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Consolidación de estados financieros bajo NIIFDr. Juan Carlos Sánchez, Socio IFRS – DeloitteTRANSCRIPT
Presentación y consolidación de estados financieros Cámara Financiera de ANDESCO
X - Seminario de Actualidad Tributaria,
Contable y Financiera
Juan Carlos Sánchez N. –
Socio Líder IFRS Colombia
Bogotá, octubre 26 de 2011
© 2011 Deloitte Touche Tohmatsu 2
Contenido
• Consolidación de estados financieros en Colombia
• Tipos de inversiones bajo IFRS
• Cambios a nivel de IFRS en estándares sobre consolidación, control conjunto,
influencia significativa y estados financieros separados
• Forma de consolidación
• Pérdida de control
• Estados financieros separados
• Influencia significativa
• IFRS 10, IFRS 11, IFRS 12 y modificaciones a NIC 27 y NIC 28 Influencia
significativa
Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Consolidación de estados financieros en Colombia
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Consolidación de estados financieros en Colombia
Decreto 2649 de 1993:
• Art. 23. Estados financieros consolidados. Son estados financieros consolidados
aquellos que presentan la situación financiera, los resultados de las operaciones, los
cambios en el patrimonio y en la situación financiera, así como los flujos de efectivo de
un ente matriz y sus subordinados, o un ente dominante y los dominados, como si
fuesen los de una sola empresa.
• Art. 61. Inversiones. …No obstante, las inversiones en subordinadas, respecto de las
cuales el ente económico tenga el poder de disponer que en el período siguiente le
transfieran sus utilidades o excedentes, deben contabilizarse bajo el método de
participación, excepto cuando se adquieran y mantengan exclusivamente con la
intención de enajenarlas en un futuro inmediato, en cuyo caso deben contabilizarse
bajo el método de costo.
4 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Consolidación de estados financieros en Colombia
Decreto 2649 de 1993:
• Art. 116. Revelaciones sobre rubros del balance general. … Principales inversiones
temporales y permanentes, con indicación de su valor de realización. Cuando se trate
de inversiones mediante las cuales se subordine otro ente, se indicara adicionalmente
el porcentaje de participación que cada una de ellas represente, el método utilizado
para su contabilización y las utilidades recibidas.
• Art. 122. Estados financieros consolidados. El ente económico que posea más del
50% del capital de otros entes económicos, debe presentar junto con sus estados
financieros básicos, los estados financieros consolidados, acompañados de sus
respectivas notas.
No se consolidan aquellos subordinados que:
1. Su control por parte del ente matriz sea impedido o evitado de alguna forma, o
2. El control sea temporal.
Los entes no consolidados deberán ser objeto de revelación.
La consolidación debe efectuarse con base en estados financieros cortados a una
misma fecha. Si ello no es posible, se podrán utilizar estados con una antigüedad no
mayor de tres meses.
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Consolidación de estados financieros en Colombia
Decreto 2649 de 1993:
Al prepararse una consolidación contable se tendrá en cuenta como principios
fundamentales que un ente económico no puede poseerse ni deberse así mismo, ni puede
realizar utilidades o excedentes o pérdidas por operaciones efectuadas consigo mismo.
Debe revelarse separadamente el interés minoritario en entes subordinados y clasificarlo
inmediatamente antes de la sección de patrimonio.
Código de Comercio Colombiano
• Capítulo XI. Matrices, subordinadas y sucursales. Artículo 260 – Subordinación
Una sociedad será subordinada o controlada cuando su poder de decisión se
encuentre sometido a la voluntad de otra u otras personas que serán su matriz o
controlante, bien sea directamente, caso en el cual aquélla se denominará filial o con el
concurso o por intermedio de las subordinadas de la matriz, en cuyo caso se llamará
subsidiaria.
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Consolidación de estados financieros en Colombia
Código de Comercio colombiano
• Artículo 261 - Presunciones de subordinación: Será subordinada una sociedad
cuando se encuentre en uno o más de los siguientes casos:
1. Cuando más del cincuenta por ciento (50%) del capital pertenezca a la matriz, directamente o
por intermedio o con el concurso de sus subordinadas, o de las subordinadas de éstas. Para tal
efecto, no se computarán las acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto.
2. Cuando la matriz y las subordinadas tengan conjunta o separadamente el derecho de emitir los
votos constitutivos de la mayoría mínima decisoria en la junta de socios o en la asamblea, o
tengan el número de votos necesario para elegir la mayoría de miembros de la junta directiva,
si la hubiere.
3. Cuando la matriz, directamente o por intermedio o con el concurso de las subordinadas, en
razón de un acto o negocio con la sociedad controlada o con sus socios, ejerza influencia
dominante en las decisiones de los órganos de administración de la sociedad.
• Ley 22 de 1995 – Articulo 28. Grupo Empresarial.
Habrá grupo empresarial cuando además del vínculo de subordinación, exista entre las entidades
unidad de propósito y dirección.
Se entenderá que existe unidad de propósito y dirección cuando la existencia y actividades de
todas las entidades persigan la consecución de un objetivo determinado por la matriz o
controlante en virtud de la dirección que ejerce sobre el conjunto, sin perjuicio del desarrollo
individual del objeto social o actividad de cada una de ellas.
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Consolidación de estados financieros en Colombia
Código de Comercio colombiano
• Ley 222 de 1995 – Artículo 29. Informe Especial
• Ley 22 de 1995 – Artículos 30 a 33.
• Ley 222 de 1995 – Artículo 35. Estados Financieros Consolidados
La matriz o controlante, además de preparar y presentar estados financieros de
propósito general individuales, deben preparar y difundir estados financieros de
propósito general consolidados, que presenten la situación financiera, los resultados de
las operaciones, los cambios en el patrimonio, así como los flujos de efectivo de la
matriz o controlante y sus subordinados o dominados, como si fuesen los de un solo
ente.
Los estados financieros de propósito general consolidados deben ser sometidos a
consideración de quien sea competente, para su aprobación o improbación.
Las inversiones en subordinadas deben contabilizarse en los libros de la matriz o
controlante por el método de participación patrimonial.
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Tipos de inversiones bajo IFRS
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Tipos de inversiones bajo IFRS
Subsidiaria
El inversionista tiene “control”
IAS 27/IFRS 10
Joint venture
(“negocio conjunto”)
El inversionista
tiene “control conjunto”
IAS 31/IFRS11
Asociada
El inversionista tiene
“influencia significativa”
IAS 28
Otras
El inversionista no tiene
ninguno de los poderes mencionados
IAS 39
Control
Control
conjunto
Influencia
significativa
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Tipos de inversiones bajo IFRS – Mapa de Registro
Participación
0% 20% 50% 100%
NIC 39 NIC 28 NIC 27/IFRS10
NIC 31/IFRS11
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Cambios a nivel de IFRS en estándares sobre consolidación, control conjunto, influencia significativa y estados financieros separados
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Estándares nuevos y modificaciones a estándares existentes
Los cinco estándares tienen que ser adoptados al mismo tiempo
Fecha efectiva: 1 enero 2013
IAS 27
Estados financieros consolidados y
separados
SIC 12
Consolidación – Entidades de cometido
específico
IAS 28
Inversiones en asociadas
SIC 13
Entidades controladas conjuntamente –
Aportaciones no monetarias de los
participantes
IAS 31
Intereses en negocios conjuntos
IFRS 10
Estados financieros consolidados
IAS 28
Inversiones en asociadas y negocios
conjuntos
IFRS 11
Acuerdos conjuntos
IAS 27
Estados financieros separados
IFRS 12
Revelación de
intereses en
otras entidades
Antes Después
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Base para consolidación
IFRS
Modelo de control
IAS 27 y SIC 12
Modelo de consolidación
Control:
Poder para dirigir las políticas
financieras y de operación de una
entidad, para obtener beneficios
de sus actividades
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Control
Determinación requiere juicio profesional
Poder para dirigir las políticas financieras y operativas
• Gobernar – poder para tomar decisiones. No deben confundirse Gobierno y
administración.
• Políticas financieras – políticas estratégicas que guían temas como políticas de
dividendos, aprobación de presupuestos, términos crediticios, emisión de deuda,
manejo de efectivo, inversiones en activo fijo y políticas contables.
• Políticas operativas – políticas estratégicas que guían actividades como ventas,
mercadeo, manufactura, recursos humanos y adquisiciones y disposiciones de
inversiones.
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Control
Determinación requiere juicio profesional
Obtener beneficios de sus actividades
• Beneficios – las consecuencias económicas netas (riesgos y beneficios) asociadas
con el gobierno de las políticas financieras y operativas.
- Los beneficios están relacionados con los flujos de efectivo actuales o futuros que
se envían a la entidad controladora o que permanecen bajo el control de aquélla y
pueden también incluir incrementos de valor no monetarios para la controladora.
- Los riesgos pueden estar relacionados con salidas de flujos de efectivo y activos no
monetarios, actuales o futuros, que paga la controladora o mediante activos que
controla la entidad.
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• Se presume que existe control cuando:
‒ Una entidad es propietaria, directa o indirectamente a través de subsidiarias, de más
del 50% poder de voto.
• Se debe considerar la sustancia de los acuerdos ya que pueden proveer evidencia para
rebatir este supuesto.
• Se deben considerar los derechos de voto potenciales.
• Al evaluar el control, deben sopesarse conjuntamente el gobierno y los indicadores
económicos bajo IAS 27 y SIC 12, Consolidación – Entidades de cometido específico.
• Debe ejercerse un juicio cuidadoso con base en todos los hechos y circunstancias
relevantes.
<IAS 27.13>
Control
Cómo determinar si una entidad lleva el control
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Control
Indicadores
• También existe control cuando la entidad es propietaria de la mitad o menos del poder
de voto de una entidad pero tiene:
Indicadores de control
Poder sobre más de la mitad de los derechos de voto por virtud de un convenio.
Poder para gobernar las políticas financieras y operativas conforme a un estatuto o
un convenio.
Poder para nombrar y destituir a la mayoría de los miembros de Junta Directiva
cuando la Junta Directiva tiene el control de la entidad.
Poder para decidir la mayoría de los votos en las reuniones del consejo cuando el
control de la entidad se ejerce a través de éste.
<IAS 27.13>
18 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Control
Indicadores – SIC 12 Entidades de cometido específico (ECE)
• Una entidad de propósito especial debe ser consolidada cuando la sustancia de la
relación entre la entidad y la ECE indica que esta última es controlada por la primera.
• El alcance no se limita a las ECE, ya que SIC 12 es una interpretación de IAS 27 que,
al determinar si una entidad controla a otra, debe considerarse conjuntamente con IAS
27.
• Describe más detalladamente qué significan el gobierno y los aspectos económicos.
• La guía de SIC 12 es más útil cuando los derechos de voto son menos relevantes.
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Control
Indicadores – SIC 12 Entidades de Propósito Especial
• Gobierno
− Actividades
¿A nombre de qué parte se están realizando las actividades?
− Toma de Decisiones
¿Qué parte tiene poder para la toma de decisiones?
• Aspectos Económicos
− Beneficios
¿Qué parte tiene derecho a obtener la mayoría de los beneficios?
− Riesgos
¿Qué parte se queda con la mayoría de los riesgos?
20 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Control
Indicadores – Resumen y ejemplos
Indicadores
de gobierno
Indicadores
económicos
• Derechos de voto • Dividendos
• Capacidad para designar a la
administración • Garantías
• Capacidad para designar a los
miembros de junta • Derecho a beneficios futuros.
• Poder para disolver la entidad • Derecho a recibir participaciones
residuales.
• Poder para cambiar la escritura de
constitución o los estatutos
• Obligación para responder mas allá de
su aporte inicial.
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Forma de consolidación
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Forma de consolidación (NIC 27)
La preparación de los estados contables consolidados (pasos a seguir)
Registro Inicial
La agregación de los estados
contables de cada compañía
La eliminación de la inversión en
las subsidiarias.
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Forma de consolidación - NIC 27
La preparación de los estados contables consolidados (pasos a seguir)
Registro Inicial
• Al momento de la compra la compañía tenedora contabiliza su inversión de acuerdo con IFRS 3 (Combinación de negocios).
• Durante el ejercicio, cada compañía opera en forma separada y contabiliza las operaciones en sus registros contables individuales.
La agregación de los estados contables de
cada compañía
La eliminación de la inversión en las
subsidiarias.
Registro Inicial
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Forma de consolidación - NIC 27
La preparación de los estados contables consolidados (pasos a seguir)
La agregación de los estados
contables de cada compañía
La agregación de los estados contables de
cada compañía
La eliminación de la inversión en las
subsidiarias. Registro Inicial
• La fecha del cierre del ejercicio se agregan línea a línea los activos, pasivos, ingresos y gastos de la compañía tenedora y las subsidiarias.
• Se agregan los saldos de las cuentas de naturaleza similar.
• Los estados financieros de las compañías consolidadas deben estar preparados bajo los mismos principios contables.
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Forma de consolidación - NIC 27
La preparación de los estados contables consolidados (pasos a seguir)
La eliminación de la inversión en
las subsidiarias.
La agregación de los estados contables de
cada compañía
La eliminación de la inversión en las
subsidiarias.
Registro Inicial
• La inversión en la compañía tenedora representa los activos y pasivos de las subsidiarias poseída por ésta.
• La inversión se elimina contra el patrimonio de la subsidiarias.
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Transacciones entre compañías
NIC 27
Transacciones entre
Compañías
Prestación de servicios/ventas
de bienes
Préstamos Intercompañías
Dividendos Intercompañías
Operaciones con Activos
fijos
El resultado por la venta/prestación de servicios por compañías dentro del grupo económico no se considera realizado. Si bien los resultados de estas operaciones se compensan dentro del grupo pueden estar expuestos en diferentes rubros. Deben eliminarse si están expuestos separadamente
El resultado por la venta de activos fijos por compañías dentro del grupo económico no se considera realizado.
La eliminación debe incluir dos elementos:
• La operación de venta intercompañía y su resultado.
• El exceso de amortización posterior
de la entidad compradora.
Se eliminan los activos y pasivos,
consecuencia de estas operaciones.
Se eliminan (o compensan) los
intereses ganados y perdidos por la
operación.
Los dividendos en acciones
Reclasificación patrimonial en la
subsidiaria.
No tiene efecto en el monto de la
inversión de la compañía tenedora.
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La preparación de los estados contables consolidados (pasos a seguir)
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Pérdida de control
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a) Deja de reconocer los activos (incluyendo crédito mercantil) y pasivos
de la subsidiaria a su valor en libros a la fecha en que se pierde el
control.
• Si la
controladora
pierde el
control de
una
subsidiaria :
b) Deja de reconocer el valor en libros de cualquier participación no
controladora en la exsubsidiaria a la fecha en que se pierde el control.
c) Reconoce:
• El VR de la contraprestación recibida, de la transacción, hecho o
circunstancias que hayan resultado en la pérdida de control; y
• Si la transacción que resultó en la pérdida de control implica una distribución
de acciones de la subsidiaria a los propietarios en su carácter de propietarios,
tal distribución.
d) Reconoce cualquier inversión que se haya conservado en la
exsubsidiaria a su VR a la fecha en que se perdió el control.
<IAS 27.34 y 36>
Pérdida de control
e) Reclasifica a resultados, o, si es obligatorio conforme a otras IFRS,
traspasa directamente a utilidades acumuladas los montos
identificados en el párrafo 35; y
f) Reconoce cualquier diferencia resultante como ganancia o pérdida
dentro de la utilidad o pérdida atribuible a la controladora
• En la pérdida de control, cualquier inversión retenida en la subsidiaria anterior y cualquier
cantidad debida por o a la subsidiaria anterior:
‒ Deben contabilizarse bajo otras IFRS a partir de la fecha en que se pierde el control.
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Estados financieros separados
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Estados financieros separados
• El método de participación ya no es una alternativa en los Estados financieros
separados.
• IAS 27.29 [2000] permitía que la inversión en subsidiarias en los EF individuales de la
controladora se midiera a:
‒ Costo, método de participación o activos financieros disponibles para la venta (IAS 39).
Conforme a IAS 39.
Estados financieros separados
Al costo
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Influencia significativa
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Influencia significativa
Asociadas
• Poder de participar en las decisiones relativas a las políticas financieras y
operativas de una entidad en la que se tiene una inversión, pero que no
representa control ni control compartido sobre tales políticas.
• Se presume que existe influencia significativa cuando un inversionista tiene, directa o
indirectamente, 20% o más del poder de voto en una entidad en la que tenga una
inversión, a menos que pueda demostrarse claramente que no es el caso.
‒ Se debe considerar la sustancia de los acuerdos ya que pueden proveer evidencia para rebatir
este supuesto.
‒ Se deben considerar los derechos de voto potenciales.
• Se presume que no existe influencia significativa cuando un inversionista tiene, directa
o indirectamente, menos del 20% del poder de voto en una entidad en la que tenga una
inversión, a menos que pueda demostrarse claramente que existe dicha
influencia. <IAS 28. 2, 6, 9>
33 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Influencia significativa
Indicadores
• La influencia significativa por lo general se evidencia de una o más de las siguientes
formas:
‒ Que se tenga representación en el consejo de administración o cuerpo de gobierno
equivalente de la entidad en la que se tiene la inversión;
‒ Que se participe en los proceso de elaboración de políticas;
‒ Que se realicen transacciones importantes entre el inversionista y la entidad en la
que se tiene la inversión;
‒ Que se intercambie personal administrativo; o
‒ Que se aporte información técnica esencial.
<IAS 28.7>
34 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Influencia significativa
Pérdida de influencia significativa
• Ocurre cuando una entidad pierde el poder de participar en las decisiones relativas a
las políticas financieras y operativas de la entidad en la que se tiene la inversión.
• Puede ocurrir con o sin que haya un cambio en los niveles de propiedad absolutos o
relativos. Por ejemplo, podría ocurrir cuando:
‒ Una asociada pasa a ser controlada por un gobierno, tribunal, administrador o
entidad reglamentaria; o
‒ Como resultado de un convenio.
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Contabilización de asociadas
• La inversión en una asociada se contabiliza usando el método de participación:
‒ EF preparados a la misma fecha (o ajustar)
La diferencia entre el final del período de reporte de la asociada y del
inversionista no puede ser mayor de tres meses.
‒ Políticas contables uniformes
‒ Eliminar transacciones y saldos intercompañías
• Existen excepciones al método de participación:
‒ Asociadas disponibles para la venta, y;
‒ Cuando una tenedora que también cuenta con una inversión en asociada reúne los
requisitos de exención para NO presentar EF consolidados (IAS 27).
<IAS 28.13, 24, 25 y 26>
36 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Aplicación del Método de Participación
• La inversión neta se reconoce inicialmente al costo.
• El valor en libros se aumenta/disminuye con base en la participación del inversionista en
los resultados de la entidad en la que se tiene la inversión.
• La participación del inversionista en los resultados de la entidad en la que tiene la
inversión se reconoce en los resultados del inversionista.
• Las distribuciones reducen el valor en libros.
• La participación del inversionista en los resultados de la entidad en la que tiene la
inversión refleja su inversión actual y/u otros convenios.
<IAS 28.11>
37 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Contabilización de asociadas
Aplicación del Método de Participación – Pérdidas
• Si las pérdidas sobrepasan la inversión en la asociada:
‒ Discontinuar el reconocimiento de su participación en pérdidas futuras a menos que
exista una obligación legal.
‒ Las utilidades futuras se reconocen sólo cuando las mismas excedan la
participación en pérdidas no reconocidas.
‒ Si la distribución de la asociada excede el valor en libros del inversionista, debe
registrarse la distribución como ingreso, siempre que:
Las distribuciones no sean reembolsables por convenio o ley, y
El inversionista no sea responsable de las obligaciones de la asociada ni esté
obligado a dar apoyo financiero a la asociada.
<IAS 28.29>
38 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Aplicación del Método de Participación - Deterioro
• IAS 39 se aplica para determinar si es necesario reconocer una pérdida por deterioro.
• En ese caso, debe aplicarse IAS 36 (Pérdida de valor de activos) a todo el saldo de la
inversión:
‒ El crédito mercantil no debe probarse por separado.
‒ Comparar el monto recuperable (el mayor entre el valor de uso y el VR menos los
costos de vender) con el valor en libros.
‒ El monto recuperable se evalúa para cada asociada, a menos que no genere flujos
de entrada de efectivo por uso continuo, que sean independientes en gran medida
de los flujos de otros activos de la entidad.
<IAS 28. 31 a 34>
39 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Estados financieros individuales
• Aún si no se preparan EF consolidados (ej. el inversionista no tiene subsidiarias), se
usa el método de participación.
• El inversionista no aplica método de participación cuando se presentan EF individuales
de conformidad con IAS 27.
<IAS 28.35>
Como una inversión según IAS 39.
El inversionista contabiliza la inversión
Al costo
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Participaciones en negocios conjuntos
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Control conjunto
• Control compartido sobre una actividad económica que se acuerda
contractualmente y existe únicamente cuando las decisiones estratégicas
financieras y operativas relacionadas con la actividad requieren el consentimiento
unánime de quienes comparten el control (los socios).
42 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Control conjunto
• Negocio conjunto:
‒ Contrato mediante el cual dos o más partes llevan a cabo una actividad económica
sujeta a control conjunto.
• Todos los negocios conjuntos deben poseer las dos características siguientes:
‒ Dos o más socios obligados por un contrato
La existencia de un contrato distingue las inversiones que implican control
conjunto de las inversiones en asociadas en las que el inversionista tiene
influencia significativa.
‒ El contrato establece el control conjunto.
Ningún socio está en posición de controlar la actividad de manera unilateral.
Un operador/administrador debe actuar conforme a las políticas financieras y
operativas que han acordado los socios. <IAS 31. 3,7>
43 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Control conjunto
• El contrato puede evidenciarse de varias formas (por ejemplo, contrato formal, actas de
las discusiones entre socios, estatutos del negocio conjunto, etc.), por lo general se
hace por escrito y trata asuntos tales como:
‒ Actividad, duración y obligación del negocio conjunto de presentar informes;
‒ La designación de un consejo de administración u órgano de gobierno equivalente
del negocio conjunto y los derechos de voto de los socios;
‒ Aportaciones de capital por parte de los socios; y
‒ La participación de los socios en la producción, ingresos, gastos o resultados del
negocio conjunto.
<IAS 31.10>
44 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Formas de negocios conjuntos
• Operaciones bajo control conjunto
‒ Dos o más socios combinan sus operaciones, recursos y experiencia para fabricar,
vender y distribuir de manera conjunta un producto en particular (ej. la construcción
de una aeronave).
• Activos bajo control conjunto
‒ Varias compañías petroleras pueden controlar y operar conjuntamente (ej. un
oleoducto).
• Entidades bajo control conjunto
‒ Un negocio conjunto que reside dentro de una entidad legal por separado.
<IAS 31.14 y15>
45 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Entidades bajo control conjunto
Características y contabilización
• Características
‒ Implica el establecimiento de una entidad que controla los activos del negocio
conjunto, asume pasivos y eroga gastos y obtiene utilidades.
‒ Los socios tienen derecho a una parte de las utilidades y en algunos casos a
compartir el producto del negocio conjunto.
• Un socio tiene la opción de contabilizar su inversión usando
‒ Método de participación
‒ Consolidación proporcional
46 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Estados financieros individuales
• Aún si no se preparan EF consolidados (ej. el participante no tiene subsidiarias), para
las entidades controladas conjuntamente, se usa la consolidación proporcional /
método de participación.
• El inversionista no aplica método de participación o consolidación proporcional cuando
se presentan EF individuales de conformidad con IAS 27.
<IAS 31.46>
Como una inversión bajo IAS 39.
El inversionista contabiliza su participación
Al costo
47 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Negocio conjunto
• Información sobre la participación en negocios conjuntos en los EF del inversionista:
‒ El inversionista en un negocio conjunto, que no tenga control conjunto sobre el
mismo:
Contabilizará la inversión bajo IAS 39.
‒ Si posee influencia significativa:
Bajo IAS 28.
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IFRS 10, IFRS 11, IFRS 12 y modificaciones a NIC 27 y NIC 28 Influencia significativa
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IFRS 10
Principio fundamental
La consolidación se basa en el control
IAS 27: control es el poder para
gobernar las políticas financieras y de
operación de una entidad con el fin de
obtener beneficios
SIC 12 : en una entidad de propósito
especial, la exposición a la mayoría de
riesgos y recompensas puede ser el
factor determinante en el
establecimiento del control
La consolidación se basa en el control
El control puede ser obtenido de varias
maneras y no únicamente como
resultado del poder para dirigir las
políticas financieras y de operación
La exposición a los riesgos /
recompensas es uno de los factores
necesarios en orden al control pero
nunca es el factor determinante
IAS 27/SIC 12 IFRS 10
El IFRS 10 requiere uso extensivo del juicio
(El IFRS 12 requiere la revelación de las áreas de juicio)
50 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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IFRS 10
Definición de control
El inversionista controla la entidad donde invierte cuando esté expuesto, o tenga
derechos, a retornos variables provenientes de su participación en la entidad donde
invierte y tiene la capacidad para afectar esos retornos mediante su poder sobre la
entidad donde invierte
Poder
Exposición (derechos) a
retornos variables
Capacidad del inversionista
para afectar sus retornos
mediante su poder
Derechos importantes para dirigir actividades
relevantes
Variabilidad potencial ante los retornos
positivos o negativos (definición amplia de
retornos)
Se necesita determinar si quien toma las
decisiones es un agente de otro inversionista
51 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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IFRS 10
Definición de poder
El poder surge de los derechos sustantivos para dirigir las actividades relevantes
Los derechos que solamente son de protección no proporcionan poder y no impiden que
otro inversionista tenga el poder
Derechos
Sustantivo
Actividades
relevantes
Dependen de la naturaleza de las actividades, la estructura legal y la
manera como se toman las decisiones
Derechos de voto, derechos potenciales de voto, derechos contractuales …
Evaluar el impacto de los diversos derechos y su interacción
Capacidad práctica para ejercer los derechos
Habilidad actual para dirigir las actividades relevantes
No es necesario que los derechos se ejerzan de manera activa (un
propietario mayoritario pasivo tiene el poder)
Las actividades que son importantes afectan los retornos
Ejemplos: compras/ventas, administración de activos financieros,
adquisición/disposición de inversiones, I&D, financiación
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IFRS 10
Control de hecho
No abordado de manera específica
Diversidad en la práctica Abordado de manera específica
IAS 27/SIC 12 IFRS 10
Ejemplos de situaciones cuando un inversionista puede tener poder
con menos de la mayoría de los derechos de voto
• Acuerdos contractuales entre el inversionista y otros tenedores de voto
• Derechos que surgen de otros acuerdos contractuales, tales como acuerdos
operacionales o financieros que pueden producir derechos sustantivos importantes
• Tamaño relativo del % de voto del inversionista y dispersión de los derechos de voto
− Valore la asistencia pasada a la reunión de accionistas
• Derechos potenciales de voto del inversionista y/u otros inversionistas
− Vea la siguiente diapositiva
• Combinación de otros
Poder
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IFRS 10
Extensión de la exposición ante los riesgos y recompensas
El control de una entidad de propósito
especial generalmente requiere
exposición ante la mayoría de riesgos
y recompensas relacionados con la
entidad de propósito especial.
Puede existir control solamente si el
inversionista está expuesto ante
retornos variables
Pero ningún umbral especificado está
requerido con el fin de que exista
control
IAS 27/SIC 12 IFRS 10
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IFRS 10
Relación agente – principal
Capacidad del inversionista para
afectar sus retornos mediante su poder
No es abordada
El inversionista puede ejercer el poder
a nombre de otro inversionista • El agente no tiene el control
• El principal tiene que tratar como propios
a los derechos delegados
IAS 27/SIC 12 IFRS 10
¿Cuándo el tomador de decisiones es un agente?
Alcance de la autoridad sobre las actividades relevantes • Grado de independencia en el proceso de toma de decisiones
Derechos sustantivos tenidos por otras partes • Derecho de retiro sin causa
Remuneración de quien toma las decisiones • Indexación basada en los retornos
• Proporcional al servicio prestado y a las condiciones del mercado
Exposición ante la variabilidad de los retornos provenientes de otros intereses • A mayor magnitud, más probable que el tomador de decisiones sea el principal
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IFRS 11 (NIIF 11) Acuerdos conjuntos
Antecedentes
Objetivos
Establecer un enfoque basado en principios para la contabilidad de
los acuerdos conjuntos
• Según el IAS 31, la estructura legal es clave
Mejorar la calidad de la información financiera mediante eliminar la
selección entre la consolidación proporcional y el método de
patrimonio
• Por consiguiente converger con los US GAAP
56 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Con base en los derechos y obligaciones contractuales de las partes se distinguen
dos categorías
No está disponible selección de contabilidad
La definición de control conjunto es similar a la de IAS 31
Operaciones controladas
conjuntamente Reconocen los activos/ pasivos y los
ingresos/gastos propios
Activos controlados conjuntamente Reconocen los activos/pasivos y los
ingresos/gastos propios
Entidades controladas
conjuntamente Selección entre la consolidación
proporcional (recomendada) y el
método de patrimonio
Negocios conjuntos(IAS 31)
Operaciones conjuntas Derechos/obligaciones a
activos/pasivos
Con o sin vehículo separado
Reconoce activos, pasivos, ingresos,
gastos
Negocio conjunto Derechos sobre activos netos
Vehículo separado
Método de patrimonio
Acuerdos conjuntos (IFRS 11)
IFRS 11 (NIIF 11) Acuerdos conjuntos
Vista de conjunto de los cambios
57 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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No
No
No
Forma legal del
vehículo
separado
Operación
conjunta
Negocio conjunto
¿La forma legal le da a las partes
derechos/obligaciones a activos/obligaciones?
Términos del
acuerdo
contractual
¿Los términos del acuerdo le dan a las partes
derechos/obligaciones a activos/obligaciones?
Otros hechos &
circunstancias
¿El diseño del acuerdo es tal que las partes en efecto
tienen derechos/obligaciones a activos/obligaciones?
¿El acuerdo es dirigido mediante un vehículo
separado?
Sí
Sí
Sí
Sí
No
IFRS 11 (NIIF 11) Acuerdos conjuntos
¿Cómo determinar el tipo de acuerdo conjunto?
58 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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Operadores conjuntos Activos, pasivos, ingresos ordinarios, gastos,
que sean propios, incluyendo la participación
de los tenidos conjuntamente
Partes sin derecho/obligación a
activos/pasivos Otros IFRSs
Participantes con influencia
importante
Método de patrimonio (IAS 28)
Participantes sin influencia
importante IAS 39 (o IFRS 9)
Operaciones conjuntas
Otros con derechos/obligaciones
a activos/pasivos
Negocios conjuntos
Negocios conjuntos
IFRS 11 (NIIF 11) Acuerdos conjuntos
¿Cómo contabilizar los acuerdos conjuntos?
59 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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IAS 27 (NIC 27) e IAS 28 (NIC 28)
Amendments to IAS 27 and IAS 28
IAS 27 (2011)
• Aborda solamente los estados financieros independientes (separados)
IAS 28 (2011)
• Aborda la aplicación del método del patrimonio a las asociadas y a los intereses en
negocios conjuntos
• Disposición parcial de una asociada o de un negocio conjunto: el IFRS 5 solamente
aplica a la porción vendida
• Disposición parcial que resulta en que un negocio conjunto se convierte en una
asociada: ganancia/pérdida solamente con relación a la porción vendida
• La SIC 13, incorporada en el IAS 28 y por consiguiente aplica a las contribuciones
no-monetarias a las asociadas y a los negocios
− Sin resolver el conflicto con el IAS 27 (2008) y el IFRS 10
60 Normas Internacionales de Información Financiera NIIF - Auditoría
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IFRS 12 (NIIF 12) Revelación de intereses en otras entidades
Antecedentes
Reúne las revelaciones relacionadas con
Subsidiarias
Acuerdos conjuntos
Asociadas
Entidades estructuradas
no consolidadas
Objetivo Establecer la información necesaria para evaluar
Naturaleza de, y riesgos asociados con, intereses en otras
entidades
Efectos de esos intereses en la posición financiera, el
desempeño financiero y los flujos de efectivo
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