a n f u d i b a m asociaciÓn nacional de funcionarios de la direcciÓn de bibliotecas, archivos y...

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A N F U D I B A M ASOCIACIÓN NACIONAL DE FUNCIONARIOS DE LA DIRECCIÓN DE BIBLIOTECAS, ARCHIVOS Y MUSEOS FUNDADA EL 27 ABRIL 1990 PERSONALIDAD JURÍDICA DEL REGISTRO DE ASOCIACIONES DE FUNCIONARIOS 93.01.79 AFILIADA A LA A.N.E.F. Y POR SU INTERMEDIO A LA C.U.T. R.U.T. Nº 72. 468.400-9 TELÉFONO 360 52 23 --- FONO FAX 633 73 98 AVDA. LIBERTADOR BERNARDO O’HIGGINS 651 (EDIFICIO BIBLIOTECA NACIONAL) DIRECCIÓN POSTAL: CLASIFICADOR 1400 CORREO CENTRAL SANTIAGO DE CHILE CORREO ELECTRÓNICO: [email protected] PROYECTO DE LEY DEL MINISTERIO DE CULTURA Boletín N° 8938-24 Comisión de Cultura y Artes de la Cámara de Diputados de Chile ©DIRECTORIO NACIONAL ANFUDIBAM Preparado por José Rafael Cortés Vergara Secretario General 07 de Agosto del 2013 1

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A N F U D I B A MASOCIACIÓN NACIONAL DE FUNCIONARIOS DE LA DIRECCIÓN DE BIBLIOTECAS, ARCHIVOS Y MUSEOS

FUNDADA EL 27 ABRIL 1990 PERSONALIDAD JURÍDICA DEL REGISTRO DE ASOCIACIONES DE FUNCIONARIOS Nº 93.01.79

AFILIADA A LA A.N.E.F. Y POR SU INTERMEDIO A LA C.U.T.R.U.T. Nº 72. 468.400-9 TELÉFONO 360 52 23 --- FONO FAX 633 73 98

AVDA. LIBERTADOR BERNARDO O’HIGGINS 651 (EDIFICIO BIBLIOTECA NACIONAL) DIRECCIÓN POSTAL: CLASIFICADOR 1400 CORREO CENTRAL SANTIAGO DE CHILE

CORREO ELECTRÓNICO: [email protected]

PROYECTO DE LEY DEL MINISTERIO DE CULTURABoletín N° 8938-24

Comisión de Cultura y Artesde la Cámara de Diputados de Chile

©DIRECTORIO NACIONALANFUDIBAM

Preparado por José Rafael Cortés VergaraSecretario General

07 de Agosto del 2013

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SOBRE LA ANFUDIBAM• La ANFUDIBAM es la Asociación Nacional de Funcionarios de la Dirección

de Bibliotecas, Archivos y Museos (DIBAM), conforme a las disposiciones de la Ley N° 19.296 .

• Fue fundada el 27 de abril del año 1990.• Está compuesta por 852 socios desde Arica hasta Puerto Williams y la Isla

de Pascua (más del 70% de los funcionarios de planta, contrata, Código del Trabajo y de los contratados a honorarios pertenecen a la Asociación, teniendo presente una dotación aproximada de 1.200 personas).

• Consta de Directorios (unipersonales y colegiados) en todas las regiones y un Directorio Nacional, conforme a la ley y sus estatutos.

• En su historia sindical, ha logrado notables avances en cuanto a las condiciones laborales y las relaciones laborales con el Administrador. Sin embargo, dichas relaciones laborales actualmente se han deteriorado.

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Creación del Ministerio de Cultura• El Presidente de la República anunció en dos cuentas anuales al País del 21 de Mayo (años 2011 y 2012)

la creación de un Ministerio de la Cultura y el Patrimonio.• La primera reunión de la ANFUDIBAM y la Dirección de la DIBAM fue el 18 de enero del año 2011, en la

que sólo se nos informó de la intención de elaborar un proyecto de ley sobre Ministerio de la Cultura y del Patrimonio.

• Señalamos en dicha oportunidad nuestra visión, acordada en las últimas Asambleas sobre la necesidad de un Ministerio de Cultura y la necesidad también de diferenciar las dos áreas de la política cultural: fomento e industria creativa (representada por el CNCA) y el patrimonio (representada por la DIBAM).

• Las condiciones previas, en las cuales la ANFUDIBAM desde el principio y en forma permanente señaló a la Dirección, para que esta discusión sea democrática, fueron:

– El no desmembramiento de la DIBAM– La participación del conjunto de los funcionarios mediante mecanismos de encuentros, seminarios, etc.– La dictación de una nueva ley de planta que mejore e incorpore a los trabajadores permanentes de la institución,

sea planta, contrata u honorarios.• Posteriormente, en diversas instancias se repitió el mismo planteamiento. Permanentemente se informó

por nuestros canales de comunicación la situación señalada, siendo las últimas relevantes: noticias de www.anfudibam.cl, fechas 14 de enero y 21 de enero del 2013.

• El proyecto (MENSAJE 032-361) crea un Ministerio de Cultura. En el Ministerio funcionaría un Consejo Nacional de la Cultura y el Patrimonio (como órgano de “representación” de la sociedad civil), y bajo el Ministerio se crean las siguientes instituciones: el Instituto de Fomento de las Artes e Industrias Culturales y la Dirección del Patrimonio Cultural, respectivas continuadoras del CNCA y la DIBAM.

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Reestructuraciones de servicios del Estado• Entendemos que este proyecto, que materializa los afanes de reestructuración de servicios

del Estado, como los casos: el IND, el ex MIDEPLAN, SERNAGEOMIN, SUBTEL, SENAME, etc., tienden a realizarse sin participación de sus trabajadores y evitando que éstos incidan en ella.

• Es más, como en los casos señalados, algunos proyectos de ley o la reestructuración ya hecha mediante ley vigente, como la transformación del MIDEPLAN en el Ministerio de Desarrollo Social, se hizo y hace con perjuicio a la dignidad de los trabajadores y la función pública, al reducir sus plantas, haber sufrido enorme cantidad de despidos, dejar precarizados sus puestos laborales.

• Dicho afán responde a una visión neoliberal de un Estado al servicio de los intereses lucrativos privados, a fin de hacerse con las áreas propias que son de interés público.

• La ANEF ha decidido, idea reafirmada en su última Asamblea Nacional, coordinar a todos los trabajadores de los organismos afectados, y exigir la participación y defensa de la dignidad y estabilidad de los trabajadores.

• En este sentido, la ANFUDIBAM desde un principio se ha unido en coordinación con los compañeros de ANFUCULTURA para enfrentar esta embestida privatizadora, creación de personas jurídicas de derecho privado dañina para los trabajadores, y seguiremos adelante en el Congreso y en todas las instancias con las autoridades, el mundo social, la opinión pública y la organización y movilización permanente de sus asociados.

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En cuanto al fondo• El proyecto no da cuenta de la riqueza y de la vastedad del tema de lo que es la Cultura y el

Patrimonio Cultural.• Tampoco da cuenta de que la principal misión de un Estado es asegurar la libre creación, su

protección, su promoción, su difusión, como también el acceso a la Cultura y el Patrimonio Cultural de toda persona, respetando la diversidad étnica, etaria, geográfica, etc., y dando cuenta de las necesidades del país, en un contexto de contradictorias políticas que privilegian el orden económico reflejado en el Estado Subsidiario por sobre la materialización de la garantía del acceso a la vida cultural del país: falta tratar el rol de los medios de comunicación, por ejemplo.

• Por ello, creemos en instituciones públicas fuertes que garanticen dichos derechos fundamentales.

• El proyecto sólo crea una estructura ministerial y realiza algunos cambios en los servicios ya existentes, para nuestra opinión, funcional con dicho concepto de subsidiariedad estatal.

• Esto da cuenta de una pobre discusión previa que no debe ser limitada en cuanto a tiempos acotados a mecanismos de urgencias legislativas.

• Actualmente es el Estado quien está encargado de la protección y conservación del Patrimonio Cultural y medioambiental, y la diversidad cultural de la Nación por el orden constitucional y la LGE DFL 2 del 2010 de Educación.

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En cuanto al fondo

• El proyecto da cuenta y se fundamenta en que el fortalecimiento de la institucionalidad cultural pública se basa en la participación de la sociedad civil (p.3 del Mensaje): sin embargo, ello no es así.

• Sólo contempla una subsecretaría, cuestión errónea, ya que el Ministerio del sector mezcla ambos conceptos: de apoyo a las artes y difusión de la cultura, con la promoción del acceso, el conocimiento y la apropiación permanente del patrimonio cultural.

• Por ello, esta debiese constar de dos subsecretarías, quienes son colaboradores del ministro y equilibrarán en igualdad de condiciones la ejecución a través de los servicios que se crean.

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Creemos en que debe existir un Ministerio y dos Subsecretarías

Ministerio de Cultura

Subsecretaría Patrimonio

Subsecretaría Cultura

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En cuanto al fondo• Falta considerar en el concepto del Patrimonio Cultural, la existencia de

diversos servicios, a parte de la DIBAM, CNCA y CMN, como la DIRAC, el CNTV, el Consejo de Calificación Cinematográfica, la coordinación con el Ministerio de Educación, el SERVIU, el MOP (Arquitectura), CONADI, el Consejo de Rectores, SERNATUR, entre otras.

• Sólo contempla tres servicios: CMN, DIBAM y CNCA para conformar el Ministerio y los nuevos servicios: INAIC y DIPAT, faltando la protección de las creaciones culturales e intelectuales en un servicio que se encuentre en dicha capacidad de protección.

• El Consejo Nacional de la Cultura y el Patrimonio no refleja la necesaria participación y ostenta facultades resolutivas de aprobación de políticas culturales que serían de duración “quinquenal”, eróneamente.

• El artículo 46 del proyecto debe ser rechazado por privatizador y el 47 aclarado, por tener una redacción oscura que tiende a afanes privatizadores.

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Participación Mínima a través del CNCP

• Ministros de cultura (preside), de Educación o su representante, de Relaciones Exteriores o su representante: colaboradores directos del Presidente del gobierno de turno.

• Cuatro personalidades de la cultura y el patrimonio cultural (Uno del área del patrimonio cultural y uno con un requisito copulativo del área de las artes + industria cultural) Además son acordados con 3/5 de los Senadores. Cómo se va a hacer esto, no lo sabemos.

• Dos académicos, uno de cada área, designados por las entidades de educación superior acreditadas: cómo se hará, no se sabe.

• Un galardonado con premios nacionales de arte o educación.• El director del Instituto y otro de la DIPAT: funcionarios.

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Sobre el concepto de Industria Cultural

• Se entrega una excesiva presencia a lo que es la “industria cultural” en vez de la expresión artística.

• Dicho concepto refiere a una apropiación de la creación en cuanto a un área económica más que la actividad cultural propiamente tal, incluso estaría cercana al mero entretenimiento.

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DIPAT• No se sabe cuál es la razón del cambio de denominación del Servicio de

DIBAM a DIPAT y por qué no se le da la categoría de Instituto.• Se da importancia a que el patrimonio material de la DIPAT será alimentado

además a través de las donaciones. En ello, no se regula la relación con los privados en forma razonable para la determinación de las políticas culturales.

• No se da cuenta de otros ingresos, como los derechos que generan los Archivos por certificaciones.

• Se regulan institutos propios de otros estatutos:– CMN (Ley 17.288) se regula su secretario ejecutivo;– Se regula la DIPAT entre este estatuto y con el DFL 5.200: dispersión de normas.• Se establecen “sistemas” como unidades: pero sería más sano de hablar de

subdirecciones y no de sistemas, que sí pueden encargarse de sistemas (por ejemplo SBP se encarga de un SNBP).

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El Fondo del Patrimonio Cultural

• Es un avance, pero sin una política clara.• Falta especificar más el objeto del fondo, en

especial el numeral 2 del artículo 43, si son bienes muebles, inmuebles, cualquier bien, etc.

• Se delega en reglamento las normas de asignación de recursos del fondo.

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EN CUANTO AL PERSONAL• Este Proyecto en cuanto al personal es perjudicial para sus trabajadores.• El personal de la DIBAM es mal pagado en comparación al personal del CNCA• Por ejemplo, un funcionario de grado auxiliar 24 (Sr. Peralta) quien es auxiliar

en la Biblioteca Nacional, gana una remuneración mensual bruta, promedio (con los trimestrales de modernización, colectivo e institucional) de $372.782.

• Por ejemplo, la Sra. Directora del Servicio de grado directivo 2, gana en promedio, remuneración bruta de $3.222.554.

• También hay injusticias: por ejemplo, un funcionario con sólo un poco de tres años de titulado se encuentra en contrata profesional, grado 6, goza con una remuneración bruta mensual con los trimestrales señalados, de $2.290.536, al igual que un jefe de departamento, que es directivo de planta grado 6, asciende a $2.339.442.

• Por tanto, la planta de la DIBAM fijada por la Ley N° 19.184, se encuentra obsoleta.

• El proyecto no contempla una planta funcionaria.

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Diferencia de Remuneración entre CNCA y DIBAM

• Existen amplias diferencias de remuneraciones entre los funcionarios de la DIBAM y el CNCA.

• Los más perjudicados son los funcionarios de la DIBAM.• Según el Informe N° 3 de Dotación y Estructura de

Remuneraciones DIBAM preparado por el Departamento de Ingeniería Industrial de la FCFM de la Universidad de Chile: “para alcanzar un nivel de remuneracional similar en promedio al del CNCA, en los estamentos Directivos y Profesionales de la DIBAM se requiere un incremento total de $130.296.657 mensuales…”.

• Podemos concluir preliminarmente, se requiere que se rechace el artículo 1° transitorio del proyecto y se indique una nueva planta funcionaria, que dé aumento de remuneraciones, que alcance una simetría con igual función igual remuneración con otros servicios.

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SÍNTESIS• El proyecto de Ley no fue generado con la participación activa del conjunto de los trabajadores.• Es sólo un cambio de nombre y perfeccionamiento de la posición dominante del sector económico privado, con

respecto a las instituciones que generan y ejecutan la política de patrimonio cultural. Esto se relaciona con la política y proyecto en discusión en el Congreso de donaciones culturales con importantes beneficios tributarios para los contribuyentes-donantes.

• A pesar de la descentralización y desconcentración (cuestión positiva) y regulación de las áreas sustanciales de la DIBAM, ésta no variará la relación de centralismo en el desarrollo de la política cultural-patrimonial y postergará a un segundo plano a las instituciones fundadoras, por ejemplo, a la Biblioteca Nacional de Chile que cumple este 2013, 200 años.

• No hay una correcta regulación y relevancia de áreas propias del CMN y el DDI.• No se identifican reales funciones fiscalizadoras con respecto a los fondos y los objetos de regulación.• El sector de patrimonio se verá desmedrado por la influencia de la política de industria cultural.• Entrega al Presidente, como ha sido el modelo de los últimos años de otros servicios: ex MIDEPLAN, IND, etc., la

determinación de las condiciones laborales de los trabajadores de las instituciones, sin posibilidad de discusión con los afectados, postergando los mejoramientos justamente reclamados, que apuntan a estabilidad en el empleo de la real dotación permanente de la DIBAM y mejoramiento sustancial de las remuneraciones de sus trabajadores, la que se vería reflejada en una ley de planta funcionaria nueva.

• La ANFUDIBAM, en estas condiciones solicita no aprobar el proyecto de ley, por las señoras y señores parlamentarios, y en subsidio, se realicen las indicaciones que importen la construcción amplia, profunda, concreta de los diversos sectores de la cultura y el patrimonio, tal como se demostró en la audiencia de esta Honorable Comisión del 29 de julio pasado.

• Este proyecto debe contener una planta funcionaria para discutirla en el Congreso, ya que los trabajadores no confiamos en la planta por DFL y que se garantice a todos los funcionarios que realizan funciones permanentes incorporarse a la nueva planta funcionaria fijada por ley.

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LOS TRABAJADORES DECIMOS SÍ A UNA INSTITUCIONALIDAD DEMOCRÁTICA EN MATERIA DE CULTURA Y PATRIMONIO CULTURAL. PERO, DECIMOS

NO A ESTE PROYECTO DE LEY DE MINISTERIO DE CULTURA, INCOMPLETO Y ANTIDEMOCRÁTICO.

SÍ A UNA LEY QUE SEA FRUTO DE LOS TRABAJADORES Y LOS ACTORES DE LA CULTURA Y DEL PATRIMONIO EN BENEFICIO DE TODOS LOS SECTORES DE CHILE Y

NO DE UN NEGOCIO NEOLIBERAL.