6. capítulo 4 baja e.media
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Baja edad media DerechoTRANSCRIPT
Baja Edad Media. 1217 – 1492 /1474. Etapa de unificación
del Derecho Mediante la recepción del Derecho Común. 1.- Antecedentes. Configuración del Reino de Castilla y
nacimiento del derecho castellano.
2.- Surgimiento económico de Europa Occidental. Desarrollo de
las ciudades y surgimiento de la burguesía y
de su poder urbano.
3.- Renacimiento cultural y surgimiento de las Universidades
y del derecho común.
4.- Características de España en esta etapa:
a) Características de la reconquista bajomedieval:
a1) Reconquista sin repoblación e integración de
grandes ciudades a los reinos cristianos.
a2) Consolidación del feudalismo.
b) Cambios en la sociedad y el Estado
b1 Monarquía más fuerte y en proceso de
integración en Coronas. Municipios y poder
burgués.
Formacion del ius commune. Fuentes de Derecho Romano
Digesto: recopilación de
jurisprudencia doctrinal y
judicial clásica. S. II a.C
s. II d.C
Institutas: Jurisprudencia doctrinal clásica.(hasta II d.C)
Romano s.II d.C
Codex: Compilación
Constituciones
imperiales. Derecho
postclásico.Desde el s.III
d.C
Novellas:Comp Constit. Imp. Dº
Postclásico I.Bizantino
Formación del ius commune. Fuentes materiales
Decreto de Graciano: Recopilación
cánones conciliares hasta
1140.
Derecho
Canónico Decretales de Gregorio IX: Recop. de
decretales papales. 1234
(5 libros).
Liber Sextus: Rec. Decret papales
1298.
Liber Septimus: Rec. Decret. papales
Extravagantes: Rec. Decret.papales
Recepción del Derecho Común en España.
1.- Concepto. Incorporación de la doctrina del ius commune como base
de la legislación y de la jurisprudencia judicial y administrativa.
Por vía legal u orgánica
2.- Tipos de recepción Por vía jurisprudencial o inorgánica
3. a) Derecho territorial
3.-. Recepción por vía legal 3. b) Derecho municipal
Espéculo - Fuero Real –Siete Partidas (1265)
Ordenamiento de Alcalá de Henares de 1348
3. a) Derecho Ordenamiento de Montalvo de 1480
Territorial Leyes de Toro de 1505
Nueva Recopilación de Leyes de Castilla 1567
Novísima Recop. De leyes de Castilla 1805
Fuero Real
3. b) Derecho Fuero Juzgo ( Liber Judiciorum )
Municipal Fueros Tipo: Soria, Cuenca, Sepúlveda
Recepción inorgánica. Acción de la monarquía .
1.- El Ordenamiento de Establece orden de prelación
Alcalá de Henares Excluye recepción jurisprudencial
de 1348
Acepta jurisprudencia doctrinal hasta
2.- Pragmática de Juan Bartolo ( 1314- 1357) y Juan Andrés
II . ( 1427 ) (1270 – 1348)
Materia civil 1º Bartolo
3.- Pragmática de los Reyes 2º Baldo
Católicos (1499) Materia canónica 1º Juan Andrés
2º Nicolás Tudeschi
4.- Leyes de Toro (1505). Confirma orden de prelación de 1348
Excluye recepción doctrinal
Ordenamiento de Alcalá de Henares de 1348
1.- Crea ordenamiento jurídico (prelación)
Temas 2.- Resuelve conflicto entre recepción
que regula: legal y jurisprudencial del ius
commune.
3.-Establece primacía del derecho real
territorial sobre el derecho municipal.
4.- Pone en vigencia las Siete Partidas.
1º Las leyes del propio Ordenamiento (y
legislación posterior a 1348 ).
2º Fuero Real y fueros municipales que
Orden de Prelación se prueben en uso.
3º Código de las Siete Partidas.
4º El rey
El gobierno de los reyes católicos. 1474- 1504-1516.
Unificación territorial.
La conquista de Granada y la expulsión política del Islám
Unificación política
El pacto político entre las Coronas de Castilla y de Aragón
Unificación religiosa
Reforma de la Inquisición.
Expulsión de los judios
Expulsión religiosa de los “moros”
Unificación jurídica Ordenamiento de Montalvo 1480
Pragmática de Madrid 1499
Leyes de Toro 1505
Expansión territorial
Capitulaciones Matrimoniales de Fernando e Isabel 1469
Bulas Papales de donación a los portugueses 1450-1
Tratado de Alcaçobas 1480
Capitulaciones de Santa Fe 1492
Bulas papales de donación a los castellanos 1493
Tratado de Tordesillas 1494
Reorganización político administrativa del Estado castellano
Reorganización político administrativa del Estado castellano:
Centralización del poder: El control de las autonomías municipales. Corregidores
Formas de control del estamento nobiliario.
El funcionamiento de las Cortes.
Organización de la jurisdicción real de segunda Instancia.
Chancillerías o Reales Audiencias territoriales.
Organización de la administración del Estado.
Burocratización de la administración
Despersonalización de los cargos
Regulación legal de funciones y atribuciones
Responsabilidad ante el monarca por el ejercicio del cargo (visitas y residencias)
La estructura del Estado.
Gobierno
Consejo de Estado Hacienda
Rey Justicia
Guerra
Tribunal de la Corte
Cortes