2013 11 22 boletín reglamento proyectos comunicacionales

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BOLETÍN DE PRENSA Reglamento para concesión de frecuencias enfatiza en la responsabilidad social El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación CORDICÓM expidió el Reglamento para la calificación del proyecto comunicacional de los solicitantes de frecuencias del espectro radioeléctrico para el funcionamiento de medios de comunicación social privados y comunitarios de radio y televisión de señal abierta, con un enfoque que fomenta la responsabilidad de todos los actores de la comunicación y los impactos que su actividad tiene en la sociedad. La Resolución Cordicom - 2013 – 004 define los criterios a ser considerados en los proyectos comunicacionales que los solicitantes de frecuencias deben desarrollar como requisito para que la Institución pueda emitir el informe vinculante que define si se concede o no una frecuencia de radio o televisión abierta. Se valora el incremento progresivo del porcentaje de producción nacional independiente en la programación emitida por los medios de comunicación, de tal manera que los contenidos sean educativos, formativos, culturales y de entretenimiento, que eliminen estereotipos, respeten y promuevan los derechos humanos y la dignidad de las personas, y difundan valores, costumbres y tradiciones de los pueblos indígenas, afroecuatorianos y montubios. Además se otorga puntos cuando el proyecto comunicacional del medio solicitante supera la cuota de pantalla y programación para la difusión de productos y largometrajes de producción nacional, producción nacional independiente o iberoamericana, de conformidad con los artículos 100 y 102 de la Ley Orgánica de Comunicación y los principios de reciprocidad con los países de América Latina. Se pone acento en los criterios de inclusión que deben cumplir los proyectos cuando se puntúa las acciones afirmativas que los solicitantes se comprometen a cumplir tanto en la equiparación de género en la integración de la nómina, la inclusión de personas con discapacidad además de aquellas provenientes de pueblos y nacionalidades indígenas, montubios y afroecuatorianos. Con la valoración de los criterios de impacto social se busca fomentar en los medios de comunicación el compromiso para que sus contenidos promuevan la equidad de género, interculturalidad, diversidad, inclusión, participación y una cultura de paz. Se da puntos adicionales cuando el medio da espacios de capacitación y jornadas de profesionalización para sus editores y editoras, periodistas, y demás trabajadores de la

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BOLETÍN DE PRENSA

Reglamento para concesión de frecuencias enfatiza en la responsabilidad

social

El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación CORDICÓM

expidió el Reglamento para la calificación del proyecto comunicacional de los

solicitantes de frecuencias del espectro radioeléctrico para el funcionamiento de

medios de comunicación social privados y comunitarios de radio y televisión de señal

abierta, con un enfoque que fomenta la responsabilidad de todos los actores de la

comunicación y los impactos que su actividad tiene en la sociedad.

La Resolución Cordicom - 2013 – 004 define los criterios a ser considerados en los

proyectos comunicacionales que los solicitantes de frecuencias deben desarrollar como

requisito para que la Institución pueda emitir el informe vinculante que define si se

concede o no una frecuencia de radio o televisión abierta.

Se valora el incremento progresivo del porcentaje de producción nacional

independiente en la programación emitida por los medios de comunicación, de tal

manera que los contenidos sean educativos, formativos, culturales y de

entretenimiento, que eliminen estereotipos, respeten y promuevan los derechos

humanos y la dignidad de las personas, y difundan valores, costumbres y tradiciones

de los pueblos indígenas, afroecuatorianos y montubios.

Además se otorga puntos cuando el proyecto comunicacional del medio solicitante

supera la cuota de pantalla y programación para la difusión de productos y

largometrajes de producción nacional, producción nacional independiente o

iberoamericana, de conformidad con los artículos 100 y 102 de la Ley Orgánica de

Comunicación y los principios de reciprocidad con los países de América Latina.

Se pone acento en los criterios de inclusión que deben cumplir los proyectos cuando se

puntúa las acciones afirmativas que los solicitantes se comprometen a cumplir tanto en

la equiparación de género en la integración de la nómina, la inclusión de personas con

discapacidad además de aquellas provenientes de pueblos y nacionalidades indígenas,

montubios y afroecuatorianos.

Con la valoración de los criterios de impacto social se busca fomentar en los medios de

comunicación el compromiso para que sus contenidos promuevan la equidad de

género, interculturalidad, diversidad, inclusión, participación y una cultura de paz. Se

da puntos adicionales cuando el medio da espacios de capacitación y jornadas de

profesionalización para sus editores y editoras, periodistas, y demás trabajadores de la

comunicación, sobre el tratamiento informativo en temas de género, interculturalidad,

diversidad e inclusión.

Finalmente le da un peso especial a los espacios de educomunicación que incluyan a

personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos para que puedan mejorar

su calidad de vida y promover la igualdad.

Este reglamento forma parte de una serie de herramientas legales que el CORDICOM

emite por mandato legal que acercan a la ciudadanía al ejercicio de sus derechos a la

comunicación, la buen vivir, a la justicia colectiva y al respeto democrático a la palabra

de todas y todos los ecuatorianos.