17 de diciembre de 2012 año 1 no 6 gacetaacuerdo que autoriza el cambio de uso de suelo de...
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GacetaMunicipalÓrgano oficial de difusióndel H. Ayuntamiento de El Marqués
Responsable de la publicación:Secretaría del AyuntamientoLic. Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda
Año 117 de diciembre de 2012
No 6
ACUERDO QUE AUTORIZA EL SUBSIDIO POR EL EQUIVALENTE AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA RETENIDO A LOS TRABAJADORES MUNICIPALES DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION).
ACUERDO POR EL QUE SE TIENE POR CUMPLIDA LA OBLIGACIÓN REFERENTE A LA PRESENTACIÓN REALIZADA AL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES, QRO., DEL PROGRAMA ANUAL DE AUDITORIA PARA EL EJERCICIO 2013, EN OBSERVANCIA A LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN I, DEL ARTÍCULO 8, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA CONTRALORÍA DEL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION).
ACUERDO QUE AUTORIZA LA ADHESIÓN DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES, QRO., AL CONVENIO DE COORDINACIÓN CELEBRADO ENTRE EL EJECUTIVO FEDERAL Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO. (UNICA PUBLICACION).
PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QUERÉTARO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013. (UNICA PUBLICACION).
ACUERDO QUE AUTORIZA EL CAMBIO DE USO DE SUELO DE PROTECCIÓN ECOLÓGICA AGRÍCOLA INTENSIVA (PEAI), A USO DE SUELO DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, RESPECTO DEL PREDIO IDENTIFICADO COMO FRACCIÓN DEL PREDIO RÚSTICO DENOMINADO CALAMANDA, PERTENECIENTE A ÉSTE MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO., CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 617,047.17 M2.(PRIMERA PUBLICACION).
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ACUERDO QUE AUTORIZA LA SOLICITUD DEL ING. LUIS FELIPE GARCÍA ALCOCER, REPRESENTANTE LEGAL DE “GEO CASAS DEL BAJÍO”, S. A. DE C. V., CONSISTENTE EN: I.- LA AUTORIZACIÓN DE LA RELOTIFICACIÓN DE LA ETAPA 1, DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO “LA PRADERA II”, (QUE CONSISTE EN LA ELIMINACIÓN DEL LOTE 1, DE LA MANZANA 049, PARA DAR CONTINUIDAD DE LA CALLE MICONIA), LA CUAL SERÁ DONADA AL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, CON LA FINALIDAD DE DAR CUMPLIMIENTO A LO INDICADO EN EL ACUERDO DE CABILDO DE FECHA 15 DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO; II.- EL RECONOCIMIENTO Y ASIGNACIÓN DE NOMENCLATURA OFICIAL DE LAS VIALIDADES IDENTIFICADAS COMO “PASEO PRADERA” Y “PRIVADA DE LA PRADERA”; QUE SE ORIGINARON CON LAS SUBDIVISIONES DE LA PARCELA 12 Z-1 P1/1, DEL EJIDO EL POZO CON SUPERFICIE TOTAL DE 36,516.39M2., SUB-192/12 Y SUB-193/12; III.- LA AUTORIZACIÓN DE LA DONACIÓN DEL 10% DE LA SUPERFICIE DE LOS CONDOMINIOS QUE SE UBICAN EN LA “PRIVADA DE LA PRADERA”; IDENTIFICADOS COMO: PRADERA FRACCIÓN 1C, PRADERA FRACCIÓN 2, PRADERA FRACCIÓN 4, PRADERA FRACCIÓN 5, PRADERA FRACCIÓN 6, PRADERA FRACCIÓN 7, PRADERA FRACCIÓN 8, PRADERA FRACCIÓN 9 Y PRADERA FRACCIÓN 10; Y, IV.- AUTORIZACIÓN DE LA VENTA DE UNIDADES PRIVATIVAS DE LOS CONDOMINIOS IDENTIFICADOS COMO: PRADERA FRACCIÓN 2, PRADERA FRACCIÓN 4, PRADERA FRACCIÓN 5, PRADERA FRACCIÓN 6, PRADERA FRACCIÓN 7, PRADERA FRACCIÓN 8 Y PRADERA FRACCIÓN 9. (SEGUNDA PUBLICACIO)
Gaceta Municipal 2012-2015 3
ACUERDO QUE AUTORIZA EL SUBSIDIO POR EL EQUIVALENTE AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA RETENIDO A LOS TRABAJADORES MUNICIPALES DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION).
EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL
ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 17 de diciembre de dos mil doce, el H.
Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó por Unanimidad el Acuerdo que
autoriza el Subsidio por el equivalente al Impuesto Sobre la Renta retenido a los
Trabajadores Municipales de El Marqués, Qro., el cual señala:
“…C O N S I D E R A N D O
1.- Que los Ayuntamientos son competentes para administrar el Patrimonio del Municipio y
vigilar la correcta aplicación del Presupuesto de Egresos correspondiente.
2.- Que el Estado necesita allegarse de recursos para la realización de sus funciones,
previendo en ello la participación de los ciudadanos tal y como se contempla en el artículo 31
Constitucional que cita: “La obligación de todos los ciudadanos de contribuir al gasto publico
tanto de la Federación, del Estado, como del Municipio donde se radique, en la forma
equitativa que marquen las leyes.”
3.- Que la Ley del Impuesto Sobre la Renta es el instrumento legal que permite al Estado la
obtención de los recursos para el Gasto Público, preponderando siempre por la equidad
Constitucional ya antes señalada.
4.- Que la Ley del Impuesto Sobre la Renta contempla el Impuesto a Ingresos por Salario y por
la Prestación de un Servicio Personal Subordinado, los cuales son causados por la prestación
de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una
relación laboral.
5.- Que las remuneraciones y demás prestaciones obtenidas por los funcionarios y
trabajadores del Estado, incluyendo a los Municipios son objeto del ingreso gravable
dispuesto en el artículo 110 fracción I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
6.- Que los trabajadores son sujetos de éste impuesto y el Municipio está obligado a efectuar
las retenciones y enteros mensuales por concepto de dicho impuesto que, además, es directo
y progresivo.
7.- Que los trabajadores integran el grupo que soporta la carga fiscal, aun y cuando con su
esfuerzo diario crean la riqueza, lo cual es totalmente inequitativo e injusto.
8.- Que el Ayuntamiento de El Marqués, Qro., y el Sindicato de Trabajadores al Servicio del
Municipio de El Marqués, Qro., suscribieron Convenio Laboral de pensiones, jubilaciones y
finiquitos de fecha 30 de abril del año 2003, suscrito entre el Municipio de El Marqués, Qro., y
el Sindicato de Trabajadores al Servicio de El Municipio de El Marqués, Qro.
9.- Que dicho Convenio principal tuvo modificaciones anuales, entre otros, el Convenio
Laboral suscrito en fechas 14 de marzo de 2007 pactándose, la autorización del subsidio al
100% del Impuesto Sobre la Renta sobre el total de las percepciones que reciban los
trabajadores sindicalizados.
10.- Que el Artículo 184 de la Ley Federal del Trabajo, señala: “…Las condiciones de trabajo
contenidas en el contrato colectivo que rija en la empresa o establecimiento se extenderán a
los trabajadores de confianza, salvo disposición en contrario consignada en el mismo
contrato colectivo…”, observándose en el propio Convenio suscrito entre el Municipio de El
Marqués, Qro., y el Sindicato de Trabajadores al Servicio de El Municipio de El Marqués, Qro.,
que no cuenta con disposición que establezca que no se extenderán a los trabajadores de
confianza los beneficios y prestaciones contenidas en dicho Convenio, por lo que la
prestación establecida en el CONSIDERANDO anterior, se extiende a todos los trabajadores
del Municipio de El Marqués.
11.- Que la inequitativa distribución de la riqueza, es un hecho inobjetable, pues aún y
cuando los enfoques oficiales a las reformas fiscales tienden desde luego a conseguir esa
justa distribución, se continúa gravando más al producto del trabajo que al producto del
capital, lo cual se realiza en detrimento de los trabajadores.
12.- Que el subsidio consiste primordialmente en la entrega directa de dinero al trabajador
contribuyente por parte del Patrón, asegurando la nivelación que se logra en el sector laboral
y contributivo por la redistribución de ingreso que se efectúa, de acuerdo a las necesidades
del mismo…”
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó por Unanimidad del Pleno del H.
Ayuntamiento de El Marqués, en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 17 de diciembre del
2012, el siguiente:
“…ACUERDO:
PRIMERO: El H. Ayuntamiento de El Marqués, autoriza otorgar durante la gestión de la
administración 2012-2015 por parte del Municipio, el subsidio por el equivalente al Impuesto
Sobre la Renta retenido a las percepciones de los trabajadores municipales, con lo que se
protegerá la integridad de su salario que redundará en el fortalecimiento del propio
municipio.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Aprobado que sea, hágase a la publicación respectiva en la Gaceta Municipal.
SEGUNDO.- Notifíquese a la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal para el
debido cumplimiento del presente Dictamen…”
ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS DIECISIETE DIAS DEL
MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
RÚBRICA
UNICA PUBLICACIÓN
Gaceta Municipal 2012-20154
ACUERDO POR EL QUE SE TIENE POR CUMPLIDA LA OBLIGACIÓN REFERENTE A LA PRESENTACIÓN REALIZADA AL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES, QRO., DEL PROGRAMA ANUAL DE AUDITORIA PARA EL EJERCICIO 2013, EN OBSERVANCIA A LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN I, DEL ARTÍCULO 8, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA CONTRALORÍA DEL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. (UNICA PUBLICACION).
EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL
ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 17 de diciembre de dos mil doce, el H.
Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó por Unanimidad el Acuerdo
mediante el cual se tiene por cumplida la obligación referente a la Presentación realizada
al H. Ayuntamiento del Municipio de El Marques, Qro., del Programa Anual de Auditoria
para el Ejercicio 2013, en observancia a lo dispuesto por la fracción I, del Artículo 8, del
Reglamento Interior de la Contraloría del Municipio de El Marqués, Qro.; el cual señala:
“…ANTECEDENTES
UNICO.- En fecha 16 de noviembre del 2012, se recibió en la oficina de la Secretaría del
Ayuntamiento, oficio número CMP/2053/2012, de fecha 16 de noviembre del 2012, dirigido al
Lic. Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del Ayuntamiento, suscrito por la
Ing. Ma. Leonor Hernández Montes, Contralor municipal, mediante el cual solicita sea
informado al H. Ayuntamiento en Pleno el Programa Anual de Auditoría 2013, que será
incluido en el Plan de Trabajo Anual de la Contraloría Municipal.
CONSIDERANDO
1.- Que la Contraloría Municipal, tiene como fin primordial prevenir y evitar la corrupción e
impunidad de los Servidores Públicos de la Administración del Municipio de El Marques a
través de la fiscalización, tanto para la evaluación de las Dependencias y Organismos
Descentralizados Municipales como del cumplimiento estricto de los deberes de los
Servidores Públicos, ello de conformidad con lo establecido en la Ley de Responsabilidades de
los Servidores Públicos del Estado de Querétaro.
2.- Que si bien, el Honorable Ayuntamiento es el órgano máximo de Gobierno en el Municipio
y el superior jerárquico de toda la Administración Municipal para los efectos de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos en el Estado de Querétaro, la Contraloría
Municipal, garantiza y transparenta los procedimientos de la Administración así como el
manejo de los recursos.
3.- Que es facultad de la Contraloría Municipal, practicar revisiones a todas las dependencias
del H. Ayuntamiento, así como proceder al seguimiento de los programas, convenios,
contratos o acuerdos que efectúe el propio Ayuntamiento con Organismos del Sector
Gubernamental y Privado, vigilando que se logren los objetivos planeados, evaluando
aspectos normativos, administrativos, financieros y de control.
4.- Que dentro de las obligaciones de dicha dependencia municipal, se encuentra el Informar
al H. Ayuntamiento respecto del Programa Anual de Actividades de la Contraloría Municipal,
el cual contendrá las políticas, planes, sistemas, el programa de Auditorias y acciones que
ejecutará.
5.- Que el Programa Anual de Auditorias es el documento en el cual se contienen las diversas
auditorias que realizará la Contraloría Municipal durante los meses de enero a diciembre de
cada año establecido en base a las propuestas de Programa Anual de Auditorias a las
Dependencias, Entidades, Organismos, Unidades y demás áreas a auditar.
6.- Que el Programa Anual de Auditorias que se describe en el ANTECEDENTE UNICO del
presente Acuerdo, cuenta con el correspondiente visto bueno otorgado por el L.A.E. Enrique
Vega Carriles, Presidente Municipal, el cual se otorgó mediante oficio número PM/075/2012
de fecha 16 de noviembre del 2012, con lo cual se da cumplimiento a los requisitos señalados
en el Artículo 34, primer párrafo del Reglamento Interno de la Contraloría del Municipio de El
Marqués, Qro…”
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó por Unanimidad del Pleno del H.
Ayuntamiento de El Marqués, en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 17 de
diciembre del 2012, el siguiente:
“…ACUERDO:
PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de El Marques, señala parcialmente cumplida, la obligación
establecida en la fracción I, del Artículo 8, del Reglamento Interior de la Contraloría del
Municipio de El Marqués, Qro., al tener por presente por conducto del Presidente Municipal
Constitucional, y en conocimiento, el Programa Anual de Auditorias a realizarse en la
anualidad 2013.
SEGUNDO.- El H. Ayuntamiento de El Marques, se reserva el tener por cumplido totalmente,
la obligación descrita en el numeral referido en el punto de Acuerdo próximo anterior, hasta
en tanto no sea presentado a éste Órgano Colegiado, el Plan de Trabajo Anual de la
Contraloría Municipal 2013.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese por una sola ocasión en la “Gaceta Municipal” del Municipio de El
Marqués, Qro.
SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento para que notifique el presente
Acuerdo a la Contraloría Municipal para su conocimiento e irrestricto cumplimiento…”
ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS DIECISIETE DIAS DEL
MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
RÚBRICA
UNICA PUBLICACIÓN
ACUERDO QUE AUTORIZA LA ADHESIÓN DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES, QRO., AL CONVENIO DE COORDINACIÓN CELEBRADO ENTRE EL EJECUTIVO FEDERAL Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO. (UNICA PUBLICACION).
Gaceta Municipal 2012-2015 5
EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL
ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 17 de diciembre de dos mil doce, el H.
Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó por Unanimidad el Acuerdo que
autoriza la Adhesión del Municipio de El Marques, Qro., al Convenio de Coordinación
celebrado entre el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Querétaro, el cual señala:
“…CONSIDERANDO
1.- Que como se contempla en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los municipios tienen a su cargo la prestación de diversos servicios públicos
encontrando dentro de las fases de dicha prestación la creación de obras en beneficio de la
colectividad, por lo que la obra pública es un clamor generalizado de los gobernados y una
obligación Constitucional de la autoridad municipal.
2.- Que el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos
Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua y el Ejecutivo del Estado de Querétaro,
suscribieron en fecha 10 de marzo de 2009, el Convenio de Coordinación con el objeto de
impulsar el Federalismo, mediante la conjunción de acciones y la descentralización de agua
potable, alcantarillado y saneamiento a la entidad y fomentar el desarrollo regional.
3.- Que derivado de dicho Acuerdo, mediante recursos federales y estatales se realizan
anualmente obras en distintas localidades de los Municipios del Estado de Querétaro
mediante el programa para la “Construcción y Rehabilitación de Sistemas de Agua Potable y
Saneamiento en Zonas Rurales”, del cual la Comisión Nacional del Agua es el ente normativo
de dicho programa y la Comisión Estatal de Aguas de Querétaro, el ente ejecutor.
4.- Que la Comisión Estatal de Aguas tiene programado ejecutar bajo el esquema del
Programa para la “Construcción y Rehabilitación de Sistemas de Agua Potable y
Saneamiento en Zonas Rurales III 2012”, el Equipamiento electromecánico, construcción de
línea de conducción y arreglo de conjunto de pozo en Santa María de los Baños, Municipio de
El Marqués, Qro., con un monto de inversión de $8,209,943.06 (OCHO MILLONES DOSCIENTOS
NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS 06/100 M.N.).
5.- Que mediante oficio número VE/4114/12 de fecha 20 de noviembre del 2012, suscrito por
el Lic. Habib Abraham Wejebe Moctezuma, Vocal Ejecutivo de la Comisión Estatal de Aguas, se
notifica a la Presidencia Municipal de El Marqués, Qro., la propuesta de obra descrita en el
Considerando inmediato anterior, y se requiere para su aplicación, la adhesión de éste
Municipio al Convenio de Coordinación celebrado por el Ejecutivo Federal por conducto de la
Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del
Agua y el Ejecutivo del Estado de Querétaro Arteaga, firmado en fecha 10 de marzo del 2009,
y al Anexo de ejecución modificatorio derivado, número II.-01/12 firmado con fecha 23 de
julio de 2012.
6.- Que mediante oficio SAY/179/2012-2013 de fecha 10 de diciembre del 2012, el Lic. Rafael
Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del Ayuntamiento, por instrucciones del L.A.E.
Enrique Vega Carriles, Presidente Municipal, turnó a las Comisiones de Obras y Servicios
Públicos la solicitud del Lic. Habib Abraham Wejebe Moctezuma, Vocal Ejecutivo de la
Comisión Estatal de Aguas, descritas en el CONSIDERANDO anterior, para que se realice su
análisis y resuelvan en consecuencia.
7.- Que los beneficios que se obtienen con la adherencia a éste Convenio de Coordinación,
redunda en la realización de la obra consistente en el Equipamiento electromecánico,
construcción de línea de conducción y arreglo de conjunto de pozo en Santa María de los
Baños, Municipio de El Marqués, Qro., lo cual, al tratarse de obra pública repercute en el
bienestar de la colectividad de esa zona del Municipio…”
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó por Unanimidad del Pleno del H.
Ayuntamiento de El Marqués, en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 17 de
diciembre del 2012, el siguiente:
“…ACUERDO:
PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., aprueba se suscriba la adhesión de éste
Municipio al Convenio de Coordinación celebrado por el Ejecutivo Federal por conducto de la
Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del
Agua y el Ejecutivo del Estado de Querétaro, firmado en fecha 10 de marzo del 2009, y al
Anexo de ejecución modificatorio derivado, número II.-01/12 firmado con fecha 23 de julio de
2012, autorizando para tal efecto al L.A.E. Enrique Vega Carriles, Presidente Municipal, para
suscribir la correspondiente carta de adhesión.
SEGUNDO.- A efecto de acatar lo estipulado en las Reglas de Operación del Convenio de
Coordinación y su anexo descrito en el punto anterior, se compromete el Municipio a cumplir
con lo establecido en las Reglas de Operación para los Programas de Infraestructura
Hidroagrícola, y de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión
Nacional del Agua y en el Manual de Operación y Procedimientos del Programa para la
Construcción y Rehabilitación de Sistemas de Agua Potable y Saneamiento en Zonas Rurales;
también denominado por el BID Programa para la sostenibilidad de los Servicios de Agua
Potable y Saneamiento en Comunidades Rurales III PROSSAPYS III; así como cumplir lo
establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2011.
TERCERO.- Conforme a las Reglas de Operación del Convenio de Coordinación y su anexo, el
Municipio, en el ámbito de su respectiva competencia, se compromete a la adecuada
utilización y administración de los recursos financieros y materiales autorizados para la
ejecución de las acciones definidas en el Anexo Técnico del Anexo de Ejecución referido; así
como continuar apoyando a las comunidades rurales beneficiadas para asegurar la
sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento, en el entendido de que los
recursos presupuestales no pierden su carácter federal y su ejercicio se regirá bajo la
Legislación Federal aplicable en la materia, y en consecuencia, son sujetos de las acciones de
control, vigilancia y evaluación por parte de las instancias federales y estatales facultadas
para tal efecto.
CUARTO.- Que los beneficios que se obtienen con la adherencia a éste Convenio de
Coordinación, serán la realización de la obra consistente en el Equipamiento
electromecánico, construcción de línea de conducción y arreglo de conjunto de pozo en
Santa María de los Baños, Municipio de El Marqués, Qro., lo cual, al tratarse de obra pública
repercute en el bienestar de la colectividad de esa zona del Municipio.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación.
SEGUNDO.- Publíquese por una sola ocasión en el Periódico Oficial del Estado de Querétaro,
“La Sombra de Arteaga” y en la “Gaceta Municipal” de El Marqués, Qro.
Gaceta Municipal 2012-20156
TERCERO.- Remítase la Carta de Adhesión y la certificación debidamente suscritas a la
Comisión Estatal de Aguas para el cumplimiento del presente acuerdo.
CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento a efecto de que se notifique el
presente a la Secretaría de Administración y a la Dirección de Obras Públicas Municipales…”
ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS DIECISIETE DIAS DEL
MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
RÚBRICA
UNICA PUBLICACIÓN
PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QUERÉTARO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013. (UNICA PUBLICACION).
EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL
ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 17 de diciembre de dos mil doce, el H.
Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó por Unanimidad el Presupuesto de
Egresos del Municipio de El Marqués, Querétaro, para el Ejercicio Fiscal 2013; el cual
señala:
“…CONSIDERANDO:
1.- Que el Presupuesto de Egresos constituye una expresión económica de la política
municipal, la organización de las estrategias en función de las prioridades y la forma
ordenada de disponer y controlar los recursos.
2.- Que el Presupuesto de Egresos tiene como referencia una estructura programática que
refleja el sentido de la acción municipal que se traduce del Plan Municipal de Desarrollo
2012-2015.
3.- Que el Presupuesto de Egresos es el documento que establece los gastos Públicos que
tendrán vigencia durante un ejercicio fiscal determinado, siendo este el medio por el cual el
Municipio establece la manera de solventar los gastos de su administración.
4.- Que el Presupuesto de Egresos para el año 2013 es un plan financiero de las acciones a
realizar por la Administración Municipal para el periodo comprendido del 1º de enero al 31 de
diciembre del 2013 y de la aplicación del Plan Municipal de Desarrollo; con base en el
principio de equilibrio presupuestal contenido en el artículo 115 Constitucional.
5.- Que la formulación del Presupuesto de Egresos se realizó tomando en cuenta los ingresos
previstos en la Ley de Ingresos 2013 por lo que su monto asciende a la cantidad de
$617’454,999.00 (Seiscientos Diecisiete Millones Cuatrocientos Cincuenta y Cuatro Mil
Novecientos Noventa y Nueve Pesos 00/100 M.N)
6.- Que el Presupuesto de Egresos para el Año 2013(documento que se anexa al presente,
formando parte del mismo), se presenta en partidas específicas y detalladas, las cuales se
encuentran agrupadas en dos grandes apartados, el de Gasto Administrativo y el de Gasto
Social.
7.- Que el Gasto de Administración, corresponde a las erogaciones que se requieren para la
operación del Municipio, conteniendo los siguientes conceptos:
a) SERVICIOS PERSONALES. En este rubro se contemplan los sueldos ordinarios, dietas,
aguinaldos y prima vacacional entre otros gastos, el cual asciende a la cantidad de
$262’759,546.00 (Doscientos Sesenta y Dos Millones Setecientos Cincuenta y Nueve Mil
Quinientos Cuarenta y Seis Pesos 00/100 M.N.). Dicho epígrafe se divide en Gasto
Administrativo con un importe de $23’362,833.00 y Gasto Social con un importe de
$239’396,713.00
b) MATERIALES Y SUMINISTROS. Dentro de éste título, se encuentran los siguientes
conceptos: papelería y artículos de escritorio, materiales de limpieza, combustibles, materiales
de trabajo, combustibles y otros materiales y suministros, partida que asciende a la cantidad
de $18’312,972.00 (Dieciocho Millones Trescientos Doce Mil Novecientos Setenta y Dos Pesos
00/100 M.N.).
8.- Que en Gasto Social, se destinan recursos para los objetos del gasto siguientes:
a) SERVICIOS GENERALES. En ésta sección se contemplan los servicios básicos de
arrendamiento, servicios de difusión e información, actividades cívicas y oficiales, asesorías,
estudios e investigación, servicios de seguros patrimoniales, mantenimiento y conservación
de inmuebles, equipos y vehículos, entre otros, servicios que ascienden en cantidad de
$76’250,190.00 (Setenta y Seis Millones Doscientos Cincuenta Mil Ciento Noventa Pesos
00/100 M.N.).
b) TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS. Este rubro
comprende aspectos culturales y sociales, subsidio al DIF Municipal, amparos DAP, y atención
a aspectos de la sociedad vulnerable, cuyo monto asciende la cantidad de $78’044,375.00
(Sesenta y Ocho Millones Cuarenta y Cuatro Mil Trescientos Setenta y Cinco Pesos 00/100
M.N.).
c) BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES. Adquisiciones para la prestación de los
servicios a cargo de la Administración Pública Municipal ,las cuales ascienden en cantidad de
$13’788,821.00 (Trece Millones Setecientos Ochenta y Ocho Mil Ochocientos Veintiún Pesos
00/100 M.N.).
d) INVERSIÓN PÚBLICA. En éste epígrafe se destinará un total de $145´978,544.00 (Ciento
Cuarenta y Cinco Millones Novecientos Setenta y Ocho Mil Quinientos Cuarenta y Cuatro
Pesos 00/100 M.N.).
9.- DEUDA PÚBLICA. En este rubro contempla el pago de amortizaciones, comisiones e
intereses de Empréstitos, adeudos de ejercicios fiscales anteriores, así como amparos del DAP
de ejercicios anteriores, cuyo importe asciende la cantidad de $22´320,551.00 (Veintidós
Millones Trescientos Veinte Mil Quinientos Cincuenta y Un Pesos 00/100 M.N.).
10.- Que el Presupuesto de Egresos 2013 se elaboró tomando como base las necesidades
Gaceta Municipal 2012-2015 7
reales mínimas consideradas por cada dependencia para la realización de sus funciones, de
acuerdo al Plan Municipal de Desarrollo , expresa un equilibrio de los egresos con respecto a
los ingresos, siendo de destacarse que con los ingresos propios de Municipio se cubren
suficientemente los gastos de administración y el remanente de estos ingresos, así como el
total de las participaciones federales se destinan al gasto social.
Lo anterior, sin considerar parte de los recursos provenientes de los programas federales y
estatales que con alta probabilidad llegarán, complementos de HABITAT; Programa de
Rescate de Espacios Públicos; FAM Básico, DEZOP, Programas de obra pública conjunta con
Gobierno del Estado y Federal; programas que mejorarán la proporción para la inversión de
obra pública y para el gasto social del Municipio.
11.- Que mediante oficio número SFT/0229/2012, de fecha 30 de Noviembre del 2012, la C.P.
Norma Patricia Hernández Barrera, Secretario de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal,
remite al Lic. Rafael Fernández de Cevallos Y Castañeda, Secretario del Ayuntamiento, en
medio escrito y electrónico, el Proyecto de “Presupuesto de Egresos del Municipio de El
Marqués, para el Ejercicio Fiscal 2013”, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo
110, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.
12.- Que mediante oficio de fecha 30 de noviembre del 2012, suscrito por el Lic. Rafael
Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del Ayuntamiento, se realizó la Presentación al
H. Ayuntamiento, del Proyecto de “Presupuesto de Egresos del Municipio de El Marqués, para el
Ejercicio Fiscal 2013”.
13.- Que en acato a lo establecido en el Artículo 111, de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Querétaro, el H. Ayuntamiento de El Marqués por conducto del Secretario del
Ayuntamiento, mediante oficio SAY/0291/2012-2013, de fecha 30 de noviembre del 2012,
turnó a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública el Proyecto de “Presupuesto de
Egresos del Municipio de El Marqués, para el Ejercicio Fiscal 2013”, para su estudio y emisión de
dictamen respectivo…”
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó por Unanimidad del Pleno del H.
Ayuntamiento de El Marqués, en Sesión Extraordinaria de Cabildo celebrada el 17 de
diciembre del 2012, el siguiente:
“…ACUERDO:
UNICO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués aprueba el Presupuesto de Egresos del Municipio
de El Marqués, Querétaro, para el Ejercicio Fiscal 2013, en los términos siguientes:
MUNICIPIO EL MARQUÉS
SECRETARIA DE FINANZAS PÚBLICAS Y TESORERIA MUNICIPAL
PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS
EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2013
EGRESOS IMPORTE % SERVICIOS PERSONALES 23’362,833.00 3.78 MATERIALES Y SUMINISTROS 18’312,972.00 2.97 GASTO ADMINISTRATIVO 41’675,805.00 6.75 SERVICIOS PERSONALES 239’396,713.00 38.77 SERVICIOS GENERALES 76’250,190.00 12.35 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 78’044,375.00 12.64 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 13’788,821.00 2.23 INVERSIÓN PUBLICA 145’978,544.00 23.64 DEUDA PÚBLICA 22’320,551.00 3.62 GASTO SOCIAL 575’779.194.00 93.25 TOTAL EGRESOS 617’454,999.00 100.00
CLAVE CONCEPTO TOTALES
1000 SERVICIOS PERSONALES 262,759,546 1100 REMUNERACION AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE 150,554,100 111 DIETAS 7,087,600 1111 DIETAS 7,087,600 113 SUELDOS BASE AL PERSONAL PERMANENTE 143,466,500 1131 SUELDOS BASE AL PERSONAL PERMANENTE 143,466,500 1200 REMUNERACION AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO 9,895,512 121 HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS 0 1211 HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS 0 122 SUELDO BASE AL PERSONAL EVENTUAL 9,895,512 1221 SALARIOS AL PERSONAL EVENTUAL Y LISTA DE RAYA 9,895,512 1300 REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES 47,895,510 131 PRIMAS POR AÑOS DE SERVICIO EFECTIVOS PRESTADOS 2,038,133 1311 QUINQUENIOS 2,038,133 132 PRIMAS VACACIONALES, DOMINICAL Y GRATIFICACION DE FIN DE AÑO 45,857,377 1321 PRIMA VACACIONAL 8,656,861 1322 AGUINALDO 32,620,055 1323 COMPENSACION POR SERVICIOS ESPECIALES 4,034,358 1324 PRIMAS DE ANTIGÜEDAD 25,954 1325 PRIMA DOMINICAL 62,554 1326 BONOS DE PRODUCTIVIDAD 457,595 133 HORAS EXTRAORDINARIAS 0 1331 REMUNERACIONES POR HORAS EXTRAORDINARIAS 0 1400 SEGURIDAD SOCIAL 1,181,226 142 APORTACIONES A FONDO DE VIVIENDA 1,181,226 1421 INFONAVIT 1,181,226 1500 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS 53,233,198 152 INDEMNIZACIONES 12,483,128 1521 LIQUIDACIONES POR INDEMNIZACIONES Y POR SUELDOS Y SALARIOS CAIDOS 12,483,128 153 PRESTACIONES Y HABERES DE RETIRO 2,294,612 1531 CUOTAS DE PENSIONES 2,294,612 154 PRESTACIONES CONTRACTUALES 37,002,977 1541 OTRAS PRESTACIONES 37,002,977 159 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONÓMICAS 1,452,481 1591 PAGO DE MARCHA 41,911 1592 APOYO PARA TRANSPORTE 323,130 1593 APOYO PARA DESPENSA 1,087,440 2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 18,312,972
2100 MATERIALES DE ADMINISTRACIÓN, EMISIÓN DE DOCUMENTOS Y ARTÍCULOS OFICIALES 3,196,285
211 MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA 2,449,415 2111 MATERIAL Y UTILES DE OFICINA 582,100 2112 MATERIAL DE TRABAJO 1,867,315
214 MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACIONES 431,804
2141 MATERIALES Y UTILES PARA EQUIPO INFORMATICO CONSUMIBLES 431,804 216 MATERIAL DE LIMPIEZA 315,066 2161 MATERIAL DE LIMPIEZA 315,066 2400 MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION 1,199,426 242 CEMENTO Y PRODUCTOS DE CONCRETO 0 2421 MATERIALES DE CONSTRUCCION 0 246 MATERIAL ELECTRICO Y ELECTRONICO 1,199,426 2461 MATERIAL ELECTRICO Y ELECTRONICO 1,199,426 248 MATERIALES COMPLEMENTARIOS 0 2481 MATERIALES COMPLEMENTARIOS 0 2500 PRODUCTOS QUIMICOS, FARMACEUTICOS Y DE LABORATORIO 0 251 PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS 0 2511 SUSTANCIAS QUIMICAS 0 253 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS 0 2531 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS 0 254 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS 0 2541 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MEDICOS 0 2600 COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y ADITIVOS 13,917,261 261 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS 13,917,261 2611 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS 13,917,261
2700 VESTUARIO, BLANCOS Y PRENDAS DE PROTECCION Y ARTICULOS DEPORTIVOS 0
271 VESTUARIO Y UNIFORMES 0 2711 VESTUARIO, UNIFORMES Y BLANCOS 0 2800 MATERIALES EXPLOSIVOS Y DE SEGURIDAD PUBLICA 0 282 MATERIALES DE SEGURIDAD PUBLICA 0 2821 MATERIALES DE SEGURIDAD PUBLICA 0 2900 REFACCIONES, ACCESORIOS Y HERRAMIENTAS MENORES 0 291 HERRAMIENTAS MENORES 0 2911 REFACCIONES, ACCESORIOS Y HERRAMIENTAS 0 3000 SERVICIOS GENERALES 76,250,190 3100 SERVICIOS BASICOS 11,301,270 311 ENERGIA ELECTRICA 3,334,525 3111 SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA 3,334,525 313 AGUA 5,542,348 3131 SERVICIO DE AGUA 5,542,348 314 TELEFONÍA TRADICONAL 2,424,397 3141 SERVICIO TELEFONICO CONVENCIONAL 2,424,397 319 SERVICIOS INTEGRALES Y OTROS SERVICIOS 0 3191 SERVICIOS DE CONDUCCION DE SEÑALES ANALOGICAS Y DIGITALES 0 3200 SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO 30,714,180 322 ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS 1,406,174 3221 ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES 1,406,174 329 OTROS ARRENDAMIENTOS 29,308,006 3291 ARRENDAMIENTOS ESPECIALES 29,308,006 3292 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE SERVICIOS 0 3300 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTIFICOS, TECNICOS Y OTROS SERVICIOS 5,307,967 331 SERVICIOS LEGALES, DE CONTABILIDAD, AUDITORIA Y RELACIONADOS 5,057,967 3311 ASESORIA 4,279,451 3312 SERVICIOS JUDICIALES Y NOTARIALES 778,516
333 SERVICIOS DE CONSULTORÍA ADMINISTRATIVA, PROCESOS, TÉCNICA Y EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN 250,000
3311 SERVICIOS DE INFORMATICA 250,000 334 SERVICIOS DE CAPACITACION 0 3341 CAPACITACION 0 335 SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DESARROLLO 0 3351 ESTUDIOS E INVESTIGACIONES 0
Gaceta Municipal 2012-20158
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día 01 de enero del 2013.
SEGUNDO.- Publíquese por una sola ocasión el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga” y en la Gaceta Municipal de El
Marqués, Qro., y un resumen ejecutivo en un periódico de mayor circulación en el Estado de
Querétaro y en el Municipio de El Marqués, dentro de los diez días hábiles contados a partir de
su aprobación.
TERCERO.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento a efecto de que remita copia
certificada del presente a la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro, y a la
Secretaría de Planeación y Finanzas Públicas del Estado de Querétaro.
CUARTO.- Notifíquese el presente para su cumplimiento a la Secretaría de Finanzas Públicas y
Tesorería Municipal, a la Contraloría Municipal y a la Dirección de Comunicación Social…”
ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS DIECISIETE DIAS DEL
MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
RÚBRICA
UNICA PUBLICACIÓN
ACUERDO QUE AUTORIZA EL CAMBIO DE USO DE SUELO DE PROTECCIÓN ECOLÓGICA AGRÍCOLA INTENSIVA (PEAI), A USO DE SUELO DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, RESPECTO DEL PREDIO IDENTIFICADO COMO FRACCIÓN DEL PREDIO RÚSTICO DENOMINADO CALAMANDA, PERTENECIENTE A ÉSTE MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO., CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 617,047.17 M2.(PRIMERA PUBLICACION).
EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL
ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 05 de diciembre de dos mil doce, el H.
Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó por Unanimidad el Acuerdo que
autoriza el Cambio de Uso de Suelo de Protección Ecológica Agrícola Intensiva (PEAI), a
Uso de suelo de Industria y Servicios, respecto del predio identificado como Fracción del
Predio Rústico denominado Calamanda, perteneciente a éste Municipio de El Marqués,
Qro., con una superficie total de 617,047.17 m2., el cual señala:
“…ANTECEDENTES:
3400 SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES 6,540,447 341 SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS 647,636 3411 INTERESES, DESCUENTOS Y OTROS SERV. BANCARIOS 647,636 345 SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES 5,892,811 3451 SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES 5,892,811
3500 SERVICIOS DE INSTALACIÓN, REPARACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN 3,050,144
351 CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO MENOR DE INMUEBLES 0 3511 MANTENIMIENTO Y CONSERV. DE INMUEBLES 0
352 INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y RECREATIVO 0
3521 MANTENIMIENTO Y CONSERV. DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION 0
353 INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN 0
3531 MANTENIMIENTO Y CONSERV. DE BIENES INFORMATICOS 0 355 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE 3,050,144 3551 MANTENIMIENTO EQUIPO DE TRANSPORTE 2,889,055 3552 TENENCIAS Y GASTOS DE VERIFICACION 161,089
357 INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTA 0
3571 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO 0 3600 SERVICIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y PUBLICIDAD 9,640,675
361 DIFUSIÓN POR RADIO, TELEVISIÓN Y OTROS MEDIOS DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES 9,640,675
3611 IMPRESIONES Y PUBLICACIONES OFICIALES 556,800 3612 GASTOS DE PROPAGANDA Y PROMOCION 9,083,875 369 OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN 0 3691 OTROS GASTOS DE PUBLICACION, DIFUSION E INFORMACION 0 3800 SERVICIOS OFICIALES 4,523,078 381 GASTOS DE CEREMONIAL 1,166,337 3811 GASTOS DE CEREMONIAL 1,166,337 382 GASTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL 451,663 3821 ACTIVIDADES CIVICAS Y FESTIVIDADES 451,663 385 GASTOS DE REPRESENTACIÓN 2,905,078 3851 ATENCION A VISITANTES Y FUNCIONARIOS 2,905,078 3900 OTROS SERVISIOS GENERALES 5,172,429 395 PENAS, MULTAS, ACCESORIOS Y ACTUALIZACIONES. 513,329 3951 PENAS, MULTAS, ACCESORIOS Y ACTUALIZACIONES. 513,329
398 IMPUESTO SOBRE NOMINAS Y OTROS QUE SE DERIVEN DE UNA RELACION LABORAL 4,659,100
3981 IMPUESTO SOBRE NOMINAS 4,659,100 4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 78,044,375 4300 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES 51,462,512 431 SUBSIDIOS A LA PRODUCCIÓN 6,305,558 4311 SUBSIDIOS A LA AGRICULTURA, INDUSTRIA Y COMERCIO 6,305,558 439 OTROS SUBSIDIOS 45,156,954 4391 SUBSIDIO AL DIF 35,000,000 4392 TRANSFERENCIAS CONTINGENTES 10,156,954 4400 AYUDAS SOCIALES 26,581,863 441 AYUDAS SOCIALES A PERSONAS 26,581,863 4411 AYUDAS CULTURALES Y SOCIALES 26,581,863 5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 13,788,821 5100 MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINSTRACION 4,750,000 511 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA 0 5111 MOBILIARIO 0 515 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN 4,550,000 5151 BIENES INFORMATICOS 4,550,000 519 OTROS MOBILIARIOS Y EQUIPO DE ADMINISTRACION 200,000 5191 EQUIPO DE ADMINISTRACION 200,000 5300 EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO 0 531 EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO 0 5311 EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO 0 532 INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO 0 5321 INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO 0 5400 VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE 9,038,821 541 VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRE 9,038,821 5411 VEHICULOS Y EQUIPO TERRESTRE 9,038,821 5651 EQUIPO Y APARATOS DE COMUN. Y TELECOMUNICACION 0 5800 BIENES INMUEBLES 0 581 TERRENOS 0 5811 TERRENOS(DOMINIO PRIVADO) 0 6000 INVERSION PUBLICA 145,978,544 6100 OBRAS PÚBLICAS EN BIENES DE DOMINIO PÚBLICO 22,786,014
613 CONSTRUCCION DE OBRAS PARA EL ABASTECIMIENTO DE AGUA, PETRÓLEO, GAS, ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIÓN 22,786,014
6131 OBRAS PUBLICAS POR CONTRATO FISM 22,786,014 614 DIVISIÓN DE TERRENOS Y CONSTRUCCION DE OBRAS DE URBANIZACION 23,358,532 6141 OBRAS PUBLICAS POR ADMINISTRACION 22,500,000 6142 OBRAS PUBLICAS POR CONTRATO FORTAMUN 858,532 6300 PROYECTOS PRODUCTIVOS Y ACCIONES DE FOMENTO 99,833,998
632 EJECUCION DE PROYECTOS PRODUCTIVOS NO INCLUIDOS EN CONCEPTOS ANTERIORES DE ESTE CAPITULO 99,833,998
6321 OBRAS POR RECURSO FEDERAL INCLUYE CONVENIOS 99,833,998 9000 DEUDA PUBLICA. 22,320,551 9100 AMORTIZACION DE LA DEUDA PUBLICA 14,164,823 911 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA INTERNA CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO 14,164,823 9111 AMORTIZACION DE LA DEUDA PÚBLICA 14,164,823 9200 INTERESES DE LA DEUDA PUBLICA 6,286,502 921 INTERESES DE LA DEUDA INTERNA CON INSTITUCIONES DE CRÉDITO 6,286,502 9211 INTERESES DE LA DEUDA PÚBLICA 6,286,502 9300 COMISIONES DE LA DEUDA PÚBLICA 1,226,978 931 COMISIONES DE LA DEUDA PÚBLICA INTERNA 1,226,978 9311 COMISIONES Y GASTOS DE LA DEUDA PÚBLICA 1,226,978 9900 ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES ( ADEFAS ) 642,248 991 ADEFAS 642,248 9911 ADEFAS 642,248 TOTALES 617,454,999
Gaceta Municipal 2012-2015 9
1.- Que en fecha 21 de noviembre del 2012, se recibió en la oficina de la Secretaría del
Ayuntamiento, escrito suscrito por el Lic. José Luis Álvarez Montes, Apoderado Legal de las CC.
Karina María de Guadalupe y Liliana de Apellidos Álvarez Montes, mediante el cual solicita se
autorice el Cambio de Uso de Suelo para Industria y Servicios (IS), para un predio propiedad de
sus representadas, consistente en 6 fracciones con las siguientes superficies: 247,547.13 m2.,
102,072.04 m2., 120,000.00 m2., 56,448.04 m2., 11,893.18 m2., y 79,086.76m2; identificado
como Fracción del Predio Rústico denominado Calamanda, perteneciente a éste Municipio de
El Marqués, Qro., con una superficie total de 617,047.17 m2.
2.- Que mediante Oficio número SAY/198/2012 de fecha 22 de noviembre del 2012, el Lic.
Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del H. Ayuntamiento, remite a la
Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, el expediente relativo a la solicitud del Lic. José Luis
Álvarez Montes, Representante Legal de la Copropiedad, relativa a la solicitud de Cambio de
Uso de Suelo para Industria y Servicios (IS), para un predio con una superficie total de
617,047.17 m2., mismo que derivado de las afectaciones se conforma de varias fracciones
ubicado en la “Ex Hacienda Calamanda”; perteneciente a éste Municipio de El Marqués, Qro.,
para efectos de emitir su opinión técnica correspondiente, conforme a lo establecido en el
artículo 8, fracción I, del Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio para
el Municipio de El Marqués, Qro.
3.- Que se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento en fecha 26 de noviembre del presente
año, Dictamen Técnico con número de folio 029/12, suscrito por el Lic. Arturo D. Díaz Sibaja,
Director de Desarrollo Urbano Municipal, relativo a la petición presentada por Lic. José Luis
Álvarez Montes, Apoderado Legal de las CC. Karina María de Guadalupe y Liliana de Apellidos
Álvarez Montes, mediante el cual solicita se autorice el Cambio de Uso de Suelo para Industria
y Servicios (IS), para un predio propiedad de sus representadas, consistente en 6 fracciones con
las siguientes superficies: 247,547.13 m2., 102,072.04 m2., 120,000.00 m2., 56,448.04 m2.,
11,893.18 m2., y 79,086.76m2; identificado como Fracción del Predio Rústico denominado
Calamanda, perteneciente a éste Municipio de El Marqués, Qro., con una superficie total de
617,047.17 m2, el cual se transcribe a continuación en su parte esencial:
“…ANTECEDENTES:
1.- Mediante el Oficio No. SAY/198/2012 de fecha 22 de noviembre del 2012, el Secretario del H.
Ayuntamiento remite copia del escrito suscrito por el Lic. José Luis Álvarez Montes,
Representante Legal de la Copropiedad, en el cual solicita el Cambio de Uso de Suelo para
Industria y Servicios (IS), para un predio consistente con una superficie total de 617,047.17
m2., mismo que derivado de las afectaciones se conforma de varias fracciones ubicado en la
“Ex Hacienda Calamanda”; perteneciente a este Municipio de El Marqués, Qro.
2.- Mediante Escrito de fecha 21 de noviembre del 2012, el Lic. José Luis Álvarez Montes,
Representante Legal de la Copropiedad, remite al H. Ayuntamiento su solicitud del Cambio de
Uso para 6 fracciones, que actualmente tienen uso de suelo agrícola y que se tiene la
intención de llevar a cabo el Cambio de Uso de Suelo Industria y Servicios (IS), haciendo
mención que el predio inicialmente conformaba una sola unidad topográfica con una
superficie total de 617,047.17 m2.
3.- Mediante Escrito de fecha 23 de noviembre del 2012, dirigido al Lic. Rafael Fernández de
Cevallos y Castañeda, Secretario del H. Ayuntamiento; el Lic. José Luis Álvarez Montes,
Representante Legal de la Copropiedad, remite información complementaria a la ingresada
anteriormente respecto a su solicitud de Cambio de Uso de Suelo, la cual se anexa.
Anexando la siguiente documentación:
a) Copia del Oficio DDU/DPVU/4070/2012 de fecha 23 de noviembre del 2012,
mediante el cual la Dirección de Desarrollo Urbano informa al Lic. José Luis Álvarez Montes,
Representante Legal de las Copropiedad, sobre revisión realizada al Estudio de Impacto
Urbano haciéndole entrega de las observaciones realizadas al mismo.
b) Copia de los Certificados de Propiedad de fecha 22 de noviembre del 2012,
suscritos por el Lic. Mario Alberto López Ramírez, Subdirector del Registro Público de la
Propiedad y del Comercio en Querétaro; mismo que CERTIFICA que las Inscripciones que con
los folios: 443819, 443824, 443820, 443823, 443821y 443822; corresponden a los inmuebles
identificados como: fracción1, fracción 2, fracción 6, fracción 7, fracción 8 y fracción 9; con
superficies de 247,547.12m2., 11,893.18m2., 102,072.04 m2., 79,086.76m2., 120,000.00m2., y
56,448.04m2., respectivamente mismas que se describen y que se encuentran vigentes a la
fecha, sin que exista en las mismas alguna anotación marginal.
c) Copia del Oficio DDU/DPUP/4044/2012 de fecha 20 de noviembre del 2012,
suscrito por el Lic. Arturo Díaz Sibaja, Director de la Desarrollo Urbano Municipal; mediante el
cual se emite el Informe de Uso de Suelo, para un predio consistente en 6 fracciones
resultantes de la subdivisión de predios DDU/DL/1331/2007, Folio: 043/2007 de fecha 31 de
octubre de 2007, identificado como Fracción del predio rústico denominado Calamanda.
d) Copia del Escrito de fecha 21 de noviembre del 2012, dirigido al Ing. Gregorio
Peláez Velázquez, Secretario de Desarrollo Sustentable suscrito por el C. José Luis Álvarez
Montes, Representante Legal de la Copropiedad, quién solicita la Evaluación y Autorización en
Materia de Impacto Ambiental del proyecto “Industrial Comercial y Habitacional-
Calamanda”, que se pretende desarrollar en el predio ubicado en las Fracciones A, B, C y D, Ex
Hacienda de Calamanda, perteneciente a este Municipio de El Marqués.
e) Copia Simple de la Escritura Pública Número 19,395 de fecha 16 de julio del 2012;
celebrada ante el Lic. Francisco Pérez Rojas, Notario Público Titular de la Notaría Número 2 en
la que se hace constar la Protocolización del Oficio DDU/DL/1331/2007 y Plano de Subdivisión
Respectivo a solicitud de su propietaria la C. Ma. Guadalupe Montes Lara; respecto al predio
descrito y deslindado en los Antecedentes Punto II y III de la misma; la cual ha quedado
inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo los folios inmobiliarios: 00443819/0002 al
00443827/0002 de fecha 16 de julio del 2012.
f) Copia Simple de la Escritura Pública Número 19,376 de fecha 09 de julio del 2012;
celebrada ante el Lic. Francisco Pérez Rojas, Notario Público Titular de la Notaría Número 2 en
la que se hace constar el Poder General para Pleitos y Cobranzas y Actos de Administración, a
favor del C. José Luis Álvarez Montes en donde COMPARECEN las CC. Karina María de
Guadalupe y Liliana Álvarez Montes; para que lo ejerza únicamente sobre 6 fracciones
ubicadas en el inmueble identificado como Predio Rústico denominado Calamanda, del
Municipio de El Marqués.
g) Copia del Oficio Número F.22.01.02/1200/2012 de fecha 22 de junio del 2012;
suscrito por el Dr. Gerardo Serrato Ángeles, Delegado Federal de la Secretaría del Medio
Ambiente y Recursos Naturales; quién informa que respecto al Dictamen de Competencia
solicitado sobre el Predio Rústico denominado Calamanda perteneciente a este Municipio de
El Marqués, Qro., el cual cuenta con una superficie de 65-57-00Has., esa Delegación Federal
no cuenta con las facultades para expedir los dictámenes de esa naturaleza a los particulares;
por lo que deberá dar cumplimiento al Art. 7º., de la Ley General de Desarrollo Forestal
Sustentable.
h) Copia Simple de la Escritura Pública Número 17,998 de fecha 20 de mayo del
2011; celebrada ante el Lic. Antonio Pérez A. de la Peña, Notario Público Titular de la Notaría
Número 2 en la que se hace constar el Contrato de Compraventa en donde comparece como
VENDEDORA la C. Ma. Guadalupe Montes Lara y como COMPRADORES los C. Karina María de
Gaceta Municipal 2012-201510
Guadalupe Álvarez Montes, Liliana Álvarez Montes y José Luis Álvarez Montes respecto al
predio descrito y deslindado en los Antecedente Punto I y II de la misma; la cual ha quedado
inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo los folios inmobiliarios: 00443819/0002 al
00443824/0002 de fecha 29 de octubre del 2012.
i) Copia de la Resolución: BOO.E.56.1.-1948 de fecha 30 de septiembre del 2009;
suscrita por el Ing. Sergio Loustaunau Velarde, Director Local de la Comisión Nacional del
Agua adscrita a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales; mediante la cual se
informa que respecto a la Solicitud de Trámite de Prorroga de los Títulos de Concesión,
Asignación y /o Permisos de Descarga, del Título de Concesión Número
4QRO100961/12AMGE94; se resuelve PROCEDENTE otorgar la prórroga solicitada por quince
años a partir del 25 de octubre de 2009; mismo que ha quedado inscrito en el Registro Público
de Derechos de Agua con el número de registro 00961 de fecha 28 de mayo del 2012.
j) Copia del Oficio DDU/DL/1331/2007, Folio: 093/2007 de fecha 31 de octubre de
2007, suscrito por el Lic. Arturo Díaz Sibaja, Director de la Desarrollo Urbano Municipal;
mediante el cual se autoriza la Subdivisión del predio Rústico denominado Calamanda, con
clave catastral 110301265325999, con una superficie total de 617,047.17 m2., en seis
fracciones con las siguientes superficies: 247,547.13 m2., 102,072.04 m2., 120,000.00 m2.,
56,448.04 m2., 11,893.18 m2., y 79,086.76 m2.
k) Copia de los Recibos de Pago del Impuesto Predial a nombre de la C. Ma.
Guadalupe Montes Lara, mismos que se describen a continuación:
a) Copia de Identificación Oficial del C. José Luis Álvarez Montes con folio
073165026, expedida por el Instituto Federal Electoral.
4- Una vez realizada la ubicación del Predio de referencia en el Plan de Desarrollo
correspondiente se pudo verificar lo siguiente:
De acuerdo a los datos proporcionados, y consultando el Plan de Desarrollo Urbano del
Centro de Población Palo Alto – El Paraíso, El Marqués, Qro., 2002-2020 (Plan Director Urbano),
aprobado en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día 24 de junio del 2003, Acta No.
AC/14/2003, Publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”,
número 63, de fecha 10 de octubre del 2003, e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y
del Comercio y, registrado en la Oficina de Planes de Desarrollo Urbano, el día 3 de junio del
2004; se verificó que la parcela en estudio se encuentra comprendida dentro del área
normativa de dicho Instrumento de Planeación Urbana, ubicándose en Zona de Protección
Ecológica Agrícola Intensiva (PEAI).
RECIBOS DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL FOLIO CVE. CATASTRAL SUPERFICIE FECHA MONTO
320439 110301266325999 22.00
47 30/01/2012 $1,681.00
320440 110301266320704 1.189
3 30/01/2012 $136.00
320441 110301266320712 2.750
0 30/01/2012 $394.00
320442 110301266320701 12.00
00 30/01/2012 $800.00
320443 110301266320703 7.908
7 30/01/2012 $846.00
320444 110301266320700 10.20
72 30/01/2012 $936.00
320445 110301266320702 5.644
8 30/01/2012 $439.00
5.- Reporte Fotográfico del predio de referencia.
Gaceta Municipal 2012-2015 11
OPINIÓN:
En base a los antecedentes descritos y considerando que el predio identificado como Fracción
del Predio Rústico denominado Calamanda, perteneciente a este Municipio de El Marqués,
Qro., con una superficie total de 617,047.17 m2., cuenta con un uso de suelo de Protección
Ecológica Agrícola Intensiva (PEAI), con base en los estudios presentados se considera VIABLE
el cambio de uso de suelo a Uso de Industria y Servicios, debido a que en los predios aledaños
cuentan con usos similares así como por la ubicación; aunado a que con esto se dará impulso
económico a la zona y se generarán fuentes de empleo de manera directa a los habitantes de
las as comunidades cercanas como son: Coyotillos, Agua Azul y El Paraíso…”
4.- Por instrucciones del L.A.E. Enrique Vega Carriles, Presidente Municipal, el Lic. Rafael
Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del H. Ayuntamiento, mediante oficio número
SAY/DT/154/2012-2013, turnó a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del H.
Ayuntamiento de El Marqués, Qro., la solicitud del Lic. José Luis Álvarez Montes, Apoderado
Legal de las CC. Karina María de Guadalupe y Liliana de Apellidos Álvarez Montes, mediante el
cual peticiona se autorice el Cambio de Uso de Suelo para Industria y Servicios (IS), para un
predio propiedad de sus representadas, consistente en 6 fracciones con las siguientes
superficies: 247,547.13 m2., 102,072.04 m2., 120,000.00 m2., 56,448.04 m2., 11,893.18 m2., y
79,086.76m2; identificado como Fracción del Predio Rústico denominado Calamanda,
perteneciente a éste Municipio de El Marqués, Qro., con una superficie total de 617,047.17 m2,
para su análisis, discusión y posterior emisión de dictamen.
CONSIDERANDO
Que es competencia del H. Ayuntamiento autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo
que se encuentra ubicado dentro del territorio de su jurisdicción, así como participar en la
formulación, expedición y modificación de los planes de desarrollo urbano municipal.
Que el Plan Municipal de Desarrollo y los planes parciales de Desarrollo Urbano expedidos por
el H. Ayuntamiento, son el conjunto de estudios y políticas, normas técnicas y disposiciones
relativas para regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros
de población en el territorio del Municipio, los cuales son susceptibles de modificación cuando
existen variaciones sustanciales de las condiciones o circunstancias que les dieron origen,
surjan técnicas diferentes que permitan una realización más satisfactoria o sobrevengan
causas de interés social que les afecte, entre otras.
Gaceta Municipal 2012-201512
Que la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, establece en sus artículos 121 al 128,
los alcances de los Planes de Desarrollo Urbano Municipal.
Que las modificaciones a los Planes Subregionales de Desarrollo Urbano pueden ser
solicitadas por todo aquel particular que acredite su legítimo interés jurídico, basados en las
disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Código Urbano para el Estado de
Querétaro, y la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.
Que los usos de suelo se refieren a la actividad específica a la que se encuentra dedicado o se
pretende dedicar un predio debido a su conformación física, crecimiento de los centros
poblacionales, cambios económicos, sociales y demográficos, entre otros, teniendo la
posibilidad de modificación debido a estas u otras circunstancias.
Que una vez realizado el análisis del expediente relativo al caso en concreto, se realiza el
presente, en base a la Opinión Técnica emitida por la Dirección de Desarrollo Urbano
Municipal, dependencia que considera VIABLE el cambio de uso de suelo a Uso de Industria y
Servicios, con fundamento en lo dispuesto por la fracción I, y último párrafo del Artículo 8, del
Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio para el Municipio de El
Marqués, Qro. y habiéndose acreditado mediante copia certificada la titularidad de la
propiedad del predio objeto de la presente autorización…”
Que por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó en Sesión Ordinaria de fecha 05 de
diciembre del 2012, por Unanimidad del Pleno del H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., el
siguiente:
“…ACUERDO:
PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués autoriza el Cambio de Uso de Suelo de
Protección Ecológica Agrícola Intensiva (PEAI), a Uso de suelo de Industria y Servicios,
respecto del predio identificado como Fracción del Predio Rústico denominado Calamanda,
perteneciente a éste Municipio de El Marqués, Qro., con una superficie total de 617,047.17 m2.;
en términos del Dictamen Técnico transcrito en el ANTECEDENTE 3 (tres) del presente Acuerdo.
SEGUNDO.- El posesionarlo y/o propietario solicitante deberá dar cumplimiento a lo
siguiente:
2.1.- Deberá cubrir ante la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, en un plazo
no mayor a 15 días improrrogables contados a partir de la aprobación del presente acuerdo,
los derechos correspondientes por la presente autorizacion, por la cantidad de $576,904.35
(QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CUATRO PESOS 35/100 M.N.), de
conformidad a la “Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués, Qro., para el Ejercicio Fiscal
2012”, Artículo 22, Fracción XX, Punto Número 1, inciso c) y d), quedando el desglose de dicho
importe de la siguiente manera:
Concepto Desglose Importe Autorización de Cambio de Uso de Suelo a un Uso de Suelo de Industria y Servicios (IS). Por una superficie de 617,047.17 m2.
Primeros 100 m2.: ($59.08 X 100)
= $ 5,908.00
$ 461,523.48 Metros Excedentes: ( 616,947.17m2)
($59.08)/80 = $455,615.48
25 % adicional
$461,523.48 X (.25)
$ 115,380.87
TOTAL
$ 576,904.35
Deberán presentar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano
Municipal, el recibo que acredite dicho pago.
2.2.- Debido a la ubicación del Predio identificado como Fracción del Predio Rústico
denominado Calamanda y por su proximidad con las Carreteras Estatales 100 (tramo El
Colorado – Higuerillas) y 500, en caso de ser necesario, la Comisión Estatal de Caminos CEC
deberá de emitir los permisos y/o autorizaciones correspondientes respecto al derecho de vía,
carriles de desincorporación e incorporación, para el acceso al predio, y presentar el proyecto
aprobado por dicha Comisión ante la Dirección de Desarrollo Urbano para su validación.
Una vez realizada la validación deberá presentarse ésta ante la Secretaría Ayuntamiento.
2.3.- Dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Oficio DDU/DPVU/4070/2012 de
fecha 23 de noviembre del 2012, mediante el cual la Dirección de Desarrollo Urbano Autorizó
el Estudio de Impacto Urbano, en los plazos establecidos por dicha dependencia, remitiendo
las constancias que así lo acrediten a ésta Secretaría.
2.4.- Presentar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano, en un
plazo máximo de 60 días hábiles improrrogables contados a partir de la aprobación del
presente Acuerdo, la Autorización emitida por la Secretaria de Desarrollo Sustentable en
Materia de Impacto Ambiental del proyecto que se pretende desarrollar en el predio rústico
identificado como Ex Hacienda de Calamanda, perteneciente a este Municipio de El Marqués.
2.5.- Presentar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano, en un
plazo máximo de 30 días hábiles improrrogables contados a partir de la aprobación del
presente Acuerdo, la Autorización emitida por la Dirección de Ecología a Municipal, del
proyecto que se pretende desarrollar en el predio rústico identificado como Ex Hacienda de
Calamanda, perteneciente a este Municipio de El Marqués.
2.6.- Presentar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano, las
Factibilidades de Servicios, de Agua Potable, Alcantarillado y Pluvial por parte de la Comisión
Estatal de Aguas, C.E.A., y/o el Sistema Operador de la Zona.
2.7.- Considerar dentro de los proyectos hidro-sanitarios, un sistema hidráulico para el
tratamiento y reuso de las Aguas Grises y Aguas Negras generadas dentro de los mismos, para
lo cual se deberá de instalar plantas de tratamiento, y /o otros sistemas de tratamiento;
validados por las normas establecidas por parte de la Comisión Estatal de Aguas, a fin de
mitigar al máximo las descargas sin tratamiento al subsuelo.
2.8.- Presentar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano, las
Factibilidades correspondientes para el Servicio de Energía Eléctrica, ante la Comisión Federal
de Electricidad.
2.9.- El proyecto que se pretenda desarrollar en el predio de referencia quedará sujeto al
cumplimiento del Código Urbano para El Estado de Querétaro, Reglamento de Construcción
para el Municipio de El Marqués, Qro., y/o el Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en
Condominio para el Municipio de El Marqués, Qro.
2.10.- Presentar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de Desarrollo Urbano, la
Autorización por parte de la Comisión Estatal de Aguas del Proyecto pretendido, respecto a la
Red de Agua Potable, Drenaje Pluvial y Sanitario, previo al inicio de los trabajos de
construcción en el predio de referencia.
TERCERO.- Una vez aprobado el presente dictamen por parte del Honorable Ayuntamiento
de El Marqués, Qro., y acreditado haber realizado los pagos de los derechos generados por la
Gaceta Municipal 2012-2015 13
presente autorización, la Secretaría del Ayuntamiento deberá remitir la documentación
correspondiente ante las instancias competentes, para su publicación en dos ocasiones en la
“Gaceta Municipal” y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”, a
costa del solicitante.
Así mismo, deberá publicarse el presente Acuerdo en dos de los diarios de mayor circulación
en el Municipio, de manera legible en una foja completa, con un intervalo de cinco días entre
cada publicación, a costa del solicitante, conforme a lo dispuesto en el Código Urbano para el
Estado de Querétaro.
El solicitante deberá acreditar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de
Desarrollo Urbano Municipal las constancias que acrediten el cumplimiento de lo establecido
en éste Punto de Acuerdo.
CUARTO.- Una vez cumplimentado lo anterior, en un plazo no mayor a treinta días hábiles
contados a partir de la primer publicación del presente Acuerdo en la “Gaceta Municipal”,
deberá protocolizarse e inscribirse en el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio a
costa del interesado, lo que deberá acreditar el solicitante ante la Secretaría del Ayuntamiento
y la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal remitiendo las constancias que así lo
confirmen.
QUINTO.- El incumplimiento de cualquiera de las determinaciones y condicionantes
expuestos en éste Acuerdo y sus dispositivos Transitorios, en los plazos y condiciones
otorgados, dará lugar al inicio del procedimiento administrativo de revocación del Acuerdo.
SEXTO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, notificar el contenido de éste Acuerdo a
la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal a efecto de que ésta realice la anotación y
modificación del Cambio de Uso de Suelo aprobado en el Plan de Desarrollo Urbano que
competa y se inscriba en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en la Sección
Especial correspondiente del Registro de Planes de Desarrollo Urbano para su consulta
pública y efectos legales correspondientes.
TRANSITORIOS
1.- El presente Acuerdo surtirá los efectos legales correspondientes a partir de su fecha de su
inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Querétaro.
2.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento notifique el presente acuerdo a los Titulares de
la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, Desarrollo Urbano Municipal, y al
solicitante, para su cumplimiento…”
ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
DE EL MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS CINCO DIAS DEL MES
DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
RÚBRICA
PRIMERA PUBLICACION
ACUERDO QUE AUTORIZA LA SOLICITUD DEL ING. LUIS FELIPE GARCÍA ALCOCER, REPRESENTANTE LEGAL DE “GEO CASAS DEL BAJÍO”, S. A. DE C. V., CONSISTENTE EN: I.- LA AUTORIZACIÓN DE LA RELOTIFICACIÓN DE LA ETAPA 1, DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO “LA PRADERA II”, (QUE CONSISTE EN LA ELIMINACIÓN DEL LOTE 1, DE LA MANZANA 049, PARA DAR CONTINUIDAD DE LA CALLE MICONIA), LA CUAL SERÁ DONADA AL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, CON LA FINALIDAD DE DAR CUMPLIMIENTO A LO INDICADO EN EL ACUERDO DE CABILDO DE FECHA 15 DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO; II.- EL RECONOCIMIENTO Y ASIGNACIÓN DE NOMENCLATURA OFICIAL DE LAS VIALIDADES IDENTIFICADAS COMO “PASEO PRADERA” Y “PRIVADA DE LA PRADERA”; QUE SE ORIGINARON CON LAS SUBDIVISIONES DE LA PARCELA 12 Z-1 P1/1, DEL EJIDO EL POZO CON SUPERFICIE TOTAL DE 36,516.39M2., SUB-192/12 Y SUB-193/12; III.- LA AUTORIZACIÓN DE LA DONACIÓN DEL 10% DE LA SUPERFICIE DE LOS CONDOMINIOS QUE SE UBICAN EN LA “PRIVADA DE LA PRADERA”; IDENTIFICADOS COMO: PRADERA FRACCIÓN 1C, PRADERA FRACCIÓN 2, PRADERA FRACCIÓN 4, PRADERA FRACCIÓN 5, PRADERA FRACCIÓN 6, PRADERA FRACCIÓN 7, PRADERA FRACCIÓN 8, PRADERA FRACCIÓN 9 Y PRADERA FRACCIÓN 10; Y, IV.- AUTORIZACIÓN DE LA VENTA DE UNIDADES PRIVATIVAS DE LOS CONDOMINIOS IDENTIFICADOS COMO: PRADERA FRACCIÓN 2, PRADERA FRACCIÓN 4, PRADERA FRACCIÓN 5, PRADERA FRACCIÓN 6, PRADERA FRACCIÓN 7, PRADERA FRACCIÓN 8 Y PRADERA FRACCIÓN 9. (SEGUNDA PUBLICACIO)
EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA,
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL
ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 21 de noviembre de dos mil doce, el H.
Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, aprobó por Unanimidad, el Acuerdo que
autoriza la solicitud del Ing. Luis Felipe García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas
del Bajío”, S. A. de C. V., consistente en: I.- La Autorización de la Relotificación de la Etapa 1,
del Fraccionamiento denominado “La Pradera II”, (que consiste en la Eliminación del Lote
1, de la Manzana 049, para dar continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada al
Municipio de El Marqués, con la finalidad de dar cumplimiento a lo indicado en el
Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de agosto del año en curso; II.- El Reconocimiento y
Asignación de Nomenclatura Oficial de las Vialidades identificadas como “Paseo Pradera”
y “Privada de La Pradera”; que se originaron con las subdivisiones de la Parcela 12 Z-1
P1/1, del Ejido El Pozo con superficie total de 36,516.39m2., SUB-192/12 y SUB-193/12; III.-
La Autorización de la Donación del 10% de la Superficie de los Condominios que se
ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera
Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7,
Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10; y, IV.- Autorización de la
Venta de Unidades Privativas de los condominios identificados como: Pradera Fracción 2,
Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera
Fracción 8 y Pradera Fracción 9; para su discusión y en su caso, aprobación; el cual señala:
“…ANTECEDENTES:
1.- Que en fecha 16 de noviembre del 2012, se recibió en la oficina de la Secretaría del
Ayuntamiento, escrito suscrito por el Ing. Luis Felipe García Alcocer, Representante Legal de
“Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V.", mediante el cual solicita se autorice la Relotificación de la
Etapa 1,del Fraccionamiento denominado “La Pradera II” (que consiste en la Eliminación del
Gaceta Municipal 2012-201514
Lote 1, de la Manzana 049, para crear continuidad de la Calle Miconia), la que será donada al
Municipio de El Marqués, con la finalidad de dar cumplimiento a lo indicado en el Acuerdo de
Cabildo de fecha 15 de agosto del año en curso.
2.- Que mediante Oficio SAY/092/2012 de fecha 05 de noviembre de 2012, el Secretario del
Ayuntamiento, Lic. Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda, remite a la Dirección de
Desarrollo Urbano, el expediente que contiene la solicitud del Ing. Luis Felipe García Alcocer,
Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V.", descrita en el ANTECEDENTE
próximo anterior, para efectos de emitir su opinión técnica correspondiente, conforme a lo
establecido en el artículo 8, fracciones VI, VII y IX, del Reglamento de Fraccionamientos y
Desarrollos en Condominio para el Municipio de El Marqués, Qro.
3.- Que se recibió el día 16 de noviembre del presente año en la Secretaría del Ayuntamiento,
Dictamen Técnico con número de folio 029/12, suscrito por el Lic. Arturo D. Díaz Sibaja,
Director de Desarrollo Urbano Municipal, relativo a la petición presentada por el Ing. Luis
Felipe García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V., la cual
consiste en lo siguiente:
I. La Autorización de la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento
denominado “La Pradera II”, (que consiste en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049,
para dar continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada al Municipio de El Marqués,
con la finalidad de dar cumplimiento a lo indicado en el Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de
agosto del año en curso.
II. El Reconocimiento y Asignación de Nomenclatura Oficial de las Vialidades
identificadas como “Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”, que se originaron con las
subdivisiones de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo, con superficie total de 36,516.39m2.,
SUB-192/12 y SUB-193/12.
III. La Autorización de la Donación del 10% de la Superficie de los Condominios que
se ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera
Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7,
Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10.
IV. Autorización de la Venta de Unidades Privativas de los condominios identificados
como: Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera
Fracción 7, Pradera Fracción 8 y Pradera Fracción 9.
Dicho Dictamen se transcribe a continuación en su parte esencial:
"…ANTECEDENTES:
1.- Mediante Oficio SAY/092/2012 de fecha 05 de noviembre de 2012, el Secretario del
Ayuntamiento remite a la Dirección de Desarrollo Urbano el escrito suscrito por el Ing. Luis
Felipe García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V., quién solicita
se autorice la Autorización de la Relotificación de la Etapa 1,del Fraccionamiento
denominado “La Pradera II” (que consiste en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049,
para crear continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada a este Municipio de El
Marqués; con la finalidad de dar cumplimiento a lo indicado en el Acuerdo de Cabildo de
fecha 15 de agosto del año en curso.
2.- Copia del Escrito No. TM/146/2012 de fecha 18 de octubre del 2012, dirigido al Lic. Rafael
Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del H. Ayuntamiento, suscrito por el Ing. Luis
Felipe García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V., quién solicita
la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento denominado “La Pradera II” (que consiste
en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049, para crear continuidad de la Calle Miconia),
la cual será donada a este Municipio de El Marqués; con la finalidad de dar cumplimiento a lo
indicado en el Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de agosto del año en curso.
3.- Copia del Escrito No. TM/156/2012 de fecha 12 de noviembre del 2012, dirigido al Lic.
Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del H. Ayuntamiento, suscrito por el Ing.
Luis Felipe García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V., quién
solicita celebrar el Convenio con la Empresa que representa y este H. Ayuntamiento, respecto
al reconocimiento de vialidades que surgen dentro de la Parcela 12 Z-1 P1/1 las cuales se
encuentran con un avance de urbanización del 100%, así como la Autorización de la
Nomenclatura de Calles, dichas vialidades que se identifican en la Fracción 1 de la subdivisión
192/2012, así como tener por presentadas las Fracciones Fracción 3, Fracción 1 a y Fracción 1
b, dentro del cumplimiento que efectuara la citada empresa respecto a las Áreas de Donación
de las Constituciones de Regímenes de Condominio dentro de las Fracciones 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10
y Fracción 1 c, que corresponde a la solicitud de subdivisión 193/2012.
Anexando la siguiente documentación:
I.- Para dar cumplimiento a la Autorización de la Relotificación de la Etapa 1, del
Fraccionamiento denominado “La Pradera II” (que consiste en la Eliminación del Lote 1, de la
Manzana 049, para crear continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada a este
Municipio de El Marqués.
a) Copia del Oficio Número DDU/DPUP/3341/2012, de fecha 17 de septiembre de
2012, suscrito por la Directora de Desarrollo Urbano del Municipio de El Marqués, mediante el
cual se otorga al Ingeniero Luis Felipe García Alcocer, Representante Legal de Geo Casas del
Bajío, S.A. de C.V. el Visto Bueno a Proyecto de Relotificación del Fraccionamiento denominado
“La Pradera II”, con superficie de 96,325.27 m2., en razón a que lo pretendido obedece a la
eliminación del Lote 1, Manzana 049, de la Etapa 1 para dar lugar a la creación de una
vialidad, misma que será transmitida a favor del municipio.
b) Copia del Oficio Número DDU/DPVU/3953/2012 de fecha 14 de noviembre del
2012 emitido por la Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se otorga la
Autorización de los Estudios Técnicos de Impacto Urbano y Vial, respecto a la Parcela 12 Z-1
P1/1 ubicada en el Ejido El Pozo, con una Superficie Total de 3-65-15.48 Has., perteneciente a
este Municipio de El Marqués Qro.
c) Copia del Presupuesto de Obras de Urbanización de la Vialidad de Acceso
identificada como Calle Miconia de fecha 17 de octubre del 2012; por un total de $
363,317.87(Trescientos Sesenta y Tres Mil Trescientos Diecisiete 87/100 M.N.).
Asimismo, para dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Acuerdo de Cabildo de
fecha 4 de marzo del 2009 asentado en Acta AC/014/2008-2009, mismo que aprobó la
Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 2 y Venta Provisional de Lotes de
la misma, del Fraccionamiento Habitacional Popular con una Densidad de Población de 400
Hab/ Ha (H4), a desarrollarse en dos etapas denominado “La Pradera II”, se verifico la siguiente
documentación:
a) Copia simple de la fianza emitida por la empresa AFIANZADORA SOFIMEX S.A.,
con número 110895 de fecha 17 de abril de 2009, por la cantidad de $2,653,624.91 (Dos
Millones Seiscientos Cincuenta y Tres Mil Seiscientos Veinticuatro Pesos 91/100 M.N.), la cual
garantiza el cumplimiento de las obligaciones derivadas del acuerdo de cabildo celebrado en
sesión ordinaria de fecha 04 de marzo de 2009, relativo a la Ejecución y Conclusión de las
Obras de Urbanización de la Etapa 2 del Fraccionamiento denominado “La Pradera II”.
b) Copia del Oficio Número SEDESU/SSMA/0424/2009, de fecha 17 de junio de 2009,
mediante el cual la Secretaría de Desarrollo Sustentable autoriza en Materia de Impacto
Ambiental su procedencia condicionada del proyecto de urbanización de un desarrollo
habitacional, que consiste en 824 viviendas, denominado “La Pradera II”.
Gaceta Municipal 2012-2015 15
c) Copias de las Publicaciones en el Periódico Oficial “La Sombra de Arteaga” de
Gobierno del Estado, de fechas 31 de octubre y 07 de noviembre de 2008, Periódico No. 57 y 59
respectivamente, en las que se publicó el acuerdo relativo a la Autorización de Licencia de
Ejecución de Obras de Urbanización y Venta Provisional de Lotes de la Etapa 1 y
Nomenclatura Oficial de Vialidades del Fraccionamiento Habitacional Popular con una
Densidad de Población de 400 hab./ha. (H4), a desarrollarse en dos Etapas, denominado “La
Pradera II”.
d) Copia de la Escritura Pública Número 27,158 de fecha 27 de noviembre del 2008,
celebrada ante la Lic. Estela de la Luz Gallegos Barredo, Notario Adscrito a la Notaría Pública
Número 31, mediante la cual se hace constar la Donación a favor de este Municipio de El
Marqués, Qro., respeto al Fraccionamiento denominado La Pradera II, misma que quedo
inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo los folios inmobiliarios: 00304956/001 y
00304383/0001 de fecha 8 de diciembre del 2008.
e) Copia de los recibos de pago por los derechos relativos a la Autorización de la
Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 2 y Venta Provisional de Lotes de
la misma, del Fraccionamiento Habitacional Popular con una Densidad de Población de 400
hab./ha. (H4), a desarrollarse en Dos Etapas, denominado “La Pradera II”, ubicado en un predio
identificado como fusión de las parcelas No. 22 Z-1 P1/1, 23 Z-1 P1/1 y 24 Z-1 P1/1 del Ejido El
Pozo, pertenecientes a éste Municipio de El Marqués Qro., las cuales integran una sola unidad
topográfica con superficie total de 9-63-25.266 Ha.
Dando, cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de
Agosto del 2012, asentado en Acta AC/027/2011-2012, mismo que aprobó el Incremento de
Densidad de Población de 400 Hab/ha., a 600 Hab/Ha (H6), de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido
de El Pozo, se anexo la siguiente documentación.
a) Copias de las Publicaciones en la Gaceta Municipal de fechas 05 y 19 de
septiembre de 2012; Periódicos No. 81 y 82, respectivamente; en las que se publicó la
autorización consistente en el Incremento de Densidad de Población de 400 Hab/ha., a 600
Hab/Ha (H6), de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido de El Pozo, con una superficie de 36,515.48
m2, perteneciente a este municipio de El Marqués.
b) Copias de las Publicaciones en el Periódico Oficial “La Sombra de Arteaga” de
Gobierno del Estado, de fechas 31 de agosto y 07 de septiembre de 2012, Periódico No. 50 y 52
respectivamente, en las que se publicó el acuerdo que autoriza la solicitud del Ing. Luis Felipe
García Alcocer, Representante Legal de “Geo Casas del Bajío S.A. de C.V., consistente en el
Incremento de Densidad de Población de 400 Hab/ha., a 600 Hab/Ha (H6), de la Parcela 12 Z-1
P1/1, del Ejido de El Pozo, perteneciente a este municipio de El Marqués.
c) Copia de la Escritura Pública Número 7,552 de fecha 03 de septiembre de 2012,
ante el Lic. Leopoldo Mondragón González, comparece la señora Ma. Concepción Rodríguez
Bautista, por conducto de su apoderado legal el Ing. Luis Felipe García Alcocer, con el objeto de
Protocolizar el acuerdo emanado en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 15 de agosto de
R E C I B O S DE P A G O Autorización de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización de la Etapa 2 y Venta
Provisional de Lotes de la misma, del Fraccionamiento Habitacional Popular con una Densidad de Población de 400 hab./ha. (H4), a desarrollarse en Dos Etapas, denominado “La Pradera II”
CONCEPTO FOLIO FECHA DE PAGO MONTO Derechos por Supervisión de las Obras de
Urbanización 162510 14/04/2009 38,273.00 Dictamen Técnico para Licencia de
Ejecución de Obras de Urbanización 162511 14/04/2009 3,507.00 Dictamen Técnico para Autorización de
Venta de Lotes de Fraccionamientos 162512 14/04/2009 3,117.00 TOTAL 44,897.00
2012, mediante el cual se autorizó el incremento de densidad de población de 400 hab./ha. a
600 hab./ha., de la parcela No. 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo, ubicado en el municipio de El
Marqués, con superficie de 36,515.48 m2. Inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo
Folio Inmobiliario 00430665/0003, de fecha 05 de octubre de 2012.
d) Copia del recibo de pago del Impuesto Predial de fecha 21 de Agosto de 2012, con
clave catastral 110606301996001 por la superficie de terreno de 36,515.5 m2 a nombre de Ma.
Concepción Rodríguez Bautista, que comprende del Bimestre 4 al Bimestre 6 del 2012.
e) Copia del recibo de pago por los derechos de Incremento de Densidad de
Población de 400 Hab/Ha., a 600 Hab/Ha. (H6), de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido de El Pozo,
con una superficie de 36,515.48 m2., aprobada en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 15 de
agosto de 2012, asentado en acta AC/027/2011-2012.
II.- Anexando la siguiente documentación para dar sustento técnico a la solicitud realizada
respecto al Reconocimiento y Asignación de Nomenclatura Oficial de las Vialidades
identificadas como “Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”; que se originaron con las
subdivisiones de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo con superficie total de 36,516.39m2.,
SUB-192/12 y SUB-193/12.
a) Copia del Oficio DDU/DL/3933/2012 de fecha 15 de noviembre del 2012, emitido
por esta Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se Autoriza la Subdivisión en 7
Fracciones de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo con superficie total de 36,516.39m2., en
las siguientes: Fracción 1 (destinada para vialidad), 2, 3, 1 a, 1b, 1c y II; describiendo las
superficies de cada una y las condicionantes para su cumplimiento.
b) Copia del Oficio DDU/DL/3934/2012 de fecha 15 de noviembre del 2012, emitido
por esta Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se Autoriza la Subdivisión en 7
Fracciones de un predio identificado como Fracción II resultante de la Subdivisión de la
Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo con superficie total de 19,611.12m 2., en las siguientes:
Fracción 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10; describiendo las superficies de cada una y las condicionantes para
su cumplimiento.
c) Copia del Convenio tiene por objeto establecer las Bases de Colaboración y
Coordinación de fecha 15 de noviembre del 2012; para la autorización y desarrollo de lo que
fue la Parcela 12 del Ejido El Pozo en el Municipio de El Marqués, Qro.
d) Copia Simple de la Escritura Pública Número 35,094 de fecha 16 de marzo del
2012, mediante la cual se hace constar el Poder General para pleitos y cobranzas, Actos de
Administración y de Dominio, Limitado e Irrevocable, que otorga la Ma. Concepción Rodríguez
Bautista, a favor del Ing. Luis Felipe García Alcocer, respecto a la Parcela 12 Z-1 P1/1, Ejido El
Pozo, con una superficie de 36,515.48 m2., la cual se encuentra pendiente de inscripción en el
Registro Público de la Propiedad.
e) Copia Simple del testimonio de la Escritura 311,141 Volumen 11,299 de fecha 18
de octubre del 2011, mediante la cual se hace constar el Otorgamiento de Poderes de “Geo
Casas del Bajío”, S. A. de C. V., entre ellos el que se otorga al en favor del Ing. Luis Felipe García
Alcocer, inscrita en fecha 15 de noviembre de 2011, en el folio mercantil 28,489 de la notaria
R E C I B O DE P A G O Autorización consistente en el Incremento de Densidad de Población de 400 Hab/ha., a 600
Hab/Ha (H6), de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido de El Pozo, con una superficie de 36,515.48 m2, perteneciente a este municipio de El Marqués.
CONCEPTO FOLIO FECHA DE PAGO MONTO Autorización de Incremento de Densidad
(H6), de 36,515.48 m2 349301 21/08/2012 34,076.00 TOTAL $34,076.00
Gaceta Municipal 2012-201516
207 del D.F.
f) Copia de identificación oficial del interesado Luis Felipe García Alcocer, emitida
por el Instituto Federal Electoral folio 0436000601824.
g) Copia del Oficio Número DT/04708/2012, de fecha 15 de noviembre de 2012,
mediante el cual el Ing. José Antonio Martín Lomelí Avendaño, Director de Catastro, entrega
al Ing. Luis Felipe García Alcocer plano certificado con folio DT 2012 204, así como copia
simple del Acta de Ejecución de Deslinde de fecha 15 de noviembre de 2012 y notificación de
registro catastral correspondiente al inmueble identificado con la clave catastral
110606301996001.
h) Copia simple de la Escritura Pública Número 36,807 de fecha 12 de octubre de
2012, ante el Lic. Alejandro Duclaud Vilares, se hace constar el Contrato de Compraventa, que
celebran por una parte, la Sra. Ma. Concepción Rodríguez Bautista como “la parte vendedora”
y por otra parte la Sociedad Mercantil denominada “GEO CASAS DEL BAJÍO”, S.A. DE C.V., como
“la parte compradora”, representada por sus Apoderados Legales el Lic. Luis Alfonso García
Alcocer e Ing. Luis Felipe García Alcocer, con la comparecencia de los señores Nicasio González
Rodríguez y Ma. Herminia González Rodríguez ambos en su carácter de testigos asistenciales,
Inscrita en el Registro Público de la Propiedad en fecha 15 de noviembre de 2012, bajo el folio
inmobiliario 430665/7.
i) Copia de los Planos del Proyecto de Construcción, Urbanización, Nomenclatura y
Señaletica de las Vialidades identificadas como “Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”;
mimas que contemplan la introducción de los servicios de infraestructura como son: agua
potable, drenaje y alcantarillado, además de la Red Eléctrica como es: Alumbrado Público y
Acometidas para el Servicio de las viviendas (que se pretenden construir en cada una de las
fracciones producto de la subdivisión), así como la Señalización y Equipamiento Urbano;
además del reporte fotográfico mediante el cual se hace constar la Terminación de la Obra al
100% en los términos antes indicados.
III- Anexando la siguiente documentación para dar cumplimiento a la Autorización de la
Donación del 10% de la Superficie de los Condominios que se ubican en las Vialidades “Paseo
Pradera” y “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción
2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera
Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10.
a) Copia de los Oficios Números DDU/DPUP/3959/2012, DDU/DPUP/3960/2012,
DDU/DPUP/3961/2012, DDU/DPUP/3962/2012, DDU/DPUP/3963/2012,
DDU/DPUP/3964/2012, DDU/DPUP/3965/2012, DDU/DPUP/3966/2012 y
DDU/DPUP/3982/2012; todos de fecha 15 de noviembre del 2012, emitidos por esta Dirección
de Desarrollo Urbano, mediante el cual se otorga el Dictamen de Uso de Suelo para los
Condominios que se ubican en las Vialidades “Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”;
identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera
Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y
Pradera Fracción 10; pertenecientes a este Municipio de El Marqués, Qro., los cuales arrojan
una Superficie Total de 23,529.13 m2.
IV.- Anexando la siguiente documentación para dar cumplimiento Autorización de la Venta
de Lotes de los Condominios identificados como: Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4,
Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8 y Pradera
Fracción 9.
a) Copia de los Oficios Números DDU/DPUP/3967 al 3974/2012 todos de fecha 16
de noviembre del 2012, emitidos por esta Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se
otorga el Visto Bueno de Condominio de los Condominios que se ubican en las Vialidades
“Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 2, Pradera
Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8 y
Pradera Fracción 9, pertenecientes a este Municipio de El Marqués, Qro.
b) Copia de los Oficios Números DDU/DPUP/3992/2012 y DDU/DPUP/3993/2012
todos de fecha 16 de noviembre del 2012, emitidos por esta Dirección de Desarrollo Urbano,
mediante el cual se otorga la Licencia de Obras de Urbanización para los Condominios que se
ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 4 y Pradera
Fracción 9; pertenecientes a este Municipio de El Marqués, Qro., en los cuales a su interior se
llevarán a cabo las obras de urbanización.
c) Copia de los Oficios Números DDU/DPUP/3984/2012, DDU/DPUP/3985/2012,
DDU/DPUP/3986/2012, DDU/DPUP/3987/2012, DDU/DPUP/3988/2012,
DDU/DPUP/3989/2012, y DDU/DPUP/3990/2012, todos de fecha 16 de noviembre del 2012,
emitidos por esta Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se otorga la Declaratoria
de Condominio de los Condominios que se ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados
como: Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera
Fracción 7, Pradera Fracción 8 y Pradera Fracción 9, pertenecientes a este Municipio de El
Marqués, Qro.
4.- Derivado de la Autorización de la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento
denominado “La Pradera II”, se verifico lo siguiente:
a) La Relotificación de la Etapa I, consiste únicamente en eliminar el Lote 1, de la
Manzana 049, del Fraccionamiento La Pradera II, con superficie de de 446.01m2., el cual tenía
asignado un uso mixto; quedando la superficie total de la Manzana 049, de la siguiente
manera:
b) Respecto a la superficie total de las Vialidades y Banquetas de la Etapa 1,
tuvieron un incremento debido a que anteriormente consistían en: Banquetas 4,657.71 m2., y
Vialidades 12,419.57m2., adicionándole la superficie del Anterior Lote 1, de la Manzana 049,
quedando ambas superficies, como se indica en la siguiente tabla:
Derivado de lo anterior, deberán de Modificarse la Escrituras Públicas de Propiedad en las que
se hizo constar la Donación de las Vialidades y Banquetas; a este Municipio de El Marqués,
Qro.
c) En lo que se refiere a las superficies vendibles con la presente Relotificación de la
Manzana: 049
LOTE USO AREA m2 No. Viv. 002 CONDOMINAL 1,738.08 22
SUMA 1,738.08 22
Resumen de la Etapa 1 AREA VENDIBLE 46,666.40 68.95% HABITACIONAL 46,021.23 MIXTO 645.17 VIALIDADES 17,866.43 26.39% BANQUETA 4,839.77 ANDADOR-SERVIDUMBRE 343.14 VIALIDAD 12,683.52 DONACION 3,151.20 4.66%
TOTAL DE ETAPA 67,684.03 100.00% TOTAL VIVIENDAS 554
Gaceta Municipal 2012-2015 17
Etapa 1, hubo una disminución de la misma, ya que anteriormente esta consistía en
47,112.41 m2., y actualmente esta quedo con 46,666.40m2., debido a la desaparición del Lote
1, de la Manzana 049; por lo anterior, en el presente dictamen no se cobrará por este
concepto.
d) Asimismo, derivado del incremento de la superficie de vialidades; la
Nomenclatura Oficial del Fraccionamiento tuvo un incremento en las longitudes totales de la
vialidad identificada como Calle Miconia, como se indica en la siguiente tabla:
De lo que se establece que se realizo un incremento únicamente en la vialidad identificada
como Calle Miconia en 54.38 ml., mismos que se cobrarán en el presente dictamen.
e) Finalmente, es importante indicar que con la presente Relotificación las
Superficie Total del Fraccionamiento no ha sido Modificada como se indica en la siguiente
tabla:
TABLA ANTERIOR
CALLE LONGITUD
DE VIALIDAD
AV. DIENTE DE LEON 403.95 m AV. LIPPIA 258.78 m CALLE SALIX 200.68 m CALLE CLUSIA 199.44 m CALLE MICONIA 179.71 m AV. ZARZA 127.51 m CALLE MEZQUITE 125.64 m CALLE VIZNAGA 67.32 m CALLE TREBOL 66.95 m
TABLA ACTUAL CUADRO DE VIALIDADES
CALLE MEZQUITE 125.64 m AVENIDA DIENTE DE LEON 403.95 m CALLE TREBOL 66.95 m AVENIDA ZARZA 127.51 m CALLE VIZNAGA 67.32 m CALLE MICONIA 234.09 m CALLE CLUSIA 199.44 m AVENIDA LIPPIA 258.78 m CALLE SALIX 200.68 m
CUADRO GENERAL DE AREAS AREA VENDIBLE 70,860.04 73.56% HABITACIONAL 69,964.50 MIXTO 895.54 VIALIDADES 22,314.03 23.17%
BANQUETA 6,056.16
ANDADOR-
SERVIDUMBRE 483.55 VIALIDAD 15,774.32 DONACION 3,151.20 3.27% AREA VERDE 3,151.20 TOTAL DE TERRENO 96,325.27 100.00% TOTAL DE VIVIENDAS 822
f) Asimismo, es importante mencionar que la Licencia de Obras de Urbanización
del Fraccionamiento denominado “La Pradera II”, venció en su vigencia el pasado 4 de marzo
del 2011; por lo que se le cobrará en el presente dictamen la Elaboración de Dictamen Técnico
por concepto de Licencia de Obras de Urbanización; respecto a los trabajos que se ejecuten
sobre la Vialidad identificada como Calle Miconia; queden autorizados.
OPINIÓN:
En base a los antecedentes descritos, y una vez que “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V., cuenta
con las debidas autorizaciones y factibilidades emitidas por las dependencias normativas
correspondientes; esta Dirección de Desarrollo Urbano Municipal reviso el proyecto de
Relotificación, mismo que cumple con los lineamientos de Planeación Urbana de este
Municipio. Por lo que esta Dirección, no tiene inconveniente que se someta a consideración del
H. Ayuntamiento la solicitud presentada por el Ing. Luis Felipe García Alcocer, en la que
peticiona: I.-Autorización de la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento denominado
“La Pradera II”, (que consiste en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049, para dar
continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada a este Municipio de El Marqués;
perteneciente a este municipio de El Marqués…”
4.- Por instrucciones del L.A.E. Enrique Vega Carriles, Presidente Municipal, el Lic. Rafael
Fernández de Cevallos y Castañeda, Secretario del H. Ayuntamiento, mediante oficio número
SAY/DT/121/2012-2013, turnó a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del H.
Ayuntamiento de El Marqués, Qro., la petición presentada por el Ing. Luis Felipe García Alcocer,
Representante Legal de “Geo Casas del Bajío”, S. A. de C. V.", mediante el cual solicita se autorice
la Relotificación de la Etapa 1,del Fraccionamiento denominado “La Pradera II” (que consiste
en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049, para crear continuidad de la Calle Miconia),
la que será donada al Municipio de El Marqués, con la finalidad de dar cumplimiento a lo
indicado en el Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de agosto del año en curso, para su análisis,
discusión y posterior emisión de dictamen.
CONSIDERANDO
Que es competencia del H. Ayuntamiento autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo
que se encuentra ubicado dentro del territorio de su jurisdicción, así como participar en la
formulación, expedición y modificación de los planes de desarrollo urbano municipal.
Que el Plan Municipal de Desarrollo y los planes parciales de Desarrollo Urbano expedidos por
el H. Ayuntamiento, son el conjunto de estudios y políticas, normas técnicas y disposiciones
relativas para regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros
de población en el territorio del Municipio, los cuales son susceptibles de modificación cuando
existen variaciones sustanciales de las condiciones o circunstancias que les dieron origen,
surjan técnicas diferentes que permitan una realización más satisfactoria o sobrevengan
causas de interés social que les afecte, entre otras.
Que la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, establece en sus artículos 121 al 128,
los alcances de los Planes de Desarrollo Urbano Municipal.
Gaceta Municipal 2012-201518
Que las modificaciones a los Planes Subregionales de Desarrollo Urbano pueden ser
solicitadas por todo aquel particular que acredite su legítimo interés jurídico, basados en las
disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Código Urbano para el Estado de
Querétaro, y Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.
Que una vez realizado el análisis del expediente relativo al caso en concreto, se elabora el
presente dictamen, en base a la Opinión Técnica emitida por la Dirección de Desarrollo
Urbano Municipal, la cual considera VIABLE se autorice la solicitud presentada por el la
solicitud presentada por el Ing. Luis Felipe García Alcocer, en la que peticiona: I.-Autorización
de la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento denominado “La Pradera II”, (que
consiste en la Eliminación del Lote 1, de la Manzana 049, para dar continuidad de la Calle
Miconia), la cual será donada a este Municipio de El Marqués; perteneciente a este municipio
de El Marqués…”
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se aprobó por Unanimidad por parte del Pleno del
H. Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de noviembre del 2012, el siguiente:
“…ACUERDO:
PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., autoriza la Relotificación de la Etapa 1, del
Fraccionamiento denominado “La Pradera II”, (que consiste en la Eliminación del Lote 1, de la
Manzana 049, para dar continuidad de la Calle Miconia), la cual será donada a éste Municipio
de El Marqués, en base al Dictamen Técnico descrito en el ANTECEDENTE 3 (TRES) del presente
acuerdo, con base a los antecedentes descritos, las Superficies y Usos que se indican en las
tablas que se describen a continuación:
E T A P A 1
Manzana: 004
LOTE USO AREA m2 No. Viv. 184 CONDOMINAL 705.54 8 185 CONDOMINAL 289.61 4 186 CONDOMINAL 680.40 8
SUMA 1,675.55 20
Manzana: 049
LOTE USO AREA m2 No. Viv. 002 CONDOMINAL 1,738.08 22
SUMA 1,738.08 22
Manzana: 050 LOTE USO AREA m2 No. Viv. 001 CONDOMINAL 470.00 6 002 CONDOMINAL 1,458.12 18 003 CONDOMINAL 2,038.86 28
SUMA 3,966.98 52
Manzana: 051 LOTE USO AREA m2 No. Viv. 001 MIXTO 213.08 2 002 CONDOMINAL 910.56 12 003 CONDOMINAL 1,440.00 20 004 CONDOMINAL 1,774.56 24 005 MIXTO 161.03 2
SUMA 4,499.23 60
Manzana: 053 LOTE USO AREA m2 No. Viv. 001 CONDOMINAL 479.46 6 002 CONDOMINAL 1,112.88 16 003 CONDOMINAL 2,971.77 38 004 CONDOMINAL 871.06 12 005 CONDOMINAL 1,435.50 18 006 MIXTO 172.53 2 007 CONDOMINAL 239.98 2 008 CONDOMINAL 3,191.15 34 009 CONDOMINAL 539.64 6 010 CONDOMINAL 3,093.36 34
SUMA 14,107.34 168
Manzana: 054 Lote Uso Area M2 Num. Viv. 001 CONDOMINAL 524.30 4 002 CONDOMINAL 1,296.74 18 005 CONDOMINAL 1,192.38 16 006 MIXTO 98.53 2 007 CONDOMINAL 334.56 4 008 CONDOMINAL 6,934.38 68 009 CONDOMINAL 517.45 6 010 CONDOMINAL 432.00 6 011 CONDOMINAL 3,571.21 38 012 CONDOMINAL 432.00 6 013 CONDOMINAL 3,613.33 40
Suma 18,946.88 208 Manzana: 055
Lote Uso Area M2 Num. Viv.
001 AREA VERDE "A" (DONACION) 3,151.20 0
Suma 3,151.20 0
Manzana: 056
Lote Uso Area M2 Num. Viv. 001 CONDOMINAL 865.09 12 002 CONDOMINAL 867.26 12
Suma 1,732.35 24
Resumen de la Etapa 1 AREA VENDIBLE 46,666.40 68.95% HABITACIONAL 46,021.23 MIXTO 645.17 VIALIDADES 17,866.43 26.39% BANQUETA 4,839.77 ANDADOR-SERVIDUMBRE 343.14 VIALIDAD 12,683.52 DONACION 3,151.20 4.66%
TOTAL DE ETAPA 67,684.03 100.00% TOTAL VIVIENDAS 554
Gaceta Municipal 2012-2015 19
E T A P A 2 Manzana: 050
LOTE USO AREA m2 No. Viv. 004 CONDOMINAL 3,267.30 34 005 CONDOMINAL 533.36 6 006 CONDOMINAL 2,740.87 28 007 CONDOMINAL 552.56 6 008 CONDOMINAL 2,882.01 30 009 CONDOMINAL 520.29 6 010 CONDOMINAL 3,225.81 34 011 CONDOMINAL 546.66 6 012 CONDOMINAL 3,277.57 34 013 CONDOMINAL 550.43 6 014 CONDOMINAL 1,197.04 14
SUMA 19,293.91 204
Manzana: 051 LOTE USO AREA m2 No. Viv. 005 MIXTO 86.48 2 006 CONDOMINAL 1,649.00 22
SUMA 1,735.48 24 Manzana: 054
LOTE USO AREA m2 No. Viv. 003 MIXTO 163.89 2 004 CONDOMINAL 3,000.36 38
SUMA 3,164.25 40
Resumen de la Etapa 2 AREA VENDIBLE 24,193.64 84.47% HABITACIONAL 23,943.27 MIXTO 250.37 VIALIDADES 4,447.60 15.53% BANQUETA 1,216.39 ANDADOR -SERVIDUMBRE 140.41 VIALIDAD 3,090.80
TOTAL DE ETAPA 28,641.24 100.00% TOTAL VIVIENDAS 268
CUADRO GENERAL DE AREAS AREA VENDIBLE 70,860.04 73.56% HABITACIONAL 69,964.50 MIXTO 895.54 VIALIDADES 22,314.03 23.17% BANQUETA 6,056.16
ANDADOR-
SERVIDUMBRE 483.55 VIALIDAD 15,774.32 DONACION 3,151.20 3.27% AREA VERDE 3,151.20 TOTAL DE TERRENO 96,325.27 100.00% TOTAL DE VIVIENDAS 822
SEGUNDO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., autoriza el Reconocimiento y Asignación
de Nomenclatura Oficial de las Vialidades identificadas como “Paseo Pradera” y “Privada de La
Pradera”; que se originaron con las subdivisiones de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo
con superficie total de 36,516.39m2., SUB-192/12 y SUB-193/12.
TERCERO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., ACEPTA la Donación del 10% de la
Superficie de los Condominios que se ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados
como: Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera
Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10; y IV.- Autorización de
la Venta de Unidades Privativas de los condominios identificados como: Pradera Fracción 2,
Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera
Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10.
Lo anterior siempre y cuando se de cumplimiento con lo siguiente:
En lo que se refiere a la autorización de la Relotificación de la Etapa 1, del Fraccionamiento
denominado “La Pradera II”:
a) El desarrollador deberá de Modificar en un plazo no mayor a 30 DÍAS NATURALES
la Escritura Pública Número 27,158 de fecha 27 de noviembre del 2008, mediante la cual se
hace constar la Donación a favor de este Municipio de El Marqués, Qro., respecto al
Fraccionamiento denominado La Pradera II, misma que debe indicar que la Superficie de las
Vialidades la cual deberá ser de 22,314.03m2.
b) Deberá mantener vigente la Fianza emitida por la empresa AFIANZADORA
SOFIMEX S.A., con número 110895 de fecha 17 de abril de 2009, por la cantidad de
$2,653,624.91 (Dos Millones Seiscientos Cincuenta y Tres Mil Seiscientos Veinticuatro Pesos
91/100 M.N.), la cual garantiza el cumplimiento de las obligaciones derivadas del acuerdo de
cabildo celebrado en sesión ordinaria de fecha 04 de marzo de 2009, relativo a la Ejecución y
Conclusión de las Obras de Urbanización de la Etapa 2 del Fraccionamiento denominado “La
Pradera II.
c) Asimismo, el desarrollador deberá presentar a la Secretaría del Ayuntamiento y la
Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, en un plazo no mayor a 30 DÍAS NATURALES la
fianza que garantice la Conclusión de la Vialidad identificada como Calle Miconia; por la
cantidad de $ 363,317.87 (Trescientos Sesenta y Tres Mil Trescientos Diecisiete Pesos 87/100
M.N.), de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 198, Punto IV, del Código Urbano para el Estado de
Querétaro la cual servirá para garantizar la ejecución y conclusión de las obras de
urbanización que se llevarán a cabo en la Etapa 1 del Fraccionamiento denominado “La
Pradera II”; por lo que dicha fianza solo será liberada previo Dictamen Técnico, hasta en tanto
no se lleve a cabo el procedimiento de entrega – recepción de la totalidad del fraccionamiento
de referencia, por parte del promotor al H. Ayuntamiento; el fraccionador será responsable de
la operación y mantenimiento de las obras de urbanización y servicios del mismo.
d) Asimismo, para cumplir con el uso y destino del Fraccionamiento, denominado
“La Pradera II”, en los contratos de compraventa o promesa de venta de lotes, en el
Fraccionamiento Autorizado, se incluirán las cláusulas restrictivas necesarias para asegurar
por parte de los compradores, que los lotes no se subdividirán en otros de dimensiones
menores que las autorizadas y, que los mismos se destinarán a los fines y usos para los cuales
hubieran sido aprobados, pudiendo en cambio fusionarse sin cambiar el uso ni la densidad de
los mismos.
C á l c u l o d e l a F i a n z a d e O b r a s d e U r b a n i z a c i ó n d e l a C a l l e M i c o n i a
100% x $ 363,317.87 $363,317.87
Gaceta Municipal 2012-201520
i) Cubrir ante la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, los derechos
por concepto de elaboración de Dictamen Técnico referente a los Avances de Obras de
Urbanización, correspondiente a la Etapa 1 del Fraccionamiento denominado “La Pradera II” ,
la cantidad de $ 3,101.70 (Tres Mil Ciento Un Pesos 70/100 M.N.), de acuerdo la Ley de Ingresos
del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal 2012, Art. 22, Fracción VI, Punto No. 1,
Inciso c), quedando el desglose de dicho importe de la siguiente manera:
j) Cubrir ante la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, por concepto
de Derechos por Supervisión de las Obras de Urbanización correspondiente a la Etapa 1 del
Fraccionamiento denominado “La Pradera II”, se cobrara aplicándosele al presupuesto de la
obra el 1.50% según el presupuesto presentado referente a las obras de urbanización que se
ejecutarán, en la Vialidad identificada como Calle Miconia; por la cantidad de $ 6,812.20 (Seis
Mil Ochocientos Doce Pesos 20/100 M.N.), de acuerdo al Art. 22, Fracción XVII, de la Ley de
Ingresos del Municipio de El Marqués Qro., para el Ejercicio Fiscal 2012, quedando el desglose
de dicho importe de la siguiente manera:
CUARTO.- El H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., autoriza el Incremento en la Nomenclatura
Oficial de las Vialidades que se proyectaron en la Etapa 1 del Fraccionamiento denominado
“La Pradera II”, con el nombre de las vialidad propuesta de acuerdo a la tabla que a
continuación se detalla, para lo cual el promotor deberá de cubrir ante la Secretaría de
Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, la cantidad de $ 728.15 (Setecientos Veintiocho Pesos
15/100 M. N.), por concepto de pago de derechos de nomenclatura de calles, conforme a la Ley
de Ingresos del Municipio de El Marqués, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2012, Artículo 22,
Fracción III, Punto 3 y 4, Incisos a) y b), de acuerdo al siguiente desglose:
1.- Pago Inicial para Nomenclatura Oficial de Vialidades:
2.- Derechos de Nomenclatura Oficial de Vialidades del Fraccionamiento.
QUINTO.- En lo que se refiere al Reconocimiento y Asignación de Nomenclatura Oficial de las
Vialidades identificadas como “Paseo Pradera” y “Privada de La Pradera”, que se originaron con
48 X $59.08 $2,835.8425% Adicional $708.96
Total $3,544.80
Dictamen Técnico para Licencia de Ejecución de Obras de Urbanizacion de la Etapa 1 del Fraccionamiento
42 X $59.08 $2,481.3625% Adicional $620.34
Total $3,101.70
Dictamen Técnico para Avances de Obras de Urbanización de la Etapa 1 del Fraccionamiento
363,317.87 x 1.5 % $5,449.7625% Adicional $1,362.44
Total $6,812.20
Pago deDerechos de Supervisión de la Etapa 1 del Fraccionamiento
4.15 x $59.08 $245.1825% Adicional $61.30
Total $306.48
VIALIDADES PROPUESTAEN EL FRACCIONAMIENTO “LA PRADERA II “ NOMBRE LONGITUD DESGLOSE DE PAGO IMPORTE
Calle Miconia 54.38 59.08 * 5.71 337.34 25% adicional 84.33
TOTAL 421.67
las subdivisiones de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo con superficie total de
36,516.39m2., SUB-192/12 y SUB-193/12:
a) Dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Oficio
DDU/DL/3933/2012 de fecha 15 de noviembre del 2012, emitido por la Dirección de Desarrollo
Urbano, mediante el cual se Autoriza la Subdivisión en 7 Fracciones de la Parcela 12 Z-1 P1/1,
del Ejido El Pozo con superficie total de 36,516.39m2., en las siguientes: Fracción 1 (destinada
para vialidad), 2, 3, 1 a, 1b, 1c y II; en el que se describen las superficies de las mismas.
b) Dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Oficio
DDU/DL/3934/2012 de fecha 15 de noviembre del 2012, emitido por la Dirección de Desarrollo
Urbano, mediante el cual se Autoriza la Subdivisión en 7 Fracciones de un predio identificado
como Fracción II resultante de la Subdivisión de la Parcela 12 Z-1 P1/1, del Ejido El Pozo con
superficie total de 19,611.12m 2., en las siguientes: Fracción 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10; en el que se
describen las superficies de las mismas.
c) Dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en el Convenio de
Colaboración y Participación de fecha 15 de noviembre del 2012.
SEXTO.- Lo anterior siempre y cuando se de cumplimiento con lo siguiente, en lo que se refiere
a la autorización de la Donación del 10% de la Superficie de los Condominios que se ubican
en la “Privada de La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción 2,
Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera
Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10:
a) El desarrollador deberá de presentar en un plazo no mayor a 30 DÍAS
NATURALES, contados a partir de la fecha de la publicación en la Gaceta Municipal del
Acuerdo de Cabildo que autorice la Autorización de la Donación del 10% de los Condominios
(Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera
Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y Pradera Fracción 10),
las Escrituras Públicas que indiquen la Transmisión de Propiedad de las Fracciones 1b, 3 y 1a,
con superficies de 575.08m2., 3,248.59m2., y 487.01m2., respectivamente que en total arrojan
una superficie total de 4,310.68m2., que corresponde al 18.32%, de la superficie de los citados
condominios; lo anterior, dando cumplimiento al Artículo 156, Capítulo Tercero, “De las
Transmisiones Gratuitas en los Desarrollos Inmobiliarios”, que al texto dice “En todos los
desarrollos inmobiliarios, el desarrollador deberá de transmitir gratuitamente al Municipio, el
diez por ciento de la superficie total del predio para equipamiento urbano, además deberá
transmitir gratuitamente la propiedad de la superficie que conformará la vialidad pública;
deberán ubicarse en terreno apto permitiéndose, en los casos en los que la localización del
fraccionamiento o sus características específicas lo admitan y previo dictamen de la
autoridad competente, realizar permutas parciales o totales por terrenos urbanizados y de
calidad equiparable, ubicados fuera de la superficie del fraccionamiento, en sitios de interés
municipal y de acuerdo con el Plan de Desarrollo Urbano respectivo.
b) Asimismo, dando cumplimiento a lo indicado en los Artículos 158 y 159 del
Código Urbano para el Estado de Querétaro, en lo relativo a la Autorización de la Donación
del 10% de los Condominios (Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4,
Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera
Fracción 9 y Pradera Fracción 10), el desarrollador tendrá la obligación de urbanizar las áreas
en materia de transmisión gratuita en los términos especificados.
c) Así mismo, en el caso que se apruebe la Autorización de la Donación del 10% de
los Condominios (Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera
Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera Fracción 9 y
Pradera Fracción 10), el desarrollador deberá dar cumplimiento a lo señalado en el Artículo
Gaceta Municipal 2012-2015 21
161 del Código Urbano para el Estado de Querétaro, en el que se indica que deberán de
“colocarse las placas de nomenclatura y señales de tránsito por cuenta del desarrollador, las
cuales deben ser autorizadas previamente por el municipio”.
d) Dar cumplimiento a las condicionantes indicadas en los Oficios Números
DDU/DPUP/3959/2012, DDU/DPUP/3960/2012, DDU/DPUP/3961/2012,
DDU/DPUP/3962/2012, DDU/DPUP/3963/2012, DDU/DPUP/3964/2012,
DDU/DPUP/3965/2012, DDU/DPUP/3966/2012 y DDU/DPUP/3982/2012; todos de fecha 15
de noviembre del 2012, emitidos por esta Dirección de Desarrollo Urbano, mediante el cual se
otorgan los Dictamenes de Uso de Suelo para los Condominios que se ubican en “Privada La
Pradera”; identificados como: Pradera Fracción 1c, Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4,
Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8, Pradera
Fracción 9 y Pradera Fracción 10, pertenecientes a este Municipio de El Marqués, Qro., los
cuales arrojan una Superficie Total de 23,298.54 m2.
SEPTIMO.- Lo anterior siempre y cuando se de cumplimiento con lo siguiente, en lo que se
refiere a la autorización de la Venta de Lotes de los condominios identificados como: Pradera
Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7,
Pradera Fracción 8 y Pradera Fracción 9:
a) Dando cumplimiento a lo indicado en el Código Urbano del Estado de Querétaro
Vigente publicado en el Periódico Oficial Número 27 “La Sombra de Arteaga”, con fecha 31 de
mayo del 2012; el Desarrollador deberá de dar cumplimiento a lo que se establece en la
Sección Segunda del Régimen de Propiedad en Condominio Artículo 225, Fracción V.
b) Dar cumplimiento a lo indicado en los Oficios Números DDU/DPUP/3984/2012,
DDU/DPUP/3985/2012, DDU/DPUP/3986/2012, DDU/DPUP/3987/2012,
DDU/DPUP/3988/2012, DDU/DPUP/3989/2012, DDU/DPUP/3990/2012 y
DDU/DPUP/3991/2012, todos de fecha 16 de noviembre del 2012, emitidos por la Dirección de
Desarrollo Urbano, mediante el cual se otorga la Declaratoria de Condominio de los
Condominios que se ubican en la “Privada La Pradera”; identificados como: Pradera Fracción
2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5,
Pradera Fracción 6, Pradera Fracción 7, Pradera Fracción 8 y Pradera Fracción 9, pertenecientes
a este Municipio de El Marqués, Qro.
c) Dar cumplimiento a lo indicado en los Oficios Números DDU/DPUP/4030/2012,
DDU/DPUP/4031/2012, DDU/DPUP/4032/2012, DDU/DPUP/4033/2012,
DDU/DPUP/4034/2012, DDU/DPUP/4035/2012, DDU/DPUP/4036/2012 y
DDU/DPUP/4037/2012, todos de fecha 16 de noviembre del 2012, emitidos por la Dirección de
Desarrollo Urbano, mediante el cual se otorga la Autorización de Venta de Unidades
Privativas de los Condominios que se ubican en la “Privada de La Pradera”; identificados como:
Pradera Fracción 2, Pradera Fracción 4, Pradera Fracción 5, Pradera Fracción 6, Pradera
Fracción 7, Pradera Fracción 8 y Pradera Fracción 9, pertenecientes a este Municipio de El
Marqués, Qro.
OCTAVO.- Una vez aprobado el presente dictamen por parte del Honorable Ayuntamiento de
El Marqués, Qro., y acreditado haber realizado los pagos de los derechos generados por la
presente autorización, dentro de los plazos establecidos en el presente acuerdo, deberá
publicarse en un plazo no mayor de 30 días naturales contados a partir de la aprobación de
éste acuerdo, para su publicación en dos ocasiones en la Gaceta Municipal y en el Periódico
Oficial de Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, a costa del solicitante.
Así mismo, deberá publicarse el presente Acuerdo en dos de los diarios de mayor circulación
en el Municipio, con un intervalo de cinco días entre cada publicación, a costa del solicitante.
El solicitante deberá acreditar ante la Secretaría del Ayuntamiento y la Dirección de
Desarrollo Urbano Municipal las constancias que acrediten el cumplimiento de lo establecido
en éste Punto de Acuerdo.
NOVENO.- Una vez cumplimentado lo anterior, en un plazo no mayor a seis meses contados a
partir de la segunda publicación del presente Acuerdo en la Gaceta Municipal, deberá
protocolizarse e inscribirse en el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio a costa del
interesado, lo que deberá acreditar el solicitante ante la Secretaría del Ayuntamiento y la
Dirección de Desarrollo Urbano Municipal remitiendo las constancias que así lo confirmen.
DECIMO.- Se instruye a la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, a efecto de que, una vez
que se realice la autorización de las Placas de Nomenclatura y su instalación, notificará de
dichos cambios a la Dirección del Servicio Postal Mexicano y al Registro Público de la
Propiedad, a fin de que se hagan las modificaciones necesarias en los registros
correspondientes, en cumplimiento a lo dispuesto al artículo 40, del Reglamento de
Construcción para el Municipio de El Marqués, Qro.
UNDECIMO.- El incumplimiento de cualquiera de las determinaciones y condicionantes
expuestos en éste Acuerdo y sus dispositivos Transitorios, en los plazos y condiciones
otorgados, dará lugar al inicio del procedimiento administrativo de revocación del presente
Acuerdo.
TRANSITORIOS
1.- El presente Acuerdo surtirá los efectos legales correspondientes a partir de su fecha de
inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Querétaro.
2.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento notifique el presente Acuerdo a los Titulares
de la Secretaría de Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, Desarrollo Urbano Municipal,
Secretaría de Administración y al solicitante para su cumplimiento…”
ASÍ LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE EL
MARQUÉS, QRO., Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL EJECUTIVO MUNICIPAL A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE
NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
LIC. RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
RÚBRICA
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Gaceta Municipal 2012-201522
Gaceta Municipal 2012-2015 23