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Curso sobre solución de diferencias Grupo especial II (Solicitud de establecimiento – composición) Montevideo Noviembre 2010 Lauro Locks División de Asuntos Jurídicos Organización Mundial del Comercio

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Curso sobre solución de diferenciasGrupo especial II(Solicitud de establecimiento – composición)

MontevideoNoviembre 2010

Lauro LocksDivisión de Asuntos Jurídicos

Organización Mundial del Comercio

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Phases in dispute settlement

Consultas1

Grupo especial2

Apelación3

Adopción4

Aplicación5

Fases del procedimiento de solución de diferencias

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En este módulo aprenderán sobre...

Cómo lleva a cabo su examen el grupo especial

Grupo especial

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Examen por el grupo especial–Disposiciones pertinentes

Artículo 12 del ESDApéndice 3 del ESDVéanse también los artículos 11, 13, 15, 16 y 19 del ESD

• Procedimientos de trabajo y calendario de los grupos especiales

• Función de los grupos especiales• Información• Reexamen intermedio• Adopción de los informes• Recomendaciones

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Procedimiento de los grupos especiales

• Reunión de organización con las partes

• Procedimientos de trabajo y calendario para los trabajos del grupo especial:

– Los grupos especiales seguirán los Procedimientos de Trabajo que figuran en el Apéndice 3, a menos que el grupo especial acuerde otra cosa tras consultar a las partes en la diferencia.

– Se han desarrollado sustancialmente con la práctica

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Artículo 12 del ESD Procedimientos de Trabajo (Apéndice 3 del ESD)

Procedimiento de los grupos especiales

• Comunicaciones y reuniones• Traslado de la parte expositiva• Reexamen intermedio • Traslado del informe definitivo a las partes

– Traducción a los otros idiomas oficiales • Distribución del informe definitivo a todos los Miembros • * Procedimiento para la suspensión de los trabajos del

grupo especial

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Procedimiento de los grupos especiales

1. Primeras comunicaciones escritas de las partes

2. [Comunicaciones de los terceros]

3. Primera reunión sustantiva con las partes y los terceros –Sesión destinada a terceros

4. Réplicas por escrito de las partes

5. Segunda reunión sustantiva con las partes

6. Traslado de la parte expositiva del informe a las partes

7. Observaciones de las partes sobre la parte expositiva

8. Reexamen intermedio

9. Traslado del informe definitivo a las partes

10. Distribución del informe definitivo a todos los Miembros

Apéndice 3 del ESD –

Procedimientosde trabajogenerales

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Procedimiento de los grupos especiales:Confidencialidad

• Procedimientos de grupos especiales son confidenciales– Grupo especial se reúne a puerta cerrada– Deliberaciones del grupo especial y documentos que se

hayan sometido a su consideración tienen carácter confidencial

– Partes pueden publicar declaraciones sobre sus propias posiciones (ejemplo: en sitios Web oficiales de las partes)

• Posibilidad de mayor protección para información comercial confidencial

• Novedad: ¡audiencias abiertas al público!

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• Evaluación objetiva del asunto

– ayudar al OSD a cumplir las funciones que le incumben en virtud del ESD y de los acuerdos abarcados

• Los grupos especiales también deberán consultar regularmente a las partes para:

– darles oportunidad adecuada de llegar a una solución mutuamente satisfactoria

Función de los grupos especiales

Artículo 11 del ESD

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Norma de examen

Hechos …

Aplicabilidad de los acuerdos abarcados …

Conformidad de las medidas con los acuerdos abarcados …

* El párrafo 6 del artículo 17 del Acuerdo Antidumping establece una norma de examen más deferente

Evaluación objetiva del asunto

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Derecho a recabar información

• Los Miembros deberán responder a cualquier solicitud de información que les dirija el grupo especial

• Derecho de recabar información y asesoramiento técnico– De personas– De grupos consultivos de expertos, Apéndice 4 del ESD

• Cuestión: "amicus curiae"– Facultad para aceptar y examinar

Artículo 13 del ESD

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Determinación de los hechos por los grupos especiales

• Evaluación de una determinación realizada por lasautoridades nacionales …

• Evaluación objetiva de los hechos

– Ni examen de novo– Ni deferencia total

Limitados por el artículo 11 del ESD

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Objetividad siempre

• El grupo especial está facultado para recabar información y asesoramiento de expertos y de cualquier otra fuente pertinente ...

• ... a fin de facilitar su comprensión y evaluación de las pruebas presentadas y los argumentos expuestos por las partes

• No para abonar las argumentaciones del reclamante !

• Ni para pronunciarse a favor de un reclamante que no haya acreditado una presunción prima facie!

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No están limitados por los argumentos

Sin embargo, en el ESD no hay nada que limite la facultad de un grupo especial para:

– utilizar libremente los argumentos presentados por las partes;

– desarrollar su propio razonamiento jurídico para apoyar sus propias constataciones y conclusiones

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Contenido del informe del grupo especial

Párrafo 7 del artículo 12 del ESD

Informe

SeccionesParte expositiva: introducción + elementos de hecho + argumentosSolicitudes de constatacionesReexamen intermedioConstataciones, recomendaciones

Las constataciones de hechoLa aplicabilidad de las disposiciones pertinentesLas razones en que se basen sus conclusiones y recomendaciones

El grupo especial expondrá en su informe

El informe del grupo especial comprende:

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Interpretación de los Acuerdos de la OMC

• Disposiciones vigentes de los acuerdos abarcados

• De conformidad con las normas usuales de interpretación del derecho internacional público

• No pueden entrañar el aumento o la reducción de los derechos y obligaciones establecidos en los acuerdos abarcados

Párrafo 2 del artículo 3 del ESD

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Artículo 31 de la Convención de Viena– Regla general

Normas usuales de interpretación

• Buena fe• Sentido corriente

– Contexto– Objeto y fin

• Texto, preámbulo, anexos• Acuerdos concertados con motivo de la celebración• Acuerdos/prácticas ulteriores

Normas usuales de interpretación

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Normas usuales de interpretación

• Cuando la interpretación dada de conformidad con el artículo 31 sea ambigua, oscura, absurda o irrazonable ...

• Para confirmar el sentido resultante de la aplicación del artículo 31 ...

• Fuentes complementarias– Trabajos preparatorios– Circunstancias de la celebración

Artículo 32de la Convención de Viena– Reglas complementarias

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Carga de la prueba

• No hay normas específicas en el ESD

• Jurisprudencia:

– La carga incumbe a la parte que alega una infracción

– La carga incumbe a la parte que hace valer una defensa o invoca una excepción

– La carga incumbe a la parte que asevera un hecho

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Carga de la prueba: acreditación prima facie

En caso de acreditación prima facie …… si no hay una refutación efectiva por parte del demandado, el grupo especial ha de pronunciarse en favor del reclamante que efectúe la acreditación prima facie

DemandadoReclamante¿Acreditación prima facie?

¿Refutación?

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Reexamen intermedio

• Parte expositiva– Observaciones de las partes

• Informe provisional– Cualquiera de las partes podrá presentar por escrito

una petición de que el grupo especial reexamine aspectos concretos del informe provisional

• Posibilidad de celebrar una nueva reunión • Informe definitivo del grupo especial

Artículo 15 del ESD

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6 meses por regla general(Párrafo 8 del artículo 12 del ESD)

9 meses si el grupo especial no puede (Párrafo 9 del artículo 12 del ESD)

Marco temporal

Establecimiento del grupo especial

1Composición/

mandato

Traslado delinforme definitivo

a las partes

Adopción por el OSD

2 3 4

Artículo 20 del ESD: 9 meses cuando no se haya interpuesto apelación contra el informe del grupo especial

12 meses cuando se haya interpuesto apelación

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Adopción de los informes de los grupos especiales

• En primer lugar, se da traslado de ellos a las partes• Una vez disponibles en los idiomas de trabajo de la OMC,

se distribuyen a todos los Miembros, en documentos de la serie WT/DS-

• Los informes de los grupos especiales no se examinan a efectos de su adopción hasta 20 días después de su distribución

• Adopción por el OSD dentro de los 60 días siguientes a su distribución, a menos que por consenso se decida lo contrario

• Excepto si hay apelación

Artículo 16 del ESD

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Recomendaciones y sugerencias

• Si existe infracción, recomendación de que el Miembro ponga la medida en conformidad

– Posible sugerencia con respecto a lo que debería hacerse

• Si no existe infracción (sino menoscabo), un ajuste mutuamente satisfactorio

Artículo 19 del ESD

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Informes de grupos especiales distribuidosEn total, 128 informes

0

67

10

14

18

7

109

1113

4

78

31

0

2

4

6

8

10

12

14

16

18

1995 1997 1999 2001 2003 2005 2007 2009

Ténganse en cuenta también los grupos especiales que están activos actualmente: 15

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Composición de los grupos especiales

41%

59%

Acordada por laspartes

Decidida por el DG

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Integrantes de los grupos especiales, por nacionalidad

Nueva Zelanda, 19

Canadá, 18

Australia, 15

Suiza, 15Chile, 12

Suráfrica, 9

Brasil, 8

Alemania, 6

Argentina, 6

Hong Kong, 6México, 6

Venezuela, 6

India, 7

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Trato especial y diferenciado en la fase del grupo especial

Párrafo 10 del artículo 8 del ESD

• Composición de los grupos especiales

Párrafos 10 y 11 del artículo 12 del ESD

• Procedimiento de los grupos especiales

• Artículo 24 del ESD – PMA...• Artículo 27 del ESD – Asistencia jurídica....

• Referencia a la Decisión de 1966...

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¡Gracias!