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diputación de burgos bopbur.diputaciondeburgos.es D.L.: BU - 1 - 1958 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS Oficina Territorial de Trabajo Convenio Colectivo para la actividad de Transportes por Carretera, Garajes y Aparcamientos de Burgos y provincia 5 Servicio Territorial de Medio Ambiente Prórroga del coto de caza BU-10.650 de Royuela de Río Franco (Burgos) 50 Prórroga del coto de caza BU-10.804 de Villafruela y Lerma (Burgos) 51 Prórroga del coto de caza BU-11.012 de Ibeas de Juarros (Burgos) 52 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS SECCIÓN DE CONTRATACIÓN Y JUNTA DE COMPRAS Formalización del contrato de suministro de vehículos y maquinaria con destino al Parque de Vías y Obras 53 SERVICIO DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y RECAUDACIÓN Notificación de la resolución del recurso de prescripción de varias deudas de naturaleza tributaria 55 AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO GESTIÓN DE MULTAS - POLICÍA LOCAL Notificación de resoluciones 56 GESTIÓN TRIBUTARIA Citación a los interesados para ser notificados por comparecencia 58 INSPECCIÓN TRIBUTARIA Citación a los interesados para ser notificados por comparecencia 59 C.V.E.: BOPBUR-2014-083 núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014 e de la provincia boletín oficial sumario –1– burgos

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II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓNDELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

Oficina Territorial de TrabajoConvenio Colectivo para la actividad de Transportes por Carretera, Garajesy Aparcamientos de Burgos y provincia 5

Servicio Territorial de Medio AmbientePrórroga del coto de caza BU-10.650 de Royuela de Río Franco (Burgos) 50

Prórroga del coto de caza BU-10.804 de Vi llafruela y Lerma (Burgos) 51

Prórroga del coto de caza BU-11.012 de Ibeas de Juarros (Burgos) 52

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOSSECCIÓN DE CONTRATACIÓN Y JUNTA DE COMPRAS

Formalización del contrato de suministro de vehículos y maquinaria con destino al Parque de Vías y Obras 53

SERVICIO DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y RECAUDACIÓN

Notificación de la resolución del recurso de prescripción de varias deudasde naturaleza tributar ia 55

AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUEROGESTIÓN DE MULTAS - POLICÍA LOCAL

Notificación de resoluciones 56

GESTIÓN TRIBUTARIA

Citación a los interesados para ser notif icados por comparecencia 58

INSPECCIÓN TRIBUTARIA

Citación a los interesados para ser notif icados por comparecencia 59

C.V.E.: BOPBUR-2014-083

núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014ede la provincia

boletín oficial

sumario

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AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERORECAUDACIÓN

Notificación de providencia de apremio de diversos deudores 60

AYUNTAMIENTO DE BURGOSGERENCIA MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES, JUVENTUDE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

Notificación por comparecencia 72

ÓRGANO DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y DE TESORERÍA

Servicio Municipal de RecaudaciónCitaciones para ser notif icados por comparecencia 74

TributosNotificación por comparecencia 76

AYUNTAMIENTO DE CARDEÑAJIMENOAprobación definitiva del presupuesto general para el ejercicio de 2013 77

AYUNTAMIENTO DE MERINDAD DE MONTIJANotificación para proceder a la revisión del Padrón Municipal de Habitantesy verificación de los resúmenes anuales por posible inscripción indebidao por caducidad de sus inscripciones 79

AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE EBROSERVICIO DE TRIBUTOS

Citación por comparecencia a deudores 80

AYUNTAMIENTO DE MONTORIOAprobación definitiva del presupuesto general para el ejercicio de 2014 84

AYUNTAMIENTO DE RÁBANOSAprobación definitiva del presupuesto general para el ejercicio de 2014 85

AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DEL VALLE URBIÓNAprobación definitiva del presupuesto general para el ejercicio de 2014 86

AYUNTAMIENTO DE VALMALAAprobación definitiva del presupuesto general para el ejercicio de 2014 87

AYUNTAMIENTO DE VILLARCAYO DE MERINDADDE CASTILLA LA VIEJANotificación de l iquidaciones del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana a diversos deudores 88

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JUNTA VECINAL DE ALARCIAAprobación definitiva del presupuesto general para el ejercicio de 2014 91

JUNTA VECINAL DE AVELLANOSA DEL PÁRAMOCuenta general del ejercicio de 2013 92

JUNTA VECINAL DE BERCEDOAprobación inicial del expediente de modificación presupuestaria número uno para el ejercicio de 2013 93

JUNTA VECINAL DE CORNEJO DE SOTOSCUEVAOrdenanza reguladora de la concesión de ayudas para el pago de la tasade saneamiento 94

Aprobación inicial del expediente de modificación presupuestaria número uno para el ejercicio de 2013 97

JUNTA VECINAL DE MAHALLOSCuenta general del ejercicio de 2009-2010 98

JUNTA VECINAL DE MASACuenta general del ejercicio de 2013 99

JUNTA VECINAL DE QUINTANILLA DE LAS VIÑASCuenta general del ejercicio de 2013 100

JUNTA VECINAL DE RÁBANOSAprobación definitiva del presupuesto general para el ejercicio de 2014 101

JUNTA VECINAL DE TEZA DE LOSASubasta pública para el arrendamiento del aprovechamiento cinegéticodel M.U.P. n.º 449 «Mandagua y La Tejera» 102

JUNTA VECINAL DE VILLAHERNANDOCuenta general del ejercicio de 2013 103

JUNTA VECINAL DE VILLAHIZÁN DE TREVIÑOCuenta general del ejercicio de 2013 104

JUNTA VECINAL DE VILLALIBADOCuenta general del ejercicio de 2013 105

MANCOMUNIDAD NORTE TRUEBA JEREAAdjudicación provisional del contrato de suministro de una desbrozadora 106

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE BURGOSProcedimiento ordinario 1414/2013 107

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOSDE VILLARCAYO DE MERINDAD DE CASTILLA LA VIEJAExpediente de dominio. Reanudación del tracto 50/2014 109

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C.V.E.: BOPBUR-2014-02999

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II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓNDELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

Oficina Territorial de Trabajo

Resolución de fecha 10 de abril de 2014 del Jefe de la Oficina Territorial de Trabajode Burgos, por la que se dispone el registro y publicación del Convenio Colectivo deTrabajo para la actividad de Transportes por Carretera, Garajes y Aparcamientos de Burgosy provincia (C.C. 09000625011981).

Visto el texto del Convenio Colectivo de Trabajo para la actividad de Transportespor Carretera, Garajes y Aparcamientos de Burgos y provincia suscrito, de una parte, porla representación de los empresarios y de otra, por los representantes de los trabajadoresdel sector, el día 3 de abril de 2014, presentado en esta Oficina Territorial de Trabajo, pormedios electrónicos, el día 9 de abril de 2014, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 90.2 y 3 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, que aprueba el textorefundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en redacción dada por la Ley 3/2012de 6 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, R.D. 713/2010,de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo(BOE 12/06/2010), R.D. 831/95 de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios dela Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de Trabajo yOrden de 21 de noviembre de 1996 (BOCYL 22/11/1996) de las Consejerías de Presidenciay Administración Territorial y de Industria, Comercio y Turismo, por la que se definen lasfunciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo.

Esta Oficina Territorial de Trabajo acuerda:

Primero: Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de este Organismo,con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos.

Burgos, 10 de abril de 2014.

El Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo,Antonio Corbí Echevarrieta

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CONVENIO COLECTIVO PARA LA ACTIVIDAD DE «TRANSPORTES POR CARRETERA, GARAJES Y APARCAMIENTOS» DE BURGOS Y SU PROVINCIA

CAPÍTULO I. – DISPOSICIONES GENERALES

SECCIÓN 1.ª – PARTES CONTRATANTES, ÁMBITO FUNCIONAL, TERRITORIAL, PERSONAL Y TEMPORAL.

Artículo 1. – Partes contratantes.

El presente Convenio Colectivo se concierta entre los representantes de lostrabajadores pertenecientes a los Sindicatos de CC.OO. y U.G.T. y los representantes de losempresarios pertenecientes a la Asociación Provincial de Autobuses de Viajeros de Burgos(ASVIBUR), a la Asociación Provincial de Empresarios de Servicio Discrecional de Viajerospor Carretera de la provincia de Burgos (ADIBUR) y a la Asociación Provincial deEmpresarios de Transportes Discrecionales de Mercancías (ASEBUTRA).

Artículo 2. – Ámbito funcional.

1. Los preceptos de este Convenio Colectivo serán de aplicación a la actividad deltransporte por carretera de mercancías, viajeros y garajes y aparcamientos.

2. Las empresas de transporte de mercancías por carretera estarán, en las materiasno recogidas en este Convenio, a lo establecido en el «Acuerdo General para las Empresasde Transporte de Mercancías por Carretera (Código de Convenio número 99012735011900)».

3. Las empresas de transporte de viajeros por carretera estarán, en las materias norecogidas en este Convenio, a lo establecido en el «Laudo arbitral de sustitución de laordenanza laboral de transporte por carretera para las empresas de viajeros por carretera»(Laudo dictado en Madrid el 24 de noviembre de 2000 y publicado en el Boletín Oficial delEstado el 24 de febrero de 2001).

4. Las empresas de garajes y aparcamientos estarán, en las materias no recogidas eneste Convenio, a lo establecido en el vigente «Convenio Colectivo General de Ámbito Nacionalpara el Sector de Aparcamientos y Garajes (Código de Convenio n.º 99011445011900)».

Artículo 3. – Ámbito territorial.

Los preceptos de este Convenio Colectivo serán aplicables a las empresas quedesarrollen las actividades del artículo segundo y cuyos centros de trabajo radiquen enBurgos y provincia, aun cuando las empresas tuvieran su domicilio social en otro lugar.

Artículo 4. – Ámbito personal.

Las cláusulas de este Convenio obligan a la totalidad de empresarios y trabajadoresque desarrollan una actividad o prestan sus servicios en empresas afectadas por losámbitos funcional y territorial referidos en los artículos segundo y tercero de este Convenio.

Artículo 5. – Ámbito temporal.

1. El Convenio entrará en vigor el día 1 de enero de 2013 y finalizará el 31 dediciembre de 2016.

2. Se entenderá denunciado a su vencimiento, salvo pacto en contrario.

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SECCIÓN 2.ª – COMPENSACIÓN Y ABSORCIÓN.

Artículo 6. – Compensación y absorción.

Todas las mejoras que se fijen en este Convenio sobre las estrictamentereglamentarias podrán ser absorbidas y compensadas en cómputo anual, hasta dondealcancen, por las retribuciones voluntarias de cualquier clase que tuvieran establecidaslas empresas, así como por los incrementos futuros de carácter legal que se impongan.

Artículo 7. – Garantía «ad personam».

Se respetarán las situaciones personales que con carácter global excedan delpresente pacto, manteniéndose estrictamente «ad personam».

SECCIÓN 3.ª – COMISIÓN PARITARIA Y CLÁUSULA DE DESCUELGUE.

Artículo 8. – Comisión Paritaria.

1. Se crea la Comisión Paritaria del Convenio como órgano de interpretación, arbitraje,conciliación y vigilancia del cumplimiento del mismo, así como todas aquellas cuestionesestablecidas en la Ley y cuantas otras le sean atribuidas, incluido el sometimiento de lasdiscrepancias producidas en su seno a los sistemas no judiciales de solución de conflictosestablecidos mediante los acuerdos interprofesionales de ámbito estatal o autonómicoprevistos en el artículo 83 del Estatuto de los Trabajadores.

2. La Comisión Paritaria tiene su sede social en la de ASVIBUR, ADIBUR YASEBUTRA.

3. La Comisión Paritaria estará integrada por la representación de los trabajadores,designados por CC.OO. y U.G.T., y por los representantes de los empresarios, designadospor las Asociaciones ASVIBUR, ADIBUR y ASEBUTRA.

Una vez planteada la cuestión por escrito a esta Comisión, la misma procurarácelebrar su reunión en un plazo de siete días. Transcurrido el mismo sin haberse reunidoo resuelto, salvo acuerdo de la propia Comisión ampliando el plazo, cualquiera de laspartes implicada en la cuestión dará por intentada la misma, sin acuerdo.

4. Los firmantes del presente Convenio Colectivo se comprometen a denunciaraquellos posibles incumplimientos ante esta Comisión Paritaria, la cual adoptará lasmedidas que considere oportunas en cada caso.

5. Las decisiones que esta Comisión Paritaria pueda tomar respecto a lasdiscrepancias que le pudieren plantear en materia de horas de presencia, conforme seestablece en el artículo 14 de este Convenio, serán vinculantes y de obligado cumplimientopara las partes.

Artículo 9. – Cláusula de descuelgue o inaplicación de Convenio Colectivo.

Para la inaplicación del Convenio Colectivo se estará a lo establecido en el artículo82.3 del Estatuto de los Trabajadores. Bien entendido que, en los casos de discrepanciasque puedan surgir para la no aplicación, la referencia se hace a la adaptación del AcuerdoInterprofesional sobre Procedimientos de Solución Autónoma de Conflictos Laborales deCastilla y León (ASACL) o el que le sustituya.

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CAPÍTULO II. – RETRIBUCIONES

SECCIÓN 1.ª – REGULACIÓN SALARIAL.

Artículo 10. – Salario base.

1. La tabla de salarios que regirá desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 dediciembre de 2015, será la que figura en el Anexo I del presente Convenio.

2. La tabla de salarios que regirá desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 dediciembre de 2016 será la que figura en el Anexo II del Convenio.

Artículo 11. – Antigüedad.

1. Durante la vigencia del presente Convenio, la antigüedad se regirá conforme a latabla que figura en el Anexo III para los años 2013, 2014 y 2015 y en el Anexo IV para el año2016 del presente Convenio Colectivo, tanto para aquellos/as trabajadores/as ingresados/asantes del 31 de diciembre de 1998, como para los/as ingresados/as con posterioridad adicha fecha.

2. No obstante los/as trabajadores/as que hubieran generado antes del 31 dediciembre de 1998 derechos de antigüedad, mantendrán la cantidad consolidada en dichafecha.

3. Si la cantidad consolidada del punto anterior superase la cantidad que deacuerdo con la tabla de antigüedad (Anexos III y IV) le corresponde al trabajador por eltiempo de permanencia en la empresa, continuará percibiéndola hasta el momento en quela cantidad que le corresponda, según los mencionados Anexos III y IV, exceda de laconsolidada.

Artículo 12. – Pagas extraordinarias.

1. Las empresas abonarán a su personal dos pagas extraordinarias anualesequivalentes, cada una, a una mensualidad del nivel salarial correspondiente según lofijado en tablas, del salario base, incluida la antigüedad. Estas pagas extraordinarias seabonarán en los meses de julio y diciembre de cada año.

2. Asimismo, los/as trabajadores/as percibirán, en concepto de beneficios, elimporte equivalente a una mensualidad, con las características del apartado anterior. Sepercibirá entre los meses de enero a marzo, y para su cuantificación servirán de base losconceptos retributivos del ejercicio económico anterior.

CAPÍTULO III

SECCIÓN 1.ª – JORNADA.

Artículo 13. –

1. Para los años 2013, 2014 y 2015, el máximo de horas de trabajo efectivo será de1.760 cada uno de los años.

2. Para el año 2016, el máximo de horas de trabajo efectivo será de 1.768 horas.

3. En atención a las especiales circunstancias que concurren en este sector deservicios, en cada empresa en concreto podrá adaptarse la duración de la jornada laboralsiempre que esta adaptación sea por acuerdo entre empresarios, trabajadores o sus

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representantes sociales, y respete la legislación vigente, y de manera más concreta el RealDecreto 1561/95 de 21 de septiembre, y Reglamento CE 561/2006 emanado de la UniónEuropea. En las empresas donde no exista representación de los trabajadores y para elcaso de no llegarse a un acuerdo entre empresarios y trabajadores, se remitirá a laComisión Paritaria para que ésta pueda acordar dicha adaptación.

4. Como Anexo IX, se recogen los artículos 8, 9, 10, 11 y 12 del mencionado RealDecreto 1561/95, de 21 de septiembre.

5. Los descansos semanales y festivos se disfrutarán en el domicilio del trabajador,salvo para los supuestos de traslados y desplazamientos.

Artículo 14. –

En aquellas empresas que por acuerdo entre empresa y trabajadores determinen,cuantifiquen y controlen las horas de presencia de acuerdo con el R.D. 1561/95, seestablece que estas horas se pagarán según determina el artículo 8.3 del citado R.D. y elartículo 64 de la ordenanza laboral del sector, vigente de conformidad con este Convenio,sin que el precio de las horas de presencia pueda ser inferior a 4,65 euros para los años2013, 2014 y 2015 y 4,67 euros para el año 2016.

Esta cantidad absorbería, en equivalencia al 100% de su cuantía, las cantidadesque se abonen por conceptos similares.

En caso de discrepancia entre las partes, por acuerdo expreso de este Convenio sesometerán al arbitraje de la Comisión Paritaria, cuya decisión será vinculante y de obligadocumplimiento para las partes.

SECCIÓN 2.ª – VACACIONES Y FIESTAS.

Artículo 15. – Vacaciones.

Para el año 2013, las vacaciones anuales retribuidas quedan fijadas en 33 díasnaturales para todo el personal.

A partir del 1 de enero de 2014, las vacaciones anuales retribuidas quedan fijadasen 31 días naturales para todo el personal.

Artículo 16. –

El periodo vacacional podrá ser fraccionado en dos periodos como máximo. Encualquier caso, su disfrute y, en su caso, fraccionamiento, se fijará de común acuerdoentre empresario y trabajadores/as interesados/as.

Artículo 17. –

El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. Cada trabajador/a tienederecho a conocer con dos meses de antelación, al menos, la fecha de comienzo de disfrutede sus respectivas vacaciones.

Artículo 18. –

1. Cuando el periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de laempresa al que se refiere el artículo anterior coincida en el tiempo con una incapacidadtemporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período desuspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 y 48. Bis del Estatuto de los

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Trabajadores, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de laincapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho preceptole correspondiera, al finalizar el periodo de suspensión, aunque haya terminado el añonatural a que correspondan.

En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidadtemporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibiliteal trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden,el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayantranscurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

2. Si al finalizar el año natural quedasen pendientes de disfrutar algunas vacaciones,éstas se darán dentro del primer trimestre del año siguiente.

Artículo 19. – Las fiestas laborales.

1. Se establecen catorce días al año de fiestas laborales no recuperables, de lascuales dos serán de ámbito local. En cualquier caso se respetarán como fiestas de ámbitonacional las de la Natividad del Señor, año nuevo, 1 de mayo, como fiesta del trabajo, y el12 de octubre, como fiesta nacional de España.

2. En cuanto a los días festivos se estará a lo regulado por la legislación estatal,autonómica y local.

3. Fuera del cómputo anterior, tendrá la consideración de fiesta laboral norecuperable el día de San Cristóbal, como Patrón de los Conductores.

SECCIÓN 3.ª – LICENCIAS Y PERMISOS.

Artículo 20. –

El/la trabajador/a, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo conderecho a remuneración, por los motivos y el tiempo que seguidamente se especifican:

a) Quince días naturales por matrimonio.

b) Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedadgrave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposodomiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuandocon tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será decuatro días.

c) Un día por traslado del domicilio habitual.

d) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable decarácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando consteen una norma legal un periodo determinado, se estará a lo que esta disponga en cuantoa duración de la ausencia y a su compensación económica.

Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de laprestación del trabajo debido en más del 20% de las horas laborables en un periodo detres meses, podrá la empresa pasar al/a la trabajador/a afectado/a a la situación deexcedencia forzosa regulada en el apartado 1 del artículo 46 del Estatuto de losTrabajadores (R.D.L. 1/1995, de 24 de marzo).

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En el supuesto de que el/la trabajador/a, por cumplimiento del deber o desempeñodel cargo, perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario aque tuviera derecho en la empresa.

e) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en lostérminos establecidos legalmente.

f) En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, para la lactanciadel menor hasta que este cumpla nueve meses, los trabajadores tendrán derecho a unahora de ausencia al trabajo, que podrán dividir en dos fracciones.

Este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres omujeres, pero sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambostrabajen.

g) Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor dedoce años o a una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial que nodesempeñe otra actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada detrabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y unmáximo de la mitad de la duración de aquélla.

h) Un día por boda de padres, de hijos y hermanos.

i) Un día por asuntos propios, sin justificar.

j) Para el disfrute del día de asuntos propios establecido en el apartado i), seestablece que no podrá disfrutarse consecutivamente con un festivo, salvo criterio oacuerdo con la empresa.

CAPÍTULO IV

SECCIÓN 1.ª – OTRAS PERCEPCIONES.

Artículo 21. – Plus de transporte.

Se establece un plus para cada categoría profesional, en la cuantía que figura en latabla del Anexo I para los años 2013, 2014 y 2015 y la cuantía que figura en la tabla delAnexo II para el año 2016.

Artículo 22. – Horas extraordinarias.

Se establece para los años 2013, 2014 y 2015 como precio/hora extraordinariaunificada, para todo el personal de los servicios de viajeros, la cantidad de 9,19 euros ypara el año 2016 la cantidad de 9,24 euros.

Artículo 23. – Dietas.

1. Las dietas globales serán las siguientes:

a) Para las líneas regulares de viajeros:

– Los años 2013, 2014 y 2015: 32,20 euros.

– El año 2016: 32,36 euros.

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b) Para las líneas discrecionales de viajeros:

– Los años 2013, 2014 y 2015: 40,64 euros.

– El año 2016: 40,84 euros.

c) Para las líneas discrecionales de mercancías:

– Los años 2013, 2014 y 2015: 36,68 euros.

– El año 2016: 36,86 euros.

2. El desglose pormenorizado por conceptos de las dietas globales indicadas en elnúmero primero se especifican en la tabla del Anexo V y Anexo VI.

3. La dieta para los transportes internacionales tanto para las líneas de viajeroscomo líneas de mercancías queda establecida y distribuida tal y como se refleja en la tablade los Anexos VII y VIII.

4. Tendrá derecho a percibir dieta el personal de conducción que por causa delservicio se vea obligado a comer, cenar o pernoctar y desayunar fuera de la localidad desu domicilio y de la del centro de trabajo.

El horario para el devengo de la dieta de comida será cuando la salida del serviciosea anterior a las 12 horas y la llegada después de las 14:30 horas.

El horario para el devengo de la dieta de cena será cuando la salida del servicio seaanterior a las 20 horas y la llegada después de las 22:30 horas.

En materia de horario de devengo de dieta se respetarán los derechos que cadatrabajador tenga adquiridos.

Artículo 24. – Horas nocturnas.

El valor hora nocturna para la vigencia del presente Convenio queda establecido enun precio unificado de 1,26 euros para los años 2013, 2014 y 2015. Para el año 2016 esteprecio es de 1,27 euros.

Artículo 25. – Enfermedad y accidente.

1. En caso de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral,los/as trabajadores/as percibirán el 100% del salario de Convenio, a partir del 8.º día hastaun máximo de doce meses.

2. Si el periodo por incapacidad temporal por enfermedad común o accidente nolaboral fuese de una duración superior a veintiún días continuados, el/la trabajador/apercibirá el 100% del salario de Convenio a partir del 4.º día de la baja médica, por una vezen un año natural y sin perjuicio de lo estipulado en el párrafo siguiente.

Si el periodo de incapacidad temporal por las contingencias antedichas, en el casode que se considere de carácter grave la dolencia padecida, se prolongara por un periodosuperior a tres meses continuados, el/la trabajador/a percibirá el 100% del salario deConvenio a partir del primer día de la baja médica, cuando se constate dicha circunstancia.No se consideran dolencias graves, entre otras, las lumbalgias, las intervenciones

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quirúrgicas efectuadas con anestesia local, y la situación en lista de espera para consultamédica o intervención quirúrgica. En este último caso, si la intervención quirúrgica seconsiderara de carácter grave, el cómputo de los tres meses se efectuará a partir de lafecha de la intervención quirúrgica.

3. Cuando un/a trabajador/a sea dado/a de baja por enfermedad durante el períodode vacaciones anuales retribuidas y aquella dé lugar a internamiento clínico, éstas seráninterrumpidas hasta que sea dado de alta, continuando sus vacaciones en lo que restehasta su incorporación al trabajo.

4. En caso de accidente de trabajo sufrido en el centro de trabajo, el/la trabajador/aafectado/a percibirá el 100% de su retribución a partir del mismo día de la baja, siempreque el accidente sea sufrido con ocasión o como consecuencia del trabajo, acaecidodurante la realización de las tareas encomendadas por el empresario, o realizadas de formaespontánea por el/la trabajador/a en interés del buen funcionamiento de la empresa,aunque sean distintas a las de su categoría profesional.

5. A efectos de enfermedad y accidente se considera como retribución del/de latrabajador/a todos sus emolumentos, excepto el plus de transporte.

Artículo 26. – Seguro de accidente de trabajo.

Las empresas tendrán concertado a favor de sus trabajadores un seguro que cubraexclusivamente todas las contingencias derivadas de accidente de trabajo con lassiguientes coberturas:

– 26.000 euros para los casos de incapacidad permanente total, absoluta y graninvalidez.

– 26.000 euros para los casos de fallecimiento.

Dichas cantidades no se actualizarán durante la vigencia de este Convenio.

Las empresas entregarán una copia del contrato de seguro a cada trabajador quelo solicite, además de otra genérica para su exhibición en el tablón de anuncios.

Artículo 27. – Bolsa de vacaciones.

1. La bolsa de vacaciones tendrá carácter extrasalarial. Por este concepto seabonará la cantidad de 88,78 euros anuales para los años 2013, 2014 y 2015. Para el año2016 se abonará una cantidad de 89,22 euros.

2. Las cantidades del punto anterior se liquidarán al iniciar el trabajador su periodovacacional, o bien en el mes de diciembre, según el mejor criterio de funcionamiento dela empresa.

Artículo 28. – Plus de conductor/a perceptor/a.

Se establece un plus, para aquellos/as trabajadores/as que realicen funciones deconductor perceptor, percibiendo 5,34 euros por día trabajado para los años 2013, 2014y 2015. Para el año 2016 la cuantía será de 5,37 euros.

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Artículo 29. – Quebranto de moneda.

1. La empresa concederá a taquilleros y personal administrativo, en aquellostrabajos que requieran el manejo de fondos monetarios, una gratificación especial del 0,5por mil de la recaudación obtenida por la empresa.

2. La empresa concederá a los cajeros y a los auxiliares de estos, cuandodesempeñen dicho cargo, como suplemento, una gratificación especial de 21,66 eurospor mes para los años 2013, 2014 y 2015 y de 21,77 euros para el año 2016.

Artículo 30. – Plus de peligrosidad.

Se establece un plus de peligrosidad para aquellos/as trabajadores/as queconduzcan o manipulen mercancías peligrosas. Queda determinado en 2,65 euros por díatrabajado para los años 2013, 2014 y 2015 y de 2,66 euros para el año 2016.

Artículo 31. – Plus de Nochebuena y Nochevieja.

En los años 2013, 2014 y 2015 se establece un plus de 34,90 euros para todo elpersonal que trabaje el turno de noche del día 24 de diciembre (Nochebuena) y/o para elque trabaje el turno de noche del día 31 de diciembre (Nochevieja). Esta cuantía será de35,07 euros para el año 2016.

SECCIÓN 2.ª – JUBILACIÓN PARCIAL.

Artículo 32. – Jubilación parcial.

De conformidad con el acuerdo alcanzado en 2009 en el Convenio Colectivo anteriorque se mantiene para el presente, los/as trabajadores/as incorporados a este plan dejubilación parcial antes del 1/4/2013 podrán jubilarse bien sea por opción del empresario,o de la del/de la trabajador/a, o por mutuo acuerdo desde el 1 de abril de 2013 hasta el31 de diciembre de 2018, y les será de aplicación la normativa sobre jubilación parcial envigor antes de 1 de enero de 2013, así como el resto de los efectos que la normativa prevépara estos supuestos, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 de la disposiciónfinal duodécima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, según la redacción dada al mismo porel Real Decreto Ley 5/2013, de 15 de marzo.

SECCIÓN 3.ª – DE LAS MEJORAS SOCIALES.

Artículo 33. – Derechos sociales.

1. Se proclama la igualdad de trato, entendiendo ésta como la ausencia de todadiscriminación directa o indirecta por razón de sexo, origen racial o étnico, religión oconvicciones, discapacidad, edad u orientación sexual de la persona.

2. Se procurará la conciliación de la vida familiar y laboral de los/as trabajadores/as,a través de la aplicación de la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, u otra norma que lamodifique o sustituya.

3. De igual manera, será de aplicación la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas deProtección Integral contra la Violencia de Género.

4. En materia de igualdad será de obligado cumplimiento lo establecido en laLey Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres(BOE 23/03/2007).

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CAPÍTULO V. – CONTRATACIÓN

Artículo 34. – Contrato por circunstancias del mercado.

1. La duración máxima de los contratos contemplados en el artículo 15.1, apartadob) del Estatuto de los Trabajadores, podrá extenderse hasta doce meses en un periodo dedieciocho.

2. Si a la finalización de los doce meses no continúa la relación laboral por iniciativadel empresario, el/la trabajador/a será indemnizado a razón de 20 días de salario, o parteproporcional si trabajó un periodo inferior.

Artículo 35. – Periodo de prueba.

Se establecen para cualquier tipo de contrato laboral los siguientes periodosmáximos de prueba:

– Para el personal no cualificado, 20 días.

– Para el personal cualificado, 45 días.

– Para el personal técnico y titulado, 180 días.

CAPÍTULO VI. – SALUD LABORAL

Artículo 36. – Prevención de Riesgos Laborales.

1. Las empresas y trabajadores/as comprendidos/as en el ámbito de este Convenioy con el ánimo de reducir riesgos en el sector se comprometen a la observación ycumplimiento de las medidas legales y reglamentarias vigentes en materia de Prevención deRiesgos Laborales.

2. La Comisión Paritaria, dentro de sus funciones, llevará a cabo la interpretacióny adaptación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (L. 31/95) y de los Reglamentosque la desarrollen. Los acuerdos alcanzados en la Comisión se incluirán como Anexos eneste Convenio, entrando a formar parte del mismo.

Artículo 37. – Revisión médica.

1. Todos/as los/as trabajadores/as tendrán derecho a una revisión médica anual,que tendrá lugar dentro de la jornada laboral.

2. Para aquellos/as trabajadores/as que realicen funciones de conducción, larevisión médica anual tendrá el carácter de obligatoria, de acuerdo con el artículo 22 de laLey 31/1995.

3. Los informes de los análisis médicos resultantes de las revisiones médicas de lospuntos anteriores tienen la consideración del derecho constitucional a la intimidadpersonal, y como tales serán secretos y personales, debiendo entregarse a los/astrabajadores/as interesados/as. No obstante, la entidad que los haya realizado deberácomunicar a la empresa la calificación de «apto» o «no apto» del trabajador.

Artículo 38. – Ropa de trabajo.

1. Las empresas facilitaran a sus trabajadores/as ropa de trabajo adecuada,consistente en:

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– 2 buzos y/o uniformes cada dos años. Consistiendo estos últimos en: Un pantalón,dos camisas, jersey, como uniforme de verano y otro de invierno, formado por: Unpantalón, dos camisas, jersey y una prenda de abrigo.

– Al personal que realice funciones de engrase y limpieza, que trabajen en un mediohúmedo o graso, se les proveerá de un calzado adecuado.

– A los/as trabajadores/as que realicen operaciones de carga y descarga, se lesdotará de botas de seguridad de puntera reforzada.

2. Como norma general, las empresas entregarán a los/as trabajadores/as otrasropas o accesorios protectores que necesiten para desarrollar su trabajo y evitar mejor losposibles accidentes laborales o enfermedades profesionales.

3. El/la trabajador/a deberá hacer un uso correcto de la ropa de trabajo. Si poralguna causa o circunstancia ésta se deteriorase, la empresa facilitará otra, entregando el/latrabajador/a las prendas o accesorios deteriorados.

CAPÍTULO VII. – PREMIOS, FALTAS Y SANCIONES

Artículo 39. – Deberes de los trabajadores.

Dentro de las obligaciones que tengan asignadas los/as trabajadores/as, estos/asdeberán hacer un uso adecuado del material de la empresa, siendo responsables de losdaños que se ocasionen por negligencia en el uso de dicho material, sin perjuicio de lassanciones que pudieran corresponder.

Artículo 40. –

En materia de faltas y sanciones las empresas de transporte de mercancías porcarretera y las empresas de garajes y aparcamientos estarán a lo dispuesto en el régimendisciplinario establecido en el «Acuerdo General para las Empresas de Transporte deMercancías por Carretera (Código de Convenio número 99012735011900)» y en el vigente«Convenio Colectivo General de Ámbito Nacional para el Sector de Aparcamientos yGarajes (Código de Convenio n.º 99011445011900)», respectivamente.

Para las empresas de transporte de viajeros por carretera, se estará a lo establecidoen el «Laudo Arbitral de Sustitución de la Ordenanza Laboral de Transporte por Carreterapara las Empresas de Viajeros por Carretera» (Laudo dictado en Madrid el 24 de noviembrede 2000 y publicado en el BOE el 24 de febrero de 2001).

La Comisión Paritaria podrá desarrollar estas materias, y alcanzado el acuerdo enla misma se anexarán al Convenio, entrando a formar parte del mismo.

CAPÍTULO VIII. – OTROS BENEFICIOS SOCIALES

Artículo 41. – Retirada del carnet de conducir.

1. Cuando a un/a conductor/a le sea retirado su carnet de conducir por un períodono superior a tres meses, en ejecución de sanción administrativa o sentencia judicial porfalta, nunca por delito, y siempre que la falta o infracción se haya cometido conduciendoun vehículo de la empresa, por cuenta y orden de la misma, la empresa se compromete aacoplar al/a la trabajador/a a un puesto de trabajo de inferior o igual categoría, mientrasdure la retirada del carnet, con percepción del salario del Convenio más antigüedad.

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2. El/la trabajador/a acepta disfrutar la vacación anual si no la hubiera ya disfrutado,durante los 30 primeros días de retirada del carnet o por el resto. Si la retirada del carnetfuera por un plazo superior a 90 días, a partir de ese plazo se concederá al/a la trabajador/auna excedencia forzosa, hasta la fecha en que finalice la retirada del carnet de conducir,reincorporándose nuevamente a la empresa.

3. A la entrada en vigor de la normativa que establezca el carnet de conducir porpuntos, la Comisión Paritaria de este Convenio Colectivo se reunirá para determinarfórmulas de aplicación y adaptación de dicha normativa a los trabajadores del sector.

Artículo 42. – Seguro de retirada de carnet.

1. Las empresas se pondrán de acuerdo con sus trabajadores para establecer unseguro de retirada de carnet, que incluya la cobertura de los gastos derivados de los cursosde reciclaje para la recuperación de puntos, cuya prima sería abonada al 50% por laempresa y al 50% por los trabajadores.

2. Las indemnizaciones con cargo a la Compañía aseguradora serán repartidas al50%, cuando la empresa diese ocupación al trabajador.

Artículo 43. – Liquidación de atrasos.

1. Los/as trabajadores/as afectados/as por el presente Convenio Colectivo quehayan prestado sus servicios durante la vigencia del mismo y hubieran causado baja en laempresa antes de su publicación, tendrán derecho a la liquidación de atrasos.

2. La liquidación de atrasos no tendrá lugar cuando entre el/la trabajador/a y laempresa se haya firmado el finiquito en el que conste incluido, a tanto alzado, algunacantidad por este concepto. No obstante, sí procederá cuando la diferencia suponga unapérdida para el/la trabajador/a superior al 10%.

Artículo 44. – Cese del trabajador.

1. El cese del/de la trabajador/a, con 65 años de edad o más, y que haya prestadoservicios ininterrumpidos en la empresa durante, al menos, 25 años, tendrá derecho a tresmeses de vacaciones ininterrumpidas e inmediatamente anteriores a la fecha del cese.

Por cada periodo de 5 años de servicios que excedan de los 25, este periodovacacional se incrementará en un mes.

2. El cese del trabajador, con menos de 65 años de edad, y que haya prestadoservicios ininterrumpidos en la empresa durante, al menos, 25 años, tendrá el mismoderecho del apartado anterior, incrementando el periodo vacacional un mes por cada añode edad del trabajador inferior a 65 años, con el límite máximo de los 60 años de edad.

3. Los derechos de los apartados 1 y 2 no procederán cuando el cese sea motivadopor despido disciplinario.

CAPÍTULO IX. – DESARROLLO PROFESIONAL Y FORMACIÓN

Artículo 45. – Formación.

1. Las partes firmantes asumen el contendido íntegro del IV Acuerdo Nacional deFormación Continua (BOE 27 de marzo de 2006) y Acuerdos sucesivos, declarando queeste desarrollará sus efectos en el ámbito funcional del presente Convenio Colectivo.

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2. La Comisión Paritaria desarrollará las iniciativas que pudieran ser necesarias parala aplicación de dicho Acuerdo.

3. La Comisión Paritaria velará por el mantenimiento del espíritu que tiene laformación, con especial atención a los siguientes aspectos:

a) Cuando las empresas adopten nuevas tecnologías desconocidas por el/latrabajador/a.

b) Cuando el/la trabajador/a dentro de la empresa se le destine a otro puesto detrabajo con funciones distintas de las que viene realizando habitualmente.

c) Cuando el/la trabajador/a por su trabajo técnico requiera cursos de formaciónespecífica, para mantenerse ante los avances técnicos.

d) Como medidas para mejorar la productividad y calidad de las empresas, a fin detener una mayor competitividad.

e) Los/as trabajadores/as que efectúen cursos de formación, cursos de adaptaciónde nueva tecnología o métodos de trabajo y no superen con aptitud mínima los citadoscursos, las empresas aplicarán el artículo 52.b) del Estatuto de los Trabajadores, previoacuerdo con los representantes legales de los trabajadores. Caso de no alcanzarse elacuerdo, será elevada a la Comisión Paritaria, para su estudio, la propuesta de extincióndel contrato. En todo caso, se elevará a dicha Comisión para aquellas empresas en las queno exista representación sindical.

Artículo 46. – Conductor en desarrollo profesional.

La representación empresarial y sindical coinciden en que las necesidades cada vezmás crecientes en el Sector de garantizar en el desarrollo de la actividad la seguridad deempleados, viajeros y usuarios de la vía pública, así como una mayor calidad de prestaciónde servicios a los clientes, hacen necesario configurar un Modelo de Desarrollo para losempleados que contribuya a motivar a los mismos a dirigir sus esfuerzos a adquirir lascompetencias necesarias para desarrollar sus funciones de una manera óptima encumplimiento de los objetivos descritos.

Se encuentra en el Nivel en desarrollo, encuadrándose por tanto en la figura deConductor en Desarrollo Profesional, aquellos empleados que todavía no han adquiridocompetencias necesarias en su grado óptimo. Se entiende que un empleado ha adquiridosus competencias en grado óptimo cuando haya transcurrido un tiempo de prestación deservicios en la empresa igual a 12 meses. Una vez transcurridos los 12 meses, seentenderá que el trabajador ha adquirido las competencias necesarias para acceder alnivel experimentado, debiendo por tanto ser encuadrado cuando desarrolle su actividaden la empresa en alguna del resto de las figuras de conductor. No obstante, si antes detranscurridos los 12 meses la empresa considerara que el empleado ha adquirido lascompetencias necesarias para acceder al nivel experimentado, podrá asignar tal nivel y alencuadre correspondiente previa superación de prueba efectuada a los efectos.

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En todo caso, se entenderá que un trabajador tiene nivel experimentado cuandohaya tenido la categoría profesional de conductor o conductor perceptor dentro del ámbitofuncional de este Convenio Colectivo durante al menos 12 meses.

La retribución establecida para el conductor en desarrollo viene reflejada en lastablas salariales anexas al presente Convenio Colectivo (Anexo I y Anexo II), y de acuerdoa las mismas, y conforme a las condiciones de definición de esta categoría, no percibiráen ningún caso el plus de conductor-perceptor del artículo 28.

El número de trabajadores que la empresa podrá simultáneamente realizar con lacategoría de conductor en desarrollo serán los siguientes:

– 1 trabajador para empresas o centros de trabajo de 1 a 9 trabajadores.

– 3 trabajadores para empresas o centros de trabajo de 10 a 30 trabajadores

– 5 trabajadores para empresas o centros de trabajo de 31 o más trabajadores

CAPÍTULO X. – DERECHOS SINDICALES

Artículo 47. – Órganos de representación.

1. Los órganos de representación de las empresas serán los delegados de personal,Comités de Empresa y todos aquellos que establezcan la legislación vigente.

2. Las empresas y los representantes de personal se comprometen al dialogo fluido,eficaz y constructivo para la buena marcha de las relaciones entre la empresa y sustrabajadores cuyo objetivo sea conseguir un mayor rendimiento en las empresas y mejorassociales, que beneficien a todos.

Artículo 48. – Delegados de personal.

1. La representación de los trabajadores en la empresa o centro de trabajo quetengan menos de 50 y más de 10 trabajadores corresponde a los delegados de personal.Igualmente podrá haber un delegado de personal en aquellas empresas o centros quecuenten entre seis y diez trabajadores, si así lo decidieran estos por mayoría.

Los trabajadores elegirán, mediante sufragio libre, personal, secreto y directo a losdelegados de personal en la cuantía siguiente: Hasta 30 trabajadores, uno; de 31 a 49,tres.

2. Los delegados de personal ejercerán mancomunadamente ante el empresariola representación para la que fueron elegidos, y tendrán las mismas competenciasestablecidas para los Comités de Empresa.

Los delegados de personal observarán las normas que sobre sigilo profesional estánestablecidas para los miembros de Comités de Empresa en el artículo 65 del Estatuto delos Trabajadores (R.D. Legislativo 1/95, de 24 de marzo).

Artículo 49. – Comités de Empresa.

1. El Comité de Empresa es el órgano representativo y colegiado del conjunto delos trabajadores en la empresa o centro de trabajo para la defensa de sus intereses,constituyéndose en cada centro de trabajo cuyo censo sea de 50 o más trabajadores.

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2. En la empresa que tenga en la misma provincia, o en municipios limítrofes, doso más centros de trabajo cuyos censos no alcancen los 50 trabajadores, pero que en suconjunto lo sumen, se constituirá un Comité de Empresa conjunto. Cuando unos centrostengan 50 trabajadores y otros de la misma provincia no, en los primeros se constituiránComités de Empresa propios y con todos los segundos se constituirá otro.

3. Sólo por Convenio Colectivo podrá pactarse la constitución y funcionamiento deun comité intercentros con un máximo de 13 miembros, que serán designados de entre loscomponentes de los distintos comités de centro.

En la constitución del comité intercentros se guardará la proporcionalidad de lossindicatos según los resultados electorales considerados globalmente.

Tales comités intercentros no podrán arrogarse otras funciones que las queexpresamente se les concedan en el Convenio Colectivo en que se acuerde su creación.

Artículo 50. – Competencias.

1. El Comité de Empresa tendrá las siguientes competencias:

1.º – Recibir información, que le será facilitada trimestralmente, al menos, sobre laevolución general del sector económico al que pertenece la empresa, sobre la situación dela producción y ventas de la entidad, sobre su programa de producción y evoluciónprobable del empleo en la empresa, así como acerca de las previsiones del empresariosobre celebración de nuevos contratos, con indicación del número de éstos y de lasmodalidades y tipos de contratos que serán utilizados y de los supuestos desubcontratación.

2.º – Recibir la copia básica de los contratos a que se refiere el párrafo a) del apartado3 del artículo 8 y la notificación de las prórrogas y de las denuncias correspondientes a losmismos, en el plazo de los diez días siguientes a que tuvieran lugar.

3.º – Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de quela empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demásdocumentos que se den a conocer a los socios, y en las mismas condiciones que a éstos.

4.º – Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte del empresario delas decisiones adoptadas por éste sobre las siguientes cuestiones:

a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos otemporales de aquella.

b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones.

c) Planes de formación profesional de la empresa.

d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control del trabajo.

e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas de primas o incentivos yvaloración de puestos de trabajo.

5.º – Emitir informe cuando la fusión, absorción o modificación del «status» jurídicode la empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo.

6.º – Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en laempresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral.

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7.º – Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves.

8.º – Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice deabsentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y susconsecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos o especiales del medioambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilicen.

9.º – Ejercer una labor:

a) De vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, deSeguridad Social y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos deempresa en vigor, formulando, en su caso, las acciones legales oportunas ante elempresario y los organismos o tribunales competentes.

b) De vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollodel trabajo en la empresa, con las particularidades previstas en este orden por el artículo19 de esta Ley.

10.º – Participar, como se determine por Convenio Colectivo, en la gestión de obrassociales establecidas en la empresa en beneficio de los trabajadores o de sus familiares.

11.º – Colaborar con la dirección de la empresa para conseguir el establecimientode cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, deacuerdo con lo pactado en los Convenios Colectivos.

12.º – Informar a sus representados en todos los temas y cuestiones señalados eneste número uno en cuanto directa o indirectamente tengan o puedan tener repercusiónen las relaciones laborales.

2. Los informes que deba emitir el Comité, a tenor de las competencias reconocidasen los apartados 4.º y 5.º del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de quincedías.

Artículo 51. – Capacidad y sigilo profesional.

1. Se reconoce al Comité de Empresa capacidad, como órgano colegiado, paraejercer acciones administrativas o judiciales en todo lo relativo al ámbito de suscompetencias, por decisión mayoritaria de sus miembros.

2. Los miembros del Comité de Empresa, y este en su conjunto, observarán sigiloprofesional en todo lo referente a los párrafos 1.º, 2.º, 3.º, 4.º y 5.º del apartado 1 delartículo anterior, aun después de dejar de pertenecer al Comité de Empresa y en especialen todas aquellas materias sobre las que la dirección señale expresamente el carácterreservado. En todo caso, ningún tipo de documento entregado por la empresa al Comitépodrá ser utilizado fuera del estricto ámbito de aquélla y para distintos fines de los quemotivaron su entrega.

Artículo 52. – Composición.

1. El número de miembros del Comité de Empresa se determinará de acuerdo conla siguiente escala:

a) De cincuenta a cien trabajadores, cinco.

b) De ciento uno a doscientos cincuenta trabajadores, nueve.

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c) De doscientos cincuenta y uno a quinientos trabajadores, trece.

d) De quinientos uno a setecientos cincuenta trabajadores, diecisiete.

e) De setecientos cincuenta y uno a mil trabajadores, veintiuno.

f) De mil en adelante, dos por cada mil o fracción, con el máximo de setenta ycinco.

2. Los Comités de Empresa o centro de trabajo elegirán de entre sus miembros unPresidente y un Secretario del Comité, y elaborarán su propio Reglamento deprocedimiento, que no podrá contravenir lo dispuesto en la Ley, remitiendo copia delmismo a la autoridad laboral, a efectos de registro, y a la empresa.

Los Comités deberán reunirse cada dos meses o siempre que lo solicite un terciode sus miembros o un tercio de los trabajadores representados.

Artículo 53. – Promoción de elecciones y mandato electoral.

1. Podrán promover elecciones a delegados de personal y miembros de Comitésde Empresa las organizaciones sindicales más representativas, las que cuenten con unmínimo de un 10% de representantes en la empresa o los trabajadores del centro detrabajo por acuerdo mayoritario. Los sindicatos con capacidad de promoción de eleccionestendrán derecho a acceder a los registros de las Administraciones Públicas que contengandatos relativos a la inscripción de empresas y altas de trabajadores, en la medida necesariapara llevar a cabo tal promoción en sus respectivos ámbitos.

Los promotores comunicarán a la empresa y a la oficina pública dependiente de laautoridad laboral su propósito de celebrar elecciones con un plazo mínimo de, al menos,un mes de antelación al inicio del proceso electoral. En dicha comunicación los promotoresdeberán identificar con precisión la empresa y el centro de trabajo de ésta en que se deseacelebrar el proceso electoral y la fecha de inicio de éste, que será la de constitución de lamesa electoral y que, en todo caso, no podrá comenzar antes de un mes ni más allá detres meses contabilizados a partir del registro de la comunicación en la oficina públicadependiente de la autoridad laboral. Esta oficina pública, dentro del siguiente día hábil,expondrá en el tablón de anuncios los preavisos presentados, facilitando copia de losmismos a los sindicatos que así lo soliciten.

Sólo previo acuerdo mayoritario entre los sindicatos más representativos orepresentativos de conformidad con la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de LibertadSindical, podrá promoverse la celebración de elecciones de manera generalizada en unoo varios ámbitos funcionales o territoriales.

Dichos acuerdos deberán comunicarse a la oficina pública dependiente de laautoridad laboral para su depósito y publicidad.

Cuando se promuevan elecciones para renovar la representación por conclusión dela duración del mandato, tal promoción sólo podrá efectuarse a partir de la fecha en quefalten tres meses para el vencimiento del mandato.

Podrán promoverse elecciones parciales por dimisiones, revocaciones o ajustes dela representación por incremento o decremento de plantilla.

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2. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en este artículopara la promoción de elecciones determinará la falta de validez del correspondienteproceso electoral; ello no obstante, la omisión de la comunicación a la empresa podrásuplirse por medio del traslado a la misma de una copia de la comunicación presentada ala oficina pública dependiente de la autoridad laboral, siempre que ésta se produzca conuna anterioridad mínima de veinte días respecto de la fecha de iniciación del procesoelectoral fijado en el escrito de promoción.

La renuncia a la promoción con posterioridad a la comunicación de la oficina públicadependiente de la autoridad laboral no impedirá el desarrollo del proceso electoral, siempreque se cumplan todos los requisitos que permitan la validez del mismo.

En caso de concurrencia de promotores para la realización de elecciones en unaempresa o centro de trabajo se considerará válida, a efectos de iniciación del procesoelectoral, la primera convocatoria registrada, excepto en los supuestos en los que lamayoría sindical de la empresa o centro de trabajo con Comité de Empresa hayanpresentado otra fecha distinta, en cuyo caso prevalecerá esta última, siempre y cuandodichas convocatorias cumplan con los requisitos establecidos. En este último supuesto lapromoción deberá acompañarse de una comunicación fehaciente de dicha promoción deelecciones a los que hubieran realizado otra u otras con anterioridad.

3. La duración del mandato de los delegados de personal y de los miembros delComité de Empresa será de cuatro años, entendiéndose que se mantendrán en funcionesen el ejercicio de sus competencias y de sus garantías hasta tanto no se hubiesenpromovido y celebrado nuevas elecciones.

Solamente podrán ser revocados los delegados de personal y miembros del Comitédurante su mandato, por decisión de los trabajadores que los hayan elegido, medianteasamblea convocada al efecto a instancia de un tercio, como mínimo, de los electores ypor mayoría absoluta de estos, mediante sufragio personal, libre, directo y secreto. Noobstante, esta revocación no podrá efectuarse durante la tramitación de un ConvenioColectivo, ni replantearse hasta transcurridos, por lo menos, seis meses.

4. En el caso de producirse vacante por cualquier causa en los Comités de Empresao de centros de trabajo, aquella se cubrirá automáticamente por el trabajador siguiente enla lista a la que pertenezca el sustituido. Cuando la vacante se refiera a los delegados depersonal, se cubrirá automáticamente por el trabajador que hubiera obtenido en la votaciónun número de votos inmediatamente inferior al último de los elegidos. El sustituto lo serápor el tiempo que reste del mandato.

5. Las sustituciones, revocaciones, dimisiones y extinciones de mandato secomunicarán a la oficina pública dependiente de la autoridad laboral y al empresario,publicándose asimismo en el tablón de anuncios.

Artículo 54. – Garantías.

Los miembros del Comité de Empresa y los delegados de personal, comorepresentantes legales de los trabajadores, tendrán las siguientes garantías:

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a) Apertura de expediente contradictorio en el supuesto de sanciones por faltasgraves o muy graves, en el que serán oídos, aparte del interesado, el Comité de Empresao restantes delegados de personal o donde no existan los anteriores los integrantes de laComisión Paritaria.

b) Prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de losdemás trabajadores, en los supuestos de suspensión o extinción por causas tecnológicaso económicas.

c) No ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus funciones ni dentrodel año siguiente a la expiración de su mandato, salvo en caso de que ésta se produzcapor revocación o dimisión, siempre que el despido o sanción se base en la acción deltrabajador en el ejercicio de su representación, sin perjuicio, por tanto, de lo establecidoen el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores. Asimismo no podrá ser discriminado ensu promoción económica o profesional en razón, precisamente, del desempeño de surepresentación.

d) Expresar, colegiadamente si se trata del Comité, con libertad sus opiniones en lasmaterias concernientes a la esfera de su representación, pudiendo publicar y distribuir, sinperturbar el normal desenvolvimiento del trabajo, las publicaciones de interés laboral osocial, comunicándolo a la empresa.

e) Disponer de un crédito de horas mensuales retribuidas cada uno de los miembrosdel Comité o delegado de personal en cada centro de trabajo, para el ejercicio de susfunciones de representación, de acuerdo con la siguiente escala: Delegados de personalo miembros del Comité de Empresa:

1.º – Hasta cien trabajadores, quince horas.

2.º – De ciento uno a doscientos cincuenta trabajadores, veinte horas.

3.º – De doscientos cincuenta y uno a quinientos trabajadores, treinta horas.

4.º – De quinientos uno a setecientos cincuenta trabajadores, treinta y cinco horas.

5.º – De setecientos cincuenta y uno en adelante, cuarenta horas.

Artículo 55. – Acumulación de horas.

Los delegados de personal y los miembros de cada Comité de Empresa podránacumular horas, mediante la cesión entre ellos, según las necesidades del momento, sinotra limitación que la de comunicar por escrito a la empresa dicha acumulación, con unmes de antelación.

CAPÍTULO XI. – APARCAMIENTOS

Artículo 56. – Jornada continuada.

Los/as trabajadores/as de este colectivo que realizan una jornada intensiva de ochohoras ininterrumpidas tienen derecho a 30 minutos de descanso. Este período seconsiderará como jornada efectiva de trabajo, y por tanto será tenido en cuenta para elcómputo de la jornada anual.

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Artículo 57. – Plus de toxicidad.

El plus de toxicidad queda establecido en 82,22 euros mensuales para los años2013, 2014 y 2015 y en 82,63 euros para el año 2016.

Artículo 58. – Prendas de trabajo.

Se dotará a este personal de dos camisas cada seis meses, tanto de verano comode invierno.

Artículo 59. – Plus de festividad.

Para los/as trabajadores/as de garajes y aparcamientos se establece un plus pordía festivo trabajado de 20,94 euros para los años 2013, 2014 y 2015 y de 21,04 euros parael año 2016.

El personal que trabaje el día de Navidad, el día de Año Nuevo o el día de Reyes lacuantía de este plus será la establecida en el artículo 61 del presente Convenio.

Lo anterior se entiende sin perjuicio del día libre, que señalará la empresa cuandolas circunstancias del servicio lo permitan, dentro de los cuarenta y cinco días siguientesal festivo trabajado.

Artículo 60. – Plus de turnicidad.

Las empresas que tengan establecidos en la actualidad turnos rotativos, queintegren el turno de noche, abonarán por este concepto a los trabajadores afectadosdurante los años 2013, 2014 y 2015 un plus de 49,57 euros mensuales y en el año 201649,82 euros mensuales.

Artículo 61. – Plus de Nochebuena y Nochevieja.

Para los años 2013, 2014 y 2015 se establece un plus de 34,90 euros para todo elpersonal que trabaje el turno de noche del día 24 de diciembre (Nochebuena) y para elque trabaje el turno de noche del día 31 de diciembre (Nochevieja). Esta cuantía será de35,07 euros para el año 2016.

CAPÍTULO XII. – DISPOSICIÓN ADICIONAL

Artículo 62. –

La categoría profesional de «Auxiliar en ruta» del Convenio Colectivo tendrá lasfunciones que se describen en el Laudo Arbitral de 24 de noviembre de 2000.

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 63. – Vinculación a la totalidad.

Las condiciones de este Convenio Colectivo constituyen un todo orgánico eindivisible, y a los efectos de su aplicación serán consideradas globalmente. Por ello, sepacta su expresa nulidad si la autoridad laboral competente, en uso de sus facultades, nohomologara íntegramente el presente Convenio, y la Comisión Negociadora loreconsiderará en su totalidad.

* * *

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A N E X O I

TABLAS SALARIALES AÑO 2013, 2014 Y 2015

ANEXO I TABLAS SALARIALES AÑOS 2013, 2014 Y 2015

CATEGORÍAS PROFESIONALES SALARIO PLUS TOTAL

BASE TRANSPORTE ANUAL TRANSPORTE DE VIAJEROS

Grupo 1º. Personal Superior y Técnico

Subgrupo A:

Jefe/a de Servicio 1.655,51 89,53 25.907,00

Inspector/a Principal 1.478,47 89,53 23.251,47

Subgrupo B:

Ingeniero/a y Licenciado/a 1.584,92 89,53 24.848,10

Ingeniero/a Técnico/a y Auxiliar 1.262,99 89,53 20.019,24

Ayudante Técnico/a Sanitario 1.091,87 89,53 17.452,36

GRUPO 2º. Personal Administrativo

Jefe/a de Sección 1.317,95 89,53 20.843,63

Jefe/a de Negociado 1.262,97 89,53 20.018,93

Oficial/a de Primera 1.192,22 89,53 18.957,73

Oficial/a de Segunda 1.131,41 89,53 18.045,46

Auxiliar Administrativo/a 1.064,38 76,74 16.886,59

Aspirante de 16 y 17 años 857,82 76,74 13.788,11

GRUPO 3º. Personal de movimiento

Subgrupo A: Estaciones y Administraciones

Sección 1. Personal Estaciones

Clase 1ª

Jefe/a de Estación de Primera 1.359,08 89,53 21.460,51

Jefe/a de Estación de Segunda 1.262,97 89,53 20.018,93

Clase 2ª

Jefe/a de Administración de 1ª 1.359,08 89,53 21.460,51

Jefe/a de Administración de 2ª 1.262,97 89,53 20.018,93

Clase 3ª

Jefe/a de Estación en ruta 1.091,85 89,53 17.452,05

Taquillero/a 1.066,51 76,74 16.918,49

Factor 1.066,51 76,74 16.918,49

Encargado/a de Consigna 1.066,51 76,74 16.918,49

Repartidor/a de Mercancías 35,02 76,74 16.855,25

Mozo/a 35,02 76,74 16.855,25

Subgrupo B: Transportes de Viajeros en Autobuses y Microbuses

Jefe/a de Tráfico de Primera 1.130,06 89,53 18.025,21

Jefe/a de Tráfico de Segunda 1.108,94 89,53 17.708,49

Jefe/a de Tráfico de Tercera 1.108,94 89,53 17.708,49

Inspector/a 37,97 89,53 18.348,63

Conductor/a 36,38 89,53 17.627,51

Conductor/a Perceptor/a 36,43 89,53 17.650,77

Conductor en desarrollo

35,02 76,74 16.855,25

Cobrador/a 35,02 76,74 16.855,25

Auxiliar en Ruta 35,02 76,74 16.855,25

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* * *

Subgrupo C: Transporte en Automóviles Ligeros de Servicio Público

Jefe/a de Tráfico 1.238,26 89,53 19.648,23

Conductor/a 36,38 89,53 17.627,51

GRUPO 4º. Personal de Talleres

Encargado/a de Almacén 1.082,86 89,53 17.317,23

Jefe/a de Taller 1.264,17 89,53 20.036,88

Encargado/a o Contramaestre 1.147,21 89,53 18.282,58

Encargado/a General 1.136,04 89,53 18.114,94

Jefe/a de Equipo 38,01 89,53 18.367,24

Oficial/a de Primera 37,91 89,53 18.325,37

Oficial/a de Segunda 36,38 89,53 17.627,51

Oficial/a de Tercera 35,30 76,74 16.980,86

Mozo/a de Taller 35,07 76,74 16.878,51

GRUPO 5º. Personal Subalterno

Cobrador/a de Facturas 1.059,50 76,74 16.813,43

Telefonista 1.059,50 76,74 16.813,43

Portero/a y Vigilante 1.055,39 76,74 16.751,77

Botones de 16 a 17 años 771,91 76,74 12.499,45

Limpiador/a por horas

GRUPO 6º. Personal de Servicios Auxiliares

Sección 1ª. Garajes

Encargado/a General de Primera 1.185,99 89,53 18.864,17

Encargado/a de Segunda 1.124,85 89,53 17.947,14

Encargado/a de Almacén 1.089,63 89,53 17.418,77

Engrasador/a Lavacoches 35,02 76,74 16.855,25

Guarda de Noche 35,02 76,74 16.855,25

Guarda de Día 35,02 76,74 16.855,25

Sección 2ª. Estaciones de Lavado y Engrase

Encargado/a de Primera 1.131,11 89,53 18.041,01

Encargado/a de Segunda 1.073,13 76,74 17.017,88

Engrasador/a 35,02 76,74 16.855,25

Mozo/a de Servicio 35,02 76,74 16.854,25

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CATEGORÍAS PROFESIONALES SALARIO PLUS TOTAL

BASE TRANSPORTE ANUAL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

GRUPO 1º. Personal Superior y Técnico

Subgrupo A:

Jefe/a de Servicio 1.563,33 89,53 24.524,33

Inspector/a Principal 1.455,22 89,53 22.902,69

Ingeniero/a y Licenciado/a 1.548,73 89,53 24.305,31

Ingeniero/a Técnico/a y Auxiliar Titulado/a 1.225,76 89,53 19.460,80

Ayudante Técnico/a Sanitario/a 1.075,05 89,53 17.200,06

Grupo 2º. Personal Administrativo

Jefe/a de Sección 1.283,63 89,53 20.328,75

Jefe/a de Negociado 1.226,48 89,53 19.471,54

Oficial/a de Primera 1.161,56 89,53 18.497,76

Oficial/a de Segunda 1.094,93 89,53 17.498,37

Auxiliar Administrativo/a 1.027,95 76,74 16.340,11

Aspirante de 16 y 17 años 821,34 76,74 13.241,02

Grupo 3º. Personal de movimiento

Jefe/a de Tráfico de Primera 1.053,87 89,53 16.882,42

Jefe/a de Tráfico de Segunda 1.037,95 89,53 16.643,61

Jefe/a de Tráfico de Tercera 1.037,95 89,53 16.643,61

Conductor/a Mecánico/a 36,26 89,53 17.571,68

Conductor/a 35,36 89,53 17.162,27

Conductor/a de Motociclo y Furgoneta 34,26 76,74 16.510,97

Conductor en desarrollo 34,00 76,74 16.390,01

Ayudante Técnico/a Sanitario/a 34,00 76,74 16.390,01

Mozo/a Especializado/a 34,00 76,74 16.390,01

Mozo/a de Carga y Descarga y Repartidor/a 34,00 76,74 16.390,01

Grupo 4º. Personal de Talleres

Jefe/a de Taller 1.228,00 89,53 19.494,39

Encargado/a o Contramaestre 1.116,07 89,53 17.815,40

Encargado/a General 1.099,80 89,53 17.571,38

Encargado/a de Almacén 1.046,37 89,53 16.769,84

Jefe/a de Equipo 36,99 89,53 17.906,65

Oficial/a de Primera 36,96 89,53 17.892,70

Oficial/a de Segunda 35,52 89,53 17.236,71

Oficial/a de Tercera 34,26 76,74 16.510,97

Mozo/a de Taller 35,07 76,74 16.878,51

Grupo 5º. Personal Subalterno

Cobrador/a de facturas 1.023,12 76,74 16.267,72

Telefonista 1.023,12 76,74 16.267,72

Portero/a 1.019,53 76,74 16.213,88

Vigilante 1.019,53 76,74 16.213,88

Botones de 16 y 17 años 751,68 76,74 12.196,07

Limpiador/a (por horas)

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* * *

Grupo 3º

Subgrupo H) Transporte de Mueble y Mudanzas

Jefe/a de Tráfico 1.054,86 89,53 16.897,29

Inspector/a Visitador/a 1.044,11 76,74 16.582,44

Encargado/a de Almacén o Guardamueble 1.028,32 76,74 16.345,63

Capataz 35,19 76,74 16.934,34

Capitonista 34,50 76,74 16.617,98

Mozo/a Especialista 34,02 76,74 16.399,32

Mozo/a 33,98 76,74 16.380,71

Carpintero/a 34,26 76,74 16.510,97

Conductor/a Mecánico/a 36,26 89,53 17.571,68

Conductor/a 35,33 89,53 17.148,32

Conductor en desarrollo

34,26 76,74 16.510,97

Conductor/a de Furgoneta y Motocicletas 34,26 76,74 16.510,97

Grupo 3º. Sección Garajes

Encargado/a General de Primera 1.149,56 89,53 18.317,70

Encargado/a de Segunda 1.088,40 89,53 17.400,36

Encargado/a de Almacén 1.053,86 89,53 16.882,26

Engrasador/a de Lavacoches 33,98 76,74 16.380,71

Guarda de Noche 33,98 76,74 16.380,71

Guarda de Día 33,98 76,74 16.380,71

Sección 2ª. Estación de Lavado y Engrase

Encargado/a de Primera 1.093,85 89,53 17.482,11

Encargado/a de Segunda 1.036,76 76,74 16.472,32

Engrasador/a 33,98 76,74 16.380,71

Mozo/a de Servicio 33,98 76,74 16.380,71

Conductor/a Perceptor/a 36,43 89,53 17.650,77

CATEGORÍAS PROFESIONALES SALARIO PLUS TOTAL

BASE TRANSPORTE ANUAL APARCAMIENTOS

Encargado/a 1.185,99 89,53 18.864,17

Auxiliar Administrativo/a 1.064,39 76,74 16.886,74

Taquillero/a 36,43 89,53 17.650,77

Auxiliar de Aparcamiento 33,98 76,74 16.380,71

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A N E X O I I

TABLAS SALARIALES AÑO 2016

ANEXO II: TABLAS SALARIALES AÑO 2016 ( Incremento 0,5% sobre tablas 2015)

CATEGORÍAS PROFESIONALES SALARIO PLUS TOTAL

BASE TRANSPORTE ANUAL

TRANSPORTE DE VIAJEROS

Grupo 1º. Personal Superior y Técnico

Subgrupo A:

Jefe/a de Servicio 1.663,79 89,98 26.036,54

Inspector/a Principal 1.485,86 89,98 23.367,73

Subgrupo B:

Ingeniero/a y Licenciado/a 1.592,84 89,98 24.972,34

Ingeniero/a Técnico/a y Auxiliar 1.269,30 89,98 20.119,34

Ayudante Técnico/a Sanitario 1.097,33 89,98 17.539,62

GRUPO 2º. Personal Administrativo

Jefe/a de Sección 1.324,54 89,98 20.947,85

Jefe/a de Negociado 1.269,28 89,98 20.119,02

Oficial/a de Primera 1.198,18 89,98 19.052,52

Oficial/a de Segunda 1.137,07 89,98 18.135,69

Auxiliar Administrativo/a 1.069,70 77,12 16.971,02

Aspirante de 16 y 17 años 862,11 77,12 13.857,05

GRUPO 3º. Personal de movimiento

Subgrupo A: Estaciones y Administraciones

Sección 1. Personal Estaciones

Clase 1ª

Jefe/a de Estación de Primera 1.365,88 89,98 21.567,81

Jefe/a de Estación de Segunda 1.269,28 89,98 20.119,02

Clase 2ª

Jefe/a de Administración de 1ª 1.365,88 89,98 21.567,81

Jefe/a de Administración de 2ª 1.269,28 89,98 20.119,02

Clase 3ª

Jefe/a de Estación en ruta 1.097,31 89,98 17.539,31

Taquillero/a 1.071,84 77,12 17.003,08

Factor 1.071,84 77,12 17.003,08

Encargado/a de Consigna 1.071,84 77,12 17.003,08

Repartidor/a de Mercancías 35,20 77,12 16.939,53

Mozo/a 35,20 77,12 16.939,53

Subgrupo B: Transportes de Viajeros en Autobuses y Microbuses

Jefe/a de Tráfico de Primera 1.135,71 89,98 18.115,34

Jefe/a de Tráfico de Segunda 1.114,48 89,98 17.797,03

Jefe/a de Tráfico de Tercera 1.114,48 89,98 17.797,03

Inspector/a 38,16 89,98 18.440,37

Conductor/a 36,56 89,98 17.715,65

Conductor/a Perceptor/a 36,61 89,98 17.739,02

Conductor en desarrollo

35,20 77,12 16.939,53

Cobrador/a 35,20 77,12 16.939,53

Auxiliar en Ruta 35,20 77,12 16.939,53

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burgos

Subgrupo C: Transporte en Automóviles Ligeros de Servicio Público

Jefe/a de Tráfico 1.244,45 89,98 19.746,47

Conductor/a 36,56 89,98 17.715,65

GRUPO 4º. Personal de Talleres

Encargado/a de Almacén 1.088,27 89,98 17.403,82

Jefe/a de Taller 1.270,49 89,98 20.137,06

Encargado/a o Contramaestre 1.152,95 89,98 18.373,99

Encargado/a General 1.141,72 89,98 18.205,51

Jefe/a de Equipo 38,20 89,98 18.459,08

Oficial/a de Primera 38,10 89,98 18.417,00

Oficial/a de Segunda 36,56 89,98 17.715,65

Oficial/a de Tercera 35,48 77,12 17.065,76

Mozo/a de Taller 35,25 77,12 16.962,90

GRUPO 5º. Personal Subalterno

Cobrador/a de Facturas 1.064,80 77,12 16.897,50

Telefonista 1.064,80 77,12 16.897,50

Portero/a y Vigilante 1.060,67 77,12 16.835,53

Botones de 16 a 17 años 775,77 77,12 12.561,95

Limpiador/a por horas

GRUPO 6º. Personal de Servicios Auxiliares

Sección 1ª. Garajes

Encargado/a General de Primera 1.191,92 89,98 18.958,49

Encargado/a de Segunda 1.130,47 89,98 18.036,88

Encargado/a de Almacén 1.095,08 89,98 17.505,86

Engrasador/a Lavacoches 35,20 77,12 16.939,53

Guarda de Noche 35,20 77,12 16.939,53

Guarda de Día 35,20 77,12 16.939,53

Sección 2ª. Estaciones de Lavado y Engrase

Encargado/a de Primera 1.136,77 89,98 18.131,22

Encargado/a de Segunda 1.078,50 77,12 17.102,97

Engrasador/a 35,20 77,12 16.939,53

Mozo/a de Servicio 35,20 77,12 16.939,25

CATEGORÍAS PROFESIONALES SALARIO PLUS TOTAL

BASE TRANSPORTE ANUAL

TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

GRUPO 1º. Personal Superior y Técnico

Subgrupo A:

Jefe/a de Servicio 1.571,15 89,98 24.646,95

Inspector/a Principal 1.462,50 89,98 23.017,20

Ingeniero/a y Licenciado/a 1.556,47 89,98 24.426,84

Ingeniero/a Técnico/a y Auxiliar Titulado/a 1.231,89 89,98 19.558,10

Ayudante Técnico/a Sanitario/a 1.080,43 89,98 17.286,06

Grupo 2º. Personal Administrativo

Jefe/a de Sección 1.290,05 89,98 20.430,39

Jefe/a de Negociado 1.232,61 89,98 19.568,90

Oficial/a de Primera 1.167,37 89,98 18.590,25

Oficial/a de Segunda 1.100,40 89,98 17.585,86

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diputación de burgosbopbur.diputaciondeburgos.es D.L.: BU - 1 - 1958

burgos

Auxiliar Administrativo/a 1.033,09 77,12 16.421,81

Aspirante de 16 y 17 años 825,45 77,12 13.307,23

Grupo 3º. Personal de movimiento

Jefe/a de Tráfico de Primera 1.059,14 89,98 16.966,83

Jefe/a de Tráfico de Segunda 1.043,14 89,98 16.726,83

Jefe/a de Tráfico de Tercera 1.043,14 89,98 16.726,83

Conductor/a Mecánico/a 36,44 89,98 17.659,54

Conductor/a 35,54 89,98 17.248,08

Conductor/a de Motociclo y Furgoneta 34,43 77,12 16.593,52

Conductor en desarrollo 34,17 77,12 16.471,96

Ayudante Técnico/a Sanitario/a 34,17 77,12 16.471,96

Mozo/a Especializado/a 34,17 77,12 16.471,96

Mozo/a de Carga y Descarga y Repartidor/a 34,17 77,12 16.471,96

Grupo 4º. Personal de Talleres

Jefe/a de Taller 1.234,14 89,98 19.591,86

Encargado/a o Contramaestre 1.121,65 89,98 17.904,48

Encargado/a General 1.105,30 89,98 17.659,24

Encargado/a de Almacén 1.051,60 89,98 16.853,69

Jefe/a de Equipo 37,17 89,98 17.996,18

Oficial/a de Primera 37,14 89,98 17.982,16

Oficial/a de Segunda 35,70 89,98 17.322,89

Oficial/a de Tercera 34,43 77,12 16.593,52

Mozo/a de Taller 35,25 77,12 16.962,90

Grupo 5º. Personal Subalterno

Cobrador/a de facturas 1.028,24 77,12 16.349,06

Telefonista 1.028,24 77,12 16.349,06

Portero/a 1.024,63 77,12 16.294,95

Vigilante 1.024,63 77,12 16.294,95

Botones de 16 y 17 años 755,44 77,12 12.257,05

Limpiador/a (por horas)

Grupo 3º

Subgrupo H) Transporte de Mueble y Mudanzas

Jefe/a de Tráfico 1.060,13 89,98 16.981,78

Inspector/a Visitador/a 1.049,33 77,12 16.665,35

Encargado/a de Almacén o Guardamueble 1.033,46 77,12 16.427,36

Capataz 35,37 77,12 17.019,01

Capitonista 34,67 77,12 16.701,07

Mozo/a Especialista 34,19 77,12 16.481,32

Mozo/a 34,15 77,12 16.462,61

Carpintero/a 34,43 77,12 16.593,52

Conductor/a Mecánico/a 36,44 89,98 17.659,54

Conductor/a 35,51 89,98 17.234,06

Conductor en desarrollo

34,43 77,12 16.593,52

Conductor/a de Furgoneta y Motocicletas 34,43 77,12 16.593,52

Grupo 3º. Sección Garajes

Encargado/a General de Primera 1.155,31 89,98 18.409,29

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burgos

* * *

Encargado/a de Segunda 1.093,84 89,98 17.487,36

Encargado/a de Almacén 1.059,13 89,98 16.966,67

Engrasador/a de Lavacoches 34,15 77,12 16.462,61

Guarda de Noche 34,15 77,12 16.462,61

Guarda de Día 34,15 77,12 16.462,61

Sección 2ª. Estación de Lavado y Engrase

Encargado/a de Primera 1.099,32 89,98 17.569,52

Encargado/a de Segunda 1.041,94 77,12 16.554,68

Engrasador/a 34,15 77,12 16.462,61

Mozo/a de Servicio 34,15 77,12 16.462,61

Conductor/a Perceptor/a 36,61 89,98 17.739,02

CATEGORÍAS PROFESIONALES SALARIO PLUS TOTAL

BASE TRANSPORTE ANUAL APARCAMIENTOS

Encargado/a 1.191,92 89,98 18.958,49

Auxiliar Administrativo/a 1.069,71 77,12 16.971,17

Taquillero/a 36,61 89,98 17.739,02

Auxiliar de Aparcamiento 34,15 77,12 16.462,61

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burgos

A N E X O I I I

TABLAS ANTIGÜEDAD AÑO 2013, 2014 Y 2015

ANEXO III

TABLAS ANTIGÜEDAD AÑO 2013, 2014 Y 2015

CATEGORÍAS PROFESIONALES ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD

4 AÑOS 8 AÑOS 12 AÑOS 16 AÑOS 20 AÑOS 24 AÑOS

TRANSPORTE DE VIAJEROS

Grupo 1º. Personal Superior y Técnico

Subgrupo A:

Jefe/a de Servicio 79,02 158,07 237,07 316,14 395,18 474,22

Inspector/a Principal 69,49 139,02 208,51 278,04 347,54 417,06

Subgrupo B: 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Ingeniero/a y Licenciado/a 75,63 151,27 226,90 302,55 378,19 453,82

Ingeniero/a Técnico/a y Auxiliar 57,04 114,11 171,15 228,21 285,28 342,30

Ayudante Técnico/a Sanitario 48,54 97,12 145,66 194,21 242,74 291,32

GRUPO 2º. Personal Administrativo 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Jefe/a de Sección 60,28 120,53 180,83 241,04 301,34 361,57

Jefe/a de Negociado 57,72 115,48 173,22 231,00 288,73 346,48

Oficial/a de Primera 54,34 108,68 163,00 217,32 271,66 325,99

Oficial/a de Segunda 51,44 102,92 154,36 205,81 257,27 308,73

Auxiliar Administrativo/a 47,66 95,27 142,93 190,60 238,24 285,87

Aspirante de 16 y 17 años 35,75 71,49 107,23 143,03 178,76 214,53

GRUPO 3º. Personal de movimiento

Subgrupo A: Estaciones y Administraciones

Sección 1. Personal Estaciones

Clase 1ª

Jefe/a de Estación de Primera 62,68 125,27 187,90 250,54 313,17 375,78

Jefe/a de Estación de Segunda 57,73 115,48 173,22 231,00 288,73 346,48

Clase 2ª 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Jefe/a de Administración de 1ª 62,68 125,27 187,90 250,54 313,17 375,78

Jefe/a de Administración de 2ª 57,73 115,48 173,22 231,00 288,73 346,48

Clase 3ª

Jefe/a de Estación en ruta 49,19 98,35 147,52 196,70 245,89 295,07

Taquillero/a 47,77 95,55 143,27 191,06 238,84 286,62

Factor 47,77 95,55 143,27 191,06 238,84 286,62

Encargado/a de Consigna 47,77 95,55 143,27 191,06 238,84 286,62

Repartidor/a de Mercancías 1,60 3,14 4,67 6,27 7,82 9,39

Mozo/a 1,60 3,14 4,67 6,27 7,82 9,39 Subgrupo B: Transportes de Viajeros en Autobuses y Microbuses

Jefe/a de Tráfico de Primera 50,10 100,18 150,27 200,39 250,47 300,57

Jefe/a de Tráfico de Segunda 48,88 97,75 146,64 195,54 244,39 293,29

Jefe/a de Tráfico de Tercera 48,88 97,75 146,64 195,54 244,39 293,29

Inspector/a 1,71 3,39 5,07 6,78 8,48 10,17

Conductor/a 1,65 3,29 4,93 6,57 8,21 9,85

Conductor/a Perceptor/a 1,66 3,29 4,93 6,57 8,22 9,87

Cobrador/a 1,60 3,14 4,67 6,27 7,82 9,39

Auxiliar en Ruta 1,60 3,14 4,67 6,27 7,82 9,39

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burgos

Subgrupo C: Transporte en Automóviles Ligeros de Servicio Público

Jefe/a de Tráfico 56,30 112,66 168,96 225,32 281,63 337,95

Conductor/a 1,65 3,29 4,93 6,57 8,21 9,85

GRUPO 4º. Personal de Talleres

Encargado/a de Almacén 48,64 97,31 145,93 194,63 243,30 291,96 Jefe/a de Taller 57,82 115,62 173,50 231,31 289,15 346,93 Encargado/a o Contramaestre 51,72 103,45 155,23 206,97 258,70 310,42 Encargado/a General 51,11 102,17 153,31 204,40 255,52 306,59 Jefe/a de Equipo 1,71 3,38 5,10 6,81 8,50 10,19 Oficial/a de Primera 1,71 3,38 5,10 6,80 8,49 10,17 Oficial/a de Segunda 1,65 3,28 4,95 6,58 8,22 9,85 Oficial/a de Tercera 1,62 3,17 4,76 6,33 7,96 9,50 Mozo/a de Taller 1,60 3,13 4,71 6,30 7,88 9,41 GRUPO 5º. Personal Subalterno

Cobrador/a de Facturas 47,37 94,71 142,13 189,48 236,83 284,19 Telefonista 47,37 94,71 142,13 189,48 236,83 284,19 Portero/a y Vigilante 47,15 94,24 141,40 188,53 235,67 282,78 Botones de 16 a 17 años 30,81 61,59 92,44 123,25 154,04 184,82 Limpiador/a por horas GRUPO 6º. Personal de Servicios Auxiliares Sección 1ª. Garajes Encargado/a General de Primera 53,32 106,61 159,98 213,27 266,57 319,87

Encargado/a de Segunda 50,44 100,90 151,33 201,81 252,26 302,70

Encargado/a de Almacén 49,05 98,09 147,15 196,20 245,24 294,31

Engrasador/a Lavacoches 1,60 3,13 4,69 6,28 7,83 9,39

Guarda de Noche 1,60 3,13 4,69 6,28 7,83 9,39

Guarda de Día 1,60 3,13 4,69 6,28 7,83 9,39

Sección 2ª. Estaciones de Lavado y Engrase

Encargado/a de Primera 51,45 102,87 154,32 205,75 257,22 308,63

Encargado/a de Segunda 48,15 96,28 144,48 192,62 240,77 288,94

Engrasador/a 1,60 3,13 4,69 6,28 7,83 9,39

Mozo/a de Servicio 1,60 3,13 4,69 6,28 7,83 9,39

TABLAS ANTIGÜEDAD 2013, 2014 y 2015

CATEGORÍAS PROFESIONALES ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD 4 AÑOS 8 AÑOS 12 AÑOS 16 AÑOS 20 AÑOS 24 AÑOS TRANSPORTE DE MERCANCÍAS GRUPO 1º. Personal Superior y Técnico Subgrupo A: Jefe/a de Servicio 73,72 147,43 221,20 294,94 368,63 442,36 Inspector/a Principal 68,15 136,31 204,47 272,66 340,81 408,96 Ingeniero/a y Licenciado/a 73,56 147,08 220,62 294,17 367,69 441,26 Ingeniero/a Técnico/a y Auxiliar Titulado/a 54,93 109,88 164,85 219,81 274,76 329,69 Ayudante Técnico/a Sanitario 47,59 95,15 142,75 190,33 237,93 285,47

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boletín oficial de la provincia

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núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

diputación de burgosbopbur.diputaciondeburgos.es D.L.: BU - 1 - 1958

burgos

Grupo 2º. Personal Administrativo Jefe/a de Sección 58,28 116,54 174,86 233,12 291,41 349,68 Jefe/a de Negociado 55,66 111,30 166,93 222,57 278,23 333,89 Oficial/a de Primera 52,55 105,11 157,70 210,26 262,80 315,39 Oficial/a de Segunda 49,37 98,72 148,05 197,39 246,79 296,16 Auxiliar Administrativo/a 45,52 91,10 136,63 182,22 227,72 273,30 Aspirante de 16 y 17 años 33,64 67,31 100,96 134,59 168,27 201,91

Grupo 3º. Personal de movimiento

Jefe/a de Tráfico de Primera 46,97 93,98 140,96 187,97 234,95 281,95

Jefe/a de Tráfico de Segunda 46,06 92,17 138,23 184,29 230,36 276,42

Jefe/a de Tráfico de Tercera 46,06 92,17 138,23 184,29 230,36 276,42

Conductor/a Mecánico/a 1,64 3,25 4,85 6,45 8,10 9,70

Conductor/a 1,62 3,18 4,76 6,33 7,96 9,52

Conductor/a de Motociclo y Furgoneta 1,52 3,03 4,56 6,09 7,62 9,13

Ayudante Técnico/a Sanitario 1,51 3,01 4,52 6,03 7,53 9,07

Mozo/a Especializado/a 1,51 3,01 4,52 6,03 7,53 9,07

Mozo/a de Carga y Descarga y Repartidor 1,51 3,01 4,52 6,03 7,53 9,07

Grupo 4º. Personal de Talleres

Jefe/a de Taller 55,75 111,44 167,22 222,93 278,68 334,41

Encargado/a o Contramaestre 49,94 99,85 149,84 199,79 249,70 299,64

Encargado/a General 49,02 97,99 147,03 196,04 245,05 294,05

Encargado/a de Almacén 46,54 93,10 139,66 186,23 232,78 279,36

Jefe/a de Equipo 1,65 3,27 4,92 6,54 8,17 9,82

Oficial/a de Primera 1,65 3,27 4,91 6,54 8,17 9,80

Oficial/a de Segunda 1,62 3,19 4,79 6,37 8,01 9,58

Oficial/a de Tercera 1,52 3,03 4,56 6,09 7,62 9,13

Mozo/a de Taller 1,60 3,13 4,70 6,29 7,86 9,41

Grupo 5º. Personal Subalterno

Cobrador/a de facturas 45,28 90,55 135,83 181,09 226,40 271,64

Telefonista 45,28 90,55 135,83 181,09 226,40 271,64

Portero/a 45,07 90,13 135,18 180,25 225,34 270,36

Vigilante 45,07 90,13 135,18 180,25 225,34 270,36

Botones de 16 y 17 años 28,73 57,46 86,17 114,91 143,64 172,37

Limpiador/a (por horas)

Grupo 3º Subgrupo H) Transporte de Mueble y Mudanzas Jefe/a de Tráfico 47,08 94,07 141,14 188,18 235,23 282,26 Inspector/a Visitador/a 46,47 92,98 139,43 185,92 232,39 278,88 Encargado/a de Almacén o Guardamueble 45,59 91,16 136,71 182,27 227,86 273,43 Capataz 1,62 3,18 4,72 6,30 7,91 9,48 Capitonista 1,55 3,08 4,59 6,16 7,68 9,20 Mozo/a Especialista 1,53 3,02 4,52 6,05 7,53 9,07 Mozo/a 1,52 3,02 4,51 6,03 7,52 9,07 Carpintero/a 1,53 3,04 4,55 6,09 7,61 9,13 Conductor/a Mecánico/a 1,65 3,26 4,84 6,45 8,09 9,70 Conductor/a 1,63 3,18 4,74 6,33 7,94 9,50 Conductor/a de Furgoneta y Motocicletas 1,53 3,04 4,55 6,09 7,61 9,13

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* * *

Grupo 3º. Sección Garajes Encargado/a General de Primera 51,22 102,46 153,65 204,90 256,06 307,32 Encargado/a de Segunda 48,33 96,71 145,02 193,44 241,77 290,11 Encargado/a de Almacén 46,98 93,99 140,94 187,97 234,94 281,94 Engrasador/a de Lavacoches 1,52 3,02 4,51 6,03 7,52 9,07 Guarda de Noche 1,52 3,02 4,51 6,03 7,52 9,07

Guarda de Día 1,52 3,02 4,51 6,03 7,52 9,07

Sección 2ª. Estación de Lavado y Engrase

Encargado/a de Primera 49,32 98,57 147,85 197,15 246,44 295,73

Encargado/a de Segunda 46,05 92,11 138,17 184,23 230,28 276,33

Engrasador/a 1,52 3,02 4,51 6,03 7,52 9,07

Mozo/a de Servicio 1,52 3,02 4,51 6,03 7,52 9,07

Conductor/a Perceptor/a 1,67 3,29 4,93 6,57 8,21 9,87

TABLAS ANTIGÜEDAD 2013, 2014 y 2015

CATEGORÍAS PROFESIONALES ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD

4 AÑOS 8 AÑOS 12 AÑOS 16 AÑOS 20 AÑOS 24 AÑOS

APARCAMIENTOS

Encargado/a 53,32 106,62 159,97 213,25 266,56 319,87

Auxiliar Administrativo/a 47,67 95,27 142,94 190,60 238,24 285,87

Taquillero/a 1,66 3,29 4,94 6,57 8,22 9,87

Auxiliar de Aparcamiento 1,51 3,02 4,52 6,03 7,53 9,07

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A N E X O I V

ANEXO IV TABLAS ANTIGÜEDAD 2016 (incremento del 0,5% sobre tablas año 2015)

CATEGORÍAS PROFESIONALES ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD

4 AÑOS 8 AÑOS 12 AÑOS 16 AÑOS 20 AÑOS 24 AÑOS

TRANSPORTE DE VIAJEROS

Grupo 1º. Personal Superior y Técnico

Subgrupo A:

Jefe/a de Servicio 79,42 158,86 238,26 317,72 397,16 476,59

Inspector/a Principal 69,84 139,72 209,55 279,43 349,28 419,15

Subgrupo B:

Ingeniero/a y Licenciado/a 76,01 152,03 228,03 304,06 380,08 456,09

Ingeniero/a Técnico/a y Auxiliar 57,33 114,68 172,01 229,35 286,71 344,01

Ayudante Técnico/a Sanitario 48,78 97,61 146,39 195,18 243,95 292,78

GRUPO 2º. Personal Administrativo

Jefe/a de Sección 60,58 121,13 181,73 242,25 302,85 363,38

Jefe/a de Negociado 58,01 116,06 174,09 232,16 290,17 348,21

Oficial/a de Primera 54,61 109,22 163,82 218,41 273,02 327,62

Oficial/a de Segunda 51,70 103,43 155,13 206,84 258,56 310,27

Auxiliar Administrativo/a 47,90 95,75 143,64 191,55 239,43 287,30

Aspirante de 16 y 17 años 35,93 71,85 107,77 143,75 179,65 215,60

GRUPO 3º. Personal de movimiento

Subgrupo A: Estaciones y Administraciones

Sección 1. Personal Estaciones

Clase 1ª

Jefe/a de Estación de Primera 62,99 125,90 188,84 251,79 314,74 377,66

Jefe/a de Estación de Segunda 58,02 116,06 174,09 232,16 290,17 348,21

Clase 2ª

Jefe/a de Administración de 1ª 62,99 125,90 188,84 251,79 314,74 377,66

Jefe/a de Administración de 2ª 58,02 116,06 174,09 232,16 290,17 348,21

Clase 3ª

Jefe/a de Estación en ruta 49,44 98,84 148,26 197,68 247,12 296,55

Taquillero/a 48,01 96,03 143,99 192,02 240,03 288,05

Factor 48,01 96,03 143,99 192,02 240,03 288,05

Encargado/a de Consigna 48,01 96,03 143,99 192,02 240,03 288,05

Repartidor/a de Mercancías 1,61 3,16 4,69 6,30 7,86 9,44

Mozo/a 1,61 3,16 4,69 6,30 7,86 9,44

Subgrupo B: Transportes de Viajeros en Autobuses y Microbuses

Jefe/a de Tráfico de Primera 50,35 100,68 151,02 201,39 251,72 302,07

Jefe/a de Tráfico de Segunda 49,12 98,24 147,37 196,52 245,61 294,76

Jefe/a de Tráfico de Tercera 49,12 98,24 147,37 196,52 245,61 294,76

Inspector/a 1,72 3,41 5,10 6,81 8,52 10,22

Conductor/a 1,66 3,31 4,95 6,60 8,25 9,90

Conductor/a Perceptor/a 1,67 3,31 4,95 6,60 8,26 9,92

Cobrador/a 1,61 3,16 4,69 6,30 7,86 9,44

Auxiliar en Ruta 1,61 3,16 4,69 6,30 7,86 9,44

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Subgrupo C: Transporte en Automóviles Ligeros de Servicio Público

Jefe/a de Tráfico 56,58 113,22 169,80 226,45 283,04 339,64

Conductor/a 1,66 3,31 4,95 6,60 8,25 9,90

GRUPO 4º. Personal de Talleres

Encargado/a de Almacén 48,88 97,80 146,66 195,60 244,52 293,42

Jefe/a de Taller 58,11 116,20 174,37 232,47 290,60 348,66

Encargado/a o Contramaestre 51,98 103,97 156,01 208,00 259,99 311,97

Encargado/a General 51,37 102,68 154,08 205,42 256,80 308,12

Jefe/a de Equipo 1,72 3,40 5,13 6,84 8,54 10,24

Oficial/a de Primera 1,72 3,40 5,13 6,83 8,53 10,22

Oficial/a de Segunda 1,66 3,30 4,97 6,61 8,26 9,90

Oficial/a de Tercera 1,63 3,19 4,78 6,36 8,00 9,55

Mozo/a de Taller 1,61 3,15 4,73 6,33 7,92 9,46

GRUPO 5º. Personal Subalterno 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Cobrador/a de Facturas 47,61 95,18 142,84 190,43 238,01 285,61

Telefonista 47,61 95,18 142,84 190,43 238,01 285,61

Portero/a y Vigilante 47,39 94,71 142,11 189,47 236,85 284,19

Botones de 16 a 17 años 30,96 61,90 92,90 123,87 154,81 185,74

Limpiador/a por horas

GRUPO 6º. Personal de Servicios Auxiliares

Sección 1ª. Garajes

Encargado/a General de Primera 53,59 107,14 160,78 214,34 267,90 321,47

Encargado/a de Segunda 50,69 101,40 152,09 202,82 253,52 304,21

Encargado/a de Almacén 49,30 98,58 147,89 197,18 246,47 295,78

Engrasador/a Lavacoches 1,61 3,15 4,71 6,31 7,87 9,44

Guarda de Noche 1,61 3,15 4,71 6,31 7,87 9,44

Guarda de Día 1,61 3,15 4,71 6,31 7,87 9,44

Sección 2ª. Estaciones de Lavado y Engrase

Encargado/a de Primera 51,71 103,38 155,09 206,78 258,51 310,17

Encargado/a de Segunda 48,39 96,76 145,20 193,58 241,97 290,38

Engrasador/a 1,61 3,15 4,71 6,31 7,87 9,44

Mozo/a de Servicio 1,61 3,15 4,71 6,31 7,87 9,44

TABLAS ANTIGÜEDAD 2016 (incremento del 0,5% sobre tablas año 2015)

CATEGORÍAS PROFESIONALES ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD

4 AÑOS 8 AÑOS 12 AÑOS 16 AÑOS 20 AÑOS 24 AÑOS

TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

GRUPO 1º. Personal Superior y Técnico

Subgrupo A:

Jefe/a de Servicio 74,09 148,17 222,31 296,41 370,47 444,57

Inspector/a Principal 68,49 136,99 205,49 274,02 342,51 411,00

Ingeniero/a y Licenciado/a 73,93 147,82 221,72 295,64 369,53 443,47

Ingeniero/a Técnico/a y Auxiliar Titulado/a 55,20 110,43 165,67 220,91 276,13 331,34

Ayudante Técnico/a Sanitario 47,83 95,63 143,46 191,28 239,12 286,90

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burgos

Grupo 2º. Personal Administrativo

Jefe/a de Sección 58,57 117,12 175,73 234,29 292,87 351,43

Jefe/a de Negociado 55,94 111,86 167,76 223,68 279,62 335,56

Oficial/a de Primera 52,81 105,64 158,49 211,31 264,11 316,97

Oficial/a de Segunda 49,62 99,21 148,79 198,38 248,02 297,64

Auxiliar Administrativo/a 45,75 91,56 137,31 183,13 228,86 274,67

Aspirante de 16 y 17 años 33,81 67,65 101,46 135,26 169,11 202,92

Grupo 3º. Personal de movimiento

Jefe/a de Tráfico de Primera 47,20 94,45 141,66 188,91 236,12 283,36

Jefe/a de Tráfico de Segunda 46,29 92,63 138,92 185,21 231,51 277,80

Jefe/a de Tráfico de Tercera 46,29 92,63 138,92 185,21 231,51 277,80

Conductor/a Mecánico/a 1,65 3,27 4,87 6,48 8,14 9,75

Conductor/a 1,63 3,20 4,78 6,36 8,00 9,57

Conductor/a de Motociclo y Furgoneta 1,53 3,05 4,58 6,12 7,66 9,18

Ayudante Técnico/a Sanitario 1,52 3,03 4,54 6,06 7,57 9,12

Mozo/a Especializado/a 1,52 3,03 4,54 6,06 7,57 9,12

Mozo/a de Carga y Descarga y Repartidor 1,52 3,03 4,54 6,06 7,57 9,12

Grupo 4º. Personal de Talleres 0,00

Jefe/a de Taller 56,03 112,00 168,06 224,04 280,07 336,08

Encargado/a o Contramaestre 50,19 100,35 150,59 200,79 250,95 301,14

Encargado/a General 49,27 98,48 147,77 197,02 246,28 295,52

Encargado/a de Almacén 46,77 93,57 140,36 187,16 233,94 280,76

Jefe/a de Equipo 1,66 3,29 4,94 6,57 8,21 9,87

Oficial/a de Primera 1,66 3,29 4,93 6,57 8,21 9,85

Oficial/a de Segunda 1,63 3,21 4,81 6,40 8,05 9,63

Oficial/a de Tercera 1,53 3,05 4,58 6,12 7,66 9,18

Mozo/a de Taller 1,61 3,15 4,72 6,32 7,90 9,46

Grupo 5º. Personal Subalterno

Cobrador/a de facturas 45,51 91,00 136,51 182,00 227,53 273,00

Telefonista 45,51 91,00 136,51 182,00 227,53 273,00

Portero/a 45,30 90,58 135,86 181,15 226,47 271,71

Vigilante 45,30 90,58 135,86 181,15 226,47 271,71

Botones de 16 y 17 años 28,87 57,75 86,60 115,48 144,36 173,23

Limpiador/a (por horas)

Grupo 3º

Subgrupo H) Transporte de Mueble y Mudanzas

Jefe/a de Tráfico 47,32 94,54 141,85 189,12 236,41 283,67

Inspector/a Visitador/a 46,70 93,44 140,13 186,85 233,55 280,27

Encargado/a de Almacén o Guardamueble 45,82 91,62 137,39 183,18 229,00 274,80

Capataz 1,63 3,20 4,74 6,33 7,95 9,53

Capitonista 1,56 3,10 4,61 6,19 7,72 9,25

Mozo/a Especialista 1,54 3,04 4,54 6,08 7,57 9,12

Mozo/a 1,53 3,04 4,53 6,06 7,56 9,12

Carpintero/a 1,54 3,06 4,57 6,12 7,65 9,18

Conductor/a Mecánico/a 1,66 3,28 4,86 6,48 8,13 9,75

Conductor/a 1,64 3,20 4,76 6,36 7,98 9,55

Conductor/a de Furgoneta y Motocicletas 1,54 3,06 4,57 6,12 7,65 9,18

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* * *

Grupo 3º. Sección Garajes

Encargado/a General de Primera 51,48 102,97 154,42 205,92 257,34 308,86

Encargado/a de Segunda 48,57 97,19 145,75 194,41 242,98 291,56

Encargado/a de Almacén 47,21 94,46 141,64 188,91 236,11 283,35

Engrasador/a de Lavacoches 1,53 3,04 4,53 6,06 7,56 9,12

Guarda de Noche 1,53 3,04 4,53 6,06 7,56 9,12

Guarda de Día 1,53 3,04 4,53 6,06 7,56 9,12

Sección 2ª. Estación de Lavado y Engrase

Encargado/a de Primera 49,57 99,06 148,59 198,14 247,67 297,21

Encargado/a de Segunda 46,28 92,57 138,86 185,15 231,43 277,71

Engrasador/a 1,53 3,04 4,53 6,06 7,56 9,12

Mozo/a de Servicio 1,53 3,04 4,53 6,06 7,56 9,12

Conductor/a Perceptor/a 1,68 3,31 4,95 6,60 8,25 9,92

TABLAS ANTIGÜEDAD 2016 (incremento del 0,5% sobre tablas año 2015)

CATEGORÍAS PROFESIONALES ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD ANTIGÜEDAD

4 AÑOS 8 AÑOS 12 AÑOS 16 AÑOS 20 AÑOS 24 AÑOS

APARCAMIENTOS

Encargado/a 53,59 107,15 160,77 214,32 267,89 321,47

Auxiliar Administrativo/a 47,91 95,75 143,65 191,55 239,43 287,30

Taquillero/a 1,67 3,31 4,96 6,60 8,26 9,92

Auxiliar de Aparcamiento 1,52 3,04 4,54 6,06 7,57 9,12

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A N E X O V

DIETAS NACIONALES AÑO 2013, 2014 Y 2015

* * *

Anexo V:

LÍNEAS REGULARES DE VIAJEROS Comida 12,93

Cena 10,40

Desayuno y Cama 8,87

Total Diaria 32,20

LÍNEAS DISCRECIONALES DE VIAJEROS

Comida 14,22

Cena 14,22

Desayuno y Cama 12,20

Total Diaria 40,64

LÍNEAS DISCRECIONALES DE MERCANCÍAS

Comida 12,93

Cena 12,93

Desayuno y Cama 10,81

Total Diaria 36,68

OTROS CONCEPTOS

Art. 14º Valor mínimo hora presencia 4,65

Art. 22º Hora Extraordinaria 9,19

Art. 24º Hora Nocturna 1,26

Art. 27º Bolsa de Vacaciones 88,78

Art. 28º Plus del Conductor/a Perceptor/a 5,34

Art. 29º Quebranto de Moneda 21,66

Art. 30º Plus de Peligrosidad 2,65

Art. 31º Plus Nochebuena / Nochevieja 34,90

Art. 57º Plus de Toxicidad 82,22

Art. 59º Plus Festividad (Navidad, Año Nuevo y Reyes = Artº 61) 20,94

Art. 60º Plus de Turnidad 49,57

Art. 61º Plus de Nochebuena / Nochevieja 34,90

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A N E X O V I

DIETAS NACIONALES AÑO 2016

* * *

ANEXO VI

LÍNEAS REGULARES DE VIAJEROS Comida 12,99

Cena 10,45

Desayuno y Cama 8,91

Total Diaria 32,36

LÍNEAS DISCRECIONALES DE VIAJEROS

Comida 14,29

Cena 14,29

Desayuno y Cama 12,26

Total Diaria 40,84

LÍNEAS DISCRECIONALES DE MERCANCÍAS

Comida 12,99

Cena 12,99

Desayuno y Cama 10,86

Total Diaria 36,86

OTROS CONCEPTOS

Art. 14º Valor mínimo hora presencia 4,67

Art. 22º Hora Extraordinaria 9,24

Art. 24º Hora Nocturna 1,27

Art. 27º Bolsa de Vacaciones 89,22

Art. 28º Plus del Conductor/a Perceptor/a 5,37

Art. 29º Quebranto de Moneda 21,77

Art. 30º Plus de Peligrosidad 2,66

Art. 31º Plus Nochebuena / Nochevieja 35,07

Art. 57º Plus de Toxicidad 82,63

Art. 59º Plus Festividad (Navidad, Año Nuevo y Reyes = Artº 61) 21,04

Art. 60º Plus de Turnidad 49,82

Art. 61º Plus de Nochebuena / Nochevieja 35,07

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A N E X O V I I

DIETAS INTERNACIONALES VIAJEROS Y MERCANCÍAS AÑO 2013, 2014 Y 2015

* * *

Anexo VII DIETAS INTERNACIONALES VIAJEROS Y MERCANCÍAS AÑO 2013, 2014 Y 2015

ALEMANIA

Dieta completa 88,42 Euros

Comida 29,71 Euros

Cena 29,71 Euros

Desayuno y Cama 29,00 Euros

BÉLGICA

Dieta completa 64,30 Euros

Comida 21,51 Euros

Cena 21,51 Euros

Desayuno y Cama 21,28 Euros

FRANCIA

Dieta completa 52,12 Euros

Comida 17,52 Euros

Cena 17,52 Euros

Desayuno y Cama 17,08 Euros

HOLANDA

Dieta completa 84,30 Euros

Comida 27,65 Euros

Cena 27,65 Euros

Desayuno y Cama 29,00 Euros

INGLATERRA

Dieta completa 64,94 Libras

Comida 23,01 Libras

Cena 23,01 Libras

Desayuno y Cama 18,92 Libras

ITALIA

Dieta completa 59,29 Euros

Comida 19,86 Euros

Cena 19,86 Euros

Desayuno y Cama 19,57 Euros

MARRUECOS

Dieta completa 49,72 Euros

Comida 16,72 Euros

Cena 16,72 Euros

Desayuno y Cama 16,28 Euros

PORTUGAL

Dieta completa 42,18 Euros

Comida 14,14 Euros

Cena 14,14 Euros

Desayuno y Cama 13,90 Euros

SUIZA

Dieta completa 90,51 Euros

Comida 30,40 Euros

Cena 30,40 Euros

Desayuno y Cama 29,71 Euros

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A N E X O V I I I

DIETAS INTERNACIONALES VIAJEROS Y MERCANCÍAS AÑO 2016

* * *

ALEMANIA Dieta completa 88,87 Euros

Comida 29,86 Euros

Cena 29,86 Euros

Desayuno y Cama 29,15 Euros

BÉLGICA

Dieta completa 64,63 Euros

Comida 21,62 Euros

Cena 21,62 Euros

Desayuno y Cama 21,39 Euros

FRANCIA

Dieta completa 52,39 Euros

Comida 17,61 Euros

Cena 17,61 Euros

Desayuno y Cama 17,17 Euros

HOLANDA

Dieta completa 84,73 Euros

Comida 27,79 Euros

Cena 27,79 Euros

Desayuno y Cama 29,15 Euros

INGLATERRA

Dieta completa 65,27 Libras

Comida 23,13 Libras

Cena 23,13 Libras

Desayuno y Cama 19,01 Libras

ITALIA

Dieta completa 59,59 Euros

Comida 19,96 Euros

Cena 19,96 Euros

Desayuno y Cama 19,67 Euros

MARRUECOS

Dieta completa 49,96 Euros

Comida 16,80 Euros

Cena 16,80 Euros

Desayuno y Cama 16,36 Euros

PORTUGAL

Dieta completa 42,39 Euros

Comida 14,21 Euros

Cena 14,21 Euros

Desayuno y Cama 13,97 Euros

SUIZA

Dieta completa 90,96 Euros

Comida 30,55 Euros

Cena 30,55 Euros

Desayuno y Cama 29,86 Euros

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A N E X O I X

TRANSCRIPCIÓN DEL R.D. 1561/1995, 21-IX, EN LO REFERENTE A LAS JORNADAS

ESPECIALES DE TRABAJO EN EL TRANSPORTE POR CARRETERA

SECCIÓN 4.ª – TRANSPORTES Y TRABAJO EN EL MAR.

Subsección primera. – Disposiciones comunes.

Artículo 8.º – Tiempo de trabajo efectivo y tiempo de presencia.

1. Para el cómputo de la jornada en los diferentes sectores del transporte y en eltrabajo en el mar se distinguirá entre tiempo de trabajo efectivo y tiempo de presencia.

Se considerará en todo caso tiempo de trabajo efectivo aquel en el que el trabajadorse encuentre a disposición del empresario y en el ejercicio de su actividad, realizando lasfunciones propias de la conducción del vehículo o medio de transporte u otros trabajosdurante el tiempo de circulación de los mismos, o trabajos auxiliares que se efectúen enrelación con el vehículo o medio de transporte, sus pasajeros o su carga.

Se considerará tiempo de presencia aquel en el que el trabajador se encuentre adisposición del empresario sin prestar trabajo efectivo, por razones de espera,expectativas, servicios de guardia, viajes sin servicio, averías, comidas en ruta u otrassimilares.

En los Convenios Colectivos se determinarán en cada caso los supuestos concretosconceptuables como tiempo de presencia.

2. Serán de aplicación al tiempo de trabajo efectivo la duración máxima de lajornada ordinaria de trabajo prevista en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores(RCL 1995, 997) y los límites establecidos para las horas extraordinarias en su artículo 35.

Los trabajadores no podrán realizar una jornada diaria total superior a doce horas,incluidas, en su caso, las horas extraordinarias.

3. Los tiempos de presencia no podrán exceder en ningún caso de veinte horassemanales de promedio en un periodo de referencia de un mes y se distribuirán con arregloa los criterios que se pacten colectivamente y respetando los períodos de descanso entrejornadas y semanal propios de cada actividad.

Las horas de presencia no computarán a efectos de la duración máxima de lajornada ordinaria de trabajo, ni para el límite máximo de las horas extraordinarias. Salvo quese acuerde su compensación con períodos equivalentes de descanso retribuido, seabonarán con un salario de cuantía no inferior al correspondiente a las horas ordinarias.

Artículo 9.º – Descanso entre jornadas y semanal.

Salvo disposiciones específicas aplicables de conformidad con lo dispuesto en lassubsecciones correspondientes de esta Sección, se deberá respetar en todo caso undescanso mínimo entre jornadas de diez horas, pudiéndose compensar las diferenciashasta las doce horas establecidas con carácter general, así como computar el descansosemanal de día y medio, en períodos de hasta cuatro semanas.

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Subsección segunda. – Transportes por carretera.

Artículo 10.º – Tiempo de trabajo en los transportes por carretera.

1. Serán de aplicación en el transporte por carretera las disposiciones comunescontenidas en el artículo 8 de este Real Decreto, con las particularidades que se contemplanen este artículo y en los siguientes.

2. Las disposiciones del artículo 8 sobre tiempos de trabajo efectivo y de presenciaserán de aplicación en el transporte por carretera a los trabajadores móviles, entendiendopor éstos a cualquier trabajador que forma parte del personal que se desplaza y que estáal servicio de una empresa que efectúa servicios de transporte.

A tal efecto, serán trabajadores móviles en el transporte por carretera los conductores,ayudantes, cobradores y demás personal auxiliar de viaje en el vehículo que realice trabajosen relación con el mismo, sus pasajeros o su carga, tanto en las empresas del sector detransporte por carretera, ya sean urbanos o interurbanos y de viajeros o mercancías, comoen las integradas en otros sectores que realicen tales actividades de transporte o alguna delas auxiliares anteriormente citadas.

3. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 8.1, se entienden comprendidosdentro del tiempo de trabajo efectivo los períodos durante los que el trabajador móvil nopuede disponer libremente de su tiempo y tiene que permanecer en el lugar de trabajodispuesto a realizar su trabajo normal, realizando las tareas relacionadas con el servicio,incluidos, en particular, los períodos de espera de carga y descarga cuando no se conozcade antemano su duración previsible.

4. Se entienden comprendidos dentro del tiempo de presencia, sin perjuicio de loestablecido en el artículo 8.1, los periodos distintos de las pausas y de los descansos,durante los que el trabajador móvil no lleva a cabo ninguna actividad de conducción uotros trabajos y no está obligado a permanecer en su lugar de trabajo, pero tiene que estardisponible para responder a posibles instrucciones que le ordenen emprender o reanudarla conducción o realizar otros trabajos.

En particular, siempre que concurran las circunstancias anteriores y, conforme a loseñalado, no constituyan una pausa o un descanso, serán considerados tiempo depresencia los siguientes periodos:

a) Los periodos durante los cuales el trabajador acompañe a un vehículotransportado en transbordador o tren.

b) Los periodos de espera en fronteras o los causados por las prohibiciones decircular. El trabajador móvil deberá conocer de antemano los periodos señalados en lospárrafos a) y b) y su previsible duración. A tal fin, salvo que en los Convenios Colectivossectoriales de ámbito estatal se acuerden otros términos y condiciones, el empresariocomunicará al trabajador por cualquier medio admitido en derecho la existencia y duraciónprevisible de los indicados períodos con anterioridad a la partida. En caso contrario, esosperíodos serán considerados como de tiempo de trabajo efectivo.

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c) Las dos primeras horas de cada período de espera de carga o de descarga. Latercera hora y siguientes se considerarán tiempo de trabajo efectivo, salvo que se conozcade antemano su duración previsible en las condiciones pactadas en los ConveniosColectivos de ámbito estatal o, en su defecto, de ámbito inferior.

d) Los periodos de tiempo en los que un trabajador móvil que conduce en equipopermanezca sentado o acostado en una litera durante la circulación en el vehículo.

5. Los periodos de tiempo de presencia indicados en el apartado 4 de este artículose computarán para determinar el límite de horas semanales que se establece en el art. 8.3.

No obstante, el período de un mes que se toma como referencia en el indicadoartículo 8.3, podrá ampliarse hasta un máximo de dos meses mediante Convenio Colectivosectorial de ámbito estatal, siempre que dicha ampliación se fundamente en la existenciade razones objetivas o técnicas o de organización del trabajo, tales como el carácterinternacional de los servicios de transporte.

6. Los trabajadores móviles deberán ser informados por los empresarios de lanormativa legal, reglamentaria o convencional, de los posibles acuerdos entre la empresay los representantes de los trabajadores, así como de las demás reglas aplicables en laempresa que afecten a la regulación de su tiempo de trabajo. A tal efecto, deberán tenera disposición de los mismos un ejemplar de la indicada regulación.

Artículo 10.º bis. – Límites del tiempo de trabajo de los trabajadores móviles.

1. Sin perjuicio del respeto a la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajoprevista en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores y a los períodos mínimos dedescanso diario y semanal, previstos en este Real Decreto con el fin de proteger la saludy la seguridad de los trabajadores móviles y la seguridad vial, cuando mediante ConvenioColectivo o, en su defecto, acuerdo entre la empresa y los representantes de lostrabajadores, se hubiera establecido la distribución irregular de la jornada a lo largo del año,la duración del tiempo de trabajo efectivo de los trabajadores móviles no podrá superar lascuarenta y ocho horas semanales de promedio en cómputo cuatrimestral ni exceder enningún caso de las sesenta horas semanales.

El periodo de referencia de cuatro meses establecido en el párrafo anterior podrá serampliado hasta un máximo de seis meses mediante Convenio Colectivo sectorial de ámbitoestatal, siempre que dicha ampliación se fundamente en la existencia de razones objetivaso técnicas o de organización del trabajo.

2. Cuando, sin tener la calificación de trabajador nocturno conforme a lo previstoen el artículo 36.1 del Estatuto de los Trabajadores, un trabajador realice trabajo nocturno,su jornada de trabajo diaria no podrá exceder de diez horas por cada período deveinticuatro.

En ningún caso la retribución específica del trabajo nocturno, determinada conformea lo previsto en el artículo 36.2 del Estatuto de los Trabajadores, podrá poner en peligro laseguridad vial.

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3. En el tiempo de trabajo de los trabajadores móviles se incluirán todas las horastrabajadas para uno o más empresarios en el período considerado. A tal efecto elempresario solicitará por escrito al trabajador el cómputo de tiempo de trabajo efectuadopara otros empresarios. El trabajador facilitará estos datos por escrito.

Sin perjuicio de lo que se establezca en la negociación colectiva, en los contratosde trabajo podrá determinarse la forma de cumplimiento de las obligaciones previstas eneste apartado.

4. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 11, los trabajadores móvilesinterrumpirán con un período de descanso la jornada continuada que exceda de seis horasconsecutivas. La pausa será de duración no inferior a treinta minutos. Cuando el tiempototal de trabajo sea superior a nueve horas diarias, la pausa será, como mínimo, decuarenta y cinco minutos.

Las fracciones en que, en su caso, se dividan estos períodos no podrán tener unaduración inferior a quince minutos, salvo en aquellas rutas de transporte regular de viajeroscuyo recorrido no exceda de cincuenta kilómetros.

5. El empresario será responsable de llevar un registro del tiempo de trabajo de lostrabajadores móviles. Este registro se conservará, al menos, durante tres años después deque finalice el periodo considerado. El empresario estará obligado a facilitar a lostrabajadores móviles que así lo soliciten una copia del registro de las horas trabajadas.

Artículo 11.º – Límites de conducción y descansos en los transportes por carretera.

1. Los periodos máximos de conducción diarios y semanales y los descansosmínimos entre jornadas y semanal de los conductores de transportes interurbanos deberánrespetar los límites establecidos en el Reglamento (CE) núm. 561/2006, del ParlamentoEuropeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006 (LCEur 2006, 798), relativo a laarmonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de lostransportes por carretera y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) núm. 3821/85(LCEur 1985, 1329) y (CE) núm. 2135/98 del Consejo (LCEur 1998, 3255) y se deroga elReglamento (CEE) 3820/85 del Consejo (LCEur 1985, 1328).

Artículo 12.º – Cómputo de la jornada de trabajo en los transportes urbanos.

La jornada de trabajo en los transportes urbanos podrá iniciarse o finalizarse, tantoen los centros de trabajo como en alguna de las paradas efectuadas por los servicios.

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C.V.E.: BOPBUR-2014-02992

núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

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II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓNDELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Información pública de expediente del procedimientode prórroga del coto de caza BU-10.650

En este Servicio Territorial se encuentra en tramitación expediente de la prórrogadel coto privado de caza BU-10.650, denominado Royuela de Río Franco, iniciado ainstancia del Ayuntamiento de Royuela de Río Franco. El objeto del referido expediente esel procedimiento de prórroga del coto de caza situado en el término municipal de Royuelade Río Franco en la provincia de Burgos, con una superficie de 4.303,20 hectáreas.

Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 delDecreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el Título IV«De los Terrenos», de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, haciendoconstar que el referido expediente se encontrará a disposición de cualquier persona quedesee examinarlo y, en su caso, formular alegaciones durante el plazo de veinte díashábiles desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia delpresente anuncio en las oficinas del Servicio Territorial de Medio Ambiente (Sección deVida Silvestre), calle Juan de Padilla, s/n, 09006 Burgos.

En Burgos, a 8 de abril de 2014.

El Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, Javier María García López

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C.V.E.: BOPBUR-2014-02993

núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

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burgos

II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓNDELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Información pública de expediente del procedimientode prórroga del coto de caza BU-10.804

En este Servicio Territorial se encuentra en tramitación expediente de la prórrogadel coto privado de caza BU-10.804, denominado Villafruela, iniciado a instancia delAyuntamiento de Villafruela. El objeto del referido expediente es el procedimiento deprórroga del coto de caza situado en los términos municipales de Villafruela y Lerma en laprovincia de Burgos, con una superficie de 7.055,00 hectáreas.

Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 delDecreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el Título IV«De los Terrenos», de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, haciendoconstar que el referido expediente se encontrará a disposición de cualquier persona quedesee examinarlo y, en su caso, formular alegaciones durante el plazo de veinte díashábiles desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia delpresente anuncio en las oficinas del Servicio Territorial de Medio Ambiente (Sección deVida Silvestre), calle Juan de Padilla, s/n, 09006 Burgos.

En Burgos, a 9 de abril de 2014.

El Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, Javier María García López

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03259

núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

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burgos

II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓNDELEGACIÓN TERRITORIAL DE BURGOS

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Información pública de expediente del procedimientode prórroga del coto de caza BU-11.012

En este Servicio Territorial se encuentra en tramitación expediente de la prórrogadel coto privado de caza BU-11.012, denominado Modúbar de San Cibrián, iniciado ainstancia de la Junta Vecinal de Modúbar de San Cibrián. El objeto del referido expedientees el procedimiento de prórroga del coto de caza situado en el término municipal de Ibeasde Juarros en la provincia de Burgos, con una superficie de 1.209,00 hectáreas.

Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 delDecreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el Título IV«De los Terrenos», de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, haciendoconstar que el referido expediente se encontrará a disposición de cualquier persona quedesee examinarlo y, en su caso, formular alegaciones durante el plazo de veinte díashábiles desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia delpresente anuncio en las oficinas del Servicio Territorial de Medio Ambiente (Sección deVida Silvestre), calle Juan de Padilla, s/n, 09006 Burgos.

En Burgos, a 22 de abril de 2014.

El Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, Javier María García López

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– 53 –

C.V.E.: BOPBUR-2014-03037

núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

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burgos

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOSSECCIÓN DE CONTRATACIÓN Y JUNTA DE COMPRAS

Anuncio de formalización de contrato

1. – Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Excma. Diputación Provincial de Burgos.

b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación y Junta deCompras.

c) Número de expediente: 17E/13.

d) Dirección de Internet del perfil del contratante: https://contratante.burgos.es

2. – Objeto del contrato:

a) Tipo: Suministro.

b) Descripción: «Suministro de vehículos y maquinaria con destino al Parque deVías y Obras de la Diputación Provincial de Burgos».

c) Lote: Sí. Número de lotes: Tres. Lote 1: Cuatro furgonetas de cinco plazas. Lote2: Una furgoneta de nueve plazas y lote 3: Dos extendedoras de gravillas.

d) CPV (Referencia de nomenclatura): 34115200-8 y 43312000-3.

e) Acuerdo marco: No procede.

f) Sistema dinámico de adquisiciones: No procede.

g) Medio de publicidad del anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Provincia yweb de Diputación.

h) Fecha de publicación del anuncio de licitación: Boletín Oficial de la Provincia n.º232 de fecha 5 de diciembre de 2013 y web de Diputación de fecha 5-12-13.

3. – Tramitación y procedimiento de adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

4. – Valor estimado del contrato: 102.479,34 euros.

5. – Presupuesto base de licitación: 102.479,34 euros. Lote 1: 57.851,24 euros. Lote2: 23.140,50 euros. Lote 3: 21.487,60 euros. Importe total: 124.000,00 euros. (Lote 1:70.000,00 euros. Lote 2: 28.000,00 euros. Lote 3: 26.000,00 euros).

6. – Formalización del contrato:

a) Fecha de adjudicación lote número 1: 7 de marzo de 2014. (Los lotes números 2y 3, desiertos).

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núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

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b) Fecha de formalización del contrato: 11 de abril de 2014.

c) Contratista: Autocid, S.A. (Lote n.º 1).

d) Importe de adjudicación descontando los bienes en especie entregados porDiputación: 65.585,25 euros IVA incluido (21% sobre 54.700 euros).

e) Ventajas de la oferta adjudicataria: Oferta económica más ventajosa en suconjunto.

Lo que se ha público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 154 del RealDecreto Legislativo de 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundidode la Ley de Contratos del Sector Público.

En Burgos, a 14 de abril de 2014.

El Presidente en funciones,

José M.ª Martínez González

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOSSERVICIO DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y RECAUDACIÓN

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, delRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún se publica el presente edicto, ya que tras dos intentos, no ha sido posible efectuarla notificación de la resolución del recurso de reposición interpuesto en representación deClínica Dental Valle de Mena, S.L.

Se detallan a continuación los datos identificativos del procedimiento, señalando ellugar donde podrá recibir la resolución íntegra.

– Expediente 2099/2014.

– Reclamante: Clínica Dental Valle de Mena, S.L.

– Domicilio señalado en el recurso: Avenida Lehendakari Aguirre, 29, 3.º de Bilbao.

– Objeto del recurso: Prescripción de varias deudas de naturaleza tributaria.

– Lugar donde el interesado/a podrá comparecer para conocer el contenido íntegrodel acto, en los términos del artículo 61 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:

Diputación Provincial de Burgos - Paseo del Espolón, 34.

Servicio de Recaudación - Despacho n.º 10.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recursocontencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Burgos, en el plazo de dos meses, a contar de la presente publicación,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Burgos, a 9 de abril de 2014.

El Jefe del Servicio de Recaudación,F. Javier Gabeiras Vérez

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03065

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUEROGESTIÓN DE MULTAS - POLICÍA LOCAL

Notificación de resoluciones

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace públicanotificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican,dictadas por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aranda de Duero, según lodispuesto en el artículo 71.4 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación deVehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990 (BoletínOficial del Estado 63, de 14 de marzo) a las personas o entidades denunciadas que acontinuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el últimodomicilio conocido, esta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones, que son definitivas en vía administrativa, conforme a loestablecido en el artículo 82.2 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación deVehículos a Motor y Seguridad Vial, podrá interponer recurso de reposición, con carácterpotestativo, ante el órgano que dictó la resolución sancionadora dentro del plazo de un mesdesde el día siguiente al de su notificación, o alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripciónse halle la sede del órgano autor del acto originario impugnado, con arreglo a lo dispuestoen el artículo 8, n.° 1, en relación con el artículo 14, n.° 1, segunda, ambos de la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Deberá hacer efectivo el importe de la multa dentro de los quince días hábilessiguientes a la firmeza de esta resolución, firmeza que se hará efectiva en el momento dela notificación de la resolución sancionadora, transcurridos los cuales sin haber satisfechola deuda en periodo voluntario, se exigirá en vía ejecutiva el importe pendiente de pagosegún el artículo 90 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y SeguridadVial, incrementada con el recargo de apremio del 20% de su importe y, en su caso, loscorrespondientes intereses de demora.

Los puntos indicados en esta notificación se detraerán del permiso o licencia deconducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en la direcciónwww.dgt.es. La detracción de puntos propuesta no tendrá efectos cuando el vehículoobjeto de infracción no requiera la autorización administrativa o permiso de conducir.

En la Sección de Gestión de Multas de la Policía Local (Pza. Jardines de Don Diego,3) podrá examinar el expediente.

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CIR: R.D. 1428/2003; LSV: R.D.L. 339/1990; CON: R.D. 818/2009; VEH: R.D. 2822/1998; SEG: R.D.L. 8/2004;ORA: Ordenanza municipal ORA.

Cuantía PreceptoExpediente Denunciado/a Identif. Localidad Fecha Matrícula euros artículo Ptos.

2013001789 HERMENEGILDO CAMARERO GIL 45419382V MORADILLO DE ROA 17/05/2013 1269-FXF 200,00 RGC 154 0

2013002774 ENRIQUE GARCÍA ARRANZ 14306757K MAJADAHONDA 17/08/2013 2302-FYB 200,00 RGC 154 0

2013002868 ÁNGEL FERNANDO ROJO CABORNERO 71257426E ARANDA DE DUERO 02/09/2013 NA-8989-V 600,00 LSV 9BIS 0

2013002871 INTEGRACIONES BIOLÓGICAS PORCINO, S.L. B85295970 ARANDA DE DUERO 02/09/2013 2402-GPP 600,00 LSV 9BIS 0

2013003263 FERNANDO CHICO GUIJARRO 71107560R MADRID 17/10/2013 2987-DNJ 80,00 RGC 171 0

2013003893 LUCINIA ESTEBAN GETE 71108093M ARANDA DE DUERO 22/11/2013 A-6934-CL 90,00 ORA 7.1 0

2014000056 MANUEL LÓPEZ SANZ 13020853 ARANDA DE DUERO 03/01/2014 3949-HFM 200,00 CIR 94.2e

En Aranda de Duero, a 8 de abril de 2014.

El Instructor, Cristóbal Pascual Martínez

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUEROGESTIÓN TRIBUTARIA

Citación a los interesados para ser notificados por comparecencia

No habiendo sido posible realizar la notificación al interesado o a su representantepor causas no imputables a esta Administración, y una vez intentada por dos veces, encumplimiento de lo que dispone el artículo 112 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17de diciembre, se cita a los contribuyentes más abajo relacionados para que comparezcan,al objeto de ser notificados de las actuaciones del procedimiento de Gestión Tributariaque les afectan en relación a los siguientes tributos municipales:

IBIUL. – IMP. BIENES INM. URBANA (LIQUIDACIONES)

Remesa 2013IBIUL3. –

Nombre D.N.I./C.I.F. Recibo Municipio Provincia

Socotex, S.L. B4011431 1747979 Aranda de Duero Burgos

Aranco Iniciativas Urbanas, S.L. B0935108 1747459 Donostia-San Sebastián Guipúzcoa

El órgano responsable de la tramitación de los procedimientos referenciados es laSección de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento.

Los interesados, o sus representantes, deberán comparecer para ser notificados enla Oficina de Gestión Tributaria, sita en la Plaza Mayor, número 1, de Aranda de Duero, enel plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Se advierte a los interesados que si no se hubiera comparecido en el plazo señalado,la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguienteal del vencimiento de dicho plazo.

Contra los actos que motivan los procedimientos referenciados podrá interponerserecurso de reposición ante el Alcalde en el plazo de un mes a contar desde el día en quetenga efectividad la notificación de dichos actos, de acuerdo con lo establecido en elartículo 14 del Real Decreto Legislativo de 05/03/2004, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. No obstante podrá interponersecualquier otro recurso que se considere procedente.

En Aranda de Duero, a 3 de abril de 2014.

La Alcaldesa,Raquel González Benito

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03059

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUEROINSPECCIÓN TRIBUTARIA

Citación a los interesados para ser notificados por comparecencia

No habiendo sido posible realizar la notificación al interesado o a su representante porcausas no imputables a esta Administración, y una vez intentada por dos veces, encumplimiento de lo que dispone el artículo 112 de Ia Ley 58/2003, de 17 de diciembre, GeneralTributaria, se cita a los contribuyentes más abajo relacionados para que comparezcan, alobjeto de ser notificados de las actuaciones que les afectan en relación a los procedimientosque se indican:

Obligado tributario N.I.F. N.° expte. N.° liquidación

Arribas Minguito, Ignacio 71104898F 31/2014 1796191

Proinmosan, S.L. B09223546 39/14 1771487

Procedimiento: Inicio procedimiento comprobación limitada. Propuesta de liquidación.Plazo de alegaciones. Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturalezaurbana.

Obligado tributario N.I.F. N.° expte. N.° liquidación

Martín Ortego, Óscar 40981553S 23-3/2014 1771448

Procedimiento: Notificación liquidación del impuesto sobre el incremento de valor delos terrenos de naturaleza urbana.

El órgano responsable de la tramitación de los procedimientos referenciados es laSección de Gestión-Inspección Tributaria de este Ayuntamiento.

Los interesados, o sus representantes, deberán comparecer para ser notificados enla Oficina de Gestión Tributaria, sita en la Plaza Mayor, núm. 1, 2.ª planta de Aranda deDuero (Burgos), en el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de lapublicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Se advierte a los interesados que si no se hubiera comparecido en el plazo señalado,la notificación se entenderá producida, a todos los efectos legales, desde el día siguienteal de vencimiento de dicho plazo.

En Aranda de Duero, a 10 de abril de 2014.

La Alcaldesa,Raquel González Benito

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERORECAUDACIÓN

Notificación de providencia de apremio de diversos deudores

No habiéndose podido practicar directamente la notificación personal de laprovidencia de apremio a los deudores que posteriormente se relacionan, a pesar dehaberse intentado en la forma debida, se procede, de conformidad con lo establecido enel artículo 112.1 de la Ley General Tributaria, Ley 58/2003, de 17 de diciembre, a efectuarla citada notificación, mediante el presente anuncio.

Transcurrido el periodo voluntario de cobro de la deuda referenciada, con fecha 30 deenero de 2014 y otras, el señor Tesorero del Ilustre Ayuntamiento de Aranda de Duero, trasla Certificación de Descubierto dictada por la Intervención Municipal, ha expedido la siguienteprovidencia de apremio:

«En uso de las facultades que me confiere el artículo 5.3.c) del R.D. 1174/1987, de18 de septiembre, y en virtud de lo que dispone el artículo 167 de la Ley General Tributaria58/2003, de 17 de diciembre, dicto providencia de apremio que es título suficiente parainiciar el procedimiento de apremio contra los bienes y derechos del deudor. De conformidadcon el artículo 28 de la L.G.T., se liquida el recargo de apremio que será reducido del 10%si se ingresa la totalidad de la deuda en los plazos que establece el artículo 62.5 de laL.G.T. y ordinario del 20% una vez transcurrido el plazo de ingreso.

Se requiere al deudor para que efectúe el pago de la deuda no ingresada y del recargoliquidado, advirtiéndole que si no hiciera el pago en los plazos fijados en el artículo 62.5de la L.G.T. se procederá al embargo de sus bienes».

– Plazos de ingreso. Artículo 62.5 de la L.G.T.:

Si la publicación del presente edicto se efectúa entre los días 1 y 15 del mes, hastael día 20 del mismo o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil posterior.

Si la publicación se efectúa entre los días 16 y último del mes, hasta el día 5 delmes siguiente o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil posterior.

– Lugar de pago: Las oficinas de Caja de Burgos, Caja Madrid, Caja de Ahorros delCírculo, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria y Caja España, mediante los oportunos documentosde pago que se facilitarán en la Recaudación Municipal, sita en Plaza Mayor, 1, Aranda deDuero.

– Intereses de demora y costas del procedimiento: De acuerdo con lo previsto en elartículo 72 del Reglamento General de Recaudación, las cuotas no satisfechas en periodovoluntario generarán intereses de demora desde el día siguiente a la conclusión del citadoperiodo, hasta el día de su cobro.

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burgos

Conforme al artículo 161.4 de la L.G.T. serán a cargo de los deudores las costas delprocedimiento de apremio.

– Recursos: Contra el procedimiento de apremio podrá interponerse recurso dereposición ante el Tesorero, por los motivos que se enumeran en el artículo 167.3 de laL.G.T. en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de este anuncio. Noobstante, podrá interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente.

Se advierte que el procedimiento de apremio únicamente se suspenderá en lostérminos del artículo 224 de la L.G.T.

Motivadamente podrá solicitarse aplazamiento o fraccionamiento de la deuda enlos términos del artículo 65 de la L.G.T.

– Requerimientos: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 112.2 de la L.G.T.,se advierte a los deudores que deben comparecer para ser notificados. En todo caso, lacomparecencia deberá producirse en el plazo de quince días naturales, contados desdeel día siguiente al de la publicación del presente anuncio. Transcurrido dicho plazo sincomparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el díasiguiente al del vencimiento del plazo señalado.

Según el artículo 112.3 de la L.G.T., cuando el inicio de un procedimiento ocualquiera de sus trámites se entiendan notificados por no haber comparecido el obligadotributario o su representante, se le tendrá por notificado de las sucesivas actuaciones ydiligencias de dicho procedimiento, y se mantendrá el derecho que le asiste a compareceren cualquier momento del mismo.

* * *

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.-RELACIÓN Nº. 519-8: ML201401 (Multas de 01-01-2013 a 31-03-2013) Relación de Recibos de la Remesa: ML201401 Nº

Recibo Principal + 10%

d.n.i. / c.i.f. Nombre Dirección Municipio

1636351 220,00 045571348E ABAD*GARCIA,EDUARDO CL REAL, 6 PARDILLA

1613189 220,00 045576554F ABDELGADER*NASHIF,ABIR CL SAN SEBASTIAN, 5 FRESNILLO DE LAS DUEÑAS

1637067 99,00 071101308M ACEBES*CACERES,FERNANDO AV BERRUGUETE, 1 03 C ARANDA DE DUERO

1639807 99,00 071101308M ACEBES*CACERES,FERNANDO AV BERRUGUETE, 1 03 C ARANDA DE DUERO

1638713 99,00 J09374893 ALBERTO PASTOR ARRANZ Y OTRA S.C.

CL TORREMILANOS, 8 BJ I ARANDA DE DUERO

1638635 99,00 045416285W ALCALDE*ROJO,SARA CR PALENCIA VILLALBA DE DUERO

1614093 99,00 013109408Y ALMENDARIZ*SANCHO,ANTONIO PZ VIRGENCILLA, 19 ARANDA DE DUERO

1637683 99,00 013109408Y ALMENDARIZ*SANCHO,ANTONIO PZ VIRGENCILLA, 19 ARANDA DE DUERO

1639710 99,00 013109408Y ALMENDARIZ*SANCHO,ANTONIO PZ VIRGENCILLA, 19 ARANDA DE DUERO

1613689 99,00 B09257395 ALORES ARANDA SL CL SORIA, 12 BJ ARANDA DE DUERO

1614834 220,00 071655529H ALVAREZ*FERNANDEZ,ADRIAN CL TENDERINA, 206 05 G OVIEDO

1638732 99,00 045424576J ALVARO*ARRANZ,JUAN CARLOS CL BOTICAS, 5 01 C ARANDA DE DUERO

1638722 99,00 A09325481 ANDRES Y REGUERO S.A.L. CL JOSEFINA ARIAS DE MIRANDA, 2

ARANDA DE DUERO

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burgos

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Nº Recibo

Principal + 10%

d.n.i. / c.i.f. Nombre Dirección Municipio

1613701 99,00 045420127A ANTON*GALLO,JESUS ANGEL CL PIZARRO, 12 Esc 1 02 A ARANDA DE DUERO

1638727 99,00 045420127A ANTON*GALLO,JESUS ANGEL CL PIZARRO, 12 Esc 1 02 A ARANDA DE DUERO

1637046 99,00 B09325788 ARAMA DEL DUERO SL CL EL ROLLO, 46 VILLALBA DE DUERO

1638627 99,00 B09325788 ARAMA DEL DUERO SL CL EL ROLLO, 46 VILLALBA DE DUERO

1636491 220,00 045417762F ARAUZO*PEÑALBA,M.CRISTINA CL POSTAS, 8 01 B ARANDA DE DUERO

1636344 220,00 071257653L ARNAIZ*UGARTE DE,JOSE ENRIQUE CL SAN GREGORIO, 4 02 A ARANDA DE DUERO

1614007 220,00 045416081M ARROYO*ARAUZO,SANTIAGO AV CASTILLA, 22 BAJ B ARANDA DE DUERO

1638696 220,00 045416081M ARROYO*ARAUZO,SANTIAGO AV CASTILLA, 22 BAJ B ARANDA DE DUERO

1614810 220,00 045422865G AVILA*PEÑA,JUAN JOSE CL GENERALISIMO, 8 LA VID

1637045 99,00 045417318T BALLANO*VIUDA DE LA,FCO JAVIER PZ CONSTITUCION, 2 02 A ARANDA DE DUERO

1638714 99,00 045417318T BALLANO*VIUDA DE LA,FCO JAVIER PZ CONSTITUCION, 2 02 A ARANDA DE DUERO

1613815 99,00 015245935V BARAHONA*CABALLERO,M. CARMEN CL SAN ANTONIO, 9 02 B ARANDA DE DUERO

1636500 99,00 045418410B BARRUL*DUAL,AFRICA CL HOSPICIO, 31 03 DR ARANDA DE DUERO

1637039 99,00 045419395F BASCONES*RODRIGUEZ,GABRIEL ISIDRO

CL PISUERGA, 7 01 C ARANDA DE DUERO

1639261 99,00 049540981Q BECHARI*LAAOUIMRI,SAMIRA AV CASTILLA, 68 02 S ARANDA DE DUERO

1614863 220,00 Y1487099W BENDRISS,GHOULEMELLAH AV MURILLO, 2 02 C ARANDA DE DUERO

1614168 99,00 X8406136G BISEROVA*STANEVA,ZORNITSA CL SAN JUAN DE DIOS, 10 03 B ARANDA DE DUERO

1614090 99,00 045419577M BLANCO*CAZALILLA,FRANCISCO CL SIMON DE COLONIA, 1 02 E ARANDA DE DUERO

1637513 220,00 B09339649 BODEGA HISTORICA DON CARLOS SL CL JOSEFINA ARIAS DE MIRANDA, 1

ARANDA DE DUERO

1613709 99,00 B09337577 BODEGAS CASTILLO DE GUMIEL; SL CL EL VISO GUMIEL DEL MERCADO

1636456 99,00 B09337577 BODEGAS CASTILLO DE GUMIEL; SL CL EL VISO GUMIEL DEL MERCADO

1639718 99,00 B09337577 BODEGAS CASTILLO DE GUMIEL; SL CL EL VISO GUMIEL DEL MERCADO

1636175 220,00 B09375601 BODEGAS Y VIÑEDOS NEO SL CL APARTADO DE CORREOS, 73 ARANDA DE DUERO

1637573 99,00 072890128T BORJA*BARRUL,MARIA DEL ROSARIO CL SANTIAGO, 30 BJ IZ ARANDA DE DUERO

1613180 220,00 071105467R BORJA*DUAL,FAUSTINO CL ISILLA, 24 02 D ARANDA DE DUERO

1613256 99,00 071105467R BORJA*DUAL,FAUSTINO CL ISILLA, 24 02 ARANDA DE DUERO

1613727 99,00 071105467R BORJA*DUAL,FAUSTINO CL ISILLA, 24 02 ARANDA DE DUERO

1636167 220,00 071105467R BORJA*DUAL,FAUSTINO CL ISILLA, 24 02 D ARANDA DE DUERO

1636277 99,00 071105467R BORJA*DUAL,FAUSTINO CL ISILLA, 24 02 ARANDA DE DUERO

1613210 99,00 016234029P BORJA*JIMENEZ,FAUSTINO CL ISILLA, 24 01 D ARANDA DE DUERO

1614082 99,00 016234029P BORJA*JIMENEZ,FAUSTINO CL ISILLA, 24 01 D ARANDA DE DUERO

1614085 99,00 016234029P BORJA*JIMENEZ,FAUSTINO CL ISILLA, 24 01 D ARANDA DE DUERO

1614886 220,00 016234029P BORJA*JIMENEZ,FAUSTINO CL ISILLA, 24 01 D ARANDA DE DUERO

1638637 99,00 016234029P BORJA*JIMENEZ,FAUSTINO CL ISILLA, 24 01 D ARANDA DE DUERO

1638735 99,00 X3666495L BRYHADZIRANKA,ALIAKSANDR CL LAIN CALVO, 1 04 J ARANDA DE DUERO

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diputación de burgosbopbur.diputaciondeburgos.es D.L.: BU - 1 - 1958

burgos

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Nº Recibo

Principal + 10%

d.n.i. / c.i.f. Nombre Dirección Municipio

1636312 99,00 071252924M CABESTRERO*BLAS DE,LUIS CL SOL DE LAS MORERAS, 17 ARANDA DE DUERO

1638636 99,00 071252924M CABESTRERO*BLAS DE,LUIS CL SOL DE LAS MORERAS, 17 ARANDA DE DUERO

1614143 99,00 071101647E CABESTRERO*GARCIA,BEATRIZ CL MORATIN, 24 04 B ARANDA DE DUERO

1597679 88,00 045420269F CACERES*YEGUAS,ANA MARIA AV BURGOS, 3 03 A ARANDA DE DUERO

1636349 220,00 045570279B CALLEJA*ORTUÑO,NATALIA CR ESTACION, 42 05 D ARANDA DE DUERO

1638581 220,00 071257740Z CALVO*HERNANDEZ,M.DOLORES CL ZAZUAR, 4 04 B ARANDA DE DUERO

1637536 99,00 045571015B CALVO*LUIS,MARIA BELEN CL ORTIZ DE ZARATE, 1 ARANDA DE DUERO

1637574 99,00 071105368V CAMACHO*RASCON,VICTOR CL SAUCE (CALABAZA), 20 ARANDA DE DUERO

1614106 99,00 045416380M CAMARERO*GIL,OLGA CL LA MIEL, 4 Esc D 03 ARANDA DE DUERO

1638608 99,00 045416380M CAMARERO*GIL,OLGA CL TEÓFILO RUIZ, 6 MORADILLO DE ROA

1614032 99,00 013081311S CANCHO*DIEZ,M.CARMEN CL MARTE, 22 ARANDA DE DUERO

1637671 99,00 013081311S CANCHO*DIEZ,M.CARMEN CL MARTE, 22 ARANDA DE DUERO

1639796 99,00 013081311S CANCHO*DIEZ,M.CARMEN CL MARTE, 22 ARANDA DE DUERO

1613714 99,00 045420995C CANCHO*GARCIA,ASUNCION CL CANTARES, 2 01 B ARANDA DE DUERO

1636286 99,00 045420995C CANCHO*GARCIA,ASUNCION CL CANTARES, 2 01 B ARANDA DE DUERO

1638615 99,00 045420995C CANCHO*GARCIA,ASUNCION CL CANTARES, 2 01 B ARANDA DE DUERO

1638695 220,00 045420995C CANCHO*GARCIA,ASUNCION CL CANTARES, 2 01 B ARANDA DE DUERO

1614027 99,00 071106623F CANO*HUEDO,PILAR CL SAN JUAN, 2 3B ARANDA DE DUERO

1614148 99,00 001351626P CARAZO*MAÑANAS,EULOGIO CL CALLOSA DE SEGURA, 7-5 ALICANTE

1613183 220,00 038009377Z CARRASCO*RUBIO,JACINTO GABRIEL CL LADERA DEL CASTILLO, S/N LANGA DE DUERO

1613688 99,00 045419217J CASTILLA*JUNCAL,MANUEL AV CASTILLA, 14 01 A ARANDA DE DUERO

1614171 99,00 045419217J CASTILLA*JUNCAL,MANUEL AV CASTILLA, 14 01 A ARANDA DE DUERO

1614136 99,00 045416176P CASTILLA*JUNCAL,MARIA DOLORES CL MAYOR, 74 SAN JUAN DEL MONTE

1639246 99,00 045416176P CASTILLA*JUNCAL,MARIA DOLORES CL MAYOR, 74 SAN JUAN DEL MONTE

1614161 99,00 045418971C CERCADILLO*CURA DEL,M.CARMEN AV VALLADOLID, 7 FRESNILLO DE LAS DUEÑAS

1638345 99,00 045418971C CERCADILLO*CURA DEL,M.CARMEN AV VALLADOLID, 7 FRESNILLO DE LAS DUEÑAS

1639709 99,00 045418971C CERCADILLO*CURA DEL,M.CARMEN AV VALLADOLID, 7 FRESNILLO DE LAS DUEÑAS

1637068 99,00 045572659E CHICO*POZA,HECTOR CL CARREQUEMADA, 8 03 C ARANDA DE DUERO

1639789 99,00 045572659E CHICO*POZA,HECTOR CL CARREQUEMADA, 8 03 C ARANDA DE DUERO

1638436 220,00 X5460368F COCHINTU,OLIMPIA ALINA CL PEDROTE, 23 03 A ARANDA DE DUERO

1614144 99,00 B09415027 COMERCIAL BACIGALUPE GARCIA SLL CL MONTECILLO, 16 VILLALBA DE DUERO

1638363 99,00 B09415027 COMERCIAL BACIGALUPE GARCIA SLL CL MONTECILLO, 16 VILLALBA DE DUERO

1639717 99,00 B09415027 COMERCIAL BACIGALUPE GARCIA SLL CL MONTECILLO, 16 VILLALBA DE DUERO

1638725 99,00 J09417080 CONCEPCION ARRABAL Y OTRA SC CL PEÑARANDA, 8 04 D ARANDA DE DUERO

1613708 99,00 B09252180 CONSTRUCCIIONES MADRIGAL NUÑEZ, S.L.

. VILLANUEVA DE GUMIEL VILLANUEVA DE GUMIEL

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burgos

Página 5 de 12

Nº Recibo

Principal + 10%

d.n.i. / c.i.f. Nombre Dirección Municipio

1636276 99,00 B09252180 CONSTRUCCIIONES MADRIGAL NUÑEZ, S.L.

. VILLANUEVA DE GUMIEL VILLANUEVA DE GUMIEL

1638632 99,00 J09461013 CONSTRUHER SC CL SANTA CATALINA, 1 03 A ARANDA DE DUERO

1614201 220,00 072887142G CRESPO*DELGADO,ADRIANA MARTA CL VALLADOLID, S/N SAN ESTEBAN DE GORMAZ

1637059 99,00 X3337160K CRISAN,FLORIN CL PISUERGA, 7 03 C ARANDA DE DUERO

1637501 220,00 045417869E CRISTOBAL*VILLANUEVA,JESUS CR SINOVAS, Km 2,7 ARANDA DE DUERO

1636526 220,00 071251135X CUADRADO*MARTIN,PEDRO CL SAN FRANCISCO, 45 01 C ARANDA DE DUERO

1638310 88,00 071251135X CUADRADO*MARTIN,PEDRO CL SAN FRANCISCO, 45 01 C ARANDA DE DUERO

1638693 220,00 071251135X CUADRADO*MARTIN,PEDRO CL SAN FRANCISCO, 45 01 C ARANDA DE DUERO

1637348 99,00 045419221V CUESTA*ALTABLE,HUGO FELIX CL BAJADA MOLINO, 6 03 C ARANDA DE DUERO

1614198 220,00 045418464L CUESTA*ALTABLE,JOSE CL BAJADA MOLINO, 6 03 C ARANDA DE DUERO

1614825 220,00 045418464L CUESTA*ALTABLE,JOSE CL BAJADA MOLINO, 6 03 C ARANDA DE DUERO

1636222 220,00 045418464L CUESTA*ALTABLE,JOSE CL BAJADA MOLINO, 6 03 C ARANDA DE DUERO

1636347 220,00 045418464L CUESTA*ALTABLE,JOSE CL BAJADA MOLINO, 6 03 C ARANDA DE DUERO

1636417 220,00 045418464L CUESTA*ALTABLE,JOSE CL BAJADA MOLINO, 6 03 C ARANDA DE DUERO

1636492 220,00 045418464L CUESTA*ALTABLE,JOSE CL BAJADA MOLINO, 6 03 C ARANDA DE DUERO

1639037 220,00 045418464L CUESTA*ALTABLE,JOSE CL BAJADA MOLINO, 6 03 C ARANDA DE DUERO

1639198 220,00 045418464L CUESTA*ALTABLE,JOSE CL BAJADA MOLINO, 6 03 C ARANDA DE DUERO

1637650 99,00 071263557N CUESTA*MARTINEZ,ANA MARIA PZ JARDINES DE DON DIEGO, 4 02 E

ARANDA DE DUERO

1638524 220,00 Y0028371A DA SILVA*MARTINS,ROSA CRISTINA PZ MEDITERRANEO, 5 06 B ARANDA DE DUERO

1613916 220,00 B09400821 DAIN 2002 SL CL SAN FRANCISCO, 41 04 E ARANDA DE DUERO

1636455 99,00 049540602M DAVILA*OLAVE,TERESA CL LA PLATA, 13 01 B ARANDA DE DUERO

1636213 220,00 B09438763 DECOGRES ARANDA SL CL MANSILLA, 12 03 J ARANDA DE DUERO

1614013 220,00 X7119653A DEDIU,DORU CL CERVANTES, 4 04 C ARANDA DE DUERO

1639201 220,00 045423252T DELGADO*PEÑALBA,JOSE LUIS CL VIRGEN DE LAS VIÑAS (SINOVAS), 9

ARANDA DE DUERO

1638391 88,00 004128291K DIAZ*BENAYAS,JULIAN CL ZAZUAR, 2 02 D ARANDA DE DUERO

1613208 220,00 X5220415J DIMITROVA*POPOVA,VELICHKA CL LA TEJERA, 3 02 A ARANDA DE DUERO

1597551 88,00 B47584156 DISOLID 2010, S.L. CL MARIA DE PACHECO, 5 SIMANCAS

1613960 88,00 B47584156 DISOLID 2010, S.L. CL MARIA DE PACHECO, 5 SIMANCAS

1636299 99,00 B47584156 DISOLID 2010, S.L. CL MARIA DE PACHECO, 5 SIMANCAS

1638622 99,00 B47584156 DISOLID 2010, S.L. CL MARIA DE PACHECO, 5 SIMANCAS

1637577 220,00 013084543G DOMINGO*ARRANZ,M.MONTSERRAT PZ ATLANTICO, 1 05 A ARANDA DE DUERO

1637679 99,00 015241831F DOMINGO*DOMINGO,JOSE LUIS CL REAL, 25 BAÑOS DE VALDEARADOS

1639370 220,00 X7770668A DONOSA,GABRIEL CL SAN LAZARO, 33 03 C ARANDA DE DUERO

1613207 220,00 009255874F DUAL*BORJA,MIGUEL AV CASTILLA, 88 03 E ARANDA DE DUERO

1637680 99,00 045574991P DUAL*BORJA,RAFAEL AV CASTILLA, 88 03 E ARANDA DE DUERO

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burgos

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Nº Recibo

Principal + 10%

d.n.i. / c.i.f. Nombre Dirección Municipio

1638315 220,00 007929895R DUQUE*ALFONSO,ANDRES CL ALAVA, 5 04 B LEIOA

1614091 99,00 049541378E EL BOUCHTI*ALAOUI,HASSAN CL SAN FRANCISCO, 57 02 D ARANDA DE DUERO

1637670 99,00 049541378E EL BOUCHTI*ALAOUI,HASSAN CL SAN FRANCISCO, 57 02 D ARANDA DE DUERO

1637641 99,00 A09280850 ESCUDERO ASESORIA Y GESTION SA CL POSTAS, 16 BJ ARANDA DE DUERO

1614164 99,00 070820443Q ESCUDERO*MAYA,JOANA CL PUERTA NUEVA, 47 03 D ARANDA DE DUERO

1614859 88,00 070820443Q ESCUDERO*MAYA,JOANA CL PUERTA NUEVA, 47 03 D ARANDA DE DUERO

1636474 99,00 070820443Q ESCUDERO*MAYA,JOANA CL PUERTA NUEVA, 47 03 D ARANDA DE DUERO

1638351 99,00 070820443Q ESCUDERO*MAYA,JOANA CL PUERTA NUEVA, 47 03 D ARANDA DE DUERO

1639783 99,00 070820443Q ESCUDERO*MAYA,JOANA CL PUERTA NUEVA, 47 03 D ARANDA DE DUERO

1637540 220,00 044277577R ESPINAR*MEGIAS,MARIA BEGOÑA CL TORRE DEL CLAVERO, 10 CARBAJOSA DE LA SAGRADA

1639291 99,00 B09423336 EXFOSAIZ, S.L. CL CABRERIZA SANTO DOMINGO DE SILOS

1597775 220,00 B09279266 EXTINTORES DE LA RIBERA SL AV BURGOS, 15 ARANDA DE DUERO

1614138 99,00 B09294620 F. L. PINTURA Y DECORACION SL CL TORREMILANOS, 6 03 A ARANDA DE DUERO

1614166 99,00 049541267A FLORES*LARA,KENIA JACKLELINE CL BAJADA MOLINO, 26 03 A ARANDA DE DUERO

1614829 99,00 049541267A FLORES*LARA,KENIA JACKLELINE CL BAJADA MOLINO, 26 03 A ARANDA DE DUERO

1636237 220,00 045421161W FUENTE DE LA*GARCIA,JOSEFA CL FERNAN GONZALEZ, 5 ARANDA DE DUERO

1613259 99,00 045572625B FUENTE DE LA*GARCIA,M.TERESA AV CASTILLA, 14 07 ARANDA DE DUERO

1636458 99,00 045572625B FUENTE DE LA*GARCIA,M.TERESA AV CASTILLA, 14 07 ARANDA DE DUERO

1638620 99,00 071101980X GAÑAN*MIGUEL,JOSE MARIA AV CASTILLA, 12 01 G ARANDA DE DUERO

1614169 99,00 045419479E GARCIA*ABAD,ANTONIO CL CANTARES, 2 01 B ARANDA DE DUERO

1638438 220,00 013100997J GARCIA*CRISTOBAL,ALBERTO CL ERAS, 3 PARDILLA

1614088 99,00 045420118V GARCIA*DIEGO DE,JOSE LUIS CL MERCURIO, 61 ARANDA DE DUERO

1637581 88,00 045420118V GARCIA*DIEGO DE,JOSE LUIS CL MERCURIO, 61 ARANDA DE DUERO

1638371 99,00 045420118V GARCIA*DIEGO DE,JOSE LUIS CL MERCURIO, 61 ARANDA DE DUERO

1613819 99,00 050784022E GARCIA*DONADO,VICENTE PZ JOSE CASADO DEL ALISAL, 3 06 B

ARANDA DE DUERO

1636289 99,00 050784022E GARCIA*DONADO,VICENTE PZ JOSE CASADO DEL ALISAL, 3 06 B

ARANDA DE DUERO

1637575 99,00 050784022E GARCIA*DONADO,VICENTE AV LUIS MATEOS, 3 06 B ARANDA DE DUERO

1639036 99,00 050784022E GARCIA*DONADO,VICENTE AV LUIS MATEOS, 3 06 B ARANDA DE DUERO

1639784 99,00 050784022E GARCIA*DONADO,VICENTE PZ JOSE CASADO DEL ALISAL, 3 06 B

ARANDA DE DUERO

1597539 220,00 071104701V GARCIA*LOPEZ,ALBERTO CL NORIA, 3 FUENTESPINA

1614847 220,00 071100633C GARCIA*MIGUEL,ADRIAN CL ALBEACIN, 18 VADOCONDES

1638738 99,00 071103145W GARCIA*QUINTANA,DANIEL CL SAN FRANCISCO, 59 01 C ARANDA DE DUERO

1639380 220,00 045420937P GAYUBO*RODRIGUEZ,DIOCLECIANO CL LAS FRANCESAS, 9 02 A ARANDA DE DUERO

1613206 220,00 071105312F GELLA*JARNE,JAVIER CR ESTACION, 53 Esc 2 01 E ARANDA DE DUERO

1637070 99,00 X3737084K GIL*RODRIGUEZ,OSCAR DANIEL CL BURGO DE OSMA, 3 01 A ARANDA DE DUERO

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boletín oficial de la provincia

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diputación de burgosbopbur.diputaciondeburgos.es D.L.: BU - 1 - 1958

burgos

Página 7 de 12

Nº Recibo

Principal + 10%

d.n.i. / c.i.f. Nombre Dirección Municipio

1638560 99,00 Y0907208X GIOVANI*BARCEA,TONI CL PUERTA NUEVA, 48 03 B ARANDA DE DUERO

1637660 99,00 045424060A GONZALEZ*BARDERA,JAVIER CL PEDROTE, 15 ARANDA DE DUERO

1639363 220,00 045424061G GONZALEZ*GARCIA,JORGE CL ARANDILLA, 2 01 A ARANDA DE DUERO

1636503 220,00 032784133W GONZALEZ*SUAREZ,JAVIER LUIS CL EMILIO GONZALEZ LOPEZ, 13 01 D

LA CORUÑA

1639812 99,00 045572450C GONZALEZ*VICENTE,JOSE MARIA . ALM CAPUCHINOS, 82 01 13 MALAGA

1639274 220,00 033966723R GRACIA*GARCIA,JOSE LUIS PL DE LA CERAMICA, 10 04 D MOLINA DE SEGURA

1639256 99,00 B09515057 HECTOR CHICO SLU CL CARREQUEMADA, 8 03 C ARANDA DE DUERO

1638355 99,00 B09105255 HERMANOS ADRIAN ROJO SL CL MIGUEL ABAD, 25 GUMIEL DE IZAN

1614177 220,00 072719250N HERNANDEZ*CLAVERIA,ROSA PZ VELAZQUEZ, 3 04 B ARANDA DE DUERO

1613182 220,00 078761737P HERNANDEZ*JIMENEZ,IOANA CL ORFEON ARANDINO, 6 4, 5ºD ARANDA DE DUERO

1639215 220,00 071108910V HERNANDEZ*JIMENEZ,SORAYA CL ORFEON ARANDINO, 4 01 1I ARANDA DE DUERO

1614107 99,00 071103703P HERNANDEZ*LOBATO,JOSE ANGEL PZ ATLANTICO, 3 01 E ARANDA DE DUERO

1636242 660,00 045421610Z HERNANDO*DOMINGUEZ,DAMIAN CT SOTILLO ARANDA, SN GUMIEL DEL MERCADO

1636217 220,00 045418571B HERRERO*DUQUE,JOSE MIGUEL PZ VELAZQUEZ, 1 05 A ARANDA DE DUERO

1638739 99,00 X6492401F HOROTAN,HORATIU DANIEL CR SINOVAS, 9 BJ D ARANDA DE DUERO

1638651 220,00 013131754L HORTIGUELA*GONZALEZ,DESIDERIO CL NORTE, 50 NEBREDA

1613697 99,00 X4952024D IVANOV*GEORGIEV,VASIL CL BURGO DE OSMA, 25 03 B ARANDA DE DUERO

1614827 220,00 071103081F JIMENEZ*BORJA,ELEAZAR CL MONJES, 15 02 A ARANDA DE DUERO

1636283 99,00 071105701M JUEZ*BENGOECHEA,ANGEL CL LAIN CALVO, 3 03 L ARANDA DE DUERO

1614135 99,00 071254894C JUNCAL*JUAREZ,M DOLORES AV CASTILLA, 14 01 A ARANDA DE DUERO

1639791 99,00 013061600S LEAL MARTINEZ,M. PILAR PZ LA IGLESIA, 8 VADOCONDES

1613267 99,00 071103862Y LEAL*PASTOR,JORGE CL RICAPOSADA, 7 02 D ARANDA DE DUERO

1636297 99,00 071103862Y LEAL*PASTOR,JORGE CL RICAPOSADA, 7 02 D ARANDA DE DUERO

1636457 99,00 071103862Y LEAL*PASTOR,JORGE CL RICAPOSADA, 7 02 D ARANDA DE DUERO

1638597 99,00 071103862Y LEAL*PASTOR,JORGE CL RICAPOSADA, 7 02 D ARANDA DE DUERO

1614083 99,00 013096158G LEAL*RIOS,CARLOS CL MANUEL MENDOZA, 4 VADOCONDES

1614122 99,00 B09322629 LECHAZOS DE ARANDA SL CL CABESTREROS, 10 04 B BURGOS

1637050 99,00 013084106G LIZARRAGA*CLAVERIA,JOSE RAMON PZ ZURBARAN, 4 01 B ARANDA DE DUERO

1636858 220,00 071105743R LIZARRAGA*JIMENEZ,JOSE RAMON PZ ZURBARAN, 4 01 B ARANDA DE DUERO

1597756 220,00 050645443H LOPEZ*CEVALLOS,KARINA MARICELA CL VALLE INCLAN, 79 02 A MADRID

1637076 99,00 071107423W LOPEZ*CUESTA,FRANCISCO JOSE CL PONCE DE LEON, 5 02 B ARANDA DE DUERO

1614823 220,00 013052003D LOPEZ*IZQUIERDO,ANGEL CL SORIA, 1 04 A ARANDA DE DUERO

1637569 220,00 013052003D LOPEZ*IZQUIERDO,ANGEL CL SORIA, 1 04 A ARANDA DE DUERO

1614875 220,00 013064057B LUCAS*LAZARO,MANUEL CL EL GALLO, 16 GUMIEL DEL MERCADO

1636257 220,00 071258321C MACHO*JUAREZ,CARLOS ANDRES CL CERVANTES, 4 04 A ARANDA DE DUERO

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burgos

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Nº Recibo

Principal + 10%

d.n.i. / c.i.f. Nombre Dirección Municipio

1613231 220,00 B09292673 MANUEL ILLERA SL CL FUENTEMINAYA, 21 ARANDA DE DUERO

1614140 99,00 B09292673 MANUEL ILLERA SL CL FUENTEMINAYA, 21 ARANDA DE DUERO

1639689 99,00 B09292673 MANUEL ILLERA SL CL FUENTEMINAYA, 21 ARANDA DE DUERO

1613807 99,00 B09307000 MAPE ARANDA SL CL BURGO DE OSMA, 88 BJ 7 ARANDA DE DUERO

1639262 99,00 071101878T MARCOS*CASTILLA,MARIANELA SORAYA

PZ EL TRIGO, 4 02 IZDA ARANDA DE DUERO

1613260 99,00 071105176D MARIN*GONZALEZ,JESUS ANTONIO CL REAL, 12 QUINTANA DEL PIDIO

1636310 99,00 071105176D MARIN*GONZALEZ,JESUS ANTONIO CL REAL, 12 QUINTANA DEL PIDIO

1638594 99,00 071105176D MARIN*GONZALEZ,JESUS ANTONIO CL REAL, 12 QUINTANA DEL PIDIO

1613181 220,00 X8999485E MARINOV*VASILEV,TEODOR CL FERNAN GONZALEZ, 24 03 IZ ARANDA DE DUERO

1614094 99,00 071107478B MARTIN*ALONSO,JUDITH ESMERALDA CL MIRANDA DO DOURO, 5 08 C ARANDA DE DUERO

1637677 99,00 071107478B MARTIN*ALONSO,JUDITH ESMERALDA CL MIRANDA DO DOURO, 5 08 C ARANDA DE DUERO

1613962 220,00 071256852T MARTIN*ARAUZO,ESPERANZA CL SAN FRANCISCO, 45 01 C ARANDA DE DUERO

1614063 220,00 071256852T MARTIN*ARAUZO,ESPERANZA CL SAN FRANCISCO, 45 01 C ARANDA DE DUERO

1614170 99,00 071256852T MARTIN*ARAUZO,ESPERANZA CL SAN FRANCISCO, 45 01 C ARANDA DE DUERO

1636229 220,00 071256852T MARTIN*ARAUZO,ESPERANZA CL SAN FRANCISCO, 45 01 C ARANDA DE DUERO

1637596 220,00 071256852T MARTIN*ARAUZO,ESPERANZA CL SAN FRANCISCO, 45 01 C ARANDA DE DUERO

1613804 99,00 045419989A MARTIN*CABESTRERO,M.ISABEL AV CASTILLA, 18 02 A ARANDA DE DUERO

1636291 99,00 045419989A MARTIN*CABESTRERO,M.ISABEL AV CASTILLA, 18 02 A ARANDA DE DUERO

1614860 220,00 014887134Q MARTINEZ*ARRIBAS,JOSE SALVADOR CL CERVANTES, 5 BERLANGAS DE ROA

1597752 220,00 001819943E MARTINEZ*BRAVO,ANA MARIA CL CANTARRANAS, 16 GUMIEL DE IZAN

1638630 99,00 013098113G MARTINEZ*DOMINGO,BENJAMIN CL TORREMILANOS, 9 02 A ARANDA DE DUERO

1639372 220,00 050872265Z MARTINEZ*OCIO,VERONICA PZ MARCELIANO SANTAMARIA, 7 11 C

ARANDA DE DUERO

1637769 220,00 012957119T MARTINEZ*RUIZ,AFRODISIO CL LA VIRGEN, 3 HONTORIA DE VALDEARADOS

1636453 99,00 071257961M MASEDO*HERNANZ,JUAN JESUS CL TORREMILANOS, 9 02 B ARANDA DE DUERO

1637578 220,00 013106620R MATE*ALADRO,ENRIQUE CL LA RIBERA, 8 BJ FRESNILLO DE LAS DUEÑAS

1614002 220,00 045571656P MELERO*NUÑEZ,DAVID CL LAIN CALVO, 1 03 O ARANDA DE DUERO

1597609 220,00 Y1195965W METODIEVA*MUTAFOVA,YAGODA CL CASCAJAR, 17 03 A ARANDA DE DUERO

1639247 99,00 045417088T MIGUEL*NIÑO,ROSA ISABEL PZ MATEO CEREZO, 5 ARANDA DE DUERO

1638527 220,00 013166238A MIGUELEZ*CORCUERA,LAURA CL STA DOROTEA, 30 01 B BURGOS

1638626 99,00 013166238A MIGUELEZ*CORCUERA,LAURA PZ MAYOR, 7 01 A BELORADO

1639197 220,00 013166238A MIGUELEZ*CORCUERA,LAURA CL STA DOROTEA, 30 01 B BURGOS

1638361 99,00 016803302P MINGUEZ*RUIZ,ENRIQUE MANUEL CL LERMA, 3 BJ A ARANDA DE DUERO

1638347 99,00 045420987N MIRA*LOPEZ,LUIS CL QUINTANILLA DE LAS VIÑAS, 14

ARANDA DE DUERO

1637534 220,00 X06499741X MLADENOV*RADOSLAVOV,IVO CL PISUERGA, 3 08 D ARANDA DE DUERO

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burgos

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Nº Recibo

Principal + 10%

d.n.i. / c.i.f. Nombre Dirección Municipio

1613818 99,00 045572863L MOLINERO*ALONSO,FRANCISCO JAVIER

CL OLMO (CALABAZA), 23 ARANDA DE DUERO

1636315 99,00 045572863L MOLINERO*ALONSO,FRANCISCO JAVIER

CL OLMO (CALABAZA), 23 ARANDA DE DUERO

1638587 99,00 045572863L MOLINERO*ALONSO,FRANCISCO JAVIER

CL OLMO (CALABAZA), 23 ARANDA DE DUERO

1613809 99,00 071245454X MOLINERO*ARRABAL,RICARDO CL OLMO (CALABAZA), 23 ARANDA DE DUERO

1637056 99,00 071245454X MOLINERO*ARRABAL,RICARDO CL OLMO (CALABAZA), 23 ARANDA DE DUERO

1638730 99,00 071245454X MOLINERO*ARRABAL,RICARDO CL OLMO (CALABAZA), 23 ARANDA DE DUERO

1636279 99,00 029035619M MOLINERO*PRADENA,M. JOSE CR SINOVAS, 11 01 F ARANDA DE DUERO

1637676 99,00 071243619S MONEO*HERNANDO,JOSE MARIA CL ABEDUL (CALABAZA), 13 ARANDA DE DUERO

1636473 220,00 013109921J MONEO*SERRANO,GREGORIA UR EL PERAL, 12 PEÑARANDA DE DUERO

1636172 220,00 017138476A MORENO*ROJAS,TEODORO CL TORREMILANOS, 11 03 A ARANDA DE DUERO

1637531 220,00 X5300325K MOSQUERA*ZAPATA,SANDRA MILENA CL MORATIN, 17B Esc I 02 C ARANDA DE DUERO

1597610 88,00 A09093972 MUEBLES CRISTOBAL SA CR PALENCIA VILLALBA DE DUERO

1614202 220,00 045571463E MUÑOZ*PASTOR,DAVID PZ ZURBARAN, 4 ARANDA DE DUERO

1613891 99,00 045570075Z NIETO*GARRIDO,CARLOS CL HOSPICIO, 16 01 A ARANDA DE DUERO

1638606 99,00 045570075Z NIETO*GARRIDO,CARLOS CL HOSPICIO, 16 01 A ARANDA DE DUERO

1614880 220,00 X7824098G NIKOLAEV*VASILEV,VALENTIN CL REAL, 11 HUERTA DEL REY

1637644 99,00 070228919Y NUÑEZ*BARBUDO,EMILIANO AV CASTILLA, 82 01 F ARANDA DE DUERO

1613264 99,00 013112502H NUÑEZ*FERNANDEZ,JULIO CL NUÑEZ DE BALBOA, 13 ARANDA DE DUERO

1637060 99,00 045416802J NUÑEZ*NUÑEZ,ISABEL CL MARIA PACHECO, 8 AT ARANDA DE DUERO

1638628 99,00 045416802J NUÑEZ*NUÑEZ,ISABEL CL MARIA PACHECO, 8 AT ARANDA DE DUERO

1637638 99,00 001004234P OCAMPO*TERREROS,RITA LISSETTE CL FERNAN GONZALEZ, 30 ARANDA DE DUERO

1638561 220,00 050058334F OLIVA*CEREZO,ALFONSO CL DOCTOR SANTIAGO GARCIA, 4

PARDILLA

1614079 99,00 013083323A ORIVE*GARCIA,MARIA CONCEPCION CL SAN ESTEBAN, 5 01 IZ ARANDA DE DUERO

1638715 99,00 013083323A ORIVE*GARCIA,MARIA CONCEPCION CR SINOVAS, 3 01 Ñ ARANDA DE DUERO

1639204 220,00 071107097K OTERO*TAMAYO,MIGUEL PS PICASSO, 12 ARANDA DE DUERO

1614811 220,00 045420016F PALOMARES*REDONDO,EMILIO AV CASTILLA, 70 Esc D 05 K ARANDA DE DUERO

1637503 220,00 045570427K PALOMERO*GETE,PABLO PZ JARDINES DE DON DIEGO, 12 03 B

ARANDA DE DUERO

1638324 220,00 008927155G PALOMINO*GUERRERO,EMILIO CL FRANCISCO MALDONADO, 6 01 B

ARANDA DE DUERO

1613796 99,00 045421017L PASCUAL*GARCIA,ARACELI CL LAS ERAS, 4 FUENTESPINA

1614080 99,00 045424632T PASTOR*ARRANZ,CARMEN CL ANTONIO BACIERO, 1 03 B ARANDA DE DUERO

1637674 99,00 045424632T PASTOR*ARRANZ,CARMEN CL HUMILLADERO, 4 3D ARANDA DE DUERO

1637346 220,00 013022050W PEREZ*AGUILERA,FLORIANO CL REAL, 7 PEÑARANDA DE DUERO

1597540 220,00 012683679F PEREZ*FERNANDEZ,MIGUEL ANGEL CL SANTIAGO, 13 05 G VALLADOLID

1614073 99,00 071108368G PEREZ*GONZALEZ,PATRICIA PZ CANTABRICO, 2 05 A ARANDA DE DUERO

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Nº Recibo

Principal + 10%

d.n.i. / c.i.f. Nombre Dirección Municipio

1614108 99,00 045573053W PINTO*ALBO,ANA ISABEL CL LOS POZOS, 17 02 A ARANDA DE DUERO

1638588 99,00 045573053W PINTO*ALBO,ANA ISABEL CL LOS POZOS, 17 02 A ARANDA DE DUERO

1636638 99,00 013093165R PLAZA*VEROS,FELISA CONSUELO CL SAN FRANCISCO, 68 BJ ARANDA DE DUERO

1638372 99,00 013093165R PLAZA*VEROS,FELISA CONSUELO CL SAN FRANCISCO, 68 BJ ARANDA DE DUERO

1638468 220,00 050199824R PONCINI*GARCIA,LUIS CL GRECO, 5 Portal 1 10 B SESEÑA NUEVO

1638469 220,00 071505573E POZO*PEREZ,RUBEN PZ JARDINES DE DON DIEGO, 1 04 A

ARANDA DE DUERO

1613817 99,00 071101136V PRIETO*PICON,PAULO CESAR CL CARREQUEMADA, 29 01 A ARANDA DE DUERO

1614078 99,00 B09531229 PROYECTOS DE DECORACION CRISTOBAL SL

PZ SAN ANTONIO, 5 BAJ ARANDA DE DUERO

1614071 99,00 013089784R PULGAR*ORCAJO,GLORIA AV MURILLO, 2 03 A ARANDA DE DUERO

1639802 99,00 013089784R PULGAR*ORCAJO,GLORIA AV MURILLO, 2 03 A ARANDA DE DUERO

1597753 88,00 045423095G RIAL*NIÑO,BENJAMIN CL PIZARRO, 26 04 A ARANDA DE DUERO

1637064 99,00 071104834N RIESGO*SERRANO,MIGUEL CL MONJES, 2B 02 B ARANDA DE DUERO

1614162 99,00 071101587P RODRIGUEZ*DELGADO,MANUEL AV LUIS MATEOS, 16 ARANDA DE DUERO

1636424 99,00 071101587P RODRIGUEZ*DELGADO,MANUEL AV LUIS MATEOS, 16 ARANDA DE DUERO

1613686 99,00 045423652D ROJAS*HOYA,M.GEMA AV BERRUGUETE, 1 06 D ARANDA DE DUERO

1636287 99,00 045423652D ROJAS*HOYA,M.GEMA AV BERRUGUETE, 1 06 D ARANDA DE DUERO

1638590 99,00 045423652D ROJAS*HOYA,M.GEMA AV BERRUGUETE, 1 06 D ARANDA DE DUERO

1639249 99,00 071257426E ROJO*CABORNERO,ANGEL FERNANDO

PZ SAN ANTONIO, 2 ARANDA DE DUERO

1614815 220,00 043715231M ROMERAL*MARTIN,SOLEDAD PZ ARCO ISILLA, 7 03 A ARANDA DE DUERO

1637539 220,00 080087546M ROSARIO*SACHE,ESTEFANIA CL SAN ISIDRO, 12 02 B ARANDA DE DUERO

1613202 220,00 013088109M RUIZ*GOMEZ,VICENTE JOSE CR ESTACION, 36 01 B ARANDA DE DUERO

1613821 99,00 071106426V RUIZ*PASCUAL,SHEILA CL CANALEJA, 26 1IZ TORRESANDINO

1639697 99,00 071106426V RUIZ*PASCUAL,SHEILA CL PEDROTE, 5 1IZ ARANDA DE DUERO

1638723 99,00 045417735A RUIZ*VICARIO,JUANA CL ROA DE DUERO, 5 01 A ARANDA DE DUERO

1614099 99,00 B09091794 RUMONTEL S L L CR NACIONAL 122 VADOCONDES

1637079 99,00 B09091794 RUMONTEL S L L CR NACIONAL 122 VADOCONDES

1639805 99,00 B09091794 RUMONTEL S L L CR NACIONAL 122 VADOCONDES

1614167 99,00 051588196R SACRISTAN*MATESANZ,BEATRIZ CL DEHESA, 6 1 AYLLON

1613288 220,00 B35674415 SAMURAI CONSTRUCCIONES MAJORERAS SL

CL ALCALDE ALONSO PATALLO PUERTO DEL ROSARIO

1636346 220,00 B35674415 SAMURAI CONSTRUCCIONES MAJORERAS SL

CL ALCALDE ALONSO PATALLO PUERTO DEL ROSARIO

1639823 220,00 B35674415 SAMURAI CONSTRUCCIONES MAJORERAS SL

CL ALCALDE ALONSO PATALLO PUERTO DEL ROSARIO

1639264 99,00 012337841C SAN JOSE*ALVAREZ,JONATAN CL LA ESTACION, 1 MATAPOZUELOS

1614081 99,00 020407189W SAN JUAN*VIDAL,JUAN VICENTE CL LAZARETO, 2 MILAGROS

1638365 99,00 020407189W SAN JUAN*VIDAL,JUAN VICENTE CL LAZARETO, 2 MILAGROS

1639800 99,00 020407189W SAN JUAN*VIDAL,JUAN VICENTE CL LAZARETO, 2 MILAGROS

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núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

diputación de burgosbopbur.diputaciondeburgos.es D.L.: BU - 1 - 1958

burgos

Página 11 de 12

Nº Recibo

Principal + 10%

d.n.i. / c.i.f. Nombre Dirección Municipio

1637643 99,00 030966886P SANCHEZ*MACARENO,JAVIER CL JOSE SANCHEZ MARTORELL, 28

CORDOBA

1639260 99,00 013104171J SANCHO*SANCHO,FCO. JAVIER AV RUPERTA BARAYA, 1 04 D ARANDA DE DUERO

1638586 99,00 045424510Q SANDINO*PORTELA,JAVIER CL MIRANDA DO DOURO, 5 03 C ARANDA DE DUERO

1636508 220,00 071102109R SANZ*ANTON,M.ELENA CL JUPITER, 3 ARANDA DE DUERO

1637572 220,00 045417308J SANZ*FRUTOS,VALENTIN CL SAN MIGUEL, 27 VILLALBA DE DUERO

1614105 99,00 045420097L SANZ*MARTINEZ,ANDRES PZ MAESTRO NEBREDA, 4 04 A ARANDA DE DUERO

1638364 99,00 045420097L SANZ*MARTINEZ,ANDRES CL BURGO DE OSMA, 64 03 A ARANDA DE DUERO

1597698 220,00 045420115Z SANZ*RAMIRO,CARMELO PZ JARDINES DE DON DIEGO, 1 02 B

ARANDA DE DUERO

1613232 220,00 071258987L SANZ*RUIZ,ARCADIO CL SAN ANTONIO, 10 02 ARANDA DE DUERO

1639397 220,00 071258987L SANZ*RUIZ,ARCADIO CL PUERTA NUEVA, 7 02 D ARANDA DE DUERO

1613287 220,00 B09486655 SERVICIOS DE MEDIACION FINANCIERA DE LA RIBERASL UNIPERSONAL

CL CASCAJAR, 5 2C ARANDA DE DUERO

1636447 99,00 009684046B SILLERO*SESTAYO,JOSE MANUEL PZ GRECO, 5 01 E ARANDA DE DUERO

1638633 99,00 009684046B SILLERO*SESTAYO,JOSE MANUEL PZ GRECO, 5 01 E ARANDA DE DUERO

1638311 220,00 Y1003993B SIMEONOV*SVETOSLAVOV,MIROSLAV CL BURGO DE OSMA, 16 01 ARANDA DE DUERO

1613261 99,00 071103373T SUALDEA*ORTEGA,RAUL CL CALVARIO, 47 CASTRILLO DE LA VEGA

1638377 99,00 071103373T SUALDEA*ORTEGA,RAUL CL CALVARIO, 47 CASTRILLO DE LA VEGA

1614821 220,00 052975191G SUAREZ*GONZALEZ,BEATRIZ PZ PASION, 9 03 D GETAFE

1638497 220,00 001195169C TABANGHALAT*TAORASST,AOUICHA PZ JARDINES DE DON DIEGO, 6 Esc D 06 F

ARANDA DE DUERO

1636449 99,00 045420856L TAPIA*JORGE,JOSE LUIS CL LA IGLESIA, 1 HINOJAR DEL REY

1636635 220,00 045420856L TAPIA*JORGE,JOSE LUIS CL LA IGLESIA, 1 HINOJAR DEL REY

1613806 99,00 016803622Y TERESA*LAMATA,ANTONIO JAVIER CL REAL -CENEGRO-, 10 FUENTECAMBRON

1614101 99,00 016803622Y TERESA*LAMATA,ANTONIO JAVIER CL REAL -CENEGRO-, 10 FUENTECAMBRON

1636459 99,00 016803622Y TERESA*LAMATA,ANTONIO JAVIER CL REAL -CENEGRO-, 10 FUENTECAMBRON

1638592 99,00 016803622Y TERESA*LAMATA,ANTONIO JAVIER CL REAL -CENEGRO-, 10 FUENTECAMBRON

1638612 99,00 016803622Y TERESA*LAMATA,ANTONIO JAVIER CL REAL -CENEGRO-, 10 FUENTECAMBRON

1639625 220,00 B54570668 TIBAYO, S.L. CL P. ANTONIO MARIN, 23 VILLENA

1614857 220,00 045423518J TIJERO*GIL,ANA ISABEL CL SANTO DOMINGO, 1 04 D ARANDA DE DUERO

1637658 99,00 045423518J TIJERO*GIL,ANA ISABEL CL SANTO DOMINGO, 1 04 D ARANDA DE DUERO

1639366 99,00 010191128N TORRESANO*LUENGO,JOSE MIGUEL CL INGENIERO LA FUENTE, 3 01 (VEGUELLINA DE ORBIGO)

VILLAREJO ORBIGO

1614084 99,00 045572317W TRIGO*MONZON,JOSE IGNACIO CL BARRIONUEVO, 31 01 A ARANDA DE DUERO

1638374 99,00 045572317W TRIGO*MONZON,JOSE IGNACIO CL BARRIONUEVO, 31 01 A ARANDA DE DUERO

1638370 99,00 002840110R UCEDA*HERNANDEZ,GERMAN ANGEL CL CARRETERA, 34 HORCAJO DE LA SIERRA

1636282 99,00 B85360790 UROPEA DE TRANSFORMADOS METALICOS, S.L.

CL FERNANDEZ CARO, 46 BAJ MADRID

1639814 99,00 071258690K VALIENTE*NUÑEZ,GABRIEL CL DON SILVERIO VELASCO, 2 01 A

ARANDA DE DUERO

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núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

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burgos

En Aranda de Duero, a 9 de abril de 2014.

El Tesorero,José María Barcenilla Díez

Página 12 de 12

Nº Recibo

Principal + 10%

d.n.i. / c.i.f. Nombre Dirección Municipio

1636494 220,00 E09047994 VELASCO LOPEZ FELIX Y OTROS TRES CB

CL SAN ANTONIO, 21 ARANDA DE DUERO

1637634 220,00 045570797T VELASCO*BARBADILLO,JORGE CL AGUSTINA DE ARAGON, 2 02 IZDA

ARANDA DE DUERO

1614816 99,00 071252333N VELASCO*LOPEZ,FELIX CL HONTANAR, 9 ARANDA DE DUERO

1636454 99,00 071252333N VELASCO*LOPEZ,FELIX CL HONTANAR, 9 ARANDA DE DUERO

1639715 99,00 071252333N VELASCO*LOPEZ,FELIX CL HONTANAR, 9 ARANDA DE DUERO

1613808 99,00 071102633L VELASCO*MARTIN,RAUL CL HONTANAR, 11 ARANDA DE DUERO

1636313 99,00 071102633L VELASCO*MARTIN,RAUL CL HONTANAR, 11 ARANDA DE DUERO

1638589 99,00 071102633L VELASCO*MARTIN,RAUL CL HONTANAR, 11 ARANDA DE DUERO

1639199 220,00 013102989G VELASCO*NUÑEZ,M.DOLORES CL SAN FRANCISCO, 50 ARANDA DE DUERO

1638358 99,00 045572872M VICARIO*PALACIOS,FRANCISCO JAVIER

AV EL FERIAL, 6 05 A ARANDA DE DUERO

1613683 99,00 B13488572 VILLAEXPO REALIZACIONES, S.L. CL TEJAR, S/N PORZUNA

1636305 99,00 B13488572 VILLAEXPO REALIZACIONES, S.L. CL TEJAR, S/N PORZUNA

1638728 99,00 B13488572 VILLAEXPO REALIZACIONES, S.L. CL TEJAR, S/N PORZUNA

1597681 88,00 070577325P VILLAJOS*SANCHEZ,MAXIMINO CL SAN ANTONIO, 10 02 ARANDA DE DUERO

1636524 220,00 013183262F VILLAPUN*IBAÑEZ,Mª JESUS CL ALVAREZ AVELLAN, 16 MADRID

1614826 88,00 045416255H VILLAVIEJA*LLORENTE,PABLO RAMON CL MIRADOR, 7 MILAGROS

1638718 99,00 013081631J VILLUELA*CALVO,RAQUEL CL EL CID, 89 SOTILLO DE LA RIBERA

1639706 99,00 045422754P WIZNER*GARCIA,ANA MARIA CL PIO XII, 3 03 B ARANDA DE DUERO

1637628 220,00 B09504606 YESOS HERMANOS FIGUERO SL CL VIRGEN DE LAS VIÑAS, 6 ARANDA DE DUERO

1613201 220,00 012945196Z ZARCA*LAHUERTA,MANUEL AV BURGOS, 15 04 F ARANDA DE DUERO

Aranda de Duero, a 9 de Abril de 2014. EL TESORERO

Fdo. D.: José María Barcenilla Díez

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03100

núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

diputación de burgosbopbur.diputaciondeburgos.es D.L.: BU - 1 - 1958

burgos

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BURGOSGERENCIA MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES, JUVENTUD

E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

Notificación por comparecencia

Habiendo sido intentada infructuosamente, dos veces, la notificación individualizadade las resoluciones dictadas por Decreto de Alcaldía, así como las liquidaciones a los sujetospasivos, por los conceptos, ejercicios e importes que a continuación se indican, al amparode lo dispuesto en el art. 112.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,se efectúa la presente citación.

Los interesados o sus representantes deberán comparecer para ser notificados dedichas resolución y/o liquidaciones, en la calle Diego Porcelos n.º 4, en el plazo de quincedías naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el BoletínOficial de la Provincia.

Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida atodos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.

Efectuada la notificación de las liquidaciones por cualquiera de las dos formas antesdescritas, los importes deberán ser ingresados en los siguientes plazos:

a) Si la notificación se realiza entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de recepciónde la notificación hasta el día 20 del mes posterior, o si éste no fuera hábil, hasta el inmediatohábil siguiente.

b) Si la notificación se realiza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha derecepción de la notificación hasta el 5 del segundo mes posterior, o si éste no fuera hábil,hasta el inmediato hábil siguiente.

De no encontrar conforme la resolución y/o liquidación practicada, podrán interponersecontra la misma los siguientes recursos:

Reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-AdministrativoMunicipal de Burgos, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de lanotificación expresa de la presente liquidación/resolución.

No obstante, en el mismo plazo de un mes y con carácter potestativo, podrápresentarse previamente a la reclamación económico-administrativa, recurso de reposiciónante la titular del Órgano de Gestión Tributaria y de Tesorería. En este caso, si se interpusierael recurso de reposición no podrá promoverse reclamación económico-administrativa hastaque el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarsedesestimado por silencio administrativo por no haber recaído resolución en el plazo de unmes a contar desde el día siguiente al de su presentación. Todo ello, sin perjuicio delejercicio de cualesquiera otras acciones que estime pertinente.

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núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

diputación de burgosbopbur.diputaciondeburgos.es D.L.: BU - 1 - 1958

burgos

La mera interposición del recurso o reclamación no suspenderá la ejecución del actoimpugnado, sin perjuicio de los supuestos establecidos en el Real Decreto 520/2005, de 13de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.

Nombre y apellidos N.I.F./C.I.F. N.º exp. sección Concepto N.º liquidación

Gaizka Etxeberría Zárate 44.974.097-N 1210/12 - V Ayuda urgente necesidad 104347602/14

En Burgos, a 11 de abril de 2014.

El Alcalde-Presidente, P.D., el Teniente de Alcalde,Salvador de Foronda Vaquero

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03079

núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

diputación de burgosbopbur.diputaciondeburgos.es D.L.: BU - 1 - 1958

burgos

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BURGOSÓRGANO DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y DE TESORERÍA

Servicio Municipal de Recaudación

Citaciones para ser notificados por comparecencia

Intentada la notificación de la providencia de apremio de los valores que junto a loscontribuyentes figuran a continuación, no se ha podido realizar por causas no imputablesa este Servicio Municipal de Recaudación. Por ello, y de conformidad con lo dispuesto enel artículo 112 de la Ley General Tributaria, se cita a los mismos o a sus representantes paraser notificados por comparecencia.

Lugar: Dependencias del Servicio Municipal de Recaudación, Plaza Mayor, s/n.Horario: 9:00 a 14:00 horas.

Plazo: Quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación deeste anuncio. Si transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificación seentenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimientodel plazo señalado para comparecer.

Procedimiento: Administrativo de apremio.

Órgano responsable de la tramitación: Servicio Municipal de Recaudación delExcmo. Ayuntamiento de Burgos.

N.º VALOR N.I.F. CONTRIBUYENTE DOMICILIO CONCEPTO AÑO

103992046/0 B1139338 ACTUAL STHETIC S.L. CALLE SAN ANTON, 48 18005 GRANADA Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103993578/0 B0943285 ARRANZ FOOD S.L. CALLE MONTES OBARENES, 1 09001 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992628/0 B9170033 BLANCOFASHION S.L. CALLE GOYA, 25 28001 MADRID Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992139/0 B0939036 BURGRUPO CINCO SERVICIOS S.L. PO INDUSTRIAL EL CLAVILLO, NAVE 8 09195 VILLARIEZO Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992040/0 B0940942 CARLIER REHABILITACION Y CONSTRUCCION S.L. CALLE DIEGO LAINEZ, 18 ENT 09005 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103991652/0 B2623435 CARRETILLAS RIOJA S.L. CALLE BALSAS, 22 Pº CANTABRIA I 26006 LOGROÑO Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103993375/0 B0901812 CENTRAL FARMACEUTICA BURGALESA S.L.U. CALLE ALCALDE MARTIN COBOS 09007 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992132/0 A0102291 COMERCIAL PRADA S.A. CALLE ZURRUPITIETA, 15 01015 VITORIA-GASTEIZ Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103993674/0 B0940642 COMERCIAL SER-HUI S.L. CALLE JUAN RAMON JIMENEZ, 3 NAVE 145-147 PENTASA 3 09007 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992486/0 B3387696 COMUNICACIONES GIJON AVDA DE COLON, 22 BJ 33013 OVIEDO Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992487/0 B3387696 COMUNICACIONES GIJON AVDA DE COLON, 22 BJ 33013 OVIEDO Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992102/0 B0928738 CONSTRUCCIONES TOLBAÑOS S.L. CALLE AZORIN, 8 BJ 09005 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992105/0 B0928738 CONSTRUCCIONES TOLBAÑOS S.L. CALLE AZORIN, 8 BJ 09005 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103993495/0 B0928738 CONSTRUCCIONES TOLBAÑOS S.L. CALLE AZORIN, 8 BJ 09005 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992050/0 A4808088 ETXEA INSTALACIONES S.A. CALLE ISLAS CANARIAS, 4 48015 BILBAO Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103993644/0 B0910728 EXCLUSIVAS INES CUBILLO S.L. CALLE LOPEZ BRAVO, 15 BJ A6 Nave A6 09001 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992398/0 B6084249 FINCAS CORRAL S.L. RONDA DE LA UNIVERSITAT, 13 08007 BARCELONA Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103991636/0 B0926186 GELOCAR S.L. AVDA DE LA PAZ, 35 BJ 09004 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103993641/0 B0926186 GELOCAR S.L. AVDA DE LA PAZ, 35 BJ 09004 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992318/0 B2809542 GRUPO SANTILLANA DE EDICIONES S.L. CALLE TORRELAGUNA, 6 28043 MADRID Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103991997/0 B0940347 INDUSTRIAS ALIMENTARIAS GONZALEZ GARCIA S.L. CALLE LOPEZ BRAVO, 24 BJ 025 Nave 25 09001 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992010/0 B0940347 INDUSTRIAS ALIMENTARIAS GONZALEZ GARCIA S.L. CALLE LOPEZ BRAVO, 24 BJ 025 Nave 25 09001 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

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boletín oficial de la provincia

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núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

diputación de burgosbopbur.diputaciondeburgos.es D.L.: BU - 1 - 1958

burgos

N.º VALOR N.I.F. CONTRIBUYENTE DOMICILIO CONCEPTO AÑO

103992035/0 B0940347 INDUSTRIAS ALIMENTARIAS GONZALEZ GARCIA S.L. CALLE LOPEZ BRAVO, 24 BJ 025 Nave 25 09001 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103991987/0 W6641017 INFOSYS TECHNOLOGIES LTED. SUC ESPAÑA CALLE ALMIRANTE BONIFAZ, 3 02 23 09003 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103993592/0 B2446417 INNUBIBUS ENTERTAIMENT S.L. CALLE ORDOÑO II, 21 03 C 24001 LEON Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992310/0 B2066364 LAPABIDE ITURGINTZA S.L. CALLE PEPE ARTOLA, 14 20015 DONOSTIA-SAN SEBASTIAN Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103991711/0 A9201634 NECK CHILD S.A. CALLE MAR TIRRENO, 7B 28830 SAN FERNANDO DE HENARES Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992328/0 B0940449 ORYPEMA S.L. CALLE SOLIDARIDAD, 2-4 BJ 09007 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103993587/0 B0940449 ORYPEMA S.L. CALLE SOLIDARIDAD, 2-4 BJ 09007 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992693/0 B3959983 RASUVALCAN S.L. CALLE SAN FERNANDO, 58 BJ 39010 SANTANDER Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103991917/0 A4720491 RAYOLID S.A. CTRA NACIONAL 620, Km 112 47260 CABEZON DE PISUERGA Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103991833/0 B0937452 REFORMAS DE VIVIENDAS CASTELLANAS S.L. CALLE CONDADO DE TREVIÑO, 71 09001 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992122/0 A8367585 RULON MAQUINARIA S.A. CALLE ESCUDO (VILLALONQUEJAR), 4 09001 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992008/0 A2913946 SIRIO ESTUDIOS Y PROYECTOS S.A. CALLE VIA AUGUSTA, 255 S01 4I 08017 BARCELONA Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992241/0 B6420653 SOCIEDAD DE PREVENCION ASEPEYO S.L. CALLE VIA AUGUSTA, 18 06 08006 BARCELONA Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992242/0 B6420653 SOCIEDAD DE PREVENCION ASEPEYO S.L. CALLE VIA AUGUSTA, 18 06 08006 BARCELONA Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992243/0 B6420653 SOCIEDAD DE PREVENCION ASEPEYO S.L. CALLE VIA AUGUSTA, 18 06 08006 BARCELONA Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103991530/0 B0931222 TECNICA Y DISEÑO DEL PREFABRICADO S.L. CALLE BURGENSE, 6 BJ 09002 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103991818/0 B0931222 TECNICA Y DISEÑO DEL PREFABRICADO S.L. CALLE BURGENSE, 6 BJ 09002 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103991877/0 B0934494 TELESPACE S.L. CALLE VITORIA, 137 BJ 09007 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103993088/0 A0920266 TRANSPORTES NACION. E INTERN. ARMIÑO S.A. CALLE MADRID, 36 09001 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992384/0 B8145073 TUBERCLIMA S.L. CALLE SAN ALEJANDRO, 10 28005 MADRID Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992905/0 B0947528 URBYCON OBRA CIVIL S.L. CALLE BATALLA DE LAS NAVAS DE TOLOSA, 9 09001 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992531/0 B1888258 UVETECH BROADCAST SOLUTIONS S.L. CALLE ANCHA DE LA VIRGEN, 27 18009 GRANADA Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103991706/0 B0935340 VIVEBUR S.L. CALLE SAN PEDRO DE CARDEÑA, 35 09002 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103991949/0 B0935340 VIVEBUR S.L. CALLE SAN PEDRO DE CARDEÑA, 35 09002 BURGOS Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103992287/0 B0939209 VIVIENDAS DE CALIDAD DE BURGOS S.L. PLAZA REYES MAGOS, 10 01 A 28007 MADRID Impuesto actividades económicas empresariales 2013

103993595/0 B0939209 VIVIENDAS DE CALIDAD DE BURGOS S.L. PLAZA REYES MAGOS, 10 01 A 28007 MADRID Impuesto actividades económicas empresariales 2013

En Burgos, a 21 de abril de 2014.

El adjunto Jefe de Sección de Recaudación Ejecutiva, Pedro Álvaro Ortega

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– 76 –

C.V.E.: BOPBUR-2014-03165

núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

diputación de burgosbopbur.diputaciondeburgos.es D.L.: BU - 1 - 1958

burgos

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BURGOSÓRGANO DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y DE TESORERÍA

Tributos

Notificación por comparecencia

Habiendo sido intentada infructuosamente, dos veces, la notificación individualizadade las siguientes resoluciones a los sujetos pasivos, por los conceptos que a continuaciónse indican, al amparo de lo dispuesto en el artículo 112.2 de la Ley 58/2003, de 17 dediciembre, General Tributaria, se efectúa la presente citación para notificación porcomparecencia.

Los interesados o sus representantes deberán comparecer para ser notificados dedichas resoluciones, en la Plaza Mayor, número 1, en el plazo de quince días naturales,contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia.

Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida atodos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.

De no encontrar conforme la resolución practicada, podrán interponerse lossiguientes recursos:

Reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-AdministrativoMunicipal de Burgos, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de lanotificación por comparecencia citada.

No obstante, en el mismo plazo de un mes y con carácter potestativo, podrápresentarse contra la resolución y previamente a la reclamación económico-administrativa,el recurso de reposición ante la titular del Órgano de Gestión Tributaria y de Tesorería. Eneste caso, si se interpusiera el recurso de reposición no podrá promover la reclamacióneconómico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hastaque pueda considerarlo desestimado por silencio administrativo por no haber recaídoresolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su presentación. Todoello, sin perjuicio del ejercicio de cualesquiera otras acciones que estime pertinente.

N.º liquidación/Sujeto pasivo N.I.F./C.I.F. Concepto n.º exp. sección

Antonio Luis Castilla Marigil 13065882-L IIVTNU Exp. 000049/2013-CL-TR

Andrés Hernando Rico 12417885-R IIVTNU Exp. 000777/2014-TR-PL

En Burgos, a 10 de abril de 2014.

La Tesorera titular del Órgano de Gestión Tributaria y de Tesorería, Ana Santamaría Manso

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boletín oficial de la provincia

– 77 –

C.V.E.: BOPBUR-2014-03051

núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

diputación de burgosbopbur.diputaciondeburgos.es D.L.: BU - 1 - 1958

burgos

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CARDEÑAJIMENO

Aprobado definitivamente el presupuesto general de este Ayuntamiento, las basesde ejecución y la plantilla de personal, correspondiente al ejercicio 2013, en cumplimientode lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, yel artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el siguiente resumenpor capítulos:

ESTADO DE GASTOS

Operaciones no financieras 1.482.436,00

A1. Operaciones corrientes: 564.456,94

Capítulo 1. Gastos de personal 80.500,00

Capítulo 2. Gastos en bienes corrientes y servicios 403.856,94

Capítulo 3. Gastos financieros 1.000,00

Capítulo 4. Transferencias corrientes 79.100,00

A2. Operaciones de capital: 917.979,06

Capítulo 6. Inversiones reales 917.979,06

Total estado de gastos 1.482.436,00

ESTADO DE INGRESOS

Operaciones no financieras 1.482.436,00

A1. Operaciones corrientes: 1.009.606,00

Capítulo 1. Impuestos directos 614.000,00

Capítulo 2. Impuestos indirectos 40.000,00

Capítulo 3. Tasas, precios públicos y otros ingresos 105.700,00

Capítulo 4. Transferencias corrientes 241.406,00

Capítulo 5. Ingresos patrimoniales 8.500,00

A2. Operaciones de capital: 472.830,00

Capítulo 7. Transferencias de capital 472.830,00

Total estado de ingresos 1.482.436,00

Asimismo, y conforme dispone el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986,de 18 de abril, se publica la plantilla de personal, con el siguiente resumen:

1. Personal funcionario:

1.1. Denominación del puesto: Funcionario de habilitación de carácter nacional.

Subescala: Secretaría-Intervención.

Grupo A1. Nivel 26.

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núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

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burgos

2. Personal laboral:

2.1. Denominación del puesto: Oficial Administrativo.

Número de puestos: 1.

Situación: Indefinido.

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y171 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales aprobado por RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen lasnormas de dicha Jurisdicción.

En Cardeñajimeno, a 15 de abril de 2014.

El Alcalde,Alberto Iglesias Ruiz

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MERINDAD DE MONTIJA

No habiendo podido ser notificada para proceder a la revisión del Padrón Municipalde Habitantes y verificación de los resúmenes anuales por posible inscripción indebida opor caducidad de sus inscripciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 72, enrelación con el artículo 54 del Real Decreto 2612/1996 de las personas que se relacionan acontinuación, se procede a su notificación por medio de anuncio en el Boletín Oficial deBurgos y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Merindad de Montija, y en cumplimientodel artículo 72 del Real Decreto 2612/1996 así como de resolución de 9 de abril de 1997otorgando un plazo improrrogable de quince días hábiles, a contar desde la fecha depublicación del presente edicto para que los interesados puedan alegar y presentar cuantosdocumentos y justificaciones estimen pertinentes al objeto de acreditar su residencia efectivay habitual, procediendo transcurrido el plazo señalado a realizar la baja definitiva del Padrónde Habitantes de la localidad.

Nombre y apellido Documento identificativo

CLAUDIA ÁNGELA GONZÁLEZ MOYA Sin documento

JOSÉ MIGUEL OSORIO ILLANES 32390016 – N

MARÍA AMASIFEN MACAHUACHI X 02994698 – Y

ALEXANDRA GOMES TEIXEIRA 2922130

ALBERTO PEREIRA PIRES X 089227280 – Q

EZEQUIEL PEDROSA PEREIRA X 09688367 – P

En Merindad de Montija, a 14 de abril de 2014.

El Alcalde,Florencio Martínez López

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03017

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE EBROSERVICIO DE TRIBUTOS

Requerimiento

Habiendo sido intentada infructuosamente, dos veces, la notificación individualizadade las liquidaciones a los sujetos pasivos, por causas no imputables a este Ayuntamiento,por los conceptos, ejercicios e importes que a continuación se indican, al amparo de lodispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, seefectúa la presente citación.

Los interesados o sus representantes deberán comparecer para ser notificados dedichas liquidaciones, en la plaza de España, 8 de Miranda de Ebro (Burgos), en el plazo dequince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia.

Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido, la notificación se entenderáproducida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señaladopara comparecer.

Efectuada la notificación de las liquidaciones por cualquiera de las dos formas antesdescritas, los importes deberán ser ingresados en los siguientes plazos:

– Si la notificación tiene lugar dentro de la primera quincena del mes, hasta el 20 delmes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

– Si lo es en la segunda quincena, hasta el 5 del segundo mes posterior o, si esteno fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Formas de pago:

A) Mediante giro postal.

B) Cheque conformado en la Tesorería Municipal.

C) Por transferencia bancaria en la cuenta número 66/11-59 del Banco de Castilla.

De no encontrar conforme la liquidación practicada podrán interponerse contra lamisma los siguientes recursos: Recurso de reposición previo al contencioso-administrativoante el señor Alcalde, en el plazo de un mes, contado desde el día en que le sea notificadala presente liquidación en cualquiera de las formas antes dichas; contra la denegaciónexpresa o presunta de dicho recurso, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de la provincia de Burgos, en losplazos indicados en el artículo 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, podrá ejercitar cualquier otro recursoque estime pertinente. La interposición del recurso no interrumpe los plazos de ingreso.

* * *

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TASA POR GESTIÓN DEL VERTIDO DE RESIDUOS SÓLIDOS

SUJETO PASIVO N.I.F. OBJ. TRIBUTARIO N.º RECIBO IMPORTE

SDAD. COOP. MONTES OBARENES F09364993 12014 212151785 44,94

ARRIOLA RAMOS,ISMAEL 013295060W 12043 212151930 606,69

PROYECTOS Y REFORMAS LUNA S.L. B09437146 12118 212152180 719,04

ENTRADA DE VEHÍCULOS Y RESERVA DE VÍA PÚBLICA

SUJETO PASIVO N.I.F. OBJ. TRIBUTARIO N.º RECIBO IMPORTE

FONTAMIR 24 H S.C. G09490194 CL JUAN RAMON JIMENEZ, 27 BJO 211059428 43,40

IMPUESTO CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

SUJETO PASIVO N.I.F. OBJ. TRIBUTARIO N.º RECIBO IMPORTE

SANTOS DOS PENEDA,JOAQUIM X2775384C CL RAMON Y CAJAL, 17 210121362 130,08

TASAS Y OTROS INGRESOS

SUJETO PASIVO N.I.F. OBJ. TRIBUTARIO N.º RECIBO IMPORTE

RODRIGUEZ DIZ,JOSE MIGUEL 076723091J CL LA ESTACION, 68 210118434 354,30

FERNANDEZ CUEZVA,ALVARO 013283053R CL LA ESTACION, 90 211159650 37,80

ARRIOLA RAMOS,ISMAEL 013295060W CT FUENTECALIENTE 211161574 28,56

SANCHEZ DUEÑAS,M. VANESA 013307437M CL RAMON Y CAJAL 28 211187118 58,56

CONSTRUC. INTEGRALES SANFER 2007 S.L. B09464579 CL REAL AQUENDE, 16 CL CARRETAS, 22 213003015 690,73

PEREZ BORJA,JESUS 013495865V CL ERAS DE SAN JUAN, 19 214002171 16.289,63

IMPUESTO VEHÍCULOS TRACCIÓN MECÁNICA

SUJETO PASIVO N.I.F. MATRÍCULA VEHÍCULO N.º RECIBO IMPORTE

KHALIFI,KADDOUR X20337784 -007456-BFZ 212113254 142,44

IMPUESTO INCREMENTO DEL VALOR DE TERRENOS

SUJETO PASIVO N.I.F. OBJ. TRIBUTARIO N.º RECIBO IMPORTE

ORGAZ HERNANDEZ,JAVIER 071346050G CL CASCAJOS, TODOS 212029222 219,51

ORGAZ HERNANDEZ,JAVIER 071346050G CL CASCAJOS, TODOS 212029227 250,66

RUIZ SARDON,ASIER 071340809F CL CIUDAD VIERZON, 60 BI 1 ESC 1 -1 32 212206802 35,65

RUIZ SARDON,ASIER 071340809F CL CIUDAD VIERZON, 56 BI 1 ESC 1 06 C 212206803 757,98

EL FEDG BENHAZAZI,ABDERRAHIM 071354379F CL GREGORIO SOLABARRIETA, 31 ESC A 03 IZQD 212206817 759,41

CARVALHO DE GONÇALVES,CARLOS ALBERTO X6056091F CL CONDADO DE TREVIÑO, 25 ESC E 01 C 213000976 896,92

UANIKHEHI,HENRY X3448424B CL CONDADO DE TREVIÑO, 12 ESC E 04 DRCH 213001384 265,52

BENNIA,MOHAMMED X3021853K CL MONTE GORBEA, 7 ESC E 04 C 213004177 384,09

CASTRO MEDINA,MIGUEL ANGEL 013300716T CL CONCEPCION ARENAL, 10 ESC E 01 CTIZ 213004261 962,79

NOVA COMUNICACIONES MIRANDA S.L. B09431347 CL ROSALIA DE CASTRO, 45 ESC 3 02 A 213005829 469,07

NOVA COMUNICACIONES MIRANDA S.L. B09431347 CL ROSALIA DE CASTRO, 45 ESC 1 -1 27 PARCEL 213005830 27,25

OCHOA DE ASPURU GASTAMINZA,J. ALBERTO 016289804P PZ PLAZA DE SANTA MARIA, 2 BJO A PZ. STA. M 213051464 923,83

SANCHEZ ALONSO,JULIAN 071343179P CL LAS ENCINAS, 31 ESC 4 03 C 213051483 173,57

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL SANTA TERESA, 44 -1 T4 213052066 20,57

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL SANTA TERESA, 44 -1 T5 213052067 14,96

CONSTRUC. INTEGRALES SANFER 2007 S.L. B09464579 CL CARRETAS, 22 ESC E 01 01 213052708 1.010,80

CONSTRUC. INTEGRALES SANFER 2007 S.L. B09464579 CL CARRETAS, 22 ESC E 02 01 213052709 1.010,80

CONSTRUC. INTEGRALES SANFER 2007 S.L. B09464579 CL CARRETAS, 22 ESC E 03 01 213052710 1.010,80

CONSTRUC. INTEGRALES SANFER 2007 S.L. B09464579 CL CARRETAS, 22 ESC E BJO 01 213052711 804,04

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burgos

SUJETO PASIVO N.I.F. OBJ. TRIBUTARIO N.º RECIBO IMPORTE

SMAILI,ABDELGHANI X3543206X CL CIUDAD DE TOLEDO, 24 ESC 1 04 IZQD 213088877 502,07

SMAILI,EL HOUARI X6715573X CL CIUDAD DE TOLEDO, 24 ESC 1 04 IZQD 213088878 502,07

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL SANTA TERESA, 44 -1 33 213088892 22,45

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL SANTA TERESA, 44 -1 41 213089873 24,32

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL LOS TILOS, 1 BJO 09 213089874 1.021,87

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL LOS TILOS, 3 BJO 10 213089875 1.154,89

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL LOS TILOS, 3 ESC 3 01 C 213089876 691,73

PADILLA APARICIO,JUAN MANUEL 021989669J CL SANTA LUCIA, 59 ESC 1 02 01 213089881 1.234,29

EL MESSFIUI BOUTAHER LARBI,YOUSEFF 045168719P CL SANTA TERESA, 43 ESC 1 01 IZQD 213090589 87,65

MACIAS MARTILLO,KATHERYNE ALEXANDRA 0713481320 CL CANTABRIA, 10 ESC E 01 B 213098072 2.520,31

ESTOPA JIMENEZ,M. JOSE 0467417890 CL ARENAL, 92 ESC E BJO 04 213099180 2.569,79

OCHOA DE ASPURU GASTAMINZA,FERNANDO 018594331G PZ DE SANTA MARIA, 202 D PZ. STA. MARIA 2-3- 213100110 833,18

MAFFARE BAZAN,DIDINO X5438753N CL RAMON Y CAJAL, 26 ESC E 02 DRCH 213101239 601 ,83

MAZHAR,MAHMUD X2186451W CL EL OLMO, 4 ESC E 01 01 213125279 292,26

MAZHAR,MAHMUD X2186451W CL EL OLMO, 4 ESC E 02 01 213125280 1.121,92

MAZHAR,MAHMUD X2186451W CL EL OLMO, 4 ESC E 03 01 213125281 841,44

LAIU,DANIEL PETRU X3022253F CL SANTA LUCIA, 13 ESC E 04 A 213125330 750,31

CERREDUELA ESCUDERO,M. ROCIO 072726996F CL JUAN RAMON JIMENEZ, 19 ESC A 04 DRCH 213125331 940,28

CATEDIANO SECO,MIGUEL ANGEL 0133018130 CL LA ESTACION, 82 ESC E 03 IZQD 213129787 1.661,60

MOYA CHAQUINGA,MENTOR FABIAN 071353715X CL LEOPOLDO LEWIN, 29 ESC A 03 IZQD 213129952 1.303,19

ZANNOUTI ,RACHID X2466458F CL LA ESTACION, 31 ESC E 03 IZQD 213130002 2.186,80

MERAN LEON DE,BIANELA X5000030Z TV CARLOS 111, 3 ESC 1 03 DRCH 213130356 1.116,48

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL SANTA TERESA, 7 -1 11 213131307 24,50

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL SANTA TERESA, 7 -1 11 213131308 8,24

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL SANTA TERESA, 7 02A 213131309 304,93

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL SANTA TERESA, 7 02A 213131310 906,56

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL SANTA TERESA, 7 -1 06 213132405 8,99

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL SANTA TERESA, 7 03 B 213132406 240,96

MAZHAR,MAHMUD X2186451W CL EL OLMO, 4 ESC E BJO 01 213157356 937,06

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL SANTA TERESA, 7 02 C 213157368 230,22

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL SANTA TERESA, 7 -1 12 213157369 8,24

ALONSO VEGA DE,ANGEL VICENTE 013299890W PZ DEL MERCADO, 20 ESC E 03 DRCH 213157371 475,80

AZBUSUR S.L. B09389040 PB ANGELES MANZANA 6, 1 SUELO 213158325 911,07

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL SANTA TERESA, 7 -1 06 213158853 26,73

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL SANTA TERESA, 7 03 B 213158854 716,39

GESCADI 2006 S.L. B26413591 CL VITORIA, 14 ESC 1 04 B 213159123 600,67

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL SANTA TERESA, 7 -1 12 213160264 24,50

RECOMIRANDA S.L. B09439944 CL SANTA TERESA, 7 02 C 213160265 684,45

IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA

SUJETO PASIVO N.I.F. OBJ. TRIBUTARIO N.º RECIBO IMPORTE

ESTRUCTURAS AVICASA S.A. A01178805 CL SANTA TERESA, 44 -1 41 213099133 30,57

PROYECTOS INMOBIL. VIVAR CASADO S.L. B09433368 CT MADRID-IRUN, 83 ESC V UE LO R-6.3 213157092 44,43

IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES RÚSTICA (LIQUIDACIONES)

SUJETO PASIVO N.I.F. OBJ. TRIBUTARIO N.º RECIBO IMPORTE

CORTES MANZANARES,JOSE 078994603E CL DISEMINADOS, 31 TODOS 213131323 261,38

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TASA SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS

SUJETO PASIVO N.I.F. OBJ. TRIBUTARIO N.º RECIBO IMPORTE

LORENZO GOMEZ,OMAR 046912305X 1116 211161603 135,35

MAKHLOUFI,SAID X3612278J 1202 212025243 146,20

PUERTA BARRIO,ALICIA 013289691S 1308 213100767 173,05

PEREZ BORJA,JESUS 013495865V 1346 213156919 141,62

BETETA MONTENEGRO,DANIEL 071348438T 1363 213157005 146,20

FUENTES SAEZ,CARLOS ENRIQUE 013296948G 1398 213157354 2.146,66

PEREZ BORJA,JESUS 013495865V 13101 213157443 207,34

COCA VLLLANUEVA,M. ISABEL 013302352A 13110 213157460 1.157,00

GARCIA DIEZ,FELIPE 013189316N 13138 213158056 138,23

GARCIA DIEZ,GUADALUPE 013188843E 13139 213158057 138,23

PEREZ BORJA,JESUS 013495865V 13165 213159062 245,30

GILANZ CASTELLANO,LUIS MARIANO 13188 213161866 6.438,27

PEREZ BORJA,JESUS 013495865V 13189 213161953 519,90

En Miranda de Ebro, a 11 de abril de 2014.

La Concejala Delegada de Hacienda,Laura Torres Tudanca

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03046

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burgos

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MONTORIO

Aprobación definitiva del presupuesto municipal del ejercicio de 2014

No habiéndose formulado reclamación alguna durante el plazo reglamentario contrael presupuesto general consolidado para el ejercicio 2014, aprobado inicialmente por estaCorporación en sesión ordinaria celebrada el día 12 de diciembre de 2013, se eleva adefinitiva la citada aprobación provisional y se publica resumido por capítulos, de acuerdoa lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales yartículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Resumen por capítulos del presupuesto del Ayuntamiento de Montorio. –

ESTADO DE GASTOS

Cap. Denominación Euros

1. Gastos de personal 45.000,19

2. Gastos en bienes corrientes y servicios 218.049,81

3. Gastos financieros 350,00

4. Transferencias corrientes 14.800,00

6. Inversiones reales 145.800,00

Total presupuesto 424.000,00

ESTADO DE INGRESOS

Cap. Denominación Euros

1. Impuestos directos 136.460,00

2. Impuestos indirectos 500,00

3. Tasas y otros ingresos 16.975,00

4. Transferencias corrientes 25.880,00

5. Ingresos patrimoniales 233.485,00

7. Transferencias de capital 10.700,00

Total presupuesto 424.000,00

Igualmente se aprueban las bases de ejecución y la relación de puestos de trabajode este Ayuntamiento.

Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse directamenterecurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente,según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

En Montorio, a 20 de febrero de 2014.

El Alcalde, Juan Carlos Gutiérrez Marcos

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03041

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burgos

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RÁBANOS

No habiéndose formulado reclamación alguna durante el plazo reglamentario contrael presupuesto general consolidado para el ejercicio 2014, aprobado inicialmente por esteAyuntamiento en sesión celebrada el día 10 de enero de 2014, se eleva a definitiva la citadaaprobación provisional y se publica resumido por capítulos, de acuerdo a lo establecidoen el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 delReal Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Resumen por capítulos del presupuesto del Ayuntamiento de Rábanos. –

ESTADO DE GASTOS

Cap. Denominación Euros

1. Gastos de personal 8.152,28

2. Gastos en bienes corrientes y servicios 12.927,72

4. Transferencias corrientes 13.170,00

6. Inversiones reales 4.000,00

Total presupuesto 38.250,00

ESTADO DE INGRESOS

Cap. Denominación Euros

1. Impuestos directos 10.900,00

2. Impuestos indirectos 200,00

3. Tasas y otros ingresos 339,50

4. Transferencias corrientes 21.210,50

5. Ingresos patrimoniales 2.100,00

7. Transferencias de capital 3.500,00

Total presupuesto 38.250,00

Igualmente se aprueban las bases de ejecución y la relación de puestos de trabajode este Ayuntamiento.

Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse directamenterecurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente,según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

En Rábanos, a 17 de febrero de 2014.

La Alcaldesa,Pilar Mata Alejos

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– 86 –

C.V.E.: BOPBUR-2014-03044

núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DEL VALLE URBIÓN

No habiéndose formulado reclamación alguna durante el plazo reglamentario contrael presupuesto general consolidado para el ejercicio 2014, aprobado inicialmente por esteAyuntamiento en sesión celebrada el día 29 de enero de 2014, se eleva a definitiva la citadaaprobación provisional y se publica resumido por capítulos, de acuerdo a lo establecido enel artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del RealDecreto 500/1990, de 20 de abril.

Resumen por capítulos del presupuesto del Ayuntamiento de Santa Cruz del ValleUrbión. –

ESTADO DE GASTOS

Cap. Denominación Euros

1. Gastos de personal 17.633,52

2. Gastos en bienes corrientes y servicios 42.106,48

4. Transferencias corrientes 6.800,00

6. Inversiones reales 52.258,00

Total presupuesto 118.798,00

ESTADO DE INGRESOS

Cap. Denominación Euros

1. Impuestos directos 20.040,00

2. Impuestos indirectos 500,00

3. Tasas y otros ingresos 8.790,00

4. Transferencias corrientes 17.308,00

5. Ingresos patrimoniales 51.660,00

7. Transferencias de capital 20.500,00

Total presupuesto 118.798,00

Igualmente se aprueban las bases de ejecución y la relación de puestos de trabajode este Ayuntamiento.

Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse directamenterecurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente,según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

En Santa Cruz del Valle Urbión, a 17 de marzo de 2014.

El Alcalde,Jesús M.ª Oca Bartolomé

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– 87 –

C.V.E.: BOPBUR-2014-03040

núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALMALA

No habiéndose formulado reclamación alguna durante el plazo reglamentario contrael presupuesto general consolidado para el ejercicio 2014, aprobado inicialmente por esteAyuntamiento en sesión celebrada el día 8 de enero de 2014, se eleva a definitiva la citadaaprobación provisional y se publica resumido por capítulos, de acuerdo a lo establecido enel artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del RealDecreto 500/1990, de 20 de abril.

Resumen por capítulos del presupuesto del Ayuntamiento de Valmala. –

ESTADO DE GASTOS

Cap. Denominación Euros

1. Gastos de personal 7.997,16

2. Gastos en bienes corrientes y servicios 30.852,84

4. Transferencias corrientes 1.250,00

6. Inversiones reales 40.100,00

Total presupuesto 73.100,00

ESTADO DE INGRESOS

Cap. Denominación Euros

1. Impuestos directos 8.950,00

3. Tasas y otros ingresos 6.357,00

4. Transferencias corrientes 7.665,00

5. Ingresos patrimoniales 28.200,00

7. Transferencias de capital 21.928,00

Total presupuesto 73.100,00

Igualmente se aprueban las bases de ejecución y la relación de puestos de trabajode este Ayuntamiento.

Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse directamenterecurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen la normativavigente, según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las HaciendasLocales.

En Valmala, a 20 de febrero de 2014.

El Alcalde,Jesús Díez Bartolomé

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03084

núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLARCAYO DE MERINDADDE CASTILLA LA VIEJA

Habiéndose practicado las liquidaciones dictadas por el Tesorero del ExcelentísimoAyuntamiento de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja, en relación al impuesto sobreel incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, y habiéndose intentado lanotificación de las mismas, sin que se hubiesen podido practicar, se cita a loscontribuyentes más abajo relacionados, y se hace pública la notificación por medio deeste anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, en virtud de lo dispuesto enel artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a fin de quecomparezca, por sí o por medio de representante en las oficinas sitas en Plaza Mayor, s/n,de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja, o en el plazo de quince días naturales desdeel día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido este plazodará continuidad a la vía ejecutiva.

En Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja, a 15 de abril de 2014.

La Alcaldesa,Mercedes Alzola Allende

* * *

Relación de obligados tributarios a notificar:

– Bastida Pereda Margarita. D.N.I. 30.630.791-N. Cr. Villalaín, n.º 28. 09554Bisjueces. Burgos. PLUS001/2010/277/1/2.

– Rogual S.L.U. C.I.F. B09416181. C/ Obras Públicas, n.º 1. PL: -1. PT: 27. 09550Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2010/366/1/1.

– Rodriguez Pérez Vicente. D.N.I. 34.163.915-Z. C/ Alejandro Rodríguez, n.º 18-1.º F.09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2010/39/1/2.

– Hernández de la Calle Antonio. D.N.I. 70.929.154-Y. C/ Villacomparada de Rueda.C/ San Ignacio, n.º 6. PT: 2. 09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos.PLUS001/2010/391/1/1.

– Hernández de la Calle Antonio. D.N.I. 70.929.154-Y. C/ Villacomparada de Rueda.C/ San Ignacio, n.º 6. PT: 3. 09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos.PLUS001/2010/391/2/1.

– Franco Rodríguez María Mar. D.N.I. 13.145.892-N. C/ Urb. San Roque, n.º 2-1.º D.09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2010/465/1/1.

– Martín Martín Francisco. D.N.I. 14.375.156-H. C/ Valladolid, n.º 6-2.º Iz. 09550Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2010/473/1/1.

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– Gutiérrez González Juan José. D.N.I. 13.135.531-R. Fn. Las Huelgas, n.º 15. 09553Villacomparada de Rueda. Burgos. PLUS001/2010/680/1/3 y PLUS001/2010/680/1/4.

– Nojasur Construcciones, S.L. C.I.F. B39435912. C/ Merindades Castilla, n.º 11-1.º C.09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2010/695/1/1.

– Nojasur Construcciones, S.L. C.I.F. B39435912. C/ Merindades Castilla, n.º 11. PL: +1.PT: T7. 09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2010/695/2/1.

– Díez Ruiz María Anunciación. D.N.I. 14.563.790-Y. Barrio de La Penilla, n.º 1. 09554Villalaín. Burgos. PLUS001/2010/748/1/3.

– Díez Ruiz María Anunciación. D.N.I. 14.563.790-Y. Barrio de La Penilla, n.º 1. 09554Villalaín. Burgos. PLUS001/2010/748/1/4.

– Martínez García Fernando. D.N.I. 13.073.093-P. C/ Zamora, n.º 9-1.º A. 09554Horna. Burgos. PLUS001/2010/783/1/1.

– García Zorrilla José Carlos. D.N.I. 14.251.772-Y. C/ San Roque, n.º 22-5.º. 09550Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2012/26/2/1.

– Ortiz Díaz de Sarabia María Elena. D.N.I. 13.273.313-J. Tn. Urbanizable UR-IND-INT,n.º 29. 09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2011/171/10/1.

– Ortiz Díaz de Sarabia María Elena. D.N.I. 13.273.313-J. Avda. Castilla y León, n.º 25.09006 Burgos. PLUS001/2011/171/10/2.

– Ortiz Díaz de Sarabia María Elena. D.N.I. 13.273.313-J. Urbanizable UR-IND-INT,n.º 12. 09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2011/171/10/3.

– Ortiz Díaz de Sarabia María Elena. D.N.I. 13.273.313-J. Tn. Urbanizable UR-IND-INT,n.º 29. 09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2011/171/11/1.

– Ortiz Díaz de Sarabia María Elena. D.N.I. 13.273.313-J. Avda. Castilla y León, n.º 25.09006 Burgos. PLUS001/2011/171/11/2.

– Ortiz Díaz de Sarabia María Elena. D.N.I. 13.273.313-J. Urbanizable UR-IND-INT,n.º 12. 09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2011/171/11/3.

– González Hontiyuelo Luis Ángel. D.N.I. 13.133.746-X. Barrio San Lorenzo, n.º 32.09556 Cigüenza. Burgos. PLUS001/2013/173/4/1.

– Zarate Fernández Ana Isabel. D.N.I. 14.248.578-D. C/ Obras Públicas, n.º 3-3.º Dr.09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2013/174/1/1.

– García Revuelta María Florencia. D.N.I. 14.602.053-C. C/ Madrid, n.º 22-2.º A.09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2013/65/1/1.

– García Revuelta María Florencia. D.N.I. 14.602.053-C. C/ Madrid, n.º 22. PT: 3.09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2013/65/1/2.

– García Revuelta María Florencia. D.N.I. 14.602.053-C. C/ Madrid, n.º 22. PT: 7.09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2013/65/3/1.

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– García Revuelta María Florencia. D.N.I. 14.602.053-C. C/ Asturias. Plg. LasMerindades (Nave Industrial), n.º 61. 09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja.Burgos. PLUS001/2013/65/4/1.

– Gutiérrez López José Manuel. D.N.I. 13.105.706-F. Urbanizable UR-8-INT, n.º 1.09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2013/65/5/1.

– Crespo García Marcelino. D.N.I. 14.680.396-W. C/ Santander, n.º 4-2.º D. 09550Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2013/76/1/1.

– Nieto Churruca Laura. D.N.I. 51.424.310-J. C/ Alférez Provisional, n.º 9-3.º. 09550Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2013/91/1/1.

– Nieto Churruca Rafael. D.N.I. 00.393.499-S. C/ Alférez Provisional, n.º 9-3.º. 09550Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2013/91/3/1.

– Sainz Arenas Juan Carlos. D.N.I. 22.739.647-F. C/ Soria, n.º 3-3.º I. 09550 Villarcayode Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2013/94/3/1.

– Sainz Arenas Juan Carlos. D.N.I. 22.739.647-F. C/ Soria, n.º 1. PT: 1. 09550Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2013/94/4/1.

– Ruiz Martínez Cecilia. D.N.I. 13.170.625-C. Ctra. Villarcayo, n.º 15. 09556 Cigüenza.Burgos. PLUS001/2013/103/1/2.

– Ruiz López de Castro Blanca. D.N.I. 16.060.558-A. Ctra. Villarcayo, n.º 15. 09556Cigüenza. Burgos. PLUS001/2013/103/2/1.

– Rodríguez Iglesias Antonio Adolfo. D.N.I. 13.094.503-M. C/ Doctor Mendizábal,n.º 2. 09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2013/107/16/1.

– Rodríguez Iglesias Antonio Adolfo. D.N.I. 13.094.503-M. C/ Allal, n.º 1-1.º B. 09550Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2013/107/16/2.

– Rodríguez Iglesias Antonio Adolfo. D.N.I. 13.094.503-M. C/ Calvo Sotelo, n.º 12.PT: 1.º. 09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2013/107/16/3.

– Fernández Lucio Inmaculada Concepción. D.N.I. 22.701.498-S. Pb. Quintana deRueda, n.º 28. 09555 Quintana de Rueda. Burgos. PLUS001/2013/123/1/1.

– Zárate Fernández Ana Isabel. D.N.I. 14.248.578-D. C/ Obras Públicas, n.º 1. PL: -1.PT: 18. 09550 Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. Burgos. PLUS001/2013/204/1/1.

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03045

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

JUNTA VECINAL DE ALARCIA

No habiéndose formulado reclamación alguna durante el plazo reglamentario contrael presupuesto general consolidado para el ejercicio 2014, aprobado inicialmente por estaJunta Vecinal, en sesión celebrada el día 8 de enero de 2014, se eleva a definitiva la citadaaprobación provisional y se publica resumido por capítulos, de acuerdo a lo establecido enel artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del RealDecreto 500/1990, de 20 de abril.

Resumen por capítulos del presupuesto.

ESTADO DE GASTOS

Cap. Denominación Euros

2. Gastos en bienes corrientes y servicios 35.450,00

4. Transferencias corrientes 1.300,00

6. Inversiones reales 67.100,00

Total gastos 103.850,00

ESTADO DE INGRESOS

Cap. Denominación Euros

3. Tasas, precios públicos y otros ingresos 650,00

5. Ingresos patrimoniales 87.462,00

7. Transferencias de capital 15.738,00

Total ingresos 103.850,00

Igualmente se aprueban las bases de ejecución y la relación de puestos de trabajode esta Junta Vecinal.

Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse directamenterecurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen la normativavigente, según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las HaciendasLocales.

En Alarcia, a 10 de febrero de 2014.

El Alcalde,Guillermo Oca Arceredillo

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– 92 –

C.V.E.: BOPBUR-2014-03076

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

JUNTA VECINAL DE AVELLANOSA DEL PÁRAMO

En reunión de la Junta Vecinal de Avellanosa del Páramo de fecha 2 de abril de 2014,es aprobada la cuenta general y liquidación del ejercicio de 2013.

Se expone al público, de acuerdo con lo señalado en el artículo 208 del R.D. 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de lasHaciendas Locales, por plazo de quince días durante los cuales y ocho más, losinteresados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones.

Avellanosa del Páramo, 3 de abril de 2014.

El Alcalde,Benito Calzada Peña

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– 93 –

C.V.E.: BOPBUR-2014-03058

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

JUNTA VECINAL DE BERCEDO

Aprobación inicial del expediente de modificación presupuestarianúmero 1 para el ejercicio de 2013

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 25 de marzo de 2014, haaprobado inicialmente el expediente uno de modificación presupuestaria de la EntidadLocal Menor de Bercedo para el ejercicio 2013.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 177 y siguientes del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Leyreguladora de las Haciendas Locales, se expone al público por el plazo de quince díashábiles, durante los cuales podrán presentar las reclamaciones oportunas.

Si transcurrido el plazo anteriormente expresado no se hubieran presentadoreclamaciones, se considerará definitivamente aprobada esta modificación presupuestaria.

En Bercedo, a 26 de marzo de 2014.

La Alcaldesa Pedánea,Begoña Beatriz Pañeda Gómez

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– 94 –

C.V.E.: BOPBUR-2014-03068

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

JUNTA VECINAL DE CORNEJO DE SOTOSCUEVA

ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESION DE AYUDASPARA EL PAGO DE LA TASA DE SANEAMIENTO

Artículo 1. – La conveniencia de establecer medidas de apoyo a los vecinos de laEntidad Local Menor son las razones que fundamentan la elaboración de la presenteordenanza.

Las previsiones normativas incluidas en los artículos 2 y 25.1 de la Ley 7/1985, de2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, habilitan a las Entidades LocalesMenores para intervenir en cuantos asuntos afecten directamente al círculo de susintereses dotándolas de competencia para promover toda clase de actividades y prestarlos servicios que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidadvecinal.

El artículo 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,posibilita la concesión de subvenciones, a favor de personas privadas, por las entidadesque integran la Administración Local sujetándose a las prescripciones de esta Ley.

La presente ordenanza se redacta al amparo de la potestad reglamentaria y de lapotestad de planificación o programación, reconocidas en el artículo 4 de la Ley 7/1985,reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 20 de la Ley 1/1998, de RégimenLocal de Castilla y León.

Artículo 2. – Objeto.

El objeto de las medidas contempladas en la presente ordenanza será, por un lado,establecer medidas que ayuden a paliar las cargas fiscales implantadas por elAyuntamiento de Merindad de Sotoscueva y, por otro, diseñar mecanismos que ayuden alos vecinos actuales de la Entidad Local Menor.

Artículo 3. – Beneficiarios.

Tendrán la condición de beneficiarios los titulares de tomas de agua que esténconectados a la red de alcantarillado en la localidad de Cornejo; la duración de lasubvención será por un periodo de 10 años, que empezará a contar desde la implantaciónde la tasa de saneamiento por parte del Ayuntamiento de Merindad de Sotoscueva.

Artículo 4. – Gestión de ayudas.

Las solicitudes se formalizarán de acuerdo al modelo normalizado que se incluyecomo Anexo I de la presente ordenanza.

Se presentarán en el Registro de la Entidad Local Menor, por correo, haciendo entregaal Equipo de Gobierno de la Junta Administrativa, o por cualquiera de las formas establecidasen el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común.

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A dicha solicitud se deberá acompañar el siguiente documento: Fotocopia del recibode agua donde conste el nombre del titular de la toma.

Artículo 5. – Plazo.

El plazo para la presentación de las solicitudes será del 1 de febrero al 31 de agostode 2014; durante el periodo de vigencia de esta ordenanza podrán adherirse los titularesde nuevas tomas de agua conectadas al alcantarillado.

Artículo 6. – Cuantía de la ayuda.

Se abonará una única ayuda anual por tasa de saneamiento cuyo importe será elestablecido por el Ayuntamiento de Merindad de Sotoscueva por dicha tasa.

Dichas ayudas se sufragarán con los ingresos recibidos por la Entidad Local Menorde Cornejo por el alquiler del coto de caza y por el alquiler del inmueble de referenciacatastral 9041240VN4694S0001JZ.

Artículo 7. – Plazo de resolución y órgano competente.

El plazo máximo para la resolución de las solicitudes presentadas al amparo de lapresente ordenanza será de dos meses después de recibir el recibo del Ayuntamiento.

En el caso de que la solicitud adolezca del documento considerado necesario parala resolución del expediente, se aplicará el procedimiento establecido en la Ley 30/1992de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

La resolución del expediente, previa la emisión de los informes que procedan,competerá al Presidente de la Junta Administrativa. No obstante el titular del citado órganopodrá delegar dicha competencia en el Pleno.

Artículo 8. – Compatibilidad.

Sin perjuicio de lo que pueda establecerse por otras Administraciones Públicas, lasayudas contempladas en la presente ordenanza tendrán la condición de compatibles conlas que puedan otorgarse por otros organismos.

Disposición adicional. –

Este documento, aprobado por el Pleno en sesión de 12 de abril de 2014, permaneceráen vigor durante diez años después de la entrada en vigor de la tasa por saneamientoimplantada por el Ayuntamiento de Merindad de Sotoscueva.

Disposición final. –

La presente ordenanza entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial dela Provincia, según lo exigido en la normativa sobre Régimen Local, concediéndose lasayudas cuando se reciba el primer importe por la tasa de saneamiento.

En Cornejo, a 13 de abril de 2014.

El Alcalde,Eugenio Sainz Fernández

* * *

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núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

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A N E X O I

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN POR 10 AÑOS DE LA TASA DE SANEAMIENTO

Nombre: ………………………………………………………………………………………………

Apellidos: ……………………………………………………………………………………………

Dirección: ……………………………………………………………………………………………

Teléfono: ……………………………………………………………………………………………

Vecino (tachar con una X):

Sí No

¿Está al corriente de pagos y no mantiene deudas con la Junta Administrativa?

Sí No (condición revisable anualmente)

Adjuntar fotocopia del último recibo de agua.

En Cornejo, a ……………………………………

Firma.

Periodo de presentación de la solicitud del 1 de marzo de 2014 al 30 de mayo de 2014.

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03069

núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

JUNTA VECINAL DE CORNEJO DE SOTOSCUEVA

Aprobación inicial del expediente de modificación presupuestarianúmero 1 para el ejercicio de 2013

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 12 de abril de 2014, haaprobado inicialmente el expediente uno de modificación presupuestaria de la EntidadLocal Menor de Cornejo para el ejercicio 2013.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 177 y siguientes del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Leyreguladora de las Haciendas Locales, se expone al público por el plazo de quince díashábiles, durante los cuales podrán presentar las reclamaciones oportunas.

Si transcurrido el plazo anteriormente expresado no se hubieran presentadoreclamaciones, se considerará definitivamente aprobada esta modificación presupuestaria.

En Cornejo de Sotoscueva, a 13 de abril de 2014.

El Alcalde-Presidente,Eugenio Sainz Fernández

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03049

núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

JUNTA VECINAL DE MAHALLOS

Exposición al público de la cuenta general para el ejercicio 2009-2010

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.3 del Real Decreto 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las HaciendasLocales, queda expuesta al público la cuenta general del ejercicio 2009-2010, por el plazode quince días.

Si en este plazo y ocho días más los interesados hubieren presentado alegaciones,reclamaciones y sugerencias, la Comisión procederá a emitir un nuevo informe.

En Mahallos, a 14 de abril de 2014.

La Alcaldesa,Aurora Gutiérrez Vegas

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03070

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

JUNTA VECINAL DE MASA

Informada por la Comisión Especial de Cuentas la cuenta general de esta JuntaVecinal, correspondiente al ejercicio 2013, de conformidad con lo establecido en el art. 212.3del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la Regla 102.2 de la Instrucción deContabilidad aprobada por orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, se expone alpúblico por plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de aparición deeste edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales y ocho más losinteresados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Masa, a 14 de abril de 2014.

El Alcalde Pedáneo,Florencio Herrero Martínez

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03048

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

JUNTA VECINAL DE QUINTANILLA DE LAS VIÑAS

Exposición al público de la cuenta general para el ejercicio de 2013

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.3 del Real Decreto 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las HaciendasLocales, queda expuesta al público la cuenta general del ejercicio de 2013 por el plazo dequince días.

Si en este plazo y ocho días más los interesados hubieran presentado alegaciones,reclamaciones y sugerencias, la Comisión procederá a emitir un nuevo informe.

En Quintanilla de las Viñas, a 14 de abril de 2014.

El Alcalde Pedáneo,Ramiro García García

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– 101 –

C.V.E.: BOPBUR-2014-03042

núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

JUNTA VECINAL DE RÁBANOS

No habiéndose formulado reclamación alguna durante el plazo reglamentario contrael presupuesto general consolidado para el ejercicio 2014, aprobado inicialmente por estaJunta Vecinal en sesión celebrada el día 8 de enero de 2014, se eleva a definitiva la citadaaprobación provisional y se publica resumido por capítulos, de acuerdo a lo establecidoen el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 delReal Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Resumen por capítulos del presupuesto de la Junta Vecinal de Rábanos. –

ESTADO DE GASTOS

Cap. Denominación Euros

2. Gastos en bienes corrientes y servicios 7.000,00

4. Transferencias corrientes 500,00

6. Inversiones reales 11.000,00

Total presupuesto 18.500,00

ESTADO DE INGRESOS

Cap. Denominación Euros

3. Tasas y otros ingresos 1.040,00

5. Ingresos patrimoniales 9.860,00

7. Transferencias de capital 7.600,00

Total presupuesto 18.500,00

Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse directamenterecurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen la normativavigente, según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las HaciendasLocales.

En Rábanos, a 10 de febrero de 2014.

El Alcalde,Lorenzo Martín Pascual

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03210

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

JUNTA VECINAL DE TEZA DE LOSA

Aprobado por esta Junta Vecinal el pliego de condiciones económico-administrativasque han de regir la subasta pública para el arrendamiento del aprovechamiento cinegéticodel Monte de Utilidad Pública número 449 «Mandagua y La Tejera» siendo propietarias lasJuntas Vecinales de Lastras de Teza, Teza de Losa, Barriga Villacián y la localidad de Villota,se expone al público durante el plazo de cuatro días, a efectos de examen y reclamaciones,que contra el mismo puedan presentarse.

Pasado dicho periodo, si no se formulan reclamaciones, se anuncia lacorrespondiente subasta pública a los siguientes efectos:

– Objeto del contrato: Será la adjudicación, mediante subasta pública, para eldisfrute y aprovechamiento de la caza existentes en el M.U.P. número 449 «Mandagua yLa Tejera» de 386,2497 hectáreas.

– Duración del contrato: Será de cinco años (5), coincidentes con cinco temporadasde caza (prorrogables si ambas partes están de acuerdo por un periodo igual) 2014-2015;2015-2016; 2016-2017; 2017-2018; 2018-2019; finalizando el 1 de marzo del año 2019.

– Tipo de licitación: Se señala al alza, en la cantidad de 2.317,50 euros, por cadacampaña de caza.

– Forma de pago: A la firma del contrato se pagará la primera anualidad,conjuntamente con la fianza definitiva y las siguientes anualidades antes del día 1 de abrilde cada año.

– Garantía provisional: Será de 100,00 euros.

– Garantía definitiva: Será del 5% del precio de adjudicación para las 5 campañas.

– Presentación de proposiciones: Las proposiciones ajustadas al modelo que figuraal final del pliego de condiciones, se presentarán por escrito en la Secretaría delAyuntamiento de Valle de Losa, durante las horas de oficina, hasta cinco minutos antes decelebrarse la subasta, que tendrá lugar el día 5 de junio de 2014, a las 13:00 horas enestas mismas dependencias.

– Segunda subasta: Caso de quedar desierta la primera subasta, se celebrará unasegunda, con sujeción a las condiciones de la primera, el día 12 de junio a la misma hora.

En Teza de Losa, a 28 de abril de 2014.

El Alcalde Pedáneo,Nicolás Jurado Pizarro

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03060

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

JUNTA VECINAL DE VILLAHERNANDO

Exposición al público de la cuenta general para el ejercicio de 2013

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.3 del Real Decreto 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las HaciendasLocales, queda expuesta al público la cuenta general del ejercicio de 2013 por el plazo dequince días.

Si en este plazo y ocho días más los interesados hubieran presentado alegaciones,reclamaciones y sugerencias, la Comisión procederá a emitir un nuevo informe.

En Villahernando, a 3 de abril de 2014.

La Alcaldesa Pedánea,Araceli López Ruiz

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

JUNTA VECINAL DE VILLAHIZÁN DE TREVIÑO

Exposición al público de la cuenta general para el ejercicio de 2013

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.3 del Real Decreto 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las HaciendasLocales, queda expuesta al público la cuenta general del ejercicio de 2013 por el plazo dequince días.

Si en este plazo y ocho días más los interesados hubieran presentado alegaciones,reclamaciones y sugerencias, la Comisión procederá a emitir un nuevo informe.

En Villahizán de Treviño, a 4 de abril de 2014.

El Alcalde Pedáneo,José Varona Fontaneda

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03063

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

JUNTA VECINAL DE VILLALIBADO

Exposición al público de la cuenta general para el ejercicio de 2013

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.3 del Real Decreto 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las HaciendasLocales, queda expuesta al público la cuenta general del ejercicio de 2013 por el plazo dequince días.

Si en este plazo y ocho días más los interesados hubieran presentado alegaciones,reclamaciones y sugerencias, la Comisión procederá a emitir un nuevo informe.

En Villalibado, a 4 de abril de 2014.

El Alcalde Pedáneo,José Alonso Manjón

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– 106 –

C.V.E.: BOPBUR-2014-0324168,00

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD NORTE TRUEBA JEREA

Adjudicación provisional del contrato de suministro de una desbrozadora

– Objeto del contrato: Suministro de una desbrozadora.

– Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

Tramitación: Ordinaria.

Procedimiento: Negociado.

Forma: Sin publicidad.

– Presupuesto base de la licitación: 35.000,00 euros.

Importe total, IVA vigente incluido: 31.000,00 euros.

– Entidad adjudicataria: Agromecánica González, S.L.

– Adjudicación: Decreto del Presidente.

Todo ello de conformidad con lo que dispone el artículo 135.3 de la Ley 30/2007,de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

En Medina de Pomar, a 14 de abril de 2014.

El Presidente,Florencio Martínez López

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C.V.E.: BOPBUR-2014-03071

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE BURGOS

Procedimiento ordinario 1414/2013.

Sobre: Ordinario.

Demandante/s: D/D.ª Eduardo Almarza Gómez.

Abogado/a: Lisardo Fernández Fernández.

Demandado/s: CYL Central de Reservas Hotelera, S.L.

D/D.ª Antonia María García-Morato Moreno-Manzanaro, Secretario del Juzgado de

lo Social número dos de Burgos.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso

seguido a instancia de D/D.ª Eduardo Almarza Gómez contra CYL Central de Reservas

Hotelera, S.L.,en reclamación por ordinario, registrado con el número procedimiento

ordinario 1414/2013 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59

de la LJS, citar a CYL Central de Reservas Hotelera, S.L., en ignorado paradero, a fin de

que comparezca el día 19 de junio de 2014 a las 10:25 y 10:30 horas, en la sede de este

órgano judicial sito en avda. Reyes Católicos, 53 de Burgos, planta 1.ª, Sala 1, para la

celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer

personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con

todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única

convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se ha acordado citar al representante legal de dicha empresa para la

prueba de interrogatorio que tendrá lugar el día y hora señalados para el juicio, bajo

apercibimiento que, de no comparecer, podrá ser tenido por confeso en la sentencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia

de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el

supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o

sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o

representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,

pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de

los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal

intención al actor, pueda este estar representado técnicamente por graduado social

colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar

su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos

supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,

procurador o graduado social colegiado.

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boletín oficial de la provincia

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núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

diputación de burgosbopbur.diputaciondeburgos.es D.L.: BU - 1 - 1958

burgos

Y para que sirva de citación a CYL Central de Reservas Hotelera, S.L., se expide

la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación

en el tablón de anuncios.

En Burgos, a 11 de abril de 2014.

El/la Secretario Judicial

(ilegible)

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boletín oficial de la provincia

– 109 –

C.V.E.: BOPBUR-2014-02751

núm. 83 lunes, 5 de mayo de 2014e

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE VILLARCAYO DE MERINDAD DE CASTILLA LA VIEJA

Expediente de dominio. Reanudación del tracto 50/2014.

Sobre: Expediente de dominio. Reanudación del tracto.

Demandante: D/D.ª Valentín Pérez Negreda.

Procurador/a: Sr/Sra. Margarita Robles Santos.

D.ª Yolanda Colina Contreras, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia eInstrucción número dos de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja.

Hago saber: Que en este órgano judicial se sigue el procedimiento expediente dedominio. Reanudación del tracto 50/2014 a instancia de D. Valentín Pérez Negreda,expediente de dominio de la siguiente finca:

Finca rústica, señalada con el número 1.500 de concentración parcelaria, al sitio deCampillo de Berrón de Valle de Mena.

Tiene una superficie de una hectárea, noventa y ocho áreas y veinte centiáreas.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Balmaseda al tomo 803, libro 307, folio173, finca 30.229.

Referencias catastrales 09422A1701500000AY y 09422A517015000000PT, lascuales corresponden con el suelo propiamente dicho y la edificación con que cuenta lafinca.

Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se convocaa las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada y a losherederos desconocidos e inciertos de Pedro Vila Múgica para que en el término de los diezdías siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expedientealegando lo que a su derecho convenga.

En Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja, a 3 de abril de 2014.

La Secretaria Judicial(ilegible)