240-hcd-2016 proyecto comunicación sobre obstruccion de la vía pública en la calle lamadrid

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Page 1: 240-HCD-2016 Proyecto Comunicación sobre obstruccion de la vía pública en la calle Lamadrid

San Isidro, 21 de Junio 2016

AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ISIDRO

VISTO:

Los reclamos recibidos por este bloque de vecinos del distrito por la

obstrucción de la vereda en la calle Lamadrid en su intercepción con Drago y

Céspedes de la localidad de Villa Adelina, y;

CONSIDERANDO:

Que en diversas oportunidades vecinos de la zona se han acercado a

nuestro bloque (ver Anexo I) a los efectos de reclamar un obstrucción e invasión

de la vereda por parte de carteles para construcción en la calle Lamadrid en su

intercepción con Drago y Céspedes en la localidad de Villa Adelina.

Que la situación actual de dicha calle es un gran perjuicio para todos los

vecinos que transitan y viven en la zona.

Que las obstrucciones en las veredas desencadenan situaciones de

peligrosidad para los vecinos que transitan diariamente por esas calles, ya que al

verse imposibilitada la libre circulación se ven obligados a transitar por la vía

publica exponiéndose a la posilibidad de sufrir un accidente automovilístico.

Que debe ser una prioridad garantizar condiciones de urbanización

igualitaria para el conjunto de la comunidad del distrito a través de obras públicas

que procuren siempre una mejor calidad de vida para los vecinos.

Que por todo lo expuesto el Bloque Partido Justicialista - Frente para la

Victoria de San Isidro propone el tratamiento y sanción del siguiente proyecto de:

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COMUNICACIÓN:

Artículo 1o.- El Honorable Concejo Deliberante de San Isidro solicita al

Departamento Ejecutivo arbitre las medidas necesarias para evitar la obstrucción

de la vía pública ubicada en la calle Lamadrid en su intercepción con Drago y

Céspedes en la localidad de Villa Adelina.

Articulo 2o.- Así mismo se solicita al D.E. la colocación de cartelera que explique

la prohibición y las multas correspondientes ante la acción de obstrucción y/o

invasión de la vía publica.

Articulo 3°.- De forma

Leandro PRESIDENTE

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ANEXO I

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