acordada csjn 11 año 2014

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  • Expediente N

    En Buenos Aires, a los das del mes de o..U. delao 2014, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los

    seores Ministros que suscriben la presente,

    CONSIDERARON:

    1) Que dentro del proceso de cambio ymodernizacin en la prestacin del servicio de justicia,

    que en el marco del Programa de FortalecimientoInstitucional del Poder Judicial de la Nacin se vienedesarrollando, la Corte Suprema de Justicia de la Nacin,

    en uso de las facultades que le otorga la ConstitucinNacional y en razn de la sancin de la Ley nO 26.685, hadictado la Acordada nO 31/11 por medio de la cual haprocedido a reglamentar el uso del domicilio electrnico

    constituido e instalar el Sistema de Notificacin

    Electrnica y disponer su gradual implementacin en elmbito de la Corte Suprema de Justicia de la Nacin;

    11) Que en cumplimiento de ese cometido,mediante las Acordadas 3/2012, 29/2012, 35/2013, 36/2013 Y

    43/2013 se dispuso la progresiva incorporacin al sistemade las causas diligenciadas ante la Corte Suprema de

    Justicia de la Nacin.

  • 111) Que por Acordada 38/2013 se dispuso laampliacin del mbito de aplicacin del sistema, en dosetapas, a todo el Poder Judicial de la Nacin.

    IV) Que con la puesta en marcha del sistema

    se deben disponer medidas que coadyuven a un adecuadotratamiento de las particulares caractersticas de las

    partes y otros intervinientes en el proceso.

    V) Que en este sentido, y en virtud de lo

    dispuesto en el inciso 100 de la acordada 31/2011 respectode los Ministerios Pblicos, resulta necesario identificara las Dependencias de la Defensora General con el

    identificador CUID y a las dependencias del Ministerio

    Publico Fiscal con el identificador CUIF y cursar all la

    notificacin electrnica, independientemente de las

    notificaciones personales que tambin se dirigirn al

    domicilio electrnico del/de los titulares de lasdependencias aludidas. El control y asignacin de los

    responsables de los CUID y CUIF, quedar a cargo de losrespectivos Ministerios Pblicos.

    VI) Que asimismo se cree convenientecontemplar nuevos perfiles, considerando a la totalidad de

    intervinientes que deben constituir domicilio electrnico.

    VII) Que de las presentaciones que serealicen en el marco de los procesos judiciales debern

    adjuntarse copias en formato digital. Ello sin perjuicio delo previsto en los ordenamientos procesales pertinentes.

    VIII) Que de toda notificacin electrnica

    que se curse deber dejarse constancia en el expediente en

    \

  • ,mADA NQ)) 1). 4 Expediente N '4bjD /JJ.

    soporte papel de conformidad con el anexo 11 de estaAcordada.

    IX) Que a fin de una correcta

    implementacin, en la medida en que sea necesario, se prevel dictado de futuras directivas que faciliten la

    instrumentacin y gestin de actividades vinculadas a laconstitucin de domicilio, el diligenciamiento de las

    notificaciones electrnicas y la incorporacin de archivosen formato digital.

    Por ello,

    ACORDARON:

    l) Incorporar la notificacin a Defensores yFiscales respectivamente mediante el Cdigo nico de

    identificacin de defensoras (CUID) y de fiscalas (CUIF).2) Habilitar los perfiles que figuran en elAnexo 1 entre los que se distinguirn letrados; sndicos,peritos y otros auxiliares de la justicia; apoderados departidos polticos y autorizados.

    3 0) Disponer que tanto las partes como los

    auxiliares de la justicia debern adjuntar copias digitalesde sus presentaciones en el marco de los procesos

    judiciales.4) Establecer que de toda notificacin

    electrnica que se curse deber dejarse constancia en el

    expediente de conformidad con el anexo 11 de esta Acordada.

  • 5) Facultar a la Comisin Nacional deGestin Judicial en conjunto con la Direccin de Sistemas

    de la Corte Suprema de Justicia de la Nacin y la Direccin

    General de Tecnologa del Consejo de la Magistratura el

    dictado futuras directivas que faciliten ladeinstrumentacin y gestin de actividades vinculadas a laconstitucin de domicilio y diligenciamiento de las

    del sistema.

    notificaciones electrnicas para el correcto funcionamiento

    Todo lo cual dispusieron, ordenando que se comunique,publique en la pgina web del Tribunal, en el Boletn

    Oficial, el CIJen ycorrespondien-po-La'n

    ------'---

    -)

    //1fL!MINISTRO ce LA , 'CORTE SUPREMA ce Il$TJQt\

    DE LA NACtOM ,

    se registre en el libro

    CC\1\

    / MINISiRO DEUST\Clto.....oQTE s:';CION

  • ,lOADA N )J Il. . Expediente N ibo I

    Anexo 1

    PERFILES: Se definen a continuacin los perfiles de usuarios que deben integrar lanmina para las distintas funciones del Sistema de Gestin Judicial:

    Perfil Funciones Requisitos

    Letrado Notificarse MatrculaNotificar FotoDNI

    Constancia de CUIUCUITFecha de nacimientoMinisterios Pblicos Notificarse Resolucin de

    Notificar nombramientoFotoDNIConstancia de CUIUCUITFecha de nacimientoPeritos, sndicos y ottos Notificarse Constancia de inscripcin o

    auxiliares Notificar designacin en la CmaraFotoDNIConstancia de CUIUCUITFecha de nacimientoApoderados de partidos Notificarse Designacin por el partidopolticos FotoDNI

    Constancia de CUIUCUITFecha de nacimientoAutorizados Consultar DNI

    Confeccionar borradores de CUIUCUITCorreo electrnicocdula

  • Anexo II

    CONSTANCIA: La constancia en el expediente de que se ha'

    cursado una notificacin electrnica, en vas a

    disminuir el consumo de papel, se realizar mediante unsello o dejando nota manual.

    Es importante que quede asentada:l-Fecha y hora.

    2- Destinatari%s de la notificacin.3- Firma.