3. regimen rus y rer

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1 NUEVO REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO 01. ¿Cuáles son los objetivos del Nuevo RUS? - Facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los pequeños contribuyentes - Propiciar que los pequeños contribuyentes aporten al fisco de acuerdo con su capacidad contributiva. 02. ¿Quiénes se pueden acoger al Nuevo RUS? Pueden acogerse al NUEVO RUS: - Las personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas que, exclusivamente obtengan rentas por realizar actividades empresariales. Ejemplo: Un comerciante que abre una bodega o aquel que inaugura una panadería con venta directa al público. Se define como actividad empresarial, a la que genera rentas de Tercera Categoría de acuerdo con la Ley del Impuesto a la Renta. - Las personas naturales no profesionales, domiciliadas en el país, que perciban rentas de Cuarta Categoría únicamente por actividades de oficios. Por ejemplo los ingresos de un pintor, jardinero, gasfitero o electricista. 03. ¿Cuáles son los requisitos para acogerse al Nuevo RUS? Para acogerte al Nuevo RUS debes cumplir con las siguientes condiciones: El monto de tus ingresos brutos no debe superar S/. 360,000 en el transcurso de cada año, o en algún mes tales ingresos no deben ser superiores a treinta mil Nuevos Soles (S/ 30,000). Realizar tus actividades en un sólo establecimiento o una sede productiva. REGIMEN R.U.S Y R.E.R

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REGIMEN RUS Y RER DEL PERU

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NUEVO REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO01. Cules son los objetivos del Nuevo RUS?- Facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los pequeos contribuyentes- Propiciar que los pequeos contribuyentes aporten al fisco de acuerdo con su capacidad contributiva.02. Quines se pueden acoger al Nuevo RUS?Pueden acogerse al NUEVO RUS:- Las personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas que, exclusivamente obtengan rentas por realizar actividades empresariales.Ejemplo: Un comerciante que abre una bodega o aquel que inaugura una panadera con venta directa al pblico.Se define como actividad empresarial, a la que genera rentas de Tercera Categora de acuerdo con la Ley del Impuesto a la Renta.- Las personas naturales no profesionales, domiciliadas en el pas, que perciban rentas de Cuarta Categora nicamente por actividades de oficios. Por ejemplo los ingresos de un pintor, jardinero, gasfitero o electricista.03. Cules son los requisitos para acogerse al Nuevo RUS?Para acogerte al Nuevo RUS debes cumplir con las siguientes condiciones:El monto de tus ingresos brutos no debe superar S/. 360,000 en el transcurso de cada ao, o en algn mes tales ingresos no deben ser superiores a treinta mil Nuevos Soles (S/ 30,000).Realizar tus actividades en un slo establecimiento o una sede productiva.El valor de los activos fijos afectados a tu actividad no debe superar los setenta mil Nuevos Soles (S/. 70,000). Los activos fijos incluyen instalaciones, maquinarias, equipos de cualquier ndole etc. No se considera el valor de los predios ni de los vehculos que se requieren para el desarrollo del negocio.Las adquisiciones y compras afectadas a la actividad no deben superar los S/. 360,000 en el transcurso de cada ao o cuando en algn mes dichas adquisiciones superen los S/ 30,000.

04. Quines no pueden acogerse al Nuevo RUS?No pueden acogerse al Nuevo RUS, aquellos que :1. Presten el servicio detransporte de cargade mercancas utilizando sus vehculos que tengan una capacidad de carga mayor o igual a 2 TM (dos toneladas mtricas).2. Presten el servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.3. Efecten y/o tramiten algn rgimen, operacin o destino aduanero; excepto que se trate de contribuyentes: Cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de frontera, que realicen importaciones definitivas que no excedan de US$ 500por mes, de acuerdo a lo sealado en el Reglamento; y/o. Que efecten exportaciones de mercancas a travs de los destinos aduaneros especiales o de excepcin previstos en los incisos b) y c) del artculo 83 de la Ley General de Aduanas, con sujecin a la normatividad especfica que las regule; y/o. Que realicen exportaciones definitivas de mercancas, a travs del despacho simplificado de exportacin, al amparo de lo dispuesto en la normatividad aduanera.4. Organicen cualquier tipo de espectculo pblico.5. Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos; agentes de aduana y los intermediarios de seguros.6. Sean titulares de negocios de casinos, mquinas tragamonedas y/u otros de naturaleza similar.7. Sean titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad.8. Realicen venta de inmuebles.9. Desarrollen actividades de comercializacin de combustibles lquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de acuerdo con el Reglamento para la Comercializacin de Combustibles Lquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos.10. Entreguen bienes en consignacin.11. Presten servicios de depsitos aduaneros y terminales de almacenamiento.12. Realicen alguna de las operaciones gravadas con el Impuesto Selectivo al Consumo.13. Realicen operaciones afectas al Impuesto a la venta del Arroz Pilado.

RGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTAEl RER es un rgimen tributario dirigido a personas naturales y jurdicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el pas que obtengan rentas de tercera categora provenientes de: a) Actividades de comercio y/o industria, entendindose por tales a la venta de los bienes que adquieran, produzcan o manufacturen, as como la de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cra y el cultivo. b) Actividades de servicios, entendindose por tales a cualquier otra actividad no sealada expresamente en el inciso anterior.Cules son los requisitos para acogerse en el RER?Los ingresos anuales no deben superar los S/. 525,000. El valor de los activos fijos afectados a la actividad exceptuando predios y vehculos, no superar los S/. 126,000. El personal afectado a la actividad no debe ser mayor a 10 personas por turno de trabajo El monto acumulado de adquisiciones al ao no debe superar los S/. 525,000Cmo acogerse al RER1.- Tratndose de contribuyentes que inicien actividades en el transcurso del ejercicio:El acogimiento se realizar nicamente con ocasin de la declaracin y pago de la cuota que corresponda al perodo de inicio de actividades declarado en el Registro nico de Contribuyentes (RUC), y siempre que se efecte dentro de la fecha de su vencimiento, de acuerdo a lo sealado en el artculo 120 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta. 2.- Tratndose de contribuyentes que provengan del Rgimen General o del Nuevo Rgimen nico Simplificado:El acogimiento se realizar nicamente con ocasin de la declaracin y pago de la cuota que corresponda al perodo en que se efecta el cambio de rgimen, y siempre que se efecte dentro de la fecha de su vencimiento, de acuerdo a lo sealado en el artculo 120 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.En ambos supuestos, el acogimiento surtir efecto a partir del perodo que corresponda a la fecha declarada como inicio de actividades en el Registro nico de Contribuyentes o a partir del perodo en que se efecta el cambio de rgimen, segn corresponda.El acogimiento al Rgimen Especial tiene carcter permanente, salvo que el contribuyente opte por ingresar al Rgimen General o acogerse al Nuevo Rgimen nico Simplificado, o se encuentre obligado a incluirse en el Rgimen General de conformidad con lo previsto en el artculo 122 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.Qu actividades estn excluidas del RER?No pueden incorporarse al RER, entre otros los contribuyentes que se dediquen a las siguientes actividades:a) Realicen actividades que sean calificadas como contratos de construccin segn las normas del Impuesto General a las Ventas, aun cuando no se encuentren gravadas con el referido Impuesto.b) Presten el servicio de transporte de carga de mercancas siempre que sus vehculos tengan una capacidad de carga mayor o igual a 2 TM (dos toneladas mtricas), y/o el servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.

c) Organicen cualquier tipo de espectculo pblico.d) Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos; agentes de aduana y los intermediarios de seguros.e) Sean titulares de negocios de casinos, tragamonedas y/u otros de naturaleza similar.f) Sean titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad.g) Desarrollen actividades de comercializacin de combustibles lquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de acuerdo con el Reglamento para la Comercializacin de Combustibles Lquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos.h) Realicen venta de inmuebles.i) Presten servicios de depsitos aduaneros y terminales de almacenamiento.j) Realicen las siguientes actividades, segn la revisin de la Clasificacin Industrial Internacional Uniforme - CIIU aplicable en el Per segn las normas correspondientes.k) Actividades de mdicos y odontlogos.l) Actividades veterinarias.m) Actividades jurdicas.n) Actividades de contabilidad, tenedura de libros y auditora, asesoramiento en materia de impuestos.o) Actividades de arquitectura e ingeniera y actividades conexas de asesoramiento tcnico.p) Actividades de informtica y conexas.q) Actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestinQu impuestos debe declarar y pagar si Ud. se acoge al RER?Los contribuyentes que se acojan al RER, deben cumplir con declarar y pagar mensualmente el Impuesto a la Renta (Rgimen Especial) y el IGV, de acuerdo a las siguientes tasas:TRIBUTOTASA

Impuesto a la Renta Tercera Categora(RGIMEN ESPECIAL)1.5%de sus ingresos netos mensuales

Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promocin Municipal18%

La tasa de 1.5% se aplica desde el perodo octubre de 2008, independientemente de la actividad realizada.

Cmo declaro y pago mis impuestos en este rgimen?PRESENTACIN1.- Mediante la presentacin del PDT 621 a travs de SUNAT Virtual con su Clave SOL, o en la red bancaria autorizada; o 2.- Mediante la Declaracin y Pago IGV Renta Simplificada mensual (ideal para MYPES), la cancelacin se realiza mediante cargo a cuenta bancaria o pago mediante tarjeta de crdito o dbito. En ambos casos se requiere afiliacin al pago de tributos por Internet.Para usar la declaracin simplificada de IGV - Renta Mensual, no debe ser sujeto de retenciones o percepciones en el perodo tributario por el que realiza la declaracin.Si su impuesto a pagar es cero (0) , slo podr presentar su declaracin a travs de SUNAT Virtual, utilizando su CLAVE SOL que puede obtener en forma gratuita en el Centro de Servicios al Contribuyente ms cercano a su domicilio.PAGO Puede realizarse:Por Internet - Con cargo en cuenta, previamente afiliada de los bancos: Continental, Scotiabank, Crdito, Interbank y Citibank - Con cargo a la cuenta de detracciones del Banco de la Nacin - Con tarjeta de dbito y/o crdito VISA, afiliada a Verified by VISA Presencialmente - En efectivo - Con cheque de la misma plaza bancaria Importante: Para realizar el pago, puedes utilizar el Nmero de Pago SUNAT NPS. Para ello, previamente debes haber presentado tu PDT y haber generado el NPS respectivo en www.sunat.gob.pe. El pago con NPS lo puedes realizar en efectivo o con cheque en las ventanillas de los siguientes bancos: Scotiabank, Interbank y BCP. REGIMEN R.U.S Y R.E.R