2 sacramento de la confirmacion
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CONFIRMACION, 1
INSTITUCION
Como todos los sacramentos:
CRISTO.
No se sabe cuándo: quizás en la Ultima
Cena, quizás después de la resurrección.
No se administró hasta después de
Pentecostés (plenitud del Espíritu Santo).
Hechos de los Apóstoles 2, 1-11
CONFIRMACION, 2
TESTIMONIOS ANTIGUOS
Hechos de los Apóstoles: diácono
Felipe = enviaron a Pedro y a Juan
para que los que bautizó recibieran
el Espíritu Santo.
Diversidad de nombres:
- imposición de las manos,
- sacramento del crisma,
- sacramento de plenitud.
Primero en aplicar el nombre de confirmación: San Ambrosio
Hechos de los Apóstoles 8, 1-8.14-17
CONFIRMACION, 3
SIGNO SACRAMENTAL
Lo esencial: “la unción con el crisma en la frente, que se
hace con la imposición de la mano” (CIC 880).
Para la validez, la imposición de la mano no es necesaria.
Crisma = aceite consagrado por el obispo en la misa
crismal del Jueves Santo: aceite de oliva mezclado con una
pequeña cantidad de bálsamo.
Forma en el rito latino: “[Nombre],
recibe por esta señal el don del Espíritu Santo”.
CONFIRMACION, 4
MINISTRO
CCE 1312: “El ministro originario de la confirmación es el obispo”
(caso Felipe).
Rito latino: ministro ordinario = obispo
ministro extraordinario = “el presbítero dotado de
facultad por el derecho común o por concesión peculiar de la
autoridad competente” (CIC 882).
Por el derecho: - los que se equiparan al obispo diocesano;
- bautizo o recepción en la Iglesia de un adulto;
- en peligro de muerte.
Oriente: el presbítero que bautiza confiere la confirmación.
Lo hace con el crisma consagrado por el obispo.
CONFIRMACION, 5
SUJETO
CCE 1306: “Todo bautizado, aún no
confirmado, puede y debe recibir el
sacramento de la confirmación”.
Bautizado con uso de razón:
VALIDEZ: intención al menos habitual.
LICITUD: instrucción y estado de gracia.
EDAD: Iglesia latina = “en torno a la
edad de la discreción” (CIC 891). Pero la
conferencia episcopal puede determinar
una edad mayor.
Si hay peligro de muerte u otra razón
justa: se puede anticipar su
administración.
CONFIRMACION, 6
EFECTOS
1. Aumento de la gracia santificante y, especialmente, de los dones
del Espíritu Santo. “Nos introduce más profundamente en la filiación
divina” (CCE 1303).
2. Gracia sacramental: derecho a las ayudas
necesarias para ejercitar la fortaleza en lo
que se refiere a profesar públicamente la fe.
También para la lucha espiritual.
= cierta consagración a servir a Cristo como
soldado, a ser miles Christi.
3. Carácter: sello del Espíritu Santo que “marca la pertenencia
total a Cristo, la puesta a su servicio para siempre” (CCE 1296).
CONFIRMACION, 7
NECESIDAD
No es imprescindible para
salvarse, como el Bautismo.
Pero es muy conveniente para el
desarrollo de la vida cristiana.
CCE 1285: “es preciso explicar
a los fieles que la recepción de
este sacramento es necesaria
para la plenitud de la gracia
bautismal”.
“Los fieles están obligados” a recibirlo “en el tiempo oportuno”
(CIC 890).
LITURGIA DEL SACRAMENTO DE LA CONFIRMACIÓN
1. Renovación de las promesas del BAUTISMO
Los que se van a confirmar renuncian al mal y confiesan su fe en Dios Padre, Hijo y E.S.
2. Imposición de las manos
El Obispo les impone las manos pidiendo a Dios que descienda sobre ellos el Espíritu Santo con sus 7 dones.
3. Unción con el Crisma
El Obispo unta la punta del pulgar derecho con crisma (aceite) y hace la señal de la cruz sobre la frente del confirmando diciendo: (Nombre) “Recibe por esta señal el don del Espíritu Santo” (Amén) “La Paz sea contigo” (Y con tu espíritu)
4. Participación en la EUCARISTÍA
Los recién confirmados participan en la mesa de los hijos de Dios, en la que Jesús alimenta la comunión con su Cuerpo entegado