2.2. elton ferreira la actuación del inpi en la interfaz entre pi y competencia en brasil
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Foro de Propiedad Intelectual y Competencia El IEPI junto con miembros de la OMPI y SCPM en el 18voSeminarioPITRANSCRIPT
IEPI SCPM OMPI
Foro Internacional Propiedad Intelectual y Compentecia
La actuacion del INPI em la interface entre PI y Competencia en Brasil: la construcción de un modelo de interés publico
Ecuador, Guayaquil, 23-24 octubre de 2013
GUIÓN
1. RESUMEN ESCENARIO LEGAL DE LA INTERFAZ ENTRE PI Y LA COMPETENCIA
1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)
1.2 Escenario Legal – PI (INPI)
1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE)
1.4 Interfaz
1.5 Case
2. INPI - LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DE INTERÉS PUBLICO
3. INTERFAZ (PERSPECTIVAS)
GUIÓN
1. RESUMEN ESCENARIO LEGAL DE LA INTERFAZ ENTRE PI Y LA COMPETENCIA
1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)
1.2 Escenario Legal – PI (INPI)
1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE)
1.4 Interfaz
2. INPI - LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DE INTERÉS PUBLICO
3. CONSIDERACIONES FINALES
1. Escenario Legal de la Interfaz entre PI y la Competencia
CONSTITUCIÓN FEDERAL (1988)
CONSTITUCIÓN FEDERAL (1988)
Art. 5º. XXIX - La ley debe garantizar a los autores de inventos industriales el privilegio temporal para su uso y la protección de las creaciones industriales, de propiedad de las marcas comerciales, nombres de empresas y otros signos distintivos, en vista de los intereses de la sociedad y el desarrollo tecnológico y económico del país;
Artículo 170. El orden económico, fundado en el valor del trabajo humano y la libre empresa, es garantizar una existencia digna a todos, de acuerdo con los dictados de la justicia social, sobre las siguientes bases: I - la soberanía nacional; II - la propiedad privada; III - la función social de la propiedad; IV - la libre competencia; V - la protección del consumidor; (...) Parágrafo Único. Se garantiza a todos el libre ejercicio de cualquier actividad económica, con independencia de la autorización de los organismos gubernamentales, salvo en los casos previstos por la ley.
Artículo 173. § 4 - La ley reprimirá el abuso del poder económico que tiene
como objetivo la dominación de los mercados, la eliminación de la
competencia y el aumento arbitrario de los beneficios.
CONSTITUCIÓN FEDERAL (1988)
Art. 5º. XXIX - La ley debe garantizar a los autores de inventos industriales el privilegio temporal para su uso y la protección de las creaciones industriales, de propiedad de las marcas comerciales, nombres de empresas y otros signos distintivos, en vista de los intereses de la sociedad y el desarrollo tecnológico y económico del país;
1. Escenario Legal de la Interfaz entre PI y la Competencia
INPI
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPRIEDAD INDUSTRIAL
1970 Ley 5.648
1971 Ley 5.772
1996 Ley 9.279
2010 Decreto 7.356
CADE
CONSEJO ADMINISTRATIVO DE DEFENSA ECONÓMICA
1962 Ley 4.137
1994 Ley 8.884
2011 Ley 12.529
Nueva estructura
regimental se establece el CEDPI, entre otros
Estructura el Sistema Brasileño
de Defensa de la Competencia
1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)
CADE (Ley 4.137/1962 ) CONSEJO ADMINISTRATIVO DE DEFENSA ECONÓMICA
[Ministerio de Justicia]
1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)
INPI (Ley 5.648/1970) INSTITUTO NACIONAL
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL [Ministerio de Desarrollo, Industria y
Comercio Exterior]
CADE (Ley 4.137/1962 ) CONSEJO ADMINISTRATIVO DE DEFENSA ECONÓMICA
[Ministerio de Justicia]
1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)
INPI (Ley 5.648/1970) INSTITUTO NACIONAL
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL [Ministerio de Desarrollo, Industria y
Comercio Exterior]
CADE (Ley 4.137/1962 ) CONSEJO ADMINISTRATIVO DE DEFENSA ECONÓMICA
[Ministerio de Justicia]
1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)
SISTEMA BRASILEÑO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA SBDC
ANTES ( un concepto)
CADE - Consejo Administrativo de Defensa Económica - dependiente del Ministerio de Justicia SDE - Secretaría de Derecho Económico del Ministerio de Justicia SEAE - Secretaría de Acompañamiento Económico del Ministerio de Economía
1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE)
SISTEMA BRASILEÑO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA SBDC
ANTES ( un concepto)
CADE - Consejo Administrativo de Defensa Económica - dependiente del Ministerio de Justicia SDE - Secretaría de Derecho Económico del Ministerio de Justicia SEAE - Secretaría de Acompañamiento Económico del Ministerio de Economía
ACTUALMENTE
(estructurado por la ley 12.529/2011 “Ley del Super CADE”)
CADE - Consejo Administrativo de
Defensa Económica - dependiente del
Ministerio de Justicia
SEAE - Secretaría de
Acompañamiento Económico del
Ministerio de Economía
1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE)
SISTEMA BRASILEÑO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA SBDC
ANTES ( un concepto)
CADE - Consejo Administrativo de Defensa Económica - dependiente del Ministerio de Justicia SDE - Secretaría de Derecho Económico del Ministerio de Justicia SEAE - Secretaría de Acompañamiento Económico del Ministerio de Economía
ACTUALMENTE
(estructurado por la ley 12.529/2011 “Ley del Super CADE”)
CADE - Consejo Administrativo de
Defensa Económica - dependiente del
Ministerio de Justicia
SEAE - Secretaría de
Acompañamiento Económico del
Ministerio de Economía
1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE)
Fuente: www.cade.gov.br (11/10/12)
DECIDE
INSTRUYE
ESTUDIOS Y OPINIONES ECONÓMICAS
Fuente: www.cade.gov.br (11/10/12)
DECIDE
INSTRUYE
ESTUDIOS Y OPINIONES ECONÓMICAS
Cambio – CVM (Ministerio Hacienda) Fusión - DNRC (Ministerio Desarrollo) 400 millones de reales 30 millones de reales
1.4 Interfaz TÍTULO VI CAPÍTULO II – (Art.24)VI - Cualquier otro acto o medida necesaria para eliminar los efectos perjudiciales del orden económico.
Ley 8.884/ 1994
1.4 Interfaz
TÍTULO V -INFRACCIONES DE ORDEN ECONÓMICO CAPÍTULO II – INFRACCIONES Artículo (20) . Constituir infracción de la orden económico, independientemente de la culpa, las acciones de cualquier clase, que tienen por objeto o pueda producir los efectos siguientes, aunque no se logró: XIV - acaparamiento o prevenir la exploración de los derechos de propiedad industrial o intelectual o de tecnología; CAPÍTULO III - PLUMAS Artículo (24) . Sin perjuicio de las sanciones previstas en el art. 37 de la presente Ley, así como requerir la gravedad de los hechos o el interés público, podrá imponer las siguientes sanciones, en forma individual o en conjunto:
Ley 8.884/ 1994
1.4 Interfaz
TÍTULO V -INFRACCIONES DE ORDEN ECONÓMICO CAPÍTULO II – INFRACCIONES Artículo (20) 36. Constituir infracción de la orden económico, independientemente de la culpa, las acciones de cualquier clase, que tienen por objeto o pueda producir los efectos siguientes, aunque no se logró: XIV - acaparamiento o prevenir la exploración de los derechos de propiedad industrial o intelectual o de tecnología;
XX - el ejercicio o abusiva exploración de los derechos de propiedad
industrial, intelectual, tecnología o marca. CAPÍTULO III - PLUMAS Artículo (24) 38. Sin perjuicio de las sanciones previstas en el art. 37 de la presente Ley, así como requerir la gravedad de los hechos o el interés público, podrá imponer las siguientes sanciones, en forma individual o en conjunto:
a) conceder licencias obligatorias de derecho propiedad intelectual propiedad del delincuente cuando el delito está relacionado con el uso de ese derecho;
Ley 8.884/ 1994
Ley 12.529 / 2011
1.4 Interfaz TÍTULO VI DE VARIAS ESPECIES DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO CAPÍTULO II - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN EL CONTROL DE LOS ACTOS DE CONCENTRACIÓN ECONÓMICA Sección II - Procedimiento Administrativo ante el Tribunal Artículo 61. En el juicio de la solicitud de aprobación de la fusión económica, el Tribunal podrá aprobarlo en su totalidad, rechazarla o aprobarla parcialmente, en cuyo caso determinará las restricciones que deben cumplirse como condición para la validez y eficacia del acto. § 1 El Tribunal determinará las restricciones aplicables a mitigar los posibles efectos negativos de la concentración sobre los mercados afectados. § 2 Las restricciones mencionadas en el § 1 de este artículo son:
V - concesión obligatoria de licencias de derechos de propiedad
intelectual; y (…) (Art.24)VI - Cualquier otro acto o medida necesaria para eliminar los efectos perjudiciales del orden económico.
Ley 12.529 / 2011 Ley 8.884/ 1994
2. INPI - LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DE INTERÉS PUBLICO
2. INPI - LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DE INTERÉS PUBLICO
Edifício sede do INPI (Sec. XXI e Década de 30 do Sec. XX)
Propriedad
Industrial :
Derechos de Autor :
Art. 5º inciso XIX Constitución Federal (1988) Concesión de Patentes (Invención y Modelos de Utilidad),
Registro de Marcas, Dibujos y Modelos Industriales,
Indicaciones Geográficas (Ley 9.279/96)
Art. 5º inciso XVII Constitución Federal (1988)
Músicas, Obras de Artes, Obras Literárias (Ley 9.610/98), Programas de Computador (Ley 9.609/98)
sui generis:
Cultivares (Ley 9.456/97), Circuitos Integrados (Ley 11.484/07)
Células Madre, Transgénicos (Ley de Bioseguridad, 11.105/05),
Conocimientos Tradicionales (Medida Provisional 2186-16/01)
Propiedad Intelectual
2.1 Escenario Legal – PI (Registro en INPI)
Decreto 7.356 (2010)
Nueva Estructura
Regimental se establece el CEDPI, entre otros (Decreto nº 7.356/10)
DCCON
División de Lucha contra la Competencia
Desleal y la Falsificación
DPREC División de Promoción de las Resoluciones de Conflictos
CENTRO DE DEFESA
DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL
PRESIDÊNCIA DO INPI
EJES Mediación Competencia Falsificación
Nueva Estructura
Regimental se establece el CEDPI, entre otros (Decreto nº 7.356/10)
DCCON
División de Lucha contra la Competencia
Desleal y la Falsificación
DPREC División de Promoción de las Resoluciones de Conflictos
CENTRO DE DEFESA
DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL
PRESIDÊNCIA DO INPI
EJES Mediación Competencia Falsificación
Nueva Estructura Regimental se
establece el CEDPI, entre otros (Decreto nº 7.356/10)
REGIMIENTO INTERNO V - el trabajo con las agencias del Gobierno , que participan en la promoción de exportaciones y la protección del comercio exterior, en lo que respecta a la lucha contra violaciónes de los derechos de propiedad intelectual - del competencia del INPI y V - realizar análisis y estudios sobre las relaciones y las interfaces entre la propiedad intelectual y los actos relacionados con el abuso del poder económico y otras actividades que le confiere;
DCCON
División de Lucha contra la Competencia Desleal y la Falsificación
Misión Apoyar a losórganos e instituciones directamente responsables de atender las prácticas de falsificación y anti - competitiva , el empresario y la sociedad que sufre las consecuencias de los crímenes y las prácticas desleales en ela PI .
Visión Consolidar la toma de fuerza como una referencia para la oficina nacional de propiedad intelectual para actuaren sinergia con elgobierno y la sociedad en la lucha contra la falsificación y la competencia desleal.
Valores (directrices)
La prevalenciadel interés público ; El desarrollo social, tecnológico y económico , y La colaboraciona internacional del combate de los ilícitos en la PI.
EJES
Econômico Educativo Represivo
DCCON División de Lucha contra la Competencia Desleal
y la Falsificación
Competencia
( política de competencia )
Contrafacciones
(Falsificaciones)
SBDC Defesa de la
Competencia
AGU, MP y el Poder Judicial
Competencia Desleal (stricto sensu)
CNCP-MJ e Estados Estado
Emprendedor ( Asociaciones , Federaciones Industriales,
Universidades )
Sociedad Civil
OBJETO
ALCANCE
ESTRUCTURA DE
ACIONES PROGRAMAS
Impacto de los
actos de
concentración en
ela PI y otros
acompañamientos
Directório
Nacional de Lucha
contra la
Falsificación
Cursos para las
Autoridades Públicas y
la Sociedad
Red de Expertos para la Buena Práctica Pública
EIXOS de AÇÃO
Econômico Educativo Repressivo
DCCON Divisão de Combate à Concorrência Desleal e à Contrafação
PROGRAMAS
Impacto de Atos de
Concentração na PI
e Outros
Acompanhamentos
Diretório de Combate
à Falsificação
Cursos para
Autoridades Públicas
e Sociedade
Rede de
Especialistas para
as Boas Práticas
Públicas
Ação 02 – Impacto de AC en PI (Protótipo)
Data de Fusión:
2º/ 2011 Marcas Patentes Otros Regs.
N de Facturación
Operación Registro Pedido Registro Pedido Registro Pedido Empleados US$ mil
Empresa XPTO 50 7 3 4 0 0 1 a 10 até 1
Después de la fusión : 2012 51 10 3 4 0 0 10 a 50 1 a 10
Después de la fusión: 2013 55 8 4 3 0 0 50-100 10 a 50
Después de la fusión: 2014 59 7 4 3 0 2 > 100 50-100
Impacto de los
actos de
concentración en
ela PI y otros
acompañamientos
Fonte: Relatório Final CPI da Pirataria (2004)
Ação 05 – Casos Judiciales (modelo exemplificativo)
Impacto de los
actos de
concentración en
ela PI y otros
acompañamientos
Fonte: Banco Mundial / Fundo Monetário Internacional / MDIC / Desenvolvimento Próprio (INPI/cedpi-dccon )
COMERCIO EXTERIOR EM BILHOES US$ (2011)
Ação 06 – Otros Acompanamientos e Estudos
Impacto de los
actos de
concentración en
ela PI y otros
acompañamientos
3. CONSIDERACIONES FINALES
OBSOLESCENCIA PROGRAMADA – Bernard London “CORRIDA ARMAMENTISTA DE PATENTES”- Laymert Garcia dos Santos SHAM LITIGATION
Fuente: http://www.convergencealimentaire.info/
MUCHAS GRACIAS!
Rua Mayrink Veiga, nº 9, 2º andar – Centro Rio de Janeiro – RJ / e-mail: [email protected] Tel: (21) 3037-3982
► Pedro Areas Burlandy – Jefe del CEDPI
Daniela Câmara - Jefe Substituta (DCCON)
Jaqueline Amado (Secretária)
► Cristóvam Kubrusly – Jefe del DPREC
Mariana Veras - Jefe Substituta
► Elton Ferreira Barbosa – Jefe del DCCON
Raphael Weine – Analista em PI
Equipe CEDPI
Jorge de Paula Costa Ávila – Presidente del INPI
Elton Ferreira Barbosa
Jefe de la División de Lucha contra la Competencia Desleal y la Falsificación
Fonte: INPI (Desenvolvido por CEDPI-DCCON)
Ações 07-09
Total: 306
Total: 738
1.500
306
68
187
60
235
868
50
250
Total: 2.368
560
173
23
(início do CEDPI) 2011 2012 Aug-13
Ação Global - Rede Globo e Sistema S(FIRJAN)
Diálogos com Autoridades Públicas(FIESP-RFB)
Ciclo de Capacitação no Combate àPirataria (FIRJAN-IBDC)
Conferência Internacional de Combateà Pirataria (FIRJAN-IBDC)
Capacitação de Agentes Públicos(CNCP)
Diálogos com o Poder Judiciário(FIESP-TRFs)
Cursos para las
Autoridades
Públicas y la
Sociedad
MÉTODO DE PLANEJAMENTO ESTRATÉGICO: POLÍTICA PÚBLICA “DIRETÓRIO NACIONAL DE COMBATE À
FALSIFICAÇÃO DE MARCAS”
Fonte: INPI (Desenvolvido por CEDPI-DCCON)
Diretório de
Combate à
Falsificação
Ações 10-15
DIRETÓRIO NACIONAL DE COMBATE À FALSIFICAÇÃO DE MARCAS
Objeto e Escopo Sistema de informação disponibilizado para Instituições Públicas com Poder de Policia Objetivo Principal Otimizar os procedimentos fiscais e administrativos nos casos em que houver indícios de contrafação, através de um acesso exclusivo às bases de dados do INPI, incluso um cadastro específico de representantes de marcas*, por seguimento de atividade, para atuar com: 1. Perícia 2. Aduana 3. Polícia * Não se confunde com o cadastro de agentes da PI do INPI Meta Dez 2013 (piloto) Jun 2014 (presente nos 12 Estados sedes da Copa do Mundo) Custo de implantação Sem custos (recursos humanos e infra INPI)
Conectar Agentes Públicos dos Principais
Aeroportos e Portos
Fonte: CNCP e INPI (Desenvolvido por CEDPI-
DCCON)
PROJETO
DIRETÓRIO NACIONAL DE COMBATE À FALSIFICAÇÃO DE MARCAS
Objeto e Escopo Sistema de informação disponibilizado para Instituições Públicas com Poder de Polícia. Objetivo Principal Otimizar os procedimentos fiscais e administrativos nos casos em que houver indícios de contrafação, através de um acesso exclusivo às bases de dados do INPI, incluso um cadastro específico de representantes de marcas*, por seguimento de atividade, para atuar com: 1. Perícia 2. Aduana 3. Polícia * Não se confunde com o cadastro de agentes da PI do INPI Meta Dez 2013 (piloto) Jun 2014 (presente nos 12 Estados sedes da Copa do Mundo) Custo de implantação Sem custos (recursos humanos e infra INPI)
Fonte: CNCP e INPI (Desenvolvido por CEDPI-
DCCON)
PROJETO
Conectar Agentes Públicos
DIRETÓRIO NACIONAL DE COMBATE À FALSIFICAÇÃO DE MARCAS
Objeto e Escopo Sistema de informação disponibilizado para Instituições Públicas com Poder de Polícia Objetivo Principal Otimizar os procedimentos fiscais e administrativos nos casos em que houver indícios de contrafação, através de um acesso exclusivo às bases de dados do INPI, incluso um cadastro específico de representantes de marcas*, por seguimento de atividade, para atuar com: 1. Perícia 2. Aduana 3. Polícia * Não se confunde com o cadastro de agentes da PI do INPI Meta Dez 2013 (piloto) Jun 2014 (presente nos 12 Estados sedes da Copa do Mundo) Custo de implantação Sem custos (recursos humanos e infra INPI)
Fonte: CNCP e INPI (Desenvolvido por CEDPI-
DCCON)
PROJETO
Conectar Agentes Públicos