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1 3. NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO. INDICE: 3.0 INTRODUCCIÓN 3.1 ÓRGANOS DE GOBIERNOS Y COORDINACIÓN DOCENTE. 3.2 ÓRGANIZACIÓN DE LA ENTRADA Y ACCESO AL CENTRO, NORMAS DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD. 3.3 ORGANIZACIÓN, NORMAS DE ASISTENCIA Y SUSTITUCIÓN DEL PROFESORADO. 3.4 NORMAS GENERALES DE AULA. 3.5 RELACIÓN CON OTROS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. 3.6 ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DEL CENTRO 3.7. NORMAS DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS 3.8. ENSEÑANZA DE RELIGIÓN Y ALTERNATIVAS. 3.9 PROGRAMA DE REFUERZO EDUCATIVO (PRE). 3.10. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE CONFLICTO/DESACUERDO CON DECISIONES DE TUTORÍA. 3.11. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE NO RECOGIDA DE LOS ALUMNOS AL TÉRMINO DE LA JORNADA ESCOLAR. 3.12 .PROCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTES O ENFERMEDAD DE UN ALUMNO/A. 3.13. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACOSO ESCOLAR, MALTRATO O AGRESIÓN. 3.14. AUTORIZACIÓN PARA LA RECOGIDA DE ALUMNOS DEL CENTRO ESCOLAR. 3.15. NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DE IMÁGENES DE MENORES EN LA PÁGINA WEB DEL CENTRO. 3.16. NORMAS PARA EL USO DE TELÉFONOS MOVILES EN LOS CENTROS 3.17 ALIMENTACIÓN, TABACO Y ACCESO DE ANIMALES AL CENTRO. 3.18. SERVICIOS EDUCATIVOS: TRANSPORTE Y COMEDOR ESCOLAR. 3.19. NORMAS BANCO DE LIBROS Y SISTEMA DE PRÉSTAMO. 3.20. ALUMNOS PRÁCTICAS UNIVERSIDAD. 3.21 VACUNAS. 3.22 CRITERIOS PARA ESTABLECER AGRUPAMIENTOS. 3.23 COORDINACIÓN INFANTIL/PRIMARIA. 3.24 ACCESO PERSONAS AJENAS AL CENTRO. 3.25 UTILIZACIÓN TABLONES. 3.26 UNIFORME EN EDUCACIÓN INFANTIL. 3.27 RELACIONES RESPETUOSAS.

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3. NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO. INDICE: 3.0 INTRODUCCIÓN 3.1 ÓRGANOS DE GOBIERNOS Y COORDINACIÓN DOCENTE. 3.2 ÓRGANIZACIÓN DE LA ENTRADA Y ACCESO AL CENTRO, NORMAS DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD. 3.3 ORGANIZACIÓN, NORMAS DE ASISTENCIA Y SUSTITUCIÓN DEL PROFESORADO. 3.4 NORMAS GENERALES DE AULA. 3.5 RELACIÓN CON OTROS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. 3.6 ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DEL CENTRO 3.7. NORMAS DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS 3.8. ENSEÑANZA DE RELIGIÓN Y ALTERNATIVAS. 3.9 PROGRAMA DE REFUERZO EDUCATIVO (PRE). 3.10. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE CONFLICTO/DESACUERDO CON DECISIONES DE TUTORÍA. 3.11. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE NO RECOGIDA DE LOS ALUMNOS AL TÉRMINO DE LA JORNADA ESCOLAR. 3.12 .PROCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTES O ENFERMEDAD DE UN ALUMNO/A. 3.13. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACOSO ESCOLAR, MALTRATO O AGRESIÓN. 3.14. AUTORIZACIÓN PARA LA RECOGIDA DE ALUMNOS DEL CENTRO ESCOLAR. 3.15. NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DE IMÁGENES DE MENORES EN LA PÁGINA WEB DEL CENTRO. 3.16. NORMAS PARA EL USO DE TELÉFONOS MOVILES EN LOS CENTROS 3.17 ALIMENTACIÓN, TABACO Y ACCESO DE ANIMALES AL CENTRO. 3.18. SERVICIOS EDUCATIVOS: TRANSPORTE Y COMEDOR ESCOLAR. 3.19. NORMAS BANCO DE LIBROS Y SISTEMA DE PRÉSTAMO. 3.20. ALUMNOS PRÁCTICAS UNIVERSIDAD. 3.21 VACUNAS. 3.22 CRITERIOS PARA ESTABLECER AGRUPAMIENTOS. 3.23 COORDINACIÓN INFANTIL/PRIMARIA. 3.24 ACCESO PERSONAS AJENAS AL CENTRO. 3.25 UTILIZACIÓN TABLONES. 3.26 UNIFORME EN EDUCACIÓN INFANTIL. 3.27 RELACIONES RESPETUOSAS.

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INTRODUCCIÓN

El objetivo de estas normas de organización y funcionamiento es el de concretar de la forma más sencilla posible las normas para un correcto desarrollo de las actividades que tienen lugar en nuestro centro.

Tendremos en cuenta en primer lugar, que ninguna acción se realizará en contra de la normativa vigente, y en segundo lugar, que el alumnado de este centro realiza un proceso educativo para el que se requiere la colaboración entre todos los componentes de la comunidad educativa y principalmente de los padres con el profesorado. 3.1 ÓRGANOS DE GOBIERNOS Y COORDINACIÓN DOCENTE. ÓRGANOS DE GOBIERNO.

UNIPERSONALES: Director, Jefe de Estudios y Secretario; constituyen el Equipo directivo.

COLEGIADOS :

• CONSEJO ESCOLAR.

1. El Consejo Escolar de las Escuelas de Educación Infantil, de los Colegios de Educación Infantil y Primaria y de los Colegios de Educación Especial es el órgano de participación de los diferentes miembros de la comunidad educativa, y, una vez constituido, su mandato será de cuatro años, renovándose por mitades cada dos años de forma alternativa.

2. La composición de los Consejos Escolares de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Infantil y Primaria será la siguiente: 2.1 El Consejo Escolar de los centros que tengan nueve o más unidades estará compuesto según se detalla a continuación:

a) El Director del centro, que será su presidente.

b) El Jefe de Estudios.

c) Cinco maestros elegidos por el claustro.

d) Cinco representantes de las madres y padres de alumnos.

e) Un representante de personal de Administración y Servicios.

f) Un Concejal o representante del ayuntamiento, en cuyo término se halle radicado el centro.

g) El Secretario, que actuará como secretario del Consejo, con voz pero sin voto.

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COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR:

Artículo 127- LOMCE. Competencias del Consejo Escolar.

a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley orgánica.

b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.

h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

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l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

Según establece el Decreto 16/2016 por el que se establecen las normas de convivencia en la CARM, el consejo escolar podrá constituir una Comisión de convivencia para realizar el seguimiento del plan de convivencia y de la resolución de conflictos o nombrar, a propuesta del director a un Coordinador de Convivencia. Este curso contaremos con la figura del Coordinador de Convivencia.

• CLAUSTRO DE PROFESORES: Está formado por todos los profesores del Centro y presidido por el Director.

COMPETENCIAS DEL CLAUSTRO DE PROFESORES:

a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.

b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.

c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.

f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.

i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.

j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.

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FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE PROFESORES

Para la válida constitución del Claustro de Profesorado, a efectos de celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente/a y Secretario/a o en su caso, de quienes le sustituyan, y la mayoría absoluta (mitad más 1) de sus miembros.

1. Si no existiera quórum, el Claustro se constituirá en segunda convocatoria, veinticuatro horas después de la señalada. Para la celebración del Claustro en segunda convocatoria será suficiente la asistencia de la tercera parte de sus miembros, y, en todo caso, en número no inferior a tres.

2. El Orden del Día lo fijará el Presidente/a. Tendrá en cuenta las peticiones que formulen con la suficiente antelación los miembros del Claustro.

3. No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure incluido en el Orden del Día, salvo que estén presentes todos los miembros del Claustro y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría.

4. Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos, y dirimirá los empates el voto del Presidente/a en las votaciones ordinarias y nominales.

5. Los miembros del Claustro, de acuerdo con la naturaleza de los asuntos que puedan ser sometidos a votación, decidirán mayoritariamente los diferentes tipos de votaciones, que podrán ser:

− Ordinarias: Serán levantando el brazo y se harán en aquellos acuerdos en los que ningún claustral pida expresamente otro tipo de votación.

− Nominales: Se verifican leyendo el Secretario/a la lista de miembros del Claustro para que cada uno al ser nombrado diga "sí", "no", según los términos de la votación. Esta votación se aplicará a petición de algún profesor y con el acuerdo de la mayoría de los asistentes en votación ordinaria. Se utilizará fundamentalmente cuando se pretenda dejar constancia individual del voto, por posibles responsabilidades legales.

− Secretas: Son las que se realizan con papeleta que cada miembro va depositando en una urna o recipiente. Las votaciones habrán de ser secretas cuando se refieran a asuntos personales de los miembros del Claustro, del prestigio de los mismos o cuando lo solicite un profesor y lo acuerde la mayoría de los asistentes en votación ordinaria.

6. Las sesiones se celebrarán una vez por trimestre, y siempre cuando lo soliciten al menos un tercio de sus miembros.

7. De cada sesión que celebre el Claustro se levantará acta por el Secretario/a, que especificará necesariamente los asistentes, ausentes que hayan justificado, o no, su

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ausencia, las circunstancias del lugar y tiempo en que se ha celebrado, el orden del día de la reunión, los puntos principales de las deliberaciones, personas que hayan intervenido, el contenido de los acuerdos tomados, así como el resultado de las votaciones.

8. En el acta figurará, a solicitud del miembro del Claustro que lo solicitase, el voto contrario al acuerdo adoptado, su abstención y los motivos que la justifiquen o el sentido de su voto favorable. Asimismo, cualquier profesor tiene derecho a solicitar la transcripción íntegra de su intervención o propuesta, siempre que aporte en el acto, o en el plazo que señale el Presidente/a, el texto que se corresponda fielmente con su intervención, haciéndose así constar en el acta o uniéndose copia a la misma.

9. Los miembros del Claustro que discrepen del acuerdo mayoritario podrán formular, si así lo desean, voto particular por escrito en el plazo de cuarenta y ocho horas, que se incorporará al texto aprobado.

10. Las actas se aprobarán en la siguiente sesión ordinaria, pudiendo no obstante emitir el Secretario/a certificación sobre los acuerdos específicos que se hayan adoptado, sin perjuicio de la ulterior aprobación del acta.

11. La duración de las sesiones en período lectivo se fija en un máximo de una hora, los asuntos no tratados se propondrán a otra sesión que quedará convocada en el momento de levantar la reunión.

12. Las intervenciones que se produzcan en las deliberaciones se harán con respeto hacia las personas e ideas. En caso contrario, el Presidente/a puede llamar al orden a los intervinientes. En caso de reincidencia y de perturbación del buen orden de las sesiones, el Presidente puede invitar a retirarse a quienes así actúen, incluido el levantamiento de la sesión, convocando una nueva reunión en el plazo que el Presidente considere conveniente.

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE PROFESORES:

Las reuniones del Claustro de Profesorado deberán celebrarse en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros. En las reuniones ordinarias, el secretario o secretaria del Claustro de Profesorado, por orden del director o directora, convocará con el correspondiente orden del día a los miembros del mismo, con una antelación mínima de cuatro días y pondrá a su disposición la correspondiente información sobre los temas incluidos en él. Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje.

El Claustro de Profesorado será convocado por acuerdo del director o directora, adoptado por propia iniciativa o a solicitud de, al menos, un tercio de sus miembros. La asistencia a las sesiones del Claustro de Profesorado será obligatoria para todos sus miembros,

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considerándose la falta injustificada a los mismos como un incumplimiento del horario laboral.

DECISIONES DEL CLAUSTRO DE PROFESORES.

a. El Claustro de Profesorado puede tomar acuerdos en aquellos asuntos que no limiten las competencias del resto de órganos unipersonales o colegiados.

b. El Claustro de Profesorado puede acordar la constitución de comisiones para la resolución de problemas de su competencia.

c. Las decisiones y acuerdos aprobados por el Claustro de Profesorado obligan por igual a todos sus componentes.

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispone en su artículo 19.3.c), en relación con los miembros del órgano colegiado que: «… No podrán abstenerse en las votaciones quienes por su cualidad de autoridades o personal al servicio de las Administraciones Públicas, tengan la condición de miembros natos de órganos colegiados, en virtud del cargo que desempeñen». Por tanto, es la condición del funcionario como miembro nato del órgano colegiado la que va a determinar que NO pueda abstenerse en la votación. Es decir, que aquellos funcionarios que formen parte del órgano colegiado por haber sido elegidos, SÍ pueden abstenerse en las votaciones que tengan lugar en el mismo. En el Consejo Escolar que está formado, entre otros, por el Director, el Jefe de Estudios y por profesores elegidos por el Claustro, el Director y el Jefe de Estudios son miembros natos de dicho órgano y por tanto, no podrán abstenerse en las votaciones que tengan lugar en el mismo; por su parte, los representantes del profesorado, en tanto que elegidos por el Claustro, son miembros electos y por ello sí podrán abstenerse en las votaciones que tengan lugar en el Consejo Escolar. El Claustro de Profesores por contra, está compuesto por todos los profesores que prestan servicios en el Centro y por tanto, todos ellos tienen la condición de miembros natos de dicho órgano colegiado, no pudiendo en consecuencia abstenerse de las votaciones que tengan lugar en el mismo. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE: -Equipo de ciclo de Educación Infantil (3, 4 y 5 años). -Equipo de Primer Tramo de Primaria. (1ª,2ºA,2ºB y 3º) -Equipo de Segundo Tramo de Primaria. (4º, 5º y 6º) -Equipo de profesores que imparten la misma área. -Equipo de profesores del mismo grupo. -Tutores. Independientemente del número de unidades del Centro habrá un maestro tutor por cada grupo de alumnos.

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Como criterio general de organización y para cursos siguientes se establece como CRITERIO DE ORGANIZACIÓN que los coordinadores sean, siempre que hayan permanecido con anterioridad en nuestro Centro: Primer tramo: TUTOR DE 2º Segundo tramo: TUTOR DE 5º. Segundo ciclo de Ed. Infantil: TUTOR DE 4 años. Este curso la coordinadora de infantil es la maestra de apoyo, decidido en Claustro debido a que la tutora de 4 años asume la coordinación de diversos Planes de centro. Estos coordinadores desempeñan su cargo durante un curso académico. Los tramos y ciclos se reúnen quincenalmente, siendo obligatoria su presencia para todos los miembros, dejando recogida un acta de las decisiones y temas tratados. Estas actas son custodiadas por la jefa de estudios. La designación de los tutores se hace de acuerdo con lo establecido en la orden por la que se establecen procedimientos en materia de recursos humanos para este curso escolar.

- Comisión de Coordinación Pedagógica: En este Centro, al tener menos de doce unidades, las competencias de la Comisión las tiene el Claustro.

- Equipo de Orientación (EOEP). Formado por orientadora, AL y PT. Pertenecemos al Equipo de Orientación Murcia III. El orientador, diagnosticará al alumnado susceptible de apoyo y facilitará con su informe, el acceso a la educación secundaria del alumnado con necesidades educativas especiales. La orientadora acude a nuestro centro los martes de forma quincenal. El Colegio cuenta con profesora de Pedagogía Terapéutica a tiempo completo que se coordina con los tramos y ciclos, constituyendo un apoyo especializado, y que como tal debe intervenir de manera prioritaria. También contamos con una profesora de Audición y Lenguaje a tiempo parcial. Acude los martes y miércoles. Contamos con una ATE a tiempo completo para atender a alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo. Otros cargos:

- Responsable de Medios Informáticos. - Coordinador de Medios Informáticos. - Coordinador de convivencia. - Responsable del Plan de Educación para la Salud. - Responsable del Plan de Autoprotección. - Encargado de comedor. - Encargado del servicio de transporte.

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- Encargado de biblioteca. - Coordinador banco de libros. - Responsable de formación.

Estos cargos se establecen en el Claustro de principio de curso. Las programaciones de las actuaciones de estos responsables están recogidas en el apartado 7 de esta PGA. PERSONAL NO DOCENTE

CONSERJE El Colegio cuenta con el servicio de conserje, contratado por el Ayuntamiento. Sus funciones vienen establecidas por la Concejalía de Personal del Ayuntamiento.

1. Descripción general: Vigila y mantiene las instalaciones del Colegio Público que tiene asignado, según las normas establecidas e instrucciones recibidas del superior.

2. Actividades principales: - Realiza la apertura y cierre de las puertas de acceso y locales comunes, así como

las ventanas necesarias para un rápido desalojo del personal del Centro, según los horarios e indicaciones establecidas por la Jefatura del Servicio.

- Efectúa operaciones elementales de Jardinería, consistentes en regar zonas ajardinadas y limpiar de malas hierbas los patios.

- Realiza el vaciado de papeleras y limpieza de los recintos no cubiertos una vez al día, pudiendo ampliar o reducir este tiempo cuando sea necesario, a juicio del Jefe del Servicio.

- Tiene a su cargo el mantenimiento del Centro. - En periodos vacacionales del alumnado, llevará a cabo aquellas tareas específicas

que no se pueden realizar durante el curso, dentro de la descripción de funciones. - Comprueba que las llaves de corte de agua, gas, energía eléctrica, calefacción,

etc, permanezcan cerradas al finalizar la jornada lectiva, realizando el encendido y apagado de la calefacción dentro de su horario de trabajo.

- Dar cuenta a la Dirección del Centro y al Jefe de Servicio, de aquellos actos en que se atente contra las instalaciones.

- Realización mensual de un parte de tareas de mantenimiento realizadas en su centro.

- Dará parte al jefe de Construcciones Escolares de aquellas averías que se produzcan, así como de las necesidades que en materia de mantenimiento sean necesarias para alcanzar una perfecta operatividad en su Centro.

- Tomar medidas de urgencia en casos de averías que puedan suponer un riesgo inmediato hasta que se realicen las reparaciones definitivas, dentro de sus posibilidades.

- Dar parte inmediata ante situaciones que alteren el orden normal del centro, incluso si fuese preciso a la autoridad competente.

- Conformará todos los partes de trabajo motivados por reparaciones que realicen en el Centro.

- El Conserje pondrá en conocimiento del Alcalde Pedáneo y del Jefe del Servicio aquellas deficiencias que se hayan producido en las instalaciones, como consecuencia de la realización de actividades extraescolares. Fuera del horario

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escolar, la utilización del Centro y su reciento para fines extraescolares, se realizará bajo la dirección, organización y responsabilidad de los Alcaldes de Barrio o Pedáneos, que velarán porque el Centro después de su utilización, en las mismas condiciones que tenía antes. LIMPIADORAS

En la actualidad contamos con dos limpiadoras contratadas por empresa adjudicada por el Ayuntamiento. Entre sus funciones podríamos destacar:

- Cuidar la limpieza y aseo del Colegio en todas sus dependencias. - Cerrar las puertas de todas las dependencias del Colegio después de su limpieza. - Dejar puesta alarma tras la realización de su actividad.

AUXILIAR TÉCNICO EDUCATIVO.

Contamos con una ATE para atender a necesidades específicas de nuestro alumnado y colaborando estrechamente con el profesorado. Realiza sus funciones también durante el horario de comedor atendiendo a estos alumnos que son usuarios del servicio. En general sus funciones serán:

- Prestar servicios educativos complementarios para la formación de los alumnos con necesidades educativas especiales, atendiendo a estos a su llegada al centro, en los hábitos de higiene, aseo y alimentación y demás necesidades análogas, potenciando su autonomía e integración.

- Colaborar con los profesores y el resto de profesionales en los cambios posturales y traslados de aulas o servicios de los escolares y en la vigilancia de éstos en los recreos.

- Asistir al alumno en relación con las tareas de la vida diaria que no pueda realizar solo a causa de su discapacidad.

- Levar a cabo la atención y cuidado en salidas, paseos, juegos y tiempo libre en general.

- Colaborar con el maestro mediante la realización de tareas elementales que el trabajo de éste en orden a propiciar la autonomía personal y la formación del alumno.

- Administrar la medicación a los acnee que no requiera especialización profesional, prescritas por un facultativo y dosificada por el responsable del alumno (padres).

- Participar en las distintas reuniones de coordinación establecidas en los centros. - Aquellas otras actividades que le sean requeridas en el ejercicio de su profesión. ORIENTADOR Perteneciente al Equipo de Orientación Murcia III, contamos con el servicio de orientadora para asesorar en cuanto a la Atención a la diversidad a familias, alumnos y docentes. Acude a nuestro C entro los martes de forma quincenal.

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3.2 ORGANIZACIÓN DE LA ENTRADA Y ACCESO AL CENTRO, NORMAS DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD. ORGANIZACIÓN DE LA ENTRADA AL CENTRO. Las puertas de acceso al Centro son abiertas a las 8.50 a.m., hora aproximadamente a la que acuden el autobús que traslada a los alumnos de transporte. Durante este tiempo, los alumnos de transporte no deben salir de nuevo del Centro. Deben cumplir las normas establecidas aunque no haya comenzado la jornada escolar. Debemos recordar que hasta la entrada a las aulas los alumnos no usuarios de transporte no cuentan con vigilancia del personal del Centro, por tanto, deben ser custodiados por familias o autorizados asumiendo la responsabilidad. Los alumnos de transporte son custodiados por las monitoras de transporte siendo apoyadas por el maestro responsable de coordinar al alumnado de transporte una vez se incorpora al Centro. Este maestro debe permanecer en el Centro a la llegada de la ruta y responder a las necesidades que se pudieran crear con este alumnado hasta la entrada a clases. Tras el toque de sirena de las 9.00 a.m., el profesorado que vaya a impartir la primera sesión de la jornada (sea el tutor o especialista) recoge a sus alumnos tanto a la entrada por las mañanas como a la entrada del recreo, en su fila (lugar determinado en el patio). Los padres deben dejar a sus hijos en la fila, siendo el profesor el que los acompaña hasta la entrada de la clase; procuraremos que en este momento de entrada no sea el momento de comunicación con las familias, pues entorpece la normal entrada a las clases. Para las comunicaciones utilizarán las agendas de sus hijos o el momento de la salida a las 14 horas. El profesor acompaña al alumnado, a la salida al recreo (teniendo en cuenta que nunca se podrá quedar un niño en clase, pasillos, aseos, etc. sin la vigilancia del profesor con quien ha tenido clase), y en la salida al final de la jornada lectiva. ENTRADAS A CLASE:

• Se avisará con un toque del timbre en la primera hora de clase y para la entrada del recreo.

• La puntualidad es una condición necesaria para el normal desarrollo y aprovechamiento de las clases. Por ello profesores y alumnos deben observar la máxima puntualidad en las entradas y salidas de clase. Los retrasos de los alumnos deben quedar recogidos al igual que las faltas en el parte mensual de faltas que a tal efecto son proporcionados al profesorado al comienzo de cada mes y que deben reflejar en su portal privado de Plumier XXI.

• Los alumnos que deben asistir al médico o que por cualquier circunstancia tengan que salir del Centro con la debida autorización (ANEXO 3.2.1 disponible en página web y de forma impresa en Centro), saldrán o se incorporarán preferiblemente en los cambios de

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sesiones para no entorpecer ni interrumpir el normal funcionamiento; en cualquier caso serán incorporados al aula cuando accedan de nuevo al Centro. Cuando salgan en horario escolar, los padres o tutores deberán rellenar documento proporcionado por los tutores o en su caso en secretaría en el que expone los motivos y la responsabilidad con el alumno en cuestión; también podrá redactarse esta asunción de responsabilidad a través de la agenda de sus hijos, quedando fotocopiado por tutor/a. Cambios de clase:

• Se harán de forma ordenada, acompañados por el profesor respectivo y en silencio, para no perturbar el orden de aquellos alumnos y profesores que estén en clase. En el caso de cambio de profesor y no de alumnos, se realizará de manera puntual.

• Profesores y alumnos serán puntuales en el cumplimiento del horario establecido; quedando totalmente prohibido correr y gritar en los pasillos. No se les dejará salir antes de tiempo para evitar que perturben el normal desarrollo del resto de las clases. Dentro de clase:

• En el aula, el profesor es la máxima autoridad, por lo tanto, los alumnos deberán acatar sus decisiones. Si surgen discrepancias con el profesor y no se pueden solucionar dialogando, el proceso a seguir por las familias es ponerlo en conocimiento del tutor, y si el conflicto no se soluciona, dirigirse a la jefatura de estudios.

• Cada aula teniendo en cuenta las normas generales de Centro, establece con su tutor las normas de aula, debiendo comprometerse a seguirlas.

• La distribución y organización de los alumnos en el aula responderá a criterios pedagógicos y didácticos acordados por el equipo docente que atiende a ese grupo de alumnos.

• La limpieza en el aula es fundamental para desarrollar la actividad diaria en un ambiente ordenado y agradable. Los alumnos están obligados a respetar y cuidar el material y mantener el aula en condiciones de orden y limpieza. Cualquier alumno que incumpla esta norma estará obligado a reparar los desperfectos ocasionados, reponer el material dañado o limpiar el aula según la falta cometida. En los recreos:

• Los alumnos disfrutarán de los periodos de recreo en los espacios habilitados para ello (patio). No podrán permanecer en las aulas ni pasillos, salvo excepciones justificadas. En tal caso deberán estar acompañados en todo momento por el profesor que motive la excepción.

• El tiempo de recreo está organizado en tres zonas de juego, cada zona tiene asignada una actividad. En la sala de profesores la jefa de estudios coloca mensualmente los cursos asignados a cada zona, también en el tablón del pasillo para conocimiento de los alumnos. Los profesores se encargan de vigilar el normal funcionamiento de los juegos y de resolver los conflictos que puedan surgir.

• Los días de lluvia se suspenderá el recreo en el patio y se hará en clase vigilado por el profesor que corresponda y nunca en los pasillos. La jefa de estudios preparará anualmente un horario de vigilancia de recreo en caso de lluvia. Si la lluvia no es

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abundante y un tutor decide bajar con su grupo al patio en zona cubierta, se hará cargo de la vigilancia del mismo no debiendo afectar al horario descrito anteriormente. El jefe de estudios organizará las posibles ausencias en las zonas de vigilancia de patio o en aulas. El profesor que esté vigilando tendrá en cuenta:

- Que el alumnado nunca abra la puerta exterior o salte las vallas. - Que no se acerquen a la valla para hablar con desconocidos. - Que no usen botes de bebida u objetos peligrosos. - El uso de las pistas estará regulado mediante un calendario diseñado a tal efecto. - Que no se produzcan peleas, acosos, juegos violentos ni actos perjudiciales al alumnado. - Atender las pequeñas lesiones, o avisar para realizar la llamada a padres en caso

necesario. - El profesorado vigilante de cada zona será responsable de los conflictos en ese lugar; si

es necesario dejará constancia por escrito de un hecho y de las medidas adoptadas en las libretas de incidencias.

- Que se cumplan las normas de depositar la basura en los contenedores correspondientes. - Que no accedan a las aulas, pasillo y aseos interiores.

SALIDAS Los maestros que hayan impartido la última sesión serán los encargados de hacer la entrega de los alumnos a las familias. Serán conocedores de las autorizaciones a terceros firmado por los padres y contarán con el listado en las puertas de cada aula. Las familias no entorpecerán la adecuada entrega de los alumnos y permanecerán alejados de las filas para facilitar este momento. Los maestros saldrán al porche con las filas y los padres o autorizados recibirán a los alumnos bajo las escaleras. Los alumnos a partir de 4º de Primaria autorizados por sus padres podrán salir solos del Centro. NORMAS DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD AL CENTRO. Al principio de curso en la reunión general de los tutores con los padres de su grupo de alumnos, se incidirá en la importancia de la asistencia regular a clase. Además se les informará de los medios que cuentan para justificar las faltas de sus hijos (agenda y modelo facilitado por el centro ANEXO 3.2.2 de forma impresa y en página web para descargar) y sobre todo, información acerca de lo que es una falta justificada y la que no admite justificación. Les informaremos además que los retrasos en la entrada al Centro también son recogidos en el parte de faltas diario y de las consecuencias de los continuos retrasos (amonestación).

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Para ello, contamos con el Programa Regional de Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar y Reducción del Abandono Escolar ( a partir de este momento, nombrado como PRAE), regulado en la Orden de 26 de octubre de 2012 de la Consejería de Educación Formación y Empleo de la CARM. Contando con este documento, se informa a las familias que se realiza un seguimiento mensual de las faltas de los alumnos (los tutores introducen en Plumier XXI las faltas del mes y la jefa de estudios les proporciona a través del mismo programa una relación con el número de faltas y los porcentajes para el estudio y análisis más concienzudo); en aquellos casos en que son numerosas y también no justificadas se procede a iniciar un protocolo con las familias para reducir el absentismo escolar y prevenirlo. Queda establecido por el Claustro realizar el protocolo descrito en el PRAE, utilizando así mismo los documentos proporcionados en la Orden. Para ello contaremos con el seguimiento de los tutores de las faltas de sus alumnos y la revisión por parte de la jefa de estudios. En el caso de tener que iniciar protocolo, la jefatura proporcionará los documentos necesarios y en el orden que establece el citado protocolo. Todos estos documentos quedarán recogidos y custodiados por jefatura. Se traslada a los tutores de que sea transmitido de forma clara a las familias sobre todo la definición de conceptos recogida en el art. 7 del PRAE (Falta de asistencia, asistencia regular, asistencia irregular, absentismo, desescolarización o absentismo absoluto y abandono escolar) y el anexo I (especifica los criterios para la justificación de las faltas de asistencia. Se recordará al profesorado los aspectos más importantes de esta Orden y de la forma de actuar. 3.3. ORGANIZACIÓN, NORMAS DE ASISTENCIA Y SUSTITUCIÓN DEL PROFESORADO. LA ORGANIZACIÓN DEL PROFESORADO

En Ed. Infantil contamos con tres niveles (3,4 y 5 años), por tanto hay tres tutoras y una maestra de apoyo. Esta última es la encargada de impartir el área de psicomotricidad apoyada por la tutora y de las sesiones en el aula Plumier realizando un desdoble de alumnos (se alternan semanalmente las dos mitades para acudir a biblioteca y Plumier). El resto de sesiones realiza apoyos dentro del aula correspondiente.

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Por decisión del equipo de infantil hay una prioridad de atención en 3 y 5 años. Siempre pudiendo modificarse en caso necesario. (Es decir, a principio de curso, se establecen las horas de atención de la profesora de apoyo teniendo en cuenta este principio) Las tutoras se encargan de impartir la Atención educativa (alternativa a religión) mientras los alumnos cursan el área de Religión. Por ser más numeroso el grupo que recibe Religión Católica se queda en la clase de referencia y la tutora se desplaza al espacio establecido para impartir la Atención educativa. En Ed. Primaria contamos con 7 niveles desde 1º a 6º de Primaria. En la elección de horario se tendrá como prioridad la permanencia del/ la misma tutora hasta acabar ciclo (orden 24 de junio de 2014). El director a propuesta del jefe de estudios asignará grupos de alumnos y tutorías teniendo en cuenta los acuerdos alcanzados por el Claustro en la 1ª reunión. Si no se produjese acuerdo el Director asignará teniendo en cuenta el siguiente orden:

- Miembros definitivos y antigüedad en el Centro. - Miembros definitivos y antigüedad en el cuerpo.

En caso de empate en la antigüedad en el centro se atenderá sucesivamente los siguientes criterios:

1. Antigüedad en el cuerpo. 2. Nota del proceso selectivo. 3.En caso de personal interino el orden se establecerá atendiendo a su número de

lista. Los apoyos a otros grupos son realizados por los maestros de distintos cursos cuando su grupo de referencia está en sesiones con especialistas (francés, inglés, religión, artística,…) En el primer Claustro del curso se establecen las tutorías teniendo en cuenta las instrucciones de principio de curso y las necesidades de los diferentes niveles. Tras las evaluaciones iniciales se estable las necesidades de apoyo y refuerzo del alumnado y se terminan de perfilar los horarios de los diferentes docentes con las medidas adoptadas por el equipo docente. Tras cada evaluación estas decisiones se modifican/amplían según la valoración del equipo docente. Cada ciclo/tramo se reúne quincenalmente en reuniones de coordinación para organizar y desarrollar las enseñanzas. Cada ciclo/tramo cuenta con un coordinador designado por la directora para el curso académico y que cuenta en su horario con una hora para dicha coordinación. Los coordinadores son los encargados de impulsar y promover la coordinación de todos los maestros del ciclo/tramo; al mismo tiempo con los otros ciclos/tramos y con la jefatura de estudios. Las cuatro horas complementarias del profesorado se realizan de lunes a jueves en horario de 14 a 15 hora. El viernes el horario es de 9 a 14 horas. De forma semanal los lunes en horario de 14 a 15 horas y dentro del horario del profesorado está dispuesta la hora de atención a padres.

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El horario de atención del equipo directivo a las familias es comunicado cada curso a las familias en función de las horas lectivas que impartan. Durante este curso y como resultado de los objetivos del proyecto de dirección, para el periodo 2019/20 continuamos con las COMISIONES DE TRABAJO. Estos grupos de trabajo se crean para una mayor organización y para agilizar decisiones que se consideran primordiales para conseguir los objetivos hacia los que nos queremos dirigir. Las COMISIONES están constituidas por maestros de los diferentes tramos y ciclos. Se formaron aquellas que respondían a las necesidades detectadas y que requerían de una resolución ágil de propuestas. De estas necesidades señalamos las siguientes comisiones: Comisión de Calidad e Innovación. Comisión de Actividades Complementarias. Comisión de Salud. Comisión Bilingüe. Cada una de estas comisiones cuenta con un responsable que coordina al resto de componentes. EL FUNCIONAMIENTO de estas comisiones es sencillo: trabaja con el propósito de mejorar en su parcela asignada; para ello busca alternativas y opciones que puedan mejorar el funcionamiento de Centro, a su vez recibe propuestas de cualquier comisión o persona del Centro que considere que se puede conseguir un resultado beneficioso. Esta comisión es la encargada de analizar las propuestas de los diferentes tramos o cualquiera recibida y de DECIDIR las actuaciones en su parcela encomendada. La comisión informa al resto de profesores de las decisiones adoptadas tras la evaluación de las mismas, es decir, expone el trabajo a realizar una vez CONSENSUADAS LAS PROPUESTAS por la comisión y lo hace ya como propuesta cerrada. De lo contrario no tendría sentido contar con las comisiones si sus propuestas son luego llevadas a debate. Los representantes de cada comisión se reunirán con la Jefa de Estudios una vez al trimestre para valorar el funcionamiento de cada una de ellas. EDUCACIÓN COMPENSATORIA

En nuestro Centro contamos con 10 horas semanales de atención educativa al alumnado que, por su incorporación tardía al sistema educativo, desconocimiento del idioma o por su situación de desventaja socioeducativa, requieren una atención educativa específica. Esta atención es realizada por dos maestras de educación primaria. El trabajo en estas sesiones es organizado conjuntamente con los tutores correspondientes, así como la evaluación del progreso. Estos alumnos cuentan con su PTI de compensatoria realizado de forma trimestral.

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Al finalizar cada trimestre las familias de estos alumnos además del boletín trimestral informativo, reciben un documento en el que se informa de los estándares trabajados en las sesiones de compensatoria junto a su valoración. En las sesiones de evaluación se analizan los avances y se realizan las modificaciones necesarias para una adecuada programación de las actividades de compensatoria. LOS PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN DEL CLAUSTRO DE PROFESORES.

1. El claustro está integrado por la totalidad de los profesores que prestan servicios docentes en el centro. Es presidido por el Director, actuando como Secretario el profesor que ostenta dicho cargo en el Equipo Directivo.

2. El Claustro es el órgano propio de participación de los profesores del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y decidir sobre todos los aspectos docentes del centro. Sus funciones y competencias vienen reguladas por la normativa vigente.

3. El Claustro se reunirá siempre que sea necesario, como mínimo al principio y final de cada curso escolar y una vez al trimestre. También se convoca cuando lo solicite, al menos un tercio de sus miembros. La asistencia al claustro es obligatoria para todos los componentes del mismo.

4. El procedimiento para adoptar acuerdos podrá ser por: Votación por asentimiento a la propuesta formulada por el Presidente,

cuando una vez enunciado no se le presente ninguna oposición. Votación ordinaria, a mano alzada; primero los votos a favor, después los

votos en contra. Votación secreta, mediante papeletas que se entregarán a los componentes

del claustro. Para que este tipo de votación se realice, será suficiente con que lo solicite alguno de los presentes.

La convocatoria a Claustro es realizada por la Secretaria del Centro con un mínimo de cuarenta y ocho horas, conteniendo el orden del día de la reunión. La información sobre los temas que figuren en el orden del día estará a disposición de los miembros en el despacho de dirección y secretaría en igual plazo. En caso de vacante, enfermedad, ausencia u otra causa legal de la directora, será sustituida por la jefa de estudios. En caso de ausencia de directora y jefa de estudios asumirá la sustitución el maestro/a con mayor antigüedad en el Centro. La Secretaria así mismo, redacta, autoriza y custodia las actas de las sesiones de Claustro. Especifica los asistentes, el orden del día de la reunión, las circunstancias y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de las deliberaciones, así como el contenido de los acuerdos adoptados. Para la válida celebración de las sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requiere la presencia del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes le sustituyan, y de la mitad al menos de sus miembros.

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No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure incluido en el orden del día, salvo que estén presentes todos los miembros del órgano y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría. Los acuerdos son adoptados por mayoría de votos, por mayoría simple, excepto cuando el aspecto a aprobar venga expresamente señalado que tiene que ser por mayoría absoluta. (Mayoría simple: más votos de “si” que de “no” contando sólo los que estén presentes en ese momento y sin tener en cuenta las abstenciones. Mayoría absoluta: la mitad más uno de los votos son “si”, contando no sólo los presentes en ese momento sino el total de los integrantes del Claustro).

DELEGACIONES DEL DIRECTOR. En caso de ausencia tiene delegadas sus funciones en la figura de la jefatura de estudios. En la aplicación de las medidas correctoras establecidas en el decreto de convivencia 16/2016 de 9 de marzo por el que se establecen las normas de convivencia en los centros sostenidos con fondos públicos de la CARM, tiene delegadas en la jefatura de estudios todas las permitidas en el citado decreto. NORMAS DE ASISTENCIA: Resulta fundamental e imprescindible que el profesorado cumpla las normas de asistencia y de puntualidad en la entrada al Centro. Por tanto, y sólo en casos excepcionales y puntuales, el profesorado informará con anterioridad suficiente a la jefa de estudios (preferiblemente con mensaje móvil) y, en su caso, a la directora del retraso para poder organizar la entrada de forma adecuada. Las faltas de asistencia deberán ser comunicadas a la Jefatura de Estudios con antelación con el fin de garantizar la disponibilidad de profesorado. Se presentará justificante de la ausencia en el centro el día de la vuelta al mismo. Este justificante detallará el motivo de la consulta y el tiempo comprendido de la visita. En caso de malestar que no permita acudir a consulta médica, o cualquier otro motivo que no permita aportar documento justificante, el docente deberá aportar una declaración jurada del motivo de la falta al centro de trabajo. SUSTITUCIONES DEL PROFESORADO: Las ausencias breves serán atendidas siguiendo el cuadro de sustituciones preparado por el Equipo Directivo a principio de curso y que queda expuesto en el tablón de la jefa de estudios (se señala claramente las sustituciones prioritarias y no prioritarias). Las ausencias por enfermedad es competencia de la Consejería cubrirlas lo antes posible, mientras tanto en el centro se utiliza la disponibilidad del profesorado de apoyo.La Jefatura de Estudios establecerá las sustituciones por el siguiente orden:

- Maestros que en ese momento no tengan atención directa con alumnado. - Maestros que impartan apoyos no prioritarios - Maestros que impartan apoyos prioritarios.

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- Maestros del E. Directivo, siempre y cuando la tarea pendiente pueda ser demorada.

- Si la ausencia fuese de más de un profesor se resolverá agrupando a las clases y realizando actividades de gran grupo: Vídeos, deportes y otras actividades educativas y lúdicas.

El profesor que asuma la sustitución organizará la clase de acuerdo con la programación establecida en la tutoría (para ello los tutores deben dejar bien visible la programación semanal en cuaderno realizado con tal fin). Si hay que sustituir a un profesor especialista específico y no se domina la materia, el tiempo lectivo se puede dedicar a realizar actividades referentes a materias instrumentales. Durante las sustituciones en el aula, el profesor suplente ejerce la misma autoridad que en cualquier clase donde es tutor. Debe mantener un ambiente de orden y estudio y exigir un comportamiento correcto por parte de los alumnos en todo momento. Cualquier incidencia en este sentido debe comunicarse a la Jefatura de Estudios. VIGILANCIA DE PATIOS La vigilancia de patios está organizada por turnos rotatorios atendiendo a la normativa vigente. El patio de Primaria se encuentra dividido en tres zonas y los maestros encargados de la vigilancia deben estar situados en su zona de vigilancia. El patio de Infantil también está organizado por turnos rotatorios. Se exige puntualidad de los maestros para incorporarse a la vigilancia de los recreos siendo los responsables del alumnado durante ese tiempo. Las distintas clases no han de incorporarse al recreo hasta el tiempo dedicado a ello; en los casos en que los tutores de manera excepcional decidan incorporarse con anterioridad al recreo deberán vigilar a su grupo hasta el comienzo del tiempo de recreo en el que se incorporarán los maestros encargados de la vigilancia. En el tablón de la sala de profesores quedan expuestos los cuadrantes con los turnos de ambos patios y las posibles sustituciones en caso de ausencia del/la maestr@ correspondiente.

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3.4. NORMAS GENERALES DE AULA Cada aula cuenta con las normas propias de funcionamiento, establecidas por el tutor en coordinación con el resto de maestros que imparten docencia a ese grupo y consensuadas y aceptadas por los alumnos. Sin perjuicio de lo anterior, existen unas normas que son de aplicación para todas las aulas y aprobadas por el claustro de profesores. Los alumnos no pueden asistir al Centro cuando se encuentren enfermos aunque les haya sido administrado antitérmicos. En el caso de virus permanecerán hasta su total curación sin asistir a clase. A su incorporación se aportará justificante de ausencia al tutor. La pediculosis es considerada una infección que se transmite rápidamente y que debe controlarse para no producirse infectación generalizada. Por tanto, en caso de infectación, el alumn@ debe permanecer en casa hasta la total eliminación, incluyendo liendres. En caso de ser detectado en el Centro se llamará rápidamente a las familias para que recojan al alumn@ en cuestión. A principio de curso y a selección del tutor correspondiente, los alumnos aportan a su aula un libro de lectura que quedará al finalizar el curso en el aula, favoreciendo así un enriquecimiento de la biblioteca de aula. En educación infantil las familias aportan la cantidad de 100€ para todo el material que utilizarán sus hijos en el curso académico. En esta etapa se trabaja por Proyectos de trabajo y por tanto, no utilizan libros de texto de editoriales. En Primaria se establece una cuota de 15€ por alumno para la compra de material fungible de aula. Este material es de uso común, gestionado el movimiento de saldo por dos padres/madres responsables del aula. Se establece que en 1º de Primaria esta cuota sea de 20€ para la compra del material común y así evitar los problemas que aún comporta la gestión de los alumnos de su propio material. Por tanto todo el material fungible será común y con las mismas características. Se continúa el trabajo del área de ciencias sociales por proyectos de investigación, por ello, las familias no adquirirán libro de texto aunque contribuirán con 10€ para el desarrollo del área. En la pizarra quedará bien visible mensualmente un calendario en que los maestros irán anotando las pruebas escritas (exámenes) previstas. De esta manera existirá una mejor distribución a lo largo de la semana y evitaremos saturar algunos días con varias pruebas. Se establece que tendrán preferencia para fijar fechas los especialistas por contar con menos sesiones con el grupo a la semana.

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Quedarán anotadas diariamente en la pizarra las tareas escolares para realizar los alumnos en casa (sobre todo en los primeros cursos). Deben ser valoradas en su conjunto para no sobrecargar en cuanto a su cantidad. En zona bien visible de la clase debe quedar recogido los alumnos que son usuarios de comedor y transporte; independientemente del maestro que imparta clase a última hora de la jornada, existirá un control de los usuarios de estos servicios y evitaremos malentendidos en la salida. Los alumnos usuarios de transporte escolar recogerán rápidamente y se incorporarán a las filas de transporte. Los alumnos de infantil 1º y 2º de Primaria son recogidos cinco minutos antes de la salida general por las monitoras de transporte. Todos los alumnos deben traer al aula justificantes de las faltas de asistencia. Para ello utilizarán el documento proporcionado por el Centro o la agenda escolar. Es de uso obligatorio en ed. Infantil que los alumnos acudan al Centro con babi desde el mes de octubre a mayo, si bien es que por las altas temperaturas las maestras de esta etapa pueden modificar el periodo en que será obligatorio. Es de uso obligatorio en ed. Primaria que los alumnos traigan diariamente una agenda escolar; fundamental para la comunicación entre familia/escuela. Esta agenda será la propuesta por el Centro a través del AMPA. No se permite el uso de teléfono móvil u otros dispositivos como cámaras, grabadoras,…De hecho es considerada como una falta gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, el grabar o difundir, a través de cualquier medio o soporte, imágenes que guarden relación expresa con la vida escolar y cuyo contenido pueda dañar o atentar contra la intimidad, la integridad o la dignidad personal de cualquier miembro de la comunidad educativa. (Resolución de 28 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Ordenación Académica, sobre aspectos relativos a la aplicación de las normas de convivencia escolar).Por tanto, el uso indebido, dañoso o irresponsable de aparatos tecnológicos puede ser tipificado y corregido, dependiendo de la gravedad del acto con cualquier medida educativa. En las salidas y excursiones serán los maestros los que realicen las fotos pertinentes y se comunicarán con el centro o las familias en caso necesario. Este curso existe una excepción en cuanto al uso de dispositivos puesto que de forma experimental se introduce en los niveles de 5º y 6º el trabajo con tablets. Se atenderá a las siguientes normas: NORMAS DE USO TABLETS 5º Y 6º El uso de las tablets permite al alumnado: - Acceder a cualquier tipo de información de manera segura y controlada. - Trabajar de forma coordinada y colaborativa con el resto de compañeros.

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- Tomar notas. - Gestionar documentos. - Desarrollar hábitos de lectura. - Interactuar con software y apps educativos. - Reproducir música cuando el profesor lo estime oportuno. - Tomar fotografías con permiso de la profesora. - Grabar vídeos con permiso de la profesora. - La escritura manual se desarrollará con la misma importancia que hasta ahora. - Se irán implantando progresivamente técnicas de aprendizaje cooperativo y colaborativo, así como otros recursos metodológicos vinculados al uso de la tecnología disponible - Se van a utilizar las tablets principalmente en las dos sesiones de Ciencias Sociales. Si la tutora lo considera necesario avisará con antelación para que se traigan las tablets en otras áreas. Actividades no permitidas al usar los recursos tecnológicos de su propiedad: - Plagiar o copiar trabajos de otros y presentarlos como algo propio. - Enviar mensajes ofensivos, intimidatorios o vejatorios. - Buscar información inadecuada o no relacionada con el contenido escolar. - Dañar la Tablet de un compañero. - Transmisión de virus, de forma intencionada o por negligencia - Saltar los filtros establecidos por el colegio - Suscripción a servicios en línea y cualquier tipo de compra. - Proporcionar datos de terceras personas (teléfono, dirección…) en internet. - Cualquier actividad que quebrante el Código de Conducta, el Reglamento de Régimen interno del colegio, y las leyes vigentes. - Grabación de cualquier tipo (video, fotografías, grabación de audio) a alumnado, profesorado y otro personal del colegio sin autorización. - La utilización de imágenes de profesores y compañeros sin la debida autorización es una falta muy grave, y además se incurrirá en un delito tipificado y penado por ley. Normas de uso y seguridad de las tablets: - La batería deberá venir cargada al colegio. - Permitir el control y seguimiento de la tablet por la profesora. - Si alguna de las aplicaciones abiertas no es de carácter educativo y no han sido mandadas por la profesora será considerado como falta. - Cualquier acceso no autorizado a un dispositivo de un compañero o al de la profesora se entenderá como falta grave. - La red wifi del centro es únicamente para uso educativo. Un mal uso de la misma se entenderá como falta. - En ningún caso el colegio se hará responsable de la pérdida de datos que el alumnado pudiera tener en el dispositivo, por lo que es obligatorio que el alumnado guarde la información que considere importante. - Ningún alumn@ deberá compartir sus contraseñas personales.

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- Si un alumn@ rompe negligentemente una tablet que no es suya, se harán responsables sus padres del abono de la misma (en el RRI del centro, una de las consecuencias de la causa de daños materiales, es la reposición de los mismos). - Si algún alumn@ comete faltas con respecto a estas normas anteriormente citadas, se procederá a amonestación verbal y a la limitación temporal del uso de su dispositivo en el centro. El colegio también podrá retener los recursos tecnológicos personales durante un tiempo (hasta que los recoja el padre o tutor al final del día) si se usan inadecuadamente. - Se contará con auriculares en clase para el trabajo en diversas actividades. Sólo se podrá hacer uso de ellos cuando el profesor lo indique. Cada alumnn@ será responsable de sus auriculares. - Para una adecuada disponibilidad de la tablet es conveniente establecer unos hábitos y rutinas de carga y mantenimiento, responsabilizando al alumno y aumentando progresivamente la autonomía. - En ningún caso se pueden ingerir alimentos o bebidas durante el uso de las tabletas. También se cuidará que en el transporte de las mismas no comparta espacio en la mochila con alimentos, bebidas. - Se recomienda que las tablets vengan protegidas dentro de una funda. - No utilizar otro cargador diferente al propio. - Evitar colocar lápices o cualquier elemento en el dispositivo y guardarlo siempre en su funda. - Mantener limpia la Tablet. Autorización necesaria por parte de las familias: LA MADRE/PADRE O TUTOR/A LEGAL HA LEÍDO LAS NORMAS DE USO DE LAS TABLETS EN EL COLEGIO Y SE COMPROMETE A LLEVAR A CABO LAS MISMAS DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2019/2020 FDO: __________________________________________________________________ MADRE/PADRE O TUTOR/A LEGAL DEL ALUMNO/A:_____________________________________________________________ FIRMA: _________________

En Alquerías ___ de ___________ de 2019

El Centro solicita la autorización de las familias para la toma y/o publicación de imágenes para la página web del Centro, fotos de clase, carnet de biblioteca, Plumier,…; en caso de no contar con la autorización de la totalidad del alumnado, el equipo docente cuidará de no difundir imágenes sin ser comprobadas con anterioridad. ANEXO 3.4.1 La autorización tendrá vigor mientras no se manifieste lo contrario por escrito y el alumno/a esté matriculado en este centro.

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Cabe resaltar que tendremos siempre como referencia en las normas de aula lo dispuesto en el Plan de Convivencia del Centro así como los deberes del alumnado regulado en el Decreto 16/2016 de 9 de marzo por el que se establecen las normas de convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos. Art. 15.“Deberes de los alumnos”: - Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades. - Participar en las actividades formativas y, especialmente en las escolares y complementarias.

-Seguir las directrices del profesorado. -Participar en las actividades formativas y especialmente en las orientadas al desarrollo

del currículo. -Asistir a clase con puntualidad. -Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un

adecuado clima de estudio en el centro, respetando el derecho de sus compañeros a la educación y la autoridad y orientaciones del profesorado.

-Respetar las normas de organización, de conducta y convivencia del centro educativo. -Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales didácticos.

Todos los alumnos están obligados a respetar al profesor en el ejercicio de sus funciones, a respetar su autoridad, a cumplir las normas y seguir las pautas establecidas por el profesor para hacer posible la organización del aula, el trabajo sistemático y la mejora del rendimiento. El incumplimiento de las normas conlleva unas correcciones con carácter educativo y recuperador, garantizan el respeto a los derechos del resto de los alumnos y procuran la mejora en las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa. En todo caso, sin perjuicio de las previsiones del artículo anterior, en la corrección de tales incumplimientos deberá tenerse en cuenta:

- Que ningún alumno podrá ser privado del ejercicio de su derecho a la educación, ni, en el caso de la educación, en el caso de la educación obligatoria, de su derecho a la escolaridad.

- Que no podrán imponerse correcciones contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del alumno.

- Que las correcciones guarden proporcionalidad con la conducta del alumno y contribuyan a la mejora de su proceso educativo. 3.5. RELACIÓN CON OTROS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN Y COORDINACIÓN CON LAS FAMILIAS. •El mecanismo de participación principal es el Consejo Escolar, pero antes de llegar al Consejo Escolar en las distintas comisiones (abiertas, y formadas por representantes de todos los sectores) se preparan y elevan propuestas.

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Los padres disponen de una asociación legalmente constituida con representación en el Consejo Escolar: AMPA. Desde el centro se facilitará su buen funcionamiento con actuaciones coordinadas por el equipo directivo a lo largo del curso. Se establece un calendario de reuniones de jefatura con los representantes de la asociación. Se garantizará la disponibilidad de espacios para reuniones, documentos del centro y material necesario para su buen funcionamiento. Se levanta acta de las reuniones y decisiones adoptadas por parte de la jefa de estudios. •Tras el primer trimestre, conforme lo establecido en la ORDEN DE 20 DE NOVIEMBRE DE 2014 por la que se regula la organización y evaluación en la Ed. Primaria en la CARM el equipo docente analiza el grado de satisfacción de las familias con el proceso de enseñanza a través de un cuestionario que ha de ser devuelto al Centro para su valoración. ANEXO 3.5.1 COMUNICACIÓN A PADRES. Cada tutor realizará las prescriptivas reuniones de padres a lo largo del curso, en ellas se les informará de todo el proceso de aprendizaje de forma general, y particularmente en las tutorías individuales. Al principio de curso se informa del tutor de cada grupo, del día de visita, horario, calendario escolar, consejos y otras particularidades que se crea conveniente. Con el fin de que los padres estén informados de las actividades del centro, a lo largo del curso, se enviarán informaciones escritas por medio del alumnado, en el tablón del colegio y a través de la página web; dependiendo del tipo de información se utilizarán uno o varios medios. También se envía información a través de correo electrónico y de la app elegida por cada maestro con el consentimiento y compromiso de las familias de utilización. Resulta fundamental que cada familia aporte un correo para asegurarnos que la información proporcionada llega a todos. Al final del curso habrá otra comunicación donde se especifique entrega de notas, fecha de comienzo del curso siguiente, etc. Cuantas otras comunicaciones se estime conveniente realizar, para que los padres conozcan la actividad del centro. RELACIONES DEL CENTRO En nuestro centro se desarrolla el PAI. Proyecto de Actividades con Infancia y Adolescencia, promovido por la Concejalía de Derechos Sociales. Es una actuación de la línea estratégica de ocio y tiempo libre del Programa Municipal de Infancia y Adolescencia, de carácter preventivo y de integración social que propicia espacios para el juego, la convivencia y el ocio creativo, fomentando el trabajo en equipo y la participación. Se desarrolla los martes y jueves en horario de 16 a 18 horas. Dirigido a niños de 6 a 12 años y de octubre a mayo. En él se desarrollan juegos y deportes alternativos, juegos motores y cognitivos, talleres de pintura, material reciclado,…

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Servicios Sociales. Contamos con su ayuda para la compra de material educativo, ayudas de comedor, excursiones,…de aquellos alumnos que realizan un seguimiento por situación desfavorecida. También, cuando cuentan con voluntarios (universitarios de magisterio) ofrecen clases de refuerzo educativo a estos alumnos. Actividades culturales del ayuntamiento. A principios de curso se nos ofertan actividades culturales dirigidas a alumnos de 3 años de infantil hasta 6º de Primaria. En colaboración con el ayuntamiento el alumnado realiza numerosas salidas en los diferentes trimestres. ONCE. Una vez a la semana acude a nuestro centro representante de la ONCE para apoyar a una alumna con ceguera en un ojo. Mantenemos coordinación en el seguimiento de esta alumna. Enfermera escolar. Contamos con la asignación de una enfermera escolar con la que coordinamos los cuestionarios de salud, se seleccionan las enfermedades que requieren una atención especial, nos instruye en cuanto a la atención adecuada y realiza numerosas actuaciones con los alumnos dirigidas a promover el cuidado y la salud. COLABORACIONES Carrera solidaria. Colaboración con SAVE THE CHILDREN. Con los fondos recaudados se ayuda a muchas familias en atender las necesidades básicas de los niños en edad escolar. Mercadillo Solidario organizado por la AMPA. Colaboramos anualmente con el mercadillo solidario. La AMPA organiza y pone precio a las donaciones y a lo largo de la jornada y de forma organizada por la jefa de estudios las distintas clases pasan por el mercadillo para hacer su compra. Cada año se decide el destino del dinero recaudado según valoración del equipo docente y la misma AMPA. Otras colaboraciones. Son decididas cada curso en claustro de profesores. 3.6 ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DEL CENTRO.

Los espacios del centro que a continuación se detallan, tendrán en principio la

utilización prevista en estas normas. AULAS

Están destinadas a la actividad curricular. Las instalaciones deportivas y otras aulas de especialidades, serán consideradas como un aula cuando en ellas se este dando clase, por lo que en ese momento están sujetas a las mismas normas.

Cada grupo de alumnos tiene asignada un aula de referencia (por niveles).

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Con carácter general la organización del aula facilitará el trabajo en equipo, sin perjuicio de la competencia del maestro para organizar la actividad docente en distintos agrupamientos.

Se fomentará el uso del entorno como recurso didáctico, acercando el conocimiento a su realidad.

Los espacios comunes se organizarán de modo que permitan su aprovechamiento como recurso educativo, así como para la exposición de los materiales realizados.

El resto de aulas son de uso específico (PT, AL, Fisio) y al mismo tiempo están organizadas para que cuando no están siendo utilizadas por el especialista correspondiente puedan ser utilizadas para grupos de refuerzo, desdobles,…(optimización espacios).

Estas aulas cuentan en la puerta con un horario de uso que todos pueden consultar, además de servirnos para una adecuada organización.

Todos los apoyos/refuerzos están organizados con su aula de desempeño y debe ser respetado por todos.

SALA DE PROFESORES

Destinada al uso de los profesores del centro. Para una mejor convivencia entre todos, se debe quedar ordenada, dejando los profesores sus materiales en los espacios habilitados para ello. Los alumnos no deberán entrar en la sala, salvo autorización de algún profesor.

Cuenta con tablones de anuncios a través de los cuales quedan recogidos cuadrantes de información/organización dirigidos a los profesores: turnos de patio, sustituciones profesores, turnos de juegos en el patio, CPR, direcciones y teléfonos de alumnos por grupos, zonas de patio, actividades complementarias del curso, composición de comisiones,… La exposición en los tablones de anuncios de toda información ajena a la comunidad educativa, tendrá que ser previamente autorizada por la Dirección del Centro. Los profesores diariamente consultarán las informaciones aquí recogidas.

Se evitarán anuncios de empresas cuyo objetivo sea exclusivamente mercantilista y aquellos otros que por su contenido puedan considerarse de mal gusto o no apropiados para las edades de nuestros alumnos

Fotocopiadora con código para cada docente. Debido a un ajuste de la gestión económica los diferentes usuarios han de controlar el número de fotocopias que realizan. En caso de sobrepasar un número de copias establecido se hará cargo la cuenta del aula en el pago de las mismas.

SALA DE MATERIAL Y CONSERJERÍA. Dos salas comunicadas entre sí. En la sala de material se recogen los materiales que no son de uso diario y el material fungible para la utilización del profesorado. Este material es gestionado por la secretaria del Centro. En la conserjería se sitúa la mesa del conserje, almacenaje de folios y otros materiales de uso común.

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COMEDOR. Contamos con comedor y cocina propia. El servicio es proporcionado por una cocinera y coordinado por la maestra responsable de comedor. Dependiendo del número de comensales varía el número monitoras (va variando a lo largo del curso). La maestra responsable debe permanecer desde las 14 a 16 horas de octubre a mayo y de 13 a 15 horas en los meses de septiembre y junio. La encargada de comedor resolverá las incidencias durante este periodo en coordinación con las monitoras. PISTAS POLIDEPORTIVAS

Cuando en ellas se esté impartiendo clase se consideran aula, por lo tanto, solo podrán permanecer en las pistas los alumnos del grupo que está recibiendo la clase. Fuera de estos momentos las pistas servirán como lugar de recreo y esparcimiento y para la práctica deportiva. Los materiales e instalaciones que se encuentran en ellas deberán ser utilizados de forma correcta, evitando su deterioro, para un mejor aprovechamiento por parte de todos tanto en horario escolar como extraescolar. Su deterioro intencionado o mal uso será sancionado como se especifica en la normativa vigente. En horario de recreo el uso de las pistas está organizado semanalmente para el juego de los diferentes grupos. AULA DE FISIO

Se encuentra situada en la planta baja del edificio. Utilizada por la fisioterapeuta, realización de apoyos educativos y el AMPA del Centro según disponibilidad. En ocasiones es utilizada para realizar entrevistas con padres y cualquier otra necesidad que pueda presentarse teniendo en cuenta la disponibilidad del aula. ASCENSOR. Contamos con un ascensor situado en el porche del centro que nos fue concedido por contar con acnee con dificultades motóricas. Este ascensor cuenta con una llave para la utilización del mismo y que normalmente es usado por la ATE del centro. Esta llave queda recogida en el cuadro de llaves situado en la sala del equipo directivo. Cualquier tutor que necesite hacer uso del mismo pedirá previamente la llave necesaria y la devolverá tras su uso en el lugar citado.

Espacios planta primera.

AULA PLUMIER Los ordenadores ubicados en la sala de informática son utilizados diariamente por los alumnos, por lo que es imprescindible mantener unas normas que aseguren el funcionamiento continuado de los equipos. Se establece un horario de utilización cada curso académico. Todos los grupos acuden una vez por semana haciendo desdoble con el aula de biblioteca.

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En la misma, basta con seguir escrupulosamente las indicaciones del profesor, aunque cabe destacar varias consideraciones fundamentales:

- Nunca introducir disquetes ni CD que no sean los de trabajo diario. - No ejecutar programas que, aún estando disponibles, no hayan sido indicados por el

profesor. - No modificar la configuración del sistema operativo ni de las aplicaciones. - Apagar los equipos al finalizar la actividad.

Los profesores que utilicen el Aula Plumier deberán velar por el mantenimiento de los ordenadores en perfecto estado. Si se observa o hay alguna incidencia o desperfecto deberá comunicarlo en el parte de incidencias al R.M.I. En el armario del la sala se encuentra el software del centro, una vez utilizado hay que dejarlo en su lugar de ubicación. Este armario deberá quedar siempre bien cerrado. Normas Generales del uso del AULA PLUMIER y materiales informáticos. 1.Respetar el horario de entrada y salida del aula según el horario que le corresponda a cada grupo. 2.Dar buen uso a: instalaciones, mobiliario, ordenadores y material en general. 3.Mantener orden en las entradas y salidas del aula acompañados por el profesorado que en ese momento imparta la materia objeto de trabajo en el aula de informática. 4.Dejar los ordenadores y pantallas apagadas. 5.Recoger el material utilizado: Disquetes, CDs, etc. 6.El alumno será responsable del buen uso del equipo (ordenador, ratón, alfombrilla, silla, mesa,...). 7.Los alumnos de Primaria verificarán, antes de sentarse en su puesto, cualquier incidencia y se las comunicarán al profesor responsable del grupo para que éste informe al RMI. 8.No está permitido durante la clase de informática los juegos (salvo los autorizados por el profesor correspondiente), el uso de cualquier programa de conversación (Messenger, twenty, facebook, etc.), así como las web que no tengan una finalidad educativa. 9.Los ordenadores utilizados por los alumnos deben tener la configuración de Windows predeterminada, por ello no está permitido el uso de fondos de escritorio, protectores de pantalla, iconos en el escritorio, distintos al que cada puesto tenga al principio de cada sesión, salvo con el permiso del profesor correspondiente. 10.Antes de introducir cualquier CD o pen drive en los ordenadores, los alumnos deben consultarlo con el profesor. 11.No se pueden instalar programas en los ordenadores salvo con el permiso expreso del responsable del medios informáticos (RMI). 12.El RMI es la persona autorizada para cambiar la configuración de la red, añadir o cambiar impresoras o compartir recursos. 13.Antes de apagar el ordenador hay que cerrar todos los programas y efectuar el apagado correctamente para evitar el deterioro de los equipos. 14.Cuando los alumnos terminen una sesión en el aula la silla, el ratón y el teclado deben quedar recogidos. 15.Cada alumno contará con su propio auricular y que será recogido y guardado tras la sesión en el aula Plumier o en sus aulas de referencia.

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16.Las demás normas que estén establecidas en las demás aulas, en lo que se refiere a cuidado: luces, persianas, limpieza, orden.

AULA DE MÚSICA No contando con aula específica comparte espacio con el Aula Plumier. BIBLIOTECA Situada en la planta primera. Dentro del horario de los alumnos se asegura que todos los grupos acudan al menos una vez por semana al aula de biblioteca. Esta sesión se organiza coincidiendo con la asistencia al aula Plumier (desdoble) de esta manera se asegura la adecuada atención en ambas aulas. (En el apartado 7 de esta PGA, viene recogido el Proyecto de Biblioteca para este curso.) Usuarios Todos aquellos alumnos que:

- Tengan interés en leer un libro de su agrado, en un lugar ambientado para ello.

- Tengan necesidad de consultar el material bibliográfico del que disponemos.

- Tengan intención de elegir un libro de lectura como préstamo para leer en casa. Normas

- Somos respetuosos con el material y el personal encargado de la biblioteca.

- Usamos los libros con cuidado para que no se estropeen.

- Respetamos el orden de colocación de los libros en las estanterías. - Guardamos silencio para que el ambiente sea favorable a la lectura. - Esperaremos con paciencia nuestro turno para el préstamo.

- Los libros que devolvamos los dejaremos encima de la mesa para que lo coloquen los profesores/as.

- Los libros que lleven la pegatina: “uso en biblioteca” solo se utilizarán en la sala de la biblioteca.

- No podemos comer ni beber en la misma.

- Debemos cumplir los plazos de entrega.

- El horario en que la Biblioteca estará abierta a disposición de los grupos de alumnos se determinará al comienzo de cada curso.

- Para la correcta conservación y uso de los libros, no se puede escribir, subrayar ni colorear.

- Los alumnos/as estarán siempre acompañados por su tutor/a o por otro/a profesor/a cuando acudan a la Biblioteca en la hora asignada en el horario.

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- El responsable de la Biblioteca colocará en el estante y lugar concreto los libros devueltos en el horario de préstamo y devolución individual.

- La duración del préstamo será de 15 días, prorrogables a otros 15 días, previo aviso al maestro responsable. En los préstamos al aula la duración se determinará según el tipo de fondo.

- El alumno tiene la obligación de devolver los libros en préstamo dentro de la fecha límite, siempre que no haya realizado una la prórroga del mismo. En caso de incumplimiento del plazo, la biblioteca requerirá al alumno para que devuelva el libro. En segundas instancias, se les podrá requerir a los padres desde la Jefatura de Estudios. En el caso de no devolución, pérdida o deterioro, el alumno deberá reponer el libro prestado por otro ejemplar de la misma edición. Hasta que todo eso no se cumpla, el alumno quedará excluido temporalmente del servicio de préstamo. La no devolución reiterada de libros a la biblioteca conllevará a la suspensión de la condición de usuario del servicio.

- Los diccionarios, enciclopedias, material de consulta y otros fondos exclusivos para uso del profesorado se pueden utilizar solamente en la Biblioteca por parte de los alumnos.

- Durante las vacaciones de Navidad y Semana Santa podrán llevarse libros en préstamo. Antes de las vacaciones de verano se devolverán todos los libros y materiales para realizar el control anual de préstamos.

MEDIDAS DISCIPLINARIAS: - Las personas que no guarden el debido silencio, en la hora de biblioteca, perderán el

derecho a permanecer en ella. - Si la falta es reiterativa se perderá ese derecho durante una semana. - Las personas que pierdan un libro deberán reponerlo con otro de similares características

o aportar su valor monetario. 3.7. NORMAS DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS. El equipo docente tomará acuerdos sobre la distribución a lo largo del curso de las actividades complementarias planificadas en las distintas áreas, en especial aquellas de las que se derive algún gasto para las familias. Se consideran actividades complementarias:

- Las planificadas por los maestros. - Que utilicen espacios o recursos diferentes al resto de actividades ordinarias del

área. - Y aunque precisen tiempo adicional del horario no lectivo para su realización.

Serán evaluables a efectos académicos y obligatorias, tanto para los maestros como para los alumnos. No obstante, tendrán carácter voluntario para los alumnos:

- Aquellas que se realicen fuera del centro. - Que precisen aportaciones económicas de las familias.

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Siempre se garantizará la atención educativa de los alumnos que no participen en las mismas.

Al formalizar la matrícula se proporciona un documento a las familias donde dan su autorización para salidas al entorno próximo a lo largo de la jornada escolar y en compañía del profesorado (salidas que se realizan en la misma localidad como reconocimiento paisaje, recogida de datos, visualización calles,…). En el caso de contar con todas las autorizaciones del curso y si el maestro lo cree conveniente y siempre con la mayor precaución podría salir al entorno inmediato para recogida de datos. ANEXO 3.7.1 ACTIVIDADES PROGRAMADAS POR EL CENTRO. Las actividades complementarias de las programaciones docentes que forman parte de la propuesta curricular, así como aquellas otras actividades incluidas en los planes de actuación que integran el proyecto educativo u otros planes aprobados y acordados por el centro, contendrán objetivos, contenidos, temporalización, personas, institución, asociación o colectivo que, en su caso, las vaya a desarrollar.

De todas estas actividades, aquellas que vayan a ser impartidas por personas ajenas al claustro del centro educativo, se dará conocimiento a las familias, además de por la vía o vías que el centro utilice para dar a conocer los documentos institucionales, por medio de una relación detallada que los tutores de los distintos grupos de alumnos facilitarán a padres y madres al inicio del curso escolar con objeto de que puedan manifestar su conformidad o disconformidad con la participación de sus hijos menores en dichas actividades. Anexo 3.7.3

Cualquier otro tipo de actividad no incluida en los documentos institucionales indicados o en sus posteriores modificaciones se ajustará a lo estipulado en los anteriores apartados.

SALIDAS ESCOLARES.

Se tendrá en especial consideración la distribución a lo largo del curso de las actividades complementarias planificadas en las distintas áreas, en especial aquellas de las que se derive algún gasto para las familias, y la realización de tareas escolares en horario y calendario no lectivo, tal como señala el Real Decreto126/2014 que establece el currículo básico de Educación Primaria. Para ello establecemos en nuestro centro las siguientes normas:

Deben estar incluidas en la PGA. No se realizará ninguna salida, en horario escolar, en la que participen menos de dos

tercios de la clase. En todo caso podrán ser estudiadas situaciones excepcionales Siempre debe haber autorización escrita por los padres, donde se les informe del

contenido de la salida, los cuales cumplirán los plazos de entrega establecidos. Aquel que

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no entregue la autorización y el importe de la actividad en su plazo podrá ser excluido de la misma.

Cuando se haya pagado el coste de una salida incluido el transporte y el alumno no pueda acudir, se le devolverá el precio de la actividad pero no la cantidad destinada al transporte (el pago del mismo se divide entre los alumnos que han confirmado su asistencia por tanto es necesaria la cantidad aportada para completar el pago).

Cuando por causa justificada un alumno decida no participar en una salida, tiene la obligación de acudir al colegio.

Si el horario y disponibilidad del mismo lo permite, el tutor irá acompañado por otro maestro que asignará la Jefa de Estudios. Organización de las Salidas: El profesorado responsable de la actividad avisará a la Jefatura de Estudios, con dos semanas de antelación como mínimo, a fin de prever las posibles variantes organizativas que se produzcan en el centro y especificando si excede del horario lectivo para organizar la opción de picnic a los usuarios del comedor. El tutor solicitará permiso familiar por escrito para la participación de los alumnos. El alumnado que no asista a la actividad quedará integrado en otro grupo, preferentemente del mismo tramo. El responsable económico es el profesor responsable de la actividad. La Jefatura de Estudios organizará el número de profesores necesarios para realizar y apoyar en la salida. El tutor acompañará a sus alumnos en estas actividades. Si no pudiera ser así, se comunicará al Equipo Directivo para tomar las medidas oportunas. Si los profesores que van a salir no son los tutores del curso, se solicitará con tiempo suficiente al Equipo Directivo, para estudiar la repercusión en otros niveles y estudiar su posible autorización. En los grupos donde hay alumnado con NEE, serán acompañados por la ATE del Centro; en caso de imposibilidad, se estudiará la posibilidad de que la profesora de PT y AL acompañe al grupo. De acuerdo con las medidas correctoras a las conductas contrarias a las normas de convivencia, recogidas en el decreto 16/2016 de 9 de marzo, se podrá sancionar a un alumno con la suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias. Las actividades complementarias serán evaluadas por el equipo docente; en anexo se muestra el modelo para evaluar en caso de actividad de tramo, de Centro o actividad de nivel. ANEXO 3.7.2 VIAJE DE ESTUDIOS

Tendrá un carácter cultural y lúdico. Se financiará por medio de: a) Actividades organizadas por los interesados y sus propias aportaciones. b) Nunca se realizará ninguna actividad donde haya beneficios para terceros. c) El lugar de viaje de estudios será organizado y propuesto por el Equipo Docente.

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d) El equipo docente, por su propia iniciativa o a propuesta de los profesores, decidirá la no-participación en estas actividades de aquellos alumnos que tengan problemas serios de disciplina o por falta de esfuerzo en alcanzar los objetivos programados. De esta decisión se informará con antelación a la familia del alumno/a y al Equipo Directivo. e) Cuando la participación de los alumnos sea escasa, el profesorado valorará si se realiza o no la actividad y en caso afirmativo, los alumnos de Educación Primaria que NO participen en dicha actividad asistirán al Centro que garantizará la atención de los mismos. f) Los alumnos no podrán contar con dispositivos electrónicos para evitar la difusión de imágenes sin autorización. e) En el caso de padres separados, divorciados o cesado la convivencia será necesaria la autorización de padre y madre.

ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES. Toda persona ajena a nuestra comunidad educativa necesitará autorización escrita de la Dirección del Centro para poder hacer uso de las dependencias del mismo. Al mismo tiempo firmará los documentos necesarios para que la responsabilidad de la utilización de las dependencias así como con los alumnos sea totalmente ajena al resto de la comunidad educativa. En todo caso las personas responsables de la actividad contarán con el certificado de trabajo con menores. En todo caso, queda prohibida cualquier actividad privada, de carácter propagandístico o mercantil, que haga uso de los alumnos. El uso de las instalaciones del Centro durante el horario lectivo quedará restringido a los miembros de la Comunidad Educativa. En el caso en que por acuerdo del organismo o entidad que organice la actividad, AMPA y Centro pudieran asistir a las actividades extraescolares programadas escolares ajenos al mismo, la responsabilidad recaería en primer lugar en el organismo o entidad, en segundo lugar el AMPA que realiza la contratación y en ningún caso el Centro. La utilización de las instalaciones tendrá como objetivo la realización de actividades educativas, culturales, deportivas u otras de carácter social, siempre que no contradigan los objetivos generales de educación y respeten los principios democráticos de convivencia.

Dicha utilización estará supeditada al normal desarrollo de la actividad docente y del funcionamiento del centro, a su realización fuera del horario lectivo y a la previa programación del centro. En todo momento la responsabilidad de dicha utilización recaerá en el organismo o entidad que organice la actividad, que estará obligada a:

• Extremar la vigilancia del centro y el mantenimiento de las instalaciones. • Asegurar el normal desarrollo de las actividades.

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• Procurar que las instalaciones queden en perfecto estado para su uso inmediato por parte de los alumnos en sus actividades escolares.

• Proceder a la reparación o sustitución de material deteriorado o sustraído.

El no cumplimiento de las normas podrá suponer como consecuencia la denegación de la autorización de utilización de las instalaciones en futuras ocasiones. Cuando en horario no lectivo el alumnado no tenga actividades extraescolares no deberá permanecer en el centro. 3.8. ENSEÑANZA DE RELIGIÓN Y ALTERNATIVAS. Las enseñanzas de religión se incluirán en la Educación Primaria de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 126/2014 de 28 de febrero. Al inicio del curso antes del comienzo de las actividades lectivas, los padres, madres o tutores legales podrán manifestar su voluntad de que éstos reciban o no enseñanzas de religión. Para ello en la secretaría de centro se podrá modificar la opción elegida. En el caso de alumnos que vayan a disfrutar de la gratuidad de libros de texto informarán al final del curso la intención de modificar su elección al curso siguiente para poder prever las necesidades en cuanto a libros de texto. La determinación del currículo de la enseñanza de religión católica que es la que se ofrece en nuestro centro es competencia de la jerarquía eclesiástica y de las correspondientes autoridades religiosas. La alternativa a la religión católica en educación infantil es atención educativa; es impartida por las tutoras y con la misma distribución horaria que el área de religión: 1.5/2 horas según ajuste en la carga lectiva del maestro de religión itinerante compensado con las áreas de autonomía de centro. La alternativa en educación primaria es educación en valores; es impartida por los tutores con 1.5/2 horas semanales. Los alumnos de religión católica permanecen en el aula de referencia por ser mayoritaria esta elección, los tutores se desplazan al espacio asignado para impartir la alternativa. 3.9 PROGRAMA DE REFUERZO EDUCATIVO (PRE). En nuestro Centro se imparte el PRE los martes y jueves en horario de 16 a 17.30 h en los meses de octubre a mayo. Los objetivos del programa son, entre otros:

1. Potenciar el aprendizaje y el rendimiento escolar mediante: - La adquisición de hábitos de organización y constancia en el trabajo. - La motivación por el estudio, proponiéndoles formas de trabajo eficaces. 2. Incentivar la mejora en habilidades y actitudes asociadas a la lectura y a las

matemáticas. Será destinatario del PRE aquel alumnado que presente dificultad para alcanzar las competencias o superar los objetivos de la etapa en la que se encuentre matriculado,

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precisando refuerzo educativo en áreas y materias troncales, con especial atención a Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas; apoyo para la organización del trabajo, mejora de los hábitos y técnicas de estudio o desarrollo de habilidades de integración y de adaptación al grupo y que sea propuesto por el equipo docente. La modalidad seleccionada es mixta para alumnos de 5º y 6º de Primaria y es impartida por un maestro de Educación Primaria adscrito a nuestro centro. El maestro tendrá la obligación de registrar cada día la asistencia del alumnado a las sesiones. Los centros educativos podrán dar de baja en el Programa al alumnado que acumule un 30% de ausencias mensuales injustificadas a las sesiones de refuerzo y conllevará, si procede, la incorporación de otro alumno o alumna. El centro educativo debe contar con la autorización de las familias del alumnado propuesto para participar en el Programa de Refuerzo Educativo. Toda documentación deberá ser custodiada por el centro educativo a efectos de una posible auditoría por parte del organismo intermedio que gestiona las actividades cofinanciadas con Fondo Social Europeo. El centro educativo debe informar a las familias de una encuesta relacionada con indicadores de ejecución que establece el Fondo Social Europeo. Esta encuesta estará dispuesta en el tablón de anuncios personal del alumnado en el aplicativo Mirador. Las familias deben cumplimentar esta encuesta y si lo necesitan, contar con la ayuda del centro para ello. El alumnado participante deberá estar consignado en Plumier XXI. El Programa finalizará con una Memoria de Programa de Refuerzo Educativo en el mes de junio. 3.10. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE CONFLICTO/DESACUERDO CON DECISIONES DE TUTORÍA. En ocasiones el equipo docente toma una serie de decisiones tanto a nivel de aula como a nivel de Centro que no son compartidas por las familias pero que han sido hechas en base a la reflexión y decisión conjunta. Resulta fundamental que las familias conozcan que estas decisiones son fruto del estudio y las deliberaciones del Claustro de profesores. Las decisiones que se trasladan a las familias son decidas a nivel de aula, ciclo/tramo, de etapa o de Centro. Por tanto, en caso de desacuerdo por parte de las familias, el primer paso consistiría en trasladar su opinión al tutor o maestro que corresponda, siempre desde el respeto y el diálogo. En caso de conflicto el tutor ha de levantar acta de incidencia producida con fecha, lugar, personas implicadas. En caso de no acuerdo o aclaración satisfactoria, el tutor ha de

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trasladar información al equipo directivo y teniendo en cuenta la naturaleza del conflicto, Jefa de estudios o Directora mediará para la resolución. También pueden ser trasladadas las quejas o peticiones a la AMPA, la cual como representantes de los padres las trasladarán al equipo directivo. 3.11. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE NO RECOGIDA DE LOS ALUMNOS AL TÉRMINO DE LA JORNADA ESCOLAR. Tanto como el deber de las familias de garantizar la puntualidad en el acceso al Centro al inicio de la jornada escolar, es su deber garantizar la puntualidad a la hora de recoger a sus hijos al término. El Centro no puede asumir la atención y cuidado de los menores al término de la jornada escolar, a tal efecto, las puertas del Centro serán cerradas tras la salida a las 14 horas; de esta decisión se desprende que desde este momento la responsabilidad recae de nuevo en los tutores familiares o autorizados por estos. Esta responsabilidad recae en la familia cuando asistan a las reuniones programadas por los tutores fuera del horario lectivo y los padres opten porque sus hijos permanezcan en el centro una vez entregados al finalizar la jornada. La responsabilidad de atender al alumno que no ha sido recogido por la familia y de tomar las medidas oportunas es del maestro que haya impartido la última sesión de la jornada. En cualquier caso y de no ser el tutor, se le solicitará la información a este y datos necesarios para contactar con los familiares (en secretaría está a disposición del equipo docente listado de alumnos con dirección y número de teléfono). En primer lugar se intentará localizar a la familia a través de comunicación telefónica. En caso de no contactar ni de recibir información acerca del retraso y tras esperar el tiempo prudencial que el encargado estime oportuno, el procedimiento será llamar a la policía local para que se haga cargo del alumno a través del SEMAS (Servicio de Emergencia Móvil y Atención Social del ayuntamiento que atiende a los centros). A partir de este momento la responsabilidad será del cuerpo de policía que tomará las medidas oportunas. Otro aspecto a considerar es el caso en que las familias muestran su deseo de que sus hijos menores puedan salir tras la jornada escolar sin ser recogidos por un adulto o acompañados por un hermano, vecino,…igualmente menor de edad. En tal caso, deberán rellenar documento firmado en el que autoricen tal circunstancia y asumiendo la responsabilidad que tal autorización conlleva. ANEXO 3.10.1 (disponible en Centro y página web). Esta medida se podrá adoptar a partir de 4º de Primaria.

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3.12. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD DE UN ALUMNO/A. La actividad propia del niño en edad escolar es el movimiento y por tanto, es susceptible de sufrir percances a lo largo de la jornada escolar. Desde el Centro se establecen unas medidas de seguridad que son trasladadas al alumnado y que han de respetar para la prevención de accidentes. Además a través del Plan de Autoprotección del Centro se realizan revisiones y se toman las medidas más oportunas para evitar accidentes. A pesar de todo lo expuesto pueden producirse percances ante los cuales todo el personal del Centro debe saber responder. ACCIDENTES EN JORNADA ESCOLAR Se les ha proporcionado a los maestros pautas de primeros auxilios que han de seguirse en caso de resultar necesario pero debe quedar patente que los maestros no son profesionales de la salud y por tanto, las medidas oportunas las ha de tomar el personal especializado. La Consejería de Educación y Cultura establece un protocolo a seguir y en el que se señala claramente que no existe ninguna obligación por parte del docente de administrar la medicación o aplicar medidas sanitarias a los alumnos/as, salvo en circunstancias de emergencia donde se aplicarían los primeros auxilios. Siguiendo este protocolo, en caso de accidente la pauta de actuación ha de ser: - Evaluar la situación y verificar que el alumno/a se encuentre en lugar seguro. (Proteger). - Llamada al Servicio Médico de Urgencias o traslado al Centro Médico más cercano en situaciones donde el transporte no implicara perjuicio para la salud del alumno/a. (Avisar) (para ello todos los alumnos deben tener firmada la autorización proporcionada en secretaría. ANEXO 3.11.1). - Aplicar los primeros auxilios. (Socorrer). - Llamada a los padres o tutores del alumno/a. En ningún caso, el personal del centro curará con desinfectantes ni aplicarán cualquier tipo de crema, sólo se limpiará las heridas con agua y se protegerá la zona en caso necesario. ENFERMEDADES Es muy importante conocer las enfermedades que los alumnos puedan padecer y que en cierto modo pudiesen desencadenar algún tipo de incidencia clínica durante el horario escolar. Por tanto, dicha información se deberá trasladar al Centro por parte de los padres a través de los cuestionarios de salud que se proporcionan anualmente y si es necesario reforzar con entrevista con los tutores. En caso de patología por parte del alumno/a, el Centro debe abrir una ficha informativa con los siguientes datos: - Nombre y apellidos del alumno/a.

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- Nombre y apellido de los padres. - Dirección y teléfonos. - Curso en el que está matriculado, así como nombre del tutor. - Enfermedad o enfermedades que padece. - Medicación y dosis que sigue con regularidad. - Profesional médico que se hace cargo del alumno. - Centro médico de urgencias y sus teléfonos. - Forma de actuar ante situación de crisis. - Fotografía del alumno/a. Esta ficha informativa de carácter confidencial, debe emitirse por duplicado, permaneciendo en poder del Equipo Directivo el original, y una copia en manos del tutor responsable del alumno. (ANEXO 3.11.2) Junto a lo anterior se debe solicitar a los padres o tutores: -Informe médico donde además de indicar la patología del alumno, se aconseje la forma de actuar en caso de crisis.(ANEXO 3.11.3) -Documento firmado por los padres o tutores legales donde asuman que el personal docente no está capacitado ni obligado a la práctica sanitaria, siendo conscientes de la buena fe del profesorado en mantener y mejorar la salud del alumno y de aplicar los primeros auxilios necesarios. En dicho documento los padres o tutores legales también deben señalar la forma de actuar ante situaciones de urgencia: medicación a tomar, teléfonos donde llamar, etc (ANEXO 3.11.4)

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3.13. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACOSO ESCOLAR, MALTRATO O AGRESIÓN. Protocolo en caso de acoso escolar La comunicación de situaciones de presunto acoso entre alumnos puede realizarla cualquier miembro de la comunidad educativa al equipo directivo y que tenga conocimiento o indicios razonables de la misma (alumnado, profesorado, familias o personal no docente) en el ámbito de sus respectivas responsabilidades. Se garantizará el anonimato de la identidad de la persona que realiza la comunicación. Los especialistas consideran que existe acoso escolar cuando un alumno se ve expuesto de forma repetida y deliberada a maltrato verbal, físico, y/o psicológico por parte de un compañero o grupo de compañeros, con el objeto de someterlo, apocarlo, asustarlo y/o amenazarlo, atentando contra su dignidad e integridad física o moral. Es necesario distinguir entre acoso escolar y agresiones esporádicas u otras manifestaciones violentas entre alumnos que no guardan continuidad en el tiempo, ni suponen inferioridad de uno de los participantes en el suceso. Se entenderá que existe una situación de acoso entre escolares si se dan simultáneamente las tres circunstancias siguientes: - Intención de hacer daño. Reiteración de conductas agresivas. - Desequilibrio de fuerzas entre acosador o acosadores y víctima. En el caso de denuncia de supuesto acoso escolar se seguirá el protocolo establecido en la Resolución de 13 de noviembre de 2017 de la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa, por la que se dictan instrucciones para la mejora de la convivencia escolar en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la CARM. El Director mantendrá informado al Consejo Escolar de las situaciones detectadas y de las actuaciones adoptadas. El consejo escolar junto al coordinador de convivencia realizará seguimiento de compromisos y pautas de actuación adoptados con alumnos y con padres. El Consejo Escolar evaluará la eficacia de las medidas correctivas y orientadoras adoptadas. Procedimiento para casos de maltrato (prevención e intervención):

Se estructura en tres fases: Detección de casos de maltrato infantil.

Consiste en identificar aquellas señales que indiquen desprotección o sospecha de maltrato y comunicarlas a la entidad competente en la materia.

Valoración inicial de la situación de desprotección.

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El director designa al tutor del alumno afectado o a otro profesional que coordine la recogida de información. El director y el profesional designado realizan una primera valoración de urgencia de la situación detectada para notificarla a la entidad que corresponda. Para valorar la gravedad se atenderá al: -Tipo de lesión. -Localización de la lesión. -Nivel de vulnerabilidad de la lesión. Para valorar la probabilidad de que el maltrato vuelva a producirse: -Cronicidad y frecuencia. -Accesibilidad del perpetrador al niño. -Características comportamentales del menor. -Tipo de relación del cuidador principal con el niño. -Características de los padres o cuidadores principales. -Características del entorno familiar. Se iniciará el procedimiento de urgencia en función de los criterios de gravedad y alta probabilidad de que el suceso vuelva a repetirse. Si estos criterios no se cumplen se iniciará el procedimiento ante situaciones no urgentes. Procedimiento de actuación ante situaciones urgentes:

Se inicia cuando la vida del menor corre peligro o cuando su integridad física o

psicológica se encuentre gravemente comprometida. El director comunicará a la mayor brevedad posible a:

- La Dirección General de Familia y Menor. - Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. - El Juzgado de la zona, interponiendo una denuncia.

Además implica una actuación que va más allá de la preceptiva notificación y es la

protección del menor en casos de mayor urgencia: Se atenderá a la salud del menor cuando está se halle en peligro (lesiones, grave

negligencia o sospecha de abuso sexual) solicitándolo al Servicio de Urgencias o Centro de Salud, comunicándolo posteriormente a los padres.

Se trasladará, por medio de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, a un centro de protección de menores.

Procedimiento de actuación ante situaciones no urgentes:

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Notificar a los Servicios Sociales de Atención Primaria cualquier indicador o situación que implique que el menor no está siendo atendido con las garantías suficientes para su bienestar y no siendo urgente la situación detectada.

Notificación en casos de maltrato (urgente o no urgente): Existen hojas de notificación en casos de maltrato urgente y no urgente que

efectuará el director en todos los casos.

Procedimiento para casos de agresión (prevención e intervención):

La prevención de las agresiones en el ámbito escolar requiere de una serie de actuaciones:

- Adecuada acción tutorial. - Vigilancia y control de los alumnos en el centro. - Transmisión de valores y habilidades de resolución pacífica de conflictos.

Para notificar un caso no es necesario tener una certeza absoluta, sino que es suficiente tener una sospecha razonable de ello.

Si estimamos que el maltrato infantil es un problema complejo, en el cual al lado del niño agredido hay que considerar al adulto agresor, además de la trama familiar, el entorno social y cultural en que ocurre la interacción..., el enfoque intersectorial es el único posible para planificar las respuestas integrales que el tema requiere. De lo anterior se desprende la relevancia de la coordinación entre los distintos sectores que intervienen en los casos de maltrato infantil.

Cuando se ha valorado la necesidad de notificar el caso, cuando sea posible, es conveniente informar a los padres que la escuela ha observado problemas en el menor. En algunas ocasiones pueden existir motivos para no informar a los padres porque se resistan a aceptar la situación, posible respuesta agresiva, porque pueda perjudicar al menor o pueda crear hostilidad de los padres que dificulte actuaciones futuras de apoyo a realizar desde la escuela.

No siempre los responsables van a ser los padres y, en definitiva, lo que implica la notificación es solicitar los apoyos necesarios (ayuda) para resolver los problemas que dieron lugar a esta situación que afecta de forma negativa al niño. Es importante aclarar que con la notificación de un caso no solo se está protegiendo al menor, sino que se pretende rehabilitar a los agresores, intentando que el niño retorne a su casa lo antes posible y sin peligro, trabajando sobre los factores que produjeron la inestabilidad familiar. Hay que tener en cuenta que cuando más tarde se notifique un caso, más crónica será la situación y más graves serán las secuelas, tanto físicas como psíquicas, que sufrirá el menor.

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Todo debe realizarse desde la confidencialidad de los datos y sin perder de vista en ningún momento el interés superior del menor.

En cuanto a la intervención, una vez producida la agresión, se aplicarán los procedimientos y medidas correctoras establecidas en la normativa en vigor sobre convivencia escolar, en función de la gravedad de la agresión y, en su caso, de los agravantes y atenuantes que concurran. Desde la Consejería de Familia e Igualdad de oportunidades nos han enviado a los centros un “PROTOCOLO DE OBSERVACIÓN DE SITUACIONES DE RIESGO EN LA INFANCIA EN CENTROS ESCOLARES (PRIMARIA)”. Este protocolo se proporciona al profesorado y en él aparecen apartados a observar relacionados con el aspecto físico, aspectos sociales de comportamiento, aspectos académicos, aspectos familiares y un cuestionario a cumplimentar en caso de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo. ANEXO 3.12.4 3.14. ADECUADA AUTORIZACIÓN PARA LA RECOGIDA DE ALUMNOS DEL CENTRO ESCOLAR. Los alumnos de infantil y primer tramo de primaria (de 3 años hasta 3º de primaria) deben ser recogidos por adultos al término de la jornada escolar ya sea por los propios padres como por personas en las que deleguen (informarán a los tutores). A partir de 4º de primaria los tutores legales de estos alumnos podrán autorizar la salida sin ser recogidos por adultos, asumiendo en todo caso la responsabilidad de dicha autorización. ANEXO 3.13.1 La Resolución de 20 de octubre de 2017 de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes por la que se dictan instrucciones para su aplicación en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de enseñanzas no universitarias para con padres, madres o tutores legales separados, divorciados o cuya convivencia haya cesado, respecto a la educación de sus hijos e hijas o tutelados menores de edad establece: “El Centro docente dispondrá, en sus normas de organización y funcionamiento, del procedimiento interno que estime más conveniente que le permita verificar, en caso necesario, la identidad y la adecuada autorización de quienes acudan a recoger al alumnado en nombre de sus padres o de sus tutores legales.” Como hemos indicado anteriormente, los padres o tutores legales, pueden autorizar que sus hijos vuelvan a casa sin ser recogidos por un adulto a partir del nivel de 4º de Primaria. Por tanto, esta autorización deberá ser firmada por ambos tutores legales en caso de divorcio, separación o cese de convivencia en los días que tengan asignado para compartir con sus hijos.

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De igual modo, podrán autorizar a terceras personas para la recogida de sus hijos. En este caso rellenarán una autorización a terceros detallando nombre y apellidos, DNI y número de teléfono de la/s persona/s en las que delega. ANEXO 3.13.2 3.15. NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DE IMÁGENES DE MENORES . En virtud del art 5.1.f del Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, las imágenes publicadas en la página web y en los diferentes blogs de profesores del centro que incluyan imágenes que permitan identificar a los alumnos y que por lo tanto constituyen datos personales de los mismos, deberán tratarse de conformidad al art. 3c de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre. A principio de curso, en Claustro se recordará a los tutores la importancia del seguimiento y control de aquellos alumnos que no tienen firmadas las autorizaciones. Cuando se realicen fotos o videos que vayan a ser subidos a la página web del colegio por el responsable, serán los tutores los que ya hayan revisado el contenido y comprobado que no hay riesgo de difusión de alumnos sin autorizar. La publicación de imágenes en la página Web sólo será realizada por el responsable asignado, sin embargo, profesores autorizados podrán publicar imágenes en blogs creados y recogidos en la Web del colegio.

Para el tratamiento y publicación de las imágenes, de conformidad con el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre en su artículo 13, deberemos tener el consentimiento de los padres o tutores de los alumnos.

Para todo lo anterior, desde el colegio se realizarán las siguientes acciones: 1.- En el momento de formalización de la matrícula, la secretaria entregará un cuestionario para el consentimiento del uso de imágenes de sus hijos. ANEXO 3.14 2.- En reunión de claustro de inicio de curso, se informa del procedimiento a seguir en el tratamiento de las imágenes de los alumnos. 3.- Al inicio del curso escolar, la secretaria informará de los alumnos que no autorizan el uso de las imágenes al encargado del tratamiento de estas. Esta información se recordará cada vez que se proceda un alta o baja en el consentimiento. 4.- Los tutores trasladan al equipo docente de su curso información de los alumnos que no han dado su consentimiento para el tratamiento de las imágenes y ponen a su disposición el listado de los mismos. 5. - Las autorizaciones deberán ser archivadas en los expedientes de los alumnos. Por último, las familias podrán ejercer en cualquier momento su derecho a solicitar que se retiren las imágenes del menor de la página web y/o del centro, para lo que el colegio deberá de dar respuesta en el menor tiempo posible.

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3.16. NORMAS PARA EL USO DE TELÉFONOS MOVILES EN EL CENTRO. El centro prohíbe que los alumnos traigan teléfono móvil con el fin de prevenir o resolver posibles conflictos causados por el uso de estos dispositivos u otros dispositivos similares (cámaras, grabadoras, etc.) en las aulas o en otras dependencias del centro. Se considera como una falta gravemente perjudicial para la convivencia del centro, el grabar o difundir, a través de cualquier medio o soporte, imágenes que guarden relación expresa con la vida escolar y cuyo contenido pueda dañar o atentar contra la intimidad, la integridad o la dignidad personal de cualquier miembro de la comunidad educativa. En este sentido, sólo se autorizará su uso de forma excepcional cuando la actividad lo requiera y el profesor haya solicitado a Dirección permiso para realizar dicha actividad. Asimismo, con objeto de proteger los derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución como el derecho a la integridad física y moral (artículo 15), el derecho a la libertad y a la seguridad (artículo 17), el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen (artículo 18) y el derecho a la educación (artículo 27), el uso indebido, dañoso o irresponsable de teléfonos móviles u otros aparatos tecnológicos similares puede ser tipificado y corregido, dependiendo de la gravedad del acto, según lo contemplado en el Decreto 16/2016 de 9 de marzo. 3.17 ALIMENTACIÓN, TABACO Y ACCESO DE ANIMALES AL CENTRO.

Fomento de hábitos saludables.

Tras la aprobación del Decreto 97/2010, de 14 de mayo, por el que se establece el fomento de hábitos alimentarios saludables en los centros docentes, se prohíbe la utilización de golosinas, bollería industrial, snacks y aperitivos procedentes de patatas, maíz, arroz, trigo y otros vegetales, cortezas de cerdo y pipas saladas, bebidas hipercalóricas, incluidos zumos y batidos con azúcar añadido, y de productos preparados fuera de establecimientos autorizados según la normativa vigente, en celebraciones tales como cumpleaños, santos o fiestas organizadas en el centro.

Siguiendo la tradición y de forma excepcional en la festividad del Día del Maestro (nuestro patrón: San José de Calasanz) y en la visita de los Reyes Magos, se continuará con el almuerzo de monas con chocolate.

En las fiestas de graduación celebradas en el Centro, los refrescos, los aperitivos, snacks y similares se seleccionarán de bajo nivel calórico.

En el centro educativo no podrán suministrarse golosinas (chuches).

Prohibición de fumar en el centro. Según la Ley de 28/2005, de 26 de diciembre (B.O.E. de 27 de diciembre de 2005),

queda totalmente prohibido fumar en todo el recinto escolar.

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Prohibición del acceso de animales al centro.

Por motivos higiénicos y de seguridad, queda prohibido acceder al centro con

animales, salvo en los casos de actividades aprobadas por Consejo Escolar e incluidas en la Programación General Anual. 3.18. SERVICIOS EDUCATIVOS: TRANSPORTE Y COMEDOR ESCOLAR.

• ORGANIZACIÓN DEL TRANSPORTE ESCOLAR.

Tienen derecho a la utilización del transporte escolar todos los alumnos contemplados en la normativa vigente, Orden de 3 de junio de 2.002 por la que se regula la organización, el funcionamiento y la gestión del servicio de transporte escolar (B.O.R.M. de 21 de junio de 2.002).

A) El horario del servicio de transporte se adaptará al horario lectivo del centro educativo. B) El centro pondrá a disposición de conductores y acompañantes una relación del alumnado

con teléfono de contacto de la familia para poder informar de cualquier incidencia. C) Cualquier incidencia observada por el conductor o acompañante, relativa a la conducta de

los alumnos durante el viaje, o al incumplimiento por parte de los padres relativo a falta de puntualidad en entrega y/o recogida y atención del alumnado menor de edad en las paradas, se comunicará a la dirección del centro.

D) En caso de avería del vehículo el conductor y acompañante adoptarán las medidas de seguridad que consideren oportunas, de forma que se garantice la seguridad del alumnado, avisando de la situación a su empresa para poder ser auxiliados con la mayor brevedad posible al centro y a las familias.

E) Los vehículos realizarán las paradas en los lugares previstos al efecto, reuniendo las condiciones de seguridad y utilizando los lugares de estacionamiento de vehículos en la puerta del centro. Las incidencias o anomalías observadas por los alumnos o sus padres referentes al vehículo, conductor o acompañante durante la realización del servicio, serán comunicadas a la dirección del centro y este mandará el Anexo correspondiente a la Consejería de Educación y Cultura.

ACOMPAÑANTE.

• FUNCIONES:

a) Atención y cuidado del alumnado usuario durante el transporte y en el acceso y abandono del vehículo, así como recogida y acompañamiento desde y hasta el interior del recinto

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escolar, permaneciendo en dicho recinto, atendiendo principalmente al alumnado de menor edad o con problemas, hasta la entrada a clase.

b) Velar por la seguridad de los alumnos en las paradas establecidas, donde deberán ser acompañados y recogidos, cuando por su edad o características lo requiera, por sus padres o personas designadas por estos.

c) Conocer los mecanismos de seguridad del vehículo y utilizarlos cuando sea necesario para la seguridad del alumnado.

d) Instruir al alumnado en el buen comportamiento dentro del autocar y velar por el cumplimiento de las normas establecidas.

e) Comunicar a la dirección del centro toda incidencia relevante que se produzca. f) Atención al alumnado en caso de accidente escolar durante la prestación del servicio. g) En la parada no dejarán a ningún alumno si en la misma no se encuentran los padres o

persona que habitualmente los recoja. Si no es así la monitora o monitor llamará a la familia para que los recojan en el lugar asignado por la empresa.

h) Contar con las autorizaciones por parte de las familias de aquellos alumnos que puedan ir solos desde la parada a su casa.

• OBLIGACIONES:

a) Colocarse en las inmediaciones de la puerta central o trasera del vehículo. b) Mantener una actitud vigilante. c) Bajar el primero en cada parada del autobús y no permitir que cruce ningún alumno sin

mirar antes. d) Pasar lista de asistencia y entregarla al Equipo Directivo a final de cada mes.

ALUMNADO:

• DERECHOS:

A) A la utilización del servicio de Transporte escolar respetando las normas de funcionamiento.

B) A ser respetados en su dignidad personal. C) A que se respete su conciencia cívico, moral y religiosa, de acuerdo con la Constitución. • DEBERES:

A) Respetar la dignidad y funciones de conductor y acompañante, así como de sus propios compañeros.

B) Respetar las normas. C) Respetar el autobús y sus enseres. D) Dar buen uso al vehículo, manteniéndolo limpio y evitando: tirar papeles, cáscaras,

escribir en los asientos o laterales, golpear,... E) Ir sentados durante el trayecto y con cinturón de seguridad. F) Ir en orden desde el colegio hasta el autobús sin correr ni gritar a la subida, dentro ni

bajada de autobús. G) Puntualidad.

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TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS DE LOS ALUMNOS Y SANCIONES PREVISTAS.

A) El incumplimiento, por parte del alumnado, de las normas establecidas se considerará falta de disciplina.

B) Las faltas de disciplina se clasificarán dentro de alguna de las siguientes categorías: muy grave, grave, leve.

C) Son faltas muy graves: 1) La falta de respeto a la dignidad y funciones a conductor, acompañante y demás

alumnos/as. 2) Causar voluntariamente deterioro al autobús. 3) La acumulación de seis faltas graves. D) Son faltas graves: 1) Promover o participar en riñas. 2) Hacer mal uso del autobús. 3) Desobediencia a conductor y/o acompañante, siempre que no suponga falta de respeto. 4) La acumulación de seis faltas leves. E) Son faltas leves: 1) No observar las normas elementales de ética y comportamiento. 2) Tirar papeles u otros u otros objetos en el interior del autobús de manera reiterada. 3) Retrasos al autobús de manera reiterada. 4) Las faltas graves, carentes de intencionalidad.

1.4. SANCIONES:

A) Faltas leves: Amonestación, con la advertencia de las consecuencias que podrían seguir si persiste la deficiente conducta.

B) Reiteración de faltas leves o comisión de graves: Notificación a las familias y/o supresión temporal del servicio.

C) Faltas muy graves: Baja definitiva en el servicio por poder afectar a la seguridad del transporte, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente sobre derechos y deberes del alumnado. D) La confesión por parte del alumno, de la falta cometida, será tenida en cuenta como atenuante.

• COMEDOR ESCOLAR: NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE COMEDOR EL SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR ESTÁ REGULADO EN LA: • Orden de la Consejería de Educación y Cultura de 17 de julio de 2006 sobre comedores escolares de los Colegios Públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

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• Orden de 23 de julio de 2019 de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se modifica la Orden de la Consejería de Educación y Cultura de 17 de julio de 2006 por la que se regula el servicio de comedor escolar de los colegios públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Orden de 28 de abril de 2016, de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de ayudas de comedor para el alumnado escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos, que dispongan de este servicio escolar complementario. • Resolución de 30 de julio de 2019 de la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre el funcionamiento del servicio de comedor escolar en los colegios públicos dependientes de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes para el curso 2019-2020. Teniendo en cuenta dicha normativa se formulan las siguientes Normas de Organización y Funcionamiento del Servicio de Comedor Escolar: 1. Funciones del comedor escolar 1. Responder a la demanda de la sociedad actual, facilitando la asistencia a los alumnos del Centro con el fin de conciliar la vida laboral con la vida familiar. 2. Proporcionar nutrición adecuada al alumnado, equilibrada, suficiente y variada de modo que complemente la recibida en casa. 3. Formar buenos hábitos de alimentación: Comer de todo, usar correctamente los cubiertos, servilletas y menaje. Comer en silencio, respetando a los demás. 4. Potenciar el desarrollo de hábitos y actitudes de convivencia, colaboración e higiene, contribuyendo así a la formación integral de los alumnos. 2. Comensales Tendrán la condición de comensales del Comedor Escolar: El alumnado matriculado en el Centro. El Director, Secretario y vigilantes. Profesorado del Centro. Personal no docente que realice sus funciones en el Centro.

Aquellos comensales que por diagnóstico médico precisen un régimen alimenticio especial, antes del comienzo de la actividad del Comedor escolar, lo justificarán documentalmente ante la Dirección del Centro, que procederá a su estudio y dará soluciones organizativas de acuerdo con los Órganos Colegiados del Centro. Todos los comensales se atendrán al menú establecido por la Empresa servidora del Centro, salvo lo indicado en el apartado anterior y cuando se trate de cambio de menú por indisposición temporal (dieta blanda). 3. Periodo de funcionamiento El Comedor funcionará de septiembre a junio, iniciando su actividad el día que fije la Consejería de Educación y Cultura y finalizándola el último día lectivo de junio.

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4. Órganos colegiados y unipersonales del centro con competencias en relación con el servicio de comedor. 4.1 Corresponden al Consejo Escolar del centro las siguientes funciones: a) Solicitar la puesta en funcionamiento del servicio de comedor, y en su caso, el cese de su actividad por causas justificadas. b) Aprobar el plan de funcionamiento del servicio de comedor: capacidad máxima, horario de comidas y recreos, y organización de turnos en su caso. c) Aprobar las normas de funcionamiento del servicio de comedor, que formarán parte del reglamento de régimen interior del centro. d) Aprobar el proyecto de presupuesto de ingresos y gastos del servicio, como parte del presupuesto anual del centro, así como la justificación de los ingresos y gastos realizados en el ejercicio. e) Establecer las directrices y aprobar el plan de actividades educativas y recreativas a desarrollar por el alumnado usuario del comedor. f) Analizar y evaluar la organización y la actividad general del comedor escolar, así como los aspectos administrativos y funcionales del servicio, y promover la renovación y mejora del equipamiento e instalaciones. Durante el segundo trimestre de cada curso escolar, elaborará un informe de evaluación y las propuestas orientadas a la mejora del servicio que estime procedentes, recogiendo en dicho informe su opinión sobre la conveniencia o no de la continuidad de la empresa adjudicataria del servicio para el curso siguiente. Dicho informe será remitido a la Dirección General de Enseñanzas Escolares. g) Velar por que los menús que se sirvan en el comedor escolar sean adecuados para una alimentación sana y equilibrada del alumnado, conforme a las recomendaciones derivadas de las actividades de control y seguimiento que realice la autoridad sanitaria competente y bajo la supervisión y asesoramiento de los servicios de la Consejería de Educación. h) Conocer todas las resoluciones relativas a la admisión de alumnos en el servicio y a las bajas por impago o por motivos disciplinarios, en su caso, y velar por que se ajusten a las normas que regulan los derechos y deberes de los alumnos y al reglamento de régimen interior del centro. 4.2 Corresponden al Director del centro las siguientes funciones: a) Elaborar con el equipo directivo el plan de funcionamiento del servicio de comedor, como parte integrante de la programación general anual del centro. b) Dirigir y coordinar el servicio. c) Supervisar los aspectos administrativos y funcionales del servicio. d) Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto aprobado y ordenar los pagos. e) Realizar la contratación de obras, servicios o suministros para los que esté facultado de acuerdo con la normativa vigente, siempre que sean necesarios para el mejor funcionamiento del comedor f) Ejercer la jefatura del personal adscrito al servicio de comedor, sin perjuicio de las relaciones laborales existentes entre la empresa adjudicataria y el personal contratado por ella, en su caso.

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g) Velar por el cumplimiento de las normas sobre sanidad e higiene, y garantizar que las familias dispongan de la información necesaria sobre la programación de los menús y su valor nutricional. h) Informar a los padres, antes del inicio del curso, del plan y las normas de funcionamiento del comedor escolar y de las actividades formativas y recreativas previstas. i) Cualquier otra función, no atribuida específicamente a otros órganos del centro, que pueda realizar de acuerdo con la normativa vigente para un mejor funcionamiento del servicio de comedor. 4.3 Corresponden al Secretario del centro las siguientes funciones: a) Ejercer, de acuerdo con las directrices del Director, de interlocutor con los usuarios, servicios administrativos de la Consejería, empresa adjudicataria y proveedores, en su caso. b) Formular el inventario de bienes adscritos al comedor y velar por su buen uso e integridad. c) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal adscrito al servicio de comedor. d) Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del comedor. e) Registrar la actividad económica del comedor, controlar la justificación de los ingresos y gastos y verificar los cobros a los usuarios que deban abonar total o parcialmente el precio del servicio. 4.4 La Comisión de Comedor es un órgano delegado del Consejo Escolar integrado por los siguientes miembros: El Director del centro, que será su presidente. El Jefe de Estudios. El Encargado del servicio de comedor, en su caso. Un representante del profesorado, elegido por el claustro. Dos representantes de los padres y madres de los alumnos. El Secretario del centro, que ejercerá las funciones de Secretario de la Comisión

con voz y voto. Los representantes de los padres y madres serán designados por el Consejo

Escolar entre los candidatos presentados por las Asociaciones de Padres y Madres.

La Comisión de Comedor tendrá las siguientes funciones: a) Aprobar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del comedor. b) Proponer modificaciones al menú tipo ofertado por la empresa adjudicataria, en su caso, de acuerdo con criterios de alimentación sana y equilibrada, respetando el equilibrio económico de la oferta presentada y conforme a las directrices establecidas por el Consejo Escolar. c) Elaborar y proponer al Consejo Escolar un programa de actividades educativas orientadas a la educación para la salud y la adquisición de hábitos sociales, así como de las actividades recreativas a desarrollar por el alumnado.

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d) Colaborar con la dirección del centro en el seguimiento y supervisión del servicio de comedor con el fin comprobar el cumplimiento de objetivos y de elevar propuestas e informes al Consejo Escolar para la mejora del servicio. 4.5 Encargado del servicio de comedor. 4.5.1. En los centros educativos con servicio de comedor, el Director podrá nombrar a un profesor que actuará como responsable de la gestión formativa y administrativa de dicho servicio durante cada curso escolar, sin perjuicio de las funciones que competen al propio Director y al Secretario según el Reglamento Orgánico de Centros. Esta tarea podrá será realizada por cualquier docente que voluntariamente acepte esa responsabilidad o por un miembro del Equipo Directivo nombrado por la Dirección. 4.5.2. Corresponden al Encargado del servicio de comedor, las siguientes funciones: a) De carácter formativo o pedagógico: Dirigir y coordinar el plan de actividades para el desarrollo de hábitos higiénicos,

adecuada utilización de los cubiertos, comportamiento en la mesa, adquisición de conocimientos y hábitos alimentarios correctos, y relaciones sociales en el entorno del comedor.

Dirigir y coordinar las actividades de ocio y tiempo libre en los periodos de recreo anterior y posterior a la comida.

b) De índole administrativa: Realizar bajo las directrices de la Dirección las tareas propias de coordinación y

supervisión de los medios personales, materiales y económicos adscritos al servicio de comedor.

Supervisión de menús y propuesta de modificación o mejora de éstos a la Comisión de Comedor.

Organización del servicio de comidas. Facilitar la información para la elaboración y actualización del inventario de

menaje, mobiliario y maquinaria adscrita al servicio de comedor y realizar propuestas de reposición y mejora.

Colaborar con la Secretaría del centro en el control de los pagos de los usuarios del servicio de comedor, realizar las previsiones mensuales del número de comensales y controlar diariamente los menús servidos y los previstos y no servidos a efectos de facturación por la empresa y de la aplicación y justificación de las ayudas de comedor, en su caso.

Realizar las acciones necesarias, según las circunstancias, para atender a los alumnos que sufran algún accidente durante el horario de comedor, de acuerdo con lo previsto al respecto en las normas de funcionamiento del servicio.

El Encargado del comedor deberá permanecer en el centro todos los días y durante las horas en que funcione el servicio, incluidos los recreos anterior y posterior al tiempo de la comida.

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Excepcionalmente, y por causas justificadas, podrá ser sustituido por otro miembro del cuerpo docente del centro designado por el Director, siempre que éste último acepte la sustitución. 4.6 Monitores de comedor Corresponde: 1. Mantener presencia física con el alumnado durante el horario de prestación del servicio y los recreos. 2. Orientación al alumnado en materia de educación para la salud y la convivencia, adquisición de hábitos sociales y correcta utilización y conservación del menaje, mobiliario e instalaciones. 3. Vigilancia, cuidado y dinamización del alumnado según el Plan de Actividades elaborado por el Centro. 4. Atender a las necesidades individuales y colectivas que se puedan presentar. 5. En el Comedor: acostumbrar a los alumnos al aseo previo y posterior a la comida, a comportarse con corrección en todo momento, a comer con limpieza y a tener a los demás en cuenta a la hora de comer y servir la comida. 6. Observar el régimen de comida de cada niño de su grupo. 7. Procurar que la comida discurra en un ambiente de calma y que el comedor quede lo más limpio y ordenado posible. 8. Atención especial y urgente al alumnado en los posibles casos de accidente escolar, de acuerdo con lo previsto en las normas de funcionamiento y bajo la dirección encargado de comedor, en su caso. 5. Forma de gestión del comedor La gestión del Comedor se adecuará a la Orden de la Consejería de Educación de 17 de julio de 2006 por la que se regula el servicio de comedor escolar de los Colegios Públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (BORM nº 173) 6. Financiación del comedor Para la financiación de los gastos ocasionados por el servicio de comedor escolar, el Centro constituirá un fondo que, en cada curso, estará integrado por: a) Aportaciones de los usuarios que no tengan derecho a gratuidad. El Colegio enviará al inicio del curso una nota informativa con el importe del servicio de comedor de todo el curso por meses y el número de cuenta donde se debe realizar el ingreso correspondiente a cada mes en el plazo establecido. b) Dotaciones de la Consejería de Educación para cubrir el coste del servicio de los alumnos y del personal con derecho a gratuidad. c) Importe de las ayudas de comedor concedidas a alumnos del centro tanto por la Consejería como por otros organismos. d) Dotaciones de la Consejería de Educación para financiar los gastos ordinarios de funcionamiento del servicio de comedor: gastos de administración y comunicación, reparaciones de maquinaria e instalaciones y otros gastos corrientes. e) Dotaciones de la Consejería de Educación para financiar los gastos extraordinarios e inversiones necesarias para el correcto funcionamiento del servicio que puedan ejecutar

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los centros en función de su cuantía y en el marco de su autonomía de gestión económica. f) Aquellas otras aportaciones en forma de ayudas o donaciones recibidas de cualquier persona o entidad pública o privada aprobadas por el Consejo Escolar. El coste diario del menú para cada curso será fijado por la Consejería de Educación haciéndose público en el Centro. El pago del servicio de comedor se realizará durante los cinco primeros días hábiles del mes, preferentemente mediante transferencia. En caso de ausencia por enfermedad o causa justificada, los tres primeros días consecutivos de ausencia no tendrán derecho a devolución. A partir del cuarto día consecutivo de ausencia, se tendrá derecho a la devolución del 50% del resto de los días abonados, siempre y cuando, los padres lo hayan comunicado en Secretaría. La falta de abono del precio del servicio en los plazos y condiciones establecidas dará lugar, como medida cautelar, a la baja inmediata en el comedor, que será decidida por la Dirección del Centro. En los casos en que no se corrija la situación según lo previsto en las normas de funcionamiento, se acordará por el órgano competente la baja definitiva para el resto del curso, así como las medidas necesarias para hacerla efectiva, en su caso. Las vacantes que se produzcan en el servicio de comedor se cubrirán con efectos de primer día hábil del mes siguiente. 7. Personal de cocina y monitores Las funciones de cocina y la labor de monitores serán realizadas por personal laboral que tendrá que tener normalizada su situación en cuanto a salarios, Seguridad Social y titulación e idoneidad para el desempeño de las mismas, siendo a cargo de la Empresa que gestione el servicio todos los gastos que se generen, así como los ocasionados por las suplencias por bajas laborales. La proporción de personal de cocina y servicio y monitores se fijará de acuerdo con la normativa vigente. 8. Condiciones sanitarias y de seguridad 1. La Consejería de Educación adoptará las medidas conducentes a garantizar el cumplimiento, por parte de los centros que de ella dependen y de las empresas adjudicatarias del servicio de comedor, de la normativa estatal reguladora de las condiciones sanitarias para el servicio de comedor escolar en los centros docentes públicos y privados no universitarios, y de lo establecido en el Reglamento(CE) n.º 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios. Así mismo, realizará las actuaciones necesarias para la adecuación de las dependencias e instalaciones de los comedores escolares de los centros públicos a lo previsto en el Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas, y para el cumplimiento del resto de disposiciones estatales o autonómicas en materia de higiene de los alimentos que sean de aplicación a los comedores escolares.

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2. Igualmente, la Consejería de Educación dictará las instrucciones oportunas para que los centros realicen, con la periodicidad necesaria y a través personas o entidades autorizadas, las revisiones o inspecciones que se precisen para garantizar la seguridad en el funcionamiento de sus instalaciones industriales. 9. Medidas organizativas 1. Para la adecuada consecución de los objetivos, el alumnado se organizará en grupos de comensales según la edad, el ciclo o tramo al que pertenece, quedando cada grupo a cargo de un monitor. 2. Durante el horario de comedor, se usarán únicamente las estancias habilitadas y los aseos que correspondan para el cepillado de dientes, cuidando el personal de su buen uso, limpieza y conservación. El alumnado no podrá deambular por ninguna estancia o pasillo sin supervisión. 3. Al sonar el timbre del fin de la jornada de mañana, el alumnado de Ed. Infantil y 1º de Ed. Primaria será recogido por los monitores asignados. Ningún alumno se separará del grupo que le corresponda sin la autorización del monitor. 4. Tras el lavado de manos se dirigirán directamente al comedor. 5. La hora máxima de recogida de alumnos de comedor será a las 16:00 horas en los meses de octubre a mayo y las 15.00 horas en junio y septiembre. 6. Ningún alumno podrá marcharse solo del centro; tendrá que ser recogido por los padres, tutores, o personas autorizadas por escrito. En el caso de los alumnos de 4º, 5º y 6º de Primaria, podrán marcharse solos si sus padres lo han autorizado previamente por escrito en Dirección. 7. Las puertas del Centro permanecerán cerradas, excepto en los momentos establecidos para la recogida de alumnos. 8. Los datos del alumnado de comedor, relativos a personas y teléfonos de contacto, domicilios y alergias estarán a disposición de los monitores. 9. No se permitirá la entrada a personas ajenas al Centro. 10. No podrá utilizar el servicio de comedor un alumno que no haya asistido a clase por la mañana y acuda directamente al comedor. 11. En caso de inclemencias en el tiempo, el personal de vigilancia de comedor atenderá a su grupo de alumnos en los lugares habilitados al efecto. 12. En caso de tener que cambiar de ropa a algún alumno, se avisará a las familias. 13. No se suministrarán medicamentos al alumnado. 14. La entrada al comedor se hará ordenada y en silencio. Cada alumno se sentará en el lugar que se le asigne y no podrá cambiarse sin autorización de su monitor. 15. Durante la comida, los alumnos se dirigirán respetuosamente a los monitores, hablarán en voz baja, adoptarán una postura correcta, mantendrán la mesa y el suelo en las mejores condiciones de limpieza y no jugarán con la comida ni con los utensilios. 17. A continuación, los niños de primaria se dirigirán a lavarse los dientes bajo la supervisión del monitor. 18. Tras el aseo, desarrollarán actividades de ocio y tiempo libre, dando un uso responsable y adecuado a las instalaciones y material. 19. Las monitoras dejarán montadas las mesas todos los días para el uso al día siguiente.

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10. Normas de funcionamiento para los/as monitores/as. 1. Los monitores se responsabilizarán de los alumnos de comedor desde la hora de salida de clase en la jornada de mañana hasta la hora de entrada a las actividades extraescolares, en su caso, o la recogida por sus familiares. 2. Tratarán al alumnado con el máximo respeto y garantía de sus derechos, velando por su seguridad, correcta alimentación y esparcimiento. 3. La puntualidad será imprescindible para asegurar el adecuado desarrollo de sus funciones. 4. Ejercerán la vigilancia activa lo más intensamente posible. 5. Prestarán atención a que cada niño coma adecuadamente (variedad de alimentos, calidad y cantidad, que no coman muy deprisa ni demasiado lentamente), así como su comportamiento en el horario de comedor, a fin de educarles correctamente y enseñarles los hábitos y las habilidades propias de buenos comensales. 6. Prestarán especial atención a los alumnos alérgicos a algún alimento o que deban tomar cotidianamente menú especial (por motivos debidamente justificados). 7. Se procurará que haya un nivel de ruido mínimo durante la comida, así como que no se levanten de las mesas sin un motivo justificado. 8. Controlarán que los alumnos hagan uso adecuado del material que tengan a su disposición (cubiertos, papel higiénico, papel seca manos, agua, jabón, material para juegos…) 9. La higiene del alumnado será un objetivo básico. Los alumnos se lavarán las manos antes de comer. Al finalizar la comida, se controlará que los alumnos de primaria procedan al aseo personal y al cepillado de dientes. 10. Los monitores tendrán especial cuidado en que los alumnos hagan uso adecuado de las instalaciones del centro. Cualquier rotura o desperfecto debe comunicarse a la Dirección. 11. Informará, en caso necesario, a las familias sobre los aspectos relacionados con el comportamiento y alimentación de sus hijos. 12. Los monitores supervisarán que ningún alumno comensal abandone el centro sin ser recogido por una persona autorizada o tener el permiso correspondiente. 13. Se asegurarán que los alumnos no intercambien objetos ni conversen con personas extrañas y desconocidas a través de las vallas del patio. 14. Los familiares del alumnado procurarán que las visitas a sus hijos no interrumpan la buena marcha del servicio. Los monitores comunicarán a la Dirección cualquier anomalía al respecto. 11. Plan de actividades terminada la comida. 1. Cuando los alumnos hayan terminado de comer procederán al aseo y cepillado de dientes bajo la supervisión de un monitor. 2. Tras el cepillado de dientes realizarán las actividades que se planifiquen. Las actividades se organizarán a través de juegos y actividades de carácter voluntario. Esta voluntariedad está justificada por:

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• Algunos alumnos necesitan un periodo de juego no dirigido que le permita una situación de esparcimiento y liberación de energía, ya que han tenido cinco horas de actividad lectiva y una de comida. • La realización de algunas de estas actividades requieren una motivación por el trabajo extra que suponen. 3. Las actividades a realizar en este período serán: Juegos de mesa. Actividades de estudio en el aula destinada a esta función para aquellos alumnos

que lo demanden. Juegos tradicionales para los alumnos de infantil. Juegos al aire libre. Proyección de películas de vídeo Actividades de expresión plástica.

Los monitores permanecerán con todo el alumnado hasta que comiencen las actividades extraescolares, en su caso, o la recogida de los alumnos por sus familiares. 12. Derechos y deberes de los alumnos comensales. Para redactar este apartado debemos tener presente los derechos y deberes de los alumnos recogidos en el Decreto 16/2016, de 9 de marzo por el que se establecen las normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (BORM 11/3/2016). De esta normativa extraemos los siguientes artículos: 12.1 Derechos de los alumnos: 1. Todos los alumnos disfrutarán de los derechos básicos recogidos en el artículo 6.3 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, sin más distinciones que las derivadas de su edad y del nivel que estén cursando, conforme a las normas de convivencia y conducta establecidas por el centro. Los centros favorecerán igualmente el ejercicio del derecho de asociación de los alumnos y facilitarán el derecho de reunión de los mismos reconocidos por los artículos 7 y 8 de la citada ley. 2. Cuando no se respeten los derechos de los alumnos o cuando cualquier miembro de la comunidad educativa impida el efectivo ejercicio de los mismos y, sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de reacción que frente a su vulneración arbitra el presente decreto, el director adoptará las medidas que procedan conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, previa audiencia de los interesados y consulta, en su caso, a otros órganos del centro, dando posterior comunicación al Consejo Escolar. 12.2 Deberes de los alumnos/as: 1. Asistir puntualmente, después de la última clase de la mañana, al lugar donde se reúne su grupo de Comedor con su monitor, y no ausentarse sin permiso expreso del mismo. 2. No traer al Comedor objetos que puedan ser o resultar peligrosos para la seguridad de la comunidad educativa. 3. No ausentarse del Centro en el horario de Comedor. Solamente podrán hacerlo, de forma excepcional, si se solicita previamente a la Dirección del Centro o en Secretaría.

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4. Usar todos los utensilios y bienes del comedor según su función con pulcritud e higiene. 5. Realizar las actividades complementarias anteriores y posteriores a la comida, respetando, en todo momento, a compañeros y monitores. 6. Seguir siempre las indicaciones del personal que los atiende en el comedor. 7. Tratar con el debido respeto a todo el personal del comedor. 8. Tratar con el debido respeto a todos los compañeros. 9. Cuidar el material y las dependencias del Centro. 10. Respetar las pertenencias de los usuarios del Comedor. 11. Observar el orden necesario para que la comida se desarrolle en un ambiente agradable. 12. No levantarse de la mesa hasta que todos terminen o hasta que se lo indique el monitor. 13. Derechos y deberes de los padres de los alumnos comensales. 13.1 Derechos de los padres: 1. Conocer los menús que van a comer sus hijos cada día. 2. Recibir información sobre la alimentación de su hijo en el comedor escolar a requerimiento de los mismos. 3. Optar porque sus hijos reciban picnic cuando realicen salidas del centro fuera del horario lectivo. 13.2 Deberes de los padres: 1. Conocer los menús que tienen sus hijos en el comedor para intentar completar su alimentación en las otras comidas que hace en casa. 2. Inculcar a sus hijos hábitos de higiene en las comidas y aseo personal para que los mantengan en el comedor. 3. Recoger puntualmente a sus hijos. 4. Pagar puntualmente en el caso de no tener derecho a gratuidad. 5. Informar a la Dirección del Centro para facilitar el correcto funcionamiento del servicio y la atención de sus hijos, de: • Persona autorizada para recogerlos o autorización, a partir de alumnos de 2º tramo de E. Primaria, para que regresen solos a casa. • Comunicación con antelación, cuando ello sea posible, de las ausencias de sus hijos al comedor. • Comunicación de necesidades de menús alternativos por problemas de salud, ya sean alergias o problemas transitorios y justificarlas debidamente. 14. Régimen de infracciones y sanciones en el ámbito del comedor escolar. Las conductas contrarias a lo establecido en el capítulo 12.2 se considerarán como conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia y serán calificadas y sancionadas de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente (Decreto 16/2016 y Orden de 9 de marzo de 2016) y en el Reglamento de Régimen Interior. 14.1 Conductas contrarias a las normas de convivencia. a) Las faltas injustificadas de puntualidad o ausencia de su grupo de referencia. b) Los actos que perturben el desarrollo normal de las actividades del servicio de comedor.

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c) La negativa sistemática a realizar las actividades de los periodos anterior, durante y posterior a la comida. d) Deteriorar las condiciones de higiene del comedor. e) Causar daños en las instalaciones y materiales del centro. f) Dañar las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa. g) La incitación o estímulo a la comisión de una falta contraria a las normas de convivencia. h) Los actos de indisciplina, incorrección o desconsideración hacia los monitores u otros miembros de la comunidad educativa. 14.2 Medidas correctoras para conductas contrarias a las normas de convivencia en el comedor. Las conductas contrarias a las normas de convivencia en el comedor podrán ser corregidas con las siguientes medidas educativas: a) Amonestación privada o por escrito. b) Comparecencia ante el Encargado de Comedor. c) Realización de tareas educadoras para el alumno, si procede, dirigidas a reparar el daño causado en las instalaciones, material del centro o las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. La realización de estas tareas no se podrá prolongar por un período superior a cinco días lectivos. d) Suspensión del derecho a participar en actividades de ocio y tiempo libre en los periodos anterior y posterior a la comida por un periodo máximo de cinco días lectivos. 14.3 Aplicación de medidas correctoras para conductas contrarias a las normas de convivencia en el comedor. 1. Serán competentes para decidir las correcciones previstas en el capítulo anterior: a) El Director, o por delegación de este los monitores de comedor, oído el alumno, las que se establecen en las letras a) y b) del capítulo anterior, dando cuenta al Encargado de Comedor. b) El Director, o por delegación de este el Encargado de Comedor, oído el alumno, las que se establecen en las letras c), y d) del capítulo anterior, dando cuenta a la Dirección del Centro, y comunicación escrita a los padres. 2. Las conductas contrarias a las normas convivencia en el comedor y medidas correctoras impuestas prescribirán a la finalización del curso escolar. 3. La imposición de las medidas correctoras previstas en las letras c) y d) del capítulo anterior deberán ser comunicadas, de forma que quede constancia, a los padres o representantes legales del alumno. Dichas medidas serán inmediatamente ejecutivas. 14.4 Conductas gravemente perjudiciales a las normas de convivencia. a. El incumplimiento de las sanciones impuestas. b. La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia. c. Los actos que perturben gravemente el desarrollo normal de las actividades del servicio de comedor. d. Los actos graves de indisciplina, injuria y ofensa contra los monitores y demás miembros de la comunidad educativa. e. Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa. f. Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa.

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g. La incitación o estímulo a la comisión de una falta gravemente perjudicial para la convivencia. h. La agresión grave física o moral, la discriminación grave a cualquier miembro de la comunidad educativa, así como la falta de respeto a la integridad y dignidad personal. i. Causar daños graves en las instalaciones y materiales del centro. j. Dañar gravemente o sustraer las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa. k. Salir del centro sin permiso. l. Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa, o la incitación a las mismas. m. La introducción en el centro de objetos y/o sustancias peligrosas o perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa. Hay reiteración cuando en un mismo curso escolar se realiza más de una conducta tipificada en los capítulos 14.1 y 14.4 de este reglamento, siempre que la conducta o conductas precedentes hayan sido sancionadas. 14.5 Medidas correctoras para conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el comedor. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el comedor podrán ser corregidas con las siguientes medidas educativas: a. Amonestación privada o por escrito. b. Comparecencia ante el Jefe de Estudios o Director. c. Privación del tiempo de ocio en los periodos anterior y posterior a la comida por un periodo de hasta diez días lectivos. d. Realización de tareas educadoras para el alumno, si procede, dirigidas a reparar el daño causado en las instalaciones, material del centro o las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa, por un periodo superior a cinco e inferior a dieciséis días lectivos. e. Suspensión del derecho a utilizar el comedor escolar por un periodo de tres días hábiles. f. En caso de que el alumno comensal cometiese la segunda falta gravemente perjudicial durante el curso escolar, suspensión del derecho a utilizar el comedor escolar por un periodo de diez días hábiles. g. Si el alumno cometiese la tercera falta gravemente perjudicial durante el curso escolar, suspensión del derecho a utilizar el comedor escolar por un periodo de quince días hábiles. h. A partir de la cuarta falta gravemente perjudicial para la convivencia, suspensión del derecho a utilizar el comedor escolar para el resto del curso. 14.6 Aplicación de medidas correctoras para conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el comedor. 1. Serán competentes para decidir las correcciones previstas en el capítulo anterior: a. El Director, o por delegación de este el Encargado de Comedor, oído el alumno, las que se establecen en las letras a) y b) del capítulo anterior, dando cuenta a la Dirección del Centro.

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b. El Director, o por delegación de este el Encargado de Comedor, oído el alumno, las que se establecen en las letras c) y d) del capítulo anterior, dando cuenta a la Dirección del Centro, y comunicación escrita a los padres. c. El Director las que se establecen en las letras e), f), g) y h), oídos los padres o tutores del alumno, el Encargado de Comedor y Equipo Directivo. Una vez dictada la resolución se notificará a los padres o representante legales del alumno. 2. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el comedor y medidas correctoras impuestas prescribirán a la finalización del curso escolar. 3. La imposición de las medidas correctoras previstas en las letras c) y d) del capítulo anterior deberán ser comunicadas, de forma que quede constancia, a los padres o representantes legales del alumno. Las previstas en las letras e), f), g) y h) deberán ser notificadas, de forma que quede constancia, a los padres o representantes legales del alumno. Dichas medidas serán inmediatamente ejecutivas. En el caso de las letras e), g) y h) no tendrán derecho a la devolución. En el caso de la aplicación de la medida correctora de la letra f) se devolverá a la familia el 50% del importe abonado a partir del cuarto día del periodo de suspensión. El procedimiento para su aplicación será el establecido para estas conductas por el Decreto 16/2016 15. Procedimiento en caso de accidente Las normas de actuación del personal responsable de la atención y cuidado de los alumnos, en especial en casos de accidente escolar o de indisciplina grave son las establecidas en el Plan de Convivencia y en el Plan de Autoprotección. 1. Cuando ocurra algún percance durante el tiempo de comedor, los monitores avisarán al encargado del comedor, quien se pondrá en contacto telefónico con las familias. 2. Los padres dejarán uno o varios números de teléfono activos para poderles avisar en caso de necesidad. En el caso de no contestar o no ser localizados, se utilizará cualquier medio posible para su localización. Durante el período de comedor, el personal seguirá las siguientes pautas: • Accidente leve: Se procederá a atender al alumno (curar, aplicar hielo…) y se llamará a la familia, que deberá acudir al Centro con la mayor prontitud para su recogida y traslado a un centro sanitario si lo considera procedente. • Accidente de mayor consideración: Se llamará al 112 y se avisará a la familia inmediatamente. Igualmente se informará al Director del Centro. 16. Seguimiento y evaluación Se hará a través de la Comisión de Comedor, que realizará y elevará sus informes o propuestas al Consejo Escolar. Se constituirá a principios del curso escolar correspondiente. En cuanto que no sean renovados los cargos, las funciones de la comisión se ejercerán por los integrantes del curso escolar anterior. La comisión se reunirá a principio del curso escolar con el fin de: • Conocer las instrucciones de funcionamiento que la Dirección General de Enseñanzas Escolares dictará antes del inicio de cada curso escolar (BORM). Estas instrucciones contemplarán los siguientes aspectos: el calendario y horario de funcionamiento del servicio de comedor, los precios aplicables a los usuarios que no tengan derecho a gratuidad y cualesquiera otros aspectos que se consideren necesarios.

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• Conocer el Plan de Funcionamiento del Servicio de Comedor elaborado por el Equipo Directivo del Centro y que forma parte de la Programación Anual del Centro, y concretamente las normas de funcionamiento para el correspondiente curso escolar. • Conocer el número de comensales para el nuevo curso escolar. • Conocer la dotación de personal de atención y cuidado de los alumnos en función de las ratios que establece la Orden de la Consejería de 17 de julio de 2006. • Conocer los programas de formación (desarrollados por la empresa adjudicataria del servicio) para dotar al personal de cocina y a los monitores de comedor de los conocimientos y habilidades necesarias para un mejor desempeño de sus actividades y tareas. • Establecer la forma de supervisión del menú ofertado por la empresa adjudicada. • Conocer, elaborar y proponer, en su caso, el programa de actividades educativas orientadas a la educación para la salud y la adquisición de hábitos sociales, así como actividades recreativas a desarrollar por el alumnado. La comisión se reunirá antes de finalizar el segundo trimestre escolar con el fin de analizar y evaluar la organización y la actividad general del comedor escolar. Elevará un informe de evaluación al Consejo Escolar que se incorporará al informe de evaluación que el Consejo debe presentar a la Dirección General de Enseñanzas Escolares durante el segundo trimestre del curso escolar. La comisión podrá reunirse las veces que se consideren oportunas para el seguimiento y supervisión del servicio de comedor, con el fin de comprobar el cumplimiento de objetivos y elevar propuestas e informes al Consejo Escolar para la mejora del servicio. Nota final: Estas normas están abiertas a cualquier sugerencia que redunde en un mejor funcionamiento del Servicio de Comedor.

3.19. NORMAS BANCO DE LIBROS Y SISTEMA DE PRÉSTAMO Coexisten dos modalidades de banco de libros, para 3º y 4º de Primaria con el sistema de préstamo de libros existentes de cursos anteriores y para 5º y 6º mediante chequelibro.

A. Para 3º y 4º de primaria: Entrega de libros

- La entrega del material se realizará los primeros días lectivos del mes de

septiembre. El alumnado, incorporado con el curso ya iniciado lo recibirá cuanto antes, según las existencias habidas en el Centro.

- No se entregará el material al alumnado que no haya repuesto en la forma establecida los libros deteriorados por él durante el curso anterior.

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Recogida de libros.

- La semana siguiente a la finalización de las clases lectivas y siguiendo el horario

establecido por el Centro serán recogidos los libros reutilizables del programa. Dichos libros quedarán a disposición de la Comisión de Libros de Texto para la valoración de su estado.

Normas de utilización y conservación

- Al participar en el programa las familias se comprometen al cuidado y buen uso del

material entregado no pudiendo escribir con bolígrafo o rotulador en los mismos. No se considerará un libro en buen estado cuando presente páginas rotas o deterioradas o con manchas que no sean derivadas del normal uso del mismo.

- Así mismo se comprometen al forrado anual con forro no adhesivo y poner el nombre del alumno por encima del forro. Cada año se cambiará este forro por parte del nuevo alumno que reciba el préstamo.

- Las familias están obligadas a realizar un seguimiento del uso que sus hijos hacen de los libros prestados.

- Los tutores informarán a la Comisión cuando observen la falta de libros por parte de algún alumno (ante la posible pérdida) y también cuando observen un mal uso o mal estado de libros.

- El deterioro culpable o malintencionado, así como el extravío del material supondrá la obligación de reponerlo por parte de los representantes legales del alumnado. Ante la imposibilidad de adquirir un ejemplar de características similares se restituirá abonando el importe económico correspondiente.

Esta modalidad va dirigida a los alumnos de 3º y 4º de primaria. El Centro recibe el dinero asignado según número de alumnos y realiza la compra de los libros reutilizables ajustados a las editoriales seleccionadas. Los libros para los cursos 3º y 4º se entregarán a las familias en la primera semana de septiembre. También podrán presentar su renuncia en el documento correspondiente. En cualquier caso, debemos contar con la aceptación/renuncia en la primera semana de septiembre para la adecuada previsión.

B. Alumnos de 5º y 6º de Primaria. Chequelibros. Para estos cursos la Consejería de educación establece la emisión de chequelibros por parte del centro con el listado de los libros de texto necesarios para cada alumno. El importe máximo será de 170€. El chequelibro será entregado expresamente por el equipo directivo a padre o madre y ellos han de entregarlo a la librería de su elección para que les sea suministrado. Las librerías harán llegar las facturas de los chequelibros al centro que les abonará el importe.

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Los alumnos con necesidades educativas especiales contarán con una asignación de 105€ para material fungible que será tramitado por el equipo directivo en las librerías elegidas. Las familias se comprometen igualmente a cumplir las normas establecidas anteriormente en cuanto a conservación, sustitución y devolución. Las familias pueden renunciar a la participación de la gratuidad de libros de texto firmando el documento de RENUNCIA que se les proporcionará. En el seno del Consejo escolar se decide como sanción al incumplimiento de devolución de préstamo o en su caso la no reposición de libro deteriorado por mal uso o extravío: “Que el alumno/a en cuestión y que le hayan sido prestados libros del programa de gratuidad, no pueda sacar del Centro los libros prestados”. De esta manera pretendemos que no vuelva a repetirse el incumplimiento. “En caso de repetirse el incumplimiento también se sancionará con la no participación en las actividades complementarias organizadas por el Centro”. 3.20. ALUMNOS EN PRÁCTICAS DE LA UNIVERSIDAD. A principio de curso los maestros que así lo deseen solicitarán alumnos en prácticas de la Universidad, señalando si optan por pública, privada o ambas. La dirección tramitará la solicitud en la aplicación correspondiente. La dirección designará maestro/a coordinadora de alumnos en prácticas de la universidad. Cuando los alumnos que soliciten realizar las prácticas en nuestro centro sea menor al número de maestros que lo solicitan se realizará un sorteo para asignar los tutores que los atenderán. A la llegada de nuevos alumnos en prácticas los maestros que hayan disfrutado anteriormente no entrarán en el sorteo. Esta circunstancia será tenida en cuenta también para cursos siguientes en el caso de que no todos los maestros que lo solicitaron hubiesen contado con alumnos en prácticas y continúen solicitándolo. 3.21. VACUNAS ALUMNOS El Centro exige que sus alumnos al realizar la matrícula cuenten con las vacunas obligatorias estipuladas por el Servicio de Sanidad de la CARM. En el caso de que el alumno que solicita la matrícula no cuente con ellas se dará parte al Servicio de Inspección para que dé instrucciones acerca de cómo proceder. 3.22. CRITERIOS PARA ESTABLECER AGRUPAMIENTOS. Siguiendo la Resolución de 30 de julio de 2019 de la Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa de la CARM tomaremos las siguientes consideraciones los siguientes criterios para establecer los agrupamientos: a) Criterios prioritarios. - Equilibrar el número de niños y niñas en cada clase.

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- Equilibrar el número de alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales atendiendo al tipo, grado de afectación y nivel de funcionamiento escolar. - Equilibrar el número de alumnos y alumnas en situación de desventaja socio-educativa. - Equilibrar el número de alumnos y alumnas atendiendo a su edad cronológica, según hayan nacido en el primer o segundo trimestre del año natural. - Repartir hermanos en cada clase. b) Criterios no prioritarios: - La afinidad afectiva del alumnado. En cualquier caso, el equipo directivo hará un seguimiento de los resultados educativos de los grupos que permita tomar decisiones posteriores respecto de la idoneidad de los criterios de agrupamientos adoptados. 3.23 COORDINACIÓN INFANTIL/PRIMARIA El equipo directivo promoverá el consenso de los docentes en la transición metodológica entre la Educación Infantil y Educación Primaria, sobre todo, respecto a la enseñanza de la lectura, la escritura y las Matemáticas. En esta línea, el Claustro decidirá sobre la didáctica de la lectoescritura (métodos, materiales, secuenciación y temporalización) adaptándose a las características del alumnado y realizando los ajustes organizativos, la distribución de horarios y otros que estimen necesarios. El Centro proporcionará información a las familias o tutores legales en las reuniones de tutoría, sobre las decisiones didácticas y organizativas adoptadas por el Claustro, en relación a la enseñanza de la lectoescritura y la prevención e intervención con el alumnado con dificultades de aprendizaje. 3.24 ACCESO DE PERSONAS AJENAS AL CENTRO.

Toda persona ajena a nuestra comunidad educativa necesitará autorización escrita de la Dirección del Centro para poder hacer uso de las dependencias del mismo.

Al mismo tiempo firmará los documentos necesarios para que la responsabilidad de la utilización de las dependencias así como con los alumnos sea totalmente ajena al resto de la comunidad educativa.

En todo caso, queda prohibida cualquier actividad privada, de carácter propagandístico o mercantil, que haga uso de los alumnos.

El uso de las instalaciones del Centro durante el horario lectivo quedará restringido a los miembros de la Comunidad Educativa.

3.25 UTILIZACIÓN DE LOS TABLONES DE ANUNCIOS.

La exposición en los tablones de anuncios de toda información ajena a la comunidad

educativa, tendrá que ser previamente autorizada por la Dirección del Centro.

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Se evitarán anuncios de empresas cuyo objetivo sea exclusivamente mercantilista y aquellos otros que por su contenido puedan considerarse de mal gusto o no apropiados para las edades de nuestros alumnos.

En el tablón de anuncios de la sala de profesores, existirá un espacio específico para información sindical y otro para uso de los maestros, en el que figurarán el horario y turno de vigilancia de patios, el parte mensual de faltas de asistencia del profesorado y la información del CPR al que el centro está adscrito, entre otros. 3.26. UNIFORME EN EDUCACIÓN INFANTIL. Aprobado en Claustro de 5 de noviembre de 2019 e informado Consejo escolar se establece como obligatorio el uso de uniforme en la etapa de educación infantil. Este uniforme es el deportivo diseñado desde cursos anteriores y ya utilizado por muchas familias desde su entrada al Centro. Igualmente el babi será el diseñado por el Centro. Las razones que justifican esta decisión están basadas en la experiencia por parte de las maestras en que están diseñados para que los alumnos vayan cómodos, les facilite la autonomía para el control de esfínteres, la fácil identificación en salidas del Centro y la homogeneidad en el vestido, eliminando así las diferencias en cuanto al nivel económico de las familias. La obligatoriedad del uniforme escolar entrará en vigor en el curso 2020/21. 3.27. RELACIONES RESPETUOSAS.

El trato entre los miembros de la comunidad educativa deberá ser respetuoso. Los maestros por ser empleados públicos nos regiremos por la:

Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

Capítulo VI

Deberes de los empleados públicos.

Artículo 52. Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta.

“Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres, que inspiran el Código de Conducta de los empleados públicos configurado por los principios éticos y de conducta regulados en los artículos siguientes.

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Los principios y reglas establecidos en este capítulo informarán la interpretación y aplicación del régimen disciplinario de los empleados públicos.

Artículo 53. Principios éticos.

1. Los empleados públicos respetarán la Constitución y el resto de normas que integran el ordenamiento jurídico.

2. Su actuación perseguirá la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos y se fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio.

3. Ajustarán su actuación a los principios de lealtad y buena fe con la Administración en la que presten sus servicios, y con sus superiores, compañeros, subordinados y con los ciudadanos.

4. Su conducta se basará en el respeto de los derechos fundamentales y libertades públicas, evitando toda actuación que pueda producir discriminación alguna por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

5. Se abstendrán en aquellos asuntos en los que tengan un interés personal, así como de toda actividad privada o interés que pueda suponer un riesgo de plantear conflictos de intereses con su puesto público.

6. No contraerán obligaciones económicas ni intervendrán en operaciones financieras, obligaciones patrimoniales o negocios jurídicos con personas o entidades cuando pueda suponer un conflicto de intereses con las obligaciones de su puesto público.

7. No aceptarán ningún trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada, por parte de personas físicas o entidades privadas.

8. Actuarán de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia, y vigilarán la consecución del interés general y el cumplimiento de los objetivos de la organización.

9. No influirán en la agilización o resolución de trámite o procedimiento administrativo sin justa causa y, en ningún caso, cuando ello comporte un privilegio en beneficio de los titulares de los cargos públicos o su entorno familiar y social inmediato o cuando suponga un menoscabo de los intereses de terceros.

10. Cumplirán con diligencia las tareas que les correspondan o se les encomienden y, en su caso, resolverán dentro de plazo los procedimientos o expedientes de su competencia.

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11. Ejercerán sus atribuciones según el principio de dedicación al servicio público absteniéndose no solo de conductas contrarias al mismo, sino también de cualesquiera otras que comprometan la neutralidad en el ejercicio de los servicios públicos.

12. Guardarán secreto de las materias clasificadas u otras cuya difusión esté prohibida legalmente, y mantendrán la debida discreción sobre aquellos asuntos que conozcan por razón de su cargo, sin que puedan hacer uso de la información obtenida para beneficio propio o de terceros, o en perjuicio del interés público.

Artículo 54. Principios de conducta.

1. Tratarán con atención y respeto a los ciudadanos, a sus superiores y a los restantes empleados públicos.

2. El desempeño de las tareas correspondientes a su puesto de trabajo se realizará de forma diligente y cumpliendo la jornada y el horario establecidos.

3. Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores, salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso las pondrán inmediatamente en conocimiento de los órganos de inspección procedentes.

4. Informarán a los ciudadanos sobre aquellas materias o asuntos que tengan derecho a conocer, y facilitarán el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

5. Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los mismos en provecho propio o de personas allegadas. Tendrán, asimismo, el deber de velar por su conservación.

6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal.

7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus posteriores responsables.

8. Mantendrán actualizada su formación y cualificación.

9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.

10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación de la

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instancia adecuada competente para centralizar la recepción de las propuestas de los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el servicio.

11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea oficial en el territorio.”