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Que, el artículo 4° de la Ley nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, señala que el fin fundamental del proceso de modernizacn de la gestión del Estado es la obtencián de mayores niveles de eficiencia de Que, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 1.2. l del artículo 1 de Texto l)nico Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo 004-2019-JUS, los actos de administración interna de las entidades destinadas a organizar o hacer.funcionar sus propias actividades o servicios. Estos actos son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del° Título Preliminar de esta Ley, y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan; Que. mediante los Informes nº 020-2017-0CI-VC y nº 008- 2018-2-0068-AC la Oficina de Control Institucional recomendó a nuestra entidad elaborar una directiva con el .fin de establecer procedimientos para la revisión y evaluación de los componentes de los expedientes técnicos de obras que son elaborados a través de consultorías externas contratadas de forma directa por la Entidad o a través de procedimientos de selección, con la finalidad de prevenir incompatibilidades que puedan causar perjuicios económicos durante la ejecución de las obras; Que, mediante Decreto Legislativo n. 0 92, modificado por el Decreto Legislativo n. 0 1451 se crea el Instituto Tecnogico de la Producción (ITP); CONS IDERANDO : El Memorando nº 901-2019/lTP-DO de fecha 1 de abril de 2019, emitido por la Dirección de Operaciones, el Memorando nº 4702-2019-ITPIOA de fecha 6 de mayo de 2019, emitido por la Oficina de Administración, el Informe 228- ~ 2019-JTPIOPPM defecha 31 de mayo de 2019, emitido por la Oficina de Planeamiento, ---1. Presupuesto y Modernización y el Informe nº 427-2019-ITPIOA.! de fecha 11 de junio de ~ 019, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, .., ~ VISTOS : Resolución Ejecutiva /J.9 -2019-ITPIDE Lima, 1 4 JUN. 2019 Insti tuto Tecnológico de la Producción

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Que, el artículo 4° de la Ley nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, señala que el fin fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado es la obtencián de mayores niveles de eficiencia de

Que, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 1.2. l del artículo 1 de Texto l)nico Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, los actos de administración interna de las entidades destinadas a organizar o hacer.funcionar sus propias actividades o servicios. Estos actos son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del° Título Preliminar de esta Ley, y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan;

Que. mediante los Informes nº 020-2017-0CI-VC y nº 008- 2018-2-0068-AC la Oficina de Control Institucional recomendó a nuestra entidad elaborar una directiva con el .fin de establecer procedimientos para la revisión y evaluación de los componentes de los expedientes técnicos de obras que son elaborados a través de consultorías externas contratadas de forma directa por la Entidad o a través de procedimientos de selección, con la finalidad de prevenir incompatibilidades que puedan causar perjuicios económicos durante la ejecución de las obras;

Que, mediante Decreto Legislativo n. 0 92, modificado por el Decreto Legislativo n. 0 1451 se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP);

CONSIDERANDO:

El Memorando nº 901-2019/lTP-DO de fecha 1 de abril de 2019, emitido por la Dirección de Operaciones, el Memorando nº 4702-2019-ITPIOA de fecha 6 de mayo de 2019, emitido por la Oficina de Administración, el Informe nº 228-

~ 2019-JTPIOPPM defecha 31 de mayo de 2019, emitido por la Oficina de Planeamiento, ---1. Presupuesto y Modernización y el Informe nº 427-2019-ITPIOA.! de fecha 11 de junio de

~ 019, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, .., ~

VISTOS:

Resolución Ejecutiva Nº/J.9 -2019-ITPIDE

Lima, 1 4 JUN. 2019

Instituto Tecnológico de la Producción

De conformidad con la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la cual faculta a las entidades regular sus procesos para la obtención de mayores niveles de eficiencia de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos y conforme lo recomendado por los Informes nº 020-2017-0C!-VC y nº 008-2018-2-0068- AC emitidos por la Oficina de Control Institucional;

Con las visaciones de la Dirección de Operaciones, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina de Asesoría Juridica; y,

Que, en atención a ello, corresponde emitir el presente acto administrativo para contribuir al fortalecimiento de la gestión del ITP.

Que, el Principio Administrativo de Legalidad, establece que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas, principio regulado en el numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Que, mediante Informe nº 427-2019-ITPIOAJ de fecha 11 de junio de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica emite su opinión considerando viable la aprobación del proyecto de directiva,·

Que, mediante Informe n" 228-2019-ITPIOPPM de fecha 31 de mayo de 2019, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización recomienda continuar con el trámite de aprobación del proyecto de directiva elaborado por la Dirección de Operaciones,·

Que, mediante Memorando 4702-2019-ITPIOA de fecha 6 de mayo de 2019, el cual se sustenta en el Irforme n" 707-2019-ITP-OA-ABAST de fecha 30 de abril de 2019, la Oficina de Administración señala que concuerda con el proyecto de la directiva remitido por La Dirección de Operaciones;

Que, con Memorando nº 901-2019/ITP-DO de fecha 1 de abril de 2019, la Dirección de Operaciones remitió a la Oficina de Administración el proyecto de directiva denominado "Directiva para la elaboración, revisión y aprobación de expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la Producción", a fin de que emita opinión por ser parte de lo regulado por el proyecto de directiva,·

Que, con Resolución Ejecutiva nº 127-2018-ITP/DE, se aprobó la Directiva para la elaboración, aprobación y modificación de documentos normativos de gestión interna del Instituto Tecnológico de la Producción, donde establece el procedimiento para la elaboración, aprobación y modificación de los documentos normativos de gestión interna:

~~===:::::==~m~CJJ:J.e.liLJJ.~~· ~· ~ejm:..ateucián a la ciudadania,:-p¡c;iot:.izan~fll·imi~ém_de:_e-HfSce----::=======- de los recursos públicos,·

.................................... RODRÍGUEZ SORIA

lrcctor Ejecutivo

Regístrese, comuníquese y publiquese .

Artículo 3. - Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) https:llwww.gob.pe/produce/itp.

Artículo 2.- Disponer que en el plazo de un (}) día hábil la Oficina de Tecnologías de la información a través del correo institucional ponga a conocimiento de todo el personal del ITP la presente Resolución.

Artículo l. - Aprobar la directiva para la elaboración, revisión y aprobación de expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la Producción, la cual obra como anexo adjunto, siendo parte integrante de la presente Resolución.

SE RESUELVE:.

de Sello y Firma de la Dirección de Operaciones

Sello y Oficina Planeamiento, Presupuesto Modernización

APROBADO POR: REVISADO POR: ELABORADO POR: REVISADO POR:

DIRECTIVA PARA LA ELABORACIÓN, REVISIÓN Y APROBACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS DE OBRA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA

PRODUCCIÓN (ITP)

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN

Directiva Código de documento Versión Total de Páginas Resolución de Fecha de normativo de gestión Nº aprobación entrada en

interna vigencia

D i ,-ect\ i1 "- 001 01 ;;¿5 / ~C/- ;uJI¡ /<f.o, . ..Wt°;

Ministerio de la Producción

Pág. 2 de 25

3.18

3.17

3.16

3.15

3.11

3.10

3.9

3.8

3.4 3.5 3.6 3.7

3.3

Ley N° 27157, Ley de Regularización de Edificaciones del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común. Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, y su modificatoria. Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la República. Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos. Ley N° 30830, Ley de Regularización de Predios. Decreto Supremo 082-2019-EF, que aprueba el Texto único ordenado de la Ley nº 30225 - Ley de Contrataciones del Estado. Decreto Legislativo N° 92, Ley de Creación del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú, y su modificatoria. Decreto Legislativo Nº 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y sus modificatorias. Decreto Legislativo Nº 1280, que aprueba la Ley Marco de Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento. Decreto Supremo Nº 011-79-VC, Reglamento del Régimen de Fórmulas Polinómicas, y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias. Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, Reglamento Nacional de Edificaciones, normas técnicas complementarias y modificatorias. Decreto Supremo Nº 009-2009-MINAM, que aprueba Medidas de Ecoeficiencia para el Sector Público: Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de

·Evaluación de Impacto Ambiental. Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción. Decreto Supremo nº 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General Decreto Supremo N° 284-2018-EF, que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

3.2

3.1

3. BASE LEGAL

Garantizar que los expedientes técnicos de obra cumplan con la normativa vigente y contengan la información requerida para la adecuada ejecución de los proyectos de la Entidad, en aras de optimizar el uso de recursos públicos y contribuir al incremento de la competitividad del sector producción.

2. FINALIDAD

Establecer los criterios y procedimientos para la elaboración, revisión y aprobación de expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP}.

1. OBJETIVO

DIRECTIVA PARA LA ELABORACIÓN, REVISIÓN Y APROBACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS DE OBRA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN (ITP)

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Los órganos involucrados en la aplicación de la presente directiva son responsables de su cumplimiento dentro del ámbito de sus respectivas competencias.

6. RESPONSABILIDAD

Las disposiciones contenidas en la presente directiva son de obligatorio cumplimiento para los órganos involucrados en el proceso de elaboración, revisión y aprobación de expedientes técnicos de obra del ITP.

: Instituto Tecnológico de la Producción : Dirección Ejecutiva : Oficina de Asesoría Jurídica : Oficina de Administración : Dirección de Operaciones : Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización : Oficina de Tecnologías de la Información : Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica : Unidad Ejecutora de Inversiones : Unidad Formuladora : Órgano Resolutivo : Proyecto de Inversión Pública

5. ALCANCE

4.1 ITP 4.2 DE 4.3 OAJ 4.4 OA 4.5 DO 4.6 OPPM 4.7 OTI 4.8 CITE 4.9 UEI 4.10 UF 4.11 OR 4.12 PIP

4. ABREVIATURAS

3.19 Resolución Ministerial Nº 037-2006-MEM/DM, que aprueba el Código Nacional de Electricidad - Utilización, y sus Modificatorias.

3.20 Resolución Ejecutiva Nº 86-2018-ITP/DE, que delega facultades en la Secretaría General, Oficina de Administración, Oficina de Gestión de Recursos Humanos, Dirección de Operaciones y Directores de los CITE Públicos del Instituto Tecnológico de la Producción, y sus modificatorias.

3.21 Resolución Directora! N° 073-2010NIVIENDANMCS-DNC, que aprueba la Norma Técnica de Metrados para Obras de Edificación y Habilitaciones Urbanas.

3.22 Directiva Nº 012-2017-0SCE/CD, de Gestión de Riesgos en la Planificación de la Ejecución de Obras.

3.23 Normas Técnica según Resolución Directora! Nº 018-2002-EM/DGE Norma de Procedimientos para la Elaboración de Proyectos y Ejecución de Obras en Sistemas de Distribución y Sistemas de Utilización en Media Tensión en Zonas de Concesión de Distribución.

3.24 Código Nacional de Electricidad 2006 (Utilización) según Resolución Ministerial Nº 037-2003- MEM/DGE.

3.25 Código Nacional de Electricidad 2011 (Suministro) según Resolución Ministerial Nº 214-2011- MEM/DGE

3.26 Directiva Nº 001-2018-ITP/DE, Directiva para la elaboración, aprobación y modificación de los documentos normativos de gestión interna del Instituto Tecnológico de la Producción, aprobada mediante Resolución Ejecutiva N° 127-2018-ITP/DE.

3.27 Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

~I Directiva para la elaboración, ... y aprobación de revision Directiva N° O i-2019- ITPI'"'"' expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la 11'.~Mo;ir, ITP/DE J,,t.l~-J ..

red CITE I Producción (ITP).

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Para los efectos de la presente Directiva, se deben tener en cuenta las siguientes definiciones:

7.1 Coordinador de Expediente Técnico: Profesional de la DO designado para cumplir las actividades de organización, supervisión, seguimiento y control durante la elaboración de los expedientes técnicos de obra del ITP.

DEFINICIONES

6.1 O Elaborar el informe legal que sustente la aprobación de los expedientes técnicos de obra, en el marco legal aplicable; así como proyectar y visar la Resolución de aprobación correspondiente.

Oficina de Asesoría Jurídica

6.8 Revisar, evaluar y aprobar la consistencia y dimensionamiento entre el expediente técnico de obra y el estudio de preinversión que sustentó la declaratoria de viabilidad, así como de las modificaciones al mismo.

6.9 Registrar y actualizar la información en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

La UF en el ITP está a cargo de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, quien es responsable de:

Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización

6.6 Evaluar los términos de referencia para la contratación de servicios de consultoría para la elaboración de expedientes técnicos de obra, verificando su adecuación al marco legal dispuesto por la normativa de Contrataciones del Estado previa a la gestión de su contratación.

6.7 Administrar el contrato correspondiente.

Oficina de Administración

La UEI en el ITP está a cargo de la Dirección de Operaciones, quien es responsable de: 6.3 Elaborar los Términos de Referencia para la contratación de servicios de consultoría para el

desarrollo de expedientes técnicos de obra; 6.4 Conducir el proceso de elaboración, revisión y aprobación de los expedientes técnicos de obra

del ITP. 6.5 Registrar en el Banco de Inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación

Multianual y Gestión de Inversiones la información resultante del expediente técnico aprobado y de su ejecución física, así como el cierre del proyecto.

Dirección de Operaciones

La OR puede ser delegada a otro órgano del ITP por el titular de la entidad.

El OR en el ITP está a cargo de la Dirección Ejecutiva, quien es responsable de: 6.1 Designar a la UF y UEI del ITP. 6.2 Autorizar la elaboración, ejecución y aprobación de los expedientes técnicos de obra.

Dirección Ejecutiva

~ Directiva para la elaboración, ... y aprobación de revision Directiva N° O.!.-2019- ITPI·"~' expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la , ................. ,

ITP/DE -:.-r,,.,.,....,..._....,, r"':JL..CITI" Dr"QUGCiG!±_(.j¡f~;

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7.9 Revisor: Profesional competente colegiado y habilitado que tiene a su cargo la revisión de una parte del proyecto de una obra, designado por la DO, responsable además de emitir los

7.8 Proyecto de Inversión. Corresponde a intervenciones temporales que se financian, total o parcialmente, con recursos públicos, destinadas a la formación de capital físico, humano, institucional, intelectual y/o natural, que tenga como propósito crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad de producción de bienes y/o servicios.

7.7 Proyectista: Profesional especializado colegiado y habilitado que tiene a su cargo la ejecución de una parte del proyecto de una obra.

El expediente técnico debe contener los siguientes documentos: memoria descriptiva, memorias de cálculo, especificaciones técnicas, planos de ejecución de obra, metrados, presupuesto de obra, análisis de precios, cronograma de ejecución de obra, fórmulas polinómicas, cotizaciones, estudio de suelos, estudio geológico, estudio de impacto ambiental, gestión de riesgo u otros complementarios. Asimismo, debe contener las constancias de habilitación de los profesionales intervinientes durante su elaboración, quienes deben firmar las secciones correspondientes a sus respectivas especialidades.

7.6 Expediente Técnico. Conjunto de documentos de carácter técnico y económico que determinan el diseño del proyecto y parámetros a seguir en su proceso constructivo, considerando y previendo condiciones arquitectónicas, estructurales, funcionales, servicios básicos y otros que permitan la mejor propuesta de infraestructura para el cumplimiento de las metas proyectadas.

Cuando es conformado para la elaboración del expediente técnico se denomina Equipo Técnico Proyectista. Cuando es conformado para la revisión del expediente técnico, se denomina Equipo Técnico Revisor.

7.5 Equipo Técnico: Grupo multidisciplinario de profesionales a cargo de elaborar o evaluar, según corresponda, los componentes del expediente técnico de obra en sus diferentes especialidades. Se encuentra integrado por profesionales, colegiados y habilitados para el ejercicio de la profesión.

7.4 Dimensionamiento: Es la condición por la cual el tamaño o capacidad de producción del proyecto de inversión guarda correspondencia con la demanda por el bien o servicio, dentro del área de influencia del proyecto.

7.3 Consistencia: Es la acción por la cual la Unidad Formuladora corrobora que la concepción técnica y dimensionamiento del proyecto viable permanezca inalterada.

7.2 Concepción Técnica: Se refiere a la alternativa de solución con la que se busca lograr el objetivo central del proyecto de inversión, acorde con la evaluación técnica y económica realizada en el estudio de preinversión. La ejecución de dicha alternativa de solución debe permitir lograr la meta de producto asociada al cierre de las brechas identificadas y priorizadas en la programación multianual de inversiones.

En el caso de administración directa, es responsable de coordinar con el Equipo Técnico que interviene en sus diferentes especialidades en el proceso de elaboración del expediente técnico de obra y de igual forma, con el equipo de profesionales del consultor contratado, encabezado por su Jefe de Proyecto, en el caso de consultoría externa.

Directiva para la elaboración, revisión y aprobación de expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP).

Directiva Nº O;i-2019- ITP/DE

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La DO, designa al Coordinador de Proyecto del caso y, en función a su capacidad operativa y a la envergadura del proyecto: (i) conforma al Equipo Técnico que, bajo la dirección del Coordinador de Expediente Técnico de Obra, elabora el expediente técnico de obra

Culminada la elaboración del estudio de preinversión y declarada su viabilidad, la OPPM expone sus alcances a la DO, y presenta el informe correspondiente.

8.1 CONSIDERACIONES PREVIAS

DISPOSICIONES GENERALES

a) Ampliación: Es la obra que se ejecuta a partir de una edificación preexistente, incrementando la cantidad de metros cuadrados de área techada.

b) Construcción: Acción que comprende las obras de edificación nueva, de ampliación, de reconstrucción, refacción, remodelación, acondicionamiento y/o puesta en valor, así como las obras de ingeniería. Dentro de estas actividades se incluye la instalación de sistemas necesarios para el funcionamiento de la edificación y/u obra de ingeniería.

c) Demolición: Acción mediante la cual se elimina total o parcialmente una edificación existente.

d) Obras complementarias: Obras de carácter permanente edificadas fuera de los límites de áreas techadas y que se ejecutan para cumplir con las funciones de seguridad, almacenamiento, pavimentación, y colocación de equipos, y dotación de servicios.

e) Reconstrucción: Reedificación, total o parcial de una edificación preexistente o de una parte de ella con las mismas características de la versión original.

D Remodelación: Obra que se ejecuta para modificar la distribución de los ambientes con el fin de adecuarlos a nuevas funciones o incorporar mejoras sustanciales, dentro de una edificación existente, sin modificar el área techada.

g) Refacción: Obra de mejoramiento y/o renovación de instalaciones, equipamiento y/o elementos constructivos, sin alterar el uso, el área techada, ni los elementos estructurales de la edificación existente.

7.11 Tipos Generales de Obra de Edificación. Se entiende por tales a las siguientes:

b) Expediente Técnico Adicional: Es el expediente técnico de la prestación adicional de obra es el que se aprueba y es elaborado por la Entidad de forma directa o indirecta, a través de un consultor de obra, el expediente técnico adicional puede ser elaborado por el ejecutor de la obra, en calidad de prestación adicional de obra (Opinión Nº 083- 2011/DTN). El expediente técnico adicional es aprobado de la misma forma en que fue aprobado el expediente original.

a) Expediente Técnico de Obra: El conjunto de documentos de carácter técnico y/o económico que comprende: memoria descriptiva, especificaciones técnicas, planos de ejecución de obra, metrados, presupuesto de obra, fecha de presupuesto, análisis de precios, calendario de avance de obra valorizado, fórmulas polinómicas y, si el caso lo requiere, estudio de suelos, estudio geológico, de impacto ambiental u otros complementarios.

7.1 O Tipos de Expediente Técnico de Obra:

correspondientes informes técnicos a nivel de avance y terminación del expediente técnico de obra del caso.

~ Directiva para la elaboración, .. , aprobación de revsion y Directiva N° 0.1. -2019- ITP ! ~::;..ua expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la red CITE Producción flTP) ITP/DE -- - ·--·- ~ ~

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I Artículo 9º del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, publicado el 25 de marzo del 2016.

La DO es responsable de la conformación del Equipo Técnico que en coordinación con el Coordinador de Proyecto o Revisor asignado al caso, participa en la elaboración o evaluación, según corresponda, del expediente técnico correspondiente.

8.3 EQUIPO TÉCNICO

8.2 En función al objeto de la obra y según las tipologías1 de los CITE públicos: Acuícola, Agroindustrial, Cuero Calzado e industrias conexas, Forestal, Industrias creativas, Madera, Minero ambiental, Pesquero, Productivo (varias cadenas productivas), Tecnología de la información y Textiles, se utilizan las normas técnicas vinculadas al objeto de la obra y la tipología de los CITE para la elaboración del expediente técnico, pues resultan necesarias para la correcta ejecución de la misma.

a) Proyecto de inversión declarado viable. b) Informe de revisión de predio y propiedad registra! a partir de la cual se acredite, a favor del

ITP, la disponibilidad del terreno sobre el cual se ejecuta el proyecto. e) Evaluación de riesgos, tanto de origen natural como antrópico, planteados. d) Estudio de las condiciones climatológicas y atmosféricas de la zona del proyecto que

pudieran afectar su ejecución (Por ejemplo: electroestática, humedad, entre otros). e) Resolución que otorga la certificación ambiental del proyecto. D Documentos que declaren la factibilidad de los servicios básicos de: agua potable, descarga

de aguas servidas, energía eléctrica y comunicaciones del proyecto. g) Resoluciones de: autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hidrica,

acreditación de disponibilidad hídrica, ejecución de obras de aprovechamiento hídrico y otorgamiento de la licencia de uso de agua.

h) Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios del proyecto. i) Certificado de Zonificación de vías, según corresponda. j) Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA), según corresponda. k) Informe de los estudios básicos de ingeniería, fundamentalmente los siguientes: topografia,

estudio de mecánica de suelos, estudios hidrológicos, etc. 1) Plano de distribución de equipamiento (equipos especializados y mobiliarios, con leyenda

indicando cantidades, tipo, dimensiones, características técnicas para su instalación) para ser visualizada a una escala convencional con la respectiva validación y/o visado del representante del CITE y/o especialista de Equipamiento.

m) Listado del equipamiento integral que incluya especificaciones técnicas. n) Balance de masas, diagrama de recorrido, flujos de procesos de las líneas de producción

que albergara el CITE. o) Ensayos y análisis que se desarrollan en laboratorios definidos. p) Acta Resolutiva que evidencie la calificación ambiental y compromiso ambientales.

En cualquier caso, previo a la adopción de acciones que correspondan para la elaboración del expediente técnico de obra, el Coordinador de Expediente Técnico, con el soporte de los Especialistas de la DO, debe verificar los siguientes documentos:

(Administración Directa); o (ii) dispone las acciones correspondientes para la contratación del servicio de consultoría de obra que elabora el expediente técnico de obra (Consultoría Externa).

~ Directiva para la elaboración, ... aprobación de revieron y Directiva Nº 01.-2019- ITPI'"""' expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la l1,:.~Ao\,l\i. ITP/DE 1,. .. :,c•,o,..,

red CITE Producción (ITP).

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9.4 PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN, REVISIÓN Y APROBACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS DE OBRA, DESARROLLADOS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL ITP

9.3 El proceso de elaboración, revisión y aprobación de los expedientes técnicos de obra se sujeta a los siguientes procedimientos:

9.2 Asimismo, el expediente técnico debe considerar otros aspectos como: situación geográfica, condiciones ambientales, condiciones hidrológicas y geológicas, servicios públicos, viales, altitud, topografía, sistemas de comunicación, control sanitario, canteras, almacenes, suministro de agua, energía eléctrica, entre otros.

9.1 La elaboración del expediente técnico debe cumplir con todas las necesidades técnicas y autorizaciones correspondientes para cumplir con la funcionabilidad de las líneas de procesamiento y/o diagramas de operación: acuícola, agroindustrial, cuero y calzado, madera, pesquero, productivo, textiles.

DISPOSICIONES ESPECIFICAS 9.

8.5.3 La DE o a quien delegue, es responsable de la aprobación del expediente técnico, previa revisión, evaluación y aprobación de su consistencia con la concepción técnica y dimensionamiento del proyecto al que corresponde por parte de la DO.

8.5.2EI Coordinador de Expediente Técnico emite la conformidad del proyecto, previa revisión y compatibilización de los documentos emitidos por los informes técnicos de los responsables de su elaboración y por el profesional encargado de su revisión.

8.5.1 El expediente técnico debe ser firmado íntegramente, en todas sus páginas, por los profesionales responsables de su elaboración y por los profesionales responsables de su revisión, de acuerdo a su especialidad.

8.5 APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO

b) Por Consultoría Externa (Contrata) A cargo del Consultor contratado, quien es responsable de su elaboración, proveyendo y empleando, a su cuenta y riesgo, los recursos humanos, materiales y logística requerida conforme a las características del proyecto a desarrollar.

a) Por Administración Directa A cargo de la DO la cual es responsable de su elaboración empleando los recursos humanos, materiales y logística instalada en la Institución.

La elaboración del expediente técnico de obra constituye una labor especializada que es ejecutada bajo las siguientes modalidades:

8.4 ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO

Los Integrantes del Equipo Técnico Proyectista que han elaborado un expediente técnico de obra no podrán integrar el Equipo Técnico revisor para revisar el mismo expediente técnico que han elaborado.

~ Directiva para la elaboración, . " aprobación de revrsion y Directiva Nº O .L201 e- ITPI""" expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la , .. .....t ..

~.., •• , .............. 1 ITP/DE red CITE Producción (ITP). -- ·-

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ACCIONES DEL PROCEDIMIENTO PLAZOS

1. La DO designa mediante memorando al Coordinador del Expediente Técnico y conforma el Equipo Técnico Proyectista, quienes están a cargo de la elaboración del expediente técnico; asimismo, designa al Equipo Un (1) día hábil Técnico Revisor, quienes están a cargo de la revisión y validación del expediente técnico.

2. El Coordinador de Expediente Técnico y el Equipo Técnico de Proyectistas, verifican el cumplimiento de las condiciones técnicas y administrativas previas, mediante inspecciones de campo, in situ al terreno donde se ejecuta el proyecto, inspecciones necesarias para el inicio de las acciones Cuatro (4) días hábiles de la elaboración del expediente técnico. De existir aspectos pendientes de cumplimiento o deficiencias, informa al responsable de la DO para que requiera a las instancias pertinentes su cumplimiento vio subsanación, dentro del plazo otorgado para tal efecto.

3. El Coordinador de Expediente Técnico y el Equipo Técnico de Proyectistas, Seis (6) meses elaboran el expediente técnico. 4. El Revisor de cada especialidad, verifica el expediente técnico y emite el

informe correspondiente, observando o validando su contenido, según Cinco (5) días hábiles corresoonda

5. El Coordinador de Expediente Técnico y el Equipo Técnico de Proyectistas, subsanan las observaciones señaladas por el Revisor de cada Cinco (5) días hábiles esoecialidad del exoediente técnico.

6. El Revisor, verifica la subsanación de observaciones y emite el informe Tres (3) días hábiles técnico validando lo concerniente a su especialidad del expediente técnico.

7. Según corresponda, el Coordinador de Expediente Técnico elabora el informe técnico, debidamente acompañado del Formato Nº 08-A: Registros en la fase de ejecución para proyectos de inversión, recomendando la elevación del expediente técnico a la OPPM para la evaluación y Tres (3) días hábiles aprobación de su consistencia técnica y, dimensionamiento en relación a la ficha técnica o al estudio de preinversión del proyecto de inversión que sustentó su viabilidad.

8. Según corresponda, la OPPM en calidad de Unidad Formuladora revisa, evalúa y aprueba la consistencia técnica y dimensionamiento entre el expediente técnico, y la ficha técnica o el estudio de preinversión que sustentó la viabilidad del proyecto de inversión, emitiendo el informe Seis (6) días hábiles correspondiente y registrando la información pertinente en el Banco de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. En caso encontrara alguna observación al expediente técnico, devuelve el mismo a la DO mediante el informe técnico de observaciones.

9. De aprobarse la consistencia técnica, el Coordinador de Expediente Técnico elabora el informe, emitiendo la conformidad al proyecto y Tres (3) días hábiles recomendando la aorobaclón del expediente técnico.

10. La OAJ emite el informe legal que sustenta la viabilidad de la aprobación del expediente técnico, conforme al marco legal aplicable; elabora y visa la Cuatro (4) días hábiles Resolución de aprobación correspondiente y la deriva a la DO para su formalización.

A continuación, se indican los flujos necesarios de elaboración del expediente técnico desde la designación del Coordinador de Expediente Técnico hasta su aprobación (Anexo Nº 4). Los plazos que demanden cada una de las etapas, pueden ser modificados de acuerdo a la envergadura del proyecto, debidamente justificado.

~ Directiva para la elaboración, . " aprobación de revston y Directiva N° o : -2019- ITP1M" expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la 1-.- .......... _-ai ITP/DE ¡,r.1.1,0A1·"' Producción (ITP). red CITE

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ACCIONES DEL PROCEDIMIENTO PLAZOS

1. El Coordinador de Expediente Técnico elabora el informe técnico que sustenta la necesidad de contratación del servicio de consultoría

Cuatro (4) días de obra para la elaboración del expediente técnico, por consultoría externa (contrata).

2. La DO designa al Coordinador de Expediente Técnico y al Equipo Técnico Revisor, quienes son responsables del seguimiento y Un (1) día hábil control del expediente técnico.

3. El Coordinador de Expediente Técnico, en coordinación con el Equipo Revisor, elabora los Términos de Referencia para la contratación del servicio de consultoría, y gestiona la emisión del Siete (7) días hábiles Pedido SIGA correspondiente. La DO formaliza el requerimiento a la Oficina de Administración (OA).

4. La OA: (i) Evalúa la adecuación de los Términos de Referencia de (i) Tres (3) días hábiles

conformidad con la normativa de Contrataciones del Estado, según corresponda; (ii): Siete (7) días hábiles

(ii) Los observa, o gestiona su contratación. 5. De ser el caso, el Coordinador de Expediente Técnico, subsana las

observaciones señaladas por la OA. La DO formaliza la Cuatro (4) dias subsanación.

6. El Coordinador de Expediente Técnico, con el soporte del Equipo Técnico Revisor, verifica el cumplimiento de las condiciones

Cuatro (4) días hábiles técnicas y administrativas previas necesarias que habilitan el inicio de las acciones para la elaboración del expediente técnico.

7. El Consultor presenta su Primer Entregable de acuerdo a lo Según lo indicado en los señalado en los Términos de Referencia, y lo expone ante el

Coordinador de Expediente Técnico y Equipo Técnico Revisor. TDR

A continuación, se indican plazos necesarios para la elaboración del expediente técnico desde la designación del Coordinador de Expediente Técnico hasta su aprobación. Los plazos que demanden cada una de las etapas pueden ser modificados de acuerdo a la envergadura del proyecto, debidamente justificado. En todo caso el plazo del servicio de consultoría se especifica en el respectivo término de referencia.

9.5 PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN, REVISIÓN Y APROBACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS DE OBRA, DESARROLLADOS POR CONSULTORiA EXTERNA (CONTRATA)

ACCIONES DEL PROCEDIMIENTO PLAZOS

11. La DO suscribe la Resolución de aprobación del expediente técnico, y la remite a la OTI para su publicidad; registrando por su parte la información resultante del expediente técnico aprobado, o documento equivalente, en Tres (3) días hábiles el Banco de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

Directiva para la elaboración, revisión y aprobación de expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP).

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Directiva Nº O! -2019- ITP/DE

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ACCIONES DEL PROCEDIMIENTO PLAZOS

8. El Revisor de cada especialidad, emite el informe técnico del Primer Entregable, observándolo o validándolo. Tres (3) días hábiles

9. El Coordinador de Expediente Técnico emite el informe técnico del Primer Entregable dirigido a la DO recomendando el levantamiento Tres (3) días hábiles de observaciones u otorgamiento de la conformidad, según corresponda.

10. La DO notifica al Consultor las observaciones o la conformidad del Primer Entregable. En el primer caso, otorga un plazo perentorio para subsanar las observaciones efectuadas; en el segundo caso Tres (3) días hábiles comunica la validación del Primer Entregable y la continuación del desarrollo del expediente técnico.

11. El Consultor presenta el Segundo Entregable del Expediente Según plazo contractual Técnico, de acuerdo a lo indicado en los Términos de Referencia.

12. El Revisor de cada especialidad, emite el informe técnico del Cuatro (4) días hábiles Segundo Entregable, observándolo o validándolo. 13. El Coordinador de Expediente Técnico emite el informe del Segundo

Entregable dirigido a la DO recomendando el levantamiento de observaciones u otorgamiento la conformidad. En el primer caso recomienda a la DO otorgar un plazo perentorio para subsanar las observaciones efectuadas al consultor. En el segundo caso, previo a la conformidad del segundo entregable, emite un informe técnico Cuatro (4) días hábiles dirigido a la OPPM para la evaluación y aprobación de su consistencia técnica y dimensionamiento en relación a la ficha técnica o al estudio de preinversión del proyecto de inversión que sustentó su viabilidad; acompañando al efecto el Formato N° 08-A: Registros en la fase de ejecución para proyectos de inversión.

14. Según corresponda, la OPPM revisa, evalúa y aprueba la consistencia técnica y dimensionamiento entre el expediente técnico, y la ficha técnica o el estudio de preinversión que sustentó la viabilidad del proyecto de inversión, emitiendo el informe Seis (6) días hábiles correspondiente y registrando la información pertinente en el Banco de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

15. De aprobarse la consistencia técnica, el Coordinador de Expediente Técnico elabora el informe técnico, dando la conformidad al proyecto Tres (3) días v recomendando la aorobación del expediente técnico.

16. La DO comunica al Consultor, la validación del Segundo Entregable y aprobación del Expediente Técnico. Tres (3) días

17. La OAJ emite el informe legal que sustenta la viabilidad de la aprobación del expediente técnico, a la luz del marco legal aplicable; Cuatro (4) días hábiles elabora y visa la Resolución de aprobación correspondiente y la deriva a la DO oara su formalización.

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11.4 Anexo 4: Diagrama de flujo del procedimiento para la elaboración, revisión y aprobación de expedientes técnicos de obra, desarrollados por administración directa del ITP

11.3 Anexo 3: Expediente Técnico de Obra.

11.2 Anexo 2: Actividades básicas a desarrollar para la elaboración del expediente técnico.

11.1 Anexo 1: Perfiles profesionales del Equipo Técnico a cargo de la elaboración del expediente técnico.

Para la elaboración de los expedientes técnicos de obra, se debe atender a los lineamientos descritos en los siguientes documentos, adecuando sus exigencias a la tipología del proyecto específico a desarrollar:

ANEXOS

10.2 El equipo técnico a cargo de la elaboración del expediente técnico, está conformado por un Jefe de Proyecto (con experiencia laboral general de seis (6) años en proyectos de inversión del sector público y/o privado y experiencia laboral no menor de cinco ( 5) años en cargos o funciones afines) y los especialistas (con experiencia laboral general de cuatro (4) años afines a su especialidad en el sector público y/o privado}.

10.1 Las disposiciones no contempladas en la presente directiva, son resueltas por la Dirección de Operaciones.

1 O. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

ACCIONES DEL PROCEDIMIENTO PLAZOS

18. La DO suscribe la Resolución de aprobación del expediente técnico, y la remite a la OTI para su publicidad; registrando por su parte la información resultante del expediente técnico aprobado, en el Banco de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Tres (3) días Gestión de Inversiones. Asimismo, remite al Consultor la resolución de aprobación de expediente técnico en oriqinal

Directiva para la elaboración, revisión y aprobación de expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP).

Directiva Nº Oi -2019- ITP/DE

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- Ingeniero Mecánico colegiado y habilitado.

Responsable del diseño de las instalaciones mecánicas, entre otros que se requieran, así como de los metrados y especificaciones técnicas correspondientes a su especialidad, y de la adecuación de su diseño a las características de las redes públicas, factibilidad de los servicios básicos a las normas técnicas vi entes.

- Ingeniero Electricista o Electromecánico colegiado y habilitado.

- Ingeniero Sanitario colegiado y habilitado.

Responsable del diseño de las instalaciones eléctricas, sistemas de baja y/o media tensión, entre otros que se requieran, así como de los metrados y especificaciones técnicas correspondientes a su especialidad, y de la adecuación de su diseño a las características de las redes públicas, factibilidad de los servicios básicos y a las normas técnicas vi entes.

Responsable de la elaboración del estudio de fuentes de abastecimiento de agua, diseño de las instalaciones sanitarias, plantas de tratamiento de aguas residuales no domésticas, aguas subterráneas, sistema de agua contra incendio, estudio de disposición final de aguas residuales, entre otros que se requieran, así como de los metrados y especificaciones técnicas correspondientes a su especialidad, y de la adecuación de su diseño a las características de las redes públicas, factibilidad de los servicios básicos a las normas técnicas vi entes.

Especialidad de Instalaciones Eléctricas y Mecánicas

Especialidad de Instalaciones

Sanitarias

- Ingeniero Civil colegiado y habilitado.

Responsable del diseño estructural, así como de los metrados y especificaciones técnicas correspondientes a su especialidad, y de la correspondencia de su diseño con el estudio de suelos del terreno destinado a la ejecución de la obra.

Especialidad de Estructuras

- Arquitecto colegiado y habilitado.

Responsable del diseño arquitectónico, señalética orientativa, seguridad y evacuación en defensa civil, así como de los metrados y especificaciones técnicas correspondientes a su especialidad, y de que sus planos y los elaborados por los otros profesionales responsables del proyecto en sus respectivas especialidades sean com atibles entre sí.

Especialidad de Arquitectura

- Ingeniero Civil o Arquitecto colegiado

habilitado.

Responsable técnico de la elaboración del expediente técnico.

Jefe de Proyecto

PERFIL PROFESIONAL DESCRIPCIÓN CARGO/ ESPECIALIDAD

PERFILES PROFESIONALES DEL EQUIPO TÉCNICO A CARGO DE LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO

ANEXO 1

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- Ingeniero Civil colegiado y habilitado.

Responsable del cálculo de los costos y presupuestos del proyecto.

Especialista en Costos y

Presupuestos

- Biólogo y/o Químico colegiado y habilitado.

Responsable del planteamiento y diseño de las plantas pilotos o demostrativas quien articula con el Arquitecto e Ingeniero Civil correspondiente a los equipos de la línea de producción de la madera, incluyendo laboratorios y

~~~-:;:;;,-. mobiliario, así como de las especificaciones técnicas (2 · ,i'·.:.0,,·1·:. ·'·t corres ondientes a su es ecialidad. ;_} .. ' .. \.~.;.: .. :_:~.,r·~.·.·_:.:::.:~ .··-~.h-,i--------+-R-e-s-po ....... n-sa_b_le_d_e_l _p_la-nt-ea~m-i-en_t_o _y_d-is-e-ño-de-l-la_b_or-a-to-rio------------1

• - v quien articula con el responsable del diseño de la \~ ,'f·1 ' •.• 1•1.~ :/ infraestructura de la línea de producción correspondiente,

.._ ..... Especialista de así como con el Arquitecto e Ingeniero Civil, en relación a Laboratorios las condiciones del equipamiento e infraestructura a

implementar para los laboratorios, así como de las especificaciones técnicas correspondientes a su es ecialidad

- Ingeniero Industrial o Forestal colegiado y habilitado.

- Ingeniero Pesquero colegiado y habilitado.

Responsable del planteamiento y diseño de las plantas pilotos o demostrativas quien articula con el Arquitecto e Ingeniero Civil correspondiente a los equipos de las lineas de producción pesquero, acuícola e hidrobiológicos, incluyendo laboratorios y mobiliario, así como de las especificaciones técnicas correspondientes a su es ecialidad.

- Ingeniero Industrial colegiado y habilitado.

Responsable del planteamiento y diseño de las plantas pilotos o demostrativas quien articula con el Arquitecto e Ingeniero Civil correspondiente a los equipos de la línea de producción de calzado, y textiles, incluyendo laboratorios y mobiliario, así como de las especificaciones técnicas correspondientes a su especialidad.

- Ingeniero Industrial o de Industrias Alimentarias o de Alimentos colegiado y habilitado.

- Ingeniero Electrónico o de Telecomunicaciones colegiado y habilitado.

Responsable del planteamiento y diseño de las plantas pilotos o demostrativas quien articula con el Arquitecto e Ingeniero Civil correspondiente a los equipos de la línea de producción agroindustrial, incluyendo laboratorios y mobiliario, así como de las especificaciones técnicas correspondientes a su especialidad.

Responsable del diseño del sistema de comunicaciones, circuito cerrado de TV, música y perifoneo, central telefónica IP, cableado estructurado (voz, data y video), detección y alarma contra incendio, suministro eléctrico estabilizado e ininterrumpido y equipamiento informático, entre otros que se requieran, así como de los metrados y especificaciones técnicas correspondientes a su especialidad, y de la adecuación de su diseño a las características de las redes públicas, factibilidad de los servicios básicos a las normas técnicas vi entes.

Especialista de Plantas industriales

Especialidad de Sistemas de

Telecomunicaciones

PERFIL PROFESIONAL DESCRIPCIÓN CARGO/ ESPECIALIDAD

~ Directiva para la elaboración, ... aprobación de revrsion y Directiva N° O .l-2019- l'TPlw·· .. expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la ,~ .,.,".

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1.1 Trabajo de campo a) Excavación de calicatas, de acuerdo a la cantidad especificada en la Norma E.OSO vigente a la

fecha de ejecución de la actividad. De igual forma, la profundidad de exploración es conforme a lo establecido en la referida norma, pudiendo incrementarse de acuerdo a la proyección de cargas a ser transmitidas al suelo.

b) Toma de muestras alteradas representativas de cada uno de los estratos hallados en los sondeos. c) Toma de muestras inalteradas, en caso de hallar suelos compresibles o cohesivos blandos. d) Registro del perfil del suelo en cada sondeo, ubicando el nivel freático en caso de ser hallado y la

estratigrafía.

Debe adecuarse a las necesidades específicas del proyecto, pudiendo incorporar otros requerimientos de ser necesarios si las condiciones encontradas así lo exigen, en concordancia al cumplimiento de la Norma Técnica RNE E.OSO, y sus actualizaciones.

1. ESTUDIO DE MECÁNICA DE SUELOS PARA FINES DE CIMENTACIÓN

A continuación, se adjunta un listado de actividades como orientación al proyectista con la finalidad de que se tomen en cuenta o se incorporen otras actividades de acuerdo a las necesidades del proyecto.

ANEXO 2

ACTIVIDADES BÁSICAS A DESARROLLAR PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO

1.2 Trabajo de gabinete a) Análisis e interpretación de los resultados de campo y laboratorio. b) Registro de los perfiles de suelos de los sondeos, de acuerdo a los resultados de los ensayos de

laboratorio, ubicando el nivel freático en caso de haber sido encontrado, cochas u otras zonas donde vea presencia de agua.

c) Recomendaciones de sistema de drenaje en caso de ser necesario. d) Cálculo de la capacidad portante del terreno. e) Cálculo del módulo de balastro. n Cálculo de los parámetros mecánicos del suelo para hallar asentamientos. g) Análisis de los efectos ante cargas dinámicas y/o de sismo. h) Análisis de la agresividad del suelo al concreto, efectos de la napa freática, entre otros que se

requieran. i) Análisis de licuefacción de suelos, de acuerdo al tipo de suelo encontrado.

,.._, Úco',, j) Análisis de expansibilidad de suelos, de acuerdo al tipo de suelo encontrado. A~,f'\ ·c,nac1/'';;-, k) Evaluación geotécnica sobre la necesidad, o no, de la ejecución de obras de sostenimiento,

Í ~ ? .1:1:;:;~~ % ) incluyendo información de la ubicación de las cimentaciones de los colindantes al terreno del ,~ lern•mit:~ ~:} proyecto.

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!:!!:;/ · 1.3 Presentación del Informe Técnico a) Memoria Descriptiva b) Descripción de la geología y sismicidad del área en estudio. Identificación de fallas cercanas y

condiciones locales que pudiesen afectar a la estructura. e) Descripción y Metodologia empleada. Documentos de sustento (en Anexos) de los trabajos de

campo, ensayos de laboratorio y trabajos de gabinete. d) Estrato de apoyo de la cimentación.

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red CITE Producción (ITP).

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a) Precisión de la forma del terreno, área total y medida de los linderos -debidamente concordados con el título de propiedad-, propiedades vecinas, altitud sobre el nivel del mar, orientación del norte magnético y demás información que el Coordinador y/o Jefe de Proyecto considere necesaria.

b) Coordenadas UTM georreferenciadas de cada vértice del terreno, con consignación de los ángulos internos de los vértices, indicando el sistema de coordenadas utilizado PSAD 56 O WGS 84, entre otros, tomando puntos oficiales del IGN como base de referencia.

e) Ubicación exacta del BM, tomado o asumido, o BMs de referencia para los niveles del proyecto,

Los planos del levantamiento topográfico deben contener:

Se debe fijar en el terreno, mediante un hito de concreto, el BM de referencia para el inicio de obras, indicando sus coordenadas de orientación, nivel referencial de inicio y estaciones de control o replanteo con sus coordenadas, ángulos, niveles y distancias entre vértices. Asimismo, se debe monumentalizar dos puntos de referencia adicionales, de forma tal que sean ubicados permanentemente y con facilidad.

Con respecto a los terrenos y construcciones vecinas, debe indicar con precisión las curvas de nivel de los terrenos colindantes, en un mínimo de 3.00 m más allá de los linderos existentes, y en todo el ancho de la calle. De existir construcciones vecinas, se señala el tipo de construcción, altura y datos de cimentación. Toda la información pertinente se consigna en la memoria descriptiva de los trabajos realizados, con las conclusiones y recomendaciones correspondientes.

El levantamiento topográfico debe reflejar los accidentes y características del terreno, así como los elementos o construcciones que se encuentren ubicados en el sector a intervenir: igualmente, debe incluir la ubicación y características de las acometidas de los servicios básicos, buzones de desagüe, eléctricos y de comunicaciones existentes.

2. LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO

e) Parámetros de diseño para la cimentación (profundidad de la cimentación, presión admisible, factor de seguridad por corte, módulo de balastro, ángulo de fricción, entre otros que se requieran), asentamiento diferencial y total, presentación de datos y fórmulas empleadas.

D Resultados del análisis de sostenimiento de excavaciones, con arreglo al artículo 39 de la Norma E.OSO o articulado vigente.

g) Parámetros para el diseño de muros de contención y/o calzaduras. h) Otros parámetros necesarios para el diseño y/o construcción de estructuras y cuyo valor dependa

directamente del suelo i) Definir el factor de Suelo "S" y periodo fundamental "Tp". j) Análisis y conclusiones sobre el potencial de licuefacción, colapso, expansión del suelo, según

corresponda. k) Recomendación de tipo de cimentación a emplearse, referenciar los valores de capacidad portante

con respecto a los niveles de terreno natural y a los niveles de piso terminado de proyecto. 1) Plano de ubicación de calicatas. m) Plano de perfiles de unión de calicatas con la configuración interna del terreno. n) Plano del área de estudio. o) Edificaciones adyacentes: número de pisos y profundidad de la cimentación. p) Certificados de los ensayos de laboratorio q) Fotografías: exploración, toma de muestras en campo, ensayos de laboratorio. r) Especificaciones técnicas s) Conclusiones y recomendaciones.

Directiva para la elaboración. revisión y aprobación de expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la Produccíón flTP)

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Directiva N° Oi.-2019- ITP/DE

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El diseño de la edificación tiene un carácter estrictamente funcional, entre la relación de actividades de trabajo o de interrelaciones de espacios y los diferentes aspectos de las líneas de producción, confort para el trabajo y adecuadas condiciones de habitabilidad, tales como ventilación, iluminación natural y artificial y los diferentes servicios básicos que abastecen a la misma, asimismo, debe contemplar las necesidades arquitectónicas, indicadas en el estudio de pre inversión. Asimismo, debe considerarse en el diseño, seguridad integral, a las puertas principales, ventanas y muros que dan hacia la calle, de tal forma que otorguen seguridad ante actos vandálicos.

- Debe contener: a) Planos de arquitectura: (a escalas reglamentarias y/o adecuadas a las necesidades de ejecución

de obra y exigencias de los trámites ante la Entidad y/o municipalidad). b) Plano de ubicación y localización que contenga norte magnético, cuadro de áreas, parámetros

normativos, sección de vías entre otros. (Según formato plano de ubicación y esquema de localización del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento)

c) Planos de distribución general. d) Planos de bloques o módulos, si amerita (mayor de escala). e) Planos de techos. n Planos de elevaciones. g) Planos de cortes (mínimo 06 cortes). h) Planos de detalles constructivos (puertas, ventanas, rampas, veredas, cerco y otros), cuadro de

acabados. i) Vistas en 30 (como mínimo 3 externas y 6 internas). j) Memoria descriptiva. k) Especificaciones técnicas. 1) Metrados, con su respectiva planilla detallada y resumen de metrados.

ESPECIALIDAD DE ARQUITECTURA, SEGURIDAD Y SEÑALÉTICA

los cuales deben ser, en todos los casos, puntos permanentes, o la construcción de hitos de concreto debidamente señalizados y pintados.

d) Ubicación de las redes de desagüe y agua potable, así como de las cotas de buzones, acometida del suministro eléctrico, postes de energía eléctrica, telefonía, entre otros que apliquen, en todos los casos, con sus respectivas leyendas de identificación.

e) Ubicación y dimensionamiento exacto de elementos componentes de topografía, tales como sardineles, muros de contención, taludes, elevaciones y/o depresiones del terreno, y obras existentes que se encuentran dentro del terreno.

n Los planos de planta con curvas de nivel, y de planta con alineamientos de perfiles longitudinales y cortes transversales, deben mostrar las curvas de nivel, tanto curvas mayores como menores, en un intervalo visual apropiado; asimismo, las curvas deben estar etiquetadas de forma que muestren los desniveles del terreno levantado.

g) Los planos de elevaciones y cortes longitudinales y secciones transversales del terreno, deben mostrar las vías, cercos perimétricos de colindantes, e indicar el tipo de material del terreno y obras que pasan por cada corte generado.

h) Los planos perimétricos del terreno, con indicación de los cortes generados. i) Los planos de cortes longitudinales y transversales, deben indicar la escala vertical y horizontal de

los perfiles longitudinales, y estos, a su vez, indicar la información necesaria en las bandas, progresivas y de nivel de terreno. Asimismo, en el caso de ser requeridos para cálculos de movimiento de tierras, se debe añadir la información necesaria en las bandas, de nivel de rasante, altura de corte, altura de relleno y pendiente.

j) Entre otros que el Coordinador y/o Jefe de Proyecto considere necesaria.

Directiva para la elaboración, revisión y aprobación de expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP).

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Directiva Nº o i -2019- ITP/DE

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ESPECIALIDAD DE ESTRUCTURAS a) Memoria descriptiva. b) Especificaciones técnicas. c) Planos de estructuras (a escalas apropiadas para su revisión y aprobación para fines de licencia). d) Plano de cimentación, con referencia al estudio de suelo. e) Planos de armadura, techos (aligerado o losa maciza) y escaleras, indicando niveles y cargas de

diseño. D Plano de columnas, placas, cisterna y cámara de bombeo de desagüe, de ser el caso, y sus

respectivos detalles. g) Plano de vigas, cajas de ascensor, tanque elevado y caseta de máquinas de ascensor, de ser el

caso, y sus respectivos detalles. h) Planos de detalles constructivos. i) Metrados, con su respectiva planilla detallada y resumen de metrados. j) Memoria de cálculo. k) Especificaciones técnicas de los materiales estructurales y procedimiento de ejecución, de ser

necesario.

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a) Aspectos Generales (introducción, alcances y objetivos, códigos y estándares normativos, localización y accesos exteriores).

b) Características del proyecto (descripción de la propuesta de adecuación del edificio principal, medio de egreso interno, accesos exteriores y zonas seguras, cuadro de áreas y tipo de ocupación y clasificación de riesgo).

c) Identificación del proyecto: A nivel entorno (peligros de origen natural - sismos, inundaciones, probabilidades de ocurrencia-, peligro de origen inducido por el hombre - incendios, vandalismo- probabilidades de ocurrencia y peligros del proyecto - identificación de riesgos), vulnerabilidad ante posibles riesgos (protección de barredas contra el fuego, elementos estructurales, paredes y tabiques), sistemas de contingencia propuestas.

d) Sistema de evacuaciones: Consideraciones normativas, aforo (cálculo y determinación del aforo), sistema de evacuaciones (metodología, rutas de evacuación, distancias desfavorables, evacuación por capacidad de descarga, tiempo de evacuación con retardos y tiempos finales), descripción del sistemas de evacuaciones (salidas/rutas de evacuación), equipos y especificaciones técnicas (puertas de escape, extintores, sistema de extracción, señalización de rutas de evacuación, unidades de iluminación a batería y rociadores automáticos).

e) Evaluación de riesgo de edificación ante actos vandálicos. D Protección y control contra incendios: sistemas de detección preventiva, sistema de control de

incendios. g) Sistema contra incendios: Requerimientos normativos, requerimientos de agua de extinción.

(Según corresponda, previa evaluación) h) Sistema de detección y alarma contra incendio: Descripción del sistema, componentes,

supervisión de circuitos, fuentes de agua e instalación. (Según corresponda, previa evaluación) i) Relacionados con las instalaciones electromecánicas: detectores, sistemas de luces de

emergencia, ubicación de tableros, medidores, pozos de tierra, equipos eléctricos, bombas de agua, jockey, etc.

j) Planos de señalética Orientativa. k) Planos de detalles de señalética.

4. SEGURIDAD Y EVACUACIÓN

m) Plano de falso cielo raso con la ubicación de los artefactos de alumbrado, rejillas, detectores de humo, rociadores, parlante, otros.

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a) Memoria descriptiva. b) Memoria de cálculos. e) Especificaciones técnicas

ESPECIALIDAD DE INSTALACIONES MECÁNICAS

a) Expediente técnico del sistema de utilización en media tensión y subestación eléctrica con la conformidad técnica del concesionario de energía eléctrica de la zona, considerando en todos sus aspectos la "Norma de procedimientos para la elaboración de proyectos y ejecución de obras en sistemas de distribución y sistemas de utilización en media tensión en zonas de concesión de distribución, R.O. Nº 018-2002-EM/DGE".

6.2) Sistema de utilización en media tensión y sub estación eléctrica

6.1) Sistema eléctrico en baja tensión a) Memoria descriptiva. b) Memoria de cálculos justificativos. e) Especificaciones técnicas d) Metrados, con su respectiva planilla detallada y resumen de metrados. e) Planos de Instalaciones eléctricas: de acuerdo con el R.N.E. y el Código Nacional de Electricidad

(C.N.E.), y demás normas indicadas en el ltem 3. D Plano de redes de alimentadores de tableros y sub tableros eléctricos de distribución. g) Planos de alumbrado, con artefactos de alumbrado debidamente distribuidos tomando como base

la distribución del cielo raso y/o falso cielo raso. h) Planos de sistema de tomacorrientes de uso general y del sistema de tensión estabilizada,

tomando como base los planos de equipamiento y las respectivas cargas eléctricas de los equipos de obra y línea de producción.

i) Planos de salidas de fuerza para equipos electromecánicos de aire acondicionado, ventilación mecánica, bombas de agua, ascensores, y otro equipamiento electromecánico.

j) Planos de sistema de puesta a tierra y de pararrayos. k) Planos de montante de tableros eléctricos, esquema general de principio, cuadros de cargas,

diagramas unifilares, leyendas y detalles.

6. ESPECIALIDAD DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS

1) Tipo de sub-estructura (cimentación). m) Clasificación sustentada de la configuración y sistema estructural empleado en la superestructura,

(referido a lo indicado en RNE E.030 y normas correspondientes según el material de construcción). Control de derivas y desplazamientos de entrepiso (máximo, promedio), control de la regularidad torsional, verificación de la estabilidad global.

n) Parámetros para cálculo de las fuerzas sísmicas de diseño, valores del cortante basal obtenido por el método estático y dinámico (de corresponder).

o) Cargas aplicadas en el modelo estructural, características del modelo estructural, indicar el software de análisis utilizado o la metodología correspondiente, diagramas de fuerzas internas (fuerza axial, fuerza cortante de diseño (de acuerdo a las normas correspondientes) y momento flector) para cada pórtico y en cada dirección principal de la edificación,

p) Diseño de cimentación (indicar esfuerzos mínimos, promedio y máximos sobre el estrato de apoyo) q) Método de diseño empleado y cálculos de sustento de elementos estructurales: cimentación,

columnas, placas, muros, losas y vigas, verificación de la estabilidad y arriostre de elementos no estructurales.

~ Directiva para la elaboración, ... aprobación de revisen y Directiva N° O 1 -2019- ITPl::::X ... expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la ¡ ,:.1.,,r,o!-.,016' ITP/DE red CITE' Producción (ITP).

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a) Red de ventilación sanitaria.

Sistema de Colectores para Aguas Servidas (PTAR - PTARI):

a) Abastecimiento desde la red pública hasta el sistema de almacenamiento. b) Cálculos de la demanda de agua, volumen de almacenamiento y regulación de agua para

dotación diaria de consumo y reserva contra incendio. c) Diseño de la red de distribución horizontal, alimentadores verticales, control de consumo. d) Cálculo justificatorio para determinar el diámetro y recorrido de las tuberías de la red de agua

fría, tuberías de distribución a los puntos de utilización. e) Cálculo justificatorio de la red de agua para riego de jardines. D Soportes de apoyo y fijación de tuberías.

Sistema de Agua Fría y Caliente:

9.2 Se debe elaborar y presentar los cálculos justificatorios de diseño de elementos, equipos y/o partes que conforman el sistema integral de instalaciones sanitarias del proyecto, desarrollando el siguiente detalle:

9.1 Se debe diseñar un sistema integral para las redes de agua fría y caliente, agua de regadío de jardines, sistema de aguas servidas, sistema de ventilación, sistema de drenaje pluvial, sistema de tratamiento y recolección de residuos sólidos.

El diseño estructural debe respetar lo indicado en las normas técnicas vigentes de construcción, en los títulos, normas y anexos del RNE; en tal sentido:

INSTALACIONES SANITARIAS

8. ESPECIALIDAD DE TELECOMUNICACIONES a) Memoria descriptiva. b) Memoria de cálculos. c) Especificaciones técnicas d) Metrados, con su respectiva planilla detallada y resumen de metrados. e) Planos de comunicaciones de acuerdo con el R.N.E. y el Código Nacional Eléctrico (C.N.E.), y

demás normas indicadas en el Ítem 3. D Planos de voz y data. g) Planos del sistema de señales débiles (música, perifoneo, cámaras de vigilancia, TV cable, reloj

marcador, y demás sistemas de telecomunicaciones necesarios).

d) Metrados, con su respectiva planilla detallada y resumen de metrados. e) Planos de instalaciones mecánicas de acuerdo con el R.N.E. y el Código Nacional Eléctrico

(C.N.E.), y demás normas indicadas en el Ítem 3. D Planos del sistema de aire acondicionado y ventilación mecánica, según corresponda. g) Planos del sistema de refrigeración industrial, según corresponda. h) Planos del sistema de vapor, según corresponda. i) Planos del sistema de aire comprimido, según corresponda. j) Planos del sistema de gas licuado de petróleo y gas natural, según corresponda. k) Planos de las instalaciones mecánicas del ambiente de grupo electrógeno y tanque de petróleo,

según corresponda. 1) Cuadro de equipos, leyendas y detalles.

Directiva para la elaboración, revisión y aprobación de expedientes técnicos de obra del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP).

Directiva Nº O f -2019- ITP/DE

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10. PRESUPUESTO DE OBRA a) Resumen de presupuesto. b) Presupuestos de especialidades. c) Presupuesto de estructuras. d) Presupuesto de arquitectura (incluyendo partidas de seguridad). e) Presupuesto de instalaciones eléctricas (sistema de utilización en baja tensión). D Presupuesto de instalaciones eléctricas del sistema de utilización en media tensión y subestación

eléctrica (elaborado con el expediente aprobado por la empresa concesionaria de energía eléctrica).

g) Presupuesto de instalaciones mecánicas. h) Presupuesto de comunicaciones. i) Presupuesto de instalaciones sanitarias. j) Relación de insumos por especialidad. k) Formulas polinómicas por especialidad. 1) Análisis de costos unitarios por especialidades. Evitar en lo posible considerar unidad de medida:

Globales, estimado o conjunto. m) Análisis de desagregado de gastos generales (fijos y variables). n) Desarrollo de los componentes ambientales conforme a lo indicado en la Resolución con la que

se otorga la Certificación Ambiental. o) Programación de avance de obra (Cronograma Gantt). p) Cronograma valorizado de avance de obra. q) Cronograma de adquisición de materiales. r) Cotización de materiales, equipos, identificando los principales proveedores del lugar, transporte

(cotizaciones por volumen y kilo) debidamente sustentados con preformas de los proveedores de la zona, trabajos especializados en original como sistema de equipo de aire acondicionado, vidrios

a) Especificaciones técnicas que consideren aparatos, griferías y accesorios de primera calidad, de consumo reducido de agua y grifería de funcionamiento con tecnología vigente.

b) Deben cumplir las condiciones señaladas en el RNE.

Aparatos Sanitarios:

a) Recolección y evacuación de agua pluvial a niveles de piso y techo. b) Montantes de evacuación de agua pluvial. c) Cálculo justificatorio para determinar el diámetro y recorrido de las tuberías de evacuación de

aguas pluviales, indicando caudales para cada caso. d) Acondicionamiento de su disposición final hacia el servicio público u otro punto de evacuación

Sistema de Agua Pluvial:

b) Cálculo justificatorio para determinar el diámetro y recorrido de las tuberías de la red de desagüe y ventilación.

c) Colectores horizontales hasta su descarga en la red correspondiente. d) Trampas de grasa en ambientes en que se requiera. e) Trampas de yeso en ambientes en que se requiera. D Tanques para diluir aguas servidas con residuos químicos, de ser necesario. g) Sumideros y drenaje de zonas abiertas, para escurrimiento de eventuales lluvias o aguas

superficiales. h) Soportes de apoyo y fijación de tuberías. i) Protección y señalización de tuberías.

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y/o cristales templados, grupo electrógeno, bombas hidroneumáticas, sistema contra incendio y todo lo que represente costos especializados que han sido señalados en el presupuesto de acuerdo a la especialidad. Debe considerarse el empleo de métodos constructivos y materiales de acuerdo a la zona.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS a) Arquitectura. b) Estructuras. e) Ingeniería Sanitaria. d) Ingeniería Mecánica Eléctrica. e) Sistema de Comunicaciones. n Instalaciones Especiales.

INGENIERIA BÁSICA a) Levantamiento Topográfico. b) Estudio de Mecánica de Suelos.

INGENIERIA ESPECIFICA (Ejemplo: Análisis de agua, caracterización de aguas residuales, mitigación ambiental, etc., según corresponda).

) MEMORIA DE CÁLCULO a) Estructuras. b) Ingeniería Sanitaria. c) Ingeniería Mecánica Eléctrica. d) Instalaciones del Sistema de Telecomunicaciones. e) Instalaciones Especiales. D Seguridad y Evacuación.

4) MEMORIA DESCRIPTIVA a) Arquitectura. b) Estructuras. c) Ingeniería Sanitaria. d) Ingeniería Mecánica Eléctrica. e) Instalaciones del Sistema de Telecomunicaciones. D Instalaciones Especiales. g) Seguridad y Evacuación.

1) CARATULA

2) INDICE

3) RESUMEN EJECUTIVO a) Ficha técnica del proyecto viable. b) Descripción sucinta del proyecto. e) Resumen de presupuesto. d) Plazo de ejecución de obra.

Cada expediente técnico se desarrolla en base a las necesidades del proyecto y los requerimientos técnicos, por lo tanto, a continuación, se presenta una relación de documentos que sirven de orientación para la presentación del expediente técnico y los detalles de presentación se señalan en los términos de referencia.

EXPEDIENTE TÉCNICO DE OBRA

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4 \~::;-:,;, - /-·/~ r,,: ... , · 14)ANEXOS

· ~? f'I ,, -, ,.,.,. · a) Acta Resolutiva que evidencia la Certificación Ambiental. \ t :,r i:~~~'~. b) Enfoque de Riesgos. ~:t:, ,..._ t. t 1 •• • • c) Presupuesto para el cumplimiento de los compromisos ambientales del proyecto.

d) Imágenes 30. e) Panel Fotográfico. D Copia del Saneamiento Legal del Terreno. g) Copia de los Parámetros Urbanísticos. h) Copia de factibilidad de los servicios básicos.

12) EQUIPAMIENTO a) Memoria de equipamiento básico y especializado. b) Especificaciones técnicas. e) Planos de distribución de equipamiento. d) Presupuesto. e) Cronograma. D Cuadro comparativo de equipamiento, según corresponda. g) Enfoque de riesgos previsibles de ocurrir durante la obra.

11) DESAGREGADOS a) Desagregado de gastos generales de obra. b) Desagregado de gastos de supervisión de obra.

10) PRESUPUESTO a) Resumen de presupuesto. b) Presupuesto general por especialidades, incluye el presupuesto de los compromisos ambientales. c) Análisis de costos unitarios. d) Relación de insumos. e) Fórmula polinómica. D Cotizaciones. g) Gastos generales.

9) METRADOS a) Arquitectura. b) Estructuras. e) Ingeniería Sanitaria. d) Ingeniería Mecánica Eléctrica. e) Sistema de Comunicaciones. D Instalaciones Especiales.

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ANEXO Nº 4. PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN, REVISIÓN Y APROBACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS DE OBRA, DESARROLLADOS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL ITP

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