13-26. derecho constitucional. artículo 18. servicio electoral público

24
DERECHO CONSTITUCIONAL I DERECHO CONSTITUCIONAL I SISTEMA ELECTORAL PÚBLICO SISTEMA ELECTORAL PÚBLICO FACULTAD DE DERECHO FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD ARTURO PRAT UNIVERSIDAD ARTURO PRAT VICTORIA VICTORIA

Upload: escuela-de-derecho-univ-arturo-prat

Post on 25-Jul-2015

640 views

Category:

News & Politics


0 download

TRANSCRIPT

DERECHO DERECHO CONSTITUCIONAL ICONSTITUCIONAL I

SISTEMA ELECTORAL PÚBLICOSISTEMA ELECTORAL PÚBLICO

FACULTAD DE DERECHOFACULTAD DE DERECHO

UNIVERSIDAD ARTURO PRATUNIVERSIDAD ARTURO PRAT

VICTORIAVICTORIA

SISTEMA ELECTORAL PÚBLICOSISTEMA ELECTORAL PÚBLICO

Art. 18 Art. 18 “Habrá un sistema electoral público. Una ley “Habrá un sistema electoral público. Una ley orgánica constitucional determinará su organización orgánica constitucional determinará su organización y funcionamiento, regulará la forma en que se y funcionamiento, regulará la forma en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios, realizarán los procesos electorales y plebiscitarios, en todo lo no previsto por esta Constitución y, en todo lo no previsto por esta Constitución y, garantizará siempre la plena igualdad entre los garantizará siempre la plena igualdad entre los independientes y los miembros de partidos políticos independientes y los miembros de partidos políticos tanto en la presentación de candidaturas como en tanto en la presentación de candidaturas como en su participación en los señalados procesos.su participación en los señalados procesos.El resguardo del orden público durante los actos El resguardo del orden público durante los actos electorales y plebiscitarios corresponderá a las electorales y plebiscitarios corresponderá a las Fuerzas Armadas y Carabineros del modo que Fuerzas Armadas y Carabineros del modo que indica indica la ley.”la ley.”

NOTAS SOBRE ESTE PROCESONOTAS SOBRE ESTE PROCESO

El sistema electoral público ha de ser El sistema electoral público ha de ser necesariamente regulado por Ley necesariamente regulado por Ley Orgánica Constitucional.Orgánica Constitucional.

Se hace presente que pueden ser Se hace presente que pueden ser una o varias Leyes orgánicas una o varias Leyes orgánicas Constitucionales.Constitucionales.

STC de 08 de Septiembre de 1984:STC de 08 de Septiembre de 1984:

““Que también este tribunal estima Que también este tribunal estima que la palabra “una” empleada por el que la palabra “una” empleada por el constituyente en el Art. 18 no expresa constituyente en el Art. 18 no expresa la idea de cantidad, sino de “calidad”; la idea de cantidad, sino de “calidad”; es decir, que todas las materias es decir, que todas las materias regidas por ese precepto son de regidas por ese precepto son de naturaleza orgánica constitucional y naturaleza orgánica constitucional y pueden estar contenidas en una o pueden estar contenidas en una o más leyes de ese carácter”.más leyes de ese carácter”.

Así tenemos:Así tenemos:

La Ley Nº 18.556, Orgánica La Ley Nº 18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, de 1° de octubre de 1986.Electoral, de 1° de octubre de 1986.

La Ley Nº 18.700, Orgánica La Ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, de 6 de mayo Populares y Escrutinios, de 6 de mayo de 1988.de 1988.

SERVICIO ELECTORALSERVICIO ELECTORAL

El Servicio Electoral es un organismo El Servicio Electoral es un organismo autónomo, con personalidad jurídica autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio.y patrimonio propio.

Funciones del Servicio ElectoralFunciones del Servicio Electoral

1. Supervigilar y fiscalizar los organismos 1. Supervigilar y fiscalizar los organismos electorales y velar por el cumplimiento de las electorales y velar por el cumplimiento de las leyes electorales.leyes electorales.2. Formar y mantener un boletín denominado 2. Formar y mantener un boletín denominado Patrón Electoral, ordenado Patrón Electoral, ordenado computacionalmente, el que contendrá la computacionalmente, el que contendrá la nómina alfabética de las personas nómina alfabética de las personas habilitadas para ejercer el derecho a sufragio habilitadas para ejercer el derecho a sufragio en los procesos electorales y plebiscitarios.en los procesos electorales y plebiscitarios.3. Formar y mantener el archivo electoral 3. Formar y mantener el archivo electoral general.general.

¿Quién dirige el Servicio Electoral?¿Quién dirige el Servicio Electoral?El Director del Servicio Electoral, quien El Director del Servicio Electoral, quien es el jefe superior.es el jefe superior.

¿Quién lo nombra?¿Quién lo nombra?El Presidente de la República con El Presidente de la República con acuerdo de la mayoría de los senadores acuerdo de la mayoría de los senadores en ejercicio.en ejercicio.

Su renovación se hará de igual forma.Su renovación se hará de igual forma.

Algunas atribuciones del Director del Algunas atribuciones del Director del Servicio Electoral.Servicio Electoral.

1. Designar a los miembros de las juntas 1. Designar a los miembros de las juntas electorales y a los de las juntas inscriptoras, electorales y a los de las juntas inscriptoras, según lo establecido en la ley.según lo establecido en la ley.

2. Establecer Direcciones Regionales cuando 2. Establecer Direcciones Regionales cuando sea necesario para el mejor funcionamiento sea necesario para el mejor funcionamiento del servicio.del servicio.

3. Llevar el Registro de Partidos Políticos 3. Llevar el Registro de Partidos Políticos actualizado por regiones.actualizado por regiones.

4. Dar instrucciones generales sobre la 4. Dar instrucciones generales sobre la aplicación de las normas electorales para su aplicación de las normas electorales para su ejecución por los organismos establecidos ejecución por los organismos establecidos en ellas.en ellas.

JUNTAS ELECTORALESJUNTAS ELECTORALES

En cada provincia habrá una junta En cada provincia habrá una junta electoral.electoral.

Sin perjuicio, el Director del Servicio Sin perjuicio, el Director del Servicio Electoral podrá establecer otras Electoral podrá establecer otras junyas electorales si se cumplen las junyas electorales si se cumplen las circunstancias señaladas en la ley.circunstancias señaladas en la ley.

¿Cómo se componen las Juntas ¿Cómo se componen las Juntas Electorales?Electorales? Hay que distinguir:Hay que distinguir:

Junta Electoral en provincia cuya capital Junta Electoral en provincia cuya capital sea asiento de Corte de Apelaciones.sea asiento de Corte de Apelaciones. Fiscal de la Corte de Apelaciones, quien Fiscal de la Corte de Apelaciones, quien

actuara como Presidente. actuara como Presidente. Defensor Público de la capital de provincia, Defensor Público de la capital de provincia,

que actuará como secretario.que actuará como secretario. Conservador de Bienes Raíces.Conservador de Bienes Raíces.

Junta Electoral en las demás capitales Junta Electoral en las demás capitales de provincia:de provincia: Defensor Público, que actuará como Defensor Público, que actuará como

Presidente.Presidente. Notario Público.Notario Público. Conservador de Bienes Raíces, que actuará Conservador de Bienes Raíces, que actuará

como Secretario.como Secretario.

Si hubiere más de uno de los Si hubiere más de uno de los funcionarios, integrarán la junta el más funcionarios, integrarán la junta el más antiguo de ellos en la categoría.antiguo de ellos en la categoría.

Los miembros de las juntas Los miembros de las juntas electorales son permanentes y electorales son permanentes y conservarán este carácter en tanto conservarán este carácter en tanto desempeñen a función pública desempeñen a función pública requerida para su designación.requerida para su designación.

Al ser los miembros órganos Al ser los miembros órganos auxiliares de la administración de auxiliares de la administración de justicia, se garantiza idoneidad e justicia, se garantiza idoneidad e independencia.independencia.

Funciones de las Juntas ElectoralesFunciones de las Juntas Electorales1. Proponer al Director del Servicio Electoral, en 1. Proponer al Director del Servicio Electoral, en cuaterna, la nómina de postulantes para ser cuaterna, la nómina de postulantes para ser designados miembros de las juntas inscriptoras.designados miembros de las juntas inscriptoras.

2. Designar, a proposición de los alcaldes, los 2. Designar, a proposición de los alcaldes, los locales en que se constituirán y funcionarán las locales en que se constituirán y funcionarán las juntas inscriptoras.juntas inscriptoras.

3. Designar los locales de votación donde deben 3. Designar los locales de votación donde deben funcionar las mesas receptoras de sufragios.funcionar las mesas receptoras de sufragios.

4. Designar un delegado por cada oficina 4. Designar un delegado por cada oficina electoral, que debe funcionar en cada recinto de electoral, que debe funcionar en cada recinto de votación. Un notario público, un secretario de votación. Un notario público, un secretario de juzgado de letras o de policía local o miembros de juzgado de letras o de policía local o miembros de juntas inscriptoras.juntas inscriptoras.

5. Designar a los vocales de las mesas receptoras 5. Designar a los vocales de las mesas receptoras de sufragios.de sufragios.

De todas las actuaciones de la Junta De todas las actuaciones de la Junta Electoral se levantarán actas que se Electoral se levantarán actas que se estamparán en un libro denominado estamparán en un libro denominado Protocolo Electoral. Este será público Protocolo Electoral. Este será público y se mantendrá bajo la custodia del y se mantendrá bajo la custodia del Secretario de la Junta Electoral.Secretario de la Junta Electoral.

JUNTAS INSCRIPTORASJUNTAS INSCRIPTORAS

En cada comuna habrá una Junta Inscriptora.En cada comuna habrá una Junta Inscriptora.

Podrá haber más de una si el Director del Podrá haber más de una si el Director del Servicio Electoral las crea por resolución Servicio Electoral las crea por resolución fundada, basándose en:fundada, basándose en:– Cantidad de población; Cantidad de población; – Dificultades de comunicación con la sede Dificultades de comunicación con la sede

comunal;comunal;– Distancias excesivas o; Distancias excesivas o; – Existencia de diversos centros poblados de Existencia de diversos centros poblados de

importancia.importancia.

El territorio jurisdiccional de la Junta El territorio jurisdiccional de la Junta Inscriptora se denomina Inscriptora se denomina Circunscripción Electoral.Circunscripción Electoral.

Sobre la integración de las Juntas Sobre la integración de las Juntas Inscriptoras:Inscriptoras:– Están integradas por tres miembros.Están integradas por tres miembros.– Estos son designados por el Director del Estos son designados por el Director del

Servicio Electoral.Servicio Electoral.– Dos son a proposición, en cuaterna, por Dos son a proposición, en cuaterna, por

la Junta Electoral.la Junta Electoral.

Las Juntas Electorales podrán Las Juntas Electorales podrán constituirse y funcionar con dos constituirse y funcionar con dos miembros.miembros.

En la primera sesión que celebren En la primera sesión que celebren elegirán un Presidente. Este no podrá elegirán un Presidente. Este no podrá ser la persona de libre designación ser la persona de libre designación del Director del Servicio Electoral. del Director del Servicio Electoral. Este actuará como secretario de la Este actuará como secretario de la junta y como ministro de fe para junta y como ministro de fe para todos los efectos legales.todos los efectos legales.

Las Juntas Inscriptoras obrarán con Las Juntas Inscriptoras obrarán con entera independencia de cualquier entera independencia de cualquier autoridad en el ejercicio de sus autoridad en el ejercicio de sus funciones, sin embargo, están bajo funciones, sin embargo, están bajo fiscalización del Servicio Electoral.fiscalización del Servicio Electoral.

Ejercen sus funciones en la localidad en Ejercen sus funciones en la localidad en que tenga su sede la municipalidad que tenga su sede la municipalidad respectiva. El Director del Servicio respectiva. El Director del Servicio Electoral determinará las localidades Electoral determinará las localidades donde funcionarán las Juntas Inscriptoras donde funcionarán las Juntas Inscriptoras cuyo territorio no sea sede de la cuyo territorio no sea sede de la Municipalidad respectiva. Municipalidad respectiva.

Las inscripciones se harán en libros Las inscripciones se harán en libros denominados “Registros Electorales” denominados “Registros Electorales” y contendrán un total de 350 y contendrán un total de 350 inscripciones.inscripciones.

Hay registros separados para Hay registros separados para varones y para mujeres, en los varones y para mujeres, en los cuales se practican las inscripciones cuales se practican las inscripciones de chilenos y extranjeros con de chilenos y extranjeros con derecho a sufragio.derecho a sufragio.

LAS INSCRIPCIONES ELECTORALESLAS INSCRIPCIONES ELECTORALES

Al inscribirse en los registros Al inscribirse en los registros electorales, tanto los ciudadanos electorales, tanto los ciudadanos chilenos como extranjeros con chilenos como extranjeros con derecho a sufrago, acreditan la derecho a sufrago, acreditan la existencia de los requisitos existencia de los requisitos señalados en los artículos 13 y 14 de señalados en los artículos 13 y 14 de la Constitución. la Constitución.

La inscripción es gratuita y personal.La inscripción es gratuita y personal.

La persona al momento de solicitar La persona al momento de solicitar su inscripción exhibirá la cédula su inscripción exhibirá la cédula nacional de identidad, o la nacional de identidad, o la correspondiente a extranjeros, correspondiente a extranjeros, emitidas por el Servicio de Registro emitidas por el Servicio de Registro Civil e Identificación, de acuerdo al Civil e Identificación, de acuerdo al sistema de impresión fotográfica. sistema de impresión fotográfica.

En el caso de los extranjeros, el En el caso de los extranjeros, el requisito constitucional de requisito constitucional de avecindamiento en Chile se acreditará avecindamiento en Chile se acreditará con un certificado otorgado por el con un certificado otorgado por el Ministerio del Interior en que conste Ministerio del Interior en que conste dicha circunstancia.dicha circunstancia.

La inscripción debe realizarse ante la La inscripción debe realizarse ante la Junta Inscriptora correspondiente al Junta Inscriptora correspondiente al domicilio del ciudadano o del domicilio del ciudadano o del extranjero habilitado para ejercer el extranjero habilitado para ejercer el derecho a sufragio. derecho a sufragio.

La persona a quien se le hubiere negado La persona a quien se le hubiere negado la inscripción, podrá reclamar, dentro de la inscripción, podrá reclamar, dentro de 5° día ante el Juez de Garantía 5° día ante el Juez de Garantía competente.competente.

Cualquier persona podrá pedir al Juez de Cualquier persona podrá pedir al Juez de Garantía competente la exclusión de Garantía competente la exclusión de quien haya sido inscrito en contravención quien haya sido inscrito en contravención a la ley.a la ley.

Los Partidos Políticos pueden acreditar un Los Partidos Políticos pueden acreditar un representante ante las Juntas Inscriptoras.representante ante las Juntas Inscriptoras.