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PRESUPUESTO ADICIONAL DE OBRA Y DEDUCTIVO VINCULADO POR CAMBIO DEL TRAZO : KM 278+640 – Km 279+060 A.- DESCRIPCION El presente Presupuesto se elabora por los trabajos en las diferentes partidas de la Carretera ,que se tienen que ejecutar sobre el nuevo trazo de la misma entre el Km 278+640 al km 279+060 ,en vista de no haberse podido realizar la expropiación de los terrenos afectados por el trazo original del Expediente Técnico .- Habiéndose elaborado además el Presupuesto Deductivo Vinculado ,por las Obras que se dejarán de ejecutar ,correspondientes al trazo original ,que ha sido modificado. Trabajos que se deben ejecutar porque son” indispensables para alcanzar la finalidad del Contrato” B.- MEMORIA DESCRIPTIVA I. UBICACIÓN La obra se ubica en el departamento de Apurímac, desarrollándose entre las provincias de Chincheros, Andahuaylas y Abancay. El punto de inicio está definido en la salida del distrito de San Jerónimo, que es la continuación del trazo ejecutado por la empresa consultora HOB, cuyo punto se ubica a 7.8m de la alcantarilla del Km. 256+500, enlazándose con el punto final “Desvió de Kishuara”, ubicado en el Km. 309+802.50. 1

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PRESUPUESTO ADICIONAL DE OBRA Y DEDUCTIVO VINCULADO POR CAMBIO DEL TRAZO :

KM 278+640 – Km 279+060

A.- DESCRIPCION El presente Presupuesto se elabora por los trabajos en las diferentes partidas de la Carretera ,que se tienen que ejecutar sobre el nuevo trazo de la misma entre el Km 278+640 al km 279+060 ,en vista de no haberse podido realizar la expropiación de los terrenos afectados por el trazo original del Expediente Técnico .- Habiéndose elaborado además el Presupuesto Deductivo Vinculado ,por las Obras que se dejarán de ejecutar ,correspondientes al trazo original ,que ha sido modificado.

Trabajos que se deben ejecutar porque son” indispensables para alcanzar la finalidad del Contrato”

B.- MEMORIA DESCRIPTIVA

I. UBICACIÓN

La obra se ubica en el departamento deApurímac, desarrollándose entre las provincias de Chincheros, Andahuaylas y Abancay.

El punto de inicio está definido en la salida del distrito de San Jerónimo, que es la continuación del trazo ejecutado por la empresa consultora HOB, cuyo punto se ubica a 7.8m de la alcantarilla del Km. 256+500, enlazándose con el punto final “Desvió de Kishuara”, ubicado en el Km. 309+802.50.

II. INFORMACIÓN GENERAL

1. Entidad Contratante :Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC

2. Denominación del Proyecto:“Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho–Abancay, Tramo: Andahuaylas – Dv. Kishuara”

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3. Valor Referencial: S/.82,956,350.39 a Abril de 2007; inc. IGV

4. Tipo de Proceso de Selección:La selección del contratista se produjo en el marco de las Bases de Licitación Pública LP N° 0019-2007-MTC/20, bajo la modalidad de ejecución contractual de CONCURSO OFERTA.

De conformidad con el artículo 58º del Reglamento, el concurso oferta es una de las modalidades de ejecución contractual “por el alcance del contrato”, que se emplea para la ejecución de obras públicas. En esta modalidad, el postor concurre al proceso de selección ofertando la ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO y la EJECUCIÓN DE LA OBRA.

5. N° de Contrato:Contrato de Ejecución de Obra N° 104-2008-MTC/20 (suscrito el 09.04.08)

6. Base Legal: El contrato se rige por las disposiciones del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM; en adelante LA LEY y EL REGLAMENTO.

7. Sistema de Contratación:A SUMA ALZADA; Según señala el artículo 56º del Reglamento, en esta modalidad el postor formula su propuesta considerando los trabajos que resulten necesarios para el cumplimiento del objeto de la prestación requerida según los PLANOS y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.

8. Monto del contrato original: S/.90,256,509.22 incluye IGV (precios a abril de 2007)Estudio S/. 4,000,000.02Obra S/.86,256,509.20

9. Contratista: CONSORCIO VIAL KISHUARA (Conformado por CONSTRUCTORA UPACAS.A. - JC CONTRATISTAS GENERALES EIRL - JNR CONSULTORES S.A. - JAS INGENIEROS SAC)

10. Supervisor: CONSORCIO VIAL ANDAHUAYLAS (Conformado por: LAGESA INGENIEROSCONSULTORES S.A. - MOTLIMA CONSULTORES S.A. - SERCONSULT S.A.)

11. Plazo del contrato: 690 días calendarioElaboración de Estudio: 150 días calendarioEjecución de la Obra: 540 días calendario

12. Inicio del plazo de obra: 15 de setiembre de 2009

13. Término del plazo de obra: 08 de marzo de 2011

14. Suspensión del plazo de obra: 56 días calendario; 2

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del 19 de febrero al 15 de abril de 2010 (se suscribió la Adenda Nº 02 al Contrato)

80 días calendario; Del 05 de enero al 25 de marzo de 2010 (se suscribió la Adenda Nº 03 al Contrato)

15. Nueva fecha de término del plazo de obra: 22 de julio de 2011

16. Causal de procedencia del presupuesto adicional solicitado:

La causal invocada en el numeral IV ,constituyen hechos que por su naturaleza imprevisibles al momento de formularse las Bases de Licitación y celebrarse el correspondiente Contrato ; que son hechos Fortuitos o De Fuerza Mayor producidos con posterioridad a la suscripción del Contrato.

III BASE LEGAL

Contrato de Ejecución de Obra N° 104-2008-MTC/20 (suscrito el 09.04.08).

Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.

Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Resolución de Contraloría N° 196-2010-CG que aprueba la Directiva

N° 002-2010-CG/OEA “Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra”.

Resolución de Contraloría N° 320-2006-CG que aprueba las Normas de Control Interno.

Código Civil aprobado mediante Decreto Legislativo N° 295, en lo que resulta aplicable.

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 007-2004-MTC-16 que aprueba las Directrices para la Elaboración y Aplicación de Planes de Compensación y Reasentamiento Involuntario para Proyectos de Infraestructura de Transporte - PACRI

IV HECHOS QUE SUSTENTAN EL ADICIONAL Y DEDUCTIVO VINCULADO

En el asiento Nº 35 de fecha 02.11.2009 el contratista deja constancia de la comunicación notarial enviada por Sra. Felicitas Osccorima, donde requiere al contratista abstenerse de realizar cualquier trabajo dentro de su propiedad;

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sobre esta ocurrencia se solicitó a la supervisión la evaluación y verificación respectiva.

En el asiento Nº 36 de fecha 03.11.2009 el supervisor anota que comunicará a la entidad el hecho ocurrido y solicitará una solución integral a las expropiaciones de los terrenos que interfieren en la construcción de la carretera.

En el asiento Nº 37 de fecha 05.11.2009 el contratista registra la presencia en obra de la abogada de la entidad encargada de verificar y evaluar los terrenos, instalaciones y predios afectados como consecuencia de la ejecución de la obra, anotándose además la necesidad de contar con el equipo técnico del Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario - PACRI.

Lo mismo, en el asiento Nº 38 de fecha 07.11.2009 el supervisor confirma la llegada a obra de la representante de la entidad, manifestando además que en los siguientes días se conocerá sobre la situación real de los terrenos y predios afectados.

En el asiento Nº 73 de fecha 16.12.2009 la supervisión manifiesta que en la zona de la obra se encuentra una abogada y un ingeniero de la entidad, quienes vienen realizando un inventario de todos los predios que serán afectados como consecuencia del proceso constructivo de la carretera, y que a la conclusión de esta labor se realizará el saneamiento físico legal.

En el asiento Nº 79 de fecha 27.12.2009 la supervisión comunica al contratista que a partir del mes de enero de 2010 estará en obra el equipo completo a cargo del PACRI.

En el Asiento Nº 123 de fecha 09.02.2010 la supervisión anota que en campo se coordinaron acciones a tomarse con el personal del PACRI referente al asunto de las expropiaciones de los terrenos afectados por el trazo de la carretera en construcción.

En el Asiento Nº 130 de fecha 18.02.2011, el contratista deja constancia que el equipo técnico de la entidad, a cargo del proceso de liberación de las zonas afectadas (implementación del PACRI), se encuentra en obra evaluando e identificando los terrenos, viviendas y cultivos afectados como consecuencia de la construcción de la carretera; así también, las interferencias que se tienen en obra debido a los postes de alumbrado público, telefonía y otros servicios de infraestructura básica.

Como resultado de las acciones realizadas en el proceso de implementación del PACRI, el profesional encargado del equipo PACRI emite el Informe Nº 006-2011-MTC/20.6.3 JCZ concluyendo en el numeral 3.1 que muy a pesar de las continuas visitas a la familia Hurtado Osccorima, realizadas por el personal de campo del PACRI, con el fin de acordar la adquisición del terreno necesario para la construcción de la carretera en el tramo del Km. 278+640 al Km. 279+060 no se ha podido llegar a acuerdo alguno, por lo que sugiere evaluar

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otra posibilidad de trazo puesto que realizar un trámite de expropiación tomaría demasiado tiempo. El citado informe lo eleva Unidad Gerencial de Obras de Provias Nacional, adjunto al memorando Nº 1245-2011-MTC/20.6 del 11.03.2011.

Finalmente, mediante Oficio Nº 1091-2011-MTC/20 recibido el 13 de junio de 2011 el Director Ejecutivo de Provías Nacional remite al contratista copia del Informe Nº 012-2011-MTC/20.6.3 JCZ elaborado por la oficina de Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para Proyectos de Infraestructura de Transporte, donde se pone a manifiesto la libre disponibilidad de los terrenos afectados en el tramo Km. 278+640 al Km. 279+060 de la carretera antigua.

ANÁLISIS DEL INFORME Nº 012-2011-MTC/20.6.3 JCZ

Del citado informe se resalta lo siguiente:

1. El numeral 1.5 de los antecedentes, donde el gerente de la Unidad Gerencial de Obras solicita tomar acciones sobre la disponibilidad del terreno de propiedad de la familia Osccorima Pozo, en la localidad de Cavira.

2. Asimismo, el numeral 1.6 que da cuenta sobre lo inútil de las gestiones de trato directo con los propietarios de los terrenos afectados, pues estos presentan mínima disposición para llegar a un acuerdo.

3. Igualmente sobresale el numeral 2.1 del citado informe, donde el Ing. Julio Calderón Zacarías, personal de equipo PACRI, hace referencia a su informe Nº 006-2011-MTC/20.6.3 JCZ de fecha 04.03.2011 en el que recomienda al Jefe de Equipo PACRIs y CIRAs coordinar con la Unidad Gerencial de Obras de Provías Nacional para que en el sector indicado, la vía sea construido por su trazo original (se refiere al trazo que seguía el camino antes de la elaboración y aprobación del expediente técnico aprobado por RD Nº 1113-2009-MTC/20 del 11.09.2009; es decir, la carretera antigua), sin realizarse la variante (se refiere al trazo que debe seguir la carretera en la etapa de ejecución de obra), debido a la imposibilidad de llegar a un acuerdo razonable con los afectados y, como consecuencia de ello, al excesivo tiempo que tomaría a la entidad seguir un proceso de expropiación a efecto de liberar el mencionado tramo. Dicho informe fue elevado a la Unidad Gerencia de Obras con el Memorando Nº 1245-2011-MTC/20.6 de fecha 11.03.2011.

CONCLUSIONES DEL OFICIO Nº 1091-2011-MTC/20

Esta libre disponibilidad de los terrenos afectados en el tramo Km. 278+640 al Km. 279+060 de la carretera antigua, en los términos expuestos en el Oficio Nº 1091-2011-MTC/20 recibido el 13 de junio de 2011, y los documentos que lo acompañan, los cuales se adjuntan como anexo en el presente expediente, implica la elaboración de un presupuesto adicional y un deductivo vinculado,

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por lo que de conformidad con los dispositivos legales vigentes, se requiere que la supervisión efectúe el trámite correspondiente a fin de que la Entidad emita la Resolución Administrativa que autorice al Contratista la ejecución de la prestación, la cual está relacionado con trabajos de movimiento de tierra, pavimento, obras de arte y drenaje, transporte, señalización y costos ambientales.

FUNDAMENTACIÓN LEGAL

El artículo 42° de la Ley aprobada por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el artículo 265º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, implementan el tratamiento legal de los adicionales en los contratos del Estado derivados de procesos de selección.

Según lo establecido en el citado artículo 42º, durante la ejecución de un contrato, la Entidad, por situaciones imprevisibles no atribuibles a las partes, puede ordenar la ejecución de prestaciones adicionales u ordenar la reducción de aquellas pactadas para alcanzar la finalidad del contrato.

Considerando que se encuentra elaborado y aprobado el expediente técnico definitivo e iniciada la ejecución de la obra, y que se ha presentado una situación imprevista no contemplada en el proyecto, la cual determina que el contratista deba ejecutar mayores prestaciones a las proyectadas, la Entidad se encuentra en la potestad de ordenar el incremento de dichas prestaciones, con las limitaciones impuestas por la Ley.

En este orden de ideas, solicitamos a la supervisión informar a la entidad sobre la procedencia del adicional y deductivo vinculado, a efecto de que emita la Resolución Administrativa de aprobación que autorice al contratista la ejecución del adicional, por cuanto es indispensable para que la obra concluya.

ANEXO N° 01 Anexos a los Antecedentes

Oficio Nº 1091-2011-MTC/20 de fecha 13 de junio de 2011 de la Dirección Ejecutiva de Provías Nacional.

Informe Nº 012-2011-MTC/20.6.3 JCZ de la Oficina de Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para Proyectos de Infraestructura de Transporte.

Memorando Nº 2521-2011-MTC/20.6 de la Unidad Gerencial de Estudios. Carta Nº 007-2011-CACCH-PACRI-ANDAHUAYLAS del encargado de la

implementación del PACRI en la carretera en construcción, que trata sobre la liberación del tramo antiguo de esta carretera.

Memorando Nº 1421-2011-MTC/20.5 de fecha 14.04.2011 de la Unidad Gerencial de Obras.

Carta Nº 16-2011/SER-MOT/CVIAL.ANDAH del Consorcio Vial Andahuaylas, supervisor de la obra.

Memorando Nº 1245-2011-MTC/20.6 de fecha 11.03.2011 de la Unidad Gerencial de Obras.

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Informe Nº 006-2011-MTC/20.6.3 del 04.03.2011 dirigido al Jefe de Equipo PACRIs y CIRAs.

Memorando Nº 4259-2010-MTC/20.5 de fecha 21.12.2010 de la Unidad Gerencial de Obras.

Carta Nº 214-CVA-OBRA-2010 del supervisor de la obra, cursada a Provías Nacional el 13 de diciembre de 2010.

Diversas Actas de compromiso de los afectados por el trazo de la carretera.

Asientos del cuaderno de obra:N° 35 ,N°36,N°37,N°38,N°73,N°79,N°123 Y N°130

V PRESUPUESTO ADICIONAL Y DEDUCTIVO VINCULADO

En el Expediente se incluyen los metrados de todas las partidas que es necesario ejecutar por el nuevo eje de la carretera ,que coincide con el eje antiguo en este tramo donde se ha modificado el Trazo Original del Expediente Técnico .- Así como el Presupuesto Adicional correspondiente,por la Suma de S/ 965,189.34 , cuya incidencia en el Presupuesto de Contrato es de 1.12%

Así mismo , se adjuntan los metrados de todas las partidas que se dejarán de ejecutar en este tramo de la carretera ,cuyo trazo ha sido cambiado .- Así como el respectivo Presupuesto Deductivo Vinculado , por la Suma de S/ 612,995.62 y cuya incidencia en el Presupuesto de Contrato es de (-) 0.71% Presupuestos : Adicional y Deductivo que se remiten para su revisión y trámite de aprobación .

Andahuaylas , Julio del 2,011

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