4- tarifazo eléctrico nota formulario usarios-usuarias

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  • 7/24/2019 4- Tarifazo Elctrico Nota Formulario Usarios-usuarias

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    Provincia de Buenos Aires, febrero 2016

    Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE)

    Solicitud de Audiencia Pblica

    Nos dirigimos a Ud. en nuestro carcter de usuarios y de usuarias del servicio de electricidad brindado por lasempresas EDENOR S.A, EDESUR S.A y dems distribuidoras del interior de la Provincia de Buenos Aires, a

    efectos de solicitar que se cumpla con el requisito de la realizacin de la Audiencia Pblicaobligatoria paralos casos demodificacin de las tarifaselctricas segn lo normado en el art. 46 y el art. 48 de la LeyNacional Nro. 24.065.

    Como antecedente mencionamos:

    Recurso de amparo presentado por los diputados y las diputadas del Frente para la Victoria (FPV) de

    la Provincia de Buenos Aires, ante la Justicia Federal de La Plata -Juzgado Federal N 2 a cargo del

    Dr. Adolfo Gabino Ziulu, Secretara Civil N 5, el 12/02/2016- Expte 1319/2016, contra el incremento de

    las tarifas del servicio de energa elctrica dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional a travs delMinisterio de Energa y Minera de la Nacin -Resoluciones N 6/2016 y 7/2016- y del Ente Nacional

    Regulador de la Electricidad (ENRE) -Resolucin N 1/2016-.

    Recursos de reconsideracin presentados por Enrique M. Honores, en su carcter de Secretario

    General, a cargo interinamente de la Defensora del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, ante el

    ENRE y el Ministerio de Energa y Minera de la Nacin, febrero/2016.

    APELLIDO Y NOMBRE TIPODOCUMENTONMERO CIUDAD FIRMA

  • 7/24/2019 4- Tarifazo Elctrico Nota Formulario Usarios-usuarias

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    Procedimiento de audiencias pblicas regulado en los artculos 46 y 48 de la Ley Nacional Nro.

    24.065, Rgimen de Energa Elctrica.

    ARTICULO 46.- Los transportistas y distribuidores aplicarn estrictamente las tarifas

    aprobadas por el ente. Podrn, sin embargo, solicitar a este ltimo las modificaciones que

    consideren necesarias, si su pedido se basa en circunstancias objetivas y justificadas.Recibida la solicitud de modificacin, el ente dar inmediata difusin pblica a la misma por

    un plazo de treinta (30) das y convocar a una audiencia pblica para el siguiente da hbil a

    fin de determinar si el cambio solicitado se ajusta a las disposiciones de esta ley y al inters

    pblico.

    ARTICULO 48.- Cuando, como consecuencia de procedimientos iniciados de oficio o por

    denuncia de particulares, el ente considere que existen motivos razonables para alegar que la

    tarifa de un transportista o distribuidor es injusta, irrazonable, indebidamente discriminatoria o

    preferencial, notificar tal circunstancia al transportista o distribuidor, la dar a publicidad, y

    convocar a una audiencia pblica con no menos de treinta (30) das de anticipacin.Celebrada la misma, dictar resolucin dentro del plazo indicado en el artculo precedente.