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REGLAMENTO CONVIVENCIA ESCOLAR 2018-2019 REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR COLEGIO PARROQUIAL SANTA ROSA DE LO BARNECHEA

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REGLAMENTO CONVIVENCIA ESCOLAR

2018-2019

REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR COLEGIO PARROQUIAL SANTA ROSA DE LO BARNECHEA

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Colegio Parroquial Santa Rosa de Lo Barnechea

Reglamento de Convivencia Escolar

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR COLEGIO PARROQUIAL SANTA ROSA DE LO BARNECHEA

MISIÓN

Entregar una educación de excelencia, que permita alcanzar la educación superior; destacándose por su formación académica, humana y espiritual, bajo las enseñanzas de la “escuela católica”, en respuesta a los desafíos del tercer milenio. VISIÓN El Colegio Parroquial Santa Rosa de Lo Barnechea quiere ser el más prestigiado de la zona por entregar una educación integral de excelencia - en lo académico, humano y espiritual- para que los egresados vivan su compromiso con la sociedad, a la luz de las enseñanzas de la Iglesia Católica. OBJETIVOS El presente Reglamento de Convivencia Escolar tiene por finalidad otorgar un marco regulatorio a las situaciones que se experimentan en la convivencia de la comunidad educativa, orientando el comportamiento de los diversos actores que conforman la comunidad a través de normas y acuerdos que definen los comportamientos aceptados, esperados o prohibidos y promoviendo el desarrollo de principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión. Dada la finalidad educativa de la institución escolar el Reglamento de Convivencia Escolar tendrá un enfoque formativo con la mirada puesta en el desarrollo y la formación integral de los estudiantes. Las normas de convivencia definidas en el presente reglamento están de acuerdo con los valores expresados en nuestro Proyecto Educativo y se enmarca en la ley las normas vigentes.

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CAPÍTULO I

DE LA INTERPRETACIÓN, APLICACIÓN VIGENCIA, MODIFICACIÓN TEMPORALIDAD, PARTICIPACIÓN Y PUBLICIDAD DEL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

ARTÍCULO 1º: INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DEL REGLAMENTO El equipo directivo y Consejo de profesores deban aplicar e interpretar con carácter obligatorio todas y cada una de las disposiciones que conforman el presente cuerpo normativo, entendiendo que es un documento consensuado en el Consejo Escolar y tiene como objetivo mantener una buena convivencia en toda la comunidad educativa. En caso de que exista duda de la forma de aplicación, o falten elementos para la resolución de algún problema, se consultará al Consejo de Profesores o el Consejo Escolar según corresponda. ARTÍCULO 2º: MODIFICACIÓN, REVISIÓN Y TEMPORALIDAD El presente reglamento tendrá vigencia indefinida, sin perjuicio de ello será modificado las veces que sea necesario, conforme a los cambios internos del colegio, constitucionales, legales o reglamentarios que experimente la legislación con el objeto de ajustar cada una de sus normas, disposiciones y principios a las exigencias del ordenamiento jurídico sectorial. El equipo directivo y el consejo general de profesores, al menos 1 vez al año procederá a su revisión. En caso que lo estime necesario deberán hacer ajustes a su articulado, estas propuestas de modificación deberán mostrarse al Consejo Escolar, quiénes podrán hacer sugerencias, luego deberán publicarse en el sitio web del CPSR durante 10 días seguidos www.cpsantarosa.cl. Durante este mismo plazo, se recibirá por escrito consultas y observaciones formuladas por integrantes de la comunidad debiendo individualizarse. Se informará de la publicación a todas las familias vía comunicación y a través del presidente del Centro de Padres. ARTÍCULO 3º: PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD Si perjuicio de ello, podrán proponerse modificaciones o revisiones en cualquier momento por el Consejo Escolar, los cuales deberán ser entregadas a las autoridades del establecimiento para ser estudiadas, discutidas y eventualmente consideradas en las próximas modificaciones. ARTÍCULO 4º: VIGENCIAS DE LAS MODIFICACIONES Vencido el plazo de la consulta, se procederá a aprobar la modificación, mediante la firma del Consejo Escolar. Para todos los efectos legales y administrativos las modificaciones se entenderán que rigen a contar del día siguiente a la fecha en que se recepcione o deposite en el Ministerio de Educación, lo que se hará

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mediante la entrega formal de una copia del reglamento con sus modificaciones. Las modificaciones se subirán a la página del Mineduc y serán publicadas en la página web institucional: www.cpsantarosa.cl ARTÍCULO 5º: PUBLICIDAD El reglamento interno definitivo deberá estar siempre disponible mediante la publicación del mismo en el sitio web del CPSR. Asimismo, su entrega deberá también materializarse en el periodo de matrícula. En caso de modificación, se informará en la reunión de los apoderados más próxima que este programada en el calendario escolar. En este contexto los apoderados deberán firmar la recepción de la información. Cabe señalar, que el reglamento interno y sus modificaciones, deberán ser entregados y publicados en la plataforma SIGE del ministerio de Educación o cualquiera otra en el futuro la reemplace. ARTÍCULO 6º: CIRCULARES Todas las circulares que emite el establecimiento tienen carácter obligatorio. Si en ellas se establecen aspectos normativos, reglamentarios, operativos, prácticos o de ejecución, su obligatoriedad quedará sujeta a los principios y disposiciones contenidas en este reglamento. Asimismo, estos documentos deben estar publicados de manera permanente en el sitio web del establecimiento: www.cpsantarosa.cl

CAPÍTULO II

NORMAS GENERALES PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES DEL PROYECTO EDUCATIVO

ARTÍCULO 7º: FORMACIÓN CATÓLICA Todo estudiante que ingresa al CPSR, ingresa a un Establecimiento Confesional de Formación Católica expresado explícitamente en su PEI, en virtud de ello asume y se compromete a cumplir y respetar los principios y valores que emanan de la Iglesia Católica, por lo que se espera que cumpla, acate y respete todas las disposiciones contenidas en el Proyecto Educativo, y Reglamentos Interno, los cuales son de carácter obligatorio para los estudiantes y apoderados desde el momento en que se hace efectiva la matrícula. Del mismo modo se espera que los estudiantes respondan a la clase de religión con la misma rigurosidad que al resto de las asignaturas. Esta asignatura conforme al proyecto educativo tendrá el carácter de obligatoria desde el momento en que cada apoderado elige este establecimiento para su pupilo(a). Todos los estudiantes deberán participar con respeto en las actividades religiosas del CPSR (oración matinal, misas de nivel, catequesis de iniciación, leccio divina, jornadas espirituales, iniciación a la vida eucarística, peregrinaciones y otras de la misma naturaleza), demostrando su respeto, compromiso o adhesión al espíritu del colegio que se eligió.

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ARTÍCULO 8º: VALORES Y VIRTUDES DEL CPSR. “Creemos en Jesucristo y en el amor, quienes lideran nuestras reflexiones y prácticas de gestión. Amar al prójimo como a ti mismo es nuestro lema que destacamos permanente”.

Caridad. En esta virtud se encuentran la esencia y el núcleo del cristianismo, es el centro de la predicación de Cristo y es el mandato más importante. La caridad es un don de Dios que nos permite amar en medida superior a nuestras posibilidades humanas. La caridad es amar al estilo de Jesús. Debe ser superior a todo.

Responsabilidad. Disposición para decir siempre la verdad con claridad, asumiendo los propios errores y reparando aquello que se hubiera visto afectado por alguna falsedad.

Respeto. Es la consideración, la atención, diferencia o miramiento que se debe una persona en razón de la dignidad que ésta posee como un ser valioso en sí mismo. - Se reconoce su dignidad como persona, como hijo de Dios; esto ayuda a la construcción de una sociedad más justa.

Perseverancia. Una virtud muy unida a la fortaleza, que ayuda a permanecer en el ejercicio del bien, a pesar de las molestias que ocasione su prolongación. Hace vencer las dificultades que se pueden prolongar a través del tiempo. ARTÍCULO 9º: DEL PERFIL VALÓRICO DEL ESTUDIANTE DEL CPSR Todo estudiante debe esforzar por cumplir los valores de nuestra institución que a se detallan: El/la alumna(a) de nuestro colegio es una persona que, progresivamente, va desarrollando sus dones y potencialidades, dadas por Dios, para su plena realización personal y para ponerlas al servicio del bien común. Se conoce y se valora a sí mismo(a), asumiendo sus fortalezas y debilidades. Debe manifestar su amor a Dios, creciendo en la fe, desarrollando una capacidad de interioridad y trascendencia en una búsqueda permanente de Dios. Este compromiso se reflejará reconociendo su presencia en el prójimo, respetando la dignidad humana y realizando acciones solidarias concretas, especialmente para con los más necesitados. Al finalizar su formación en nuestra unidad educativa, esperamos que un alumno y alumna:

Sea consciente y respetuoso(a) de la presencia de Dios en sí mismo(a) y las demás personas, viviendo coherentemente con los principios de la Iglesia Católica; haciendo vida el ideal cristocéntrico y las virtudes evangélicas que le son inherentes.

Se acepte y proyecte positivamente en el mundo del estudio, del trabajo y de la familia, haciéndose responsable de su vida; aportando a la sociedad lo que puede y debe dar.

Se inserte en la cultura y la sociedad relacionándose con las demás personas de forma solidaria, responsable y colaborativa.

Se auto exija y alcance sus metas con excelencia, siendo perseverante, disciplinado(a), seguro de sí mismo(a) y con un permanente espíritu de superación.

Sea capaz de administrar responsablemente su libertad, poniéndola por obra en un proyecto de vida personal.

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ARTÍCULO 10º: DERECHO DE LOS ESTUDIANTES Los estudiantes tendrán los siguientes derechos:

a) Ser respetados, valorados y acompañados en todo su proceso de crecimiento como persona integral. b) Adquirir una formación integral en valores, orientada hacia lo religioso, lo afectivo, lo ético, lo intelectual, lo

físico y lo político. c) Tener las oportunidades para participar de las actividades propia del establecimiento, sean éstas a nivel

general o particular de cada curso. d) Recibir orientación personal, y vocacional oportuna. e) Ser respetados en su ritmo de crecimiento. f) Recibir una formación académica de excelencia. g) Ser atendidos en la totalidad de sus clases. h) Ser atendidos en sus dudas y consulta por parte de sus profesores del subsector, profesores jefes, y la

totalidad del personal del CPSR. i) Ser atendidos por quienes desempeñen las funciones de Coordinación de Ciclos, Convivencia Escolar;

Encargado de Pastoral, psicóloga y/o Orientado(a) y Director(a) cuando este lo requiera. j) Conocer oportunamente los resultados de sus evaluaciones, para tomar las medidas pertinentes en su

proceso de superación personal. k) Ser avisados de las evaluaciones, como conocer los objetivos de dicha evaluación. l) Ser citados con sus apoderados para informar aspectos relacionados por rendimiento y conducta. m) Conocer los reglamentos de Evaluación y Convivencia Interna del CPSR n) Participar en las diferentes actividades Pastorales por el CPSR definidas. o) Participar y representar al CPSR en las diferentes actividades competencias y/o recreativas comunales y/o a

nivel nacional, entre otras. p) Asistir y participar en los ensayos de P.S.U. y/o SIMCE programados por el colegio en los diferentes niveles y

conocer los resultados obtenidos. ARTÍCULO 11º: DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES

a) Todo estudiante del CPSR deberá comprometerse, en concordancia a su edad, con los principios generales del CPSR enunciados en la definición general del presente reglamento.

b) Es obligación de cada estudiante y de su apoderado conocer, comprender e interiorizarse y cumplir las normas de disciplinan y convivencia que se enuncian en el presente reglamento.

c) Es deber de cada estudiante en relación a la disciplina:

1. Disponerse adecuadamente a iniciar las clases, guardar silencio, ponerse de pie, saludar, preparar sus útiles de trabajo, respetar al profesor, a asistentes de la educación y compañeros de curso.

2. Participar en las actividades de aula según las modalidades definidas por el profesor. 3. Velar por el aseo y cuidado de la sala de clases, su mobiliario y enseres, pertenecías personales y de sus pares. 4. Permanecer en el aula durante las clases o cambio de horas. No obstante, frente a cualquier eventualidad,

es el/la profesor/a y/o otra autoridad quién regula el ingreso o salida del aula durante las clases. Es deber de cada estudiante durante los recreos:

5. Desocupar salas, pasillos y escaleras y permanecer durante los recreos en los patios establecidos como espacios comunes.

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6. Desarrollar juegos y actividades que no impliquen peligro ni violencia. 7. En el interior del establecimiento no están permitidas las manifestaciones afectivas de tipo “pololeo” (besos

en la boca, andar abrazados o de la mano, ponerse físicamente uno sobre otro o alguna parte de su cuerpo, etc.) como una forma de autodominio y de respeto a los otros integrantes de la comunidad, entendiendo que el Colegio no es un lugar para expresar sentimientos de pareja.

8. Velar por el orden y cuidado de los patios, baños, infraestructura, mobiliario, plantas, etc. 9. Obedecer las órdenes y/o indicaciones de todo funcionario de la institución. (Dirección. Coordinadores,

profesores, psicopedagogas, inspectores de nivel y/o ciclo, profesores, administrativos, auxiliares u otro adulto responsable que le dé dichas indicaciones, pudiendo ser apoderados, así como también alumnos que tengan una responsabilidad autorizada por la dirección del Colegio).

10. Ingresar, al toque de timbre, a la sala de clases con puntualidad, orden y respeto. 11. Participar de manera respetuosa durante el desarrollo de actos cívicos y/o momentos de celebraciones

litúrgicas. 12. No participar de ningún tipo de ventas durante los recreos ni en el desarrollo de clases. (a excepción de

terceros y cuartos medios). Habiendo sido previamente calendarizadas y autorizadas por Convivencia escolar respectiva.

13. Mantener conducta disciplinaria acorde al desarrollo de las actividades académicos y/o lectivas, dentro y fuera de la sala de clases, incluso en actividades escolares fuera del Colegio, evitando así tomar remédiales disciplinarias con los alumnos que no cumplan con dicha conducta.

d) De la disciplina con la comunidad escolar: Es deber de cada estudiante:

1. Establecer una relación de respeto con todos los funcionarios de la comunidad escolar, con el fin de promover

un clima beneficioso tanto en el ámbito escolar como en el desarrollo de valores. Por tanto, frente a agresiones a los funcionarios se sancionará con las medidas estipuladas en el presente reglamento.

2. Mantener una relación de respeto hacia cualquier apoderado de nuestro CPSR con el objetivo de promover un clima de sana convivencia. Por ende, si existe alguna dificultad, se informará y se procederá con lo estipulado en el presente reglamento.

3. Se generará una instancia de apelación ante cualquier sanción por los hechos antes señalados.

e) De la disciplina entre pares: es deber de cada estudiante:

1. Respetar los espacios de formación, recreación y no alterar el desarrollo de las funciones propias de la comunidad educativa.

2. Promover un ambiente de sana convivencia, mantener una relación de respeto y buen trato, evitando las instancias de agresión física, verbal, gestual o escrita, amenazas y/o difamación.

f) De las comunicaciones: Es deber de cada estudiante: Tener y portar su Agenda Escolar todos los días, la cual deberá completarse con los siguientes datos:

1. Fotografía del estudiante tipo carné, con uniforme. 2. Datos completos del estudiante y su apoderado. 3. Firma del Profesor Jefe. 4. Firma del Apoderado titular y Apoderado Suplente. 5. Informar oportunamente a su apoderado de todo orden de citas, comunicados y comunicaciones de toda

índole.

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6. Toda adulteración o falsificación intencional de contenidos de esta agenda personal será considerada como una falta grave.

g) De algunos deberes en los estudiantes: Es deber de cada estudiante:

1. Asumir con responsabilidad el proceso aprendizaje (académicos y formación personal). 2. Atender con respecto a los consejos y orientaciones que el CPSR le brinda a través de los docentes y otras

personas calificadas. 3. Cumplir oportunamente las instrucciones que impartan los profesores en cuanto a técnica y hábitos de

estudio y otros procedimientos específicos del aprendizaje, 4. Realizar oportunamente tareas escolares, trabajos de investigación y diferentes evaluaciones calendarizadas.

Cumplir con las fechas de sus evaluaciones formales. Ante cualquier eventualidad que impida su cumplimiento, deberá ceñirse al procedimiento establecido tanto por este reglamento, como por el de Promoción y Evaluación vigente.

5. Asumir con responsabilidad los cargos y funciones designadas. 6. En caso de inasistencia a cualquier tipo de evaluación, es responsabilidad del apoderado justificar éste hecho,

presentando en coordinación de convivencia correspondiente al ciclo del estudiante el justificativo o el certificado médico original y otorgando una copia al Profesor de Asignatura respectivo, el cual debe ser entregado en la libreta hasta 4° básico y por el mismo alumno al profesor desde 5° a IV° medio.

h) De los libros, útiles escolares y materiales didácticos: Es deber de cada estudiante:

1. Los útiles escolares propios del alumno deben ser de su exclusiva responsabilidad, ya sea para traerlos al Colegio, así como para mantenerlos durante la jornada en los lugares asignados para ello.

2. Cuidar, mantener y devolver en adecuadas condiciones los libros, textos y todo tipo de material didáctico que el CPSR pone a su disposición. Cualquier pérdida o deterioro que no sea atribuible a desgaste natural, deberá ser indemnizado según decisión de la autoridad que corresponda.

3. Cumplir estrictamente a la regulación interna del CRA (Biblioteca de recursos) y laboratorios.

i) Del ingreso de objetos y pertenencias. Es de imperiosa obligación de cada estudiante: Es deber del estudiante y apoderado traer al establecimiento solo aquellos elementos y/o materiales necesarios para desarrollar sus actividades académicas. Cualquier otro elemento (joyas, accesorios y artículos tecnológicos tales como: teléfono celular, tablet, notebook, i-phone, i-pad, mp3, mp4 u otros) que dificulten el trabajo académico y pongan en riesgo la integridad del estudiante u otro integrante de la comunidad, será retirado por el apoderado previa citación de Convivencia Escolar para su devolución. Se acordará con el apoderado cómo se procederá en una segunda situación similar, en el entendido que se busca que el alumno no se distraiga en sus clases y tampoco perjudique a sus compañeros con interrupciones en la clase. Asimismo, el extravío o pérdida de cualquier objeto o accesorio no será responsabilidad del establecimiento. Por lo que es de exclusiva responsabilidad del apoderado y del estudiante la pérdida o extravió de un objeto de valor.

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NORMAS SOBRE LA JORNADA ESCOLAR, INGRESO Y SALIDA ARTÍCULO 12º: DEL CALENDARIO Y HORARIOS DE INGRESO Y SALIDA El régimen de estudio del CPSR es Semestral. Las fechas correspondientes al inicio de cada periodo semestral están de acuerdo con el Calendario Oficial Escolar de cada año, entregado por la Secretaría Regional Ministerial de Educación.

Procedimiento ingreso y salida de alumnos durante la jornada escolar 1. El Colegio abre las puertas a las 7:30 horas. Antes de esa hora el colegio no se hace responsable del cuidado

de los alumnos. 2. El Colegio se hace responsable de los alumnos 15 minutos después del término de su jornada escolar. 3. Los alumnos que se queden alguna actividad fuera del horario escolar (acles, pastoral, u otro) quedan a cargo

del adulto responsable de dicha actividad, quien debe asegurarse de que el alumno sea retirado del colegio. 4. La hora de inicio a la jornada escolar es a las 7:55 a.m. 5. El registro regular de atrasos comenzará a las 08:00 hrs. según reloj del colegio, pudiendo ser esta hora

modificada o suspendida por razones atendibles por parte de Dirección. 6. Si la impuntualidad se produce por las personas encargadas de transportar a los y las estudiantes hasta el

Colegio, solicitamos que tome las medidas necesarias para que esta situación no se produzca, y crear así conciencia en nuestros educandos la importancia de la puntualidad.

7. Los alumnos(as) de Prekinder a IVº medio que lleguen atrasados antes de las 9:00 deben ingresar por la entrada de Convivencia Escolar.

8. El registro de atraso y el ingreso a la sala de clases debe ser autorizada por el inspector/a a cargo. 9. Cada atraso será consignado en una planilla de registro de atrasos (NAPSIS), además de la agenda del

alumno(a). El inspector a cargo le avisará a Convivencia Escolar la acumulación de atrasos. 10. Los alumnos(as) de Prekinder a IVº medio que lleguen atrasados después de las 9:00 deben ingresar por

puerta principal. El registro de atraso y el ingreso a la sala de clases debe ser coordinada por la encargada de recepción quien le informará al inspector/a a cargo.

11. A partir de las 9:00 horas los alumnos(as) deberán ingresar al Colegio con el apoderado(a). En caso en que no existiese la posibilidad de presentarse personalmente el apoderado(a), se aceptará la llamada telefónica. La justificación por parte del apoderado no lo exime del registro de atraso.

12. También se puede justificar la entrada certificando una hora médica, en cuyo caso deberá presentarse el certificado médico o programa médico correspondiente, eximiéndose del registro de atraso.

13. El retiro de alumnos durante la jornada escolar se realizará por puerta principal a cargo de la recepcionista quien cerciorará la firma del libro de salida por parte del apoderado. Ningún alumno puede retirarse solo.

14. El apoderado deberá solicitar por escrito en la agenda el retiro del alumno dirigido a convivencia escolar para facilitar la gestión del inspector/a a cargo.

15. En caso de enfermedad o accidente el encargado/a de enfermería debe dejar a los alumnos en recepción para ser retirados previa coordinación con el apoderado.

16. En caso de retiro a petición del apoderado el inspector/a a cargo debe retirar de la sala a los alumnos que vengan a buscar y enviarlos a recepción.

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Procedimiento de atrasos

1. El alumno que acumule 3 atrasos en el semestre, será notificado el apoderado(a), en forma escrita por parte de convivencia escolar.

2. El alumno que acumule 6 atrasos llevará una notificación informando que al 7° atraso el alumno deberá asistir a un taller formativo los martes en la tarde 15:30 – 16:30 supervisado por Convivencia escolar.

3. Al completar 9 atrasos se citará al apoderado por parte de Convivencia Escolar para tomar conocimiento de la situación. -En esta entrevista se le informa al apoderado que el alumno deberá asistir a firmar asistencia el sábado a las 8:00 supervisado por Convivencia escolar. -Convivencia escolar archivará esta entrevista en la carpeta personal del alumno.

4. En el caso de 1º a 4º básico el alumno debe ser acompañado por su apoderado y quien también debe firmar la asistencia el día sábado.

5. La no asistencia a un taller formativo o a una citación sábado (sin justificación previa) será considerado una falta grave y se procederá según manual de convivencia escolar.

6. Cada 2 nuevos atrasos el alumno deberá volver a venir el sábado previa citación por parte de Convivencia escolar.

7. Los registros de atrasos se renuevan cada nuevo semestre para dar posibilidad al alumno de remediar su conducta.

8. Es responsabilidad del alumno(a) conseguir las materias que perdió por el atraso en el ingreso a la clase. 9. En las pruebas tomadas en la primera hora de clases, un atraso significa perder tiempo asignado a su

ejecución, éste no se recupera. 10. Los estudiantes que se incorporen después del segundo bloque, serán considerados ausentes.

ARTÍCULO 13º: DE LA ASISTENCIA A CLASES Los estudiantes deberán cumplir con la totalidad de Asistencia requerida de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias del Ministerio de Educación.

Las inasistencias de los estudiantes que exceden el 15%anual son causa de Repitencia (Reglamento Vigente de Evaluación), no obstante, ante situaciones debidamente justificadas, se deberá apelar a Dirección mediante solicitud escrita.

Toda inasistencia de los estudiantes deberá ser justificada por escrito (agenda escolar institucional) o personalmente por el apoderado titular establecido en la ficha de matrícula

El porcentaje mínimo requerido para la promoción a nivel superior es de 85% de asistencia. Los certificados médicos no anulan la inasistencia, sólo permiten su justificación.

Los estudiantes que no cumplan con la asistencia total de las horas de su plan de estudio no podrán optar al premio de asistencia anual.

Los días que los estudiantes estén ausente por viajes, serán contabilizados como inasistencias. Para cumplir con los requerimientos académicos y formativos, es necesario que el estudiante no interrumpa la jornada escolar con salidas a médicos, dentistas, trámites u otros. En caso de fuerza mayor, dicha situación deberá ser solicitada personalmente por el apoderado a Coordinación Académica y de Convivencia Escolar será responsabilidad del estudiante, y sus padres, mantenerse al día en las actividades académicas realizadas en su ausencia. Por lo tanto, dicha situación no justifica el incumplimiento de tareas, pruebas u otras actividades que hayan sido asignada.

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Toda ausencia por viaje u otra situación que amerite un periodo extenso mayor a 5 días hábiles, deberá formalizar el apoderado por medio de una carta dirigida a Dirección, indicando el período en que el estudiante se ausentará del CPSR y acordar un calendario recuperativo de evaluaciones postergadas por este evento. ARTÍCULO 14º: ASISTENCIA A ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS DE LIBRE ELECCIÓN (ACLE) El estudiante, una vez inscrito en una Actividad Complementaria de Libre Elección, asumirá el compromiso de cumplir con su asistencia (declarada en documento anexo). Su ausencia deberá ser justificada al Profesor(a) o Monitor(a) del ACLE correspondiente el día que se reintegre al taller. Si por algún motivo debe retirarse del taller o actividad en que participa, debe hacerlo el apoderado, personalmente, en la Oficina de Convivencia Escolar. ARTÍCULO 15º: ASISTENCIA A CENTRO DE RECURSOS PARA EL APRENDIZAJE (CRA): Biblioteca y/o Enlaces El estudiante deberá asistir al Centro de Recursos y Aprendizaje (CRA): Biblioteca y/o Enlaces permanente con su uniforme completo, dentro de los horarios oficiales de atención y con finalidades netamente educativas y/o fuera de ella. Para el acceso y uso de este centro de recursos, deberá tener la autorización correspondiente emitida por el docente que le autoriza en caso que se requiera en hora de clase lectiva. ARTÍCULO 16º: ASISTENCIA A PROGRAMA DE INTEGRACION ESCOLAR (PIE) El estudiante, una vez inscrito en el Programa de Integración Escolar (PIE), tendrá obligatoriedad en su asistencia a todas las citaciones de las(os) especialistas, (compromiso escrito y asumido a principios de año). Su ausencia deberá ser justificada en Coordinación de PIE, el día que se reintegre. ARTÍCULO 17º: DEL UNIFORME Y LA PRESENTACIÓN PERSONAL DE LOS ESTUDIANTES. El uniforme escolar responde a una adecuada presentación personal, ya que, se debe estimular en los estudiantes el respeto por sí mismos, y la identificación con los principios y valores de nuestra institución. El uso del uniforme escolar es obligatorio para las actividades educativas, actos cotidianos oficiales u otras actividades, como reforzamiento, clases extraordinarias, asambleas del centro de estudiantes, entre otros. No obstante, para los talleres ACLE, deberán presentarse con el uniforme de Educación Física. Ante actividades educativa específicas y que representen a la institución, el estudiante deberá presentarse con uniforme escolar oficial entiéndase: blusa o camisa o polera, Jumper o pantalón modelo oficial y corbata del CPSR. Los estudiantes del CPSR se presentarán correctamente uniformados según estas exigencias: Mujeres:

Jumper azul marino, cinco centímetros arriba de la rodilla.

Blusa blanca o polera del colegio.

Corbata oficial del Colegio.

Chaleco azul marino sin adornos.

Parka o chaquetón azul marino, modelo escolar (sin adornos).

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Zapato colegio, mocasín negro (taco bajo).

Calcetines azul marino.

Bufanda azul marino.

Jumper azul marino y/o pantalón azul marino recto (no apitillado).

Delantal cuadrillé azul hasta 4° básico.

Sin cabello teñido ni cortes de fantasía, sin accesorios. Cabello tomado. Hombres:

Sweater y/o chaqueta de polar azul marino sin adornos.

Pantalón gris recto (no apitillado), modelo oficial.

Camisa Blanca cuello en punta o polera oficial del colegio

Corbata oficial del Colegio.

Chaleco azul marino sin adornos.

Parka o chaquetón azul marino, modelo escolar (sin adornos).

Zapato colegio, mocasín negro (taco bajo) o zapatilla negra sin adornos ni cordones de colores.

Cotona Beige de kínder a 4° básico.

Sin cabello teñido ni cortes de fantasía, sin accesorios. En caso de no cumplimiento de esta norma se otorgará un plazo de tres días corridos para que el alumno corrija su corte de cabello. Los alumnos de Educación Parvularia deben usar el buzo oficial del Colegio. Todos los estudiantes deben:

Abstenerse durante la jornada escolar del uso de maquillaje, esmalte de uñas, joyas u otros adornos (aros, collares, cadenas, pulseras, anillos, pinches llamativos, piercing, expansiones, entre otros).

En actos formales: presentaciones, premiaciones, licenciatura, invitaciones a otras instituciones u otras de igual naturaleza; se usará el uniforme oficial (blusa o camisa blanca y corbata), a no ser que se indique otra forma de vestir. ARTÍCULO 18º: DEL UNIFORME PARA LA CLASE DE EDUCACIÓN FÍSICA

Buzo oficial del CPSR.

Polera gris para presentarse a la clase de Educación Física.

Zapatillas DEPORTIVAS aptas para deporte,(no urbanas) sólo de colores: blanco o negro (sin adornos ni cordones de colores).

Útiles de aseo tales como: jabón, toalla y todos los requeridos por el docente del área. ARTÍCULO 19º: NORMAS ESPECÍFICAS CLASE DE EDUCACIÓN FÍSICA A fin de ordenar, agilizar, regularizar, controlar y lograr un orden en los estudiantes durante las clases de Educación Física, se fija las siguientes disposiciones:

1. Los estudiantes deberán presentarse con su uniforme de Educación Física desde el primer hasta el último día de clases.

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2. Los estudiantes que se presenten a la clase sin su uniforme de Educación Física, serán anotados en su hoja de vida notificándose al apoderado. De repetirse la falta se citará al apoderado, para solicitar las explicaciones correspondientes y el pronto cumplimiento de esta obligación.

3. El uso del uniforme de Educación Física es exclusivo del día que corresponda la clase y no se permitirá durante otro día.

4. Los estudiantes de Educación Básica y Media deben esperar al profesor en sus salas, para trasladarse al lugar en que se desarrollará la clase.

5. Los estudiantes podrán venir vestidos con buzo desde su casa. 6. Se exigirá a las alumnas que durante la clase de Educación Física mantengan su cabello recogido. 7. Las clases de Educación Física se terminarán antes de los 90 minutos, con el objeto de que los estudiantes

dispongan del tiempo necesario para ducharse, vestirse y llegar a la hora a su clase siguiente, debidamente presentados. Es obligación, por parte de los estudiantes, cuidar su aseo personal luego de realizar dicha clase.

8. El profesor verificará que los estudiantes abandonen los lugares de clases y los camarines al término de la clase.

9. Los estudiantes eximidos de actividades físicas deberán permanecer junto a su curso, siendo el profesor de educación física el principal responsable. Los eximidos, y aquellos estudiantes que, ocasionalmente, no pudieran realizar actividad física, deberán presentar su respectivo justificativo y/o certificado médico al Profesor(a) de la asignatura o en su defecto a Coordinación Académica. Se les asignará una actividad teórica previamente planificada y calificada, por el profesor/a de educación física, que deberá desarrollar en lugar que el profesor/a le indique. ARTÍCULO 20º: DEL USO DE LA AGENDA ESCOLAR

a) La Agenda Escolar es un importante medio de comunicación entre el CPSR y los apoderados. b) El estudiante deberá portar en todo momento la agenda escolar con foto, el registro de la firma del

apoderado y teléfono de contacto actualizado. En caso de pérdida de la agenda, el apoderado dará a conocer al/la profesor/a jefe dicha perdida y deberá obtener una en Convivencia Escolar. (Cancelando el valor de la 2ª agenda entregada). Esta situación deberá quedar consignada en el registro de observaciones personales del estudiante. ARTÍCULO 21º: DE LOS ALMUERZOS

a) Todos los estudiantes deberán desayunar y almorzar en el horario indicado para ello o según el horario establecido para el ciclo correspondiente.

b) Lo beneficiarios de beca de alimentación JUNAEB deben hacer uso de ese beneficio en los horarios para ello programados.

c) Los estudiantes deben presentar un comportamiento adecuado en el comedor, cautelando el orden y la limpieza del lugar, de manera de lograr un ambiente adecuado para el desayuno y el almuerzo diario. Luego de alimentarse deberán dejar las bandejas y utensilios en los lugares asignados.

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ARTÍCULO 22º: DE LOS ACCIDENTES ESCOLARES

a) En el caso de accidentes a un estudiante durante sus horas de permanencia en el CPSR será atendido en “enfermería” donde se evaluará la gravedad y se comunicará el hecho al apoderado.

b) Si la gravedad del accidente lo amerita, el estudiante será trasladado a un centro de asistencia público y se informará a su apoderado se hará entrega del Seguro de Accidente otorgado por el Estado. Esta se encuentra regulada en un protocolo. (Se debe actualizar año a año la ficha de salud del estudiante).

CAPÍTULO III

DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR ARTÍCULO 23º: POLÍTICAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR:

1. Política de Buena Convivencia Escolar:

El CPSR postula que la buena convivencia escolar es la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa y supone una interrelación positiva de todos ellos, logrando así una incidencia significativa en el desarrollo moral, socio afectivo e intelectual de los estudiantes. Por lo tanto, la buena convivencia escolar constituye la responsabilidad de todos sus miembros y actores sin excepción.

2. Política de Construcción de la buena convivencia: a) El CPSR postula que la búsqueda y construcción de la buena convivencia, en el marco de la Comunidad del

colegio, es un imperativo del primer orden, debido a que funciona como catalizador y facilitador de los aprendizajes. El vínculo afectivo entre docentes y estudiantes, la relación entre los estudiantes, las relaciones organizadas al interior del colegio basadas en el respeto y la capacidad del diálogo, permiten la mejor mediación y el aprendizaje de saberes contenidos en el currículum.

b) Para el logro de una sana convivencia, es necesaria la construcción de un modo de operar que permita cumplir con los objetivos de la comunidad educativa. Esto implica establecer reglas básicas de funcionamiento y de asignación de roles complementarios a los distintos actores para que la comunidad alcance sus metas.

c) La formación en disciplina es un proceso en el que se incentiva a los estudiantes progresivamente a compartir objetivos, a mirarse como parte de una comunidad, reconocer su rol, sus responsabilidades y el significado de estas. Esta formación no puede ser concebida como un conjunto de sanciones que castigan la salida del marco normativo, sino como un proceso progresivo en el que los estudiantes van compartiendo objetivos e internalizado, apropiándose y ensayando, los roles que desempeñan en marcos comunitarios más amplios y de los que se inician responsabilizándose en el colegio.

d) Los valores, a su vez, que sustentan este proceso formativo deberán ser aquellos que han sido consagrados de manera central en el Proyecto Educativo: respeto, solidaridad, verdad, responsabilidad, siendo por ello los referentes éticos a los que deben dirigirse todos los esfuerzos de formación y reparación que el colegio desarrolle en esta esfera.

e) El objetivo último de la formación para una sana convivencia, es que los estudiantes alcancen un nivel de autonomía y formación personal que les permita actuar consciente y coherentemente, responsabilizándose de las consecuencias de sus actos. Este enfoque considera el desarrollo humano en relación a su evolución en el campo Cognitivo – comunicacional, de responsabilidad social y de juicio ético.

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f) El colegio postula una formación basada en la educación permanente y coherente de sus valores, sobre la base de normas de funcionamiento y en la anticipación de consecuencias para promover el tipo de relaciones esperadas dentro de la institución.

g) La convivencia se adecuará necesariamente a la etapa del desarrollo de los estudiantes, de manera que la internalización de normas y valores adquiera sentido y por consiguiente, sea asimilable por ellos y se logre un compromiso con los principios y valores propios del Proyecto Educativo del Colegio.

h) La integración de una norma supone conocer y entender el valor que la sustenta y junto con ello experimentar su realización. Sin embargo, en el proceso de internalización, la adhesión a la norma por parte del estudiante no es permanente, de manera que las consecuencias frente a su cumplimiento o a la transgresión a una norma, deberá ser de tipo lógica y estar dirigidas a reforzar el cumplimiento y valor de ellas.

i) Los conflictos y las eventuales transgresiones de estos principios serán considerados faltas, pero a su vez, deberán ser abordados como oportunidades formativas en los diversos planos: ético, personal y social.

j) La reflexión, el diálogo, la construcción de acuerdos y la resolución respetuosa y colaborativa de los conflictos, forman parte del proceso formativo en el Colegio, que promueve la responsabilidad y el desarrollo de habilidades para la toma de decisiones, la autonomía, el responsabilizarse de los propios actos, asumir sus consecuencias y efectuar las reparaciones que sean pertinentes. ARTÍCULO 24º: ÓRGANOS QUE PARTICIPAN EN LA CONVIVENCIA ESCOLAR: Equipo Directivo: La responsabilidad última en la convivencia escolar en el establecimiento se encuentra en manos del Equipo Directivo, presidido por la Dirección, Convivencia escolar, Director de Pastoral y Coordinador Académico.

Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano.

Diseñar e implementar planes y protocolos que prevengan la violencia escolar en el establecimiento.

Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia.

Conocer y resolver los informes e investigaciones presentadas por Convivencia Escolar. Convivencia Escolar: es responsable de confeccionar anualmente el Plan Estratégico de gestión de convivencia, de ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del equipo de gestión escolar relativos a convivencia, de ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del equipo de gestión escolar relativos a convivencia, investigar en los casos correspondientes e informar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia, a las instancias o instituciones pertinentes y velar por el cumplimiento de los procesos administrativos y de gestión emanados de las instancias superiores. Consejo Escolar: Lo integran el equipo de gestión escolar, representante de los profesores, estudiantes, padres, apoderados y asistentes de la educación, tendrán derecho a ser informados y consultados sobre todos los asuntos relativos a la convivencia escolar y consultados sobre los mismos cuando el equipo que participa en el consejo escolar lo considere necesario. Este consejo escolar sesionará de acuerdo a la normativa educacional. Consejo de Profesores: será consultados en los casos de apelación de los alumnos. En los consejos de profesores participarán solo aquellos que tengan relación con el alumno en cuestión.

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ARTÍCULO 25º: DE LOS PRINCIPIOS ORIENTADORES DEL PROCEDIMIENTO En tanto se efectúen las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra. Cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo y denuncia. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados. El derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas. Al momento de investigar un posible incumplimiento al reglamento, el colegio cautelará para los estudiantes:

a) Respetar los procedimientos del debido proceso de acuerdo al conducto regular y/o a los protocolos internos. b) Presumir la inocencia de los involucrados. c) Conocer las versiones que resulten importantes para la investigación. d) Evidenciar el contexto y las circunstancias que rodearon la posible falta. e) Reconocer el derecho a la apelación de las resoluciones que imponen sanciones disciplinarias. f) Orientar las acciones hacia la reparación de los afectados.

*Anexo de procedimiento en Protocolo de Acción de violencia escolar o bullying. ARTÍCULO 26º: DEFINICIÓN EN CATEGORÍAS DE LAS FALTAS Toda transgresión a las normas disciplinarias y que constituya infracción a las normas sobre convivencia escolar del presente reglamento serán consideradas faltas. Las faltas pueden consistir en actos u omisiones que constituyan infracciones a este reglamento, se clasifican en:

1. LEVES: Actitudes y comportamientos que alteren el normal desarrollo de la convivencia escolar y el proceso de aprendizaje, que no involucren daño físico o psicológico así mismo o a otros integrantes de la comunidad educativa.

2. GRAVES: Actitudes y comportamientos que atenten contra el bien común, la integridad física y/o psicológica a sí mismo o a otros integrantes de la comunidad, así como acciones deshonestas que alteren el normal desarrollo de la convivencia escolar y el proceso de aprendizaje.

3. EXTREMADAMENTE GRAVES: Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica, a sí mismo o a otros; agresiones que pueden ser sostenidas en el tiempo y conductas tipificadas como delito: Ej. tenencia o porte de drogas y/o tráfico, porte de arma blanca etc. Estas afectan la dignidad de la persona y el bien común, transgrediendo los valores y principios del CPSR. ARTÍCULO 27º: CONSIDERACIONES QUE DEBEN ORIENTAR LA DETERMINACIÓN DE LAS SANCIONES Toda sanción o medida procurará tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para toda la comunidad en su conjunto. Será impuesta en consideración a:

a) La etapa de desarrollo cognitivo, afectivo, social y ético – moral de los estudiantes involucrados. b) El nivel de responsabilidad que cada uno tiene sobre sus acciones. c) El contexto, motivación e intereses que rodean la aparición de la falta.

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d) La reiteración de la falta, en especial si esta ya ha sido sancionada. e) El historial escolar. f) La naturaleza y extensión el daño causado.

ARTÍCULO 28º: CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE LA RESPONSABILIDAD ATENUANTES

1. Subsanar o reparar antes del inicio de la investigación los efectos o consecuencias que pudiesen haberse ocasionado producto de la infracción.

2. No Tener firmada Condicionalidad o Compromiso al finalizar el año escolar o al inicio de este. 3. No haber sido sancionado anteriormente durante el mismo año escolar, conforme a este reglamento. 4. Reconocimiento expreso o tácito de haber cometido un hecho que signifique una infracción al reglamento

interno del CPSR. 5. Mantener durante la investigación una actitud colaborativa y veraz acompañando todos los antecedentes y

medios de pruebas que tenga en su poder con el objeto de lograr el esclarecimiento de los hechos. 6. Registros positivos en hojas de vida anteriores a la situación de crisis de conducta y/o rendimiento. 7. Actuaciones destacadas y meritorias del estudiante en el desarrollo de actividades curriculares anteriores a

la situación evaluada. AGRAVANTES

1. No subsanar o reparar antes del inicio de la investigación los efectos o consecuencias que pudiesen haberse ocasionado la infracción.

2. Haber sido sancionado anteriormente durante el mismo año escolar, conforme a este reglamento por una falta grave.

3. No entregar antecedentes y medios de prueba que tenga en su poder con el objeto de lograr el esclarecimiento de los hechos que importen una infracción al reglamento interno del CPSR.

4. No mantener una actitud colaborativa y veraz o intentar obstruir la investigación. 5. Haber firmado con anterioridad a los hechos alguna carta disciplinar y que se encuentre en vigencia en el año

lectivo. ARTÍCULO 29º: RECONOCIMIENTO Y REFORZAMIENTO DE CONDUCTAS Y ACTITUDES POSITIVAS Con el fin de reforzar las conductas y actitudes positivas de los estudiantes, en el aspecto disciplinario y/o académico, el CPSR otorga anotaciones positivas, diplomas, medallas de honor, galvanos, exposición en cuadros de honor, reconocimiento en actos cívicos, festejos entrega de obsequios, salidas especiales, calificaciones de estimulo u otros, a los estuantes en los siguientes casos:

a) Al tener una destacada participación en acciones y/o actividades de prevención, fomento o resolución de situaciones sobre Convivencia Escolar.

b) Al superar notablemente su conducta. c) Al destacarse notoriamente en su rendimiento. d) Al representar dignamente al CPSR en actividad formativa de currículum o deportiva. e) En todas aquellas actitudes o comportamientos que los hagan merecedores de dicho reconocimiento sean

disciplinarios, académicos o de actividades complementarias.

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ARTÍCULO 30º: DESCRIPCIÓN DE MEDIDAS PEDAGÓGICAS ANTE UNA FALTA.

1. Diálogo formativo y correctivo: Cuando un estudiante transgrede una norma, el Profesor(a) de Asignatura, Profesor (a)/Educadora Jefe, Coordinador(a) Convivencia Escolar del Ciclo, o Asistentes de la Educación, Orientadoras; dialogarán con el estudiante con el propósito de que reconozca la falta, reflexione sobre ella y se incentive el desarrollo de una actitud propositiva para llegar así a establecer un compromiso de cambio. Dejando registro de ello en la hoja de observaciones personales del alumno/a.

2. Observación negativa: Registro descriptivo en el libro de clases de una falta, ya sea por conducta o responsabilidad, y cuando corresponda registro en el Cuaderno de Responsabilidades de cada curso.

3. Retiro de la sala de clases: Consiste en la salida del estudiante de la sala de clases una vez que se ha agotado el diálogo y persiste en su actitud negativa o de indisciplina, quedando consignado este hecho en el libro de clases. El estudiante debe dirigirse inmediatamente a la coordinación de Convivencia con su agenda escolar y permanecer en ella el menor tiempo posible. La duración de esta medida será por un tiempo máximo de 15 minutos y luego deberá reincorporarse a clases. Sólo en casos excepcionales permanecerá mayor tiempo fundamentado en la gravedad de la falta.

4. Citación al Apoderado: En el caso de que las medidas anteriores no logren un cambio de conducta, el Profesor Jefe, Profesor de Asignatura, o Coordinador Académico, de Convivencia Escolar, Dirección, Psicóloga, Educadoras PIE podrán citar a entrevista al apoderado para entregar antecedentes de la o las faltas cometidas. Se deja Constancia escrita en la hoja de entrevista.

5. Taller Formativo: Consiste en que el estudiante deberá asistir un día determinado a realizar un trabajo comunitario o académico, determinado según la naturaleza de la falta. Esto implica alguna actividad formativa, definida por Convivencia Escolar, que beneficie a la comunidad educativa, haciéndose responsable de sus actos a través del esfuerzo personal, realizando acciones tales como: ordenar algún espacio del establecimiento, preparar y reparar materiales para clases o desarrollar trabajos académicos.

6. Cambio de Curso: En casos calificados por Dirección y en acuerdo con el apoderado el estudiante podrá ser reubicado en otro curso del mismo nivel, como una medida pedagógica, formativa o preventiva. SANCIONES ANTE FALTAS EXTREMADAMENTE GRAVES:

1. Suspensión: en caso de peligro de algún miembro de la comunidad escolar se podrá aplicar la suspensión, la cual será preferentemente en el colegio en donde los alumnos deberán realizar tareas escolares de acuerdo a la planificación de su curso. Solo en casos de peligro mayor podrá aplicarse en el hogar y en cualquier caso nunca será por más de cinco días. Sin perjuicio de lo anterior, excepcionalmente en caso calificado se podrá prorrogar por igual periodo.

2. Reducción Jornada escolar: Ante la reiteración de faltas extremadamente graves, que pongan en peligro física o psicológicamente al alumno o algún miembro de la comunidad; se reducirá la jornada escolar por un tiempo previamente establecido por Dirección.

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3. Suspensión de premiación o graduación 4. Carta de compromiso: es una carta que se firma luego de la acumulación de 10 o más anotaciones o alguna

falta grave o extremadamente grave. Si este compromiso no se cumple el alumno deberá firmar una

cartacondicionalidad.

5. Carta de condicionalidad: es una carta donde se firman condiciones que el alumno debe cumplirá para

mantener su matrícula en el colegio, si no se cumple no se le renovará la matrícula para el período siguiente.

6. No Renovación de Matrícula: Este recurso se aplica cuando un estudiante ha infringido gravemente el reglamento interno del CPSR y no ha modificado su comportamiento y/o desempeño académico, pese a que se han adoptado medidas pedagógicas y el procedimiento anteriormente indicado. El Equipo Directivo, en conformidad al reglamento procederá a la revisión de los antecedentes del estudiante, pudiendo resolver la “no renovación de matrícula” para el año escolar siguiente. Esta sanción podrá declararse y notificarse en cualquier momento del año ante una falta que lo amerite y será válida para todos los efectos legales desde la notificación al apoderado. Su ejecución se hará efectiva a contar del día siguiente a la fecha del último día del año escolar, conforme al calendario escolar del establecimiento. En todo momento se resguardará el derecho que tiene el estudiante para asistir y terminar con normalidad su año escolar.

7. Expulsión del CPSR: Es una medida extrema que el establecimiento aplicará exclusivamente en casos calificados y en que el estudiante ha cometido una falta “EXTREMADAMENTE GRAVE ” al reglamento interno y su permanencia, constituya fundadamente un riesgo y un peligro para la integridad de sí mismo o cualquiera de los miembros de la comunidad educativa. Una vez agotada la investigación y notificada la sanción al apoderado podrá imponérsele esta sanción de manera inmediata. Aún así, el apoderado tendrá un plazo de tres días hábiles para presentar una apelación por escrito a la Dirección del colegio, la que se resolverá en un plazo no superior a tres días hábiles. De no prosperar dicha apelación el estudiante quedará impedido de asistir en forma regular al CPSR y según la fecha del año en que se adopte, se le administrarán conjunta o alternativamente alguna de las siguientes medidas:

a. Que asista al CPSR, el resto del año, sólo a rendir las pruebas. Coordinación académica gestionará el calendario de trabajo, en conjunto con el profesor jefe.

b. Abandonar el CPSR de forma inmediata. Adoptando las medidas necesarias para que pueda finalizar adecuadamente el primer o segundo semestre según el momento de la ocurrencia de la determinación, avalando el derecho del alumno a finalizar su proceso académico, permitiendo así que pueda continuar sus estudios en otro establecimiento educacional. ARTÍCULO 31º: PROCEDIEMIENTO ANTE LAS FALTAS La lectura del procedimiento de be considerar la naturaleza de la falta:

1. Se debe registrar en el libro de clases faltas disciplinares graves y las leves que hayan sido reiterativas y que

no hayan sido registrada en el cuaderno. 2. Se debe registrar las faltas leves y/o de responsabilidad en el cuaderno asignado por curso. 3. El encargado de Convivencia Escolar revisará el cuaderno todos los días. 4. El encargado de Convivencia Escolar revisará el libro de clase 2veces al mes. 5. El alumno de 1° a 4° básico que acumule 5 faltas de la misma índole en el cuaderno provocará el registro de

una anotación negativa en el libro de clases.

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6. El alumno de 5° a 8° básico que acumule 3 faltas de la misma índole en el cuaderno provocará el registro de una anotación negativa en el libro de clases.

7. Al alumno que acumule 3 anotaciones en el libro de clase se le notificará al apoderado, en una papeleta escrita por parte de Convivencia escolar.

8. Convivencia escolar son los encargados de verificar que el apoderado haya tomado conocimiento de las faltas y archivar la papeleta firmada en la carpeta del alumno.

9. Al alumno que acumule 6 o más anotaciones se le citará al apoderado. Convivencia escolar es el encargado de citarlo o informar de la situación a quien corresponda.

10. En esta entrevista el apoderado: - Firma el libro de clases o la fotocopia de éste y firma hoja de entrevista tomando conocimiento de

los remediales y el compromiso tomado por el alumno.

- El encargado de entrevistar al apoderado debe archivar la hoja de entrevista en la carpeta personal del alumno que estarán en Dirección.

11. Al alumno que acumule 7 o más anotaciones deberá asistir a un taller formativo el martes en la tarde de 15:30 – 16:30 supervisado por Convivencia escolar.

12. Al completar 9 o más anotaciones se citará al apoderado. Convivencia escolar es el encargado de citarlo o informar de la situación a quien corresponda. En esta entrevista el apoderado:

- Firma el libro de clases o la fotocopia de éste y firma hoja de entrevista tomando conocimiento de

los remediales y el compromiso tomado por el alumno.

- El encargado de entrevistar al apoderado debe archivar la hoja de entrevista en la carpeta personal de alumno que estarán en Dirección.

13. Cada 3 nuevas anotaciones el alumno deberá volver asistir el sábado previa citación por parte de Convivencia escolar.

14. La no asistencia a un taller formativo o a una citación sábado (sin justificación previa) será considerado una falta grave y se procederá según manual de convivencia escolar.

15. Al final de cada semestre Convivencia Escolar revisará la situación disciplinar de cada alumno y en el caso

que el alumno hubiera acumulado 10 o más anotaciones firmará una carta disciplinar partiendo por una

carta de compromiso, luego de ella una carta de condicionalidad, la cual, si no se cumple, conduce a una

NO renovación de la matrícula.

16. En caso de una falta disciplinar grave o muy grave se citará al apoderado y se acordará el posible remedial que va desde taller formativo martes, sábado, suspensión, firma de carta disciplinar, sin seguir todos los pasos indicados para una falta leve

17. La reiteración de una falta muy grave provocará la firma de una carta de compromiso o condicionalidad, según corresponda (de acuerdo a la situación disciplinar del niño), y en forma inmediata.

18. Toda falta debe estar registrada en el libro de clases. 19. Un alumno podrá estar sólo 3 veces condicional en su vida escolar, la siguiente vez se procederá

firmar la cancelación de matrícula.

ARTÍCULO 32º: CONSTITUYEN FALTAS AL PRESENTE REGLAMENTO FALTAS LEVES:

a. Traer al CPSR objetos valiosos: tales como joyas, celulares, Tablet, artículos electrónicos, elevados montos de dinero. El CPSR no se responsabiliza de sus posibles pérdidas o robos.

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b. Inasistencia reiterada no justificada a evaluación atrasada. c. Inasistencias no justificadas a sesión de reparaciones de faltas. d. Comer o beber durante las horas de clase, usar aparatos electrónicos durante la hora de clases. e. Molestar, tirar papeles, interrumpir, hacer otra cosa, dormir durante la hora de clases. f. Presentarse con el uniforme incompleto. g. Presentarse sin libreta de comunicaciones. h. No traer comunicaciones firmadas. i. Incumplimientos en tareas, trabajos, plazos o materiales.

FALTAS GRAVES

a. Por la acumulación de cinco faltas leves se considerará una falta grave. b. Ausentarse a clases estando en el CPSR. c. Salir de la sala de clases sin permiso. d. Vender productos, dentro del CPSR; excepto las previamente autorizadas. e. Transitar por los pasillos durante las horas de clases o interrumpir durante éstas, solicitando cosas o

interfiriendo con el silencio necesario para un buen clima de aprendizaje. f. Ensuciar, rayar o deteriorar las dependencias del CPSR. g. Actitud desafiante o despectiva hacia cualquier persona de la comunidad educativa. h. Hacer bromas inadecuadas que atenten la dignidad de la persona. i. Expresiones de afecto inadecuadas entre estudiantes en el contexto escolar, tales como besos en la boca,

estar abrazados, poner alguna parte del cuerpo sobre el otro cuerpo, estar escondidos en pareja, etc. El Colegio no es un lugar para “pololear”.

j. Cualquier daño a la infraestructura se considerará una falta grave y los responsables deberán asumir el costo de sus reparaciones, además de recibir la correspondiente sanción y/o remedial.

k. Inasistencia a pruebas o evaluaciones sin justificación coeficiente Uno. l. Realizar juegos que pongan en riesgo o en peligro la integridad física personal o de otros miembros de la

comunidad escolar. m. No asistir al colegio en desconocimiento de sus padres y/ o apoderado (“hacer la cimarra”).

FALTAS EXTREMADAMENTE GRAVES:

a. Por la acumulación de tres faltas graves se considerará una falta extremadamente grave. b. Salir del CPSR sin autorización de los padres (fuga). c. Traer o mantener en el CPSR sustancias ilícitas (alcohol y drogas, estupefacientes). d. Comercializar en el CPSR o en sus alrededores sustancias ilícitas (alcohol y drogas). e. Grabar y/o divulgar una grabación o amenazar con realizarla, que pudiera menoscabar la imagen de cualquier

persona de la comunidad educativa. f. Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo en la integridad física o psíquica, la vida privada, la

propiedad o en otros derechos fundamentales de cualquier miembro de la comunidad escolar. Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.

g. Dificultar o impedir de cualquier manera el desempeño académico y derecho a la educación de los estudiantes del establecimiento.

h. Dificultar o impedir de cualquier manera el desempeño laboral y derecho al trabajo de los profesores y funcionarios del CPSR.

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i. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un estudiante o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa.

j. Agredir psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa. k. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un estudiante u otro miembro

de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas…) l. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica,

religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

m. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un estudiante o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitio webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

n. Exhibir transmitir o difundir por medios cibernéticos/ redes sociales cualquier conducta de maltrato escolar. o. Realizar acoso o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito. p. Portar cualquier tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, que

signifiquen peligro para la integridad física propia o de otros, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos.

q. Posesión, introducción, consumo o tráfico de alcohol y otras drogas, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.

r. Abusar o intimidar físicamente a otro estudiante o cualquier miembro de la comunidad educativa. s. Intimidar psicológicamente a otro estudiante o a cualquier miembro de la comunidad educativa. t. Acoso o maltrato escolar. u. Hurto, robo o apropiación indebida. v. Falsificación de documentos escolares (firma apoderados; libros de clases; evaluaciones, etc.). w. Falta de honestidad en evaluaciones o trabajo (copiar y “soplar”). x. Mentir o encubrir situaciones que revisten gravedad en la convivencia escolar. y. Comportamiento inadecuado en actos cívicos y/o religiosos, salidas pedagógicas, actividades extra

programáticas, encuentros con Cristo. z. Asistir a clases en estado de intemperancia o bajo el efecto de alcohol o drogas. aa. Reiteradas inasistencias a clases y/o evaluaciones coeficiente dos sin justificación. bb. Fumar dentro del CPSR. en cualquier horario, actividad extra programática o salida pedagógica. cc. Usar lenguaje grosero, irrespetuoso o despectivo con cualquier miembro de la comunidad. dd. Usar en forma indebida elementos y servicios informáticos, que perjudiquen a instituciones o personas.

(blogs, fotologs, chats, mensajes de texto, llamadas telefónicas, facebook, mail, redes sociales, etc.).

CAPÍTULO IV

DEL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN ARTÍCULO 33º: INFRACCIÓN DEL REGLAMENTO Los estudiantes que incurran en infracción a las disposiciones de este reglamento y resulten susceptibles a la aplicación de una medida disciplinaria tendrán el derecho de ser escuchados en un justo procedimiento. Las

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faltas deberán ser acreditadas mediante una investigación, conforme a la normativa que a continuación se reglamenta. ARTÍCULO 34º: APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Este procedimiento debe al menos considerar una entrevista de los involucrados siempre que sean estudiantes matriculados(as) en el CPSR, si no hay acuerdo en los hechos o si se considera pertinente, se debe investigar entrevistando a otros miembros de la comunidad que puedan entregar información. Los padres serán informados cuando el colegio lo vea pertinente, entendiendo que en ocasiones es mejor investigar antes de informar sin el detalle adecuado. Los padres deberán acudir al colegio para dejar constancia de lo realizado en la hoja de vida del alumno que queda en carpeta de dirección. Luego de la investigación las sanciones serán resueltas conforme a al procedimiento ante las faltas. Convivencia Escolar puede decidir plazos, omitir o flexibilizar algunas formalidades, o diligencias del procedimiento adecuándose a la realidad de los alumnos, a sus características personales, etc. adoptando medidas adecuadas a la edad y madurez de los estudiantes o a la gravedad de la situación. “Los casos especiales de Bullying y acoso”, serán tratados como indica su protocolo. ARTÍCULO 35º: REGISTRO DE RECLAMOS, SUGERENCIA Y FELICITACIONES En recepción estará a disposición de los apoderados de la comunidad un “Libro de Reclamos, Sugerencias y Felicitaciones” que será revisado y timbrado semanalmente por la Encargada de Convivencia Escolar quien dará respuesta por escrito a la situación registrada cuando lo amerite.

CAPÍTULO V

DE LOS PROCEDIMIENTOS ALTERNATIVOS PARA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS ARTÍCULO 36º: ASPECTOS GENERALES El establecimiento considera la instancia de la mediación como una alternativa para la construcción de una convivencia escolar sana y pacífica. Este sistema incluirá la intervención de estudiantes, docentes, orientadores, otros miembros de la comunidad educativa o especialistas. La mediación es un procedimiento en el que una persona o grupo de personas ajenas al conflicto ayuda a los involucrados a llegar a un acuerdo y/o resolución del problema. Este procedimiento no quita la posibilidad de establecer sanciones ni culpables, aunque su principal objetivo es llegar a acuerdos para restablecer la relación y la reparación de los daños causados.

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El sentido de la mediación es que todos los involucrados aprendan de la experiencia y se comprometan con su propio proceso formativo. El mediador adopta una posición de neutralidad respecto de las partes en conflicto y no impone soluciones, sino que orienta el diálogo y el acuerdo. Asimismo, la mediación operará como estrategia de prevención y/o reparación en el caso que se presenten problemas en las relaciones entre los estudiantes, por ejemplo: burlas, agresiones en todas sus formas, hostigamiento, bullying o cualquier otra forma que atente o vulnere la buena convivencia. Ver Protocolo de Maltrato Escolar y /o Bullying.

CAPÍTULO VI

DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y /O APODERADOS ARTÍCULO 38º: DERECHO DE LOS PADRES Y/O APODERADOS

1. A que su hijo(a) reciba una educación conforme a los valores expresados en el Proyecto Educativo Institucional (PEI) del CPSR y los programas de estudios vigentes.

2. A ser informados por las instancias correspondientes sobre los procesos de aprendizaje, desarrollo personal y social y conductual de su hijo(a) en el CPSR.

3. A recibir sugerencias que orienten el proceso de búsqueda de soluciones ante eventuales dificultades académicas, valóricos y conductuales que afecten a su pupilo(a).

4. A ser citado oportunamente a entrevistas, reuniones y encuentros programados por el CPSR. 5. A ser atendido, en caso solicitado, por la persona requerida, según horario establecido. 6. A ser tratado con respeto y consideración por parte de todos los miembros de la Comunidad Educativa. 7. Al ser escogido para ser miembro de la directiva de curso, debe cumplir con las exigencias requeridas para

cada caso como: asistencia y puntualidad a las reuniones, a entrevistas, escuelas para padres, etc. En caso de no cumplir con el propósito de ser un apoyo al Profesor Jefe, pierde la confianza del CPSR y por, tanto, debe dejar su cargo.

8. Respetar los derechos del estudiante y acompañarlos en el cumplimiento de sus deberes. 9. Asistir puntualmente a todos los llamados del CPSR para respaldar el acompañamiento del estudiante, este

deber reviste un especial carácter ineludible y de obligatoriedad: a. Las reuniones de apoderados, citaciones solicitadas por los diferentes estamentos del colegio. b. Las Jornadas de Escuelas para Padres. c. Todas las actividades convocadas y dispuestas por el CPSR 10. A ser informado oportunamente sobre las normas, consecuencias de su transgresión y procedimientos, que

rijan aquellas actividades que sean parte de la formación integral de los estudiantes.

ARTÍCULO 39º: DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES Y/O APODERADOS

1. Conocer, acatar y participar del Proyecto Educativo Institucional, Reglamento de Convivencia Escolar, Protocolos vigentes. Cumplir puntualmente con los compromisos adquiridos con el CPSR.

2. Respetar los conductos regulares establecidos en el presente reglamento. 3. Tratar con respeto y dignidad a los docentes, asistentes de la educación y a todo el personal dependiente del

CPSR. Las faltas a las normas de urbanidad o respeto, amenazas, agresiones verbales o físicas de cualquier especie o por cualquier medio constituyen infracciones graves al presente reglamento.

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4. Proteger y acompañar en el proceso de formación de su hijo en los ámbitos físicos, psico-emocional y pedagógicos.

5. Asistir a las entrevistas solicitadas por profesores jefes, Directores, u otros estamentos. El incumplimiento injustificado de cualquiera de estas obligaciones constituye una infracción grave al presente Reglamento de Convivencia Escolar y al Proyecto Educativo Institucional (se aplica Art.Nº40).

6. Justificar la ausencia a clases, como así también de ausencia a reuniones, jornadas o actividades oficiales promovidas por el CPSR (por escrito o personalmente, según sea el caso).

7. Brindar un trato respetuoso y cordial a todas las personas y miembros de la Comunidad Educativa. Revestirá especial gravedad cuando estos actos sean en contra de cualquier miembro de la Comunidad Educativa. (se aplica Art.Nº40).

8. Responder, en los plazos fijados, las comunicaciones por vía carta, circulares o agenda. 9. Abstenerse de emitir comentarios negativos frente a personas extrañas, estudiantes u otros padres, que

vayan en detrimento del CPSR o de cualquier miembro de la comunidad, sin antes informarse sobre la verdad de los hechos con quien corresponda, por cualquier medio verbal, escrito u electrónico. La infracción a esta norma configurará una falta grave al presente reglamento.

10. Supervisar y exigir la asistencia a clases conforme a las exigencias de uniforme y presentación personal contenidas en este reglamento.

11. Retirar puntualmente a su hijo conforme al horario de salida establecido por el CPSR, según el nivel correspondiente en que se encuentre matriculado. Así mismo traerlo no más de 15 minutos antes del horario de entrada, entendiendo que antes no hay cuidado de los adultos.

12. Acatar la pérdida del derecho a seguir siendo apoderado cuando su perfil no se adecue al Proyecto Educativo Institucional; cuando atente con la integridad física o psicológica de otro miembro de la comunidad, cuando el estudiante no cumpla con los requisitos de permanencia estipulados en el Reglamento de Evaluación del CPSR y/o no cumpla con la normativa de este Reglamento de Convivencia Escolar y Proyecto Educativo Institucional.

13. Cumplir con las normas y procedimientos que correspondan a actividades pastorales y de formación. Estas serán debidamente informadas a los estudiantes, padres y apoderados.

14. No consumir ni comercializar sustancias nocivas e ilícitas (drogas o alcohol) dentro del establecimiento. 15. Informarse de los sucesos pertinentes a la educación y formación de sus hijos, como, por ejemplo; la revisión

permanente de la agenda, la revisión de informaciones escolares vía página Web entre otros. 16. Queda absolutamente prohibido fumar en todas las dependencias del CPSR y se recomienda no hacerlo en

el entorno cercano a éste. 17. Cualquier intromisión a los sistemas informáticos del establecimiento por cualquier medio constituirá

infracción grave al presente reglamento. Su mal uso será considerado una agravante. 18. Los apoderados deben cuidar la infraestructura y bienes muebles que se encuentre dentro del CPSR. El daño

o apropiación de estos bienes por parte de los apoderados será considerada una infracción grave. 19. Atender los llamados telefónicos y asistir al Colegio en caso de una emergencia médica, así como también

una situación donde el alumno esté poniendo en riesgo su seguridad e integridad o la de otros miembros de la comunidad. ARTÍCULO 40º: PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE APODERADO La condición de apoderado se perderá, sin perjuicio de la aplicación de otras sanciones, cuando:

1. El apoderado renuncie a su condición de tal.

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2. Su ausencia sea reiterada a actividades pastorales y de formación que el CPSR convoque: reuniones de apoderados, entre vistas citadas por el Profesor Jefe o asignatura, Orientador(a), Coordinadores de Ciclos o cualquier otro profesional o autoridad del establecimiento.

3. El apoderado sea responsable de actos de amenaza, difamación, ofensa, injuria, calumnia y/o agresión que involucren a cualquier miembro de la comunidad educativa por cualquier medio verbal o escrito.

4. No acate alguna de las disposiciones contenidas en el Proyecto Educativo, contrato de presentación de servicio educacional, reglamento de convivencia escolar o protocolos de actuación. ARTÍCULO 41º: CONDUCTO NATURAL PARA ATENCIÓN DE LOS PADRES Y/O APODERADOS Se espera que los apoderados siempre canalicen los problemas a través del profesor jefe; también pueden dirigirse a los responsables de Convivencia Escolar si el problema es disciplinar o a los coordinadores de nivel si el problema es académico. Si por alguna razón el apoderado requiere entrevista con otra persona del Colegio, debe indicar por escrito la razón, puesto que se hará necesario solicitar información al profesor jefe y a cualquier otro involucrado en el asunto. ARTÍCULO 42º: CONSIDERACIONES POR INFRACCIÓN AL REGLAMENTO Cualquier reclamo, denuncia o requerimiento al CPSR, deberá ser presentado por escrito por el padre, madre, apoderado y/o representante legal, de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior de este reglamento. Al momento de presentarse y/o investigarse un posible incumplimiento a la reglamentación interna, el CPSR cautelará:

Respetar el debido proceso, de acuerdo a los protocolos internos.

Presumir la inocencia de los involucrados.

Conocer las versiones de todos los involucrados que resulten importantes para la investigación.

Considerar el contexto y las circunstancias que rodearon la posible falta.

Reconocer el derecho a la apelación de las resoluciones que imponen sanciones disciplinarias.

Orientar las acciones hacia la reparación de los afectados.

El nivel de responsabilidad que cada uno tiene sobre sus acciones.

La reiteración de la falta, en especial si ésta ya ha sido sancionada.

El historial de antecedentes que registre el CPSR.

La naturaleza y extensión del daño causado. ARTÍCULO 43º: SANCIONES La Directora, mediante resolución fundada y previo informe de Convivencia Escolar correspondiente, ordenará que de oficio se inicie un procedimiento de investigación conforme a los protocolos existentes en el establecimiento ante una falta, mediante el cual resolverá sobre la pertinencia de aplicar alguna de las siguientes sanciones al padre, madre, representante legal, o quien tenga la calidad de apoderado en atención a la naturaleza, gravedad y reiteración de la infracción o incumplimiento de alguna de las disposiciones contenidas en este Reglamento.

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Las sanciones aplicables a los Apoderados son:

1. Amonestación escrita. 2. Imposibilidad temporal para acceder al interior del establecimiento. 3. Suspensión temporal de la condición de apoderado. 4. Pérdida indefinida de la calidad de apoderado.

ARTÍCULO 44º: PROCEDIMIENTO APLICABLE Todo acto u omisión que importe infracción a los deberes del apoderado conforme a lo establecido en el artículo treinta y nueve (39) de este reglamento, podrá ser investigado y eventualmente sancionado conforme a los procedimientos ya enunciados. En el presente reglamento. ARTÍCULO 45º: RECURSO DE APELACIÓN De la resolución que dicte el Equipo Directivo, procederá el recurso de apelación el que deberá ser interpuesto dentro del plazo de tres (3) días contados desde la notificación de la resolución. Conocerá y resolverá el recurso la Dirección del establecimiento en conjunto con los docentes que han tenido contacto directo con el apoderado.

PROTOCOLOS COLEGIO PARROQUIAL SANTA ROSA DE LO BARNECHEA

1.- PROTOCOLO ANTE ENFERMEDADES Y/O ACCIDENTES ESCOLARES ANTECEDENTES El Decreto 313 del ministerio de Educación dispone que estarán protegidos todos los alumnos de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios, o en la realización de su práctica profesional. Definición de Accidente Escolar: (decreto 313): “Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que pueden sufrir en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales”. En caso de accidente escolar todos los estudiantes desde Pre kínder hasta cuarto año medio, estarán afectos al Seguro Escolar, entregado por el Estado, para ser utilizado en los servicios médicos públicos, desde el instante en que son matriculados por su apoderado. El siguiente documento tiene por finalidad poner en conocimiento de todos los miembros de nuestra comunidad educativa el protocolo de acción frente a accidentes escolares e informar de una manera clara y concreta la intervención que se presta en cada situación de urgencia durante el horario escolar.

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FUNCIÓN DE PRIMEROS AUXILIOS: La Sala de Primeros Auxilios sólo dispone de equipamiento para una primera atención (vendas, férulas, material de curación etc.) así como para realizar una exploración física o traslado (camilla de traslado, tabla espinal, silla de ruedas, termómetro, tensiómetro, fonendoscopio, gel-frio-calor, guatero, entre otras) OBJETIVO DE PRIMEROS AUXILIOS: Proporcionar la máxima seguridad y bienestar los alumnos. Horario de atención de Primeros auxilios: El horario oficial de Primeros Auxilios es de lunes a viernes, de 08:00-16:30 horas durante el periodo normal de clases. Información obligatoria que debe entregar el apoderado El apoderado, para los efectos de comunicación en los casos señalados, debe informar y mantener actualizados sus datos de contacto y prestador de seguros de accidentes si tuviera:

- Teléfono de red fija y celular - Informar Centro de Atención Privado en que tiene convenio o seguro. En si defecto se entenderá que

debe ser remitido al Servicio Público según corresponda, en la agenda escolar del alumno/a.

SOBRE EL USO DE FÁRMACOS: A los alumnos/as No se administra ningún medicamento, sólo agua de hierbas en caso de dolor de estómago. Es muy importante completar y actualizar año a año, los datos de la ficha médica de Salud para informar, en caso de accidente, al personal paramédico que lo retirará desde el colegio en ambulancia para proporcionar la primera atención clínica en ausencia de los padres. NORMAS GENERALES:

En el caso que el estudiante este siendo tratado con medicamentos prescritos por un médico, el apoderado deberá notificar por escrito al colegio si su administración debe efectuarse durante la jornada escolar, PRESENTADO EL DOCUMENTO MÉDICO QUE LO ACREDITE.

En caso de que algún estudiante presente malestar físico persistente, el colegio se pondrá en contacto con el apoderado o en su defecto con algún familiar a quien se haya autorizado, en la agenda escolar y en la ficha de Salud, para que se acuda a retirar al alumno.

En caso de Accidente Escolar la encargada de Primeros Auxilios del establecimiento tomará contacto telefónico con su Apoderado informando lo sucedido, procediendo de inmediato a extender el formulario de Accidente para hacer efectivo el Seguro Escolar. El estudiante será acompañado en todo momento, si el servicio de urgencia lo permite, por un funcionario del colegio, el que permanecerá con él hasta la llegada de su apoderado.

PROCEDIMIENTOS: 1.- En caso de enfermedad o accidente menos grave y estado de salud que permita al alumno volver a la sala de clases: Casos o dolencias: Cefaleas, dolor de garganta, dolor abdominal leve y anomalías leves, la encargada de Primeros Auxilios no está autorizada a dar medicación alguna al alumno, sólo podrá recibir agua de hierbas para luego volver a clases.

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- Acción a seguir:

El alumno será enviado a la Sala de Primeros Auxilios, con un pase entregado por profesor/a, se realizarán los primeros auxilios, la encargada observará al estudiante y si no hay mejoría se llamará al apoderado para que retire a su hijo. Los pequeños accidentes, cuyo tratamiento puede realizarse en la Sala de Primeros Auxilios, serán atendidos sin ningún trámite avisando al apoderado al teléfono registrado en su ficha personal o la libreta de comunicaciones, con informativo de enfermería. En caso de dolencias: Convulsiones con o sin pérdida de conciencia, Traumatismo Craneoencefálicos moderados y graves, Paro cardio-respiratorio, Crisis de Asmas, Reacciones alérgicas, fracturas, heridas inciso contusas sangrantes, vómitos con presencia de sangre, cuerpos extraños en vías respiratorias, Abdomen agudo, hemorragias. 2.- En caso de accidentes leves y cuando el alumno debe retirarse del colegio para ser evaluado por un profesional idóneo: Casos o dolencias Vómitos, Diarrea, Fiebre, Otitis, Procesos gripales y tos, Dolor abdominal agudo o persistente. Acción a seguir: En los casos en que el accidente requiera atención médica, en el colegio se realizará una evaluación inicial en la oficina de Primeros Auxilios y luego se llamará a los padres y /o apoderados, para que sean ellos quienes trasladan al alumno al centro de salud o médico particular que estimen conveniente. 3.- En caso de accidentes graves y casos de emergencia vital: A.- Casos de atención urgente o vital: En caso de Accidente Grave y de emergencia: Estos son aquellos que requieren de atención inmediata de asistencia, tales como: caídas del mismo nivel o de altura, golpes fuertes en la cabeza u otra parte del cuerpo, heridas cortantes profundas, fracturas expuestas, traumas en general, perdida del conocimiento, quemaduras, atragantamiento por comida u objetos, posible intoxicación, etc. Acción a seguir: El adulto responsable más cercano al accidente procederá a aislarlo y llamar a la encargada de Primeros Auxilios para brindarle asistencia de acuerdo a sus competencias y gravedad. Si la gravedad del alumno requiere atención médica urgente, éste será trasladado de forma inmediata al centro asistencial público más cercano en ambulancia o medio de transporte público(taxi) al SAPU de Lo Barnechea. Solo si se encuentra declarado en la ficha de salud y en la agenda escolar se llamará al centro de salud privado o Clínica en caso que el apoderado ha declarado tener contratado un seguro privado. La encargada de Primeros Auxilios será quien acompañe al alumno en la ambulancia hasta que el apoderado acuda al lugar. El adulto responsable que dio aviso a la enfermera debe ocuparse de que se llame a la ambulancia desde la recepción y avisar a dirección. El Coordinador de Ciclo, Convivencia Escolar, o quien sea designado en ese momento se contactará al apoderado para informarle de lo ocurrido y para que se dirija a l centro de salud donde ha sido derivado el alumno/a. Es fundamental que el adulto que sabe del accidente esté presente, en caso de requerirse mayor información.

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Casos de dolencias de este tipo: Contusiones diversas en extremidades o diversas zonas del cuerpo donde la valoración radiológica sea necesaria para detectar posibles fracturas, esguinces, fisuras etc. Heridas inciso contusas que requieren puntos de sutura, Contusiones en la boca donde hay rotura parcial o pérdida total de algún diente y para lo que se requiere una evaluación dental, cuerpos extraños en el globo ocular, oídos y nariz. Acción a seguir: Se atiende al alumno en la Sala de Primeros Auxilios, donde se practican las primeras atenciones e inmediatamente se contactará al apoderado para que retire al alumno/a y sea trasladado al centro de salud, en caso de no localizar al apoderado en un espacio de tiempo razonable, será el Coordinador de Convivencia o quien él designe, quién realice el traslado. Deberá solicitar la firma del formulario de atención del alumno al apoderado, el que debe constatar lugar, hora y fecha de la atención. 2.- PROTOCOLO DE ALUMNAS EMBARAZADAS El establecimiento garantizará el derecho a la educación de toda alumna que presente situación de embarazo; asumiendo además una actitud de acogida y acompañamiento, para apoyarla cuando sea necesario. Para ello, se establecen los siguientes procedimientos y normas. La alumna que presenta un estado de embarazo, debidamente certificado por el médico especialista, deberá, en primer lugar, comunicarlo al profesor jefe y/o Coordinador académico de su nivel, a través de su Apoderado, quienes informarán a Dirección y otras instancias del colegio. La Dirección, tendrá con posterioridad una conversación formativa con la familia. Se diseñará un plan de trabajo para la alumna, de manera tal que ella pueda cumplir con las exigencias mínimas de asistencias, evaluación y promoción escolar vigentes, por parte del profesor /a jefe y coordinación académica. La alumna embarazada podrá asistir a clases regulares o ser atendida por tutoría, en los diferentes sectores, hasta la fecha de licencia prenatal, de acuerdo a la prescripción médica autorizada. Cada profesor(a) en conjunto con Coordinación Académica y la alumna, coordinaran las fechas de las evaluaciones y exigencias mínimas del sector de aprendizaje. Para ser promovida al curso superior, la alumna, deberá completar a lo menos el 60% de la asistencia anual y obtener el mínimo de calificaciones reglamentarias en cada subsector, exigidas en el reglamento de Evaluación y Promoción Escolar. Durante el período en que la alumna esté inhabilitada para asistir a clases, deberá realizar las actividades y trabajos previamente determinados y calendarizados, para cumplir con el mínimo de calificaciones exigidas, en cada sector de aprendizaje. Al reincorporarse a clases, de acuerdo a la prescripción médica, la alumna deberá cumplir con las exigencias de alumna regular, igual que el resto del curso. Las inasistencias a clases por enfermedad del (la) hijo(a) menor de un año, se contarán dentro del porcentaje de asistencia.

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Las alumnas embarazadas tendrán los siguientes Derechos y Obligaciones: A.- DERECHOS

a) Derecho a ser tratada con respeto por todas las personas que trabajan en el Establecimiento. b) Cobertura médica a través del Seguro Escolar. c) Derecho a participar en organizaciones estudiantiles y en todo tipo de eventos, como en la licenciatura o en

actividades extra programáticas. d) Derecho a ser promovida de curso con un % de asistencia menos a lo establecido por el Ministerio de

Educación, siempre que las inasistencias hayan sido debidamente justificadas a través de certificado médico. e) Derecho a adaptar el uniforme escolar a la condición de embarazo f) Derecho a amamantar, para ello puede salir del Colegio en recreos o en horarios que indique el Centro de

Salud o médico tratante y corresponderá como máximo a una hora de la jornada diría de clases durante el período de lactancia (6 meses), o retirarse una hora antes de la Jornada escolar.

g) Apelar a la Secretaría Regional Ministerial, si no se encuentra conforme con lo resuelto por Dirección respecto a su condición en particular. B.- DEBERES

a) Informar a las autoridades del Colegio de su condición de embarazo, entregando los antecedentes correspondientes a Profesor Jefe, Coordinación de Ciclo y dirección de Convivencia.

b) Asistir a los controles de embarazo, postparto y control sano de su hijo en el Centro de Salud o Consultorio correspondiente.

c) Justificar los controles de embarazo y control niño sano con el carné de control salud o certificado del médico tratante o matrona.

d) Justificar las inasistencias a clases por problemas de salud, con certificado médico y mantener informado al profesor jefe.

e) Asistir a clases de Educación Física, debiendo ser evaluada, así como eximida en caso de ser necesario. Al ser madre, estará eximida de Educación Física hasta que finalice el periodo de seis semanas después del parto (puerperio). Asimismo, en casos calificados por el/ la medico tratante, podrá ser eximida de este sector de aprendizaje por el tiempo que sea necesario según el Reglamento de Evaluación y Promoción del Colegio.

f) Realizar todos los esfuerzos para terminar el año escolar, como asistir a clases y cumplir con el calendario de evaluaciones, especialmente si se encuentra con tutorías y/o recalendarización de pruebas y trabajos. 3.- PROTOCOLO DE SALIDAS PEDAGÓGICAS Y/O ACTIVIDADES EXTRA PROGRAMÁTICAS Los planes y programas de estudio según la naturaleza de los mismo podrán considerar salidas a terreno o pedagógicas las que son una extensión de las actividades curriculares que se desarrollan en el aula por tanto estas actividades están regidas plenamente por el reglamento de convivencia en cuanto a sus derechos y deberes.

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Para la realización de estas actividades el docente a cargo deberá informar a Coordinador/a de ciclo, utilizando el formato tipo entregado por Dirección Provincial Oriente, en dónde se señala: fecha, lugar, hora de salida y llegada, objetivos. Una vez autorizada la salida por Coordinación, la salida se debe informar al departamento provincial con 10 hábiles de antelación para no incurrir en falta ministerial.

a) Además, deberá indicar las actividades a desarrollar y la forma de evaluación. Este formato será entregado a

la coordinación correspondiente, quién gestionará la autorización ante la Dirección Provincial de Educación,

y las autorizaciones de salida con Convivencia Escolar, correspondientes para ser firmados por los padres de

familia de los estudiantes participantes de la salida, para su aprobación. Ningún alumno/a saldrá del colegio

sin la debida autorización firmada por el apoderado, permaneciendo en el establecimiento hasta el término

de la jornada habitual.

b) Los estudiantes para poder participar en la salida pedagógica deberán presentar uniforme completo y cumplir con las obligaciones que les demanda el establecimiento. Tanto en los aspectos académicos como disciplinarios.

c) El docente a cargo será el responsable de la salida pedagógica desde su inicio hasta su término o regreso a la institución, por lo tanto, tomará todas las medidas de seguridad pertinentes, que minimice los riesgos de accidentes para los estudiantes.

d) El vehículo contratado por el establecimiento para efectuar la salida pedagógica deberá presentar copia de los permisos de tránsito, identificación del conductor, póliza y seguros pertinentes; salir desde la institución y regresar a la misma.

e) El docente, al regresar de la actividad, deberá presentar un informe escrito a Coordinación académica correspondiente, sobre el desarrollo de la salida; si se hubiese presentado algún inconveniente de tipo disciplinario deberá dar conocimiento a convivencia escolar.

f) Sé prohíbe en todo momento de la salida pedagógica el consumo o tenencia de cualquier bebida alcohólica, cigarrillo o el uso de cualquier tipo de sustancias alucinógenas. El estudiante sorprendido, infringiendo esta restricción, le será aplicada la sanción disciplinaria correspondiente, de acuerdo a lo establecido en este Reglamento de Convivencia.

g) El alumno/a, en todo momento durante la duración de la salida pedagogía, deberá mantener un comportamiento adecuado a las disposiciones institucionales y del lugar visitado, sea esta una Institución educativa, empresa, predio, área natural u otro, que por sus características deban cumplirse normas específicas.

h) Los alumnos/as deben mantener una conducta disciplinaria acorde a lo establecido en el reglamento de convivencia escolar para participar de salidas pedagógicas y/o extra programáticas. Pudiendo ser excluidos de ellas si su conducta disciplinaria así lo amerita.

i) Previo al cumplimiento del protocolo y requisitos antes mencionados, las salidas pedagógicas programadas y autorizadas dentro o fuera de la ciudad serán presentadas por Dirección a la Secretaria Ministerial de Educación o a la Dirección Provincial de educación, mediante un oficio formal, para su respectiva aprobación. Las solicitudes se formalizarán por escrito a lo menos 15 días antes de la fecha programada para su realización (10 día hábiles de antelación) para salidas dentro de la ciudad y las salidas fuera de la región deben ser informadas con un mes de anticipación.

j)

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4.- PROTOCOLO ANTE SITUACIONES DE POSIBLE ABUSO SEXUAL CONTRA MENORES El colegio contará con un encargado de Psicología que será el responsable de proceder con el siguiente protocolo. Para proceder en casos de abuso de tipo sexual es fundamental que el Colegio esté en conocimiento de la situación, siendo quien detecte la situación el principal responsable de avisar al colegio en forma escrita.

1. La persona interna o externa que detecte una situación de posible abuso de tipo sexual, debe acercarse a la psicóloga a cargo y a dirección para dejarlo por escrito y firmado.

2. Si el denunciante no sabe escribir lo hará la persona que haya escuchado el relato del niño. 3. La persona que reciba el relato, debe informarle a la psicóloga a cargo, para que proceda con el protocolo en

conjunto con la dirección. 4. Si el agresor es una persona externa al Colegio se avisará a los padres o apoderados, o a alguien del círculo

más cercano del alumno y de confianza para el Colegio. 5. El colegio NO debe interrogar a la posible víctima. 6. En todo caso de abuso de tipo sexual, se le indica a la persona que informa o a los apoderados que deben ir

a las autoridades competentes para hacer la denuncia legal. De no realizarlo la persona, el colegio procederá a realizar la denuncia dentro de las 24 horas.

7. Si el acusado del posible abuso sexual es una persona que está dentro del colegio, en conjunto con los padres y considerando la seguridad de los alumnos, se decidirá cómo proceder. Se consideran las siguientes alternativas:

a. Si es una persona contratada por el empleador, se separará de sus funciones en que tenga contacto directo con el alumno. b. Separarlo en su totalidad de sus funciones c. Que el alumno no asista al colegio durante el proceso de investigación o cerrar el semestre si los papás lo solicitan expresamente.

8. Si el posible abusador es un alumno del colegio, se tomará contacto con el adulto responsable para informar

de la situación y en acuerdo con los apoderados se decidirá cómo proceder: a. Separarlo del aula dentro del colegio mientras las autoridades definan la resolución b. Separarlo del aula fuera del colegio mientras las autoridades definan la resolución c. Contratar a una persona que haga una vigilancia en los espacios dentro del colegio y a la situación.

9. En cualquier caso se le informará a la persona acusada de los detalles de la acusación, de la denuncia que se debe realizar y de los resguardos tomados en acuerdo con los apoderados. Cabe destacar que este procedimiento no implica que el Colegio esté realizando una acusación, solo es el procedimiento ante un posible delito que deberán investigar las autoridades competentes.

10. Los casos de abuso sexual serán tratados con la máxima discreción en espera de lo que dicten las autoridades competentes.

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5. PROTOCOLO ANTE MALTRATO

El colegio contará con un encargado de Psicología que será el responsable de proceder con el siguiente protocolo.

Para proceder en casos de maltrato infantil es fundamental que el Colegio esté en conocimiento de la situación, siendo quien detecte la situación el principal responsable de avisar al colegio en forma escrita.

1. La persona interna o externa que detecte una situación de posible maltrato, debe acercarse a la psicóloga a cargo y a dirección para dejarlo por escrito y firmado.

2. Si el denunciante no sabe escribir lo hará la persona que entreviste al niño. 3. La persona que reciba el relato, debe informarle a la psicóloga a cargo, para que proceda con el protocolo. 4. Existen indicadores de maltrato físico o psicológico que deben ser considerados en la detección:

Tiene moretones u otras marcas en la piel después de haber faltado al colegio.

Parece estar aterrorizado por la presencia de alguna persona y llora o protesta cuando es hora de estar con ella.

Se encoge o se disminuye cuando un adulto se le acerca.

Dice que ha sido lastimado por alguien.

5. Si el agresor es una persona externa al Colegio se avisará a los padres o apoderados, o a alguien del círculo más cercano del alumno y de confianza para el Colegio. Se analizará la situación y se determinará hacer la denuncia ante las autoridades competentes, tomando en cuenta la evidencia existente.

6. En caso de que el maltrato sea evidente se debe informar a Dirección y el caso tendrá que ser denunciado a Carabineros, Fiscalía o PDI. Existe una obligación legal de denunciar dentro de las 24 horas de haber tomado conocimiento del hecho.

7. Para asegurar la protección del niño involucrado, se debe interponer medida de protección en los tribunales de familia, sugiriendo al tribunal la intervención reparatoria en alguna institución especializada de la comuna. (Se recomienda Unidad de Atención a víctimas).

8. Si la causa de Vulneración se encuentra ya abierta previamente en Tribunal de Familia, se debe enviar informe con los antecedentes para que se anexen a la causa. (indicando causa RIT al mail: [email protected]).

9. Si no existe evidencia alguna de lo que dice el alumno, se dará seguimiento cercano con entrevistas personales para detectar cuál es el verdadero problema del alumno.

10. Si el acusado de maltrato es un funcionario contratado por el empleador u otra persona que habitualmente ingrese al colegio el caso lo tomará Dirección.

11. Se investigará la situación para corroborar los hechos denunciados. Se dará la oportunidad al empleado de conversar con el adulto denunciante si así lo quisiera. Podrá también entrevistarse con el alumno, si el apoderado del mismo lo solicita.

12. Si el hecho es grave y hay suficiente evidencia del mismo, el empleado será separado de sus actividades totales o parciales (de acuerdo a sus labores). Será denunciado a las autoridades competentes.

13. Si hay dudas de la acusación de maltrato o la situación se genera por interpretaciones o errores propios

del quehacer de un docente se conversará con el apoderado del alumno para acordar cómo proceder, el

acuerdo quedará escrito en la ficha del alumno. Pudiendo acordar una conversación con el apoderado, el

alumno, carta de amonestación, separación de algunas actividades, etc.

14. Si no hay evidencia del hecho, ni testigos y la supuesta víctima sigue insistiendo en el maltrato, se buscará

una solución de acuerdo con los padres y el acusado. Si no hay acuerdo se resolverá en el Consejo Escolar.

15. En cualquier caso se realizarán las reuniones necesarias para que se restablezcan vínculos positivos del colegio, en presencia de algún representante del Consejo Escolar.

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16. En cualquiera de los casos denunciados a las autoridades competentes, se entenderá que todas las medidas adoptadas por el colegio son sólo preventivas, a la espera de que las autoridades definan las acciones a seguir, no pudiendo emitir juicios frente a las situaciones en investigación.

17. Los casos de maltrato serán tratados con la máxima discreción en espera de lo que dicten las autoridades competentes.

6. PROTOCOLO DE BULLYNG

El bullying o acoso escolar como fenómeno se define como una relación de abuso entre pares. Las principales definiciones de bullying implican a lo menos la presencia de cuatro elementos para calificarlo como tal: a) Es entre pares b) Implica una situación de desequilibrio de poder. c) Es sostenido en el tiempo y por tanto constituye una relación—no una situación aislada—de abuso. d) La víctima o víctimas no tienen posibilidades de salirse de esta situación. El colegio contará con encargados de Convivencia Escolar y un equipo de disciplina, además del departamento de psicología quienes serán los responsables de proceder con el siguiente protocolo.

1. La persona interna o externa que detecte una situación de posible bullying, debe acercarse al Coordinador/a de Convivencia Escolar, para dejarlo por escrito y firmado. En su defecto podrá hacerlo con otro integrante del Equipo directivo.

2. Cabe destacar que para proceder en casos de bullying es fundamental que el Colegio esté en conocimiento de la situación, siendo quien detecte la situación el principal responsable de avisar al colegio en forma escrita.

3. Todo caso de posible bullying será considerado inicialmente como falta grave, lo cual amerita una pronta investigación. Se le solicitará a quien informe y a quien es informado, no hacer juicios previos, proceder con prontitud y avisar cualquier elemento que aporte información para el caso.

4. Se verificará con la psicóloga del ciclo si los involucrados se encuentran en intervención, para proceder con la mayor rigurosidad.

5. Se citará a los afectados por separado para indagar respecto la situación, solicitando que lo deje por escrito. Si el alumno no sabe escribir, lo anotará la persona que lo entreviste.

6. Durante el proceso de investigación se irá informando a los apoderados del avance de la investigación y toda la información quedará resguardada en la ficha de los alumnos.

7. Si hay acuerdo en las versiones se sancionará según Manual de Convivencia Escolar y se les pedirá a los alumnos que conversen en presencia de un adulto iniciándose un proceso de mediación, donde se generarán sanciones, pero se buscará la armonía entre los alumnos. Se informará a los padres.

8. Si no hay acuerdo entre las versiones de los niños se investigará entrevistando a posibles testigos de los hechos ocurridos, compañeros y profesores. Una vez que la investigación sea concluyente se indicará la sanción correspondiente según Manual de Convivencia Escolar.

9. Los casos de bullyng serán tratados con la máxima discreción entendiendo que los alumnos están en formación y que nuestro deber como colegio es educativo y no punitivo.

10. Si la situación lo amerita y previa autorización de los apoderados, se derivarán los alumnos (acosador y/o victima) a la psicóloga a cargo para profundizar en los problemas que han presentado y detectar la necesidad de una posible derivación.

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11. Luego de ser aclarada la situación se procederá paulatinamente con un proceso de acciones tendientes a lograr que el alumno comprenda las causas de su falta, las consecuencias de ésta para él, su familia y el colegio y que aprenda a enmendar, disculparse y orientar su actuar hacia el bien.

12. Los alumnos deberán pedir disculpas en forma personal o pública a quién(es) se haya afectado con su acción, reconociendo las ofensas cometidas y reparando cuando sea posible.

13. Ante la confirmación de un caso de bullyng el colegio podrá suspender al alumno en forma inmediata. Durante la suspensión, el equipo directivo evaluará si la falta amerita otra sanción adicional, carta de compromiso, condicionalidad o cancelación de matrícula. Para la decisión se deberá tomar en consideración la historia disciplinar, su adhesión a los ideales del colegio, el apoyo de la familia en la formación del alumno y su compromiso al proyecto educativo del colegio.

14. Si el proceso de investigación arroja que no hay Bullyng, sino actos de violencia mutua u otra figura de agresión entre alumnos, se procederá con sanciones de acuerdo a la falta, mediación entre los alumnos, se informará a los padres. Se hará seguimiento preventivo a los hechos, en el entendido que estos hechos podrán ser un anticipo de acciones de Bullyng. 7. PROTOCOLO FRENTE A LA SOSPECHA O CONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS

I. En caso de sospecha de consumo de sustancias ilícitas o consumo fuera del horario

escolar.

Paso 1: La persona que tenga sospecha informa al profesor jefe del alumno. El profesor jefe conversa con el alumno e informa al apoderado si la sospecha es confirmada. Paso 2.: Si se observa consumo problemático se deriva a la psicóloga de ciclo para que derive a red externa informando al profesor jefe y a Dirección Paso 3.: Psicóloga mantiene seguimiento y contacto con la especialista externa e informa las sugerencias que existan.

II. En caso de consumo y porte de sustancias ilícitas dentro del establecimiento.

Paso 1: El profesor que lo detecte se debe contactar inmediatamente con el Encargado de Convivencia Escolar. Paso 2: El encargado de convivencia escolar debe evaluar el estado de salud y nivel de riesgo del estudiante o los estudiantes involucrados (enfermera o C.E) Paso 3: El encargado de convivencia escolar realiza una investigación sobre lo ocurrido e informa a los apoderados y se procederá según manual de convivencia ante una falta muy grave. Paso 4: EL encargado de convivencia escolar deben asegurarse de informar a Dirección y profesor jefe del incidente durante el día, aún cuando no se haya terminado la investigación. Paso 5: Si se observa consumo problemático se deriva a la psicóloga del ciclo para que derive a red externa informando al profesor jefe y a Dirección. Paso 6. Psicóloga mantiene seguimiento y contacto con la especialista externa e informa las sugerencias que existan. Paso 7: Convivencia Escolar junto a Psicóloga a cargo evalúan la necesidad de intervenir el curso donde se haya presentado el problema.

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III. En caso de tráfico de sustancias ilícitas dentro del establecimiento educacional

Paso 1: El profesor que lo detecte debe contactar inmediatamente con la Dirección del colegio Paso 2: Dirección realiza una investigación sobre lo acontecido y cita a los apoderados informándole los pasos a seguir. Paso 3: En caso que se determine la existencia de consumo o tráfico de un mayor de 14 años, se debe denunciar o solicitar asesoría a los organismos correspondientes (PDI, carabineros, etc.) *Es importante que este punto sea realizado con cautela y discreción de modo que el/la alumno/a no sea expuesto a estigmatización u otras posibles situaciones que mermen su individualidad. Si se requiere el ingreso de carabineros, este sea una vez finalizada la jornada escolar y se realice dentro de la oficina de la directora. Paso 4. Se debe proceder según Manual de Convivencia ante una falta muy grave. Cualquier determinación debe balancear las necesidades de los estudiantes involucrados y del resto de la comunidad escolar. Paso 5: Dirección evalúa la necesidad que la psicóloga de ciclo lo derive a un profesional externo. Paso6: Psicóloga mantiene seguimiento y contacto con la especialista externa e informa las sugerencias que existan. Paso 7: Dirección junto a Psicóloga a cargo evalúan la necesidad de intervenir el o los cursos donde se haya presentado el problema. * Los profesores y otros miembros de la comunidad escolar no deben prometer absoluta confidencialidad. Los límites de la confidencialidad deben ser expresados con claridad a los estudiantes. En todos los casos se debe averiguar si el alumno ya ha sido derivado por psicología.

Mayo 2018

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