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SENTENCIA Nº 30- 2012
EXPEDIENTE Nº : 00149-2012-0-2105-JMC-CI-01CUADERNO DE : PrincipalDEMANDANTE : JUAN CÁCERES ALMONTEDEMANDADO : ALBERTO CASTILLO SUAREZ. PROCESO DE : SUMARÍSIMO PRETENSIÓN : DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO JUZGADO : JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TURNO DE PUNOJUEZ : DR. DARWIN JOHNSON GALLEGOS PAZEsp. LEGAL : DRA. ROSA ENRÍQUEZ YUCA========================================================================================
RESOLUCION Nº :06-2012
Puno, cuatro de julio Del dos mil doce.-
VISTOS: El presente proceso, se tiene que de
fojas ( ), interpone demanda JUAN CÁCERES ALMONTE, en contra
ALBERTO CASTILLO SUAREZ, sobre DESALOJO POR
VENCIMIENTO DE CONTRATO y en forma objetiva originaria
accesoria sucesiva El Pago de los Alquileres Devengados e
Intereses Generados.
Mediante resolución 01 es admitida a trámite
en la vía del proceso Sumarísimo, corriéndose traslado al demandado
Alberto Castillo Suarez cumpliéndose con notificarlo.
El demandado Alberto Castillo Suarez, por
escrito contesta la demanda, negándola y contradiciéndola sobre los
hechos expuestos en la demanda. Fundamenta su defensa en que
había conversado con el demandante para que pudieran apilar el
contrato de arrendamiento ya el que demandado no tenia donde
vivir, pero el demandado le indico que se podía quedar viviendo ahí
hasta que consiga donde vivir y que además no pagaría alquiler
alguno.
La audiencia de pruebas, se lleva a cabo por
acta de fojas (…), con la concurrencia de todos los sujetos
procesales, en la que se dar por interpuesta la tacha presentado por
el demandante en contra del la minuta de compra y venta
presentada por el demandado mediante la resolución Nº 03-2012,
posteriormente se sanea al proceso mediante resolución Nº 04–2012,
posteriormente se fijan los puntos controvertidos, se admiten los
medios probatorios mediante resolución Nº 05-2012, y se actúan las
pruebas admitidas; y las partes ofrecen sus alegatos orales,
comunicándose a las partes que se expedirá sentencia una vez
transcurrido el plazo para los alegatos, y;
CONSIDERANDO:
PRIMERO: DE LA CARGA DE LA PRUEBA
Respecto al DESALOJO se a probado que el
contrato de arrendamiento se realizo solo por un año improrrogable,
por lo miso como lo estable el contrato de arrendamiento.
SEGUNDO: DE LOS HECHOS
PROBATORIOS
Que el presente proceso se ha probado que la
demando, actuó de mala fe quedarse viviendo en dicho predio sin
pagar alquileres.
TERCERO : DERECHO APLICABLE
Respecto al fondo del asunto se tiene, el
artículo mil seiscientos ochenta y uno del código Civil nos indica que “el
arrendatario esta obligado a devolver el bien al arrendador al vencerse el
plazo del contrato en el que el estado en que recibió, sin mas deterioro que
el de su uso ordinario.”
CUARTO: LEGITIMIDAD PARA OBRAR
Que es bien cierto, que en el código
procesal civil que posee legitimidad para obrar en este tipo de
proceso.
QUINTO: PUNTOS CONTROVERTIDOS
En cuanto a los puntos controvertidos, se
tiene el derecho de propiedad del inmueble ubicado en Jr. José Carlos
Mariátegui de la cuidad de Puno corresponde al demandante, y que
el demandado continua en posesión del inmueble pero fuera de plazo
del contrato de arrendamiento.
SEXTO.- COSTAS Y CONTOS
Que, por disposición del artículo
cuatrocientos doce del Código Procesal Civil, es principio general, que
la parte vencida en un proceso, está obligado a rembolsar las costas
y costos del proceso.
FALLO:
Declarando FUNDADA la demanda de
DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO y en forma objetiva
originaria accesoria sucesiva El Pago de los Alquileres
Devengados e Intereses Generados, interpuesta por JUAN
CÁCERES ALMONTE en contra de ALBERTO CASTILLO SUAREZ, en
consecuencia ordeno:
El Señor ALBERTO CASTILLO SUAREZ,
DESALOJE el predio urbano materia de litis, y que pague al
demandante los alquileres devengado y los intereses generados.
Exonero al demandante del pago de las
costas y costos del presente proceso.
Por esta mi SENTENCIA, así lo pronuncio,
mando y firmo en la Sala de mi Despacho a los trece días del mes de
junio del año en cursó.- T.R. y H.S.
----------------------------------------------------------------- ------------------------------------------- Dr. DARWIN JOHNSON GALLEGOS PAZ Dra. Rosa Enríquez Yuca JUEZ DEL JUZGADO MIXTO Especialista Legal