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IndicePreliminar 5

AceptaciónelContrato 5

AlcanceGeográfico 5

1. Definiciones 7

2. Coberturas 15

2.1Riesgoscubiertos,límitesderesponsabilidad,deduciblesyexclusionesparticulares 15a) DañosMaterialesPérdidaParcial 15b) DañosMaterialesPérdidaTotal 18c) Cristales 21d) RoboTotal 22e) AyudaparaPérdidasTotales 24f) Adaptaciones,ConversionesyEquipoEspecial 24g) ResponsabilidadCivilporDañosaTerceros 25h) ProtecciónLegal 27i) ExtensióndeCoberturadeResponsabilidad CivilporDañosaTerceros 29j) GastosMédicosOcupantes 30k) ProtecciónAuxiliar 32l) AccidentesAutomovilísticosalConductor 33m)Dañosporlacarga 35n)ManiobrasdeCargayDescarga 36o)GastosMédicosalConductor 37p) ResponsabilidadCivilOcupantes 37q) ResponsabilidadCivilporFallecimiento 40r) ResponsabilidadCivilEcológica 41s) ResponsabilidadCivilporAccidentesalosViajeros 43t) CeroDeducibleenPérdidaTotalporDañosMateriales 45

2.2ExclusionesGenerales 46

3. EstipulacionesdelaPólizadeSeguro 49

a) VersióndelaPóliza 49b) Principioyterminacióndevigencia 49c) SumasAseguradasyBasesdeIndemnización 49d) Obligacióndelpagodelasprimasdelapóliza 58e) Pérdidadelderechoaserindemnizado 59f) Terminaciónanticipadadelcontrato 60g) Prescripción 62h) Competencia 63i) Subrogación 63j) Comisiones 63k) InspecciónVehicular 64

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4. ProcedimientosencasodeSiniestro 65

5. ServiciosdeAsistencia 69

5.1AsistenciaVialCamiones 69

5.2CLUBGNP 72

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Preliminar Grupo Nacional Provincial, S.A.B., (que en lo sucesivo sedenominarálaCompañía)asegura,deconformidadconelcontenido de esta póliza durante la vigencia establecida,elvehículodescritoen lacarátulade lamisma,contra losriesgosquemásadelanteaparecenyfiguranconlímitederesponsabilidadmáximoo,ensucaso,conlaanotaciónde“Amparado”.

LaCompañíayelAseguradohanconvenidolascoberturasy las sumas aseguradas que aparecen en la carátula deesta póliza como contratada, con conocimiento de queel Aseguradopuede elegir unao varias de las coberturasbásicasyadicionalmente,siasísedesea,unaovariasdelascoberturasaccesorias.

Los riesgos que pueden ampararse bajo esta póliza, sedefinenenelcapítulode“Coberturas”deestasCondicionesGenerales

QuedaentendidoyconvenidoqueesteseguronoconstituyeunSeguroObligatoriodelosquehacereferenciaelartículo150 bis y la fracción V del artículo 20 de la Ley sobre elContratodeSeguro;porloqueellímitederesponsabilidadmáximo de la Compañía será el que se establezca en laCarátuladelaPóliza,deconformidadconelartículo86delamismaLey.

Aceptación del contrato “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones noconcordaren con la oferta, el Asegurado podrá pedir larectificación correspondiente dentro de los 30 días quesiganaldíaenquerecibalapóliza.Transcurridoesteplazoseconsideraránaceptadaslasestipulacionesdelapólizaodesusmodificaciones”.Loanteriordeconformidadconelartículo25delaLeySobreelContratodeSeguro.

Cualquiermodificaciónalpresentecontrato,seráporescritoyprevioacuerdoentrelaspartes.Loanteriorentérminosdelartículo19delaLeySobreelContratodeSeguro.Enconsecuencia el Agente o cualquier otra persona que noestéexpresamenteautorizadapor laCompañía,nopodrásolicitarmodificaciones.

Alcance Geográfico TodaslascoberturasoperanenaccidentesocurridosdentrodelaRepúblicaMexicana,EstadosUnidosdeNorteaméricayCanadá,conexcepcióndelassiguientescoberturas,lascualesoperanúnicamenteenlaRepúblicaMexicana:

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• ResponsabilidadCivilporDañosaTerceros

• Extensión de Cobertura de Responsabilidad Civil porDañosaTerceros

• ProtecciónLegal

• Dañosmateriales, lesiones corporales o lamuerte quese ocasione a Terceros con el remolque mientras seaarrastradoporelVehículoAsegurado.

• ResponsabilidadCivilOcupantes

• ResponsabilidadCivilporFallecimiento

• Dañosporlacarga

• ManiobrasdeCargayDescarga

• ResponsabilidadCivilEcológica

• ResponsabilidadCivilporAccidentesalosViajeros

• ServiciosdeAsistencia

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1Definiciones Paralosefectosdelpresentecontratoseentiendepor:

• Accidentes de TránsitoTodo evento súbito e imprevisto que produzca daños apersonasobienescomoconsecuenciadelacirculacióndelVehículoAseguradodentrodeCaminosTransitables.

• Adaptaciones, Conversiones y Equipo Especial

Todamodificacióny/oadiciónencarrocería,partes,accesoriosyrótulosinstaladosapeticióndelcompradoropropietario,enadiciónalaspartesoaccesoriosconlosqueelfabricanteadapta originalmente cada modelo y tipo específico quepresentaalmercado.

• Antiguos y ClásicosSon vehículos de uso particular de fabricación nacional oextranjera (debidamente legalizados), cuya antigüedad essuperiora15añosyquealpasodeltiempohanmantenidolaoriginalidadensuspartesyaccesorios,ysubuencuidadolosllevaaserconsideradoscomopiezasdecolección.

• AseguradoEslapersonamoralofísicaquetienederechoalareclamaciónde los servicios, pagos obeneficios especificados en lascoberturas contratadas. Esta persona deberá apareceridentificadaenlacarátuladeestapólizaoserconductoruocupantedelvehículoalmomentodelsiniestro.

• BeneficiarioPersona física y/o moral designada en la póliza por elAsegurado o Contratante, como titular de los derechosindemnizatorios.

• Beneficiario PreferenteEs la persona moral o física que, previo acuerdo con laCompañíayasolicituddelContratante,tienederechoalpagooserviciocorrespondientesobrecualquierotrobeneficiario.Encasodeexistirelnombreorazónsocialdelmismo,éstedeberáaparecerenlacarátuladeestapóliza.

• CamiónVehículoautomotordestinadoparaeltransportedecarga,conpesobrutovehiculardemásde3.5hasta18toneladas.

• Caminos TransitablesVías de comunicación destinadas para la circulación devehículosautomotoresyque,deacuerdoalascaracterísticaspropias del vehículo asegurado, permitan su circulación

Condiciones Generales

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8Condiciones GeneralesDefiniciones

regularyfluida,sinsometerloaunriesgoadicionalnidañarningunadesuspartescomoconsecuenciadirectadelasimplecirculacióndelvehículoendichasvías.

• ColisiónEselimpacto,enunsoloevento,delVehículoAseguradoconunoomásobjetosinclusiveelvehículomismoyquecomoconsecuenciacauseDañosMateriales.

• Conductor Principal (conductor habitual del Vehículo Asegurado)

Es la persona física que con mayor frecuencia utiliza elVehículoAsegurado,cuyonombreyRFCseestableceenlacarátuladeestapóliza.

• ContratantePersona física y/omoralque suscribe el contratoyquegeneralmentecoincideconlapersonadelAseguradoyquientienelaobligaciónlegaldelpagodelasprimas.

• Contrato de SeguroAcuerdodevoluntadesporvirtuddelcuallaCompañía,seobligamedianteunaprima, a resarcirundañooapagarunasumadedineroalverificarselaeventualidadprevistaenelcontrato.

La póliza y las versiones de la misma, la solicitud y lascondiciones generales forman parte y constituyen pruebadelcontratodesegurocelebradoentreelContratanteylaCompañía.

• Costo usual y acostumbradoEs el valor promedio que corresponda a los precios yhonorarios profesionales fijados, en una plaza o lugardeterminado,por losprestadoresy receptoresdeserviciosmédicos y hospitalarios, atendiendo a la naturaleza ycomplejidadtécnicadelosservicios,asícomoalacalidad,tiempoycostodeusodelasinstalacionescorrespondientes.

• DeducibleEslaparticipacióneconómicaqueinvariablementequedaacargodelAseguradoobeneficiarioencasodesiniestroyqueseestableceparacadacoberturaenlacarátuladeestapóliza.

Estaobligaciónsepodrápresentarenpesos,díasdesalariomínimogeneralvigenteenelDistritoFederaloporcentajesobrelaSumaAsegurada,ValorConvenido,ValorComercialoValorFactura,segúncorrespondaacadacobertura.

• Detalle de CoberturasRelación de riesgos amparados en la que se expresan loslímitesmáximosde responsabilidadde laCompañía ydelContratantey/oAsegurado.

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9Condiciones Generales

Definiciones

• DSMGVDFDíasdesalariomínimogeneralvigenteenelDistritoFederal.

• ExtorsiónParaefectosdeestaPólizaseentiendeporextorsióncuandounapersona,sintenerderecho,obligaaotraadar,hacer,dejardehacerotoleraralgo,obteniendounlucroparasíoparaotrocausandoaéstaunperjuiciopatrimonial.

• ImpericiaEslafaltadedestrezaohabilidadporpartedelconductoryqueocasionaunsiniestro.

• InundaciónEslacausaporlaqueelvehículosufredañosfísicosdirectos,encarroceríay/ointeriores,mediantelapenetracióndeaguadel exterior al interior del mismo, distinta de la necesariaparasuoperaciónyfuncionamientoyporcausasajenasalavoluntaddelAseguradooconductor.

• Límite Único y CombinadoSumaaseguradaúnicaquesecontrataparaunacoberturaqueamparadiversostiposdepérdiday/odañoyqueoperacomo límite de responsabilidad de la Compañía por elacumuladode reclamacionesqueameriten indemnizaciónalamparodelacoberturaencuestión.

• OcupanteCualquier persona que se encuentre dentro delcompartimiento, caseta o cabina del Vehículo Aseguradodiseñadaoriginalmenteporelfabricanteparaeltransportedepersonasduranteunaccidentedetránsito.

• Pérdida ParcialSedeclaracuandoelmontodeldañocausadoalVehículoAsegurado, incluyendo mano de obra, refacciones ymateriales necesarios para su reparación, según avalúorealizadoovalidadoporlaCompañía,noexcedadel75%delaSumaAsegurada,ValorConvenido,ValorComercialoValorFacturasegúncorresponda.

• Pérdida TotalSedeclaracuandounvehículosiniestradorequieraparala reparacióndeldañosufrido, incluyendomanodeobra,refacciones y otros materiales, según valuación pericial oanálisisdelapérdidaquelaCompañíatengaimplementada,deunimportemayoroigualal75%delValorConvenido,ValorComercialoValorFactura,segúncorresponda.

A solicitud expresa del Asegurado, la Compañía podrádeclararlaPérdidaTotalcuandoelimportedelareparación,incluyendomanodeobra,refaccionesymaterialesnecesarios,rebaseel50%delaSumaAsegurada,ValorConvenido,ValorComercialoValorFactura,segúncorresponda.

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10Condiciones GeneralesDefiniciones

• PólizaDocumentoemitidoporlaCompañíaenelqueconstanlosderechosyobligacionesdelaspartes.

• Prima del MovimientoObligacióndepagoacargodelContratantey/oAseguradoporconceptodelasmodificacionesrealizadasalapóliza.

• PropietarioPersonaFísicaoMoralqueacreditalalegítimapropiedaddelVehículoAsegurado.

• SecuestroParaefectosdeestaPólizaseentiendeporsecuestrocuandoseprivailegalmentedelalibertadaunapersonaogrupodepersonasduranteuntiempodeterminado,conelobjetivodeconseguirunrescateendinerooenespecie.

• Suma AseguradaEselvalorquesedefineparaunacobertura,bienespecíficooriesgodeterminadoyquelaCompañíaestáobligadaapagarcomomáximoalmomentodeunapérdida.Ladeterminaciónde la Suma Asegurada para cada cobertura debe regirsepor lo establecido en el apartado “Límite Máximo deresponsabilidad”decadaunadelascoberturasespecificadasenelcapítulo“Coberturas”deestasCondicionesGenerales.

• TercerosSerefiereapersonasinvolucradasenelsiniestroquedalugaralareclamaciónbajoelamparodeestapólizadiferentesa:el Contratante, el Asegurado, los ocupantes del VehículoAsegurado, el conductor del Vehículo Asegurado, o laspersonasqueviajenenelVehículoAseguradoalmomentodelsiniestro.

• Tractocamión Vehículoautomotordestinadoparaelsoporteyarrastredecualquiertipodesemirremolque,conpesobrutovehicularde3.5hasta18toneladas.

• Uso del Vehículo AseguradoDe acuerdo a las características de esta póliza, seestablecequeelVehículoAseguradoesdeusocomercial,entendiéndoseporestoquesedestinaaofrecerunservicioconfinesdelucro.

La utilización del vehículo para cualquier otro uso seconsideraráunaagravacióndelriesgo,queimplicalapérdidadel derecho a ser indemnizado bajo cualquier coberturade esta póliza, si dicha agravación resulta esencial, deconformidadconloprevistoenelartículo52y53fracciónldelaLeySobreelContratodelSeguro.

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11Condiciones Generales

Definiciones

Seconsideraunaagravacióndelriesgo,silaunidadsobrepasalos límites de carga y/o dimensiones permisibles para locualfuediseñadoelvehículooadaptacióndeacuerdoalaespecificacióntécnicadelfabricante.

Artículo 52 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro:“ElAsegurado deberá comunicar a la empresa aseguradoralasagravacionesesencialesquetengaelriesgoduranteelcursodelseguro,dentrodelasveinticuatrohorassiguientesalmomentoenquelasconozca.SielAseguradoomitiereelavisoosiélprovocaunaagravaciónesencialdelriesgo,cesarándeplenoderecholasobligacionesdelaempresaenlosucesivo”.

Artículo 53 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Paralosefectosdelartículoanteriorsepresumirásiempre:

I. Quelaagravaciónesesencial,cuandoserefieraaunhechoimportanteparalaapreciacióndeunriesgo,detalsuertequelaempresahabríacontratadoencondicionesdiversassialcelebrarelcontratohubiereconocidounaagravaciónanáloga”.

• Vehículo AseguradoLaunidadautomotrizdescritaenlacarátuladeestapóliza,incluyendo laspartes oaccesoriosconqueel fabricanteadapta originalmente para cada modelo y tipo específicoquepresentaalmercado.

Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión,adaptaciónomodificaciónalaestructura,instaladaapeticióndelcompradoropropietariooporlasagencias,distribuidoras,autoinstaladosoporTerceros,noseconsideraráequipoadaptadoporelfabricante,portanto,requerirádecoberturaespecialyserespecificadaenlacarátuladeestapóliza.

Elcontratantequedaobligadoainformaralacompañía,de toda modificación o cambio estructural, dentro de losprimerosquincedíasenqueesteserealiceporescritoyensucasolacompañíasereservaelderechodegenerarunaprimapordichamodificación.

Enel casodeunidadeshíbridas el contratantepresentarátodas las facturas queamparaneldespieceprincipal delossistemasdelaunidad,parapoderserindemnizadaensumomentoel vehículo,por cualquierade las coberturascontratadas.

• Vehículo DescontinuadoSeentiendeporvehículosdescontinuadosalasunidadesde fabricaciónnacionalconantigüedadmayora15años,queporsucuidadooreacondicionamientosonsujetosdeaseguramiento.

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12Condiciones GeneralesDefiniciones

• Valor ComercialEnautos,pickupsymotoseselvalordelvehículoquesedefine para las coberturas de Daños Materiales PérdidaParcial,DañosMaterialesPérdidaTotalyRoboTotal.Equivaleal valor de venta al público (que ya incluye el I.V.A. eimpuestosquecorrespondan)deunvehículode lamismamarca,tipoymodelodelVehículoAsegurado,enlafechadelsiniestro,deacuerdoalpromedioqueseobtengadelaGuíaEBCyGuíaAutométrica.

Para camiones o tractocamiones el valor comercial se fijasobrelabasedelpromedioquesetengaenelmercadooporunavalúoestimadoporunaagenciaenconveniooPeritoespecializadoenelramoyreconocidoporlaCompañía,paraelcasoenparticularderemolquesycualquierotrovehículodiferentedelchasiscabina,secalculaaladepreciaciónanualdeacuerdoalostiposdematerialconlacualsonconstruidaslasunidadesylascondicionesfísicasdelvehículoaindemnizaryenningúncaso,lasindemnizacionesexcederánalasumaaseguraday/ovalorrealdelosbienesalafechadesiniestro.

Tratándose de vehículos que cuenten con factura desalvamento expedida por una compañía aseguradoraautorizadaporlaSecretaríadeHaciendayCréditoPúblico,elValorComercialseráunacantidadequivalentealmontodelafacturadesalvamentomáselcostodelarehabilitacióndebidamenteacreditadoconfacturas,menosladepreciación,realizada a partir del segundo año de la rehabilitación,sin exceder del monto determinado de acuerdo con loestablecidoenelprimerysegundopárrafodeestadefinición.Sinembargo,sielAseguradonocontaraconlasfacturasqueacreditenlarehabilitacióndelVehículo,elValorComercial,será el determinadode acuerdo conel primerpárrafodeestadefiniciónmenosunadepreciaciónadicionalde25%.

• Valor FacturaEs el valor del vehículo último modelo y modelos en elmercado correspondientes al siguiente año que se definepara las coberturas de Daños Materiales Pérdida Parcial,DañosMaterialesPérdidaTotalyRoboTotalycorrespondealvalordeventaalpúblico(queyaincluyeelI.V.A.eimpuestosaplicables, tales como tenencia,derechosy cualquierotroquecorresponda)quese indicaen laFacturadelVehículoAsegurado.

• Valor Convenido del VehículoEselvalordelvehículoquesedefineparalascoberturasdeDañosMaterialesPérdidaParcial,DañosMaterialesPérdidaTotalyRoboTotalqueseestablecedecomúnacuerdoentreelContratanteylaCompañía,almomentodecontratarelseguroyqueapareceenlacarátuladelapóliza.

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Tratándose de vehículos que cuenten con factura desalvamento expedida por una compañía aseguradoraautorizadaporlaSecretaríadeHaciendayCréditoPúblico,conmotivodeunapérdida total previa, si elContratantey/o Asegurado ha(n) asentado este hecho de forma claraenlasolicitud,paraconocimientodelaCompañía,elValorConvenidoserátalcomosedefinióenelpárrafoanterior.Encasocontrario,elValorConvenidoseráelmontocalculadodeacuerdoconladefinicióndeValorComercialparaestetipodevehículos.

• VersiónDocumentoemitidoporlaCompañíaconposterioridadalafechadeiniciodelcontratodeseguroqueconservaelmismonúmerodepólizayquereflejalascondicionesactualesdelcontratodeseguro.

• VuelcosEseleventoduranteelcual,porlapérdidadecontrol,elvehículogira,volteaoselevanta,todooenparte,sobrelasuperficiequetransitaocircula.

Condiciones GeneralesDefiniciones

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14Condiciones Generales

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2Condiciones Generales

Coberturas

Coberturas

2.1 Riesgoscubiertos,límitesderesponsabilidad,deduciblesyexclusionesparticulares

a) DañosMaterialesPérdidaParcial1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,cubrelosdañosopérdidasparcialesmaterialesquesufraelVehículoAseguradoyquesegenerenaconsecuenciadelossiguientesriesgos:

a) Colisión.

b) Vuelcos.

c) Incendio, rayo y explosión aún cuando estos dañosprovengandeunacausaexternaalvehículo.

d) Ciclón,huracán,granizo,terremoto,erupciónvolcánica,alud, derrumbe de tierra o piedras, caída o derrumbedeconstrucciones,estructurasuotrosobjetos,caídadeárbolesosusramaseinundación.

e) Actosdepersonasquetomenparteenparos,huelgas,disturbios de carácter obrero, mítines, alborotospopulares, motines o de personas mal intencionadasdurantelarealizacióndedichosactos,obienlosdañosocasionadosporlasautoridadeslegalmentereconocidascomo medida de represión en sus funciones y queintervenganendichosactos.

f) Daños en y durante su transportación: Varadura,hundimiento, incendio, explosión, colisión, vuelco,descarrilamientoocaídadelmediodetransporteenqueelVehículoAseguradoesdesplazado;caídadelVehículoAseguradodurantelasmaniobrasdecarga,transbordoodescarga,asícomolacontribuciónporaveríagruesaoporcargosdesalvamento.

g) El desbielamiento del Vehículo Asegurado originadopor la penetración de agua del exterior al interior delmismo, distinta de la necesaria para su operación yfuncionamiento y por causas ajenas a la voluntad delAseguradooconductor.

2. Límite máximo de responsabilidadDeacuerdoaltipodeVehículoAsegurado,estacoberturapodráoperarbajoelconceptodeValorComercialoValor

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16Condiciones GeneralesCoberturas

Factura o Valor Convenido. Por lo tanto la Compañía secompromete a indemnizar conforme se establece enel capítulo “Estipulaciones de la póliza de seguro” incisoc) Sumas Aseguradas y Bases de Indemnización de estasCondicionesGenerales,cuandoelcostodeldañoopérdidacausadoalVehículoAseguradoestédentrodeloslineamientosdePérdidaParcialdeacuerdoconladefiniciónestablecidaenelcapítulo“Definiciones”deestasCondicionesGenerales.

3. DeducibleEl monto del deducible corresponderá a la cantidadestablecidaenlacarátuladeestapóliza.Encasodequeseestablezcacomoporcentaje,elmontodeldeducibleseráel que resulte de aplicar el porcentaje determinado en lacarátuladelapólizaparaestacobertura,alValorComerciala la fecha del siniestro, Valor Factura o Valor Convenido,segúncorresponda.

En el caso de pólizas multianuales, en donde la sumaasegurada haya sido determinada como un monto y eldeducible como porcentaje, durante su primer año devigencia el monto de deducible se determinará aplicandoa la suma asegurada dicho porcentaje; para los añossubsecuentes,elmontodededuciblecorresponderáalqueresulte de aplicar sobre el Valor Comercial que tenga elvehículoalmomentodelsiniestroelporcentajecontratadoenlapólizaparaestacobertura.

4. Exención del deducibleLaCompañíaexentarádelpagodeldeduciblealAseguradoo Conductor del Vehículo Asegurado cuando en caso desiniestroendondeelmontodeDañosMaterialesPérdidaParcialsufridosseasuperioralmontodeldeducibleestipuladoenlacarátuladeestapóliza,deacuerdoa lavaluaciónrealizadaporlaCompañía;ylaautoridadcorrespondienteenlaformaseñalada,determinelaculpabilidaddeuntercerocausantedeldaño.Paraqueestebeneficioseaaplicableesindispensable:

Queexistaunterceroresponsabledelosdañosyestépresentealmomentodel ajustedel siniestro yademás,encasodequeelterceronoaceptesuresponsabilidady/onogaranticeel pago de los daños, esperar el peritaje de causalidad,que es el dictamen que emite la Procuraduría de Justiciacorrespondiente,asícomoobtenerpodernotarialotorgadoporelAseguradoacostadelaCompañía,paraelseguimiento,yensucaso,efectuarlarecuperacióndelosdaños.

Cabe aclarar que la querella, el parte informativo o ladeterminacióndelMinisterioPúblico,noequivalennisustituyenaldictamenoficialqueemitelaProcuraduríadeJusticia.

Estebeneficionosepodráaplicarcuandoelpresuntoterceroresponsablenoseencuentreenellugardelsiniestro,cuandonoselogreobtenerundictamenpericialfavorableocuandolaautoridaddetermineresponsabilidadcompartida.

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17Condiciones Generales

Coberturas

5.Exclusiones

Adicionalmentealoestipuladoenelcapítulode“ExclusionesGenerales”de estas Condiciones Generales,la cobertura de Daños MaterialesPérdidaParcialenningúncasocubre:

a) Siniestros en donde el monto deDaños Materiales sufridos seamenor al monto del deducibleestipulado en la carátula de estapóliza, segúnvaluación realizadaporlaCompañía.

b) Fallasydescomposturasmecánicas,e lé c t r i cas y e le c t rón i cas decualquiera de los componentesdelVehículoAsegurado.

c) Cuandoelsiniestroseaproducidoporeldelitodeabusodeconfianza:

1) Cometido por algunas de laspersonas que aparecen comoaseguradas en la carátula de estapóliza.

2) Cometido por familiares delAsegurado.

3) Tenga su or igen o seanconsecuencia de cualquier tipo detransacción, contrato o conveniomercantil , relacionado con lacompraventa,arrendamiento,créditoo financiamiento del VehículoAsegurado.

d) Daños a la pintura del VehículoAseguradoocasionadosporriesgosdiferentes a los amparados en losincisos a) al f) de la cobertura deDañosMaterialesPérdidaParcial.

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18Condiciones GeneralesCoberturas

e) Rotura o falta de resistencia decualquier parte o accesorio delvehículo que no sea materia decoberturaenestapóliza.

f) Daños materiales al vehículoocasionados por riña en las queparticipe el conductor y/o losocupantesocualquierpersonaqueviajeenelVehículoAsegurado.

g) Pérdidas o daños causados por laacción normal de la marea, aúncuandoprovoqueinundación.

h) Desbielamientodelmotorporfaltademantenimiento,desgastenaturalofugadeaceite.

i) Siniestrosendonde sedeclare laPérdidaTotaldelVehículoAseguradode acuerdo con la definición dePérdida Total establecida en elcapítulo “Definiciones” de estasCondicionesGenerales.

b)DañosMaterialesPérdidaTotal1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,cubrelosdañosopérdidastotalesmaterialesquesufraelVehículoAseguradoyquesegenerenaconsecuenciadelosriesgosestipuladosenlosincisosa)alg)delacoberturaDañosMaterialesPérdidaParcial.

2. Límite máximo de responsabilidadDeacuerdoaltipodeVehículoAsegurado,estacoberturapodrá operar bajo el concepto de Valor Comercial, ValorFactura o Valor Convenido. Por lo tanto la Compañía secompromete a indemnizar conforme se establece en elcapítulo “Estipulaciones de la póliza de seguro” inciso c)Sumas Aseguradas y Bases de Indemnización, cuando elmontodeldañoopérdidacausadoalVehículoAseguradoestédentrodeloslineamientosdePérdidaTotal,deacuerdoconladefiniciónestablecidaenelcapítulo“Definiciones”deestasCondicionesGenerales.

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19Condiciones Generales

Coberturas

3. DeducibleEl monto del deducible corresponderá a la cantidadestablecidaenlacarátuladeestapóliza.Encasodequeseestablezca como porcentaje, el monto del deducible seráel que resulte de aplicar el porcentaje determinado en lacarátuladelapólizaparaestacobertura,alValorComerciala la fecha del siniestro, Valor Factura o Valor Convenido,segúncorresponda.

En el caso de pólizas multianuales, en donde la sumaasegurada haya sido determinada como un monto y eldeduciblecomoporcentaje,durantesuprimerañodevigenciaelmontodededuciblesedeterminaráaplicandoalasumaaseguradadichoporcentaje;paralosañossubsecuentes,elmontodededuciblecorresponderáalqueresultedeaplicarsobreelValorComercialquetengaelVehículoAseguradoalmomentodelsiniestroelporcentajecontratadoenlapólizaparaestacobertura.

4. Exención del deducibleLaCompañíaexentarádelpagodeldeduciblealAseguradoo conductor del Vehículo Asegurado cuando se declarela Pérdida Total, de acuerdo a la valuación realizada porla Compañía, y la autoridad correspondiente en la formaseñalada,determinelaculpabilidaddeunTercerocausantedeldaño.Paraqueestebeneficioseaaplicableesindispensable:

Que exista un tercero responsable de los daños y estépresente al momento del ajuste del siniestro y además,encasodequeelterceronoaceptesuresponsabilidady/ono garantice el pago de los daños, esperar el peritaje decausalidad,queeseldictamenqueemitelaProcuraduríadeJusticia correspondiente, así como obtener poder notarialotorgadoporelAseguradoacostade laCompañía,paraelseguimiento,yensucaso,efectuar larecuperacióndelosdaños.

Cabe aclarar que la querella, el parte informativo o ladeterminación del Ministerio Público, no equivalen nisustituyenaldictamenoficialqueemitelaProcuraduríadeJusticia.Estebeneficionosepodráaplicarcuandoelpresuntoterceroresponsablenoseencuentreenellugardelsiniestro,cuandonoselogreobtenerundictamenpericialfavorableocuandolaautoridaddetermineresponsabilidadcompartida.

5. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulo de “Exclusiones Generales”de esta póliza, la cobertura de DañosMaterialesPérdidaTotalenningúncasocubre:

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20Condiciones GeneralesCoberturas

a) Siniestrosen losquenosedeclarelaPérdidaTotaldeacuerdo con ladefiniciónestablecidaenelcapítulo“Definiciones”deestasCondicionesGenerales.

b) Fallasydescomposturasmecánicas,eléctricasyelectrónicasdecualquierade los componentes del VehículoAsegurado.

c) Cuando el siniestro sea producidoporeldelitodeabusodeconfianza:

1) Cometido por algunas delas personas que aparecen comoaseguradas en la carátula de estapóliza.

2) Cometido por familiares delAsegurado.

3) Te n g a s u o r i g e n o s e a nconsecuencia de cualquier tipo detransacción, contrato o conveniomercantil , relacionado con lacompraventa,arrendamiento,créditoofinanciamientodelVehículoAsegurado.

d) Daños a la pintura del VehículoAseguradoocasionadosporriesgosdiferentesa losamparados en losincisosa)alf)delacoberturaDañosMaterialesPérdidaParcial.

e) Roturaofaltaderesistenciadecualquierparteoaccesoriodelvehículoquenoseamateriadecoberturaenestapóliza.

f) Daños materiales al vehículoocasionados por riña en las queparticipe el conductor y/o losocupantesocualquierpersonaqueviajeenelVehículoAsegurado.

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21Condiciones Generales

Coberturas

g) Pérdidas o daños causados porla acción normal de la marea, aúncuandoprovoqueinundación.

h) Desbielamientodelmotorporfaltademantenimiento,desgastenaturalofugadeaceite.

c)Cristales1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,cubreelpagooreposición,incluyendoloscostosdecolocación,detodosloscristales,parabrisas,laterales,aletas,medallón y/o quemacocos (techo corredizo, sun roof), asícomolasgomasyherrajesdesoportedeestos,conlosqueelfabricanteadaptaoriginalmentealVehículoAsegurado,comoconsecuenciaderotura,odesprendimientodelosmismos.EnestacoberturatambiénseincluyenlosDañosMaterialesdirectosquesufralacarroceríadeVehículoAseguradocomoconsecuenciadelaroturaodesprendimientodelcristal.

2. Límite máximo de responsabilidadEllímitemáximoderesponsabilidaddelaCompañíanuncaexcederádel costo al público, conbase en lospreciosdemercado,quetenganlosbienesalmomentodelsiniestro,incluyendoelcostodecolocación.

3. DeducibleEl montodeldeducible sedetermina porelporcentajeestablecidoenlacarátuladeestapóliza,aplicablealcostototaldereparaciónqueincluyelasustitucióny/ocolocacióndelcristalocristalesdañadosmáselcostototaldeldañomaterialoriginado.

4. Exclusiones

Adicionalmentea loestipuladoenelcapítulo de “Exclusiones Generales”de estas Condiciones Generales, lacoberturadeCristalesenningúncasocubre:

a) Espejoslaterales,calaverasyfaros.

b) Cristalesyquemacocosnoinstaladosoriginalmente por el fabricante

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22Condiciones GeneralesCoberturas

del vehículo, a menos que esténdeclarados en la cobertura deAdaptaciones, Conversiones yEquipoEspecial.

c) RobodeCristalesamenosquesetenga contratada la cobertura deProtecciónAuxiliar.

d)RoboTotal1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,cubreelapoderamientodelVehículoAseguradoencontradelavoluntaddelconductoroAseguradocomoresultadodelroboy/oasalto,ocuandoelvehículodesaparecedel lugardondesedejóestacionado; igualmentequedanamparadaslaspérdidasolosDañosMaterialesquesufraelVehículoAseguradoaconsecuenciadelRoboTotal.

Adicionalmente y cuandono seencuentren contratadaslascoberturasdeDañosMaterialesPérdidaParcialyDañosMateriales Pérdida Total, quedarán cubiertos los riesgosestipuladosenlosincisosc)alf)dedichascoberturas.

2. Límite máximo de responsabilidadDeacuerdoaltipodeVehículoAsegurado,estacoberturapodráoperarbajoelconceptodeValorComercialoValorConvenido. Por lo tanto la Compañía se comprometea indemnizar conforme se establece en el capítulo“Estipulaciones de la póliza de seguro” inciso c) SumasAseguradasyBasesdeIndemnizacióndeestasCondicionesGenerales.

3. DeducibleEl monto d el deducible corresponderá a la cantidadestablecidaenlacarátuladeestapóliza.Encasodequeseestablezca comoporcentaje,elmontodeldeducibleseráel que resulte de aplicar el porcentaje determinado en lacarátuladelapólizaparaestacobertura,alValorComerciala la fecha del siniestro, Valor Factura o Valor Convenido,segúncorresponda.

En el caso depólizas multianuales, endonde la sumaasegurada haya sido determinada como un monto y eldeducible como porcentaje, durante su primer año devigencia el monto de deducible se determinará aplicandoa la suma asegurada dicho porcentaje; para los añossubsecuentes, el monto de deducible corresponderá al

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23Condiciones Generales

Coberturas

queresultedeaplicarsobreelValorComercialquetengaelVehículoAseguradoalmomentodelsiniestroelporcentajecontratadoenlapólizaparaestacobertura.

En el caso de que el Vehículo Asegurado sea recuperadodespuésdeperpetradoelRobo,elmontodededucibleaaplicarseráelcorrespondientealacoberturadeRoboTotalcuandolaCompañíarealicealgúnpagoporpérdidasodañossufridosalVehículoAsegurado.

4. Exclusiones

Adicionalmentealoestipuladoenelcapítulode“ExclusionesGenerales”deestasCondicionesGenerales,lacoberturadeRoboTotalenningúncasocubre:

a) Las exclusiones establecidas paralascoberturasdeDañosMaterialesPérdidaParcialyDañosMaterialesPérdidaTotal.

b) ElroboparcialdepartesoaccesoriosdelVehículoAsegurado

c) La pérdida y/o desposesión delVehículoAseguradoaconsecuenciadeldelitodefraude.

d) Los servicios otorgados por lacoberturadeProtecciónLegal.

e) La entrega física del VehículoAseguradoydelosdocumentosqueacreditenlapropiedaddelmismoaconsecuenciadeextorsión.

f) La entrega física del VehículoAseguradoydelosdocumentosqueacrediten la propiedad del mismocomopagodeunsecuestro.

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24Condiciones GeneralesCoberturas

e) AyudaparaPérdidasTotales1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,laCompañíaindemnizaráalAseguradoconlaSumaAseguradaparaestacobertura,establecidaenlacarátulade lapóliza,unavezdeclarada laPérdidaTotaloelRoboTotaldelVehículoAseguradoysecumplaconlosrequisitossolicitadosporlaCompañía.

Estacantidadserápagaderaenunasolaexhibiciónysóloaplicaparaunsoloeventodurantelavigenciadelapóliza

2. Límite máximo de responsabilidadEl monto de indemnización aplicable será la cantidadestablecidaenlacarátuladeestapólizaparaestacobertura.Esta Suma Asegurada no será reinstalable tal como seestablece en el capítulo “Estipulaciones de la pólizade seguro” inciso c) Sumas Aseguradas y Bases deIndemnizacióndeestasCondicionesGenerales.

3. DeducibleEstacoberturaoperasinlaaplicacióndeundeducible.

4.Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulode“ExclusionesGenerales”deestapóliza,lacoberturadeAyudaparaPérdidasTotales,enningúncasocubre:

a) Las exclusiones establecidas parala cobertura de Daños MaterialesPérdidaTotal.

b) LasexclusionesestablecidasparalacoberturadeRoboTotal.

f) Adaptaciones,ConversionesyEquipoEspecial

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,estacoberturaseextiendeparacubrirlossiguientesriesgos:

a) LosDañosMateriales quesufran las adaptaciones,conversionesyequipoespecialinstaladoenelVehículoAsegurado,aconsecuenciadelosriesgosdescritosenlascoberturasdeDañosMaterialesPérdidaParcialyDañosMaterialesPérdidaTotal.

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25Condiciones Generales

Coberturas

b) Elrobo,dañoopérdidadelasadaptaciones,conversionesy equipo especial, a consecuencia del Robo Total delVehículoAseguradoydelosdañosopérdidasmaterialesamparadosenlacoberturadeRoboTotal.

2. Límite máximo de responsabilidadEl límite máximo de responsabilidad se contrata bajo elconcepto de suma asegurada convenida el cual deberáfijarsedeacuerdoalvalorrealquetenganlasadaptaciones,conversionesyequipoespecialolasmodificacionesquesehayanefectuadoalaestructuradelvehículo,soportándoseporavalúoofactura.

a) En caso de siniestro, en donde solamente resultendañadas las adaptaciones, conversiones o el equipoespecial, el monto indemnizable será el costo de laadaptación,modificación,conversiónoequipoespecial,menoseldesgastequeporusocorrespondaalamisma,determinado por avalúo realizado o validado por laCompañía.

b) EncasodePérdidaTotaldelVehículoAseguradoysusadaptaciones,conversionesoequipoespecial,elmontoindemnizableparaestacobertura seráel costode laadaptación,modificación,conversiónoequipoespecial,menosladepreciaciónqueporusolecorrespondaalamisma,menoselcostoderescatede laparteoriginalmodificada,convertidaosustituida.

LadescripcióndelosbienesaseguradosylaSumaAseguradadecadaunodeellosseasentarámedianteanexoquedeberáagregarseyformarpartedelapóliza,requisitosinelcualnoseconsideraráncubiertos.

3. DeducibleCuando la reclamación proceda por consecuencia de losriesgos cubiertos en las coberturas de Daños MaterialesPérdida Parcial, Daños Materiales Pérdida Total o RoboTotal el monto del deducible corresponderá a la cantidadqueresultedeaplicarsobreelvalordelequipodañadoalafechadesiniestro,elmismoporcentajequeapliqueparalaindemnizacióndelosdañosypérdidasquesufraelVehículoAsegurado.

g) ResponsabilidadCivilporDañosaTerceros

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,cubrelaResponsabilidadCivilenqueincurraydelacualresultecivilmenteresponsableelAseguradoocualquierpersonaqueconsuconsentimientoexpresootácito,useelVehículoAseguradoycauseDañosMaterialesaTerceros

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26Condiciones GeneralesCoberturas

ensusbienesy/ocauselesionescorporalesolamuerteaTerceros,incluyendolaindemnizaciónpordañomoralalaqueensucasoseacondenadoporlaautoridadcompetente.

Asimismo,estáncubiertaslaslesionescorporalesolamuerteaTercerosylosDañosMaterialesabienesdeTercerosquecauseelremolqueotumbaburrosmientrasseaarrastradopor elVehículoAsegurado, siempre y cuando cuente conlos dispositivos o mecanismos especialmente fabricadosparatalfin.

Adicionalmente, y hasta por una cantidad igual al límitemáximoderesponsabilidad,estacoberturaseextiendeparaamparar losgastosycostasa losquefuerecondenadoelAseguradoocualquierpersonaqueconsuconsentimientoexpresootácitouseelVehículoAsegurado,encasodejuiciocivilseguidoensucontraconmotivodeResponsabilidadCivil.

2. Límite máximo de responsabilidadEllímitemáximoderesponsabilidadparaestacoberturaseestableceenlacarátuladeestapólizayoperacomoSumaAseguradaúnicaparalosdiversosriesgosqueseamparanenestacobertura.

3. DeducibleEstacoberturaoperasinlaaplicacióndeundeducible,salvoquequedeplenamenteasentadoenlacarátuladepóliza.

4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulo de “Exclusiones Generales”de estas Condiciones Generales, lacoberturadeResponsabilidadCivilporDañosaTercerosenningúncasocubre:

a) Daños Materiales a bienes quese encuentren bajo custodia oresponsabilidaddelAsegurado.

b) DañosMaterialesabienesdepersonasquedependaneconómicamentedelAsegurado.

c) Daños, lesiones corporales o lamuerteapersonascuandodependaneconómicamente del Asegurado,Propietario,Contratanteoconductordelvehículoasegurado.

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27Condiciones Generales

Coberturas

d) Daños, lesiones corporales o lamuertedelosempleadosopersonasqueesténalserviciodelAsegurado,Propietario,ContratanteoConductordel Vehículo Asegurado, en elmomentodelsiniestro,salvoqueseaunocupanteysetengacontratadalacoberturadeResponsabilidadCivilOcupantes.

e) Daños,lesionescorporalesolamuertealosocupantes(acompañantes)delVehículo Asegurado, salvo que setenga contratada la cobertura deResponsabilidadCivilOcupantes.

f) Daños, lesiones corporales o lamuerte ocasionados por actointencionaldelavíctima.

g) Daños, lesiones corporales o lamuertecometidosintencionalmentepor el Asegurado, propietario,ContratanteoconductordelVehículoAsegurado.

h) Dañosmateriales,perjuicios,gastos,pérdidas, indemnizaciones o dañomoralcausadoindirectamenteporelAseguradocontrasupersonaysusbienes.

h)ProtecciónLegal1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,otorgalosserviciosprofesionalesdeprotecciónjurídicanecesariosenlosprocedimientosjudicialesderivadosdelosriesgos amparados por las coberturas de ResponsabilidadCivilqueaparezcanamparadasenlacarátuladelapóliza,porloqueenaccidentesdetránsitoquedeacuerdoalasleyesvigentesenlaRepúblicaMexicana,requierandelinicioyseguimientodeunprocedimientoadministrativocivily/o

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28Condiciones GeneralesCoberturas

penalenelqueseveanafectadoslosinteresesdelAseguradoy/opropietarioy/oconductorqueconconsentimientoexpresoo tácito use el VehículoAsegurado y que a consecuenciade dicho uso, cause daño o se vea envuelto en dichosprocedimientos,laCompañíasecomprometea:

a) GestionarconelconsentimientoyasistenciadelAseguradoy/o propietario y/o conductor su libertad provisional,condicional, preparatoria y/o conmutativa, segúncorresponda, de acuerdo al procedimiento iniciado,atendiendoalostérminoslegalesestablecidosenlasleyesdelamateria.

b) TramitarconelconsentimientoyasistenciadelAseguradoy/oPropietario y/oConductory/oApoderado Legal laobtencióndelOficiodeliberacióndelVehículoAseguradoporpartedelaautoridadcompetente.

c) Tramitarlaexpedicióninmediataysincostoadicionaldelasfianzasnecesarias, por conductodeunaCompañíaafianzadoralegalmenteconstituidayautorizadaparaoperarenelpaísyhastaporellímitedegarantíacontratadaparaestacobertura.

d) Pagartodoslosgastos,costas,cauciones(diferentesaldelafianza)y/omultasadministrativasquedelprocedimientosederiven,hastaporunmontoequivalenteal50%dellímitedegarantíacontratadaparaestacobertura.Estemontoseentenderáenadiciónallímitedegarantíaqueopereparaestacobertura.

ElAseguradoy/oPropietarioy/oConductory/oApoderadoLegal,segúnseaelcaso,tienelaobligacióndeentregaralabogadodesignadoporlaCompañíaelmontodepositadoendineroparaobtenersulibertadunavezquelaautoridadlohayaacordado.

ElAseguradoy/oPropietarioy/oConductory/oApoderadoLegal tiene laobligación de informar a la Compañía yal abogado designado por ésta cualquier notificaciónrelacionadacon la cauciónpagadapor laCompañíaamástardaraldíahábilsiguiente.

Losserviciosprofesionalesqueofreceestacoberturaseránotorgados por abogados designados por la Compañía.Sin embargo, en caso de que el Asegurado opte por lacontratacióndeotrosabogados,loshonorariosprofesionalesdelosmismossecubriránhastaporunlímitemáximodelequivalentea500díasdesalariomínimogeneralvigenteenelDistrito Federal almomentodel siniestro.Eneste caso,la responsabilidad de la Compañía se limitará al pago dedichoshonorarios.

2. Límite máximo de responsabilidadEllímitemáximoderesponsabilidadseestableceenlacarátuladeestapólizayseráigualaldelacoberturaafectada.

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29Condiciones Generales

Coberturas

Encasoderequerirsemásdeunafianza,laresponsabilidaddelaCompañíaestarálimitada,entotal,aloseñaladoenelpárrafoanterior.

3. DeducibleEstacoberturaoperasinlaaplicacióndeundeducible.

4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulo de “Exclusiones Generales”de estas Condiciones Generales, lacobertura de Protección Legal enningúncasocubre:

a) Gastosuotorgamientodelservicioprofesional de Protección Jurídicacuando no se vean afectadoslos riesgos contratados en lascoberturasdeResponsabilidadCivil.

b) Tampoco los originados por losdelitosdeabusodeconfianza,fraudeorobodelVehículoAsegurado.

i) ExtensióndeCoberturadeResponsabilidadCivilporDañosaTerceros

1. CoberturaEn caso de estar descrita como amparada en la carátulade la póliza, cubre al conductor principal del VehículoAsegurado,cuyonombreseindicaenlacarátuladelapólizacuandoseencuentre comoconductordecualquierotrovehículo,diferentealamparadoporesteseguro,contralosmismosriesgosybajolasmismasbases,límites,deducibles,exclusionesycondicionesestipuladasparalascoberturasdeResponsabilidadCivilporDañosaTerceros,ResponsabilidadCivil Ocupantes, Responsabilidad Civil por Fallecimiento yProtección Legal que aparezcan amparadas en la carátuladelapóliza.

Denoaparecerelconductorprincipaldeclarado,seampararáalprimertitularpersonafísicayencasodeinexistencia,alContratantedelapóliza.

EstacoberturaoperaapartirdequesehayanagotadolassumasaseguradasdelascoberturasdeResponsabilidadCivil

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30Condiciones GeneralesCoberturas

por Daños a Terceros del seguro que ampara al vehículoconducido,obienapartirdelafaltadeeste.

2. DeducibleEstacoberturaoperasinlaaplicacióndeundeducible.

3. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulo de “Exclusiones Generales”de estas Condiciones Generales, lacobertura de Extensión de Coberturade Responsabilidad Civil por Daños aTercerosnoopera:

a) Cuandoel conductorprincipaloelbeneficiario de esta cobertura seencuentreconduciendounautomóvilde renta diaria, un camión, unTractocamión, un autobús o algúnotrovehículodetransportepúblicodepasajerosocarga.

b) LosDaños Materiales que sufra elvehículoconducido.

j)GastosMédicosOcupantes1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,cubreelpagodegastosmédicosporlosconceptosqueadelanteseenumeran,originadosporlesionescorporalesquesufracualquierpersonaOcupantedelVehículoAseguradode acuerdo con la definición establecida en el capítulo“Definiciones”deestasCondicionesGenerales.

Losconceptosdegastosmédicoscubiertosporestapóliza,sonlossiguientes:

a) Hospitalización: alimentos y cuarto en el hospital,fisioterapia,gastosparaelrestablecimientode lasaluddelOcupante lesionado conmotivodelaccidente, lahospitalizaciónyengeneralprótesis,drogasymedicinasqueseanprescritasporunmédico.

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31Condiciones Generales

Coberturas

b) Atenciónmédica:Losserviciosdemédicos,cirujanos,ostéopatas,fisioterapeutas,legalmenteautorizadosparaejercersusrespectivasprofesiones.

c) Enfermeros:Elcostode losserviciosdeenfermerosoenfermeras,tituladosquetenganlicenciaparaejercery que sea indispensable su servicio, de acuerdo a laprescripcióndelmédicotratante,paraelrestablecimientode la salud del Ocupante lesionado con motivo delaccidente.

d) Servicios de ambulancia: Los gastos erogados porel servicio de ambulancia, cuando sea indispensablesu servicio, de acuerdo a la prescripción del médicotratante,paraelrestablecimientodelasaluddelOcupantelesionadoconmotivodelaccidente.

e) Costos de gastos funerarios por concepto de muerteaccidentaloriginadaporlesionescorporalesquesufranlosocupantesdelVehículoAsegurado,enaccidentesdetránsito,comosemencionaenelprimerpárrafodeestacobertura.Esta cobertura tieneunsublímitedeSumaAseguradaporpersonade$50,000pesos.

2. Límite máximo de responsabilidadEllímitemáximoderesponsabilidadbajoestacoberturaseestableceenlacarátuladeestapólizayoperacomoSumaAseguradaúnicaparalosdiversosriesgosqueseamparanenestacobertura.

3. DeducibleEstacoberturaoperasinlaaplicacióndeundeducible.

4.Exclusiones

Adicionalmentealoestipuladoenelcapítulode“ExclusionesGenerales”de estas Condiciones Generales,la cobertura de Gastos MédicosOcupantesnocubre:

Losgastosmédicosenqueseincurraconmotivodelesionesquesufranlosocupantes del Vehículo Aseguradoderivados de riñaaúncuandoseana consecuencia del accidente detránsito.

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32Condiciones GeneralesCoberturas

k) ProtecciónAuxiliar(Sólooperaparaautosypickups)

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,cubrelossiguientesriesgos:

a) LosDañosMaterialesdirectosquesufraensuinteriorel VehículoAsegurado, a consecuencia deun roboparcial con violencia, consumado o no, de partes,accesoriosoequipoespecialinstaladosenelinteriordelmismo.

b) El robo de cristales, parabrisas, laterales, aletas,medallóny/oquemacocos(techocorredizo,sunroof),asícomolasgomasyherrajesdesoportedeestos,conlosqueelfabricanteadaptaoriginalmenteelVehículoAsegurado,yaquellosqueestuvierandeclaradosenlacoberturadeAdaptaciones,ConversionesyEquipoEspecial,asícomolosdañosdirectosalacarroceríaque sufra el vehículo a consecuencia del robo ointentoderobodelcristal.

c) El pago de hospita l izac ión, atención médica,enfermeros, servicios de ambulancia y costos degastosfunerarios,segúnsedefinenenlacoberturadeGastosMédicosaOcupantes,originadosporlesionescorporalesquesufracualquierOcupantealmomentodelroboointentodelrobodelVehículoAsegurado.

2. Límite máximo de responsabilidadEl límite máximo de responsabilidad de la Compañíadependerádelriesgoafectadocomosigue:

a) Paralosriesgosdelosincisosa)yb)deestacobertura,ellímitemáximonuncaexcederádelcostoalpúblico,conbaseenlalistaoficialdeprecios,quetenganlosbienesalmomentodelsiniestro,incluyendoelcostodereparacióny/ocolocación.

b)Paraelriesgodelincisoc),deestacobertura,ellímitemáximoseráelmismoquesetengacontratadoenlacoberturadeGastosMédicosOcupantes.

3. DeduciblesEl monto de deducible dependerá del riesgo afectadocomosigue:

a)Paraelriesgodelincisoa),deestacobertura,elmontoserá el que resulte de aplicar el porcentaje estipuladoen la carátulade estapólizapara esa cobertura sobreelvalordelaspartes,accesoriosoequipodañado,enlafechadelsiniestro.

b) Paraelriesgodelincisob),deestacobertura,elmontosedeterminaporelporcentajeestablecidoenlacarátulade

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33Condiciones Generales

Coberturas

lapólizaparalacoberturadeCristalesaplicablealcostodereposiciónycolocacióndelcristalocristalesafectadosmáselcostodeldañomaterialoriginado.

c) Paraelriesgodelincisoc)deestacobertura,noaplicarádeducible.

4.Exclusiones

Adicionalmentealoestipuladoenelcapítulode“ExclusionesGenerales”de estas Condiciones Generales ya las Exclusiones particulares delas coberturas deDañosMaterialesPérdida Parcial, Daños MaterialesPérdida Total, Cristales y GastosMédicos Ocupantes deestapóliza,la cobertura deProtección Auxiliarnocubre:

a) Parael riesgo del incisoa) de estacobertura,pérdidaorobodeaccesoriosoequipoespecialdelvehículo.

b) Parael riesgo del inciso c) de estacobertura,elpagodegastosmédicosque se originen de las lesiones quesufraelAseguradouocupantesconmotivodeunsecuestroencualquieradesusmodalidades.

l) AccidentesAutomovilísticosalConductor

1. CoberturaEncasodeestardescrita comoamparadaen lacarátuladelapóliza,cubreelpagodeindemnizacionespormuerteo pérdidasorgánicasquesufraelconductordelVehículoAsegurado, descrito en la carátula de la póliza, comoconsecuencia directa de un accidente automovilísticomientrasésteseencuentreconduciendodichovehículo.

2. Límite máximo de responsabilidadEllímitemáximoderesponsabilidadseestableceenlacarátuladeestapólizayoperacomolímiteúnicoycombinadoparalosdiferentesriesgosamparados.

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34Condiciones GeneralesCoberturas

Sidurante la vigenciade lapóliza,dentrode losnoventadías naturales siguientes a la fecha del accidente, unalesiónprodujeracualquieradelaspérdidasenumeradasacontinuación,laCompañíapagarálossiguientesporcentajessobreellímitemáximoderesponsabilidadparaestacobertura:

Por pérdida de:

Lavida 100%

Ambasmanosoambospiesolavistaenambosojos 100%

Unamanoyunpie 100%

Unamanoylavistadeunojoounpieylavistadeunojo 100%

Unamanoounpie 50%

Lavistadeunojo 30%

Elpulgardecualquiermano 15%

Eldedoíndicedecualquiermano 10%

Porpérdidadecualquieradelaspartescitadasseentenderála amputación completa quirúrgica o traumática oanquilosamiento de ese miembro, la pérdida completa oirreparabledelafuncióndelavista,olaseparacióncompletaoanquilosamientodedosfalangesdecadadedo.

Paratodasaquellaspérdidasorgánicasnocontempladasenladescripciónanterior,seestaráaloslímitesyespecificacionesquesobreelparticularestablecelaLeyFederaldelTrabajo.

3. DeduciblesEstacoberturaoperasinlaaplicacióndeundeducible.

4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulode“ExclusionesGenerales”deestasCondicionesGenerales,lacoberturade Accidentes Automovilísticos alConductorenningúncasoopera:

a) Cuandolaedaddelconductorexcedade69años.

b) Cuandolaslesionesolamuertehayansido provocadas intencionalmenteporelAsegurado.

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35Condiciones Generales

Coberturas

m)DañosporlaCarga1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladela póliza, cubre la Responsabilidad Civil en que incurra elAseguradopordañosatercerosensusbienesy/opersonascausadosconlacargaquetransportaelVehículoAsegurado,bajolasmismasbasesdeduciblesyexclusionesestipuladasenlacoberturadeResponsabilidadCivilporDañosaTerceros,deacuerdoalasiguienteclasificación:

CARGATIPOA:Comprendemercancíasconreducidogradodepeligrosidadensutransporte,comoporejemplo:Ropa,muebles domésticos, artículos de madera, plástico, tela,entreotros.

CARGATIPOB:Comprendemercancíaspeligrosastalescomo:maquinariapesada,vehículosabordodecamiones,troncosotrozosdemadera,rollosdepapel,cableoalambreparausoindustrial,postes,varillas,viguetasdeacero,materiales,partesomódulosparaconstrucción,ganadoenpie.

CARGATIPOC:Comprendemercancíasaltamentepeligrosastalescomo:sustanciasy/oproductostóxicosy/ocorrosivos,inflamablesy/oexplosivos.

Adicionalmentecuandosetengacontratadaslascoberturasde Daños Materiales Pérdida Parcial o Pérdida Total, estacoberturaseextiendeacubrirlosDañosMaterialesdirectosalVehículoAseguradoocasionadosconlacargaquetransportaderivadosdelosriesgoscubiertosenlascoberturasdeDañosMateriales PérdidaParcial o PérdidaTotalbajo lasmismasbases,deduciblesyexclusionesestipuladasenlascoberturasdeDañosMaterialesPérdidaParcialoPérdidaTotal.

2.Exclusiones

Adicionalmentea loestipuladoenelcapítulo de "Exclusiones Generales"deestapóliza,lacoberturadeDañosporlaCargaenningúncasoampara:

a) Daños Ma t e r i a l e s , l e s i o n e scorporales o la muerte a tercerosocasionados con la carga quetransportacuandoestacorrespondaauntipodepeligrosidadmayoralquesetengacontratadoyqueseindicaenlacarátuladelapóliza.

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36Condiciones GeneralesCoberturas

b) Cualquier daño cuando el vehículoasegurado no cumpla con lasdisposiciones y normas de diseñoespecíficosparaeltransportedebienesmaterialesyresiduospeligrosos,asícomotambiénporelincumplimientoalasleyes,reglamentos,normasy/odisposicionesaplicablesaestetipodetransporte.

c) D a ñ o s M a t e r i a l e s , l e s i o n e scorporales o la muerte a tercerosocasionadosdurantelasmaniobrasde carga y descarga a menos quese tenga contratada la coberturacorrespondiente.

d) Los Daños Materiales al VehículoAsegurado ocasionados por supropiacarga,porriesgosdiferentesaloscubiertosenlascoberturasdeDaños Materiales Pérdida Parcial oPérdidaTotal.

n)ManiobrasdeCargayDescarga1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladela póliza, cubre los daños materiales directos al VehículoAsegurado,asícomolosdañosatercerosensusbienesy/opersonasocasionadosalmomentodeefectuarmaniobrasde carga, descarga o montaje de la mercancía ocupantedel Vehículo Asegurado, bajo las mismas bases, limites,deducibles y exclusiones establecidas en las coberturasde Daños Materiales Pérdida Parcial y Pérdida total yResponsabilidadCivilporDañosaTerceros,segúnsetengancontratadas.

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37Condiciones Generales

Coberturas

o) GastosMédicosalConductor1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,cubreelpagodeGastosMédicosporlosconceptosenunciadosenlacoberturadeGastosMédicosOcupantesoriginadospor lesionescorporalesquesufraelconductordelVehículoAsegurado,enaccidentesdetránsitoocurridosmientrasseencuentredentrodelcompartimiento,casetaocabinadestinadosaltransportedepersonas.

2. Límite máximo de responsabilidadEl límite máximo de Responsabilidad se establece en lacarátuladeestapólizayoperacomolímiteúnicoycombinadoparalosdiferentesriesgosamparados.

3. DeduciblesEstacoberturaoperasinlaaplicacióndeundeducible.

4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulode"ExclusionesGenerales"deestapóliza,lacoberturadeGastosMédicosalConductorenningúncasocubre:

a) LosGastosmédicosdelosocupantes,exceptolosdelconductor.

b) LosGastosMédicosenqueseincurraconmotivodelesionesquesufraelconductor del Vehículo Aseguradoderivadosderiñaaúncuandoseana consecuencia del accidente detránsito.

p) ResponsabilidadCivilOcupantes1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza, lacoberturadeResponsabilidadCivilOcupantescubrelaResponsabilidadCivilenqueincurraelAseguradoocualquierpersonaqueconsuconsentimientoexpresootácitouseelVehículoAseguradoyqueaconsecuenciadedichousocauselesionescorporalesolamuerteaocupantesdelVehículoAsegurado,incluyendolaindemnizaciónpordañomoralalaqueensucasoseacondenadoporlaautoridadcompetente.

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38Condiciones GeneralesCoberturas

Adicionalmente, y hasta por una cantidad igual al límitemáximoderesponsabilidad,estacoberturaseextiendeparaamparar losgastosycostasa losquefuerecondenadoelAseguradoocualquierpersonaqueconsuconsentimientoexpresootácitouseelVehículoAsegurado,encasodejuiciocivilseguidoensucontraconmotivodelaResponsabilidadCivilOcupantes.

2. Límite máximo de responsabilidadEllímitemáximoderesponsabilidadparaestacoberturaseestableceenlacarátuladeéstapólizayoperacomolímiteúnicoycombinadoparalosdiferentesriesgosamparadosenlacoberturadeResponsabilidadCivilporDañosaTerceros.

3. DeducibleEstacoberturaopera,conlaaplicacióndeldeduciblequesetengacontratadoenlacoberturadeResponsabilidadCivilporDañosaTerceros.

4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulo de “Exclusiones Generales”de estas Condiciones Generales, ya las Exclusiones Particulares de lacobertura de Responsabilidad Civilpor Daños a Terceros, la cobertura deResponsabilidad Civil Ocupantes enningúncasocubre:

a) Losdaños,lesionescorporalesolamuerte del cónyuge, concubino(a)opersonasquetenganrelacióndeparentescoenlínearectaascendenteo descendente hasta el segundogrado o en línea colateral hastael cuarto grado con el Asegurado,Propietario, Contratante y/oConductordelVehículoAsegurado.

b) LosdañosabienesdelosocupantesdelVehículoAsegurado.

c) Laslesionescorporalesolamuertede l Asegurado , P rop ietar io ,

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39Condiciones Generales

Coberturas

Contratante y/o Conductor delVehículoAsegurado.

d) Cualquierreconocimientodeadeudos,transaccioneso cualquierotroactodenaturalezasemejantecelebradoso concertados por el Asegurado,Propietario,Contratante,ApoderadoLegal y/o Conductor del VehículoAsegurado sin el conocimiento dela Compañía. La confesión de lamaterialidaddeunhechonopodráserequiparablealreconocimientodeunaresponsabilidadfrentealaautoridadrespectiva.

e) Losdaños,lesionescorporalesolamuertequesufranlosocupantesdelVehículo Asegurado derivados deriñaauncuandoseaaconsecuenciadelaccidentedetránsito.

f) Cuando el Vehículo Aseguradosea un automóvil de renta diaria,un autobús, un taxi o algún otrovehículo destinado al transportepúblicooprivadodepasajeros.

g) Losdaños, lesiones corporaleso lamuertequesufranlosocupantesdelVehículoAseguradocausadosporelremolque mientras sea arrastradoporelVehículoAsegurado.

h) Losdaños, lesiones corporaleso lamuerte que sufran los ocupantesdel Vehículo Asegurado cuando seexceda lacapacidadestablecidaenlaTarjetadeCirculacióndelVehículoAsegurado.

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40Condiciones GeneralesCoberturas

q) ResponsabilidadCivilporFallecimiento1. CoberturaEn caso de estar descrita como amparada en la carátulade lapóliza,cubre laResponsabilidadCivilenque incurrayde lacualresultecivilmenteresponsableelAseguradoocualquier persona que con su consentimiento expreso otácito,useelVehículoAseguradoycauselamuerteaTercerosy/u Ocupantes, cuando se haya contratado la coberturade Responsabilidad Civil Ocupantes, en este último caso,incluyendolaindemnizaciónpordañomoralalaqueensucasoseacondenadoporlaautoridadcompetente.

Adicionalmente, y hasta por una cantidad igual al límitemáximoderesponsabilidad,estacoberturaseextiendeparaamparar losgastosycostasa losquefuerecondenadoelAseguradoocualquierpersonaqueconsuconsentimientoexpresootácitouseelVehículoAsegurado,encasodejuiciocivilseguidoensucontraconmotivodelaResponsabilidadCivilporFallecimiento.

2. Límite máximo de responsabilidadEllímitemáximoderesponsabilidadparaestacoberturaseestablece en la carátulade estapóliza y opera en excesoa la suma asegurada de las coberturas contratadas deResponsabilidadCivil.

Encasodesiniestrosepodráhacerusodelasumaaseguradacontratada bajo esta cobertura una vez agotada la sumaaseguradadelascoberturascontratadasdeResponsabilidadCivil.

3. DeducibleEstacoberturaoperasinlaaplicacióndeundeducible.

4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulo de “Exclusiones Generales”deestasCondicionesGenerales, a lasExclusionesParticularesdelacoberturadeResponsabilidad CivilporDañosaTerceros, a lasExclusionesParticularesde la cobertura de ResponsabilidadCivil Ocupantes, la cobertura deResponsabilidadCivilporFallecimientoenningúncasocubre:

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a) Daños materiales a terceros y/uocupantesensusbienesy/olesionescorporales.

b) Daños, lesiones corporales o lamuertederivadosdelacoberturadeResponsabilidadCivilViajero.

r) ResponsabilidadCivilEcológica1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,cubrelaResponsabilidadCivilenqueincurraydelacualresultecivilmenteresponsableelAseguradoocualquierpersonaqueconsuconsentimientoexpresootácito,useelvehículoyqueaconsecuenciadedichousocause,con lacargaquetransporta,dañosalmedioambienteoriginadospor contaminación súbita e imprevista derivados de unacolisióny/ovuelcodelVehículoAsegurado.

Adicionalmente,estacoberturaincluyelosgastosdelimpiezay/oremociónqueporcontaminaciónseocasionen.

Las acciones preventivas tomadas en el momento paradisminuir el daño causado al medio ambiente por elcontratante,quedancubiertassiempreycuandosedeavisoalaCompañíayseinformeconanticipaciónlosimportesydesglosedelosmismos,encasocontrariolasaccionessonresponsabilidaddelcontratanteyoperahastaellímitedelacoberturaqueamparalaPólizacontratada.

Elcontratanteestáobligadoadarseguimientoalsiniestroque haya ocasionado daño ecológico, ante la autoridadquetengaconocimientodelmismo,quedandoobligadoainformaralacompañíacualquiertrámite,arregloogestión,yaseaporconductodelconductor,propietarioocontratantedelaunidadasegurada.

2. Límite máximo de responsabilidadEl Límite máximo de responsabilidad se establece en lacarátuladeestapólizayoperacomosumaaseguradaúnicaparalosdiferentesriesgosamparados.

3. DeducibleOperaelmontodededucibleestablecidoenlacarátuladeestapóliza.

Condiciones GeneralesCoberturas

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4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulode"ExclusionesGenerales"deestapóliza,ylasexclusionesparticularesde la cobertura de ResponsabilidadCivilporDañosaterceros;lacoberturaResponsabilidad Civil Ecológica enningúncasocubre:

a) C u a l q u i e r d a ñ o c u a n d o e lvehículo asegurado no cumplacon las disposiciones y normasde diseño específicos para eltransporte de bienes materialesy residuos peligrosos, así comotambién por el incumplimiento alas leyes, reglamentos,normasy/odisposicionesaplicablesaestetipodetransporte.

b) Falta de licencia para conducir y/opermisoparatransportarmaterialesyresiduospeligrosos,ambosemitidosporlaSecretaríadeComunicacionesyTransportesoautoridadcompetente.

El tipode licenciay/opermisoquerequiere el Asegurado o cualquierpersonaqueconsuconsentimientoexpreso o tácito, use el vehículo,deberá estar vigente al momentodel siniestro y deberá amparar lasfacultadesparaconducirel tipodeVehículoAseguradoy/otransportarmaterialesyresiduospeligrosos,deacuerdoconlasdisposicioneslegales,federalesolocalesdelestadodelaRepública Mexicana donde haya

Condiciones GeneralesDefiniciones

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sidoel lugardelsiniestro,vigentesalmomentodelsiniestro.

c) Cualquier daño cuando la cargatransportadacorrespondaauntipodepeligrosidadoriesgomayoralaque se tenga contratada y que seindicaenlacarátuladelapóliza.

d) Daños ocasionados durante lasmaniobras de carga y descarga amenos que se tenga contratada lacoberturacorrespondiente.

e) Pérdidas consecuenciales, comopérdidas de utilidades, pérdida deventasocualquierotrapérdidaqueno tenga relación con la coberturaamparada.

f) Cualquier daño provocado porderrame siempre que este no seaconsecuenciadirectade los riesgosamparadosporestacobertura.

s) ResponsabilidadCivilporAccidentesalosViajeros

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,cubreelpagodelasindemnizacionesporlasquefuerelegalmente responsable el Asegurado sobre los pasajeroso viajeros comoconsecuenciade lamuerteomenoscabode la saludocurridocomoconsecuenciadeaccidentesdetránsitoasícomoeldañoopérdidadesusequipajes,desdeelmomentodeabordarelvehículo,duranteeltrayectodelviaje yhastaquedesciendadeeste,no importandosi lasvíaspordondecirculaelvehículosonFederalesourbanas.

2. Límite máximo de responsabilidadEl límite máximo de responsabilidad se establece en lacarátulade lapólizaporcadaviajeroyoperacomo límiteúnicoycombinadoparalosdiferentesriesgosamparados,y

Condiciones GeneralesDefiniciones

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hastaelnúmeromáximodeviajerosautorizadosparacadatipodevehículo.

3. DeducibleEsta coberturaopera según lo especificadoen la carátuladelapóliza.

4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulo de "Exclusiones Generales"de esta pól iza, la cobertura deResponsabilidadCivilporAccidentesalosViajerosnocubre:

a) Accidentes, lesiones, inhabilitación,muerteuotrapérdidacausadadirectaoindirectamente,entodooenparte,por enfermedades corporales omentalesylesionesdiferentesaloscausadosporelaccidentedetránsitoo donde no haya responsabilidadplenadelcontratante.

b) Intento de suicidio o el suicidiocometidoenestadodeenajenaciónmentalono.

c) Accidente, lesión, inhabilitación,muerteuotrapérdidacausadadirectao indirectamente por tratamientomédico quirúrgico, con excepcióndel que resulte directamente deoperaciones quirúrgicas que sehagannecesarias.

d) Accidentes que sufran pasajeros alsubirobajardelvehículoasegurado,ya sea que se encuentre paradoo en movimiento, cuando dichosaccidentes se deban a culpa gravedelpasajero.

Condiciones GeneralesDefiniciones

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e) AccidentesquesufralatripulacióndelVehículoAseguradoytodotrabajadordelAsegurado,delalíneaoempresaprestataria del servicio, que viajeconmotivoderelacióndetrabajoycualquieradelosfamiliaresdeambosqueviajencomoacompañantes.

f) Losgastosoriginadospordemandasjudiciales o extrajudiciales promo-vidasencontradelAseguradoporsus víctimas, herederos legales opersonasqueseostentencomotales.

t) CeroDeducibleenPérdidaTotalporDañosMateriales

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza, la coberturaexentaráal aseguradodelpagodededuciblecontratadoenlacoberturadeDañosMaterialesPérdidaTotal.

2. Límite máximo de responsabilidadEllímitemáximoderesponsabilidaddelaCompañíanuncaexcederádelmontooporcentajedededuciblecontratadoenlacoberturadeDañosMaterialesPérdidaTotal,especificadoenlacarátuladelapóliza.

3. DeducibleEstacoberturaoperasinlaaplicacióndeundeducible.

4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulo de “Exclusiones Generales”de esta póliza, la cobertura de CeroDeducibleenPérdidaTotalporDañosMateriales,enningúncasocubre:

a) Lasexclusiones establecidas parala cobertura de Daños MaterialesPérdidaTotal.

Condiciones GeneralesDefiniciones

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2.2ExclusionesGenerales

AplicablesatodaslasCoberturas:

Este seguro en ningún caso cubre oampara:

1) Laspérdidas,dañosoresponsabilidadesqueseanobjetodealgunacoberturaquenohayasidocontratada.

2) Tampoco quedan cubiertas laspérdidasodañosquesufraocauseelvehículocomoconsecuenciadelassiguienteseventualidades:

a)Operacionesbélicas,yafuerandeguerraextranjeraodeguerracivil,insurrección,actosdesubversiónorebelióncontraelGobierno.

b) Cuando los bienes asegurados,sean objeto de expropiación,requisición,confiscación,incautacióno detención por las autoridadeslegalmentereconocidas,conmotivodelosprocedimientosenelejerciciodesusfunciones.

c)AccionesmilitaresojudicialesconosinconsentimientodelAsegurado,esdecir,nosecubriráningúndañooresponsabilidadcuandoelVehículoAseguradoseautilizadoparaejecutaractosdemilitaresojudiciales.

3) Cualquier tipo de perjuicio, gasto,pérdidaodañoindirectoquesufrael Asegurado y/o conductor por laprivacióndelusodelvehículo.

4) Cualquier daño material, pérdidao responsabilidad que resulte de

Condiciones GeneralesDefiniciones

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agravaciones esenciales del riesgocuando el Asegurado o Conductordel Vehículo Asegurado actúe demanera negligente efectuando uomitiendo actos que originen larealizacióndeunsiniestro.

5) PérdidasodañosquesufraelVehículoAsegurado por circular fuera decaminos transitables tal como sedefineenelcapítulo“Definiciones”deestasCondicionesGenerales.

6) DañosaTerceroscuandoelVehículoAsegurado participe en prácticas ocompetencias automovilísticas develocidad o de resistencia, fuera odentrodelasvíaspúblicas,yaseadeaficionadosoprofesionales.

7) DañosquesufraocauseelVehículoAsegurado, cuando éste seaconducidoporpersonaquecarezcadelicenciaparaconducirelvehículo,expedidaporautoridadcompetenteoquedichalicencia,noseadeltipoindicado(placasyuso)paraconducirelVehículoAsegurado.

Los permisos para conducir expe-didos conforme las disposicionesde l Reg lamento de Tráns i tocorrespondiente,seránconsideradoscomolicencias.

8) Daños,pérdidasoresponsabilidadescuando la descripción del vehículoque aparezca en la carátula de lapóliza, no corresponda a los delVehículoAseguradoenelmomento

Condiciones GeneralesDefiniciones

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del siniestro, o en su gestión decomprobación.

Esta exclusión no aplicará para laCoberturadeExtensióndeCoberturadeResponsabilidadCivilporDañosaTerceros.

9) Envehículosdecargaotransportepúblicodepasajeros,laspérdidasodañosquesufraocauseelvehículocuandoelconductorseencuentreenestadodeebriedad,amenosquenopuedaserimputadaalconductorlaculpa,impericiaonegligenciagravesenlarealizacióndelsiniestro.

10)Envehículosdecargaotransportepúblicodepasajeroslaspérdidasodañosquesufraocauseelvehículocuando el conductor se encuentrebajoelefectodeestupefacientesyenervantes,amenosquehayansidoprescritosporunmédico.

11)Todaslassancionesy/omultasqueprocedandelafaltadesometimientoo incumplimiento del Aseguradoante el juez cívico y/o de paz civilcompetente en el procedimientorespectivo.

12)Las pérdidas o daños que sufrao cause el Vehículo Aseguradocuando,almomentodelsiniestro,nocumplaconlasdisposicioneslegales,federales o locales, referentes aPesos y Dimensiones emitidos porautoridadcompetente.

Condiciones GeneralesDefiniciones

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49Condiciones Generales

Estipulaciones de la Póliza de Seguro

a) VersióndelaPóliza

Lasmodificacionesquesehaganalpresentecontrato,conposterioridadalafechadeiniciodesuvigencia,constaránenversionessubsecuentes,conservándoseelmismonúmerodepólizayadicionandoaéstaelnúmerodeversiónconsecutivoquecorresponda.

Lavigenciadeestecontratoeslaqueseindicaenlapóliza,lacual,apeticióndelContratante,Aseguradoorepresentantelegal,ypreviaaceptacióndelaCompañía,podrárenovarseoprorrogarsemediantelaexpedicióndelaversiónsubsecuentedelamisma,deacuerdoconloindicadoenelpárrafoanterior.Endichaversiónconstaránlostérminosylavigenciadelarenovaciónoprórroga.

Loscambiosquesehaganalcontrato,yqueseconstatenencadanuevaversión,surtiránefectoslegalesentérminosdeloestablecidoporlosartículos25y40delaLeySobreelContratodeSeguro,quedandosinefectoslegalestodaslasversionesanterioresqueobrenenpoderdelContratante,salvolasestipulacionesquenohayansidomodificadas,lascualesseránreproducidasensutotalidadenlanuevaversión,noaplicandoparaellasloestablecidoenlospreceptoslegalesqueseindicanenestacláusula.

b) PrincipioyTerminacióndevigencia

Lavigenciadeestapólizaprincipiayterminaenlafechayhora indicadaen lacarátulade lamisma,salvoqueexistaunanuevaversióndedichapóliza.

c) SumasAseguradasyBasesdeIndemnización

Artículo 86 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro:“Enelsegurocontralosdaños,laempresaaseguradorarespondesolamenteporeldañocausadohastaellímitedelasumaydelvalorrealasegurados.Laempresaresponderádelapérdidadelprovechoointerésqueseobtengadelacosaasegurada,siasíseconvieneexpresamente”.

Artículo 91 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Parafijarlaindemnizacióndelsegurosetendráencuentaelvalordelinterésaseguradoenelmomentoderealizacióndelsiniestro.”

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50Condiciones GeneralesEstipulacionesdelaPólizadeSeguro

1) Será responsabilidad del Asegurado la fijación y actualización de las Sumas Aseguradas de las coberturas que se indican en la carátula de esta póliza y que constituyen la máxima responsabilidad que, en caso de siniestro está a cargo de la Compañía.

Cabe aclarar que las sumas aseguradas de todas lascoberturasyopcionesincluyenimpuestos(I.V.A.ylosdemásimpuestosquecorrespondan).

2) Para el caso de las coberturas de Daños Materiales Pérdida Parcial, Daños Materiales Pérdida Total y Robo Total, según se determina en la carátula de esta póliza, la Suma Asegurada se establece en función a los siguientes criteriosa) Vehículos Residentes:Para vehículos de fabricación nacional o importadosque sean vendidos por armadoras reconocidas y cuyamarca, tipo,descripciónymodelose incluyen en lastarifas simplificadas que emite la Compañía, la SumaAseguradacorresponderáalValorComercialalafechadelsiniestrooalValorConvenidosegúnsedefineenelcapítulo"Definiciones"deestasCondicionesGenerales.

Para vehículosúltimomodelode fabricaciónnacional,o importados que sean vendidos por armadorasreconocidas y para cuya marca, tipo, descripción ymodelono seencuentrepublicadoelValorComercialdelmismoenlasguíasespecializadas,segúnsedescribeen el capítulo “Definiciones” de estas CondicionesGenerales,laSumaAseguradacorresponderáalvalordenuevo(preciodelistapublicadoporlaGuíaEBC)menosla depreciación que por uso le corresponda entre lafechadecompradelvehículoylafechadelsiniestro.Losporcentajesdedepreciaciónqueseaplicaránseránun10%inicialmásun1.25%paralosmesessubsecuentesapartirdelsegundomes.

b) Vehículos Fronterizos e Importados:ParavehículosdentrodelosEstadosdeBajaCalifornia,Baja California Sur y Sonora, la Suma Aseguradacorresponderáalvalordemayoreo(wholesale),delKelleyBlueBook,AutoMarketReportpublicadoporKelleyBlueBookCo.,deCalifornia,EstadosUnidosdeNorteamérica,paraelrestodelosEstadosfronterizosseaplicaráelvalordemayoreodelaguíaNADA(OfficialOlderUsedCarGuide),correspondientealaregión.Enamboscasosseaplicarálaguíaqueseencuentrevigenteenlafechadelsiniestro.

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51Condiciones Generales

EstipulacionesdelaPólizadeSeguro

c) Motocicletas, microbuses, minibuses y autobuses:Paramotocicletas,microbuses,minibusesyautobuses,Nacionales o Importados, la Suma Asegurada enla emisión corresponderá al valor declarado por elAseguradoy,encasodesiniestro,elvaloraindemnizarseráésta,sinexcederdelValorComercialquetengaelvehículoalmomentodelsiniestro,segúnsedefineenelcapítulo“Definiciones”deestasCondicionesGenerales.

d) Vehículos Residentes a Valor Factura:Para los vehículos último modelo que así lo solicitenal momento de la emisión, si esto ocurre durantelos primeros 90 días de expedida su factura, podráestablecerse el importe de dicha factura como SumaAsegurada.

EnaquellosvehículosquesehayaestablecidounmontocomoSumaAseguradaenlacarátuladeestapóliza,dichomontose respetará comoelValorComercialdurantetoda su vigencia, tratándose de pólizas multianualesesta condición operará solo durante su 1er. Año devigencia,paralosañossubsecuenteslaSumaAseguradacorresponderáalValorComercialalafechadelsiniestrosegúnsedefineenelcapítulo“Definiciones”deestasCondicionesGenerales.

e) Vehículos Antiguos y Clásicos:Para aquellos vehículos que de acuerdo a suscaracterísticas o antigüedad son considerados como“AntiguosyClásicos”,segúnsedefineenelcapítulo“Definiciones”deestaPóliza,laSumaAseguradatantoen la contratación como en caso de siniestro estarádeterminada por avalúo realizado a través de peritosvaluadores.

f) Transporte Público de Pasajeros:Sonlosvehículosaéreos,marítimosyterrestreslegalmenteautorizados por la Secretaria de Comunicaciones yTransportes,paraeltransportedepasajerosyquetienenunarutafijaeitinerariosestablecidos.

Paraaquellosvehículoscuyousoseaeltransportepúblicodepasajeros,laSumaAseguradacorresponderáal80%delvalorcomercialalafechadelsiniestro,segúnsedefineenelcapítulo“Definiciones”deestapóliza.

g) Camiones y Tractocamiones:ParaCamionesyTractocamionesdefabricaciónnacionalo importados que sean vendidos por armadorasreconocidas y cuya marca, tipo, descripción y modelose incluyen en las tarifas simplificadas que emite laCompañía, laSumaAseguradacorresponderáalValorComercialalafechadelsiniestrooalValorConvenido,segúnsedefineenelcapítulo"Definiciones”deestasCondicionesGenerales.

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52Condiciones GeneralesEstipulacionesdelaPólizadeSeguro

3) Reinstalación de Sumas AseguradasLasSumasAseguradasdelascoberturascontratadasenestapóliza,sereinstalaránautomáticamentecuandohayansidoreducidas por el pago de cualquier indemnización parcialefectuadapor laCompañía,siempreycuandohayansidooriginadasporlaocurrenciadeeventosdiferentes.

EstareinstalaciónnooperaenlascoberturasdeAdaptaciones,ConversionesyEquipoEspecial;AccidentesAutomovilísticosalConductor,asícomoenlascoberturasdondeseexcluyaexpresamente.

4) Bases de IndemnizaciónUna vez que se haya cumplido con lo establecido en elcapítulo “Procedimientos en caso de siniestro” de estasCondiciones Generales, la Compañía tendrá la obligacióndeindemnizarconbaseenlosiguiente:

a) Indemnización de Daños Materiales por Pérdidas Parciales:CuandosedeclarelaPérdidaParcialdeacuerdoconladefiniciónestipuladaenelcapítulo“Definiciones”deestasCondicionesGenerales, la indemnizacióncomprenderáelvalorfacturaderefaccionesymanodeobramáslosimpuestosqueensucasogenerenlosmismos,menoselmontodeldeduciblequecorresponda.

Solamenteenllantasymotoresqueresultendañadosensiniestrosamparados,seaplicarádepreciaciónodeméritoporusodeacuerdoalasiguientetablayfórmula:

Vida Útil Promedio

Volkswagen 125,000km

Chrysler 180,000km

GeneralMotors 150,000km

Ford 160,000km

Nissan 165,000km

Importados 200,000km

MotocicletasBMW,Carabella,Ducati,Harley-Davison,Honda,Kawasaki,Piaggio,Suzuki,Yamaha 80,000km

RestoMotocicletas 50,000km

Depreciación= *100%

En el caso de depreciación o demérito de llantas, enningúncasoexcederádel30%delvalordeéstas.

KilometrajedeUso

VidaÚtilPromedio

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53Condiciones Generales

EstipulacionesdelaPólizadeSeguro

Una vez realizada la valuación, según se define en elcapítulo“Procedimientosencasodesiniestro”deestasCondiciones Generales, el asegurado podrá optar poralgunadelassiguientesopciones:

a.1)LareparacióndelvehículoenalgúntallerpertenecientealareddeproveedoresdelaCompañía.

a.2)Elpagodedaños,deacuerdoalmontoqueresultedelavaluacióndelaCompañía.Enestecaso,elaseguradopodráenviarsuvehículoareparaciónencualquieradelostallerespertenecientesalareddeproveedoresdela

Compañía,quedandoelaseguradocomoresponsablededarelseguimientoquecorrespondaalareparacióneneltallerquehubieseelegido,todavezquelaCompañíacubriósuresponsabilidadmediantelaindemnizaciónalasegurado.

b) Daños Materiales por Pérdidas Totales:Cuando se declare la Pérdida Total de acuerdo conla definición establecida en el capítulo “Definiciones”,deestasCondiciones Generalesy laSumaAseguradahubiera sido determinada en función a lo establecidoenelpunto2delapartado“SumasAseguradasyBasesdeIndemnización”,deestasCondicionesGenerales, laindemnización comprenderá el valor del vehículo, delvehículo,quecorresponderáalValorComercialalafechadelsiniestro,oalaSumaAseguradacorrespondientealValorFacturaoalValorConvenido,segúnseindiqueenlacarátulade lapóliza,menoselmontodeldeduciblecorrespondiente,menoselvalordelsalvamentorespectivo.

EncasodequelaCompañíaadquieraelsalvamentodelAsegurado,éstapagaráenunasolaexhibición,demaneraconjunta, la indemnización determinada conforme alpárrafoanterior,asícomoelimportecorrespondientealpreciodeterminadoparaelsalvamento,deacuerdoalvalordeterminadosegúnestimaciónpericialrealizadaentérminosdelartículo116delaLeysobreelContratodeSegurooalanálisisdelapérdidaquelaCompañíatengaimplementada.Lasumadelaindemnizaciónyelpagodelsalvamento,alaquesedeberádescontareldeducible,nodeberáexcederdelValorComercial,ValorConvenidooelValorFactura,segúncorresponda,queseconsignaenlacarátuladelapóliza.

En la valuación pericial o en el análisis de la pérdida,ademásdeloselementospropiosdelaestimacióndelapérdidaoelsiniestrosufridoporelasegurado,constaráel valor de adquisición del salvamento. La Compañíautilizaráparadichavaluación,lasreferenciasqueparalacompraventadevehículosexistanenelmercado.

Alpagarelvalordelsalvamento,determinadomediantelamencionada valuaciónpericialoanálisisdepérdida

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alAsegurado,laCompañíaserálapropietariadedichosalvamento y dispondrá de él, a excepción del equipoespecialquenoestébajolacoberturadelseguro,comoloconsignaelartículo116de laLeysobreelContratodeSeguro.

Elvalordelsalvamento,nopodráexcederdeladiferenciaentre la suma asegurada y el importe equivalente alporcentajedeldañotomadoencuentaparadeterminarlapérdidatotaldelvehículoporpartedelaCompañía.

Artículo 116 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Laempresapodráadquirirlosefectossalvados,siemprequeabonealaseguradosuvalorrealsegúnestimaciónpericial.

Podrá también reponer o reparar a satisfacción delasegurado la cosa asegurada, liberándose así de laindemnización”.

Para vehículos fronterizos, importados, motocicletas,microbuses,minibuses,autobuses,antiguosyclásicos,en caso de que la Suma Asegurada no hubiera sidodeterminadasiguiendoloslineamientosdelpunto2delapartado“SumasAseguradasyBasesdeIndemnización”,deestasCondicionesGenerales,lamáximaindemnizaciónseráelmínimoentreelvalordefinidoenelpunto2delapartado“SumasAseguradasyBasesdeIndemnización”,deestasCondicionesGenerales,aplicandoellineamientocorrespondiente, y la Suma Asegurada contratada,considerando, en su caso, la devolución de la primapagadaenexceso.

c) Robo Total:c.1)Sielvehículonoesrecuperadoenunplazode30díasposterioresalRobo,laindemnizacióncomprenderáel valor del vehículo, que corresponderá al ValorComercialalafechadelsiniestrooalaSumaAseguradaCorrespondientealValorConvenidooalValorFacturasegúnseindiqueenlacarátuladelapóliza,menoselmontodeldeduciblecorrespondiente,menoselvalordelsalvamentorespectivo.

c.2)Sielvehículoesrecuperadoenunplazode30díasposterioresalRoboyaconsecuenciadeésteelvehículosufriera daños que determinen declarar Pérdida Total,deacuerdocon ladefiniciónestablecidaenelcapítulo“Definiciones”, la indemnizacióncomprenderáel valordelvehículo,quecorresponderáalValorComercialalafechadelsiniestrooalaSumaAseguradacorrespondientealValorConvenidooalValorFactura,segúnseindiqueenlacarátuladelapóliza,menoselmontodeldeduciblecorrespondiente,menoselvalordelsalvamentorespectivo.

EncasodequelaCompañíaadquieraelsalvamentodelAsegurado,éstapagaráenunasolaexhibición,demaneraconjunta, la indemnización determinada conforme al

Condiciones GeneralesEstipulacionesdelaPólizadeSeguro

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párrafoanterior,asícomoelimportecorrespondientealpreciodeterminadopara el salvamento, de acuerdo alvalordeterminadosegúnestimaciónpericialrealizadaentérminosdelartículo116delaLeysobreelContratodeSegurooalanálisisdelapérdidaquelaCompañíatengaimplementada.

Lasumadelaindemnizaciónyelpagodelsalvamento,a la que se deberá descontar el deducible, no deberáexceder del Valor Convenido, Valor Comercial o ValorFactura,segúncorresponda,queseconsignaenlacarátuladelapóliza.

En la valuación pericial o en el análisis de la pérdida,ademásdeloselementospropiosdelaestimacióndelapérdidaoelsiniestrosufridoporelasegurado,constaráel valor de adquisición del salvamento. La Compañíautilizaráparadichavaluación,lasreferenciasqueparalacompraventadevehículosexistanenelmercado.

Alpagarelvalordelsalvamento,determinadomediantelamencionadavaluaciónpericialoanálisisdepérdida,alAsegurado,laCompañíaserálapropietariadedichosalvamento y dispondrá de él, a excepción del equipoespecialquenoestébajolacoberturadelseguro,comoloconsignaelartículo116de laLeysobreelContratodeSeguro.

Elvalordelsalvamento,nopodráexcederdeladiferenciaentre la suma asegurada y el importe equivalente alporcentajedeldañotomadoencuentaparadeterminarlapérdidatotaldelvehículoporpartedelaCompañía.

Artículo 116 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Laempresapodráadquirirlosefectossalvados,siemprequeabonealaseguradosuvalorrealsegúnestimaciónpericial.Podrátambiénreponerorepararasatisfaccióndelaseguradolacosaasegurada,liberándoseasídelaindemnización”.

Para vehículos fronterizos, importados, motocicletas,microbuses, minibuses, autobuses, antiguos y clásicos,en caso de que la Suma Asegurada no hubiera sidodeterminadasiguiendoloslineamientosdelpunto2delapartado“SumasAseguradasyBasesdeIndemnización”,deestasCondicionesGenerales,lamáximaindemnizaciónseráelmínimoentreelvalordefinidoenelpunto2delapartado“SumasAseguradasyBasesdeIndemnización”,deestasCondicionesGenerales,aplicandoellineamientocorrespondiente, y la Suma Asegurada contratada,considerando, en su caso, la devolución de la primapagadaenexceso.

d) Pólizas con Vigencias Multianuales:TantoenPérdidasParcialescomoenPérdidasTotales,seaplicaráloindicadoenlosincisosaybdelpunto4“BasesdeIndemnización”deestasCondicionesGenerales.

Condiciones GeneralesEstipulacionesdelaPólizadeSeguro

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5) RecuperacionesEncasodequelaindemnizaciónselleveacabodeacuerdoalincisoc.1)delaparte4)BasesdeIndemnizacióndeestasCondiciones Generales, la Compañía tendrá derecho adisponerdecualquierrecuperación,conexcepcióndelequipoespecial, adaptaciones o conversiones que no estuviereasegurado.

EnvirtuddequelapartequesoportaelAseguradoesporconcepto de deducible, el importe de la recuperación seaplicará,enprimer términoacubrir lapartequeerogó laCompañíayelremanente,si lohubiere,corresponderáalAsegurado.

6) Gastos de TrasladoEn caso de siniestro que amerite indemnización en lostérminos de las coberturas de Daños Materiales PérdidaParcial o Daños Materiales Pérdida Total de la presentepóliza, la Compañía se hará cargo de las maniobras ygastoscorrespondientesparaponerelVehículoAseguradoen condiciones de traslado, así como de los costos queimpliqueelmismo.

SielAseguradooptaportrasladarloaunlugardistintodelelegido por la Compañía, ésta sólo responderá por esteconcepto,hastapor lacantidadequivalentea30díasdesalario mínimo general vigente en el Distrito Federal almomentodelsiniestro.

Losgastosdetrasladonooperaráncuandoeldañoamparadoporlacoberturaafectadanorebaseelmontodeldeduciblecorrespondiente.

7) PensionesEnsiniestrosenlosquelaUnidadAseguradaseadecretadaPérdidaTotal,cuandoelvehículohayasidodetenidoenalgúndepósitodevehículosocorralónpropiedaddelaautoridadode laCompañía, elAseguradodisponedeunplazode30díasnaturales,contadosapartirdelanotificacióndelaCompañía,paralaentregafísicadelvehículoydocumentosdepropiedadenlasinstalacionesdelamisma.

Encasodenocumplirseconloseñaladoenelpárrafoanterior,porcausasimputablesalAsegurado,ésteasumiráelcostoporpensiónqueimpliquelaestadía,arazóndeundíadesalariomínimogeneralvigenteenelDistritoFederalporcadadíaenexcesodelosprimeros30.

8) Indemnización por moraSilaCompañíanocumpleconsuobligaciónindemnizatoriadentro de los 30 días siguientes a la fecha en que hayarecibido losdocumentose informacionesque lepermitanconocer el fundamento de la reclamación, pagará una

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indemnización por mora calculado de acuerdo con lodispuestoenartículo135bisdelaLeyGeneraldeInstitucionesySociedadesMutualistasdeSeguros.

Artículo 135 Bis de La Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros:“Si laempresadeseguros no cumple con las obligaciones asumidas en elcontratodeseguroalhacerseexigibleslegalmente,deberápagaralacreedorunaindemnizaciónpormoradeacuerdoconlosiguiente:

I.-LasobligacionesenmonedanacionalsedenominaránenUnidadesdeInversión,alvalordeéstasenlafechadesuexigibilidadlegalysupagoseharáenmonedanacionalalvalorquelasUnidadesdeInversióntenganalafechaenqueseefectúeelmismo.

Además, la empresa de seguros pagará un interésmoratoriosobrelaobligacióndenominadaenUnidadesdeInversiónconformealodispuestoenelpárrafoanterior,cuyatasaseráigualalresultadodemultiplicarpor1.25elcostodecaptaciónaplazodepasivosdenominadosenUnidadesdeInversióndelasinstitucionesdebancamúltipledelpaís,publicadoporelBancodeMéxicoenelDiarioOficialdelaFederación,correspondienteacadaunodelosmesesenqueexistamora.

II.- Cuando la obligación principal se denomine enmoneda extranjera, adicionalmente al pago de esaobligación, la empresa de seguros estará obligada apagaruninterésmoratorioquesecalcularáaplicandoalmontodelapropiaobligación,elporcentajequeresultedemultiplicarpor1.25elcostodecaptaciónaplazodepasivosdenominadosendólaresdelosEstadosUnidosdeAmérica,delasinstitucionesdebancamúltipledelpaís,publicadoporelBancodeMéxicoenelDiarioOficialdelaFederación,correspondienteacadaunodelosmesesenqueexistamora.

III.-Encasodequenosepubliquenlastasasdereferenciapara el cálculo del interés moratorio a que aluden lasfraccionesIyIIdeesteartículo,elmismosecomputarámultiplicandopor1.25latasaquelassustituya,conformealasdisposicionesaplicables.

IV.- En todos los casos, los intereses moratorios segeneraránpordía,desdeaquélenquesehagaexigiblelegalmentelaobligaciónprincipalyhastaeldíainmediatoanterioraaquélenqueseefectúeelpago.Parasucálculo,lastasasdereferenciadeberándividirseentretrescientossesentaycincoymultiplicarelresultadoporelnúmerodedíascorrespondientesalosmesesenquepersistaelincumplimiento.

Condiciones GeneralesEstipulacionesdelaPólizadeSeguro

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V.- En caso de reparación o reposición del objetosiniestrado, la indemnizaciónpormoraconsistiráenelpagodel interés correspondiente a lamoneda enquesehayadenominadolaobligaciónprincipalconformealasfraccionesIyIIdeesteartículoysecalcularásobreelimportedelcostodelareparaciónoreposición.

VI.-Son irrenunciables losderechosdel acreedora lasprestacionesindemnizatoriasestablecidasenesteartículo.Elpactoquepretendaextinguirlosoreducirlosnosurtiráefecto legal alguno. Estos derechos surgirán por elsolotranscursodelplazoestablecidoporlaLeyparalaexigibilidaddelaobligaciónprincipal,aunqueéstanosealíquidaenesemomento.Unavezfijadoelmontodelaobligaciónprincipalconformealopactadoporlaspartesoenlaresolucióndefinitivadictadaenjuicioanteeljuezoárbitro, lasprestaciones indemnizatoriasestablecidasen este artículo deberán ser cubiertas por la empresadesegurossobreelmontodelaobligaciónprincipalasídeterminado.

VII.- Si en el juicio respectivo resulta procedente lareclamación,auncuandonosehubieredemandadoelpagodelasprestacionesindemnizatoriasestablecidasenesteartículo,eljuezoárbitroademásdelaobligaciónprincipal,deberácondenaraldeudoraquetambiéncubraesasprestacionesconformealasfraccionesprecedentes.

VIII.-Si laempresade seguros,dentrode losplazosytérminoslegales,nocumpleconlasobligacionesasumidasenelcontratodeseguro,laComisiónNacionaldeSegurosyFianzasleimpondráunamultademiladiezmildíasde salario, yencasode reincidencia se le revocará laautorizacióncorrespondiente”.

d) Obligacióndelpagodelasprimasdelapóliza

1) PrimaLaprimavenceypodráserpagadaenelmomentodelacelebracióndelcontrato.

SielAseguradooptaporelpagofraccionadodelaprima,lasexhibicionesdeberánserporperíodosdeigualduraciónvenciendoaliniciodecadaperíodopactadoyaplicandolatasadefinanciamientoconvenida.

Encasodesiniestroqueimpliquepérdidatotal,laCompañíadeducirá de la indemnización debida al Asegurado oContratante,el totalde laprimapendientedepagoo lasfraccionesdeéstanoliquidadasdelriesgoafectado,hastacompletar la prima correspondiente al período de segurocontratado.

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2) Cesación de los efectos del contrato por falta de pago

Artículo 40 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro:“Sinohubiesesidopagadalaprimaolafraccióncorrespondiente,en loscasosdepagoenparcialidades,dentrodeltérminoconvenido,losefectosdelcontratocesaránautomáticamentealasdocehorasdelúltimodíadeeseplazo.Encasodequenosehayaconvenidoeltérmino,seaplicaráunplazodetreintadíasnaturalessiguientesalafechadesuvencimiento”.

Artículo 150 Bis de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Lossegurosde responsabilidadquepordisposición legaltenganelcarácterdeobligatorios,nopodráncesarensusefectos,rescindirse,nidarseporterminadosconanterioridadalafechadeterminacióndesuvigencia.

Cuando la empresa pague por cuenta del Asegurado laindemnizaciónqueéstedebaaun terceroa causadeundañoprevistoenelcontratoycompruebequeelContratanteincurrióenomisionesoinexactasdeclaracionesdeloshechosaqueserefierenlosartículos8,9,10y70delapresenteLey,oenagravaciónesencialdelriesgoenlostérminosdelosartículos52y53delamisma,estaráfacultadaparaexigirdirectamentealContratanteelreembolsodelopagado”.

3) Lugar de pagoLasprimasconvenidasdeberánserpagadasenlasoficinasdelaCompañíacontraentregadelrecibocorrespondiente.

e) Pérdidadelderechoaserindemnizado

Las obligaciones de la Compañía quedan extintas en lossiguientescasos:

1) Si se demuestra que el Asegurado, el beneficiario o sus representantes, con el fin de hacer que la Compañía incurra en error, disimule o declare inexactamente hechos o acontecimientos que excluyan o puedan restringir dichas obligaciones, al momento de la suscripción de acuerdo a lo establecido por los Artículos 8, 9, 10, 47 y 48 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.

Artículo 8 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Elproponenteestaráobligadoadeclararporescritoalaempresaaseguradora,deacuerdoconelcuestionariorelativo,todosloshechosimportantesparalaapreciacióndelriesgoquepuedaninfluirenlascondicionesconvenidas,talescomolosconozcaodebaconocerenelmomentodelacelebracióndelcontrato”.

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Artículo 9 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “SielcontratosecelebraporunrepresentantedelAsegurado,deberándeclararsetodosloshechosimportantesqueseanodebanserconocidosdelrepresentanteydelrepresentado”.

Artículo 10 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Cuandoseproponga unseguroporcuentadeotro,elproponentedeberádeclarartodosloshechosimportantesqueseanodebanserconocidosdelterceroaseguradoodesuintermediario”.

Artículo 47 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro:“Cualquier omisión o inexacta declaración de los hechosaqueserefierenlosartículos8,9y10delapresenteley,facultaráalaempresaaseguradoraparaconsiderarrescindidodeplenoderechoelcontrato,aunquenohayaninfluidoenlarealizacióndelsiniestro”.

Artículo 48 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro:“Laempresaaseguradora comunicará en formaauténticaalAseguradooasusbeneficiarios, larescisióndelcontrato,dentro de lostreinta díasnaturalessiguientesa la fechaen que la propia empresa conozca la omisión o inexactadeclaración”.

2) Si hubiere en el siniestro dolo o mala fe del Asegurado, beneficiario o sus representantes.

3) Si se demuestra que el Asegurado, beneficiario o sus representantes, no proporcionan oportunamente la información que la Compañía solicite sobre los hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo.

4) Si con el fin de obtener un provecho ilícito, en exceso de los costos usuales y acostumbrados derivados de los honorarios y gastos médicos en que incurra el Asegurado, beneficiario o su representante de acuerdo o no con el prestador del servicio médico, incrementan de manera excesiva el monto de la reclamación.

5) Por impedir la subrogación prevista en el Art.111 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, la Compañía en ningún caso indemnizará cuando los documentos de propiedad del vehículo no sean presentados a la Compañía o resulten apócrifos, alterados o que de ellos se desprendan errores u omisiones que puedan ser materia de confusiones respecto a la legitimidad del vehículo y/o sus documentos.

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f)Terminaciónanticipadadelcontrato

Estecontratopodrádarseporterminadoanticipadamenteporcualquieradelaspartes,AseguradooCompañía,yporlaPérdidaTotaldelVehículoAsegurado.

1) Por parte del Asegurado. En el caso de que la solicitud de cancelación se dé porpartedelAsegurado,elcontratoseconsideraráterminadoanticipadamenteapartirdelafechaenquelaCompañíaseaenteradaporescritodelasolicituddecancelación.EnestecasoelAseguradotendráderechoaladevolucióndelaprimanodevengadacorrespondientealriesgonotranscurridoalafechadecancelacióndelapóliza,calculadasobrelasbasesregistradasporlaCompañíaantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,deacuerdoalasiguientetabla:

Tabladecancelaciónanticipada

DíasTranscurridos* Porcentaje de Prima adevolveralAsegurado

01-30 88%

31-60 80%

61-90 72%

91-120 64%

121-150 56%

151-180 48%

181-210 40%

211-240 32%

241-270 24%

271-300 16%

301-330 8%

331-Enadelante 0%

*EntreeliniciodevigenciadelcontratohastaelmomentodecancelacióndelContrato.

2) Por parte de la CompañíaLa Compañía notificará por escrito al Asegurado laterminaciónanticipadadelcontratodeseguroyéstasurtiráefectodespuésde15díasdepracticadadichanotificación

Condiciones GeneralesEstipulacionesdelaPólizadeSeguro

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Enestecaso,elAseguradotendráderechoaladevoluciónde la prima no devengada correspondiente al riesgo notranscurridoalafechaenquesurtiráefectoslacancelacióndelcontratodeseguro,calculadasobrelasbasesregistradasporlaCompañíaantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas.

3) Por la declaración de Pérdida Total3.1)SiniestroNoAmparadoporlaPóliza

Cuando la Pérdida Total ocurra a consecuencia de unsiniestro no amparado por el contrato de seguro, elAseguradotendráderechoa ladevoluciónde laprimanodevengadacorrespondientealriesgonotranscurridoa la fecha en que ocurrió el siniestro que originó laPérdidaTotal,calculadasobrelasbasesregistradasporlaCompañíaantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas.

3.2)SiniestroAmparadoporlaPóliza

Cuando la Pérdida Total ocurra a consecuencia deun siniestro amparado por el contrato de seguro, elAseguradotendráderechoaladevolucióndelaprimanodevengadacorrespondientealriesgonotranscurridoa la fecha en que ocurrió el siniestro que originó laPérdidaTotal,calculadasobrelasbasesregistradasporlaCompañíaantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas.

Dicha devolución será aplicable únicamente a lascoberturasquenoseafectaronenelsiniestroqueoriginólaPérdidaTotal.

Laprimaconsideradaentodosloscasos,eslaprimanetadetarifamenoselcostodeadquisición.

En ninguno de los casos anteriores se realizará ladevolución de los gastos de expedición (Derecho dePóliza).

g) Prescripción

Todaslasaccionesquesederivendeestecontratodeseguroprescribiránendosaños,contadosenlostérminosdelArtículo81de laLeySobreelContratodeSeguro,desde la fechadelacontecimientoque lesdioorigen, salvo loscasosdeexcepciónconsignadosenelArtículo82delamismaLey.

Artículo 81 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Todaslasaccionesquesederivendeuncontratodeseguroprescribirán:

I.- En cinco años, tratándose de la cobertura defallecimientoenlossegurosdevida.

II.-Endosaños,enlosdemáscasos.

Entodosloscasos,losplazosseráncontadosdesdelafechadelacontecimientoquelesdioorigen.”

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Artículo 82 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Elplazodequetrataelartículoanteriornocorreráencasodeomisión, falsas o inexactas declaraciones sobre el riesgocorrido, sinodesdeel día enque la empresahaya tenidoconocimientodeél;ysisetratadelarealizacióndelsiniestro,desde el día en que haya llegado a conocimiento de losinteresados,quienesdeberándemostrarquehastaentoncesignorabandicharealización.

TratándosedeTercerosbeneficiariossenecesitará,además,queéstostenganconocimientodelderechoconstituidoasufavor”.

La prescripción se interrumpirá no solo por las causasordinarias,sinotambiénporaquellasaqueserefierelaLeydeProtecciónyDefensaalUsuariodeServiciosFinancieros.

h) Competencia

En caso de controversia, el Contratante, Asegurado y/oBeneficiario,podránhacervalersusderechosenlostérminosprevistospor laLeydeProtecciónyDefensaalUsuariodeServicios Financieros y la Ley General de Instituciones ySociedadesMutualistasdeSeguros.

Encasodequeel reclamanteoptepor demandar,podráacudirantelosTribunalescompetentesdelaJurisdicciónquecorrespondaacualquieradelosdomiciliosdelasDelegacionesRegionalesdelaComisiónNacionalparalaProtecciónyDefensadelosUsuariosdeServiciosFinancieros.

i) Subrogación

LaCompañíasesubrogaráentérminosdelodescritoporelartículo111delaLeySobreelContratodelSeguro:

Artículo 111 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Laempresa aseguradoraquepague la indemnización sesubrogaráhastalacantidadpagada,entodoslosderechosyaccionescontratercerosqueporcausadeldañosufridocorrespondanalasegurado.”

j) Comisiones

Durante la vigencia de la póliza, el contratante podrásolicitarporescritoalainstituciónleinformeelporcentajedelaprimaque,porconceptodecomisiónocompensacióndirecta,correspondaalintermediarioopersonamoralporsuintervenciónenlacelebracióndeestecontrato.Lainstituciónproporcionarádichainformación,porescritoopormedioselectrónicos,enunplazoquenoexcederádediezdíashábilesposterioresalafechaderecepcióndelasolicitud.

Condiciones GeneralesEstipulacionesdelaPólizadeSeguro

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64 Condiciones Generales

j) InspecciónVehicular

La Compañía podrá inspeccionar o verificar la existencia,estado físico y legalidad del Vehículo Asegurado. Loanterior, con la finalidad de comprobar que la exposiciónal riesgo al momento de la celebración del ContratocorrespondaalodeclaradoporelAsegurado.

SidelainspecciónoverificacióndelvehículolaCompañíadetectadañospreexistentesenelVehículoAsegurado,éstosquedaránexcluidosalmomentodelaindemnizaciónencasodesiniestro.

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Procedimientos en caso de Siniestro

Encasodesiniestro,elAseguradoseobligaalosiguiente:

a) PrecaucionesEjecutartodoslosactosquetiendanaevitarodisminuireldaño.PedirinstruccionesalaCompañía,debiendoatenersealasqueellaleindique,encuantonoexistamayorriesgoopeligroquedélugaraaumentarlosdaños.

ElAseguradonodeberárealizarningúntipodearregloonegociacióncon los involucradosenel siniestro sinpreviaautorizacióndelaCompañía.

LosgastoshechosporelAsegurado,queseanprocedentes,se cubrirán por la Compañía, y si ésta da instrucciones,anticiparádichosgastos.SielAseguradonocumpleconlasobligacionesqueleimponeelpárrafoanterior,laCompañíatendráderechodelimitaroreducirlaindemnización,hastaelvaloraquehubiereascendidosielAseguradohubierecumplidocondichasobligaciones.

b) Aviso de SiniestroDaravisoalaCompañíadentrodeunplazomáximode5díascontadosapartirdelmomentoenquetengaconocimientodelhecho,salvocasosdefuerzamayorofortuito,debiendodarlotanprontocomoceseunouotro.

Lafaltaoportunadeesteavisosolopodrádarlugaraquelaindemnizaciónseareducidaalacantidadqueoriginalmentehubiereimportadoelsiniestro,silaCompañíahubieretenidoprontoavisosobreelmismo.

EncasodesiniestrosqueafectenalacoberturadeProtecciónLegal, la falta oportunade este avisodará lugar a limitarla responsabilidad de la Compañía al pago de los gastosy honorarios profesionales hasta los límites que en estacoberturasedeterminan, liberandoa laCompañíade laobligacióndehacersecargodelosprocedimientosiniciados.

c) Aviso a las AutoridadesPresentar formalquerellaodenunciaante lasautoridadescompetentes cuando se trate de robo, gastos médicosporroboointentoderobodelvehículo,DañosMaterialespor roboparcial,así comocualquier otroactodelictuosoque pueda ser motivo de reclamación al amparo de estapóliza y gestionar los trámites necesarios para conseguirlarecuperacióndelvehículooelimportedeldañosufrido.

Condiciones Generales

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d) En caso de reclamaciones que le presenten al Asegurado

ElAseguradoseobligaacomunicaralaCompañía,tanprontotengaconocimiento,lasreclamacionesodemandasrecibidasporéloporsusrepresentantes,acuyoefecto,leremitirálosdocumentosocopiasdelosmismos,queconesemotivoselehubierenentregado.

LafaltadecumplimientodeestaobligaciónporpartedelAsegurado,liberaráalaCompañíadecubrirlaindemnizacióno servicio que corresponda a la cobertura afectada porel siniestro. La Compañía no quedará obligada porreconocimientodeadeudos,transacciones,responsabilidadesuotrosactos jurídicosdenaturaleza semejante,hechosoconcertadossinelconsentimientodeella.

e) En caso de que no se tenga contratada la cobertura de Protección Legal y Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, el Asegurado se obliga a costa de la Compañía, en todo procedimiento civil que pueda iniciarse en su contra, con motivo de la responsabilidad cubierta por el seguro1)Aejercitaryhacervalerlasaccionesydefensasquelecorrespondanenderecho.

2)Acomparecerentodoprocedimientocivil.

f) En caso de que se tenga contratada la cobertura de Protección Legal y Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, el Asegurado se obliga1) A otorgar poderes a favor de los abogados quedesigne la Compañía para que lo representen en losprocedimientosadministrativos,civilesy/openales,enlostérminosexpresadosenesasmismascoberturas.

2)AcomparecerycolaborarconlaCompañíaentodoprocedimiento.

g) Obligación de comunicar la existencia de otros seguros

ElAseguradotendrálaobligacióndeponerinmediatamenteenconocimientodelaCompañía,porescrito,laexistenciade todo seguro que contrate o hubiere contratado conotraCompañía,sobrelosmismosriesgosyporlosmismosinteresesque los amparadoseneste contrato, indicandotodoslosdatosnecesarios.

h) Valuación del DañoSielAseguradohacumplidoconlasobligacionesanterioresy el vehículo se encuentra libre de cualquier detención,incautación, confiscación u otra situación semejanteproducida por orden de las autoridades legalmente

Condiciones GeneralesProcedimientosencasodeSiniestro

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reconocidasconmotivodesusfunciones,queintervenganendichosactos,laCompañíatendrálaobligacióndeiniciarsindemoralavaluacióndelosdaños.

El hecho de que la Compañía no realice la valuación delos daños sufridospor el vehículodentrode las 72horassiguientes a partir del momento del aviso del siniestro ysiemprequesecumplaconelsupuestodelpárrafoanterior,elAseguradoquedafacultadoparaprocederalareparacióndelosmismosyexigirsuimportealaCompañíaenlostérminosdeestapóliza,salvoqueporcausasimputablesalAseguradonosepuedallevaracabolavaluación.

Excepción hecha de lo señalado en el párrafo anterior, laCompañíanoreconoceráeldañosufridoporelvehículosisehaprocedidoasureparaciónantesdequelaCompañíarealicelavaluacióndeldaño.

Terminada lavaluacióny reconocida su responsabilidadysinperjuiciodeloseñaladoenelArtículo71delaLeySobreel Contrato de Seguro, la Compañía deberá proceder ala indemnización, conforme se establece en el capítulo“Estipulaciones de la Póliza de Seguro”, inciso c)”SumasAseguradasyBasesdeindemnización”deestasCondicionesGenerales.

Artículo 71 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Elcréditoqueresultedelcontratodesegurovencerá treintadíasdespuésde lafechaenque laempresahayarecibidolosdocumentoseinformacionesquelepermitanconocerelfundamentodelareclamación.

Seránulalacláusulaenquesepactequeelcréditonopodráexigirsesinodespuésdehabersidoreconocidoporlaempresaocomprobadoenjuicio”.

LaintervencióndelaCompañíaenlavaluaciónocualquierayudaqueéstaosusrepresentantesprestenalAseguradooaTerceros,noimplicaaceptaciónporpartedelaCompañíaderesponsabilidadalgunarespectodelsiniestro.

ParaeleficazcumplimientodelArtículo71delaLeySobreelContratodeSeguro,seentenderáqueelAseguradohacumplidoconsuobligación,entregandoalaCompañía ladocumentaciónqueparacadacasoseespecifique.

i) Siniestros Ocurridos en Estados Unidos de Norteamérica o Canadá

En caso de que el Asegurado sufriera un accidente en elextranjero, losgastosenqueincurraelAseguradoparaeltrasladodelaunidadseránreembolsadosporlaCompañía,hastaunlímitede500dólaresamericanos.

Condiciones GeneralesProcedimientosencasodeSiniestro

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Para el Servicio para ajustes en el extranjero, se deberásolicitar un reporte de accidente ante la AutoridadcompetenteenesepaísysedeberátrasladarlaunidadoelAseguradosegúncorrespondaalafronteramáscercanapara que sea atendido en el territorio mexicano por unrepresentantedelaCompañía.

Condiciones GeneralesProcedimientosencasodeSiniestro

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Servicios de Asistencia

5.1AsistenciaVialCamionesAsistencia Vial Camiones:A continuación se mencionan los servicios y límites queAsistencia Vial Camiones otorga en toda la RepúblicaMexicanaalosaseguradosdecamionesytractocamionesapartirde3.5a18toneladas,encasodeestaramparadosenlacarátuladelapóliza,quehayansufridounaaveríaofallamecánicaquenoseaderivadadeunsiniestroy/ocolisión.

1.ServiciodeGrúa:

1.1 Servicio de Grúa (vial)Encasodepresentarsedentrodeunaciudadunaaveríaofalla mecánica al camión o tractocamión asegurado, quenoseaderivadadeunsiniestroy/ocolisión,elAseguradopodrásolicitaralaCompañíaelenvíodelServiciodeGrúadeacuerdoconlassiguientescondiciones:

El trasladodelcamióno tractocamióndentrodeun radiode80KilómetrostomandocomoreferenciaelcentrodelaCiudaddondeseencuentracirculandolaunidad,almomentodelaaveríaofallamecánica.

EncasodequeelAseguradosolicitetrasladarelcamiónotractocamiónmásalládelradiode80kilómetroselcostodelexcedentecorreráacargodelAsegurado.

Asimismo,sieltrasladodelcamiónotractocamióndentrodelradiode80kilómetrosexcedeporeventolacantidadde$7,000.00,ladiferenciacorresponderáalAsegurado.

Límite Máximo de Responsabilidad:Treseventosalaño,conunmontomáximode$7,000.00porevento.

Lacantidadexcedenteadichomontomáximoporeventoquesegenere,deberádesercubiertaporelAsegurado.

1.2 Servicio de Grúa (Viajes)Encasodepresentarsedentrodeunaciudadunaaveríaofalla mecánica al camión o tractocamión asegurado, quenoseaderivadadeunsiniestroy/ocolisión,elAseguradopodrásolicitaralaCompañíaelenvíodelServiciodeGrúaylaCompañíaseharácargodeltrasladodelaunidadalapoblaciónmáscercanaendondepuedaserreparada,conloslímitesqueacontinuaciónseindican.

Condiciones Generales

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Límite Máximo de Responsabilidad:Treseventosalaño,conunmontomáximode$7,000.00porevento.

Lacantidadexcedenteadichomontomáximoporaventoquesegenere,deberádesercubiertaporelAsegurado.

EXCLUSIONESAPLICABLESALSERVICIODEGRÚA(VIALYENVIAJES):

QuedaexcluidoelServiciodeGrúaenloscasosenqueelcamiónotractocamión:

* No pueda circular a consecuenciadelosdañoscausadosporsiniestro,colisionesy/ofenómenosnaturalesdecarácterextraordinario,talescomoinundación, terremoto, erupciónvolcánicaytempestadciclónica.

* No pueda circular por causa deponchaduras de neumáticos, faltade combustible, acumuladoresaveriadosoenmalestado.

* Necesitecualquiertipodemaniobras,tales como: carga y/o descarga demercancías,asícomolasnecesariasencasodevolcaduradevehículos.

* Cuente con carga, en este casose podrá brindar la asesoría deenlaceconelproveedordelservicioespecializado.

* No cumpla con el Reglamento dePesosyDimensionesdelaSecretaríadeComunicacionesyTransportes.

* Seencuentreblindado.

Condiciones GeneralesServiciosdeAsistencia

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* Queda excluido el traslado delremolque, semirremolque o dobleremolquearrastradoporel camiónotractocamión.

* Quedan excluidas las multas y/ogratificacionesdecualquiertipo.

* Queda entendido que el trasladodel Camión y/o tractocamión de3.5hasta18toneladasseefectuarásiempre y cuando no se encuentreconfiscado,incautadoodetenidoporpartedelasAutoridadeslegalmentereconocidas.

2.ServiciodeCerrajería:

LaCompañíasologestionaráelenlaceentreelAseguradoyelproveedordelservicio.TodoslosgastosenlosqueseincurracorreránacargodelAsegurado.

3.GastosdeHospedaje:

Siaconsecuenciadeeventosdetiponaturaloconflictosdetiposocial,declaradosporlasautoridadeslocalesofederales,nosepermiteellibretránsitoencarreterasocasionandoqueelAseguradonoregreseasuresidenciapermanenteenlaunidadasegurada,laCompañíagestionarálaestanciaenunhotelescogidoporelAsegurado.

Loseventosdetiponaturalamparadosson:Ciclón,huracán,terremoto,erupciónvolcánica,alud,derrumbesdetierraopiedras,caídaoderrumbedepuenteseinundación.

Losconflictosdetiposocialamparadosson:Disturbiosdecarácter civil, así como lasmedidasde represión tomadasporlasautoridadeslegalmentereconocidasconmotivodesusfuncionesqueintervenganendichosactos.

Límite Máximo de ResponsabilidadLaCompañía sólo responderápor losgastoserogadosenelhospedajedelAseguradohastaporunlímitemáximode$700.00porevento.

Máximo2eventosporaño.

Condiciones GeneralesServiciosdeAsistencia

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EXCLUSIONES:

Enningúncaso,laCompañíaampararálosgastosenqueincurraelAseguradoporconceptode:

a) AlimentosyBebidas.

b) Cualquier servicio de lavandería,tintoreríaylimpieza.

c) Es tac ionamiento y l l amadastelefónicas.

d) Propinasytaxis.

4.ServiciodeAutobús:

En caso de haber utilizado el Servicio de Grúa, y si lareparacióndelCamiónoTractocamiónAseguradorequieremásde48horas,LaCompañíagestionaráunpagoafavordelAseguradoparagastosdetaxi,autobús,trenocualquierotromedioautorizadodetransporte,paralacontinuacióndelviajeoparaelregresoallugarderesidenciapermanentedelAsegurado.

Límite de Máximo de Responsabilidad:Hasta$600.00pordía conunmáximode$1,500.00porevento.

Esteservicioestálimitadoatreseventosporaño.

5.2.ClubGNPAutosA continuación se mencionan los servicios y límites queClubGNPAutosotorgaentodalaRepúblicaMexicanaanuestrosAseguradosdeautomóvilesypickupsmenoresa3.5toneladasdecualquieruso.

AuxilioVialdesdeKm.Cero

EncasodepresentarseunaaveríaofallamecánicaalVehículoAsegurado,quenoseaderivadadeunsiniestroy/ocolisión,podrá solicitar a Club GNP Autos el envío de personalcalificadopararesolversituacionescomo:

Condiciones GeneralesServiciosdeAsistencia

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• PasodeCorriente.

•EnvíodeCombustible.(ElcostodelcombustibleseráacargodelAsegurado).

•Cambiodellanta.

•Envíoderefacciones(ElcostodelasrefaccionesseránacargodelAsegurado).

•Serviciodecerrajero(LasrefaccionesyduplicadodellaveconcargoalAsegurado).

•ServiciodeGrúa(Límite:$1,500poreventoenarrastreslocales. Para arrastres en carretera el servicio seproporcionarásincostoalgunohasta lapoblaciónmáscercanaendondepuedaserreparadoelvehículo).

Quedaexcluidoel serviciodegrúaen loscasosenqueelvehículo no pueda circular a consecuencia de los dañoscausados por siniestros, colisiones y/o por fenómenosnaturalesdecarácterextraordinario,talescomoinundación,terremoto,erupciónvolcánicaytempestadciclónica.

Paraelserviciodegrúaenelcasodevehículos,camionetasdecargaypickupsmenoresa3.5toneladas,elAseguradodeberácubrirelexcedentedelservicioquesegenereporlacargayporefectuarcualquiermaniobra,incluyendocargay/odescargaqueseannecesariasparaponerencondicionesdetrasladoelvehículo.

AsistenciaenViajes

• Información turística dentro de la república Mexicanasobre: Carreteras y autopistas, espectáculos, talleres,restaurantes y hoteles; médicos y hospitales. Ademáspodrá obtener información sobre requerimientos devisa,vacunasotrámitespreviosaunviajealextranjero.

•Siduranteunviajeelvehículopresentafallasoaveríasque le imposibilitaran continuar conel recorrido,ClubGNPAutosleofrece:

Pagodehotelparalosocupantesdelvehículoaveriado(hasta$300diariosporpersonacon límitemáximodetres días. Los gastos de alimentos, bebidas, llamadastelefónicasyotrosgastosadicionalesdehospedajeseránacargodelAsegurado)obien,

Trasladodelosocupantesdelvehículoaveriado,hastaeldestinoprevisto,oasudomicilio(conlímitede$900porpersona)obien,

Rentadeunautomóvil,yaseaparatrasladarsealdestinoprevistooparallegarasudomicilio.(Conlímitede$1,500porevento).

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•ClubGNPAutosefectuarálostrámitesnecesariosparagarantizar la pensión del vehículo que tenga que serreparado,encasodequedichareparaciónrequieramásde96horasdeinmovilización.Ellímiteparaesteservicioesde$500porevento.

•TrasladodeunconductorpararecogerelvehículohastalaCiudadendondeéstehayasidoreparado.Conlímitede$900.

Adicionalmente,ClubGNPAutosleofrece:

•Transmisióndemensajesurgentes.

LaprestadoradeserviciosefectuarátodaslasllamadastelefónicasdentrodelaRepúblicaMexicana,necesariaspara transmitir los mensajes urgentes relativos a lasituacióndeemergenciaquesepresente.

•AsistenciaAdministrativa

El Asegurado podrá solicitar, durante las 24 horas deldía,asistenciaparalocalizaryensucasoobtenerboletosparaeventosdetipodeportivoyturístico.ElProveedorharátodaslasgestionesasualcanceparaobtenerlaslocalidadessolicitadas.ElimportedelosboletosycuotasadicionalesseránporcuentadelAsegurado.

TeléfonosdeatenciónparaServiciosdeAsistencia

conserviciolas24horas,los365díasdelaño:

Cd.deMéxico52279000

LargaDistanciasincosto018004009000

La documentación contractual y la nota técnica queintegranesteproducto,estánregistradosantelaComisiónNacional de Seguros y Fianzas, de conformidad con lodispuestoporlosartículos36,36-A,36-By36-DdeladelaLeyGeneraldeInstitucionesySociedadesMutualistasdeSeguros bajo el registro número __________________ defecha_________________.

Condiciones GeneralesServiciosdeAsistencia