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OBLIGACIONES EMPRESARIALES EN MATERIA DE MEDIDAS DE EMERGENCIA EN LOS MATADEROS DE AVES Asociación Nacional de Mataderos de Aves y Conejos Con la financiación de: Dada la gran variedad de posibles situaciones de emergencia en los mataderos de aves, así como la distinta importancia que pueden tener cada una de ellas, la orga- nización es la herramienta funda- mental para su tratamiento. Una emergencia es un suceso que ocurre de forma repentina e inesperada y que puede llegar a producir daños muy graves a personas e instalaciones, por lo que requiere una actuación inmediata y organizada. Podemos considerar que existe una situación de emergencia cuan- do el riesgo, más allá que ser grave e inminente, se ha materializado ya como siniestro, demandando una rápida actuación que puede ser: salvamento, evacuación, desalojo del centro de trabajo, primeros auxilios a los accidentados… Obligaciones empresariales en materia de medidas de emergencia en los mataderos de aves Incendios. Accidente de trabajo. Explosiones. Vertido de producto químico. Fenómeno natural. Posibles situaciones de emergencia del sector: 2 3 OBLIGACIONES EMPRESARIALES EN MATERIA DE MEDIDAS DE EMERGENCIA EN LOS MATADEROS DE AVES Asociación Nacional de Mataderos de Aves y Conejos Entidad ejecutante: Entidad ejecutante: Con la financiación de: Depósito Legal: M-49049-2009 Por ello, la Ley de prevención de ries- gos laborales, Ley 31/1995, incluye un artículo específico en esta materia: Articulo 20 de la Ley de prevención de riesgos laborales: Medidas de emergencia El empresario, teniendo en cuenta el ta- maño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en ma- teria de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajado- res, designando para ello al personal en- cargado de poner en práctica estas me- didas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la for- mación necesaria, ser suficiente en nú- mero y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas. Para la aplicación de las medidas adopta- das, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servi- cios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asis- tencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas.

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OBLIGACIONES EMPRESARIALES EN

MATERIA DE MEDIDAS DE EMERGENCIA EN

LOS MATADEROS DE AVES

Asociación Nacional deMataderos de Aves y Conejos

Con la financiación de:

Con la financiación de:

Dada la gran variedad de posibles situaciones de emergencia en los mataderos de aves, así como la distinta importancia que pueden tener cada una de ellas, la orga-nización es la herramienta funda-mental para su tratamiento.

Una emergencia es un suceso que ocurre de forma repentina e inesperada y que puede llegar a producir daños muy graves a personas e instalaciones, por lo que requiere una actuación inmediata y organizada.

Podemos considerar que existe una situación de emergencia cuan-do el riesgo, más allá que ser grave e inminente, se ha materializado ya como siniestro, demandando una rápida actuación que puede ser: salvamento, evacuación, desalojo del centro de trabajo, primeros auxilios a los accidentados…

Obligaciones empresariales en materia de medidas de emergencia en los mataderos de aves

Incendios.

Accidente de trabajo.

Explosiones.

Vertido de producto químico.

Fenómeno natural.

Posibles situaciones de emergencia del sector:

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OBLIGACIONES EMPRESARIALES

EN MATERIA DE MEDIDAS DE

EMERGENCIA EN LOS

MATADEROS DE AVES

Asociación Nacional deMataderos de Aves y Conejos

Entidad ejecutante:

Entidad ejecutante:

Con la financiación de:

Depó

sito L

egal:

M-4

9049

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Por ello, la Ley de prevención de ries-gos laborales, Ley 31/1995, incluye un artículo específico en esta materia:

Articulo 20 de la Ley de prevención de riesgos laborales: Medidas de emergencia

El empresario, teniendo en cuenta el ta-maño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en ma-teria de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajado-res, designando para ello al personal en-cargado de poner en práctica estas me-didas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la for-mación necesaria, ser suficiente en nú-mero y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas.

Para la aplicación de las medidas adopta-das, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servi-cios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asis-tencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas.

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Designar al personal encargado de poner en práctica dichas medidas.

Para que las medidas adoptadas sean efectivas, el empresario debe designar al personal encargado de ponerlas en práctica. Para ello hay que tener en cuenta que estas personas deben:

Ser suficientes en número: no es lo mismo un matadero de 10 trabaja-dores en el que puede ser suficiente un Encargado de medidas de emer-gencia como responsable de las me-didas de emergencia en la empresa, que un matadero de 120 trabajado-res en el que será necesario desig-nar a una brigada de emergencias con distinto personal responsable.

Tener la formación necesaria: cada una de las personas designadas como responsables de las medidas de emer-gencia dentro de la empresa deben estar formadas en como actuar en caso de emergencia. Por ejemplo si se designa un equipo de primera inter-vención este debe estar formado en cómo apagar un fuego, o si se desig-na un equipo de alarma y evacuación, éstos deben conocer todas las vías de evacuación existentes en la empresa.de que están señalizadas; asegurarse de que las vías de evacuación están libres de obstáculos y señalizadas, in-formar a los trabajadores de la forma de evacuar en caso necesario…

Debe comprobarse periódicamente el correcto funcionamiento de estas medidas.

Disponer del material adecuado: contar con equipos de lucha contra incendios, botiquines, señalización de evacuación etc.

No sirve de nada designar a personal específico en materia de

medidas de emergencia si estos no están formados en cómo actuar en

caso de emergencia.

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Establecer las actuaciones necesarias en materia de:

Primeros auxilios: por ejem-plo asegurarse de que existen botiquines, un local de prime-ros auxilios si se está obliga-do por ley, que existe la seña-lización adecuada, que existe un listado de telefonos con el número del centro asistencial más próximo etc.

Evacuación de los trabaja-dores: asegurarse de que están habilitadas salidas de emergencia(barra antipánico y apertura hacia el exterior) y de que están señalizadas; asegurarse de que las vías de evacuación están libres de obstáculos y señalizadas, in-formar a los trabajadores de la forma de evacuar en caso necesario…

Lucha contra incendios: por ejemplo asegurarse de que en el centro de trabajo hay equipos de lucha contra in-cendios (extintores, bocas de incendio equipadas, rociado-res etc.) en un número ade-cuado en buen estado y se-ñalizados, de que se conoce el número de los bomberos más proximos…

Debe comprobarse periódicamente el correcto funcionamiento de

estas medidas.

Equipos de una brigada de emergencias:

Jefe de emergencia.Jefe de intervención.Equipo de primera intervención.Equipo de segunda intervención.Equipo de alarma y evacuación.Equipo de primeros auxilios.Responsables del centro de control y comunicaciones.

Según la empresa se designarán todos o algunos de estos equipos

Organizar las relaciones que sean necesarias con personal ajeno a la empresa

Como complemento el empresario debe organizar las relaciones necesarias con servicios externos a la empresa, estable-ciendo un listado de teléfonos con los si-guientes servicios:

Primeros auxilios: ambulancias.

Asistencia médica de urgencia: centro de salud y hospital más cercano.

Salvamento: Protección Civil, Policía Nacional, Policía Local o Guardia Civil más cercano.

Lucha contra incendios: parque de bomberos más cercano.

Todas las medidas que el empresario debe adoptar estarán documentadas en el denominado Plan de actuación en caso de emergencia.

En la elaboración de dicho documento el empresario debe contar con el aseso-ramiento del servicio de prevención que exista en la empresa y con la participa-ción de los delegados de Prevención.

Por otra parte dicho plan debe ser cono-cido por todos los trabajadores de la em-presa para que sepan como actuar ante una emergencia, y que medios materiales y humanos ha adoptado el empresario para afrontarlas , por lo que el empresa-rio debe informar a los trabajadores so-bre su contenido, dando así cumplimien-to al Artículo 18 de la Ley de Prevención de Riesgos laborales sobre Información.

112Número gratuito de asistencia inmediata para situaciones de

emergencia

Para ello, el empresario debe tener en cuenta:

Tamaño de la empresa: superficie y número de trabajadores del ma-tadero.

Posibilidad de presencia de perso-nas ajenas a la misma: transpor-tistas, inspectores de sanidad, co-merciales, proveedores, personal de limpieza…

Actividad de la empresa: matade-ros de aves, distribución de pro-ductos avícolas…

y debe adoptar una serie de medidas:

Del artículo 20 de la Ley de Preven-ción de riesgos laborales se deriva como obligación para el empresario:

1. La necesidad de considerar aquellas si-tuaciones que pueden dar lugar a una emergencia.

2. Tener previsto cómo controlarla para minimizar sus consecuencias.

El incumplimiento de este artículo conlleva multas que oscilan entre los 2.046 euros y

los 40.985 euros.

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