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TODOS POR UN NUEVO PAÍS O MININTERIOR MINISTERIO DEL INTERIOR CERTIFICACIÓN NÚMERO 4 83 DE : 16 MAY 2016 "Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse". EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de diciembre de 2013 y, CONSIDERANDO: Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 28 de abril de 2016, el oficio con radicado externo EXTMII6-0019657, por medio del cual la señora FABIOLA ENCISO MONTERO, en calidad de Coordinadora general fondo para el desarrollo del plan todos somos PAZcífico — FTSP., solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el área del proyecto: "ADECUACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL MALECON EN EL MUNICIPIO DE MOSQUERA", localizado en jurisdicción del municipio de Mosquera, en el departamento de Nariño, identificado con las siguientes coordenadas: MALECÓN MOSQUERA PUNTO COORDENADAS X Y 1 846965,4 769142,9 2 846902,4 769102,4 3 846897,9 769108,6 4 846934,4 769132,1 5 846935,3 769132,7 6 846959,6 769148,3 7 846981,2 769172,6 8 846987 769167,2 9 846965,4 769142,9 Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI16-0019657 del 28 de abril de 2016 REPUBLICA DE COLOMBIA DCP-2500 Página 1 de 6

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TODOS POR UN NUEVO PAÍS

O MININTERIOR

MINISTERIO DEL INTERIOR

CERTIFICACIÓN NÚMERO 4 83 DE

:16 MAY 2016

"Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse".

EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA

En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de

diciembre de 2013 y,

CONSIDERANDO:

Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 28 de abril de 2016, el oficio con radicado externo EXTMII6-0019657, por medio del cual la señora FABIOLA ENCISO MONTERO, en calidad de Coordinadora general fondo para el desarrollo del plan todos somos PAZcífico — FTSP., solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el área del proyecto: "ADECUACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL MALECON EN EL MUNICIPIO DE MOSQUERA", localizado en jurisdicción del municipio de Mosquera, en el departamento de Nariño, identificado con las siguientes coordenadas:

MALECÓN MOSQUERA

PUNTO

COORDENADAS

X Y

1 846965,4 769142,9

2 846902,4 769102,4

3 846897,9 769108,6

4 846934,4 769132,1

5 846935,3 769132,7

6 846959,6 769148,3

7 846981,2 769172,6

8 846987 769167,2

9 846965,4 769142,9

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI16-0019657 del 28 de abril de 2016

REPUBLICA DE COLOMBIA

DCP-2500

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN

483 offi MAY 2016

Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa, ii) cuadro de coordenadas, donde se va a ejecutar el proyecto denominado: "ADECUACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL MALECON EN EL MUNICIPIO DE MOSQUERA", localizado en jurisdicción del municipio de Mosquera, en el departamento de Nariño.

Que en un análisis inicial la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar en las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para el proyecto: "ADECUACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL MALECON EN EL MUNICIPIO DE MOSQUERA", localizado en jurisdicción del municipio de Mosquera, en el departamento de Nariño. Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las bases de datos consultadas fueron: i) Base cartográfica de resguardos indígenas constituidos (Incoder - Igac 2015), ii) Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos (Incoder 2015), iii) Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías Étnicas y Rom (Mininterior 2015), iv) Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (Mininterior 2015), y) Base de datos de Consulta Previa (Mininterior 2015).

Que con base en la información aportada y recogida se elaboró el informe técnico el día 12 de mayo de 2016 en el cual se estableció lo siguiente:

"Se digitalizo en la base de datos de la Dirección de Consulta Previa las coordenadas del área aportada por el solicitante fueron presentadas en coordenadas Planas Origen Oeste, Datum Magna, para el proyecto "ADECUACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL MALECON EN EL MUNICIPIO DE MOSQUERA"

Para el ejercicio de análisis cartográfico se utilizó la cartografía básica y temática IGAC 2015, lo que permitió constatar que el proyecto se localiza en jurisdicción del municipio de MOSQUERA, departamento de NARIÑO, por lo tanto es posible continuar con el trámite de la solicitud.

Actividades

1. Actividades de mejoramiento y/o adecuación de muelles y malecones

El proyecto contempla la realización de un mejoramiento y/o adecuación de las zonas de acceso al malecón en el municipio de MOSQUERA, con el fin de mejorar las condiciones de accesibilidad de la comunidad, con el fin de generar espacios de recreación y bienestar a la comunidad que utiliza los malecones.

DEMOLICIÓN Y ADECUACIÓN DEL TERRENO

• Descripción y Trabajo a Ejecutar

Esta especificación en forma general es aplicable a todas las labores que debe realizar el CONTRATISTA para adecuar el terreno en el que se realizarán las obras. Se incluyen las actividades de demolición y nivelación, localización y replanteo, retiro de sobrantes, y relleno y compactación con rana. Comprende el suministro de mano de obra, equipos, transporte y materiales.

• Ejecución de los Trabajos

La primera actividad a realizar es la localización y replanteo, mediante la cual se ejecutan

las operaciones de localización, replanteo y control topográfico (planimétrico y altimétrico), de las obras.

Seguido a lo anterior, la demolición debe hacerse con equipos apropiados y removidos en fracciones de tamaño adecuado, para que puedan ser utilizados en la construcción de rellenos o disponer de ellos como sea autorizado por el Interventor. En caso de utilizar

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN DE

equipo pesado, el trabajo se deberá suspender a una distancia prudente para no causar daños a las estructuras que seguirán en servicio. Las áreas donde se remuevan andenes deberán ser mantenidas libres de escombros, con el objetivo de que la circulación de los peatones permanezca expedita y segura.

A juicio del Interventor y de acuerdo con sus instrucciones al respecto, los materiales provenientes de la demolición, que sean aptos y necesarios para rellenar y emparejar la zona de demolición u otras zonas laterales del proyecto, se deberán utilizar para ese fin. Salvo que los documentos del proyecto contemplen lo contrario, todos los demás materiales provenientes de estructuras demolidas quedarán de propiedad del Constructor, quien deberá trasladarlos o disponerlos fuera de la zona de la vía, en un lapso no mayor a 24 horas después de efectuada la demolición, con procedimientos adecuados y en los sitios aprobados por el Interventor.

Se debe realizar relleno para nivelar la superficie de demolición, empleando los equipos adecuados para una correcta compactación; para este caso se recomienda vibrador tipo rana

El trabajo que se especifica en este capítulo, comprende el suministro de toda la mano de obra, equipos, herramientas, materiales y todas las operaciones necesarias para la ejecución de los rellenos mostrados en los planos o requeridos por el Interventor.

• Señalización Preventiva

El contratista deberá tener disponibles durante la etapa de ejecución de los trabajos las señales de advertencia necesarias.

• Equipos

El Constructor deberá poner a disposición de los trabajos equipos en tipo y número apropiados para la correcta ejecución del trabajo especificado en la presente Sección, los cuales deberán ser compatibles con los procedimientos de ejecución adoptados, teniendo en cuenta que su capacidad y eficiencia se ajusten al programa de ejecución de los trabajos. Medida

1. OBRAS DE URBANISMO

Este ítem hace referencia a la dotación de mobiliario, luminarias, conformación de andenes, bordillos, construcción de jardineras, suministro e instalación de adoquines, y demás materiales detallas en el análisis de precios unitarios. Comprende el suministro de mano de obra, equipos, transporte y materiales necesario para la ejecución de los trabajos en el sitio de obra. .

El trabajo incluye la disposición final, de acuerdo con lo indicado y ordenado por la 1NTERVENTORIA y el SUPERVISOR de INV1AS, con el Programa de Manejo Ambiental, en el centro poblado más cercano. La 1NTERVENTORIA no reconocerá al CONTRATISTA volúmenes dragados cuando estos no se depositen en otros sitios.

• Ejecución de los Trabajos

Con respecto a los elementos prefabricados, el contratista deberá cumplir las especificaciones de alineamientos y características geométricas referenciadas en el APU.

Para la instalación del adoquín el contratista debe colocar una capa de arena, seguida de la compactación y confinamiento de los adoquines. La arena utilizada para la capa e apoyo debe estar libre de polvo, materia orgánica y otras sustancias objetables. La arena utilizada para el sello de las juntas entre los adoquines será de origen aluvial sin trituración, libre de finos plásticos, polvo, materia orgánica y otras sustancias.

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 4 83 DE 16 MAY 2016

Para el caso del andén fundido en sitio, las actividades comprenden el suministro de material, la colocación de las formaletas necesarias y el acabado final de los andenes fundidos.

Se utilizará concreto de 3000PSI con acero de refuerzo. Si es necesario se utilizara aditivos en la mezcla de concreto, tales como acelerantes, retardantes, o aquellos que permiten el buen manejo de la mezcla y garantice la calidad el producto final.

Con el fin de obtener y garantizar un andén con buenas características y acabados, se debe realizar excavación manual o mecánica de acuerdo a la topografía del proyecto. Las formaletas deben ser de acero, con resistencia adecuada para el peso y los esfuerzos del concreto. No se permitirá el uso de madera, así como tampoco el terreno natural, dado que no garantiza el acabado y lisura.

Para la actividad de placa de concreto de 3000PSI y malla electrosoldada, se deberá limpiar bases y losas y verificar niveles verificar niveles de acuerdo a la topografía, instalar la malla de refuerzo, armar el sistema de encofrado.

Las demás ítems incluidos en el análisis de precios unitarios, se dispondrán de acuerdo a lo establecido en plano estructural.

• Controles

Durante la ejecución de los trabajos, el interventor efectuará control sobre el estado y funcionamiento adecuado de todo el equipo utilizado por el constructor, comprobar que los materiales cumplan con los requisitos mínimos requeridos, realizar medidas para levantar perfiles y comprobar la uniformidad de la superficie.

Nota: Es importante resaltar que toda la mano de obra no califica y la calificada que se encuentre en la zona será contratada con personal de la región.

Plazo propuesto para construcción de las obras: Plazo total estimado para la ejecución del proyecto es de tres meses incluyendo fabricación y transporte de los materiales.

El transporte de los materiales, maquinaria y equipo al área de intervención, se realizará por carretera desde Bogotá a Tumaco y a partir de allí y/o desde el puerto de Buenaventura se transportará a los diferentes municipios por medio de transporte acuático

Como resultado de la consulta de las bases de datos (espacial y no espacial) para Consulta de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías y Rom y del análisis cartográfico realizado a partir del cruce de dicha información con el área del proyecto: "ADECUACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL MALECON EN EL MUNICIPIO DE MOSQUERA", se evidenció que el proyecto de la referencia se traslapa con la siguiente comunidad étnica:

CONSEJO COMUNITARIO ODEMAP MOSQUERA SUR constituido mediante Resolución 1022 del 31 de mayo de 2005

De acuerdo con lo anterior, se establece que se registra presencia de comunidades étnicas en el área del proyecto ADECUACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL MALECON EN EL MUNICIPIO DE MOSQUERA".

En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección,

CERTIFICA:

PRIMERO. Que no registra presencia de comunidades Indígenas, Minorías y Rom, en el área del proyecto: "ADECUACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL MALECON EN EL

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MUNICIPIO DE MOSQUERA", localizado en jurisdicción del municipio de Mosquera, en el departamento de Nariño, identificado con las siguientes coordenadas:

MALECÓN MOSQUERA

PUNTO

COORDENADAS

X Y

1 846965,4 769142,9

2 846902,4 769102,4

3 846897,9 769108,6

4 846934,4 769132,1

5 846935,3 769132,7

6 846959,6 769148,3

7 846981,2 769172,6

8 846987 769167,2

9 846965,4 769142,9

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMII6-0019657 del 28 de abril de 2016

SEGUNDO. Que se registra presencia del CONSEJO COMUNITARIO ODEMAP MOSQUERA SUR, constituido mediante Resolución 1022 del 31 de mayo de 2005, en el área del proyecto: "ADECUACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL MALECON EN EL MUNICIPIO DE MOSQUERA", localizado en jurisdicción del municipio de Mosquera, en el departamento de Nariño, identificado con las siguientes coordenadas:

MALECÓN MOSQUERA

PUNTO

COORDENADAS

X Y

1 846965,4 769142,9

2 846902,4 769102,4

3 846897,9 769108,6

4 846934,4 769132,1

5 846935,3 769132,7

6 846959,6 769148,3

7 846981,2 769172,6

8 846987 769167,2

9 846965,4 769142,9

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMII6-0019657 del 28 de abril de 2016

TERCERO. Que la información sobre la cual se expide la presente certificación aplica específicamente para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y entregadas por el solicitante, a través del oficio con radicado externo EXTMI16-0019657 del 28 de abril de 2016, para el proyecto: "ADECUACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL

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DE 1 6 MAY 2011

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 483 DE 16 /41. 2016

MALECON EN EL MUNICIPIO DE MOSQUERA", localizado en jurisdicción del municipio de Mosquera, en el departamento de Nariño, identificado con las siguientes coordenadas:

MALECÓN MOSQUERA

PUNTO

COORDENADAS

X Y

1 846965,4 769142,9

2 846902,4 769102,4

3 846897,9 769108,6

4 846934,4 769132,1

5 846935,3 769132,7

6 846959,6 769148,3

7 846981,2 769172,6

8 846987 769167,2

9 846965,4 769142,9

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI16-0019657 del 28 de abril de 2016

CUARTO. Conforme a lo anterior si la parte interesada decide ejecutar el proyecto de que trata esta certificación, deberá solicitar a la Dirección de Consulta Previa el inicio del proceso de consulta conforme a los lineamientos del artículo 330 de la Constitución Política, los artículos 6 y 7 de la Ley 21 de 1991, el artículo 76 de la Ley 99 de 1993 y la Directiva Presidencial 10 de 2013.

QUINTO. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante esta Dirección, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).

COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE

ÁLVARO EC VERRY LONDOÑO Director e Consulta Previa

Elaboró: Elena Ramirez Ceb s Aprobó: Luis Fernando Mora Lider Área de Certificacion

T.R.D. 2500.09.06 b\!

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