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o o o N -e-' o Ol ..... eL u.: <3 AYUNTAMIENTO DE ALCOLEA DE LA PEÑAS (Guadalajara) Pza. De la Iglesia , 1 CP 19277 PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL DEL APROVECHAMIENTO CINEGETICO DEL COTO PRIVADO DE CAZA GU-l0.915 DE TITULARIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOLEA DE LAS PEÑAS. OFERTA ECONOMICA MÁS VENTAJOSA Y CRITERIOS DE ADJUDICACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACION ORDINARIA. CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y Calificación El objeto del contrato es la adjudicación del aprovechamiento de CAZA, mayor y menor del Coto Privado de Caza con matrícula GU-10.915, del que forman parte el Monte nO 5 del Catálogo de U.P. fincas rústicas de titularidad del Ayuntamiento de Alcolea y de particulares de este Término Municipal, con una superficie total de 1.344,55 Ha. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo especial, tal y como establecen el artículo 41.2 de la Ley 3/2008, de Morites y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha y el artículo 19.1.b) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación La "forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, en el que cualquier interesado podrá presentar una oferta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 157 a 161 del Real Decreto Legislativo 3/2011, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP). Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa deberá de atenderse a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y con la cláusula décima de este Pliego. La tramitación se efectúa por el procedimiento ordinario de conformidad con el artículo 112 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, al ser preciso acelerar la adjudicación por razones de interés público dado que se encuentra ya abierto el período hábil de caza de acuerdo con la Orden de la Consejería de Agricultura de fecha 21 de mayo de 2013 por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas especiales en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2014-2015. CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante Sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento publicará los anuncios que considere necesarios en el Perfil de contratante, al que tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web de la Excma. -1-

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Page 1: 3/2008, 3/2011, (IPC) . Si por necesidades de repoblación o cualquier otra causa se disminuye la superficie del aprovechamiento, se reducirá la tasación del aprovechamiento afectado,

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oOl.....eLu.:<3

AYUNTAMIENTODE

ALCOLEA DE LA PEÑAS(Guadalajara)

Pza. De la Iglesia , 1CP 19277

PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LAADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL DELAPROVECHAMIENTO CINEGETICO DEL COTO PRIVADO DE CAZA GU-l0.915 DETITULARIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOLEA DE LAS PEÑAS. OFERTAECONOMICA MÁS VENTAJOSA Y VARIO~ CRITERIOS DE ADJUDICACION PORPROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACION ORDINARIA.

CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y Calificación

El objeto del contrato es la adjudicación del aprovechamiento de CAZA, mayor ymenor del Coto Privado de Caza con matrícula GU-10.915, del que forman parte elMonte nO 5 del Catálogo de U.P. fincas rústicas de titularidad del Ayuntamiento deAlcolea y de particulares de este Término Municipal, con una superficie total de 1.344,55Ha.

El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo especial, tal ycomo establecen el artículo 41.2 de la Ley 3/2008, de Morites y Gestión ForestalSostenible de Castilla-La Mancha y el artículo 19.1.b) del Texto Refundido de la Ley deContratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 denoviembre.

CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación

La "forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto, ofertaeconómicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, en el que cualquierinteresado podrá presentar una oferta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos157 a 161 del Real Decreto Legislativo 3/2011, Texto Refundido de la Ley de Contratosdel Sector Público (TRLCSP).

Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la ofertaeconómicamente más ventajosa deberá de atenderse a varios criterios directamentevinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150.1 del Real DecretoLegislativo 3/2011, de 14 de Noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de laLey de Contratos del Sector Público y con la cláusula décima de este Pliego.

La tramitación se efectúa por el procedimiento ordinario de conformidad con elartículo 112 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, al ser precisoacelerar la adjudicación por razones de interés público dado que se encuentra ya abiertoel período hábil de caza de acuerdo con la Orden de la Consejería de Agricultura defecha 21 de mayo de 2013 por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedasespeciales en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la temporadacinegética 2014-2015.

CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante

Sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamientopublicará los anuncios que considere necesarios en el Perfil de contratante, al quetendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web de la Excma.

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CLÁUSULA CUARTA. Tipo de Licitación

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Diputación Provincial de Guadalajara: dguadalajara.es/web/guestlperfil~d'ªI - o \\contratan te, en ~a sección entidades adheridas, licitaciones abiertas Ayun:~a1nierKó.?di;;~} i?d,Alcolea de las Penas. '1/'."1 ,1::1b: ,.'.,. ? I J.I

Igualmente, el expediente de esta licitación podrá ser examinado en 1~{Secret~'ríl~ ,ii?¡.Jdel Ayuntamiento, durante el plazo de presentación de ofertas. '<.·./'i··\: .-\l;»:i'.; .'..~~~..&t:Íj.:.~ .;'f

El tipo de licitación al alza, para la primera anualidad, es el DOCE MIL EUROS (12.000,00) € más DOS MIL QUINIENTOS VEINTE EUROS (2 .520,00) € de LV.A. (21%)anuales y por un periodo de 8 TEMPORADAS/ANUALIDADES.

Las ofertas (IVA excluido) que sean inferiores al presupuesto de lic itación(12.000 euros la temporada,) serán rechazadas.

El valor estimado del contrato es de NOVENTA Y SEIS MIL EUROS (96.000,00) €,Y viene determinado por la suma de las ocho anualidades, sin inclu ir el IVA.

El precio de adjudicación se fija para la primera temporada y se elevará de formaacumulativa y en temporadas sucesivas en el valor oficial del índice de precios alconsumo (IPC) .

Si por necesidades de repoblación o cualquier otra causa se disminuye lasuperficie del aprovechamiento, se reducirá la tasación del aprovechamiento afectado,en forma proporcional. En caso contrario de aumento de superficie se vería aumentadoel precio de adjudicación de forma proporcional.

CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato

La duración del contrato de aprovechamiento cinegético se fija en ochotemporadas cinegéticas, de carácter prorrogable. El plazo comenzará el día en que seformalice el contrato del aprovechamiento cinegético para la temporada 2014-2015 yfinalizará en la temporada cinegética de 2021-2022, al día sigu iente de transcurrir losocho años. En caso de prórroga por otros ocho años, el adjudicatario deberá solicitarlopor escrito dentro de los últimos tres meses antes de su finalización. El Pleno de laCorporación deberá pronunciarse favorablemente, en su caso, al respecto o delegar enla Alcald ía.

CLÁUSULA SEXTA. Órgano de Contratación

El órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar elexpediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda, apartado 1 del TextoRefundido de la Ley de Contratos del Sector Público , aprobado por el Real DecretoLegislativo 3/2011 , de 14 de noviembre, será el Pleno de la Corporación.

CLAÚSULA SÉPTIMA. Garantía Provisional

De conform idad con el artículo 103 del Real Decreto Legislativo 3/2011, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para lapresente licitación no se exige garantía provisional.

CLAÚSULA OCTAVA. Capacidad y Acreditación de la aptitud para contratar.

Podrán presentar ofertas las personas naturales, o jurídicas españolas oextranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibicionespara contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica y que no esténafectadas por ninguna de las causas que enumera como prohibitivas el articulo 60 delReal Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley deContratos del Sector Público.

Asimismo están capacitados para contratar aquellas entidades sin an imo delucro, cuyo objeto básico sea el fomento, la promoción y el desarrollo del deporte de la

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caza y su práctica, constituidas con carácter previo a la aprobación q€.i pre!?~q~~-) ~)\~pliego, inscritas en el Registro correspondiente y que no estén afectadas po r¡\.q!ng,y~a de'! ?' rn l;-las causas que enumera como prohibitivas el a~ticulo 60 del Real Decreto\t:~gistatiY.9.l· I Ji3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos idel. Sector .~!

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1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:

a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas juríd icas,med iante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional,en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos,en su caso, en el Registro públ ico que corresponda, según el tipo de persona jurídica deque se trate.

b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionalesde Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedentede acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante lapresentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que seestablezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias deapi icación.

c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión DiplomáticaPermanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyoámbito territorial radique el domicilio de la empresa.

2. La prueba por parte de las personas natura les o jurídicas de la no concurrenciade alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Real Decreto Legislativo3/2011 , de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley deContratos del Sector Público, podrá realizarse mediante testimonio judicial, certificaciónadministrativa o declaración responsable del licitador, otorgada ante autoridad judicial ,adm inistrativa, notario u organismo profesional cual ificado, en la que se indique noestar incurso en prohibición de contratar con arreglo a lo dispuesto en el artículo 60 delTRLCSP, así como de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con laSeguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. En el caso de empresasinscritas en un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o deuna Comunidad Autónoma o de certificados comunitarios de clasificación, se estará a lodispuesto en los artículos 83 y 84 del TRLCSP

3. La solvencia económica y financieras y profesional o técnica de la persona:

3.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 del TRLCSP, los licitadoresque deseen tomar parte en el presente procedimiento deberán acreditar estar enposesión de las siguientes condiciones mínimas de solvencia económica y financiera yprofesional o técn ica:

A) Contar con recursos económicos suficientes para afrontar el pago del canon asatisfacer a esta Corporación como consecuencia del contrato.

3.2 De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 74 a 82 del TRLCSP, loslicitadores concurrentes deberán justificar su solvencia económica y financiera a travésde los medios que se indican a continuación:

- Declaración emitida por entidad financiera acreditativa de la existencia derecursos económicos suficientes para afrontar el pago del canon a satisfacer a estaCorporación como consecuencia del contrato y/o en su caso, justificante de existenciade un seguro de indemnización por riesgos profesionales. No obstante lo anterior, en elcaso de que por razón justificada los licitadores no pud ieran acreditar su solvenciaeconómica y financiera en los términos previstos en el presente Pliego, el órgano decontratación autorizará su acreditación por cualquier otro medio considerado adecuado .

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-La solvencia profesional o técnica de los licitadores, se acredita~ por ,uno., ~\varios ~e los medios señalados en el arto 79 del Real Decreto Legislativo ~7~oq~:~~::::~~ , g)!de Novle,m~re por el que, ~ea prueba el ,Te,xto Refundido de, I,a L~y de r~ntra t~,9~ I 1Sector Publico. Estos requisitos seran sustituidos por el de clastñcacíón, cuando este sea ~j¡exig ible conforme a lo dispuesto en el TRLCSP. ,A'\ <I._. , .,,' /.-

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3.4. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 83 y 84 del TRLCSP, lainscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o deuna Comun idad Autónoma, los certificados de clasificación o documentos similares queacred iten la inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratarestablecidas por los Estados miembros de la Unión Europea y los documentos previstosen el párrafo segundo del artículo 84.1 del TRLCSP, tendrán, a efectos de acreditaciónde la clas ificación y de la aptitud para contratar, los efectos señalados en los preceptosindicados.

3 .5. Los que acudan a la licitación podrán hacerlo por sí o representados porpersona autorizada en los términos previstos en el presente Pliego med iante aportaciónde poder bastante.

3.6. Para los actos de comunicación con el órgano de contratación distintos de lapresentación o anuncio del envío de las proposiciones. El órgano de contratación podrácomunicarse con los licitadores a través del correo electrónico y del telefax, que estosdeberán des ignar en su proposición .

4 . Requ isi tos específicos del adjudicatario.

No haber sido sancionado por infracciones a la leg islación de caza (penal oadministrativa) en los últimos diez años y de estar al corriente de pago de cualquier otraadjudicación de aprovechamiento de caza o contrato en vigor con cualqu ier otra EntidadLocal (Declaración responsable ANEXO VI) .

CLÁUSULA NOVENA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa

Las ofertas se presentarán en sobre cerrado en la Secretaría del Ayuntamiento deAlcolea de las Peñas sito en Pza. de la Iglesia, 1 CP 19277, en horario de atención alpúbl ico de 12 :30 horas a 15:00 los jueves de casa semana, con excepción de losfestivos dentro del plazo de QUINCE OlAS HABILES contados desde la publicación delanuncio del pl iego en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara. Si el último díadel plazo de presentación de proposiciones fuese sábado o inhábil , el plazo conclu irá elsiguiente día hábil.

Las ofertas podrán presentarse, por correo, en cualquiera de los lugaresestablecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común .Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha deim posición del envío en la oficina de Correos. Transcurrido, no obstante, diez díasnaturales siguien tes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no seráadmitida en ningún caso.

Cada licitador no podrá presentar más de una oferta . La presentación de unaoferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas delpresente Pliego.

Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en un sobre quecontendrá otros dos sobres cerrados, A y B firmados por el licitador y con indicación deldomicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del

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cin~g~;ico del Coto Privado. ,de Caza GU-10.915, del Ayuntamiento de Alco~a de...::·I ~~ ¡TTJ/Penas. Toda la documentaci ón y los sobres deberan venir en castellano. i\\~" ....,'. .-

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~-, ...:~., e- ,.. ~ ,.La denominación de los dos sobres es la siguiente: 'v 1(',' ".' '\ -Ó:»

- Sobre «A»: Documentación Administrativa.Sobre «B»: Proposición económica

automáticamente.y criterios cuantificables

Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas,conforme a la Legislación en vigor.

Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como unarelación numerada de los mismos:

SOBRE «A»DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

Para empresarios españoles:

A.1) Documento en que se relacione de forma numerada la documentación que seincorpora en el sobre y nombre y apellidos, dirección DNI/CIF, número de teléfono, y ensu caso correo electrón ico de la persona de contacto .A.2) Documentación acred itativa de la capacidad de obrar del licitador y, en su caso, larepresentación del firmante de la proposición:

- En el caso de tratarse de personas físicas o empresarios individuales, mediantela incorporación del D.N.!. o copia de carácter auténtico del mismo con arreglo a lalegislación vigente.

- En el caso de personas jurídicas, mediante la incorporación de la escritura odocumento de constitución, modificación, debidamente inscritas en el Registro Mercantil.En otro caso mediante, la acreditación de la capacidad de obrar se acreditará mediantela escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los queconsten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en sucaso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona de que se trate.

- En el caso de actuar a través de representante o apoderado, poder bastanteadopor el Secretario del Ayuntam iento, Notario o Licenciado en Derecho al servicio algunaAdministración Pública.

- En el caso de concurrencia a la licitación de varias empresas, constituyendo unaunión temporal de empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad ycapacidad, ind icando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben laproposición , la participación de cada una de ellas en la unión temporal de empresas, asícomo la identidad de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato en casode resultar adjudicataria, ostentará la representación de la agrupación ante laAdmin istración contratante ; asim ismo, se incluirá el compromiso de constituirseformalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.

A.3) Documentación acreditativa de la solvencia económica , financiera y técnicao profesiona l del licitador ex ig ida en el presente Pliego a través de los medios previstosen el mismo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 146.1 del TRLCSP, en el caso dela certificación de un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado ode alguna Comunidad Autónoma o de certificado comunitario de clasificación previstosen los artículos 83 y 84 del TRLCSP, deberá acompañarse declaración responsable dellicitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondientecertificado no ha experimentado variación.

AA) Declaración responsable del licitador, según MODELO ANEXO II en la que seindique no estar incurso en prohibición de contratar con arreglo a lo dispuesto en elartículo 60 del TRLCSP, así como de hallarse al corriente de sus obligaciones tributariasy con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. En el caso de

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empresas inscritas en un Registro Ofic ial de Licitadores y Empresas l~as i (¡~~/8~.¡ ~l,del Estado o de una Comunidad Autónoma o de certificados comu'mtar¡~s ~ :aje' y I Pclasificación, se estará a lo dispuesto en los artículos 83 y 84 del TRLCSP. . ~,{,k-. . ",<J,? i\(,/

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A.5) Declaración responsable del licitador en la que manifieste su compromlSó?d·e····;-: -adscribir a la ejecución del contrato los medios materiales y humanos precisos paragarantizar su exacta y adecuada ejecución (ANEXO IV) .

A.6) Declaración responsable del lic itador en la que se indique si forma o noparte de un grupo de empresas y, en este caso, si concurre o no a la licitación otraempresa del mismo grupo (ANEXO V)

A.7) Documento indicativo de número de fax o dirección de correo electrónico aefectos de requerir del interesado subsanaciones o puesta en conocimiento decualesquiera incidencias relacionadas con el procedimiento de licitación .

A.8) Identificación del personal que realizará la vigilancia y documentaciónacreditativa de su capacidad como vigilante.

A.9) Declaración responsable ANEXO VI de no haber sido sancionado porinfracciones a la legislación de caza (penal o administrativa) en los últimos diez años yde estar al corriente de pago de cualquier otra adjudicación de aprovechamiento de cazao contrato en vigor con cualquier otra Entidad Local.

Para empresarios extranjeros:

A.1) Documento en que se relacione de forma numerada la documentación quese incorpora en el sobre y nombre y apellidos, dirección PASAPORTE/CIF, número deteléfono, y en su caso correo electrónico de la persona de contacto.

A.2 ) Documentación acreditativa de la capacidad de obrar del licitador y, en sucaso , la representación del f irmante de la proposición:

- En el caso de empresarios no españoles nacionales de Estados miembros de laUnión Europea, se estará a lo dispuesto en los artículos 58 y 72.2 del TRLCSP

- En el caso de los restantes empresarios extranjeros, se estará a lo dispuesto enlos artículos 55 y 72.3 del TRLCSP - en el caso de actuar a través de representante oapoderado, poder bastanteado por el Secretario de la Corporación, Notario o Licenciadoen Derecho al servicio de alguna Administración Pública - en el caso de concurrencia a lalicitación de varias empresas, constituyendo una unión temporal de empresas, cada unade ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres ycircunstancias de los empresarios que suscriben la proposición, la participación de cadauna de ellas en la un ión temporal de empresas, así como la identidad de la persona oentidad que, durante la vigencia del contrato en caso de resultar adjudicataria,ostentará la representación de la agrupación ante la Administración contratante;asimismo, se incluirá el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal encaso de resultar adjudicatarios del contrato .

AA) Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnicao profesional del licitador exigida en el presente Pliego a través de los medios previstosen el mismo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 146.1 letra e) del TRLCSP, en elcaso de la certificación de un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas delEstado o de alguna Comunidad Autónoma o de certificado comunitario de clasificaciónprevistos en los artículos 83 y 84 del TRLCSP, deberá acompañarse declaraciónresponsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en elcorrespondiente certificado no hanexperimentado variación.

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A.S) Declaración de sometimiento a la jurisdicción de los JuzgaOC>5 y T:r¡ibt ínales (de Sigüenza (Guadalajara ), o en su caso Guadalajara, de cualquier orden9 parif; ;tÓ'dás~Jas r :

incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contra t6{ é6ñ;::e)(p'r-esa t , i'renuncia al fuero jurisdiccional extranjero correspondiente, según MODElO '~N EX(YjÍI ;;;J'

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A.6) Declaración responsable según MODELO ANEXO II, en la que se irid íQüÉt 'ríóestar incurso en prohibición de contratar con arreglo a lo dispuesto en el artículo 60 delTRLCSP, así como de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con laSeguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. En el caso de empresasinscritas en un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o deuna Comunidad Autónoma o de certificados comunitarios de clasificación, se estará a lodispuesto en los artículos 83 y 84 del TRLCSP.

A.7) Declaración responsable del licitador en la que manifieste su compromiso deadscribir a la ejecución del contrato los medios materiales y humanos precisos paragarantizar su exacta y adecuada ejecución (ANEXO IV).

A.8) Declaración responsable del licitador en la que se ind ique si forma o noparte de un grupo de empresas y, en este caso, si concurre o no a la licitación otraempresa del mismo grupo (ANEXO V) .

A.9) Documento indicat ivo de número de fax o dirección de correo electrónico aefectos de requerir del interesado subsanaciones o puesta en conocim iento decualesquiera incidencias relacionadas con el procedimiento de licitación.

A.10) Identificación del personal que realizará la vigilancia y documentaciónacreditativa de su capacidad como vig ilante.

A.ll) Declaración responsable ANEXO VI de no haber sido sancionado porinfracciones a la legislación de caza (penal o administrativa) en los últimos diez años yde estar al corriente de pago de cualquier otra adjud icación de aprovechamiento de cazao contrato en v igor con cualqu ier otra Entidad Local.

SOBRE «B»PROPOSICIÓN

AUTOMÁTICAMENTE

a) Proposición económica .

ECONÓMICA y CRITERIOS CUANTIFICABLES

Se presentará conforme al modelo que figura en el Anexo I del presente Pliego.

La falta de presentación de las proposiciones en la forma indi cada en la presentecláusula dará lugar a la inadmisión de la oferta. No se aceptarán aquellas proposicionesque tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todoaquello que la Administración estime fundamental para la oferta.

En caso de discordancia entre la cantidad cons ignada en cifras y la consignada enletra, prevalecerá ésta última.

Las ofertas (IVA excluido) que sean inferiores al presupuesto de licitación(12.000 euros la temporada ,) serán rechazadas.

a) Documentación relativa a las mejoras que se ofertan.

Se incluirá memoria detallando las mejoras cinegéticas ofertadas que deberán

constar cuantificadas económicamente.

CLÁUSULA DÉCIMA. Criterios de adjudicación.-7-

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. La adjudicación reca~rá . en el licitador que, en su conjunto, haga i~mej? r;, ,9~~~ta , 0".teniendo en. cuenta I~s, cn.t~nos. qu~ se establecen en el 'p~esente P.l I~;9. o, :;p',l:l?,'ep. ~o gítquedar desierto la licitación SI ninguna de las proposicrones se ' ,est imara, »rnas /1conveniente para el interés público. \ ,', '., ::/U f

A tales efectos, para la valoración de las proposrcrones y la selecct ón..deladjudicatario se atenderá a los siguientes criterios de adjudicación:

A) Mayor oferta económica de O a 60 puntos.

Se valorará con 60 puntos la mejor oferta económica. Las demás ofertas sevalorarán de manera proporcional.

B) Mayor número de socios domiciliados en Alcolea de las Peñas (Guadalajara) deO a 10 puntos.

Se valorará el mayor número de socios domiciliados en Alcolea de las Peñasinscritos en la sociedad/ asociación/club a fecha actual debiendo adjuntarse listado delos mismos. Se otorgarán los 10 puntos a la entidad que aporte el mayor número desocios censados de Alcolea de las Peñas. Las demás ofertas se valorarán de maneraproporcional.

Para la valoración de este apartado deberá aportarse libro registro de sociosinscritos a fecha actual.

C) Mejoras cinegéticas de O a 30 puntos.

Se valorarán exclusivamente como mejoras la instalación de elementosdestinados a la mejora de las condiciones del hábitat para las especies cinegéticas o dela fauna silvestre como son comederos, bebederos, instalaciones cinegéticas, etc. quedeberán venir definidas claramente en número, modelo, capacidad y precios unitarios.Asimismo, se podrán ofertar mejoras destinadas a favorecer la gestión cinegética delCoto Privado licitada, tales como mejora de accesos, limpieza de tiraderos, etc, endefinitiva cualquier mejora no contemplada en el pliego y que revierta en un mejorfuncionamiento de la actividad objeto del contrato.

No se considerarán mejoras aquellos elementos, o instalaciones que venganimpuestos por normas de obligado cumplimiento.

Será necesario para valorar las mejoras su cuantificación económica y sepresentará un calendario obligatorio de ejecución, durante el período de vigencia delcontrato.

Se valorará con 30 puntos la mejora del licitador cuya cuantía económica deinstalaciones y elementos sea la más elevada . Las demás ofertas se valorarán demanera proporcional.

CLAÚSULA DÉCIMOPRIMERA. Mesa de Contratación

La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en la DisposiciónAdicional 2a del Real Decreto Legislativo 3/2011, Texto Refundido de la Ley deContratos del Sector Público, apartado lO, estará presidida por un miembro de laCorporación o un funcionario de la misma y actuará como secretario un funcionari~ de laCorporación. Formarán parte de ella, el Secretario o, en su caso, el titular del organoque tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así comoaquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personalfuncionario de carrera o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembroselectos de la misma.

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Page 9: 3/2008, 3/2011, (IPC) . Si por necesidades de repoblación o cualquier otra causa se disminuye la superficie del aprovechamiento, se reducirá la tasación del aprovechamiento afectado,

Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros :

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1 \, (;.1 ; ¡ ....,.( i :..;,~. ~..(r ¡.PRESIDENTE: Alcalde-Presidente de la Corporación. \;~1 \" ';~Y:'~~- I J/VOCALES: El Secretario-interventor del Ayuntamiento que además acúj.~ r.~ coníYo ~,,_,/Secretario de la Mesa y los Concejales de la Corporación Municipal, representá~~_~,~:-'~~~':::~\~~ ':cada grupo político . _.

La mesa se constituirá valida mente aun faltando uno de sus vocales miembroelecto de la Corporación Municipal ; siempre y cuando estén presentes, el Presidente, yel Secretario-Interventor, con funciones de Secretario de la Mesa y un concejal.

CLÁUSULA DÉCIMOSEGUNDA. Apertura de Ofertas

La Mesa de Contratación se reunirá el primer viernes hábil sigu iente al de lafinalización del plazo de presentación de proposiciones, a las 18:00 horas, con el objetode proceder a la apertura de los sobres "A" y cal ificar la documentación administrativaen ellos contenida. En caso de observar defectos materiales en la documentaciónpresentada, si lo cree conven iente, la Mesa podrá conceder un plazo no superior a cincodías para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en ladocumentación presentada. Posteriormente, procederá a la apertura y examen de lossobres «6», que contienen las ofertas económicas.

CLÁUSULA DÉCIMOTERCERA. Requerimiento de Documentación

De conformidad con el artículo 151.2 Real Decreto Legislativo 3/2011, TextoRefundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el órgano de contratación requeriráal licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que,dentro del plazo de CINCO DÍAS hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en quehubiera recib ido el requerimiento, presente documentación justificativa de hallarse alcorriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social,de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar oadscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del citado Real DecretoLegislativo, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, seentenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar lamisma documentación al licitadorsiguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas .

CLÁUSULA DÉCIMOCUARTA. Garantía definitiva

El licitador que hubiera presentado la oferta econorruca más ventajosa deberáacreditar la constitución de la garantía por importe de CUATRO MIL OCHOCIENTOSEUROS (4.800) (, que supone el 5% del precio estimado de las ocho anualidades, (nose tiene en cuenta la estimación al alza/baja IPC), excluido IVA y podrá constituirse enalguna de las sigu ientes formas :

a) En efect ivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a lascondiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y loscert ificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja Generalde Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía yHacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las ComunidadesAutónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en laforma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.

b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normasde desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas decrédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíprocaautorizados para operar en España , que deberá depositarse en los establecimientosseñalados en la letra a) anterior,

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e) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma Ye' on<U;}J.n_~<s 0\\que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad \~eg !;J r~ d ~-t rn}fautorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregsrse ent,.lo .'liestablecimientos señalados en la letra a anterior. (~~~. .«>'!),,:.;'!

"}"~' ~A ,.. '0, , ~"",~0· {G~ la ..'0." .~

La qarantia no sera devuelta o cancelada hasta que se haya producido ' e l 'vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato. Estagarantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Real DecretoLegislativo 3/2011, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

CLÁUSULA DÉCIMOQUINTA. Adjudicación del contrato.

El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los DIEZ díashábiles siguientes a la recepción de la documentación. No podrá declararse desierta unalicitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo conlos criterios que figuren en el pliego.

La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadoresy, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante.

La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria quepermita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientementefundado contra la decisión de adjud icación.

La notificación se hará por cualquiera de los medios que permitan dejarconstancia de su recepción por el destinatario.

CLÁUSULA DÉCIMOSEXTA. Formalización del contrato.

La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentrode QUINCE días a contar desde la fecha en que se reciba la notificación de laadjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 delReal Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

CLÁUSULA DÉCIMOSÉPTIMA. Pago

El abono de l precio de adjud icación de los aprovechamientos cinegético deberáhacerse efectiva de la siguiente forma:

El pago de la pr imera anualidad de la renta cinegética, temporada 2014-2015,deberá abonarse en la cuenta bancaria de la que es titular el Ayuntamiento de Alcoleade las Peñas de LA CAIXA, con domicilio en C/ Valencia, 1 CP 19250 SIGÜENZA(Guadalajara ) , nO CCC ES96 2100 8762 9522 0005 2989 de, o bien mediante chequebancario conformado a favor de esta Entidad Local. Para el rest o de temporadascinegéticas se deberán abonar a la cuenta señalada, o bien la que indique elAyuntam iento. Las fechas de pagos de la segunda y siguientes anual idades otemporadas cinegéticas se establecen a continuación, aplicándose la actualización delÍ ndice de Precios al Consumo (IPC), tomando como referencia la de periodo anteriorcompuesto de las doce mensualidades anteriores.

Toda demora en los pagos de cada anualidad supondrá el derecho delAyuntamiento a rescindir el contrato, sin derecho a devolución de la parte de anualidadabonada y no disfrutada y exigirle por aquella, así como por cualquier falta a loestipulado, las responsabilidades que correspondan, incautándose de las garantías, ysin perjuicio también de los demás medios por que se haya de compeler al arrendatarioa cumplir sus obligaciones y a resarcir los perjuicios que ocasione al Ayuntamiento de

Alcolea de las Peñas:Fechas de Pago de las temporadas cinegéticas siguientes:

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2a. Temporada cinegética 2015/2016. Antes del día 31/03/2015.3a, Temporada cinegética 2016/2017. Antes del día 31/03/2016.4a, Temporada cinegética 2017/2018. Antes del día 31/03/2017.sao Temporada cinegética 2018/2019. Antes del día 31/03/2018.6a. Temporada cinegética 2019/2020. Antes del día 31/03/2019 .7a. Temporada cinegét ica 2020/2021. Antes del día 31/03/2020.8a. Temporada cinegética 2021/2022. Antes del día 31/03/2021.

El adjudicatario vendrá obligado cada anualidad o temporada cinegética a abonardirectamente a los Servicios Periféricos de la Consejería de Agricultura de la Junta deComun idades de Castilla- La Mancha el 15 % del aprovechamiento así como las tasasdel aprovechamiento de Caza del Monte nO 5 del Catálogo de Utilidad Pública de estetermino municipal.

Los precintos de caza los retirará el Sr. Alcalde-Presidente o por delegación delmismo en cualquier Concejal de la Corporación, personal del Ayuntamiento o bienfacultando al adjudicatario para su recogida, una vez acredite este último estar alcorriente de pago de la anualidad o temporada cinegética correspond iente.

El Ayuntamiento hará entrega al adjudicatario de cuatro tarjetas para la cazamenor por cada temporada cinegética.

CLÁUSULA DÉCIMOCTAVA. Derechos y Obligaciones del Adjudicatario

Los derechos y obl igaciones del adjud icatario son los que nacen de este Pliegoque tendrá carácter contractual, y del contrato firmado entre las partes, así como losderivados de la legislación aplicable. En concreto el adjudicatario se compromete a:

1. Realizar el correspondiente aprovechamiento cinegético de acuerdo con lalegislación sectorial de caza y monte, y cualquier otra que pueda ser de obligadocumplim iento con ocasión del cumplim iento del contrato, respetándose , en todomomento, las normas que emanen de los Servicios Forestales, del Ayuntam iento y de laConsejería de Agricultura.

2. Cuidar expresamente de que los usuarios se encuentren debidamentedocumentados y con las autorizaciones y seguros correspondientes en vigor, teniendo eladjudicatario la total responsabilidad en caso de siniestro.

3. Cumplir las normas en materia fiscal, laboral, de seguridad social y de higieneen el trabajo, quedando exonerado el Ayuntamiento de cualquier responsabilidad por elincumplimiento de l adjudicatario.

4. Suscribir póli za de seguro que cubra los daños y perjuicros que la caza o elaprovecham iento cinegético puedan producir en las personas, bienes o ganado si a ellohu biese lugar, quedando exonerado el Ayuntamiento de Alcolea de las Peñas decualquier responsabilidad. Durante todos los años que dure la adjudicación , eladjudicatario presentará, al cumplirse cada año natural desde aquélla, documentoacred itativo de tener actual izado y vigente el seguro de responsabilidad civil.

El arrendatario del coto será directamente responsable de los daños que secausen en las explotaciones agrarias, que formen parte del acotado de caza, por laspiezas que procedan del acotado ; teniendo a todos los efectos el carácter de titularcinegético,

En caso de adjudicarse a una sociedad de cazadores, serán responsables de losdaños producidos por la caza existente en los terrenos adscritos al régimen de cazacontrolada cuyo disfrute cinegético tenga adjudicado (artículo 8.4 del Decreto 141/1996,9 de diciembre, Reglamento de Caza de Castilla-La Mancha). Las posibles denuncias quese pudieran presentar se efectuarán ante la Jurisdicción civil ordinaria, en la jurisdicciónde Sig üenza (Guadalaj ara),

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~N'TA.Jo1/ ,

~J[ 1>-' 0'1--) ,.

. ,... ~ 0 1 .

5. Abonar e.1 importe de adjudicaCi?n en los plazos previsto,s en I'~ pli~ l ,,;<:k,? o:'com~ abonar los Impuestos, tasas,. m~~ncula anual. ?el Coto, aSI com~ lo (f...~.@~ m¡,¡grava~e.nes que resulten de apllca~lon. ~on .ocaslon ? c.~mo cons~,fU~nc' . ·Ydel ~ I !/cumpl~m~ento del contr~to o d~, su eJ~c~clon~ siendo obliqación del ad1uc!J~.~tan.? ~1 ' i\~~:Icumplimiento de cualquier gestlon administrativa ante otro organismo publico...~d'éÍ@~?Hf< ·realización del aprovechamiento cinegético durante la duración del contrato. --~ .

6. Asumir vigilancia de la ejecución del aprovechamiento de conformidad con lodispuesto en el artículo 82 de la Ley 2/1993, de Caza de Castilla-La Mancha y en elartículo 130 del Decreto 141/2006, por el que se aprueba el Reglamento de Caza deCastilla-La Mancha, y en el pliego especial de condiciones técnico-facultativas para laejecución de los aprovechamientos cinegéticos. El nombramiento de los vigilantes estarásupeditado a la conformidad de los Servicios Periféricos y deberá hacerse entre laspersonas que tengan acreditada esta titulación. El/los vigilantes propuestos por eladjudicatario deberán atender en todo momento las indicaciones que reciban tanto delpersonal facultativo de los Servicios Periféricos como de los Agentes Medioambientalesencargados de la custodia del Coto de Caza. Igualmente están obligados a cumplir y ahacer cumplir la normativa en vigor de caza, montes y conservación de la naturaleza.

7. El adjudicatario vendrá obligado a reponer al Ayuntamiento, del Plan Técnicode Caza, matrícula del Coto, así como la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civilabonados por el Ayuntamiento a la firma del Contrato. Una vez caducado el presentePlan Técnico de Caza, serán de cuenta del adjudicatario los gastos de redacción delmismo durante todos los años que dure la adjudicación, y en su caso la prórroga.

También vendrá obligado el adjudicatario a reponer y conservar las tablillas deseñalización del acotado.

El adjudicatario viene obligado a aceptar y cumplir el actual Plan Técnico deCaza aprobada por la Resolución de fecha 20/03/2014 del Ilmo. Sr. CoordinadorProvincial de los Servicios Periféricos de la Consejería de Agricultura de la Junta deComunidades de Castilla-La Mancha.

8. El adjudicatario se compromete, si las circunstancias así lo requieren y deacuerdo el Ayuntamiento, a realizar las repoblaciones que considere oportunas; en talcaso, estará obligado a entregar una copia de las guías veterinarias de los animales ysupervisar con la suficiente antelación a la Consejería de Agricultura de las fechas yzonas elegidas para efectuar tales sueltas.

9. El adjudicatario presentará en el Ayuntamiento de Alcolea de las Peñas un mesantes del inicio de cada temporada de caza un calendario de las batidas, ganchos, yaguardos a realizar para esa temporada con sus correspondientes fechas de realizaciónen cada caso. También se adjuntará al mismo la documentación cartográfica necesariapara la perfecta identificación de manchas o ganchos objeto de aprovechamiento, consituación aproximada de los puestos.

10. Será obl igación del adjudicatario la señalización correcta del coto debiendoajustarse a la normativa dictada por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha .

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones recogidas en esta cláusulaserá motivo de rescisión del contrato.

CLÁUSULA OÉCIMONOVENA. Gastos

Serán de cuenta del adjudicatario todos los gastos e impuestos que se derivendel contrato incluyendo los de otorgamiento de escritura pública . Asimismo, eladjudicatario quedará obligado a pagar el importe de los anuncios de licitación en el

Boletín Oficial de la Provincia.

CLÁUSULA VIGÉSIMA. Régimen Jurídico del Contrato

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~---: ...¿-~'JNTA-':":: '

t;:V~--{ ~1/~., r ~ 1,- :<.La prestación de este contrato se corresponde con un contrato aministrati o .,~.

especial, de conformidad con el artículo 41.2 de la Ley 3/2008, de 12 !d JUQ} ,~- \'Montes y Ge~tió~ Forestal Sostenible de Casti."a La Mancha y el artículo 19~.(~b) ~J~~~~' ~jDecreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se apruebá, e ~;:r;e~1:. '11;.iRefundido de la Ley de Contratos del Sector Público. :. «'..o,..., ::1 . . ..."0;//

'. . J\~ ,.. ~,&\~.,.. ,) ( Gi.!:I(~~

Se regirá por las condiciones que figuran en este pliego, y supletoriamente, yen loque no se prevea en el citado pliego, respecto a los trámites licitatorios, perfección,formalización y cumplimiento del contrato, serán de aplicación las normas contenidas enel Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Leyde Contratos del Sector Público (TRLCSP) , así como el Real Decreto 1098/2001, por elque se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las AdministracionesPúblicas (RGLCAP), en lo que no contradiga el TRLCSP y esté vigente tras la entrada envigor de dicho texto. Asimismo, subsidiariamente, se aplicarán las restantes normas delDerecho Administrativo y, en su defecto, las normas del Derecho Privado.

El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente pararesolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato deconformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del TRLCSP. Los Juzgados y Tribunalesde Guadalajara serán los competentes, renunciado el adjudicatario a cualquier fuero yjurisdicción diferente.

CLÁUSULA VIGÉSIMOPRIMERA. Prerrogativas de la Administración.

El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Real DecretoLegislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de laLey de Contratos del Sector Público, ostenta las siguientes prerrogativas:

a) Interpretación del contratob) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimientoc) Modificación del contrato por razones de interés públicod) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.

CLAUSULAS VIGESIMOSEGUNDA.- Derechos y Obligaciones de los Titulares delas Fincas Rústicas.-

a) Tendrán derecho a tarjeta exclusivamente para caza menor los vecinosempadronados y los titulares catastrales cuyas fincas formen parte del acotado, quesean hijos del pueblo o tengan vivienda en Alcolea de las Peñas. Cuando la superficiede hectáreas aportadas suponga un mínimo de quince o más hectáreas, la cuota portarjeta será de cero euros. Si la superficie de las hectáreas aportadas supone menos dequince hectáreas el precio a abonar por tarjeta será proporcional a las hectáreasaportadas, siendo el precio máximo 225 euros por tarjeta. Estableciéndose para sucálculo la regla inversa; cuanto más hectáreas se aporten al acotado, supone un menorcoste por tarjeta.

Antes de realizar la entrega de tarjeta el solicitante abonará el precio de la mismaen arcas municipales en el número de cuenta que el Ayuntamiento indique.

b) El Ayuntamiento repartirá entre los solicitantes una tarjeta por temporadacinegética. Si las solicitudes fuesen superiores al número de tarjetas contempladas en elPlan Técnico el Ayuntamiento regulará los días de Caza para cada titular de cadatarjeta. En caso de que sean varios los titulares catastrales de una misma finca, estostendrán derecho a una sola tarjeta . El Ayuntamiento hará entrega a uno de los titulares,una vez que estos últimos se hayan puesto de acuerdo.

c) El Ayuntamiento detraerá hasta un 20% de los ingresos del , valo~ deadjudicación del aprovechamiento cinegético, para sufragar gastos de tunclonarruentodel mismo, de gestión o para mejoras del aprovechamiento, que estime pertinente. Lospropietarios de fincas que soliciten el valor de adjudicación del aprovechamiento solo

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tendrán derecho a cobrar hasta un 80% del valor de adjudicación de! ~~ sU-~~fic:ie 0'1\'"aportada al acotado. \I~' . ()'f-:':f>;..Jfi) 'In

, y éJ.:;~),' ~~ ¡;~,~, '''''01.y

d) Cualquier propietario de fincas rústicas podrá agregar su superi{~ig~/al Coto , \~\~,Privado de Caza GU.10.915, pero sólo podrá hacerlo efectivo hasta tanto en cu~n('tó!~ri6~7sea aprobado el nuevo Plan Técnico de Caza por la Consejería de Agricultura de la j'üñ'tade Comunidades de Castilla-La Manca y siempre y cuando dichas fincas supongan unacontinuidad de superficie con el actual acotado.

ANEXOS AL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS

EXPEDICIÓN DE BASTANTEO DE PODERES.Para la expedición del bastanteo de poderes se deberá presentar en la Secretaría delAyuntamiento de Alcolea de las Peñas, en horario de atención al público, exclusivamentelos jueves de cada semana, a excepción de los festivos, días de permiso o vacaciones, lasiguiente documentación:

- fotocop ia del D.N.!. de la persona apoderada acompañada de su original- documentación acreditativa de la representación.

En el plazo máximo de cinco días hábiles se podrá retirar del servicio de contratación delExcmo.Ayuntam iento de Alcolea de las Peñas el poder bastanteado por la Secretaría delAyuntamiento .CERTIFICACIONES A APORTAR POR EL LICITADOR CON OFERTA MÁS

VENTAJOSA.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 y siguientes del Real Decreto1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley deContratos de las Administraciones Públicas, las certificaciones a aportar por el licitadorque presente la oferta económicamente más ventajosa serán las siguientes:- certificación administrativa positiva en cuanto a las obligaciones tributarias con laAdministración estatal expedida por el órgano competente- certificación administrativa positiva en cuanto a las obligaciones tributarias con elExcmo. Ayuntam iento de Alcolea de las Peñas expedida por el órgano competente,- certificación administrativa positiva de obligaciones con la Seguridad Social.

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ANEXO I

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

en__, con DNI n.Onotificaciones

________' y con domicilio a efectos dec/

___________~ , n.O __,actuando en nombre propio/ en representación de la Entidad________________________, con CIF n.O______, enterado del expediente para la adjudicación delaprovechamiento cinegético del Coto Privado de Caza GU-10.915, detitularidad del Ayuntamiento de Alcolea de las Peñas, durante ochotemporadas cinegéticas, mediante procedimiento ordinario, anunciado enel Boletín Oficial de la Provincia de n.O __, de fecha_________, y en el Perfil de Contratante, hago constar queconozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente,así como el Plan Técnico de Caza, aprobado al efecto, sin reservaninguna, manifestando:

1o. Que por el aprovechamiento forestal de caza ofrezco las siguientescantidades:

-Coto Privado de Caza, matrícula GU-10.915. _

(en letra y número) (/anual más 21 % de IVA.

2a . Que ofrezco mejoras cinegéticas por importe de _

(en letra y número) C más 21 % de IVA.

3a Que el número de socios domiciliados en Alcolea de las Peñas esde _

En , a __ de de 2014.Firma del licitador

Fdo.: »,

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ANEXO 11

DECLARACION RESPONSABLE

en nombre propio/ en representación

DECLARO RESPONSABLEMENTE que ni el firmante de la declaración, ni laentidad a la que represento, ni ninguno de sus administradores orepresentantes, se halla incursos en supuesto alguno a los que se refiereel artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del SectorPúblico.

DECLARO RESPONSABLEMENTE, que el firmante de la declaración y/o, ensu caso, la entidad a la que represento, se halla al corriente en elcumplimiento de obligaciones tributarias impuestas por las disposicionesvigentes.

DECLRAO RESPONSABLEMENTE que el firmante de la declaración y/o, ensu caso, la entidad a la que represento se halla al corriente en elcumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas porlas disposiciones vigentes

En , a de de 2014.

Firma del licitador,

Fdo.: _

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ANEXO 111

DECLARACION RESPONSABLE

en nombre propio/ en representación

DECLARO RESPONSABLEMENTE el sometimiento a la jurisdicciónde los Juzgados y Tribunales Sigüenza o/ en su caso de Guadalajara, decualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo oindirecto pudieran surgir del contrato, con expresa renuncia al fuerojurisdiccional extranjero correspondiente o que pudiera corresponderme.

En , a de de 2014.

Firma del licitador,

Fdo.: _

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ANEXO IV

DECLARACION RESPONSABLE

en nombre propio! en representación

DECLARO RESPONSABLEMENTE mi compromiso de adscribir a laejecución del contrato los medios materiales y humanos precisos paragarantizar su exacta y adecuada ejecución.

En , a de de 2014.

Firma del licitador,

Fdo.: _

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ANEXO V

DECLARACION RESPONSABLE

en nombre propio/ en representación

DECLARO RESPONSABLEMENTE que sr forma o NO forma(táchese lo que no proceda) parte de un grupo de empresas y, en estecaso, si concurre o no a la licitación otra empresa del mismo grupo.

En , a de de 2014.

Firma del licitador,

Fdo.: _

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ANEXO VI

DECLARACION RESPONSABLE

en nombre propio! en representación

DECLARO RESPONSABLEMENTE No haber sido sancionados porinfracciones a la legislación de caza (penal o administrativa) en losúltimos diez años y de estar al corriente de pago de cualquier otraadjudicación de aprovechamiento de caza o contrato en vigor concualquier otra Entidad Local.

En , a de de 2014.

Firma del licitador,

Fdo.: _