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LEY DE REGULACIÓN DE HABILITACIONES URBANAS Y DE EDIFICACIONES LEY N° 29090

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Page 1: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

LEY DE REGULACIÓN DE HABILITACIONES URBANAS Y DE EDIFICACIONES

LEY N° 29090

Page 2: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA

EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE HAB. URB. Y

EDIFICACIONES

SUPERVISIÓN DE OBRAS

RESPONSABILIDADES

LEY N° 29090 26.09.07

SOLICITANTE MUNICIPALIDAD PROFESIONALES

Page 3: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

Es promotora de la formalidad lo que

garantiza la seguridad en las construcciones.

Reafirma la competencia municipal de control urbano y de supervisión de obras, considerada en la Ley

Orgánica de Municipalidades.

En todas las modalidades de aprobación se

exigen los planos suscritos por

profesionales y la supervisión de obra.

LEY N° 29090

Page 4: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

Para garantizar el cumplimiento de las normas, no basta con una norma

perfecta

Las municipalidade

s deben aplicarlas y velar por su

cumplimiento

Los profesionales (propietarios, proyectistas, constructores, revisores urbanos, comisión técnica, responsables de obra, funcionarios, etc.)

deben aplicarlas.

Page 5: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

INFORMALID

AD

Page 6: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

FORMALIDAD TÉCNICA Y

ADMINISTRATIVA

Page 7: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)
Page 8: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

LEY N° 29090• EDIFICACIONES Y HABILITACIONES URBANAS

LEY N° 29300• AMPLIA PLAZO DE REGULARIZACIÓN

LEY N° 29476• MODIFICACIÓN SUSTANCIAL (seguridad y medio

ambiente)

LEY N° 29566• ELIMINACIÓN DE REQUISITOS (mejorar clima de

inversiones)

LEY N° 29898• ESTABLECE APORTE PARA SALUD Y

PROCEDIMIENTO HAB. URB. OFICIO

RLHUE

D.S. Nº 024-2008-VIVIENDA

D.S. Nº 003-2010-VIVIENDA

RVAT

D.S. Nº 026-2008-VIVIENDA

D.S. Nº 005-2010-VIVIENDA

RRU

D.S. Nº 025-2008-VIVIENDA

D.S. Nº 004-2010-VIVIENDA

MO

DIF

ICA

CIO

NES

Page 9: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

• Son actos administrativos mediante los cuales se autoriza la ejecución de obras de habilitación urbana o de edificación.

LICENCIA

• Propietarios, usufructuarios, superficiarios, concesionarios, titulares de una servidumbre o de una afectación en uso, o cualesquiera, sea persona natural o jurídica, pública o privada. Para el caso de edificación debe acreditarse que cuente como mínimo con Proyecto de Habilitación Urbana aprobado

SOLICITANTES

• Están exceptuadas de obtener licencia, siempre que no se ejecuten sobre inmuebles que constituyan Patrimonio Cultural de la Nación: Trabajos de Acondicionamiento, Refacción y Cerco Frontales (hasta 20 ml no P. Exc. y P. Común)

EXCEPCIONES

Page 10: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

PRINCIPALES CAMBIOS 1

Contempla 4 modalidades de aprobación de proyectos

Instituye la modalidad de los Revisores Urbanos

Implementa la Verificación Administrativa y la Verificación Técnica

Las tasas no deben exceder el costo de los servicios

El 40% de la licencia como mínimo debe destinarse para la Verificación Técnica (Monto INTANGIBLE)

Otorga seguridad jurídica al C.P.U.E.,

La licencia puede ser tramitada por el solicitante con derechos acreditados

Page 11: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

PRINCIPALES CAMBIOS 2

Cambia Declaratoria de Fábrica por Declaratoria de Edificación

La Finalización de Obra y de Declaratoria de Edificación en uno solo trámite

Delegados Ad-hoc emiten opinión

Todos los procedimientos sujetos al Silencio Administrativo Positivo, salvo inmuebles considerados patrimonio cultural

Obras provisionales (Caseta de Ventas y Módulo Piloto) deben retirarse antes de la conformidad de obra

Se precisan requisitos para licencia de demolición de inmuebles que no cuentan con autorizaciones

Aprobación de Anteproyectos en la Modalidad “B” a cargo de la Municipalidad

Page 12: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

PRINCIPALES CAMBIOS 3

Conformidad de Obra a nivel de “Casco Habitable”, solo en Multifamiliares

Conformidad y Recepción de Obras es deber del titular de la licencia

La licencia puede ser solicitada bajo una modalidad superior pero con requisitos de la modalidad que le corresponde

Se exige el plano de Sostenimiento de las Excavaciones, Estudio de Suelos y Póliza Car ó Seguro de Accidentes

Precisa participación de INDECI y del CGBVP

Establece infracciones y sanciones para la Comisión Técnica,

Verificación Técnica al 100 % de licencias otorgadas

Page 13: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

OBLIGACIONES

• No exigir requisitos, información, trámites o pagos no previstos en la Ley, salvo en zonas de reglamentación especial

• Velar que los aportes de las habilitaciones urbanas sean utilizadas conforme a su uso

• Difundir información relevante para procedimiento de licencias

• Notificar los dictámenes de las Comisiones Técnicas

• Remitir al MVCS información estadísticas de licencias otorgadas

• Realizar el seguimiento, supervisión y fiscalización de las obras

Municipalidad:

Page 14: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

VERIFICAN CUMPLIMIENTO DE

NORMAS

RESUELVEN VACIOS NORMAS TÉCNICAS

DICTAMINAN RECURSOS DE

RECONSIDERACIÓN

NO PUEDEN FORMULAR NUEVAS

OBSERVACIONES SOBRE ASPECTOS NO

OBSERVADOS INICIALMENTE

Comisión Técnica:

Page 15: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

ATRIBUCIONES:

• Verifican cumplimiento de lo establecido en Planes Urbanos, parámetros urbanísticos y edificatorios, Certificado de Zonificación y Vías, RNE, la Ley y demás normas sobre la materia

• Los pronunciamientos de los Delegados Ad Hoc constituyen opinión de la Entidad que representan,

• Son infracciones:

• Emitir dictamen sobre expedientes incompletos,

• Emitir dictamen contraviniendo los requisitos y normatividad vigente,

• Dar lugar a que opere el silencio administrativo positivo.

• Las infracciones son sancionadas con inhabilitación de 2 años para ser delegado a nivel nacional sin perjuicio de otras sanciones. La municipalidad comunicará a los Colegios Profesionales y Entidades respectivas.

Comisión Técnica:

Page 16: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

Aprobación Con Evaluación Previa De Revisores Urbanos ó Comisión Técnica

Aprobación Con Evaluación Previa De Comisión Técnica

Aprobación Automática Con Firma De Profesionales

Con Firma De Profesionales

Modalidades de AprobaciónEdificaciones: A-B-C-D Hab. Urbana : B-C-D

A

B

CD

Page 17: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

Comprobación de la autenticidad de los documentos proporcionados por el administrado.

Verificación de que el proyecto cumple con los planes urbanos, parámetros urbanísticos y edificatorios y demás normas aplicables.

A • 100% de

expedientes

B• 100% de

expedientes

C• Aleatoria (Art.

32º de la Ley Nº 27444)

D• Aleatoria (Art.

32º de la Ley Nº 27444)

Verificación Administrativa:

Page 18: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

• Se realiza máximo 10 días después de otorgada la licencia.• Se realiza máximo 5 días después de recepcionadas las obras y/o conformidad

de obra.• Modalidad A y B con observaciones: Notifica adjuntando informe y paraliza

obras (02 días).• Modalidad C y D con observaciones: Solicita información a RU ó CT.• El Administrado tiene 05 días para subsanar observaciones (prorrogable por 5

días más). • De no subsanar las observaciones la Municipalidad aplicará sanciones.• En ningún caso, el derecho adquirido para iniciar la obra está supeditado a la

ejecución de la Verificación Administrativa,

VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

Verificación Administrativa:

Page 19: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

Comprobación de que las obras son ejecutadas de conformidad con el proyecto y especificaciones técnicas aprobadas en la licencia.

Verificación Técnica:

A • 100% de

expedientes

B• 100% de

expedientes

C• 100% de

expedientes

D• 100% de

expedientes

Page 20: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

ATRIBUCIONES DE LA MUNICIPALIDAD

• Establecer requisitos para designar a supervisores de obra (arquitectos y/o ingenieros).

• Organizar y sistematizar actividades de la Verificación Administrativa y Técnica.

• Imponer sanciones de conformidad con el Reglamento de Sanciones • Supervisar y evaluar el desempeño de los Supervisores de obra y del

personal vinculado a las actividades de verificación.• Inscribir a Profesionales acreditados en el Registro de Supervisores de Obra.

ATRIBUCIONES DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES

• Iniciar de oficio o a solicitud de los administrados afectados y/o Municipalidades, procesos de investigación e imposición de sanciones, por infracciones cometidas por:• Proyectistas • Responsables de obra• Constructores ó• Supervisores de obra

Verificación Técnica:

Page 21: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional, Arquitecto o Ingeniero Civil, colegiado y hábil

Acreditación del Colegio Profesional, según complejidad, especialización y magnitud de la obra

Otros requisitos que la municipalidad considere indispensable

FUNCIONES

Revisión de expedientes

Elaboración de cronogramas de visitas

Visitas de inspección

Entregar copia del Informe de Visita

Informar incumplimiento

Ampliar informe a solicitud de Municipalidad correspondiente

Supervisor de Obra:

Page 22: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

RESTRICCIONES

NO TIENEN COMPETENCIA PARA:

Controlar la Calidad de los materiales

Ordenar ejecución de actividades

Paralizar la obra, a menos que se detecte riesgo inminente para la integridad de las personas

Solución de conflictos vecinales

IMPEDIMENTOS

Sentencia por delito doloso

Suspendidos o inhabilitados por sus colegios profesionales

Relación de parentesco (obra y proyectista)

Vínculo laboral o contractual con el propietario del terreno

Supervisor de Obra:

Page 23: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

¿QUÉ SE VERIFICA?

El área y linderos del inmueble.

Que lo ejecutado corresponda al proyecto aprobado.

El cumplimiento de las Normas Técnicas del R.N.E. y demás normas aplicables.

Que los procedimientos empleados garanticen el mínimo de riesgos (trabajadores, vecinos y ocupantes).

La vigencia de la Póliza CAR o de la Póliza de Responsabilidad Civil.

Visitas de Inspección:

Page 24: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

HABILITACIÓN URBANA

1 al inicio de obra.

1 antes de que concluya trazo de vías

1 antes de que concluya movimiento de tierras.

1 antes que se inicie pavimentación

EDIFICACIÓN

1 al inicio de la obra.

1 en la etapa de cimentación.

1 en la etapa de muros (por piso)

1 en la etapa de techos (por piso)

El número de visitas de inspección se definen en el cronograma de acuerdo al tipo, magnitud y complejidad de la obra.

Visitas de Inspección:

Page 25: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

• Exigir identificación del Supervisor de Obra,• Acompañar al Supervisor en inspección,• Formular observaciones y aclaraciones,• Recibir copia del Informe,• Dejar constancia en los informes de sus aclaraciones,• Presentación de pruebas,• Solicitar ampliación de plazos.

DERECHOS

• Estar presente en la obra,• Facilitar la inspección,• Acreditar su representación,• Permitir el acceso a la obra,• Exhibir licencia, planos y cuaderno de obra,• Proporcionar información que se solicite.

OBLIGACIONES

Propietario y Responsable de Obra:

Page 26: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

REVISORES URBANOS

Page 27: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

Antecedentes:

COLOMBIA (Curadores Urbanos)

Son funcionarios públicos.

Son externos a la administración municipal.Designados por concurso de méritos.

CHILE (Revisores Independientes)

Son profesionales independientes.Asumieron función pública de expedir las licencias.

Se inscriben en un registro.

Page 28: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

REVISORES URBANOS

Son profesionales registrados y autorizados para verificar que los proyectos cumplan con las normas en la Modalidad C.

Son autónomos en el ejercicio de sus funciones.

Son certificados por el colegio profesional respectivo y se inscriben en el Registro de la Municipalidad Provincial.

Se desempeñan de manera individual o asociada.

Emiten informe sólo respecto de su especialidad y sobre proyectos donde no tenga vinculación familiar, laboral o contractual.

No tienen facultad para interpretar normas.

Page 29: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)
Page 30: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

INDEPENDIZACION TERRENOS RÚSTICOS Y SUBDIVISIÓN DE LOTE URBANO

Page 31: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

INDEPENDIZACIÓN TERRENOS RUSTICOS• División de una parcela o terreno rústico, ubicado en áreas urbanas o de

expansión urbana, en dos o más partes

• Debe contar con un Planeamiento integral

• Los predios independizados mantienen zonificación del lote matriz

• Independización y Habilitación Urbana en un solo procedimiento

SUBDIVISIÓN DE LOTES URBANOS• Partición de predios habilitados

• Pueden ser sin obras (no requieren la ejecución de obras) y con obras (requiere ejecución de vías y redes de servicios públicos)

• Se puede subdividir un lote que cuente con obras de habilitación urbana inconclusas, sólo si se ejecutan y recepcionan en el mismo procedimiento

Page 32: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

InscripciónRR.PP

PLAZO: 10 días (hábiles) para resolver el trámite.

INFORME YEMISIÓN DE RESOLUCIÓN

ENTREGA DE RESOLUCIÓN

VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

Y TECNICA

Notifica Observaciones

No Con

form

e

Con

form

e

Subsana Observaciones

(7 días)

INDEPENDIZACION Y SUBDIVISIÓN

RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE

(Municipalidad)

Page 33: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

HABILITACIÓN URBANA

Page 34: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

HAB. URBANA: Proceso para convertir un terreno rústico o eriazo en urbano mediante la ejecución de obras de accesibilidad, distribución de agua y recolección de desagüe y de distribución de energía e iluminación pública.

TIPOS DE HABILITACIÓN RESIDENCIAL

Habilitación Urbana Convencional

Hab. Urbana con Venta Garantizada de Lotes

Habilitación Urbana Progresiva

Habilitación Urbana con Construcción Simultanea

Page 35: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

B • Predios no mayores de 5 Has.

que constituyan islas rústicas, que sea lote único y no este afecto al Plan Vial Provincial o Metropolitano.

• Predios que cuenten con un Planeamiento Integral aprobado.

C• Que se vayan a ejecutar por

etapas, sujetos a un Planeamiento Integral

• Con Construcción Simultánea Venta Garantizada de Lotes.

• Con Construcción Simultánea de Vivienda, en las que los lotes y edificaciones se definan en el proyecto y solo cuando tenga por finalidad la venta de vivienda edificadas.

D• Predios que no colinden con

áreas urbanas, ó• Que colinden con predios que

cuenten con proyectos de Hab. Urb. Aprobados no ejecutados.

• Predios que colinden con Zonas Arqueológicas, con inmuebles calificados como patrimonio cultural o con Áreas Naturales Protegidas.

• Habilitaciones para fines industriales, comerciales o usos especiales.

Usos:

Page 36: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

REQUISITOS según modalidad

B • Proyecto completo con

firmas de profesionales

C y D(Comisión Técnica)

• Proyecto completo con firmas de profesionales

• Estudio de Impacto Ambiental

• Estudio de Impacto Vial (*)

C(Revisor Urbano)

• Proyecto completo con firmas de profesionales

• Estudio de Impacto Ambiental

• Estudio de Impacto Vial (*)• Informe Técnico

“Conforme” de los Revisores Urbanos

(*) Predios que no colindan con áreas urbanas y predios para fines industriales, comerciales o usos especiales.

Page 37: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

APROBACIÓN según modalidad

B• Automática con

verificación administrativa (Licencia Temporal).

C• Verificación Previa

de la Comisión Técnica, ó

• Verificación Previa de los Revisores Urbanos.

D• Verificación Previa

de la Comisión Técnica.

Page 38: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

REQUISITOS COMUNES

• FUHU por triplicado suscrito por el solicitante y profesionales• Copia literal de Dominio (antigüedad no más de 30 días)• Documento que acredite derecho a habilitar (de no ser el propietario)• Vigencia de Poder inscrito en Registros de Personas Jurídicas• Declaración Jurada de habilitación de los profesionales que participan en el proyecto• Comprobante de pago por derechos correspondiente

OTROS DOCUMENTOS

• Certificado de Zonificación y Vías• Factibilidad de Servicios • Declaración Jurada de Inexistencia de Feudatarios• Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos• Planteamiento Integral (por etapas, no colinde con zonas habilitadas o parcelación de

terrenos rústicos)• Estudio de Impacto Ambiental y Vial según RNE y SEIA (sólo para Modalidad C y D)• Estudio de Mecánica de Suelos• Informe Técnico “Conforme” de los Revisores Urbanos (Modalidad C)• Documentación Técnica (triplicado)• Documento que acredite el pago por derechos

Page 39: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

• Se puede solicitar la licencia bajo el procedimiento de una modalidad superior pero los requisitos deberán corresponder a los exigidos para la modalidad original,

• Los Estudios de Mecánica de Suelos con Fines de Pavimentación serán desarrollados por profesionales especialistas de acuerdo al RNE,

• En Hab. Urbana por etapas, se puede solicitar una licencia por cada etapa en base a un proyecto integral, cada etapa debe cumplir con los aportes correspondientes, tiene una vigencia de 10 años,

• Las Municipalidades Distritales remitirán para conocimiento, a las Municipalidades Provinciales: FUHU, Resoluciones de aprobación y de recepción de obras, plano de trazado y lotización y memoria descriptiva.

PRECISIONES

Page 40: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

MODALIDAD “B” (Lic. Temporal) y “C” (Revisores Urbanos)

ENTREGA COPIA DEL EXPEDIENTE

CON EL FUHU SELLADO

RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE

POR MUNCIPALIDAD

VERIFICASELLA EL FUHU

(LICENCIA)

INICIO DE OBRA

Verificación AdministrativaVerificación Técnica

El FUHU con el sello de recibido (previo pago de la liquidación) es la licencia de habilitación. Desde ese momento se puede iniciar las obras

ENTREGA COPIA DEL EXPEDIENTE

CON EL FUHU SELLADO

RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE

POR MUNCIPALIDAD

VERIFICASELLA EL FUHU

(LICENCIA)

INICIO DE OBRA

Page 41: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

INICIO DE OBRA

VERIFICACIÓNTECNICA

Vencido los 55 días sin respuesta por la Municipalidad, se podrá aplicar el silencio administrativo positivo, según lo establecido en la Ley No. 29060

VERIFICACIÓN(Comisión Técnica)

(45 días)

LIQUIDACIÓN (2 días)EMISIÓN DE LIC. (3 días)

MODALIDAD “C” y “D” (con Comisión Técnica)

RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE

(Municipalidad)

PREVERIFICACIÓNCONVOCAR A LACOMISION (5 días)

Notifica Observaciones

No Conforme

Con

form

e

Subsana Observaciones

(15 días)

Se reinicia plazo

INICIO DE OBRA

VERIFICACIÓN(Comisión Técnica)

(45 días)

LIQUIDACIÓN (2 días)EMISIÓN DE LIC. (3 días)

RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE

(Municipalidad)

PREVERIFICACIÓNCONVOCAR A LACOMISION (5 días)

Notifica Observaciones

Subsana Observaciones

(15 días)

VERIFICACIÓNTECNICA

INICIO DE OBRA

VERIFICACIÓN(Comisión Técnica)

(45 días)

LIQUIDACIÓN (2 días)EMISIÓN DE LIC. (3 días)

Page 42: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

RECEPCIÓN DE OBRAS

Page 43: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

SIN MODIFICACIONES

• Requisitos comunes (Art. 25)

• Copia Literal de Dominio, Documento que acredite derecho a habilitar y Vigencia de Poder inscrito en Reg. de personas Jurídicas (de ser persona distinta a la que tramitó la Habilitación)

• Conformidad de las obras de servicios emitida por las EPS

• Copia Legalizada notarialmente de las minutas que acrediten la transferencia de aportes y/o comprobante de pago (redención)

CON MODIFICACIONES

• Plano de replanteo de trazado y lotización

• Plano de ornamentación de parques

• Memoria descriptiva del replanteo

• Carta del Proyectista original autorizando modificaciones

• Declaración jurada de Habilitación del Profesional que suscribe los planos

Page 44: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

Vencido los 10 días sin respuesta por parte de la Municipalidad, se podrá aplicar el silencio administrativo positivo según lo establecido en

la Ley No. 29060

Con

form

e

RECEPCIÓN DE OBRAS

VERIFICACIÓN(5 días)

LIQUIDACIÓN YRESOLUCIÓN

(1 día)

RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE(Municipalidad)

INSPECCIÓNOCULAR

(5 días)

Page 45: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

• El FUHU con la Resolución suscrita, constituye la recepción de obras de habilitación urbana y autoriza la inscripción registral

• La inscripción registral se realiza posterior al otorgamiento de la Recepción de Obras

• Solo en habilitaciones urbanas con Construcción Simultánea y Venta Garantizada de lotes se puede inscribir antes de la Recepción de Obras, registrándose como anotación preventiva la pre-declaratoria y pre-independización de viviendas, después de obtenida la licencia de edificación

• La habilitación urbana aprobada puede ser inscrita, bajo responsabilidad del promotor, pero no se autoriza la venta de los lotes, lo que debe incluirse en la partida registral

• La recepción parcial de obras se puede dar, siempre que se hayan ejecutado todas las obras autorizadas en la etapa a recepcionar

PRECISIONES

Page 46: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

HAB. URBANA EJECUTADA

Page 47: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

• Sólo pueden regularizarse las Habilitaciones Urbanas que hayan sido ejecutadas hasta el 25.09.07, debiendo acreditarse con documento de fecha cierta.

• El terreno debe estar ocupado en un 50% con edificaciones de hasta 25 m2. que cuenten con cimientos, muros y techos.

HAB. URBANA EJECUTADA

• Requisitos comunes indicados en el artículo 25.• Certificado de Zonificación y Vías.• Planos (ubicación y lotización) o Resolución y planos de

Estudios preliminares y Planos de Replanteo.• Memoria Descriptiva.• Copia legalizada notarial de las minutas de transferencia de

aportes.• Declaración jurada del solicitante y responsable de obra de la

ejecución de las obras.• Plano que indique los lotes ocupados y las alturas de las

edificaciones existentes.

REQUISITOS

LEY N° 29898

Page 48: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

QUÉ SE VERIFICA:

• El cumplimiento de requisitos reglamentarios;

• La autenticidad de los documentos presentados;

• El cumplimiento de lo establecido en el Certificado de Zonificación y Vías;

• La entrega y/o redención de los aportes reglamentarios;

• El cumplimiento de las normas de diseño establecidas en el RNE; y,

• La respectiva inspección. PRECISIONES:• Las observaciones deben ser comunicadas expresamente y

por escrito al recurrente, quien podrá subsanarlas en 07 días hábiles (max.). De no subsanadas, se emitirá la Resolución denegatoria del trámite solicitado.

• El FUHU y su anexo “G” con el número de la Resolución de autorización, conjuntamente con los documentos técnicos respectivos, debidamente sellados y visados, serán entregados por duplicado al interesado para su inscripción en el Registro de Predios.

Page 49: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

LIQUIDACIÓN(2 días)

RESOLUCIÓN LICENCIA (3 días)

Sólo para obras ejecutadas hasta el 25.09.07 acreditadas con documento de fecha cierta, en terrenos ocupados al 50% (min.) y con

edificaciones de 25 m2. de área (cimientos, muros, techos).

VERIFICACIÓNADMINISTRATIVA Y

TÉCNICA (5 días)

RECEPCIÓN DELEXPEDIENTE

(MUNCIPALIDAD)

REGULARIZACIÓN DE HABILITACIÓN URBANA EJECUTADA

Conforme

Pago

Obs

erva

doNotifica

Observaciones

Subsana Observaciones

(7 días)

Se reinicia plazo

Page 50: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

HAB. URBANA DE OFICIO

Page 51: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

• Procedimiento de Oficio, mediante el cual la Municipalidad, a través de una resolución, declara habilitado predios que se encuentran registralmente calificados como rústicos y que se encuentren en zonas consolidadas (con edificaciones y servicios públicos).

• Corresponde al Propietario realizar la inscripción registral correspondiente.

DEFINICIÓN

• En la Exposición de Motivos del Proyecto de Ley N° 583-206-PE, que propició la Ley N° 29090 se indica que este procedimiento de oficio se da como solución a la gran cantidad de edificaciones sobre terrenos que se encuentran edificados y que no han sido habilitados formalmente, que cuentan con edificaciones de vivienda con más de 15 años de antigüedad, con material noble, son servicios básicos, vías de comunicación interna y acceso a vías públicas.

• Procedimiento que permitirá el saneamiento y formalización de las propiedades cuyos ocupantes adquirieron los lotes por ventas y de buena fe.

ANTECEDENTES

LEY N° 29898

Page 52: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)
Page 53: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

LICENCIA DE EDIFICACIÓN

Page 54: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

• Son actos administrativos a través de los cuales se otorga autorización para ejecución de obras.

DEFINICIÓN

• Edificación Nueva (total o por etapas)• Ampliación (incremento de área techada)• Remodelación (modificación sin incremento de área techada)• Refacción (trabajos de mejoramiento no modificación)• Acondicionamiento (adecuación de ambientes, acabados)• Puesta en Valor Histórico Monumental• Cercado (Cercos perimétricos incluye vanos permitidos)• Demolición (eliminación total o parcial)

TIPOS DE OBRAS

• Trabajos de acondicionamiento y refacción• Cercos frontales hasta 20 ml (no régimen P. Exclusiva y P. Común)

EXCEPCIONES (siempre que no se ejecuten en inmuebles del Patrimonio Cultural de la Nación)

Page 55: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

A • Vivienda Unifamiliar

(máx. 120 m2).• Ampliación Vivienda

Unifamiliar (máx. 200 m2).• Remodelación Vivienda

Unifamiliar que no afecte estructuras, áreas o usos.

• Ampliación (Obra Menor)• Cercos (> a 20 ml. no

régimen de propiedad exclusiva).

• Demolición (< a 5 pisos) sin uso de explosivos.

• Obras (obras de carácter militar, FF.AA. penitenciarios)

• NO obras patrimonio cultural

• NO obras con semisótanos y Sótanos.

B • Vivienda (Unifamiliar, Multif.,

Quinta, Condominio) hasta 5 pisos o hasta 3,000 m2.

• Cercos (régimen de propiedad exclusiva),

• Ampliación o remodelación que afecte estructuras, áreas y usos.

• Demolición parcial.• NO obras patrimonio

cultural.• SI Vivienda con

Semisótano y/o Sótano

C• Vivienda (Multifamiliar,

Quinta, Condominio) más de 5 pisos o de 3,000 m2.

• Uso Mixto con Vivienda.• Locales comerciales,

culturales y/o espectáculos hasta 30,000 m2.

• Mercados hasta 15,000 m2.• Locales espectáculos

deportivos hasta 20,000 ocupantes.

• Otros no contemplados en Modalidad A, B y D.

• SI obras patrimonio cultural

D• Edificaciones para fines

industriales• Locales comerciales,

culturales y/o espectáculos > a 30,000 m2.

• Mercados > a 15,000 m2.• Locales espectáculos

deportivos > a 20,000 ocupantes

• Locales con fines educativos, salud, hospedaje, combustibles y terminales

Usos:

Page 56: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

REQUISITOS según modalidad

A • Proyecto completo con

firmas de profesionales.

B• Proyecto completo con

firmas de profesionales.• Factibilidad de Servicios.• Plano de sostenimiento de

excavaciones.• Póliza de seguro.

C y D• Proyecto completo con

firmas de profesionales.• Factibilidad de Servicios.• Plano de sostenimiento de

excavaciones.• Póliza de seguro.• Plano de seguridad y

evacuación • Estudios de impacto

ambiental y vial• Informe Técnico favorable

de Revisores Urbanos (Modalidad “C”)

Page 57: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

APROBACIÓN según modalidad

A • Automática

B• Automática con

verificación administrativa (Licencia Temporal)

C• Verificación Previa

de la Comisión Técnica

• Verificación Previa de los Revisores Urbanos

D• Verificación Previa

de Comisión Técnica

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• Presentar requisitos comunes (art. 47) y documentación técnica (plano ubicación, planos A, E, IE, IS).

• Vivienda Unifamiliar Nueva de hasta 120 m2. puede optar por adquirir los planos del Banco de Proyectos de la Municipalidad.

• Obras menores (RNE) solo presentar Plano Ubicación y Plano de Arquitectura.

• Edificaciones de carácter militar, policial y de reclusión solo presentar Plano de Ubicación, Plano Perimétrico y descripción del proyecto.

• Demolición total (no patrimonio cultural y sin uso de explosivos) solo presentar Plano Ubicación y Plano de Arquitectura.

MODALIDAD “A”

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• La “LICENCIA TEMPORAL” sólo autoriza inicio de obras preliminares (previo al proceso de excavación) por un plazo máximo de 15 días. La Municipalidad realiza la verificación administrativa y de encontrarla conforme otorga la LICENCIA DEFINITIVA.

• Transcurrido el plazo de 15 días sin pronunciamiento de la Municipalidad, se considera otorgada la licencia definitiva.

• Las obras con sótanos, o semisótanos, o una profundidad de excavación mayor a 1.50 m y colinden con edificaciones existentes, se tramitan bajo la Modalidad “B”.

• Se exige la Póliza Car o Póliza de Responsabilidad Civil con cobertura por daños materiales y personales a terceros, según características de las obras, deben estar vigentes durante el plazo que dure la obra y se exige un día antes del inicio de los trabajos.

• La aprobación de Anteproyecto también puede considerarse en la Modalidad “B”, sujeta a verificación por parte de la Municipalidad.

MODALIDAD “B”

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• Se presentará el EIA en los casos que se requiera, de conformidad con el RNE y el SEIA.

• Se presentará el EIV en los casos que se requiera, de conformidad con el RNE y demás normas de la materia.

• Se exige la Póliza Car o Póliza de Responsabilidad Civil con cobertura por daños materiales y personales a terceros, según características de las obras.

• En caso de intervención en predios Patrimonio Cultural deberá presentar además: planos de arquitectura diferenciando los elementos arquitectónicos con valor histórico, identificando los que serán materia de restauración, reconstrucción o conservación.

• Para el caso de demoliciones de edificaciones cuya fábrica no esté inscrita o que no cuente con autorización de construcción, se presenta plano de ubicación, levantamiento de la edificación y pago de la multa.

• Con el dictamen conforme de la especialidad de Arquitectura, se puede autorizar inicio de obras bajo LICENCIA TEMPORAL, previo pago de los derechos y presentación de pólizas de seguros correspondientes.

• En caso de obtener dictamen No Conforme en alguna especialidad la Municipalidad ordenará la paralización de obras (Licencia Temporal).

• El Silencio Administrativo Positivo no es aplicable en bienes calificados Patrimonio Cultural de la Nación.

MODALIDAD “C” y “D”

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VerificaciónAdministrativa

y Técnica

El FUHU con el sello de recibido (previo pago de la liquidación) es la licencia de edificación. Desde ese momento se puede iniciar las obras

MODALIDAD “A”, “B” y “C” con Revisores Urbanos

INICIO DE OBRA

VERIFICARY SELLAR FUE

(Licencia)

ENTREGAR COPIA EXPEDIENTE(FUE sellado)

NUMERACIÓN (5 días)

RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE

(Municipalidad)

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VERIFICACIÓNTÉCNICA

SUBSANA OBSERVACIONES

(15 días)

Vencido los 25 días sin respuesta por parte de la Municipalidad, se podrá aplicar el silencio administrativo positivo comunicando el inicio de obra.

Si el administrado no paga la liquidación se PARALIZAN las obras de Licencia temporal.

INICIO DE OBRA

MODALIDAD “C” y “D” (con Comisión Técnica)

Con

form

e

No Conforme

Se reinicia plazo

LICENCIATEMPORAL

(c/Arq. aprobado)(Pago + Póliza)

LIQUIDACIÓNLICENCIA (2 y 5 días)

APROBACIÓN DEESPECIALIDADES

DICTAMEN COMISIÓN

Y NOTIFICACIÓN (20días)

PREVERIFICACIÓNY CONVOCARA COMISIÓN

(5 días)

RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE

(Municipalidad)

Conforme

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ANTEPROYECTO EN CONSULTA

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• Se considera solo para modalidades “C” y “D” con dictamen de la Comisión Técnica y para modalidad “B” sujeta a verificación por la Municipalidad.

• Tiene una vigencia de 36 meses.• Para modalidades “C” y “D” se exigirá Planos de Seguridad y

Evacuación amoblados, cuando requiera intervención de Indeci y CGBVP

• El dictamen “Conforme” del Anteproyecto no autoriza el inicio de obras.

• Los Planos del Anteproyecto con dictamen No Conforme serán devueltos, bajo cargo, al administrado, los cuales podrán ser subsanado dentro de un plazo de quince (15) días útiles.

ANTEPROYECTO

Page 65: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

ENTREGA PLANOS CON DICTAMEN

COMISIÓN TÉCNICA(5 días)

RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE

MUNCIPALIDAD

VERIFICACIÓNMUNICIPALIDAD

(3 días)

ANTEPROYECTO EN CONSULTA

Notifica Observaciones

No Con

form

e

Subsana Observaciones

(15 días)

Se reinicia plazo Con

form

e

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CONFORMIDAD DE OBRA

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• Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación se tramitan en forma simultánea.

• Solo para Viviendas Multifamiliar y a solicitud del administrado podrá otorgarse a nivel de “Casco Habitable” siempre que la edificación cuente con: tarrajeo, falso pisos y contrapisos terminados, instalaciones funcionando, aparatos sanitarios, puertas y ventanas exteriores, puerta de baño, obras exteriores y fachadas concluidas y servicios comunes en servicio y uso.

• Si en la inspección se constatase una mayor área de construcción ó modificaciones y si estas cumplen con los parámetros urbanísticos y edificatorios vigentes, deberá solicitarse la Conformidad de Obra con Variaciones.

CONFORMIDAD DE OBRA

Page 68: 2A Ley N° 29090 (Mesa de Trabajo)

• Previa verificación municipal el expediente será remitido a la Comisión Técnica.

• De ser conforme la Municipalidad efectuará liquidación de derechos adicionales, no se aplicarán multas, moras o intereses.

• De constatarse que los planos de replanteo no coinciden con la realidad física, la municipalidad notificará observaciones, que deberán ser subsanadas dentro del plazo de vigencia de la licencia.

• De vencer la licencia sin que se hubiesen subsanado las observaciones ó de existir transgresiones a las normas ó estructuras que no cumplen con requisitos mínimos de estabilidad y seguridad, se aplicarán las sanciones sin perjuicio de corregir la obra o demoler.

• Debe presentarse planos de replanteo y carta de autorización del proyectista original sobre los cambios.

CONFORMIDAD DE OBRA CON VARIACIONES

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SELLA PLANOSDEC. EDIFICACIÓN

Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación se tramitan en forma simultánea

CONFORMIDAD DE OBRA

RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE (Municipalidad)

VERIFICACIÓN EINSPECCIÓN

(5 días)

CONFORMIDAD DE OBRA (sin variaciones)

Sin variaciones

Tramitar ConformidadDe Obras

con Variaciones

Varia

cion

esre

glam

enta

rias

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INSCRIPCIÓNREGISTRAL

Vencido los 11 días, sin respuesta por parte de la Municipalidad, se podrá aplicar el silencio administrativo positivo

CONFORMIDAD DE OBRA (con variaciones)

INSPECCIÓN VERIFICACIÓN

E INFORME(5 días)

ANEXARPLANOS

DEC. EDIFICACIÓN

Con

form

e

No co

nfor

me

LICENCIA CONF. DE OBRA

DEC. EDIFICACIÓN(1 día)

Notifica Observaciones

(10 días)

Subsana Observaciones

(dentro plazo lic.)

Sanciones

No subsana en plazo lic.

Modif. antirre

glamentarias

DEMOLICIÓN

COMISIÓN(5 días)

RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE(Municipalidad)

PAGO DERECHOS ADICIONALES

(sin multas)

INSPECCIÓN VERIFICACIÓN

E INFORME(5 días)

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REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES

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• Para edificaciones construidas sin licencias entre 20.08.99 y 25.09.07.

• Deben cumplir con normas urbanísticas, edificatorias y de protección del patrimonio histórico.

• Que no se hayan construido sobre terrenos que hayan sido materia de formalización (COFOPRI) o que sean objeto del saneamiento físico legal (Ley N° 28687).

REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES

• La Municipalidad verificará que se cumpla con parámetros urbanísticos y edificatorios aplicables al inmueble en la fecha de ejecución de las obras.

• Se puede aplicar parámetros vigentes en lo que favorezca a la edificación a regularizar.

• Si la verificación es conforme se emitirá la resolución previo pago de multa.

• Si la verificación es no conforme se emitirá la resolución procediéndose conforme a Ley.

PRECISIONES

LEY N° 29898

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Aquellas edificaciones no regularizadas al 31.12.10 serán demolidas por la Municipalidad conforme al art. 93 de la LOM

REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES

RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE(Municipalidad)

VERIFICACIÓN DEL PROYECTO

EMISIÓN DE RESOLUCION

LIQUIDACIÓN yLICENCIA

(Pago de Multa 10%)

Con

form

eNo conforme

SANCIONES

EMISIÓN DE RESOLUCION

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PÓLIZAS DE SEGURO

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO

POLIZA CAR (Todo riesgo contratista)

SEGURO DE ACCIDENTES CONTRA TERCEROS

(según características de la obra, con cobertura por daños)

• Exigida un día antes del inicio de las obras• Póliza vigente durante toda la obra,

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www.vivienda.gob.pe/Ley29090/ley29090.html

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GRACIAS

www.vivienda.gob.pe/Ley29090/ley29090.html

Arq. HAYDEE YONG [email protected]