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Sistema de Autocontrol y Gestión de Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento de Terrorismo ABOGADOS ASOCIADOS ARIO GUAR

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Page 1: ABC del SAGRLAFT MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

Sistema de Autocontrol y Gestión de Riesgo de Lavado de Activos yFinanciamiento de Terrorismo

A B O G A D O S A S O C I A D O S ARIO GUAR

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A B O G A D O S A S O C I A D O S ARIO GUAR

Sistema de Autocontrol y Gestión de Riesgo de Lavado de Activos yFinanciamiento de Terrorismo

Page 4: ABC del SAGRLAFT MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

Colaboraciones Y AgradecimientosConsultoria SagrlafIng. G. PontónIng. Enrique Nieto Moncada. Dr. Harol Mor�go MorenoDra. Laura Ceballos

Page 5: ABC del SAGRLAFT MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

Para mí es un gusto presentar esta guía prác�ca, en la que encontrará información sobre el Sistema de Autocontrol de Ges�ón de Riesgos de Lavado de Ac�vos y Financiación al terrorismo (SAGRLAFT), y que servirá como apoyo para que las empresas nacionales o extranjeras con ac�vidad económica en Colombia puedan introducir en su marco estratégico los requerimientos exigidos por la circular de la Superintendencia de sociedades 100‐000005 de junio 27 de 2014.

Este manual se publica con el obje�vo de orientar la acción empresarial de acuerdo con los principios de iden�ficación, medición, control y monitoreo, minimizando la posibilidad de que a través de las Empresas se introduzcan recursos provenientes de ac�vidades ilícitas o se financien acciones terroristas.

A lo largo de este texto se hace una explicación clara sobre el tema en concreto, recurriendo a mi formación académica como Abogado especializado en Derecho Penal y a la experiencia adquirida, entre otras como Director Nacional de Estupefacientes, V iceministro de Jus�cia y Fiscal General de la Nación, todo ello permi�éndome desarrollar el tema planteado.

Brindamos información para que las empresas fortalezcan las polí�cas, procesos y procedimientos existentes, reduzcan el riesgo de sanciones le gales e implementen una cultura empresarial de transparencia en aras de prevenir la complicidad con ilícitos, mejorando su reputación en el mercado y garan�zando la con�nuidad de los negocios.

MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS, pretende ser un aliado estratégico y facilitar su

experiencia en este proceso.

MARIO GERMAN IGUARAN ARANA

MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

CONSULTOR SAGRLAFT

PROLOGO

A B O G A D O S A S O C I A D O S ARIO GUAR

Page 6: ABC del SAGRLAFT MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

La seguridad económica mundial está bajo una amenaza constante de las organizaciones criminales, lo que hace

evidente la dimensión del conflicto en los diferentes sectores económicos de Colombia y del resto del mundo que

afectan la economía y la seguridad de los países. Desde el punto de vista económico, el blanqueo de capitales se ha

conver�do en el mayor problema de los mercados financieros al ser penetrados con las u�lidades ilícitas lo que conduce

a distorsionar la ac�vidad financiera empresarial legí�ma generando corrupción a su paso.|

El riesgo de lavado de ac�vos y financiación del terrorismo (en adelante LA y FT) se define como la probabilidad de daño

o perdida que pueda sufrir una empresa al ser u�lizada directamente o a través de sus operaciones como instrumento

para el LA y/o canalización de recursos hacia la realización de ac�vidades terroristas o cuando se pretenda ocultar

ac�vos provenientes de dichas ac�vidades.

A través de una adecuada administración de riesgo de LA y/o FT, se pueden controlar los efectos de los riesgos ya sean

legales, reputacionales, opera�vos y de contagio a los cuales se pueda ver expuesta la compañía con el consecuente

efecto económico nega�vo que ello represente para la estabilidad económica y financiera de la empresa. Igualmente se

afecta la empresa en su compe��vidad, produc�vidad y perdurabilidad

El Gobierno Nacional a través de la Superintendencia de Sociedades expidió la circular No. 100‐000005 de junio 17 de

2014, sobre la regulación del Sistema de Autocontrol y Ges�ón del Riesgo de Lavado de Ac�vos y Financiación del

Terrorismo – SAGRLAF, como una consecuencia de la Circular Externa 004 de 2009 del mismo supervisor que hablaba de

un sistema de prevención que invitaba a los empresarios a contar con medidas de protección frente a estos riesgos, pero

era de cumplimiento voluntario ya que no generaba sanciones a quienes incumplieran su reglamentación, por lo que no

son muchas las compañías que la han aplicado, y por el contrario la regulación de 2014 impone sanciones y �ene corto

plazo de cumplimiento.

La circular externa No. 100‐000005 de junio 17 de 2014, pretende que las empresas incorporen al control interno y a su

programa corpora�vo el manejo de la Ges�ón de Riegos. La Superintendencia de Sociedades con base en su polí�ca de

supervisión está enfocada en los riesgos a los cuales están expuestas las empresas, destacando el riesgo de LA y FT.

La par�cipación voluntaria o involuntaria en la comisión de estos delitos genera para las empresas: inclusión en listas

indeseables que restringirán o imposibilitaran acceso al crédito, proveedores y clientes, y puede posteriormente

conducir a su liquidación, en razón a las medidas que por mandato legal adopten las autoridades competentes.

Los asociados, administradores, empleados y contra�stas de la empresa que resulten involucrados en cualquiera de

las conductas que �pifican tales delitos pueden verse some�dos a inves�gaciones y sanciones administra�vas, civiles o

penales.

Por lo anterior y considerando la amplia experiencia de MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS, nos permi�mos

presentarle una propuesta posi�va encaminada a la prevención y protecc ión para su empresa, proveedores, y asociados

con el fin de no solo cumplir con la norma�vidad vigente, sino también, trabajar conjuntamente por un país libre de este

flagelo.

INTRODUCCION

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Page 7: ABC del SAGRLAFT MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

Es el sistema adoptado para promover la

cultura de administración del riesgo y

prevención que deben implementar

en�dades vigiladas por la Superintendencia

de Sociedades para protegerse frente al

riesgo de LA y FT.

1. Minimizar la posibilidad de que a

través de la empresa se introduzcan

recursos provenientes de ac�vidades

ilícitas, para lo cual se debe:

· Iden�ficar las situaciones de

riesgo en operaciones, negocios y

contratos.

· Establecer procedimientos de

debida diligencia para los

clientes, las personas expuestas

públicamente, proveedores,

asociados, empleados y cualquier

parte en negocios de bienes y

servicios;

· Reglamentar el manejo del dinero

en efec�vo.

2. Proporcionar estándares y

lineamientos para que las empresas

diseñen e implementen el Sistema de

LA/FT a su medida.

3. Concien�zar y sensibilizar a todos los

clientes internos y externos respecto

a los riesgos que se asumen por la

mala prác�ca y negligencia en el

cumplimiento de normas y

procedimientos para la prevención

LA/FT.

4. Conocer las �pologías de los delitos

del LA/FT en los diferentes sectores

económicos con sus señales de alerta

y así reconocer las operaciones

inusuales y sospechosas cuando

existen indicios que se efectúan con

recursos provenientes de ac�vidades

QUE ES SAGRLAFT?

OBJETIVOS DEL SAGRLAFT

ilícitas.

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Page 8: ABC del SAGRLAFT MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

Con posterioridad a la entrada en vigencia

de la circular en mención, las empresas que

registren el mismo tope a 31 de diciembre

de 2014, y en adelante para la misma fecha

de corte, estarán obligadas a implementar y

dar cumplimiento a lo dispuesto en dicha

circular en un término no mayor a 12 meses.

DE MANERA PREVENTIVA las sociedades que

estén por debajo del tope requerido podrán

implementar el Sistema de Administración

de riesgo, precediendo así el querer de la

norma (el cual se traduce en que la

Superintendencia de Sociedades de manera

progresiva lo hará obligatorio para todas las

sociedades nacionales o extranjeras con

domicilio en el país sujetas a su supervisión,

control y vigilancia). De esta manera, las

sociedades garan�zaran a sus inversion istas,

administradores y sus empleados,

protección contra riesgos de perdida de

reputación y perdurabilidad de la compañía.

Conforme a la circular No. 100‐000005 de

junio 17 de 2014, las sociedades

comerciales, sucursales de sociedades

extranjeras y empresas unipersonales

Vigiladas por la Superintendencia de

Sociedades que tengan o llegaren a tener

ingresos brutos iguales o superiores a

160.000 salarios mínimos legales mensuales

vigentes (smlmv)

La Superintendencia de Sociedades de

Colombia advierte a los empresarios sobre la

posibilidad de inclusión en listas de

restricción por par�cipación voluntaria o

involuntaria en los delitos de LA/FT, como es

el caso de la denominada Lista Clinton y

demás; también se advierte a las compañías

sobre la posibilidad de afrontar procesos

administra�vos, civiles o penales por parte

de los socios, accionistas, empleados y

contra�stas a raíz de la presunta comisión

de los delitos de LA/FT.

Se destaca la promoción de una conciencia

del riesgo de LA/FT en el empresariado sin

perder de vista que se impone el Sistema

SAGRLAFT como un DEBER LEGAL y que el

mismo debe ajustarse a las caracterís�cas de

cada empresa y se reconocen las

definiciones basadas en el riesgo y los

procedimientos de conocimiento del

proveedor, asociado y emp leado.

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Page 9: ABC del SAGRLAFT MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

El lavado de ac�vos o blanqueo de dinero

corresponde al conjunto de operaciones

tendientes a ocultar o disfrazar el origen

ilícito de bienes o recursos provenientes de

ac�vidades al margen de la Ley, procurando

darles apariencia de legalidad.

El Lavado de ac�vos comprende cualquiera

de las conductas alterna�vas señaladas en el

ar�culo 323 del código penal (Adquirir,

resguardar, inver�r, transportar,

transformar, almacenar, conservar, custodiar

o administrar, dar apariencia de legalidad,

legalizar, ocultar o encubrir), lo que significa

que con el solo hecho que se verifique una

de ellas se tendrá por perfeccionado o

consumado el delito.

En Colombia no existe una norma que de

manera expresa sancione el delito de

financiación del terrorismo de acuerdo con

lo establecido en la Convención de Naciones

Unidas sobre este. Sin embargo, el código

penal colombiano sanciona esta ac�vidad

mediante las figuras de concierto para

delinquir (art. 340 del código penal) y la

Administración de recursos relacionados con

ac�vidades terroristas (art. 345 del código

penal), con lo cual, de alguna manera, se

estaría imponiendo una pena priva�va de la

libertad a quienes financien el Concierto o la

Asociación para delinquir a Grupos Armados

al margen de la Ley.

Mediante este sistema se deben

implementar medidas eficientes de

prevención y control que deben traducirse

en polí�cas, reglas de conducta y

procedimientos que orienten la actuación de

la empresa, sus empleados y socios.

La empresa debe cumplir mínimo con lo

siguiente:

Diseño y aprobación de polí�cas,

ajustadas a las caracterís�cas de la

Empresa, por parte del Representante

Legal y la Junta Direc�va,

respec�vamente.

Ejecución: El Representante Legal

deberá hacer cumplir las polí�cas

que sean aprobadas por la Junta

Direc�va o el máximo órgano social

con los recursos humanos y

tecnológicos que sean necesarios.

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Page 10: ABC del SAGRLAFT MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

c. Seguimiento: El Representante Legal

deberá rendir informes, por lo menos

una vez al año a la Junta Direc�va o

máximo órgano social sobre la

implementación y avances del

sistema.

d. Verificación: El Revisor Fiscal deberá

verificar la implementación del

sistema, dejar constancia de ello en

sus papeles de trabajo e informarlo

en su dictamen.

e. Comunicación. Las polí�cas y

procedimientos adoptados deben ser

avisados a todos los empleados,

socios y proveedores vinculados con

la empresa.

f. Capacitación. La empresa deberá

capacitar anualmente a todos sus

empleados sobre las polí�cas,

procedimientos, herramientas y

controles adoptados para cumplir

con el SAGRLAFT. Estos deben estar en

capacidad de iden�ficar y reportar

operaciones intentadas, inusuales y

sospechosas.

Un indicador de riesgo es una métrica para

determinar qué tan posible es que la

probabilidad de un evento, combinada con

sus consecuencias supere el nivel de riesgo

que �ene la compañía y tenga un impacto

nega�vo.

a. Realizar transacciones con personas

naturales o jurídicas que no estén

plenamente iden�ficadas;

b. Alto manejo de operaciones en

efec�vo sin jus�ficación aparente;

c. Comprar bienes con precios

notoriamente inferiores a los que

ofrece el mercado;

d. Aceptar nuevos socios o accionistas

sin verificar previamente el origen de

los recursos que aportan;

e. Admi�r nuevos socios o empleados

con antecedentes judiciales de

lavado de ac�vos o financiación al

terrorismo;

f. Celebrar operaciones, negocios o

contratos sin dejar constancia

documental de las mismas.

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Page 11: ABC del SAGRLAFT MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

El incumplimiento de las órdenes impar�das

en la norma, dará lugar a la imposición de

sanciones administra�vas per�nentes a la

sociedad, de conformidad con lo establecido

en el numeral 3 del ar�culo 86 de la Ley 222

de 1995, sin perjuicio de las acciones que

correspondan a otras autoridades.

Ar�culo 86 Ley 222 de 1995. “3. Imponer

sanciones o multas, sucesivas o no, hasta de

doscientos salarios mínimos legales

mensuales, cualquiera sea el caso, a quienes

incumplan sus órdenes, la Ley o los

estatutos.”

· RIESGO REPUTACIONAL. Definido

como la capacidad de menoscabar el

nombre y la imagen corpora�va de la

Empresa.

· RIESGO LEGAL. La posibilidad de que

la Empresa sea sancionada o

condenada al pago de

indemnizaciones.

· RIESGO OPERATIVO. Posibilidad de

pérdidas económicas a causa de

fallas humanas, técnicas o

procedimentales en la prevención de

LA/FT.

· RIESGO DE CONTAGIO. La posibilidad

de que la Empresa pueda sufrir

afectación reputacional, legal o

económica a causa de la acción

propia de una empresa relacionada o

asociada a ella

Es la comunicación mediante la cual los

sujetos obligados reportan cualquier hecho u

operación independiente de su cuan�a, por

hechos o situaciones que posiblemente

están relacionadas con el lavado de ac�vos o

la financiación del terrorismo. No se

requiere la certeza de tales situaciones para

efectuar el reporte correspondiente.

El R.O.S no cons�tuye denuncia penal y es

absolutamente reservado conforme a la Ley.

Debe ser reportado a la UIAF.

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Page 12: ABC del SAGRLAFT MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

Esta �pología consiste en la compra de bienes inmuebles con dinero ilícito los cuales se

registran a nombre de terceros (testaferros). Este realiza la adquisición de pólizas de

seguros contra todo riesgo al bien inmueble y en un periodo corto se origina un

siniestro (provocado) haciendo efec�va la póliza del seguro.

Posteriormente se realiza una nueva inversión (con dinero ilícito) para recuperar el

bien inmueble y así lograr venderlo.

De esta manera se logra blanquear dinero al realizar el cobro de la póliza y

posteriormente con la venta al final del bien inmueble.

TIPOLOGIAS

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Dinero Ilicito

Compra un bien

inmueble a nombrede un testafrerro

Pago dinero

Cia de Seguro

Hace efec�vala póliza

Compra póliza

Testaferro

Simula siniestroTIPOLOGIASIMULACION SINIESTRO

Page 13: ABC del SAGRLAFT MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

En este caso la �pología corresponde al lavado de dinero u�lizando empresas

reales que desarrollan una ac�vidad comercial acreditada.

La empresa realiza un contrato de compra de materiales o prestación de

servicios con un proveedor el cual sede este contrato a un tercero por medio de

una cesión de derechos. Este tercero adquiere los materiales o presta los

servicios con dinero ilícito y los entrega a la empresa con ac�vidad económica

reconocida, la cual expide la orden de pago a la factura expedida por el tercero

(la organización criminal que �ene todo el montaje legal para llevar contabilidad,

expedir factura, registros en Cámara de Comercio que le permiten tener

apariencia de legalidad), con dinero lícito propio de su ac�vidad.

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EMPRESA REAL

EMPRESA

TIPOLOGIASIMULACION DE

PAGOS

LA EMPRESA EXPIDE LA FACTURA

CONTRATOS REALESCON TERCEROS

CESION DE DERECHOSCON $ ILICITOS

ORGANIZACIÓN CRIMINAL

CANCELACION DE LA FACTURA CON $$$$$ ILICITO

EMPRESA

Page 14: ABC del SAGRLAFT MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

· 1988 Convención de Viena –

Convención de las Naciones Unidas

contra el tráfico ilícito de

estupefacientes y sustancias

psicotrópicas.

· 1989 Creación del GAFI u 2000

Convención de Palermo contra la

delincuencia organizada

transnacional. u 2002 GAFISUD

Convención interamericana contra el

terrorismo – OEA

· 2003 Convención de Mérida, México

– Convención de naciones Unidas

contra la Corrupción.

· 2006 Ley 1121 de 2006, crea el �po

penal para la financiación al

terrorismo en Colombia y otorga a la

UIAF la facultad de trabajar FT.

· 2012 Revisión y unificación de los 40

más 9 recomendaciones de la GAFI.

ORGANISMOS INTERNCIONAL.

· G – 7 : Grupo de Acción Financiera

Internacional – 1989

· GAFI: Grupo de Acción Financiera

Internacional sobre blanqueo de

capitales donde en 1990 dan a

conocer las 40 recomendaciones. u

GRUPO EGMONT ( Bélgica ) – 1995

· GAFISUD: Grupo de Acción Financiera

de Sudamérica – 2000

· GAFIC: Grupo de acción Financiera

del caribe – 1992

· CTDE: Comité contra el terrorismo –

2001

· UNODC: Oficina de naciones Unidas

contra la Droga y el Delito.

· CICAD: Comisión Interamericana para

el Control del Abuso de Drogas

· CCICLA: Comisión de Coordinación

Interins�tucional Contra el Lavado de

Ac�vos 1995

· UIAF: UIAF Unidad de Análisis

Financiero – Unidad de Información y

Análisis Financiero

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ARIOI GUARA S O C I A D O S A B O G A D O S A S O C I A D O S

ARIO GUAR

Page 15: ABC del SAGRLAFT MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

· Ley 190 de 1995 para erradicar la

corrupción (modificada por la Ley

1453 de 2011).

· Ley 526 de 1999 se crea la UIAF

· Ley 599 de 2000 Código Penal

· Ley 793 de 2002 donde se

reglamenta la ex�nción de dominio.

· Ley 1121 de 2006 se dictan normas

sobre prevención, detección,

inves�gación y sanción a la FT y otras

disposiciones.

· Ley 1330 de 2009 donde se adiciona

a la Ley 793 de 2002 y se establece el

trámite abreviado y beneficio por

colaboración.

· Ley 1453 de 2011 reforma el Código

Penal( reglas de ex�nción de

dominio)

· Decreto 663 de 1993 se crea el

estatuto orgánico del Sistema

Financiero.

· Decreto 3420 de 2004 donde se

modifican funciones de la CCICLA.

· Decreto 2669 de 2012 se reglamenta

la ac�vidad de factoring.

· Resolución 101 de 2013 establece la

obligación de reportar a la UIAF

transacciones por compraventa y/o

consignación de vehículos.

· Resolución 363 de 2008 establece la

obligación de reportar a la UIAF

transacciones por compraventa,

exportación o importación de oro.

· Circular externa 100‐004 de 2009 de

la Superintendencia de Sociedades

sobre prevención del riesgo de LA/FT.

· Circular Externa 100‐00005 de 2014

de la Superintendencia de

Sociedades sobre la implementación

del Sistema de Autocontrol y Ges�ón

del Riesgo LA/FT. Reporte Obligatorio

de Información a la UIAF, SAGRLAFT

en empresas con ingresos o

patrimonio bruto superior a 160.000

SMMLV.

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ARIO GUAR

Page 16: ABC del SAGRLAFT MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

· FASE 1. Involucra a todas las partes

interesadas con la problemá�ca

LA/FT. Se llevan a cabo entrevistas y

levantamiento de información.

· FASE 2. Implementación de un

modelo de ges�ón de riesgos LA/FT.

· FASE 3. Documentación e

implementación de polí�cas,

obje�vos, metas, procedimientos y

controles LA/FT.

· FASE 4. Documentación de manual

SAGRLAFT para consulta de partes

interesadas.

· FASE 5. Comunicación a partes

interesadas – entes de control.

1. Diseñar y aplicar polí�cas,

procedimiento y manuales en los que

se destaquen aquellos dirigidos al

cliente, a las personas expuestas

públicamente, a los asociados y a los

empleados.

2. Disponer de recursos tecnológicos,

humanos y �sicos necesarios.

3. Incluir en el informe de ges�ón anual

un capítulo sobre el SAGRLAFT.

4. Establecer un canal de información

interno y de reporte a la Unidad de

Información y Análisis Financiero

(UIAF). Revisar las operaciones, los

negocios y los contratos a la luz del

SAGRLAFT.

5. Iden�ficar, medir, controlar y

monitorear los riesgos de LA/FT de la

empresa.

6. Implementar un procedimiento de

consulta en las lista de restricción.

7. Documentar sus operaciones,

negocios y contratos para acreditar la

debida diligencia, en especial

transacciones en efec�vo.

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Page 17: ABC del SAGRLAFT MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

La norma de la Superintendencia de Sociedades para empresas del sector

real beneficia a las en�dades financieras y a la sociedad en general, ya que

se genera una visión compar�da sobre el entendimiento del riesgo de

LA/FT, por lo que es necesario encargar a alguien en las organizaciones de

la ges�ón del SAGRLAFT, y no creer que se agota solo con el cruce de las

listas de restricción.

Por úl�mo, los empresarios deben entender que el riesgo LA/FT también

puede siniestrarse en las compañías y que no es un tema exclusivo del

narcotráfico, sino que hay casi 50 delitos que se vinculan al lavado de

ac�vos y más de 100 a la financiación del terrorismo.

CONCLUSIONES

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Page 18: ABC del SAGRLAFT MARIO IGUARAN ABOGADOS ASOCIADOS

∙ Administración del Riesgo un enfoque empresarial. Rubi Consuelo Mejía Quijano.

∙ Fondo editorial Universidad EAFIT. 2006

∙ NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC‐ISO 31000. Ges�ón Del Riesgo. Principios Y Directrices ICONTEC

∙ DIAN – UNODC. Guía para la Detección y Reporte de Operaciones Sospechosas. ISBN: 978‐958‐58480‐6‐1

∙ Modelo De Ges�ón del Riesgo de LA/FT para el Sector Real. Guía para la adopción de un Sistema de Ges�ón del Riesgo de Lavado de Ac�vos y de Financiación del Terrorismo en el sector real. Negocios Responsables y Seguros – Embajada Británica Bogotá – UNODC – Cámara de Comercio de Bogotá. h�p://negociosresponsablesyseguros.org/.

∙ Informe COSO. Recopilado por el Lic. Carlos Guillermo Schmidt Gamboa.

h�p://www.gerencie.com/el‐informe‐coso.html

∙ UIAF. Instruc�vo UIAF – SIREL. Car�lla UIAF. Lo que debe saber sobre LAFT. h�ps://www.uiaf.gov.co/

∙ Portal Electrónico del GAFI: h�p://www.gafilat.org/UserFiles/documentos/es/Las_Nuevas_40_Recomendaciones.pdf.

BIBLIOGRAFÍA

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