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13/05/2004 [email protected] 1 Información general Información general del proyecto del proyecto CIBER-CENTRO DE PREVENCION JURIDICA DE LA VIOLENCIA Propone MªJosé Blanco Barea. Coordinadora de Cvv -Psi; OMS Antecedentes del proyecto Descripción del proyecto Proyecto innovador Tecnología Grupos de Trabajo Métodos de trabajo: Taller Estado actual Violencia y OMS, ONU, OIT

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Información general del proyectoInformación general del proyecto

CIBER-CENTRO DE PREVENCION JURIDICA

DE LA VIOLENCIAPropone MªJosé Blanco Barea. Coordinadora de Cvv-Psi; OMS

Antecedentes del proyecto

Descripción del proyecto

Proyecto innovador

Tecnología

Grupos de Trabajo

Métodos de trabajo: Talleres

Estado actual

Violencia y OMS, ONU, OIT

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Indicaciones para esta presentaciónIndicaciones para esta presentación

CIBER-CENTRO DE PREVENCION JURIDICA DE LA VIOLENCIA

Propone MªJosé Blanco Barea. Coordinadora de Cvv-Psi; OMS

ESTE ICONO LE LLEVA A UN TEXTO . PARA VOLVER, HAGA CLIC EN EL MISMO ICONO DEL TEXTO

HIPERVINCULOS Las frases y palabras subrayadas y en este color, llevan hipervínculos

a documentos en internet, si hace click, se abren en su explorador

clickEl avance es manual, haga click tantas veces sea necesario en cada diapositiva hasta que pase a la siguiente. Puede retroceder o avanzar en el icono anterior y siguiente

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A QUIEN VA DIRIGIDOA QUIEN VA DIRIGIDO

A Los Ciudadanos Y Ciudadanas (cualquiera que sea la profesión, oficio o cargo)

1. CONCIBEN EL ESTADO COMO UNA FUNCION SOCIAL:

DeDe coordinacióncoordinación legislativa, judicial y ejecutiva Coparticipada equilibrada, democrática y

ampliamente por los ciudadanos y ciudadanas

CONCIBEN SU COPARTICIPACION COMO EJERCICIO DE DERECHOS HUMANOS Y CUMPLIMIENTO DE DEBERES HUMANOS

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-.-.Los miedos, recelos e inseguridades para Los miedos, recelos e inseguridades para abordar jurídicamente la violencia.-abordar jurídicamente la violencia.-

CRITICAS DECRITICAS DECULTURAS, CULTURAS,

COSTUMBRESCOSTUMBRESRELIGIONESRELIGIONES

LEY

JUEZ

ESTUDIOY

PROPUESTASPREVENCION

DE LAVIOLENCIA

PERDIDA DEIDENTIDADESCULTURALESRELIGIOSAS

SOCIALES

SOLUCION ABORDAJE

MULTIDISCIPLINARDESDE EL

PLURALISMO

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VIOLENCIA Y

DERECHO

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VIOLENCIA Y DERECHOVIOLENCIA Y DERECHO(El hecho “violencia” ¿objeto de estudio del Derecho?)(El hecho “violencia” ¿objeto de estudio del Derecho?)

La norma jurídica contiene:

1. Supuesto de hecho (descripción de la realidad)

2. Consecuencia jurídica (aplicable a la realidad)

La interpretación y aplicación del Derecho va configurando la realidad a la que se le aplica la consecuencia jurídica

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VIOLENCIA y VIOLENCIA y ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUDORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD

 " La violencia es un fenómeno sumamente difuso y complejo cuya definición no puede tener exactitud científica, ya que es una cuestión de apreciación. La noción de lo que son comportamientos aceptables e inaceptables, o de lo que constituye un daño ,está influida por la cultura y sometida a una continua revisión a medida que los valores y las normas sociales evolucionan."

En este mundo en vertiginosa evolución, proteger la vida y la dignidad humanas exige esforzarse por lograr un consenso y establecer normas universales de comportamiento basadas en el desarrollo de derechos humanos”…

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VIOLENCIA y VIOLENCIA y deberes humanosdeberes humanos Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de prDeclaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los omover y proteger los

derechos humanosderechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos

Art. 18. Toda persona tiene deberes respecto de la comunidad y dentro de ella, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

2. A los individuos, los grupos, las instituciones y las organizaciones no gubernamentales les corresponde una importante función y una responsabilidad en la protección de la democracia, la promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales y la contribución al fomento y progreso de las sociedades, instituciones y procesos democráticos.

3. Análogamente, les corresponde el importante papel y responsabilidad de contribuir, como sea pertinente, a la promoción del derecho de toda persona a un orden social e internacional en el que los derechos y libertades enunciados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos de derechos humanos puedan tener una aplicación plena.

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VIOLENCIA y DERECHOS HUMANOS (I) VIOLENCIA y DERECHOS HUMANOS (I)   LaLa

Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena de 1.993. Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena de 1.993.Examen quinquenal de la aplicación de la Declaracióny Programa de Acción de VienaExamen quinquenal de la aplicación de la Declaracióny Programa de Acción de Viena

Considerando los cambios fundamentales que se han producido en el escenario internacional y la aspiración de todos los pueblos a un orden internacional basado en los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, en particular la promoción y el fomento de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos y el respeto del principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos, en condiciones de paz, democracia, justicia, igualdad, imperio de la ley, pluralismo, desarrollo niveles de vida más elevados y solidaridad

Imbuida del espíritu de nuestro tiempo y de la realidad actual que exigen que todos los pueblos del mundo y todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas emprendan con renovado impulso la tarea global de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales para garantizar el disfrute pleno y universal de esos derechos, Resuelta a seguir el camino trazado por la comunidad internacional para lograr grandes progresos en materia de derechos humanos mediante renovados y sostenidos esfuerzos en pro de la cooperación y la solidaridadinternacionales,

Aprueba solemnemente la Declaración y el Programa de Acción de Viena. El examen quinquenal debería promover acontecimientos positivos y otorgar el

debido crédito a los logros alcanzados en la aplicación de la Declaración y Programa de Acción de Viena. También es igualmente importante que determine cuáles son los principales obstáculos que impiden la plena aplicación

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VIOLENCIA y DERECHOS HUMANOS (II)VIOLENCIA y DERECHOS HUMANOS (II)

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes  *

Principios relativos a la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder

Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura

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DERECHOS HUMANOS (IV) DERECHOS HUMANOS (IV) Mujer y niñaMujer y niña

.Declaración política. y .Nuevas medidas iniciativas para la aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.

Se acepta cada vez más que la violencia contra las mujeres y las niñas, ya sea en su vida pública o privada, es una cuestión de derechos

humanos. Se acepta que la violencia contra la mujer, cuando es perpetrada o condonada por el Estado osus agentes, constituye la violación de un derecho humano. Se acepta también que

los Estados tienen la obligación de actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y castigar actos de violencia, ya sean perpetrados por el Estado o por personas privadas, y de prestar protección a las víctimas. Cada vez hay una mayor conciencia y un mayor compromiso para prevenir y combatir la violencia contra las

mujeres y las niñas, incluida la violencia en el hogar, que viola y obstaculiza o impide el disfrute de sus derechos humanos y libertades fundamentales mediante, entre otras cosas, mejores leyes, políticas y programas.

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DERECHOS HUMANOS (V) NiñosDERECHOS HUMANOS (V) Niños

Declaración de los Derechos del Niño Convención sobre los Derechos del Niño * Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derec

hos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados*

Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía *

Declaración sobre los principios sociales y jurídicos relativos a la protección y el bienestar de los niños, con particular referencia a la adopción y la colocación en hogares de guarda, en los planos nacional e internacional

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Violencia y Violencia y El Manual de justicia sobre el principios básicEl Manual de justicia sobre el principios básicos de justicia para víctimas de delito y abuso os de justicia para víctimas de delito y abuso de poderde poder La verdadera medida de los abusos de poder no es sólo la presencia

de leyes sino [también] su aplicación en la práctica y el conocimiento actual dimensión de la victimización

no sólo en cambiar las leyes sino también en cambiar las condiciones sociales y actitudes en curso pensadas para formar un pacto de dignidad humana y respeto de los derechos humanos de acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Declaración de Principios Básicos de Justicia para las Víctimas del Delito y el Abuso de Poder

 El propósito del abogado de sistema es cambiar actitudes, valores, tradiciones o leyes en armonía con los justos intereses de los implicados.

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VIOLENCIA y VIOLENCIA y ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO: DEL TRABAJO:

Rechazamos la idea de que las únicas causas de la violencia en el lugar de trabajo sean individuales. Si nos movemos exclusivamente en torno a este supuesto, no lograremos evitar la reiteración de la violencia ni reprimir los actos violentos que se producen““

Se debe analizar el amplio espectro causal de la violencia y adoptar una gama de estrategias de intervención. Con demasiada frecuencia, la respuesta a la violencia en el lugar de trabajo es limitada, episódica e inconcreta. OIT

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EL PROYECTO

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Antecedentes del proyecto (1)Antecedentes del proyecto (1)

Comunidad Virtual para el estudio multidisciplinar de la violencia psicológica enlace externo de la:

OMS: Método ecológico de prevención de la violencia

El Manual de justicia sobre el principios básicos de justicia para víctimas de delito y abuso de poder : La verdadera medida de los abusos de poder no es sólo la presencia de leyes sino [también] su aplicación en la práctica y el conocimiento actual dimensión de la victimización

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Antecedentes del proyecto (2)Antecedentes del proyecto (2)

Jornadas mobbing sector Público Fundación Hispano-Lusa Rei Afonso Henriquez

Jornadas COSITALJornadas Ágora-Zamora Virtual

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Descripción del Proyecto (I)Descripción del Proyecto (I)

El complejo fenómeno social de la violencia, debe se abordado desde la multidisciplinariedad

La Ciencia del Derecho debe aportar al enfoque multidisciplinar, el «hecho violencia»  desde la perspectiva jurídica y el pluralismo politico

La Aplicación del Derecho no puede dar lugar a desigualdades e inseguridades según la autoridad o administración

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DESCRIPCION DEL PROYECTODESCRIPCION DEL PROYECTO (II) (II)

,

y

1. La Ciencia Jurídica del positivismo kelseniano, hoy ya no tiene sentido, los derechos subjetivos y los valores están constitucionalizados

2. La Constitución, la Ciencia Jurídica Sociología jurídica y Sociología de los Derechos Humanos y Derechos Fundamentales.

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PROYECTO INNOVADORPROYECTO INNOVADOR IMPLICACION DE LOS JURISTAS EN EL ABORDAJE MULTIDICIPLINAR

DEL ESTUDIO DE LA VIOLENCIA ESTUDIO DE LOS CONCEPTOS JURIDICOS DE VIOLENCIA COMPRENSION DE LOS CONCEPTOS PSICO-MEDICO-SOCIALES DE

VIOLENCIA POR LOS JURISTAS COMPRENSION DE LOS CONCEPTOS JURIDICOS DE VIOLENCIA POR

LOS PSICOLOGOS-MEDICOS-SOCIOLOGOS… REVISION Y ACTUALIZACION MULTIDISCIPLINAR DE LAS TEORIAS

SOBRE VIOLENCIA CON LA COPARTICIPACION DEMOCRATICA Y PLURAL: LAS VICTIMAS NO PUEDEN SER OBJETO DE ACTIVIDADES PROPAGANDISTICAS ELECTORALES.

LAS IDEOLOGIAS Y RELIGIONES NO PUEDEN NEGAR QUE EXISTEN VICTIMAS POR NO ADECUARSE A SUS PRINCIPIOS

NINGUNA IDEOLOGIA NI RELIGION PUEDE CONVENCER A NADIE DE QUE ES VICTIMA

TODA IDEOLOGIA Y RELIGION DEBEN RECONOCER COMO VICTIMAS A LAS QUE LO SEAN

TODA IDEOLOGIA Y RELIGION PUEDE DEBE OFRECER LA VICTIMA SU AYUDA DESDE EL “CONSENTIMIENTO INFORMADO”

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TecnologíaTecnología

Sistema de trabajo en grupo BSCWLista de Correo

[email protected] http://evv-psi.infoChat y videoconferenciasSesiones presenciales

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Grupos de TrabajoGrupos de Trabajo

La creación de grupos de trabajo se irá configurando a medida que se inscriban en el BSCW los/las suscriptores/as que se comprometan a participar activamente, lo que incluye una función de supervisión

Todos los grupos estarán permanentemente interconectados y periódicamente expondrán sus avances

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Método de Trabajo : Talleres (1)Método de Trabajo : Talleres (1)

El método de trabajo será el de Talleres que analizarán en una primera fase, “el supuesto de hecho violencia en la:

- Jurisprudencia

- legislación

- conceptos doctrinales

- principios generales del Derecho

- Debates y propuestas legislativas

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Método de Trabajo : Talleres (2)Método de Trabajo : Talleres (2)

El método de trabajo será el de Talleres que analizarán en una segunda Fase expondrán las conclusiones sobre el supuesto de hecho violencia.

En la Tercera Fase se expondrán las conclusiones a los talleres de psicología, antropología, psiquiatría, y coparticipaciones donde s abordará el estudio de las divergencias dentro los conceptos jurídicos y los de las demás arreas.

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Método de Trabajo : Talleres (4)Método de Trabajo : Talleres (4)

Cuarta Fase: se elaborarán los conceptos básicos y principios generales del derecho que por ser concordantes con los avances desde el enfoque multidisciplinar de las demás áreas de conocimiento, se propondrán para ser tenidos en cuenta a la hora de legislar, interpretar y aplicar el Derecho al complejo fenómeno social de la violencia., procurando usar un lenguaje riguroso científicamente pero claro y entendendible por el ciudadano.

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Método de Trabajo : Talleres (5)Método de Trabajo : Talleres (5)

Quinta Fase: Elaboración de un documento en el que las distintas ideologias, organizaciones, comunidades religiosas, partidos politicos, sindicatos, organizaciones empresariales, ONG expongan:

Acuerdos unánimes Sus distintos abordajes y soluciones

explicando las diferencias con los otros

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Estado actualEstado actual

En la Cvv-psi se está desarrollando desde hace más de dos años y medio, un debate multidisciplinar.

El consenso psico-jurídico sobre el concepto del derecho a la integridad moral, analizado el proceso legislativo, jurisprudencia y doctrina, está siendo difundido y recogido en doctrinas y sentencias

Contactar:

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“La naturaleza polifacética de la violencia exige el compromiso de los gobiernos y las partes interesadas a todos los niveles de la toma de decisiones: local, nacional e internacional.

Las recomendaciones siguientes reflejan esta necesidad de estrategias multisectoriales y de colaboración.

Recomendación 1

Crear, aplicar y supervisar un plan nacional de acción para prevenir la violencia. Los planes nacionales de prevención de la violencia deberían basarse en un consenso desarrollado por un amplio abanico de agentes gubernamentales y no gubernamentales. … y permitir la colaboración entre sectores que podrían contribuir a prevenir la violencia, como el jurídico-penal,..

OMS

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PAUL TRAPPE[1] en la introducción a Geiger enumera 5 clases de normas por su contenido:

1.Normas que se desarrollan a partir de la realidad social (endógenas)

2.Normas que han sido impuestas a una realidad social (exógenas)

3.Normas que se han desarrollado a partir del sistema dogmático.

4.Normas que surgen de una determinada constelación social y que siguen siendo derecho vigente después de que aquellas constelaciones se han modificado o caducado.

5.Normas que surgen de las ciencias naturales y de la técnica.

Hoy en día prácticamente nadie duda de que el ordenamiento jurídico es una forma de ejercer un poder, en el sentido de “probabilidad de dirigir el curso de ciertos acontecimientos”[3] .

El contenido de la norma es interpretado en función de una serie de parámetros, entre los que la presión social de la opinión publica tiene su influencia. De esta forma se dirá en cada sentencia que casos se van aceptando dentro del supuesto de hecho. Poco a poco el conjunto de casos anteriores se van coordinando con cada nuevo caso, de manera que el juez dicta sentencia con arreglo a ese supuesto de hecho que va configurando jurisprudencialmente. En definitiva, la norma queda modificada porque su contenido acaba siendo sólo el extracto de los casos que se han juzgado. Cada nuevo supuesto será subsumido en el conjunto de casos anteriores afines, y sólo así se relacionará con la proposición normativa. El resultado es que una sentencia se considerará jurídicamente correcta siempre y cuando siga los precedentes anteriores, pero en el momento en que innove algo, seguramente quedará en minoría por muy acertada que sea su interpretación. Esto ocurre tanto en los sistemas anglosajones como, concretamente, en el español, si bien en este resulta más fácil el cambio jurisprudencial, habida cuenta del valor que tiene el precedente judicial.

Un ejemplo claro de cómo una ley puede ser interpretada y aplicada de manera que el contenido de validez de la misma se delimite por razones no teóricas ni dogmáticas, sino de puro ejercicio del poder, encontramos en la Sherman’s Act de 1890, dictada contra los trust en Estados Unidos, cuya aplicación fue escasa para ese supuesto normativo, pero que, posteriormente, circunstancias sociales hicieron que se extendiera a otra dirección, con motivo de la huelga de Pullman, en cuyo caso, para reprimir a los sindicatos obreros se utilizó con toda su fuerza normativa. La función crítica ideológica de la sociología jurídica nos proporcionará criterios orientativos para averiguar por qué se generan auténticos “monstruos conceptuales” cuando normas obligatorias, de vez en cuando, no se tienen por tales. [1] GEIGER,T. “Estudios Preliminares de Sociología del Derecho” Colección Crítica del Derecho. Dirección MONEREO.JL.COMARES-2001

[2] Bibliografía: GEIGER, op. citada; GURVITCH,G “Elementos de sociología jurídica”.Colección crítica del Derecho. Comares 2001; AYMEREICH,I “Sociología de los Derechos

Humanos” .Tirant lo blanch, 2001.

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El Método ecológico, según la OMS tiene en cuenta numerosos factores biológicos, sociales, culturales, económicos y políticos que influyen en la violencia. El modelo consta de cuatro niveles: el individual, el relacional, el comunitario y el social. Además de esclarecer las causas de la violencia y sus complejas interacciones, el modelo ecológico indica asimismo qué es necesario hacer en los distintos niveles estatales y sociales para prevenir la violencia.

En el nivel individual se examinan los factores biológicos y de la historia personal que aumentan la probabilidad de que una persona se convierta en víctima o perpetradora de actos violentos.

En el nivel relacional se investiga el modo en que las relaciones influyen en el comportamiento violento,

En el tercer nivel se exploran los contextos comunitarios en los que se desarrollan las relaciones sociales,.

El cuarto nivel se centra en los factores de carácter general relativos a la estructura de la sociedad, como las normas sociales que contribuyen a crear un clima en el que se alienta o se inhibe la violencia, aunque también tiene en cuenta las POLITICAS sanitarias, económicas, educativas y sociales que contribuyen a mantener las desigualdades económicas o sociales entre los grupos de la sociedad.

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69. a) Como cuestión prioritaria, examinar y revisar la legislación, cuando proceda, con miras a introducir una legislación eficaz, en particular sobre la violencia contra la mujer, y adoptar otras medidas necesarias para velar por que se proteja a todas las mujeres y las niñas contra todas las formas de violencia, física, sicológica

y sexual y se les permita recurrir a la justicia;

b) Procesar a los responsables de cualesquiera formas de violencia contra las mujeres y las niñas e imponerles condenas adecuadas, y adoptar medidas encaminadas a ayudar y motivar a los que perpetran tales actos a que interrumpan el ciclo de la violencia y tomen medidas para proporcionar medios de reparación a las víctimas;

c) Tratar todas las formas de violencia contra mujeres y niñas de todas las edades como delito punible por la ley, incluida la violencia basada en todas las formas de discriminación;

d) Establecer leyes y fortalecer los mecanismos apropiados para encarar las cuestiones penales relativas a todas las formas de violencia en el hogar, incluso la violación en el matrimonio y los abusos sexuales contra mujeres y niñas, y procurar que tales casos sean llevados rápidamente ante la justicia;

e) Preparar, aprobar y aplicar plenamente leyes y otras medidas que se consideren convenientes, como políticas y programas educativos, para erradicar las prácticas consuetudinarias o tradicionales nocivas, entre ellas, la mutilación genital femenina, los matrimonios tempranos y forzados y los delitos denominados de honor que vulneran los derechos humanos de mujeres y niñas y constituyen obstáculos para el pleno disfrute por la mujer de sus derechos humanos y sus libertades fundamentales, e intensificar los esfuerzos, en cooperación con los grupos locales de mujeres, para crear conciencia a nivel colectivo e individual de la manera en que esas nocivas prácticas tradicionales o consuetudinarias vulneran los derechos humanos de la mujer;

f) Seguir realizando investigaciones para lograr una mejor comprensión de las causas fundamentales de todas las formas de violencia contra la mujer, a fin de formular programas y tomar medidas para eliminar esas formas de violencia;

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Las Jornadas han puesto de manifiesto que la violencia es:

I.- Es una Cuestión de Estado, democrático y de Derecho, y de Estado Social.

II.- Es una del Pueblo Soberano porque todos los Poderes del Estado emanan del Pueblo Soberano, y éste lo forman las personas. El orden político y la paz social deben garantizarlo el Estado y el propio Pueblo Soberano.

III.- La violencia altera el orden político y la paz social., porque la violencia atenta contra la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, la ley y el respeto a los derechos de los demás que según el articulo 10 de la Constitución, son el fundamento del orden político y de la paz social..

IV.- El Estado tiene el deber de:

educar en valores constitucionales

El de legislar de acuerdo con los valores constitucionales

Gobernar, Gestionar y Administrar según los valores constitucionales

Juzgar y hacer ejecutar lo Juzgado sometiéndose a los valores constitucionales

El Pueblo Soberano no puede consentir que El Estado o cualquier persona, no respete la ley, los derechos de los demás, la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, ni el libre desarrollo de la personalidad.

El Pueblo Soberano y El Estado deben permitir el libre desarrollo de la personalidad, y adecuar las leyes necesarias para ello.

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La Ciencia Jurídica tiene elaboradas, teorías cobre “violencia, intimidación, agresividad, agresión” en relación al objeto de estudio de cada disciplina jurídica y, dentro de ella, de forma analítica, centrándose en uno u otro elemento normativo “violencias sobre las cosas y sobre las personas” .; “Violencias civiles, violencias penales, violencias laborales, violencias medioambientales, conflictos bélicos, violencias terroristas s, violencias domésticas, violencias sexuales,, abuso de menores, discapacitados y ancianos, “simulación de violencias”,…” La “violencia legitima” del Estado a través del ius puniendi,, la legítima defensa, lla rebelión, la resistencia y desobediencia a la autoridad, coacciones, amenazas, maquinaciones fraudulentas, poder jurídico, abuso del poder, relaciones jurídicas ,derechos, actos de violencia, resultados de la violencia, alevosía, ensañamiento, torturas, ratos degradantes, etc.”

.- El enfoque multidisciplinar desde el pluralismo político es preciso, porque son tantos los factores que facilitan la violencia en la prevención de la violencia. La violencia es una Cuestión del Pueblo Soberano y del Estado social y democrático de Derecho. Exige un enfoque multidisciplinar, coparticipado Pero además, exige un abordaje desde el pluralismo político, ideológico, religioso, moral.

¿Convendría revisar los conceptos y principios generales?¿Convendría elaborar una Teoría Jurídica General sobre el hecho "violencia"?

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Los pilares del orden político y de la paz social (artículo 10 de la CE) son::

-la dignidad de la persona

-los derechos inviolables que le son inherentes

-el respeto a la ley

-el respeto a los derechos de los demás

-el libre desarrollo de la personalidad

El Pueblo Soberano no puede consentir que El Estado o cualquier persona, no respete la ley, los derechos de los demás, la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, ni el libre desarrollo de la personalidad.

El Pueblo Soberano y El Estado deben permitir el libre desarrollo de la personalidad, y adecuar las leyes necesarias para ello.

El libre desarrollo de la personalidad es el que redunde en la dignidad de la persona y en el respeto a los derechos inviolables que le son inherentes, para lo que si es preciso, se reformaran leyes, se denunciaran los abusos de poder, se diseñaran las estructuras necesarias, se dibujaran los espacios necesarios, para que el orden político y la paz social no restrinja ni limite a la persona ni ésta los ponga en peligro.

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Convocatoria Pública para elaborar documentos :

1.) recordarle al Gobierno Español lo que defendió en 1.995 en el Parlamento y actúe en consecuencia

2.) Sugerir a la Fiscalía General y al CGPJ que elaboren una Instrucción y una Circular exponiendo sus argumentos sobre la aplicación del articulo 173 del Código Penal a la violencia en el trabajo

3.) Informar a la UE, OMS, OIT, y en general, a los demás Estados de la legislación y Jurisprudencia españolas