abandono injustificado trbajo.docx

6
Abandono injustificado Según diccionario jurídico de Guillermo Cabanellas de las cuevas, el define abandono , como acción y efecto de desamparar personas o cosas , así como también derechos y obligaciones . esto tratar decir de renunciar y dimisión de derechos que por su naturaleza o por ley . Dentro personas físicas distinta es el abandono respecto a personas físicas, que puede ser: a) el abandono referido como inacción, dolosa o culposa, de las obligaciones de una persona para con otra, y que la legislación exige. Así, los padres con respecto al cuidado de sus hijos, o de estos respecto de aquellos; b) en este mismo ámbito personal, referido más estrictamente al distanciamiento físico de una persona sobre otra a su cargo, creando desamparo y desprotección de la misma y c) el abandono de personas que precisen auxilio, cuando les es negado por quienes tienen la obligación legal de prestarlo, nazca esta obligación por parentesco o por ley. En los tres supuestos, se genera una situación de riesgo para la persona abandonada y, por tanto, puede dar lugar a responsabilidad penal. Según derecho civil Abandono de familia: Hecho delictivo que se realiza cuando una persona incumple los deberes inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar o la obligación de sustento a sus descendientes, ascendientes o cónyuges, que se encuentran necesitados. Se halla regulado en una norma penal en blanco, es decir, que para conocer cuáles son los concretos deberes infringidos debemos remitirnos a las normas del Derecho civil reguladoras de estas instituciones (patria potestad, acogimiento, deber de prestar alimentos, etc.). En la comisión de este delito, su autor puede incurrir en error de tipo como causa excluyente de responsabilidad criminal.

Upload: elias1325

Post on 07-Dec-2015

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Abandono injustificado trbajo.docx

Abandono injustificado

Según diccionario jurídico de Guillermo Cabanellas de las cuevas, el define abandono , como acción y efecto de desamparar personas o cosas , así como también derechos y obligaciones . esto tratar decir de renunciar y dimisión de derechos que por su naturaleza o por ley .

Dentro personas físicas distinta es el abandono respecto a personas físicas, que puede ser:

a) el abandono referido como inacción, dolosa o culposa, de las obligaciones de una persona para con otra, y que la legislación exige. Así, los padres con respecto al cuidado de sus hijos, o de estos respecto de aquellos;

b) en este mismo ámbito personal, referido más estrictamente al distanciamiento físico de una persona sobre otra a su cargo, creando desamparo y desprotección de la misma y

c) el abandono de personas que precisen auxilio, cuando les es negado por quienes tienen la obligación legal de prestarlo, nazca esta obligación por parentesco o por ley. En los tres supuestos, se genera una situación de riesgo para la persona abandonada y, por tanto, puede dar lugar a responsabilidad penal.

Según derecho civil Abandono de familia: Hecho delictivo que se realiza cuando una persona incumple los deberes inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar o la obligación de sustento a sus descendientes, ascendientes o cónyuges, que se encuentran necesitados. Se halla regulado en una norma penal en blanco, es decir, que para conocer cuáles son los concretos deberes infringidos debemos remitirnos a las normas del Derecho civil reguladoras de estas instituciones (patria potestad, acogimiento, deber de prestar alimentos, etc.). En la comisión de este delito, su autor puede incurrir en error de tipo como causa excluyente de responsabilidad criminal.

Dentro el matrimonio crea un vinculo destinado durar toda la vida , en el surgen derechos y deberes recíprocos entre los cónyuges y crea obligaciones importante para los cónyuges , cuando se afirmen en el ámbito de las relaciones exteriodes , de los hechos tangibles , de los , de los comportamientos concretos , que ese el marco propio derecho .nuestro código civil en el articulo 288 , indica “los conyuges se deben recíprocamente fidelidad y asistencia “. Aunque se menciones la asistencia en ultimo termino , en nuestra opinión representa el elemento mas importante , el que comprendía todos los otros .

Los cónyuges por ley y por obligación que se adquiere momento del matrimonio , ambos cónyuges están obligados a contribuir con el sostenimiento del hogar

Page 2: Abandono injustificado trbajo.docx

Separación de cuerpos Cuando una pareja contrae matrimonio válidamente, se supone que es principio perpetuo, pero cuando existen circunstancias o razones que impiden que la pareja continúe cohabitando, este hecho interrumpe la situación jurídica, quedando suspendido legalmente el cumplimiento entre ellos de asistencia, sin embargo, el vínculo matrimonial que los une persiste o subsiste; en este sentido la separación de cuerpos es solamente una separación de hecho y no de derecho.

según Gowland indica “ Que abandono voluntario y malicioso consiste en la violación del deber de cohabitación.”

codigo civil peruano artículo 333. inc. 5 "el abandono injustificado de la casa conyugal por mas de dos años continuos o cuando la duracion sumada de los periodos de abandono exceda a este plazo".

Abandono del latín abandonare (la acción y efecto de renuncia de algún derecho o deber). Alejamiento o expulsión de cónyuge del domicilio común, sin existir causas que justifiquen dicha actitud. El abandono debe ser voluntario. Se entiende por abandono la supresión de la vida en común, no permitiéndole el retorno, con descuido de los deberes resultantes del matrimonio, en especial del deber de cohabitar, sin existir causas que justifiquen dicha conducta.

Para PERALTA el abandono consiste en el alejamiento de la casa conyugal o en el rechazo de volver a ella por uno de los cónyuges en forma injustificada.Se lo ha conceptualizado, asimismo, como la sustracción deliberada por uno de los cónyuges al cumplimiento de todos los deberes matrimoniales, importando una falta grave a los deberes que impone el matrimonio, que se materializa en la ruptura injustificada de la comunidad de vida por uno de los cónyuges, cuando no fue determinado por causas ajenas a la intención del cónyuge abandonante, por lo cual no sólo se circunscribe al alejamiento del hogar común por más que quede comprendido, sino que el espectro abarca la deserción premeditada de todos los deberes recíprocos con el propósito de eludirlos provocando el desamparo. Este sentido amplio, ha sido resaltado por Zannoni, al señalar que la causal no se circunscribe al abandono voluntario y malicioso del hogar, es decir, el incumplimiento del deber de cohabitación.

También se aclaró que el propósito de sustraerse a los deberes conyugales tanto se da cuando el marido se abstiene de prestar a la esposa asistencia económica como cuando deja de cumplir el deber de cohabitación que impone la ley; deber que abarca tanto el aspecto material de compartir el lecho, mesa y habitación, como el espiritual de comunicación de sentimientos y afectos.

Se advirtió que el abandono del hogar conyugal por parte del marido, en tanto que alejamiento físico y desatención de las necesidades económicas, adquiere un cariz distinto, que debe enfatizarse en lo que hace al ámbito moral, en donde ha de tener repercusión, principalmente como expresión de desatención y desamor para con los hijos y la esposa. Ello constituye una grave injuria al instituto matrimonial, y consecuentemente, a la cónyuge.

Page 3: Abandono injustificado trbajo.docx

El criterio predominante. De acuerdo a los criterios antes señalado, el abandono voluntario y malicioso que contempla la ley, como causal de separación personal y divorcio vincular, se configura ante situaciones de hecho que pueden variar, según las circunstancias del caso.

En aplicación de la causal, se señalan dos elementos constitutivos de la misma: uno, material y objetivo el alejamiento y otro, intencional, subjetivo o psicológico —intención de sustraerse de los deberes matrimoniales.

Es decir, no basta para constituir el abandono la ausencia o separación sino que además requiere el factor moral de la imputabilidad que la ley califica de voluntariedad y malicia en la acción, es decir cuando hay falta de razón alguna, y que se expresa fundamentalmente en la circunstancia o motivo valedero que legitime la actitud del cónyuge que decide hacer cesar esa cohabitación. LA DIFERENCIA EXISTENTE ENTRE EL ABANDONO INJUSTIFICADO Y LA SEPARACIÓN DE HECHO

1. SEPARACION DE HECHO

En la separación de hecho no existe cónyuge culpable, ya que la separación se puede originar por mutuo acuerdo y también por voluntad unilateral. La separación de hecho de los cónyuges no es por si sola causa de divorcio ni implica necesariamente que haya habido abandono voluntario y malicioso de parte de uno de ellos, pues se trata de una situación fáctica que tanto puede resultar del abandono unilateral como del mutuo acuerdo de los esposos para vivir separados. Precisamente, la existencia de ese acuerdo que en algunos casos se presumió como consecuencia del tiempo transcurrido sin que ninguno de los cónyuges promoviese juicio de divorcio excluye la existencia de ese causal en examen[18]

Sin embargo, como el acuerdo de separarse no es eficaz para suprimir el deber de cohabitación que, como todo el complejo de derecho y deberes conyugales, esta impuesto por disposición legales imperativas, que los contrayentes o lo esposos no pueden modificar a su voluntad, cualquiera de ellos podría retractarse y exigir la reanudación de la vida en común.

2. ABANDONO INJUSTIFICADO

Es cuando este se realice por motivos atribuibles a la conducta del otro cónyuge. Como por ejemplo: en protección, debido a actos de violencia física, o psicológica; cuando el esposo fue impedido del ingreso o expulsado de domicilio conyugal por el cónyuge[19]

Por otro lado el alejamiento puede estar fundado en problemas de tipo económico, así el retiro del hogar de la mujer debido a los graves aprietos económicos por los que atravesó el matrimonio no implica el abandono voluntario y malicioso.

Si el cónyuge que se retira del hogar promueve juicio de divorcio, pero luego no acredita las causales invocadas, ese retiro no podrá ser justificado.

Page 4: Abandono injustificado trbajo.docx

Entonces, será necesario para configurar la causal de divorcio o separación de cuerpos por abandono injustificado la presencia de tres elementos: subjetivo, objetivo y temporal:

1. Objetivo: Es el abandono (alejamiento, lanzamiento o rechazamiento de volver) del domicilio conyugal;

2. Subjetivo: Pretensión de eximirse o substraerse del cumplimiento de sus obligaciones conyugales y paterno filiales;

3. Temporal: Abandono por el transcurso de dos años continuos o alternados.

Con respecto a la carga de la prueba, el cambio de denominación de la causal de abandono malicioso por abandono injustificado, trajo implicancias jurídicas de gran relevancia en el aspecto procesal: Así a quien invoca el abandono del hogar le basta con acreditar el hecho material del alejamiento. Al cónyuge que se retira le incumbe probar a su vez que tuvo causas legítimas y validas para adoptar esa actitud. Se presume juris tanturn. la voluntariedad y maliciosidad del abandono. El abandono queda configurado al no probarse la legitimidad de las causas que llevaron al cónyuge a alejarse o le impidieron regresar.

bibliografía

drecho de familia de prof .Max Mallqui Reynoso ex magistrado

abc derecho civil por egacal

dr jose Luis cavalieri