17 - registro Único de postulantes

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DECRETO No 1428 Rosario, "Cuna de la Bandera", 17 de j dio de ¿O15 .- VISTO la necesidad cursada por el Secretario de Salud por nota N* 26303115, por la cual solicita realizar una búsqueda de postulantes inscriptos en la base de datos del agrupamiento técnico profesional del R.U.P. (Registro Único de Postulantes) año 2014 con título habilitante de Licenciadola en Trabajo Social, y CONSIDERANDO que es necesario cubrir la función asistencial de trabajador social en los servicios que integran la Red Asistencia1 de la Secretaría de Salud Pública, y QUE el mecanismo adecuado es realizar una Selección de Antecedentes y Oposición según Decreto NQ 7312011 (marco general) y NQ 713/2011 (termino de referencia) y, POR lo expuesto y en uso de sus atribuciones LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA ARTICULOle: INICIAR a través del Comité Operativo del Registro Único de Postulantes el proceso de Selección de Antecedentes y Oposición a Licenciadoslas en Trabajo Social inscriptos en el agrupamiento Técnico profesional en el Registro Único de Postulantes año 2014, a fin de cubrir la función asistencial de trabajador social, equivalente a Jefe de Sector (escalafón inicial) de 36 horas semanales de labor, en efectores de la Red de Salud Pública IVunicipal. Las tareas inherentes a la función incluyen todas las actividades asistenciales que se requieran en dichos servicios, docencia e investigación, definidas en la Descripción y Períil del Puesto como ANEXO integrante del presente Decreto. El profesional que fuere designado será evaluado periódicamente en su desempeño y desarrollo profesional, y prestará servicio en el lugar, en el horario y con la modalidad que indique el Departamento de Trabajo Social y la Dirección General de Servicios de Salud. El Orden de Méritos resultante tendrá validez por el término de dos (02) años desde que quedara firme su publicación, o hasta que hayan sido convocados la totalidad de sus integrantes aceptando o no éstos la función propuesta; lo que ocurra primero, debiéndose

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Page 1: 17 - Registro Único de Postulantes

D E C R E T O No 1428

Rosario, "Cuna de la Bandera", 17 de j d i o de ¿O15 .- VISTO la necesidad cursada por el Secretario de Salud por nota N* 26303115, por la

cual solicita realizar una búsqueda de postulantes inscriptos en la base de datos del

agrupamiento técnico profesional del R.U.P. (Registro Único de Postulantes) año 2014

con título habilitante de Licenciadola en Trabajo Social, y

CONSIDERANDO que es necesario cubrir la función asistencial de trabajador social en

los servicios que integran la Red Asistencia1 de la Secretaría de Salud Pública, y

QUE el mecanismo adecuado es realizar una Selección de Antecedentes y Oposición según Decreto NQ 7312011 (marco general) y NQ 713/2011 (termino de referencia) y,

POR lo expuesto y en uso de sus atribuciones

LA INTENDENTA MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULOle: INICIAR a través del Comité Operativo del Registro Único de Postulantes

el proceso de Selección de Antecedentes y Oposición a Licenciadoslas en Trabajo

Social inscriptos en el agrupamiento Técnico profesional en el Registro Único

de Postulantes año 2014, a fin de cubrir la función asistencial de trabajador social,

equivalente a Jefe de Sector (escalafón inicial) de 36 horas semanales de labor, en

efectores de la Red de Salud Pública IVunicipal.

Las tareas inherentes a la función incluyen todas las actividades asistenciales que se

requieran en dichos servicios, docencia e investigación, definidas en la Descripción y

Períil del Puesto como ANEXO integrante del presente Decreto.

El profesional que fuere designado será evaluado periódicamente en su desempeño y

desarrollo profesional, y prestará servicio en el lugar, en el horario y con la modalidad

que indique el Departamento de Trabajo Social y la Dirección General de Servicios de

Salud.

El Orden de Méritos resultante tendrá validez por el término de dos (02) años desde que

quedara firme su publicación, o hasta que hayan sido convocados la totalidad de sus

integrantes aceptando o no éstos la función propuesta; lo que ocurra primero, debiéndose

Page 2: 17 - Registro Único de Postulantes

dejar constancia fehaciente de la convocatoria o manifestación de voluntad del

postulante.

Quienes integren el orden de mérito podrán ser convocados , - por la Dirección General de

Servicios de Salud a fin de cubrir futuras vacantes, según necesidades asistenciales y las

competencias generales y específicas del postulante, en relación con la adecuación del

perfil al puesto de trabajo.

Cubierta la función, la sola integración a esta nómina, no generará por parte de la

Secretaría de Salud Pública obligaciones laborales ni vínculos remunerativos o de

permanencia para la función objeto de selección.

ARTICULO 20: REQUISITOS E INCOMPATIBILIDAD

a) Requisitos mínimos y excluyentes:

1. Estar inscriptos en el Registro Único de Postulantes año 2014 en el agrupamiento

Técnico profesional y cumplir con los requisitos específicos del puesto.

2. Título habilitante de Licenciadola en Trabajo Social

3. Matrícula vigente otorgada por el Colegio de Profesionales de Trabajo Social de la

Provincia de Santa Fe 2Q Circunscripción.

4. No registrar antecedentes de sanciones por violación del Código de Ética certificado

por el Colegio de Profesionales de Trabajo Social de la Provincia de Santa Fe 2Q

Circunscripción.

5. Poseer amplia disponibilidad horaria

6. Habrá incompatibilidad con actividades ajenas a las funciones establecidas en el

cargo, dentro de la administración pública nacional, provincial, municipal o actividad

privada.

7. De haber declarado discapacidad deberá acreditarlo mediante Certificado emitido por

la Dirección Provincial de Inclusión de Personas con Discapacidad de la Provincia de

Santa Fe.

8. Residencia de un año mínimo comprobable en la ciudad de Rosario

b) Requisito no excluyente

1. Experiencia laboral en servicios de salud de distintos niveles de complejidad.

ARTICULO 30: ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA

a) La entrega de documentación deberá realizarse en forma personal por el postulante

con carácter de Declaración Jurada y se llevará a cabo en la Oficina del Departamento de

Concursos de la Secretaría de Salud Pública -ubicado en calle san Luis 2020 - 1Q Piso del

CEMAR, Centro de Especialidades Médicas de Rosario-.

Page 3: 17 - Registro Único de Postulantes

El período de entrega será de cinco (5) días hábiles.

La fecha y horario de entrega de documentación estarán publicados en la página web

~ ~ ~ . r ~ ~ a r i o . a o v . a r

Bajo ningún concepto se permitirá agregar documentación a posterior¡ de la fecha de

cierre de dicho período.

La totalidad de los requisitos enunciados a continuación deberán ser presentados en el

acto de entrega de documentación, bajo apercibimiento de ser rechazada.

En una primera carpeta el interesado deberá presentar:

1) Formulario de Declaración Jurada de inscripción al RUP 2014 agrupamiento Técnico

profesional.

2) Formulario de entrega de documentación, disponible en el sitio web

www.rosario.aov.ar, donde consignará cada uno de los siguientes datos personales

actualizados: apellido y nombres, fecha de nacimiento, documento de identidad,

domicilio, nQ de teléfonos fijo y móvil, y dirección de correo electrónico, nQ de matrícula

profesional, C.U.I.L.1C.U.I.T. (según corresponda) y nómina escrita de antecedentes que

hagan a sus méritos (títulos, cargos o funciones asistenciales, actividades de capacitación

y conocimientos especiales , docencia, investigación y autoría de publicaciones de la

disciplina o de gestión en salud pública).

3) Fotocopia del título profesional certificada por el Colegio de Profesionales de Trabajo

Social de la Provincia de Santa Fe 2Q Circunscripción.

4) Fotocopia certificada de certificado o constancia de promedio académico.

5) Constancia original matrícula vigente, otorgada por el Colegio de Profesionales de

Trabajo Social de la Provincia de Santa Fe 2Q Circunscripción.

6) Constancia original que no registra actualmente sanciones por violación del Código de

Ética del Comité de Ética que controla el ejercicio profesional actualizada a la fecha de

Selección.

7) Manifestación del compromiso de renunciar a los cargos en incompatibilidad al

momento de ser designado en la función.

8) Manifestación de amplia disponibilidad horaria

9) Fotocopia certificada de DNI o DU

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Page 4: 17 - Registro Único de Postulantes

10) Fotocopia certificada de documentación que acredite residencia no menor a un año en

la ciudad de Rosario

En una segunda carpeta deberá presentar :

Las fotocopias de las constancias que acrediten los antecedentes invocados en el

Formulario de entrega de documentación, en el mismo orden. Sólo serán considerados

aquellos antecedentes laborales, de docencia, de formación, capacitación e investigación

que se acompañen con documentación probatoria o respaldatoria.

Ambas carpetas deberán ser numeradas ( ej. 1 de 5..) y firmadas en todas y cada una de

sus hojas.

El aspirante deberá exhibir la documentación original a solicitud del Jurado, para su

verificación y control al momento de acceder a la entrevista personal.

c) Al cierre del plazo de entrega de documentación se labrará un acta en la que constarán

los nombres de los postulantes a partir de las solicitudes recepcionadas, la que se

publicará en el transparente de la Oficina de Concursos, ubicado en la planta baja del

C.E.M.A.R- San Luis 2020- dentro de los dos (2) días hábiles posteriores al cierre de dicho

plazo.

Cualquiera de los aspirantes podrá ser impugnado, acompañando las pruebas de la

causal invocada, dentro de los dos ( 2 ) días hábiles posteriores a la publicación.

De la objeción formulada se correrá traslado al impugnado, quien deberá formular su

descargo acompañando las pruebas, dentro de los dos ( 2 ) días hábiles posteriores a su

publicación.

La impugnación será resuelta por el Comité Operativo del R.U.P. 2014 en el acuerdo con

el Secretario de Salud Pública Municipal dentro de los dos (2) días hábiles posteriores al

vencimiento del plazo anterior, siendo su resolución inapelable, la que se notificará

mediante su publicación en el transparente de la Oficina de Concursos ubicado en la

Planta Baja del C.E.1V.A.R.-San Luis 2020-, conjuntamente con la lista definitiva de

aspirantes.

ARTICULO 49: MODALIDAD Y PUNTAJES

El Jurado sólo evaluará a aquellos postulantes que cumplan con los requisitos mínimos

exigidos para la postulación a la selección.

La ausencia del postulante a alguna de las instancias de evaluación será considerada

como renuncia a la Selección

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Page 5: 17 - Registro Único de Postulantes

a) La selección de los aspirantes se realizará mediante la valoración de los antecedentes

y pruebas por oposición, asignándose a cada uno los siguientes puntajes:

..................................................................... Antecedentes Máximo 30 Puntos . I ........................................................................... Oposicion Máximo 70 Puntos

La escala de valores de los antecedentes se definen en el ANEXO integrante del presente

Decreto.

Sólo aquellos postulantes que alcancen el 70% del puntaje en la valoración de

antecedentes accederán a la siguiente etapa de selección.

La Oposición consistirá:

Examen escrito .................................................................... Máximo 40 puntos

Entrevista personal .............................................................. Máximo 30 puntos

El examen escrito consistirá en el abordaje de una situación problemática en las que

deberá argumentar como construye el problema de intervención y el diseño de

estrategias de abordaje. Tendrá una duración de 60 minutos . El postulante deberá presentarse en el lugar y horario que se asigne, con documento de

identidad.

El postulante deberá alcanzar un mínimo de 70% del puntaje asignado para acceder a la

siguiente etapa

La Entrevista Personal tendrá como objetivo evaluar las características de la formación,

experiencia, conocimientos técnicos, competencias generales, en relación con el perfil

profesional requerido, aptitudes para el trabajo en equipo en los contextos institucionales

y la capacidad de gestión del trabajo en Red.

Además, la entrevista valorará:

Motivaciones personales para acceder al cargo.

Actualización y profundización del conocimiento.

Capacidad de Trabajo en equipo

El Conocimiento de la Red asistencia1 de Salud Pública y expectativas para el nuevo

puesto de trabajo.

Los conocimientos que el postulante considera necesario adquirir para mejorar su

perfil profesional actual (plan de desarrollo individual).

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Page 6: 17 - Registro Único de Postulantes

Valoración del requisito no excluyente.

La Entrevista Personal tendrá una duración de veinte (20) minutos, quedando a

consideración del Jurado la posibilidad de extenderla de ser necesario. La entrevista

personal deberá ser aprobada con un mínimo de 70% del valor asignado.

b) Las fechas y lugares de la oposición, al igual que la listas de aprobados de

cada una de las etapas de selección serán publicados en la pagina web

www.rosario.aov.ar y en el transparente del Departamento de Concursos

ubicado en la Planta Baja del C.E.M.A.R.-San Luis 2020-, siendo el único

mecanismo de notificación.

ARTICULO 5 0 : DEL JURADO

a) Constitución: El mismo estará constituido por :

Cuatros titulares y Cuatros suplentes en representación de la Secretaría de Salud

Pública.

Un titular y un suplente en representación de la Escuela de Trabajo Social- U.N.R

Un titular y un suplente en representación del Colegio de Trabajo Social de la

Provincia de Santa Fe -2QCircunscripción-.

Un titular y un suplente en representación del Sindicato de Trabajadores Municipales

de Rosario.

b) La nómina de integrantes del Jurado será exhibida en el transparente de la Oficina de

Concursos, ubicado en la Planta Baja del C.E.M.A.R. conjuntamente con el acta de

postulantes.

Cualquier integrante del Jurado podrá excusarse de intervenir y10 ser recusado por

cualquiera de los aspirantes por las causales previstas en el Código Procesal Civil y

Comercial de la Provincia de Santa Fe, acompañando las pruebas de la causal invocada,

dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la publicación.

De la objeción formulada se correrá traslado al recusado, quien deberá formular su

descargo acompañando las pruebas, dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a su

notificación.

La cuestión será resuelta por el Secretario de Salud Pública dentro de los dos (2) días

hábiles posteriores al vencimiento del plazo anterior, siendo su resolución inapelable, la

que se notificará mediante su publicación en el transparente de la Oficina de Concursos

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Page 7: 17 - Registro Único de Postulantes

ubicado en la Planta Baja del C.E.M.A.R.-San Luis 2020-, conjuntamente con la

conformación definitiva del Jurado.

En caso de aceptarse las recusaciones o excusaciones, o de producirse la renuncia o

imposibilidad de integrar el Jurado por los miembros titulares, éstos serán sustituidos por

los miembros suplentes.

ARTICULO 60: DE LA ACTUACION Y DICTAMEN DEL JURADO

a) En toda su actividad examinadora, el Jurado podrá funcionar con mayoría simple y su

dictamen será válido con el voto favorable de la mayoría simple de sus integrantes, el

que deberá ser emitido dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles de concluida

aquella.

b) El Dictamen deberá ser fundado y otorgando valoración a cada uno de los ítems

evaluados, confeccionando de esta manera el Orden de Méritos resultante, asentado en

un acta.

C) El Jurado podrá proponer que sea declarado desierto la Selección por ausencia de

aspirantes o cuando a su criterio considere la insuficiencia de méritos de todos los

postulantes presentados.

ARTlCLlLO 70: DEL ORDEN DE MERITO

a) Accederán al Orden de Mérito aquellos postulantes que aprueben todas y cada una de

las etapas de selección y se conformará con la suma de los puntajes obtenidos en

Antecedentes y Oposición.

b) El Orden de Mérito será exhibido en el transparente de la Oficina de Concursos y

publicado en la pagina web www.rosario.gov.ar. dentro de los cinco (5) días hábiles

posteriores a la emisión del dictamen por el Jurado.

c) El Orden de Mérito podrá ser impugnado por cualquiera de los aspirantes dentro de los

dos (2) días hábiles de producida su publicación, la que deberá fundarse en defectos de

forma o procesamiento o manifiesta arbitrariedad.

De dicha impugnación se correrá traslado a los miembros del Jurado para que eleven el

informe correspondiente, dentro de los dos (2) días hábiles posteriores.

La cuestión será resuelta por el Comité Operativo con el acuerdo del Secretario de Salud

Pública, dentro de los dos (2) días hábiles posteriores, siendo su resolución inapelable, la

que se notificará mediante su publicación en el transparente de la Oficina de Concursos

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Page 8: 17 - Registro Único de Postulantes

ubicado en la planta baja del C.E.M.A.R.- San Luis 2020-, conjuntamente con la

conformación definitiva del Orden de Mérito.

ARTICULO 8cPERMANENCIA EN EL RUP

La participación del postulante al proceso de selección no modifica su situación de

inscripto en el RUP, pudiendo el mismo participar de nuevas búsquedas que a futuro

llamen en el marco del R.U.P. para el agrupamiento que le corresponda y mientras este

registro de postulantes permanezca vigente.

ARTICULO 99:PERMANENCIA EN LA FUNCION

El postulante que acceda a la función generada por una vacante genuina, a partir del

presente proceso selectivo, deberá permanecer en el mismo por un período de tres (3)

años, sin perjuicio de que existan razones que hagan a su traslado por existir

oportunidades de promoción o cuestiones de fuerza mayor.

ARTICULO 10% NOTIFICACIONES

Todos los aspirantes quedarán automáticamente notificados de las nóminas referidas en

los artículos 3Q. inc. c) y 4Q, inc. b), 5Q inc. b) y el Orden de Mérito del articulo 7Q. inc. b) y

c) a partir de las publicaciones respectivas en el transparente de la Oficina de Concursos

ubicado en la planta baja del C.E.M.A.R., San Luis 2020 de esta ciudad, y en la página

Web de la Municipalidad de Rosario www.rosario.uov.ar

ARTICULO 119: Dése a la Dirección General de Gobierno, Insértese y Comuníquese.-

/'A

Secretario de Gobl o Municipalidad do Roa rlo t

Página 8 de 8

Page 9: 17 - Registro Único de Postulantes

REGISTRO UNlCO DE POSTULANTES 2014

ANEXO

DESCRIPCIÓN Y PERFIL DEL PUESTO

Aaru~amiento Técnico Profesional: Licenciadola en Trabajo Social

ESCALAFON: Jefe de Sector (escalafón inicial)

REQUISITOS:

a) Requisitos mínimos y excluyentes:

Estar inscriptos en el Registro Único de Postulantes año 2014, en el.

agrupamiento Técnico profesional y cumplir con los requisitos específicos del

puesto.

Título habilitante de Licenciadola en Trabajo Social

Matrícula vigente otorgada por el Colegio de Profesionales de Trabajo Social

de la Provincia de Santa Fe 20 Circunscripción.

No registrar antecedentes de sanciones por violación del Código de Ética

certificado por el Colegio de Profesionales de Trabajo Social de la Provincia

de Santa Fe 2Q Circunscripción.

Poseer amplia disponibilidad horaria

Habrá incompatibilidad con actividades ajenas a las funciones establecidas

en el cargo, dentro de la administración pública nacional, provincial,

municipal o actividad privada.

De haber declarado discapacidad deberá acreditarlo mediante Certificado

emitido por la Dirección Provincial de Inclusión de Personas con

Discapacidad de la Provincia de Santa Fe.

Residencia de un año mínimo comprobable en la ciudad de Rosario

b) Requisito no excluyente

Experiencia laboral en servicios de salud de distintos niveles de complejidad.

Page 10: 17 - Registro Único de Postulantes

b) De competencia:

1) Experiencia laboral:

En efectores de salud pública

II) Competencias Específicas

Integración a equipos de trabajo para la formulación de problemas y la

construcción de estrategias de intervención

Favorecer la interdisciplina en el trabajo cotidiano.

Conocimiento del funcionamiento de la red de salud en la ciudad.

Conocimiento de los circuitos institucionales que posibilitan el acceso a las

políticas sociales.

Conocimiento de las siguientes leyes, sus alcances y articulaciones con la

red de salud, a saber:

Ley Provincial NQ12.967. Promoción y Protección Integral de los derechos de

niñas, niños y adolescentes.

Ley WQ26.529. Derechos del paciente en su relación con los profesionales e

instituciones de salud.

Ley NQ24.901. Sistema de prestaciones básicas en habilitación y

rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad.

Ley NQ26.657. Ley Nacional de Salud Mental

Capacidad de Identificar y establecer prioridades

Conciencia Organizacional

III) Competencias Generales

Empatía en las relaciones personales

Proactividad en las tareas laborales

Flexibilidad y adaptabilidad a contextos cambiantes

Compromiso con el trabajo en equipo

Habilidades comunicacionales

Page 11: 17 - Registro Único de Postulantes

- Manejo adecuado de conflictos

Tolerancia a la incertidumbre

LUGAR DE TRABAJO:

Efectores de primer nivel de complejidad de la Red de Salud Pública

Municipal según las necesidades asistenciales

DEPENDENCIA E INTERRELACIONES JERARQUICAS:

Jefe de Servicio o Jefatura del Centro de Salud - Coordinadores Territoriales-

Dirección del efector -Dirección de Centros de Salud

Departamento de Trabajo Social - Dirección General de Servicios de Salud.

Mantiene relación con otras áreas afines.

Integra equipos de trabajo.

FUNCIONES PRINCIPALES:

La organización del trabajo se basa fundamentalmente en actividades asistenciales,

de investigación y10 de participación en proyectos de salud, definidas por el

Departamento de Trabajo Social en articulación con la red de salud, a saber:

Realizar intervenciones profesionales de abordaje de situaciones

problemáticas desde lo individual, familiar, grupa1 y10 comunitario.

Realizar apoyo matricial al equipo de salud del efector.

Fortalecer las intervenciones profesionales desde una dimensión

interdisciplinaria, promoviendo la construcción colectiva de dispositivos de

trabajo institucionales y10 intersectoriales.

Propiciar diagnósticos interdisciplinarios e intersectoriales sobre las

necesidades y problemas de la población.

Desarrollar estrategias que posibiliten construir interdisciplinariamente y con

el Centro de Salud un proyecto terapéutico para el abordaje de situaciones

problemáticas.

Page 12: 17 - Registro Único de Postulantes

lmplementar las técnicas o medios de abordaje, desde la perspectiva

profesional, que se consideren pertinentes en el marco del proyecto

terapéutico construido para cada situación.

Participar en las reuniones de equipo del efector y10 de actividades

convocadas por el Departamento de Trabajo Social u otras áreas de la

Secretaría de Salud Publica.

Participar en la mejora continua del proceso de atención de la población

referenciada y en la gestión de buenos niveles de satisfacción de los

usuarios.

Promover la comunicación y la relación con los demás servicios y efectores

de la Red de Salud Municipal y Provincial.

Articular con instituciones, dentro de la Red de Salud y de otras

dependencias municipales, provinciales o nacionales, tanto públicas como

privadas, con las que se comparte responsabilidad en un mismo territorio.

RELACIONES EXTERNAS:

Otras Secretarías

Dependencias Provinciales y Nacionales.

ONG o Instituciones Privadas

Secretarlo de Gobie

Page 13: 17 - Registro Único de Postulantes

REGISTRO UNlCO DE POSTULANTES 2014

ANEXO

Tabla de Valoración de antecedentes: Licenciadola en Trabajo Social

Generalidades

-Solo serán considerados aquellos antecedentes laborales relacionados al perfil y

acreditable con un mínimo de 1 año, mediante nota certificada por autoridades

competentes (Directores, Presidentes o en cargos equivalentes)

-Sólo serán considerados aquellos antecedentes de formación, docencia,

capacitación e investigación que posean las constancias respaldatorias certificada

por autoridades competentes,

-Si las capacitaciones no poseen carga horaria se estimará que la misma fue de 4

horas de duración.

-Si un antecedente fuere presentado y formalmente no se encuentre expresado

dentro de la presente tabla de valoración, quedará a consideración del Jurado su

validación y evaluación.

-No se asignará puntaje en más de una categoría para el mismo antecedente.

-Sólo serán considerados, con puntaje propio en su item específico, los

antecedentes laborales y de capacitación en la disciplina posteriores a la formación

exigida como requisito mínimo y excluyente de admisión, excepto de

investigación, pasantias o becas de prácticas supervisadas extracurriculares.

-Se reconocerán todos los puntajes por períodos laborales calendarios simultáneos

en distintas actividades, en servicios asistenciales, e igual criterio en actividades

docentes.

-En caso de dudas el Jurado se encuentra facultado para solicitar a las Instituciones

verificación de la información presentada por los postulantes.

El postulante deberá obtener como mínimo 70% del puntaje total asignado a esta

tabla (30 puntos) lo que corresponde a 2 1 ptos.

Page 14: 17 - Registro Único de Postulantes

Título requisito de admisión (lic. en trabajo social) O 17 Valoración de calificaciones de la carrera de grado (promedio 100 % del valor del promedio académico) Residencia de postgrado 3 4

Otro Título Universitario o terciario 1 2

Público Privado

Experiencia de 1 año Experiencia de 2 a 5 aAos

Cursos, jornadas, congresos, seminarios de 1 a 30 hs.

Cursos, jornadas, congresos, seminarios de 31 a 60 hs.

Cursos, jornadas, congresos, seminarios de 61 a 120 hs.

Cursos, jornadas, congresos, seminarios más de 120 hs.

Asistente

0,25

0,50

0,75

1

Inicial Intermedio Integral Idiomas1 Informática 0,25 0.5 1 -

Trabajas cientlficos realizados: hasta 1 punto (Puntaje acumuiatho Autor + Colaborador)

1 trabajo

Hasta 3 trabajos

Más de 3 trabajos

Autor Colaborador 0,25 0,lO

0,50 i"~. 0,25 li/ ,

1 0,50

Municipalidad de k0SOlb I