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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPAL BOLETIN MUNICIPAL DECRETO Nº 331/06 Morón, 17 de Marzo de 2006.- VISTO: La Ordenanza Nº 12.211/92 y el expediente Nº 4079-18421/05-0 D.E., y CONSIDERANDO: Que a fs. 2 del expediente citado en el Visto, obra nota suscripta por el Presidente y Secretaria de la Asociación Civil sin fines de lucro denominada “Unión de Clubes del Oeste”, solicitando Reconocimiento Municipal, la aprobación y posterior inscripción del Estatuto Social. Que a fs. 13/28 se acompaña Acta Constitutiva de la entidad. Se acompaña a fs. 5 vta. Declaración Jurada de Patrimonio y se destaca el valor de la cuota social Que a fs. 5/10 obra el Estatuto de la entidad solicitante, y a fs. 10 vta/11/12 se adjunta nómina de los asociados. Que a fs. 33/55 obra nómina de las instituciones federadas con un número de 50% de entidades reconocidas en el distrito y notas en las que consta la adhesión y designación del representante de cada entidad, firmada por el Presidente y Secretario de la respectivas instituciones, solicitado por la Dirección de Asuntos Legales. Que a fs. 58 toma intervención la Dirección de Asuntos Legales, manifestando que con la documentación de las actuaciones, la asociación peticionante acredita el cumplimiento de los recaudos establecidos por la Ordenanza Nº 12.211/92, y asimismo deja debida constancia que se debería dar cumplimiento al inciso I) del Artículo 6º (fotocopia de la resolución de otorgamiento de la Personería Jurídica). Que toman debida intervención la Secretaría de Relaciones con la Comunidad y Descentralización, Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria sin formular objeción alguna a lo dictaminado. Que por lo expuesto precedentemente corresponde reconocer su carácter de Entidad de Bien Público y disponer la correspondiente inscripción en el Registro respectivo, mediante el dictado del acto administrativo pertinente, conforme lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11.654. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN DECRETA: ARTICULO 1º: Reconócese con carácter de Entidad de Bien Público a la Asociación Civil, denominada: “Unión de Clubes del Oeste” con domicilio legal en la calle 2º Rivadavia Nº 15.351, de la Localidad de Haedo partido de Morón, en los términos y con los alcances de la Ordenanza Nº 12.211/92. ARTICULO 2º: Inscríbase a la citada Entidad en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público y otórguese el respectivo certificado de Inscripción. ARTICULO 3º: Otórgase un plazo de 90 (noventa) días, a partir de la notificación del presente Decreto, para que la Entidad inicie las tramitaciones correspondientes de la obtención de la Personería Jurídica. ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Relaciones con la Comunidad y Descentralización y el Señor Secretario General de Gobierno ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese. MARTÍN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero – Raquel Lopo Tejo *** DECRETO Nº 333/06 Morón, 20 de Marzo de 2006.- VISTO: El Decreto Nº 327/06 y el expediente Nº 4079-11767/06-0 D.E., y CONSIDERANDO: Que por el Decreto Nº 327/06 se declaró Interés Municipal la “I Conferencia Anual del Observatorio de Cooperación Descentralizada (OCD) Unión Europea – América Latina” y “el Encuentro de Comisión Directiva y Secretaría Técnica permanente de la Red de Mercociudades con Coordinadores de Unidades Temáticas de la Red”, que se llevará a cabo en la Ciudad de Montevideo, los días 28, 29 y 30 de Marzo, y los días 30 y 31 de Marzo de 2006, respectivamente. Que a fs. 12 se informa la nómina de agentes que concurrirá a dicho evento: El Sr. Coordinador de la Subsecretaría de Modernización y Transparencia del Estado, Dr. Javier Hérnan Calvo; la Directora de Políticas de Género , Lic. Delia Zanlungo Ponce; el Coordinador de la UT de Juventud, Gastón Costa. A tal efecto se solicita la suma de $ 2.500 (pesos dos mil quinientos) a los fines de solventar los gastos del viaje, con oportuna y documentada rendición de cuentas. Que a fs. 13 luce Registro de Compromiso emitido por la Dirección de Contaduría Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN DECRETA: ARTÍCULO 1º: Autorízase al Sr. Coordinador de la Subsecretaría de Modernización y Transparencia del Estado, Dr. Javier Hérnan Calvo; la Directora de Políticas de Género, Lic. Delia Zanlungo Ponce; el Coordinador de la UT de Juventud, Gastón Costa, a concurrir a la “I Conferencia Anual del Observatorio de Cooperación Descentralizada (OCD) Unión Europea – América Latina” y “el Encuentro de Comisión Directiva y Secretaría Técnica permanente de la Red de Mercociudades con Coordinadores de Unidades Temáticas de la Red” a celebrarse en la Ciudad de Montevideo, los días 28, 29 y 30 de Marzo y los días 30 y 31 de Marzo de 2006, respectivamente. ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Sr. Sergio Ernesto Zurano, por la suma de Pesos dos mil quinientos ($ 2.500.-), para solventar los gastos que demanden dichas participaciones, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a: Imputación Presupuestaria Descripción Importe 01.01.00 3.7.2.0 Viáticos $ 2.500.- Total: $ 2.500.- ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno. ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese. MARTÍN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero – C.P. Stella Maris Santos *** DECRETO Nº 335/06 Morón, 21 de Marzo de 2006.- VISTO: Los Decretos Nº 44/06 y Nº 149/06, el artículo 113º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo, el expediente Nº 4079-11835/06-0 D.E., y BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 1

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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

DECRETO Nº 331/06Morón, 17 de Marzo de 2006.-

VISTO: La Ordenanza Nº 12.211/92 y el

expediente Nº 4079-18421/05-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente citado en el Visto, obra nota suscripta por el Presidente y Secretaria de la Asociación Civil sin fines de lucro denominada “Unión de Clubes del Oeste”, solicitando Reconocimiento Municipal, la aprobación y posterior inscripción del Estatuto Social.

Que a fs. 13/28 se acompaña Acta Constitutiva de la entidad. Se acompaña a fs. 5 vta. Declaración Jurada de Patrimonio y se destaca el valor de la cuota social

Que a fs. 5/10 obra el Estatuto de la entidad solicitante, y a fs. 10 vta/11/12 se adjunta nómina de los asociados.

Que a fs. 33/55 obra nómina de las instituciones federadas con un número de 50% de entidades reconocidas en el distrito y notas en las que consta la adhesión y designación del representante de cada entidad, firmada por el Presidente y Secretario de la respectivas instituciones, solicitado por la Dirección de Asuntos Legales.

Que a fs. 58 toma intervención la Dirección de Asuntos Legales, manifestando que con la documentación de las actuaciones, la asociación peticionante acredita el cumplimiento de los recaudos establecidos por la Ordenanza Nº 12.211/92, y asimismo deja debida constancia que se debería dar cumplimiento al inciso I) del Artículo 6º (fotocopia de la resolución de otorgamiento de la Personería Jurídica).

Que toman debida intervención la Secretaría de Relaciones con la Comunidad y Descentralización, Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria sin formular objeción alguna a lo dictaminado.

Que por lo expuesto precedentemente corresponde reconocer su carácter de Entidad de Bien Público y disponer la correspondiente inscripción en el Registro respectivo, mediante el dictado del acto administrativo pertinente, conforme lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11.654. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Reconócese con carácter de Entidad de Bien Público a la Asociación Civil, denominada: “Unión de Clubes del Oeste” con domicilio legal en la calle 2º Rivadavia Nº 15.351, de la Localidad de Haedo partido de Morón, en los términos y con los alcances de la Ordenanza Nº 12.211/92.ARTICULO 2º: Inscríbase a la citada Entidad en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público y otórguese el respectivo certificado de Inscripción.ARTICULO 3º: Otórgase un plazo de 90 (noventa) días, a partir de la notificación del presente Decreto, para que la Entidad inicie las tramitaciones correspondientes de la obtención de la Personería Jurídica. ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Relaciones con la Comunidad y Descentralización y el Señor Secretario General de Gobierno ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Raquel Lopo Tejo

***

DECRETO Nº 333/06Morón, 20 de Marzo de 2006.-

VISTO:El Decreto Nº 327/06 y el expediente Nº

4079-11767/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 327/06 se declaró Interés Municipal la “I Conferencia Anual del Observatorio de Cooperación Descentralizada (OCD) Unión Europea – América Latina” y “el Encuentro de Comisión Directiva y Secretaría Técnica permanente de la Red de Mercociudades con Coordinadores de Unidades Temáticas de la Red”, que se llevará a cabo en la Ciudad de Montevideo, los días 28, 29 y 30 de Marzo, y los días 30 y 31 de Marzo de 2006, respectivamente.

Que a fs. 12 se informa la nómina de agentes que concurrirá a dicho evento: El Sr. Coordinador de la Subsecretaría de Modernización y Transparencia del Estado, Dr. Javier Hérnan Calvo; la Directora de Políticas de Género , Lic. Delia Zanlungo Ponce; el Coordinador de la UT de Juventud, Gastón Costa. A tal efecto se solicita la suma de $ 2.500 (pesos dos mil quinientos) a los fines de solventar los gastos del viaje, con oportuna y documentada rendición de cuentas.

Que a fs. 13 luce Registro de Compromiso emitido por la Dirección de Contaduría

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Autorízase al Sr. Coordinador de la Subsecretaría de Modernización y Transparencia del Estado, Dr. Javier Hérnan Calvo; la Directora de Políticas de Género, Lic. Delia Zanlungo Ponce; el Coordinador de la UT de Juventud, Gastón Costa, a concurrir a la “I Conferencia Anual del Observatorio de Cooperación Descentralizada (OCD) Unión Europea – América Latina” y “el Encuentro de Comisión Directiva y Secretaría Técnica permanente de la Red de Mercociudades con Coordinadores de Unidades Temáticas de la Red” a celebrarse en la Ciudad de Montevideo, los días 28, 29 y 30 de Marzo y los días 30 y 31 de Marzo de 2006, respectivamente.ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Sr. Sergio Ernesto Zurano, por la suma de Pesos dos mil quinientos ($ 2.500.-), para solventar los gastos que demanden dichas participaciones, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe01.01.00 3.7.2.0 Viáticos $ 2.500.-

Total: $ 2.500.-

ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – C.P. Stella Maris Santos

***

DECRETO Nº 335/06Morón, 21 de Marzo de 2006.-

VISTO: Los Decretos Nº 44/06 y Nº 149/06, el

artículo 113º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo, el expediente Nº 4079-11835/06-0 D.E., y

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 1

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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

CONSIDERANDO:Que por el Decreto Nº 44/06 y su

modificatorio Nº149/06 se designó, a partir del día 1º hasta el día 31 de Enero de 2006, dentro de la Planta de Personal Suplente, al agente Solitario Claudio Adrián, con un haber equivalente a la categoría Profesor con treinta y tres (33) Horas Cátedra, a efectos de prestar servicios en el Departamento Colonia de Vacaciones de la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría de Hacienda.

Que la Dirección de Recursos Humanos ha detectado que se cometió un error en la cantidad de horas cátedra asignadas al Señor Solitario dado que correspondería efectuarse su nombramiento bajo la cantidad de veintiocho (28) horas y no con treinta y tres (33) horas cátedra.

Que en función de lo antedicho correspondería modificar el Decreto de referencia, a los efectos de la adecuación administrativa, por lo cual la Dirección de Recursos Humanos adjunta proyecto de acto administrativo al efecto.

Que en razón de lo expuesto, corresponde subsanar el error en el que se incurriera, de conformidad con lo establecido por el artículo 114º de la Ordenanza Nº 11.654, de Procedimiento Administrativo, procediendo a dictar el acto administrativo pertinente. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Modifíquese el Artículo 2º del Decreto Nº 44/06 y su modificatorio Nº 149/06, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2º: Desígnase, dentro de la Planta de Personal Suplente, al agente Solitario Claudio Adrián (D.N.I. 16.111.736) - (Legajo Nº 177.356/18) con un haber equivalente a la categoría Profesor con veintiocho (28) Horas Cátedra, desde el día 1º hasta el día 31 de Enero de 2006, a efectos de prestar servicios en el Departamento Colonia de Vacaciones de la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría de Hacienda.“ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno. ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – C.P. Stella Maris Santos

***

DECRETO Nº 344/06Morón, 21 de Marzo de 2006.-

VISTO:El expediente Nº 4079-11818/06-0 D.E., y

CONSIDERANDO:Que a fs. 1 del expediente citado en el

Visto, obra nota emitida por las Secretarías de Planificación Estratégica y General de Gobierno, solicitando se declare Interés Municipal, la celebración del XIV Congreso Anual CIDEU, atento a la invitación cursada por la Secretaría General del Centro Iberoamericano de Desarrollo Estratégico Urbano y la Alcaldía Mayor de Bogotá, a realizarse en la ciudad de Bogotá, Colombia, entre los días 9 y 12 de Mayo del año en curso.

Que el tema central del Congreso girará en torno a las “Repercusiones urbanas de las migraciones”, que de forma determinante inciden en la calidad de vida de los habitantes de nuestras ciudades. Están programadas varias conferencias relacionadas con este tema, un seminario técnico “Integrando a las personas en la ciudad” y las reuniones ordinarias del Consejo Rector y de la Asamblea General del CIDEU.

Que el Congreso es una cita de especial importancia para compartir entre todos nuestras experiencias y conocimientos alrededor de la

Planificación Estratégica Urbana y para participar directamente en el órgano superior de dirección y toma de decisiones de la red: la Asamblea General del CIDEU, contando con la presencia de importantes delegados y expertos internacionales.

Que en virtud de dicha invitación, se solicita la autorización para la concurrencia de los Señores Secretarios General de Gobierno y de Planificación Estratégica y se otorgue la suma de $ 12.751,20 (pesos doce mil setecientos cincuenta y uno con veinte centavos) para solventar los gastos del viaje, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.

Que a fs. 6 toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal la celebración del “XIV Congreso Anual CIDEU”, a realizarse en la ciudad de Bogotá, Colombia, entre los días 9 y 12 de Mayo del año en curso.ARTÍCULO 2º: Autorízase a participar del encuentro mencionado en el artículo que antecede a los Señores Secretarios General de Gobierno, Pascuero Guillermo y de Planificación Estratégica, Daniel Larrache.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Sr. Daniel Guillermo Larrache (D.N.I. 18.077.570), por la suma de pesos doce mil setecientos cincuenta y uno con veinte centavos ($12.751,20), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, para solventar los gastos que demande el referido viaje.ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe 01.01.00 3.7.2.0 Viáticos $ 12.751,20.-

Total $ 12.751,20.-

ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y los Señores Secretarios de Planificación Estratégica y General de Gobierno.ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – C.P. Stella Maris Santos –

Daniel Guillermo Larrache

***

DECRETO Nº 352/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:El expediente Nº 4079-11910/06-0 D.E.,

yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, luce nota presentada por la Dirección de Tesorería, solicitando que se autorice el libramiento de una orden de pago por la suma de $ 60.000.-(pesos sesenta mil) para la compra de timbrados provinciales, correspondientes a la Tasa Provincial necesaria para el otorgamiento de las licencias de conducir, cuya nueva tarifa es de $ 20 (pesos veinte) y de $ 30 (pesos treinta) según el tramite a realizar.

Que, asimismo según surge de la nota de referencia se aclara que la adquisición del timbrado en cuestión, se efectúa con el objeto de evitar trámites innecesarios al contribuyente que debería abonar esta tasa en el Banco de la Provincia de Buenos Aires.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 2

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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Autorízase a la Dirección de Tesorería a efectuar el gasto por la suma de $ 60.000 (pesos sesenta mil), a efectos de solventar la compra de timbrados provinciales, para su expedición en la caja de su dependencia, instalada en el Departamento de Licencias de Conducir, a efectos del otorgamiento de las mismas.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de Banco Provincia de Buenos Aires, por la suma precedentemente indicada, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, por parte del Contador Juan Manuel Caracachian.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – C.P. Stella Maris Santos

***

DECRETO Nº 353/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8114/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-16756/05-0 D.E.– 61439/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8114/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase el Convenio registrado bajo el Nº 1506/05, suscripto con la Dirección Provincial de Estadística de la Provincia de Buenos Aires, destinado a establecer los términos de una cooperación y apoyo técnico a efectos de contar con información necesaria para las labores que les son propias .”“Artículo 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda, el Señor Secretario General deGobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – C.P. Stella Maris Santos

***

DECRETO Nº 354/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8120/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-21500/05-0 D.E.– 61468/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8120/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º:Acéptase la donación efectuada por la Sra. Marta Rosa Panaccia, de una escultura original realizada por la misma en granito reconstituido, que mide 1,20 mts x 0,50 mts x 0,30 mts, denominada “Canto al Amor”, la que se encuentra emplazada en el Jardín del Museo Histórico del Municipio de Morón y cuyos antecedentes obran agregados a las actuaciones Nº 61468/06 H.C.D. – 4079-21500/05-0 D.E..”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Desarrollo Social y General deGobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – C.P. Stella Maris Santos

***

DECRETO Nº 355/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8121/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-13878/05-0 D.E.– 59920/05 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 3

Page 4: 2º Quincena de Marzo 2006 - moron.gov.ar · Acta Constitutiva de la entidad. Se acompaña a fs. 5 vta. Declaración Jurada de Patrimonio y se destaca el valor de la cuota social

MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8121/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase la Addenda registrada bajo el Nº 1713/05, suscripta con el Consejo Escolar de Morón, mediante la cual las partes acuerdan prorrogar la vigencia del Convenio de Colaboración registrado bajo Nº 529/05, hasta el día 31 de Diciembre de 2006, a efectos de continuar con los trabajos de actualización y reconversión de las instalaciones de los Establecimientos Educacionales del Partido de Morón que se encuentren bajo la competencia del Consejo Escolar de Morón.”“Artículo 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – C.P. Stella Maris Santos

***

DECRETO Nº 360/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8115/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-20731/05-0 D.E.– 61462/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8115/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Utilidad Pública y pago obligatorio para los propietarios de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la obra de extensión de la red de gas natural en la Ciudad de Castelar Sur, a realizarse de acuerdo a la modalidad establecida en el artículo 9º inciso b) Contrato Directo entre Empresa Constructora y vecinos frentistas, artículo 132º, según texto Ley Nº 10706/88, comprendiendo las calles que se detallan a continuación, según consta en el Expte. Nº 61462/06 H.C.D. – 4079-20731/05-0 D.E. y proyecto elaborado por la Empresa GAS NATURAL BAN MO – 2306 a saber: Australia e/Stevenson y Vinara, Circ II, Secc. J, Mz. 321- 1 frente – Parc. 10 a 15; Idaberry e/Stevenson y Vinara, Circ II,

Secc. J, Mz. 322- 1 frente – Parc. 5 a 16; Vinara e/Idaberry y Australia, Circ II, Secc. J, Mz. 322- 1 frente – Parc. 16 a 19; Australia e/ Vinara y Stevenson, Circ II, Secc. J, Mz. 322- 1 frente – Parc. 19 a 22 e Idaberry e/Stevenson y Vinara, Circ II, Secc. J, Mz. 323- 1 frente – Parc. 27 a 30 y 19 a 22”.“Artículo 2º: Autorízase para la realización de la obra a la Empresa S.P.I. CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L. con domicilio legal en la calle Machado Nº 919 de la Ciudad de Morón, previo cumplimiento de las normas y recaudo que establezca el Departamento Ejecutivo”.“Artículo 3º: El Prorrateo del costo total de la obra a que se refiere el artículo 1º se hará por frente y el pago podrá efectuarse al contado o a plazos”.“Artículo 4º: Para la ejecución de los trabajos se ha establecido un plazo de 10 días corridos contados a partir de la fecha del Acta de Replanteo”.“Artículo 5º: Apruébase los contratos general e individual (por duplicados) de fojas 26 a 73 del Expte. Nº 61462/06 H.C.D. – 4079-20731/05-0 D.E. y los precios establecidos quedan fijados en $ 100,00 (pesos cien) el metro lineal de frente.“Artículo 5º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciseis días del mes de Marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 361/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8116/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-11076/06-0 D.E.– 61461/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8116/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase a la Empresa Edenor S.A., a la apertura de veredas para la instalción de cable armado subterráneo de media tensión, cámara, transformador 500 KVA y elementos complementarios, en la siguiente calle Echague e/Rivadavia y

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Sarmiento de la Ciudad de Morón, de acuerdo a las constancias obrantes en las presentes actuaciones.”“Artículo 2º: La presente autorización estará supeditada al fiel cumplimiento de las condiciones que establezca la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano en su carácter de autoridad de aplicación y de las que surjan del informe técnico brindado por autoridad de incumbencia, como asimismo de toda normativa legal vigente en la materia.”“Artículo 3º: La Empresa autorizada deberá abonar en concepto de Derechos de Construcción, los importes resultantes de aplicar una alícuota sobre el valor de la Obra que fija el Colegio de Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, que asciende a un valor del 1% de dicho monto, según lo establecido por el artículo 37º de la Ordenanza Impositiva.”“Artículo 4º: La Empresa autorizada deberá abonar los importes resultantes de aplicar lo establecido en los artículos 39º y 40º de la Ordenanza Impositiva, por la ocupación de espacio aéreo, del subsuelo y/o de cualquier otra superficie de la vía pública.” “Artículo 5º: La Empresa citada en el artículo 1º no deberá adeudar importe alguno en concepto de multas con el Municipio de Morón.”“Artículo 6º: La Empresa deberá finalizar los trabajos descriptos en el artículo 1º en un plazo de 21 días a partir de su notificación ante el Departamento Ejecutivo y podrá prorrogarse hasta un plazo similar.”“Artículo 7º: El incumplimiento de lo establecido en los artículos 2º, 3º, 4º y 5º provocará la caducidad automática de la autorización conferida en la presente Ordenanza.” “Artículo 8º: La Empresa deberá presentar por nota a la autoridad de aplicación, los nombres y apellidos y un número teléfonico de fácil acceso del representante técnico y del inspector designado por la misma, los que permanecerán en el lugar de las obras durante su ejecución a fin de recibir las notificaciones, comunicaciones y toda otra gestión directamente vinculada a la misma. Asimismo deberá poner a disposición del Municipio un vehículo a fin de efectuar los controles y recorridos pertinentes.”“Artículo 9: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de Marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General deGobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 362/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 8118/06 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-19905/04-0 D.E.– 61451/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8118/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º:Autorízase al Departamento Ejecutivo a incorporar al Dominio de la Municipalidad de Morón el predio con destino a Reserva Municipal, según el siguiente detalle:

Plano Circ. Secc. Manz. Parc. Sup. Dimensiones101-273-1958 III F 468 1 2.320,61 Fente 55,11 s/

ConesaOchava 4,24 – frente 40,21 sobre Directorio –

Costado 30,59 con Parc.

2- Fondo 10 mts.

Con Parc. 14 – Lado

30,08 - con Parc.

14 – Frente 30,20

s/ Los Andes – Ochava 4,24

LINDEROS: S.E. calle Conesa – OSO-Lotes 2 y 14 – ENE – calles Los Andes – SO – 40,21 calle Directorio.“Artículo 2º: Remítase al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires la respectiva solicitud de inscripción a favor de esta Comuna, como también fotocopia autenticada de esta Ordenanza, a los fines de cumplimentar las disposiciones legales vigentes.“Artículo 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 363/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8122/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-15597/00 D.E.– 61020/05 H.C.D. y Adj 4079-15595/00 D.E, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como

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atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8122/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º:Desaféctase del dominio privado municipal el inmueble cuya denominación catastral responde a las siguientes características: Circ. I, Secc. B, Mza. 170, Parc. 5 d, según plano de mensura y división 101-50-2004 y del inmueble denominado catastralmente como Circ. I, Secc. B, Mza. 170, Parc. 5e, sujeta a mensura y subdivisión.”“Artículo 2º: Téngase por cumplidos los requisitos que establece la Ordenanza Nº 10293/88 y sus modificatorias, a efectos que el Departamento Ejecutivo suscriba el respectivo boleto de compra – venta del inmueble municipal que se especifica en el artículo 1º con los beneficiarios:

Sr. Samaniego Sixto, con D.N.I. 18.516.936 y Sra. Flores Leonor Francisca, con D.N.I. 20.632.175.

Sra. Pérez Andrea, con D.N.I. 20.598.250 y Sr. López Andrés, con D.N.I, 22.487.310.

“Artículo 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 364/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8123/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-16681/05-0 D.E.– 61434/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8123/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º:Declárese de Interés Social la Escrituración del Inmueble designado catastralmente como: Circ. II, Secc. J, Mza. 372, Parc. 5, a favor del Sr. Rodríguez Víctor Alfredo con D.N.I 10.970.501 y el Sr. Espínola Brigido Manuel D.N.I. 93.303.553.”“Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere en el artículo anterior.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General deGobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 365/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8124/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-21013/05-0 D.E.– 61436/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8124/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º:Declárese de Interés Social la Escrituración del Inmueble designado catastralmente como: Circ. III, Secc. B, Mza. 79, Parc. 12a, a favor del Sr. Marin Leopoldo Fausto con D.N.I. 5.561.319.”“Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere en el artículo anterior.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 6

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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 366/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8125/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-18764/05-0 D.E.– 61437/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8125/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º:Declárese de Interés Social la Escrituración del Inmueble designado catastralmente como: Circ. II, Secc. J, Mza. 379, Parc. 11, a favor de la Sra. Borello Mirta Lidia D.N.I. 10.551.480.”“Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere en el artículo anterior.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 367/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8126/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-17161/05-0 D.E.– 61438/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8126/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º:Declárese de Interés Social la Escrituración del Inmueble designado catastralmente como: Circ. II, Secc. J, Mza. 351, Parc. 9, a favor de la Sra. González Mónica Estela D.N.I. 23.617.439.”“Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere en el artículo anterior.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 368/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8115/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-20841/04-0 D.E.– 61469/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8127/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárese de Interés Social la Escrituración del Inmueble designado catastralmente como: Circ. II, Secc. J, Mza. 380, Parc. 7, a favor de la Sra. Perino Norma Gabriela con D.N.I. 21.905.654 y el Sr. Garza José María con D.N.I. 21.093.474”. “Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere en el artículo anterior”.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 7

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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diez días del mes de febrero del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y el Señor Secretario General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 370/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8117/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16 de Marzo del año 2006, los expedientes Nº 4079-30596/01 D.E - 61142/06 H.C.D y adj. 4079-44534/03-0 D.E.–., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8117/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono el pago de las cuotas 9, 10, 11 y 12 del Ejercicio 2002 y 1 y 2 de 2003 de la Partida Nº 2199 de la Tasa de Servicios Generales, originada en el Convenio 7/03 por la prórroga de la locación del inmueble destinado al Instituto Histórico por un monto nominal de $ 351, 44 (pesos trescientos cincuenta y uno con 44/100), con más los recargos que se devenguen hasta el efectivo pago”.“Artículo 2º: El Gasto originado en el artículo 1º será imputado en la partida 3.2.1.0 Alquileres de Edificios y Locales, de la Jurisdicción de la Secretaría de Desarrollo Social de los Ejercicios 2002 y 2003”.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diez días del mes de febrero del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Finanzas Municipales y el Señor Secretario General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Eduardo Daniel Aseff

*** DECRETO Nº 371/06

Morón, 22 de Marzo de 2006.-VISTO:

Los Decretos Nº 1870/03; Decreto Nº 1915/03 y,CONSIDERANDO:

Que por los Decretos citados en el Visto, fueron designados el señor Secretario Privado, Don Damián Eduardo Aguilar, y el señor Secretario General de Gobierno, Don Guillermo Ramón Pascuero respectivamente.

Que el señor Guillermo Ramón Pascuero, solicita hacer uso de licencia a partir del día 23 de Marzo hasta el día 30 de Marzo de 2006 inclusive, por motivos de índole personal.

Que en razón de lo expuesto corresponde asignar en otro Secretario del Municipio, la firma del despacho de la Secretaria General de Gobierno, a efectos de evitar resentimientos en el normal desenvolvimiento de las tareas del área.

Que siendo el Sr. Secretario Privado el funcionario idóneo para el desempeño de las tareas delegadas, corresponde efectuar la sustitución de la competencia hasta el reintegro del Sr. Guillermo Ramón Pascuero, Secretario General de Gobierno.

Que en virtud de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Autorízase al Sr. Guillermo Ramón Pascuero (DNI: 18.249.161), Secretario General de Gobierno, hacer uso de licencia con goce de haberes, a partir del día 23 de Marzo hasta el día 30 de marzo de 2006 inclusive, por motivos de índole personal.ARTICULO 2º: Asígnasele al Sr. Damián Eduardo Aguilar (DNI: 18.358.641), Secretario Privado, a partir del día 23 de Marzo hasta el día 30 de Marzo de 2006 inclusive, la firma de la Secretaría General de Gobierno, en sustitución del Sr. Guillermo Ramón Pascuero (DNI: 18.249.161), por el plazo de duración de su licencia.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto el Señor Secretario General de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones, y por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – C.P. Stella Maris Santos

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DECRETO Nº 372/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO: El Decreto Nº 286/06, el artículo 114º de

la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo, el artículo 141 de la Ordenanza Fiscal vigente, el expediente Nº 4079-11255/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 286/06 se declaró de Interés Municipal la celebración del Proyecto Iniciación Exportadora PIE. que se llevará a cabo en la República de Chile los días 27 al 31 de marzo de 2006 y se autorizó a las agentes Viviana Figueroa y María Fernanda Becce, miembros de la Dirección de Promociones de Exportaciones, a concurrir a dicho evento.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 8

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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

Que a fs 9 del expediente mencionado en el Visto, obra nota del Director de Promoción de Exportaciones, solicitando la anulación del cheque emitido a nombre de Javier Terrani y la modificación del Decreto antes mencionado debido a que las agentes que efectuarán el viaje a Santiago de Chile serán Becce y Figueroa, siendo la primera quién deberá realizar la rendición correspondiente, por tal motivo correspondería rectificar el pertinente acto administrativo.

Que en razón de lo expuesto, corresponde subsanar el error en el que se incurriera, de conformidad con lo establecido por el artículo 114º de la Ordenanza Nº 11.654, de Procedimiento Administrativo, procediendo a dictar el acto administrativo pertinente. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Rectifícase en su parte pertinente el Decreto Nº 286/06, el que quedará redactado en los siguientes términos: “Artículo 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de la agente María Fernanda Becce, por la suma de pesos cinco mil seiscientos ochenta y dos ($5.682,-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, para solventar los gastos que demande el referido viaje.”ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno, de Desarrollo Económico Local y la Señora Secretaría de Hacienda. ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – C.P. Stella Maris Santos –

Walter Adrian Juara

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DECRETO Nº 373/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO: El Decreto Nº 307/06, el artículo 114º de

la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo, la Ordenanza Nº 12.211/92, el expediente Nº 4079-10350/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 307/06 donde se reconoce con carácter de Entidad de Bien Público a la Asociación Civil sin fines de lucro, denominada “Biblioteca Popular del Barrio Agüero Julio Cortazar”. Que al redactarse el Decreto mencionado precedentemente, se incurrió en un error involuntario se omitió en el Proyecto de Decreto el cambio de domicilio, en el artículo 1º donde reza “…con domicilio legal en la calle Agüero Nº 1191 de la Localidad y Partido de Morón,…” debe leerse “…con domicilio legal en la calle Monseñor Solari Nº 1804 de la Localidad y Partido de Morón,…”

Que en razón de lo expuesto, corresponde subsanar el error en el que se incurriera, de conformidad con lo establecido por el artículo 114º de la Ordenanza Nº 11.654, de Procedimiento Administrativo, procediendo a dictar el acto administrativo pertinente. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Rectifícase en su parte pertinente el Artículo 1º del Decreto Nº 307/06, el que quedará redactado en los siguientes términos: Artículo 1º: Reconócese con carácter de Entidad de Bien Público a la Asociación Civil “Biblioteca Popular del Barrio Agüero Julio Cortazar”, con domicilio legal en la calle Monseñor Solari Nº 1804 de la Localidad y Partido de Morón,

en los términos y los alcances de la Ordenanza Nº 12211/92.”ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Relaciones con la Comunidad y Descentralización y el Señor Secretario General de Gobierno. ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Raquel Lopo Tejo

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DECRETO Nº 374/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:El expediente Nº 4079-11201/06-0 D.E.,

por el cual tramita la solicitud de subsidio para la adquisición de Material de Construcción efectuada por la Sra. Ocaña María Eva, yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra nota de la peticionante solicitando subsidio para la compra de Materiales de Construcción para la vivienda donde vive con su familia.

Que a fs. 2 vta. Obra Informe Socio - Económico, elaborado por el Servicio Social del Municipio de Morón, mediante el cual se verifica la situación del peticionante, aconsejándose el otorgamiento del subsidio en cuestión, debido a la situación de precariedad y asinamiento en el que vive.

Que a fs 3 y 4 se adjuntan presupuestos de los comercios para la Construcción.

Que a fs 5 obra fotocopia del documento de identidad de la Sra. Ocaña y a fs. 6 copia del Boleto de Compra-Venta de su vivienda.

Que a fs. 8 se agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en virtud de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor de la Sra. María Eva Ocaña (DNI 6.712.569), por la suma de $ 1.116,70. - (pesos mil ciento dieciséis con setenta centavos), a los efectos de adquirir Materiales de Construcción.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese la orden de pago por la suma precedentemente indicada, a nombre de Cerámica San Eduardo S.R.L., con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a la partida presupuestaria 5.1.4.0 “Ayudas Sociales a personas”. ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Desarrollo Social, General de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – C.P. Stella Maris Santos –

Andrés René Rodriguez

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DECRETO Nº 375/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8100/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 7 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-16350/05 D.E.– 60226/05 H.C.D., y

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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

CONSIDERANDO: Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley

Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8100/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 7 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a la firma Tricotex S.R.L., representada por el Sr. Hugo Aurelio Pérez D.N.I. Nº 7.735.433, la registración de plano de obra con destino “Fábrica de tejidos de algodón, fibras sintéticas y mezcla” para la propiedad sita en la calle General J.A. Alvarez de Arenales Nº 523/527/535 de la Ciudad de Morón, cuyos datos catastrales: Circ. I, Secc. C, Manz. 198, Parc. 10a, Partida Nº 25135, con cáracter de excepción a los artículos 3.2.2.0, 3.5.1.1, 3.5.2.1 y 3.9.1.1 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, según constancias obrantes en el Expte. Nº 60266/05 H.C.D. – 4079-16350/05 D.E. y Audiencia Pública celebrada el día 5 de diciembre de 2005”.“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de registración y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales referentes a la excepción otorgada.En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos que la misma confiere”.“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar a la peticionante en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654”.

“Artículo 4º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de Marzo del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 376/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8110/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 7 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-18471/05 D.E.– 60568/05 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8110/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 7 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Luis Eduardo Vega D.N.I Nº 23.014.020, el uso de suelo para rubro “Taller de reparación de radiadores” a desarrollarse en la propiedad sita en las calle Gustavo Adolfo Becquer Nº 2895 de la Ciudad de Castelar, cuyos datos catastrales son: Circ. II, Secc. A, Manz. 73, Parc. 17, Partida Nº 18032, con carácter de excepción al artículo 3.2.2.0 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, según constancias obrantes en el Expte. Nº 60568/05 H.C.D. – 4079-18471/05 D.E. y Audiencia Pública celebrada el día 6 de diciembre de 2005”.“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de habilitación y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales referentes a la excepción otorgada.En caso de Incumplimiento caducarán automáticamente los derechos que la misma confiere”.“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar al peticionante en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654”.

“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.

“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de Marzo del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 377/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8108/06

sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 7 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-16204/05 D.E.– 60224/05 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 10

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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DELPARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8108/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 7 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Marcelino Casella C.I. Nº 3.908.435, la registración de plano de obra con destino “Depósito comercial” para la propiedad sita en la Avenida Córdoba Nros. 1145/1151/1157 de la Ciudad de Morón, cuyos datos catastrales son: Circ. I, Secc. F, Manz. 381b, Parc. 4a, Partida Nº 58192, con cáracter de excepción a los artículos 3.5.1.1, 3.5.2.1 y 3.3.2.0 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, según constancias obrantes en el Expte. Nº 60224/05 H.C.D. – 4079-16204/05 D.E. y Audiencia Pública celebrada el día 5 de diciembre de 2005”.“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de registración de plano y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales referentes a la excepción otorgada.En caso de Incumplimiento caducarán automáticamente los derechos que la misma confiere”.“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar al peticionante en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654”.

“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de Marzo del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 378/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8106/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 7 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-15873/05 D.E.– 60182/05 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8106/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 7 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a la Asociación Civil Centro de Jubilados y Pensionados “Imán”, representado por el Sr. Elbio Callero Muñoz D.N.I Nº 92.149.243, la registración del plano de obra con destino “Centro de Atención Infantil”, para la propiedad sita en la calle Coronel Rafael Hortiguera Nº 5070 de la Ciudad de Morón, cuyos datos catastrales son: Circ. II, Secc. J, Manz. 382, Parc. 14ª, Partida Nº 225372, con carácter de excepción a los artículos 3.5.1.1, 3.5.2.1, 3.7 y 4.6.3.1 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, según constancias obrantes en el Expte. Nº 60182/05 H.C.D. – 4079-15873/05 D.E. y Audiencia Pública celebrada el día 5 de diciembre de 2005”.“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de registración de plano y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales referentes a la excepción otorgada.En caso de Incumplimiento caducará automáticamente los derechos que la misma confiere”.“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar al peticionante en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654”.

“Artículo 4º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de Marzo del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 379/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8101/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 7 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-16953/05 D.E.– 60306/05 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 11

Page 12: 2º Quincena de Marzo 2006 - moron.gov.ar · Acta Constitutiva de la entidad. Se acompaña a fs. 5 vta. Declaración Jurada de Patrimonio y se destaca el valor de la cuota social

MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8101/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 7 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Rolando Damián Rodríguez D.N.I Nº 23.373.312, el uso de suelo para rubro “Lavadero artesanal de autos”, a desarrollarse en la propiedad sita en las calles Primera Junta Nº 979 y Presidente Perón Nº 2874 de la Ciudad de Haedo, cuyos datos catastrales son: Circ. III, Secc. F, Manz. 403, Parc. 24ª, Partida Nº 701282, con carácter de excepción al artículo 3.2.2.0 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, según constancias obrantes en el Expte. Nº 60306/05 H.C.D. – 4079-16953 D.E. y Audiencia Pública celebrada el día 6 de diciembre de 2005”.“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de habilitación y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de la Ordenanza Nº 1130/98, Decreto Nº 1034/98 y demás normas municipales referentes a la excepción otorgada.En caso de Incumplimiento caducará automáticamente los derechos que la misma confiere”.“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar al peticionante en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654”.

“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de Marzo del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 380/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8105/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 7 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-16205/05 D.E.– 60228/05 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8105/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el

día 7 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Victorio Eliseo Stoppa D.N.I Nº 12.989.162, la registración del plano de obra con destino Depósito Industrial para la propiedad sita en la calle Manuel Belgrano Nº 14 50 de la Ciudad de Morón, cuyos datos catastrales son: Circ. II, Secc. B, Manz. 141, Parc. 30ª, Partida Nº 12942, con carácter de excepción a los artículos 3.5.1.1 y 3.5.2.1 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, según constancias obrantes en el Expte. Nº 60228/05 H.C.D. – 4079-16205/05 D.E. y Audiencia Pública celebrada el día 5 de diciembre de 2005”.“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de registración de planos y al pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales referentes a la excepción otorgada.En caso de Incumplimiento caducará automáticamente los derechos que la misma confiere”.“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar al peticionante en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654”.

“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de Marzo del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 381/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8112/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 7 de Marzo del año 2006 y el expediente Nº 4079-16348/05 D.E. – 60258/05-0 H.C.D,., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8112, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 7 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Carlos Alberto Mori D.N.I. Nº 8.476.371, el uso de suelo para el rubro “Taller de mecánica ligera

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 12

Page 13: 2º Quincena de Marzo 2006 - moron.gov.ar · Acta Constitutiva de la entidad. Se acompaña a fs. 5 vta. Declaración Jurada de Patrimonio y se destaca el valor de la cuota social

MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

para vehículos de hasta 3 toneladas”, para la propiedad sita en la calle Pasteur Nº 3350/3348 de la Ciudad de Castelar, cuyos datos catastrales: Circ. II, Secc. B, Manz. 9b, Parc. 2, Partida Nº 99633, con cáracter de excepción al artículo 3.2.2.0 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, según constancias obrantes en el Expte. Nº 60258/05 H.C.D. – 4079-16348/05 D.E. y Audiencia Pública celebrada el día 6 de diciembre de 2005”.“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º está condicionado al inicio del trámite de habilitación y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales referentes a la excepción otorgada.En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos que la misma confiere”.“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar a la peticionante en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654”.“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de Marzo del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Ana María Domínguez, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento urbano y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 382/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:El expediente Nº 4079-12041/06-0 D.E., y

CONSIDERANDO:Que a fs. 1 del expediente citado en el

Visto, obra nota emitida por la Dirección de Asuntos Legales, solicitando la declaración de Interés Municipal la Carrera de Especialización de Derecho Administrativo y Administración Pública a dictarse en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.

Que la inclusión de la Carrera de Especialista en Derecho Administrativo y Administración Pública, dentro de la oferta de posgrado de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, está respondiendo a la necesidad de profundizar el conocimiento sobre los problemas y cuestiones vinculadas al Derecho Público y a las relaciones entre los particulares y el Estado.

Que el Objetivo fundamental del Programa se vincula estrechamente con las necesidades de los operadores del Derecho y de la Comunidad en general, en una época signada por grandes transformaciones en la relación – Sociedad – Estado. A partir del cambio económico mundial que se indica en la década del ´80, bajo el signo de la globalización y las privatizaciones de los grandes servicios públicos, se abre un proceso de sistematización de nuevos conceptos, de reformulación de instituciones jurídicas del Derecho Administrativo. Nuevas exigencias de tutela de derechos humanos, de protección jurídica de

usuarios, consumidores y administradores en general.

Que dado la transcendencia de los temas que se abordarán resultan de aplicación en la jurisdicción de los Municipios, se solicita se declare Interés Municipal.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal las “la Carrera de Especialización de Derecho Administrativo y Administración Pública” a dictarse en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Sr. Secretario General de Gobierno.ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – C.P. Stella Maris Santos

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DECRETO Nº 383/06Morón, 22 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8120/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-21500/05-0 D.E.– 61468/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8120/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º:Acéptase la donación efectuada por la Sra. Marta Rosa Panaccia, de una escultura original realizada por la misma en granito reconstituido, que mide 1,20 mts x 0,50 mts x 0,30 mts, denominada “Canto al Amor”, la que se encuentra emplazada en el Jardín del Museo Histórico del Municipio de Morón y cuyos antecedentes obran agregados a las actuaciones Nº 61468/06 H.C.D. – 4079-21500/05-0 D.E..”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Desarrollo Social y General deGobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

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MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero – Andrés René Rodríguez

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DECRETO Nº 384/06Morón, 23 de Marzo de 2006.-

VISTO: El Decreto 1378/2004 D.E., La Ley 11.757,

La Ley 10.579, el Decreto Provincial N° N° 476/1981, las Sentencias Interlocutorias de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de San Martín registradas bajo los N°s. 56, 57, y 58 de fechas 28 de febrero de 2006 y, CONSIDERANDO:

Que con fecha 22 de Septiembre de 2004, se dicta el Decreto N° 1378/2004, por el cual se da de baja a los agentes citados en el Anexo I que lo integra, a los efectos de acogerse a los beneficios jubilatorios establecidos en el Decreto Ley 9650/80, a partir del día 1° de Octubre de 2004.

Que las ex agentes Casablancas Paz María del Carmen, Cantone Rosa María y Pérez Lidia Esther interponen acción de amparo a fin de revocar el Decreto N° 1378/2004, solicitando la suspensión de los efectos de dicho acto administrativo mediante la petición de una medida cautelar de no innovar y con ella su reincorporación al ejercicio de la actividad hasta tanto obtuvieran los beneficios jubilatorios.

Que con fecha 22 de agosto de 2005, por Decreto N° 1583/2005, se rectifica parcialmente el Anexo I del Decreto en virtud de la Resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín de fecha 4 de agosto de 2005, dando así cumplimiento con lo dispuesto en el Considerando VI de la misma.

Que sin perjuicio de lo expuesto, las ex agentes reiteran la denuncia por incumplimiento por parte de ésta Administración respecto a la medida cautelar dictada por la Jueza de grado y confirmada por la Alzada con los alcances indicados en la Resolución de referencia. En consecuencia, la Jueza de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de Morón intima a éste Municipio a dar cumplimiento con la medida cautelar dictada en dichos actuados, por entender que el Decreto N° 1583/2005 contenía un vicio en su motivación, interponiendose contra dicho pronunciamiento Recurso de Apelación.

Que con fecha 28 de febrero de 2006 la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín entiende que asiste razón al apelante en cuanto a que el Decreto 1583/2005 no adolece del vicio de motivación indicado por la magistrada de grado. Sin perjuicio de lo expuesto, en dicha Resolución advierte que el Decreto 1583/2005 solo cumple parcialmente con el recaudo referido en el Considerando VI de la Resolución de fecha 4 de agosto de 2005, en tanto “tal como se indicara en el 3er. Párrafo de dicho considerando, por tratarse de una certificación de servicios docentes, debió indicar de forma precisa los períodos en que se desempeñaron y los tiempos de tales servicios al frente directo de alumnos (arg. Art. 22 decreto 476/81 – reglamentario del decreto-ley 9650/80 y art. 43 del decreto – ley 9650/80, cfr. 3er párrafo considerando VI. Resolución de fs. 77)…” (Considerando VII Resolución de fecha 28 de febrero de 2006), entendiendo que corresponde confirmar por los fundamentos expuestos en la misma, la providencia apelada, debiendo reintegrar a las agentes en cuestión a la prestación de tareas que realizaba, hasta tanto el empleador dicte el acto de cese conforme a lo expuesto en el Considerando VI de la Resolución de fecha 4 de agosto de 2005. Que respecto al Considerando VI de la Resolución de referencia, el mismo recuerda que el artículo 20° del Decreto 476/1981, reglamentario de la Ley 9650/80 – establece que “cuando un afiliado esté vinculado a una relación de empleo público con

el Estado Provincial o Municipalidades, el acto administrativo de cese a los fines jubilatorios deberá contener: a) fecha de nacimiento del agente; b) años de servicios computables en la administración Pública provincial o municipal; c) el cargo desempeñado de acuerdo a la normativa establecida en el artículo 37°; d) importe de la remuneración mensual asignada al cargo mencionado en el inciso d) considerada en los términos que establece el artículo 36, vigente al momento de cese; e) fecha de cese…”. Que refiere al artículo 22° del decreto reglamentario el cual dispone que las certificaciones de servicios que incluyan tareas docentes, deberán indicar en forma precisa los períodos en que se desempeñaron y los tiempos de tales servicios al frente directo de alumnos.

Que la Dirección de Recursos Humanos considera necesario aclarar que el Acto Administrativo de Cese y la Certificación de Servicios corresponden a dos documentaciones diferentes requeridas al momento de iniciar los trámites jubilatorios.

Que el artículo 20° del Decreto 476/1981, establece los requisitos que debe contener el acto administrativo de cese, entre ellos los años de servicios computables en la Administración Pública Provincial y Municipal y el artículo 22° dispone que las certificaciones de servicios deberán indicar en forma precisa los períodos en que se desempeñaron y los tiempos de tales servicios al frente directo de alumnos. Si dicha información debiera estar contenida en el Acto Administrativo de Cese, así lo hubiese especificado el artículo 20°, o mencionado expresamente el artículo 22°.

Que según constancias adjuntas de publicaciones del Instituto de Previsión Social en su página web www.ips.gba.gov.ar respecto a los requisitos y/o documentación que debe presentarse para el otorgamiento de las jubilaciones y pensiones en la Provincia de Buenos Aires, se solicita que para acceder a los beneficios de Jubilación Ordinaria Ley 9650/80 y/o Jubilación por Edad Avanzada deberá presentarse “Certificación de Servicios y Resolución o Decreto de Cese”.

Que se advierte entonces a simple vista que el Instituto de Previsión Social considera a la Certificación de Servicios y al Decreto o Resolución de Cese como actos administrativos y/o documentación diferente y complementaria.

Que sin perjuicio de lo expuesto y en virtud de la manda dispuesta por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín, corresponde rectificar el Anexo I del Decreto N° 1583/2005.

Que a tales efectos, deviene procedente el dictado del pertinente acto administrativo, de conformidad con lo previsto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Rectifíquese en su parte pertinente el Anexo I del Decreto N° 1583/2005, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Legajo Agente Cargo Desemp.

Años de Serv. Reconocidos

Años Serv. Municip.

Años Serv. Municip. Frente Alumnos

00465500 Cantone Rosa María

Direct. Jard. Infantes

37 35 años 6 meses y 28 días

Ninguno

01241918 Pérez Lidia Ester

Prof. Horas Cátedra 10 hs

23 22 años 6 meses 23 días

22 años 6 meses y 23 días

01256700 Casablancas Paz María del Carmen

Direct. Jard. Maternal

40 31 Ninguno

ARTÍCULO 2°: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno (Interino).ARTÍCULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones y por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

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MARTÍN SABBATELLAC.P. Stella Maris Santos – Damián Eduardo Aguilar

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DECRETO Nº 385/06Morón, 23 de Marzo de 2006.-

VISTO:El expediente Nº 4079-12169/06-0 D.E., y

CONSIDERANDO:Que a fs. 1 obra nota de la Dirección de

Asuntos Legales informando de la realización del “VIII Encuentro del Foro de Instituto de Derecho del Trabajo de los Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos Aires”, solicitando la declaración de Interés Municipal.

Que dicho encuentro se desarrollará los días 7 y 8 de abril del año en curso en la Ciudad de Morón, contando con la valiosa presencia y participación de prestigiosos juristas y reconocidos hombres y mujeres del Derecho.

Que en el Foro se debatirán temas como Despido incausado, Despido discriminatorio, Constitucionalidad de la tarifa, Validez de los acuerdos conciliatorios en sede administrativa, daño moral, Fraude laboral, Terciarización, Infortunios laborales, Acción civil, entre otros.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el “VIII Encuentro del Foro de Institutos de Derecho del Trabajo de los Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos Aires”, que se llevará a cabo los días 7 y 8 de abril del año en curso, en el Colegio de Abogados de Morón.ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno (interino).ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAC.P. Stella Maris Santos – Damián Eduardo Aguilar

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DECRETO Nº 387/06Morón, 23 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8103/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 7 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-20416/04-0 D.E.– 59231/04 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8103/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 7 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Gustavo Eduardo Fontenella D.N.I. Nº 23.572.857, el uso de suelo en el rubro “Lubricante”, para la

propiedad sita en la calle Nuestra Señora de Buen Viaje Nº 201/207 de la Ciudad de Morón, cuyos datos catastrales son: Circ. I, Secc. C, Manz. 191, Parc. 10b, Partida Nº 38464, con carácter de excepción a los artículos 3.2.2.0 y 7.3.3.1 inciso “h” del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, según constancias obrantes en el Expte. Nº 59231/04 H.C.D. – 4079-20416/04 D.E. y Audiencia Pública celebrada el día 5 de diciembre de 2005”.“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de habilitación y al pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales referentes a la excepción otorgada.En caso de Incumplimiento caducará automáticamente los derechos que la misma confiere”.“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar al peticionante en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654”.“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de Marzo del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento urbano y General de Gobierno (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLADamián Eduardo Aguilar – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 388/06Morón, 23 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8104/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 7 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-15592/05-0 D.E.– 60127/05 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8104/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 7 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Marcelo Alejandro Bernini D.N.I. Nº 14.617.029, la registración del plano de obra con destino Local Industrial de la propiedad sita en la calle Intendente Goria Nº 905/909 de la Ciudad de Haedo, cuyos datos catastrales son: Circ. III, Secc. F, Manz. 416, Parc.

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14d, Partida Nº 60651, con cáracter de excepción a los artículos 3.5.1.1, y 3.4.1.0 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, según constancias obrantes en el Expte. Nº 60127/05 H.C.D. – 4079-15592/05 D.E. y Audiencia Pública celebrada el día 6 de diciembre de 2005”.“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º está condicionado al inicio del trámite de registración de plano y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales referentes a la excepción otorgada.En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos que la misma confiere”.“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar al peticionante en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654”.

“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de Marzo del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento urbano y General de Gobierno (Interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLADamián Eduardo Aguilar – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 389/06Morón, 23 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8107/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 7 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-11781/06-0 D.E.– 59225/04 H.C.D., Adjuntos 54517/02 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8107/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 7 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Jesús Salvador Fernández D.N.I. Nº 7.758.394, la registración del plano de obra con destino “Confíteria y Gimnasio”, para la propiedad sita en la calle Buenos Aires Nº 654/670 de la Ciudad de Castelar, cuyos datos catastrales son: Circ. II, Secc. A, Manz. 61, Parc. 33e, Partida Nº 9410, con carácter de excepción al artículo 3.3.2.0 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas

Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, según constancias obrantes en el Expte. Nº 59225/04 H.C.D. y adjunto 54517/02 H.C.D. – 4079-42861/02 D.E. y Audiencia Pública celebrada el día 6 de diciembre de 2005”.“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de registración de planos y al pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales referentes a la excepción otorgada.En caso de Incumplimiento caducará automáticamente los derechos que la misma confiere”.“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar al peticionante en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654”.

“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de Marzo del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento urbano y General de Gobierno (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLADamián Eduardo Aguilar – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 390/06Morón, 23 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8111/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 7 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-17248/05-0 D.E.– 60400/05 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8111/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 7 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a la firma Sofronia Way S.A., representada por la Sra. Clara Silvia Guerrero D.N.I. Nº 11.987.787, el uso de suelo para el anexo rubro “Taller de chapa y pintura” a desarrollarse en la propiedad sita en la calle Lambaré Nº 1336/1350 de la Ciudad de Haedo, cuyos datos catastrales: Circ. III, Secc. D, Manz. 270, Parc. 36a, Partida Nº 15041, con cáracter de excepción al artículo 3.2.2.0 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, según constancias

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 16

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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

obrantes en el Expte. Nº 60400/05 H.C.D. – 4079-17248/05 D.E. y Audiencia Pública celebrada el día 6 de diciembre de 2005”.“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de habilitación y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales referentes a la excepción otorgada.En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos que la misma confiere”.“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar a la peticionante en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654”.“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de Marzo del año dos mil seis”.FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento urbano y General de Gobierno (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLADamián Eduardo Aguilar – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 392/06Morón, 27 de Marzo de 2006.-

VISTO:El expediente Nº 4079-12288/06-0 D.E., y

CONSIDERANDO:Que a fs. 1 obra nota de la Dirección de

Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo, solicitando se declare Interés Municipal el encuentro “Pascua Joven 2006”, organizado por el Obispado de Morón, a realizarse los días Viernes 07, Sábado 08 y Domingo 09 de Abril en el Colegio Emaús, sito en la calle Leones 967, de la Ciudad de Haedo.

Que por Séptimo año consecutivo se realiza este evento para jóvenes de 16 a 18 años de la Diócesis de Morón (incluye Haedo, Morón, Castelar, Ituzaingó, El Palomar y Hurlingham), cuyo objetivo es el anuncio de la muerte, y resurrección de Jesucristo por amor a todos nosotros.

Que el lema de Pascua Joven este año es “Vine para que tengas vida”, resaltando los valores que la juventud de hoy requiere como la Justicia, la Tolerancia y la Paz.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓN DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el “Encuentro Pascua Joven 2006”, organizado por el Obispado de Morón, que se llevará a cabo los días 7, 8 y 9 de Abril del corriente año, en el Colegio Emaús, sito en la calle Leones Nº 967, Localidad de Haedo, en el Partido de Morón.ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno (interino).

ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLADamián Eduardo Aguilar – C.P. Stella Maris Santos

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DECRETO Nº 393/06Morón, 28 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto Nº 2542/05 promulgador de la Ordenanza General de Presupuesto 2006, el expediente Nº 4079-12263/05-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que el art. 42º del Decreto Nº 2980/00, establece el procedimiento a llevarse a cabo para reimputar aquellos gastos que fueron comprometidos durante el 2005 y no se devengaron en el mismo.

Que resulta necesario el dictado de un acto administrativo a fin de reconocer en el ejercicio 2006 los gastos comprometidos y no devengados en el 2005. Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Aféctase al ejercicio 2006, el compromiso que se detalla, que fue comprometido y no devengado en el ejercicio 2005, a los créditos pertinentes del presente ejercicio:

Reg. Comp. Proveedor Saldo a Imputar2.101 Quintin Haydee $ 640,00

ARTICULO 2º: La Dirección de Contaduría queda autorizada a llevar a cabo las registraciones originadas para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno (interino).ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLADamián Eduardo Aguilar – C.P. Stella Maris Santos

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DECRETO Nº 399/06Morón, 28 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto Nº 2542/05 promulgador de la Ordenanza General de Presupuesto 2006, el expediente Nº 4079-19898/05-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que el art. 42º del Decreto Nº 2980/00, establece el procedimiento a llevarse a cabo para reimputar aquellos gastos que fueron comprometidos durante el 2005 y no se devengaron en el mismo.

Que resulta necesario el dictado de un acto administrativo a fin de reconocer en el ejercicio 2006 los gastos comprometidos y no devengados en el 2005. Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 17

Page 18: 2º Quincena de Marzo 2006 - moron.gov.ar · Acta Constitutiva de la entidad. Se acompaña a fs. 5 vta. Declaración Jurada de Patrimonio y se destaca el valor de la cuota social

MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓN DECRETA:

ARTICULO 1º: Aféctase al ejercicio 2006, el expediente que se detalla, que fue comprometido y no devengado en el ejercicio 2005, a los créditos pertinentes del presente ejercicio:

Reg. Comp. Expediente Número Proveedor Saldo a

Imputar

8,419 4079-19899/05 50,336 Instituto Arg. de Normalización $ 14.250,00

ARTICULO 2º: La Dirección de Contaduría queda autorizada a llevar a cabo las registraciones originadas para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno (interino).ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLADamián Eduardo Aguilar – C.P. Stella Maris Santos

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DECRETO Nº 400/06Morón, 28 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8102/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 7 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-15874/05 D.E.– 60176/05 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8102/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 7 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

”Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a la Sra. Dora Argentina Rojas D.N.I. Nº 6.263.637, la registración del plano de obra con destino local comercial y vivienda multifamiliar para la propiedad sita en la Avenida Callao Nº 1940 de la Ciudad de Morón, cuyos datos catastrales son: Circ. II, Secc. J, Manz. 338, Parc. 5, Partida Nº 209048, con cáracter de excepción a los artículos 3.3.2.0, 3.5.1.1, 3.2.2.0, 4.5, 4.6.3.1, 4.6.3.2 y 4.6.4.1 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcción del Partido de Morón, según constancias obrantes en el Expte. Nº 60176/05 H.C.D. – 4079-15874/05 D.E. y Audiencia Pública celebrada el día 5 de diciembre de 2005”.“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de registración de planos y al pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales referentes a la excepción otorgada.En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos que la misma confiere”.

“Artículo 3º: La excepción al artículo 4.6.4.1. está condicionada a la ejecución de un sistema adicional de ventilación por conducto, constituido por un tubo de extracción de aire estático y mecánico, de 10 cm. de diámetro a colocarse en el techo de cada dormitorio de la vivienda de la planta baja.En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos que esta Ordenanza confiere.“Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar a la peticionante en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654”.“Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de Marzo del año dos mil seis”. FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento urbano y General de Gobierno (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLADamián Eduardo Aguilar – Luis María De Luca

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DECRETO Nº 401/06Morón, 28 de Marzo de 2006.-

VISTO:El expediente Nº 4079-12347/06-0 D.E., y

CONSIDERANDO:Que a fs. 1 del expediente mencionado en

el Visto, obra nota emitida por la Secretaría de Gobierno, solicitando se declare Interés Municipal el proyecto “Malvinas en las escuelas.”

Que desde hace varios años una situación repetida se presenta en diferentes ciudades de nuestro país, cuando las autoridades de las escuelas se comunican con los centros de veteranos para solicitarles que se presenten a dar una charla ante sus alumnos, demanda que se multiplica cuando se aproxima el 2 de abril año tras año. Esta experiencia de testimonios de héroes de guerra resulta enriquecedora para niños y adolescentes. Es analizando esta rutina que se arriba a la conclusión de que esta experiencia podría enriquecer más aún si se elaborara un estructura formal de presentación y divulgación, que contemple los aspectos históricos, social y humano.

Que con ese objetivo es que se presenta el Proyecto destinado a programar un circuito formal de exposición en torno a Malvinas, donde se brindarán jornadas de exposición testimonial a los diferentes establecimientos educativos de la ciudad, estatales y privados, presentando un video introductorio a la exposición y material didáctico por escrito que será utilizado por el docente posteriormente en el aula con una función pedagógica. Se abordarán tres ejes temáticos: Visión histórica, Visión testimonial y Visión Social de acuerdo a las edades de los alumnos asistentes.

Que a fs. 5 obra Declaración de Interés del Consejo Escolar de Morón, autorizando a arbitrar las medidas conducentes a los efectos de lograr la sanción y consecuente implementación del Proyecto.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º

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de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el “Proyecto Malvinas en las Escuelas”, presentado por el Señor Julio A. Rodrigues Cambao, del Centro de Veteranos de Guerra Morón.ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno (interino).ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLADamián Eduardo Aguilar – C.P. Stella Maris Santos

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DECRETO Nº 402/06Morón, 28 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8136/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 22 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-12324/06 D.E.– 61569/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8136/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 22 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase el año 2006 como “Año de repudio al Golpe de Estado de 1976. Por la vigencia de los Derechos Humanos”, en el ámbito del Municipio de Morón.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLADamián Eduardo Aguilar – C.P. Stella Maris Santos

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DECRETO Nº 403/06Morón, 28 de Marzo de 2006.-

VISTO: El Decreto Nº 323/06, el artículo 114º de

la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo, el expediente Nº 4079-15853/04-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 323/06, se rechazó el recurso interpuesto contra la Resolución Nº 64/2005 dictada por la Secretaría de Finanzas Municipales, donde se determina las deudas que mantiene la firma ELECTRONICA MEGATONE con respecto a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.

Que al redactarse el Decreto mencionado precedentemente, se incurrió en un error involuntario, en la denominación de la recurrente donde reza “…ELECTRICA MEGATONE…” debe leerse “…ELECTRONICA MEGATONE…”.

Que en razón de lo expuesto, corresponde subsanar el error en el que se incurriera, de conformidad con lo establecido por el artículo 114º de la Ordenanza Nº 11.654, de Procedimiento Administrativo, procediendo a dictar el acto administrativo pertinente. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Rectifícase en su parte pertinente el Decreto Nº 323/06, donde reza “…ELECTRICA MEGATONE…” deberá leerse “…ELECTRONICA MEGATONE…”.ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Finanzas Municipales y General de Gobierno (interino). ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese

MARTÍN SABBATELLADamián Eduardo Aguilar – Eduardo Daniel Aseff

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DECRETO Nº 406/06Morón, 30 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8130/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 22 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-11223/06-0 D.E.– 61504/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8130/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 22 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase a la Empresa Telefónica de Argentina S.A., a la apertura de veredas y pavimento, para la construcción de cañería subterránea a ejecutarse en la calle Bartolomé Mitre e/ San Martín y Belgrano de la Ciudad de Morón, de acuerdo a las constancias obrantes en las presentes actuaciones.”“Artículo 2º: La presente autorización estará supeditada al fiel cumplimiento de las condiciones que establezca la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano en su carácter de autoridad de aplicación y de las que surjan del informe técnico brindado por autoridad de incumbencia, como asimismo de toda normativa legal vigente en la materia.”“Artículo 3º: La Empresa autorizada deberá abonar en concepto de Derechos de Construcción, los importes resultantes de aplicar una alícuota sobre el valor de la

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Obra que fija el Colegio de Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, que asciende a un valor del 1% de dicho monto, según lo establecido por el artículo 37º de la Ordenanza Impositiva.”“Artículo 4º: La Empresa autorizada deberá constituir el aporte del 5% del monto total de la obra, en concepto de garantía de obra, según artículo 56º de la Ordenanza Nº 165/73, a la fecha de notificación del Decreto correspondiente, y antes del comienzo de la obra.”“Artículo 5º: La Empresa autorizada deberá abonar los importes resultantes de aplicar lo establecido en los artículos 39º y 40º de la Ordenanza Impositiva, por la ocupación de espacio aéreo, del subsuelo y/o de cualquier otra superficie de la vía pública.” “Artículo 6º: La Empresa citada en el artículo 1º no deberá adeudar importe alguno en concepto de multas con el Municipio de Morón, debiendo acreditar fehacientemente ello al momento previo a la devolución del fondo de garantía.”“Artículo 7º: La Empresa deberá finalizar los trabajos descriptos en el artículo 1º en un plazo de 9 días a partir de su notificación ante el Departamento Ejecutivo y podrá prorrogarse hasta un plazo similar.”“Artículo 8º: El incumplimiento de lo establecido en los artículos 2º, 3º, 4º y 5º provocará la caducidad automática de la autorización conferida en la presente Ordenanza.”“Artículo 9º: La Empresa deberá presentar por nota a la autoridad de aplicación, los nombres y apellidos y un número telefónico de fácil acceso del representante técnico y del inspector designado por la misma, los que permanecerán en el lugar de las obras durante su ejecución a fin de recibir las notificaciones, comunicaciones y toda otra gestión directamente vinculada a la misma. Asimismo deberá poner a disposición del Municipio un vehículo a fin de efectuar los controles y recorridos pertinentes.”“Artículo 10º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLALuis María De Luca – Damian Eduardo Aguilar

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DECRETO Nº 407/06Morón, 30 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8132/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 22 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-10626/06-0 D.E.– 61313/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como

atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8132/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 22 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase a la Empresa Telefónica de Argentina S.A., a la apertura de veredas para la construcción de cañería subterránea principal y dos arquetas en las siguientes calles Tres Arroyos e/Constituyentes y Valentín Gómez y Valentín Gómez e/Tres Arroyos e Ing. C.E. Goria de la Ciudad de Haedo, de acuerdo a las constancias obrantes en las presentes actuaciones.”“Artículo 2º: La presente autorización estará supeditada al fiel cumplimiento de las condiciones que establezca la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano en su carácter de autoridad de aplicación y de las que surjan del informe técnico brindado por autoridad de incumbencia, como asimismo de toda normativa legal vigente en la materia.”“Artículo 3º: La Empresa autorizada deberá abonar en concepto de Derechos de Construcción, los importes resultantes de aplicar una alícuota sobre el valor de la Obra que fija el Colegio de Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, que asciende a un valor del 1% de dicho monto, según lo establecido por el artículo 37º de la Ordenanza Impositiva.”“Artículo 4º: La Empresa autorizada deberá abonar los importes resultantes de aplicar lo establecido en los artículos 39º y 40º de la Ordenanza Impositiva, por la ocupación de espacio aéreo, del subsuelo y/o de cualquier otra superficie de la vía pública.” “Artículo 5º: La Empresa citada en el artículo 1º no deberá adeudar importe alguno en concepto de multas con el Municipio de Morón, debiendo acreditar fehacientemente ello al momento previo a la devolución del fondo de garantía.”“Artículo 6º: La Empresa deberá finalizar los trabajos descriptos en el artículo 1º en un plazo de 7 días a partir de su notificación ante el Departamento Ejecutivo y podrá prorrogarse hasta un plazo similar.”“Artículo 7º: El incumplimiento de lo establecido en los artículos 2º, 3º y 4º provocará la caducidad automática de la autorización conferida en la presente Ordenanza.”“Artículo 8º: La Empresa deberá presentar por nota a la autoridad de aplicación, los nombres y apellidos y un número teléfonico de fácil acceso del representante técnico y del inspector designado por la misma, los que permanecerán en el lugar de las obras durante su ejecución a fin de recibir las notificaciones, comunicaciones y toda otra gestión directamente vinculada a la misma. Asimismo deberá poner a disposición del Municipio un vehículo a fin de efectuar los controles y recorridos pertinentes.”“Artículo 9: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”

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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLALuis María De Luca – Damian Eduardo Aguilar

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DECRETO Nº 408/06Morón, 30 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8129/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 22 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-21064/05-0 D.E.– 61080/05 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8129/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 22 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase a la Empresa Jorge Villa Construcciones, a la apertura de veredas para la instalación de aproximadamente 745m, de cañería subterránea para gas natural de 102 mm. de diámetro y 4 mm. de espesor, para suministrarle gas a la estación de G.N.C., en las siguientes calles: Chanas e/Derqui y Bianco y Bianco e/Chanas y Rosales de la Ciudad de El Palomar, de acuerdo a las constancias obrantes en las presentes actuaciones.”“Artículo 2º: La presente autorización estará supeditada al fiel cumplimiento de las condiciones que establezca la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano en su carácter de autoridad de aplicación y de las que surjan del informe técnico brindado por autoridad de incumbencia, como asimismo de toda normativa legal vigente en la materia.”“Artículo 3º: La Empresa autorizada deberá abonar en concepto de Derechos de Construcción, los importes resultantes de aplicar una alícuota sobre el valor de la Obra que fija el Colegio de Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, que asciende a un valor del 1% de dicho monto, según lo establecido por el artículo 37º de la Ordenanza Impositiva.”“Artículo 4º: La Empresa autorizada deberá abonar los importes resultantes de aplicar lo establecido en los artículos 39º y 40º de la Ordenanza Impositiva, por la ocupación de espacio aéreo, del subsuelo y/o de cualquier otra superficie de la vía pública.”

“Artículo 5º: La Empresa autorizada deberá constituir el aporte del 5% del monto total de la obra, en concepto de garantía, según lo establecido por la Ordenanza General Nº 165/73, artículo 56º, a la fecha de notificación del Decreto promulgatorio de la presente Ordenanza, y antes del comienzo de la obra.”“Artículo 6º: La Empresa citada en el artículo 1º no deberá adeudar importe alguno en concepto de multas con el Municipio de Morón, debiendo acreditar fehacientemente ello al momento previo a la devolución del fondo de garantía.”“Artículo 7º: La Empresa deberá finalizar los trabajos descriptos en el artículo 1º en un plazo de 55 días a partir de su notificación ante el Departamento Ejecutivo y podrá prorrogarse hasta un plazo similar.”“Artículo 8º: El incumplimiento de lo establecido en los artículos 2º, 3º, 4º y 5º provocará la caducidad automática de la autorización conferida en la presente Ordenanza.”“Artículo 9º: La Empresa deberá presentar por nota a la autoridad de aplicación, los nombres y apellidos y un número telefónico de fácil acceso del representante técnico y del inspector designado por la misma, los que permanecerán en el lugar de las obras durante su ejecución a fin de recibir las notificaciones, comunicaciones y toda otra gestión directamente vinculada a la misma. Asimismo deberá poner a disposición del Municipio un vehículo a fin de efectuar los controles y recorridos pertinentes.”“Artículo 10º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLALuis María De Luca – Damian Eduardo Aguilar

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DECRETO Nº 409/06Morón, 30 de Marzo de 2006.-

VISTO: El Decreto Nº 1756/78, el artículo 114º de

la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo, el expediente Nº 4079-12122/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1756/78 se deja cesante a la ex agente Barretta Catalina Ercilia, a partir del día 27 de Diciembre de 1977.

Que a fs 1 del expediente mencionado en Visto, obra nota manuscrita por la ex agente Barretta solicitando que se modifique el apellido que figura mal impreso en dicho acto administrativo, debido a que en el mismo fue registrado como Barreta.

Que a fs. 4 de los actuados obra copia del Documento Nacional de Identidad de la mencionada ex agente, en donde se comprueba el apellido correcto de la reclamante.

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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

Que en función de lo antedicho correspondería modificar el apellido de la ex agente en el Decreto Nº 1756/78, a los efectos de la adecuación administrativa.

Que la Dirección de Recursos Humanos ha tomado debido conocimiento de lo requerido sin formular objeción alguna al respecto, adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.

Que en razón de lo expuesto, corresponde subsanar el error en el que se incurriera, de conformidad con lo establecido por el artículo 114º de la Ordenanza Nº 11.654, de Procedimiento Administrativo, procediendo a dictar el acto administrativo pertinente. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Modifíquese el Artículo 1º del Decreto 1756/78, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 1º: DEJASE CESANTE, con retroactividad al día 27 de diciembre de 1977, a la agente Catalina Ercilia BARRETTA (L.C. Nº 5.199.001 -C-1945) quien revistaba como personal Docente (preceptora) prestando servicios en la Escuela Municipal Nº 4, dependiente de la Dirección de Cultura (Secretaría de Gobierno).

ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno (interino). ARTÍCULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones e infórmese por quien corresponda a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLALuis María De Luca – C.P. Stella Maris Santos

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DECRETO Nº 412/06Morón, 30 de Marzo de 2006.-

VISTO:El expediente Nº 4079-12177/06 D.E., y

CONSIDERANDO:Que a fs. 1 del expediente citado en el

Visto, obra nota de la Subsecretaría de Modernización y Transparencia del Estado, solicitando se declare Interés Municipal el “Encuentro de Cooperación con la Intendencia Municipal de Canelones, Comuna Canaria, República Oriental del Uruguay “ a desarrollarse los días 5 y 6 de Abril de 2006 en nuestro Municipio.

Que reviste especial trascendencia para nuestro Municipio debido a las destacadas políticas públicas desarrolladas en materia de lucha contra la corrupción, transparencia en la gestión pública, acceso a la información y control de gestión, cuestiones que han suscitado el particular interés de los funcionarios uruguayos, por ello se llevarán a cabo diversas reuniones de trabajo con los diferentes funcionarios responsables de cada una de las áreas dependientes de la Subsecretaría de Modernización y Transparencia del Estado, a efectos de interiorizar a sus pares sobre el trabajo concreto y cotidiano que desarrollan.

Que por tal motivo solicita la suma de $ 2.500 (pesos dos mil quinientos) a fin de hacer frente a los gastos de alojamiento, traslados internos y comidas de los funcionarios, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.

Que a fs. 6 obra nota donde consta la correspondiente Imputación Extrapresupuestaria.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el “Encuentro de Cooperación con la Intendencia Municipal de Canelones, Comuna Canaria, República Oriental del Uruguay”, a desarrollarse los días 5 y 6 de Abril de 2006 en nuestro Municipio.ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de Sergio Ernesto Zurano, por la suma de Pesos dos mil quinientos ($ 2.500,00.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas para solventar los gastos relacionados con el encuentro de funcionarios municipales de la Intendencia Municipal de Canelones Comuna Canaria de la República Oriental del Uruguay.ARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a la imputación Extrapresupuestaria: Jurisdicción 1110101000 Secretaría Privada rubro de Egreso: Anticipos otorgados, Código 21000, Para erogaciones corrientes.ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno (Interino).ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLADamian Eduardo Aguilar – C.P. Stella Maris Santos

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DECRETO Nº 414/06Morón, 30 de Marzo de 2006.-

VISTO: La Ordenanza Nº 12.211/92 y el

expediente Nº 4079-11948/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente citado en el Visto, obra nota suscripta por el Presidente y Secretario de la Asociación Civil sin fines de lucro “Centro comunitario Padre Mujica”, solicitando reconocimiento Municipal, la aprobación y posterior inscripción del Estatuto Social.

Que a fs. 10 se acompaña Acta Constitutiva de la entidad, donde se destaca el valor de la cuota social. Se acompaña a fs. 8 la Declaración Jurada de Patrimonio, a fs. 11, 19/26 se adjunta Nómina de asociados incluyendo sus datos de identidad, domicilio y firma.

Que del análisis de los elementos que anteceden surge que la solicitante desarrolla las actividades descriptas en el artículo 1º de la Ley Nº 9388, concordante con el artículo 3º de la citada Ordenanza, mediante el cumplimiento de los fines específicos detallados en el artículo 1º de los Estatutos agregados a fs. 9/18 relacionado con los fines específicos.

Que toman debida intervención la Secretaría de Relaciones con la Comunidad y Descentralización, la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria.

Que por lo expuesto precedentemente corresponde reconocer su carácter de Entidad de Bien Público y disponer la correspondiente inscripción en el Registro respectivo, mediante el dictado del acto administrativo pertinente, conforme lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11.654.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓN DECRETA:

ARTICULO 1º: Reconócese con carácter de Entidad de Bien Público a la Asociación Civil “Centro Comunitario Padre Mujica”, con domicilio legal en la calle Mon 26 Acc 104 PB D de la localidad de El Palomar, Partido de Morón, en los términos y los alcances de la Ordenanza Nº 12211/92.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 22

Page 23: 2º Quincena de Marzo 2006 - moron.gov.ar · Acta Constitutiva de la entidad. Se acompaña a fs. 5 vta. Declaración Jurada de Patrimonio y se destaca el valor de la cuota social

MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

ARTICULO 2º: Inscríbase a la citada Entidad en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público y otórguese el respectivo certificado de Inscripción.ARTICULO 3º: Otórgase a la Asociación un plazo de 90 (noventa) días, a partir de la notificación del presente Decreto, para que la Entidad inicie las tramitaciones correspondientes de la obtención de la Personería Jurídica. ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Relaciones con la Comunidad y Descentralización y el Señor Secretario General de Gobierno (interino)ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLADamian Eduardo Aguilar – Raquel Lopo Tejo

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DECRETO Nº 415/06Morón, 30 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8133/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 22 de Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-11596/06-0 D.E.– 61518/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8133/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 22 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Acéptase la donación de un TV color multinorma 20” (PALN/M-NTSC M) CM-2002- RD marca Crown Mustang y de un reproductor de DVD/S-VCD/VCD/CD/JPG/MP3, marca RJTECH, modelo RJ-3700, efectuada por la Empresa Línea Doscientos Dieciséis S.A. de Transportes, para ser destinados a la Biblioteca del Deporte, la Actividad Física y la Recreación, sita en el Complejo Deportivo Gorki Grana.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Desarrollo Social y General de Gobierno (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLADamian Eduardo Aguilar – Andres René Rodriguez

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DECRETO Nº 417/06Morón, 30 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8131/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 22 de

Marzo del año 2006, el expediente Nº 4079-11224/06-0 D.E.– 61505/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8131/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 22 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase a la Empresa Telecom Argentina S.A., a la apertura de veredas y pavimento, para la construcción de cañería subterránea a ejecutarse en las calles Machado e/Independencia y Cabildo e Independencia e/Larralde y Machado de la Ciudad de Morón, de acuerdo a las constancias obrantes en las presentes actuaciones.”“Artículo 2º: La presente autorización estará supeditada al fiel cumplimiento de las condiciones que establezca la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano en su carácter de autoridad de aplicación y de las que surjan del informe técnico brindado por autoridad de incumbencia, como asimismo de toda normativa legal vigente en la materia.”“Artículo 3º: La Empresa autorizada deberá abonar en concepto de Derechos de Construcción, los importes resultantes de aplicar una alícuota sobre el valor de la Obra que fija el Colegio de Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, que asciende a un valor del 1% de dicho monto, según lo establecido por el artículo 37º de la Ordenanza Impositiva.”“Artículo 4º: La Empresa autorizada deberá constituir el aporte del 5% del monto total de la obra, en concepto de garantía de obra, según artículo 56º de la Ordenanza Nº 165/73, a la fecha de notificación del Decreto correspondiente, y previo al comienzo de la obra.”“Artículo 5º: La Empresa autorizada deberá abonar los importes resultantes de aplicar lo establecido en los artículos 39º y 40º de la Ordenanza Impositiva, por la ocupación de espacio aéreo, del subsuelo y/o de cualquier otra superficie de la vía pública.” “Artículo 6º: La Empresa citada en el artículo 1º no deberá adeudar importe alguno en concepto de multas con el Municipio de Morón, debiendo acreditar fehacientemente ello al momento previo a la devolución del fondo de garantía.”“Artículo 7º: La Empresa deberá finalizar los trabajos descriptos en el artículo 1º en un plazo de 12 días a partir de su notificación ante el Departamento Ejecutivo y podrá prorrogarse hasta un plazo similar.”“Artículo 8º: El incumplimiento de lo establecido en los artículos 2º, 3º, 4º y 5º provocará la caducidad automática de la autorización conferida en la presente Ordenanza.”“Artículo 9º: La Empresa deberá presentar por nota a la autoridad de aplicación, los nombres y apellidos y un número telefónico de fácil acceso del representante técnico y del inspector

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designado por la misma, los que permanecerán en el lugar de las obras durante su ejecución a fin de recibir las notificaciones, comunicaciones y toda otra gestión directamente vinculada a la misma. Asimismo deberá poner a disposición del Municipio un vehículo a fin de efectuar los controles y recorridos pertinentes.”“Artículo 10º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLALuis María De Luca – Damian Eduardo Aguilar

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DECRETO Nº 418/06Morón, 30 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ordenanza Nº 8135/06 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante con fecha 22 de Marzo del año 2006, los expedientes Nº 4079-16098/05-0 D.E .– 61539/06 H.C.D., Adjunto Nº 4079-19176/05-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 8135/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria celebrada el día 22 de Marzo del año 2006, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio para los propietarios de los inmuebles beneficiados, la ejecución de la obra de pavimentación a realizarse de acuerdo a la modalidad establecida por la Ordenanza Nº 3035/2000, en las calles Avellaneda e/ Pola y Alessandri, 3 cuadras, Circ. II, Secc. G, Mz. 116, 117, 134, 135, 150 y 151, Alessandri e/Avellaneda y Monseñor Solari, Circ. II, Secc. G, Mz. 147, 148, 149, 150, 162, 163, 164 y 165 y Bocacalle: Alessandri–Charcas, Alessandri-Maza, Alessandri- Azul y Alessandri-Avellaneda.”“Artículo 2º: El pago correspondiente a cada frentista queda estipulado en los Contratos de Adhesión Individuales firmados por los contribuyentes, registrados y guardados bajo los números 123/06, 124/06, 125/06, 126/06, 127/06, 128/06, 129/06, 130/06, 131/06, 132/06, 133/06, 134/06, 135/06, 136/06, 137/06, 138/06, 139/06, 140/06, 141/06, 142/06, 143/06, 144/06, 145/06, 146/06, 147/06, 148/06, 149/06, 150/06, 151/06, 152/06, 153/06, 154/06, 155/06, 156/06, 157/06,

158/06, 159/06, 160/06, 161/06, 162/06, 163/06, 164/06, 165/06, 166/06, 167/06, 168/06, 169/06, 170/06, 171/06, 172/06, 173/06, 174/06, 175/06, 176/06, 177/06, 178/06, 179/06, 180/06, 181/06, 182/06, 183/06, 184/06, 185/06, 186/06, 187/06, 188/06, 189/06, 190/06, 191/06, 192/06, 193/06, 194/06, 195/06, 196/06, 197/06, 198/06, 199/06, 200/06, 201/06, 202/06, 203/06, 204/06, 205/06, 206/06, 207/06, 208/06 y 209/06, que en copia fiel obran agregados a las actuaciones Nº 61539/06 H.C.D. – 4079-16098/05-0 D.E. y adjunto 4079-19176/05-0 D.E.. “ “Artículo 3º: Aplícase para la presente obra los alcances del artículo 13º de la Ordenanza Nº 3035/2000, constituyéndose la Municipalidad de Morón en agente financiero de la obra de pavimentación, otorgando crédito con aplicación de un interés del 6% (seis por ciento) anual sobre saldo.”“Artículo 4º: Apruébase el Contrato General para la Obra de Pavimento registrado bajo el Nº 122/06 y los Contratos de Adhesión Individuales mencionados en el artículo 2º de la presente.”“Artículo 5º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a disponer el mecanismo de financiación y recobro de la presente obra.”“Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil seis”.“FIRMADO: Doña Adriana Perla Kreiman, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante – Don Adrián Eduardo Grana, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLALuis María De Luca – Damian Eduardo Aguilar

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DECRETO Nº 419/06Morón, 30 de Marzo de 2006.-

VISTO:El expediente Nº 4079-12170/06-0 D.E., y

CONSIDERANDO:Que a fs. 1 obra nota de la Dirección de

Asuntos Legales informando de la realización del Curso de Posgrado en Derecho Urbanístico y Gestión de la Ciudad, ofrecido por la Universidad de General Sarmiento y el Instituto Lincoln, a realizarse entre los días 20 de Abril y 27 de Mayo de 2006, solicitando la declaración de Interés Municipal.

Que el objetivo del mencionado curso, es introducir a profesionales de diferentes disciplinas en las múltiples relaciones entre la actividad urbanística y el derecho en el marco del renovado debate actual y de las experiencias iberoamericanas en materia de gestión del territorio.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 24

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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el “Curso de Posgrado en Derecho Urbanístico y Gestión de la Ciudad”, que se desarrollará entre los días 20 de Abril al 27 de Mayo del año en curso, a realizarse en el Campus Universitario de la Universidad Nacional de General Sarmiento. ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento Urbano y General de Gobierno (interino).ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese

MARTÍN SABBATELLADamian Eduardo Aguilar – C.P. Stella Maris Santos

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DECRETO Nº 420/06Morón, 30 de Marzo de 2006.-

VISTO:El Expediente Nº 4079-12450/06-0 D.E. y,

CONSIDERANDO:Que a fs. 1 del expediente mencionado en

el Visto, obra nota emitida por la Secretaría de Desarrollo Social, solicitando se declare Interés Municipal “la participación de los integrantes del Taller Anual de Murgas en el campamento que se realizará, con motivo de la culminación del mismo”, que se llevará a cabo los días 1º y 2º de Abril del corriente año, en la Granja Educativa “Los Robles”, de la Localidad de Pontevedra, Provincia de Buenos Aires y asimismo solicita la suma de $ 1.500 (pesos mil quinientos) a nombre del Director de Cultura, Sr. Daniel Zaballa, para solventar los gastos de dicho evento con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105 de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal “ la participación de los integrantes del Taller Anual de Murgas en el campamento que se realizará con motivo de la culminación del mismo” y que se llevará a cabo los días 1º y 2º de Abril del corriente año, en la Granja Educativa “Los Robles”, de la Localidad de Pontevedra, Provincia de Buenos Aires.ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Director de Cultura, Sr. Daniel Zaballa, por la suma de pesos mil quinientos ($1.500), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, para solventar los gastos que demande el referido evento.ARTÍCULO 3: Impútese el gasto autorizado a: Imputación extrapresupuestaria del gasto Jurisdicción 1110107000 Secretaría de Desarrollo Social. Rubro de Egreso: Anticipos Otorgados, Código 21000 Para erogaciones corrientes.ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de Desarrollo Social.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAAndrés René Rodriguez – C.P. Stella Maris Santos

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DECRETO Nº 421/06Morón, 30 de Marzo de 2006.-

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el

Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto Nº 2542/05 promulgador de la Ordenanza General de Presupuesto 2006, el expediente Nº 4079-12009/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que al cierre del ejercicio 2005, la cuenta de recursos afectados Fondo de Fomento Productivo, arrojó un saldo disponible en cuenta corriente de PESOS CIENTO CINCUENTA DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO CON SETENTA CENTAVOS ($ 152.335,70).

Que el artículo 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece el procedimiento a seguir para las ampliaciones o creaciones de partidas de carácter afectado. Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Créase en el Cálculo de Recursos el siguiente rubro por PESOS CIENTO CINCUENTA DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO CON SETENTA CENTAVOS ($ 152.335,70).

Tipo Clase Concepto Sub-concepto Descripción Importe

35 1 01 11 Saldo Fdo. Ord. 4035/01 Fto. Productivo $ 152.335,70

Total $ 152.335,70

ARTICULO 2º: Incrémentase en el Presupuesto General de Gastos por un total de $ 152.335,70 –las siguientes partidas: Fuente Financ.

Subjurisd. Prog Proy Inc. P.ppal P. pcial Denominacion Monto

131 10 01 00 2 3 3 Productos de Artes y Gráficas $ 5.000,00.-131 10 01 00 2 9 6 Repuestos y Accesorios $ 2.500,00.-131 10 01 00 3 2 9 Otros $ 20.000,00.-131 10 01 00 3 4 5 De Capacitación $ 20.000,00.-131 10 01 00 3 4 9 Otros $ 50.000,00.-

131 10 01 00 3 5 3 Imprenta, Publicaciones y Reproducciones

$ 5.835,70.-

131 10 01 00 3 7 1 Pasajes $ 25.000,00.-131 10 01 00 3 7 2 Viáticos $ 10.000,00.-131 10 01 00 4 3 6 Equipo para Computación $ 14.000,00.-

Total $152.335,70.-

ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y los Señores Secretarios de Desarrollo Económico Local y General de Gobierno (interino).ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLADamian Eduardo Aguilar – C.P. Stella Maris Santos –

Walter Adrián Juara

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DECRETO Nº 425/06Morón, 30 de Marzo de 2006.-

VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorios, y la Licitación Pública Nacional Nº 01/06, tramitada por Expediente Nº 4079-10659/06 - Suministro Nº 357, por la adquisición de Víveres Secos y Frescos, solicitado por la Secretaría de Desarrollo Social, para ayuda directa el Decreto Nº 164/06, de llamado a licitación, el Pliego de Bases y Condiciones Generales y el Decreto Pcial Nº 2980/00, yCONSIDERANDO:

Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal, concurrieron las siguientes empresas: LAGOMARSINO E HIJOS S.A.; NOMEROBO S.A.; DISALAR S.R.L. E HIPERMERCADO MAYORISTA HIPERMAY S.A.. Que la Comisión de Preadjudicaciones, haciendo uso de las facultades concedidas por el artículo 25º del Pliego de Bases y Condiciones Generales,

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realizó la evaluación de las ofertas de acuerdo al criterio establecido en el artículo 24º una vez verificado el cumplimiento de la documentación solicitada en el artículo 14º, resultan las ofertas de las tres últimas empresas, convenientes a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11654.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Pública Nacional Nº 01/06, tramitada por expediente Nº 4079-10659/06, pedido de Suministro Nº 357/06, por la adquisición de Víveres Secos y Frescos, solicitado por la Secretaría de Desarrollo Social, para ayuda directa, a las siguientes empresas: HIPERMERCADO MAYORISTA HIPERMAY S.A., los renglones Nº 2, 5, 7, 8, 11, 17, 18, 19, 25, 26, 27 y 29, en la suma total de $ 91.480,10; DISALAR S.R.L., los renglones Nº 3, 4, 6, 12, 13, 16, 20, 21, 22, 23 y 28, en la suma total de $ 358.052,60 y NOMEROBO S.A., los renglones Nº 1, 9, 10, 14 y 15, en la suma total de $ 121.099. El total de la presente asciende a la suma de $ 570.631,70 (pesos quinientos setenta mil seiscientos treinta y uno con setenta centavos).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 24, Fuente de Financiamiento: 132, dentro de las clasificaciones obrantes en las solicitudes de gastos Nº 414 y Nº 1097, respectivamente.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto el Señor Secretario de Desarrollo Social y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAC.P. Stella Maris Santos – Andrés René Rodriguez

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DECRETO Nº 428/06Morón, 31 de Marzo de 2006.-

VISTO:El Decreto Nº 382/06 y el expediente Nº

4079-12067/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra memorándum de la Dirección de Asuntos Legales, solicitando respecto de la declaración de Interés Municipal de la Carrera de Especialización en Derecho Administrativo y Administración Pública a dictarse en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, la suma de $ 1.500 (pesos mil quinientos) a los efectos de la participación de las Dras. Gabriella Gomez D’Agnino, Directora de Asuntos Legales y Mariel Olguin, Coordinadora de Contencioso Administrativo, durante el primer cuatrimestre del año en curso.

Que a fs. 12 se adjunta Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Autorízase la participación de las Dras. Gabriella Gómez D'Agnino, Directora de Asuntos Legales y Mariel Olguin, Coordinadora de Contencioso Administrativo, en la Carrera de Especialización en Derecho Administrativo y Administración Pública a dictarse en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de la Dra. Gabriella Gómez D'Agnino (D.N.I. 16.967.159), por la suma de Pesos mil quinientos ($ 1.500.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación

Presupuestaria

Descripción

Importe

01.00.00 3.4.5.0 De capacitación $ 1.500,00.-

Total $ 1.500,00.-

ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Sr. Secretario General de Gobierno.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero -C.P. Stella Maris Santos

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DECRETO Nº 429/06Morón, 31 de Marzo de 2006.-

VISTO:El expediente Nº 4079-12393/06-0 D.E., y

CONSIDERANDO:Que a fs. 1 del expediente mencionado en

el Visto, obra nota de la Dirección de Deportes y Recreación, solicitando se declare Interés Municipal, la participación de los Atletas federados representantivos del Municipio de Morón en los Torneos oficiales organizados por la Federación Atlética Metropolitana (F.A.M), la cual se encuentra afiliada a la Confederación Argentina de Atletismo (C.A.D.A.).

Que las disciplinas en las que participan los atletas y que son fiscalizadas por la F.A.M son: Cross Country, Pista y Calle.

Que habiéndose definido desde el año 2000 la misión fundamental de la Dirección de Deportes y Recreación como “Promover y Desarrollar el deporte en sus cuatro niveles: Social, formativo, competitivo y de elite, tomando a la vida en la naturaleza y a la recreación como un elemento integrador llegando a la mayor cantidad de habitantes del Partido de Morón, desde la infancia hasta la tercera edad”.

Que se han llevado adelante una serie de acciones en este sentido, sobre todo en los deportes de mayor promoción social, donde el Municipio, a través de la Dirección de Deportes y Recreación, se ocupa del trabajo en los niveles social y formativo, compartiendo y acompañando a las Instituciones deportivas en las instancias de competencia, ya que no es nuestra intención competir con los Clubes del Partido de Morón.

Que a través de la Dirección de Deportes y Recreación, se desarrollan y promueven deportes que no se encuentran dentro de las metas de los clubes, por razones de Infraestructura, en este caso, atletismo, que sí es una meta de esta gestión, porque de otro modo los niños, jóvenes y adultos que optan por estas disciplinas deportivas no tendrían posibilidad de desarrollarse.

Que cabe destacar que en el Centro Deportivo y Recreativo Municipal Gorki Grana existe una pista de atletismo, la cual fue acondicionada

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totalmente en el año 2003 y es la única pista de la zona oeste.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal “la participación de los Atletas federados representantivos del Municipio de Morón en los Torneos oficiales organizados por la Federación Atlética Metropolitana (F.A.M)”, la cual se encuentra afiliada a la Confederación Argentina de Atletismo (C.A.D.A.). ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno.ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero -C.P. Stella Maris Santos

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DECRETO Nº 430/06Morón, 31 de Marzo de 2006.-

VISTO:El expediente Nº 4079-12394/06-0 D.E., y

CONSIDERANDO:Que a fs. 1 del expediente mencionado en

el Visto, obra nota de la Dirección de Deportes y Recreación, solicitando se declare Interés Municipal la participación de los Jugadores de Softbol federados representativos del Municipio de Morón en los Torneos oficiales organizados por la Asociación de Softbol Buenos Aires, (A.S.B.A.), afiliada a la Confederación Argentina de Softbol, (C.A.S).

Que habiéndose definido desde el año 2000 como misión fundamental de la Dirección de Deportes y Recreación como “Promover y Desarrollar el deporte en sus cuatro niveles: Social, formativo, competitivo y de elite, tomando a la vida en la naturaleza y a la recreación como un elemento integrador llegando a la mayor cantidad de habitantes del Partido de Morón, desde la infancia hasta la tercera edad”.

Que se han llevado adelante una serie de acciones en este sentido, sobre todo en los deportes de mayor promoción social, donde el Municipio, a través de la Dirección de Deportes y Recreación, se ocupa del trabajo en los niveles social y formativo, compartiendo y acompañando a las Instituciones deportivas en las instancias de competencia, ya que no es nuestra intención competir con los Clubes del Partido de Morón.

Que a través de la Dirección de Deportes y Recreación, se desarrolla y promueve deportes que no se encuentran dentro de las metas de los clubes, por razones de Infraestructura, en este caso, Softbol, que sí es una meta de esta gestión, porque de otro modo los niños, jóvenes y adultos que optan por esta disciplina deportiva no tendrían posibilidad de desarrollarse.

Que cabe destacar que en el Centro Deportivo y Recreativo Municipal Gorki Grana existe una cancha de Softbol que fue inaugurada en el año 2002.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal “la participación de los jugadores de Softbol federados representativos del Municipio de Morón en los Torneos oficiales para la Asociación Softbol Buenos Aires, (A.S.B.A.)”, afiliada a la Confederación Argentina de Softbol (C.A.S.).ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario General de Gobierno.ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTÍN SABBATELLAGuillermo R. Pascuero -C.P. Stella Maris Santos

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RESOLUCIONES

RESOLUCION Nº 46/06Morón, 17 de Marzo de 2006

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, el

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Privada Nº 30/06, tramitada por expediente Nº 688/06, para la contratación del servicio de Impresión del Boletín “El Municipio”, solicitado por la Subsecretaría de Comunicación Institucional, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 972/05, yCONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 972/05 el Sr. Intendente Municipal autoriza a la Secretaria de Hacienda a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º y 151º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal, concurrieron las siguientes empresas: MATTOS RAUL ENRIQUE Y VALENDAM S.A., resultando esta última la más conveniente a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello: LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL

MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº 30/06, tramitada por expediente Nº 688/06, para la contratación del servicio de Impresión del Boletín “El Municipio”, solicitado por la Subsecretaría de Comunicación Institucional, a la firma VALENDAM S.A., en la suma total de $ 102.196,80 (pesos ciento dos mil ciento noventa y seis con ochenta centavos).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma establecida en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora 2, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en las solicitudes de gastos Nº 796 y 1015 respectivamente.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

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Mariano Pablo Spina – Guillermo R. Pascuero

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RESOLUCION Nº 47/06Morón, 17 de Marzo de 2006

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, el

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Privada Nº 27/06, tramitada por expediente Nº 666/06, por la adquisición de 500 toneladas de Concreto Asfáltico, solicitado por la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 2619/04, yCONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 972/05 el Sr. Intendente Municipal autoriza a la Secretaria de Hacienda a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal, concurrieron las siguientes empresas: VICENTE BORGO S.A., H.F. GRANT Y CIA SAIC Y DE C. Y CONSTRUCTORA FERCO S.A., resultado esta última la oferta más conveniente a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL

MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº 27/06, tramitada por expediente Nº 666/06, por la adquisición 500 toneladas de Concreto Asfáltico, solicitado por la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano, a la empresa CONSTRUCTORA FERCO S.A., en la suma total de $ 83.490 (Pesos ochenta y tres mil cuatrocientos noventa). ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma establecida en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora 15, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en las solicitudes de gastos Nº 751 y 1014, respectivamente.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Mariano Pablo Spina – C. P. Stella Maris Santos

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RESOLUCION Nº 48/06Morón, 21 de Marzo de 2006

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, el

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Privada Nº 24/06, tramitada por expediente Nº 510/06, para la Contratación de servicio de envío de correspondencia, solicitado por la Secretaría Privada, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 972/05, yCONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 972/05 el Sr. Intendente Municipal autoriza a la Secretaria de Hacienda a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las

adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal, concurrieron las siguientes empresas: CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. Y URBANO EXPRESS ARGENTINA S.A., resultando ambas convenientes a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello: LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL

MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº 24/06, tramitada por Expediente Nº 510/06 por la Contratación de servicio de envío de correspondencia, solicitado por la Secretaría Privada a las siguientes empresas: URBANO EXPRESS ARGENTINA S.A en la suma total de $ 40.000 y CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. en la suma total de $ 100.000.El total de la presente adjudicación asciende a $ 140.000 (pesos ciento cuarenta mil).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma establecida en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora 2, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en las solicitudes de gastos Nº 507 y Nº 1118.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Mariano Pablo Spina – C. P. Stella Maris Santos

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RESOLUCION Nº 49/06Morón, 23 de Marzo de 2006

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, el

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Privada Nº 09/06, tramitada por expediente Nº 92/06, por la Adquisición de Medicamentos, solicitado por la Secretaría de Salud, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 972/05, yCONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 972/05 el Sr. Intendente Municipal autoriza a la Secretaria de Hacienda a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal, concurrieron las siguientes empresas: VEINFAR ICSA, DROCIEN S.R.L., OMNIPHARMA S.R.L., BALDINI JUAN CARLOS, LABORATORIO FADA PHARMA S.A., DROGUERIA LUMA S.A., DROGUERIA GENERIA S.R.L., SIPESA ARGENTINA S.A., HOLTER S.A., DROGUERIA GENESIS S.A., LABORATORIO FABRA S.A. Y LABORATORIO NORTHIA SACIFIA, resultando los últimos nueve convenientes a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 28

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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello: LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL

MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº 09/06, tramitada por expediente Nº 92/06, por la adquisición de Medicamentos, solicitado por la Secretaría de Salud a las empresas: BALDINI JUAN CARLOS los ítems 3, 14, 18, 26, 42, 45, 47, 52, 56, 58, 62, 65, 68, 74, 75, 84, 91, 95, 101 y 109 en la suma de $ 14.768 (pesos catorce mil setecientos sesenta y ocho); LABORATORIO FADA PHARMA S.A. los ítems 1, 4, 5, 8, 19, 33, 39, 43, 44, 46, 49, 55, 60, 61, 63, 64, 71, 99, 100, 104, 107, 112, 117 y 129 en la suma de $14.431,72 (pesos catorce mil cuatrocientos treinta y uno con setenta y dos centavos); DROGUERÍA LUMA S.A. los ítems 2, 7, 10, 15, 20, 21, 22, 24, 32, 67, 69, 76, 80, 82, 85, 86, 87, 89, 92, 93, 94, 96, 116, 130 y 131 en la suma de $ 9.959,40 (pesos nueve mil novecientos cincuenta y nueve con cuarenta centavos); DROGUERÍA GENERIA S.R.L. los ítems 6, 13, 40, 121, 122 y 128 en la suma de $ 8.011 (pesos ocho mil once); SIPESA ARGENTINA S.A. los ítems 9, 11, 12, 35, 38, 41, 48, 50, 51, 57, 72, 78, 79, 81, 88, 90, 98, 102, 113, 115, 118, 123, 124, 125, 126 y 127 en la suma de $ 18.683,73 (pesos dieciocho mil seiscientos ochenta y tres con setenta y tres centavos); HOLTER S.A. los ítems 16, 25, 54, 83, 103, 108 y 119 en la suma de $ 4.395,90 (pesos cuatro mil trescientos noventa y cinco con noventa centavos); DROGUERÍA GENESIS S.A los ítems 23, 77, 105, 111, 114, 122,y 132 en la suma de $ 9.852,92 (pesos nueve mil ochocientos cincuenta y dos con noventa y dos centavos); LABORATORIOS FABRA S.A. los ítems 17, 27, 28, 106, 110 y 120 en la suma de $ 3.790 (pesos tres mil setecientos noventa); LABORATORIOS NORTHIA SACIFIA los ítems 29, 30, 31, 34, 36, 37, 53, 70, 73 y 97 en la suma de $ 12.589,38 (pesos doce mil quinientos ochenta y nueve con treinta y ocho centavos).El total de la presente adjudicación asciende a $ 96.482,05 (pesos noventa y seis mil cuatrocientos ochenta y dos con cinco centavos). ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma establecida en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora 12, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en las solicitudes de gastos Nº 791 y 839.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Mariano Pablo Spina – C. P. Stella Maris Santos

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RESOLUCION Nº 50/06Morón, 23 de Marzo de 2006

VISTO:Lo normado por la Ley Orgánica

de las Municipalidades, las Ordenanzas Fiscal e Impositiva Vigentes, los autos caratulados “MAN S.A.” por expediente N° 4079-18950/05, que tramitan ante la Municipalidad de Morón sita en la Calle Brown N° 946 de la Ciudad y Partido de Morón, Provincia de Bs. As., las Actas de Ajuste Tributario F-13 Nros. 1659, 1660, y;CONSIDERANDO: Que el expediente del visto contiene la documentación que respalda la fiscalización efectuada al contribuyente MAN S.A., con domicilio fiscal en la calle Avda. Rivadavia N° 20960 de la localidad de Castelar, partido de Morón, cuya actividad desarrollada es Comestibles en General, legajo de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene Nº 3-102347.

Que a fs. 1 del expediente de marras, luce solicitud de baja del legajo N° 3-102347, correspondiente al local ubicado en la calle Avda. Rivadavia N° 20960 de la localidad de Castelar.

Que resulta importante mencionar que a través del expediente N° 4079-17199/04, se efectuó la verificación de las obligaciones tributarias al contribuyente MAN S.A., respecto a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, correspondiente al establecimiento ubicado en la calle Hidalgo N° 2036/38 de la localidad de Castelar; asimismo del análisis de la documentación contenida en el expediente recién mencionado, surgió que el contribuyente también desarrolló actividades comerciales en el local sito en la calle Avda. Rivadavia N° 20960 de la localidad de Castelar, por el período comprendido desde el mes de octubre de 2002 a julio de 2003, no contando éste último con la correspondiente Habilitación Municipal; motivo por el cual la Administración Municipal procedió a asignar un legajo a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, siendo éste el número 3-102347. Que cabe aclarar que el contribuyente MAN S.A. facturó temporalmente en el domicilio de la calle Pasteur N° 3225 (Castelar) y que dicho domicilio corresponde a la entrada posterior de la calle Rivadavia N° 20960 (Castelar).

Que, si bien el contribuyente de referencia desarrolló actividades durante el período octubre de 2002 a julio de 2003, corresponde fiscalizar la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por el período comprendido desde el mes de septiembre de 2002 a agosto de 2003, conforme lo establece el art. 143 de la Ordenanza Fiscal vigente el cual en su parte pertinente dice: “…A los efectos de la liquidación de la tasa al tiempo de iniciación o cese de actividades, las fracciones menores de un bimestre calendario serán consideradas como bimestre completo”;

Que habiéndose verificado la siguiente documentación a saber: Constancia de Inscripción en A.F.I.P. (F.460/J) obrante a fs. 13, Inscripción en Convenio Multilateral a fs. 14, Contrato Social a fs. 15/19, Inscripción en Contrato Social a fs. 20/26; Primer Factura y última de Rivadavia N° 20960 a fs. 27/30; Primer factura emitida en Hidalgo 2038 a fs. 31, Se dio vista el Libro IVA Ventas por los periodos 09/2002 a 07/2003, Detalle de Ingresos Netos mensuales firmado por el apoderado a fs. 32 del expediente mencionado en el visto; se procedió a determinar las obligaciones tributarias del contribuyente sobre base cierta.

Que de la documentación se desprende que el contribuyente se encuentra inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el régimen de Convenio Multilateral, pero cabe aclarar que el contribuyente no ha confeccionado las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (CM 03 y CM 05), por tanto al momento de liquidarse la Tasa por Inspección de Seguridad de Higiene se consideraron los Ingresos Netos obrante a fs. 32 del expediente de marras.

Que para conformar las bases imponibles y calcular la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene se han considerado los importes que surgen del Detalles de ingresos, cuyos montos fueron comparados con los importes del Libro IVA Ventas los cuales resultaron ser coincidentes.

Que de acuerdo a los cálculos realizados se determinó que los ingresos por ventas para las cuotas mensuales 10/02, 12/02, 01/03 a 06/03, superan el mínimo imponible determinado en el art. 20 inc. 2.1 de la Ordenanza Impositiva vigente, por lo tanto deberá tributar por la alícuota establecida en el mencionado artículo inc. 2.2.

Que de la compulsa de las actuaciones surge como resultado que el contribuyente, determinó en forma inexacta la base imponible del tributo por las cuotas mensuales 10/02, 12/02, 01/03 a 06/03, conforme a los arts. 24, 25,

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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

138,140 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que corresponde se determine de oficio la misma, conforme art. 137 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente.

Que con fecha 10 de noviembre de 2005 se procedió a dar vista de las Actas de Ajuste Tributario F-13 N° 1659 y 1660, otorgándole al contribuyente el plazo de 5 (cinco) días para que formule por escrito su defensa y ofrezca la prueba documental que haga a su derecho.

Que vencidos los plazos otorgados en el párrafo precedente el contribuyente no presentó descargo alguno, procediéndose al dictado de la presente Resolución Administrativa conforme lo establecido por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal vigente.

Que a través del expediente del Visto, se han demostrado los incumplimientos en que ha incurrido el contribuyente.

Que atento lo normado por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal vigente, corresponde dictar la presente; determinándose en primer lugar el monto total de la obligación tributaria, por los períodos fiscales abarcados por la auditoría practicada, sin deducir los pagos efectuados por el contribuyente; e intimándose en segundo término al pago de lo efectivamente adeudado por el contribuyente.

Que el procedimiento seguido para ajustar las obligaciones tributarias del contribuyente encuentra su fundamento en el Título I, Cap. 7, arts. 21, 24 y cctes. de la Ordenanza Fiscal y Título II, Cap. 4, art. 20 y 21 de la Ordenanza Impositiva. Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Finanzas Municipales, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 422/2005, Art.13 anexo X (diez) A.1.11.

Por ello,LA SECRETARIA DE FINANZAS MUNICIPALES

RESUELVE:Artículo 1º: Determínanse las obligaciones tributarias del contribuyente MAN S.A., legajo Nº 3-102347, surgidas de la verificación practicada por el expediente del Visto, por la suma de pesos CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 89/100 ($ 4.346,89) en concepto de valor nominal de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por las cuotas mensuales 09/02 a 08/03 con más los recargos y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder conforme lo establecido en los arts. 55 y 58 de la Ordenanza Fiscal vigente.Artículo 2º: Intímase al contribuyente MAN S.A., legajo N° 3-102347 a abonar, en un plazo de diez días, la suma de pesos TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 23/100 ($ 3.798,23) a valor nominal, en concepto de importes impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por las cuotas mensuales 10/02, 12/02, 01/03 a 06/03, con más recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal vigente los cuales a la fecha ascienden a la suma de pesos UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA CON 42/100 ($ 1.940,42) y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal vigente. Artículo 3°: Notifíquese la presente al interesado con la entrega de copia y vencido el plazo para su pago, procédase al cobro judicial por vía del Departamento de Gestión Judicial.Artículo 4º: Dése al registro de Decretos y Resoluciones.

Alicia M. Del C. Sztyrle – Eduardo Daniel Aseff

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RESOLUCION Nº 51/06

Morón, 23 de Marzo de 2006VISTO:

Lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, las Ordenanzas Fiscal e Impositiva Vigentes, los autos caratulados “REF.ACTA DE VERIFICACION BUYSELL S.R.L.” por expediente N° 4079-18756/05, que tramitan ante la Municipalidad de Morón sita en la Calle Brown N° 946 de la Ciudad y Partido de Morón, Provincia de Bs. As., las Actas de Ajuste Tributario F-13 Nros. 1872, 1873, y;CONSIDERANDO: Que el expediente del visto contiene la documentación que respalda la fiscalización efectuada al contribuyente FUENTE DE SALUD S.R.L., con domicilio fiscal en la calle Dr. Bernardo de Irigoyen N° 535 de la localidad de Castelar, partido de Morón, cuya actividad desarrollada es Fabricación de Bebidas, legajo de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene Nº 3-102197.

Que en fecha 22/09/2005 los auditores actuantes se constituyeron en el domicilio de la calle Dr. Bernardo de Irigoyen N° 535 de la localidad de Castelar, partido de Morón, a fin de notificar la Resolución Administrativa N° 96/2005 correspondiente a la firma Fuente de Salud S.R.L., la persona que recepciona dicha resolución informa que la firma Fuente de Salud S.R.L. ya no desarrolla actividades en el domicilio mencionado y en su lugar estaría desarrollando actividades una nueva firma.

Que la firma Fuente de Salud S.R.L. en fecha 23/08/2005, mediante expediente N° 45-10316/04, comunica el cese de actividades comerciales, declarando que dicho cese se produjo en fecha 07/07/2005 y acompañando juntamente Convenio de Desocupación obrante a fs. 129/132; motivo por el cual la Dirección de Habilitaciones remite los actuados a la Unidad de Inteligencia Fiscal a fin de verificar si el contribuyente de referencia ha abonado correctamente o no las obligaciones tributarias a su cargo.

Que a tal fin la Administración Municipal procedió a solicitar, a través de las Actas de Verificaciones Nros. 10282, 11913 obrantes a fs 2 y 11 respectivamente del expediente del visto, documentación que permita corroborar la fecha de cese de la firma Fuente de Salud S.R.L. y la fecha de inicio de actividades de la nueva firma.

Que cabe decir que la firma Fuente de Salud S.R.L. no presentó documentación alguna;

Que entonces, ante la falta de documentación que permita liquidar sobre base cierta, la Tasa por Inspección de Seguridad de Higiene correspondiente a la firma Fuente de Salud S.R.L., por el período comprendido desde diciembre de 2004 a julio de 2005, se procedió a efectuar dicha liquidación conforme lo establecido en el art. 25 de la Ordenanza Fiscal Vigente.

Que asimismo el articulo 25 de la Ordenanza Fiscal Vigente establece: “ La determinación de oficio sobre bases ciertas, corresponderá cuando los contribuyentes o responsables suministren a la Municipalidad todos los elementos comprobatorios de la actividad sujeta a tributación…. En caso contrario corresponderá la determinación sobre bases presuntas…”.

Que para conformar las bases imponibles y calcular la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene sobre base presunta, se han considerado para los meses de diciembre de 2004 a julio de 2005, los importes declarados para el mes de noviembre de 2004 en la auditoria practicada a Fuentes de Salud S.R.L. a través del expediente N° 4079-17314/04.

Que de acuerdo a los cálculos realizados se determinó que los ingresos por ventas para las cuotas mensuales 12/04 a 07/05, superan el mínimo imponible determinado en el art. 20 inc. 1 de la Ordenanza Impositiva vigente, por lo tanto deberá tributar por la alícuota establecida en el mencionado artículo.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 30

Page 31: 2º Quincena de Marzo 2006 - moron.gov.ar · Acta Constitutiva de la entidad. Se acompaña a fs. 5 vta. Declaración Jurada de Patrimonio y se destaca el valor de la cuota social

MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

Que de la compulsa de las actuaciones surge como resultado que el contribuyente, omitió determinar y abonar las cuotas mensuales 12/04 a 07/05, conforme a los arts. 24, 25, 138,140 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que corresponde se determine de oficio la misma, conforme art. 137 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente.

Que con fecha 02 de marzo de 2006 se procedió a dar vista de las Actas de Ajuste Tributario F-13 N° 1872, 1873, otorgándole al contribuyente el plazo de 5 (cinco) días para que formule por escrito su defensa y ofrezca la prueba documental que haga a su derecho.

Que vencidos los plazos otorgados en el párrafo precedente el contribuyente no presentó descargo alguno, procediéndose al dictado de la presente Resolución Administrativa conforme lo establecido por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal vigente.

Que a través del expediente del Visto, se han demostrado los incumplimientos en que ha incurrido el contribuyente.

Que atento lo normado por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal vigente, corresponde dictar la presente; determinándose en primer lugar el monto total de la obligación tributaria, por los períodos fiscales abarcados por la auditoría practicada, sin deducir los pagos efectuados por el contribuyente; e intimándose en segundo término al pago de lo efectivamente adeudado por el contribuyente.

Que el procedimiento seguido para ajustar las obligaciones tributarias del contribuyente encuentra su fundamento en el Título I, Cap. 7, arts. 21, 24 y cctes. de la Ordenanza Fiscal y Título II, Cap. 4, art. 20 y 21 de la Ordenanza Impositiva. Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Finanzas Municipales, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 422/2005, Art.13 anexo X (diez) A.1.11.

Por ello,LA SECRETARIA DE FINANZAS MUNICIPALES

RESUELVE:Artículo 1º: Determínanse sobre base presunta conforme lo dispuesto por los art. 24, 25 y cctes de la Ordenanza Fiscal vigente, las obligaciones tributarias del contribuyente FUENTE DE SALUD S.R.L. legajo N° 3-102197, surgidas de la verificación practicada por el expediente del visto, por la suma de pesos DOCE MIL QUINIENTOS CINCO CON 66/100 ($ 12.505,68) en concepto de valor nominal de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por las cuotas mensuales 12/04 a 07/05, con más los recargos y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder conforme lo establecido en los arts. 55 y 58 de la Ordenanza Fiscal vigente.Artículo 2º: Intímase al contribuyente FUENTE DE SALUD S.R.L., legajo N° 3-102197 a abonar, en un plazo de diez días, la suma de pesos DOCE MIL QUINIENTOS CINCO CON 66/100 ($ 12.505,68) a valor nominal, en concepto de importes impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por las cuotas mensuales 12/04 a 07/05, con más recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal vigente los cuales a la fecha ascienden a la suma de pesos UN MIL NOVECIENTOS OCHENTAY OCHO CON 40/100 ($ 1.988,40) y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal vigente. Artículo 3°: Notifíquese la presente al interesado con la entrega de copia y vencido el plazo para su pago, procédase al cobro judicial por vía del Departamento de Gestión Judicial.

Artículo 4º: Dése al registro de Decretos y Resoluciones.

Alicia M. Del C. Sztyrle – Eduardo Daniel Aseff

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RESOLUCION Nº 52/06Morón, 27 de Marzo de 2006

VISTO:Lo normado por la Ley Orgánica

de las Municipalidades, las Ordenanzas Fiscal e Impositiva Vigentes, los autos caratulados “LURISIA S.A. 2-101191 P.PERON 2828” por expediente N° 4079-18785/04, que tramitan ante la Municipalidad de Morón sita en la Calle Brown N° 946 de la Ciudad y Partido de Morón, Provincia de Bs. As., las Actas de Ajuste Tributario F-04 Nros. 1239, 1242, F-13 Nros. 1637, 1638, 1639, 1640, 1641 y 1642, y;CONSIDERANDO: Que el expediente del visto contiene la documentación que respalda la fiscalización efectuada al contribuyente LURISIA S.A., con domicilios fiscales en la calles Pte. Perón N° 2828 y Vuelta de Obligado N° 1741 cuyas actividades desarrolladas es Fabricación y Venta de Textiles, ambos ubicados en la localidad de Haedo, partido de Morón, legajos de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene Nº 2-101191 y N° 2-32162 respectivamente. Que a través del citado expediente se procedió a fiscalizar la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene correspondientes a los legajos N° 2-101191 y N° 2-32162, por el período comprendido desde el mes de enero de 2001 a junio de 2005.

Que habiéndose verificado la siguiente documentación a saber: Estatuto Social obrante a fs. 11/16, Certificación de Ingresos mensuales firmada por Contador y certificada por Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el período enero de 2001 a septiembre de 2004 a fs. 19/20, Constancia de Inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a fs. 25, Constancia de Inscripción en A.F.I.P. a fs. 26, Declaraciones Juradas anuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los años 2001 y 2002 a fs. 27/28, Pagos de Ingresos Brutos desde enero de2001 a septiembre de 2003 correspondiente a la Jurisdicción de Capital Federal a fs. 31/63, Pagos de Ingresos Brutos desde marzo de 2004 a junio de 2004 correspondiente a la Jurisdicción de Buenos Aires a fs. 65/68, Declaración Jurada anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los años 2003 a fs. 69, Detalle de Ventas Netas firmado por apoderado de la firma por los períodos 01/2001 a 01/2005 obrante a fs. 74/78, Detalles de Ventas Netas firmado por apoderado de la firma por los períodos 11/2002 a 06/2005 obrantes a fs. 81 y fs. 82, Complementaria de Poder Especial de Administración a favor de Peyrani Silvana a fs. 83/86, Se dio vista la Libro IVA Ventas N° 2 Rúbrica N° 34656-99 y N° 3 Rúbrica N° 61992-02 por los períodos enero de 2001 a septiembre de 2004, según Acta de Verificación N° 07859 obrante a fs. 23 del expediente del visto; Se procedió a determinar las obligaciones tributarias del contribuyente sobre base cierta.

Que respecto al legajo N° 2-101191 cabe aclarar, que del análisis de los Informes de Pagos y Pendientes obrantes a fs. 7/8 y a fs. 88/90 del expediente de marras, se desprende que la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene comenzó a generarse a partir del período bimestral 04/2001; cuando el contribuyente declara ingresos desde el período bimestral 01/2001 en la certificación contable de fs. 19/20, por tanto se entiende que comenzó a desarrollar actividades a partir de enero de 2001; motivo por el cual corresponde que tribute la Tasa en cuestión a partir del período bimestral 01/2001.

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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

Que para conformar las bases imponibles y calcular la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por el legajo N° 2-101191, se han considerado para los períodos enero de 2001 a septiembre de 2004 los importes que surgen del Libro IVA Ventas; y por los períodos octubre de 2004 a junio de 2005 el contribuyente no declara ingresos por dichos períodos, por tanto corresponde que tribute el importe mínimo establecido en la Ordenanza Fiscal vigente.

Que de acuerdo a los cálculos realizados se determinó que por el legajo N° 2-101191, los ingresos por ventas para los períodos fiscales bimestrales 02/01, 03/01, 04/01 y las cuotas mensuales 06/03, 08/03, 05/04, 06/04, superan el mínimo imponible determinado en el art. 20 inc. 1 de la Ordenanza Impositiva vigente, por lo tanto deberá tributar por la alícuota establecida en el mencionado artículo.

Que de la compulsa de las actuaciones surge como resultado que el contribuyente, por el legajo N° 2-101191, determinó en forma inexacta la base imponible del tributo por el período fiscal bimestral 04/01 y las cuotas mensuales 06/03 y 05/04, conforme a los arts. 24, 25, 138,140 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente, a su vez omitió determinar y abonar los períodos fiscales bimestrales 01/01 a 03/01 y las cuotas mensuales 09/04 a 06/05, por lo que corresponde se determine de oficio la misma, conforme art. 137 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente.

Que cuanto al legajo N° 2-32162, para conformar las bases imponibles y calcular la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene se han considerado; para los períodos 01/01 a 11/01, 03/02 a 07/02, 09/02, 10/02 a 09/04 los importes obtenidos del Libro IVA Ventas; para los períodos 12/01 a 02/02 y 08/02 los importes que surgen de la Certificación de Ingresos mensuales obrante a fs. 19/20 del expediente de marras; y para los períodos 10/04 a 06/05 se consideraron los importes declarados en el Detalle de Ventas Netas a obrante a fs. 82 del expediente del visto

Que de acuerdo a los cálculos realizados se determinó que por el legajo N° 2-32162, los ingresos por ventas para los períodos fiscales bimestrales 01/01 a 05/01 y las cuotas mensuales 03/02 a 07/02, 09/02 a 12/02, 02/03 a 12/03, 01/04 a 12/04, 02/05 a 06/05, superan el mínimo imponible determinado en el art. 20 inc. 1 de la Ordenanza Impositiva vigente, por lo tanto deberá tributar por la alícuota establecida en el mencionado artículo. Que de la compulsa de las actuaciones surge como resultado que el contribuyente por el legajo N° 2-32162, determinó en forma inexacta la base imponible del tributo por los períodos fiscales bimestrales 01/01 a 04/01 y cuotas mensuales 10/02 a 12/02, 02/03 a 09/03, 11/03, 01/04 a 05/04, 07/04 a 09/04 y 11/04, conforme a los arts. 24, 25, 138,140 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente, a su vez omitió determinar y abonar las cuotas mensuales 12/04, 03/05 a 06/05, por lo que corresponde se determine de oficio la misma, conforme art. 137 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente.

Que, sin perjuicio de no haber sido fiscalizado, el contribuyente registra deuda por los mínimos establecidos en el art. 20 inc. 1 de la Ordenanza Impositiva respecto a los legajos Nros. 2-101191 y 2-32162 por las cuotas mensuales 07/05 a 02/06 respectivamente por lo cual debe intimarse su pago, los cuales quedarán sujeto a verificación.

Que con fecha 01 de noviembre de 2005 se procedió a dar vista de las Actas de Ajuste Tributario F-04 N° 1239, 1242, F-13 Nros. 1637, 1638, 1639, 1640, 1641 y 1642 otorgándole al contribuyente el plazo de 5 (cinco) días para que formule por escrito su defensa y ofrezca la prueba documental que haga a su derecho.

Que vencidos los plazos otorgados en el párrafo precedente el contribuyente

no presentó descargo alguno contra las actas ut-supra mencionadas, procediéndose al dictado de la presente Resolución Administrativa conforme lo establecido por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal vigente.

Que a través del expediente del Visto, se han demostrado los incumplimientos en que ha incurrido el contribuyente.

Que atento lo normado por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal vigente, corresponde dictar la presente; determinándose en primer lugar el monto total de la obligación tributaria, por los períodos fiscales abarcados por la auditoría practicada, sin deducir los pagos efectuados por el contribuyente; e intimándose en segundo término al pago de lo efectivamente adeudado por el contribuyente.

Que el procedimiento seguido para ajustar las obligaciones tributarias del contribuyente encuentra su fundamento en el Título I, Cap. 7, arts. 21, 24 y cctes. de la Ordenanza Fiscal y Título II, Cap. 4, art. 20 y 21 de la Ordenanza Impositiva. Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Finanzas Municipales, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 422/2005, Art.13 anexo X (diez) A.1.11.

Por ello,

LA SECRETARIA DE FINANZAS MUNICIPALESRESUELVE:

Artículo 1º: Determínanse las obligaciones tributarias del contribuyente LURISIA S.A., legajo Nº 2-101191, surgidas de la verificación practicada por el expediente del Visto, por la suma de pesos DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 08/100 ($ 2.255,08) en concepto de valor nominal de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por los períodos fiscales bimestrales 01/01 a 06/01 y cuotas mensuales 01/02 a 06/05, con más los recargos y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder conforme lo establecido en los arts. 55 y 58 de la Ordenanza Fiscal vigente.Artículo 2º: Determínanse las obligaciones tributarias del contribuyente LURISIA S.A., legajo Nº 2-032162, surgidas de la verificación practicada por el expediente del Visto, por la suma de pesos CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON 30/100 ($ 54.196,30) en concepto de valor nominal de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por los períodos fiscales bimestrales 01/01 a 06/01 y cuotas mensuales 01/02 a 06/05, con más los recargos y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder conforme lo establecido en los arts. 55 y 58 de la Ordenanza Fiscal vigente.Artículo 3º: Intímase al contribuyente LURISIA S.A., legajo N° 2-101191 a abonar, en un plazo de diez días, la suma de pesos OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 10/100 ($ 886,10) a valor nominal, en concepto de importes impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por los períodos fiscales bimestrales 01/01 a 04/01 y cuotas mensuales 06/03, 05/04, 09/04 a 12/04, 01/05 a 06/05, con más recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal vigente los cuales a la fecha ascienden a la suma de pesos CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 52/100 ($ 494,52) y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal vigente. Artículo 4º: Intímase al contribuyente LURISIA S.A., legajo N° 2-32162 a abonar, en un plazo de diez días, la suma de pesos TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 65/100 ($ 34.997,65) a valor nominal, en concepto de importes impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por los períodos fiscales bimestrales 01/01 a 04/01 y cuotas mensuales

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 32

Page 33: 2º Quincena de Marzo 2006 - moron.gov.ar · Acta Constitutiva de la entidad. Se acompaña a fs. 5 vta. Declaración Jurada de Patrimonio y se destaca el valor de la cuota social

MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

10/02, 11/02, 12/02, 02/03, 03/03 a 09/03, 11/03, 01/04 a 05/04, 07/04, 08/04, 09/04, 11/04, 12/04, 03/05 a 06/05, con más recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal vigente los cuales a la fecha ascienden a la suma de pesos CATORCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CON 25/100 ($ 14.332,25) y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal vigente. Artículo 5º: Intímase al contribuyente LURISIA S.A., legajo N° 2-101191 a abonar en un plazo de diez días, en concepto de importes mínimos impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por los períodos no auditados establecidos en el artículo 20 de la Ordenanza Impositiva vigente cuotas mensuales 07/05 a 02/06, la suma de pesos DOSCIENTOS SETENTA Y DOS CON 80/100 ($ 272,80), en concepto de valor nominal con más los recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal vigente que a la fecha ascienden a la suma de pesos CATORCE CON 41/100 ($ 14,41) , y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal vigente, todo ello sujeto a verificación y ajuste posterior.Artículo 6º: Intímase al contribuyente LURISIA S.A., legajo N° 2-32162 a abonar en un plazo de diez días, en concepto de importes mínimos impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por los períodos no auditados establecidos en el artículo 20 de la Ordenanza Impositiva vigente cuotas mensuales 07/05 a 02/06, la suma de pesos DOSCIENTOS SETENTA Y DOS CON 80/100 ($ 272,80), en concepto de valor nominal con más los recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal vigente que a la fecha ascienden a la suma de pesos CATORCE CON 41/100 ($ 14,41) , y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal vigente, todo ello sujeto a verificación y ajuste posterior.Artículo 7°: Notifíquese la presente al interesado con la entrega de copia y vencido el plazo para su pago, procédase al cobro judicial por vía del Departamento de Gestión Judicial.Artículo 8º: Dése al registro de Decretos y Resoluciones.

Alicia M. Del C. Sztyrle – Eduardo Daniel Aseff

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EDICTOS

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURAY PLANEAMIENTO URBANO

DIRECCIÓN DE TIERRAS, VIVIENDAY OBRAS PARTICULARES

Morón, 22 de Marzo de 2006TEXTO DEL EDICTO

La Dirección de Tierras, Viviendas y Obras Particulares, dependiente de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano de la Municipalidad de Morón, cita y emplaza por el término de cinco (5) días a contar desde la Publicación del Presente al Sr. AREVALO PEDRO en carácter de responsable de pago del inmueble denominado catastralmente como Circ. II, Secc.: B, Manz.: 111, Parc.: 6 A; Partida Nro.: 056093, para que comparezca a fin de ser notificada del Expediente Nº 4079 – 11953/06, referente al mencionado inmueble que tramita por ante este Municipio. Bajo apercibimiento de proseguir su tramitación en el estado en que se hallaren las actuacionesPublíquese por un (1) día.

Arq. Ernesto R. Gorbacz – Luis M. De Luca

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SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURAY PLANEAMIENTO URBANO

DIRECCIÓN DE TIERRAS, VIVIENDAY OBRAS PARTICULARES

Morón, 22 de Marzo de 2006TEXTO DEL EDICTO

La Dirección de Tierras, Viviendas y Obras Particulares, dependiente de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano de la Municipalidad de Morón, cita y emplaza por el término de cinco (5) días a contar desde la Publicación del Presente al Sra. POMPO CARMEN en carácter de titular del inmueble denominado catastralmente como Circ. II, Secc.: B, Manz.: 111, Parc.: 6 A; Partida Nro.: 056093, para que comparezca a fin de ser notificada del Expediente Nº 4079 – 11953/06, referente al mencionado inmueble que tramita por ante este Municipio. Bajo apercibimiento de proseguir su tramitación en el estado en que se hallaren las actuacionesPublíquese por un (1) día.

Arq. Ernesto R. Gorbacz – Luis M. De Luca

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DECRETOS SINTETIZADOS

Decreto Nº 332/06Dése de baja a las docentes Marsán Mariela Alejandra, Santa Cruz Nancy Beatriz y Prat Paula Valeria.

Decreto Nº 334/06Aceptación de la renuncia presentada por el agente Robles Hernán Hugo, quien revista dentro del Plantel de Personal Temporario.

Decreto Nº 336/06Incrementación del regimen horario por el lapso establecido a la agente Pereyra Silvia Lilian, quien revista dentro de la Planta de Personal Permanente.

Decreto Nº 337/06Reconocimiento de baja por abandono de servicios al agente Di Caprio Marcos Javier, quien revistaba dentro de la Planta de Personal Temporario.

Decreto Nº 338/06Asignación a la Profesional Scarpelli Laura B. De la bonificación por función durante el período en reemplazo de la Doctora Farhi Viviana E..

Decreto Nº 339/06Exclusión de la agente Urcola Graciela Beatriz de los alcances de los Decretos Nº 04/06 y Nº 05/06.

Decreto Nº 340/06Incrementación en forma interina del régimen horario a treinta y seis horas semanales de labor, a la Lic. en Psicología Maceira Sonia Karina, quien revista dentro de la Planta de Personal Permanente.

Decreto Nº 341/06Incrementación en forma interina del régimen horario a treinta y seis horas semanales de labor, a la Fonoaudióloga Pileggi Rosa Mabel, quien revista dentro de la Planta de Personal Permanente.

Decreto Nº 342/06Designación de la Srta. Rojas María Laura dentro de la Planta de Personal Temporario.

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MUNICIPALIDAD DE MORON – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETIN MUNICIPAL

Decreto Nº 343/06Autorización a hacer uso de licencia sin goce de haberes al agente Ábalos Eduardo Javier por el lapso de un año.

Decreto Nº 345/06Designación de las docentes detalladas en el presente decreto, con carácter de Suplente. Designación de los docentes detallados en el presente decreto, con carácter de Provisional.

Decreto Nº 346/06Otorgamiento a la agente Milardovich María Lorena de la licencia sin goce de haberes.

Decreto Nº 347/06Aceptación de la renuncia presentada por la agente Bidiña Ana Marcela, quien revista dentro de la Planta de Personal Titular.

Decreto Nº 348/06Reconocimiento de la prórroga de la licencia sin goce de haberes, autorizada por Decreto Nº 47/05, a la docente Silva Nora Mabel.

Decreto Nº 349/06Aceptación de la renuncia presentada por la agente Montijano María del Mar, quien revista dentro de la Planta de Personal Temporario.

Decreto Nº 350/06Reencasillamiento de la docente Franco Claudia Elida, manteniendo su carácter de Provisional.

Decreto Nº 351/06Autorización a hacer uso de licencia sin goce de haberes a la docente Visconti Graciela Susana.

Decreto Nº 356/06Aceptación de la renuncia presentada por la agente Thea Blanca Judith, quien revistaba dentro del Plantel de Personal Temporario.

Decreto Nº 357/06Aceptación de la renuncia presentada por la agente Flores Herminia Alejandra, quien revistaba dentro del Plantel de Personal Permanente.

Decreto Nº 358/06Aceptación de la renuncia presentada por la agente Suárez Patricia Miryam, quien revistaba dentro del Plantel de Personal Permanente.

Decreto Nº 359/06Aceptación de la renuncia presentada por la agente Vazquez Inés Asunción, quien revistaba dentro del Plantel de Personal Permanente.

Decreto Nº 369/06Designación de la agente Crigna Graciela Beatriz, como Personal Destajista, con el fin de realizar tareas de Mediadora.

Decreto Nº 386/06Autorización a la docente Cuevas Lastra Vanina a hacer uso de licencia sin goce de haberes.

Decreto Nº 391/06Dese de Baja a los docentes Suplentes, Herminia José Alfonso, González Patricia Mariana V..

Decreto Nº 394/06Designación de la docente Taylor Andrea Laura, con carácter de Suplente..

Decreto Nº 395/06Designación de la docente D’Argento Silvia A., con carácter de Suplente.

Decreto Nº 396/06Incrementación de las Horas Cátedra a los docentes Jauma Diego Javier y jauma María de los Ángeles.

Designación de la docente González Yesica Andrea con carácter de Provisional. Designación de las docentes Franco Claudia Elida, Marsán María Alejandra, De Witte Patricia A., Gómez María Lorena, Castro Luz María, Lo Furno Stella Maris, Barrio María Fernanda, Gallego María Laura.

Decreto Nº 397/06Designación de la docente Caprotta Carla Paola con carácter de Suplente.

Decreto Nº 398/06Baja a la docente Del Frate Sonia Viviana, en el cargo de Suplente y retórnasela con carácter de Titular.

Decreto Nº 404/06Aceptación de la renuncia presentada por la docente Wejchenberg Verónica, quien revista dentro del Plantel de Personal Provisional.

Decreto Nº 405/06Autorización a la docente Zgajnar Laura Vanina a hacer uso de licencia sin goce de haberes.

Decreto Nº 410/06Designación con carácter de Provisional a los docentes Rezko Alejandro y Perrotat Carlos Gustavo. Designación con carácter de Suplente a las docentes Barrionuevo Viviana Andrea, Bottoso Adriana Isabel y Lavorato Luciana.

Decreto Nº 411/06Reconocimiento del cambio de la Relación Laboral de la docente Farrel María Elena, pasando de Suplente a Provisional.

Decreto Nº 413/06Designación con carácter de Suplente a las docentes Peralta Marcela Elizabeth y Ferreiro Silvia Noemí. Designación con carácter de Provisional a las docentes Miranda Cristina Noemí, González Biviana del Carmen y Tizzi Mariana Elisa.

Decreto Nº 416/06Autorización a la docente Flores Marta Susana a hacer uso de licencia sin goce de haberes.

Decreto Nº 422/06Aceptación de la renuncia presentada por el agente Santos Hernán René, quien revista dentro del Plantel de Personal Temporario.

Decreto Nº 423/06Aceptación de la renuncia presentada por la agente Esquivel Sonia Ruth, quien revista dentro del Plantel de Personal Temporario.

Decreto Nº 424/06Aceptación de la renuncia presentada por la agente Roa Romina, quien revista dentro del Plantel de Personal Temporario.

Decreto Nº 426/06Incrementación con retroactividad del régimen horario a la agente Tonell Yolanda Mabel, quien revista dentro de la Planta de Personal Permanente.

Decreto Nº 427/06Reencasillamiento con retroactividad a la Dra. Agostinelli María Daniela, quien pertenece al Plantel de Personal Permanente.

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