi Fi) A1467

1211-0033-00006-J HUB CNET (Switch) A 1670

Page 4: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

El cual será utilizado en los talleres de Máquinas y Herramientas, Informática y para

mejora de los procesos administrativos de este Plantel. El Centro de Capacitación

para el Trabajo Industrial No. 89 de la ciudad de Celaya, Guanajuato que represento

es una institución pública, cuyo fin es la capacitación para y en el trabajo de

personas que pretendan adquirir conocimientos, habilidades y destrezas para

incorporarse al mercado laboral, ya sea mediante el empleo o autoempleo. Al ser una

institución de carácter público contamos con recursos limitados, y nos es necesario

contar con equipos de cómputo adecuados para poder desarrollar, en el área de

informática, aprendizajes significativos en el uso de tecnologías de la información en

el área de máquinas herramientas nos son necesarias para poder operar programas

que permitan a los alumnos diseñar diversas piezas que puedan reproducir en los

tornos, adquiriendo de esa manera conocimientos y técnicas más modernas que les

permitan competir eficientemente en el mercado laboral de bienes y servicios.

Pretendiendo beneficiar a 60 personas de la especialidad de Maquinas Herramientas y

50 de la especialidad de Informática. Documentos que se tienen por anexados y

reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo que, en mérito de lo antes

expuesto y con la facultad que nos otorgan los artículos 76 fracción IV incisos g) y j)

y 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato esta Comisión:

RESUELVE: PRIMERO.- se otorga en donación equipo de cómputo y accesorios en

desuso, a favor del Centro de Capacitación para el Trabajo Industrial No. 89 (CECATI)

de esta ciudad de Celaya, Gto., que a continuación se describen: ============

Número de inventario Descripción del bien Factura No.

1211-0044-00763-Q CPU armado con teclado y

mouse 10534

1211-0044-00810-Q CPU Active con teclado y

mouse 10604

1211-0044-00806-Q CPU Active con teclado y

mouse 10543

1211-0044-00778-Q CPU armado con teclado y

mouse 10541

1211-0044-00782-Q CPU armado con teclado y

mouse 10541

1211-0044-00735-P CPU armado con teclado y

mouse 0728

1211-0044-00620-N CPU HP con teclado y mouse 3041

Page 5: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

El cual será utilizado en los talleres de Máquinas y Herramientas, Informática y para

mejora de los procesos administrativos de este Plantel, beneficiando a 60 personas

de la especialidad de Maquinas Herramientas y 50 de la especialidad de Informática.

SEGUNDO.- En el supuesto de que los bienes donados se utilicen a un fin distinto al

autorizado, estos revertirán a favor del Municipio, en el estado en que se encuentren.

TERCERO.- Se instruye a la Tesorera Municipal, realice los movimientos de baja

necesarios en el Padrón de Bienes Muebles Propiedad Municipal, y haga la entrega

física y formal de los mismos. CUARTO.- Se instruye al Secretario del Honorable

Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por

el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

QUINTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente

Dictamen para su aprobación. SEXTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo

1211-0044-01161-Z CPU con teclado y mouse Contrato de

donación

1211-0044-00687-O CPU armado con teclado y

mouse 0504

1211-0044-00803-Q CPU armado con teclado y

mouse 10542

1211-0044-00844-Q CPU armado con teclado y

mouse 1173

1211-0005-00812-Q Monitor LCD 17” 1173

1211-0005-00815-Q Monitor LCD 17” 1173

Número de inventario Descripción del bien Factura No.

1211-0005-00858-Q Monitor Acer LCD 15” 1343

1211-0005-00794-Q Monitor Samsung LCD 17” 1034

1211-0005-01069-R Monitor Acer LCD 15.6” 6061

1211-0005-01076-R Monitor Acer LCD 15” 1783

1211-0005-00803-Q Monitor LCD 17” 983

1211-0005-01038-R Monitor HP LCD 17” 1764

1211-0005-00790-Q Monitor Acer LCD 17” 10655

1211-0005-01231-T Monitor Dell 17” 6080

1211-0005-01139-S Monitor Acer 20” 2453

1211-0000-00680-T Multifuncional (impresora) HP 17267

1211-0000-00516-P Impresora HP LaserJet 0766

1211-0084-00002-R Lector Biométrico Hamster II 1444

1211-0084-00004-R Lector Biométrico Hamster II 1444

1215-1282-00009-X Access Point W/Poe

(Router Wi Fi) A1467

1211-0033-00006-J HUB CNET (Switch) A 1670

Page 6: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 11 de enero del 2016. Finalizada la

lectura del dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del

Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del Pleno del Ayuntamiento,

mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ================

HDA-050/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

mediante el cual se autoriza dar de baja del inventario Patrimonial bienes muebles

asignados a la Dirección de Policía Municipal y Desarrollo Social. CONSIDERANDO.-

Con fundamento en el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos y el artículo 117 fracción XII de la Constitución Política del

Estado de Guanajuato; los cuales establecen que los Municipios estarán investidos de

personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley; y que cada

Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el

emitir las resoluciones que afecten al patrimonio Municipal. Que mediante Oficios:

2739/2015-DCP, 2754/2015-DCP, 2777/2015-DCP, 2778/2015-DCP, 2838/2015-DCP y

2721/2015-DCP de fecha 03, 07, 10, 10, 16, Y 15 de diciembre del 2015, suscritos

por la Tesorera Municipal, solicita a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

pública, la baja por desuso, y robo y/o extravío de los siguientes artículos asignados a

la Dirección de Policía Municipal y Desarrollo Social, que a continuación se indican: =

Policía Municipal: oficio 2739/2015-DCP

Numero de

Inventario Descripción del bien

No. De

Serie

Valor en

Libros

1235-5006-00028-H Fusil AR-15 Marca Colt

LSL002673 $10,320.00

1235-5006-00087-H Fusil AR-15 Marca Colt

LGS006276 $10,320.00

1235-5007-00222-H Pistola calibre 38 Súper

Marca Llama

161803 $5,040.00

1235-5007-00223-H Pistola calibre 38 Súper

Marca Llama

161804 $5,040.00

Desarrollo social oficio 2754/2015-DCP

Numero de Inventario Descripción del bien Valor en

Libros

1215-1216-00797-Q Radio de Comunicaciones $3,315.26

Policía Municipal: oficio 2777/2015-DCP

Page 7: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

Numero de

Inventario Descripción del bien

Valor en

Libros

1212-0456-00279-T Lámpara de mano Marca

Streamlight $1,485.99

Policía Municipal: oficio 2778/2015-DCP

Numero de

Inventario Descripción del bien

Valor en

Libros

1212-0456-00339-T Lámpara de mano Marca

Streamlight $1,485.99

Policía Municipal: oficio 2838/2015-DCP

Numero de

Inventario Descripción del bien

Valor en

Libros

1212-0456-00137-R Lámpara de mano Marca

Streamlight $861.35

Policía Municipal: oficio 2721/2015-DCP

Numero de

Inventario Descripción del bien

No. De

Matricula

Valor en

Libros

1235-5007-

00565-V Pistola Glock 9mm

TAY117 $8,691.74

Lo anterior en razón de las solicitudes hechas por la Tesorera Municipal. Documentos

que se tienen por anexados y reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo

anterior y en virtud de que dichos bienes ya no existen físicamente, y fueron

denunciados los robos mediante averiguaciones previas ante el Ministerio Publico

respectivamente, además de que se cumplen con los criterios de baja de los bienes

muebles antes mencionados, motivo por el cual se hace ineludible la baja de los

mismos. Por lo antes expuesto y con la facultad que nos concede el artículo 76

fracción IV inciso j) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para

aprobar las bajas de los bienes muebles propiedad Municipal y con fundamento en el

artículo 81 de ese mismo ordenamiento legal esta Comisión: RESUELVE:

PRIMERO.- Se aprueba dar de baja del padrón de Bienes Muebles Propiedad

Municipal, los siguientes artículos: ==============================

Policía Municipal: oficio 2739/2015-DCP

Numero de

Inventario Descripción del bien

No. De

Serie

Valor en

Libros

Page 8: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

1235-5006-

00028-H Fusil AR-15 Marca Colt

LSL002673 $10,320.00

1235-5006-

00087-H Fusil AR-15 Marca Colt

LGS006276 $10,320.00

1235-5007-

00222-H

Pistola calibre 38 Súper

Marca Llama

161803 $5,040.00

1235-5007-

00223-H

Pistola calibre 38 Súper

Marca Llama

161804 $5,040.00

Desarrollo social oficio 2754/2015-DCP

Numero de Inventario Descripción del bien Valor en

Libros

1215-1216-00797-Q Radio de Comunicaciones $3,315.26

Policía Municipal: oficio 2777/2015-DCP

Numero de

Inventario Descripción del bien

Valor en

Libros

1212-0456-00279-T Lámpara de mano Marca

Streamlight $1,485.99

Policía Municipal: oficio 2778/2015-DCP

Numero de

Inventario Descripción del bien

Valor en

Libros

1212-0456-00339-T Lámpara de mano Marca

Streamlight $1,485.99

Policía Municipal: oficio 2838/2015-DCP

Numero de

Inventario Descripción del bien

Valor en

Libros

1212-0456-00137-R Lámpara de mano Marca

Streamlight $861.35

Policía Municipal: oficio 2721/2015-DCP

Numero de

Inventario Descripción del bien

No. De

Matricula

Valor en

Libros

1235-5007-

00565-V Pistola Glock 9mm

TAY117 $8,691.74

SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal a realizar los trámites

correspondientes para las bajas de los bienes muebles antes mencionados del

registro del padrón de bienes muebles propiedad municipal. TERCERO.- Se instruye

al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen

Page 9: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del

H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese

para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los

integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 11 de

enero del 2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena

Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del Pleno

del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- =====

Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

para dar de baja del inventario Patrimonial un bien mueble asignado a la Dirección

General de Desarrollo social. CONSIDERANDO.- Con fundamento en el artículo 115

fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo

117 fracción XII de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; los cuales

establecen que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán

su patrimonio conforme a la Ley; y que cada Municipio será gobernado por un

Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el emitir las resoluciones que afecten

al patrimonio Municipal. Que mediante Oficio: 2661/2015-DCP de fecha 24 de

noviembre del 2015, suscrito por la Tesorera Municipal, solicita a la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública que se estudie y dictamine la petición de baja

del inventario del padrón de bienes muebles propiedad municipal, que presentó el

Lic. Ignacio Lomelí Alejandre, entonces Director General de Desarrollo Social,

respecto del bien mueble que a continuación se indica: =================

Numero

de

inventario

Descripción del bien Número de serie Valor en Libros

1429 Automóvil Nissan

Tsuru Modelo 1999 3N1EB31S8XL089558 $102,000.00

Documento que se tiene por anexado y reproducido como si a la letra se insertare.

Por lo anterior y en virtud de que dicho bien ya no existe físicamente, se dictamina

como pérdida total (ROBO), además de que se cumple con los criterios de baja del

bien mueble, motivo por el cual se hace ineludible la baja del mismo. Por lo antes

expuesto y con la facultad que nos concede el artículo 76 fracción IV inciso j) de la

Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para aprobar las bajas de los

bienes muebles propiedad Municipal y con fundamento en el artículo 81 de ese

mismo ordenamiento legal esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se aprueba dar

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de baja, del padrón de Bienes Muebles Propiedad Municipal, el bien mueble que a

continuación se indica: ====================================

Numero

de

inventario

Descripción del bien Número de serie Valor en Libros

1429 Automóvil Nissan

Tsuru Modelo 1999 3N1EB31S8XL089558 $102,000.00

SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal a realizar el trámite correspondiente

para la baja del bien antes mencionado del Registro del Padrón de Bienes Muebles

Propiedad Municipal. TERCERO.- Se instruye al Secretario del Honorable

Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por

el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente

Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo

resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 11 de enero del 2016. Finalizada la

lectura del dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del

Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del Pleno del Ayuntamiento,

mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ================

HDA-052/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

mediante el cual se autoriza la baja y destrucción de UNIFORMES en desuso

asignados al INFOPOL. CONSIDERANDO.- 1.- Con fundamento en el artículo 115

fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo

117 fracción XII de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; los cuales

establecen que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán

su patrimonio conforme a la Ley; y que cada Municipio será gobernado por un

Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el emitir las resoluciones que afecten

al patrimonio Municipal. 2.- Que con Oficio: 8321/FP/2015 de fecha 30 de noviembre

del 2015, suscrito por el Director de INFOPOL, donde solicita a la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, la baja de uniformes y calzado del personal

del Instituto que se encuentran en mal estado (están rotos, decolorados y

despastados por el uso continuo) por lo que ya no son susceptibles de uso, y que son

los siguientes: ==========================================

CONCEPTO FECHA DE ADQUISICION CANTIDAD

Pantalón Comando Negro Junio del 2010 26

Pantalón Comando Azul Junio del 2010 50

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Playera Polo Azul Junio del 2010 22

playera Polo Negra Junio del 2010 8

Playera Polo Gris Junio del 2010 12

Camisola Negra Junio del 2010 85

Pants Gris Junio del 2010 60

Sudadera Gris Junio del 2010 155

Chamarra Azul Junio del 2010 98

Cuartelera Negra Junio del 2010 45

Cuartelera Azul Junio del 2010 40

Overoles Azules Junio del 2010 46

Camisola Azul con escudo

de Celaya

Junio del 2010 82

Camisola Negra con escudo

de Celaya

Junio del 2010 25

Pantalón de Vestir Azul Junio del 2010 124

Pares de Botas Mayo del 2014 40

TOTAL DE PIEZAS 918

Documento que se tiene por anexado y reproducido como si a la letra se insertare.

3.- Por lo anterior y en virtud de que dichos bienes ya no so susceptibles de uso, se

dictaminan como destrucción total, además de que se cumplen con los criterios de

baja de los bienes muebles, motivo por el cual se hace ineludible la baja de los

mismos. Por lo antes expuesto y con la facultad que nos concede el artículo 76

fracción IV inciso j) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para

aprobar las bajas de los bienes muebles propiedad Municipal y con fundamento en el

artículo 81 de ese mismo ordenamiento legal esta Comisión: RESUELVE:

PRIMERO.- se autoriza la baja y destrucción de UNIFORMES en desuso asignados al

INFOPOL., descritos a continuación: =========================

CONCEPTO FECHA DE

ADQUISICION

CANTIDAD

Pantalón Comando Negro Junio del 2010 26

Pantalón Comando Azul Junio del 2010 50

Playera Polo Azul Junio del 2010 22

playera Polo Negra Junio del 2010 8

Playera Polo Gris Junio del 2010 12

Camisola Negra Junio del 2010 85

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Pants Gris Junio del 2010 60

Sudadera Gris Junio del 2010 155

Chamarra Azul Junio del 2010 98

Cuartelera Negra Junio del 2010 45

Cuartelera Azul Junio del 2010 40

Overoles Azules Junio del 2010 46

Camisola Azul con escudo

de Celaya

Junio del 2010 82

Camisola Negra con

escudo de Celaya

Junio del 2010 25

Pantalón de Vestir Azul Junio del 2010 124

Pares de Botas Mayo del 2014 40

TOTAL DE PIEZAS 918

SEGUNDO.- Se instruye al INFOPOL a realizar el trámite correspondiente para la

baja y destrucción de los bienes antes mencionados del Registro del Padrón de su

inventario en su caso., así como solicitar el apoyo de la Dependencia correspondiente

para su destino final de deshecho. TERCERO.- Se instruye al Secretario del

Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo

establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado

de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H.

Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para

su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los

integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 11 de

enero del 2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena

Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del Pleno

del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- =====

HDA-053/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

mediante el cual se autorizan los subsidios a las instituciones de beneficencia social,

por el periodo ENERO-FEBRERO del 2016. CONSIDERANDO.- Con la facultad que

confieren los artículos 115, fracciones I, II y IV, inciso c), último párrafo de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 121 de la Constitución Política

para el Estado de Guanajuato y 76, fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato; el Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer los

recursos que integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa o bien, por

quien éste autorice conforme a la Ley. Que en la Séptima Sesión Ordinaria de

Ayuntamiento de fecha 10 de diciembre del 2015, se aprobó el Dictamen HDA-

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048/2015, mediante el cual se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el

ejercicio Fiscal 2016, mismo que contiene la partida presupuestal para otorgar los

subsidios a la instituciones de beneficencia social. Ahora bien, en reunión de la

comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, de fecha 18 de enero del 2016,

se ratificaron los subsidios para las Instituciones únicamente por el periodo enero-

febrero del 2016. Con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se

autorizan los subsidios a las instituciones de beneficencia social, por el periodo

ENERO-FEBRERO del 2016., siendo las siguientes: =====================

INSTITUCIÓN IMPORTE

MENSUAL

AGRUPACIÓN PRO SENECTUD DE CELAYA, A.C. $1,100.00

CARA FELIZ $2,100.00

CENTRO DE REHABILITACIÓN CELAYA (APAC) $50,000.00

ESCUELA DE EDUCACIÓN ESPECIAL MARIANA $25,000.00

ASOCIACIÓN DE DAMAS VOLUNTARIAS DEL HOSPITAL CIVIL

REGIONAL, A.C. unidad hemodiálisis $60,000.00

PRO INVIDENTES Y DÉBILES VISUALES ASOCIACIÓN CIVIL $8,500.00

SOCIEDAD PROTECTORA DE ANIMALES $4,000.00

CRUZ ROJA MEXICANA $100,000.00

ORIENTACION JUVENIL FEMENINA CASA DE JESÚS $3,100.00

PATRONATO DE TELEVISIÓN CULTURAL DE GUANAJUATO (TV

ONCE) $5,000.00

ASOCIACIÓN PLÁSTICA CELAYENSE, A.C. $3,000.00

LICONSA, S.A. DE C.V. $2,000.00

PATRONATO DEL CENTRO DE INTEGRACION JUVENIL DE

CELAYA $20,000.00

ASILO DE ANCIANOS DE CELAYA, A.C. $6,000.00

CENTRO DE AYUDA PARA LA MUJER LATINOAMERICANA $12,500.00

HOGAR DEL POBRE, A.C. $5,000.00

AMANC ASOCIACIÓN MEXICANA DE AYUDA A NIÑOS CON

CÁNCER A.C. $20,800.00

PATRONATO HOSPITAL GENERAL DE CELAYA, A.C.

(ALBERGUE) $15,000.00

CIELO ABIERTO $80,000.00

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MISIÓN CARIDAD $5,000.00

ASOCIACIÓN PRO-AYUDA Y ORIENTACIÓN PARA JUBILADOS

PENSIONADOS Y ADULTOS MAYORES, A.C. $2,500.00

CENTRO NUTRICIONAL DE CELAYA, A.C. $10,000.00

FUNDACIÓN ADIS APOYANDO LA DISCAPACIDAD $8,500.00

PROSPERA (ANTES OPORTUNIDADES) $8,000.00

PATRONATO DE LA CIUDAD DEL NIÑO DE CELAYA, A.C. $8,000.00

POR UNA OPORTUNIDAD SUPERVISADA $3,000.00

AMIGOS PARA SIEMPRE IAP. $10,000.00

EL ARTE DE CREAR, IMAGINAR Y VIVIR $10,000.00

CONSERVATORIO DE MUSICA Y ARTES DE CELAYA $83,333.00

SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal dar la suficiencia presupuestal para

realzar los pagos correspondientes a cada una de las Instituciones enunciadas en el

resolutivo anterior, conforme a los convenios elaborados por la Oficialía Mayor.

TERCERO.- Se instruye a la Oficialía Mayor, elaborar los convenios correspondientes

con cada una de las instituciones, firmando dicho convenio únicamente entre la

Oficialía Mayor y los interesados. CUARTO.- Se solicita a las instituciones

beneficiadas, hagan entrega de la documentación solicitada por la Oficialía Mayor,

previo a la firma del convenio. QUINTO.- Se instruye a la Secretaría del H.

Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV

de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. SEXTO.- Sométase a la

consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su

aprobación. SEPTIMO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y

firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda,

Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 18 de enero del 2016. Finalizada la lectura del

dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento,

procede a someterlo a consideración del Pleno del Ayuntamiento, mismo que se

aprueba por unanimidad de los presentes.- =========================

HDA-054/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

mediante el cual se autorizan las AYUDAS económicas a Personas Físicas por el

periodo ENERO-JUNIO del 2016. CONSIDERANDO.- Con la facultad que confieren

los artículos 115, fracciones I, II y IV, inciso c), último párrafo de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, 121 de la Constitución Política para el

Estado de Guanajuato y 76 fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato; el Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer los recursos

que integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa o bien, por quien éste

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autorice conforme a la Ley. Que en la Séptima Sesión Ordinaria de Ayuntamiento de

fecha 10 de diciembre del 2015, se aprobó el Dictamen HDA-048/2015, mediante el

cual se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el ejercicio Fiscal 2016,

mismo que contempla el recurso económico para las Ayudas a las personas físicas.

Que mediante las solicitudes de apoyo económico para personas con diversos

diagnósticos médicos y de escasos recursos, con enfermedades de tratamiento

prolongado y de altos costos (insuficiencia renal, entre otros), lo anterior es con la

finalidad de que se realice un estudio socioeconómico a estas personas y se pueda

determinar si son candidatas a recibir el apoyo en mención. Por lo que se analizaron

los estudios socioeconómicos de cada una de las personas que necesitan del apoyo

económico, para que en el seno de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, sea autorizado el apoyo a estas personas por un periodo de 6 meses

solamente y dejar transcurrir dos años para volver a solicitar nuevamente el apoyo.

Por lo anterior y toda vez que existe suficiencia presupuestal, y con fundamento en el

artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta

Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza otorgar las AYUDAS económicas a

Personas Físicas por el periodo ENERO-JUNIO del 2016, siendo las siguientes: ====

No. NOMBRE DE LA PERSONA FISICA

IMPORTE

AYUDA

MENSUAL

1 MA. DEL PUEBLITO SERRANO HERRERA $1,500.00

2 RAÚL NAVARRETE ÁLVAREZ $1,500.00

3 SUSAN JAQUELINE CALDERÓN FLORES $1,500.00

4 YURITZA AGUIIRE MORALES $1,500.00

5 MARINA RODRÍGUEZ $1,500.00

6 CLAUDIA ALICIA LUCIO GONZÁLEZ $1,500.00

7 MARÍA GUADALUPE FLORES SEGOVIANO $1,500.00

8 ALMA ROSA ÁLVAREZ CAMPOS $1,500.00

9 EDUVIGES MELGAR MARTÍNEZ $1,500.00

10 CLEMENTINA PÉREZ MORALES $1,500.00

11 GUILLERMINA SÁNCHEZ RODRÍGUEZ $1,500.00

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12 RIVERA MA. PETRA $1,500.00

13 JOSEFINA TIERRABLANCA HERNÁNDEZ $1,500.00

14 MARÍA ROSARIO PANTOJA GODOY $1,500.00

15 MARÍA EUFROSINA BELTRÁN RODRÍGUEZ $1,500.00

16 CAROLINA QUEVEDO ARREAGA $1,500.00

17 GLORIA LETICIA GONZÁLEZ RAMÍREZ $1,500.00

18 ISMAEL YÉPEZ RAMÍREZ $1,500.00

19 ELEUTERIO VALLEJO RUFINO $1,500.00

20 MARGARITA VILLALOBOS RÍOS $1,500.00

21 CECILIA OLVERA LÓPEZ $1,500.00

22 DAVID ISMAEL ESTRELLA RODRÍGUEZ $1,500.00

23 MARGARITA JAIMES GONZÁLEZ $1,500.00

24 MA. GUADALUPE OLVERA GONZÁLEZ $1,500.00

25 MARÍA POMPELLA MOLINA $1,500.00

26 PEDRO ENRIQUE RUÍZ ÁVILA $1,500.00

27 LESVIA LANDÍN $1,500.00

28 ROSAURA CRUZ DURÁN $1,500.00

29 EDNA FLORA MARTÍNEZ CORNEJO $1,500.00

30 VICENTE RANGEL MACÍAS $1,500.00

31 MARÍA DE LOURDES GÓMEZ SOLIS $1,500.00

32 JOSÉ OMAR CASTAÑÓN MÉNEZ $1,500.00

33 JUANA IMELDA MONTELONGO HERNÁNDEZ $1,500.00

34 MARÍA MERCEDES CARRANCO MANZANARES $1,500.00

35 MIGUEL ÁNGEL VILLAGÓMEZ URRUTIA $1,500.00

36 JOSÉ MANUEL VARGAS PÉREZ $1,500.00

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37 MARÍA EDITH RUBIO CÁRDENAS $1,500.00

38 DANIEL SÁNCHEZ ESPINOSA $1,500.00

39 RAMÓN SÁNCHEZ RAYAS $1,500.00

40 MARÍA MARGARITA RAMÍREZ RIVERA $1,500.00

41 TERESITA QUINTANAL GARCÍA $1,500.00

42 JUANA NAVARRETE MEDINA $1,500.00

43 GREGORIO TIERRABLANCA MARTÍNEZ $1,500.00

44 MARISOL CALDERÓN HERNÁNDEZ $1,500.00

45 MARÍA DE LOURDES PANIAGUA LAZARINI $1,500.00

La AYUDA económica será por el periodo ENERO-JUNIO del 2016

únicamente. SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal otorgar la suficiencia

correspondiente y efectuar los pagos correspondientes a cada una de las Personas

Físicas enunciadas en el resolutivo anterior, con cargo a la partida 31111-0601-

U0136-4411 denominada Gastos relacionados con actividades culturales, deportivas y

de ayuda extraordinaria, conforme a los convenios elaborados por la Oficialía Mayor.

TERCERO.- Se instruye a la Oficialía Mayor elaborar los convenios correspondientes

con cada una de las Personas Físicas beneficiadas y en su caso con su tutor y/o

representante, con cargo a la partida 31111-0601-U0136-4411 denominada Gastos

relacionados con actividades culturales, deportivas y de ayuda extraordinaria,

firmando dicho convenio únicamente entre la Oficialía Mayor y los interesados, por un

periodo de 6 seis meses comprendido por el periodo ENERO-JUNIO del 2016,

pudiendo ser renovado pasado el tiempo de 2 dos años. CUARTO.- Se instruye a la

Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo

128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

QUINTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente

dictamen para su aprobación. SEXTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo

resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 18 de enero del 2016. Finalizada la

lectura del dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del

Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del Pleno del Ayuntamiento,

mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ================

HDA-055/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

mediante el cual se autoriza dar de baja del inventario patrimonial bienes muebles

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asignados a la Dirección de Policía Municipal. CONSIDERANDO.- Con fundamento

en el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos y el artículo 117 fracción XII de la Constitución Política del Estado de

Guanajuato; los cuales establecen que los Municipios estarán investidos de

personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley; y que cada

Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el

emitir las resoluciones que afecten al patrimonio Municipal. Que mediante Oficios:

2683/2015-DCP, 2684/2015-DCP, y 2751/2015-DCP de fecha 15 de diciembre del

2015, suscritos por la Tesorera Municipal, solicita a la Comisión de Hacienda,

Patrimonio y Cuenta pública, la baja por desuso, y robo y/o extravío de los siguientes

artículos asignados a la Dirección de Policía Municipal, que a continuación se indican:

Policía Municipal: oficio 2683/2015-DCP.- ==========================

Numero de Inventario Descripción del bien Valor en

Libros

1232-4416-01451-W Chaleco Balístico $12,528.00

Policía Municipal: oficio 2684/2015-DCP.- ==========================

Numero de Inventario Descripción del bien Valor en

Libros

1232-4416-00659-S Chaleco Antibalas $10,900.00

Policía Municipal: oficio 2751/2015-DCP.- ========================

Numero de Inventario Descripción del bien Valor en

Libros

1232-4416-01054-T Chaleco Antibalas $9,268.40

Lo anterior en razón de las solicitudes hechas por la Tesorera Municipal. Documentos

que se tienen por anexados y reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo

anterior y en virtud de que dichos bienes ya no existen físicamente, y fueron

denunciados los robos mediante averiguaciones previas ante el Ministerio Público

respectivamente, además de que se cumplen con los criterios de baja de los bienes

muebles antes mencionados, motivo por el cual se hace ineludible la baja de los

mismos. Por lo antes expuesto y con la facultad que nos concede el artículo 76

fracción IV inciso j) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para

aprobar las bajas de los bienes muebles propiedad Municipal y con fundamento en el

artículo 81 de ese mismo ordenamiento legal esta Comisión: RESUELVE:

PRIMERO.- Se aprueba dar de baja del padrón de Bienes Muebles Propiedad

Municipal, los siguientes artículos: ==============================

Policía Municipal: oficio 2683/2015-DCP.- =======================

Page 19: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

Numero de Inventario Descripción del bien Valor en

Libros

1232-4416-01451-W Chaleco Balístico $12,528.00

Policía Municipal oficio 2684/2015-DCP.- ========================

Numero de Inventario Descripción del bien Valor en

Libros

1232-4416-00659-S Chaleco Antibalas $10,900.00

Policía Municipal: oficio 2751/2015-DCP.- ========================

Numero de Inventario Descripción del bien Valor en

Libros

1232-4416-01054-T Chaleco Antibalas $9,268.40

SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal a realizar los trámites

correspondientes para las bajas de los bienes muebles antes mencionados del

registro del padrón de bienes muebles propiedad municipal. TERCERO.- Se instruye

a la Oficialía Mayor realizar los descuentos correspondientes de acuerdo a lo

establecido en el resolutivo primero del Dictamen HDA-062/2007, a cada uno de los

responsables del bien. CUARTO.- Se instruye al Secretario del Honorable

Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por

el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

QUINTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente

Dictamen para su aprobación. SEXTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo

resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 18 de enero del 2016. Finalizada la

lectura del dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del

Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del Pleno del Ayuntamiento,

mismo que se aprueba por Mayoría Calificada, con 12 votos a favor y 03 votos en

contra, siendo los votos en contra el de la Regidora, Lic. Montserrat Vázquez

Acevedo; Regidor, LAE. Jorge Montes González, Regidora, L.C. María Eloísa Cholico

Torres. ==============================================

HDA-056/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

mediante el cual se autoriza dar de baja del inventario Patrimonial bienes muebles

asignados a la Dirección de Policía Municipal. CONSIDERANDO.- Con fundamento

en el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos y el artículo 117 fracción XII de la Constitución Política del Estado de

Guanajuato; los cuales establecen que los Municipios estarán investidos de

personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley; y que cada

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Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el

emitir las resoluciones que afecten al patrimonio Municipal. Que mediante Oficios:

2662/2015-DCP, y 2809/2015-DCP de fecha 15 de diciembre del 2015, suscritos por

la Tesorera Municipal, solicita a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

pública, la baja por desuso, y robo y/o extravío de los siguientes artículos asignados a

la Dirección de Policía Municipal, que se describen en los oficios antes citados a

supralíneas: ============================================

Policía Municipal: oficio 2662/2015-DCP.- ==========================

Numero de Inventario Descripción del bien Valor en Libros

1215-1276-00001-R Panel de Alarma $3,903.40

Policía Municipal: oficio 2809/2015-DCP. ======================

No. Número de

inventario Descripción del bien

Valor en

Libros

No. de

Factura

1 1211-0004-

00007-D Mesa para impresora $ 115.50 2752

2 1211-0010-

00377-Q Regulador de voltaje $ 829.98 1216

3 1211-0044-

00290-I CPU $ 9,308.61 10787

4 1212-0456-

00027-R

Lámpara de mano

Spotlight $ 899.00

16434

D

5 1212-0456-

00216-R

Lámpara de mano

Blackhawk $ 861.35 270

6 1212-0456-

00217-R

Lámpara de mano

Blackhawk $ 861.35 270

7 1212-0456-

00218-R

Lámpara de mano

Blackhawk $ 861.35 270

8 1212-0456-

00219-R

Lámpara de mano

Blackhawk $ 861.35 270

9 1214-0801-

00199-B

Archivero PM Steele de

4 gavetas $ 503.91 30810

10 1214-0802-

00048-H

Banca de madera

c/estructura metálica $ 552.00 1558

11 1214-0818-

00031-A Estante de 7 entrepaños $ 54.29 630

12 1215-1224- Video cámara Sony $ 099

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00016-L 12,650.00

13 1215-1224-

00027-P Video cámara canon $ 6,529.86 41458

14 1217-1603-

00003-I

Luces estroboscópicas

azul y rojo $ 1,722.24 111

15 1217-1603-

00004-I

Luces estroboscópicas

azul y rojo $ 1,722.24 111

16 1217-1603-

00027-O

Luces estroboscópicas

azul y rojo $ 2,300.00 3912

17 1217-1603-

00035-R

Luces estroboscópicas

azul y rojo $ 3,424.91 125

18 1232-4416-

00530-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

19 1232-4416-

00540-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

20 1232-4416-

00548-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

21 1232-4416-

00563-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

22 1232-4416-

00569-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

23 1232-4416-

00570-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

24 1232-4416-

00571-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

25 1232-4416-

00572-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

26 1232-4416-

00573-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

27 1232-4416-

00574-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

28 1232-4416-

00575-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

29 1232-4416-

00761-S Chaleco Antibalas

$

10,900.00 1373

30 1232-4416- Chaleco Antibalas $ 1376

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00807-S 10,900.00

31 1232-4429-

00003-P Pistola Gotcha $ 4,232.00 003

32 1232-4429-

00004-P Pistola Gotcha $ 4,232.00 003

33 1232-4429-

00006-P Pistola Gotcha $ 4,232.00 003

34 1232-4429-

00008-P Pistola Gotcha $ 4,232.00 003

35 1232-4429-

00009-P Pistola Gotcha $ 4,231.99 003

36 1232-4429-

00010-P Pistola Gotcha $ 4,231.99 003

37 1244-6200-

00198-S

Cámara fotográfica

Benq $ 1,763.50 2241

38 1244-6202-

00031-P Proyector Sony

$

16,740.00 814

39 1214-0832-

00137-F Mesa de trabajo $ 396.00 730

40 1214-0857-

00439-Q Sillón semiejecutivo $ 944.98 6740

41 1237-5511-

00001-A Barra (herramienta) 0.00

Sin

factura

42 1214-0804-

00073-A Cesto para basura 0.00

Sin

factura

43 1214-0818-

00037-A

Estante metálico de 4

entrepaños 0.00

Sin

factura

Lo anterior en razón de las solicitudes hechas por la Tesorera Municipal. Documentos

que se tienen por anexados y reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo

anterior y en virtud de que dichos bienes ya no existen físicamente, y fueron

denunciados los robos mediante averiguaciones previas ante el Ministerio Publico

respectivamente, además de que se cumplen con los criterios de baja de los bienes

muebles antes mencionados, motivo por el cual se hace ineludible la baja de los

mismos. Por lo antes expuesto y con la facultad que nos concede el artículo 76

fracción IV inciso j) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para

aprobar las bajas de los bienes muebles propiedad Municipal y con fundamento en el

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artículo 81 de ese mismo ordenamiento legal esta Comisión: RESUELVE:

PRIMERO.- Se aprueba dar de baja del padrón de Bienes Muebles Propiedad

Municipal, los siguientes artículos: ==============================

Policía Municipal: oficio 2662/2015-DCP. ===========================

Numero de Inventario Descripción del bien Valor en Libros

1215-1276-00001-R Panel de Alarma $3,903.40

Policía Municipal: oficio 2809/2015-DCP.- ======================

No. Número de

inventario Descripción del bien

Valor en

Libros

No. de

Factura

1 1211-0004-

00007-D Mesa para impresora $ 115.50 2752

2 1211-0010-

00377-Q Regulador de voltaje $ 829.98 1216

3 1211-0044-

00290-I CPU $ 9,308.61 10787

4 1212-0456-

00027-R

Lámpara de mano

Spotlight $ 899.00

16434

D

5 1212-0456-

00216-R

Lámpara de mano

Blackhawk $ 861.35 270

6 1212-0456-

00217-R

Lámpara de mano

Blackhawk $ 861.35 270

7 1212-0456-

00218-R

Lámpara de mano

Blackhawk $ 861.35 270

8 1212-0456-

00219-R

Lámpara de mano

Blackhawk $ 861.35 270

9 1214-0801-

00199-B

Archivero PM Steele de

4 gavetas $ 503.91 30810

10 1214-0802-

00048-H

Banca de madera

c/estructura metálica $ 552.00 1558

11 1214-0818-

00031-A Estante de 7 entrepaños $ 54.29 630

12 1215-1224-

00016-L Video cámara Sony

$

12,650.00 099

13 1215-1224-

00027-P Video cámara canon $ 6,529.86 41458

14 1217-1603- Luces estroboscópicas $ 1,722.24 111

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00003-I azul y rojo

15 1217-1603-

00004-I

Luces estroboscópicas

azul y rojo $ 1,722.24 111

16 1217-1603-

00027-O

Luces estroboscópicas

azul y rojo $ 2,300.00 3912

17 1217-1603-

00035-R

Luces estroboscópicas

azul y rojo $ 3,424.91 125

18 1232-4416-

00530-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

19 1232-4416-

00540-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

20 1232-4416-

00548-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

21 1232-4416-

00563-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

22 1232-4416-

00569-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

23 1232-4416-

00570-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

24 1232-4416-

00571-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

25 1232-4416-

00572-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

26 1232-4416-

00573-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

27 1232-4416-

00574-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

28 1232-4416-

00575-R Chaleco Balístico

$

14,375.00 277

29 1232-4416-

00761-S Chaleco Antibalas

$

10,900.00 1373

30 1232-4416-

00807-S Chaleco Antibalas

$

10,900.00 1376

31 1232-4429-

00003-P Pistola Gotcha $ 4,232.00 003

32 1232-4429- Pistola Gotcha $ 4,232.00 003

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00004-P

33 1232-4429-

00006-P Pistola Gotcha $ 4,232.00 003

34 1232-4429-

00008-P Pistola Gotcha $ 4,232.00 003

35 1232-4429-

00009-P Pistola Gotcha $ 4,231.99 003

36 1232-4429-

00010-P Pistola Gotcha $ 4,231.99 003

37 1244-6200-

00198-S

Cámara fotográfica

Benq $ 1,763.50 2241

38 1244-6202-

00031-P Proyector Sony

$

16,740.00 814

39 1214-0832-

00137-F Mesa de trabajo $ 396.00 730

40 1214-0857-

00439-Q Sillón semiejecutivo $ 944.98 6740

41 1237-5511-

00001-A Barra (herramienta) 0.00

Sin

factura

42 1214-0804-

00073-A Cesto para basura 0.00

Sin

factura

43 1214-0818-

00037-A

Estante metálico de 4

entrepaños 0.00

Sin

factura

SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal a realizar los trámites

correspondientes para las bajas de los bienes muebles antes mencionados del

registro del padrón de bienes muebles propiedad municipal. TERCERO.- Se instruye

al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen

conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del

H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese

para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los

integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 18 de

enero del 2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena

Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del Pleno

del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- =====

HDA-057/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

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mediante el cual se autoriza el inicio del Procedimiento de Reversión de un bien

inmueble donado a favor de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de

Celaya, ubicado en la calle Fundación sin número, Zona Centro de esta ciudad de

Celaya, Gto. CONSIDERANDO.- 1.- Que con fundamento en el artículo 115, fracción

I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 117,

fracción XII de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; los cuales

establecen que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán

su patrimonio, conforme a la Ley y que cada Municipio será gobernado por un

Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el emitir las resoluciones que afecten

al patrimonio Municipal. 2.- Que con apoyo en lo dispuesto por los artículos 76,

fracción IV, inciso h), 207 fracción III y 208 de la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato, los cuales señalan que dentro de las atribuciones de los

Ayuntamientos en materia de Hacienda Pública Municipal encontramos el ejercer la

reversión de los bienes donados; también se precisa que los bienes del Municipio

donados, revertirán a su patrimonio cuando no se inicie la obra en el término

especificado y además se establece el procedimiento de reversión de aquellos bienes

inmuebles propiedad municipal que fueron donados a alguna Institución Pública ó

Privada mismo que será iniciado y tramitado por la dependencia Municipal que el

Ayuntamiento determine mediante el dictamen correspondiente. 3.- Que mediante

oficio 2692/2015-DCP de fecha 27 de noviembre del 2015, suscrito por la Tesorera

Municipal informa sobre la donación hecha a favor de la Junta Municipal de Agua

Potable y Alcantarillado de Celaya lo siguiente: Mediante Decreto número 292 de la

Quincuagésima Novena Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de

Guanajuato, autorizó la donación en favor del Municipio de Celaya, Guanajuato, de un

bien inmueble ubicado en la calle Fundación sin número, Zona Centro de esta ciudad,

con una superficie de 17,000.00 m2. En escritura pública número 39,807 de fecha 28

de febrero del 2007, pasada ante la fe del Licenciado Enrique Jiménez Lemus, Notario

Público número 3 con ejercicio en este Partido Judicial, inscrita en el Registro Público

de la Propiedad con el Folio Real R7*16791 consta la donación del Gobierno del

Estado a favor del Municipio de Celaya, respecto al inmueble mencionado. Es así

como el Municipio de Celaya mediante escritura pública número 39,808 de fecha 28

de Febrero del 2007, pasada ante la fe del Licenciado Enrique Jiménez Lemus,

Notario Público número 3 con ejercicio en este Partido Judicial, inscrita en el Registro

Público de la Propiedad con el Folio Real R7*16791, dona a favor de la Junta

Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Celaya, el inmueble en mención para

ser destinado a la construcción de oficinas, instalaciones y un estacionamiento para el

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organismo municipal operador de agua potable, así como a la creación de un parque

urbano a través de áreas verdes para esparcimiento de los habitantes que viven en

esa zona. Ahora bien, la Tesorería Municipal manifiesta que a la fecha y después de

realizar la correspondiente inspección física en el inmueble ubicado en calle

Fundación sin número, Zona Centro, de esta Ciudad, no se aprecia ninguna actividad

por parte del citado Organismo Público tendiente a cumplir dicha condición. En virtud

a lo anterior se solicita se inicie el proceso de reversión del inmueble ubicado en la

calle Fundación sin número, Zona Centro de esta ciudad de Celaya, Gto., esto “En el

supuesto de que el bien donado se utilice a un fin distinto al autorizado, o que no se

inicie la obra en un plazo de un año y no se concluya en un plazo de dos años, el

bien donado revertirá a favor del municipio en el estado en que se encuentre.

Documento que se anexa y se tiene por reproducido como si a la letra se insertare.

Por lo que, en mérito de lo antes expuesto y con la facultad que nos conceden los

artículos 76 fracción IV inciso h), 81, 206, 207 fracción III, y 208 de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato; está Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se

aprueba el Inicio del Procedimiento de Reversión, del bien inmueble propiedad

Municipal, que fue donado a favor de la Junta Municipal de Agua Potable y

Alcantarillado de Celaya, Gto., ubicado en la calle Fundación sin número, Zona Centro

de esta ciudad de Celaya, Gto., con una superficie de 17,000.00 m2., con las

siguientes medidas y colindancias: Al Norte: 41.51 mts. con parte que se reserva la

donante, actualmente con Fraccionamiento Las Alamedas. Al Sur: 86.53 mts. con

calle Fundación. Al Oriente: De Sur a Norte 146.35 mts., quiebra al Poniente en

38.29 mts., continua al Norte en 45.97 mts., ligero quiebre al Noroeste en 50.60 mts.

con Compañía Molinera Del Bajío, S.A. actualmente con Fraccionamiento Las

Alamedas. Al Poniente: De Norte a Sur 63.61 mts. y un ligero quiebre al Sureste en

178.51 mts. con sucesión de Luis H. González, actualmente Fraccionamiento Arcada

Alameda. SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección Jurídica, ratifique la inspección

física en el domicilio ubicado en la calle Fundación sin número, Zona Centro de esta

ciudad de Celaya, Gto., con una superficie de 17,000.00 m2. y levante Acta

Circunstanciada fundada y motivada, tomando como base el apartado de los

considerandos del mismo, el cual ha de servir como orden de inspección; y una vez

levantada el Acta mencionada notifique el Acuerdo al Donatario, otorgándole un plazo

de 10 (diez) días hábiles, para que manifieste lo que a su interés convenga, así

mismo remita copia al H. Ayuntamiento por conducto de la Comisión de Hacienda,

Patrimonio y Cuenta Pública; lo anterior para dar cabal cumplimiento con lo

establecido en las fracciones II, III y IV del artículo 208 de la Ley Orgánica Municipal

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para el Estado de Guanajuato. TERCERO.- Se instruye al Secretario del Honorable

Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por

el artículo 128 fracción IV, de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento

el presente Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su

cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes

de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 18 de Enero del

2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano,

Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del Pleno del

Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- =======

HDA-058/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

mediante el cual se autoriza una Prórroga a favor del Consejo Nacional de Fomento

Educativo Delegación Guanajuato (CONAFE). CONSIDERANDO.- 1.- Que con

fundamento en el artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, 117 fracción XII de la Constitución Política para el Estado

de Guanajuato, los cuales establecen que los Municipios estarán investidos de

personalidad jurídica y manejarán su patrimonio, conforme a la Ley y que cada

Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el

emitir las resoluciones que afecten al patrimonio Municipal. 2.- Que con apoyo en lo

dispuesto por el artículo 58 fracción III del Reglamento de Bienes Muebles e

Inmuebles del Patrimonio Municipal de Celaya, Guanajuato, y 76 fracción IV inciso h),

207 fracción III y 208 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, los

cuales señalan que dentro de las atribuciones de los Ayuntamientos en materia de

Hacienda Pública Municipal encontramos el ejercer la reversión de los bienes

donados; también se precisa que los bienes del Municipio donados, revertirán a su

patrimonio cuando no se inicie la obra en el término especificado y además se

establece el procedimiento de reversión de aquellos bienes inmuebles propiedad

municipal que fueron donados a alguna Institución Pública ó Privada mismo que será

iniciado y tramitado por la dependencia Municipal que el Ayuntamiento determine

mediante el Dictamen correspondiente. 3.- Que con Oficio No. DCG/R-5/158/2015 de

fecha 10 de diciembre del 2015, suscrito por el LEF. Alejandro Delgado Martínez,

Coordinador Regional del Consejo Nacional de Fomento Educativo Delegación

Guanajuato (CONAFE), solicita se le conceda una prórroga de 24 meses para

gestionar la Construcción de la 3ª y 4ª etapa, asi como la conclusión de los trabajos.

Documento que se tiene por anexado y reproducido como si a la letra se insertare.

4.- Que en reunión de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública de fecha

Page 29: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

18 de Enero del 2016, se analizaron los motivos de su solicitud, y sustentada en el

artículo 206 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. Por lo que,

en mérito de lo antes expuesto y con la facultad que nos otorgan los artículos 76

fracción IV inciso g) y 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato

esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza una prórroga de 2 (dos) años

contados a partir de la aprobación del presente Dictámen ante el Pleno del H.

Ayuntamiento, a favor de del Consejo Nacional de Fomento Educativo Delegación

Guanajuato (CONAFE) del predio que les fue donado y el cual se encuentra ubicado

en la Manzana 9 del Fraccionamiento La Esperanza de la Ex hacienda de San Juanico

de este Municipio de Celaya, Gto., con una superficie de 2,250.11 m2. SEGUNDO.-

El Objeto es para la construcción de oficinas regionales del CONAFE, un Centro de

capacitación regional y una Bodega o Almacén Estatal. TERCERO.- En el supuesto

de que el bien inmueble donado se utilice a un fin distinto al autorizado, o que no se

inicie la obra o no se concluya en el plazo establecido en el Resolutivo Primero del

presente Dictamen, el bien donado revertirá a favor del Municipio, en el estado en

que se encuentre. CUARTO.- Se instruye a la Tesorería Municipal a través de la

Dirección de Control Patrimonial lleve a cabo la revisión de la construcción

mencionada, de acuerdo a lo establecido por el Resolutivo Primero del Presente

Dictamen. QUINTO.- Se instruye al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé

cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por el artículo 128

fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. SEXTO.-

Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen

para su aprobación. SÉPTIMO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron

y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda,

Patrimonio y Cuenta Pública, el 18 de Enero del 2016. Finalizada la lectura del

dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento,

procede a someterlo a consideración del Pleno del Ayuntamiento, mismo que se

aprueba por unanimidad de los presentes.- =========================

HDA-059/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

mediante el cual se ratifica el comodato del área verde propiedad Municipal ubicada

en las calles Hacienda de la Erre y Hacienda Santa Lucía en el Fraccionamiento

Praderas de la Hacienda, a favor de la Asociación de Colonos del Fraccionamiento

Praderas de la Hacienda, A.C. CONSIDERANDO.- 1.- Que con fundamento en el

artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, 117 fracción XII de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato,

los cuales establecen que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y

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manejarán su patrimonio, conforme a la Ley y que cada Municipio será gobernado

por un Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el emitir las resoluciones que

afecten al patrimonio Municipal. 2.- Que el artículo 51 del Reglamento de Bienes

Muebles e Inmuebles del Patrimonio Municipal de Celaya, Gto., y 206 de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, mencionan que el Ayuntamiento

podrá otorgar en Comodato previo acuerdo de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y

Cuenta Pública por mayoría calificada de sus integrantes, cuando estos sean a favor

de Instituciones Públicas o Privadas, que representen un beneficio social para el

Municipio y que no persigan fines de lucro; así mismo se establecerá los términos y

condiciones que aseguren el cumplimiento del beneficio social que se persigue con la

donación o el comodato, los que se insertaran textualmente en el acuerdo y el

contrato respectivo. 3.- Que con apoyo en lo dispuesto por el artículo 58 fracción III

del Reglamento de Bienes Muebles e Inmuebles del Patrimonio Municipal de Celaya,

Guanajuato, y 76 fracción IV inciso h), 207 fracción III y 208 de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato, los cuales señalan que dentro de las

atribuciones de los Ayuntamientos en materia de Hacienda Pública Municipal

encontramos el ejercer la reversión de los bienes donados; también se precisa que

los bienes del Municipio donados, revertirán a su patrimonio cuando no se inicie la

obra en el término especificado y además se establece el procedimiento de reversión

de aquellos bienes inmuebles propiedad municipal que fueron donados a alguna

Institución Pública ó Privada mismo que será iniciado y tramitado por la dependencia

Municipal que el Ayuntamiento determine mediante el Dictamen correspondiente. 4.-

En la Octava Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento de fecha 22 de enero del 2010, se

aprobó el Dictamen HDA-060/2010, en el cual se otorga en comodato el área verde

propiedad Municipal ubicada en las calles Hacienda de la Erre y Hacienda Santa Lucía

en el Fraccionamiento Praderas de la Hacienda, a favor de la Asociación de Colonos

del Fraccionamiento Praderas de la Hacienda, A.C., con una superficie de 41,786.69

m2. Documento que se tiene por anexado y reproducido como si a la letra se

insertare. 5.- De igual manera en amparo de dicho acto jurídico, se suscribió el

Contrato de Comodato No. SHA/DJ/025/2014 de fecha 14 de Marzo del 2014,

celebrado por el Municipio de Celaya, Guanajuato, con el carácter de comodatario,

manifestándose en la Cláusula Octava la vigencia del mismo, que sería hasta el

periodo de la pasada Administración, dándose por concluido el 09 de Octubre del

2015, pudiendo ser ratificado por las Administraciones subsecuentes. 6.- Acto seguido

mediante oficio No. PH/HA/12/14/49 de fecha 14 de Diciembre de 2015, suscrito por

el Sr. Francisco Javier Cervantes Ortega, Representante de la Asociación de Colonos

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del Fraccionamiento Praderas de la Hacienda, solicita la renovación del contrato de

comodato del uso del área verde propiedad del Municipio, ubicada en las calles

Hacienda de la Erre y Hacienda Santa Lucía en el Fraccionamiento Praderas de la

Hacienda, a favor de la Asociación de Colonos del Fraccionamiento Praderas de la

Hacienda, A.C., por el periodo de la duración de la presente Administración Municipal

2015-2018. Documento que se tiene por anexado y reproducido como si a la letra se

insertare. 7.- Que en reunión de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública de fecha 18 de Enero del 2015, se analizaron los motivos de su solicitud, y

sustentada en el artículo 206 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato. Por lo que, en mérito de lo antes expuesto y con la facultad que nos

otorgan los artículos 76 fracción IV inciso g) y 81 de la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se ratifica el

contrato de comodato del área verde propiedad Municipal ubicada en las calles

Hacienda de la Erre y Hacienda Santa Lucía en el Fraccionamiento Praderas de la

Hacienda, a favor de la Asociación de Colonos del Fraccionamiento Praderas de la

Hacienda, A.C. SEGUNDO.- La vigencia de la ratificación del contrato de comodato

será por el periodo de la presente Administración 2015-2018, pudiendo ser ratificado,

revisado y en su caso modificado por las Administraciones subsecuentes. TERCERO.-

Se instruye a la Dirección Jurídica realice todos los trámites necesarios, y hecho lo

anterior se realice lo conducente para la ratificación del comodato que en derecho

proceda; incluyendo en éste el clausulado correspondiente para que las

administraciones Municipales subsecuentes ratifiquen, revisen y en su caso

modifiquen las condiciones establecidas en el mismo. Además deberá incluir en el

comodato que en el supuesto de que el bien inmueble se utilice a un fin distinto al

autorizado, o que no se inicie la obra en un plazo de un año y no se concluya en un

plazo de dos años, se dará el vencimiento anticipado de dicho Contrato de Comodato

y por consecuencia se revertirá a favor del Municipio el bien inmueble en el estado en

que se encuentre. CUARTO.- Se instruye a la Tesorería Municipal, a que realice los

movimientos a que haya lugar en el Padrón de Bienes Inmuebles Propiedad

Municipal. QUINTO.- Se instruye al Instituto Municipal de Investigación, Planeación y

Estadística de Celaya, Gto., realice los movimientos necesarios dentro del Plan de

Ordenamiento Territorial vigente. SEXTO.- Se instruye al Secretario del Honorable

Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por

el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

SÉPTIMO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente

Dictamen para su aprobación. OCTAVO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo

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resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 18 de Enero del 2015. Finalizada la

lectura del dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del

Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del Pleno del Ayuntamiento,

mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ================

HDA-060/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

mediante el cual se otorga en donación un bien inmueble propiedad municipal, a

favor de la Asociación Pro-Ayuda y Orientación para Jubilados, Pensionados y Adultos

Mayores, A.C., a través de la C. Margarita Pérez Novoa, Presidente de la Delegación

No. 76, para la construcción de las Oficinas Administrativas de la Asociación, ubicado

en calle Profesores número 124 en el Fraccionamiento Nuevo Tecnológico de este

Municipio de Celaya, Gto. CONSIDERANDO.- 1.- Que con fundamento en lo

establecido por el artículo 115, fracción II, inciso b) de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos y el artículo 117, fracción XII de la Constitución Política

para el Estado de Guanajuato; el Municipio estará investido de personalidad jurídica y

manejará su patrimonio conforme a la Ley. Los Ayuntamientos tendrán facultades

para aprobar, de acuerdo con las Leyes en materia Municipal los casos en que se

requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros de los Ayuntamientos,

para dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario Municipal. 2.-

Atendiendo a lo dispuesto por los artículos 76, fracción IV, inciso f) y g) y 206 y 207

de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; en concordancia con los

artículos 20, 21, 51, 56 y 58 del Reglamento de Bienes Muebles e Inmuebles del

Patrimonio Municipal de Celaya, Guanajuato; en los cuales encontramos dentro de las

facultades de los Ayuntamientos en materia de Hacienda Pública Municipal, le

compete desafectar por acuerdo de la mayoría calificada, los Bienes del Dominio

Público Municipal, cuando éstos dejen de destinarse al uso común ó al servicio

público y así convenga al interés público, para que surta efectos contra terceros y

contra la misma autoridad. En ese sentido procederá el cambio de régimen de

Dominio Público al de Dominio Privado cuando a juicio del Ayuntamiento resulte

necesario sin que afecte el interés colectivo. 3.- Por consiguiente el Ayuntamiento

solo podrá otorgar en donación los Bienes del Dominio Privado del Municipio, por

acuerdo de la mayoría calificada de sus integrantes, cuando éstos sean a favor de

Instituciones Privadas, que representen un beneficio social para el Municipio y que no

persigan fines de lucro. La Tesorería Municipal será la Dependencia encargada de

integrar la solicitud de donación con los requisitos ahí mencionados. 4.- En el acuerdo

correspondiente se deberá establecer la cláusula de reversión, la cual consiste en que

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los bienes del Municipio donados revertirán a su patrimonio cuando se cumplan los

supuestos ahí mencionados. 5.- Que mediante Oficio de fecha 29 de Mayo del 2015,

suscrito por la C. Margarita Pérez Novoa, Presidente de la Delegación No. 76 de la

Asociación Pro-Ayuda y Orientación para Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores,

A.C, solicita al Arq. Ismael Pérez Ordaz, Presidente Municipal de Celaya, Guanajuato,

la donación de un bien inmueble propiedad municipal, a favor de la Asociación Pro-

Ayuda y Orientación para Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores, A.C., para la

construcción de sus Oficinas Administrativas, ubicado en calle Profesores número 124

en el Fraccionamiento Nuevo Tecnológico, de este Municipio de Celaya, Gto. y que

actualmente tienen en Comodato. 6.- Que mediante Oficio No. 2658/2015-DCP de

fecha 24 de Noviembre del 2015, suscrito por la C.P.C. y M.F. Ma. Lourdes Herrera

Rodríguez, Tesorera Municipal, solicita a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y

Cuenta Pública, el estudio y dictamen de la petición de Donación de un inmueble

propiedad Municipal ubicado en calle Profesores número 124 en el Fraccionamiento

Nuevo Tecnológico, de este Municipio de Celaya, Gto., con una superficie de 225.81

m2, que solicita la C. Margarita Pérez Novoa, Presidente de la Delegación No. 76, a

favor de la Asociación Pro-Ayuda y Orientación para Jubilados, Pensionados y Adultos

Mayores, A.C., para la construcción de sus Oficinas Administrativas; considerando que

el Dictamen de opinión emitido por el Instituto Municipal de Investigación, Planeación

y Estadística de Celaya (IMIPE) bajo el Oficio No. 994/IMIPE-TEC/2015, de fecha 28

de Septiembre del 2015, suscrito por el Arq. Gerardo de Jesús Corona Cornejo,

Director de Planeación del IMIPE, mediante el cual determina FACTIBLE desde el

punto de vista técnico, la Donación de un inmueble propiedad Municipal ubicado en

calle Profesores número 124 en el Fraccionamiento Nuevo Tecnológico, de este

Municipio de Celaya, Gto. con una superficie de 225.81 m2, que solicita la C.

Margarita Pérez Novoa, Presidente de la Delegación No. 76, a favor de la Asociación

Pro-Ayuda y Orientación para Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores, A.C., para la

construcción de sus Oficinas Administrativas, con las siguientes medidas y

colindancias: Al Norte: 10.66 mts. con calle Topógrafos y Profesores. Al Sur: 10.46

mts. con Instituto Tecnológico de Celaya. Al Oriente: 21.13 mts. con predio

propiedad municipal. Al Poniente: 21.67 mts. con Colegio de Ingenieros. Que el

destino de uso del predio será el establecido en este Dictamen y ningún otro, pues el

no cumplimiento de esta condición, será causa de reversión del procedimiento de

donación. 7.- Bajo ese contexto, el Municipio de Celaya, Gto., acredita la propiedad

del inmueble mediante la Escritura Pública número 6,627 de fecha 14 de Octubre del

2004, pasada ante la fe del Licenciado José María Sepúlveda Mendoza, Notario

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Público número 24, con ejercicio en el Partido Judicial de Guanajuato, Guanajuato e

inscrita en el Registro Público de la Propiedad con el Folio Real R07*068907. Escritura

Pública que se anexa en copia simple al presente Dictamen. 8.- En base a lo anterior,

la Dirección de Impuestos Inmobiliarios y Catastro, dependiente de la Tesorería

Municipal de Celaya, Gto., elaboró el avalúo número 316-2015 de fecha 10 de

Noviembre del 2015, que resulto con un valor comercial de $316,134.00

(TRESCIENTOS DIECISÉIS MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.).

Documento que se tiene por anexado y reproducido como si a la letra se insertare.

9.- Bajo ese contexto la Dirección Jurídica del Municipio de Celaya, Gto., emitió el

Dictamen de Opinión, según consta en el Oficio No. D.J./1053/2015 de fecha 17 de

Noviembre del 2015, sobre la donación del predio ubicado calle Profesores número

124 en el Fraccionamiento Nuevo Tecnológico, de este Municipio de Celaya, Gto, con

una superficie de 225.81 m2, para la construcción las Oficinas Administrativas de la

Asociación Pro-Ayuda y Orientación para Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores,

A.C.; así como el fundamento legal. Documento que se anexa y se tiene por

reproducido como si a la letra se insertare. Por lo que, en mérito de lo antes expuesto

y con la facultad que nos otorga el artículo 76 fracción IV inciso g) y el artículo 81 de

la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato esta Comisión: RESUELVE:

PRIMERO.- Se desafecta el bien inmueble propiedad Municipal, ubicado en la calle

Profesores número 124 en el Fraccionamiento Nuevo Tecnológico, de este Municipio

de Celaya, Gto, con una superficie de 225.81 m2, con las siguientes medidas y

colindancias: Al Norte: 10.66 mts. con calle Topógrafos y Profesores. Al Sur: 10.46

mts. con Instituto Tecnológico de Celaya. Al Oriente: 21.13 mts. con predio

propiedad municipal. Al Poniente: 21.67 mts. con Colegio de Ingenieros.

SEGUNDO.- Se otorga en Donación a favor de la Asociación Pro-Ayuda y Orientación

para Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores, A.C., el bien inmueble propiedad

Municipal, ubicado en calle Profesores número 124 en el Fraccionamiento Nuevo

Tecnológico, de este Municipio de Celaya, Gto., con una superficie de 225.81 m2 con

las siguientes medidas y colindancias: Al Norte: 10.66 mts. con calle Topógrafos y

Profesores. Al Sur: 10.46 mts. con Instituto Tecnológico de Celaya. Al Oriente:

21.13 mts. con predio propiedad municipal. Al Poniente: 21.67 mts. con Colegio de

Ingenieros. Realizando el levantamiento topográfico para que se deslinden la

superficie, medidas y colindancias reales, que deberán aparecer en la nueva

escritura. TERCERO.- El objeto será para la construcción de las Oficinas

Administrativas de la Asociación Pro-Ayuda y Orientación para Jubilados, Pensionados

y Adultos Mayores, A.C. CUARTO.- En el supuesto de que el bien donado se utilice a

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un fin distinto al autorizado, o que no se inicie la obra en un plazo de un año y no se

concluya en un plazo de dos años, el bien donado revertirá a favor del Municipio, en

el estado en que se encuentre, de acuerdo a lo establecido en el artículo 207 de la

Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. QUINTO.- Se instruye a la

Tesorera Municipal, realice los movimientos necesarios en el Padrón de Bienes

Inmuebles Propiedad Municipal. SEXTO.- Se instruye a la Secretaría del H.

Ayuntamiento, realice las publicaciones a que haya lugar en el Periódico Oficial del

Gobierno del Estado de Guanajuato. SÉPTIMO.- Se instruye al Director Jurídico,

realice los trámites Legales que en Derecho procedan para la formalización de la

presente donación. OCTAVO.- Se instruye al Instituto Municipal de Investigación,

Planeación y Estadística de Celaya, Gto. (IMIPE), realice los movimientos necesarios

dentro del Plan de Ordenamiento Territorial vigente. NOVENO.- Se instruye al

Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen

conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato. DÉCIMO.- Sométase a la consideración del Pleno del

H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. DÉCIMO PRIMERO.-

Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida

constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

en fecha 18 de Enero del 2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José

Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a

consideración del Pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de

los presentes.- ==========================================

HDA-061/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

referente a la modificación al Dictamen HDA-458/2013, mediante el cual se autorizó

la restitución de las Áreas de Reserva del Fraccionamiento Haciendas Natura, a favor

de la empresa “DESARROLLOS Y PROMOCIONES DEL CENTRO, S.A. de C.V.” y la

corrección del Instrumento Notarial número 46,007. CONSIDERANDO.- Que con

Oficio: 2650/2015-DCP de fecha 23 de noviembre del 2015, suscrito por la Tesorera

Municipal, y en relación al Dictamen HDA-458/2015 emitido por la comisión hoy a su

cargo, aprobado en la Cuadragésima Séptima Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento

de Celaya, de fecha 29 de agosto del 2014, mediante el cual se autorizó la restitución

de las Áreas de Reserva del Fraccionamiento Haciendas Natura, a favor de la

empresa “DESARROLLOS Y PROMOCIONES DEL CENTRO, S.A. de C.V.”, razón por la

cual en su Resolutivo Segundo del citado Dictamen se instruyó a la Dirección Jurídica

llevara a cabo en conjunto con el Notario Público número 3 Lic. Enrique Jiménez

Lemus, la restitución y corrección del Instrumento Notarial número 46,007 Tomo

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número 928, a favor de la persona moral citada, le informó lo siguiente: El Lic. José

Ignacio Ramírez Valenzuela, Director Jurídico, mediante oficio número

D.J./1052/2015 anexo al presente, señala que la ratificación pretendida debe de ser

encausada a la dirección de Desarrollo Urbano, a través de la Dirección de

Fraccionamientos, en virtud de que es el área responsable de autorizar y dar certeza

a las áreas de donación. Por lo anteriormente expuesto, se solicita de la manera mas

atenta se lleve a cabo un adendum al Dictamen materia del presente, esto en cuanto

a su resolutivo segundo a efecto de que la rectificatoria del instrumento en cuestión

se canalice a la dependencia correspondiente. Documentos que se tienen por

anexados y reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo que con la facultad

que nos otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato; esta Comisión resuelve corregir y se emite la siguiente modificación:

PRIMERO.- Se modifica el Resolutivo Segundo del Dictamen HDA-458/2015 de

fecha 25 de agosto del 2015, aprobado en la Cuadragésima Séptima Sesión Ordinaria

del H. Ayuntamiento de Celaya, de fecha 29 de agosto del 2014, y que a la letra dice:

DICE: SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección Jurídica lleve a cabo y en conjunto

con el Notario Público número 3 el Licenciado Enrique Jiménez Lemus, la restitución y

corrección del instrumento Notarial número 46,007 Tomo número 928, de las áreas

de reserva siguientes: Área de Reserva 1, Manzana 2 con una superficie de 2,205.34

M2, con el antecedente Registral: Folio Real R07*116242; Área de Reserva 2,

Manzana 5 con una superficie de 1,914.52 M2, con el antecedente Registral: Folio

Real R07*116243 y Área de Reserva 3, Manzana 11 con una superficie de 1,733.52

M2, con el antecedente Registral: Folio Real R07*116244, del Fraccionamiento

“Haciendas Natura” al Poniente de esta ciudad de Celaya, Gto., a favor de la empresa

DESARROLLOS Y PROMOCIONES DEL CENTRO, S.A. de C.V., a través de su

Representante Legal. DEBE DECIR: SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección

General de Desarrollo Urbano, lleve a cabo y en conjunto con el Notario Público

número 3 el Licenciado Enrique Jiménez Lemus, la restitución y corrección del

instrumento Notarial número 46,007 Tomo número 928, de las áreas de reserva

siguientes: Área de Reserva 1, Manzana 2 con una superficie de 2,205.34 M2, con el

antecedente Registral: Folio Real R07*116242; Área de Reserva 2, Manzana 5 con

una superficie de 1,914.52 M2, con el antecedente Registral: Folio Real R07*116243

y Área de Reserva 3, Manzana 11 con una superficie de 1,733.52 M2, con el

antecedente Registral: Folio Real R07*116244, del Fraccionamiento “Haciendas

Natura” al Poniente de esta ciudad de Celaya, Gto., a favor de la empresa

DESARROLLOS Y PROMOCIONES DEL CENTRO, S.A. de C.V., a través de su

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Representante Legal. SEGUNDO.- Queda intacto el resto del Dictamen HDA-

458/2015 de fecha 25 de agosto del 2015, aprobado en la Cuadragésima Séptima

Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento de Celaya, de fecha 29 de agosto del 2014.

TERCERO.- Se instruye al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento

al presente Dictamen conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la

Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Notifíquese para su

cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes

de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 18 de enero del

2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano,

Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del Pleno del

Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- =======

HDA-062/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

mediante el cual se aprueban los Montos y Limites de las Contrataciones de Bienes y

Servicios para el Municipio de Celaya, Gto., para el ejercicio fiscal 2016.

CONSIDERANDO.- Que con la facultad que confiere el artículo 115, fracción IV,

inciso c), último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

el artículo 121 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato y el artículo 76,

fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; el

Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer los recursos que integran la Hacienda

Pública Municipal en forma directa o bien, por quien este autorice conforme a la Ley.

Conforme a lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos en su artículo 126, establece la prohibición de realizar algún pago que no

esté aprobado presupuestalmente, así mismo la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato, en su artículo 235, establece que ningún gasto podrá

efectuarse sin que exista partida expresa del presupuesto que lo autorice y que tenga

saldo disponible para cubrirlo. Que conforme a lo establecido por los artículos 229,

230 y 231 fracción II de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, se

establece que para el desempeño de las funciones de la Administración Pública

Municipal, el Ayuntamiento aprobará las disposiciones administrativas relativas a las

adquisiciones, enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios

relacionados con bienes muebles e inmuebles del Municipio, y para dichos efectos se

creará un comité de adquisiciones, enajenaciones, arrendamientos y contratación de

servicios; así como proponer modificaciones a las disposiciones administrativas

aprobadas por el ayuntamiento. Que mediante oficio No. 04/2016-A.J. de fecha 18 de

enero del 2016, suscrito por la Tesorera Municipal, solicita el apoyo a efecto de que

se someta en el seno de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, la

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aprobación de los Montos y Límites para llevar a cabo contrataciones de bienes y

servicios de acuerdo al Reglamento de Contrataciones para el Municipio de Celaya,

Gto., para el ejercicio Fiscal 2016. Documentos que se anexan y se tienen por

reproducidos como si a la letra se insertaren. ========================

Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del impuesto al

valor agregado. Por lo anteriormente expuesto y con la facultad que otorga el artículo

81 de la Ley Orgánica Municipal de Estado de Guanajuato, esta Comisión:

RESUELVE: PRIMERO.- Se aprueban los Montos y Limites de las Contrataciones de

Bienes y Servicios para el Municipio de Celaya, Gto., para el ejercicio fiscal 2016.,

quedando de la siguiente manera: ==============================

Procedimiento De Hasta Ejecutor

Adjudicación

Directa

$0.00 $300,000.00 Dirección de

Compras

Adjudicación

Directa con

cotización de

tres

proveedores

$300,000.01 $1,000,000.00 Dirección de

Compras

Adjudicación

Directa con

cotización de

tres

proveedores

$1,000,000.01 $2,000,000.00 Comité

Licitación

Restringida

$2,000,000.01 $3,000,000.00 Comité

Licitación

Pública

$3,000,000.01 En adelante Comité

Procedimiento De Hasta Ejecutor

Adjudicación

Directa

$0.00 $300,000.00 Dirección de

Compras

Adjudicación

Directa con

cotización de

$300,000.01 $1,000,000.00 Dirección de

Compras

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Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del impuesto al

valor agregado. SEGUNDO.- Se instruye al Comité de Adquisiciones, Enajenaciones,

Arrendamiento y Contratación de Servicios relacionados con bienes muebles e

inmuebles del Municipio de Celaya, Guanajuato, y a la Tesorería Municipal apegarse

a los Montos y Límites aprobados para las contrataciones. TERCERO.- Se instruye a

la Secretaría del H. Ayuntamiento a que de cumplimiento a lo establecido por el

artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato., y

mándese publicar en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. CUARTO.-

Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para

su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y

firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda,

Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 18 de enero del 2016. Finalizada la lectura del

dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento,

procede a someterlo a consideración del Pleno del Ayuntamiento, mismo que se

aprueba por unanimidad de los presentes.- =========================

HDA-063/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

mediante el cual se otorga un apoyo económico único a favor del Club Rotario Celaya

Nat-Tha-Hi, para la “Campaña de Operaciones de Cataratas. CONSIDERANDO.-

Que con la facultad que confiere el artículo 115, fracción IV, inciso c), último párrafo

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la

Constitución Política para el Estado de Guanajuato y el artículo 76, fracción IV inciso

tres

proveedores

Adjudicación

Directa con

cotización de

tres

proveedores

$1,000,000.01 $2,000,000.00 Comité

Licitación

Restringida

$2,000,000.01 $3,000,000.00 Comité

Licitación

Pública

$3,000,000.01 En adelante Comité

Page 40: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

a) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; el Ayuntamiento tiene

atribuciones para ejercer los recursos que integran la Hacienda Pública Municipal en

forma directa o bien, por quién éste autorice conforme a la Ley. La Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 126, establece la prohibición

de realizar algún pago que no esté aprobado presupuestalmente, así mismo la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en su artículo 235, establece que

ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida expresa del presupuesto que lo

autorice y que tenga saldo disponible para cubrirlo. Que mediante escrito de fecha 30

de noviembre del 2015, dirigido al Ing. Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo,

Presidente Municipal, remite copia por el sistema COR la solicitud presentada por la

Fundación Rotaria Club Rotario Celaya Nat-Tha-Hi, la C. Norma Leticia Arvizu

Mancera, Presidente 2015-2016, refiere a las socias del Club Rotario Celaya Nat Tha

Hi, durante veintitrés años han llevado a cabo uno de los principales proyectos de

servicio “Campaña de Operaciones de Cataratas” en la cual se opera a personas de

escasos recursos de nuestra ciudad y comunidades del municipio, y como cada año

contamos con el apoyo de Clubes Rotarios hermanos de Santa Bárbara California,

médicos y personal de la Clínica Beatriz Velazco de Alemán, Colegio de Oftalmólogos,

laboratorios clínicos, SEE INTERNATIONAL, en esta ocasión queremos pedir la

participación del municipio para que se nos con la cantidad de $50,000.00 (Cincuenta

mil pesos 00/100 m.n.), la cual nos servirá para completar los gastos necesarios para

nuestra campaña de este año 2015-16, y así poder operar a 60 personas de escasos

recursos de comunidades del medio rural de nuestro municipio, la cantidad que

estamos solicitando seria solo como un apoyo a la campaña ya que el costo total de

la misma es superior a esa suma. A su vez podríamos establecer una cooperación

mutua al integrar a la lista de nuestros pacientes a las personas de comunidades

rurales que tanto la Presidencia Municipal como el DIF nos canalicen, el único

requisito que nos piden los oftalmólogos que nos apoyan es que sean personas de

pobreza extrema y que no tengan ninguna asistencia social como seria Seguro Social,

ISSSTE o Seguro Popular. Esta campaña la realizamos cada año entre los meses de

abril o mayo dependiendo de la disponibilidad de los médicos que vienen de Santa

Bárbara California y el Colegio de Oftalmólogos de esta ciudad. Documentos que se

anexan y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Una vez

analizada la solicitud en reunión de la comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública de fecha 18 de enero del 2018, y por lo anteriormente expuesto y con

fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se otorga un apoyo económico

Page 41: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

único hasta por un monto de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 m.n.), a favor

del Club Rotario Celaya Nat-Tha-Hi., por conducto de la C. Norma Leticia Arvizu

Mancera, Presidente 2015-2016, con el objeto de llevar a cabo la “Campaña de

Operaciones de Cataratas” 2016 a 60 personas de escasos recursos de comunidades

del medio rural de nuestro municipio, campaña que se llevará a cabo entre los

meses de abril o mayo del año 2016. SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería

Municipal, dar cumplimiento al punto anterior elaborando el convenio correspondiente

con cargo a la partida presupuestal que corresponda. TERCERO.- Se instruye a la

Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo

128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente

dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo

resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 18 de enero del 2016. Finalizada la

lectura del dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del

Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del Pleno del Ayuntamiento,

mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ================

HDA-064/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

mediante el cual se autoriza a la Tesorería Municipal, realizar la reasignación de

recursos presupuestales correspondiente al presupuesto 2016 autorizado a Síndicos y

Regidores. CONSIDERANDO.- Con la facultad que confiere el artículo 115 fracción

IV inciso c) último párrafo de la Constitución Política de los estados Unidos

Mexicanos, el artículo 121 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato y el

artículo 69 fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato; el Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer los recursos que

integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa o bien, por quien éste

autorice conforme a la Ley. Que conforme a lo establecido por la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 126 establece la prohibición de

realizar algún pago que no esté aprobado presupuestalmente, así mismo la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en su artículo 201 establece que

ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida expresa del presupuesto que lo

autorice y que tenga saldo disponible para cubrirlo. Que de acuerdo a lo establecido

por el artículo 69 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el

Estado y los Municipios de Guanajuato, es competencia del Ayuntamiento resolver

toda propuesta de creación y modificación de sus respectivos presupuestos. Que en

reunión de la Comisión de fecha 18 de enero del 2016, se autorizaron las

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reasignaciones de recursos presupuestales correspondiente al presupuesto 2016

autorizado a Síndicos y Regidores para su aprobación de la Comisión y posterior

autorización del H. Ayuntamiento, los siguientes: ======================

Depend

encia: SINDICOS Y REGIDORES Fecha:

Titular:

Código Presupuestario

CeGe Progra

ma

Parti

da

Fuen

te

Fina

ncia

mien

to

Nombre de la partida Aument

o

Reducci

ón

31111-

0131 O0001 2111

1160

1

Materiales y útiles de

oficina

4,000.00

31111-

0131 O0001 2121

1160

1

Materiales y útiles de

impresión y reproducción

1,500.00

31111-

0131 O0001 2212

1160

1

Productos alimenticios

para el personal en las

instalaciones de las

dependencias y entidades

36,000.0

0

31111-

0131 O0001 2612

1160

1

Combustibles, lubricantes

y aditivos para vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales asignados a

servidores públicos

52,500.0

0

31111-

0131 O0001 3152

1160

1 Radiolocalización

14,000.0

0

31111-

0131 O0001 3341

1160

1 Servicios de capacitación

5,000.00

Page 43: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

31111-

0131 O0001 3361

1160

1

Impresiones de

documentos oficiales para

la prestación de servicios

públicos, identificación,

formatos administrativos y

fiscales, formas valoradas,

certificados y títulos

5,000.00

31111-

0131 O0001 3551

1160

1

Mantenimiento y

conservación de vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales

10,000.0

0

31111-

0131 O0001 3751

1160

1

Viáticos nacionales para

servidores públicos en el

desempeño de funciones

oficiales

10,000.0

0

31111-

0131 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

36,000.0

0

31111-

0131 O0001 4411

1160

1

Gastos relacionados con

actividades culturales,

deportivas y de ayuda

extraordinaria

176,000.

00

31111-

0131 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

350,000.0

0

31111-

0132 O0001 2111

1160

1

Materiales y útiles de

oficina

5,000.00

31111-

0132 O0001 2121

1160

1

Materiales y útiles de

impresión y reproducción

1,500.00

31111-

0132 O0001 2212

1160

1

Productos alimenticios

para el personal en las

instalaciones de las

40,000.0

0

Page 44: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

dependencias y entidades

31111-

0132 O0001 2612

1160

1

Combustibles, lubricantes

y aditivos para vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales asignados a

servidores públicos

52,500.0

0

31111-

0132 O0001 3152

1160

1 Radiolocalización

8,500.00

31111-

0132 O0001 3361

1160

1

Impresiones de

documentos oficiales para

la prestación de servicios

públicos, identificación,

formatos administrativos y

fiscales, formas valoradas,

certificados y títulos

2,000.00

31111-

0132 O0001 3551

1160

1

Mantenimiento y

conservación de vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales

20,000.0

0

31111-

0132 O0001 3751

1160

1

Viáticos nacionales para

servidores públicos en el

desempeño de funciones

oficiales

30,000.0

0

31111-

0132 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

110,500.

00

31111-

0132 O0001 4411

1160

1

Gastos relacionados con

actividades culturales,

deportivas y de ayuda

extraordinaria

80,000.0

0

31111-

0132 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

-

350,000.0

Page 45: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

superiores y mandos

medios

0

31111-

0133 O0001 2111

1160

1

Materiales y útiles de

oficina

5,000.00

31111-

0133 O0001 2121

1160

1

Materiales y útiles de

impresión y reproducción

1,500.00

31111-

0133 O0001 2212

1160

1

Productos alimenticios

para el personal en las

instalaciones de las

dependencias y entidades

36,000.0

0

31111-

0133 O0001 2612

1160

1

Combustibles, lubricantes

y aditivos para vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales asignados a

servidores públicos

52,500.0

0

31111-

0133 O0001 3152

1160

1 Radiolocalización

8,500.00

31111-

0133 O0001 3361

1160

1

Impresiones de

documentos oficiales para

la prestación de servicios

públicos, identificación,

formatos administrativos y

fiscales, formas valoradas,

certificados y títulos

2,000.00

31111-

0133 O0001 3551

1160

1

Mantenimiento y

conservación de vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales

20,000.0

0

31111-

0133 O0001 3751

1160

1

Viáticos nacionales para

servidores públicos en el

desempeño de funciones

oficiales

20,000.0

0

31111- O0001 3852 1160 Gastos de las oficinas de

Page 46: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

0133 1 servidores públicos

superiores y mandos

medios

108,500.

00

31111-

0133 O0001 4411

1160

1

Gastos relacionados con

actividades culturales,

deportivas y de ayuda

extraordinaria

96,000.0

0

31111-

0133 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

-

350,000.0

0

31111-

0134 O0001 2111

1160

1

Materiales y útiles de

oficina

12,000.0

0

31111-

0134 O0001 2121

1160

1

Materiales y útiles de

impresión y reproducción

8,000.00

31111-

0134 O0001 2212

1160

1

Productos alimenticios

para el personal en las

instalaciones de las

dependencias y entidades

30,000.0

0

31111-

0134 O0001 2612

1160

1

Combustibles, lubricantes

y aditivos para vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales asignados a

servidores públicos

52,000.0

0

31111-

0134 O0001 3152

1160

1 Radiolocalización

35,000.0

0

31111-

0134 O0001 3341

1160

1 Servicios de capacitación

12,000.0

0

31111-

0134 O0001 3361

1160

1

Impresiones de

documentos oficiales para

la prestación de servicios

2,500.00

Page 47: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

públicos, identificación,

formatos administrativos y

fiscales, formas valoradas,

certificados y títulos

31111-

0134 O0001 3571

1160

1

Instalación, reparación y

mantenimiento de

maquinaria, otros equipos

y herramienta

20,000.0

0

31111-

0134 O0001 3751

1160

1

Viáticos nacionales para

servidores públicos en el

desempeño de funciones

oficiales

20,000.0

0

31111-

0134 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

15,000.0

0

31111-

0134 O0001 4411

1160

1

Gastos relacionados con

actividades culturales,

deportivas y de ayuda

extraordinaria

106,500.

00

31111-

0134 O0001 5111

1160

1

Muebles de oficina y

estantería

12,000.0

0

31111-

0134 O0001 5151

1160

1

Computadoras y equipo

periférico

15,000.0

0

31111-

0134 O0001 5691

1160

1 Otros equipos

10,000.0

0

31111-

0134 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

-

350,000.0

0

31111-

0135 O0001 2111

1160

1

Materiales y útiles de

oficina

3,000.00

Page 48: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

31111-

0135 O0001 2121

1160

1

Materiales y útiles de

impresión y reproducción

2,500.00

31111-

0135 O0001 2212

1160

1

Productos alimenticios

para el personal en las

instalaciones de las

dependencias y entidades

25,000.0

0

31111-

0135 O0001 2612

1160

1

Combustibles, lubricantes

y aditivos para vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales asignados a

servidores públicos

52,500.0

0

31111-

0135 O0001 3152

1160

1 Radiolocalización

18,000.0

0

31111-

0135 O0001 3361

1160

1

Impresiones de

documentos oficiales para

la prestación de servicios

públicos, identificación,

formatos administrativos y

fiscales, formas valoradas,

certificados y títulos

2,500.00

31111-

0135 O0001 3551

1160

1

Mantenimiento y

conservación de vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales

30,000.0

0

31111-

0135 O0001 3751

1160

1

Viáticos nacionales para

servidores públicos en el

desempeño de funciones

oficiales

50,000.0

0

31111-

0135 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

38,500.0

0

Page 49: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

31111-

0135 O0001 4411

1160

1

Gastos relacionados con

actividades culturales,

deportivas y de ayuda

extraordinaria

128,000.

00

31111-

0135 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

-

350,000.0

0

31111-

0136 O0001 2111

1160

1

Materiales y útiles de

oficina

12,000.0

0

31111-

0136 O0001 2121

1160

1

Materiales y útiles de

impresión y reproducción

8,000.00

31111-

0136 O0001 2212

1160

1

Productos alimenticios

para el personal en las

instalaciones de las

dependencias y entidades

30,000.0

0

31111-

0136 O0001 2612

1160

1

Combustibles, lubricantes

y aditivos para vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales asignados a

servidores públicos

52,000.0

0

31111-

0136 O0001 3152

1160

1 Radiolocalización

35,000.0

0

31111-

0136 O0001 3341

1160

1 Servicios de capacitación

12,000.0

0

31111-

0136 O0001 3361

1160

1

Impresiones de

documentos oficiales para

la prestación de servicios

públicos, identificación,

formatos administrativos y

fiscales, formas valoradas,

2,500.00

Page 50: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

certificados y títulos

31111-

0136 O0001 3571

1160

1

Instalación, reparación y

mantenimiento de

maquinaria, otros equipos

y herramienta

20,000.0

0

31111-

0136 O0001 3751

1160

1

Viáticos nacionales para

servidores públicos en el

desempeño de funciones

oficiales

20,000.0

0

31111-

0136 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

20,000.0

0

31111-

0136 O0001 4411

1160

1

Gastos relacionados con

actividades culturales,

deportivas y de ayuda

extraordinaria

106,500.

00

-

31111-

0136 O0001 5111

1160

1

Muebles de oficina y

estantería

12,000.0

0

-

31111-

0136 O0001 5151

1160

1

Computadoras y equipo

periférico

10,000.0

0

-

31111-

0136 O0001 5691

1160

1 Otros equipos

10,000.0

0

-

31111-

0136 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

-

350,000.0

0

31111-

0137 O0001 2111

1160

1

Materiales y útiles de

oficina

4,000.00

31111- O0001 2121 1160 Materiales y útiles de

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0137 1 impresión y reproducción 6,000.00

31111-

0137 O0001 2212

1160

1

Productos alimenticios

para el personal en las

instalaciones de las

dependencias y entidades

36,000.0

0

31111-

0137 O0001 2612

1160

1

Combustibles, lubricantes

y aditivos para vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales asignados a

servidores públicos

52,500.0

0

31111-

0137 O0001 3152

1160

1 Radiolocalización

7,000.00

31111-

0137 O0001 3361

1160

1

Impresiones de

documentos oficiales para

la prestación de servicios

públicos, identificación,

formatos administrativos y

fiscales, formas valoradas,

certificados y títulos

3,000.00

31111-

0137 O0001 3751

1160

1

Viáticos nacionales para

servidores públicos en el

desempeño de funciones

oficiales

27,000.0

0

31111-

0137 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

36,000.0

0

31111-

0137 O0001 3551

1160

1

Mantenimiento y

conservación de vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales

52,500.0

0

31111-

0137 O0001 4411

1160

1

Gastos relacionados con

actividades culturales,

deportivas y de ayuda

126,000.

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extraordinaria 00

31111-

0137 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

-

350,000.0

0

31111-

0138 O0001 2111

1160

1

Materiales y útiles de

oficina

5,000.00

31111-

0138 O0001 2121

1160

1

Materiales y útiles de

impresión y reproducción

5,000.00

31111-

0138 O0001 2612

1160

1

Combustibles, lubricantes

y aditivos para vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales asignados a

servidores públicos

40,000.0

0

31111-

0138 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

10,000.0

0

31111-

0138 O0001 4411

1160

1

Gastos relacionados con

actividades culturales,

deportivas y de ayuda

extraordinaria

290,000.

00

31111-

0138 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

-

350,000.0

0

31111-

0139 O0001 2111

1160

1

Materiales y útiles de

oficina

5,000.00

31111-

0139 O0001 2112

1160

1

Equipos menores de

oficina

1,500.00

31111-

0139 O0001 2121

1160

1

Materiales y útiles de

impresión y reproducción

3,000.00

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31111-

0139 O0001 2212

1160

1

Productos alimenticios

para el personal en las

instalaciones de las

dependencias y entidades

5,000.00

31111-

0139 O0001 2612

1160

1

Combustibles, lubricantes

y aditivos para vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales asignados a

servidores públicos

54,000.0

0

31111-

0139 O0001 3361

1160

1

Impresiones de

documentos oficiales para

la prestación de servicios

públicos, identificación,

formatos administrativos y

fiscales, formas valoradas,

certificados y títulos

1,000.00

31111-

0139 O0001 3611

1160

1

Difusión e información de

mensajes y actividades

gubernamentales

3,000.00

31111-

0139 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

18,000.0

0

31111-

0139 O0001 4411

1160

1

Gastos relacionados con

actividades culturales,

deportivas y de ayuda

extraordinaria

246,500.

00

31111-

0139 O0001 5151

1160

1

Computadoras y equipo

periférico

13,000.0

0

31111-

0139 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

-

350,000.0

0

Page 54: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

31111-

0140 O0001 2111

1160

1

Materiales y útiles de

oficina

5,000.00

31111-

0140 O0001 2121

1160

1

Materiales y útiles de

impresión y reproducción

5,000.00

31111-

0140 O0001 2612

1160

1

Combustibles, lubricantes

y aditivos para vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales asignados a

servidores públicos

55,000.0

0

31111-

0140 O0001 2212

1160

1

Productos alimenticios

para el personal en las

instalaciones de las

dependencias y entidades

40,000.0

0

31111-

0140 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

15,000.0

0

31111-

0140 O0001 4411

1160

1

Gastos relacionados con

actividades culturales,

deportivas y de ayuda

extraordinaria

230,000.

00

31111-

0140 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

-

350,000.0

0

31111-

0141 O0001 2111

1160

1

Materiales y útiles de

oficina

4,000.00

31111-

0141 O0001 2121

1160

1

Materiales y útiles de

impresión y reproducción

5,000.00

31111-

0141 O0001 2212

1160

1

Productos alimenticios

para el personal en las

instalaciones de las

dependencias y entidades

8,000.00

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31111-

0141 O0001 2612

1160

1

Combustibles, lubricantes

y aditivos para vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales asignados a

servidores públicos

52,500.0

0

31111-

0141 O0001 3152

1160

1 Radiolocalización

4,800.00

31111-

0141 O0001 3361

1160

1

Impresiones de

documentos oficiales para

la prestación de servicios

públicos, identificación,

formatos administrativos y

fiscales, formas valoradas,

certificados y títulos

1,000.00

31111-

0141 O0001 3551

1160

1

Mantenimiento y

conservación de vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales

60,000.0

0

31111-

0141 O0001 3751

1160

1

Viáticos nacionales para

servidores públicos en el

desempeño de funciones

oficiales

5,000.00

31111-

0141 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

15,000.0

0

31111-

0141 O0001 4411

1160

1

Gastos relacionados con

actividades culturales,

deportivas y de ayuda

extraordinaria

182,700.

00

31111-

0141 O0001 5151

1160

1

Computadoras y equipo

periférico

12,000.0

0

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31111-

0141 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

-

350,000.0

0

31111-

0142 O0001 2111

1160

1

Materiales y útiles de

oficina

2,500.00

31111-

0142 O0001 2121

1160

1

Materiales y útiles de

impresión y reproducción

2,500.00

31111-

0142 O0001 2212

1160

1

Productos alimenticios

para el personal en las

instalaciones de las

dependencias y entidades

36,000.0

0

31111-

0142 O0001 2612

1160

1

Combustibles, lubricantes

y aditivos para vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales asignados a

servidores públicos

52,500.0

0

31111-

0142 O0001 2112

1160

1

Equipos menores de

oficina

3,000.00

31111-

0142 O0001 5151

1160

1

Computadoras y equipo

periférico

3,500.00

31111-

0142 O0001 3151

1160

1 Servicio telefonía celular

5,000.00

31111-

0142 O0001 3361

1160

1

Impresiones de

documentos oficiales para

la prestación de servicios

públicos, identificación,

formatos administrativos y

fiscales, formas valoradas,

certificados y títulos

3,000.00

31111-

0142 O0001 3311

1160

1 Servicios legales

5,000.00

31111-

0142 O0001 3751

1160

1

Viáticos nacionales para

servidores públicos en el

17,000.0

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desempeño de funciones

oficiales

0

31111-

0142 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

20,000.0

0

31111-

0142 O0001 4411

1160

1

Gastos relacionados con

actividades culturales,

deportivas y de ayuda

extraordinaria

200,000.

00

31111-

0142 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

-

350,000.0

0

31111-

0143 O0001 2111

1160

1

Materiales y útiles de

oficina

4,000.00

31111-

0143 O0001 2121

1160

1

Materiales y útiles de

impresión y reproducción

6,000.00

31111-

0143 O0001 2212

1160

1

Productos alimenticios

para el personal en las

instalaciones de las

dependencias y entidades

20,000.0

0

31111-

0143 O0001 2612

1160

1

Combustibles, lubricantes

y aditivos para vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales asignados a

servidores públicos

52,500.0

0

31111-

0143 O0001 3611

1160

1

Difusión e información de

mensajes y actividades

gubernamentales

7,000.00

31111-

0143 O0001 3361

1160

1

Impresiones de

documentos oficiales para

la prestación de servicios

públicos, identificación,

3,000.00

Page 58: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

formatos administrativos y

fiscales, formas valoradas,

certificados y títulos

31111-

0143 O0001 3751

1160

1

Viáticos nacionales para

servidores públicos en el

desempeño de funciones

oficiales

27,000.0

0

31111-

0143 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

36,000.0

0

31111-

0143 O0001 3551

1160

1

Mantenimiento y

conservación de vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos, lacustres y

fluviales

12,500.0

0

31111-

0143 O0001 4411

1160

1

Gastos relacionados con

actividades culturales,

deportivas y de ayuda

extraordinaria

182,000.

00

31111-

0143 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

-

350,000.0

0

31111-

0144 O0001 2111

1160

1

Materiales y útiles de

oficina

8,000.00

31111-

0144 O0001 2121

1160

1

Materiales y útiles de

impresión y reproducción

9,148.00

31111-

0144 O0001 2212

1160

1

Productos alimenticios

para el personal en las

instalaciones de las

dependencias y entidades

25,000.0

0

31111-

0144 O0001 2612

1160

1

Combustibles, lubricantes

y aditivos para vehículos

terrestres, aéreos,

52,500.0

0

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marítimos, lacustres y

fluviales asignados a

servidores públicos

31111-

0144 O0001 2112

1160

1

Equipos menores de

oficina

10,000.0

0

31111-

0144 O0001 5151

1160

1

Computadoras y equipo

periférico

20,000.0

0

31111-

0144 O0001 3151

1160

1 Servicio telefonía celular

60,000.0

0

31111-

0144 O0001 3152

1160

1 Radiolocalización

8,352.00

31111-

0144 O0001 3361

1160

1

Impresiones de

documentos oficiales para

la prestación de servicios

públicos, identificación,

formatos administrativos y

fiscales, formas valoradas,

certificados y títulos

7,000.00

31111-

0144 O0001 3751

1160

1

Viáticos nacionales para

servidores públicos en el

desempeño de funciones

oficiales

30,000.0

0

31111-

0144 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

superiores y mandos

medios

20,000.0

0

31111-

0144 O0001 4411

1160

1

Gastos relacionados con

actividades culturales,

deportivas y de ayuda

extraordinaria

100,000.

00

31111-

0144 O0001 3852

1160

1

Gastos de las oficinas de

servidores públicos

-

350,000.0

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superiores y mandos

medios

0

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS

4,900,0

00.00

4,900,00

0.00

JUSTIFICACION: REASIGNACION PARA SINDICOS Y REGIDORES.

Documentos que se anexan y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por

lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato, esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- se autoriza a la

Tesorería Municipal, realizar la reasignación de recursos presupuestales correspondiente al

presupuesto 2016 autorizado a Síndicos y Regidores., conforme a lo descrito en el cuarto

párrafo de los considerandos. SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal dar

cumplimiento a lo establecido en el punto anterior. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría

del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de

la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la

consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su aprobación.

QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida

constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha

18 de enero del 2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José Ramón

Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del

Pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- =

COMISIÓN DE GOBIERNO, REGLAMENTOS Y JUSTICIA MUNICIPAL.- ===

En uso de la voz la Síndico Lic. José Fernando Sánchez Méndez, Presidente de la

Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano, para

que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se

omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura,

para únicamente referirse al rubro y Resolutivos Primero, Segundo y Tercero del

mismo, se somete a consideración del pleno la propuesta de la Síndico, misma que se

aprueba por Unanimidad de los presentes, por lo que se procede a transcribir

íntegramente los dictámenes de Gobierno. ==========================

GOB-010/2016.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia

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Municipal, mediante el cual se integra el Consejo Técnico de Planeación para el

Desarrollo Municipal. C O N S I D E R A N D O.- Sirviendo como base en materia de

Planeación, el artículo 26 párrafo primero de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos, el cual establece que: “El Estado organizará un sistema de

planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo,

permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la

democratización política, social y cultural de la Nación”. Así mismo en el artículo 14

párrafo primero de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, se señala que:

“El Estado organizará un Sistema de Planeación Democrática del Desarrollo de la

Entidad, mediante la participación de los Sectores Público, Privado y Social”. En

relación a lo anterior el Sistema Estatal de Planeación se encuentra regulado en la

Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato, señalándose en su artículo 11

fracción II, inciso b) que dicho sistema contara con estructuras de participación, entre

estos los “consejos municipales”. En relación a dichos Consejos de Planeación de

Desarrollo Municipal, se establece en el artículo 3 de la Ley de Planeación para el

Estado de Guanajuato, que: “En materia de planeación del desarrollo, el Poder

Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos aplicarán las disposiciones de la presente

Ley, en el ámbito de sus respectivas competencias. En cuanto a la integración,

organización y funcionamiento de los organismos municipales de planeación y los

consejos municipales, así como al plan y programas municipales, se atenderá a lo

dispuesto en la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato”. Por

consiguiente en los artículos 95, 96 y 97 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado

de Guanajuato, se establece en relación al sistema municipal de planeación lo

siguiente: En el Sistema Municipal de Planeación se ordenarán de forma racional y

sistemática las acciones del desarrollo del Municipio, en congruencia con el Sistema

Estatal de Planeación. El Sistema Municipal de Planeación contará con las siguientes

estructuras de coordinación y participación: I. De coordinación: a) El organismo

municipal de planeación; y II. De participación: a). El Consejo de Planeación de

Desarrollo Municipal. Por consiguiente, se establece en el artículo 2, fracciones I y II

del artículo 20 y artículo 21 del Reglamento de Planeación para el Desarrollo

Municipal para el Municipio de Celaya, Gto., que: “Se Instituye al COPLADEM para

fortalecer la Administración Pública Municipal, como organismo técnico, consultivo y

auxiliar del H. Ayuntamiento en materia de planeación, siendo una instancia

propositiva y de consulta del Plan Municipal de Desarrollo, el Plan de Gobierno

Municipal y los Programas que se deriven del mismo, así como apoyo para propiciar

vínculos de coordinación con otras estructuras de planeación para el desarrollo de los

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municipios, con el objeto de intercambiar programas y proyectos para el desarrollo

sustentable de las regiones intermunicipales; y los demás que señale las Leyes en la

materia”. “Que el COPLADEM se conformará con por dos órganos: Consejo Técnico y

Comisiones de Trabajo”. “El Consejo Técnico se integra por: El Presidente del

COPLADEM, Presidente Municipal; el Secretario Técnico, Director del IMIPE; el

Secretario Ejecutivo, Director General de Desarrollo Social; Un representante de la

sociedad organizada por cada una de las comisiones y un representante de los

coordinadores de vigilancia; Los titulares de la Tesorería, Dirección de Obras

Públicas, Dirección de Desarrollo Urbano, Contraloría Municipal; Dos funcionarios

estatales que invite a participar el Ayuntamiento, y Dos representantes del H.

Ayuntamiento”. En virtud de lo anterior, Reunión ordinaria de trabajo de la Comisión

de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, celebrada el día 20 de enero de

2016, se presenta por el LPT. Alcoy Solis Quiroz, Coordinador del COPLADEM la

propuesta de integración del Consejo Técnico del COPLADEM en cumplimiento al

artículo 21 del Reglamento de Planeación para el Desarrollo Municipal para el

Municipio de Celaya, Gto., por lo que conforme a lo establecido en el artículo 81 de la

Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión: R E S U E L V

E.- PRIMERO. En cumplimiento al artículo 21 del Reglamento de Planeación para el

Desarrollo Municipal para el Municipio de Celaya, Gto, el Consejo Técnico del

COPLADEM queda integrado por: El C. Presidente Municipal, Ing. Ramón Ignacio

Lemus Muñoz Ledo, Presidente del COPLADEM; El Director del Instituto Municipal de

Investigación, Planeación y Estadística, Arq. Sergio Martínez León, Secretario

Técnico; El Director General de Desarrollo Social, C. Antonio Rodríguez Alvarado,

Secretario Ejecutivo; Un representante de la Sociedad Organizada por cada una de

las comisiones de trabajo y un Representante de los Coordinadores de Vigilancia;

siendo los C.C. Aurora Cárdenas Ávila; Luis Alan Díaz Barriga Meza; Miguel Fortunato

Razo Ortega; Andrés Espinosa Carmona; Jesús Rodríguez Cisneros; Antonio Eguía

Balderrama; Armando Montiel Sánchez; Carlos Rivas Aguilar; Alejandra Saldiran

Álvarez; Jorge Miguel Martínez Rojas. Los Titulares de la Tesorería Municipal,

Dirección de Obras Públicas, Dirección de Desarrollo Urbano y Contraloría Municipal;

C.P. Ma. Lourdes Herrera Rodríguez, Ing. Jorge Enrique Miranda Carrera, Arq.

Gustavo Báez Vega, C.P. José Luis Nájera Arredondo. Dos Funcionarios Estatales,

siendo un representante del Instituto de Planeación de Gobierno del Estado y otro de

la Secretaría de Desarrollo Social y Humano; siendo los C.C. Rubén Flores Medina y

Flor de María Uribe Godinez. Dos representantes del H. Ayuntamiento siendo los

C.C. Lic. José Trinidad Martínez Soto y Lic. Ricardo Torre Ibarra. SEGUNDO. Se

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instruye al Coordinador del COPLADEM, convoque a los Coordinadores de Vigilancia

de cada una de las Comisiones de trabajo para la elección del representante a que se

refiere en el inciso d) del artículo 21 del Reglamento de Planeación para el Desarrollo

Municipal para el Municipio de Celaya, Gto. TERCERO. Se designan como

representantes sociales del COPLADEM del Municipio de Celaya, Gto., ante el Consejo

Regional y el Consejo de Planeación del Desarrollo Estatal (COPLADEG): C. Carlos

Rivas Aguilar, Representante Social ante el COPLADEG. C. Armando Montiel Sánchez,

Representante Social ante el Consejo Regional. C. Jesús Rodríguez Cisneros,

Representante Social ante el Consejo Regional CUARTO. Se designa como

representante del H. Ayuntamiento del Municipio de Celaya, Gto., al Regidor Lic. José

Trinidad Martínez Soto, ante el consejo estatal. QUINTO. Sométase a consideración

del Pleno del H. Ayuntamiento, el presente Dictamen para su aprobación. SEXTO. Se

instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento notifique para su cumplimiento. Así lo

resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión en

fecha 20 de enero de 2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José

Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a

consideración del Pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de

los presentes.- ==========================================

COMISIÓN DE SEGURIDAD, TRANSITO, TRANSPORTE Y PROTECCIÓN

CIVIL.- =========================================

En uso de la voz el Regidor, Lic. Israel Alejandro Herrera Hernández, Presidente

de la Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano,

para que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se

omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura,

para únicamente referirse al rubro y Resolutivos Primero, Segundo y Tercero del

mismo, se somete a consideración del pleno la propuesta de la Síndico, misma que se

aprueba por Unanimidad de los presentes, por lo que se procede a transcribir

íntegramente los dictámenes de Gobierno. ==========================

STTYPC-013/2016.- Que emite la Comisión de Seguridad, Transito,

Transporte y Protección Civil, referente a la Conformidad Municipal otorgada a la

empresa que presta el Servicio de Seguridad Privada en el Municipio de Celaya,

siendo una persona física denominada, “Pilar Adriana Moreno Cuellar y/o

Seguridad Patrimonial Cuellar”. C O N S I D E R A N D O.- 1.- Que la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 115 Fracción III

inciso h) menciona que el Ayuntamiento tendrá a su cargo las funciones y servicios

público siguientes: seguridad pública…”. 2.- Además que el Artículo 117 Fracción III,

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inciso j) segundo párrafo y fracción IV de la Constitución Política del Estado de

Guanajuato, a la letra dicen “Los Municipios, con sujeción a la Ley, prestarán los

servicios públicos en forma directa o indirecta”, y “VI. Ejercer las funciones o la

prestación de los servicios públicos municipales observando lo dispuesto por las Leyes

federales y estatales”, así mismo en el artículo 76 Fracción III, inciso c) de la Ley

Orgánica Municipal, enumera las atribuciones que tiene el H. Ayuntamiento, entre

otras las de “Procurar la seguridad pública en el territorio municipal”. 3.- En relación

a lo anterior, y en virtud de lo establecido en la Ley del Sistema de Seguridad Pública

del Estado de Guanajuato, en el artículo 177 establece: “El Ejecutivo del Estado, con

la corresponsabilidad de los ayuntamientos, podrá autorizar el funcionamiento de

servicios de seguridad privada, los que operarán en la forma y términos que

determine esta ley. El Estado autorizará la prestación del servicio a los particulares,

contando para ello con la previa conformidad del Ayuntamiento que corresponda. La

supervisión y vigilancia de la prestación de los servicios de seguridad privada

corresponderá preferentemente a los municipios, ahora bien el artículo 178 establece

el significado de lo que se entenderá por servicios de seguridad privada “Aquélla que

prestan los particulares de conformidad con la Ley del Sistema de Seguridad Pública

del Estado de Guanajuato en las que sean complementarias y subordinadas a la

Seguridad Pública…” en el artículo 179 establece: “Para prestar el servicio de

seguridad privada en el Estado de Guanajuato será necesario contar con autorización

expedida por la Secretaría, así como con la conformidad de los municipios en los que

se desee llevar a cabo dicho servicio. La manifestación de conformidad para prestar

el servicio de seguridad privada, que para tales efectos emitan los ayuntamientos,

contará con una vigencia anual, la cual empezará a transcurrir a partir de la fecha de

su expedición.” 4.- Así mismo el artículo 16 del Reglamento en materia de Servicios

de Seguridad Privada para el Municipio de Celaya, Gto., establece: “La autorización

que se otorgue será personal e intransferible y tendrá una vigencia de un año

calendario, la cual contendrá el número que la identifique, las modalidades que se

autorizan y los municipios en los que se ha obtenido la conformidad municipal para

prestar el servicio en el Estado”. 5.- Ahora bien, el día 20 de Enero del año 2016 se

llevó a cabo la reunión de la Comisión de Seguridad, Transporte y Protección Civil, y

se analizó el oficio No. MC/DGPM/P.A.-E.S.P./003/2016, suscrito por el C. José

Fernando Adrián Ruíz, Director General de Policía Municipal de Celaya, Gto., mediante

el cual solicita se otorgue la conformidad municipal a la empresa denominada: “Pilar

Adriana Moreno Cuellar y/o Seguridad Patrimonial Cuellar”, representada por la C.

Pilar Adriana Moreno Cuellar, así mismo se revisó el expediente de la empresa antes

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referida y tras haber dado cumplimiento en tiempo y forma a lo requerido, solicitan a

la Comisión extender la conformidad municipal en virtud de que presenta el siguiente

estatus: Integración debida del expediente con los requisitos respectivos.

Presentación del informe personal y de servicios con que cuenta la empresa. La

verificación del domicilio. Prestará el servicio en las siguientes modalidades:

Protección y vigilancia de bienes; Protección y vigilancia de personas; Transporte,

custodia y protección de fondos y valores; Servicio s de blindaje de bienes muebles e

inmuebles; Actividades relacionada con la prevención de riesgos; y Actividades

similares o conexas a las especificadas en las fracciones anteriores previo estudio y

autorización de la Secretaria. 6.- Deberá cumplir con algunas de las modalidades

antes mencionadas, previstas en el Reglamento de los Servicios Privados de

Seguridad del Municipio de Celaya, Gto., en su artículo 15, así como lo establecido

en el artículo 180 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de

Guanajuato. 7.- Una vez realizado el análisis detallado de su documentación la cual

se encuentra vigente y no encontrándose ningún impedimento para otorgar la

Conformidad Municipal, es viable que la empresa denominada: “Pilar Adriana

Moreno Cuellar y/o Seguridad Patrimonial Cuellar”, preste sus Servicios de

Seguridad Privada en el Municipio de Celaya, Gto., apegándose a las leyes de la

materia que rigen en el Estado y el Municipio de Celaya, Gto. La vigencia de la

Conformidad Municipal será por un año, a partir de su aprobación por el H.

Ayuntamiento. Por lo que en mérito de lo antes expuesto y con la facultad que

otorgan a la Comisión el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato: R E S U E L V E: PRIMERO: Se otorga la Conformidad Municipal a la

empresa siendo una persona física denominada: “Pilar Adriana Moreno Cuellar

y/o Seguridad Patrimonial Cuellar”, representada por la C. Pilar Adriana Moreno

Cuellar, a fin de que preste los Servicios de Seguridad Privada en el Municipio de

Celaya, Gto., prestando sólo las modalidades de los servicios que se mencionan en el

Considerando 5. SEGUNDO: La vigencia de la Conformidad Municipal será por un

año, a partir de su aprobación por el H. Ayuntamiento. TERCERO: Una vez aprobado

el presente Dictamen, se instruye al Director de la Policía Municipal para que notifique

y solicite a la Secretaría de Seguridad Pública el seguimiento que le da a la empresa

que se está otorgando la Conformidad Municipal. CUARTO: Una vez aprobado el

presente Dictamen se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, lo notifique a la

Dirección de Policía Municipal, mediante el Acta correspondiente. QUINTO:

Sométase a Consideración del Pleno de este Ayuntamiento, el presente Dictamen

para su aprobación. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los

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integrantes de la Comisión en fecha 20 de enero del 2016. Finalizada la lectura del

dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento,

procede a someterlo a consideración del Pleno del Ayuntamiento, mismo que se

aprueba por unanimidad de los presentes.- =========================

STTYPC-014/2016.- Que emite la Comisión de Seguridad, Transito,

Transporte y Protección Civil, referente a la Conformidad Municipal otorgada a la

empresa que presta el Servicio de Seguridad Privada en el Municipio de Celaya,

denominada, “MSPV SEGURIDAD PRIVADA, S.A DE C.V.”. C O N S I D E R A N

D O.- 1.- Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo

115 Fracción III inciso h) menciona que el Ayuntamiento tendrá a su cargo las

funciones y servicios público siguientes: seguridad pública…”. 2.- Además que el

Artículo 117 Fracción III, inciso j) segundo párrafo y fracción IV de la Constitución

Política del Estado de Guanajuato, a la letra dicen “Los Municipios, con sujeción a la

Ley, prestarán los servicios públicos en forma directa o indirecta”, y “VI. Ejercer las

funciones o la prestación de los servicios públicos municipales observando lo

dispuesto por las Leyes federales y estatales”, así mismo en el artículo 76 Fracción

III, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal, enumera las atribuciones que tiene

el H. Ayuntamiento, entre otras las de “Procurar la seguridad pública en el territorio

municipal”. 3.- En relación a lo anterior, y en virtud de lo establecido en la Ley del

Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, en el artículo 177 establece:

“El Ejecutivo del Estado, con la corresponsabilidad de los ayuntamientos, podrá

autorizar el funcionamiento de servicios de seguridad privada, los que operarán en la

forma y términos que determine esta ley. El Estado autorizará la prestación del

servicio a los particulares, contando para ello con la previa conformidad del

Ayuntamiento que corresponda. La supervisión y vigilancia de la prestación de los

servicios de seguridad privada corresponderá preferentemente a los municipios,

ahora bien el artículo 178 establece el significado de lo que se entenderá por

servicios de seguridad privada “Aquélla que prestan los particulares de conformidad

con la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato en las que

sean complementarias y subordinadas a la Seguridad Pública…” en el artículo 179

establece: “Para prestar el servicio de seguridad privada en el Estado de Guanajuato

será necesario contar con autorización expedida por la Secretaría; así como con la

conformidad de los municipios en los que se desee llevar a cabo dicho servicio. La

manifestación de conformidad para prestar el servicio de seguridad privada, que para

tales efectos emitan los ayuntamientos, contará con una vigencia anual, la cual

empezará a transcurrir a partir de la fecha de su expedición.” 4.- Así mismo el artículo

Page 67: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

16 del Reglamento en materia de Servicios de Seguridad Privada para el Municipio de

Celaya, Gto., establece: “La autorización que se otorgue será personal e intransferible

y tendrá una vigencia de un año calendario, la cual contendrá el número que la

identifique, las modalidades que se autorizan y los municipios en los que se ha

obtenido la conformidad municipal para prestar el servicio en el Estado”. 5.- Ahora

bien, el día 20 de Enero del año 2016 se llevó a cabo la reunión de la Comisión de

Seguridad, Transporte y Protección Civil, y se analizó el oficio No. MC/DGPM/P.A.-

E.S.P./004/2016, suscrito por el C. José Fernando Adrián Ruíz, Director General de

Policía Municipal de Celaya, Gto., mediante el cual solicita se otorgue la conformidad

municipal a la empresa denominada: “MSPV SEGURIDAD PRIVADA, S.A DE C.V.”,

representada por la Lic. Griselda Arratia Ortega, así mismo se revisó el expediente de

la empresa antes referida y tras haber dado cumplimiento en tiempo y forma a lo

requerido, solicitan a la Comisión extender la conformidad municipal en virtud de que

presenta el siguiente estatus: Integración debida del expediente con los requisitos

respectivos. Presentación del informe personal y de servicios con que cuenta la

empresa. La verificación del domicilio. Prestará el servicio en la siguiente modalidad:

Protección y vigilancia de bienes. 6.- Deberá cumplir con algunas de las modalidades

antes mencionadas, previstas en el Reglamento de los Servicios Privados de

Seguridad del Municipio de Celaya, Gto., en su artículo 15, así como lo establecido

en el artículo 180 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de

Guanajuato. 7.- Una vez realizado el análisis detallado de su documentación la cual

se encuentra vigente y no encontrándose ningún impedimento para otorgar la

Conformidad Municipal, es viable que la empresa denominada: “MSPV SEGURIDAD

PRIVADA, S.A DE C.V.”, preste sus Servicios de Seguridad Privada en el Municipio

de Celaya, Gto., apegándose a las leyes de la materia que rigen en el Estado y el

Municipio de Celaya, Gto. La vigencia de la Conformidad Municipal será por un año, a

partir de su aprobación por el H. Ayuntamiento. Por lo que en mérito de lo antes

expuesto y con la facultad que otorgan a la Comisión el artículo 81 de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato: R E S U E L V E: PRIMERO: Se otorga la

Conformidad Municipal a la empresa siendo una persona física denominada: “MSPV

SEGURIDAD PRIVADA, S.A DE C.V.”, representada por la Lic. Griselda Arratia

Ortega, a fin de que preste los Servicios de Seguridad Privada en el Municipio de

Celaya, Gto., prestando sólo las modalidades de los servicios que se mencionan en el

Considerando 5. SEGUNDO: La vigencia de la Conformidad Municipal será por un

año, a partir de su aprobación por el H. Ayuntamiento. TERCERO: Una vez aprobado

el presente Dictamen, se instruye al Director de la Policía Municipal para que notifique

Page 68: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

y solicite a la Secretaría de Seguridad Pública el seguimiento que le da a la empresa

que se está otorgando la Conformidad Municipal. CUARTO: Una vez aprobado el

presente Dictamen se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, lo notifique a la

Dirección de Policía Municipal, mediante el Acta correspondiente. QUINTO:

Sométase a Consideración del Pleno de este Ayuntamiento, el presente Dictamen

para su aprobación. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los

integrantes de la Comisión en fecha 20 de enero del 2016. Finalizada la lectura del

dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento,

procede a someterlo a consideración del Pleno del Ayuntamiento, mismo que se

aprueba por unanimidad de los presentes.- =========================

STTYPC-015/2016.- Que emite la Comisión de Seguridad, Transito,

Transporte y Protección Civil, referente a la Conformidad Municipal otorgada a la

empresa que presta el Servicio de Seguridad Privada en el Municipio de Celaya,

denominada, “SEGURIDAD PRIVADA CARZA, S. R.L. DE C.V.”. C O N S I D E R

A N D O.- 1.- Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su

Artículo 115 Fracción III inciso h) menciona que el Ayuntamiento tendrá a su cargo

las funciones y servicios público siguientes: seguridad pública…”. 2.- Además que el

Artículo 117 Fracción III, inciso j) segundo párrafo y fracción IV de la Constitución

Política del Estado de Guanajuato, a la letra dicen “Los Municipios, con sujeción a la

Ley, prestarán los servicios públicos en forma directa o indirecta”, y “VI. Ejercer las

funciones o la prestación de los servicios públicos municipales observando lo

dispuesto por las Leyes federales y estatales”, así mismo en el artículo 76 Fracción

III, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal, enumera las atribuciones que tiene

el H. Ayuntamiento, entre otras las de “Procurar la seguridad pública en el territorio

municipal”. 3.- En relación a lo anterior, y en virtud de lo establecido en la Ley del

Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, en el artículo 177 establece:

“El Ejecutivo del Estado, con la corresponsabilidad de los ayuntamientos, podrá

autorizar el funcionamiento de servicios de seguridad privada, los que operarán en la

forma y términos que determine esta ley. El Estado autorizará la prestación del

servicio a los particulares, contando para ello con la previa conformidad del

Ayuntamiento que corresponda. La supervisión y vigilancia de la prestación de los

servicios de seguridad privada corresponderá preferentemente a los municipios,

ahora bien el artículo 178 establece el significado de lo que se entenderá por

servicios de seguridad privada “Aquélla que prestan los particulares de conformidad

con la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato en las que

sean complementarias y subordinadas a la Seguridad Pública…” en el artículo 179

Page 69: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

establece: “Para prestar el servicio de seguridad privada en el Estado de Guanajuato

será necesario contar con autorización expedida por la Secretaría, así como con la

conformidad de los municipios en los que se desee llevar a cabo dicho servicio. La

manifestación de conformidad para prestar el servicio de seguridad privada, que para

tales efectos emitan los ayuntamientos, contará con una vigencia anual, la cual

empezará a transcurrir a partir de la fecha de su expedición.” 4.- Así mismo el artículo

16 del Reglamento en materia de Servicios de Seguridad Privada para el Municipio de

Celaya, Gto., establece: “La autorización que se otorgue será personal e intransferible

y tendrá una vigencia de un año calendario, la cual contendrá el número que la

identifique, las modalidades que se autorizan y los municipios en los que se ha

obtenido la conformidad municipal para prestar el servicio en el Estado”. 5.- Ahora

bien, el día 20 de Enero del año 2016 se llevó a cabo la reunión de la Comisión de

Seguridad, Transporte y Protección Civil, y se analizó el oficio No. MC/DGPM/P.A.-

E.S.P./120/2015, suscrito por el C. José Fernando Adrián Ruíz, Director General de

Policía Municipal de Celaya, Gto., mediante el cual solicita se otorgue la conformidad

municipal a la empresa denominada: “SEGURIDAD PRIVADA CARZA, S. R.L. DE C.V.”,

representada por Lic. Humberto Carabaza Arzate, así mismo se revisó el expediente

de la empresa antes referida y tras haber dado cumplimiento en tiempo y forma a lo

requerido, solicitan a la Comisión extender la conformidad municipal en virtud de que

presenta el siguiente estatus: Integración debida del expediente con los requisitos

respectivos. Presentación del informe personal y de servicios con que cuenta la

empresa. La verificación del domicilio. Prestará el servicio en las siguientes

modalidades: Protección y vigilancia de bienes; Protección y vigilancia de personas;

Transporte, custodia y protección de fondos y valores; Servicio s de blindaje de

bienes muebles e inmuebles; Actividades relacionada con la prevención de riesgos; y

Actividades similares o conexas a las especificadas en las fracciones anteriores previo

estudio y autorización de la Secretaria. 6.- Deberá cumplir con algunas de las

modalidades antes mencionadas, previstas en el Reglamento de los Servicios Privados

de Seguridad del Municipio de Celaya, Gto., en su artículo 15, así como lo

establecido en el artículo 180 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado

de Guanajuato. 7.- Una vez realizado el análisis detallado de su documentación la

cual se encuentra vigente y no encontrándose ningún impedimento para otorgar la

Conformidad Municipal, es viable que la empresa denominada: “SEGURIDAD

PRIVADA CARZA, S. R.L. DE C.V.”, preste sus Servicios de Seguridad Privada en el

Municipio de Celaya, Gto., apegándose a las leyes de la materia que rigen en el

Estado y el Municipio de Celaya, Gto. La vigencia de la Conformidad Municipal será

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por un año, a partir de su aprobación por el H. Ayuntamiento. Por lo que en mérito

de lo antes expuesto y con la facultad que otorgan a la Comisión el artículo 81 de la

Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato: R E S U E L V E.-

PRIMERO: Se otorga la Conformidad Municipal a la empresa siendo una persona

física denominada: “SEGURIDAD PRIVADA CARZA, S. R.L. DE C.V.”,

representada por Lic. Humberto Carabaza Arzate, a fin de que preste los Servicios de

Seguridad Privada en el Municipio de Celaya, Gto., prestando sólo las modalidades de

los servicios que se mencionan en el Considerando 5. SEGUNDO: La vigencia de la

Conformidad Municipal será por un año, a partir de su aprobación por el H.

Ayuntamiento. TERCERO: Una vez aprobado el presente Dictamen, se instruye al

Director de la Policía Municipal para que notifique y solicite a la Secretaría de

Seguridad Pública el seguimiento que le da a la empresa que se está otorgando la

Conformidad Municipal. CUARTO: Una vez aprobado el presente Dictamen se

instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, lo notifique a la Dirección de Policía

Municipal, mediante el Acta correspondiente. QUINTO: Sométase a Consideración

del Pleno de este Ayuntamiento, el presente Dictamen para su aprobación. Así lo

resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión en

fecha 20 de enero del 2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José

Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a

consideración del Pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de

los presentes.- ==========================================

STTYPC-016/2016.- Que emite la Comisión de Seguridad, Transito,

Transporte y Protección Civil, referente a la Conformidad Municipal otorgada a la

empresa que presta el Servicio de Seguridad Privada en el Municipio de Celaya,

denominada, “CAME SISTEMAS EN SEGURIDAD PRIVADA, S.A. DE C.V.”. C O

N S I D E R A N D O.- 1.- Que la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, en su Artículo 115 Fracción III inciso h) menciona que el Ayuntamiento

tendrá a su cargo las funciones y servicios público siguientes: seguridad pública…”.

2.- Además que el Artículo 117 Fracción III, inciso j) segundo párrafo y fracción IV

de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, a la letra dicen “Los Municipios,

con sujeción a la Ley, prestarán los servicios públicos en forma directa o indirecta”, y

“VI. Ejercer las funciones o la prestación de los servicios públicos municipales

observando lo dispuesto por las Leyes federales y estatales”, así mismo en el artículo

76 Fracción III, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal, enumera las

atribuciones que tiene el H. Ayuntamiento, entre otras las de “Procurar la seguridad

pública en el territorio municipal”. 3.- En relación a lo anterior, y en virtud de lo

Page 71: ACTA 12/2015 NUMERO DOCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS ==== 12:05 22 veintidós de … · 2017. 7. 11. · Contrato de donación 1211 1211 1211 El cual será utilizado en los talleres

establecido en la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, en

el artículo 177 establece: “El Ejecutivo del Estado, con la corresponsabilidad de los

ayuntamientos, podrá autorizar el funcionamiento de servicios de seguridad privada,

los que operarán en la forma y términos que determine esta ley. El Estado autorizará

la prestación del servicio a los particulares, contando para ello con la previa

conformidad del Ayuntamiento que corresponda. La supervisión y vigilancia de la

prestación de los servicios de seguridad privada corresponderá preferentemente a los

municipios, ahora bien el artículo 178 establece el significado de lo que se entenderá

por servicios de seguridad privada “Aquélla que prestan los particulares de

conformidad con la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato

en las que sean complementarias y subordinadas a la Seguridad Pública…” en el

artículo 179 establece: “Para prestar el servicio de seguridad privada en el Estado de

Guanajuato será necesario contar con autorización expedida por la Secretaría, así

como con la conformidad de los municipios en los que se desee llevar a cabo dicho

servicio. La manifestación de conformidad para prestar el servicio de seguridad

privada, que para tales efectos emitan los ayuntamientos, contará con una vigencia

anual, la cual empezará a transcurrir a partir de la fecha de su expedición.” 4.- Así

mismo el artículo 16 del Reglamento en materia de Servicios de Seguridad Privada

para el Municipio de Celaya, Gto., establece: “La autorización que se otorgue será

personal e intransferible y tendrá una vigencia de un año calendario, la cual

contendrá el número que la identifique, las modalidades que se autorizan y los

municipios en los que se ha obtenido la conformidad municipal para prestar el

servicio en el Estado”. 5.- Ahora bien, el día 20 de Enero del año 2016 se llevó a

cabo la reunión de la Comisión de Seguridad, Transporte y Protección Civil, y se

analizó el oficio No. MC/DGPM/P.A.-E.S.P./121/2015, suscrito por el C. José Fernando

Adrián Ruíz, Director General de Policía Municipal de Celaya, Gto., mediante el cual

solicita se otorgue la conformidad municipal a la empresa denominada: “CAME

SISTEMAS EN SEGURIDAD PRIVADA, S.A. DE C.V.”, representada por C. Julio César

Castro Díaz, así mismo se revisó el expediente de la empresa antes referida y tras

haber dado cumplimiento en tiempo y forma a lo requerido, solicitan a la Comisión

extender la conformidad municipal en virtud de que presenta el siguiente estatus:

Integración debida del expediente con los requisitos respectivos. Presentación del

informe personal y de servicios con que cuenta la empresa. La verificación del

domicilio. Prestará el servicio en las siguientes modalidades: Protección y vigilancia de

bienes; y Protección y vigilancia de personas. 6.- Deberá cumplir con algunas de las

modalidades antes mencionadas, previstas en el Reglamento de los Servicios Privados

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de Seguridad del Municipio de Celaya, Gto., en su artículo 15, así como lo

establecido en el artículo 180 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado

de Guanajuato. 7.- Una vez realizado el análisis detallado de su documentación la

cual se encuentra vigente y no encontrándose ningún impedimento para otorgar la

Conformidad Municipal, es viable que la empresa denominada: “CAME SISTEMAS

EN SEGURIDAD PRIVADA, S.A. DE C.V.”, preste sus Servicios de Seguridad

Privada en el Municipio de Celaya, Gto., apegándose a las leyes de la materia que

rigen en el Estado y el Municipio de Celaya, Gto. La vigencia de la Conformidad

Municipal será por un año, a partir de su aprobación por el H. Ayuntamiento. Por lo

que en mérito de lo antes expuesto y con la facultad que otorgan a la Comisión el

artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato: R E S U E L

V E.- PRIMERO: Se otorga la Conformidad Municipal a la empresa siendo una

persona física denominada: “CAME SISTEMAS EN SEGURIDAD PRIVADA, S.A.

DE C.V.”, representada por C. Julio César Castro Díaz, a fin de que preste los

Servicios de Seguridad Privada en el Municipio de Celaya, Gto., prestando sólo las

modalidades de los servicios que se mencionan en el Considerando 5. SEGUNDO: La

vigencia de la Conformidad Municipal será por un año, a partir de su aprobación por

el H. Ayuntamiento. TERCERO: Una vez aprobado el presente Dictamen, se instruye

al Director de la Policía Municipal para que notifique y solicite a la Secretaría de

Seguridad Pública el seguimiento que le da a la empresa que se está otorgando la

Conformidad Municipal. CUARTO: Una vez aprobado el presente Dictamen se

instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, lo notifique a la Dirección de Policía

Municipal, mediante el Acta correspondiente. QUINTO: Sométase a Consideración

del Pleno de este Ayuntamiento, el presente Dictamen para su aprobación. Así lo

resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión en

fecha 20 de enero del 2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José

Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a

consideración del Pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de

los presentes.- ==========================================

STTYPC-017/2016.- Que emite la Comisión de Seguridad, Transito,

Transporte y Protección Civil, referente a la Conformidad Municipal otorgada a la

empresa que presta el Servicio de Seguridad Privada en el Municipio de Celaya,

siendo una personas física denominada, “C. J. MATILDE PEREZ TIERRABLANCA

Y/O GRUPO DE SEGURIDAD PROFESIONAL”. C O N S I D E R A N D O.- 1.-

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 115

Fracción III inciso h) menciona que el Ayuntamiento tendrá a su cargo las funciones

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y servicios público siguientes: seguridad pública…”. 2.- Además que el Artículo 117

Fracción III, inciso j) segundo párrafo y fracción IV de la Constitución Política del

Estado de Guanajuato, a la letra dicen “Los Municipios, con sujeción a la Ley,

prestarán los servicios públicos en forma directa o indirecta”, y “VI. Ejercer las

funciones o la prestación de los servicios públicos municipales observando lo

dispuesto por las Leyes federales y estatales”, así mismo en el artículo 76 Fracción

III, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal, enumera las atribuciones que tiene

el H. Ayuntamiento, entre otras las de “Procurar la seguridad pública en el territorio

municipal”. 3.- En relación a lo anterior, y en virtud de lo establecido en la Ley del

Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, en el artículo 177 establece:

“El Ejecutivo del Estado, con la corresponsabilidad de los ayuntamientos, podrá

autorizar el funcionamiento de servicios de seguridad privada, los que operarán en la

forma y términos que determine esta ley. El Estado autorizará la prestación del

servicio a los particulares, contando para ello con la previa conformidad del

Ayuntamiento que corresponda. La supervisión y vigilancia de la prestación de los

servicios de seguridad privada corresponderá preferentemente a los municipios,

ahora bien el artículo 178 establece el significado de lo que se entenderá por

servicios de seguridad privada “Aquélla que prestan los particulares de conformidad

con la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato en las que

sean complementarias y subordinadas a la Seguridad Pública…” en el artículo 179

establece: “Para prestar el servicio de seguridad privada en el Estado de Guanajuato

será necesario contar con autorización expedida por la Secretaría, así como con la

conformidad de los municipios en los que se desee llevar a cabo dicho servicio. La

manifestación de conformidad para prestar el servicio de seguridad privada, que para

tales efectos emitan los ayuntamientos, contará con una vigencia anual, la cual

empezará a transcurrir a partir de la fecha de su expedición.” 4.- Así mismo el artículo

16 del Reglamento en materia de Servicios de Seguridad Privada para el Municipio de

Celaya, Gto., establece: “La autorización que se otorgue será personal e intransferible

y tendrá una vigencia de un año calendario, la cual contendrá el número que la

identifique, las modalidades que se autorizan y los municipios en los que se ha

obtenido la conformidad municipal para prestar el servicio en el Estado”. 5.- Ahora

bien, el día 20 de Enero del año 2016 se llevó a cabo la reunión de la Comisión de

Seguridad, Transporte y Protección Civil, y se analizó el oficio No. MC/DGPM/P.A.-

E.S.P./119/2015, suscrito por el C. José Fernando Adrián Ruíz, Director General de

Policía Municipal de Celaya, Gto., mediante el cual solicita se otorgue la conformidad

municipal a la empresa denominada: “C. J. MATILDE PEREZ TIERRABLANCA Y/O

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GRUPO DE SEGURIDAD PROFESIONAL”, representada por la C.J. Matilde Pérez

Tierrablanca, así mismo se revisó el expediente de la empresa antes referida y tras

haber dado cumplimiento en tiempo y forma a lo requerido, solicitan a la Comisión

extender la conformidad municipal en virtud de que presenta el siguiente estatus:

Integración debida del expediente con los requisitos respectivos. Presentación del

informe personal y de servicios con que cuenta la empresa. La verificación del

domicilio. Prestará el servicio en la siguiente modalidad: Protección y vigilancia de

bienes. 6.- Deberá cumplir con algunas de las modalidades antes mencionadas,

previstas en el Reglamento de los Servicios Privados de Seguridad del Municipio de

Celaya, Gto., en su artículo 15, así como lo establecido en el artículo 180 de la Ley

del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato. 7.- Una vez realizado el

análisis detallado de su documentación la cual se encuentra vigente y no

encontrándose ningún impedimento para otorgar la Conformidad Municipal, es viable

que la empresa denominada: “C. J. MATILDE PEREZ TIERRABLANCA Y/O

GRUPO DE SEGURIDAD PROFESIONAL”, preste sus Servicios de Seguridad

Privada en el Municipio de Celaya, Gto., apegándose a las leyes de la materia que

rigen en el Estado y el Municipio de Celaya, Gto. La vigencia de la Conformidad

Municipal será por un año, a partir de su aprobación por el H. Ayuntamiento. Por lo

que en mérito de lo antes expuesto y con la facultad que otorgan a la Comisión el

artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato: R E S U E L V

E.- PRIMERO: Se otorga la Conformidad Municipal a la empresa siendo una persona

física denominada: “C. J. MATILDE PEREZ TIERRABLANCA Y/O GRUPO DE

SEGURIDAD PROFESIONAL”, representada por la C.J. Matilde Pérez Tierrablanca,

a fin de que preste los Servicios de Seguridad Privada en el Municipio de Celaya, Gto.,

prestando sólo las modalidades de los servicios que se mencionan en el Considerando

5. SEGUNDO: La vigencia de la Conformidad Municipal será por un año, a partir de

su aprobación por el H. Ayuntamiento. TERCERO: Una vez aprobado el presente

Dictamen, se instruye al Director de la Policía Municipal para que notifique y solicite a

la Secretaría de Seguridad Pública el seguimiento que le da a la empresa que se está

otorgando la Conformidad Municipal. CUARTO: Una vez aprobado el presente

Dictamen se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, lo notifique a la Dirección de

Policía Municipal, mediante el Acta correspondiente. QUINTO: Sométase a

Consideración del Pleno de este Ayuntamiento, el presente Dictamen para su

aprobación. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de

la Comisión en fecha 20 de enero del 2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior

el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a

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consideración del Pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de

los presentes.- ==========================================

COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y ORDENAMIENTO ECOLOGICO

TERRITORIAL.- ===================================

En uso de la voz la Regidora, Arq. Martha Norma Hernández Hernández,

Presidenta de la Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón

Yerena Cano, para que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la

propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen

al que dará lectura, para únicamente referirse al rubro, se somete a consideración del

pleno la propuesta de la Regidora, misma que se aprueba por Unanimidad de los

presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente los dictámenes de

Gobierno. =============================================

DUOET 009/2016.- Que emite la Comisión de Desarrollo Urbano y

Ordenamiento Ecológico Territorial, mediante el cual se autoriza el Permiso de

Venta de las viviendas que integran el Desarrollo en Condominio Horizontal

denominado “Residencial San Pablo”, ubicado en el predio rústico denominado La

Soledad, actualmente conocido con el nombre de Granja La Trinidad, en este

Municipio de Celaya, Gto. C O N S I D E R A N D O.- 1.- De acuerdo a lo

establecido en el artículo 115 fracción V incisos a), d) y f) de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos, los Municipios, en los términos de las Leyes

Federales y Estatales relativas, estarán facultados para: “a) Formular, aprobar y

administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; d) Autorizar,

controlar y vigilar la autorización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus

jurisdicciones territoriales; y f) Otorgar licencias y permisos para construcciones..”.

Además, haciendo alusión al mismo ordenamiento pero en nuestro Estado, en el

artículo 117 fracción II, inciso d) se señala que al Ayuntamiento le compete:

“Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia

en sus jurisdicciones territoriales”. 2.- Así también, se establece en el artículo 76

fracción I, inciso n) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, el

Ayuntamiento tendrá como atribución en materia de gobierno y régimen interior

“Otorgar, licencias, permisos y autorizaciones...”. 3.- Que en la Fracción XXXII del

artículo 33 del Código Territorial para el Estado y los Municipios y de Guanajuato, se

establece que: “Corresponden al Ayuntamiento las atribuciones siguientes: XXXII.-

Las demás que establezca el Código y las demás disposiciones jurídicas aplicables.

Igualmente, el artículo 404 dispone que: “La gestión de fraccionamientos o de

desarrollos en condominio, se efectuará conforme a las fases determinadas por la

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realización de los actos siguientes: IV. Permiso de venta;…”. Y así mismo, el artículo

430 del Código en cita señala que “Iniciadas las obras de urbanización de un

fraccionamiento o de edificación de un desarrollo en condominio, el desarrollador

podrá solicitar a la unidad administrativa municipal el permiso de venta…”. 4.- De

igual forma, en el Reglamento de Ordenamiento Territorial para el Municipio de

Celaya, Guanajuato, en su artículo 8, fracciones I y XXII, se indica que: “I: Son

atribuciones de la Dirección General de Desarrollo Urbano, además de las señaladas

por el Código, las siguientes: I: Otorgar, prorrogar, negar, suspender y revocar los

permisos, autorizaciones, y constancias establecidos en este reglamento;”... y “XXII:

Dictaminar sobre las solicitudes de permiso de venta en fraccionamientos;..”. Con

fundamento en lo anterior, en la Novena Reunión Ordinaria de la Comisión de

Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial, celebrada el día 12 de enero

del 2015, se presentó el Oficio 002/DGDU-FRACC/2016, signado por el Director

General de Desarrollo Urbano Arq. Luis Gustavo Báez Vega, (documento que se tiene

como anexado y reproducido como si a la letra se insertare), mediante el cual se

somete a consideración el Dictamen de Resolución de esa dependencia, respecto a la

solicitud de Autorización para la Venta de las viviendas que integran el Desarrollo en

Condominio Horizontal denominado “Residencial San Pablo”, ubicado en el predio

rústico denominado La Soledad y que en la actualidad se le conoce con el nombre de

Granja La Trinidad, Municipio de Celaya, Gto., propiedad de la empresa denominada

“Constructora Jaira, S.A. de C.V.”, presentando para su análisis los siguientes: A N T

E C E D E N T E S.- PRIMERO: Se acredita la propiedad mediante Escritura Pública

de compraventa número 37,405 de fecha 1 de Abril del 2014, ante la fe del

Licenciado Jorge Chaurand Arzate, Notario Público número 39, en ejercicio en el

Partido Judicial de Celaya, Gto., donde comparecieron como Vendedores las señoritas

María Guadalupe Zarate Pérez y Alicia Zarate Pérez por su propio derecho y en su

carácter de apoderadas del señor José Héctor Zarate Alcocer y de la otra parte como

Compradora la sociedad denominada Constructora Jaira S.A de C.V., representada en

este acto por el señor Arquitecto Valdemar Jaime Meza Martínez, quienes formalizan

Escritura de Compraventa con Reserva de Dominio; sobre el resto de dos fracciones

del predio rústico denominado la Soledad, los cuales forman una sola unidad y que

en la actualidad se le conoce como Granja la Trinidad avalando una superficie total

de 61,451.45 m2 de la cual se deslinda una fracción con una superficie de 30,901.27

m2, la cual es objeto de esta venta y tiene las siguientes medidas y colindancias:

Al Norte: Partiendo de poniente a oriente en cuatro tramos de 13.44 m.,

150.77 m., 10.00m., y 144.51 m., colindando con el

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Fraccionamiento Valle Residencial Girasoles.

Al Sur: Partiendo de oriente a poniente en 135.76m., voltea al sur en

3.11 m., colindando con resto de la Granja La Trinidad, continua

al poniente en dos líneas rectas de 165.13 m., y 12.59m.,

colindando con Fraccionamiento Santiago.

Al

Oriente:

Partiendo de norte a sur en 38.86 m., continua en la misma

dirección en línea curva de 21.87 m., y termina al suroeste en

31.51 m., con resto de la Granja La Trinidad.

Al

Poniente:

Partiendo de sur a norte en tres líneas rectas de 49.110 m.,

19.85 m; y 31.19 m., con calle 2do anillo poniente.

Documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio con Folio

Real R7*161115 de fecha 05 de Junio del 2014. SEGUNDO: Que la Dirección

General de Desarrollo Urbano mediante Oficio No. 667/DGDU- FRACC/2014 de fecha

14 de Octubre del 2014, signado por el Arq. Antonio Fuentes Malacatt en su calidad

de Director General, otorgó el Permiso de Uso de Suelo para el Desarrollo

Habitacional propuesto a ser construido en el predio rústico denominado La Soledad y

que en la actualidad se le conoce con el nombre de Granja La Trinidad de este

Municipio de Celaya, Guanajuato, según lo dispuesto por el Artículo 35 fracción IV,

artículo 259 del Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato y

artículo 8 fracción I y II del Reglamento de Ordenamiento Territorial para el Municipio

de Celaya, Gto. TERCERO: Que la Dirección General de Desarrollo Urbano mediante

Oficio No. 668/DGDU-FRACC/2014 de fecha 14 de Octubre del 2014, signado por el

Arq. Antonio Fuentes Malacatt en su calidad de Director General, otorgó la

Autorización de Traza del Desarrollo en Condominio denominado “Residencial San

Pablo”. CUARTO: Que la Dirección General de Desarrollo Urbano mediante Oficio No.

096/DGDU-FRACC/2015 de fecha 13 de Febrero del 2015, signado por el Arq.

Antonio Fuentes Malacatt en su calidad de Director General, otorgó el Permiso de

Urbanización del Desarrollo de que se trata. QUINTO: Que en cumplimiento a la

resolución a que se refiere el párrafo anterior, la Dirección General de Desarrollo

Urbano comunicó a la Tesorería Municipal los datos necesarios para el cálculo de las

cargas fiscales mediante Oficios número: 092/DGDU-FRACC/2015 correspondiente a

la Emisión de Permiso de Urbanización, 093/DGDU-FRACC/2015 correspondiente a la

Revisión de Proyecto para la Expedición del Permiso de Obra, 094/DGDU-FRACC/2015

correspondiente al Impuesto, y 095/DGDU-FRACC/2015 correspondientes a la

Supervisión de Obra, del Desarrollo de que se trata. SEXTO: Que con fecha 07 de

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Diciembre del año 2015, la empresa “Constructora Jaira, S.A. de C.V., solicitó a este

H. Ayuntamiento, por conducto de la Dirección General de Desarrollo Urbano, el

Permiso de Venta para las viviendas que integran el Desarrollo en Condominio

Horizontal denominado “Residencial San Pablo”. Expuesto lo anterior, los integrantes

de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial, analizan lo

siguiente: I. Que este Honorable Ayuntamiento de Celaya, Guanajuato, es

competente para resolver las solicitudes de Permisos de Venta de lotes de los

Desarrollos que se establezcan dentro de su circunscripción territorial, de

conformidad con lo establecido en la fracción XXXII, del artículo 33 del Código

Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato y articulo 76, fracción I,

inciso n), de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. II. Que en este

caso, la solicitud de Permiso de Venta, realizada por la empresa denominada

“Constructora JAIRA, S.A. de C.V.”, es para los lotes que integran el desarrollo

denominado “Residencial San Pablo”, ubicado en este Municipio de Celaya,

Guanajuato. III. Que mediante Instrumento Notarial No. 39313 de fecha 4 de

Diciembre del 2015, otorgado ante la fe del Licenciado Jorge Chaurand Arzate, Titular

de la Notaría Pública No. 39 en ejercicio del Partido Judicial de la Ciudad de Celaya,

Guanajuato, el desarrollador escrituró a favor del Municipio las superficies de áreas

de donación; cumpliendo con ello lo dispuesto por el artículo 416 fracción II, del

Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato. IV. Que mediante

Instrumento Notarial No. 38683 de fecha 03 de Junio del 2015, otorgado ante la fe

del Licenciado Jorge Chaurand Arzate, Titular de la Notaría Pública No. 39 en ejercicio

del Partido Judicial de la Ciudad de Celaya, Guanajuato, el desarrollador constituyó a

Régimen de Propiedad en Condominio el Desarrollo citado. V. Que en atención a la

solicitud del interesado para obtener el Permiso de Venta del Desarrollo, la Dirección

de Desarrollo Urbano Municipal llevó a cabo una supervisión al desarrollo en

referencia, observándose que cuenta con las siguientes obras de urbanización: Agua

potable 13.0%, Drenaje 15.0%, Instalación Eléctrica 12.5%, Guarniciones 4.6%,

Banquetas 0.6%, Pavimentación-Arroyo 37.0%, dictaminándose que las Obras de

Urbanización del desarrollo cuentan con un avance del 82.8%; estimando que la obra

faltante asciende a la cantidad de $1´398,185.43 (Un Millón Trescientos Noventa y

Ocho Mil Ciento Ochenta y Cinco Pesos 43/100 M.N.), cantidad en la que se incluye el

30% adicional a que por valor futuro se refiere la fracción IV del artículo 430, del

Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato. VI. Que a efectos

de garantizar la conclusión de las obras de urbanización del Desarrollo se otorga por

parte de la empresa “Constructora JAIRA, S.A. de C.V.”, para tal fin, la Póliza de

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Fianza No. 88270537 00000 0000 de fecha 22 de Octubre del 2015, expedida por la

Afianzadora denominada “CHUBB DE MEXICO COMPAÑÍA AFIANZADORA, S.A. DE

C.V.”, dando cumpliendo así con la fracción IV cuarta del artículo 430 del Código

Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato. VII. Que, de conformidad a

lo establecido por la fracción I primera del artículo 430 del Código Territorial para el

Estado y los Municipios de Guanajuato, el Desarrollador ha exhibido Certificados de

Libertad de Gravamen para un lote de cada manzana del Desarrollo, bajo los

siguientes folios: Certificado de Libertad de Gravamen para el lote 13 de la Manzana

A bajo folio real R7*169512; Certificado de Libertad de Gravamen para el lote 8 de la

Manzana B bajo folio real R7*169528; Certificado de Libertad de Gravamen para el

lote 12 de la Manzana C bajo folio real R7*169546; Certificado de Libertad de

Gravamen para el lote 13 de la Manzana D bajo folio real R7*169581; Certificado de

Libertad de Gravamen para el lote 7 de la Manzana E bajo folio real R7*169597. De

conformidad con lo establecido por el artículo 76, fracción I, inciso n) y 81 de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; en base a lo anterior y sabiendo

que la parte interesada obtuvo la Autorización de Traza y Licencia de obras de

urbanización, cubrió los impuestos y derechos correspondientes por el desarrollo y

garantizó a satisfacción de este Ayuntamiento las obras de urbanización faltantes;

cumpliendo con lo previsto por la fracción IV, del artículo 430 del Código Territorial

para el Estado y los Municipios de Guanajuato, esta Comisión: R E S U E L V E.-

PRIMERO: Se autoriza a la empresa denominada “Constructora JAIRA, S.A. de

C.V.”, el Permiso de Venta de las viviendas que integran el Desarrollo en Condominio

Horizontal denominado “Residencial San Pablo”, mismos que se detallan a

continuación: Lotes del 04 al 21 inclusive de la Manzana “A” para uso Habitacional

para vivienda tipo Unifamiliar. Lotes del 01 al 14 inclusive de la Manzana “B” para uso

Habitacional para vivienda tipo Unifamiliar. Lotes del 01 al 34 inclusive de la Manzana

“C” para uso Habitacional para vivienda tipo Unifamiliar. Lotes del 01 al 24 inclusive

de la Manzana “D” para uso Habitacional para vivienda tipo Unifamiliar. Lotes del 03

al 35 inclusive de la Manzana “E” para uso Habitacional para vivienda tipo Unifamiliar.

Por lo que el Desarrollo está integrado por 123 lotes para vivienda unifamiliar, para

un total de 123 viviendas objeto de la presente Autorización. El Desarrollo tiene una

superficie total de 30,906.17 m²., y de acuerdo a la autorización del Proyecto de

Traza está integrado por 138 lotes, de los cuales 123 son lotes habitacionales, 4

lotes de áreas verdes internas y 3 lotes de área verde externa, 7 lotes de uso común,

1 lote de áreas de donación; clasificándose como Uso de Suelo Habitacional “H-4”;

señalándose que el presente Permiso faculta únicamente la Venta de los 123 lotes

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descritos en el Presente Resolutivo. La superficie total del predio de 30,906.17 m² se

distribuye de la siguiente manera: Superficie de área vendible de 18,581.15 m2,

correspondientes al 60.12%. Superficie de áreas verdes de 619.66 m2,

correspondientes al 2.00%. Superficie de área de uso común de 1,906.28 m²,

correspondientes al 6.17%. Superficie de vialidades de 7,562.48 m2, correspondientes

al 24.48%. Superficie de área de donación de 874.05 m², correspondientes al 2.83%.

Superficie de vialidad (Segundo Anillo Poniente) de 1,255.96 m², correspondientes al

4.06%. Superficie de área verde exterior de 106.59 m², correspondientes al 0.35%.

Considerando que es un desarrollo en Condominio, será un 4% de la superficie total

del proyecto de acuerdo al artículo 416 fracción II del Código de Ordenamiento

Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato. Para este caso, la superficie

a desarrollar es de 30,906.17 m² X 4.00 % = 1,236.25 m², por lo que la Superficie

de Donación que le corresponde al desarrollo es de mil doscientos treinta y seis punto

veinticinco metros cuadrados. Por otra parte y de acuerdo al Reglamento de

Ordenamiento Territorial para el Municipio de Celaya, Gto., en su artículo 444,

menciona que se tomará un 30% por afectación vial en avenidas primaria; de tal

forma que la afectación vial ubicada al Nor-poniente, por estar clasificada como

vialidad primaria, se considerará en un 30% en relación a la superficie de la

afectación vial resultante del proyecto y será ésta la superficie a considerarse a

cuenta de las áreas de donación; quedando de la siguiente manera: ==========

DESGLOSE DE ÁREAS DE DONACIÓN

CONCEPTO M2 %

Área de Donación 874.05 2.83%

Restricción Norte 376.79 1.22%

TOTAL 1,250.84 4.05%

Resultando de lo anterior una superficie de donación total de 1,250.84 m²,

correspondientes al 4.05% de la superficie a desarrollar, cumpliendo con lo

establecido en la normativa vigente. SEGUNDO: En los contratos de Compra-Venta,

promesa de venta o cualquier Instrumento Notarial en que se haga constar el

traslado de dominio de algún lote integrante del desarrollo, se deberá insertar o

señalar las características de este Permiso de acuerdo a lo establecido por el artículo

252 del Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato. TERCERO:

En todos los instrumentos notariales en que se haga constar la transmisión de

dominio y en las escrituras públicas, se incluirán las cláusulas restrictivas necesarias

para asegurar por parte de los adquirientes que los lotes no se subdividirán en otros

de dimensiones menores a las señaladas en el Código y en el Plan de Ordenamiento

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Territorial del Municipio, estando obligados los adquirientes a respetar la zonificación

del uso de suelo autorizada para el fraccionamiento. CUARTO: Todos los

instrumentos notariales en que se haga constar la transmisión de dominio y las

escrituras públicas, deberán apegarse a lo establecido en el Capítulo VIII de la Ley

Federal de Protección al Consumidor. QUINTO: En todos los instrumentos notariales

en que se haga constar la transmisión de dominio y en las escrituras públicas, se

incluirán las cláusulas restrictivas necesarias para asegurar que los adquirientes se

encuentran sujetos a respetar la “Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles

para el Estado de Guanajuato”. SEXTO: El desarrollador queda sujeto a cumplir con

las obligaciones consignadas en el Permiso de Urbanización, así como a realizar y

concluir las obras de urbanización con las especificaciones señaladas por los

Organismos Operadores, con apego al calendario y avance planteados en su

programa de ejecución o de obra presentado y llevar a cabo las reparaciones de los

vicios ocultos y/o desperfectos que presenten las obras de urbanización de

conformidad con el Artículo 433 cuatrocientos treinta y tres del Código Territorial para

el Estado y los Municipios de Guanajuato, vigente. SÉPTIMO: El desarrollador

deberá acreditar a la Dirección General de Desarrollo Urbano Municipal los pagos que

realice mensualmente ante los organismos operadores, CFE, JUMAPA y Dirección de

Servicios Municipales por concepto de pago del consumo de los servicios en su

fraccionamiento, Electrificación, Agua Potable, Drenajes y Alumbrado Público, pagos

que deberá acreditar hasta que concluya las obras de urbanización de su

fraccionamiento y lleve a cabo la municipalización del mismo, de acuerdo a lo que

establece el artículo 448 del Código Territorial para el Estado y los Municipios de

Guanajuato. OCTAVO: El Ayuntamiento podrá suspender temporalmente el Permiso

de Venta otorgado en caso de que el desarrollador se encuentre en incumplimiento a

lo establecido por el artículo 448 y 453 del Código Territorial para el Estado y los

Municipios de Guanajuato. NOVENO: Así mismo, inscríbase esta Autorización a costa

del solicitante en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Partido

Judicial de Celaya, Guanajuato y publíquese, por una sola vez, en el Periódico Oficial

del Gobierno del Estado de Guanajuato y en un diario de circulación local en el

Municipio, tal como se estipula en el artículo 432 del Código Territorial para el Estado

y los Municipios de Guanajuato. DÉCIMO: El desarrollador deberá colocar y

conservar en el predio del cual se autorice el fraccionamiento o el desarrollo en

Condominio, el aviso donde se mencionen las características de los mismos y las

autorizaciones otorgadas; esto conforme a lo dispuesto por el artículo 446 fracción

VIII del Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato. DÉCIMO

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PRIMERO: El desarrollador estará obligado a realizar y concluir las obras de

urbanización o de edificación, con apego al programa de ejecución, y en caso

contrario, la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal tiene la obligación de:

Comunicar a las autoridades competentes para que dicten las medidas de seguridad;

Notificar al Ayuntamiento para que suspenda el Permiso de Venta otorgado; y

Informar a la Tesorería Municipal para que proceda al reclamo de la garantía. La

Dirección de Desarrollo Urbano Municipal procederá a cuantificar el avance de obra

y evaluar las obras faltantes a efecto de comunicar a la Tesorería Municipal, el valor

a que asciende la obra no realizada. DÉCIMO SEGUNDO: En consecuencia de lo

antes establecido, la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal podrá hacer efectiva la

garantía por medio de la Tesorería Municipal, y una vez obtenido su importe se

procederá a la terminación de la obras de urbanización, conforme a lo dispuesto por

el artículo 453 y 454 del Código Territorial para el Estado y los Municipios de

Guanajuato. DÉCIMO TERCERO: La Póliza de garantía de Fianza No. 88270537

00000 0000 de fecha 22 de Octubre del 2015 que por obra faltante se otorgó, deberá

ser ratificada ante la Afianzadora correspondiente de acuerdo a los periodos de pago

que realice el desarrollador del Fraccionamiento. Los periodos de ratificación deberán

realizarse mientras el desarrollador no haya concluido las obras de urbanización del

Fraccionamiento, situación que esta Dirección General de Desarrollo Urbano notificará

mediante oficio de conclusión de obras de urbanización; por lo que la fianza estará en

vigor a partir de la fecha de expedición y sólo se cancelará con la autorización

expresa y por escrito de la Presidencia Municipal. DÉCIMO CUARTO: Sométase a

consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su

aprobación. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes

de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial, en fecha

12 de enero del 2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José Ramón

Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del

Pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.-==

COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS MUNICIPALES =======

En uso de la voz la Regidora, LAE. Adriana Josefina Audelo Arana, Presidenta de

la Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano,

para que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se

omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura,

para únicamente referirse al rubro, se somete a consideración del pleno la propuesta

de la Regidora, misma que se aprueba por Unanimidad de los presentes, por lo que

se procede a transcribir íntegramente el dictamen de Obras Públicas y Servicios

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Municipales. ============================================

DICTAMEN OSM-002/2016.- Que emite la Comisión de Obras Públicas y Servicios

Municipales, mediante el cual se acuerda realizar las obras complementarias de

urbanización de la nueva clínica del IMSS. CONSIDERANDO.- 1.- Que con la

facultad que confiere el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, fracción I, “cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento…”; y

fracción II, “los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su

patrimonio conforme a la Ley”; y fracción IV, “los municipios administrarán

libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les

pertenezcan, así como de los contribuyentes y otros ingresos que las Legislaturas

establezcan a su favor”. Así mismo en el artículo 76 fracción IV inciso a) de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, se establece que es atribución del

Municipio: “administrar libremente su hacienda y controlar la aplicación del

presupuesto de egresos del municipio”. 2.- Atendiendo lo dispuesto por el Artículo

126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en correlación con el

artículo 134 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, se establece la

prohibición de realizar algún pago que no esté comprendido en el Presupuesto ó por

Ley posterior; en ese sentido en el artículo 235 de la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato, señala que: “ningún gasto podrá efectuarse sin que exista

partida expresa del presupuesto que lo autorice y que tenga saldo disponible para

cubrirlo, a excepción de las resoluciones de naturaleza jurisdiccional que determinen

obligaciones a cargo del Municipio”. 3.- Por lo que conforme al artículo 76, fracción

II, inciso g) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, es atribución

del Ayuntamiento en materia de obra pública y desarrollo urbano: “Aprobar el

programa de obra pública; así como convenir y contratar la ejecución de obra

pública”. 4.- Así mismo, en la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la

misma para el Estado y los Municipios de Guanajuato, se establece en los siguientes

artículos lo siguiente: artículo 5, “…igualmente los Poderes Legislativo, así como los

organismos autónomos por ley y los ayuntamientos, deberán aprobar sus respectivos

programas de obra pública y lo integrarán en su presupuesto de egresos”; artículo 7,

“El gasto para la obra pública y servicios relacionados con la misma, se sujetará a las

disposiciones de la Ley del Presupuesto General de Egresos del Estado, para el

ejercicio fiscal que corresponda, así como el presupuesto de egresos de los

ayuntamientos y demás disposiciones aplicables…” Y atendiendo a lo dispuesto en el

artículo 17 del ordenamiento en mención, se establece que las direcciones

municipales con base en los expedientes técnicos, elaborarán la propuesta del

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programa anual de obra pública y servicios relacionados con la misma del ejercicio

siguiente, en los términos de las leyes aplicables. Por lo que conforme al artículo 21

de la Ley señalada con anterioridad, se establece literalmente que “los ayuntamientos

autorizarán la aplicación de recursos financieros para los programas de obra pública y

servicios relacionados con la misma, a ejecutar durante el ejercicio presupuestal, de

conformidad con la planeación y programación previamente desarrollada. Dicha

autorización de hará del conocimiento de la tesorería municipal, del órgano de control

municipal y de la dirección municipal, las que se asegurarán de la disponibilidad

presupuestal y de la existencia de los expedientes y técnicos dictaminados y

validados”. 5.- En ese sentido el artículo 69 de la Ley para el Ejercicio y Control de los

Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato; establece que es

competencia del Ayuntamiento resolver todas las propuestas de creación y

modificación de sus respectivos presupuestos. Expuesto lo anterior, en Reunión

Ordinaria de la Comisión de Obras Públicas y Servicios Municipales, celebrada en

fecha 12 de enero de 2015, se analizó el tema para realizar las obras

complementarias de urbanización de la construcción de una nueva clínica del IMSS.

Ahora bien, en la Octava Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento de fecha 18 de

diciembre de 2015, se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio

Fiscal 2016, mediante el cual se crea la partida presupuestal denominada Obra

Pública, del cual se desprende dicho Programa de Obra Pública. De igual forma se

hace constar que la sesión referida con anterioridad, mediante DICTAMEN OSM-

001/2015 se aprobó el PGO 2016, en el cual se contempla dentro de la Comisión de

Salud, la acción denominada “Clínica del IMSS (Obras Complementarias) Por lo que

en mérito de lo expuesto y con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión: R E S U E L V E.-

PRIMERO.- Se acuerda realizar las obras complementarias de urbanización de la

nueva clínica del IMSS, mismas que se encuentran referidas en Programa General de

Obra para el ejercicio fiscal 2016. SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección de Obras

Públicas aplicar el recurso conforme a lo convenido. TERCERO.- Se instruye al

Secretario del Ayuntamiento notifique a la Dirección de Obras Públicas y a la

Tesorería Municipal. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H.

Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. Así lo resolvieron y firmaron

para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Obras Públicas y

Servicios Municipales, en fecha 13 de enero de 2016. Finalizada la lectura del

dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento,

procede a someterlo a consideración del Pleno del Ayuntamiento, mismo que se

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aprueba por unanimidad de los presentes.-==========================

COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS MUNICIPALES =======

En uso de la voz el Regidor, Lic. José Trinidad Martínez Soto, Presidente de la

Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano, para

que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se

omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura,

para únicamente referirse al rubro, se somete a consideración del pleno la propuesta

del Regidor, misma que se aprueba por Unanimidad de los presentes, por lo que se

procede a transcribir íntegramente los dictámenes de contraloría.- ===========

CONTRALORIA-002/2016.- Que emite la Comisión de Contraloría, mediante el

cual se instruye a la Oficialía Mayor y a las Direcciones Generales iniciar el

procedimiento de reposición o en su caso aplicar los descuentos a los responsables

de faltantes de bienes muebles propiedad municipal de conformidad a lo establecido

en el Dictamen HDA-062/2007. CONSIDERANDO.- Que conforme a lo establecido

por el artículo 80, 81, y 83 fracción VIII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado

de Guanajuato, refiere a la nueva creación de la Comisión de Contraloría, así como lo

establecido en el artículo 77 BIS del Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento

de Celaya, Gto. Que dentro de los asuntos del orden del día de la reunión de la

Comisión de Contraloría de fecha 19 de enero del 2016, se revisó el tema de los

faltantes de bienes muebles asignados a las diferentes Dependencias y en

seguimiento al análisis del informe presentado por la Dirección de Control Patrimonial

de los faltantes que tienen la Dependencias, la Comisión aprobó la aplicación estricta

de lo resuelto mediante Dictamen HDA-062/2007. Ahora bien, y por lo antes

expuesto, y con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato, esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se instruye a la

Oficialía Mayor y a las Direcciones Generales iniciar el procedimiento de reposición o

en su caso aplicar los descuentos a los responsables de faltantes de bienes muebles

propiedad municipal de conformidad a lo establecido en el Dictamen HDA-062/2007.

SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección de Control Patrimonial, haga saber a las

Dependencias los resultados de sus inventarios, así como de los faltantes que esta

pudiese tener, para dar seguimiento al resolutivo que antecede. TERCERO.- Se

instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido

por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento

el presente dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su

cumplimiento. Así lo resolvieron por mayoría y firmaron para su debida constancia los

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integrantes de la Comisión de Contraloría, en fecha 19 de enero del 2016. Finalizada

la lectura del dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del

Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del Pleno del Ayuntamiento,

mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.-=================

CONTRALORIA-003/2016.- Que emite la Comisión de Contraloría, mediante el

cual se instruye a la Contraloría Municipal inicie los Procedimientos de

Responsabilidad Administrativa de los involucrados en la revisión a los puntos 2.2.1 y

2.2.2 del Informe Final de la auditoría practicada a la Dirección Administrativa del DIF

municipal. CONSIDERANDO.- Que conforme a lo establecido por el artículo 80, 81,

y 83 fracción VIII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, refiere

a la nueva creación de la Comisión de Contraloría, así como lo establecido en el

artículo 77 BIS del Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto.

Que dentro de los asuntos del orden del día de la reunión de la Comisión de

Contraloría de fecha 19 de enero del 2016, se llevó a cabo el análisis del informe

Final de la auditoría practicada a la Dirección Administrativa del DIF municipal,

presentado por la Contraloría Municipal, y en específico a los puntos señalados como

2.2.1 y 2.2.2.; Ahora bien, y por lo antes expuesto, y con fundamento en el artículo

81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión:

RESUELVE: PRIMERO.- Se instruye a la Contraloría Municipal inicie los

Procedimientos de Responsabilidad Administrativa de los involucrados en la revisión a

los puntos 2.2.1 y 2.2.2 del Informe Final de la auditoría practicada a la Dirección

Administrativa del DIF municipal. SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría del H.

Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV

de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. TERCERO.- Sométase a

la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su

aprobación. CUARTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron por

mayoría y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de

Contraloría, en fecha 19 de enero del 2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior

el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a

consideración del Pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de

los presentes.-===========================================

COMISIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y SERVICIO CIVIL DE CARRERA ===

En uso de la voz la Regidora, C.P. Blanca Elena González Zavala, Presidenta de la

Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano, para

que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se

omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura,

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para únicamente referirse al rubro, se somete a consideración del pleno la propuesta

de la Regidora, misma que se aprueba por Unanimidad de los presentes, por lo que

se procede a transcribir íntegramente el dictamen de Recursos Humanos y Servicio

Civil de Carrera.- =========================================

DICTAMEN RHYSCC-001/2016.- Que emite la Comisión de Recursos Humanos y

Servicio Civil de Carrera, mediante el cual se aprueba el Tabulador de Sueldos

Vigente a partir del mes de enero de 2016 de la Administración Pública

Municipal. CONSIDERANDO.- Con la facultad que confiere el artículo 115, fracción

IV, inciso c), último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, el artículo 121 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y

el artículo 76, fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato; el Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer los recursos que

integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa o bien, por quién éste

autorice conforme a la Ley. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

en su artículo 126, establece la prohibición de realizar algún pago que no esté

aprobado presupuestalmente, así mismo la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato, en su artículo 235, establece que ningún gasto podrá efectuarse sin que

exista partida expresa del presupuesto que lo autorice y que tenga saldo disponible

para cubrirlo. Conforme a lo establecido por el artículo 69 de la Ley para el Ejercicio y

Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, es

competencia del Ayuntamiento resolver toda propuesta de creación y modificación

de sus respectivos presupuestos. Y que en la Séptima Sesión Ordinaria del H.

Ayuntamiento de fecha 10 de diciembre de 2015, se aprobó el Presupuesto de

Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016, mismo que incluyó lo referido en la

fracción IV del artículo 28 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos

Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato. Por lo anteriormente

expuesto y con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para

el Estado de Guanajuato, estas Comisiones: RESUELVEN: PRIMERO. Se aprueba el

Tabulador de Sueldos Vigente a partir del mes de enero de 2016 de la Administración

Pública Municipal, conforme al tabulador de sueldos anexo al presente dictamen.

SEGUNDO.- Se instruye a la Oficialía Mayor realice el trámite correspondiente para

dar cumplimiento al resolutivo anterior. TERCERO.- Se instruye a la Tesorería

Municipal dé la suficiencia presupuestal correspondiente a las partidas que para tal

efecto se designen de acuerdo a lo establecido. CUARTO.- Se instruye a la

Secretaría del H. Ayuntamiento notifique para su cumplimiento a la Oficialía Mayor y

a la Tesorería Municipal. QUINTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H.

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Ayuntamiento el presente dictamen para su aprobación. Así lo resolvieron y firmaron

para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Recursos Humanos y

Servicio Civil de Carrera, en fecha 13 de enero de 2016. Finalizada la lectura del

dictamen anterior el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento,

procede a someterlo a consideración del Pleno del Ayuntamiento, mismo que se

aprueba por Mayoría Calificada, con 12 Votos a favor y 03 votos en contra,

siendo el voto en contra el de la Regidora. Lic. Montserrat Vázquez Acevedo; Regidor,

LAE. Jorge Montes González; Regidora, L.C. María Eloísa Cholico Torres. ========

COMISIÓN DE DESARROLLO ECONOMICO Y TURISMO.- ===========

En uso de la voz el Regidor, LAE. Jorge Montes González, Presidente de la

Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano, para

que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se

omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura,

para únicamente referirse al rubro, se somete a consideración del pleno la propuesta

del Regidor, misma que se aprueba por Unanimidad de los presentes, por lo que se

procede a transcribir íntegramente el dictamen de Desarrollo Económico y Turismo.=

DICTAMEN DEYT- 003/2016.- Que emite la Comisión de Desarrollo Económico y

Turismo, referente a la aprobación de las bases para el Programa de Fortalecimiento

Económico a través del reembolso del costo total de los trámites para micro y

pequeñas empresas de nueva creación. CONSIDERANDO.- 1.- Que la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 115 Fracciones I y II en

concordancia con los Artículos 106, 107 y 121 de la Constitución Política para el

Estado de Guanajuato; y con el Artículo 2 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado

de Guanajuato; establecen que los Municipios estarán investidos de personalidad

jurídica y patrimonio propio, autónomos en su régimen interior y con libre

administración de su Hacienda y manejarán su patrimonio conforme a la Ley. 2.-

Conforme a lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos en su Artículo 126, establece la prohibición de realizar algún pago que no

esté aprobado presupuestalmente, así mismo la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato, en su Artículo 235, establece que ningún gasto podrá

efectuarse sin que exista partida expresa del presupuesto que lo autorice y que tenga

saldo disponible para cubrirlo. 3.- Así mismo, el Artículo 76, Fracción IV inciso a) de

la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; el Ayuntamiento tiene

atribuciones para ejercer los recursos que integran la Hacienda Pública Municipal en

forma directa o bien, por quien éste autorice conforme a la Ley. 4.- Así también el

artículo 3 fracción III, de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro,

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Pequeña y Mediana Empresa, establece: “Para los efectos de esta Ley se entiende:

MIPYMES: Micro, pequeñas y medianas empresas, legalmente constituidas, con base

en la estratificación establecida por la Secretaría, de común acuerdo con la Secretaría

de Hacienda y Crédito Público y publicada en el Diario Oficial de la Federación,

partiendo de la siguiente: ===================================

Se incluyen productores agrícolas, ganaderos, forestales, pescadores acuicultores,

mineros, artesanos y de bienes culturales, así como prestadores de servicios turísticos

y culturales;”. 5.- Con el reembolso del costo total de los trámites se pretende que

las micro y pequeñas empresas del Municipio de Celaya que sean de nueva creación.

6.- Con el otorgamiento de dichos incentivos económicos se pretende que el

Municipio de Celaya tenga como objetivo respaldar, el programa de Fortalecimiento

Económico para Micro y Pequeñas empresas de bajo y medio impacto con

características sustentables y así incrementar la generación de empleos directos, la

derrama económica y en general el Desarrollo Económico del municipio. 7- Ahora

bien, el Director General de Desarrollo Económico, Ing. Fernando Vera Noble,

sometió a consideración de la Comisión de Desarrollo Económico y Turismo, la

propuesta del reembolso de trámites a Micro y Pequeñas empresas de nueva

creación, con el número de partida presupuestal denominada Subsidios para la

inversión 31111-0201-K0003-4331. Por lo que en mérito de lo expuesto y con

fundamento en el Artículo 81 de la Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato,

estas Comisiones: RESUELVEN.- PRIMERO: Se aprueban las bases para otorgar el

reembolso a micro y pequeñas empresas de nueva creación, mismas que se anexan

al presente dictamen como si a la letra se insertaren, a cargo de la Dirección de

Desarrollo Económico, dentro del rubro “SARE”. El incentivo a la apertura de

empresas micro y pequeñas, está bajo el número de partida presupuestal

denominada Subsidios para la inversión 31111-0201-K0003-4331. Así mismo, se

describen los requisitos mínimos que deben ser cubiertos para otorgar a micro y

pequeñas empresas de bajo y medio impacto; siendo los siguientes: Genere un

autoempleo o más. Que el giro de la empresa no incluya venta de bebidas de

contenido alcohólico. Se clasifiquen como micro y pequeña empresa por el número de

empleos de acuerdo con el Diario Oficial de la Federación de fecha 30 de marzo de

1999. Presente en copia todos los trámites Municipales, Estatales y Federales, así

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como los recibos de pago. Cumpla con las disposiciones legales observadas por las

áreas de la Administración Pública Municipal. Copia de identificación oficial, del titular

o representante legal de la empresa. Copias del comprobante de domicilio y del

Registro Federal de Contribuyentes del solicitante. Llenado y entrega del formato de

reembolso en el cual se establece el perfil de la empresa. SEGUNDO: El porcentaje

de reembolso es al 100% del costo total de los trámites para las empresas micro y

pequeñas de nueva creación. El porcentaje resultante será aplicado al monto de los

pagos efectuados por la empresa para los trámites municipales requeridos para su

instalación. TERCERO: La Dirección General de Desarrollo Económico será la

dependencia evaluadora para el otorgamiento y aprobación de los apoyos a

empresas, así mismo será la encargada de verificar el cumplimiento de las

disposiciones legales vigentes ante las diferentes dependencias y entidades de la

administración pública municipal. CUARTO: Además de lo establecido en el párrafo

anterior se deberá atender a los Lineamientos Generales en Materia de Racionalidad,

Austeridad y Disciplina Presupuestal para el ejercicio Fiscal 2016, emitidos por la

Tesorería Municipal. QUINTO: La vigencia del presente dictamen será durante la

actual administración, pudiendo ser modificado y/o ratificado por las siguientes

administraciones. SEXTO: Sométase a la consideración del Pleno del H.

Ayuntamiento el presente dictamen para su aprobación. SÉPTIMO: Una vez

aprobado el presente Dictamen notifíquese a la Dirección de Desarrollo Económico y

a la Tesorería Municipal, para los efectos legales correspondientes. CTAVO:

Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida

constancia los integrantes de la Comisión de Desarrollo Económico y Turismo en

fecha 20 de Enero de 2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José

Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a

consideración del Pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de

los presentes.-===========================================

PUNTO NÚMERO SEIS.- ASUNTOS GENERALES. =================

En esta ocasión no hay asuntos generales inscritos.=====================

PUNTO NÚMERO SIETE.- Clausura de la Sesión.- ====================

En uso de la voz el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento,

informa al Presidente Municipal, Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, que han

sido agotados los asuntos inscritos en el Orden del Día, por lo que el Mandatario

Municipal declara clausurados los trabajos de la Novena Sesión Ordinaria del

Ayuntamiento, siendo las 12:36 Doce Horas con Treinta y Seis Minutos, del

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día de su fecha, levantándose para constancia la presente acta, misma que firman

quienes en ella intervinieron. Doy Fe. =============================