2011 reglamento de convivencia

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Reglamento de convivencia escolar, actualizado 2011

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1INSTITUTO POLITECNICO SUPERIOR JUAN TERRIER DAILLY C U R I C O REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR PRESENTACION La Convivencia Escolar en el Instituto Politcnico Superior Juan Terrier Dailly de Curic, se inserta en las normas establecidas por el Ministerio de Educacin en el REGLAMENTO TIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR. Las transformaciones que nuestra sociedad demanda, las asume nuestro colegio y las incorpora en esta normativa, haciendo nfasis en la praxis democrtica, donde las formas de relacin interpersonal en la comunidad educativa estn inspiradas en los valores del desarrollo personal, el dilogo, el respeto y la solidaridad. Con este manual queremos normar el comportamiento y desarrollo de nuestros alumnos y alumnas al interior y exterior del establecimiento propendiendo a la armoniosa y sana convivencia entre todos los integrantes de la comunidad educativa. En la certeza que en la educacin formal las normas son herramientas que tienen como objetivo mejorar la formacin de los jvenes; las aqu contenidas han sido legitimadas con la participacin y discusin de los padres y/o apoderados, docentes, asistentes de la educacin y estudiantes del Establecimiento. Tratndose de un Establecimiento donde se forman jvenes en un ambiente educativo basado en principios y valores ticos-morales con principios de civilidad y de derecho, el presente Reglamento propicia de modo preferente el respeto mutuo de todos sus estamentos y cautela la dignidad del alumno, su familia y la comunidad escolar. DE LA MATRICULA: La matrcula significa para el alumno y su apoderado ejercer el derecho a la Educacin en el Instituto. El apoderado al matricular un alumno(a), acepta y se compromete a respetar y cumplir las disposiciones reglamentarias establecidas en el presente Reglamento. Para matricular un alumno es necesario cancelar los derechos de matrcula fijados por el Ministerio de Educacin y dems derechos establecidos por el colegio. Todo alumno debe ser matriculado por su padre, madre, tutor o apoderado, adjuntando toda la documentacin solicitada para el efecto. Para matricular a un alumno por primera vez, se acompaarn los siguientes documentos: Certificado de Nacimiento Certificado(s) de Estudio Informe de Conducta A todo alumno que repita, habindose matriculado en forma condicional, ya sea por indisciplina, bajo rendimiento o pase especial otorgado por la Direccin, no se le otorgar matrcula para los aos siguientes. En todo caso el alumno, a travs de su apoderado podr apelar de esta decisin ante el Consejo General de profesores Todo alumno que sea retirado por su apoderado antes del trmino del ao escolar por razones de rendimiento, desinters, irresponsabilidad o mala conducta, no tendr derecho a matrcula para los aos siguientes. DE LOS APODERADOS Todo Alumno debe contar con dos apoderados: Titular y Suplente (individualizados en su ficha de matrcula por quien matricula al alumno(a). Cualquier cambio posterior debe solicitarlo el apoderado al Inspector General. Son apoderados por derecho propio los padres del alumno o su guardador legal, salvo las situaciones y casos en que medie un tribunal. No podrn ser apoderados los menores de edad, los funcionarios y los alumnos del colegio, a menos que lo sean por derecho propio (padres o tutores legales del alumno). Slo en casos justificados la Direccin del Instituto podr aceptar como apoderados a otras personas, quienes debern presentar a sta la autorizacin correspondiente de los padres, guardador legal o del tribunal correspondiente. La Direccin del Instituto se reserva el derecho a solicitar cambio de apoderado, o no aceptar a determinada persona que lo reemplace cuando las circunstancias as lo requieran. La nica persona que puede justificar inasistencias, atrasos o retirar al alumno en forma anticipada es el APODERADO. COMPROMISOS DE LOS APODERADOS: Conocer, asumir, respetar y comprometerse con el proyecto educativo del Instituto. Conocer y cumplir en todas sus disposiciones el presente Reglamento de Convivencia Interno del Instituto y sus disposiciones. Colaborar con el Instituto en la comn tarea de la educacin de su pupilo(a). Preocuparse y responsabilizarse por todas las actuaciones educativas de su pupilo(a). Interesarse por la forma en que evoluciona el proceso de aprendizaje de su pupilo(a). Integrarse creativamente a las actividades curriculares de libre eleccin propiciadas por el colegio como monitores de alguna de ellas. Integrarse positivamente a colaborar con el colegio en el logro de sus metas institucionales participando activamente en las organizaciones internas propias de los Padres y Apoderados. De los compromisos anteriores se derivan los siguientes deberes: Justificar personalmente (antes del inicio de la jornada de clases) las inasistencias y atrasos de su pupilo (a). Asistir puntualmente a las reuniones del centro de padres y apoderados. Responder monetariamente por los destrozos o deterioros que ocasione su pupilo (a) en el establecimiento. Concurrir, a lo menos, una vez por semestre a conversar acerca de su pupilo(a) con el profesor jefe de su respectivo curso en el horario de atencin establecido para tal efecto.

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2 5. 6. 7. 8. 9. 8. 9. 10.3. El apoderado debe brindar un trato deferente y respetuoso a todo el personal del establecimiento. Se considerar falta gravsima el maltrato verbal, fsico, psicolgico o moral (despectivo o soez) en contra de cualquier integrante de la Comunidad Educativa. El apoderado no puede reprender a ningn funcionario(a) o alumno(a) del establecimiento. Toda situacin de conflicto debe canalizarla a travs de las instancias que el colegio tiene dispuestas para estos casos (Inspector General, Orientador) El apoderado(a) en ningn caso podr irrumpir en una sala de clases u otro espacio de aprendizaje del establecimiento, sean talleres, laboratorios o patios, sean cuales fueren sus motivos o motivaciones. El apoderado(a) debe acudir puntualmente al establecimiento cada vez que su presencia sea solicitada. El apoderado no debe interferir en los aspectos tcnicos de la educacin ni tampoco en las labores administrativas del Instituto. El apoderado que no concurra a una reunin citada previamente, deber entrevistarse con el Profesor Jefe en la primera hora de Atencin de apoderados luego de ocurrida dicha reunin. En caso contrario, su pupilo podr ser suspendido. El apoderado que firma la documentacin de matrcula, que asume los deberes y derechos, es el nico interlocutor vlido para el establecimiento. En segunda instancia ser el apoderado suplente debidamente autorizado. Ante cualquier duda el apoderado(a) deber acudir siempre al profesor (a) Jefe y canalizar a travs de l o ella, la situacin o situaciones que pudieren afectar a su pupilo(a) DE LA PRESENTACION Y UNIFORME ESCOLAR Se establece para todos los alumnos y alumnas de la jornada diurna del establecimiento el siguiente uniforme: DAMAS: Falda escocs (gris con verde) de largo moderado (mximo 10 cms. sobre la rodilla), blusa camisera blanca o polera del establecimiento, chaleco gris con ribetes verdes y calcetas grises, zapatos negros tipo colegial, corbata e insignia del Instituto. Podrn usar pantaln de corte recto, parca, abrigo o chaquetn azul marino cuando las condiciones climticas lo hagan aconsejable. Est absolutamente prohibido usar el pantaln pitillo y las poleras exageradamente ceidas. Las alumnas de la rama Industrial podrn usar permanentemente el pantaln oficial del colegio y en el taller adems usarn overol, paoleta o gorro. Las alumnas de Atencin de Prvulos podrn usar, adems del uniforme oficial del establecimiento, las prendas de vestir propias de una profesional de este sector de servicios y Proyectos Sociales. Las alumnas de la rama tcnica usarn en el taller paoleta y delantal. Las alumnas de la especialidad de Administracin podrn usar en el laboratorio de informtica, el delantal oficial del establecimiento (cuadrill verde). La polera oficial del Instituto slo se podr usar desde Septiembre a marzo, mientras que desde el 1 de abril al 31 de agosto las alumnas debern usar la blusa camisera blanca. VARONES: Pantaln de corte recto de color gris, camisa blanca o polera del establecimiento, chaleco gris con ribetes verdes, zapatos negros de colegio, vestn de color azul marino con solapa, corbata e insignia del Instituto. Est estrictamente prohibido el uso del pantaln pitillo y el del tipo rapero. Cuando las condiciones climticas lo hagan necesario, podrn usar la parca oficial del Instituto, chaquetn o abrigo azul marino, gorro de lana o bufanda gris o azul marino. El gorro y la bufanda no lo podrn usar en las salas de clases Est absolutamente prohibido usar zapatillas tipo zapato. La polera oficial del Instituto slo se podr usar desde Septiembre a marzo, mientras que desde el 1 de abril al 31 de agosto los alumnos debern usar la camisera blanca con la corbata institucional. En los talleres vestirn de acuerdo a las normas de higiene y seguridad industrial, siendo los elementos mnimos el antirruidos, los guantes de escarne corto, el overol y el zapato de seguridad (Reglamento Interno de Seguridad e Higiene Industrial). En casos justificados el Inspector general, podr autorizar a los alumnos durante un tiempo determinado a que asistan al Establecimiento con uniforme escolar incompleto.

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UNIFORME DE EDUCACION FISICA DAMAS: Lycra azul marino, polera del colegio y calcetas blancas, adems de zapatillas sin terrapln. VARONES : Short blanco, polera del colegio y calcetas o medias de color blanco, adems de zapatillas sin terrapln. Para ambos el buzo no es obligatorio, pero quienes as lo deseen deben usar slo el buzo del Establecimiento. El uso de prendas ajenas al uniforme dar lugar a su requisicin y devolucin posterior a su apoderado(a). 1. El cabello de las nias deber estar ordenado y en caso de cabello largo, ste debe en todo momento estar tomado o trenzado, pudiendo utilizar pinche, cole o cinta de color blanco, negro, gris o azul marino. No se aceptar el cabello teido. El corte de cabello de los varones no debe cubrir las orejas, ni el cuello del vestn, camisa o polera del establecimiento y estar en todo momento limpio y peinado. No se aceptar cortes tipo mohicano u otro que impliquen un largo significativo del cabello en la parte superior de la cabeza. Tampoco se aceptar el uso del cabello teido. El alumno no debe usar barba ni bigotes (salvo prescripcin mdica certificada). 2. Todas las prendas de vestir, de damas y varones debern estar debidamente identificadas con el nombre del propietario(a) y su cuidado ser de responsabilidad personal. 3. Queda prohibido el uso de cualquier prenda que no pertenezca al uniforme la que podra ser retenida y entregada al apoderado 4. El Instituto no se responsabiliza por la prdida de objetos de valor, sean stos efectos personales o dinero en sus diversas formas. 4. DE LA AGENDA INSPOL: 1. Todos los alumnos deben portarla diariamente. La agenda INSPOL deber tener en todo momento:

3 2. 1. 2. 3. 1.5. Foto del alumno tamao carn con su nombre completo y R.U.N. Datos personales completos con letra clara y legible. Nombre y firmas de sus apoderados Titular y Suplente junto con sus direcciones. Fono de emergencia Nombre y firma del Profesor Jefe Timbre de la Inspectora General sobre la foto. La agenda es personal e intransferible. En caso de prdida, en forma inmediata, el apoderado o su profesor jefe deber adquirir una nueva. la cual, para ser vlida, deber ser firmada y timbrada por el Profesor Jefe. Todos los alumnos(as) deben conservar su agenda con el mximo de cuidado y tenerla al da en todas sus secciones. Todas las comunicaciones entre el apoderado y el colegio debern realizarse en la Agenda del Instituto. No se aceptarn agendas incompletas, daadas o adulteradas. Tampoco se aceptarn cuadernos bajo ninguna circunstancia. DE LA ASISTENCIA Los alumnos debern asistir a todas las clases y actividades del plan de estudios. A pesar de lo anterior, los apoderados que deseen eximir a sus pupilos de la clase de Religin, debern comunicarlo en el momento de la matrcula, no despus. El apoderado deber justificar personalmente todas las inasistencias y atrasos de su pupilo. En caso de incumplimiento de esta norma se proceder de la siguiente forma: El alumno ingresar normalmente a clases con una autorizacin de Inspectora General; al da siguiente deber presentarse con su justificativo debidamente acreditad ante la Oficina de justificaciones. De no ser as no ser aceptado en clases hasta que su apoderado lo justifique tal como lo exige esta normativa. Si las inasistencias se prolongan por veinte das hbiles consecutivos, sin el aviso correspondiente del apoderado, el Instituto puede proceder a la cancelacin de la matrcula del alumno (Art. 87 Dcto. 3755 de 1970, sobre Reglamento Oficial de Liceos) En el caso de enfermedad prolongada, el apoderado tendr un plazo de cinco das para presentar el certificado mdico correspondiente. DE LOS ATRASOS La Direccin del colegio se reserva el derecho de autorizar en casos especiales el ingreso con atraso a la jornada de clases. En todo caso esta autorizacin no ser superior a 15 y slo se aplicar al inicio de la jornada de la maana. En el caso de la jornada de la tarde, la Direccin podr autorizar retiros anticipados por motivos calificados. En los casos de atrasos no autorizados, se proceder de la siguiente manera: El alumno ingresar a clases con autorizacin de Inspectora General, pero al da siguiente su apoderado deber justificarlo segn el mismo procedimiento de las inasistencias (Art.5.3). (Verificados por paradocente en sala). Al segundo atraso injustificado ser citado, con comunicacin escrita de la Unidad de Inspectora a su apoderado, para que asista al Instituto el da sbado para realizar, dentro del establecimiento, trabajos comunitarios solidarios Desde el tercer atraso el Inspector General citar al apoderado para comunicarle que su alumno ser suspendido por un da cada vez que llegue atrasado. Al noveno atraso injustificado (sin pase oficial permanente de Inspectora general) la matrcula del alumno quedar condicionada. De no cumplir esta condicin se le cancelar la matrcula al trmino del ao escolar en atencin a que afecta gravemente una conducta profesional bsica como es la puntualidad. DE LA INASISTENCIA A EVALUACIONES Toda inasistencia del alumno (a) a evaluaciones avisadas con anticipacin, deber ser justificada personalmente por su apoderado antes de la evaluacin. Quienes as no lo hicieren, sern evaluados en la siguiente clase con una exigencia superior. De no presentarse o negarse a rendir el procedimiento antes de la siguiente prueba, podr ser evaluado en dicha instancia evaluativa con la calificacin mnima: 1.0. considerando que no est cumpliendo una condicin bsica de todo aprendizaje esperado como es la actitud y el valor de la responsabilidad. DE LAS NORMAS DE DISCIPLINA ESCOLAR Presentarse puntualmente al inicio de su jornada de clases y retirarse ordenadamente una vez que sta haya terminado. Formarse ordenadamente frente a su sala o taller al inicio de su jornada de clase y despus de cada recreo. En ausencia del profesor, el curso aprovechar su tiempo libre estudiando, haciendo tareas, completando trabajos pendientes, leyendo, etc. dentro de la sala de clases, Centro de recursos de Aprendizaje u otro lugar acompaados por un paradocente. Una vez iniciado el perodo de clases, los alumnos solo podrn hacer abandono del espacio fsico donde stas se realizan con autorizacin escrita del profesor que corresponda o del paradocente respectivo. Los alumnos que por cualquier circunstancia no contemplada en los incisos anteriores, se encuentren en el colegio no desarrollando actividades sistemticas o extraprogramticas, debern permanecer en la biblioteca, casino u otro lugar asignado por el paradocente que corresponda, donde no entorpezcan la funcin docente. Los alumnos que deban retirarse del Establecimiento antes del trmino de su jornada de clases u otras actividades en que participan, slo lo podrn hacer previa solicitud personal de su apoderado a la Unidad de Inspectora, salvo caso de enfermedad o motivos de fuerza mayor. La autorizacin de retiro anticipado otorgada por la Inspectora General, deber presentarla el alumno(a) al profesor(a) que corresponda para que registre en el libro de clases dicha situacin; luego a Inspectora para su visa y despacho. Al da siguiente o en la jornada siguiente, deber presentar la comunicacin firmada por su apoderado al Inspector General. . Dentro y fuera del Establecimiento el alumno(a) deber mostrar una conducta intachable. Los alumnos no podrn circular dentro de las dependencias del establecimiento en ningn tipo de vehculos.

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4 2.Los alumnos estn autorizados para asistir al colegio en bicicleta, siempre que sta cuente con los mnimos elementos de seguridad: sistema de frenos, reflectantes y luces en buen estado, las que debern estacionar encadenadas en los lugares habilitados para el efecto. A ello se debe agregar el casco de seguridad correspondiente Los alumnos deben cuidar el mobiliario y el local escolar, respondiendo por los deterioros que causen dentro de las 24 horas siguientes de ocurrido el dao. De no hacerlo, quedarn suspendidos hasta que cumplan con esta exigencia o su apoderado concurra a establecer el acuerdo reparatorio. Los alumnos y alumnas debern cuidar el aseo y ornato de las dependencias del Establecimiento. Se considerarn faltas a este precepto: rayar o destruir parcial o totalmente: vidrios, paredes de baos, salas, mobiliario y dependencias en general en el interior o al exterior del establecimiento. Al finalizar el ao escolar, los cursos debern hacer entrega de su sala de clases y mobiliario en las mismas condiciones que les fueron entregadas y para ello debern ceirse a las disposiciones que para el efecto establezca la Direccin del Establecimiento. En cuanto a ello, el mobiliario debe entregarse limpio y en buen estado y la dependencia debidamente pintada. Durante su permanencia en el establecimiento los alumnos no deben permanecer frente al acceso de la sala de profesores y bajo ninguna circunstancia ingresar a ella. Los alumnos debern entrar o salir del Establecimiento slo por la puerta principal. Para el efecto se proceder de la siguiente forma: una vez que el inspector verifique la autorizacin reglamentaria para ingreso por atraso, salida por retiro anticipado o por inicio o trmino de la jornada de clases del curso, el portero abrir la puerta respectiva. Los alumnos no podrn participar de actividades que alteren el normal funcionamiento de la unidad educativa. De hacerlo su accin ser considerada una falta grave. Los alumnos no pueden traer implementos deportivos al establecimiento, salvo autorizacin escrita en su agenda por su profesor de Educacin Fsica. DERECHOS DE LOS ALUMNOS Y DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA SEGN LA LEY GENERAL DE EDUCACIN: Los profesionales de la educacin tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo. Del mismo modo tienen derecho a que se respete su integridad fsica, psicolgica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicolgicos por parte de los dems integrantes de la comunidad educativa. Revestir especial gravedad todo tipo de violencia fsica o psicolgica cometida por cualquier medio, incluyendo los tecnolgicos y cibernticos Los alumnos y alumnas y la Comunidad Educativa en general tienen derecho a: Promover y asegurar una sana convivencia y realizar sus actividades bajo las mximas del respeto mutuo y la tolerancia. Derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formacin integral necesaria para construirlo. Derecho a recibir una atencin adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidades educativas especiales; no ser discriminados arbitrariamente; expresar su opinin y a que se respete su integridad fsica, y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicolgicos. Tienen derecho, adems, a que se respeten: su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e ideolgicas y culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento. De igual modo, tienen derecho a ser informados de las pautas evaluativas; A ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de cada establecimiento; a participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento, y a asociarse entre ellos. Del Marco legal anterior se derivan tambin los siguientes derechos: A la vida, el desarrollo, la participacin y proteccin. A crecer sanos fsica, mental y espiritualmente A ser respetados tanto en el trato diario como en su vida privada. A no ser discriminados por el slo hecho de pensar o sentir diferente a los dems. A organizarse y elegir libremente sus representantes dentro del marco legal establecido por el Ministerio de Educacin para los Centros de Alumnos. A pedir y difundir la informacin necesaria que promueva su bienestar y desarrollo como personas. A expresarse libre y responsablemente, a ser escuchados y a que su opinin sea tomada en cuenta. A aprender todo aquello que desarrolle al mximo su personalidad y capacidades intelectuales, fsicas y sociales. A convivir en un medio ambiente sano y limpio. A participar activamente en la vida cultural del colegio a travs de la msica, la pintura, el teatro, el video o cualquier medio de expresin artstica. A reunirse con compaeros para planificar y desarrollar proyectos e intercambiar ideas que promuevan el bienestar y la solidaridad entre otros valores. A conocer las observaciones que se registran en su hoja de vida por parte de los docentes e inspectores: como tambin de recurrir al orientador y de llamar a su apoderado si as lo desea. A la continuidad de estudios si la alumna est embarazada o el alumno se encuentra realizando el Servicio Militar. A dar alimentacin y amamantamiento a su hijo si la alumna es madre. Para ello deber coordinarse con Inspectora a fin de que esta ltima le otorgue las facilidades del caso para salir del colegio, previa autorizacin de su apoderado, mientras dure su perodo de lactancia. A hacer uso de todos los recursos y materiales didcticos del establecimiento respetando siempre el Reglamento de uso de dicho materiales.

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5 16.A recibir atencin integral en los problemas e inquietudes que manifiesten en su desempeo escolar, convivencia con sus pares, vida personal, social y afectiva. 17. A ser respetados en sus diferencias individuales por toda la Comunidad Escolar. 18. A recibir informacin y orientacin oportuna para una sexualidad responsable, prevenir adicciones y fortalecer la salud mental. 19. A ser atendidos y evaluados en forma diferente si presentan problemas de aprendizaje. 20. A ser postulado y/o postular a Becas y otros beneficios cuando su promedio de notas, su hoja de vida y/o situacin socio econmica lo ameriten. 21. A participar activamente y con respeto en las actividades relacionadas con los valores de la Fe Cristiana que planifique el colegio. 22. A ser informados al menos con una semana de anticipacin de la aplicacin de una instancia evaluativa sumativa. 23. A conocer los resultados de las evaluaciones antes de la aplicacin de la siguiente instancia evaluativa. 8.24 DEBERES DE LOS ALUMNOS (SEGN LA LEY GENERAL DE EDUCACIN) Son deberes de los alumnos y alumnas: brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad educativa; asistir a clases; estudiar y esforzarse por alcanzar el mximo de desarrollo de sus capacidades; colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar, cuidar la infraestructura educacional y respetar el proyecto educativo y el reglamento interno del establecimiento. De los deberes que establece la normativa legal nacional, se derivan adems los siguientes: Respetarse a s mismo, cuidar su vida, su cuerpo y su salud, comportndose con dignidad en todo momento y lugar, evitando la prctica de juegos violentos que puedan causarles lesiones de cualquiera ndole, poniendo en riesgo su integridad fsica y la de otros. Respetar la dignidad de sus compaeros(as) y dems integrantes de la comunidad educativa evitando insultos y apodos humillantes, abuso, discriminacin, chismes, prepotencia, agresin fsica y expresiones verbales o a travs de medios escritos, grficos u electrnicos (fotolog, mail, chat, Messenger u otros) publicados dentro o fuera del colegio que afecten su dignidad. Cuidar su higiene y presentacin personal. Cuidar su vocabulario evitando el uso de palabras soeces. Estudiar con seriedad y constancia realizando los trabajos y tareas estudiantiles y estar siempre preparado para participar activamente en clases y en las evaluaciones. Asistir puntualmente a todas las clases y evaluaciones programadas en los diferentes subsectores y mdulos de aprendizaje. No salir sin autorizacin de clases o del establecimiento. Presentarse a todas sus clases con los materiales correspondientes, sean stos libros, cuadernos, apuntes, guas de aprendizaje, lpices u otros, segn la naturaleza del mdulo y/o subsector. Mantener en clases un ambiente favorable a la actividad acadmica, lo que exige silencio, cuando se trata de atender una explicacin o escuchar una intervencin y tener una participacin activa y ordenada en las diferentes actividades de aprendizaje planificadas y desarrolladas por los docentes del subsector o mdulo.. Estudiar con seriedad y constancia, realizando con diligencia los trabajos y tareas encomendadas Realizar en clases y en su hogar todas y cada una de las tareas asignadas Presentarse a clases y/o cualquier acto en representacin del colegio con el uniforme oficial del establecimiento. Presentarse a talleres y laboratorios con el vestuario de seguridad y a clases de educacin fsica con el uniforme oficial del colegio para estas prcticas. Demostrar caballerosidad y cortesa cuando participe con el uniforme del establecimiento en competencias y eventos culturales, deportivos o recreativos. Ser veraz y cumplir con los compromisos adquiridos con sus compaeros, profesores y con el establecimiento. Ser honesto(a) y honrado(a) cuidando lo que le pertenece y la propiedad de otros as como la propiedad del establecimiento que est al servicio de todos. Respetar y valorar las diferencias, ser solidarios y colaborativos. Mantener en clases una conducta respetuosa para con el profesor(a) y sus compaeros(as). Cumplir puntualmente con la entrega de tareas y trabajos que deben ser presentados de acuerdo a las indicaciones dadas por el respectivo profesor(a) Mantener las condiciones de limpieza e higiene personal y el uso de una vestimenta adecuada a cada espacio de aprendizaje. Traer diariamente la agenda de comunicaciones. oficial del establecimiento. Respetar y cumplir todos y cada uno de los deberes del presente Reglamento de Convivencia.

68.25 COMIT DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR Existir un Comit de Sana Convivencia Escolar, que estar integrado al menos por un representante de cada uno de los siguientes estamentos: a) La Direccin b) Inspectora General. c) La Unidad de Orientacin. d) Los profesores e) Los alumnos f) Los Padres y Apoderados g) Los asistentes de la educacin Los encargados de la convivencia escolar sern el Orientador y el inspector General El Comit tendr las siguientes atribuciones: Proponer medidas o programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano; Disear e implementar planes de prevencin de la violencia escolar; Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar; Conocer de los informes e investigaciones presentadas por los encargados de convivencia escolar; Requerir a la Direccin, a los profesores o a quien corresponda informes, reportes y o antecedentes relativos a la convivencia escolar; Determinar, con alcance general, qu tipo de faltas y sanciones sern de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, as como los procedimientos a seguir en cada caso; Aplicar sanciones, en los casos de su competencia, fundamentados y pertinentes. Actuar como ltima instancia de apelacin de los alumnos sancionados con medidas extremas. NORMAS DE CARCTER GENERAL Definicin de maltrato escolar: Se entender por maltrato escolar cualquier accin u omisin intencional, ya sea fsica y psicolgica, realizada en forma escrita, verbal o a travs de medios tecnolgicos o cibernticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda: Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad fsica o psquica , su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales, Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeo acadmico, afectivo, moral intelectual, espiritual o fsico. Se considerarn constitutivos de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas: Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa; Agredir fsicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa; Agredir verbal o psicolgicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa; Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de caractersticas fsicas, etc.); Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condicin social, situacin econmica, religin, pensamiento poltico o filosfico, ascendencia tnica, nombre, nacionalidad, orientacin sexual, discapacidad, defectos fsicos o cualquier otra circunstancia; Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a travs de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrnicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografas, sitios webs, telfonos o cualquier otro medio tecnolgico, virtual o electrnico; Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernticos cualquier conducta o maltrato escolar. Realizar acosos o ataques de connotacin sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito; Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos; o Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohlicas, drogas o sustancias ilcitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por ste. Los actos cvicos contarn con la presencia de todos los cursos que la Direccin o U.T.P. consideren pertinentes. Los alumnos asistirn a los actos cvicos con su uniforme completo excluyendo las prendas propias del desempeo en talleres Para asistir a los actos cvicos, los alumnos lo harn formados desde sus salas o talleres, acompaado por el profesor correspondiente. Durante el desarrollo de los actos cvicos los alumnos deben mostrar una conducta respetuosa por lo que ellos representan, es decir, mantenerse formados, escuchar en silencio y entonar respetuosamente el Himno Nacional como el del colegio. Los alumnos debern participar en todas las actividades en que el colegio los precise.

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7 6. 7. 8. 9. 10.En actividades extraprogramticas los alumnos debern representar, en primer lugar, al Establecimiento y slo cuando ste no lo requiera podrn hacerlo por otra institucin. Pero en ningn caso podrn actuar en contra de su colegio. Cuando se realice un simulacro de evacuacin de las dependencias (Plan de Emergencia de Seguridad Escolar) el alumno deber ceirse a las indicaciones estipuladas para tal efecto por el Jefe de Seguridad correspondiente y respetar la actuacin a indicaciones de los monitores de seguridad respectivos. Durante su permanencia en el Establecimiento y de modo especial en los talleres, los alumnos debern cumplir estrictamente el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad Industrial. El alumno que se compromete a participar en actividades extraprogramticas deber cumplir responsablemente su compromiso. Los alumnos que repitan el 1er. 2do. o 3er. Ao medio, no podrn continuar sus estudios en el establecimiento por razones de cobertura. Los alumnos de 1 y 2 Medio que no aprueben Lengua Castellana y Comunicacin y/o Matemticas y que igualmente sean promovidos, tendrn una condicionante especial para el ao siguiente. Los alumnos y alumnas no estn autorizados para utilizar equipos personales de difusin musical en el Centro de Recursos de Aprendizaje, salas de clases, laboratorios ni talleres de las especialidades. De no respetar esta normativa sus equipos sern requisados y devueltos a sus apoderados. En caso de reincidencia la requisicin ser hasta el fin del semestre y/o ao escolar segn corresponda. Los alumnos y alumnas no podrn realizar grabaciones, filmaciones ni tomar fotografas en el establecimiento sin contar con la autorizacin correspondiente del profesor jefe, docentes o directivos de la Unidad Educativa. Quien sea sorprendido realizando cualquiera de estas acciones, sin contar con la autorizacin correspondiente, ser sancionado(a) conforme a este Reglamento considerando su accin como un hecho grave. Los alumnos y alumnas no podrn recibir ni realizar llamadas desde sus telfonos celulares encontrndose en clases. Quienes as lo hicieren incurrirn en una falta grave. Los alumnos y alumnas podrn traer y utilizar en clases notebook y Net Books, siempre y cuando los utilicen para complementar sus conocimientos y no para otras prcticas (chatear, usar Factbook, escuchar msica, ver filmaciones, otras). NORMAS DE CARCTER EXCEPCIONAL: Las alumnas que presenten estado de gravidez, certificada por un mdico, sern evaluadas de modo especial y para su promocin de curso, debern aprobar al menos el segundo semestre. En caso que el alumbramiento se produzca durante el perodo de vacaciones de verano o en el perodo marzo mayo, deber reintegrarse a clases pasado el perodo post natal de 2 meses y aprobar el 2do semestre. El alumno(a) que sea sorprendido portando o comercializando drogas, alcohol u otros, ya sean alucingenos o estupefacientes, ser denunciados a la justicia y a la PDI. En esa condicin se avisar a sus padres o guardadores legales. Los alumno(as) que sean sorprendidos fumando dentro del establecimiento o en sus inmediaciones (frontis, vereda inmediata o vereda del otro lado de la calle circundante), se exponen a las siguientes sanciones: Anotacin en su hoja de vida, citacin a su apoderado, condicionalidad, suspensin y cancelacin de su matrcula en atencin que est transgrediendo La Ley de Consumo del Tabaco. Los alumnos(as) que sean sorprendidos reiteradamente ebrios o bajo la influencia de las drogas sern puestos a disposicin de sus padres o guardadores legales quienes debern presentar al colegio un certificado mdico que garantice que dicho alumno(a) se encuentra en tratamiento para superar su adiccin. Los que as no lo hicieren facultarn al colegio para cancelar la matrcula del alumno por afectar seriamente la sana convivencia estudiantil. Al alumno(a) que sea sorprendido portando armas de cualquier tipo, sean stas blancas, a fogueo o de fuego u objetos de cualquier naturaleza destinados a la defensa personal o al ataque (anillos metlicos de gran tamao con o sin puntas, palos, hondas, cadenas, manoplas, linchacos, cinturones o muequeras con objetos metlicos de adorno u otro fin, etc.), la primera vez se le requisar el elemento, quedando ste con su matrcula condicional. Si el alumno reincide en la o las conductas anteriores, su matrcula ser cancelada. Al alumno(a) que participe activa o pasivamente en una ria dentro del establecimiento o fuera de l en horario de clases con o sin uniforme del colegio se le condicionar su matrcula y si como consecuencia de este mismo hecho resultasen personas con daos fsicos o emocionales de consideracin (certificados por el Servicio Mdico Legal) se le podr cancelar la matrcula. Si en la ria se usarn armas de cualquier tipo, por ese slo hecho, se le cancelar la matrcula. Al alumno (a) que hiciere vctima de abusos deshonestos debidamente comprobados a compaeros (as) de colegio, con o sin resultado de violacin, se le cancelar la matricula y se le pondr a disposicin de la autoridad competente. Al alumno(a) que hiciere vctima de robo, hurto o asalto debidamente comprobado a cualquier integrante de la Unidad Educativa se le cancelar la matrcula y se le pondr a disposicin de la autoridad competente. A todo alumno(a) que participe en acciones que alteren el orden pblico, se le condicionar la matrcula. A todo alumno(a) encausado(a) por delito(s) por la justicia ordinario que implique prdida de libertad, mientras dure el proceso se le considerar ausente sin justificacin. Terminado el proceso y de resultar declarado(a) culpable, se le cancelar la matrcula. En el caso contrario (es declarado inocente), se le darn todas las facilidades para que concluya el ao escolar. Todas estas medidas excepcionales sern evaluadas, antes de su aplicacin, por el Comit de Sana Convivencia escolar. Para lo anterior ser requisito que la familia del alumno (a) afectado presente a la Direccin, una solicitud para que se reconsidere su caso con la documentacin pertinente de los especialistas que corresponda. El Bullyng ser considerado una falta grave pudiendo el colegio cancelar la matrcula a quienes manifiesten conductas extremas( daos fsicos o emocionales de consideracin certificados por un especialista). El mal uso de grabaciones, filmaciones, fotografas, Internet en todas sus posibilidades, que tenga como resultado ofensas o daos

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8emocionales o de otro tipo a estudiantes, funcionarios del establecimiento, padres y apoderados ser considerada una falta gravsima y se sancionar con la cancelacin de la matrcula. 13. Al final de cada ao el cuerpo de profesores realizar un Consejo ampliado por nivel para evaluar y sancionar las condicionalidades y NO renovacin de matricula 10. CLASIFICACIONES DE LAS FALTAS: Para los efectos del presente Reglamento, se clasificarn las faltas cometidas por los alumnos de la siguiente forma: 10.1 FALTAS LEVES: 10.1.1 Presentarse al establecimiento con el uniforme escolar o uniforme de Educacin fsica incompleto. 10.1.2 Presentarse al establecimiento con sus prendas de vestir sin su correspondiente marca personal. 10.1.3 Negarse a la formacin al inicio de sus actividades escolares. 10.1.4 Negarse a mantener el aseo y ornato de cualquier dependencia del establecimiento. 10.1.5 Permanecer en el establecimiento fuera de su horario de clases en lugares no autorizados 10.1.6 Entorpecer el acceso a la sala de profesores o ingresar a ella. 10.1.7 Negarse a concurrir formados desde sus salas de clases o talleres al lugar sealado para la realizacin de los actos cvicos. 10.1.8 Concurrir a los actos cvicos con tiles escolares utilizados en la sala de clases o talleres. 10.2 FALTAS MEDIANAMENTE GRAVES: 10.2.1 Presentarse al establecimiento sin su agenda. 10.2.2 Descuidar el uso y conservacin de la Agenda. 10.2.3 Circular dentro del establecimiento en bicicleta u otro tipo de vehculos. 10.2.4 No concurrir al acto cvico habiendo sido citado 10.2.5 Retirarse del establecimiento sin haber presentado al profesor correspondiente la autorizacin de retiro anticipado dado por la Unidad de Inspectora 10.2.6 Faltar a cualquier instancia evaluativa programada con anticipacin sin motivo justificado. 10.2.7 Negarse a participar por el establecimiento en actividades curriculares o extraprogramticas sin motivo justificado 10.2.8 Incumplir las normas establecidas sobre realizacin de la operacin Deyse. 10.2.9 Entrar o salir del establecimiento por lugares no autorizados. 10.2.10 Alterar el orden al ingresar o hacer abandono del establecimiento. 10.2.11 Descuidar su higiene y/o presentacin personal 10.2.12 Utilizar equipos personales de difusin musical en el Centro de Recursos de Aprendizaje, salas de clases, laboratorios ni talleres de las especialidades. 10.2.13 Incurrir reiteradamente en la o las mismas faltas leves. 10.3 FALTAS GRAVES: 10.3.1 Porte o tenencia de cualquier elemento que pueda ocasionar daos materiales a terceros 10.3.2 Alterar la disciplina o el normal desarrollo de las clases y/o los actos cvicos 10.3.3 Usar ms de una agenda en forma simultnea. 10.3.4 Usar agenda de otro estudiante. 10.3.5 Deteriorar la agenda, material escolar, documentos u otros efectos personales de sus compaeros o del colegio. 10.3.6 La inasistencia injustificada y/o reiterativa a clases y otras actividades en que deba participar durante el ao escolar. 10.3.7 Llegar atrasado en forma reiterada a clases u otra actividad escolar sin estar autorizado para ello. 10.3.8 Faltar a clases por quince das consecutivos sin que el apoderado comunique este hecho a la Direccin 10.3.9 Abandonar sin autorizacin el espacio fsico donde est cumpliendo actividades escolares 10.3.10 Salir del establecimiento antes del trmino de su jornada de clases, sin autorizacin de la Unidad de Inspectora 10.3.11 Faltar a la moral y las buenas costumbres dentro o fuera del establecimiento 10.3.12 Provocar daos a las instalaciones, infraestructura y/o mobiliario del establecimiento. 10.3.13 Participar en eventos competitivos en contra de su establecimiento 10.3.14 Incumplir el reglamento Interno de Higiene y Seguridad Industrial 10.3.15 Participar dentro del establecimiento o fuera de l, en actividades que atenten contra su normal funcionamiento. 1. Participar fuera del establecimiento, estando con uniforme, en actividades que alteren el orden pblico o atenten contra la sana convivencia ciudadana. 10.3.17 Adulterar documentos 10.3.18 Falsificar firmas 10.3.19 Causar daos de cualquier naturaleza a bienes de propiedad o responsabilidad de funcionarios del colegio. 1. Utilizar el celular en clases o en cualquier acto oficial del colegio. 11. FALTAS GRAVSIMAS: Son consideradas tales las siguientes actitudes o actuaciones del alumno (a): 11.1. Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohlicas, drogas o sustancias ilcitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por ste. 1. Portar armas de cualquier tipo, sean stas blancas, a fogueo o de fuego u objetos de cualquier naturaleza destinados a la defensa personal o al ataque (palos, anillos de metal excesivamente grandes con o sin puntas, hondas, cadenas, manoplas, linchacos, etc.). 11.1.3 Participar activa o pasivamente en una ria dentro del establecimiento o fuera de l en horario de clases con o sin uniforme en que se usen armas de cualquier tipo. 11.1.2 Hacer vctima de abusos deshonestos a compaeros (as) de colegio, con o sin resultado de violacin, 11.1.4 Agredir de hecho o palabra a cualquier miembro de la Unidad Educativa dentro o fuera del establecimiento.

911.1.5 Destruir total o parcialmente documentacin oficial del establecimiento. 12.CLASIFICACION DE LAS FALTAS Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS 12.1 FALTAS LEVES 12.1.1 Amonestacin verbal 12.1.2 Amonestacin por escrito; 12.1.3 Comunicacin al apoderado; 12.1.4 Citacin al apoderado 12.1.5 Anotacin de falta en Registro de observaciones en el libro de clases. 12.2 FALTAS MEDIANAMENTE GRAVES 12.2.1 Citacin al apoderado 12.2.2 Anotacin de falta en Registro de observaciones en el libro de clases 12.2.3 Horario extraordinario de estudio o trabajos en taller o comunitarios dentro del colegio. 12.2.4 Suspensin de uno a tres das. 12.3 FALTAS GRAVES 12.3.1 Dilogo personal pedaggico y correctivo; 12.3.2 Dilogo grupal reflexivo; 12.3.3 Citacin al apoderado. 12.3.2 Horario extraordinario de estudio o trabajos en taller o comunitarios dentro del colegio Derivacin psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento, educacin o de control de las conductas Contrarias a la sana convivencia escolar); 12.3.3 Suspensin de uno a tres das. 12.3.4 Suspensin de tres a cinco das 12.3.5 Condicionalidad de la matrcula 12.3.6 Cancelacin de la matrcula. 12.4: FALTAS GRAVSIMAS 12.4.1 Citacin al apoderado. 12.4.2 Derivacin psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento, educacin o de control de las conductas Contrarias a la sana convivencia escolar); 12.4.3 Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohlicas, las drogas o sus sustancias ilcitas 12.4.4 Suspensin de tres a cinco das; 12.4.5 Condicionalidad de la matrcula del alumno; 12.4.6 No renovacin de la matrcula para el prximo ao escolar; o 12.4.7 Expulsin del establecimiento, medida que solo se aplicar en casos de especial gravedad, debidamente fundamentados y luego de haber agotado todas las medidas correctivas anteriores, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas respectivas. 12.4.8 Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrn disponer medidas como la obligacin de designar un nuevo apoderado o la prohibicin de ingreso al establecimiento. 12.5. PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS: 12.5.1 Todos los funcionarios del Colegio estn facultados para llamar la atencin a los alumnos, tanto dentro como fuera del establecimiento. 12.5.2 Segn la naturaleza de la falta cometida, los alumnos sern sancionados con las siguientes medidas a) Amonestacin verbal b) Amonestacin escrita (en el libro de clases) c) Citacin al apoderado d) Citacin al alumno fuera de su horario de clases a cumplir horario de estudio, trabajo en el taller de la especialidad o comunitario dentro del colegio. e) suspensin de uno a tres das f) Suspensin de tres a cinco das g) Condicionalidad de la matrcula h) No renovacin de la matrcula. CRITERIOS DE APLICACIN DE LA SANCIONES Toda medida o sancin debe tener un claramente un carcter formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Ser impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados y procurando la mayor proteccin y reparacin del afectado y la formacin del responsable. Se tomar en cuenta al momento de determinar la sancin o medida, los siguientes criterios: La edad, la etapa del desarrollo y madurez de las partes involucradas; La naturaleza, intensidad y extensin del dao causado; La naturaleza, intensidad y extensin de la agresin por factores como : La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores; El carcter humillante y vejatorio del maltrato; Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro; Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa; Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento, La conducta anterior del responsable; El abuso de una posicin superior, ya sea fsica, moral, de autoridad u otra; La discapacidad o indefensin del afectado. 13 13.1 FORMA DE PROCEDER La amonestacin verbal podr ser aplicada por todos los funcionarios del Establecimiento.

1013.2 13.3 13.4 13.5 13.6 13.7 El registro de la amonestacin en la hoja de vida de los alumnos podr ser aplicada por el Inspector General, personal docente, Integrantes de la Unidad Tcnico Pedaggica, Jefe de Unidad de Formacin Profesional, Orientador y Jefes de las Especialidades. La citacin al apoderado podrn efectuarla: El Director, El Jefe de la Unidad Tcnico Pedaggica, El Jefe de la Unidad de Formacin Profesional, Orientador, los Jefes de Especialidades, Profesores Jefes y el Coordinador de Inspectora General. En cada caso con informacin a su profesor jefe. La citacin al alumno(a) a horario extraordinario de estudio o trabajos en taller o comunitarios lo podrn decidir: El Profesor Jefe y el Inspector General. En cada caso con informacin a su profesor jefe. La suspensin de 1 a 3 das, la decide la Direccin por propia iniciativa o solicitud debidamente fundada de cualquier miembro del personal docente, en ese caso, previa consulta al Inspector General, profesor jefe, jefe de especialidad (cuando corresponda) y orientador. La suspensin de 3 a 5 das, la decide la Direccin del establecimiento por propia iniciativa o a solicitud debidamente fundada de cualquier miembro del personal docente, previo informe del profesor(a) jefe, Orientador e Inspector General. La medida antes de su aplicacin ser comunicada a su apoderado. La solicitud a la Direccin de aplicar condicionalidad de la matrcula, la realiza el profesor(a) jefe por propia iniciativa o a solicitud debidamente fundada del Consejo de Profesores de Curso. Tambin la pueden solicitar el Jefe de Especialidad y el Orientador. La medida antes de su aplicacin ser comunicada a su apoderado. La condicionalidad de la matrcula dejar al alumno(a) en observacin por un tiempo determinado, y si su comportamiento no es satisfactorio, no ser aceptado como alumno(a) al ao siguiente en el establecimiento, hecho que ser comunicado al apoderado al finalizar el ao escolar. El tiempo mnimo de la condicionalidad ser de un semestre y el mximo de un ao, al trmino de los cuales el Consejo de Profesores del curso, determinar si sta se levanta o se aplica en todo su rigor. Si un alumno sancionado con la condicionalidad de matrcula, incurre en nuevas faltas graves, se le aplicar la sancin de asistencia solo a las evaluaciones, no pudiendo el alumno permanecer en el establecimiento en horarios que no correspondan a pruebas que est realizando. La no renovacin de la matrcula la decide el Director del establecimiento con el profesor (a) jefe previo informe del orientador, Inspector General, jefe, jefe de especialidad si correspondiese y el consejo de profesores de curso. El Comit de Sana Convivencia Escolar deber constituirse en un plazo no superior a 72 horas de ocurridos los hechos, para analizar la situacin considerada de extrema gravedad. Al trmino del mismo, se emitir un informe escrito en el cual se indicar taxativamente las razones o cargos concretos que determinaron aplicar la medida de no renovacin de la matrcula o expulsin de l o los alumnos afectados. Todo alumno(a) sancionado(a), que no est de acuerdo con la medida tomada por el establecimiento, tiene el derecho de manifestar su parecer a travs de una apelacin escrita al Director del colegio, quien actuar como instancia final de apelacin. Cualquier situacin no contemplada en este Reglamento ser resuelta por la Direccin del establecimiento en conjunto con el Comit de Sana Convivencia Escolar.

13.7.1 13.7.2 13.7.3 13.8 13.8.1

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL INTRODUCCION Las normas que contiene este reglamento han sido estudiadas y establecidas con el propsito de prevenir los riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que puedan ocurrir a los alumnos(as). El cumplimiento de ellas no significar exigencias excesivas y, en cambio, contribuir a aumentar la seguridad en el colegio. Estas normas de Seguridad debern cumplirse tanto por los profesores como por los alumnos(as) al ingresar a los talleres, laboratorios o cualquier otra actividad que el caso lo requiera. 14.1 EXIGENCIAS 14.1.1 La ropa de trabajo en general debe estar limpia y libre de parches sueltos, rotas o volantes, que puedan ser atrapadas o enganchadas por las mquinas o engranajes. 14.1.2 Las mangas de los overoles o guardapolvos, debern usarse ajustadas a los puos. 14.1.3 El overol deber ser de color azul marino sin ningn tipo de distintivo. 14.1.4 En la cartera superior izquierda del overol deber llevar el nombre del alumno (la misma exigencia para el delantal de las damas.) 14.1.5 Las alumnas debern usar pauelo o gorro para sujetar el cabello suelto o largo. 14.1.6 Al ingresar a los talleres deber usar overol o cotona, segn corresponda. 14.1.7 Las superficies de acceso y de trabajo debern estar limpias al empezar y al terminar sus actividades. 14.2 OBLIGACIONES 14.2.1 Cooperar al mantenimiento y buen estado de limpieza y en especial mantener los lugares de trabajo libres de restos de comidas o desperdicios, los que debern ser depositados exclusivamente en los receptculos habilitados al efecto. 14.2.2 Preocuparse de su aseo personal, especialmente el de las manos, usando jabones o detergentes, evitando el uso del huaipe o trapos, salvo que las caractersticas de las labores lo requieran, pero teniendo especial cuidado en evitar que se tapen u obstruyan desages y que se produzcan condiciones antihiginicas. 14.3 PROHIBICIONES 14.3.1 Ingresar al lugar de trabajo o trabajar en estado de intemperancia, prohibindose terminantemente entrar bebidas alcohlicas o drogas al establecimiento, consumirlas o darlas a consumir a terceros. 14.3.2 Se prohbe fumar. 14.3.3 Chacotear, jugar, empujarse, reir o discutir dentro del recinto del colegio y a la hora que sea. 14.3.4 Alterar, cambiar o accionar instalaciones, equipos, sistemas elctricos o mquinas sin haber sido expresamente autorizado para ello. 1. Soldar o calentar tambores vacos o envases que hayan contenido algn tipo de aceite o combustibles. 2. El accidentado por ningn motivo podr por su cuenta remover cuerpos extraos de sus ojos, ni tratarse por su propia cuenta las lesiones que haya sufrido en algn accidente. 3. Permitir que personas no capacitadas traten de remover de los ojos de algn accidentado o de sus heridas cuerpos extraos. 4. Viajar en la sobrecarga de camiones, camionetas o en las pisaderas de dichos vehculos. 14.

11Permanecer en los lugares de trabajos despus del horario sin autorizacin del jefe inmediato. Romper, rayar, retirar o destruir avisos, carteles, afiches, instrucciones, reglamentos acerca de la seguridad industrial. 7. Trabajar sin el debido equipo de seguridad o sin las ropas de trabajo que exige el reglamento del colegio o empresa. 8. Esmerilar sin gafas protectoras y soldar sin mscaras. 9. Correr sin necesidad dentro de los talleres o pasillos. 10. Operar mquinas que no le corresponden. 11. Cambiar correas de transmisin estando en funcionamiento la mquina o el motor. 12. Dejar sin vigilancia una mquina funcionando. 13. Usar vestimentas inadecuadas o flotantes, especialmente cerca de las transmisiones (cotona profesores). 14. Usar calzado inadecuado, que pueda producir resbalones o torceduras. (prohibicin absoluta de ingresar con zapatillas). 15. Lanzar objetos, de cualquiera naturaleza que sean, dentro del recinto del Establecimiento, aunque stos no sean dirigidos a persona alguna. 16. El uso de anillo, argolla, relojes, corbatas, collares y cadenas, en talleres y laboratorios. 17. Usar el pelo largo (hombres) y suelto las damas. 18. Andar en bicicleta dentro del establecimiento, especialmente en pasillos. Manipular extintores, sin estar autorizado. 19. Accionar o reparar, mquinas, mecanismos elctricos sin autorizacin. 20. Ajustar o lubricar mquinas en funcionamiento. 21. Dejar inoperantes o retirar los elementos o dispositivos de seguridad. 22. Abandonar una mquina en movimiento. 23. Conducir vehculos sin autorizacin u orden. 24. Manejar material, herramientas y equipos en forma incorrecta. 25. Dejar clavos, vidrios o cualquier objeto sobresaliente que pueda ser pisado o causar lesiones a otras personas. 26. Botar papeles, huaipe, ropas, comidas u otros elementos en baos, lavatorios, alcantarillado, piletas y otros. 27. Distraer al alumno durante su trabajo 28. Transitar por talleres que no le corresponda. 29. Salir del establecimiento o talleres sin autorizacin. 30. Faltar al taller / laboratorio o abandonarlo en horas de labor, sin causa justificada o sin el permiso correspondiente. 31. Causar intencionalmente, o actuando con negligencia culpable daos a maquinarias, instalaciones, materiales, materias primas o productos terminados. 32. Atrasarse en las horas de llegadas. 33. Practicar juegos de azar. 34. Escuchar radio o personal estreo, estando en funciones profesionales especialmente en talleres y/o laboratorio. 1. CUIDADO, CONSERVACION Y USO DE MAQUINAS Y HERRAMIENTAS 15.1 El alumno deber preocuparse y cooperar en el mantenimiento y buen estado del funcionamiento y uso de las maquinarias, herramientas e instalaciones en general. 15.2 Podrn trabajar con equipos de oxgeno y acetileno slo las personas debidamente autorizadas y capacitadas. Las botellas no debern estacionarse en lugares que les afecte el calor. Deber mantenerse en carros, cuando sen mviles o acollaradas a los muros, pilares o bancos de trabajo. Al transportarlas en carros debern ir convenientemente sujetas. No se podrn usar alambres o cordeles. Los cilindros deben mantenerse con sus correspondientes casquetes protectores cuando no estn en uso o se encuentren vacos. Los tubos vacos debern tenderse en el suelo o acollararse a los muros para evitar cadas debido a su poca estabilidad, lo que podra provocar lesiones a personas o deterioro de mquinas. 15.3 Todo operador de mquina-herramienta, equipos o dispositivos de trabajo, deber preocuparse permanentemente del buen funcionamiento de la mquina a su cargo para prevenir cualquiera anomala que pueda, a la larga ser causa de accidente. 15.4 El alumno deber informar a su jefe inmediato acerca de las anomalas que detecte o de cualquier elemento defectuoso que note en su trabajo, previniendo las situaciones peligrosas. 1. Al trmino de cada etapa de la jornada de trabajo el encargado de una mquina deber desconectar el sistema elctrico que la impulsa, para prevenir cualquiera imprudencia o broma de terceros, que al poner en movimiento la mquina cree condiciones inseguras. 2. Esta misma precaucin debe tomarse en caso de abandono momentneo del lugar de trabajo. 3. Los esmeriles, del tipo que sean, y las pulidoras debern se manejados con los elementos de proteccin requeridos y los alumnos debern, si no estn esmerilando en su propia faena, protegerse de los trabajos similares que efecten sus compaeros a su alrededor. 4. Todo alumno que deba destapar aberturas y/o fosos tiene la obligacin de proteger el sector a fin de que nadie sufra accidentes y terminando su faena colocar la tapa original. 5. El o los alumnos que usen escalas debern cerciorarse de que estn en buenas condiciones. No debern colocarse en ngulos peligrosos, ni tablones sueltos. Si no es posible afirmar una escala en forma segura, deber otro trabajador sujetar la base. 6. El traslado de materiales, especialmente fierro, deber hacerse con las debidas precauciones. Los alumnos que trasladen el material debern usar guantes o manoplas de proteccin. 7. Al trmino de cada etapa de trabajo o al proceder al cambio de operacin, el alumno a cargo de un rea deber procurar despejarla de excedente de materias primas, despuntes, etc., o cualquier cosa que pudiera causar dao.

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16. PREVENCION Y MEDIDAS EN CASO DE INCENDIO 16.1 Los alumnos(as) deben conocer perfectamente la ubicacin de los equipos contra incendio (Extintores) de su seccin o rea de trabajo. El acceso a los equipos deber mantenerse despejado y ser obligacin dar cuenta inmediata al disposicin que se aplicar a toda la unidad educativa, en general, salvo en aquellos casos en que medie autorizacin expresa de la Direccin. 16.2 Los alumnos(as) evitarn acumular basuras, especialmente guaipes o trapos con aceite, diluyente o grasas en los rincones, bancos de trabajo o roperos, ya que stos pueden arder en combustin espontnea. 16.3 Cuando ocurra un amago de incendio, el alumno(a) que se percate deber dar la alarma al primer jefe que se encuentre cerca se pondr a sus rdenes para cumplir las funciones que se le encomienden. 16.4 Los alumnos debern ceirse al plan de evacuacin trazado de antemano, con rapidez y orden, sin descontrolarse, a fin de evitar los accidentes causados por el pnico. 17.0 CLASES DE INCENDIOS Y FORMA DE COMBATIRLOS El uso de extintores en relacin a la clase de incendio es el siguiente: 1. Los incendios clase A: Combustibles slidos comunes (paja, papeles, maderas, cartones, gneros) se combaten con soda-cida, espuma, agua a presin o agua corriente. 2. Los incendios clase B: Combustibles lquidos y productos inflamables (gasolina, petrleo, parafina, grasas, aceites, pinturas, etc.), se combaten con polvo qumico seco (Drychemical), anhdrido carbnico comprimido, espuma y arena. 3. Los incendios clase C: Equipos elctricos en general (motores, tableros, transformadores, cables, etc.), se combaten con polvo qumico seco (Drychemical), anhdrido carbnico comprimido y tetracloruro Los extintores de espuma, sodacida, agua a presin y el agua, en general, son buenos conductores de la corriente elctrica, razn por la cual, cuando deban utilizarse los extintores en locales donde existen motores, enchufes, tableros, anafres, estufas, transformadores y cualquier otro tipo elctrico, se deber previamente desconectar las palancas de los tableros generales de luz y fuerza, con el fin de evitar el riesgo de electrocucin. El tetracloruro de carbono no debe usarse en recintos cerrados o mal ventilados, ya que en contacto con el fuego se producen gases txicos que pueden acarrear peligrosas consecuencias a quienes las aspiren. Si esto sucede, se deber llevar al afectado al servicio mdico ms prximo para que sea atendido por un facultativo. 18.0 18.1 SANCIONES Los jefes superiores jerrquicos tomarn medidas disciplinarias profesionales, cuando los profesores a su cargo no den cumplimiento al presente reglamento. 1. El profesorado deber tomar medidas disciplinarias educacionales al o los alumnos que no acate las instrucciones. 18.3 El profesor podr suspender de sus actividades educacionales a los alumnos que no cumplan con las exigencias y obligaciones del presente reglamento, de acuerdo a normas establecidas en el Reglamento Interno para los alumnos del Colegio. 19.0 SUGERENCIAS A LOS ALUMNOS La seguridad y las acciones preventivas para evitar accidentes, por ser tareas primordiales dentro de un eficiente proceso requieren una preocupacin permanente tanto de profesores como de los alumnos quienes podrn dar ideas y sugerencias sobre las condiciones de trabajo y, en general, sobre cualquier medida tendiente a mejorar la eficiencia de la seguridad. Cualquier situacin o aspecto no contemplado en las normas anteriores, sern atendidas y resueltas por la Direccin del Establecimiento o Departamento de Seguridad. Curic, Marzo 31 de 2011.