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Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias 900 322 237 Catálogo de Servicios 2017 Soria

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  • Centro Coordinadorde Urgencias y Emergencias

    900 322 237

    SegurCaixa Adeslas, S.A. de Seguros y Reaseguros, con NIF A-28011864 y con domicilio social en C/ Juan Gris, 20-26, 08014 Barcelona (España), inscrita en el R. M. de Barcelona, tomo 20481, folio 130, hoja B-6492. S.RE. 470/05

    www.adeslas.esEste libro está impreso en papel reciclado.

    Catálogo de Servicios 2017

    902 200 200

    Catálogode Servicios

    2017Soria

    Catálogo de Servicios 2017 | Soria

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    SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 24 H.

    OFICINA EN INTERNET

    AUTORIZACIONES TELEFÓNICASINFORMACIÓN GENERAL

    CONTRATACIÓN DE PÓLIZAS

    902 200 200

    www.adeslas.es

    SORIAVenerable Carabantes, 1 bajo - 42003 Soria. Telf.: 975 23 98 35

    CATÁLOGO DE SERVICIOS

    COORDINACIÓN GENERAL DE URGENCIAS 24 H.URGENCIAS MÉDICAS Y DE ENFERMERÍA A DOMICILIO

    AMBULANCIAS

    900 322 237

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    Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias 900 322 237

    DELEGACION ADESLAS SORIA

    GRUPO PACC CORREDURÍA DE SEGUROSVENERABLE CARABANTES, 1 BAJO 975 23 98 3542003 SORIA FAX: 975 22 42 93

    OFICINAS DE INFORMACION Y ATENCION AL CLIENTE

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    Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias 900 322 237

    TELEFONO URGENCIAS24 HORAS

    Cerca de ti en todo momento.Teléfono de urgencias para MUFACE, ISFAS y MUGEJU

    Adeslas, número 1 en seguros de salud, pone a tu disposición un teléfono gratuito de urgencias24 horas, atendido por un amplio equipo de profesionales médico-sanitarios.

    900 322 237

    Quién puede llamar

    • El propio cliente• El padre o madre si se trata de un menor• Cualquier acompañante que esté con el paciente en el momento de la urgencia

    Para qué puedo llamar

    • Recibir asesoramiento médico• Envío de médico a domicilio• Traslado en ambulancia al hospital o centro médico de urgencia más cercano• Envío de UVI medicalizada al domicilio del paciente y posterior traslado al servicio de urgencias

    hospitalario concertado más cercano

    Qué informacion facilitar

    • Nombre completo del paciente• Edad• DNI y/o número de tarjeta Adeslas• Dirección exacta donde se encuentra el paciente• Número de teléfono de contacto disponible• Síntomas y hora de comienzo

    Cuando debo llamar

    • Requiero orientación sobre la situación clínica en que me encuentro• Para elegir el recurso más adecuado en función de los síntomas y circunstancias• Cuando el paciente presente alguno de los siguientes cuadros:

    – Pérdida súbita de conciencia, dificultad respiratoria (disnea), dolor torácico, hemorragia, pérdidasúbita de movilidad de una o más extremidades, desorientación témporo-espacial súbita,traumatismo cráneo encefálico, parada cardiorrespiratoria, dolor súbito de cabeza y cuello, crisishipertensiva, hipoglucemia en diabéticos o quemadura extensa.

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    URGENCIAS

    URGENCIAS HOSPITALARIAS/CLINICAS DE URGENCIAS

    URGENCIAS GENERALES

    HOSPITAL SANTA BARBARA (SACYL)Pº. SANTA BARBARA S-N975234300

    AMBULANCIAS

    URGENCIAS ADESLAS900322237COORDINACIÓN GENERAL DE URGENCIASDOMICILIARIAS 24 H MÉDICAS / ATS Y DETRASLADOS URGENTES EN AMBULANCIA

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    OFICINAS DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CLIENTE................................................................ 3

    URGENCIAS 5URGENCIAS HOSPITALARIAS ................................................................................................ 7AMBULANCIAS ................................................................................................................. 7

    PRESENTACIÓN 11

    INFORMACIÓN Y NORMAS DE USO 13INFORMACIÓN GENERAL Y NORMAS DE USO........................................................................... 15

    CUADRO MÉDICO CAPITAL DE PROVINCIA 25CUADRO MÉDICO POR ESPECIALIDAD (FACULTATIVOS)MEDICINA FAMILIAR, MEDICINA GENERAL, MEDICINA DE CABECERA: ...................................... 27PEDIATRÍA Y PUERICULTURA ............................................................................................... 27ENFERMERÍA, A.T.S, PRACTICANTES, MATRONAS .................................................................. 27ODONTOLOGÍA - ESTOMATOLOGÍA....................................................................................... 27PODOLOGÍA ..................................................................................................................... 27CARDIOLOGÍA................................................................................................................... 27CIRUGÍA GENERAL Y DEL APARATO DIGESTIVO........................................................................ 27DERMATOLOGÍA................................................................................................................ 27GINECOLOGÍA................................................................................................................... 27MEDICINA INTERNA........................................................................................................... 28OBSTETRÍCIA Y GINECOLOGIA.............................................................................................. 28OFTALMOLOGÍA................................................................................................................ 28OTORRINOLARINGOLOGÍA ................................................................................................... 28PSIQUIATRÍA ..................................................................................................................... 28REUMATOLOGÍA................................................................................................................ 28TRAUMATOLOGÍA Y ORTOPEDIA .......................................................................................... 28UROLOGÍA ....................................................................................................................... 28

    PRUEBAS DIAGNÓSTICAS 28ANÁLISIS CLINICOS............................................................................................................. 28DIAGNÓSTICO POR LA IMAGEN ............................................................................................ 28

    TRATAMIENTOS ESPECIALES 28AEROSOLTERAPIA Y VENTILOTERAPIA.................................................................................... 28OXIGENOTERAPIA.............................................................................................................. 28REHABILITACIÓN Y FISIOTERAPEUTAS..................................................................................... 28PSICOTERAPIA................................................................................................................... 29

    CUADRO MEDICO DE LA PROVINCIA 31

    ATENCIÓN ESPECIALIZADA NIVEL IV COMUNIDAD AUTÓNOMA 39

    CARTERA DE SERVICIOS DE REFERENCIA MUTUALIDADES 41

    ÍNDICE GENERAL

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    ASISTENCIA NACIONAL I

    CARTERA DE SERVICIOS XLVII

    INDICES 43

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    PRESENTACIÓN

    Estimado/a asegurado/a:

    Te presentamos el nuevo Catálogo de Servicios de Adeslas.La información se ha organizado de la forma más clara posible, agrupándose en seis diferentesapartados.

    • El primer apartado es el de URGENCIAS. Es donde encontrarás los teléfonos y direcciones a lasque acudir en caso de emergencia.

    • El segundo capítulo, INFORMACIÓN, recoge el sumario de la guía, las direcciones de los pun-tos de atención al cliente en la provincia y algunas normas de uso de los servicios de Adeslas.Lee detenidamente ese apartado.

    • En el tercero se especifican los servicios sanitarios de la capital de la provincia, ordenados dela siguiente forma:

    • MEDICINA FAMILIAR

    • PEDIATRÍA

    • ENFERMERÍA

    • ESPECIALIDADES: en este apartado encontrarás por orden alfabético a los profesionales detodas las especialidades médicas y quirúrgicas.

    • PRUEBAS DIAGNÓSTICAS: se incluyen todos los procedimientos diagnósticos: radiología,laboratorios de análisis, etc.

    • CENTROS HOSPITALARIOS: reúne todas las clínicas, sanatorios, hospitales, etc. con los quecuenta Adeslas, en cada provincia, para la asistencia hospitalaria.

    • El cuarto gran apartado está organizado de la misma forma que el tercero y se indican los ser-vicios sanitarios de la provincia excluidos los de la capital. Las poblaciones están ordenadasalfabéticamente.

    • El quinto separador da paso a dos índices alfabéticos:– Por materias.– Por médicos y centros.

    • En el último capítulo se relacionan los puntos de asistencia del asegurado en toda España.

    Al final de la guía se incluye una hoja en donde puedes anotar los datos de los médicos a losque acudes con más frecuencia.Te recomendamos que tengas el Catálogo de Servicios siempre a mano. Puedes pedirnos asesora-miento o aclaración a cualquier duda siempre que lo necesites en el 902 200 200.

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    INFORMACION Y NORMAS DE USO

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    INFORMACIÓN GENERALY NORMAS DE USO

    Objeto del concierto y alcance de la acción protectora

    El objeto del concierto es asegurar el acceso a la prestación de asistencia sanitaria en el territorionacional a los beneficiarios que opten por recibir la asistencia a través de Adeslas.

    Las contingencias cubiertas por este concierto son las derivadas de enfermedad común o profe-sional, lesiones derivadas de accidente, cualquiera que sea la causa, incluso si se trata de un actode terrorismo, y por embarazo, parto y puerperio, así como las actuaciones preventivas recogidasen el mismo.

    Identificación / tarjeta sanitaria

    La tarjeta sanitaria de Adeslas facilita la identificación del beneficiario y la prestación de los ser-vicios médicos que necesite simplificando los trámites administrativos.

    Cada persona cubierta tiene su propia tarjeta, que es personal e intransferible y ha de ir firmadapor el titular de la misma. Antes de terminar el periodo de validez, en el caso de que lo tuviera,recibirá una nueva.

    Cuando se produzca el robo, extravío o deterioro, o se advierta alguna anomalía en la tarjeta,comuníquelo a nuestro Servicio de Atención al Cliente 24 horas (902 200 200) o a cualquiera denuestras oficinas. Se anulará la anterior y le enviaremos una nueva.

    Siempre que se acceda a alguno de los servicios de nuestros catálogos de proveedores será nece-sario presentar la tarjeta sanitaria. Como se indica en el dorso de su tarjeta, los profesionalessanitarios podrán solicitarle, además, documento acreditativo de su personalidad como titularde la tarjeta.

    Libertad de elección de facultativo y centro

    Los beneficiarios podrán elegir libremente facultativo y centro de entre los que figuran en el catá-logo de servicios de Adeslas.

    Servicios que precisan autorización previa y procedimiento para su obtención

    Las prestaciones que se relacionan a continuación estarán sujetas a autorización previa de Adeslas:

    1.1.- Hospitalizaciones

    A) HospitalizaciónB) Hospitalización de díaC) Hospitalización domiciliariaD) Equipos de Soporte en cuidados paliativos

    1.2.- Técnicas diagnósticas, tratamientos y técnicas quirúrgicas

    A) Cirugía ambulatoriaB) Odontoestomatología: tartrectomía (limpieza de boca), prótesis dentarias e implantes

    osteointegrados en accidente en acto de servicio o enfermedad profesional, anodoncia osecuelas de enfermedad oncológica

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    C) Rehabilitación, fisioterapia y logopediaD) Terapias respiratorias domiciliarias: oxigenoterapia, ventiloterapia y aerosolterapiaE) Tratamientos de diálisis peritoneal y hemodiálisisF) Oncología: inmunoterapia y quimioterapia, cobaltoterapia, radiumterapia e isótopos

    radiactivos, braquiterapia y acelerador linealG) Diagnóstico por imagen: tomografía computarizada, resonancia magnética, ortopanto-

    mografía, mamografía, radiología intervencionista, PET-TC, gammagrafía, doppler y den-sitometría ósea

    H) Estudios neurofisiológicosI) Test y estudios neuropsicológicosJ) Estudio y tratamiento endoscópicoK) Cardiología: estudios y tratamientos hemodinámicosL) Obstetricia: amniocentesisM) Oftalmología: retinografía y tratamiento láser, tomografía óptica de coherencia, tomo-

    grafía óptica con láser confocal (HTR - Heidelberg Retina Tomograph), polarimetría, láserGDX, tratamiento de la degeneración macular asociada a la edad (DMAE) por terapiafotodinámica o inyección intravítrea de antiangiogénicos

    N) Tratamiento en unidad del dolorO) Estudio y tratamiento en unidad del sueñoP) Litotricia renal

    1.3.- Psicoterapia

    1.4.- Asistencia a médicos consultores

    1.5.- Podología

    1.6.- Servicios de correspondientes al nivel IV (excepto consultas ambulatorias de especialistas) yservicios de referencia

    1.7.- Servicios correspondientes a los centros hospitalarios privados no concertados con derechode asistencia para el beneficiario.

    Los mutualistas y beneficiarios que precisen la autorización podrán obtenerla a través de los cana-les que Adeslas pone a su disposición:

    • Presencialmente, en cualquiera de sus delegaciones• Telefónicamente (902 200 200)• A través de la página web de la entidad (www.adeslas.es)

    Asistencia domiciliaria

    La asistencia sanitaria se prestará por los profesionales de atención primaria en el domicilio delpaciente, siempre que la situación clínica así lo requiera, en los siguientes casos:

    a) Cuando se trate de pacientes que por razón de su enfermedad no pueden desplazarse.b) Cuando se trate de pacientes inmovilizados crónicos que precisen ayuda de otra persona

    para las actividades básicas de la vida diaria.c) Cuando se trate de enfermos terminales.

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    La asistencia domiciliaria de estos pacientes incluye las extracciones y/o recogidas de muestras adomicilio que sean precisas, así como todos aquellos procedimientos propios de la atención pri-maria, entre ellos, tratamientos parenterales, curas y sondajes.

    Asistencia en régimen de hospitalización

    La asistencia en régimen de hospitalización comprende la asistencia médico-quirúrgica incluida,la realización de los tratamientos y procedimientos diagnósticos que precisen los pacientes querequieren cuidados continuados en régimen de hospitalización, así como los servicios hotelerosbásicos inherentes a la misma.

    Los beneficiarios que precisen asistencia en régimen de hospitalización deberán solicitar autori-zación previa de Adeslas aportando la preceptiva prescripción del médico de la entidad con indi-cación del centro hospitalario. En los ingresos efectuados a través de los servicios de urgencia,esta tramitación deberá efectuarse en el plazo más breve posible.

    En el caso de que un beneficiario se encuentre ingresado en un centro hospitalario ajeno a laentidad por una situación de urgencia, puede solicitar su ingreso en un centro concertado de lamisma para la continuidad de la asistencia sin que sea necesaria la prescripción de un médico dela entidad. Para ello, además de la solicitud, deberá aportar el informe médico del proceso por elque está siendo atendido.

    La hospitalización persistirá mientras que, a juicio del facultativo responsable de la asistencia alenfermo, subsista la necesidad, sin que razones de tipo social puedan ser motivo para prolongarla estancia.

    Otros regímenes de hospitalización:

    A) Hospitalización de día

    a) Comprende las actividades asistenciales, diagnósticas, terapéuticas y de rehabilitación, des-tinadas a pacientes que requieren cuidados especializados continuados, incluida la cirugíamayor ambulatoria, pero que no precisan que el paciente pernocte en el hospital.

    b) Serán por cuenta de Adeslas todos los gastos de hospitalización que se puedan produciren el centro sanitario durante la estancia en el mismo para la realización de procedi-mientos diagnósticos y/o terapéuticos.

    B) Hospitalización domiciliaria

    a) Comprende el conjunto de tratamientos y cuidados sanitarios proporcionados en el domi-cilio del paciente, de una complejidad, intensidad y duración comparables a las que reci-biría ese mismo paciente en el hospital convencional, y que por esos motivos no puedenser asumidos por el nivel de Atención Primaria.

    b) La hospitalización domiciliaria podrá llevarse a cabo en aquellos casos en que el estadodel enfermo lo permita.

    c) Durante esta hospitalización, la responsabilidad del seguimiento del paciente correspon-de a la unidad de hospitalización a domicilio (UHD) y será prestada por los especialistas(médicos de familia o internistas) y el personal de enfermería que conforma dicha UHD,la cual deberá estar coordinada con la unidad de hospitalización médica o quirúrgicacorrespondiente a la patología del paciente y con el área de urgencias del hospital, con lafinalidad de garantizar la continuidad asistencial.

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    d) El ingreso en la UHD podrá realizarse desde un servicio hospitalario mediante el corres-pondiente informe de derivación, así como desde atención primaria o especializadaambulatoria. En estos dos últimos casos, corresponderá a la UHD valorar si el pacientecumple los criterios de ingreso en dicha unidad.

    e) El ingreso en la UHD estará sujeto a los mismos requisitos que el ingreso en un hospital,recibiendo las mismas atenciones que hubiera recibido de estar ingresado en un hospital.

    f) La UHD informará por escrito al paciente y su familia acerca de cómo contactar con la uni-dad a cualquier hora del día, con el objeto de dar respuesta a las eventuales incidencias.Cuando se produzca el alta, el médico de la UHD emitirá el correspondiente parte médi-co de alta en los términos previstos por la ley.

    g) Mientras el paciente permanezca ingresado en la UHD, correrán por cuenta de Adeslastodas las atenciones y productos que precise el paciente, además de toda la medicación,material de curas, nutriciones no comunes, pruebas complementarias, interconsultas,absorbentes, sondas, hemodiálisis domiciliaria y oxigenoterapia. Quedan excluidas, entodo caso, las dotaciones domésticas ordinarias, la nutrición común y los servicios de auxi-liares de clínica.

    Transporte para la asistencia sanitaria

    El transporte para la asistencia sanitaria contemplada en este concierto incluye las siguientesmodalidades:

    a) Transporte sanitario urgenteb) Transporte sanitario no urgentec) Transporte en medios ordinarios

    Transporte sanitario urgente

    La atención de urgencia comprende, entre otras prestaciones, el transporte sanitario urgente,terrestre, aéreo o marítimo, asistido o no asistido, según lo requiera la situación clínica de lospacientes, en los casos en que sea preciso para su adecuado traslado al centro sanitario que puedaatender de forma adecuada la situación de urgencia.

    Este tipo de transporte comprende las siguientes modalidades:

    a) Transporte primario urgente, desde el lugar donde se ha producido la emergencia hastael primer centro o dispositivo sanitario con capacidad para atender al paciente. Puederequerir una primera asistencia, en el mismo lugar donde se ha producido la emergencia,por parte de personal cualificado.

    b) Transporte sanitario solicitado por el Centro Coordinador de Urgencias (900 322 237).

    Utilización directa del servicio de ambulancias:

    En los casos de urgencia en que no haya sido posible comunicar con los servicios de urgencias y/ode ambulancias de la entidad y no resulte adecuada otra alternativa, el beneficiario podrá solici-tar directamente del servicio de ambulancias existente en la localidad el traslado al servicio deurgencias de la entidad a la que se encuentre adscrito, y la entidad deberá asumir o reintegrarlos gastos del traslado.

    Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias 900 322 237

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    Transporte sanitario no urgente

    El transporte sanitario no urgente consiste en el desplazamiento de enfermos o accidentados queno se encuentran en situación de urgencia o emergencia, y que por causas exclusivamente clíni-cas están incapacitados para desplazarse en los medios ordinarios de transporte a un centro sani-tario para recibir asistencia sanitaria o a su domicilio tras recibir la atención sanitaria correspon-diente, y que pueden precisar o no atención sanitaria durante el trayecto. El transporte sanitariono urgente debe ser accesible a las personas con discapacidad.

    La cartera de servicios de transporte sanitario no urgente incluye el transporte sanitario asistido,para el traslado de enfermos o accidentados que requieren asistencia técnico-sanitaria en ruta, yel transporte sanitario no asistido, que es el indicado para el traslado especial de enfermos o acci-dentados que no requieren asistencia técnico-sanitaria en ruta.

    El transporte sanitario no urgente, según el origen y destino del traslado del paciente, así comopor el carácter de periodicidad, comprende los siguientes tipos de traslados:

    a) Traslados periódicos del paciente desde su domicilio a centros sanitarios y/o trasladodesde centros sanitarios a su domicilio.

    b) Traslado puntual del paciente desde su domicilio a centros sanitarios y/o traslado desdecentros sanitarios a su domicilio.

    c) Traslado del paciente desde un centro sanitario a su domicilio, si fuera necesario, tras elalta hospitalaria o tras atención en un servicio de urgencias.

    d) Traslado de un paciente a su municipio de residencia, bien a su domicilio o a otro centrosanitario, cuando hubiera recibido asistencia urgente en otro municipio en el que seencontrara desplazado transitoriamente, siempre que su situación clínica haga necesariala utilización de transporte sanitario.

    Se entiende por domicilio del paciente el lugar de residencia habitual o temporal.

    Los centros sanitarios de origen y/o destino deben ser centros concertados con la entidad, o habersido objeto de autorización específica.

    La necesidad de transporte sanitario se justificará mediante la prescripción escrita del correspon-diente facultativo, que deberá valorar tanto el estado de salud como el grado de autonomía delpaciente para poder desplazarse en medios de transporte ordinarios, entre su domicilio y un cen-tro sanitario, o viceversa, independientemente del problema de salud de origen.

    La prescripción del transporte se considerará justificada siempre que el paciente cumpla, almenos, uno de los dos criterios siguientes:

    a) Limitación para el desplazamiento autónomo y que requiere el apoyo de terceras perso-nas.

    b) Situación clínica del paciente que le impida el uso de medios de transporte ordinario.

    Transporte en medios ordinarios

    Se considera medio de transporte ordinario, a los fines asistenciales previstos en el concierto, elque se realiza en automóvil, autobús, ferrocarril o, si procediese por tratarse de provincias insu-lares o las ciudades de Ceuta o Melilla, en barco o avión.

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    El beneficiario tendrá derecho a este tipo de transporte a cargo de la entidad en los siguientessupuestos:

    a) Desplazamientos motivados por la indisponibilidad de los medios exigidos en el corres-pondiente municipio, en función del nivel asistencial en el que esté encuadrado, de formaque el beneficiario venga obligado a desplazarse desde el municipio en que resida, concarácter temporal o permanente, al más próximo donde aquellos estén disponibles.

    b) Desplazamientos a servicios de nivel IV y a servicios de referencia, ubicados en un municipiodistinto al de residencia, cuando en el mismo no se disponga de este tipo de servicios.

    c) Desplazamientos a un municipio distinto al de residencia para recibir asistencia sanitariaderivada de accidente en acto de servicio o enfermedad profesional.

    Los traslados se valorarán siempre por su coste, en clase normal o turista, en líneas regulares de trans-porte en autobús o ferrocarril o, si procediese por tratarse de provincias insulares o las ciudades deCeuta y Melilla, en barco o avión, hasta el municipio más próximo en que la entidad disponga demedios para completar la asistencia requerida. La prestación comprenderá el traslado de regreso.

    Se tendrá derecho a los gastos de transporte de un acompañante para los desplazamientos delpaciente en los siguientes supuestos:

    a) Desplazamientos de beneficiarios menores de quince años y, en el caso de las ciudades deCeuta y Melilla y provincias insulares, menores de 18 años.

    b) Desplazamientos de beneficiarios que acrediten un grado de discapacidad superior al 65%.c) Desplazamientos de beneficiarios residentes en las ciudades de Ceuta y Melilla y en las

    provincias insulares, cuando así lo indique su médico responsable, circunstancia que seacreditará mediante la presentación de la prescripción escrita del facultativo.

    Garantía de accesibilidad a los medios

    La entidad debe garantizar el acceso a los medios que en cada nivel asistencial exige la carterade servicios en los términos establecidos en el concierto, salvo que no existan medios privados nipúblicos, en cuyo caso lo facilitará en el municipio más próximo donde estén disponibles.

    Si los medios exigidos en cada nivel asistencial no estuvieran disponibles, la entidad se obliga afacilitar el acceso de los beneficiarios a otros servicios privados que existan en el mismo munici-pio o, de no existir estos, a los correspondientes servicios públicos, asumiendo directamente losgastos que pudieran facturarse.

    Utilización de medios no concertados

    De conformidad con lo establecido en las normas legales y reglamentos correspondientes, cuan-do un beneficiario, por decisión propia o de sus familiares, utilice medios ajenos a la entidad,deberá abonar, sin derecho a reintegro, los gastos que puedan ocasionarse, excepto en los casosde denegación injustificada de asistencia y en los de asistencia urgente de carácter vital.En aplicación de lo previsto en el reglamento correspondiente, se produce denegación injustifi-cada de asistencia:

    a) Cuando Adeslas no autorice o no ofrezca una solución asistencial válida antes de que con-cluya el quinto día hábil siguiente a la fecha de solicitud del beneficiario de alguna de lasprestaciones o servicios que precisan autorización previa, en el nivel que corresponda, y que

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    haya sido prescrita por un médico concertado, o deniegue una prestación incluida en la car-tera de servicios cubierta por este concierto. La respuesta de la entidad deberá realizarse porescrito o por cualquier otro medio que permita dejar constancia de la misma.

    b) Cuando Adeslas no cumpla con las exigencias de disponibilidad de medios previstos en elpresente concierto. En este supuesto, el beneficiario podrá acudir a los facultativos o cen-tros privados que existan en el nivel correspondiente, o de no existir estos, a los corres-pondientes servicios públicos.

    c) Cuando el beneficiario solicite autorización a Adeslas para acudir a un facultativo o cen-tro no concertado (previa prescripción por escrito de un facultativo de la entidad conexposición de las causas médicas justificativas de la necesidad de remisión al medio noconcertado) y la entidad ni lo autorice ni ofrezca una alternativa asistencial válida con susmedios antes de que concluya el décimo día hábil siguiente a la presentación de la solici-tud de autorización.

    d) Cuando un beneficiario haya acudido o esté ingresado en un centro de Adeslas para reci-bir asistencia y según criterio del facultativo que le atiende no existan o no estén dispo-nibles los recursos asistenciales necesarios. En este supuesto se presume que se produceuna situación de denegación injustificada de asistencia cuando desde el medio de la enti-dad se haya remitido al paciente a centro no concertado.

    e) Cuando el beneficiario esté ingresado en un centro no concertado a causa de una situa-ción médica que requiera una atención inmediata de urgencia, y este (o los familiares oterceros responsables) lo comunique a Adeslas dentro de las 48 horas posteriores al ingre-so y no le ofrezca una solución asistencial válida antes de que concluyan las 48 horassiguientes a la comunicación, bien comprometiéndose a asumir los gastos que se ocasio-nen, bien gestionando su traslado a un centro de la entidad, propio o concertado, siem-pre que el traslado sea médicamente posible.

    La solicitud a la entidad se realizará por un medio que permita dejar constancia de la misma(preferiblemente a través de su Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias) e incluiráuna breve descripción de los hechos y circunstancias en que se ha producido el ingreso.

    Asistencia urgente de carácter vital

    Se considera situación de urgencia de carácter vital aquella en que se haya producido una pato-logía cuya naturaleza y síntomas hagan previsible un riesgo vital inminente o muy próximo, o undaño irreparable para la integridad física de la persona de no obtenerse una actuación terapéu-tica de inmediato.Para que el beneficiario tenga derecho a la cobertura de los gastos producidos por utilización demedios ajenos en situación de urgencia vital, el medio ajeno al que se dirija o sea trasladado elpaciente deberá ser razonablemente elegido, teniendo en cuenta las circunstancias de lugar ytiempo en que la patología se haya producido, así como la capacidad de decisión del enfermo y,en su caso, de las personas que prestaron los primeros auxilios.

    Situaciones especiales de urgencia

    Se considerará que siempre reúnen la condición de urgencias de carácter vital las siguientes situa-ciones especiales:

    a) La asistencia que precisen los beneficiarios con motivo de accidente en acto de servicio oen el ejercicio de las funciones propias de su actividad o como consecuencia o con ocasiónde actos cometidos por personas integradas en bandas o grupos organizados y armados.

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    b) Cuando el beneficiario se encuentre en la vía o lugares públicos y los equipos de emer-gencias sanitarias públicos (112, 061, etc.) sean activados por persona distinta a aquel o asus familiares en caso de que se encuentre acompañado.

    c) Cuando la activación de los equipos de emergencias sanitarias públicos sea realizada porlos cuerpos de seguridad del Estado u otras estructuras de emergencias no sanitarias(bomberos, etc.).

    d) Cuando el mutualista sufra un accidente en acto de servicio y sea atendido por los equi-pos de emergencias sanitarias públicos en el lugar donde se ocasione.

    e) Cuando el beneficiario resida en un centro de mayores asistido o en un centro para cró-nicos y los equipos de emergencias sanitarias públicos sean activados por el personal delcentro, o cuando aquel resida en domicilio particular, y estos equipos sean activados porun servicio de teleasistencia de financiación pública, en ambos casos, siempre y cuandoaquél o su familia hayan comunicado al centro o servicio su adscripción a la entidad aefectos de su asistencia sanitaria.

    A efectos de la cobertura de los gastos producidos, la situación de urgencia de carácter vital seextiende desde el ingreso hasta el alta hospitalaria del paciente (incluyendo los posibles trasladosa otros centros no concertados por causas asistenciales), salvo en los dos supuestos siguientes:

    a) Cuando Adeslas, con la conformidad del equipo médico que estuviese prestando la asis-tencia, ofrezca una alternativa asistencial que posibilite el traslado del paciente a un cen-tro propio o concertado adecuado y el enfermo o sus familiares responsables se nieguena ello.

    b) Cuando el paciente sea remitido a un segundo centro ajeno y no existan causas que impi-dan la continuidad del tratamiento en un centro de Adeslas.

    El beneficiario, u otra persona en su nombre, comunicará a Adeslas la asistencia recibida conmedios ajenos por cualquier medio que permita dejar constancia de la comunicación, aportandoel correspondiente informe médico de urgencias, dentro de las 48 horas siguientes al inicio de laasistencia, salvo que concurran circunstancias excepcionales, debidamente justificadas, que hayanimpedido comunicar la asistencia recibida con medios ajenos.

    Cuando Adeslas reciba la comunicación de la asistencia de un beneficiario en medios no concer-tados deberá contestar, dentro de las 48 horas siguientes a la recepción de la comunicación y porcualquier medio que permita dejar constancia de la misma, si reconoce la existencia de la situa-ción de urgencia vital y, por tanto, acepta el pago de los gastos producidos, o si, por el contrario,no se considera obligada al pago por entender que no ha existido una situación de urgencia decarácter vital.

    En el supuesto de que Adeslas reconozca la existencia de la situación de urgencia vital deberácomunicar al proveedor sanitario que se hace cargo directamente de los gastos ocasionados, a finde que por parte de este se emita la correspondiente factura a la entidad. Si el beneficiario hubie-ra abonado los gastos, la entidad deberá efectuar el reintegro dentro de los diez días siguientesa la fecha en que solicite el reintegro presentando los justificantes de los gastos.

    En el supuesto de que Adeslas no se considere obligada al pago por entender que no ha existidola situación de urgencia vital, en un plazo máximo de siete días, emitirá un informe argumen-tando y fundamentando tal circunstancia y dará traslado del mismo al beneficiario y al servicioprovincial correspondiente.

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    Cuando el beneficiario no haya efectuado la comunicación en tiempo y forma, la entidad le rein-tegrará el importe. Si la entidad no ha realizado lo establecido en esta cláusula, estará obligadaal pago directo al proveedor sanitario, si el interesado lo solicita.

    En el supuesto de que Adeslas no se considere obligada al pago por entender que no ha existidola situación de urgencia vital, emitirá informe argumentando y fundamentando tal circunstancia,y dará traslado del mismo al beneficiario.

    Atención primaria en el medio rural

    En las zonas rurales expresamente previstas en los convenios suscritos con las respectivas comuni-dades autónomas, la asistencia sanitaria a nivel ambulatorio, domiciliario o de urgencia a cargo delmédico general o de familia, pediatra, diplomado en enfermería y matrona se podrá prestar por losservicios de atención primaria y de urgencia de la red sanitaria pública. En todo caso, los beneficia-rios residentes en los municipios incluidos en los respectivos convenios rurales, podrán optar por seratendidos en los medios de que disponga la entidad en los municipios próximos.

    Información sobre asistencia sanitaria en caso de accidente cuando existe un tercero obligado alpago (accidentes de tráfico, deportistas federados, etc.)

    En el supuesto de asistencia sanitaria por lesiones producidas o enfermedad derivada o agravadapor accidentes cubiertos por cualquier modalidad de seguro obligatorio o cuando el coste de laasistencia sanitaria prestada deba ser satisfecho legal o reglamentariamente por organismospúblicos distintos de las mutualidades o por entidades privadas, Adeslas, sin perjuicio de cubriren todo caso la asistencia, podrá subrogarse en los derechos y acciones de los beneficiarios rela-tivos al importe de los gastos derivados de dicha asistencia sanitaria, realizando a su cargo las ges-tiones necesarias para reintegrarse del coste de la misma. Los beneficiarios, por su parte, estaránobligados a facilitar a Adeslas los datos necesarios para ello.

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    CUADRO MEDICO CAPITAL DE PROVINCIA

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    MEDICINA FAMILIAR

    42003

    DR. BURGOA ARRIBAS, LADISLAOAVDA. MARIANO VICEN 6 PLT 6 PTA B975220585CITA PREVIA.

    CENTRO MEDICO ASISTENCIALDRA. HERGUETA DIAZ, JOSEFINA M.DR. AZURDUY SAUNERO, CARLOSANTONIOAVDA. MARIANO VICEN 6 PLT BJ975239779DE L. A V. DE 09:30 A 13:30 Y DE 16:30 A20:30

    DR. MAZARIEGOS DE LA SERNA, ALVAROCENTRO MÉDICO PAMAC. ELOY SANZ VILLA 2 PLT BJ975228052DE L. A V. DE 11:30 A 13:30 Y DE 17:00 A19:00

    DRA. MEDINA SAENZ, MARIA TERESAAVDA. DE NAVARRA 2 PLT 1975226451CITA PREVIA.

    DR. PASTOR BLANCO, JOSECENTRO MÉDICO PAMAC. ELOY SANZ VILLA 2 PLT BJ975228052DE L. A V. DE 11:30 A 13:30 Y DE 17:00 A19:00

    42004

    DR. SANZ MUÑOZ, FERNANDOC. ALMANZAN 3975225609CITA PREVIA.

    PEDIATRIA YPUERICULTURA

    42003

    DR. BURGOA ARRIBAS, LADISLAOAVDA. MARIANO VICEN 6 PLT 6 PTA B975220585 626140279CITA PREVIA.

    DR. GARCIA FERNANDEZ, JOSE ANTONIOC. VENERABLE CARABANTES 4 PLT BJ657806298 657806299CITA PREVIA.

    ENFERMERIA

    42003

    CENTRO MEDICO ASISTENCIALSRA. CABRERIZO SORIA, BEATRIZAVDA. MARIANO VICEN 6 PLT BJ975239779DE L. A V. DE 11:00 A 13:30 Y DE 16:30 A20:30

    CENTRO MÉDICO PAMASRA. ROMERO PEIROTEN, M. CARMENC. ELOY SANZ VILLA 2 PLT BJ975228052DE L. A V. DE 11:30 A 13:30 Y DE 17:00 A19:00

    SR. PEREZ DOLADO, ARTUROC. PINTOR MAXIMINO PEÑA 6 PLT 5 PTA C975226803CITA PREVIA.

    ODONTOLOGIA -ESTOMATOLOGIA

    42001

    DRA. ABDUL-RAZZAK CARPINTERO,FATIMAC. CAMPO 2 PLT 1 PTA A975230271CITA PREVIA.

    DRA. ALONSO SANCHEZ, Mª MERCEDESC. SAGUNTO 14 PLT 1 PTA G975229470CITA PREVIA.

    DR. MUÑOZ BENITO ESPUELAS, ALFREDOC. SAGUNTO 2 PLT 1 PTA IZ975221386CITA PREVIA.

    DRA. YAGÜE CORTAZAR, AITZIBERC. CONCEPCIONES 3 PLT 6 PTA C975225980CITA PREVIA.

    42003

    DR. MORENO TORCAL, JOSEAVDA. DUQUES DE SORIA 4975212742CITA PREVIA.

    PODOLOGIA

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    DR. CIRIA MARTIN, FRANCISCO J.C. VENERABLE CARABANTES, 3 PLT BJ975231842CITA PREVIA.

    CARDIOLOGIADR. CAMPOS NOGUE, ANTONIOC. ADUANA VIEJA 1 PLT 3 PTA A975231390CITA PREVIA.

    CIRUGIA GENERAL Y DELAPARATO DIGESTIVODR. ABDUL RAZZAK, MOHAMEDC. SAGUNTO 14 PLT 6 PTA J975225939 975222535CITA PREVIA.

    DR. FERNANDEZ FERNANDEZ, LUISANTONIOAVDA. MARIANO VICEN 6 PLT BJ975239779CITA PREVIA.

    DR. PELLICER ESPLIGARES, JOSE LUISAVDA. MARIANO VICEN 6 PLT BJ975239779CITA PREVIA.

    DERMATOLOGIACLINICA DERMATOLOGICA ESTETICAVILELLAC. MEDINACELI 2 PTL B PLT 6 PTA F975225051CITA PREVIA.

    GINECOLOGIADR. GONZÁLEZ ROMERO, JOSÉ LUISDRA. SAN JUAN SAÉZ, LAURAC. ELOY SANZ VILLA 2 PLT BJ975228052CITA PREVIA.

    DR. MUÑOZ MARTINEZ DE SALINAS,FEDERICODRA. GONZALEZ VALERIO, RITAC. ELOY SANZ VILLA 2 PLT BJ975228052CITA PREVIA.

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  • 28

    CENTRO MEDICO ASISTENCIALDR. CEÑA DURO, JOSE MARIADR. AVENDAÑO GARCIA, JUAN DIEGOAVDA. MARIANO VICEN 6 PLT BJ975239779CITA PREVIA.

    DRA. SAN JUAN RUPEREZ, INESCENTRO MEDICO PAMAC. ELOY SANZ VILLA 2 PLT BJ975228052CITA PREVIA.

    MEDICINA INTERNADR. CAMPOS NOGUE, ANTONIOC. ADUANA VIEJA 1 PLT 3 PTA A975231390CITA PREVIA.

    CENTRO MEDICO ASISTENCIALDR. DE FUENTES GALLEGO, LUIS A.AVDA. MARIANO VICEN 6 PLT BJ975239779CITA PREVIA.

    OBSTETRICIA YGINECOLOGIADR. GONZÁLEZ ROMERO, JOSÉ LUISDRA. SAN JUAN SAÉZ, LAURAC. ELOY SANZ VILLA 2 PLT BJ975228052CITA PREVIA.

    DR. MUÑOZ MARTINEZ DE SALINAS,FEDERICODRA. GONZALEZ VALERIO, RITAC. ELOY SANZ VILLA 2 PLT BJ975228052CITA PREVIA.

    CENTRO MEDICO ASISTENCIALDR. CEÑA DURO, JOSE MARIADR. AVENDAÑO GARCIA, JUAN DIEGOAVDA. MARIANO VICEN 6 PLT BJ975239779CITA PREVIA.

    DRA. SAN JUAN RUPEREZ, INESCENTRO MEDICO PAMAC. ELOY SANZ VILLA 2 PLT BJ975228052CITA PREVIA.

    OFTALMOLOGIADR. ROJO ARAGÜÉS, ABEL ANGELAVDA. MARIANO VICEN 6 PLT BJ975239779CITA PREVIA.

    OTORRINOLARINGOLOGIADR. GARZON CALLES, JOSE ANGELAVDA. MARIANO VICEN 6 PLT BJ975239779CITA PREVIA.

    PSIQUIATRIADR. HERNANDEZ LAS HERAS, MIGUELANGELPL. DE LOS JURADOS DE CUADRILLA 1 PTL3 ESC 4 PLT 2 PTA N975230348CITA PREVIA.

    DR. MARTINEZ GALLARDO, RICARDOC. ELOY SANZ VILLA 2 PLT BJ975228052 616221184CITA PREVIA.

    REUMATOLOGIADRA. RUIZ MARTINEZ, PURIFICACIONC. ELOY SANZ VILLA 8 PLT 5 PTA G975230358CITA PREVIA.

    TRAUMATOLOGIA yORTOPEDIADR. ABDUL RAZZAK, MOHAMEDC. SAGUNTO 14 PLT 6 PTA J975225939 975222535CITA PREVIA.

    UROLOGIADR. ABDUL RAZZAK, MOHAMEDC. SAGUNTO 14 PLT 6 PTA J975225939 975222535CITA PREVIA.

    DR. ESPUELA ORGAZ, RICARDOC. ELOY SANZ VILLA 2 PLT BJ975228052CITA PREVIA.

    PRUEBASDIAGNOSTICAS

    ANALISIS CLINICOS

    CENTRO MÉDICO PAMADR. GRASA BIEC, JOSÉ MARÍADR. GRASA ULLRICH, JOSÉ MARÍAC. ELOY SANZ VILLA 2 PLT BJ975228052DIARIO DE 08:30 A 10:30 H.

    CENTRO MÉDICO ASISTENCIALPUNTO DE EXTRACCIÓNDR. GRASA BIEC, JOSÉ MARÍADR. GRASA ULLRICH, JOSÉ MARÍAAVDA. MARIANO VICEN 6 PLT BJ975239779DE 09:00 A 10:30 H.

    DIAGNOSTICOPOR LA IMAGEN

    CENTRO MEDICO ASISTENCIALDRA. LOPEZ GARCIA, MARIA CARMENAVDA. MARIANO VICEN 6 PLT BJ975239779CITA PREVIA.

    DR. SAIZ SANTANA, PEDROC. MANUEL BLASCO 6 PLT BJ975231323CITA PREVIA.

    TRATAMIENTOSESPECIALES

    AEROSOLTERAPIA YVENTILOTERAPIA

    LINDE MEDICAC. ARAGON 300902103374 912767009

    OXIGENOTERAPIA

    LINDE MEDICAC. ARAGON 300902103374 912767009

    REHABILITACION

    LOGOFONIATRIA

    SRA. LESMES CUERDA, ROCIOC. DOÑA GIMENA 1 PTL B ESC A975221554

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    REHABILITACION YFISIOTERAPEUTAS

    CENTRO MÉDICO PAMASRA. MARTÍNEZ NIETO, YOLANDASRA. SANZ GARCÍA, CRISTINAC. ELOY SANZ VILLA 2 PLT BJ975228052CITA PREVIA.

    CENTRO MEDICO ASISTENCIALSRA. MERINO GOMEZ, CRISTINASRA. ARRIBAS ANTEPORTANLATINAM,VANESAAVDA. MARIANO VICEN 6 PLT BJ975239779CITA PREVIA.

    PSICOTERAPIA

    SR. LALLANA GARCIA, EDUARDOC. STA LUISA DE MARILLAC 3 PLT BJ699430394CITA PREVIA.PREVIA PRESCRIPCIÓN DE PSIQUIATRA DELA ENTIDAD Y AUTORIZACIÓN POR PARTEDE ADESLAS.

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    CUADRO MEDICO DE PROVINCIA

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    CONVENIO RURAL

    Con independencia de todos los servicios que Adeslas pone a tu disposición en esta provinciasegún lo que antecede, la mutualidad o instituto al que perteneces tiene establecido con losservicios de salud de tu comunidad autónoma un Convenio, en virtud del cual:

    1. En régimen ambulatorio o, cuando proceda, domiciliario, puedes hacer uso de los serviciosde atención primaria (medicina general, pediatría, A.T.S. o practicante y matrona) yurgencias extrahospitalarias, que los servicios de salud de tu comunidad autónoma tengadispuestos en los municipios y zonas básicas de salud que a continuación se relacionan enla tabla siguiente. Sólo el facultativo del centro de atención primaria está autorizado para prescribir uningreso o atención urgente en un centro hospitalario concertado, y en caso de urgenciavital donde proceda. Esa prescripción es imprescindible para que los gastos derivados dedicho ingreso sean cubiertos por Adeslas.

    2. Además, para recibir la prestación de los servicios sanitarios de urgencia extrahospitalaria,puedes utilizar también los servicios de urgencia de atención primaria con los que tucomunidad autónoma cuente en las localidades de la provincia que se recogen en la tablacon el signo (*).Solo el facultativo del centro de atención primaria que atiende la urgencia, estáautorizado para prescribir un ingreso o atención urgente en un centro hospitalarioconcertado, y en caso de urgencia vital donde proceda, prescripción imprescindible paraque los gastos derivados de dicho ingreso sean cubiertos por Adeslas.

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    SORIA FUN 17.qxp 1/10/14 06:28 Página 34

  • 35

    Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias 900 322 237

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    Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias 900 322 237

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  • 37

    Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias 900 322 237

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    SORIA FUN 17.qxp 1/10/14 06:28 Página 37

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    Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias 900 322 237

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