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COMPONENTE PATRIMONIAL ARQ. Liliana E. Romero R.

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COMPONENTE

PATRIMONIAL

ARQ. Liliana E. Romero R.

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BIENES PATRIMONIALES Y DE INTERES ARQUITECTONICO

Para introducir la cultura y su patrimonio en el proyecto es necesario reconocerla,interpretarla, y respetarla ya que es fundamental generar un sentido de propiedad ypertenencia por parte de los ciudadanos hacia el nuevo espacio urbano y paisajísticoque van a vivir.

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La zona de intervención del Proyecto se encuentra enmedio de importantes zonas comerciales, de serviciosinstitucionales y privados de alto valor ambiental y culturaly aunque en el interior del sector son pocas lasconstrucciones que aún se conservan y se mantienencomo patrimonios, en sus alrededores se destaca lapresencia de importantes elementos patrimoniales de gransignificación en la memoria de los habitantes y el paisajeurbano, como son el Puente Ortiz, el CAM (CentroAdministrativo Municipal), el Paseo Bolívar, elConservatorio, la Torre de Cali, entre otros, los cualespueden ser tomados como hitos y nodos de referencia quepermitirán identificar el proyecto con su entorno además dedarle un orden urbanístico al mismo.

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BIENES PATRIMONIALES Y

DE INTERES ARQUITECTONICO

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AREA DE INTERES CULTURAL Y DE CONSERVACION DE

PATRIMONIO URBANISTICO

En concordancia con la Ley 397 de 1997 de Cultura, “el Patrimonio Cultural es el conjunto de lugares,inmuebles, tangibles e intangibles, conocimientos, tradiciones y manifestaciones que o bien hacen parte dela Nación, de la región o de las localidades y que deben preservarse para la comunidad por ser bienes deinterés cultural.Los componentes del Patrimonio Cultural en el Municipio de Santiago de Cali, Lo integran los bienes deinterés cultural sean estos inmuebles, sectores, espacios públicos declarados patrimonio por la nación, elmunicipio y las disposiciones posteriores derivadas del Plan de Protección Patrimonial”

EL SECTOREl Acuerdo 069 de 2000, POT de Cali, define el Barrio Granada como ÁREA DE INTERÉS CULTURAL YDE CONSERVACIÓN DE PATRIMONIO URBANÍSTICO, en el Articulo 173 del POT, numeral 1,

...1. Áreas de Interés Patrimonial

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EL SECTOR

En el Plano Número 25 del POT el tratamientoasignado a esta área es el de PreservaciónUrbanística – PU

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FICHAS NORMATIVAS

En el Barrio Granada, desde el Acuerdo069 de 2000, se declaran diferentesedificaciones de interés cultural y/opatrimonio Urbano y son ratificadas porel Plan Especial de ProtecciónPatrimonio Inmueble de Santiago deCali – Acuerdo 0232 de 2007 “Pormedio del cual se adopta el PlanEspecial de Protección del PatrimonioUrbano – Arquitectónico del Municipiode Santiago de Cali”; el cual indica lasnormas a cumplir en lo referente a lasáreas de Influencia de InmueblesPatrimoniales, de acuerdo con laclasificación “Tipo” de los Niveles deconservación, y en el Acuerdo queadopta las Fichas Normativas para laPieza Urbano Regional, afectándose elárea de intervención por disposicionesde valor patrimonial que se resumen enel siguiente capítulo.

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FICHAS NORMATIVAS

La Ficha Normativa de la Pieza Urbano Regional PN – 38, BARRIO GRANADA ratifica este tratamiento dePRESERVACIÓN URBANÍSTICA, en las tres sub-áreas determinadas:

� Subárea 1: Desarrollada y Edificada por el Sistema de No Agrupación en soluciones de Loteo Individualpara vivienda y algunos usos complementarios. Se ha convertido en un conjunto urbano de valorespatrimoniales, al cual SE LE DEBE PRESERVAR LA MORFOLOGÍA URBANA DE SUS MANZANAS,SU DIVISIÓN PREDIAL Y SUS TIPOLOGÍAS EDIFICATORIAS, a consolidarse mediante el Sistema deNo Agrupación para vivienda unifamiliar, bifamiliar, multifamiliar y Otros Usos, sin subdivisión predial.

� Subárea 2: Desarrollada y Edificada por el Sistema de No Agrupación en soluciones de Loteo Individualpara vivienda y algunos usos complementarios. Se ha convertido en un conjunto urbano donde losvalores patrimoniales han sufrido alteraciones y transformaciones por la dinámica económica quepropicia la Avenida 8 y la aplicación de la norma anterior, al cual solo SE LE DEBE PRESERVAR LAMORFOLOGÍA URBANA DE SUS MANZANAS Y SU DIVISIÓN PREDIAL, PERMITIÉNDOSEINTEGRACIÓN INMOBILIARIA PARA SOLUCIONES INTEGRALES DE CONJUNTO. A consolidarsemediante el Sistema de Agrupación y No Agrupación para vivienda Multifamiliar y Usos Mixtos, sinsubdivisión predial, excepto en aquellos vacíos urbanos que han sido fruto de integración inmobiliaria enel pasado.

� Subárea 3: Desarrollada y Edificada por el Sistema de No Agrupación en soluciones de Loteo Individualpara vivienda y algunos usos complementarios. Se ha convertido en un conjunto urbano de valorespatrimoniales, al cual SE LE DEBE PRESERVAR LA MORFOLOGÍA URBANA DE SUS MANZANAS,SU DIVISIÓN PREDIAL Y SUS TIPOLOGÍAS EDIFICATORIAS SIN INCREMENTO DEEDIFICABILIDAD, a consolidarse mediante el Sistema de No Agrupación para vivienda unifamiliar,bifamiliar, multifamiliar y Otros Usos, sin subdivisión predial."

1 Ficha Normativa de la Pieza Urbano Regional PN – 38, BARRIO GRANADA

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AREA DE INTERES CULTURAL Y DE CONSERVACION DE

PATRIMONIO URBANISTICO

Adicionalmente, el Artículo 74 del Acuerdo 0232 de 2007, que incorpora las Fichas Individuales parabienes de Interés Cultural, en la Ficha S-001 (CD 3/Interés Municipal 1/ 2 Patrimonio Urbano y /oArquitectónico / 2.2. Urbano / 2.2.1. Áreas de interés Patrimonial / 2.2.1.2. Sectores / S – 001JUANAMBU – GRANADA – SANTA MONICA) se delimita el sector de Interés Patrimonial Juanambú -Granada – Santa Mónica y se explicitan los criterios de valoración del área.

BIENES DE INTERES CULTURAL Y DE CONSERVACION DE

PATRIMONIO URBANISTICO

Bienes de Interés Cultural del Municipio: Se clasifica el Patrimonio Cultural del Municipio de Santiago deCali de la siguiente manera:

1. Patrimonio Urbano - arquitectónico2. Patrimonio Paisajístico y Ambiental3. Patrimonio Arqueológico4. De las cuales sólo las dos primeras aplican en el área a Intervenir.

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BIENES DE INTERES CULTURAL Y DE CONSERVACION DE

PATRIMONIO URBANISTICO

PATRIMONIO URBANO ARQUITECTÓNICO.El patrimonio urbano-arquitectónico lo constituye el conjunto de inmuebles y/o espacios públicos querepresentan para la comunidad un valor urbanístico, arquitectónico, documental, asociativo, testimonial,tecnológico, de antigüedad, de autenticidad, histórico y/o afectivo y que forman parte de la memoriaurbana colectiva. Se encuentran dentro de esta categoría las áreas de interés patrimonial, los inmueblesaislados (Inmuebles destinados originalmente al uso Institucional, Cultural, Recreativo y Otros) yelementos de interés patrimonial (los recintos, hitos urbanos), las estatuas, monumentos y fuentes. 2

PARAGRAFO: Los demás inmuebles localizados en el área comprendida entre la Avenida 6, Calle 18 N,Avenida 10 y Calle 13 N del barrio Granada, serán objeto de tratamiento de Preservación Urbanística y deun estudio particular para determinar sus valores arquitectónicos, históricos y culturales.Para el reconocimiento inicial de los bienes de interés patrimonial del Sector, nos remitimos al

LISTADO BIENES INTERÉS PATRIMONIAL DEL MUNICIPIO DE SANTIA GO DE CALI 3

...2. Inmuebles y Elementos Aislados de Interés Patrimonia l

Art. 173 - Plan de Ordenamiento Territorial Documento Soporte Tomo II - Municipio de Santiago de CaliModelo Propuesto - Departamento Administrativo de Planeación

2 Art. 173 - Plan de Ordenamiento Territorial Documento Soporte Tomo II - Municipio de Santiago de Cali Modelo Propuesto - Departamento Administrativo de Planeación

3. CONCEJO DE SANTIAGO DE CALIACUERDO N° 0232 DE 2007 “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO URBANO –ARQUITECTÓNICO DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”

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BIENES DE INTERES CULTURAL Y DE CONSERVACION DE

PATRIMONIO URBANISTICO

Dentro de esta categoría se hallan los inmuebles destinados originalmente al uso institucional, cultural,recreativo y los destinados al uso residencial. Dentro de los Elementos Aislados tenemos los recintos ylos hitos urbanos.

A continuación se relacionan sólo los veintiséis (26) inmuebles del área aledaña de Granada PORFUERA DEL ÁREA DE INTERVENCIÓN , pero cuyo espacio público adyacente constituye área deinfluencia de los mismos, igualmente se relacionan los recintos, hitos urbanos, estatuas ymonumentos y fuentes dentro del área de influencia, es decir de la Comuna 2:

� Avenida 2ª calle 15N. Puente Alfonso López (BIC M1-65) pág. 236� Avenida 4 Norte No. 10N-01. Casa de los Leones. (BIC M2-19) pág. 277� Avenida 4 No. 14N-65/69. (BIC M2-34) pág. 292� Avenida 4 No. 14N-73/75. (BIC M2-34) pág. 292� Avenida 5 Norte No. 17N-23. (BIC M2-18) pág. 276� Calle 12 No. 4N-51 (La Felisa). (BIC M2-35) pág. 293� Avenida 6 No. 12N-12. (BIC M2-13) pág. 270

A. Inmuebles destinados originalmente al uso Reside ncialGRANADA – (POR FUERA DEL AREA DE INTERVENCION DEL PR OYECTO)

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� Calle 15A No. 8N-62. (BIC M2-27) pág. 285 /Conservación Tipo 3.

� Calle 15N No. 8N-39. (BIC M2-24)pág. 282 /ConservaciónTipo 3.

� Calle 15N No. 8N-41. (BIC M2-24) pág. 282 / Conservación Tipo 3.

� Calle 10 N No.8N-27/33/37

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BIENES DE INTERES CULTURAL Y DE CONSERVACION DE

PATRIMONIO URBANISTICO

� Avenida 6 No. 13 N-40/42. . (BIC M2-32) pág. 290� Avenida 6 No. 14N-01/03 / Calle 14 Norte No. 6N-14/18 (antigua Casa Lloreda). (BIC M2-36) pág.

294� Avenida 6N Nº 14-30. Iglesia y Edificio Parroquial de San Judas Tadeo. (BIC M1-56) pág. 226� Avenida 8 Nº 9N-34� Avenida 8 No. 14N-35. (BIC M2-17) pág. 275� Avenida 8 No. 14N-47. (BIC M2-17) pág. 275� Avenida 8 No. 10N-05. (BIC M2-21) pág. 279� Calle 10 N No. 8N-27/33/37� Calle 15A No. 8N-62. (BIC M2-27) pág. 285� Calle 15N No. 8N-39. (BIC M2-24) pág. 282� Calle 15N No. 8N-41. (BIC M2-24) pág. 282� Avenida 10N Nº 15A-25. Iglesia Santuario de Fátima. (BIC N-22) pág. 135 –Conservación Tipo 1� Calle 10N No. 4-57/59. (BIC M2-26) pág. 284� Calle 12 Norte No. 4N-71/73. (BIC M2-20) pág. 278� Calle 12N No. 4-20 Teatro Calima. (BIC M1-74) pág.246� Calle 13 Norte No. 6N07/Avenida 6 Norte No. 12N-23. (BIC M2-14) pág. 271� Calle 15 Norte No. 6N-17/Avenida 6 Norte No. 14N-65/73 (Antigua Casa Borrero). (BIC M2-15) pág.

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B. Recintos� Avenida 2ª calle 11. Parque del CAM y Paseo Bolívar. (BIC Mr 19) � Avenida 2ª calle 11. Conjunto del Centro Administrativo Municipal CAM.

3 CONCEJO DE SANTIAGO DE CALI

ACUERDO N° 0232 DE 2007 “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO URBANO – ARQUITECTÓNICO DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”

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BIENES DE INTERES CULTURAL Y DE CONSERVACION DE

PATRIMONIO URBANISTICO

C. Hitos Urbanos� Puente Ortiz Calle 12, Carrera 1

3. Estatuas, Monumentos y Fuentes.A. Estatuas y Monumentos� Efraín y María CAM-Concejo 2 Luis A. Perea Homenaje a la Novela "María"� Simón Bolívar Paseo Bolívar (1916) 2 Pietro Tenerani Homenaje al Libertador. Sitio donde se dirigió al

Pueblo Caleño el 1º. De enero de 1822� Los periodistas Zona Verde Occ. CAM 2 Donado a los periodistas Homenaje a los periodistas víctimas de

la violencia� Las Aves del Río Costado N.0 de la manzana T� Omar Rayo Donación del maestro Omar Rayo al Río Cali� Tres Cruces Cerro de las Tres Cruces (1.938) Planos elaborados por los Ingenieros Argemiro Escobar y

Vicente Ampudia – Maestros construct. Luis Perea y Enrique Chávez. En la época de la Colonia se creíaque en el cerro habitaba el demonio. En 1837 los frailes Vicente y Juan Cuesta, construyeron tres crucesen guadua para conjurar el mal, Las cuales fueron reemplazadas por las actuales, en 1938.

B. Fuentes• Paseo Bolívar (4 fuentes) Paseo Bolívar• Los Niños Avenida 6 Norte Calles 18 N y 19 N• Oasis Avenida 6 Norte con Calle 17 Norte• Plaza del Correo Avenida 2a Norte Calle 12 Norte• CAM (2 fuentes) Centro Administrativo Municipal CAM

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BIENES DE INTERES CULTURAL Y DE

CONSERVACION DE PATRIMONIO URBANISTICO

PARÁGRAFO: Los demás inmuebles localizados en el área comprendida entre la Avenida 6, Calle 18 N,Avenida 10 y Calle 13 N del barrio Granada, serán objeto de tratamiento de Preservación Urbanística y deun estudio particular para determinar sus valores arquitectónicos, históricos y culturales.

Y además aquí se relacionan los otros trece (13) Inmuebles declarados como bienes de interés cultural,desde el Acuerdo Municipal 069 de 2000 en el Artículo 173, que aún permanecen y se encuentran ubicadosdentro del Sector del proyecto (color azul), es decir del AREA DE INTERVENCION DEL PROYECTO:

1. Avenida 9AN Nº 10-15. Sociedad Hebrea deSocorro-Sinagoga. (BIC M1-73) pág. 245 /Conservación tipo 2. 4

4 Articulo 22º. - Bienes de interés cultural inmueble con conservación Tipo 2 - incluidos en el Acuerdo Municipal 069 de 2000, Artículo 173

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2. Avenida 9 AN No. 10N-85. (BIC M2-4) pág. 258 /Conservación Tipo 3. 5

3. Avenida 9A No. 16N-57 .BIC M2-23) pág. 281 / Conservación Tipo 3.

5. Articulo 26º. - Bienes de interés cultural inmueble con conservación Tipo 3 - incluidos en el Acuerdo Municipal 069 de 2000, Artículo 173

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4. Calle 18N No. 9N-121. (BIC M2-31) pág. 289 / Conservación Tipo 3.

5, Calle 18N No. 9N-111. (BIC M2-30) pág. 288 / Conservación Tipo 3.

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6. Calle 17 N No. 9N-36/38 (BIC NN) Pág. 229

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7. Avenida 9 Norte No. 15N-39. (BIC M2-16) pág. 274 / Conservación Tipo 2.

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9. Avenida 9 Norte No.12 N-76. (BIC M2-25)pág. 283 / ConservaciónTipo 2.

8. Calle 14N No. 9-55. (BIC M2-28) pág. 286 /Conservación Tipo 3.

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10. Avenida 9 Nº 10-89/93 . (BIC NN) 11. Calle 10 Norte No. 9N-31. (BIC M2-22) pág. 280 /Conservación Tipo 2.

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12. Calle 10N No. 9N-07/19. (BIC M2-33)pág. 291

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13. Calle 18N entre Avenidas 9 y 9A. C onservación Tipo 4 o de preservación urbanística. 6

6. Articulo 29º. - Bienes de interés cultural inmueble de conservación Tipo 4 o de preservación urbanística en Santiago de Cali - incluidos enel Acuerdo Municipal 069 de 2000, Artículo 173

Ver Fichas BIC - anexos

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Del área de Intervención del proyecto Granada se realizóoficialmente el “Retiro de algunos inmuebles declaradosBienes de Interés Cultural en el Acuerdo Nº 069 del 26 deoctubre de 2.000:

Por no reunir suficientes criterios sobre aspectosarquitectónicos, históricos o documentales y no presentaramenazas inminentes de destrucción por desarrollourbanístico del entorno y falta de protección patrimonial, seretiran del inventario del Patrimonio Arquitectónico-Urbanode Santiago de Cali, los siguientes inmuebles:

1. Calle 18 N Nº 9N-07 (BIC M2-29)

Bienes retirados en rojo - relacionados en acuerdo 0232

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4. Calle 17 N Nº 9N-20

5. Calle 15AN Nº 8N-53

3. Calle 10N Nº 9AN-60

2. Avenida 9ª A Nº 9N-24…

� Calle 21N Nº 8N-33/35 7

7. CAPÍTULO X COMPLEMENTARIEDAD NORMATIVA ARTÍCULO 72º - ACUERDO N° 0232 DE 2007 “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO URBANO – ARQUITECTÓNICO DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”

Por haber sido sustituido el bieninmueble original al que estaba dirigidala protección por una nuevaconstrucción, se retiran del inventariodel Patrimonio Arquitectónico.-Urbanode Santiago de Cali, este inmueble:

Bienes retirados en rojo – 1 a 5 relacionados en acuerdo 0232

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De todas maneras se anota que algunos de losinmuebles no corresponden actualmente al inmueble conla nomenclatura consignada o por demolición otransformación ya no existe la construcción inicial. Asícomo en el caso anterior, observamos que aunquefueron retirados por una razón: “no reunir suficientescriterios sobre aspectos arquitectónicos, históricos odocumentales…” actualmente ya han sido sustituidos porotras construcciones como en el caso de la 4. y 5.

Todos estos antecedentes determinan que cualquier proyecto de Espacio Público que se adelante en el área requiere del cumplimiento estricto de las normas y de las aprobaciones que determinan las leyes correspondientes al patrimonio.

En síntesis, se determina entonces que de los 285 Inmuebles protegidos actualmente en la ciudad de Cali, sólo 12 (4,21%) están ubicados dentro del área a intervenir en el Proyecto del Barrio Granada, y hay otros 9 (3,15%) en las vías paralelas más cercanas pero que no hacen parte del Proyecto. Pero, como puede observarse en las imágenes, algunos ya han sido transformados desde la fecha del acuerdo hasta la fecha, así como otros han sido demolidos causa por la que fueron retirados del listado inicial del Acuerdo del 2000 (ver anexos).

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Teniendo en cuenta entonces que, el Artículo 173 – P.O.T. - Patrimonio Urbano Arquitectónico y su aplicacióna la zona de preservación del Proyecto Granada – en su Anexo 1, como ya se dijo, declara como Área deInterés Patrimonial los barrios San Antonio, San Cayetano y sectores de Libertadores, Nacional y Granada,lo que hace que estos Bienes Inmuebles de interés Cultural existentes que se ilustran, dado su valor entérminos Urbanísticos y Arquitectónicos, tengan área de influencia; se confirma que aunque el presenteProyecto de Espacio Público contempla en términos generales recuperar las características del entorno ensus aspectos ambientales y paisajísticos, y no se van a intervenir de ninguna manera áreas privadas sinoexclusivamente las áreas de andenes y de vías; es necesario de todas maneras tener esta aproximación dela normativa, con el reconocimiento de estos bienes inmuebles a fin de contemplarlos dentro del tratamientoy los trabajos que se adelantarán con la ejecución del Proyecto Urbano.

Por tal razón a continuación se transcriben los artículos 177, 178, 184 que se refieren a las normasgenerales para Áreas de Interés e inmuebles de Interés Patrimonial y su preservación:

“Subcapítulo 3De las Normas Generales para Áreas de Interés Patrimonial, l os Inmuebles Aislados de InterésPatrimonial y para la Protección de Recintos y de los Hitos Ur banos”ARTÍCULO 177: Normas Generales para las Áreas de Interés Pat rimonial. Se entiende por Áreas deInterés Patrimonial Urbano-arquitectónico, aquellos sectores de la ciudad que han mantenido calidadestécnico - ambientales y en los cuales sus estructuras originales tienen valores arquitectónicos o tipológicos, obien cuentan con valores como conjunto urbano que han presentado estabilidad ante los procesos detransformación de la ciudad, mereciendo por ello ser protegidos, preservados y mantenidos. Los siguientesaspectos serán reglamentados a través del Plan Especial de Protección Patrimonial, dentro del término dedieciocho (18) meses: Preservación de Áreas de Interés Patrimonial, Construcciones Nuevas o Reformas enZonas de Interés Patrimonial, Avisos y Tableros, Requisitos para Proyectos, Normas Generales para losInmuebles Aislados de Interés Patrimonial y Requisitos para Construcciones.

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ARTÍCULO 178: Preservación de Áreas de Interés Patrimonial . Las áreas de interés patrimonialconservarán sus condiciones urbano-arquitectónicas y ambientales, buscando su mantenimiento,revitalización y desarrollo. Se prohíben las ampliaciones viales, retrocesos de fachadas o cualquierintervención que implique la mutilación de los inmuebles, la alteración del tejido urbano antiguo o el modernoya consolidado, del espacio público o de su arborización pública o privada.

ARTÍCULO 184: Requisitos para Desarrollo de Proyectos. Cualquier proyecto público o privado que sepretenda desarrollar en el área de interés patrimonial, deberá tener concepto del Departamento administrativode planeación en un plazo máximo de quince (15) días hábiles después de emitir la línea de demarcación.”Respecto a los tipos de intervención y de las acciones, a continuación se puede revisar el artículo 185, delcual recogemos los numerales a y b referidos a la preservación urbanística y ambiental, que seránprecisamente el campo exclusivo de intervención efectiva que tendrá el proyecto, y se relaciona de todasmaneras el numeral c, referente a la preservación arquitectónica, para ratificar que éste sólo aplica paraproyectos particulares sobre los inmuebles declarados como patrimonio, tema excluido de la propuesta delProyecto.

De los Tipos de Intervención y de las Acciones

ARTÍCULO 185: Definición. Se entiende por intervención la acción tendiente a preservar y mantener piezas oconjuntos de la estructura urbana, y muebles o parte de ellos que por su capacidad testimonial o documental,sus valores arquitectónicos, tipológicos, morfológicos, artísticos, culturales o ambientales, merecen serprotegidos, al tiempo que se promueve y facilita su mejoramiento y adecuación. De acuerdo al grado deintervención, éste se clasifica de la siguiente manera:a. Preservación Urbanística: Se aplica a los sectores más antiguos y tradicionales de la ciudad y a aquellosque por sus características morfológicas tienen unidad formal, con valor histórico o representativo de unaépoca, en el que se incluyen las edificaciones y tratamientos del espacio público que conforman el área.Tratamiento para soluciones de conjunto por manzana o parte de ellas como el 50% del área en el cual sepueden proponer nuevas fachadas que se integren con las alturas del sector. Deberán efectuarse los estudiosurbanísticos correspondientes de la manzana y colindantes, con el fin de integrar y preservar el patrimoniourbano-arquitectónico en estos casos especiales.

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b. Preservación Ambiental: Se aplica a los sectores de la ciudad que por sus características ambientales,paisajísticas, naturales y/o creados forman parte de la estructura urbana tradicional.c. Preservación Arquitectónica, Artística y Cultural: Se aplica a los inmuebles declarados o que se proponendeclarar patrimonio, localizados en la totalidad de la ciudad, cuyos valores culturales y representativos dedeterminada época son parte de la memoria cultural de los habitantes. Los inmuebles arquitectónicosrepresentativos de una época que poseen valores arquitectónicos de organización especial y de localización, lasmanifestaciones artísticas que se encuentran en el espacio, al interior de un predio privado o bien forman parte deuna edificación, las cuales constituyen testimonios representativos del desarrollo artístico y aportanmanifestaciones valiosas de arte en la memoria colectiva artística de la ciudad, forman parte de esta clasificación.Tratamiento en el cual se permiten modificaciones menores y medianas internas, pero conservando la estructuraespacial, tipológica, la cubierta y la fachada; las acciones permitidas son: Mantenimiento, consolidación,liberación, reconstrucción, reintegración, adecuación funcional, subdivisión, ampliación, remodelación y demoliciónparcial. Así como también se podrán hacer intervenciones por predio individual actualmente sin edificaciones. Sepueden proponer nuevas fachadas que se integren con las fachadas y alturas colindantes, permitiendo al interiornuevas volumetrías que no sobrepasen dos (2) pisos como máximo.En conjuntos de fachadas de un piso, deberán mantenerse estas alturas y la volumetría de dos pisos a partir de 9metros de la línea de paramento.

Los artículos 189 y 198, se refieren igualmente a la reglamentación para la intervención sobre este tipo deinmuebles privados declarados patrimonio, es decir tampoco aplican al proyecto urbano planteado. Pero esimportante aquí anotar el parágrafo del artículo 198, que encarga a la Administración Municipal de desarrollartodos los actos legales para concretar las decisiones tomadas en la declaración de áreas de conservación,preservación paisajística y ambiental:ARTÍCULO 189: Línea de Demarcación de Áreas de Interés Patri monial. Toda solicitud de línea dedemarcación que se presente en los barrios La Merced, Santa Rosa, San Antonio, San Cayetano, Granada ysectores de Los Libertadores y El Nacional deberá presentar un plano correspondiente de las fachadas del frentede la manzana donde se encuentre.

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ARTÍCULO 198: Declaración de Tratamiento de Preservación U rbanística. Declárase el Tratamiento dePreservación Urbanística para los predios localizados en los barrios San Antonio, San Cayetano y sectores delos barrios Los Libertadores, El Nacional y Granada, correspondiente al área de interés patrimonial, sectoresen los cuales se retomará y conservará la paramentación antigua. Tendrán tratamiento de renovaciónindividual los predios actuales que no tengan edificaciones en estos sectores.PARÁGRAFO: La Administración Municipal a partir de la vigencia del presente Acuerdo, desarrollará todos losactos legales para concretar las decisiones tomadas en la declaración de áreas de conservación, preservaciónpaisajística y ambiental.

“Patrimonio Paisajístico y Ambiental.“ARTICULO 172: Especies Arbóreas . Hacen parte del patrimonio paisajístico y ambiental las especiesarbóreas que se describen a continuación:

... Las Ceibas, Los Samanes y las Palmas de toda la ciudad...PARÁGRAFO 1 : Para la protección de las ceibas, samanes, palmas y otras especies arbóreas en losespacios públicos y privados de la ciudad, tanto el diseño urbanístico arquitectónico como la proyección devías, deberán conservar la arborización existente.PARÁGRAFO 2 : Se prohíbe la mutilación y tala de los árboles mencionados en este artículo. En caso de quealguno de los árboles considerados como Hito Urbano deba ser retirado para el desarrollo de un proyecto vial,se considerará como aspecto fundamental de dicho proyecto el transplante del árbol y/o la compensación desu valor ambiental, dando cumplimiento a lo que establezca la autoridad ambiental competente para cadacaso particular.” 8

8 Artículo 172 – Especies Arbóreas - Acuerdo 069 de 2000

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La presencia de algunas de estas especies arbóreas protegidas por el Acuerdo 069 de 2000, en el Área deproyecto, entran a formar también parte del patrimonio paisajístico ambiental de la ciudad de Cali.

De acuerdo al listado de especies arbóreas, se puede verificar que sólo se tienen 2 ceibas y un samán,mientras que se encuentran variados tipos de palmas. Es importante resaltar que el componente arbóreo ypaisajístico es parte esencial del proyecto de Granada, como se describe en el capítulo correspondiente alComponente Paisajístico del proyecto. Allí se describe como estas especies se conservan y se incluyendentro del mantenimiento especial en la propuesta paisajística, donde se tienen en cuenta los perfiles de lasespecies y la unidad con el manejo de las formas y colores de cada especie, creando unidad en losconjuntos.

Al respecto, en este capítulo del Componente Patrimonial, se enfatiza la importancia de recuperar medianteesta intervención, la Calle 18N la cual es de conservación tipo 6, la cual fue talada, y la cual, junto con otrasdos localizadas en Santa Rita (Calle 11 Oeste entre Avenidas 3 Oeste y 4 Oeste) y el Lido (Calle 2 entreCarreras 42 y 44), se incluyen como recintos de interés patrimonial: Por su alta calidad ambiental, trazado,vegetación existente; por lo que deben protegerse y recuperarse.

9 Articulo 29º. - Bienes de interés cultural inmueble de conservación Tipo 4 o de preservación urbanística en Santiago de Cali - incluidos en el Acuerdo Municipal 069 de 2000, Artículo 17310 Plan Especial de Protección de Patrimonio Inmueble de Santiago de Cali. Bic.Mr-3. Calle de Interés Cultural. Barrio Granada

Calle 18N entre Avenidas 9 y 9A. Conservación Tipo 6 o deconservación arquitectónico – paisajística. 9

En el Plan Especial de Protección de Patrimonio Inmueble deSantiago de Cali, destaca de la Calle 18 entre Avdas. 9 y 9- A,además de su trazado sinuoso, “la magnífica arborización queenmarca la vía, el empradizado de bermas y la escalaarquitectónica del conjunto…”. Y la clasifica como de Tipo deConservación Tipo 4. 10

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“…deberá mantener las alturasexistentes y, en caso de toda nuevaconstrucción, no deberá sobrepasar laaltura de 2 pisos, deberá conservar lasbermas empradizadas, la vegetaciónexistente; los antejardines deberánmantener el empradizado y loscerramientos de antejardín no deberánsobrepasar una altura de uno puntoochenta (1.80) metros, de la cual la mitadinferior puede ser muro y la superiorrejas que garanticen la totaltransparencia. 11

Por lo anterior, como se verá más adelante en el capítulo de la propuesta final de diseño, aunque a todaslas calles se intentó continuar con el tipo de acabado y tratamiento propuesto en el Proyecto demejoramiento y adecuación de la Avenida 8 Norte, ésta calle por destacarse no sólo por tener untratamiento especial, sino que se convierte en un cierre intermedio del circuito peatonal que se conformacon el proyecto, por la topografía de la calle 21, se deja con el mismo tratamiento en concreto estampadode las avenidas, al igual que las calles 9 y 21 precisamente por ser los cierres del circuito planteado.Este manejo de material permite hacer además por la textura en piedra en las vías, disminuir un poco lavelocidad del tránsito vehicular y hacer una evocación al material natural utilizado por los primerospobladores, así como el manejo texturizado en los andenes brinda una mayor calidez y hace másacogedor su estancia o tránsito por el área.

11 Articulo 31º. – Acuerdo 0232 de 2007

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INTERVENCION - TIPOS DE

CONSERVACION DE LOS BIENES DE

INTERES CULTURAL Y DE

CONSERVACION DE PATRIMONIO

URBANISTICO QUE APLICAN

DENTRO DEL PROYECTO

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El Numeral 2 del Artículo 7 del Decreto 1185 de 2008, define los parámetros básicos relativos a laintervención de los Bienes de interés Cultural, de la siguiente manera:

…2. Intervención. Por intervención se entiende todo acto que cause cambios al bien de interés cultural oque afecte el estado del mismo. Comprende, a título enunciativo, actos de conservación, restauración,recuperación, remoción, demolición, desmembramiento, desplazamiento o subdivisión, y deberá realizarsede conformidad con el Plan Especial de Manejo y Protección si este fuese requerido…

Teniendo como referencia el ACUERDO N° 0232 DE 2007 “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLANESPECIAL DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO URBANO – ARQUITECTÓNICO DEL MUNICIPIO DESANTIAGO DE CALI”, solo haremos referencia a conservación en Fachada que es el área que nosconcierne desde el punto de vista urbanístico, ya que los cambios y mantenimientos internos soncompetencia de las Curadurías con cada uno de los propietarios particulares de cada predio.Aquí vale la pena aclarar nuevamente que aunque no se hará ningún tipo de intervención en las propiedadesprivadas, se mencionan estos tipos de conservación a manera ilustrativa y para hacer un reconocimiento decada una de las áreas de influencia:CONSERVACIÓN TIPO 1 - De importancia social e histórica en la ciudad y la región y por su importancia

dentro de la historia de la arquitectura colombiana.

CONSERVACIÓN TIPO 2: «12» o de conservación tipológica y exterior. Se dirige a edificaciones de distintasarquitecturas y épocas que desde el punto de vista organizativo, estilístico, espacial y volumétrico sontestimonio destacado de la evolución arquitectónica en la ciudad y el territorio del municipio y que por susvalores arquitectónicos, su implantación en la estructura urbana y las posibilidades de su puesta en buen usodeben ser protegidos, controlando las actuaciones que sobre ellos se hagan y evitando su desaparición,deformación notable o sustitución…

12 Articulo 22º. - Bienes de interés cultural inmueble con conservación Tipo 2 - incluidos en el Acuerdo Municipal 069 de 2000, Artículo 173

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CONSERVACIÓN TIPO 2:… En estas obras se debe conservar su tipo arquitectónico y su condición exterior, aunque se permitenmodificaciones internas menores dirigidas a actualizar la edificación a formas de vida y uso contemporáneos.En este grado de conservación arquitectónica debe mantenerse los elementos de la fachada original, suvolumetría y organización espacial general, así como el tratamiento de las áreas exteriores de dominiopúblico como jardines, antejardines, huertas, potreros, etc. con sus elementos complementarios como murosy rejas en el área urbana...»13» … tienen como área de influencia la manzana en que se levantan y losfrentes de las manzanas que lo rodeen, salvo toda consideración distinta incluida en la caracterización delbien registrada en su ficha identificadora en el “catálogo único de bienes de interés cultural inmueble delmunicipio‟ aprobado dentro de esta normativa” . «14»

� Avenida 9AN Nº 10-15. Sociedad Hebrea de Socorro-Sinagoga. (BIC M1-73 - pág. 245).� Avenida 9 Norte No. 15N-39. (BIC M2-16 - pág. 274).� Avenida 9 Norte No. 12 N-76. (BIC M2-25 - pág. 283).� Calle 10 Norte No. 9N-31. (BIC M2-22 - pág. 280).� Calle 10N No. 9N-07/19. (BIC M2-33 - pág. 291) (Ya demarcardas en plano anterior)

Todo nuevo proyecto a realizarse en las áreas de influencia de estas edificaciones debe cumplir lassiguientes normas generales:

1. Toda nueva construcción en las áreas de influencia debe propender por el respeto y valoración del biendeclarado como patrimonio inmueble, facilitando su visibilidad y disfrute. Para este efecto, la volumetría,composición y materiales de fachada, cubiertas y otros elementos exteriores deben evitar la alteración de laimagen del bien protegido.

13 Articulo 18º. – Acuerdo 0232 de 2007

14 Articulo 20º. – Acuerdo 0232 de 2007

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2. Todo nuevo proyecto debe conservar las características urbanísticas del sector donde se ubique, talescomo el trazado vial, paramentación, volumetría.

3. Toda edificación en predios contiguos debe empatar volumétricamente, no debe generar culatas y, portanto, proveer un aislamiento en las sobreelevaciones que permitan que las aperturas de fachada no generenservidumbres.

4. En las edificaciones existentes sobre medianeras que sobrepasen la altura de la edificación protegida no seles autorizarán adiciones en altura y, en caso de la existencia de „culatas‟, éstas deberán ser tratadas con elmismo tipo de acabados de la fachada principal. Igualmente, queda prohibida la utilización de la superficie queexcede la altura del bien protegido como soporte de cualquier tipo de avisos.

5. En casos particulares, cuando no se generen servidumbres y previo acuerdo legal con los propietarios delinmueble declarado como bien de interés cultural, dado que esto constituye una cesión de derechos, sepodrán modificar las culatas de edificaciones sobre las medianeras, generando una fachada que sirva defondo al bien protegido. Igualmente, al tratarse de una intervención sobre el espacio de un bien de interéscultural, su diseño y obras deben ser aprobados por el Departamento Administrativo de Planeación Municipal,previo concepto positivo por parte del Consejo de Monumentos Nacionales o su filial.

6. En estas áreas se prohíbe la instalación de todo tipo de torres o antenas visibles desde el exterior. Losvolúmenes y elementos tales como tanques y cuartos para tanques, maquinarias para ascensores y similares,no deben sobresalir y debe buscarse su completa integración al volumen de la edificación o introducirse alinterior de la cubierta.

7. Se prohíbe la instalación de vallas8. Los avisos y letreros deben cumplir con la normativa del presente Plan Especial de Protección delPatrimonio Urbano-Arquitectónico, en un área de 100 metros lineales alrededor de cada una de las carasexteriores del inmueble protegido en áreas urbanas.

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9. Toda intervención en el espacio público por parte de la Administración Municipal debe contemplar suvaloración y facilitar el completo disfrute visual y físico del edificio o espacio protegido por parte de laciudadanía.

10. Debe evitarse la colocación de postes, señales de tránsito y mobiliario urbano que entorpezcan lacompleta visión del edificio o espacio protegido.

11. No se permite la instalación provisional de pasacalles o cualquier tipo de ocupación terrestre o aéreadel espacio público en el área que entorpezca la visión del edificio protegido.

CONSERVACIÓN TIPO 3: «15» o de conservación exterior. Se aplica a edificaciones de distintasarquitecturas y épocas que desde el punto de vista volumétrico y de fachada forman parte de la imagen dela ciudad, pues han determinado un perfil urbano representativo y poseen elementos de calidadarquitectónica, estilística y de materiales en su exterior considerados como patrones formalescaracterísticos del sector en que se levantan. En su conservación arquitectónica se debe mantener lafachada original y sus volúmenes más externos, como respuesta al perfil urbano existente, así como eltratamiento de las áreas exteriores de dominio público como son los antejardines; a fin de evitar laalteración de la imagen del bien protegido. «16»

Avenida 9 AN No. 10N-85. (BIC M2-4 - pág. 258).Avenida 9A No. 16N-57 .BIC M2-23 - pág. 281).Calle 18N No. 9N-121. (BIC M2-31 - pág. 289).Calle 18N No. 9N-111. (BIC M2-30 - pág. 288).Calle 14N No. 9-55. (BIC M2-28 - pág. 286).

Sin fichas BICCalle 17 N No. 9N-38 (BIC NN)Avenida 9 Nº 10-89/93 (BIC NN)

15 Articulo 26º. - Bienes de interés cultural inmueble con conservación Tipo 3 - incluidos en el Acuerdo Municipal 069 de 2000, Artículo 17316 Artículo 23º.- Acuerdo 0232 de 2007

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CONSERVACIÓN TIPO 4: o preservaciónurbanística, está dirigida a la preservación de áreas,sectores, conjuntos y espacios y recintos urbanoshistóricos y/o tradicionales que deben conservar orecuperar sus valores arquitectónicos, urbanos,paisajísticos y, por tanto, mantener el trazado,carácter y forma del espacio público, la calidadambiental y paisajística como un conjunto formalintegrado y como soporte de formas de vidasocialmente valiosas. 17

Calle 18N entre Avenidas 9 y 9A. Conservación Tipo4 o de preservación urbanística. 18

CONSERVACIÓN TIPO 6: o conservaciónarquitectónico-paisajística. Esta dirigida a recintos,áreas y en general espacios en áreas urbanas orurales que, además de su valor ambiental, poseenvalores espaciales, históricos, artísticos, sociales yculturales que obligan a la conservación de suscaracterísticas espaciales, de uso, materiales yvegetación, pues son una composiciónarquitectónica, cuyo material es esencialmentevegetal y, por lo tanto, vivo, perecedero y renovable.19

17 Artículo 27º.- acuerdo 0232 de 2007

18 Articulo 29º. - Bienes de interés cultural inmueble de conservación Tipo 4 o de preservación urbanística en Santiago de Cali - incluidos en el Acuerdo Municipal 069 de 2000, Artículo 17319 El Artículo 2º de la Carta de Florencia rige el tratamiento de este tipo de espacios.

Propuesta paisajística y de arborización para el Proyecto Granada

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CONSIDERACIONES

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Luego de todo este análisis y todas estas consideraciones, de valores y transformaciones, considerandoademás las tipologías generales de conservación de los bienes (Tipos 2 y 3) y de la Calle 18 (Tipo 4 y 6) 17

, y la anotación hecha sobre el reconocimiento general de algunas otras edificaciones que se considerande interés arquitectónico dentro del Proyecto, se enfatiza el tratamiento general del Diseño Urbanopropuesto, que plantea la sustitución de elementos físicos del espacio público deteriorados (vías yandenes), con un diseño especial de vías tanto vehiculares como peatonales y el manejo de laarborización con el diseño paisajístico y la disposición final del amoblamiento urbano, con el cual se buscarecuperar tanto el valor tradicional del sector, como la calidad ambiental y paisajística, caracterizando elespacio público y consolidando la estructura urbana como un conjunto formal integrado y como soporte deformas de vida socialmente valiosas.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, se eliminó la idea inicial propuesta sobre el manejo diferente en latextura del piso, para resaltar o enmarcar los inmuebles declarados de interés patrimonial, por cuanto seconsideró que definitivamente toda el área de Granada tiene un interés muy especial y el censo de lasedificaciones declaradas patrimonio y/o de interés arquitectónico podría estar variando en el transcurso deltiempo, como efectivamente ha ocurrido durante los últimos años.

20 Tipo 4 según Art. 27º. Del Acuerdo 0232 y Tipo 6 según la Ficha BIC-Mr3.

De todas maneras, el proyecto ha considerado fundamental contribuir con la valoración,conservación y mantener la visibilidad de los inmuebles protegidos dentro del Proyecto,pero al tiempo difundir didáctica y culturalmente este tema, para lo cual considerainteresante la implantación de una placa metálica la cual se ubicará estratégicamenteen la fachada destacando cada inmueble declarado de interés patrimonial (demarcadaen las planimetrías con el logo azul), la cual contiene la información alusiva a cadainmueble donde describe su valor histórico-arquitectónico; y algunos datos generalesextraídos de las fichas BIC. La suma de estos elementos como conjunto rescatará altiempo no sólo cada edificación en sentido particular e individual sino que resaltaránademás la noción de distrito o área.

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Adicionalmente, de acuerdo al enunciado del “Art.231 del P.O.T. - Numeral 7-Identificar inmuebles de interés público y del patrimonio cultural, permitiendo en ellosusos como museos, restaurantes, cafés y equipamientos urbanos acorde con laarquitectura del entorno, se deben de establecer pautas y parámetros que garanticensu preservación e interés cultural. Numeral 15- Reglar los mecanismos decompensación y estímulo para los propietarios de los predios ubicados en área einmuebles aislados de interés patrimonial y los inmuebles particulares con interésrecreativo y paisajístico”, en la realización del proyecto no sólo se tuvo enconsideración los inmuebles declarados en el Plan Especial del Patrimonio Urbano,sino que se realizó una valoración particular de todos los inmuebles con Interésarquitectónico, así no aparezcan relacionados en el P.O.T. o en el Acuerdo 0232 de2007, y se han demarcado (con un logo naranja) en la propuesta planimétrica delproyecto, buscando iniciar un trabajo de concertación conjunto con la comunidad y elmismo Municipio para rescatar y mantener su interés dentro del proyecto,destacándolos de alguna manera según el grado de importancia de cada inmueble

Con el uso de estas placas o elementos que demarcan cada uno de los bienes declarados de conservaciónpatrimonial, se crea un recorrido que permite identificar cada de cada uno de ellos e invitan al disfrute visualal tiempo que crea un sentido no solo de apreciación al contemplar su valoración sino de pertenencia queconlleva a propender por su conservación al mismo tiempo, por esta identidad que se demarca.

Hay una clara intención de que esta intervención no solo surge de la necesidad de mejorar suscaracterísticas ambientales, espaciales, paisajísticas y urbanas sino que pretende, como ya se mencionóanteriormente, vincular y realzar nuestra historia y cultura para conseguir una adecuada apropiación delespacio público, generando un sentido de identidad y pertenencia por el sector, la ciudad y su cultura;logrando así proyectar a nivel nacional e internacional una ciudad que valora, respeta y se enorgullece de supatrimonio natural y cultural.

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Así se demarcan en las planimetrías los bienesdeclarados de interés patrimonial (logo azul) ybienes no declarados pero que se considerande interés arquitectónico (logo naranja).

OBRAS POR REALIZAR

Las obras específicas a realizar para elrescate del tema de patrimonio urbano,son:

1. CONSOLIDACIÓN DE LA ESTRUCTURA PAISAJÍSTICA.

Restablecimiento de las condiciones ambientales yla calidad paisajística que algunos espacios y/orecintos hayan perdido en el tiempo y elmantenimiento de las condiciones particulares dearborización y calidad espacial. Se realizará unmantenimiento general de las especies arbóreasexistentes; reposición de las especies en malestado; recuperación de aquellas que estén enregular estado. Este tema se desarrolla másadelante en el capítulo del COMPONENTEPAISAJISTICO.

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2. CONSOLIDACIÓN DE LA ESTRUCTURA URBANA.

Con el establecimiento del circuito peatonal y loselementos propuestos, se busca generar una mayorcalidad urbana, destacando la riqueza arquitectónica ypatrimonial del sector, valorizando sus construccionestanto por sus valores formales como por sus usossociales. Con la disposición de las placas informativas,diseñadas como parte del mobiliario urbano (verespecificaciones en el capítulo de especificaciones ydetalles), con una presentación y un acabado que denotaun elemento muy neutral, con un logotipo en bajo relieveque indica “bien patrimonial”, como complementoinformativo de las edificaciones declaradas bienes deinterés cultural.

Esta placa informativa, legible y dispuesta a una alturaacorde con el nivel del tránsito peatonal, contendrá: elnombre del edificio, época histórica de realización, estilo,autor en caso de que se conozca, y la condición deprotección del mismo (bien de interés cultural municipal).Esta relación se extrae de la caracterización del bienregistrada en su ficha identificatoria en el “catálogo únicode bienes de interés cultural inmueble del municipio”, quehace parte de esta Normatividad referida del Acuerdo0232 de 2007.

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3. DEMARCACION BIENES DE INTERES CULTURAL.

Así se busca demarcar cada bien destacando a su vezsu valor cultural con su referencia. Esta placainformativa, legible y dispuesta a una altura acordecon el nivel del tránsito peatonal, contendrá: el nombredel edificio, época histórica de realización, estilo, autoren caso de que se conozca, y la condición deprotección del mismo (bien de interés culturalmunicipal). Esta relación se extrae de lacaracterización del bien registrada en su fichaidentificatoria en el “catálogo único de bienes deinterés cultural inmueble del municipio”, que haceparte de esta Normatividad referida del Acuerdo 0232de 2007.

1. Su forma será rectangular (35 x 50 cm), dispuesta de manera vertical y

Con el logo de patrimonio en bajo relieve

En el centro el texto centrado quedescribe el bien y/o susobservaciones extraído de lasfichas BIC.

50 cm

35 cm

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2. Contenido tipo para el diseño de la placa: 3. Surge una de las opciones sin inclusión de color:

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4. Y un acercamiento a lo que finalmentese propone, pensado inicialmente para unaplaca metálica, la cual es característica eneste tipo de proyectos, pero podríanrevisarse otros materiales con el usoincluso de color, haciendo remembranza alverde del manejo paisajístico del sectorcombinado con un ocre que inscribacalidez: resistentes a la intemperie y queno sean motivo para incentivar elvandalismo (algo económico), como porejemplo en acrílico o en cerámica impreso.

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5. De acuerdo a cada inmueble se decidesu ubicación en fachada, de manera quesea algo visible pero sin alterar la visualgeneral de la misma:

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De todas maneras elcomponente patrimonial hasido esencial tanto desdelos inicios del análisis comoen las determinantes parala decisión final sobre elmanejo de texturas ymateriales a emplear en elProyecto.

Es básico generar el circuitopor el recorrido peatonaldesde las Avenidas 9 y 9-Aentre las calles 9 y 21Norte, con sus remates endos áreas verdes en susextremos (una en cadaextremo).

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Sin embargo dada la pendiente de la calle 21la cual se convierte de alguna manera enobstáculo o limitante parcial mejor, para estetránsito peatonal, da cabida a que la calle 18casi que se convierte en ese remate delcircuito peatonal y tratándose de la calledeclarada de interés cultural, se manejarásobre esta el mismo tratamiento de texturas ymaterial en concreto estampado que sedispuso sobre las Avenidas realzando su valorfrente a las otras calles al diferenciarla eneste sentido y además se le imprime esecarácter de remate al continuar con lamaterialidad de las Avenidas, que de todasmaneras es el mismo terminado que se leestá dando tanto a la calle 9 como a la calle21 que son realmente los dos extremos delcircuito.

El resto de los tramos de las calles comprendidos entre las Avenidas 9 y 9-A, manejan un acabadoestableciendo continuidad con el acabado ejecutado en los tramos entre la Avenida 9 y 8 Norte.El componente paisajístico, también ha tenido un tratamiento especial, como se verá más adelante enel capítulo correspondiente.

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ANEXOS

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A manera de ilustración adjunto se anexan sólo dos fichas BIC, , pero éstas se adjuntan en sutotalidad en archivo adjunto: «Fichas BIC individuales, para su reconocimiento general.De todas maneras es importante recordar que aunque el trabajo de la Memoria del Proyecto se haseparado por componentes (temas), todos conforman una misma unidad y es por eso queseguramente algunos temas se mencionan en un capítulo pero su desarrollo se encuentra completoen otro.

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Convenio SMP/Fundación General de Apoyo-Universidad del Valle-CITCE-Depto. de Proyectos

BIENES INMUEBLES DE INTERES CULTURAL DE SANTIAGO DE CALI BIC M2-4

CASA BARRIO JUANAMBU

Conservación Tipo 3Autor sin establecerRemodelación e integración a una nueva edificaciónLago y Saenz, 2003Avenida 9A Norte #10N-85Uso Original: Residencial. Uso Actual: Residencial

Ejemplo de la arquitectura neocolonial dominante en el sector hasta hacerelativamente poco tiempo. El hecho de gozar de protección como bien deinterés patrimonial del municipio le evitó seguir el destino de sus construccionesvecinas, no obstante no ser uno de los mejores ejemplos de la arquitecturaneocolonial de la ciudad. No obstante, sin conocer el resultado final de laintegración con una nueva edificación y participar de una operación de englobede predios, tiene el enorme interés de ejemplificar el tipo de operaciones deconservación de este tipo de bienes inmuebles protegidos y que no son objetode protección con carácter monumental.

Área de Influencia:

Referencias:Inventario del Patrimonio Urbanístico yArquitectónico de Santiago de Cali. SCA-DAPM, 1989.Acuerdo 30 de 1993Acuerdo 069 de 2000Plan Especial de Protección PatrimonioInmueble de Santiago de Cali

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Convenio SMP/Fundación General de Apoyo-Universidad del Valle-CITCE-Depto. de Proyectos

BIENES INMUEBLES DE INTERES CULTURAL DE SANTIAGO DE CALI

Área de Influencia:

BIC M2-16

CASA BARRIO GRANADAConservación Tipo 2

Avenida 9 Norte #15N-39.Uso Original: Vivienda. Uso Actual: ComercioUsos Posibles: Vivienda,Servicios (Oficinas)

Esta edificación es uno de los ejemplos de mayor calidad de arquitectura«republicana» de pequeña escala. Sin las pretensiones y recursos de las grandesvillas de los primeros desarrollos del Barrio Granada, no desmerece en nada, puessus diseñadores superaron con elegancia las limitaciones de predio y presupuesto. Eltratamiento de la esquina es una lección de urbanidad que comparte con la casa delfrente y la diagonal, sobre la Avenida 9a., conformando en este cruce, un espaciourbano de gran amabilidad y calidad y que amerita se extienda la protección alconjunto que conforman estas casas que tienen ciertas similitudes.Del conjunto mencionado, esta ostenta la mayor elaboración formal. Como ellas elacceso se hace por la diagonal a través de un pequeño antejardín resultado del retirode la construcción sobre la esquina y la prolongación de los planos de las fachadaslaterales como muros que soportan las rejas del antejardín.

Referencias:Acuerdo 30 de 1993Acuerdo 069 de 2000Plan Especial de ProtecciónPatrimonio Inmueble de Santiagode Cali