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Palacio de Justicia Sala de Audiencia [email protected] L CONSTANCIA SECRETARIAL: Quibdó, 11 de Agosto de 2015. En atención a lo ordenado en el acuerdo No. CSJCH-SA-489 del 15 de julio de 2015 del Consejo Superior de la Judicatura, se recibe el expediente proveniente del Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Quibdó; consta de un (01) cuaderno, con 246 folios, sin traslados y 1 CD. El proceso pasa a despacho para PROVEER KELLY LORENA MOSQUERA AGUILAR Secretaria REPUBLICA DE COLOMBIA JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO ORAL DE DESCONGESTION DEL CIRCUITO DE QUIBDÓ Quibdó, Once (11) de agosto de dos mil quince (2015). AUTO DE SUSTANCIACION No. 742 RADICADO: 27001333300320150004000 DEMANDANTE: MIGUEL ANGEL MENA Y OTROS DEMANDADO: NACION-MINISTERIO DE EDUCACION- FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO MEDIO DE CONTROL NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO ASUNTO: AUTO AVOCA CONOCIMIENTO Vista la constancia secretarial que antecede, el despacho avocará el conocimiento del proceso de la referencia, continuará con el trámite procesal correspondiente y se ordenará que el presente asunto permanezca en secretaría hasta tanto venza el término de traslado de la demanda previsto en el artículo 172 del CPACA. En mérito de lo expuesto, se DISPONE: PRIMERO: AVOCAR el conocimiento del presente proceso y continuar con el trámite del mismo.

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Page 1: 2015-40

Palacio de Justicia Sala de Audiencia

[email protected] L

CONSTANCIA SECRETARIAL: Quibdó, 11 de Agosto de 2015. En atención a lo ordenado en el acuerdo No. CSJCH-SA-489 del 15 de julio de 2015 del Consejo Superior de la Judicatura, se recibe el expediente proveniente del Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Quibdó; consta de un (01) cuaderno, con 246 folios, sin traslados y 1 CD. El proceso pasa a despacho para PROVEER

KELLY LORENA MOSQUERA AGUILAR Secretaria

REPUBLICA DE COLOMBIA

JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO ORAL DE DESCONGESTION DEL

CIRCUITO DE QUIBDÓ Quibdó, Once (11) de agosto de dos mil quince (2015).

AUTO DE SUSTANCIACION No. 742

RADICADO: 27001333300320150004000 DEMANDANTE: MIGUEL ANGEL MENA Y OTROS DEMANDADO: NACION-MINISTERIO DE EDUCACION-

FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO

MEDIO DE CONTROL NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

ASUNTO: AUTO AVOCA CONOCIMIENTO

Vista la constancia secretarial que antecede, el despacho avocará el conocimiento del proceso de la referencia, continuará con el trámite procesal correspondiente y se ordenará que el presente asunto permanezca en secretaría hasta tanto venza el término de traslado de la demanda previsto en el artículo 172 del CPACA. En mérito de lo expuesto, se

DISPONE:

PRIMERO: AVOCAR el conocimiento del presente proceso y continuar con el trámite del mismo.

Page 2: 2015-40

Palacio de Justicia Sala de Audiencia

[email protected] L

SEGUNDO: Permanezca en secretaria el presente asunto hasta tanto venza el término de traslado de la demanda previsto en el artículo 172 del CPACA.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

DUNNIA MADYURI ZAPATA MACHADO Jueza

NOTIFICACION POR ESTADO

JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO ORAL DE DESCONGESTION DE QUIBDO

En la fecha se notifica por Estado No. ____, el presente auto. Hoy _____ de ______ de ____, a las 7:30 a.m

_____________________

Secretario