17 de diciembre de 2012 año 1 no 6 gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de...

24
Gaceta Municipal Órgano oficial de difusión del H. Ayuntamiento de El Marqués Responsable de la publicación: Secretaría del Ayuntamiento Lic. Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda Año 1 17 de diciembre de 2012 No 6 ACUERDO QUE AUTORIZA EL SUBSIDIO POR EL EQUIVALENTE AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA RETENIDO A LOS TRABAJADORES MUNICIPALES DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION). ACUERDO POR EL QUE SE TIENE POR CUMPLIDA LA OBLIGACIÓN REFERENTE A LA PRESENTACIÓN REALIZADA AL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES, QRO., DEL PROGRAMA ANUAL DE AUDITORIA PARA EL EJERCICIO 2013, EN OBSERVANCIA A LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN I, DEL ARTÍCULO 8, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA CONTRALORÍA DEL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION). ACUERDO QUE AUTORIZA LA ADHESIÓN DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES, QRO., AL CONVENIO DE COORDINACIÓN CELEBRADO ENTRE EL EJECUTIVO FEDERAL Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO. (UNICA PUBLICACION). PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QUERÉTARO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013. (UNICA PUBLICACION). ACUERDO QUE AUTORIZA EL CAMBIO DE USO DE SUELO DE PROTECCIÓN ECOLÓGICA AGRÍCOLA INTENSIVA (PEAI), A USO DE SUELO DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, RESPECTO DEL PREDIO IDENTIFICADO COMO FRACCIÓN DEL PREDIO RÚSTICO DENOMINADO CALAMANDA, PERTENECIENTE A ÉSTE MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO., CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 617,047.17 M2.(PRIMERA PUBLICACION). 3 4 4 6 12

Upload: others

Post on 13-Mar-2020

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

GacetaMunicipalÓrgano oficial de difusióndel H. Ayuntamiento de El Marqués

Responsable de la publicación:Secretaría del AyuntamientoLic. Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda

Año 117 de diciembre de 2012

No 6

ACUERDO QUE AUTORIZA EL SUBSIDIO POR EL EQUIVALENTE AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA RETENIDO A LOS TRABAJADORES MUNICIPALES DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION).

ACUERDO POR EL QUE SE TIENE POR CUMPLIDA LA OBLIGACIÓN REFERENTE A LA PRESENTACIÓN REALIZADA AL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES, QRO., DEL PROGRAMA ANUAL DE AUDITORIA PARA EL EJERCICIO 2013, EN OBSERVANCIA A LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN I, DEL ARTÍCULO 8, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA CONTRALORÍA DEL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION).

ACUERDO QUE AUTORIZA LA ADHESIÓN DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES, QRO., AL CONVENIO DE COORDINACIÓN CELEBRADO ENTRE EL EJECUTIVO FEDERAL Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO. (UNICA PUBLICACION).

PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QUERÉTARO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013. (UNICA PUBLICACION).

ACUERDO QUE AUTORIZA EL CAMBIO DE USO DE SUELO DE PROTECCIÓN ECOLÓGICA AGRÍCOLA INTENSIVA (PEAI), A USO DE SUELO DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, RESPECTO DEL PREDIO IDENTIFICADO COMO FRACCIÓN DEL PREDIO RÚSTICO DENOMINADO CALAMANDA, PERTENECIENTE A ÉSTE MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO., CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 617,047.17 M2.(PRIMERA PUBLICACION).

3

4

4

6

12

Page 2: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

2 Gaceta Municipal 2012-2015

13

ACUERDO QUE AUTORIZA LA SOLICITUD DEL ING. LUIS FELIPE GARCÍA ALCOCER, REPRESENTANTE LEGAL DE “GEO CASAS DEL BAJÍO”, S. A. DE C. V., CONSISTENTE EN: I.- LA AUTORIZACIÓN DE LA RELOTIFICACIÓN DE LA ETAPA 1, DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO “LA PRADERA II”, (QUE CONSISTE EN LA ELIMINACIÓN DEL LOTE 1, DE LA MANZANA 049, PARA DAR CONTINUIDAD DE LA CALLE MICONIA), LA CUAL SERÁ DONADA AL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, CON LA FINALIDAD DE DAR CUMPLIMIENTO A LO INDICADO EN EL ACUERDO DE CABILDO DE FECHA 15 DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO; II.- EL RECONOCIMIENTO Y ASIGNACIÓN DE NOMENCLATURA OFICIAL DE LAS VIALIDADES IDENTIFICADAS COMO “PASEO PRADERA” Y “PRIVADA DE LA PRADERA”; QUE SE ORIGINARON CON LAS SUBDIVISIONES DE LA PARCELA 12 Z-1 P1/1, DEL EJIDO EL POZO CON SUPERFICIE TOTAL DE 36,516.39M2., SUB-192/12 Y SUB-193/12; III.- LA AUTORIZACIÓN DE LA DONACIÓN DEL 10% DE LA SUPERFICIE DE LOS CONDOMINIOS QUE SE UBICAN EN LA “PRIVADA DE LA PRADERA”; IDENTIFICADOS COMO: PRADERA FRACCIÓN 1C, PRADERA FRACCIÓN 2, PRADERA FRACCIÓN 4, PRADERA FRACCIÓN 5, PRADERA FRACCIÓN 6, PRADERA FRACCIÓN 7, PRADERA FRACCIÓN 8, PRADERA FRACCIÓN 9 Y PRADERA FRACCIÓN 10; Y, IV.- AUTORIZACIÓN DE LA VENTA DE UNIDADES PRIVATIVAS DE LOS CONDOMINIOS IDENTIFICADOS COMO: PRADERA FRACCIÓN 2, PRADERA FRACCIÓN 4, PRADERA FRACCIÓN 5, PRADERA FRACCIÓN 6, PRADERA FRACCIÓN 7, PRADERA FRACCIÓN 8 Y PRADERA FRACCIÓN 9. (SEGUNDA PUBLICACIO)

Page 3: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-2015 3

ACUERDO QUE AUTORIZA EL SUBSIDIO POR EL EQUIVALENTE AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA RETENIDO A LOS TRABAJADORES MUNICIPALES DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION).

EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL

ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE

QUERETARO.

C E R T I F I C A

Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 17 de diciembre de dos mil doce, el H.

Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó por Unanimidad el Acuerdo que

autoriza el Subsidio por el equivalente al Impuesto Sobre la Renta retenido a los

Trabajadores Municipales de El Marqués, Qro., el cual señala:

“…C O N S I D E R A N D O

1.- Que los Ayuntamientos son competentes para administrar el Patrimonio del Municipio y

vigilar la correcta aplicación del Presupuesto de Egresos correspondiente.

2.- Que el Estado necesita allegarse de recursos para la realización de sus funciones,

previendo en ello la participación de los ciudadanos tal y como se contempla en el artículo 31

Constitucional que cita: “La obligación de todos los ciudadanos de contribuir al gasto publico

tanto de la Federación, del Estado, como del Municipio donde se radique, en la forma

equitativa que marquen las leyes.”

3.- Que la Ley del Impuesto Sobre la Renta es el instrumento legal que permite al Estado la

obtención de los recursos para el Gasto Público, preponderando siempre por la equidad

Constitucional ya antes señalada.

4.- Que la Ley del Impuesto Sobre la Renta contempla el Impuesto a Ingresos por Salario y por

la Prestación de un Servicio Personal Subordinado, los cuales son causados por la prestación

de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una

relación laboral.

5.- Que las remuneraciones y demás prestaciones obtenidas por los funcionarios y

trabajadores del Estado, incluyendo a los Municipios son objeto del ingreso gravable

dispuesto en el artículo 110 fracción I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

6.- Que los trabajadores son sujetos de éste impuesto y el Municipio está obligado a efectuar

las retenciones y enteros mensuales por concepto de dicho impuesto que, además, es directo

y progresivo.

7.- Que los trabajadores integran el grupo que soporta la carga fiscal, aun y cuando con su

esfuerzo diario crean la riqueza, lo cual es totalmente inequitativo e injusto.

8.- Que el Ayuntamiento de El Marqués, Qro., y el Sindicato de Trabajadores al Servicio del

Municipio de El Marqués, Qro., suscribieron Convenio Laboral de pensiones, jubilaciones y

finiquitos de fecha 30 de abril del año 2003, suscrito entre el Municipio de El Marqués, Qro., y

el Sindicato de Trabajadores al Servicio de El Municipio de El Marqués, Qro.

9.- Que dicho Convenio principal tuvo modificaciones anuales, entre otros, el Convenio

Laboral suscrito en fechas 14 de marzo de 2007 pactándose, la autorización del subsidio al

100% del Impuesto Sobre la Renta sobre el total de las percepciones que reciban los

trabajadores sindicalizados.

10.- Que el Artículo 184 de la Ley Federal del Trabajo, señala: “…Las condiciones de trabajo

contenidas en el contrato colectivo que rija en la empresa o establecimiento se extenderán a

los trabajadores de confianza, salvo disposición en contrario consignada en el mismo

contrato colectivo…”, observándose en el propio Convenio suscrito entre el Municipio de El

Marqués, Qro., y el Sindicato de Trabajadores al Servicio de El Municipio de El Marqués, Qro.,

que no cuenta con disposición que establezca que no se extenderán a los trabajadores de

confianza los beneficios y prestaciones contenidas en dicho Convenio, por lo que la

prestación establecida en el CONSIDERANDO anterior, se extiende a todos los trabajadores

del Municipio de El Marqués.

11.- Que la inequitativa distribución de la riqueza, es un hecho inobjetable, pues aún y

cuando los enfoques oficiales a las reformas fiscales tienden desde luego a conseguir esa

justa distribución, se continúa gravando más al producto del trabajo que al producto del

capital, lo cual se realiza en detrimento de los trabajadores.

12.- Que el subsidio consiste primordialmente en la entrega directa de dinero al trabajador

contribuyente por parte del Patrón, asegurando la nivelación que se logra en el sector laboral

y contributivo por la redistribución de ingreso que se efectúa, de acuerdo a las necesidades

del mismo…”

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó por Unanimidad del Pleno del H.

Ayuntamiento de El Marqués, en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 17 de diciembre del

2012, el siguiente:

“…ACUERDO:

PRIMERO: El H. Ayuntamiento de El Marqués, autoriza otorgar durante la gestión de la

administración 2012-2015 por parte del Municipio, el subsidio por el equivalente al Impuesto

Sobre la Renta retenido a las percepciones de los trabajadores municipales, con lo que se

protegerá la integridad de su salario que redundará en el fortalecimiento del propio

municipio.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Aprobado que sea, hágase a la publicación respectiva en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Notifíquese a la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal para el

debido cumplimiento del presente Dictamen…”

ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.

DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS DIECISIETE DIAS DEL

MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

RÚBRICA

UNICA PUBLICACIÓN

Page 4: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-20154

ACUERDO POR EL QUE SE TIENE POR CUMPLIDA LA OBLIGACIÓN REFERENTE A LA PRESENTACIÓN REALIZADA AL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES, QRO., DEL PROGRAMA ANUAL DE AUDITORIA PARA EL EJERCICIO 2013, EN OBSERVANCIA A LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN I, DEL ARTÍCULO 8, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA CONTRALORÍA DEL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION).

EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL

ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE

QUERETARO.

C E R T I F I C A

Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 17 de diciembre de dos mil doce, el H.

Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó por Unanimidad el Acuerdo

mediante el cual se tiene por cumplida la obligación referente a la Presentación realizada

al H. Ayuntamiento del Municipio de El Marques, Qro., del Programa Anual de Auditoria

para el Ejercicio 2013, en observancia a lo dispuesto por la fracción I, del Artículo 8, del

Reglamento Interior de la Contraloría del Municipio de El Marqués, Qro.; el cual señala:

“…ANTECEDENTES

UNICO.- En fecha 16 de noviembre del 2012, se recibió en la oficina de la Secretaría del

Ayuntamiento, oficio número CMP/2053/2012, de fecha 16 de noviembre del 2012, dirigido al

Lic. Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del Ayuntamiento, suscrito por la

Ing. Ma. Leonor Hernández Montes, Contralor municipal, mediante el cual solicita sea

informado al H. Ayuntamiento en Pleno el Programa Anual de Auditoría 2013, que será

incluido en el Plan de Trabajo Anual de la Contraloría Municipal.

CONSIDERANDO

1.- Que la Contraloría Municipal, tiene como fin primordial prevenir y evitar la corrupción e

impunidad de los Servidores Públicos de la Administración del Municipio de El Marques a

través de la fiscalización, tanto para la evaluación de las Dependencias y Organismos

Descentralizados Municipales como del cumplimiento estricto de los deberes de los

Servidores Públicos, ello de conformidad con lo establecido en la Ley de Responsabilidades de

los Servidores Públicos del Estado de Querétaro.

2.- Que si bien, el Honorable Ayuntamiento es el órgano máximo de Gobierno en el Municipio

y el superior jerárquico de toda la Administración Municipal para los efectos de la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos en el Estado de Querétaro, la Contraloría

Municipal, garantiza y transparenta los procedimientos de la Administración así como el

manejo de los recursos.

3.- Que es facultad de la Contraloría Municipal, practicar revisiones a todas las dependencias

del H. Ayuntamiento, así como proceder al seguimiento de los programas, convenios,

contratos o acuerdos que efectúe el propio Ayuntamiento con Organismos del Sector

Gubernamental y Privado, vigilando que se logren los objetivos planeados, evaluando

aspectos normativos, administrativos, financieros y de control.

4.- Que dentro de las obligaciones de dicha dependencia municipal, se encuentra el Informar

al H. Ayuntamiento respecto del Programa Anual de Actividades de la Contraloría Municipal,

el cual contendrá las políticas, planes, sistemas, el programa de Auditorias y acciones que

ejecutará.

5.- Que el Programa Anual de Auditorias es el documento en el cual se contienen las diversas

auditorias que realizará la Contraloría Municipal durante los meses de enero a diciembre de

cada año establecido en base a las propuestas de Programa Anual de Auditorias a las

Dependencias, Entidades, Organismos, Unidades y demás áreas a auditar.

6.- Que el Programa Anual de Auditorias que se describe en el ANTECEDENTE UNICO del

presente Acuerdo, cuenta con el correspondiente visto bueno otorgado por el L.A.E. Enrique

Vega Carriles, Presidente Municipal, el cual se otorgó mediante oficio número PM/075/2012

de fecha 16 de noviembre del 2012, con lo cual se da cumplimiento a los requisitos señalados

en el Artículo 34, primer párrafo del Reglamento Interno de la Contraloría del Municipio de El

Marqués, Qro…”

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó por Unanimidad del Pleno del H.

Ayuntamiento de El Marqués, en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 17 de

diciembre del 2012, el siguiente:

“…ACUERDO:

PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de El Marques, señala parcialmente cumplida, la obligación

establecida en la fracción I, del Artículo 8, del Reglamento Interior de la Contraloría del

Municipio de El Marqués, Qro., al tener por presente por conducto del Presidente Municipal

Constitucional, y en conocimiento, el Programa Anual de Auditorias a realizarse en la

anualidad 2013.

SEGUNDO.- El H. Ayuntamiento de El Marques, se reserva el tener por cumplido totalmente,

la obligación descrita en el numeral referido en el punto de Acuerdo próximo anterior, hasta

en tanto no sea presentado a éste Órgano Colegiado, el Plan de Trabajo Anual de la

Contraloría Municipal 2013.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese por una sola ocasión en la “Gaceta Municipal” del Municipio de El

Marqués, Qro.

SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento para que notifique el presente

Acuerdo a la Contraloría Municipal para su conocimiento e irrestricto cumplimiento…”

ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.

DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS DIECISIETE DIAS DEL

MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

RÚBRICA

UNICA PUBLICACIÓN

ACUERDO QUE AUTORIZA LA ADHESIÓN DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES, QRO., AL CONVENIO DE COORDINACIÓN CELEBRADO ENTRE EL EJECUTIVO FEDERAL Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO. (UNICA PUBLICACION).

Page 5: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-2015 5

EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL

ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE

QUERETARO.

C E R T I F I C A

Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 17 de diciembre de dos mil doce, el H.

Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó por Unanimidad el Acuerdo que

autoriza la Adhesión del Municipio de El Marques, Qro., al Convenio de Coordinación

celebrado entre el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Querétaro, el cual señala:

“…CONSIDERANDO

1.- Que como se contempla en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, los municipios tienen a su cargo la prestación de diversos servicios públicos

encontrando dentro de las fases de dicha prestación la creación de obras en beneficio de la

colectividad, por lo que la obra pública es un clamor generalizado de los gobernados y una

obligación Constitucional de la autoridad municipal.

2.- Que el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos

Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua y el Ejecutivo del Estado de Querétaro,

suscribieron en fecha 10 de marzo de 2009, el Convenio de Coordinación con el objeto de

impulsar el Federalismo, mediante la conjunción de acciones y la descentralización de agua

potable, alcantarillado y saneamiento a la entidad y fomentar el desarrollo regional.

3.- Que derivado de dicho Acuerdo, mediante recursos federales y estatales se realizan

anualmente obras en distintas localidades de los Municipios del Estado de Querétaro

mediante el programa para la “Construcción y Rehabilitación de Sistemas de Agua Potable y

Saneamiento en Zonas Rurales”, del cual la Comisión Nacional del Agua es el ente normativo

de dicho programa y la Comisión Estatal de Aguas de Querétaro, el ente ejecutor.

4.- Que la Comisión Estatal de Aguas tiene programado ejecutar bajo el esquema del

Programa para la “Construcción y Rehabilitación de Sistemas de Agua Potable y

Saneamiento en Zonas Rurales III 2012”, el Equipamiento electromecánico, construcción de

línea de conducción y arreglo de conjunto de pozo en Santa María de los Baños, Municipio de

El Marqués, Qro., con un monto de inversión de $8,209,943.06 (OCHO MILLONES DOSCIENTOS

NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS 06/100 M.N.).

5.- Que mediante oficio número VE/4114/12 de fecha 20 de noviembre del 2012, suscrito por

el Lic. Habib Abraham Wejebe Moctezuma, Vocal Ejecutivo de la Comisión Estatal de Aguas, se

notifica a la Presidencia Municipal de El Marqués, Qro., la propuesta de obra descrita en el

Considerando inmediato anterior, y se requiere para su aplicación, la adhesión de éste

Municipio al Convenio de Coordinación celebrado por el Ejecutivo Federal por conducto de la

Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del

Agua y el Ejecutivo del Estado de Querétaro Arteaga, firmado en fecha 10 de marzo del 2009,

y al Anexo de ejecución modificatorio derivado, número II.-01/12 firmado con fecha 23 de

julio de 2012.

6.- Que mediante oficio SAY/179/2012-2013 de fecha 10 de diciembre del 2012, el Lic. Rafael

Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del Ayuntamiento, por instrucciones del L.A.E.

Enrique Vega Carriles, Presidente Municipal, turnó a las Comisiones de Obras y Servicios

Públicos la solicitud del Lic. Habib Abraham Wejebe Moctezuma, Vocal Ejecutivo de la

Comisión Estatal de Aguas, descritas en el CONSIDERANDO anterior, para que se realice su

análisis y resuelvan en consecuencia.

7.- Que los beneficios que se obtienen con la adherencia a éste Convenio de Coordinación,

redunda en la realización de la obra consistente en el Equipamiento electromecánico,

construcción de línea de conducción y arreglo de conjunto de pozo en Santa María de los

Baños, Municipio de El Marqués, Qro., lo cual, al tratarse de obra pública repercute en el

bienestar de la colectividad de esa zona del Municipio…”

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó por Unanimidad del Pleno del H.

Ayuntamiento de El Marqués, en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 17 de

diciembre del 2012, el siguiente:

“…ACUERDO:

PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., aprueba se suscriba la adhesión de éste

Municipio al Convenio de Coordinación celebrado por el Ejecutivo Federal por conducto de la

Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del

Agua y el Ejecutivo del Estado de Querétaro, firmado en fecha 10 de marzo del 2009, y al

Anexo de ejecución modificatorio derivado, número II.-01/12 firmado con fecha 23 de julio de

2012, autorizando para tal efecto al L.A.E. Enrique Vega Carriles, Presidente Municipal, para

suscribir la correspondiente carta de adhesión.

SEGUNDO.- A efecto de acatar lo estipulado en las Reglas de Operación del Convenio de

Coordinación y su anexo descrito en el punto anterior, se compromete el Municipio a cumplir

con lo establecido en las Reglas de Operación para los Programas de Infraestructura

Hidroagrícola, y de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión

Nacional del Agua y en el Manual de Operación y Procedimientos del Programa para la

Construcción y Rehabilitación de Sistemas de Agua Potable y Saneamiento en Zonas Rurales;

también denominado por el BID Programa para la sostenibilidad de los Servicios de Agua

Potable y Saneamiento en Comunidades Rurales III PROSSAPYS III; así como cumplir lo

establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012,

publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2011.

TERCERO.- Conforme a las Reglas de Operación del Convenio de Coordinación y su anexo, el

Municipio, en el ámbito de su respectiva competencia, se compromete a la adecuada

utilización y administración de los recursos financieros y materiales autorizados para la

ejecución de las acciones definidas en el Anexo Técnico del Anexo de Ejecución referido; así

como continuar apoyando a las comunidades rurales beneficiadas para asegurar la

sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento, en el entendido de que los

recursos presupuestales no pierden su carácter federal y su ejercicio se regirá bajo la

Legislación Federal aplicable en la materia, y en consecuencia, son sujetos de las acciones de

control, vigilancia y evaluación por parte de las instancias federales y estatales facultadas

para tal efecto.

CUARTO.- Que los beneficios que se obtienen con la adherencia a éste Convenio de

Coordinación, serán la realización de la obra consistente en el Equipamiento

electromecánico, construcción de línea de conducción y arreglo de conjunto de pozo en

Santa María de los Baños, Municipio de El Marqués, Qro., lo cual, al tratarse de obra pública

repercute en el bienestar de la colectividad de esa zona del Municipio.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación.

SEGUNDO.- Publíquese por una sola ocasión en el Periódico Oficial del Estado de Querétaro,

“La Sombra de Arteaga” y en la “Gaceta Municipal” de El Marqués, Qro.

Page 6: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-20156

TERCERO.- Remítase la Carta de Adhesión y la certificación debidamente suscritas a la

Comisión Estatal de Aguas para el cumplimiento del presente acuerdo.

CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento a efecto de que se notifique el

presente a la Secretaría de Administración y a la Dirección de Obras Públicas Municipales…”

ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.

DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS DIECISIETE DIAS DEL

MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

RÚBRICA

UNICA PUBLICACIÓN

PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QUERÉTARO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013. (UNICA PUBLICACION).

EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL

ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE

QUERETARO.

C E R T I F I C A

Que en Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 17 de diciembre de dos mil doce, el H.

Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó por Unanimidad el Presupuesto de

Egresos del Municipio de El Marqués, Querétaro, para el Ejercicio Fiscal 2013; el cual

señala:

“…CONSIDERANDO:

1.- Que el Presupuesto de Egresos constituye una expresión económica de la política

municipal, la organización de las estrategias en función de las prioridades y la forma

ordenada de disponer y controlar los recursos.

2.- Que el Presupuesto de Egresos tiene como referencia una estructura programática que

refleja el sentido de la acción municipal que se traduce del Plan Municipal de Desarrollo

2012-2015.

3.- Que el Presupuesto de Egresos es el documento que establece los gastos Públicos que

tendrán vigencia durante un ejercicio fiscal determinado, siendo este el medio por el cual el

Municipio establece la manera de solventar los gastos de su administración.

4.- Que el Presupuesto de Egresos para el año 2013 es un plan financiero de las acciones a

realizar por la Administración Municipal para el periodo comprendido del 1º de enero al 31 de

diciembre del 2013 y de la aplicación del Plan Municipal de Desarrollo; con base en el

principio de equilibrio presupuestal contenido en el artículo 115 Constitucional.

5.- Que la formulación del Presupuesto de Egresos se realizó tomando en cuenta los ingresos

previstos en la Ley de Ingresos 2013 por lo que su monto asciende a la cantidad de

$617’454,999.00 (Seiscientos Diecisiete Millones Cuatrocientos Cincuenta y Cuatro Mil

Novecientos Noventa y Nueve Pesos 00/100 M.N)

6.- Que el Presupuesto de Egresos para el Año 2013(documento que se anexa al presente,

formando parte del mismo), se presenta en partidas específicas y detalladas, las cuales se

encuentran agrupadas en dos grandes apartados, el de Gasto Administrativo y el de Gasto

Social.

7.- Que el Gasto de Administración, corresponde a las erogaciones que se requieren para la

operación del Municipio, conteniendo los siguientes conceptos:

a) SERVICIOS PERSONALES. En este rubro se contemplan los sueldos ordinarios, dietas,

aguinaldos y prima vacacional entre otros gastos, el cual asciende a la cantidad de

$262’759,546.00 (Doscientos Sesenta y Dos Millones Setecientos Cincuenta y Nueve Mil

Quinientos Cuarenta y Seis Pesos 00/100 M.N.). Dicho epígrafe se divide en Gasto

Administrativo con un importe de $23’362,833.00 y Gasto Social con un importe de

$239’396,713.00

b) MATERIALES Y SUMINISTROS. Dentro de éste título, se encuentran los siguientes

conceptos: papelería y artículos de escritorio, materiales de limpieza, combustibles, materiales

de trabajo, combustibles y otros materiales y suministros, partida que asciende a la cantidad

de $18’312,972.00 (Dieciocho Millones Trescientos Doce Mil Novecientos Setenta y Dos Pesos

00/100 M.N.).

8.- Que en Gasto Social, se destinan recursos para los objetos del gasto siguientes:

a) SERVICIOS GENERALES. En ésta sección se contemplan los servicios básicos de

arrendamiento, servicios de difusión e información, actividades cívicas y oficiales, asesorías,

estudios e investigación, servicios de seguros patrimoniales, mantenimiento y conservación

de inmuebles, equipos y vehículos, entre otros, servicios que ascienden en cantidad de

$76’250,190.00 (Setenta y Seis Millones Doscientos Cincuenta Mil Ciento Noventa Pesos

00/100 M.N.).

b) TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS. Este rubro

comprende aspectos culturales y sociales, subsidio al DIF Municipal, amparos DAP, y atención

a aspectos de la sociedad vulnerable, cuyo monto asciende la cantidad de $78’044,375.00

(Sesenta y Ocho Millones Cuarenta y Cuatro Mil Trescientos Setenta y Cinco Pesos 00/100

M.N.).

c) BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES. Adquisiciones para la prestación de los

servicios a cargo de la Administración Pública Municipal ,las cuales ascienden en cantidad de

$13’788,821.00 (Trece Millones Setecientos Ochenta y Ocho Mil Ochocientos Veintiún Pesos

00/100 M.N.).

d) INVERSIÓN PÚBLICA. En éste epígrafe se destinará un total de $145´978,544.00 (Ciento

Cuarenta y Cinco Millones Novecientos Setenta y Ocho Mil Quinientos Cuarenta y Cuatro

Pesos 00/100 M.N.).

9.- DEUDA PÚBLICA. En este rubro contempla el pago de amortizaciones, comisiones e

intereses de Empréstitos, adeudos de ejercicios fiscales anteriores, así como amparos del DAP

de ejercicios anteriores, cuyo importe asciende la cantidad de $22´320,551.00 (Veintidós

Millones Trescientos Veinte Mil Quinientos Cincuenta y Un Pesos 00/100 M.N.).

10.- Que el Presupuesto de Egresos 2013 se elaboró tomando como base las necesidades

Page 7: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-2015 7

reales mínimas consideradas por cada dependencia para la realización de sus funciones, de

acuerdo al Plan Municipal de Desarrollo , expresa un equilibrio de los egresos con respecto a

los ingresos, siendo de destacarse que con los ingresos propios de Municipio se cubren

suficientemente los gastos de administración y el remanente de estos ingresos, así como el

total de las participaciones federales se destinan al gasto social.

Lo anterior, sin considerar parte de los recursos provenientes de los programas federales y

estatales que con alta probabilidad llegarán, complementos de HABITAT; Programa de

Rescate de Espacios Públicos; FAM Básico, DEZOP, Programas de obra pública conjunta con

Gobierno del Estado y Federal; programas que mejorarán la proporción para la inversión de

obra pública y para el gasto social del Municipio.

11.- Que mediante oficio número SFT/0229/2012, de fecha 30 de Noviembre del 2012, la C.P.

Norma Patricia Hernández Barrera, Secretario de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal,

remite al Lic. Rafael Fernández de Cevallos Y Castañeda, Secretario del Ayuntamiento, en

medio escrito y electrónico, el Proyecto de “Presupuesto de Egresos del Municipio de El

Marqués, para el Ejercicio Fiscal 2013”, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo

110, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.

12.- Que mediante oficio de fecha 30 de noviembre del 2012, suscrito por el Lic. Rafael

Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del Ayuntamiento, se realizó la Presentación al

H. Ayuntamiento, del Proyecto de “Presupuesto de Egresos del Municipio de El Marqués, para el

Ejercicio Fiscal 2013”.

13.- Que en acato a lo establecido en el Artículo 111, de la Ley Orgánica Municipal del Estado

de Querétaro, el H. Ayuntamiento de El Marqués por conducto del Secretario del

Ayuntamiento, mediante oficio SAY/0291/2012-2013, de fecha 30 de noviembre del 2012,

turnó a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública el Proyecto de “Presupuesto de

Egresos del Municipio de El Marqués, para el Ejercicio Fiscal 2013”, para su estudio y emisión de

dictamen respectivo…”

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó por Unanimidad del Pleno del H.

Ayuntamiento de El Marqués, en Sesión Extraordinaria de Cabildo celebrada el 17 de

diciembre del 2012, el siguiente:

“…ACUERDO:

UNICO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués aprueba el Presupuesto de Egresos del Municipio

de El Marqués, Querétaro, para el Ejercicio Fiscal 2013, en los términos siguientes:

MUNICIPIO EL MARQUÉS

SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS Y TESORERIA MUNICIPAL

PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS

EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2013

EGRESOS IMPORTE % SERVICIOS PERSONALES 23’362,833.00 3.78 MATERIALES Y SUMINISTROS 18’312,972.00 2.97 GASTO ADMINISTRATIVO 41’675,805.00 6.75 SERVICIOS PERSONALES 239’396,713.00 38.77 SERVICIOS GENERALES 76’250,190.00 12.35 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 78’044,375.00 12.64 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 13’788,821.00 2.23 INVERSIÓN PUBLICA 145’978,544.00 23.64 DEUDA PÚBLICA 22’320,551.00 3.62 GASTO SOCIAL 575’779.194.00 93.25 TOTAL EGRESOS 617’454,999.00 100.00

CLAVE CONCEPTO TOTALES

1000 SERVICIOS PERSONALES 262,759,546 1100 REMUNERACION AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE 150,554,100 111 DIETAS 7,087,600 1111 DIETAS 7,087,600 113 SUELDOS BASE AL PERSONAL PERMANENTE 143,466,500 1131 SUELDOS BASE AL PERSONAL PERMANENTE 143,466,500 1200 REMUNERACION AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO 9,895,512 121 HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS 0 1211 HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS 0 122 SUELDO BASE AL PERSONAL EVENTUAL 9,895,512 1221 SALARIOS AL PERSONAL EVENTUAL Y LISTA DE RAYA 9,895,512 1300 REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES 47,895,510 131 PRIMAS POR AÑOS DE SERVICIO EFECTIVOS PRESTADOS 2,038,133 1311 QUINQUENIOS 2,038,133 132 PRIMAS VACACIONALES, DOMINICAL Y GRATIFICACION DE FIN DE AÑO 45,857,377 1321 PRIMA VACACIONAL 8,656,861 1322 AGUINALDO 32,620,055 1323 COMPENSACION POR SERVICIOS ESPECIALES 4,034,358 1324 PRIMAS DE ANTIGÜEDAD 25,954 1325 PRIMA DOMINICAL 62,554 1326 BONOS DE PRODUCTIVIDAD 457,595 133 HORAS EXTRAORDINARIAS 0 1331 REMUNERACIONES POR HORAS EXTRAORDINARIAS 0 1400 SEGURIDAD SOCIAL 1,181,226 142 APORTACIONES A FONDO DE VIVIENDA 1,181,226 1421 INFONAVIT 1,181,226 1500 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS 53,233,198 152 INDEMNIZACIONES 12,483,128 1521 LIQUIDACIONES POR INDEMNIZACIONES Y POR SUELDOS Y SALARIOS CAIDOS 12,483,128 153 PRESTACIONES Y HABERES DE RETIRO 2,294,612 1531 CUOTAS DE PENSIONES 2,294,612 154 PRESTACIONES CONTRACTUALES 37,002,977 1541 OTRAS PRESTACIONES 37,002,977 159 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONÓMICAS 1,452,481 1591 PAGO DE MARCHA 41,911 1592 APOYO PARA TRANSPORTE 323,130 1593 APOYO PARA DESPENSA 1,087,440 2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 18,312,972

2100 MATERIALES DE ADMINISTRACIÓN, EMISIÓN DE DOCUMENTOS Y ARTÍCULOS OFICIALES 3,196,285

211 MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA 2,449,415 2111 MATERIAL Y UTILES DE OFICINA 582,100 2112 MATERIAL DE TRABAJO 1,867,315

214 MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACIONES 431,804

2141 MATERIALES Y UTILES PARA EQUIPO INFORMATICO CONSUMIBLES 431,804 216 MATERIAL DE LIMPIEZA 315,066 2161 MATERIAL DE LIMPIEZA 315,066 2400 MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION 1,199,426 242 CEMENTO Y PRODUCTOS DE CONCRETO 0 2421 MATERIALES DE CONSTRUCCION 0 246 MATERIAL ELECTRICO Y ELECTRONICO 1,199,426 2461 MATERIAL ELECTRICO Y ELECTRONICO 1,199,426 248 MATERIALES COMPLEMENTARIOS 0 2481 MATERIALES COMPLEMENTARIOS 0 2500 PRODUCTOS QUIMICOS, FARMACEUTICOS Y DE LABORATORIO 0 251 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS 0 2511 SUSTANCIAS QUIMICAS 0 253 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS 0 2531 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS 0 254 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS 0 2541 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MEDICOS 0 2600 COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS 13,917,261 261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS 13,917,261 2611 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS 13,917,261

2700 VESTUARIO, BLANCOS Y PRENDAS DE PROTECCION Y ARTICULOS DEPORTIVOS 0

271 VESTUARIO Y UNIFORMES 0 2711 VESTUARIO, UNIFORMES Y BLANCOS 0 2800 MATERIALES EXPLOSIVOS Y DE SEGURIDAD PUBLICA 0 282 MATERIALES DE SEGURIDAD PUBLICA 0 2821 MATERIALES DE SEGURIDAD PUBLICA 0 2900 REFACCIONES, ACCESORIOS Y HERRAMIENTAS MENORES 0 291 HERRAMIENTAS MENORES 0 2911 REFACCIONES, ACCESORIOS Y HERRAMIENTAS 0 3000 SERVICIOS GENERALES 76,250,190 3100 SERVICIOS BASICOS 11,301,270 311 ENERGIA ELECTRICA 3,334,525 3111 SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA 3,334,525 313 AGUA 5,542,348 3131 SERVICIO DE AGUA 5,542,348 314 TELEFONÍA TRADICONAL 2,424,397 3141 SERVICIO TELEFONICO CONVENCIONAL 2,424,397 319 SERVICIOS INTEGRALES Y OTROS SERVICIOS 0 3191 SERVICIOS DE CONDUCCION DE SEÑALES ANALOGICAS Y DIGITALES 0 3200 SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO 30,714,180 322 ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS 1,406,174 3221 ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES 1,406,174 329 OTROS ARRENDAMIENTOS 29,308,006 3291 ARRENDAMIENTOS ESPECIALES 29,308,006 3292 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE SERVICIOS 0 3300 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTIFICOS, TECNICOS Y OTROS SERVICIOS 5,307,967 331 SERVICIOS LEGALES, DE CONTABILIDAD, AUDITORIA Y RELACIONADOS 5,057,967 3311 ASESORIA 4,279,451 3312 SERVICIOS JUDICIALES Y NOTARIALES 778,516

333 SERVICIOS DE CONSULTORÍA ADMINISTRATIVA, PROCESOS, TÉCNICA Y EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN 250,000

3311 SERVICIOS DE INFORMATICA 250,000 334 SERVICIOS DE CAPACITACION 0 3341 CAPACITACION 0 335 SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DESARROLLO 0 3351 ESTUDIOS E INVESTIGACIONES 0

Page 8: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-20158

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día 01 de enero del 2013.

SEGUNDO.- Publíquese por una sola ocasión el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del

Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga” y en la Gaceta Municipal de El

Marqués, Qro., y un resumen ejecutivo en un periódico de mayor circulación en el Estado de

Querétaro y en el Municipio de El Marqués, dentro de los diez días hábiles contados a partir de

su aprobación.

TERCERO.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento a efecto de que remita copia

certificada del presente a la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro, y a la

Secretaría de Planeación y Finanzas Públicas del Estado de Querétaro.

CUARTO.- Notifíquese el presente para su cumplimiento a la Secretaría de Finanzas Públicas y

Tesorería Municipal, a la Contraloría Municipal y a la Dirección de Comunicación Social…”

ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.

DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS DIECISIETE DIAS DEL

MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

RÚBRICA

UNICA PUBLICACIÓN

ACUERDO QUE AUTORIZA EL CAMBIO DE USO DE SUELO DE PROTECCIÓN ECOLÓGICA AGRÍCOLA INTENSIVA (PEAI), A USO DE SUELO DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, RESPECTO DEL PREDIO IDENTIFICADO COMO FRACCIÓN DEL PREDIO RÚSTICO DENOMINADO CALAMANDA, PERTENECIENTE A ÉSTE MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO., CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 617,047.17 M2.(PRIMERA PUBLICACION).

EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL

ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE

QUERETARO.

C E R T I F I C A

Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 05 de diciembre de dos mil doce, el H.

Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó por Unanimidad el Acuerdo que

autoriza el Cambio de Uso de Suelo de Protección Ecológica Agrícola Intensiva (PEAI), a

Uso de suelo de Industria y Servicios, respecto del predio identificado como Fracción del

Predio Rústico denominado Calamanda, perteneciente a éste Municipio de El Marqués,

Qro., con una superficie total de 617,047.17 m2., el cual señala:

“…ANTECEDENTES:

3400 SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES 6,540,447 341 SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS 647,636 3411 INTERESES, DESCUENTOS Y OTROS SERV. BANCARIOS 647,636 345 SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES 5,892,811 3451 SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES 5,892,811

3500 SERVICIOS DE INSTALACIÓN, REPARACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN 3,050,144

351 CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO MENOR DE INMUEBLES 0 3511 MANTENIMIENTO Y CONSERV. DE INMUEBLES 0

352 INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y RECREATIVO 0

3521 MANTENIMIENTO Y CONSERV. DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION 0

353 INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN 0

3531 MANTENIMIENTO Y CONSERV. DE BIENES INFORMATICOS 0 355 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE 3,050,144 3551 MANTENIMIENTO EQUIPO DE TRANSPORTE 2,889,055 3552 TENENCIAS Y GASTOS DE VERIFICACION 161,089

357 INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTA 0

3571 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO 0 3600 SERVICIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y PUBLICIDAD 9,640,675

361 DIFUSIÓN POR RADIO, TELEVISIÓN Y OTROS MEDIOS DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES 9,640,675

3611 IMPRESIONES Y PUBLICACIONES OFICIALES 556,800 3612 GASTOS DE PROPAGANDA Y PROMOCION 9,083,875 369 OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN 0 3691 OTROS GASTOS DE PUBLICACION, DIFUSION E INFORMACION 0 3800 SERVICIOS OFICIALES 4,523,078 381 GASTOS DE CEREMONIAL 1,166,337 3811 GASTOS DE CEREMONIAL 1,166,337 382 GASTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL 451,663 3821 ACTIVIDADES CIVICAS Y FESTIVIDADES 451,663 385 GASTOS DE REPRESENTACIÓN 2,905,078 3851 ATENCION A VISITANTES Y FUNCIONARIOS 2,905,078 3900 OTROS SERVISIOS GENERALES 5,172,429 395 PENAS, MULTAS, ACCESORIOS Y ACTUALIZACIONES. 513,329 3951 PENAS, MULTAS, ACCESORIOS Y ACTUALIZACIONES. 513,329

398 IMPUESTO SOBRE NOMINAS Y OTROS QUE SE DERIVEN DE UNA RELACION LABORAL 4,659,100

3981 IMPUESTO SOBRE NOMINAS 4,659,100 4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 78,044,375 4300 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES 51,462,512 431 SUBSIDIOS A LA PRODUCCIÓN 6,305,558 4311 SUBSIDIOS A LA AGRICULTURA, INDUSTRIA Y COMERCIO 6,305,558 439 OTROS SUBSIDIOS 45,156,954 4391 SUBSIDIO AL DIF 35,000,000 4392 TRANSFERENCIAS CONTINGENTES 10,156,954 4400 AYUDAS SOCIALES 26,581,863 441 AYUDAS SOCIALES A PERSONAS 26,581,863 4411 AYUDAS CULTURALES Y SOCIALES 26,581,863 5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 13,788,821 5100 MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINSTRACION 4,750,000 511 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA 0 5111 MOBILIARIO 0 515 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN 4,550,000 5151 BIENES INFORMATICOS 4,550,000 519 OTROS MOBILIARIOS Y EQUIPO DE ADMINISTRACION 200,000 5191 EQUIPO DE ADMINISTRACION 200,000 5300 EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO 0 531 EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO 0 5311 EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO 0 532 INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO 0 5321 INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO 0 5400 VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE 9,038,821 541 VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRE 9,038,821 5411 VEHICULOS Y EQUIPO TERRESTRE 9,038,821 5651 EQUIPO Y APARATOS DE COMUN. Y TELECOMUNICACION 0 5800 BIENES INMUEBLES 0 581 TERRENOS 0 5811 TERRENOS(DOMINIO PRIVADO) 0 6000 INVERSION PUBLICA 145,978,544 6100 OBRAS PÚBLICAS EN BIENES DE DOMINIO PÚBLICO 22,786,014

613 CONSTRUCCION DE OBRAS PARA EL ABASTECIMIENTO DE AGUA, PETRÓLEO, GAS, ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIÓN 22,786,014

6131 OBRAS PUBLICAS POR CONTRATO FISM 22,786,014 614 DIVISIÓN DE TERRENOS Y CONSTRUCCION DE OBRAS DE URBANIZACION 23,358,532 6141 OBRAS PUBLICAS POR ADMINISTRACION 22,500,000 6142 OBRAS PUBLICAS POR CONTRATO FORTAMUN 858,532 6300 PROYECTOS PRODUCTIVOS Y ACCIONES DE FOMENTO 99,833,998

632 EJECUCION DE PROYECTOS PRODUCTIVOS NO INCLUIDOS EN CONCEPTOS ANTERIORES DE ESTE CAPITULO 99,833,998

6321 OBRAS POR RECURSO FEDERAL INCLUYE CONVENIOS 99,833,998 9000 DEUDA PUBLICA. 22,320,551 9100 AMORTIZACION DE LA DEUDA PUBLICA 14,164,823 911 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA INTERNA CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO 14,164,823 9111 AMORTIZACION DE LA DEUDA PÚBLICA 14,164,823 9200 INTERESES DE LA DEUDA PUBLICA 6,286,502 921 INTERESES DE LA DEUDA INTERNA CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO 6,286,502 9211 INTERESES DE LA DEUDA PÚBLICA 6,286,502 9300 COMISIONES DE LA DEUDA PÚBLICA 1,226,978 931 COMISIONES DE LA DEUDA PÚBLICA INTERNA 1,226,978 9311 COMISIONES Y GASTOS DE LA DEUDA PÚBLICA 1,226,978 9900 ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES ( ADEFAS ) 642,248 991 ADEFAS 642,248 9911 ADEFAS 642,248 TOTALES 617,454,999

Page 9: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-2015 9

1.- Que en fecha 21 de noviembre del 2012, se recibió en la oficina de la Secretaría del

Ayuntamiento, escrito suscrito por el Lic. José Luis Álvarez Montes, Apoderado Legal de las CC.

Karina María de Guadalupe y Liliana de Apellidos Álvarez Montes, mediante el cual solicita se

autorice el Cambio de Uso de Suelo para Industria y Servicios (IS), para un predio propiedad de

sus representadas, consistente en 6 fracciones con las siguientes superficies: 247,547.13 m2.,

102,072.04 m2., 120,000.00 m2., 56,448.04 m2., 11,893.18 m2., y 79,086.76m2; identificado

como Fracción del Predio Rústico denominado Calamanda, perteneciente a éste Municipio de

El Marqués, Qro., con una superficie total de 617,047.17 m2.

2.- Que mediante Oficio número SAY/198/2012 de fecha 22 de noviembre del 2012, el Lic.

Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del H. Ayuntamiento, remite a la

Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, el expediente relativo a la solicitud del Lic. José Luis

Álvarez Montes, Representante Legal de la Copropiedad, relativa a la solicitud de Cambio de

Uso de Suelo para Industria y Servicios (IS), para un predio con una superficie total de

617,047.17 m2., mismo que derivado de las afectaciones se conforma de varias fracciones

ubicado en la “Ex Hacienda Calamanda”; perteneciente a éste Municipio de El Marqués, Qro.,

para efectos de emitir su opinión técnica correspondiente, conforme a lo establecido en el

artículo 8, fracción I, del Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio para

el Municipio de El Marqués, Qro.

3.- Que se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento en fecha 26 de noviembre del presente

año, Dictamen Técnico con número de folio 029/12, suscrito por el Lic. Arturo D. Díaz Sibaja,

Director de Desarrollo Urbano Municipal, relativo a la petición presentada por Lic. José Luis

Álvarez Montes, Apoderado Legal de las CC. Karina María de Guadalupe y Liliana de Apellidos

Álvarez Montes, mediante el cual solicita se autorice el Cambio de Uso de Suelo para Industria

y Servicios (IS), para un predio propiedad de sus representadas, consistente en 6 fracciones con

las siguientes superficies: 247,547.13 m2., 102,072.04 m2., 120,000.00 m2., 56,448.04 m2.,

11,893.18 m2., y 79,086.76m2; identificado como Fracción del Predio Rústico denominado

Calamanda, perteneciente a éste Municipio de El Marqués, Qro., con una superficie total de

617,047.17 m2, el cual se transcribe a continuación en su parte esencial:

“…ANTECEDENTES:

1.- Mediante el Oficio No. SAY/198/2012 de fecha 22 de noviembre del 2012, el Secretario del H.

Ayuntamiento remite copia del escrito suscrito por el Lic. José Luis Álvarez Montes,

Representante Legal de la Copropiedad, en el cual solicita el Cambio de Uso de Suelo para

Industria y Servicios (IS), para un predio consistente con una superficie total de 617,047.17

m2., mismo que derivado de las afectaciones se conforma de varias fracciones ubicado en la

“Ex Hacienda Calamanda”; perteneciente a este Municipio de El Marqués, Qro.

2.- Mediante Escrito de fecha 21 de noviembre del 2012, el Lic. José Luis Álvarez Montes,

Representante Legal de la Copropiedad, remite al H. Ayuntamiento su solicitud del Cambio de

Uso para 6 fracciones, que actualmente tienen uso de suelo agrícola y que se tiene la

intención de llevar a cabo el Cambio de Uso de Suelo Industria y Servicios (IS), haciendo

mención que el predio inicialmente conformaba una sola unidad topográfica con una

superficie total de 617,047.17 m2.

3.- Mediante Escrito de fecha 23 de noviembre del 2012, dirigido al Lic. Rafael Fernández de

Cevallos y Castañeda, Secretario del H. Ayuntamiento; el Lic. José Luis Álvarez Montes,

Representante Legal de la Copropiedad, remite información complementaria a la ingresada

anteriormente respecto a su solicitud de Cambio de Uso de Suelo, la cual se anexa.

Anexando la siguiente documentación:

a) Copia del Oficio DDU/DPVU/4070/2012 de fecha 23 de noviembre del 2012,

mediante el cual la Dirección de Desarrollo Urbano informa al Lic. José Luis Álvarez Montes,

Representante Legal de las Copropiedad, sobre revisión realizada al Estudio de Impacto

Urbano haciéndole entrega de las observaciones realizadas al mismo.

b) Copia de los Certificados de Propiedad de fecha 22 de noviembre del 2012,

suscritos por el Lic. Mario Alberto López Ramírez, Subdirector del Registro Público de la

Propiedad y del Comercio en Querétaro; mismo que CERTIFICA que las Inscripciones que con

los folios: 443819, 443824, 443820, 443823, 443821y 443822; corresponden a los inmuebles

identificados como: fracción1, fracción 2, fracción 6, fracción 7, fracción 8 y fracción 9; con

superficies de 247,547.12m2., 11,893.18m2., 102,072.04 m2., 79,086.76m2., 120,000.00m2., y

56,448.04m2., respectivamente mismas que se describen y que se encuentran vigentes a la

fecha, sin que exista en las mismas alguna anotación marginal.

c) Copia del Oficio DDU/DPUP/4044/2012 de fecha 20 de noviembre del 2012,

suscrito por el Lic. Arturo Díaz Sibaja, Director de la Desarrollo Urbano Municipal; mediante el

cual se emite el Informe de Uso de Suelo, para un predio consistente en 6 fracciones

resultantes de la subdivisión de predios DDU/DL/1331/2007, Folio: 043/2007 de fecha 31 de

octubre de 2007, identificado como Fracción del predio rústico denominado Calamanda.

d) Copia del Escrito de fecha 21 de noviembre del 2012, dirigido al Ing. Gregorio

Peláez Velázquez, Secretario de Desarrollo Sustentable suscrito por el C. José Luis Álvarez

Montes, Representante Legal de la Copropiedad, quién solicita la Evaluación y Autorización en

Materia de Impacto Ambiental del proyecto “Industrial Comercial y Habitacional-

Calamanda”, que se pretende desarrollar en el predio ubicado en las Fracciones A, B, C y D, Ex

Hacienda de Calamanda, perteneciente a este Municipio de El Marqués.

e) Copia Simple de la Escritura Pública Número 19,395 de fecha 16 de julio del 2012;

celebrada ante el Lic. Francisco Pérez Rojas, Notario Público Titular de la Notaría Número 2 en

la que se hace constar la Protocolización del Oficio DDU/DL/1331/2007 y Plano de Subdivisión

Respectivo a solicitud de su propietaria la C. Ma. Guadalupe Montes Lara; respecto al predio

descrito y deslindado en los Antecedentes Punto II y III de la misma; la cual ha quedado

inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo los folios inmobiliarios: 00443819/0002 al

00443827/0002 de fecha 16 de julio del 2012.

f) Copia Simple de la Escritura Pública Número 19,376 de fecha 09 de julio del 2012;

celebrada ante el Lic. Francisco Pérez Rojas, Notario Público Titular de la Notaría Número 2 en

la que se hace constar el Poder General para Pleitos y Cobranzas y Actos de Administración, a

favor del C. José Luis Álvarez Montes en donde COMPARECEN las CC. Karina María de

Guadalupe y Liliana Álvarez Montes; para que lo ejerza únicamente sobre 6 fracciones

ubicadas en el inmueble identificado como Predio Rústico denominado Calamanda, del

Municipio de El Marqués.

g) Copia del Oficio Número F.22.01.02/1200/2012 de fecha 22 de junio del 2012;

suscrito por el Dr. Gerardo Serrato Ángeles, Delegado Federal de la Secretaría del Medio

Ambiente y Recursos Naturales; quién informa que respecto al Dictamen de Competencia

solicitado sobre el Predio Rústico denominado Calamanda perteneciente a este Municipio de

El Marqués, Qro., el cual cuenta con una superficie de 65-57-00Has., esa Delegación Federal

no cuenta con las facultades para expedir los dictámenes de esa naturaleza a los particulares;

por lo que deberá dar cumplimiento al Art. 7º., de la Ley General de Desarrollo Forestal

Sustentable.

h) Copia Simple de la Escritura Pública Número 17,998 de fecha 20 de mayo del

2011; celebrada ante el Lic. Antonio Pérez A. de la Peña, Notario Público Titular de la Notaría

Número 2 en la que se hace constar el Contrato de Compraventa en donde comparece como

VENDEDORA la C. Ma. Guadalupe Montes Lara y como COMPRADORES los C. Karina María de

Page 10: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-201510

Guadalupe Álvarez Montes, Liliana Álvarez Montes y José Luis Álvarez Montes respecto al

predio descrito y deslindado en los Antecedente Punto I y II de la misma; la cual ha quedado

inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo los folios inmobiliarios: 00443819/0002 al

00443824/0002 de fecha 29 de octubre del 2012.

i) Copia de la Resolución: BOO.E.56.1.-1948 de fecha 30 de septiembre del 2009;

suscrita por el Ing. Sergio Loustaunau Velarde, Director Local de la Comisión Nacional del

Agua adscrita a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales; mediante la cual se

informa que respecto a la Solicitud de Trámite de Prorroga de los Títulos de Concesión,

Asignación y /o Permisos de Descarga, del Título de Concesión Número

4QRO100961/12AMGE94; se resuelve PROCEDENTE otorgar la prórroga solicitada por quince

años a partir del 25 de octubre de 2009; mismo que ha quedado inscrito en el Registro Público

de Derechos de Agua con el número de registro 00961 de fecha 28 de mayo del 2012.

j) Copia del Oficio DDU/DL/1331/2007, Folio: 093/2007 de fecha 31 de octubre de

2007, suscrito por el Lic. Arturo Díaz Sibaja, Director de la Desarrollo Urbano Municipal;

mediante el cual se autoriza la Subdivisión del predio Rústico denominado Calamanda, con

clave catastral 110301265325999, con una superficie total de 617,047.17 m2., en seis

fracciones con las siguientes superficies: 247,547.13 m2., 102,072.04 m2., 120,000.00 m2.,

56,448.04 m2., 11,893.18 m2., y 79,086.76 m2.

k) Copia de los Recibos de Pago del Impuesto Predial a nombre de la C. Ma.

Guadalupe Montes Lara, mismos que se describen a continuación:

a) Copia de Identificación Oficial del C. José Luis Álvarez Montes con folio

073165026, expedida por el Instituto Federal Electoral.

4- Una vez realizada la ubicación del Predio de referencia en el Plan de Desarrollo

correspondiente se pudo verificar lo siguiente:

De acuerdo a los datos proporcionados, y consultando el Plan de Desarrollo Urbano del

Centro de Población Palo Alto – El Paraíso, El Marqués, Qro., 2002-2020 (Plan Director Urbano),

aprobado en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día 24 de junio del 2003, Acta No.

AC/14/2003, Publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”,

número 63, de fecha 10 de octubre del 2003, e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y

del Comercio y, registrado en la Oficina de Planes de Desarrollo Urbano, el día 3 de junio del

2004; se verificó que la parcela en estudio se encuentra comprendida dentro del área

normativa de dicho Instrumento de Planeación Urbana, ubicándose en Zona de Protección

Ecológica Agrícola Intensiva (PEAI).

RECIBOS DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL FOLIO CVE. CATASTRAL SUPERFICIE FECHA MONTO

320439 110301266325999 22.00

47 30/01/2012 $1,681.00

320440 110301266320704 1.189

3 30/01/2012 $136.00

320441 110301266320712 2.750

0 30/01/2012 $394.00

320442 110301266320701 12.00

00 30/01/2012 $800.00

320443 110301266320703 7.908

7 30/01/2012 $846.00

320444 110301266320700 10.20

72 30/01/2012 $936.00

320445 110301266320702 5.644

8 30/01/2012 $439.00

5.- Reporte Fotográfico del predio de referencia.

Page 11: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-2015 11

OPINIÓN:

En base a los antecedentes descritos y considerando que el predio identificado como Fracción

del Predio Rústico denominado Calamanda, perteneciente a este Municipio de El Marqués,

Qro., con una superficie total de 617,047.17 m2., cuenta con un uso de suelo de Protección

Ecológica Agrícola Intensiva (PEAI), con base en los estudios presentados se considera VIABLE

el cambio de uso de suelo a Uso de Industria y Servicios, debido a que en los predios aledaños

cuentan con usos similares así como por la ubicación; aunado a que con esto se dará impulso

económico a la zona y se generarán fuentes de empleo de manera directa a los habitantes de

las as comunidades cercanas como son: Coyotillos, Agua Azul y El Paraíso…”

4.- Por instrucciones del L.A.E. Enrique Vega Carriles, Presidente Municipal, el Lic. Rafael

Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del H. Ayuntamiento, mediante oficio número

SAY/DT/154/2012-2013, turnó a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del H.

Ayuntamiento de El Marqués, Qro., la solicitud del Lic. José Luis Álvarez Montes, Apoderado

Legal de las CC. Karina María de Guadalupe y Liliana de Apellidos Álvarez Montes, mediante el

cual peticiona se autorice el Cambio de Uso de Suelo para Industria y Servicios (IS), para un

predio propiedad de sus representadas, consistente en 6 fracciones con las siguientes

superficies: 247,547.13 m2., 102,072.04 m2., 120,000.00 m2., 56,448.04 m2., 11,893.18 m2., y

79,086.76m2; identificado como Fracción del Predio Rústico denominado Calamanda,

perteneciente a éste Municipio de El Marqués, Qro., con una superficie total de 617,047.17 m2,

para su análisis, discusión y posterior emisión de dictamen.

CONSIDERANDO

Que es competencia del H. Ayuntamiento autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo

que se encuentra ubicado dentro del territorio de su jurisdicción, así como participar en la

formulación, expedición y modificación de los planes de desarrollo urbano municipal.

Que el Plan Municipal de Desarrollo y los planes parciales de Desarrollo Urbano expedidos por

el H. Ayuntamiento, son el conjunto de estudios y políticas, normas técnicas y disposiciones

relativas para regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros

de población en el territorio del Municipio, los cuales son susceptibles de modificación cuando

existen variaciones sustanciales de las condiciones o circunstancias que les dieron origen,

surjan técnicas diferentes que permitan una realización más satisfactoria o sobrevengan

causas de interés social que les afecte, entre otras.

Page 12: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-201512

Que la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, establece en sus artículos 121 al 128,

los alcances de los Planes de Desarrollo Urbano Municipal.

Que las modificaciones a los Planes Subregionales de Desarrollo Urbano pueden ser

solicitadas por todo aquel particular que acredite su legítimo interés jurídico, basados en las

disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Código Urbano para el Estado de

Querétaro, y la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.

Que los usos de suelo se refieren a la actividad específica a la que se encuentra dedicado o se

pretende dedicar un predio debido a su conformación física, crecimiento de los centros

poblacionales, cambios económicos, sociales y demográficos, entre otros, teniendo la

posibilidad de modificación debido a estas u otras circunstancias.

Que una vez realizado el análisis del expediente relativo al caso en concreto, se realiza el

presente, en base a la Opinión Técnica emitida por la Dirección de Desarrollo Urbano

Municipal, dependencia que considera VIABLE el cambio de uso de suelo a Uso de Industria y

Servicios, con fundamento en lo dispuesto por la fracción I, y último párrafo del Artículo 8, del

Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio para el Municipio de El

Marqués, Qro. y habiéndose acreditado mediante copia certificada la titularidad de la

propiedad del predio objeto de la presente autorización…”

Que por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó en Sesión Ordinaria de fecha 05 de

diciembre del 2012, por Unanimidad del Pleno del H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., el

siguiente:

“…ACUERDO:

PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués autoriza el Cambio de Uso de Suelo de

Protección Ecológica Agrícola Intensiva (PEAI), a Uso de suelo de Industria y Servicios,

respecto del predio identificado como Fracción del Predio Rústico denominado Calamanda,

perteneciente a éste Municipio de El Marqués, Qro., con una superficie total de 617,047.17 m2.;

en términos del Dictamen Técnico transcrito en el ANTECEDENTE 3 (tres) del presente Acuerdo.

SEGUNDO.- El posesionarlo y/o propietario solicitante deberá dar cumplimiento a lo

siguiente:

2.1.- Deberá cubrir ante la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, en un plazo

no mayor a 15 días improrrogables contados a partir de la aprobación del presente acuerdo,

los derechos correspondientes por la presente autorizacion, por la cantidad de $576,904.35

(QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CUATRO PESOS 35/100 M.N.), de

conformidad a la “Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués, Qro., para el Ejercicio Fiscal

2012”, Artículo 22, Fracción XX, Punto Número 1, inciso c) y d), quedando el desglose de dicho

importe de la siguiente manera:

Concepto Desglose Importe Autorización de Cambio de Uso de Suelo a un Uso de Suelo de Industria y Servicios (IS). Por una superficie de 617,047.17 m2.

Primeros 100 m2.: ($59.08 X 100)

= $ 5,908.00

$ 461,523.48 Metros Excedentes: ( 616,947.17m2)

($59.08)/80 = $455,615.48

25 % adicional

$461,523.48 X (.25)

$ 115,380.87

TOTAL

$ 576,904.35

Deberán presentar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano

Municipal, el recibo que acredite dicho pago.

2.2.- Debido a la ubicación del Predio identificado como Fracción del Predio Rústico

denominado Calamanda y por su proximidad con las Carreteras Estatales 100 (tramo El

Colorado – Higuerillas) y 500, en caso de ser necesario, la Comisión Estatal de Caminos CEC

deberá de emitir los permisos y/o autorizaciones correspondientes respecto al derecho de vía,

carriles de desincorporación e incorporación, para el acceso al predio, y presentar el proyecto

aprobado por dicha Comisión ante la Dirección de Desarrollo Urbano para su validación.

Una vez realizada la validación deberá presentarse ésta ante la Secretaría Ayuntamiento.

2.3.- Dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Oficio DDU/DPVU/4070/2012 de

fecha 23 de noviembre del 2012, mediante el cual la Dirección de Desarrollo Urbano Autorizó

el Estudio de Impacto Urbano, en los plazos establecidos por dicha dependencia, remitiendo

las constancias que así lo acrediten a ésta Secretaría.

2.4.- Presentar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano, en un

plazo máximo de 60 días hábiles improrrogables contados a partir de la aprobación del

presente Acuerdo, la Autorización emitida por la Secretaria de Desarrollo Sustentable en

Materia de Impacto Ambiental del proyecto que se pretende desarrollar en el predio rústico

identificado como Ex Hacienda de Calamanda, perteneciente a este Municipio de El Marqués.

2.5.- Presentar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano, en un

plazo máximo de 30 días hábiles improrrogables contados a partir de la aprobación del

presente Acuerdo, la Autorización emitida por la Dirección de Ecología a Municipal, del

proyecto que se pretende desarrollar en el predio rústico identificado como Ex Hacienda de

Calamanda, perteneciente a este Municipio de El Marqués.

2.6.- Presentar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano, las

Factibilidades de Servicios, de Agua Potable, Alcantarillado y Pluvial por parte de la Comisión

Estatal de Aguas, C.E.A., y/o el Sistema Operador de la Zona.

2.7.- Considerar dentro de los proyectos hidro-sanitarios, un sistema hidráulico para el

tratamiento y reuso de las Aguas Grises y Aguas Negras generadas dentro de los mismos, para

lo cual se deberá de instalar plantas de tratamiento, y /o otros sistemas de tratamiento;

validados por las normas establecidas por parte de la Comisión Estatal de Aguas, a fin de

mitigar al máximo las descargas sin tratamiento al subsuelo.

2.8.- Presentar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano, las

Factibilidades correspondientes para el Servicio de Energía Eléctrica, ante la Comisión Federal

de Electricidad.

2.9.- El proyecto que se pretenda desarrollar en el predio de referencia quedará sujeto al

cumplimiento del Código Urbano para El Estado de Querétaro, Reglamento de Construcción

para el Municipio de El Marqués, Qro., y/o el Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en

Condominio para el Municipio de El Marqués, Qro.

2.10.- Presentar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano, la

Autorización por parte de la Comisión Estatal de Aguas del Proyecto pretendido, respecto a la

Red de Agua Potable, Drenaje Pluvial y Sanitario, previo al inicio de los trabajos de

construcción en el predio de referencia.

TERCERO.- Una vez aprobado el presente dictamen por parte del Honorable Ayuntamiento

de El Marqués, Qro., y acreditado haber realizado los pagos de los derechos generados por la

Page 13: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-2015 13

presente autorización, la Secretaría del Ayuntamiento deberá remitir la documentación

correspondiente ante las instancias competentes, para su publicación en dos ocasiones en la

“Gaceta Municipal” y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”, a

costa del solicitante.

Así mismo, deberá publicarse el presente Acuerdo en dos de los diarios de mayor circulación

en el Municipio, de manera legible en una foja completa, con un intervalo de cinco días entre

cada publicación, a costa del solicitante, conforme a lo dispuesto en el Código Urbano para el

Estado de Querétaro.

El solicitante deberá acreditar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de

Desarrollo Urbano Municipal las constancias que acrediten el cumplimiento de lo establecido

en éste Punto de Acuerdo.

CUARTO.- Una vez cumplimentado lo anterior, en un plazo no mayor a treinta días hábiles

contados a partir de la primer publicación del presente Acuerdo en la “Gaceta Municipal”,

deberá protocolizarse e inscribirse en el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio a

costa del interesado, lo que deberá acreditar el solicitante ante la Secretaría del Ayuntamiento

y la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal remitiendo las constancias que así lo

confirmen.

QUINTO.- El incumplimiento de cualquiera de las determinaciones y condicionantes

expuestos en éste Acuerdo y sus dispositivos Transitorios, en los plazos y condiciones

otorgados, dará lugar al inicio del procedimiento administrativo de revocación del Acuerdo.

SEXTO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, notificar el contenido de éste Acuerdo a

la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal a efecto de que ésta realice la anotación y

modificación del Cambio de Uso de Suelo aprobado en el Plan de Desarrollo Urbano que

competa y se inscriba en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en la Sección

Especial correspondiente del Registro de Planes de Desarrollo Urbano para su consulta

pública y efectos legales correspondientes.

TRANSITORIOS

1.- El presente Acuerdo surtirá los efectos legales correspondientes a partir de su fecha de su

inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Querétaro.

2.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento notifique el presente acuerdo a los Titulares de

la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, Desarrollo Urbano Municipal, y al

solicitante, para su cumplimiento…”

ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.

DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS CINCO DIAS DEL MES

DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

RÚBRICA

PRIMERA PUBLICACION

ACUERDO QUE AUTORIZA LA SOLICITUD DEL ING. LUIS FELIPE GARCÍA ALCOCER, REPRESENTANTE LEGAL DE “GEO CASAS DEL BAJÍO”, S. A. DE C. V., CONSISTENTE EN: I.- LA AUTORIZACIÓN DE LA RELOTIFICACIÓN DE LA ETAPA 1, DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO “LA PRADERA II”, (QUE CONSISTE EN LA ELIMINACIÓN DEL LOTE 1, DE LA MANZANA 049, PARA DAR CONTINUIDAD DE LA CALLE MICONIA), LA CUAL SERÁ DONADA AL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, CON LA FINALIDAD DE DAR CUMPLIMIENTO A LO INDICADO EN EL ACUERDO DE CABILDO DE FECHA 15 DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO; II.- EL RECONOCIMIENTO Y ASIGNACIÓN DE NOMENCLATURA OFICIAL DE LAS VIALIDADES IDENTIFICADAS COMO “PASEO PRADERA” Y “PRIVADA DE LA PRADERA”; QUE SE ORIGINARON CON LAS SUBDIVISIONES DE LA PARCELA 12 Z-1 P1/1, DEL EJIDO EL POZO CON SUPERFICIE TOTAL DE 36,516.39M2., SUB-192/12 Y SUB-193/12; III.- LA AUTORIZACIÓN DE LA DONACIÓN DEL 10% DE LA SUPERFICIE DE LOS CONDOMINIOS QUE SE UBICAN EN LA “PRIVADA DE LA PRADERA”; IDENTIFICADOS COMO: PRADERA FRACCIÓN 1C, PRADERA FRACCIÓN 2, PRADERA FRACCIÓN 4, PRADERA FRACCIÓN 5, PRADERA FRACCIÓN 6, PRADERA FRACCIÓN 7, PRADERA FRACCIÓN 8, PRADERA FRACCIÓN 9 Y PRADERA FRACCIÓN 10; Y, IV.- AUTORIZACIÓN DE LA VENTA DE UNIDADES PRIVATIVAS DE LOS CONDOMINIOS IDENTIFICADOS COMO: PRADERA FRACCIÓN 2, PRADERA FRACCIÓN 4, PRADERA FRACCIÓN 5, PRADERA FRACCIÓN 6, PRADERA FRACCIÓN 7, PRADERA FRACCIÓN 8 Y PRADERA FRACCIÓN 9. (SEGUNDA PUBLICACIO)

EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL

ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE

QUERETARO.

C E R T I F I C A

Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 21 de noviembre de dos mil doce, el H.

Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó por Unanimidad, el Acuerdo que

autoriza la solicitud del Ing. Luis Felipe García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas

del Bajío”, S. A. de C. V., consistente en: I.- La Autorización de la Relotificación de la Etapa 1,

del Fraccionamiento denominado “La Pradera II”, (que consiste en la Eliminación del Lote

1, de la Manzana 049, para dar continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada al

Municipio de El Marqués, con la finalidad de dar cumplimiento a lo indicado en el

Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de agosto del año en curso; II.- El Reconocimiento y

Asignación de Nomenclatura Oficial de las Vialidades identificadas como “Paseo Pradera”

y “Privada de La Pradera”; que se originaron con las subdivisiones de la Parcela 12 Z-1

P1/1, del Ejido El Pozo con superficie total de 36,516.39m2., SUB-192/12 y SUB-193/12; III.-

La Autorización de la Donación del 10% de la Superficie de los Condominios que se

ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera

Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7,

Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10; y, IV.- Autorización de la

Venta de Unidades Privativas de los condominios identificados como: Pradera Fracción 2,

Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera

Fracción 8 y Pradera Fracción 9; para su discusión y en su caso, aprobación; el cual señala:

“…ANTECEDENTES:

1.- Que en fecha 16 de noviembre del 2012, se recibió en la oficina de la Secretaría del

Ayuntamiento, escrito suscrito por el Ing. Luis Felipe García Alcocer, Representante Legal de

“Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V.", mediante el cual solicita se autorice la Relotificación de la

Etapa 1,del Fraccionamiento denominado “La Pradera II” (que consiste en la Eliminación del

Page 14: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-201514

Lote 1, de la Manzana 049, para crear continuidad de la Calle Miconia), la que será donada al

Municipio de El Marqués, con la finalidad de dar cumplimiento a lo indicado en el Acuerdo de

Cabildo de fecha 15 de agosto del año en curso.

2.- Que mediante Oficio SAY/092/2012 de fecha 05 de noviembre de 2012, el Secretario del

Ayuntamiento, Lic. Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda, remite a la Dirección de

Desarrollo Urbano, el expediente que contiene la solicitud del Ing. Luis Felipe García Alcocer,

Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V.", descrita en el ANTECEDENTE

próximo anterior, para efectos de emitir su opinión técnica correspondiente, conforme a lo

establecido en el artículo 8, fracciones VI, VII y IX, del Reglamento de Fraccionamientos y

Desarrollos en Condominio para el Municipio de El Marqués, Qro.

3.- Que se recibió el día 16 de noviembre del presente año en la Secretaría del Ayuntamiento,

Dictamen Técnico con número de folio 029/12, suscrito por el Lic. Arturo D. Díaz Sibaja,

Director de Desarrollo Urbano Municipal, relativo a la petición presentada por el Ing. Luis

Felipe García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V., la cual

consiste en lo siguiente:

I. La Autorización de la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento

denominado “La Pradera II”, (que consiste en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049,

para dar continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada al Municipio de El Marqués,

con la finalidad de dar cumplimiento a lo indicado en el Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de

agosto del año en curso.

II. El Reconocimiento y Asignación de Nomenclatura Oficial de las Vialidades

identificadas como “Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”, que se originaron con las

subdivisiones de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo, con superficie total de 36,516.39m2.,

SUB-192/12 y SUB-193/12.

III. La Autorización de la Donación del 10% de la Superficie de los Condominios que

se ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera

Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7,

Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10.

IV. Autorización de la Venta de Unidades Privativas de los condominios identificados

como: Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera

Fracción 7, Pradera Fracción 8 y Pradera Fracción 9.

Dicho Dictamen se transcribe a continuación en su parte esencial:

"…ANTECEDENTES:

1.- Mediante Oficio SAY/092/2012 de fecha 05 de noviembre de 2012, el Secretario del

Ayuntamiento remite a la Dirección de Desarrollo Urbano el escrito suscrito por el Ing. Luis

Felipe García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V., quién solicita

se autorice la Autorización de la Relotificación de la Etapa 1,del Fraccionamiento

denominado “La Pradera II” (que consiste en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049,

para crear continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada a este Municipio de El

Marqués; con la finalidad de dar cumplimiento a lo indicado en el Acuerdo de Cabildo de

fecha 15 de agosto del año en curso.

2.- Copia del Escrito No. TM/146/2012 de fecha 18 de octubre del 2012, dirigido al Lic. Rafael

Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del H. Ayuntamiento, suscrito por el Ing. Luis

Felipe García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V., quién solicita

la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento denominado “La Pradera II” (que consiste

en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049, para crear continuidad de la Calle Miconia),

la cual será donada a este Municipio de El Marqués; con la finalidad de dar cumplimiento a lo

indicado en el Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de agosto del año en curso.

3.- Copia del Escrito No. TM/156/2012 de fecha 12 de noviembre del 2012, dirigido al Lic.

Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del H. Ayuntamiento, suscrito por el Ing.

Luis Felipe García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V., quién

solicita celebrar el Convenio con la Empresa que representa y este H. Ayuntamiento, respecto

al reconocimiento de vialidades que surgen dentro de la Parcela 12 Z-1 P1/1 las cuales se

encuentran con un avance de urbanización del 100%, así como la Autorización de la

Nomenclatura de Calles, dichas vialidades que se identifican en la Fracción 1 de la subdivisión

192/2012, así como tener por presentadas las Fracciones Fracción 3, Fracción 1 a y Fracción 1

b, dentro del cumplimiento que efectuara la citada empresa respecto a las Áreas de Donación

de las Constituciones de Regímenes de Condominio dentro de las Fracciones 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10

y Fracción 1 c, que corresponde a la solicitud de subdivisión 193/2012.

Anexando la siguiente documentación:

I.- Para dar cumplimiento a la Autorización de la Relotificación de la Etapa 1, del

Fraccionamiento denominado “La Pradera II” (que consiste en la Eliminación del Lote 1, de la

Manzana 049, para crear continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada a este

Municipio de El Marqués.

a) Copia del Oficio Número DDU/DPUP/3341/2012, de fecha 17 de septiembre de

2012, suscrito por la Directora de Desarrollo Urbano del Municipio de El Marqués, mediante el

cual se otorga al Ingeniero Luis Felipe García Alcocer, Representante Legal de Geo Casas del

Bajío, S.A. de C.V. el Visto Bueno a Proyecto de Relotificación del Fraccionamiento denominado

“La Pradera II”, con superficie de 96,325.27 m2., en razón a que lo pretendido obedece a la

eliminación del Lote 1, Manzana 049, de la Etapa 1 para dar lugar a la creación de una

vialidad, misma que será transmitida a favor del municipio.

b) Copia del Oficio Número DDU/DPVU/3953/2012 de fecha 14 de noviembre del

2012 emitido por la Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se otorga la

Autorización de los Estudios Técnicos de Impacto Urbano y Vial, respecto a la Parcela 12 Z-1

P1/1 ubicada en el Ejido El Pozo, con una Superficie Total de 3-65-15.48 Has., perteneciente a

este Municipio de El Marqués Qro.

c) Copia del Presupuesto de Obras de Urbanización de la Vialidad de Acceso

identificada como Calle Miconia de fecha 17 de octubre del 2012; por un total de $

363,317.87(Trescientos Sesenta y Tres Mil Trescientos Diecisiete 87/100 M.N.).

Asimismo, para dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Acuerdo de Cabildo de

fecha 4 de marzo del 2009 asentado en Acta AC/014/2008-2009, mismo que aprobó la

Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 2 y Venta Provisional de Lotes de

la misma, del Fraccionamiento Habitacional Popular con una Densidad de Población de 400

Hab/ Ha (H4), a desarrollarse en dos etapas denominado “La Pradera II”, se verifico la siguiente

documentación:

a) Copia simple de la fianza emitida por la empresa AFIANZADORA SOFIMEX S.A.,

con número 110895 de fecha 17 de abril de 2009, por la cantidad de $2,653,624.91 (Dos

Millones Seiscientos Cincuenta y Tres Mil Seiscientos Veinticuatro Pesos 91/100 M.N.), la cual

garantiza el cumplimiento de las obligaciones derivadas del acuerdo de cabildo celebrado en

sesión ordinaria de fecha 04 de marzo de 2009, relativo a la Ejecución y Conclusión de las

Obras de Urbanización de la Etapa 2 del Fraccionamiento denominado “La Pradera II”.

b) Copia del Oficio Número SEDESU/SSMA/0424/2009, de fecha 17 de junio de 2009,

mediante el cual la Secretaría de Desarrollo Sustentable autoriza en Materia de Impacto

Ambiental su procedencia condicionada del proyecto de urbanización de un desarrollo

habitacional, que consiste en 824 viviendas, denominado “La Pradera II”.

Page 15: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-2015 15

c) Copias de las Publicaciones en el Periódico Oficial “La Sombra de Arteaga” de

Gobierno del Estado, de fechas 31 de octubre y 07 de noviembre de 2008, Periódico No. 57 y 59

respectivamente, en las que se publicó el acuerdo relativo a la Autorización de Licencia de

Ejecución de Obras de Urbanización y Venta Provisional de Lotes de la Etapa 1 y

Nomenclatura Oficial de Vialidades del Fraccionamiento Habitacional Popular con una

Densidad de Población de 400 hab./ha. (H4), a desarrollarse en dos Etapas, denominado “La

Pradera II”.

d) Copia de la Escritura Pública Número 27,158 de fecha 27 de noviembre del 2008,

celebrada ante la Lic. Estela de la Luz Gallegos Barredo, Notario Adscrito a la Notaría Pública

Número 31, mediante la cual se hace constar la Donación a favor de este Municipio de El

Marqués, Qro., respeto al Fraccionamiento denominado La Pradera II, misma que quedo

inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo los folios inmobiliarios: 00304956/001 y

00304383/0001 de fecha 8 de diciembre del 2008.

e) Copia de los recibos de pago por los derechos relativos a la Autorización de la

Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 2 y Venta Provisional de Lotes de

la misma, del Fraccionamiento Habitacional Popular con una Densidad de Población de 400

hab./ha. (H4), a desarrollarse en Dos Etapas, denominado “La Pradera II”, ubicado en un predio

identificado como fusión de las parcelas No. 22 Z-1 P1/1, 23 Z-1 P1/1 y 24 Z-1 P1/1 del Ejido El

Pozo, pertenecientes a éste Municipio de El Marqués Qro., las cuales integran una sola unidad

topográfica con superficie total de 9-63-25.266 Ha.

Dando, cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de

Agosto del 2012, asentado en Acta AC/027/2011-2012, mismo que aprobó el Incremento de

Densidad de Población de 400 Hab/ha., a 600 Hab/Ha (H6), de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido

de El Pozo, se anexo la siguiente documentación.

a) Copias de las Publicaciones en la Gaceta Municipal de fechas 05 y 19 de

septiembre de 2012; Periódicos No. 81 y 82, respectivamente; en las que se publicó la

autorización consistente en el Incremento de Densidad de Población de 400 Hab/ha., a 600

Hab/Ha (H6), de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido de El Pozo, con una superficie de 36,515.48

m2, perteneciente a este municipio de El Marqués.

b) Copias de las Publicaciones en el Periódico Oficial “La Sombra de Arteaga” de

Gobierno del Estado, de fechas 31 de agosto y 07 de septiembre de 2012, Periódico No. 50 y 52

respectivamente, en las que se publicó el acuerdo que autoriza la solicitud del Ing. Luis Felipe

García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío S.A. de C.V., consistente en el

Incremento de Densidad de Población de 400 Hab/ha., a 600 Hab/Ha (H6), de la Parcela 12 Z-1

P1/1, del Ejido de El Pozo, perteneciente a este municipio de El Marqués.

c) Copia de la Escritura Pública Número 7,552 de fecha 03 de septiembre de 2012,

ante el Lic. Leopoldo Mondragón González, comparece la señora Ma. Concepción Rodríguez

Bautista, por conducto de su apoderado legal el Ing. Luis Felipe García Alcocer, con el objeto de

Protocolizar el acuerdo emanado en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 15 de agosto de

R E C I B O S DE P A G O Autorización de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 2 y Venta

Provisional de Lotes de la misma, del Fraccionamiento Habitacional Popular con una Densidad de Población de 400 hab./ha. (H4), a desarrollarse en Dos Etapas, denominado “La Pradera II”

CONCEPTO FOLIO FECHA DE PAGO MONTO Derechos por Supervisión de las Obras de

Urbanización 162510 14/04/2009 38,273.00 Dictamen Técnico para Licencia de

Ejecución de Obras de Urbanización 162511 14/04/2009 3,507.00 Dictamen Técnico para Autorización de

Venta de Lotes de Fraccionamientos 162512 14/04/2009 3,117.00 TOTAL 44,897.00

2012, mediante el cual se autorizó el incremento de densidad de población de 400 hab./ha. a

600 hab./ha., de la parcela No. 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo, ubicado en el municipio de El

Marqués, con superficie de 36,515.48 m2. Inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo

Folio Inmobiliario 00430665/0003, de fecha 05 de octubre de 2012.

d) Copia del recibo de pago del Impuesto Predial de fecha 21 de Agosto de 2012, con

clave catastral 110606301996001 por la superficie de terreno de 36,515.5 m2 a nombre de Ma.

Concepción Rodríguez Bautista, que comprende del Bimestre 4 al Bimestre 6 del 2012.

e) Copia del recibo de pago por los derechos de Incremento de Densidad de

Población de 400 Hab/Ha., a 600 Hab/Ha. (H6), de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido de El Pozo,

con una superficie de 36,515.48 m2., aprobada en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 15 de

agosto de 2012, asentado en acta AC/027/2011-2012.

II.- Anexando la siguiente documentación para dar sustento técnico a la solicitud realizada

respecto al Reconocimiento y Asignación de Nomenclatura Oficial de las Vialidades

identificadas como “Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”; que se originaron con las

subdivisiones de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo con superficie total de 36,516.39m2.,

SUB-192/12 y SUB-193/12.

a) Copia del Oficio DDU/DL/3933/2012 de fecha 15 de noviembre del 2012, emitido

por esta Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se Autoriza la Subdivisión en 7

Fracciones de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo con superficie total de 36,516.39m2., en

las siguientes: Fracción 1 (destinada para vialidad), 2, 3, 1 a, 1b, 1c y II; describiendo las

superficies de cada una y las condicionantes para su cumplimiento.

b) Copia del Oficio DDU/DL/3934/2012 de fecha 15 de noviembre del 2012, emitido

por esta Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se Autoriza la Subdivisión en 7

Fracciones de un predio identificado como Fracción II resultante de la Subdivisión de la

Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo con superficie total de 19,611.12m 2., en las siguientes:

Fracción 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10; describiendo las superficies de cada una y las condicionantes para

su cumplimiento.

c) Copia del Convenio tiene por objeto establecer las Bases de Colaboración y

Coordinación de fecha 15 de noviembre del 2012; para la autorización y desarrollo de lo que

fue la Parcela 12 del Ejido El Pozo en el Municipio de El Marqués, Qro.

d) Copia Simple de la Escritura Pública Número 35,094 de fecha 16 de marzo del

2012, mediante la cual se hace constar el Poder General para pleitos y cobranzas, Actos de

Administración y de Dominio, Limitado e Irrevocable, que otorga la Ma. Concepción Rodríguez

Bautista, a favor del Ing. Luis Felipe García Alcocer, respecto a la Parcela 12 Z-1 P1/1, Ejido El

Pozo, con una superficie de 36,515.48 m2., la cual se encuentra pendiente de inscripción en el

Registro Público de la Propiedad.

e) Copia Simple del testimonio de la Escritura 311,141 Volumen 11,299 de fecha 18

de octubre del 2011, mediante la cual se hace constar el Otorgamiento de Poderes de “Geo

Casas del Bajío”, S. A. de C. V., entre ellos el que se otorga al en favor del Ing. Luis Felipe García

Alcocer, inscrita en fecha 15 de noviembre de 2011, en el folio mercantil 28,489 de la notaria

R E C I B O DE P A G O Autorización consistente en el Incremento de Densidad de Población de 400 Hab/ha., a 600

Hab/Ha (H6), de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido de El Pozo, con una superficie de 36,515.48 m2, perteneciente a este municipio de El Marqués.

CONCEPTO FOLIO FECHA DE PAGO MONTO Autorización de Incremento de Densidad

(H6), de 36,515.48 m2 349301 21/08/2012 34,076.00 TOTAL $34,076.00

Page 16: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-201516

207 del D.F.

f) Copia de identificación oficial del interesado Luis Felipe García Alcocer, emitida

por el Instituto Federal Electoral folio 0436000601824.

g) Copia del Oficio Número DT/04708/2012, de fecha 15 de noviembre de 2012,

mediante el cual el Ing. José Antonio Martín Lomelí Avendaño, Director de Catastro, entrega

al Ing. Luis Felipe García Alcocer plano certificado con folio DT 2012 204, así como copia

simple del Acta de Ejecución de Deslinde de fecha 15 de noviembre de 2012 y notificación de

registro catastral correspondiente al inmueble identificado con la clave catastral

110606301996001.

h) Copia simple de la Escritura Pública Número 36,807 de fecha 12 de octubre de

2012, ante el Lic. Alejandro Duclaud Vilares, se hace constar el Contrato de Compraventa, que

celebran por una parte, la Sra. Ma. Concepción Rodríguez Bautista como “la parte vendedora”

y por otra parte la Sociedad Mercantil denominada “GEO CASAS DEL BAJÍO”, S.A. DE C.V., como

“la parte compradora”, representada por sus Apoderados Legales el Lic. Luis Alfonso García

Alcocer e Ing. Luis Felipe García Alcocer, con la comparecencia de los señores Nicasio González

Rodríguez y Ma. Herminia González Rodríguez ambos en su carácter de testigos asistenciales,

Inscrita en el Registro Público de la Propiedad en fecha 15 de noviembre de 2012, bajo el folio

inmobiliario 430665/7.

i) Copia de los Planos del Proyecto de Construcción, Urbanización, Nomenclatura y

Señaletica de las Vialidades identificadas como “Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”;

mimas que contemplan la introducción de los servicios de infraestructura como son: agua

potable, drenaje y alcantarillado, además de la Red Eléctrica como es: Alumbrado Público y

Acometidas para el Servicio de las viviendas (que se pretenden construir en cada una de las

fracciones producto de la subdivisión), así como la Señalización y Equipamiento Urbano;

además del reporte fotográfico mediante el cual se hace constar la Terminación de la Obra al

100% en los términos antes indicados.

III- Anexando la siguiente documentación para dar cumplimiento a la Autorización de la

Donación del 10% de la Superficie de los Condominios que se ubican en las Vialidades “Paseo

Pradera” y “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción

2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera

Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10.

a) Copia de los Oficios Números DDU/DPUP/3959/2012, DDU/DPUP/3960/2012,

DDU/DPUP/3961/2012, DDU/DPUP/3962/2012, DDU/DPUP/3963/2012,

DDU/DPUP/3964/2012, DDU/DPUP/3965/2012, DDU/DPUP/3966/2012 y

DDU/DPUP/3982/2012; todos de fecha 15 de noviembre del 2012, emitidos por esta Dirección

de Desarrollo Urbano, mediante el cual se otorga el Dictamen de Uso de Suelo para los

Condominios que se ubican en las Vialidades “Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”;

identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera

Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y

Pradera Fracción 10; pertenecientes a este Municipio de El Marqués, Qro., los cuales arrojan

una Superficie Total de 23,529.13 m2.

IV.- Anexando la siguiente documentación para dar cumplimiento Autorización de la Venta

de Lotes de los Condominios identificados como: Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4,

Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8 y Pradera

Fracción 9.

a) Copia de los Oficios Números DDU/DPUP/3967 al 3974/2012 todos de fecha 16

de noviembre del 2012, emitidos por esta Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se

otorga el Visto Bueno de Condominio de los Condominios que se ubican en las Vialidades

“Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 2, Pradera

Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8 y

Pradera Fracción 9, pertenecientes a este Municipio de El Marqués, Qro.

b) Copia de los Oficios Números DDU/DPUP/3992/2012 y DDU/DPUP/3993/2012

todos de fecha 16 de noviembre del 2012, emitidos por esta Dirección de Desarrollo Urbano,

mediante el cual se otorga la Licencia de Obras de Urbanización para los Condominios que se

ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 4 y Pradera

Fracción 9; pertenecientes a este Municipio de El Marqués, Qro., en los cuales a su interior se

llevarán a cabo las obras de urbanización.

c) Copia de los Oficios Números DDU/DPUP/3984/2012, DDU/DPUP/3985/2012,

DDU/DPUP/3986/2012, DDU/DPUP/3987/2012, DDU/DPUP/3988/2012,

DDU/DPUP/3989/2012, y DDU/DPUP/3990/2012, todos de fecha 16 de noviembre del 2012,

emitidos por esta Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se otorga la Declaratoria

de Condominio de los Condominios que se ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados

como: Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera

Fracción 7, Pradera Fracción 8 y Pradera Fracción 9, pertenecientes a este Municipio de El

Marqués, Qro.

4.- Derivado de la Autorización de la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento

denominado “La Pradera II”, se verifico lo siguiente:

a) La Relotificación de la Etapa I, consiste únicamente en eliminar el Lote 1, de la

Manzana 049, del Fraccionamiento La Pradera II, con superficie de de 446.01m2., el cual tenía

asignado un uso mixto; quedando la superficie total de la Manzana 049, de la siguiente

manera:

b) Respecto a la superficie total de las Vialidades y Banquetas de la Etapa 1,

tuvieron un incremento debido a que anteriormente consistían en: Banquetas 4,657.71 m2., y

Vialidades 12,419.57m2., adicionándole la superficie del Anterior Lote 1, de la Manzana 049,

quedando ambas superficies, como se indica en la siguiente tabla:

Derivado de lo anterior, deberán de Modificarse la Escrituras Públicas de Propiedad en las que

se hizo constar la Donación de las Vialidades y Banquetas; a este Municipio de El Marqués,

Qro.

c) En lo que se refiere a las superficies vendibles con la presente Relotificación de la

Manzana: 049

LOTE USO AREA m2 No. Viv. 002 CONDOMINAL 1,738.08 22

SUMA 1,738.08 22

Resumen de la Etapa 1 AREA VENDIBLE 46,666.40 68.95% HABITACIONAL 46,021.23 MIXTO 645.17 VIALIDADES 17,866.43 26.39% BANQUETA 4,839.77 ANDADOR-SERVIDUMBRE 343.14 VIALIDAD 12,683.52 DONACION 3,151.20 4.66%

TOTAL DE ETAPA 67,684.03 100.00% TOTAL VIVIENDAS 554

Page 17: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-2015 17

Etapa 1, hubo una disminución de la misma, ya que anteriormente esta consistía en

47,112.41 m2., y actualmente esta quedo con 46,666.40m2., debido a la desaparición del Lote

1, de la Manzana 049; por lo anterior, en el presente dictamen no se cobrará por este

concepto.

d) Asimismo, derivado del incremento de la superficie de vialidades; la

Nomenclatura Oficial del Fraccionamiento tuvo un incremento en las longitudes totales de la

vialidad identificada como Calle Miconia, como se indica en la siguiente tabla:

De lo que se establece que se realizo un incremento únicamente en la vialidad identificada

como Calle Miconia en 54.38 ml., mismos que se cobrarán en el presente dictamen.

e) Finalmente, es importante indicar que con la presente Relotificación las

Superficie Total del Fraccionamiento no ha sido Modificada como se indica en la siguiente

tabla:

TABLA ANTERIOR

CALLE LONGITUD

DE VIALIDAD

AV. DIENTE DE LEON 403.95 m AV. LIPPIA 258.78 m CALLE SALIX 200.68 m CALLE CLUSIA 199.44 m CALLE MICONIA 179.71 m AV. ZARZA 127.51 m CALLE MEZQUITE 125.64 m CALLE VIZNAGA 67.32 m CALLE TREBOL 66.95 m

TABLA ACTUAL CUADRO DE VIALIDADES

CALLE MEZQUITE 125.64 m AVENIDA DIENTE DE LEON 403.95 m CALLE TREBOL 66.95 m AVENIDA ZARZA 127.51 m CALLE VIZNAGA 67.32 m CALLE MICONIA 234.09 m CALLE CLUSIA 199.44 m AVENIDA LIPPIA 258.78 m CALLE SALIX 200.68 m

CUADRO GENERAL DE AREAS AREA VENDIBLE 70,860.04 73.56% HABITACIONAL 69,964.50 MIXTO 895.54 VIALIDADES 22,314.03 23.17%

BANQUETA 6,056.16

ANDADOR-

SERVIDUMBRE 483.55 VIALIDAD 15,774.32 DONACION 3,151.20 3.27% AREA VERDE 3,151.20 TOTAL DE TERRENO 96,325.27 100.00% TOTAL DE VIVIENDAS 822

f) Asimismo, es importante mencionar que la Licencia de Obras de Urbanización

del Fraccionamiento denominado “La Pradera II”, venció en su vigencia el pasado 4 de marzo

del 2011; por lo que se le cobrará en el presente dictamen la Elaboración de Dictamen Técnico

por concepto de Licencia de Obras de Urbanización; respecto a los trabajos que se ejecuten

sobre la Vialidad identificada como Calle Miconia; queden autorizados.

OPINIÓN:

En base a los antecedentes descritos, y una vez que “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V., cuenta

con las debidas autorizaciones y factibilidades emitidas por las dependencias normativas

correspondientes; esta Dirección de Desarrollo Urbano Municipal reviso el proyecto de

Relotificación, mismo que cumple con los lineamientos de Planeación Urbana de este

Municipio. Por lo que esta Dirección, no tiene inconveniente que se someta a consideración del

H. Ayuntamiento la solicitud presentada por el Ing. Luis Felipe García Alcocer, en la que

peticiona: I.-Autorización de la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento denominado

“La Pradera II”, (que consiste en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049, para dar

continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada a este Municipio de El Marqués;

perteneciente a este municipio de El Marqués…”

4.- Por instrucciones del L.A.E. Enrique Vega Carriles, Presidente Municipal, el Lic. Rafael

Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del H. Ayuntamiento, mediante oficio número

SAY/DT/121/2012-2013, turnó a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del H.

Ayuntamiento de El Marqués, Qro., la petición presentada por el Ing. Luis Felipe García Alcocer,

Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V.", mediante el cual solicita se autorice

la Relotificación de la Etapa 1,del Fraccionamiento denominado “La Pradera II” (que consiste

en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049, para crear continuidad de la Calle Miconia),

la que será donada al Municipio de El Marqués, con la finalidad de dar cumplimiento a lo

indicado en el Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de agosto del año en curso, para su análisis,

discusión y posterior emisión de dictamen.

CONSIDERANDO

Que es competencia del H. Ayuntamiento autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo

que se encuentra ubicado dentro del territorio de su jurisdicción, así como participar en la

formulación, expedición y modificación de los planes de desarrollo urbano municipal.

Que el Plan Municipal de Desarrollo y los planes parciales de Desarrollo Urbano expedidos por

el H. Ayuntamiento, son el conjunto de estudios y políticas, normas técnicas y disposiciones

relativas para regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros

de población en el territorio del Municipio, los cuales son susceptibles de modificación cuando

existen variaciones sustanciales de las condiciones o circunstancias que les dieron origen,

surjan técnicas diferentes que permitan una realización más satisfactoria o sobrevengan

causas de interés social que les afecte, entre otras.

Que la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, establece en sus artículos 121 al 128,

los alcances de los Planes de Desarrollo Urbano Municipal.

Page 18: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-201518

Que las modificaciones a los Planes Subregionales de Desarrollo Urbano pueden ser

solicitadas por todo aquel particular que acredite su legítimo interés jurídico, basados en las

disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Código Urbano para el Estado de

Querétaro, y Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.

Que una vez realizado el análisis del expediente relativo al caso en concreto, se elabora el

presente dictamen, en base a la Opinión Técnica emitida por la Dirección de Desarrollo

Urbano Municipal, la cual considera VIABLE se autorice la solicitud presentada por el la

solicitud presentada por el Ing. Luis Felipe García Alcocer, en la que peticiona: I.-Autorización

de la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento denominado “La Pradera II”, (que

consiste en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049, para dar continuidad de la Calle

Miconia), la cual será donada a este Municipio de El Marqués; perteneciente a este municipio

de El Marqués…”

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó por Unanimidad por parte del Pleno del

H. Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de noviembre del 2012, el siguiente:

“…ACUERDO:

PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., autoriza la Relotificación de la Etapa 1, del

Fraccionamiento denominado “La Pradera II”, (que consiste en la Eliminación del Lote 1, de la

Manzana 049, para dar continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada a éste Municipio

de El Marqués, en base al Dictamen Técnico descrito en el ANTECEDENTE 3 (TRES) del presente

acuerdo, con base a los antecedentes descritos, las Superficies y Usos que se indican en las

tablas que se describen a continuación:

E T A P A 1

Manzana: 004

LOTE USO AREA m2 No. Viv. 184 CONDOMINAL 705.54 8 185 CONDOMINAL 289.61 4 186 CONDOMINAL 680.40 8

SUMA 1,675.55 20

Manzana: 049

LOTE USO AREA m2 No. Viv. 002 CONDOMINAL 1,738.08 22

SUMA 1,738.08 22

Manzana: 050 LOTE USO AREA m2 No. Viv. 001 CONDOMINAL 470.00 6 002 CONDOMINAL 1,458.12 18 003 CONDOMINAL 2,038.86 28

SUMA 3,966.98 52

Manzana: 051 LOTE USO AREA m2 No. Viv. 001 MIXTO 213.08 2 002 CONDOMINAL 910.56 12 003 CONDOMINAL 1,440.00 20 004 CONDOMINAL 1,774.56 24 005 MIXTO 161.03 2

SUMA 4,499.23 60

Manzana: 053 LOTE USO AREA m2 No. Viv. 001 CONDOMINAL 479.46 6 002 CONDOMINAL 1,112.88 16 003 CONDOMINAL 2,971.77 38 004 CONDOMINAL 871.06 12 005 CONDOMINAL 1,435.50 18 006 MIXTO 172.53 2 007 CONDOMINAL 239.98 2 008 CONDOMINAL 3,191.15 34 009 CONDOMINAL 539.64 6 010 CONDOMINAL 3,093.36 34

SUMA 14,107.34 168

Manzana: 054 Lote Uso Area M2 Num. Viv. 001 CONDOMINAL 524.30 4 002 CONDOMINAL 1,296.74 18 005 CONDOMINAL 1,192.38 16 006 MIXTO 98.53 2 007 CONDOMINAL 334.56 4 008 CONDOMINAL 6,934.38 68 009 CONDOMINAL 517.45 6 010 CONDOMINAL 432.00 6 011 CONDOMINAL 3,571.21 38 012 CONDOMINAL 432.00 6 013 CONDOMINAL 3,613.33 40

Suma 18,946.88 208 Manzana: 055

Lote Uso Area M2 Num. Viv.

001 AREA VERDE "A" (DONACION) 3,151.20 0

Suma 3,151.20 0

Manzana: 056

Lote Uso Area M2 Num. Viv. 001 CONDOMINAL 865.09 12 002 CONDOMINAL 867.26 12

Suma 1,732.35 24

Resumen de la Etapa 1 AREA VENDIBLE 46,666.40 68.95% HABITACIONAL 46,021.23 MIXTO 645.17 VIALIDADES 17,866.43 26.39% BANQUETA 4,839.77 ANDADOR-SERVIDUMBRE 343.14 VIALIDAD 12,683.52 DONACION 3,151.20 4.66%

TOTAL DE ETAPA 67,684.03 100.00% TOTAL VIVIENDAS 554

Page 19: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-2015 19

E T A P A 2 Manzana: 050

LOTE USO AREA m2 No. Viv. 004 CONDOMINAL 3,267.30 34 005 CONDOMINAL 533.36 6 006 CONDOMINAL 2,740.87 28 007 CONDOMINAL 552.56 6 008 CONDOMINAL 2,882.01 30 009 CONDOMINAL 520.29 6 010 CONDOMINAL 3,225.81 34 011 CONDOMINAL 546.66 6 012 CONDOMINAL 3,277.57 34 013 CONDOMINAL 550.43 6 014 CONDOMINAL 1,197.04 14

SUMA 19,293.91 204

Manzana: 051 LOTE USO AREA m2 No. Viv. 005 MIXTO 86.48 2 006 CONDOMINAL 1,649.00 22

SUMA 1,735.48 24 Manzana: 054

LOTE USO AREA m2 No. Viv. 003 MIXTO 163.89 2 004 CONDOMINAL 3,000.36 38

SUMA 3,164.25 40

Resumen de la Etapa 2 AREA VENDIBLE 24,193.64 84.47% HABITACIONAL 23,943.27 MIXTO 250.37 VIALIDADES 4,447.60 15.53% BANQUETA 1,216.39 ANDADOR -SERVIDUMBRE 140.41 VIALIDAD 3,090.80

TOTAL DE ETAPA 28,641.24 100.00% TOTAL VIVIENDAS 268

CUADRO GENERAL DE AREAS AREA VENDIBLE 70,860.04 73.56% HABITACIONAL 69,964.50 MIXTO 895.54 VIALIDADES 22,314.03 23.17% BANQUETA 6,056.16

ANDADOR-

SERVIDUMBRE 483.55 VIALIDAD 15,774.32 DONACION 3,151.20 3.27% AREA VERDE 3,151.20 TOTAL DE TERRENO 96,325.27 100.00% TOTAL DE VIVIENDAS 822

SEGUNDO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., autoriza el Reconocimiento y Asignación

de Nomenclatura Oficial de las Vialidades identificadas como “Paseo Pradera” y “Privada de La

Pradera”; que se originaron con las subdivisiones de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo

con superficie total de 36,516.39m2., SUB-192/12 y SUB-193/12.

TERCERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., ACEPTA la Donación del 10% de la

Superficie de los Condominios que se ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados

como: Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera

Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10; y IV.- Autorización de

la Venta de Unidades Privativas de los condominios identificados como: Pradera Fracción 2,

Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera

Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10.

Lo anterior siempre y cuando se de cumplimiento con lo siguiente:

En lo que se refiere a la autorización de la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento

denominado “La Pradera II”:

a) El desarrollador deberá de Modificar en un plazo no mayor a 30 DÍAS NATURALES

la Escritura Pública Número 27,158 de fecha 27 de noviembre del 2008, mediante la cual se

hace constar la Donación a favor de este Municipio de El Marqués, Qro., respecto al

Fraccionamiento denominado La Pradera II, misma que debe indicar que la Superficie de las

Vialidades la cual deberá ser de 22,314.03m2.

b) Deberá mantener vigente la Fianza emitida por la empresa AFIANZADORA

SOFIMEX S.A., con número 110895 de fecha 17 de abril de 2009, por la cantidad de

$2,653,624.91 (Dos Millones Seiscientos Cincuenta y Tres Mil Seiscientos Veinticuatro Pesos

91/100 M.N.), la cual garantiza el cumplimiento de las obligaciones derivadas del acuerdo de

cabildo celebrado en sesión ordinaria de fecha 04 de marzo de 2009, relativo a la Ejecución y

Conclusión de las Obras de Urbanización de la Etapa 2 del Fraccionamiento denominado “La

Pradera II.

c) Asimismo, el desarrollador deberá presentar a la Secretaría del Ayuntamiento y la

Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, en un plazo no mayor a 30 DÍAS NATURALES la

fianza que garantice la Conclusión de la Vialidad identificada como Calle Miconia; por la

cantidad de $ 363,317.87 (Trescientos Sesenta y Tres Mil Trescientos Diecisiete Pesos 87/100

M.N.), de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 198, Punto IV, del Código Urbano para el Estado de

Querétaro la cual servirá para garantizar la ejecución y conclusión de las obras de

urbanización que se llevarán a cabo en la Etapa 1 del Fraccionamiento denominado “La

Pradera II”; por lo que dicha fianza solo será liberada previo Dictamen Técnico, hasta en tanto

no se lleve a cabo el procedimiento de entrega – recepción de la totalidad del fraccionamiento

de referencia, por parte del promotor al H. Ayuntamiento; el fraccionador será responsable de

la operación y mantenimiento de las obras de urbanización y servicios del mismo.

d) Asimismo, para cumplir con el uso y destino del Fraccionamiento, denominado

“La Pradera II”, en los contratos de compraventa o promesa de venta de lotes, en el

Fraccionamiento Autorizado, se incluirán las cláusulas restrictivas necesarias para asegurar

por parte de los compradores, que los lotes no se subdividirán en otros de dimensiones

menores que las autorizadas y, que los mismos se destinarán a los fines y usos para los cuales

hubieran sido aprobados, pudiendo en cambio fusionarse sin cambiar el uso ni la densidad de

los mismos.

C á l c u l o d e l a F i a n z a d e O b r a s d e U r b a n i z a c i ó n d e l a C a l l e M i c o n i a

100% x $ 363,317.87 $363,317.87

Page 20: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-201520

i) Cubrir ante la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, los derechos

por concepto de elaboración de Dictamen Técnico referente a los Avances de Obras de

Urbanización, correspondiente a la Etapa 1 del Fraccionamiento denominado “La Pradera II” ,

la cantidad de $ 3,101.70 (Tres Mil Ciento Un Pesos 70/100 M.N.), de acuerdo la Ley de Ingresos

del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal 2012, Art. 22, Fracción VI, Punto No. 1,

Inciso c), quedando el desglose de dicho importe de la siguiente manera:

j) Cubrir ante la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, por concepto

de Derechos por Supervisión de las Obras de Urbanización correspondiente a la Etapa 1 del

Fraccionamiento denominado “La Pradera II”, se cobrara aplicándosele al presupuesto de la

obra el 1.50% según el presupuesto presentado referente a las obras de urbanización que se

ejecutarán, en la Vialidad identificada como Calle Miconia; por la cantidad de $ 6,812.20 (Seis

Mil Ochocientos Doce Pesos 20/100 M.N.), de acuerdo al Art. 22, Fracción XVII, de la Ley de

Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal 2012, quedando el desglose

de dicho importe de la siguiente manera:

CUARTO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., autoriza el Incremento en la Nomenclatura

Oficial de las Vialidades que se proyectaron en la Etapa 1 del Fraccionamiento denominado

“La Pradera II”, con el nombre de las vialidad propuesta de acuerdo a la tabla que a

continuación se detalla, para lo cual el promotor deberá de cubrir ante la Secretaría de

Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, la cantidad de $ 728.15 (Setecientos Veintiocho Pesos

15/100 M. N.), por concepto de pago de derechos de nomenclatura de calles, conforme a la Ley

de Ingresos del Municipio de El Marqués, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2012, Artículo 22,

Fracción III, Punto 3 y 4, Incisos a) y b), de acuerdo al siguiente desglose:

1.- Pago Inicial para Nomenclatura Oficial de Vialidades:

2.- Derechos de Nomenclatura Oficial de Vialidades del Fraccionamiento.

QUINTO.- En lo que se refiere al Reconocimiento y Asignación de Nomenclatura Oficial de las

Vialidades identificadas como “Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”, que se originaron con

48 X $59.08 $2,835.8425% Adicional $708.96

Total $3,544.80

Dictamen Técnico para Licencia de Ejecución de Obras de Urbanizacion de la Etapa 1 del Fraccionamiento

42 X $59.08 $2,481.3625% Adicional $620.34

Total $3,101.70

Dictamen Técnico para Avances de Obras de Urbanización de la Etapa 1 del Fraccionamiento

363,317.87 x 1.5 % $5,449.7625% Adicional $1,362.44

Total $6,812.20

Pago deDerechos de Supervisión de la Etapa 1 del Fraccionamiento

4.15 x $59.08 $245.1825% Adicional $61.30

Total $306.48

VIALIDADES PROPUESTAEN EL FRACCIONAMIENTO “LA PRADERA II “ NOMBRE LONGITUD DESGLOSE DE PAGO IMPORTE

Calle Miconia 54.38 59.08 * 5.71 337.34 25% adicional 84.33

TOTAL 421.67

las subdivisiones de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo con superficie total de

36,516.39m2., SUB-192/12 y SUB-193/12:

a) Dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Oficio

DDU/DL/3933/2012 de fecha 15 de noviembre del 2012, emitido por la Dirección de Desarrollo

Urbano, mediante el cual se Autoriza la Subdivisión en 7 Fracciones de la Parcela 12 Z-1 P1/1,

del Ejido El Pozo con superficie total de 36,516.39m2., en las siguientes: Fracción 1 (destinada

para vialidad), 2, 3, 1 a, 1b, 1c y II; en el que se describen las superficies de las mismas.

b) Dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Oficio

DDU/DL/3934/2012 de fecha 15 de noviembre del 2012, emitido por la Dirección de Desarrollo

Urbano, mediante el cual se Autoriza la Subdivisión en 7 Fracciones de un predio identificado

como Fracción II resultante de la Subdivisión de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo con

superficie total de 19,611.12m 2., en las siguientes: Fracción 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10; en el que se

describen las superficies de las mismas.

c) Dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Convenio de

Colaboración y Participación de fecha 15 de noviembre del 2012.

SEXTO.- Lo anterior siempre y cuando se de cumplimiento con lo siguiente, en lo que se refiere

a la autorización de la Donación del 10% de la Superficie de los Condominios que se ubican

en la “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción 2,

Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera

Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10:

a) El desarrollador deberá de presentar en un plazo no mayor a 30 DÍAS

NATURALES, contados a partir de la fecha de la publicación en la Gaceta Municipal del

Acuerdo de Cabildo que autorice la Autorización de la Donación del 10% de los Condominios

(Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera

Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10),

las Escrituras Públicas que indiquen la Transmisión de Propiedad de las Fracciones 1b, 3 y 1a,

con superficies de 575.08m2., 3,248.59m2., y 487.01m2., respectivamente que en total arrojan

una superficie total de 4,310.68m2., que corresponde al 18.32%, de la superficie de los citados

condominios; lo anterior, dando cumplimiento al Artículo 156, Capítulo Tercero, “De las

Transmisiones Gratuitas en los Desarrollos Inmobiliarios”, que al texto dice “En todos los

desarrollos inmobiliarios, el desarrollador deberá de transmitir gratuitamente al Municipio, el

diez por ciento de la superficie total del predio para equipamiento urbano, además deberá

transmitir gratuitamente la propiedad de la superficie que conformará la vialidad pública;

deberán ubicarse en terreno apto permitiéndose, en los casos en los que la localización del

fraccionamiento o sus características específicas lo admitan y previo dictamen de la

autoridad competente, realizar permutas parciales o totales por terrenos urbanizados y de

calidad equiparable, ubicados fuera de la superficie del fraccionamiento, en sitios de interés

municipal y de acuerdo con el Plan de Desarrollo Urbano respectivo.

b) Asimismo, dando cumplimiento a lo indicado en los Artículos 158 y 159 del

Código Urbano para el Estado de Querétaro, en lo relativo a la Autorización de la Donación

del 10% de los Condominios (Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4,

Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera

Fracción 9 y Pradera Fracción 10), el desarrollador tendrá la obligación de urbanizar las áreas

en materia de transmisión gratuita en los términos especificados.

c) Así mismo, en el caso que se apruebe la Autorización de la Donación del 10% de

los Condominios (Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera

Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y

Pradera Fracción 10), el desarrollador deberá dar cumplimiento a lo señalado en el Artículo

Page 21: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-2015 21

161 del Código Urbano para el Estado de Querétaro, en el que se indica que deberán de

“colocarse las placas de nomenclatura y señales de tránsito por cuenta del desarrollador, las

cuales deben ser autorizadas previamente por el municipio”.

d) Dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en los Oficios Números

DDU/DPUP/3959/2012, DDU/DPUP/3960/2012, DDU/DPUP/3961/2012,

DDU/DPUP/3962/2012, DDU/DPUP/3963/2012, DDU/DPUP/3964/2012,

DDU/DPUP/3965/2012, DDU/DPUP/3966/2012 y DDU/DPUP/3982/2012; todos de fecha 15

de noviembre del 2012, emitidos por esta Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se

otorgan los Dictamenes de Uso de Suelo para los Condominios que se ubican en “Privada La

Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4,

Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera

Fracción 9 y Pradera Fracción 10, pertenecientes a este Municipio de El Marqués, Qro., los

cuales arrojan una Superficie Total de 23,298.54 m2.

SEPTIMO.- Lo anterior siempre y cuando se de cumplimiento con lo siguiente, en lo que se

refiere a la autorización de la Venta de Lotes de los condominios identificados como: Pradera

Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7,

Pradera Fracción 8 y Pradera Fracción 9:

a) Dando cumplimiento a lo indicado en el Código Urbano del Estado de Querétaro

Vigente publicado en el Periódico Oficial Número 27 “La Sombra de Arteaga”, con fecha 31 de

mayo del 2012; el Desarrollador deberá de dar cumplimiento a lo que se establece en la

Sección Segunda del Régimen de Propiedad en Condominio Artículo 225, Fracción V.

b) Dar cumplimiento a lo indicado en los Oficios Números DDU/DPUP/3984/2012,

DDU/DPUP/3985/2012, DDU/DPUP/3986/2012, DDU/DPUP/3987/2012,

DDU/DPUP/3988/2012, DDU/DPUP/3989/2012, DDU/DPUP/3990/2012 y

DDU/DPUP/3991/2012, todos de fecha 16 de noviembre del 2012, emitidos por la Dirección de

Desarrollo Urbano, mediante el cual se otorga la Declaratoria de Condominio de los

Condominios que se ubican en la “Privada La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción

2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5,

Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8 y Pradera Fracción 9, pertenecientes

a este Municipio de El Marqués, Qro.

c) Dar cumplimiento a lo indicado en los Oficios Números DDU/DPUP/4030/2012,

DDU/DPUP/4031/2012, DDU/DPUP/4032/2012, DDU/DPUP/4033/2012,

DDU/DPUP/4034/2012, DDU/DPUP/4035/2012, DDU/DPUP/4036/2012 y

DDU/DPUP/4037/2012, todos de fecha 16 de noviembre del 2012, emitidos por la Dirección de

Desarrollo Urbano, mediante el cual se otorga la Autorización de Venta de Unidades

Privativas de los Condominios que se ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados como:

Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera

Fracción 7, Pradera Fracción 8 y Pradera Fracción 9, pertenecientes a este Municipio de El

Marqués, Qro.

OCTAVO.- Una vez aprobado el presente dictamen por parte del Honorable Ayuntamiento de

El Marqués, Qro., y acreditado haber realizado los pagos de los derechos generados por la

presente autorización, dentro de los plazos establecidos en el presente acuerdo, deberá

publicarse en un plazo no mayor de 30 días naturales contados a partir de la aprobación de

éste acuerdo, para su publicación en dos ocasiones en la Gaceta Municipal y en el Periódico

Oficial de Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, a costa del solicitante.

Así mismo, deberá publicarse el presente Acuerdo en dos de los diarios de mayor circulación

en el Municipio, con un intervalo de cinco días entre cada publicación, a costa del solicitante.

El solicitante deberá acreditar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de

Desarrollo Urbano Municipal las constancias que acrediten el cumplimiento de lo establecido

en éste Punto de Acuerdo.

NOVENO.- Una vez cumplimentado lo anterior, en un plazo no mayor a seis meses contados a

partir de la segunda publicación del presente Acuerdo en la Gaceta Municipal, deberá

protocolizarse e inscribirse en el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio a costa del

interesado, lo que deberá acreditar el solicitante ante la Secretaría del Ayuntamiento y la

Dirección de Desarrollo Urbano Municipal remitiendo las constancias que así lo confirmen.

DECIMO.- Se instruye a la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, a efecto de que, una vez

que se realice la autorización de las Placas de Nomenclatura y su instalación, notificará de

dichos cambios a la Dirección del Servicio Postal Mexicano y al Registro Público de la

Propiedad, a fin de que se hagan las modificaciones necesarias en los registros

correspondientes, en cumplimiento a lo dispuesto al artículo 40, del Reglamento de

Construcción para el Municipio de El Marqués, Qro.

UNDECIMO.- El incumplimiento de cualquiera de las determinaciones y condicionantes

expuestos en éste Acuerdo y sus dispositivos Transitorios, en los plazos y condiciones

otorgados, dará lugar al inicio del procedimiento administrativo de revocación del presente

Acuerdo.

TRANSITORIOS

1.- El presente Acuerdo surtirá los efectos legales correspondientes a partir de su fecha de

inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Querétaro.

2.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento notifique el presente Acuerdo a los Titulares

de la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, Desarrollo Urbano Municipal,

Secretaría de Administración y al solicitante para su cumplimiento…”

ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE EL

MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.

DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE

NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

RÚBRICA

SEGUNDA PUBLICACIÓN

Page 22: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-201522

Page 23: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,

Gaceta Municipal 2012-2015 23

Page 24: 17 de diciembre de 2012 Año 1 No 6 Gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de protecciÓn ecolÓgica agrÍcola intensiva (peai), a uso de suelo de industria y servicios,