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4.3 PROCEDIMIENTO ADQUISICIONES POR MODALIDAD DE COMPRA POR COTIZACIÓN

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ADQUISICIONES POR MODALIDAD DE COMPRA POR COTIZACIÓN

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1. OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO:

Describir los criterios y actividades para realizar adquisiciones de bienes, suministros,

obras y servicios en las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud Pública y Asistencia

Social, por modalidad de compra por cotización, en el marco de la normativa aplicable.

2. MARCO NORMATIVO:

a. Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento

b. Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento

c. Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio

Fiscal vigente

d. Ley Contra la Corrupción

e. Reglamento Orgánico Interno del MSPAS, Acuerdo Gubernativo número 115-99

f. Normas para el uso del Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones

del Estado GUATECOMPRAS.

g. Normas de Control Interno de la Contraloría General de Cuentas

h. Guía de Sistema de Gestión y Pre-orden de Compra.

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ADQUISICIONES POR MODALIDAD DE COMPRA POR COTIZACIÓN

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3. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

1.

Elabora “Solicitud de Pedido”, en la cual describe la compra y contratación de bienes, suministros, obras y servicios, los cuales deben estar incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC), y traslada a la Sección de Compras de la Unidad Ejecutora. Nota: la información contenida en los formatos debe ser llenada con letra legible a tinta (impresora, máquina de escribir, bolígrafo) y no debe llevar tachones, borrones, aplicaciones de corrector o alteraciones. En el caso de Productos medicinales y farmacéuticos, material médico quirúrgico, alimentos específicos y fórmulas sucedáneas debe adjuntar a la “Solicitud de Pedido” el “Dictamen Técnico del Comité de Farmacoterapia”, según formato establecido. Para obra civil, equipo u otro insumo que requiera especificaciones técnicas, debe adjuntarse a la “Solicitud de Pedido” las especificaciones en el modelo definido. Traslada “Solicitud de Pedido” y documentos anexos al Encargado/Asistente/Analista de Compras.

Unidad Solicitante

2.

Recibe la “Solicitud de Pedido” y verifica cumplimiento de requisitos. ¿Cumple requisitos? No: Devuelve a la unidad solicitante para que en un plazo no mayor de 24 horas complete la información o elabore una nueva solicitud de ser necesario. Sí: Verifica que los bienes y suministros requeridos se encuentran incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC), si no se encuentran incluidos elabora conocimiento y traslada al Jefe de la Unidad Solicitante para que elabore justificación de la compra, modificación del PAAC y solicite la autorización de las mismas al Jefe del Departamento Administrativo en Planta Central y en las Unidades Ejecutoras al Gerente Administrativo Financiero.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

3.

Revisa GUATECOMPRAS y determina si los bienes y servicios se encuentran en Contrato Abierto. ¿Los bienes y servicios se encuentran en Contrato Abierto? Sí: Inicia las actividades descritas en el procedimiento de Contrato Abierto. No: Consigna en la “Solicitud de Pedido” el valor estimado del bien, suministro, obras y servicios, valor que no deberá dar a conocer a los oferentes y el cual deberá ser acorde al precio del mercado nacional. Solicita la verificación de disponibilidad presupuestaria y renglón (s) a afectar, al Encargado de Presupuesto de la Unidad Ejecutora.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

4.

Verifica y determina disponibilidad presupuestaria en el sistema de control interno. ¿Existe disponibilidad presupuestaria? No: notifica la falta de presupuesto al Jefe del Departamento Administrativo en Planta Central y en el caso de las Unidades Ejecutoras al Gerente Administrativo Financiero para la autorización de la modificación presupuestaria, de acuerdo al procedimiento de “Programación, Reprogramación de Productos y Subproductos, que incluye modificación presupuestaria”. Sí: anota la(s) partida(s) presupuestaria(s) correspondiente (s) y el renglón del gasto en la “Solicitud de Pedido”, informa al Encargado/Asistente/Analista de Compras. Nota: Las unidades ejecutoras pueden solicitar ofertas aún si no se cuenta con las asignaciones presupuestarias que permita cubrir los pagos. Para la adjudicación definitiva y firma del contrato, sí se requiere la existencia de partida y créditos presupuestarios que garanticen los recursos necesarios para realizar los pagos por los avances de ejecución a ser realizados en el ejercicio fiscal correspondiente.

Encargado de Presupuesto de la Unidad Ejecutora

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

Una vez solicitadas las ofertas no puede transferirse la asignación presupuestaria para otro destino, salvo que se acredite que los recursos no serán utilizados durante el ejercicio fiscal en vigor para cubrir avances de ejecución. Cuando el contrato continúe vigente durante varios ejercicios fiscales, la entidad contratante debe asegurar las asignaciones presupuestarias correspondientes.

5.

Solicita firma de aprobación de la Autoridad Administrativa Superior (Jefe del Departamento Administrativo en Planta Central y Director en Unidades Ejecutoras).

Encargado/Asistente/Analista de Compras

6.

Elabora proyecto de bases de cotización, de acuerdo al

Dictamen Técnico de Farmacoterapia (cuando proceda) o

especificaciones técnicas, de conformidad con el Decreto

57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 18.

El proyecto de Bases de Cotización debe contener como

mínimo lo siguientes secciones:

Bases de Cotización

Disposiciones especiales

Especificaciones generales

Especificaciones técnicas

Planos de construcción cuando se trate de obra civil

Anexos, en esta sección el

Encargado/Asistente/Analista de Compras debe

adjuntar modelo de contrato administrativo, formulario

de oferta y otros que sean necesarios de acuerdo a

los criterios a calificar.

NOTA: El Encargado/Asistente/Analista de Compras de

cada unidad Ejecutora debe asignar la identificación

correlativa de los eventos de Cotización, iniciando la

identificación correlativa anualmente, de acuerdo a su

control interno; asimismo, utilizar los modelos de

documentos (bases) proporcionados por el Departamento

de Adquisiciones y Mantenimiento (DAM), de los cuales

cada año sufrirán actualizaciones.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

La entidad contratante no debe fijar especificaciones

técnicas o disposiciones especiales que requieran o

hagan referencia a determinadas marcas, nombres

comerciales, patentes, diseños, tipos, orígenes

específicos, productores o proveedores, salvo que no

exista otra manera suficientemente precisa y

comprensible para describir los requisitos de las

adquisiciones y siempre que en tales casos se incluya en

las especificaciones, requisitos y documentos de

cotización expresiones como: o equivalente, o semejante,

o similar, o análogo. Decreto Número 27-2009 Reformas

al Decreto Número 57-92 del Congreso de la República,

Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 39).

7.

Publica proyecto de bases en el Sistema de

GUATECOMPRAS, creando un concurso público con el

título “Proyecto de Bases” y obteniendo automáticamente

el Número de Operación de GUATECOMPRAS (NOG).

El proyecto de bases debe permanecer publicado en un

plazo no menor de tres (3) días hábiles. A la publicación

de proyecto de bases no le es aplicable el cómputo del

plazo establecido en la Ley de Contrataciones para la

presentación de ofertas.

Nota: La Unidad Ejecutora deberá responder los

comentarios o sugerencias que se realicen en

GUATECOMPRAS, en un plazo no mayor de tres (3) días

hábiles de concluida la consulta pública del proyecto de

bases.

En el caso de las sugerencias o comentarios que varíen

el objeto de la compra o contratación y no sean técnica o

legalmente viables, la entidad compradora o contratante

no se encuentra obligada a incorporarlos a las bases

definitivas.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

8.

Concluida la fase de consulta pública del Proyecto de

Bases, designa al personal especializado encargado de

emitir el dictamen técnico favorable.

Autoridad Administrativa Superior

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

9.

Revisa que las especificaciones técnicas solicitadas se

ajusten al contenido de las bases y a las necesidades

que motiven la compra; para lo cual realiza análisis del

cumplimiento de los requisitos de los documentos de

cotización previstos por la Ley de Contrataciones del

Estado y normas aplicables vigentes. Determina

cumplimiento de requisitos.

Si: Emite dictamen técnico favorable según modelo

establecido y traslada al Jefe del Departamento

Administrativo en Planta Central o Director Ejecutivo en la

Unidad Ejecutora.

No: devuelve documentos de Cotización al Jefe del

Departamento Administrativo en Planta Central o Director

Ejecutivo en la Unidad Ejecutora, realizando las

observaciones correspondientes.

Nota: El dictamen técnico favorable NO DEBE ser

emitido por ninguna de las personas que firman la

solicitud de pedido, tengan o hayan tenido participación

dentro del mismo, esto con el fin de que el proceso sea

imparcial y objetivo.

En los eventos relacionados con construcciones,

mantenimientos, reparaciones de edificaciones, el

dictamen técnico favorable debe ser solicitado a la Unidad

de Planificación Estratégica (UPE), siendo la dependencia

idónea para verificar y opinar sobre las especificaciones

técnicas de los eventos relacionados a construcciones.

Las Unidades Ejecutoras que no cuenten con el personal

idóneo podrán recurrir a otras dependencias que sí

dispongan del mismo.

Personal nombrado para la elaboración del dictamen

técnico favorable

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

10.

Solicita Dictamen Jurídico al DAM sobre los documentos de cotización, para verificar cumplimiento de los requisitos de ley. Nota: En caso de las Unidades Ejecutoras que cuenten con Asesoría Jurídica, estas deberán emitir el Dictamen Jurídico correspondiente.

Jefe del Departamento Administrativo en Planta

Central o Director Ejecutivo en la Unidad Ejecutora

11.

Revisa documentos del evento de Cotización y determina cumplimiento de requisitos. ¿Cumple Requisitos? Sí: Emite dictamen Jurídico y traslada a entidad solicitante, para continuar con el procedimiento. No: Emite Previo o Rechazo, con las observaciones correspondientes, y devuelve a entidad solicitante para subsanarlas.

DAM o Asesor Jurídico de la Unidad Ejecutora

12. Recibe dictámenes técnico y jurídico, traslada al Encargado/ Asistente/Analista de Compras.

Autoridad Administrativa Superior

13.

Conforma expediente y elabora proyecto de “Resolución Aprobación de Documentos de Cotización”. Traslada a la Autoridad Administrativa Superior.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

14.

Aprueba los documentos de cotización por medio de “Resolución Aprobación de Documentos de Cotización”. Nota: Los formatos de Resoluciones se deben elaborar e imprimir en el lado anverso y reverso de cada hoja de papel bond y deberá llevar un número correlativo que lo identifique e individualice, según control interno para el ejercicio fiscal vigente.

Autoridad Administrativa Superior

15. Elabora invitación general a cotizar a través del Sistema GUATECOMPRAS, utilizando el formato “Invitación a Cotizar”, y gestiona firmas.

Encargado/ Asistente/Analista de Compras

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

16.

Publica en GUATECOMPRAS, en el NOG correspondiente, los documentos siguientes:

Solicitud de pedido (sin precios ni costos)

Dictamen Técnico Favorable

Dictamen Jurídico

Bases Definitivas de Cotización

Formulario de Cotización

Modelo de Contrato

Criterios de Calificación

Resolución de Aprobación de los Documentos de Cotización

Invitación a Cotizar

Planos (si aplica al objeto del evento) Nota: Los documentos que se publican deben corresponder a las disposiciones y regulaciones del sistema GUATECOMPRAS y deberá mediar por lo menos ocho (8) días hábiles entre la publicación y la fecha señalada para la recepción de ofertas. Los oferentes interesados pueden obtener las bases de

Cotización en forma gratuita, descargándolas del Sistema

GUATECOMPRAS. En el caso que las obras, bienes o

servicios requieran documentos que no puedan ser

incluidos en GUATECOMPRAS, tales como planos que

no pueden ser elaborados por medios electrónicos o por

cualquier otro que por su naturaleza no lo permita, se

debe indicar en el portal de GUATECOMPRAS el lugar

en donde se pondrán a disposición los documentos. El

pago correspondiente por los documentos anexos que no

puedan ser elaborados por medios electrónicos, podrá

cobrarse al costo de su reproducción. (Decreto Número

57-92 del Congreso de la República, Ley de

Contrataciones del Estado, Artículo 22).

Encargado/ Asistente/Analista de Compras

17. Elabora solicitud y propuesta de nombramiento de Junta de Cotización, traslada ambos documentos a la Autoridad Administrativa Superior.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

18.

Realiza el “Nombramiento de Junta de Cotización”, según modelo establecido, debiendo notificarse a los miembros de la Junta, adjuntando copia de las bases aprobadas. Nota: El nombramiento debe incluir los nombres y apellidos completos, según el documento personal de identificación (DPI), puesto nominal, puesto funcional de 3 integrantes titulares y de considerarse necesario el de 1 suplente, cuya finalidad es formar parte de la Junta de Cotización, por ausencia o impedimento de uno de los miembros titulares, debidamente justificado. Los integrantes de la Junta deben estar contratados en los renglones presupuestarios 011 (Personal permanente), 022 (Personal por contrato). Las personas nombradas deben ser especializadas e idóneas en relación al objeto del evento. En los eventos relacionados con construcciones, mantenimientos, reparaciones de edificaciones, se recomienda que dentro del nombramiento de la Junta de Cotización, se tome en cuenta a personal de la Unidad de Planificación Estratégica (UPE), cuando la Unidad Ejecutora no cuente con el personal idóneo para dichas obras de construcción.

Autoridad Administrativa Superior

19.

Recibe los nombramientos firmados y procede a notificar o asignar a una persona para que notifique personalmente a cada uno de los integrantes de la Junta de Cotización, adjuntando copia de los documentos de Cotización aprobados. Nota: La notificación debe realizarse con cinco (5) días hábiles de anticipación a la recepción de ofertas, para que la Junta de Cotización realice el análisis de los documentos.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

20.

Si derivado de alguna ampliación por parte de la entidad compradora, o de alguna sugerencia por parte de oferentes interesados, surgieren modificaciones (adendas) a las condiciones de cotización, continúa en paso número 21. De no existir modificaciones continúa en paso número 25.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

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Las modificaciones a las bases de cotización deben contar con los dictámenes correspondientes (técnico favorable y jurídico) que opinen sobre los cambios realizados.

21. Elabora la modificación (adenda), obtiene los dictámenes técnico favorable y jurídico.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

22.

Realiza solicitud de aprobación de modificación a las bases de cotización, y traslada la documentación a la Autoridad Administrativa Superior, para que emita la “Resolución de Aprobación de Modificación (adenda) a las Bases de Cotización”.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

23. Aprueba “Resolución de Aprobación de Modificación (adenda) a las Bases de Cotización” y traslada a Encargado/Asistente/Analista de Compras.

Autoridad Administrativa Superior

24.

Publica y modifica fecha de recepción (si fuera necesario), en el Sistema GUATECOMPRAS, como mínimo un día antes de la recepción y apertura de plicas, la documentación siguiente:

Modificación (adenda)

Dictamen técnico favorable a la modificación (adenda)

Dictamen jurídico de la modificación (adenda)

Resolución de Aprobación de Modificación (adenda) a las Bases de Cotización

Nota: Los oferentes interesados en participar en el evento de cotización, cuentan con un tiempo no menor de ocho (8) días hábiles, para modificar y presentar sus ofertas en la fecha correspondiente, (Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 39 bis).

Encargado/Asistente/Analista de Compras

25.

Entrega a los miembros de la Junta de Cotización, el listado o constancia de las empresas que participaron en la realización de la visita técnica, cuando aplique. Continúa procedimiento en paso número 29. En caso de obra civil continúa procedimiento en paso número 26. Nota: En caso de existir modificaciones a las especificaciones generales y técnicas que modifiquen los Documentos de Cotización, o prórroga en el evento, la visita técnica debe reprogramarse cuando se considere necesario , siempre que se reprograme previo a la fecha

Unidad Ejecutora

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

de visita establecida en la publicación definitiva. Nota: La Unidad Ejecutora debe entregar constancia de

la visita técnica, única y exclusivamente a las empresas

que se presenten en las condiciones anteriormente

descritas, mismas que deben presentar los oferentes

junto a los documentos de su oferta.

26. Cuando se trate de obra civil, solicita a la Unidad de Planificación Estratégica (UPE) realizar el cálculo del costo estimado de la obra.

Unidad Ejecutora

27.

Traslada el costo estimado a la Autoridad Administrativa Superior (Director en Unidades Ejecutoras y Jefe del Departamento Administrativo en Planta Central) para su aprobación.

Unidad de Planificación Estratégica

28.

Aprueba cálculo del costo estimado de la obra y entrega a la Junta de Cotización el día de la recepción y apertura de plicas, el cual debe darse a conocer por parte de la Junta de Cotización después de la presentación de ofertas y antes de abrir la primera plica. (Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 29).

Autoridad Administrativa Superior

29.

Entregan ofertas y documentos de cotización a la Junta de Cotización, en el lugar, dirección, fecha, hora y en la forma que se establece en los documentos de Cotización. (Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 24). Nota: La recepción y apertura de plicas debe estar comprendida en un lapso no menor de ocho (8) días hábiles después de la publicación en GUATECOMPRAS.

Oferentes

30.

Elaboran y entregan a cada oferente la “Constancia de Recepción de Ofertas Evento de Cotización”, de acuerdo a lo descrito en la “Guía para Juntas de Cotización o Licitación”. Después de transcurridos 30 minutos de la hora señalada para la presentación y recepción de ofertas, no se aceptarán más ofertas y se procede al acto público de apertura de plicas.

Junta de Cotización

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31.

Elabora el “Listado de Oferentes Evento de Cotización” y de todo lo actuado levanta el “Acta de Recepción y Apertura de Plicas del Evento de Cotización” correspondiente en forma simultánea. (Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 24). (Ver “Guía para Juntas de Cotización o Licitación”).

Junta de Cotización

32.

Los requisitos no fundamentales contemplados en los Documentos de Cotización pueden satisfacerse en las propias ofertas o dentro del plazo común que fije la Junta de Cotización. (Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 30). También podrán solicitarse muestras y otros documentos que se consideren necesarios, según “Guía para Juntas de Cotización o Licitación”).

Junta de Cotización

33.

Publica el “Acta de Recepción y Apertura de Plicas del Evento de Cotización” y el “Listado de Oferentes Evento de Cotización”, en el Sistema de Guatecompras, a más tardar el día siguiente a la fecha establecida de recepción de ofertas y apertura de plicas (Acuerdo Gubernativo 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 10, segundo párrafo). La Junta de Cotización debe velar porque se realicen las publicaciones arriba mencionadas. (Artículo 82 Ley de Contrataciones del Estado).

Encargado/Asistente/Analista de Compras

34.

Para determinar la oferta más conveniente y favorable para los intereses del Estado, la Junta de Cotización debe tomar en cuenta los criterios establecidos en los documentos de Cotización. (Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 28). La Junta de Cotización tiene como plazo para la adjudicación del evento, el que se establece en los Documentos de Cotización (Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 33). De no estar estipulado el plazo en los Documentos de Cotización para la adjudicación del evento, la Junta de Cotización tiene cinco (5) días hábiles contados a partir del día señalado para la recepción y apertura de plicas

Junta de Cotización

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ADQUISICIONES POR MODALIDAD DE COMPRA POR COTIZACIÓN

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La adjudicación es prorrogable hasta un máximo de diez (10) días hábiles adicionales. La prórroga debe ser justificada por la Junta de Cotización ante la Autoridad Administrativa Superior; quien puede autorizarla conforme las razones expuestas, mediante resolución. Debe solicitarse y autorizarse previo al vencimiento de la fecha establecida en las bases de cotización para la adjudicación. Dicha resolución de prórroga deberá ser publicada en el Sistema Guatecompras dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de emisión.

35.

Si no se presentan ofertas, facciona el acta correspondiente y lo hace del conocimiento del Jefe Administrativo en Sede Central y Director en Unidades Ejecutoras, quien prorroga el plazo para recepción de ofertas en un plazo no menor de ocho (8) días hábiles (Decreto número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículos 32 y 39 bis, y el Acuerdo Gubernativo No. 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 17), por medio de resolución, se hace la publicación en Guatecompras, para continuar con el evento y recibir nuevas ofertas. Si aún así no se presentan ofertas se declara desierto el evento por medio de resolución, se publica en el Sistema Guatecompras y la Autoridad Administrativa Superior queda facultada a realizar la Compra Directa por ausencia de ofertas, la cual debe razonar en la misma resolución en que fue declarado desierto el evento (Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 32 y 43), y proceder de acuerdo a las actividades descritas en el procedimiento de “Compra Directa”.

Junta de Cotización

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36.

Si a la convocatoria se presenta un solo oferente, la Junta de Cotización puede adjudicar el evento a este oferente, siempre y cuando la oferta satisfaga los requisitos establecidos en los Documentos de Cotización y que sea conveniente para los intereses del Estado, caso contrario la Junta de Cotización está facultada para abstenerse de adjudicar. (Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 31). La Junta de Cotización debe dejar constancia de lo actuado en el “Acta de Adjudicación del Evento de Cotización” y el Encargado/Asistente/Analista de Compras procede a publicar en el Sistema Guatecompras, dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de la emisión del acta. En caso de empate entre dos o más oferentes en la puntuación obtenida, son convocados a través del sistema de Guatecompras, bajo el NOG correspondiente, los oferentes que se encuentren en dicha situación, quienes deben hacerse presentes en el lugar, fecha y hora establecidos por la Junta de Cotización, para efectuar el sorteo correspondiente para la adjudicación definitiva. El sorteo se realiza entre los oferentes que respondan a la convocatoria de la Junta de Cotización; el resultado de dicho sorteo se debe hacer constar en el “Acta de Desempate” evento de cotización, la cual traslada al Encargado/Asistente/Analista de Compras para su notificación y publicación en el Sistema de Guatecompras. Dicha publicación pueden realizarse en la misma fecha que se publique el “Acta de Adjudicación” evento de cotización. Si a la convocatoria al desempate se presentare uno solo de los oferentes convocados, automáticamente se le adjudicará a éste el o los renglones objeto del sorteo. Si a la convocatoria al desempate no se presentare ningún oferente, la Junta de Cotización realizará el sorteo en ausencia de los convocados y adjudicará al oferente que resulte ganador del mismo.

Junta de Cotización

37.

Facciona “Acta de Adjudicación” del evento de cotización, la cual debe incluir como mínimo: a) Ofertas rechazadas y la (s) razón (es) del rechazo. b) Ofertas descalificadas y la (s) razón (es) de

descalificación.

Junta de Cotización

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ADQUISICIONES POR MODALIDAD DE COMPRA POR COTIZACIÓN

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c) Ofertas calificadas y las puntuaciones obtenidas para que en el caso que el adjudicatario no suscriba el contrato o el acta de negociación para que el proceso se continúe con el siguiente Oferente según su puntuación.

d) Oferta (s) adjudicada (s) y la (s) razón (es) de adjudicación.

38.

Publica el “Acta de Adjudicación” del evento de cotización en el Sistema de Guatecompras, en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles después de la emisión del acta, la adjunta al expediente para continuar con el proceso. La Junta de Cotización debe velar porque se realicen las publicaciones arriba mencionadas. (Artículo 82 Ley de Contrataciones del Estado).

Encargado/Asistente/Analista de Compras

39.

Procede a esperar el plazo legal para recibir inconformidades. ¿Se presentan inconformidades? Sí: revisa y evalúa la inconformidad para determinar la procedencia de la misma. Si es procedente podrá modificar su decisión, únicamente dentro del plazo señalado. No: continúa procedimiento en paso número 40. Nota: Las inconformidades relacionadas con la adjudicación de la Junta solo pueden presentarse dentro del plazo de cinco (5) días calendario posteriores a la publicación de la adjudicación en el Sistema Guatecompras. Tanto la Junta como la entidad contratante que reciba una inconformidad debe responder a través del Sistema Guatecompras, en un plazo no mayor de cinco (5) días calendario a partir de su presentación. Nota: No procederá la presentación de otra inconformidad, contra la respuesta emitida por la entidad compradora o contratante. Según resolución 11-2010, del ministerio de Finanzas Públicas, articulo 16, literal B.

Junta de Cotización

40. Contestadas las inconformidades, si las hubiera, elabora y traslada la “Solicitud de Aprobación de lo Actuado por la Junta de Cotización”, adjuntando el expediente;

Junta de Cotización

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el cual debe estar debidamente rubricado y foliado en forma ascendente y de forma cronológica, a la Autoridad Administrativa Superior, dentro del plazo de dos (2) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de las inconformidades o contestadas las mismas, según sea el caso, para la aprobación o improbación de lo actuado por la Junta de Cotización.

41.

Recibe expediente de evento de cotización y en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles a partir de recibido el expediente, determina la aprobación o improbación de lo actuado por la Junta de Cotización. Aprobación: continúa procedimiento en paso número 44. En caso de improbación, con exposición razonada en la “Resolución de Improbación de lo Actuado por la Junta de Cotización”, solicita su revisión con base en las observaciones que formule, la cual se publica en el Sistema Guatecompras, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la decisión.

Autoridad Administrativa Superior

42.

Si se solicitó la revisión a la junta, dentro del plazo de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la resolución de improbación, el expediente regresa a la Junta de Cotización, la que revisa la evaluación y confirma o modifica su adjudicación en forma razonada, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de recibido el expediente.

Junta de Cotización

43. Devuelve el expediente a la Autoridad Administrativa Superior, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de adoptada la decisión.

Junta de Cotización

44.

Publica el acta que contiene la decisión de la Junta de Cotización en el Sistema de Guatecompras, en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles después de la emisión del acta, la adjunta al expediente para continuar con el proceso. La Junta de Cotización debe velar porque se realicen las publicaciones arriba mencionadas. (Artículo 82 Ley de Contrataciones del Estado).

Encargado/Asistente/Analista de Compras

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01

ADQUISICIONES POR MODALIDAD DE COMPRA POR COTIZACIÓN

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

45.

Aprueba lo actuado por la Junta de Cotización mediante “Resolución de Aprobación de lo Actuado por la Junta de Cotización”, quedando a salvo el derecho de prescindir de la negociación en cualquier fase siempre y cuando sea previo a la suscripción del “Acta de Negociación” o del “Contrato Administrativo”, respectivo. Tanto la aprobación, como la decisión de prescindir debe realizarla la Autoridad Administrativa Superior dentro del plazo de cinco (5) días hábiles posteriores de recibido el expediente. (Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 36). Los formatos de Resoluciones se deben elaborar e imprimir en el lado anverso y reverso de cada hoja de papel bond.

Autoridad Administrativa Superior

46.

Notifica mediante publicación en el Sistema Guatecompras la “Resolución de Aprobación de lo Actuado por la Junta de Cotización”, o en su caso “Resolución de Prescindir”, a más tardar dos (2) días hábiles después de firmada la resolución respectiva.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

47.

Procede a esperar el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de la “Resolución de Aprobación de lo Actuado por la Junta de Cotización”, o “Resolución de Prescindir”, ante la posibilidad de presentación de algún recurso legal por parte de terceros interesados, según artículo 101 de la Ley de Contrataciones del Estado. ¿Se presenta recurso legal? Sí: traslada a la Coordinación Jurídica de la Planta Central del MSPAS, para las acciones correspondientes. No: Continua procedimiento en paso número 48.

Unidad Ejecutora

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01

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

48.

Elabora “Acta de Negociación” cuando el monto de la negociación no exceda de Q.100,000.00, debiendo ser suscrita por el Director Ejecutivo en las Unidades Ejecutoras y en el caso de la Planta Central por el Jefe del Departamento Administrativo, y el Representante Legal o propietario de la empresa adjudicada, al día siguiente de concluido el plazo para la interposición de recursos, sin necesidad de solicitar delegación de firma y aprobación de acta. Nota: Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de suscrita el acta de negociación, el proveedor deberá presentar una garantía de cumplimiento, mediante fianza, según lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado. Nota: A partir de la adjudicación definitiva sí se requerirá la existencia de partida y créditos presupuestarios, que garanticen los recursos necesarios para realizar los pagos por los avances de ejecución a ser realizados en el ejercicio fiscal correspondientes, sin perjuicio de que dicha partida o créditos presupuestarios se puedan obtener con anterioridad.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

49.

Publica en el Sistema Guatecompras el “Acta de Negociación”, máximo dos (2) días posteriores a la presentación de la fianza de cumplimiento de acta de negociación. Conforma expediente para la elaboración de la pre-orden de compra y traslada a Responsable de Centro de Costo. Continúa en paso número 66.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

50.

Elabora proyecto de “Contrato Administrativo” cuando el monto de la negociación sea de Q100,000.01 a Q.900,000.00, y la “Solicitud de Delegación de Firma Evento de Cotización” dirigida al Señor Ministro, dentro del plazo de espera de la interposición de algún recurso. Si no se presenta ningún recurso, continua procedimiento en paso número 51. Si se presenta algún recurso ver paso número 47.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

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01

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

51.

Al día siguiente de concluido el plazo para la interposición de recursos, firma la “Solicitud de Delegación de Firma Evento de Cotización” y traslada los documentos al Departamento de Adquisiciones y Mantenimiento (DAM), para revisión.

Autoridad Administrativa Superior

52.

Revisa los documentos y determina cumplimiento de requisitos, de acuerdo a las leyes y normativa vigente aplicable. ¿Cumple con los requisitos? No: Traslada el expediente a la Unidad Ejecutora para que proceda según corresponda. Sí: Elabora el proyecto de “Resolución Ministerial para Delegación de Firma de Contrato del Evento de Cotización” y traslada el expediente completo a la Secretaría Ejecutiva del Despacho Ministerial, para la firma del Señor Ministro. Nota: las acciones realizadas por el DAM deben estar dentro del plazo de los diez (10) días hábiles a partir de finalizado el periodo para recursos legales.

Nota: Los formatos de Resoluciones se deben elaborar e imprimir en el lado anverso y reverso de cada hoja de papel bond.

DAM

53.

Revisa expediente y gestiona firma del Señor Ministro del MSPAS. Nota: las acciones realizadas por Secretaría Ejecutiva deben estar dentro del plazo de los diez (10) días hábiles a partir de finalizado el periodo para recursos legales.

Secretaría Ejecutiva del Despacho Ministerial

54.

Firma “Resolución Ministerial para Delegación de Firma de Contrato del Evento de Cotización” y traslada a la Secretaría Ejecutiva para que remita al DAM. Nota: las acciones realizadas por el Ministro deben estar dentro del plazo de los diez (10) días hábiles a partir de finalizado el periodo para recursos legales.

Ministro

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

55.

Entrega expediente a la Unidad Ejecutora. Nota: las acciones realizadas por el DAM deben estar dentro del plazo de los diez (10) días hábiles a partir de finalizado el periodo para recursos legales.

DAM

56.

Suscriben contrato, dentro del plazo de los diez (10) días hábiles a partir de finalizado el periodo para recursos legales. (Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 47). Nota: Si el proveedor no sostiene su oferta, no se presenta a suscribir el contrato dentro del plazo arriba señalado o si habiéndolo hecho no presenta la garantía de cumplimiento dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes a la firma del contrato, queda sin efecto la adjudicación de la negociación, debiéndose emitir la resolución que así lo disponga y mande a ejecutar la garantía de sostenimiento de oferta. (Acuerdo Gubernativo 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 36). La negociación puede llevarse a cabo con sólo el subsiguiente clasificado en su orden. (Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 33, primer párrafo parte final). En este caso, la Autoridad Administrativa Superior de la Unidad Ejecutora hará del conocimiento del subsiguiente calificado tal situación y si este manifiesta su anuencia, se hará la resolución correspondiente para hacer constar la decisión tomada debiendo publicarse en el portal de Guatecompras, y procederá a dar trámite a la contratación correspondiente, solicitando nuevamente delegación de firma con ese proveedor. (Ver paso número 51 en adelante).

Autoridad Administrativa Superior y el proveedor

57.

Presenta fianza de cumplimiento, dentro de los quince (15) días hábiles a partir de la fecha del contrato. La fianza debe estar vigente como mínimo la duración del plazo contractual, establecido en el contrato. Nota: Si la fianza no es entregada dentro del plazo

establecido, se procederá a la solicitud de “No

aprobación de clausulas de Contrato Administrativo

del Evento de Cotización”.

Adjudicatario

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01

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

58.

Procede a reproducir fotocopia de la fianza, colocar sello y fecha de recibido en la fotocopia para adjuntarla al expediente junto con el original. Nota: La fianza de cumplimiento no debe tener tachones, borrones, perforaciones o enmendaduras para que tenga validez, y debe ser entregada en una bolsa de polietileno.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

59.

A más tardar el día hábil siguiente de recibida la fianza de cumplimiento, deberá enviar al DAM la “Solicitud de Resolución de Aprobación de Cláusulas de Contrato Administrativo del Evento de Cotización”, adjuntando el expediente completo. Nota: Las acciones de la Autoridad Administrativa Superior deben realizarse en el plazo de los diez (10) días calendario a partir de la fecha de presentación de la fianza de cumplimiento

Autoridad Administrativa Superior

60.

Revisa y valida cumplimiento de requisitos del contrato suscrito, y fianza de cumplimiento. Elabora el proyecto de “Resolución de Aprobación de Cláusulas de Contrato del Evento de Cotización”. Traslada expediente a la Secretaría Ejecutiva del Despacho Ministerial, cuando cumpla con lo establecido en las leyes aplicables. Nota: Las acciones del DAM deben realizarse en el plazo de los diez (10) días calendario a partir de la fecha de presentación de la fianza de cumplimiento.

DAM

61.

Revisa expediente y gestiona aprobación de “Resolución de Aprobación de Cláusulas de Contrato del Evento de Cotización”. Nota: Las acciones de la Secretaría Ejecutiva del Despacho Ministerial deben realizarse en el plazo de los diez (10) días calendario a partir de la fecha de presentación de la fianza de cumplimiento.

Secretaría Ejecutiva del Despacho Ministerial

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01

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

62.

Firma “Resolución de Aprobación de Cláusulas de Contrato del Evento de Cotización”, en el plazo de los diez (10) días calendario a partir de la fecha de presentación de la fianza de cumplimiento, (Acuerdo Gubernativo No. 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 26, primer párrafo).

Traslada expediente a la Secretaría Ejecutiva, para que sea remitido al DAM.

Ministro

63. Recibe expediente y traslada a la Unidad Ejecutora correspondiente.

DAM

64.

Remite copia del contrato a la Contraloría General de Cuentas, dentro del plazo de treinta (30) días contados a partir de su aprobación, para efectos de registro, control y fiscalización, según lo establecido en el Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 75.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

65.

Publica en Guatecompras el “Contrato Administrativo”, la “Resolución de Aprobación de las Cláusulas de Contrato del Evento de Cotización” y el oficio que contiene la remisión del contrato al Registro de Contratos de la Contraloría General de Cuentas, con el sello de recibido, a más tardar el día hábil siguiente de la remisión al referido registro. Conforma expediente para la elaboración de la pre-orden de compra y traslada a Responsable de Centro de Costo.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

66. Elabora pre-orden de compra en el SIGES y traslada al Encargado/Asistente/Analista de Compras.

Responsable de Centro de Costo

67. Realiza consolidación de pre órdenes de compra en SIGES.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

68.

Crea, registra y autoriza “Orden de Compra” en el Sistema de Gestión (SIGES), para que el Encargado de Presupuesto realice las actividades según procedimiento “Registro de Compromiso, Devengado y Pagado a través de SIGES”.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

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01

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

69.

Una vez presupuestado, notifica en el SIGES la “Orden de Compra”, la imprime y firma, solicita la firma de aprobación del Jefe de Compras y Jefe del Departamento Administrativo de la Gerencia General Administrativa Financiera en Planta Central y en las Unidades Ejecutoras al Gerente Administrativo Financiero y Director, notifica al proveedor y traslada copia de la “Orden de Compra” al Encargado/Auxiliar de Almacén. Cuando corresponda gestiona Constancia de Disponibilidad Financiera -CDF- y adjunta al expediente.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

70.

Cuando se trate de propiedad, planta, equipo e intangibles, nombra una Comisión Receptora del bien, integrada con tres servidores públicos, quienes con la participación del proveedor, deben inspeccionar lo entregado y de no presentar defectos o alteraciones procede a recepcionar. Cuando proceda, el bien debe hacerse funcionar antes de recibirlo, dejando constancia en acta correspondiente. El Encargado de Inventario realiza el registro según las normas vigentes.

Autoridad Administrativa Superior

71.

El día de la recepción del bien o servicio entrega copia del contrato o acta de negociación a la Comisión Receptora y Liquidadora, cuando fuera aplicable, nombrada por la Autoridad Administrativa Superior.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

72.

Verifica el bien, insumo o servicio conforme las especificaciones establecidas en el contrato administrativo; debiendo verificar que el plazo para la entrega parcial o total del pedido no sea mayor al tiempo establecido en el mismo.

Junta de Recepción o personal designado para la

recepción

73.

Elabora el Acta de Recepción e inicia procedimiento de “Almacenamiento de Materiales, Suministros, Mobiliario y Equipo”; el Encargado/Asistente/Analista de Compras recibe copia certificada del Acta de Recepción para adjuntar al expediente de pago y continúa en paso número 81. Para obras, continúa en el paso número 74.

Junta de Recepción o personal designado para la

recepción

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01

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

74.

En el caso de obras, solicita a la UPE la designación de un supervisor para que le dé seguimiento a la ejecución de los trabajos, a efecto de garantizar que se hagan conforme a lo establecido en el “Acta de Negociación” o “Contrato Administrativo”. El contratista y el supervisor deben llevar una bitácora de la ejecución del “Acta de Negociación” o “Contrato Administrativo”.

Al terminar los trabajos, el contratista debe informarlo al supervisor.

Autoridad Administrativa Superior

75.

Verifica que todos los trabajos realizados hayan quedado conforme lo establecido en el “Acta de Negociación” o “Contrato Administrativo”. Si encuentra defectos o trabajos incompletos lo hace saber por escrito al contratista para que los corrija o complete. De estar bien realizados, el supervisor debe rendir informe detallado escrito al Director de la Unidad Ejecutora, en el caso de la Planta Central el informe detallado del supervisor es presentado al Jefe del Departamento Administrativo. (Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 55). Cuando en el “Acta de Negociación” o “Contrato Administrativo” se estipulen pagos parciales, el supervisor emite un informe detallado de los trabajos ejecutados en el período de que se trate según la estimación respectiva.

Supervisor

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01

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

76.

Autoriza que se otorgue un anticipo hasta de un veinte por ciento (20%) del valor original del “Acta de Negociación” o “Contrato Administrativo”, siempre y cuando se trate de construcción de obras y teniendo a la vista el programa de inversión de anticipo elaborado por el Contratista, con visto bueno del Supervisor de la Obra, y aprobación del Jefe del Departamento Administrativo en Planta Central y Director en Unidades Ejecutoras, y la fianza de anticipo (el 100% del 20% del anticipo) por parte del contratista. El descuento del anticipo se calcula multiplicando el monto bruto de cada estimación por el mismo porcentaje de anticipo que se haya concedido, tal como lo establece el Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 58 y Acuerdo Gubernativo No. 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones, Artículo 34. Nota: Cuando exista una variación sobre el monto del contrato que no supere el 20% del monto total, se deberán regularizar a través de orden de cambio, orden de trabajo suplementario y acuerdo de trabajo extra, aprobadas por la Autoridad Administrativa Superior y refrendada por el Supervisor de la UPE, previo a que se ejecuten dichos cambios y se celebrará un contrato adicional si la ampliación excede el porcentaje antes indicado sin sobrepasar el 40%.

El Jefe Administrativo en Planta Central / Director en la

Unidad Ejecutora

77.

Dentro de los siguientes cinco (5) días hábiles después de recibir el informe escrito del supervisor, nombra una Comisión receptora y Liquidadora de los trabajos, integrada con tres (3) servidores públicos conocedores de la obra, servicio o reparación contratada, quienes con la participación del supervisor local y del representante del contratista, verifican que los trabajos hayan sido ejecutados a satisfacción, lo cual hacen constar en acta correspondiente. Si existen desperfectos que corregir, lo hacen del conocimiento del contratista y le deben fijar un plazo prudencial para que haga las correcciones pertinentes. Esto también lo hacen constar en acta correspondiente. (Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 55).

Autoridad Administrativa Superior

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01

ADQUISICIONES POR MODALIDAD DE COMPRA POR COTIZACIÓN

Página 27 de 40

No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

78.

Inmediatamente después que las obras, bienes o servicios hayan sido recibidos, la Comisión en un plazo de noventa (90) días procederá a efectuar la liquidación del contrato, y a establecer el importe de los pagos o cobros que deban hacerse al contratista. Igual procedimiento se observará en caso de rescisión o resolución del contrato. La Comisión deberá practicar la liquidación, dentro de los noventa (90) días siguientes a la fecha del acta de recepción definitiva de la obra. Si transcurrido dicho plazo la Comisión no ha suscrito el acta correspondiente, el contratista puede presentar a la autoridad administrativa superior de la entidad interesada un proyecto de liquidación. Esta autoridad deberá aprobar o improbar la liquidación o el proyecto presentado por el contratista, dentro del mes siguiente de recibida la respectiva documentación. Si vencido este plazo no se produce ninguna resolución, la petición de aprobación presentada por el contratista se tendrá por resuelta favorablemente.

Comisión receptora y Liquidadora

79.

Entrega al supervisor especializado en el área, dentro de los cinco (5) días hábiles después de haber terminado el período establecido en el “Acta de Negociación” o “Contrato Administrativo”, informe sobre las actividades realizadas durante el mismo.

Contratista

80.

Confirma informe del contratista, firma de visto bueno, según proceda, y traslada el informe a la Autoridad Administrativa Superior para su aprobación. La aprobación debe indicar la recepción a satisfacción de lo ejecutado en el período correspondiente.

Supervisor

81.

Revisa y elabora la “Constancia de Ingreso a Almacén y a Inventario (forma 1H), previa verificación de los materiales y suministros hasta que éstos hayan ingresado completamente, según procedimiento de “Almacenamiento de Materiales, Suministros, Mobiliario y Equipo”.

Para la recepción de productos medicinales y farmacéuticos, material médico quirúrgico, útiles menores y fórmulas sucedáneas se deben realizar las actividades descritas en el procedimiento de “Almacenamiento de Materiales, Suministros, Mobiliario y Equipo”.

Encargado/Auxiliar de Almacén

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01

ADQUISICIONES POR MODALIDAD DE COMPRA POR COTIZACIÓN

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

82.

En el caso de incumplimiento, remite el expediente completo, adicionándole las pruebas que respalden los argumentos de incumplimiento, al Área Administrativa de la Coordinación de Asesoría Jurídica de Planta Central.

El incumplimiento en el contrato por parte del contratista debe estar sujeto a los siguientes supuestos:

Incumplimiento en el plazo de entrega

Incumplimiento en las especificaciones técnicas descritas en el contrato

Incumplimiento en la calidad o funcionamiento del producto

Otros específicos de acuerdo a la naturaleza del producto

Autoridad Administrativa Superior

83. Recibe expediente, registra liquidación de la adjudicación en el SIGES.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

84. Aprueba liquidación en SIGES. Encargado/Asistente/Analista

de Compras

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01

ADQUISICIONES POR MODALIDAD DE COMPRA POR COTIZACIÓN

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No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES RESPONSABLE

85.

Conforma el expediente para gestionar el pago: “Solicitud de Pedido” Factura original razonada por la persona responsable

de autorizar la compra Recibo de caja (cuando la factura es cambiaria). “Orden de Compra” del Sistema de Gestión (SIGES)

y anexo Formulario “Constancia de Ingreso a Almacén y a

Inventario (forma 1H)” (cuando aplique) “Certificación de Inventario” y copia de

programación de equipo (en caso de tratarse de bienes inventariables)

“Constancia de Satisfacción del Servicio” (en el caso de servicios contratados y recibidos)

“Contrato Administrativo” o “Acta de Negociación”, según el monto.

“Resolución de Aprobación de Cláusulas de Contrato Evento de Cotización”

Fianzas de cumplimiento y las que apliquen de acuerdo a lo estipulado en el “Contrato Administrativo” o “Acta de Negociación”

Acta de recepción del bien o servicio (cuando aplique). Resolución de aprobación de programación de equipo

adquirido (cuando aplique). NOTA: Para el registro de contratos de obras de bienes de uso común y no común aplicar el Acuerdo Ministerial de Finanzas Públicas, número 92-2010 “A”.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

86.

Traslada expediente debidamente conformado a la Sección de Contabilidad para gestionar el pago, según procedimiento “Registro de Compromiso, Devengado y Pagado a través de SIGES”.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

87. Recibe constancia de recepción del expediente con sello de recibido y archiva copia de expediente.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

88.

Adjunta a la copia del expediente para su archivo los documentos probatorios que se generaron durante todo el Evento de Cotización referidos en este procedimiento y que cumplan con los requisitos legales (Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento) y técnicos para justificar o respaldar la compra.

Encargado/Asistente/Analista de Compras

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ADQUISICIONES POR MODALIDAD DE COMPRA POR COTIZACIÓN

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ANEXOS

Anexo 1. Elaboración de Dictamen Técnico

Para la compra de medicamentos, material médico quirúrgico y fórmulas sucedáneas,

cuando se afecten los renglones presupuestarios 211 (Alimentos para personas), 266

(Productos medicinales y farmacéuticos) y 295 (Útiles menores médico – quirúrgicos y

de laboratorio), el Comité de Farmacoterapia elabora el dictamen respectivo en el

formato “Dictamen Técnico Comité de Farmacoterapia”, en el caso de los miembros

del Comité de Farmacoterapia que no estén contemplados en los campos del formato

“Dictamen Técnico Comité de Farmacoterapia”, éstos deben consignar el nombre

completo, cargo y firma en el reverso de cada hoja utilizada para dicho Dictamen

Técnico; cuyas firmas son cotejadas por el Encargado/Asistente/Analista de Compras,

con las firmas del Comité de Farmacoterapia que se tienen registradas en la Sección de

Compras de la Unidad Ejecutora. Para que dicho dictamen tenga validez, se acepta

como mínimo las firmas de la mitad más uno de los integrantes del Comité de

Farmacoterapia.

Cuando exista necesidad de apoyo técnico para la determinación de especificaciones

para adquisiciones y contrataciones de: construcciones, ampliaciones, remodelaciones,

reparaciones o mantenimiento de equipos industriales y médico hospitalarios, debe

solicitarse a la Unidad de Planificación Estratégica (UPE), o bien, a un experto técnico o

profesional que preste sus servicios en la Unidad Ejecutora solicitante, otras Unidades

Ejecutoras del MSPAS, otras dependencias del Estado, o contratar los servicios

profesionales en el mercado para la elaboración de las especificaciones técnicas,

cuando afecte los renglones del subgrupo 16 (Mantenimiento y reparación de

maquinaria y equipo), 17 (Mantenimiento y reparación de obras e instalaciones) y

renglón 323 (Equipo médico-sanitario y de laboratorio) y 332 (Construcciones de bienes

nacionales de uso no común). (Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del

Estado, Artículo 21 / Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado, Artículo 6).

NOTA: Para la solicitud de apoyo técnico o profesional, para la elaboración de las

especificaciones técnicas, se deben agotar las opciones en el orden que aparecen en el

párrafo anterior.

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ADQUISICIONES POR MODALIDAD DE COMPRA POR COTIZACIÓN

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Anexo 2. Excepciones

Para los casos de excepción en el régimen de Cotización aplicar lo establecido en el

Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 44, 45 y Acuerdo

Gubernativo No. 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Artículo

18, reformado el Artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado en el Decreto

Número 27-2009 Reformas al Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley

de Contrataciones del Estado, Artículo 12).

Anexo 3. Prohibiciones

No pueden cotizar ni celebrar contratos con el Estado las personas en quienes concurra

cualquiera de las circunstancias siguientes: (Decreto Número 27-2009 Reformas al

Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado,

Artículo 15).

a. No estar inscrita en el registro de precalificados correspondiente; b. Aparecer inhabilitada en Guatecompras; c. No estar al día en el pago de sus obligaciones tributarias y de seguridad social; d. Estar privada por sentencia firme del ejercicio de sus derechos civiles; e. Ser servidor o trabajador público del Estado, así como sus parientes de los grados

de ley, cuando los contratos deban celebrarse con las dependencias en que tal servidor o trabajador del Estado preste sus servicios o se encuentre bajo su autoridad. Igual prohibición rige para las personas jurídicas cuando dicho servidor público sea socio o representante de las mismas;

f. Haber intervenido directa o indirectamente en las fases previas a la compra o contratación. Esta prohibición se hace extensiva a los parientes dentro de los grados de ley, así como a las personas jurídicas de las cuales sean socios o representantes.

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4. DIAGRAMA DE FLUJO

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