abogados

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Hilando fino… La fidelidad aplica, en todo caso, al ejercicio de la abogacía B. Marianela Vidaurre Reyes Eventualmente en algún momento de la vida toda persona requiere los servicios profesionales de un abogado, más aún en la dinámica de la sociedad actual que se manifiesta constantemente menos humanitaria y respetuosa de los derechos individuales y colectivos. Dentro de los valores que sustentan al Estado Plurinacional está la justicia, siendo además una de sus funciones esenciales y fin primordial. Lo que concuerda con el artículo 115 constitucional: “I. Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos. II. El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones”. Las abogadas y los abogados son profesionales que prestan un servicio a la sociedad de interés público, por medio del asesoramiento y la defensa de derechos e intereses tanto públicos como privados, mediante la aplicación de la ciencia y técnica jurídica. De acuerdo a la Ley del Ejercicio de la Abogacía Nº 387 de 9 de julio de 2013 el jurista debe enmarcar su trabajo a los principios de independencia, idoneidad, libertad de defensa, confidencialidad y primordialmente con fidelidad entendida como la obligación de no defraudar la confianza del patrocinada ni defender intereses en conflicto con los de aquél , y el principio de lealtad que impone al abogado a defender los intereses de la persona patrocinada de manera veraz sin crear falsas expectativas ni magnificar las dificultades. La Ley antes mencionada enumera los deberes de los abogados, dentro de los más importantes cabe destacar los siguientes: defender con lealtad y eficiencia los intereses de sus patrocinados, informar a la persona patrocinada sobre los asuntos de su interés, el estado y avance de la causa,

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Page 1: Abogados

Hilando fino…

La fidelidad aplica, en todo caso, al ejercicio de la abogacía

B. Marianela Vidaurre Reyes

Eventualmente en algún momento de la vida toda persona requiere los servicios profesionales de un abogado, más aún en la dinámica de la sociedad actual que se manifiesta constantemente menos humanitaria y respetuosa de los derechos individuales y colectivos. Dentro de los valores que sustentan al Estado Plurinacional está la justicia, siendo además una de sus funciones esenciales y fin primordial. Lo que concuerda con el artículo 115 constitucional: “I. Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos. II. El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones”.

Las abogadas y los abogados son profesionales que prestan un servicio a la sociedad de interés público, por medio del asesoramiento y la defensa de derechos e intereses tanto públicos como privados, mediante la aplicación de la ciencia y técnica jurídica.

De acuerdo a la Ley del Ejercicio de la Abogacía Nº 387 de 9 de julio de 2013 el jurista debe enmarcar su trabajo a los principios de independencia, idoneidad, libertad de defensa, confidencialidad y primordialmente con fidelidad entendida como la obligación de no defraudar la confianza del patrocinada ni defender intereses en conflicto con los de aquél, y el principio de lealtad que impone al abogado a defender los intereses de la persona patrocinada de manera veraz sin crear falsas expectativas ni magnificar las dificultades.

La Ley antes mencionada enumera los deberes de los abogados, dentro de los más importantes cabe destacar los siguientes: defender con lealtad y eficiencia los intereses de sus patrocinados, informar a la persona patrocinada sobre los asuntos de su interés, el estado y avance de la causa, hacer conocer al patrocinado las relaciones de amistad o parentesco con la otra parte o autoridades jurisdiccionales u otra circunstancia, que sea motivo suficiente para que el patrocinado prescinda de sus servicios. A partir de estos deberes dicha norma establece infracciones graves y gravísimas establecen como sanciones la suspensión de hasta dos años y multa de hasta seis salarios mínimos nacionales.

Es así que toda persona que en caso de advertir el incumplimiento de los principios o deberes por su abogado puede prescindir de sus servicios, contratando a otro profesional de su confianza, debiendo denunciar toda inconducta para que previo el proceso correspondiente se sancione conforme a Derecho.* Abogada.