547 p-impacto-ley-tabaco-17abr08
DESCRIPTION
ley del tabacoTRANSCRIPT
1. Presentación
2. La nueva Ley General para el Control del Tabaco
3. Competencia de la nueva Ley
4. Impactos y riesgos en los estados por la nueva ley federal
5. El caso de los estados
6. Una propuesta de Ley
7. Conclusiones
Contenido
El presente documento tiene como propósito dar a conocer el impacto que eventualmente podría tener la Ley General para el Control del Tabaco en los estados en específico para los comercios dedicados a los alimentos y bebidas.
PresentaciónPresentación
LGCT Ley General para el Control del Tabaco
Aplica a las materias siguientes:
• Control sanitario de los productos del tabaco, así como su importación;
• La protección contra la exposición al humo de tabaco
Proteger la salud de la población del tabaco. Proteger los derechos de los no fumadores a vivir y convivir en
espacios 100% libres de humo de tabaco Establecer bases para la producción, etiquetado, empaquetado,
promoción, publicidad, patrocinio, distribución, venta, consumo y uso de los productos del tabaco
Instituir medidas para reducir el consumo de tabaco, particularmente en los menores
Fomentar la promoción, la educación para la salud, así como la difusión del conocimiento de los riesgos atribuibles al consumo y a la exposición al humo de tabaco
Establecer los lineamientos generales para el diseño y evaluación de legislación y políticas públicas basadas en evidencia contra el tabaquismo
Establecer los lineamientos generales para la entrega y difusión de la información sobre los productos del tabaco y sus emisiones
Finalidades de la Ley
1. Concurrencia2. Atribuciones de la autoridad (SSA, SEP, SHCP, SE y PGR)3. Programa contra el tabaquismo4. Obligación de información relativa al contenido de los
productos del tabaco5. Licencia sanitaria para quien produzca, fabrique o
importe productos del tabaco 6. Reglas de comercio, venta, distribución o suministro7. Empaquetado y etiquetado8. Publicidad, Promoción y Patrocinio 9. Consumo y Protección contra la Exposición al Humo del
Tabaco10. Medidas para Combatir la Producción Ilegal y el
Comercio Ilícito de Productos del Tabaco11. Vigilancia Sanitaria12. Denuncia Ciudadana13. Sanciones
Principales preceptos
1. Leyendas de prohibición de comercio, venta, distribución o suministro a menores
2. Acreditar mayoría de edad
3. Exhibir en establecimientos leyendas de advertencia, imágenes y pictogramas autorizados por la SSA
LGCTLGCTObligaciones del Comercio, venta, distribución o suministro
• Por unidad o en empaques de menos de 14 o más de 25 unidades, o tabaco picado en bolsas de menos de diez gramos
• Colocar cigarrillos en sitios que permitan tomarlos directamente
• En máquinas expendedoras
• Por teléfono, correo, internet o cualquier otro medio de comunicación
• Distribuir gratuitamente al público en general y/o con fines de promoción
• Comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir accesorios.
LGCTLGCTProhíbe vender cigarrillos:
Comercio, distribución, donación, regalo, venta y suministro:
• A menores de edad• En instituciones educativas públicas y privadas de educación
básica y media superior, y
Emplear a menores de edad en actividades de comercio, producción, distribución, suministro y venta de estos productos
LGCTLGCTSe prohíben las actividades:
Leyendas de advertencia y pictogramas
Aumento de tamaño de las leyendas
Deberán ocupar al menos el 30% de la cara anterior, 100% de la cara posterior y el 100% de una de las caras laterales del paquete y la cajetilla
Al 30% de la cara anterior de la cajetilla se le deberán incorporar pictogramas o imágenes
Deberán contener información sobre sus contenidos, emisiones y riesgos
No se promocionarán mensajes relacionados con estos productos de manera falsa
Deberá figurar la declaración: "Para venta exclusiva en México”
LGCTLGCT
Empaquetado y Etiquetado
Prohíbe realizar toda forma de patrocinio
La publicidad y promoción únicamente dirigida a mayores de edad a través de revistas para adultos
Prohíbe emplear incentivos que fomenten la compra de productos del tabaco
LGCTLGCTPublicidad, Promoción y Patrocinio
Medidas para Combatir la Producción Ilegal y el Comercio Ilícito de Productos del Tabaco.
Vigilancia Sanitaria.
• A través de verificadores que realizarán, visitas ordinarias y extraordinarias, sea por denuncia ciudadana u otro motivo.
Denuncia Ciudadana. • Cualquier persona podrá presentar ante la autoridad
correspondiente una denuncia. • Se salvaguardará la identidad e integridad del ciudadano
denunciante. • La Secretaría pondrá en operación una línea telefónica de
acceso gratuito para que los ciudadanos puedan efectuar denuncias, quejas y sugerencias.
LGCTLGCTMedidas otras
Prohíbe consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco en espacios 100% libres de humo de tabaco
Se prohíbe en escuelas públicas y privadas de educación básica y media superior
En dichos lugares se fijará en el interior y en el exterior los letreros, logotipos y emblemas que establezca la SSA
LGCTConsumo y Protección contra la Exposición al
Humo del Tabaco.
En lugares con acceso al público, o en áreas interiores de trabajo, públicas o privadas, incluidas universidades, deberán existir zonas exclusivamente para fumar, las cuales deberán de conformidad con las disposiciones reglamentarias:
• Ubicarse en espacios al aire libre, o
• En espacios interiores aislados que dispongan de mecanismos que eviten el traslado de partículas hacia los espacios 100% libres de humo de tabaco y que no sea paso obligado para los no fumadores.
El propietario, administrador o responsable de un establecimiento será el garante de cumplir la Ley.
Colocar letreros que indiquen si es de fumar o no, debiéndose incluir un número telefónico para la denuncia
LGCTConsumo y Protección contra la Exposición al
Humo del Tabaco.
1. Amonestación con apercibimiento2. Multa3. Clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total4. Arresto hasta por treinta y seis horas
• En caso de reincidencia se duplicará el monto de la multa que corresponda.
• El monto recaudado producto de las multas será destinado al Programa contra el Tabaquismo y a otros programas de salud prioritarios.
Sanciones / Supuestos Multa
De hasta cien veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate, el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26 de esta Ley
5 mil
De mil hasta cuatro mil veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate, el incumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 14, 15, 16, 27 y 28 de esta Ley,
50 mil a 200 mil
De cuatro mil hasta diez mil veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate, el incumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 13, 17, 18, 19,20,21,22,23, 24, 31 y 32, de esta Ley
200 mil a 500 mil
SancionesSanciones
El gobierno del Distrito Federal, los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, deberán adecuar sus Leyes, reglamentos, bandos y demás disposiciones jurídicas, de acuerdo con las competencias que a cada uno corresponda, para que sean congruentes con la presente Ley
Los propietarios, administradores o responsables de establecimientos que pretendan contar con zonas exclusivamente para fumar, contarán con 180 días después de la publicación en el DOF de esta Ley para para modificar dichas zonas.
Si los propietarios, administradores o responsables de establecimientos no cuentan con recursos o la infraestructura necesarias para las modificaciones o adecuaciones señaladas, podrán recurrir a la SSA para celebrar los convenios o instrumentos
Al día de hoy no se ha publicado la Ley en el DOF, aún así no entrará en vigor la Ley, sino hasta 90 días después
LGCTArtículos transitorios
Competencia de la Ley General del Control del tabaco vs. Las locales
Federal Posibilidad de concurrente Local
1. Programa contra el tabaquismo
2. Obligación de información relativa al contenido del tabaco
3. Licencia sanitaria para quien produzca, fabrique o importe productos del tabaco
4. Reglas de comercio, venta, distribución o suministro
5. Empaquetado y etiquetado6. Publicidad, Promoción y
Patrocinio 7. Medidas para Combatir la
Producción Ilegal y el Comercio Ilícito de Productos del Tabaco
8. Vigilancia Sanitaria9. Denuncia Ciudadana10. Sanciones
1. Licencia sanitaria para quien produzca, fabrique o importe productos del tabaco
2. Reglas de comercio, venta, distribución o suministro
3. Publicidad, Promoción y Patrocinio
4. Vigilancia Sanitaria5. Denuncia Ciudadana6. Sanciones
1. Programa contra el tabaquismo
2. Consumo y Protección contra la Exposición al Humo del Tabaco
3. Vigilancia Sanitaria4. Denuncia Ciudadana5. Sanciones
Los congresos de los estados deberán adecuar la legislación vigente o expedir una nueva en los términos de la Federal
No hay un plazo, pero se ordena en la Ley Federal
En la mayoría de los casos, se endurecerán las leyes en contra de los fumadores
Se deberá cumplir primero la Ley Federal en cuanto entre en vigor y después la local, cuando se expida
Será un tema atractivo para distintos actores políticos locales
ImpactosImpactos
• La Federal podría servir de piso para las leyes locales
• Se podría aprobar una ley tan dura como la del DF
• Se endurecerán las leyes en contra de los fumadores
• Los establecimientos mercantiles tendrán que cumplir primero la ley Federal y después la local, cuando se expida o se reforme
• Lo anterior generará gastos adicionales a los establecimientos mercantiles. No todos podrán cumplirla
• El tema será propició para protagonismos políticos en donde los diputados locales y el Ejecutivo serán parte fundamental
• La participación de organismos como la CANIRAC será indispensable
RiesgosRiesgos
• Prohibido fumar en espacios cerrados públicos, privados y sociales. Sólo se puede fumar en áreas de servicio al aire libre
• Propietarios, poseedores o responsables de establecimientos que expendan alimentos o bebidas para su consumo en el lugar son garantes de cumplir la Ley, además:
• Colocar dentro de los mismos, en lugares visibles, letreros y señalamientos relativos a la prohibición de fumar, así como las sanciones que se aplicarán a quienes la infrinjan
• En los establecimientos se prohíbe vender cigarros aun cuando consuman alimentos
• .• Sanciones de 126 a 2500 días de multa (6,300 a 125 mil pesos)
• Reformas relevantes a las Leyes de Protección a la Salud de los No Fumadores del DF y para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles del DF
DF
En México existen 21 estados con Ley de Protección a los no Fumadores.
Faltan 12 estados de expedir Ley.
No todos los que faltan están ausentes del tema.
La ley del DF es la que más afecta a la industria restaurantera
Estado Nombre Vigencia Regla
1 AguascalientesLey para la Protección de los No
Fumadores del Estado2000
De acuerdo a la demanda de los usuarios
2 Baja CaliforniaLey que Protege los Derechos de los
No Fumadores 1995
De acuerdo a la demanda de los usuarios
3 Coahuila Ley Protección a No Fumadores jun-07Establecimientos como bares y
restaurantes 50% fumadores y 50% no fumadores
4 DFLey de Protección a la Salud de los
No Fumadores del DF
Establecimientos mercantiles (…) licencia tipo B y tengan autorizados
espacios para bailar
Locales cerrados y establecimientos en los que se expendan al público alimentos o bebidas (…) secciones reservadas para no fumadores, las
cuales no podrán ser menores del 30 % de los lugares con los que cuenta
el establecimiento
5 Durango Ley Proteccion a No Fumadores 2006
Establecimientos como: bares (15 % No Fumadores, 85% Fumadores),
restaurantes (40% Area No fumadores, 60% Area Fumadores)
6 Guerrero Ley 101 para la Protección de los No Fumadores del Estado
2004 De acuerdo a la demanda de los usuarios
Estados con Ley
Fuente: Congresos de los estados
Estado Nombre Vigencia Regla
7 Hidalgo Ley Protección a No Fumadores 2001 De acuerdo a la demanda de los usuarios
8 Morelos Ley Protección a No Fumadores 2005Establecimientos como bares y restaurantes 70% fumadores y
30% no fumadores
9 Nuevo León Ley Protección a No Fumadores 2004De acuerdo a la demanda de los
usuarios
10 Oaxaca Ley de Protección a No Fumadores Ago-04De acuerdo a la demanda de los
usuarios
11 Puebla Ley Protección a No Fumadores 2004Establecimientos como bares y restaurantes 50% fumadores y
50% no fumadores
12Quintana
Roo Ley de Protección a No Fumadores Ago 07De acuerdo a la demanda de los
usuarios
13 Sinaloa Ley Protección a No Fumadores jul-07Establecimientos como bares y restaurantes 50% fumadores y
50% no fumadores
14 SLP Ley de Protección a No Fumadores 2005 De acuerdo a la demanda de los usuarios
Estados con Ley
Fuente: Congresos de los estados
Estado Nombre Vigencia Regla
15 Tabasco Ley de Protección a los no Fumadores
Sin publicar aun. Aprobada
el 8 de abril pasado.
Libre de humo de tabaco los establecimientos comerciales, locales cerrados, empresas e
industrias, en expendios fijos de alimentos y bebidas alcohólicas y no
alcohólicas, en servicios de hospedaje, en bares, discotecas o en establecimientos de bailes eróticos, así como elevadores de cualquier
edificación comercial y de servicios
16 Tamaulipas Ley Protección a No Fumadores 2006Establecimientos como bares y
restaurantes 70% fumadores y 30% no fumadores
17 TlaxcalaLey para la Protección de los No
Fumadores del Estado 1995De acuerdo a la demanda de los
usuarios
18 Veracruz Ley para la Protección de los No Fumadores del Estado
nov-07División: Bares (Dependiendo la
demanda), Restaurantes (50% No fumadores, 50% Fumadores)
19 YucatánLey de Prevención de las
adicciones y consumo de bebidas alcohólicas y Tabaco
jun-07Establecimientos como bares y
restaurantes 40% fumadores y 60% no fumadores
20 ZacatecasLey para la Protección de los No
Fumadores del Estado2003
De acuerdo a la demanda de los usuarios
Estados con Ley
Fuente: Congresos de los estados
Estados sin Ley
Estado Nombre Vigencia Restricciones
1Baja California
SurLey de Salud Sin especificación
2 CampacheNo tiene Ley específica. En la ley de salud NO regula el fumado publico.
Tiene iniciativa del PAN.
3 Chiapas No tiene Ley específica. En la ley de salud regula el fumado público
2004 De acuerdo a la demanda de los usuarios
4 Chihuahua Ley de Salud Sin especificación de fumado público
5 ColimaLey para la Prevención, Tratamiento y Control de las Adicciones / Ley de
Salud. Tiene iniciativa del PAN.2006 Sin especificación de fumado
público
6 Estado de México
Se está trabajando una iniciativa por el PVEM y otra por el Gobierno
del Estado. Tiene Reglamento. De acuerdo a la demanda de los
usuarios
Fuente: Congresos de los estados
Estados sin Ley
Estado Nombre Vigencia Restricciones
7 Guanajuato Ley de Salud 1986 - 2007
Sin especificación de fumado público
8 JaliscoIniciativa a Presidente Comision de Salud, no la han presentado
al plenoAgo 07 Conforme a la Ley Federal
9 Michoacán Ley de Salud y Reglamento de Morelia
1994 - 2005
Sin especificación de fumado público
10 NayaritIniciativa a Presidente Comision de Salud, no la han presentado
al plenoAgo 07
11 Querétaro Ley de Salud 2003 Sin especificación de fumado público
12 Sonora Reglamento para la protección de los No Fumadores del Estado 1999 De acuerdo a la demanda de
los usuarios
Es una propuesta que es acorde con la Ley General para el Control del Tabaco
Principalmente, NO afecta a los agremiados de la CANIRAC, ya que establece zonas de fumadores en establecimientos mercantiles de acuerdo con la demanda
Evitaría la contaminación con la propuesta del DF que es más radical
Las sanciones son adecuadas y no se exceden como las de la Ley Federal y la del DF
Protege la salud de los no fumadores en especial de los menores de edad
Propuesta de Ley
Tipo
Dada la reciente aprobación de la Ley Federal, en todos los estados se revisará la Ley local y se promoverá si no existe.
Los actores políticos de los estados utilizarán el tema para promoción personal
Por lo anterior, será necesaria la participación de la CANIRAC en los estados para garantizar que la ley que se apruebe, no los afecte
No participar permitirá aprobar medidas que después será difícil eliminar
La CANIRAC debe participar con su propia propuesta
Debe tener su propia posición con relación al tema
Conclusiones