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1 | CÓDIGO DE CONDUCTA

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2 | CÓDIGO DE CONDUCTA

CONTENIDO

2. CONSIDERACIONES .................................................................................................................................. 3

3. OBJETO .................................................................................................................................................... 4

4. ÁMBITO DE APLICACIÓN .......................................................................................................................... 4

5. PRINCIPIOS ÉTICOS DEL IAPS Y SU GRUPO DE EMPRESAS ......................................................................... 5

6. CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES .................................................................................................................. 7

7. SANCIONES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO ............................................................................................. 8

8. RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO ........................................................................................................... 9

9. POLÍTICA DE REGALOS, HOSPITALIDAD, DONACIONES Y BENEFICIOS SIMILARES ..................................... 9

10. CONFLICTOS DE INTERESES .................................................................................................................. 10

11. REGIMEN DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERES ...................................................................... 10

12. RELACIÓN CON TERCEROS ................................................................................................................... 12

13. DEBER DE INFORMAR O DENUNCIAR ................................................................................................... 13

14. CANALES DE DENUNCIAS ..................................................................................................................... 15

15. PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO .......................................... 16

16. SALUD, SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL ................................................................................. 16

17. MANEJO DE LA INFORMACIÓN, COMUNICACIÓN Y ACTIVOS .............................................................. 16

18. DISCRIMINACIÓN, ACOSO Y MALTRATO LABORAL .............................................................................. 17

19. POLÍTICA DEL CORRECTO USO DE INTERNET Y DEL CORREO ELECTRÓNICO O E-MAIL .......................... 18

20. PREGUNTAS Y DUDAS .......................................................................................................................... 18

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3 | CÓDIGO DE CONDUCTA

1. INTRODUCCIÓN

El INSTITUTO AUTÁRQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO (I.A.P.S.) es una organización de

reconocida trayectoria en el mercado asegurador de la República Argentina. La ética y la

integridad laboral, como valor propio de todos los involucrados, permite actuar en relación a

sus valores y de acuerdo a los principios establecidos en la cultura organizacional del I.A.P.S.

y su grupo de Empresas en todo su accionar.

2. CONSIDERACIONES

Aspectos a tener en cuenta:

El CÓDIGO DE ÉTICA (en adelante “Código”) desarrollado por el I.A.P.S. se aplica a los

Directores y empleados del I.A.P.S. y su grupo de Empresas (en adelante "miembros" o

"personal") y a la parte externa con la que la Organización tiene o planifica establecer algún

tipo de vínculo comercial (en adelante "socios de negocios"), de los que se espera

su compromiso, impidiendo el logro de resultados que impliquen violación de la Ley o de los

principios éticos.

El "Código" refleja los valores de la Organización. Este, así como la POLÍTICA ANTI SOBORNO

y los procesos y reglamentos internos que conforman el Sistema de Gestión Anti Soborno (en

adelante SGAS), representan la fuerte y decidida convicción del Directorio de promover la

ética, la integridad y la transparencia como valores fundamentales para la Organización. Se

establece la implementación del "Código" en todas las operaciones y en todos los niveles de

la organización.

El Código y toda enmienda o salvedad que deba efectuarse al mismo deben ser aprobadas por

el Directorio de la Empresa y comunicadas de inmediato a todos los miembros de la

organización. Tanto el Directorio como la Gerencia General asumen el compromiso de revisar

y actualizar regularmente las políticas y procedimientos, en su caso se comunicarán.

El Responsable de Cumplimiento dará respuesta a las preguntas que resulten de interés a los

miembros a través del correo electrónico de contacto [email protected].

Cualquier renuncia a las disposiciones de este "Código" se efectuará por escrito, con

la aprobación de Gerencia General.

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4 | CÓDIGO DE CONDUCTA

Es deber de todo miembro de la organización informar las violaciones reales o potenciales de

los principios éticos o de la legislación aplicable de forma inmediata al Responsable de

Cumplimiento, o bien a través del Canal de Denuncias publicado en la WEB corporativa. Igual

proceder cabe si surgiere sospecha que se ha producido o se puede producir una violación del

Código, de la POLÍTICA ANTISOBORNO o de las restantes medidas del SGAS. No hacerlo

constituye una violación al Código.

Se estipula expresamente que ningún miembro sufrirá represalia, discriminación

u otra medida laboral perjudicial por informar de buena fe violaciones reales o potenciales.

La violación del Código, de la POLÍTICA ANTI SOBORNO, y/o de los procesos y reglamentos

internos del I.A.P.S. provocará la aplicación de las sanciones disciplinarias que

ameriten, según los hechos de los que se trate.

El Directorio agradece el tiempo y la atención que dedica cada miembro a este importante

asunto y su apoyo al compromiso que ha asumido la Organización hacia su cumplimiento.

3. OBJETO

El presente Código tiene por objeto establecer las pautas generales que deben regir la

conducta del personal del I.A.P.S y su grupo de Empresas y sus socios de negocio.

4. ÁMBITO DE APLICACIÓN

El Código, la POLÍTICA ANTI SOBORNO y el resto de los documentos del SGAS, son de

aplicación a todos los miembros o personal del I.A.P.S. y su grupo de Empresas, así como

también a sus socios de negocio.

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5 | CÓDIGO DE CONDUCTA

5. PRINCIPIOS ÉTICOS DEL IAPS Y SU GRUPO DE EMPRESAS

Todas las actividades desarrolladas por los miembros del I.A.P.S. y su grupo de Empresas y por

sus socios de negocios deben fundarse en los valores y principios básicos que se establecen a

continuación:

Ética: Es el conjunto de costumbres y normas, reflejada a través de principios y valores que

dirigen el comportamiento humano. Rige la relación entre semejantes, atendiendo al bien

común.

La ética laboral se refiere al conjunto de normas por los cuales debe regirse una persona en el

ámbito donde desarrolla sus tareas, estableciendo conciencia de responsabilidad en su

ejecución, mediante sus propios valores. Resulta un valor ineludible si es adoptado por todos

los integrantes de la Organización, superando su ámbito privado para instalarse en la

convivencia laboral.

Integridad: Como principio ético, está vinculado con la valoración de la honestidad, el respeto

y la transparencia en las interacciones laborales. Como valor humano es una elección personal

y un compromiso de consistencia con la ética, los valores y los principios.

Debe apuntar a promover la coherencia entre las prácticas corporativas y los valores

personales.

Transparencia: se entiende como un intento deliberado por parte de la organización de crear

un entorno de confianza en el cual promocionar el acceso a la información, la comunicación

abierta y la participación de todos.

Respeto: implica ejercer la tolerancia como cualidad personal, que se define como el respeto

a las ideas, creencias o prácticas de los demás, aunque sean diferentes o, incluso, contrarias.

Requiere reconocer la dignidad de las personas, su libertad y privacidad, y evitar la

discriminación, el trato diferencial y perjudicial a una persona por motivos de raza, sexo, ideas

políticas, religión, etc. Conlleva la obligación moral de respetar y proteger las personas a cargo

en lo pertinente.

Todo el personal debe observar una conducta leal, respetuosa, diligente y honesta.

Responsabilidad: Asumir las responsabilidades y actuar conforme a ellas, comprometiendo

las capacidades para cumplir con el objetivo propuesto.

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6 | CÓDIGO DE CONDUCTA

Seguridad: brindar condiciones de trabajo apropiadas en cuanto a salubridad y seguridad.

Exigir un alto nivel de seguridad en los procesos, instalaciones y servicios, prestando especial

atención a la protección de los empleados, prestadores, proveedores, asegurados y entorno

local, transmitiendo este principio de actuación a toda la organización.

Conflicto de intereses: Evitar cualquier situación en la cual el juicio y/o accionar de un

individuo, en relación a un interés primario, está indebidamente influido por un interés

secundario, generalmente económico o personal. No debe involucrarse en actividades o

prácticas que representen un conflicto de intereses con el I.A.P.S. Siempre se debe priorizar

el bien de la organización.

Igualdad: El I.A.P.S. es contrario a cualquier acto de segregación o distinción que atenta contra

la igualdad de oportunidades para todos los "miembros" de la Organización.

Repudiamos cualquier actitud que discrimine a las personas con quienes se mantiene contacto

profesional, en función de color, género, orientación sexual, religión, origen, clase social,

edad, preferencia política o incapacidad física y No dañar el buen nombre de compañeros de

trabajo comprometiendo sus acciones, mediante el uso de preconceptos, falso testimonio o

información falaz.

Información Confidencial: Es aquella información relacionada con accionistas, directivos,

empleados o cualquier persona física o jurídica con la que se vincule alguna de las Empresas

del Grupo, concerniente a planes de negocio, base de datos, metodologías, sistemas, o

cualquier tema cuya divulgación no autorizada, pueda perjudicar el desenvolvimiento de sus

actividades comerciales o financieras. Respetar la propiedad intelectual y preservar la

documentación, datos e información confidencial del I.A.P.S. y su grupo de Empresas.

Buena fe: No dañar la reputación de compañeros de trabajo comprometiendo sus acciones,

mediante el uso de preconceptos, falso testimonio o información falaz.

Lealtad institucional: El deber de lealtad es la obligación de ser leal a la Organización, al bien

común, al interés colectivo, y no a la persona y a sus intereses individuales. Es la obligación de

fidelidad y del compromiso de honestidad.

No utilizar su posición en el I.A.P.S. o la información y recursos a los que acceda por su función

para la obtención de beneficios para sí o para sociedades que integra.

En concordancia con valores éticos y principios básicos detallados, se enuncia una serie de

comportamientos que se espera de todos los miembros del I.A.P.S. y su grupo de empresas,

el cual deberá estar acorde a las funciones y responsabilidades asignadas. En tal sentido se

requiere actuar con la debida diligencia en:

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7 | CÓDIGO DE CONDUCTA

• Cumplir con las responsabilidades asignadas, respetando los horarios establecidos

para la actividad.

• Dar cumplimiento con lo establecido en el documento “Deberes y Obligaciones de

empleados de IAPS y Seguro de Retiro”, el cual es notificado por el área de RRHH.

• Realizar las tareas laborales aplicando las políticas, normas, procedimientos o

instructivos establecidos por la compañía. Evitar todo tipo de actos que puedan

ocasionar un perjuicio en el desempeño y resultados de la empresa. Cuidar los

recursos de la organización, utilizándolos para beneficio exclusivo de la compañía.

Cuidar y conservar los de bienes materiales, elementos de trabajo e inmuebles de la

Organización y de sus clientes, así como la imagen y reputación de la misma.

• Mantener adecuadamente informados a superiores inmediatos en caso de que

existiera algún retraso o no ejecución de tareas, que puedan significar la irregular

prestación del servicio o afecten cualquier actividad de la Organización.

• Mantener el trato cordial y de respeto, conforme a los valores enunciados en el

presente código de conducta, con todos los integrantes de la compañía, proveedores

y clientes. A su vez, manejarse conforme a lo establecido en el presente manual para

evitar todo conflicto de interés o posibilidad de falta de transparencia.

• Cuidar confidencialmente la información de la organización, respetando la política de

seguridad y cuidando responsablemente el resguardo de las contraseñas que le sean

asignadas en el uso de los distintos sistemas informáticos.

• Comunicar en tiempo y forma toda conducta que llegue a su conocimiento, respecto

de violación del presente Código de Conducta y/o de cualquier actuación contraria a

las normas legales vigentes. La omisión de denuncia es considerada una conducta

reprochable y contraria a los principios rectores de la organización.

• Cumplir diligentemente con las recomendaciones y acciones correctivas impuestas

por los informes de auditoría e inspecciones, tanto internas como externas.

6. CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES

El I.A.P.S. y su grupo de Empresas asume el compromiso de dar cumplimiento a las leyes y los

reglamentos que lo afectan. Los estándares éticos de este Código están vinculados

estrechamente con la visión, estrategia y valores corporativos que se persiguen, a fin de

proporcionar orientación a todos sus miembros y socios de negocios.

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8 | CÓDIGO DE CONDUCTA

El presente Código forma parte de una cultura de cumplimiento en el ámbito de nuestra

organización para la prevención proactiva de sobornos, irregularidades y para la gestión del

control interno.

Este Código se elabora bajo el marco de la Norma ISO 37001:2016, relativo a los Sistemas de

Gestión Anti Soborno, como máxima expresión de la voluntad del Directorio y la Gerencia

General de instaurar una cultura real y evidente de ética, transparencia y cumplimiento.

7. SANCIONES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO

El I.A.P.S. aplicara con toda la severidad que sea posible las sanciones disciplinarias a quienes

violen lo dispuesto en este Código, normas y/o políticas de la organización y leyes vigentes.

En casos de violaciones advertidas en el marco de relación laborales o contractuales

culminadas, se podrá evaluar la realización de acciones de índole civil y/o penal derivadas de

las posibles conductas desplegadas.

En los supuestos de personal de cualquier índole y/o categoría laboral que realice falsos

reportes o denuncias y/u obstruya la investigación de un caso ético, será sancionado por tal

conducta.

La forma y procedimiento de las sanciones disciplinarias al personal es llevado adelante en

cumplimiento estricto de la legalidad vigente el marco de la Ley de Contrato de Trabajo -

Capitulo V.

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9 | CÓDIGO DE CONDUCTA

8. RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO

El I.A.P.S. ha designado una posición específica denominada “Responsable de

Cumplimiento”. Esta figura está dotada de capacidad, autonomía, independencia y autoridad

y está a disposición de todos los miembros de la organización para asesorar, orientar y brindar

el apoyo necesario en materia de actuación ética y cumplimiento. Su correo electrónico de

contacto es [email protected].

El Responsable de Cumplimiento es la posición de máximo garante de la supervisión,

vigilancia y control de las obligaciones de ética y cumplimiento en el I.A.P.S. y su grupo de

Empresas, tanto hacia dentro como hacia fuera de la organización.

9. POLÍTICA DE REGALOS, HOSPITALIDAD, DONACIONES Y BENEFICIOS SIMILARES

Si bien los regalos, obsequios, hospitalidades y otros beneficios pueden formar parte de la

construcción de una relación comercial, su aceptación u ofrecimiento por parte de un

miembro puede ser percibido como una influencia indebida en los procesos de toma de

decisiones o generar en otros miembros la percepción de que existió una influencia ilícita.

Por ello, el I.A.P.S. establece una política contundente de no aceptación u ofrecimiento de

regalos, obsequios, cortesías y otros beneficios, a fin de proteger su reputación y la de terceros

contra alegaciones de conductas ilícitas y afianzar el cumplimiento de la normativa

antisoborno.

En caso que un miembro reciba regalo, obsequio y/o beneficio, y por cuestiones operativas o

de decoro y cortesía este no pueda ser rechazado diligentemente, deberá comunicarlo de

inmediato al Responsable de Cumplimiento. Este último indicara cómo proceder con el

mismo, tal cual lo indicado en el PO –IAPS-SGAS-005 Control de regalos, hospitalidad,

donaciones, beneficios o similares. La no comunicación al Responsable de Cumplimiento

implica un incumplimiento del presente Código y podrá acarrear sanciones.

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10 | CÓDIGO DE CONDUCTA

10. CONFLICTOS DE INTERESES

Existe Conflicto de intereses en toda situación en la cual el juicio y/o accionar de un individuo,

en relación a un interés primario, está indebidamente influido por un interés secundario,

generalmente económico o personal.

Se asume lo definido adicionalmente por la ISO 37001:2016 Sistema de Gestión Antisoborno

en el Capítulo 3 Términos y Definiciones:

3.29 Conflicto de Interés: situación donde los intereses de negocios, financieros, familiares,

políticos o personales podrían interferir con el juicio de valor del personal en el desempeño

de sus obligaciones hacia la organización.

Siempre que actúe en calidad de miembro o representación del I.A.P.S., debe tomar sus

decisiones basándose en el mejor interés para la organización.

LA INTEGRIDAD GUÍA NUESTROS ACTOS.

11. REGIMEN DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERES

¿QUIÉNES SE ENCUENTRAN ALCANZADOS?

• Todos los integrantes del Directorio; sean estos titulares o suplentes, como así también los

que revistan el carácter de Independientes en los términos de las normas de la SSN;

(IAPS/RETIRO/SASFER).

• Todos los integrantes de la Comisión Fiscalizadora; sean estos titulares o suplentes;

(RETIRO/SASFER).

• Todos los empleados en relación de dependencia, en sus diferentes niveles y funciones y

cualquiera sea el tipo de contratación que lo vincula con el IAPS; (IAPS/RETIRO/SASFER).

• Todos aquellos pasantes vinculados bajo los Acuerdos Individuales que la normativa

específica regule, que realicen su práctica en el IAPS y/o sus dependencias;

(IAPS/RETIRO/SASFER).

• Todos aquellos locadores que, mediante contrato de locación de servicios, profesionales o

no, convengan la prestación de los mismos de acuerdo a sus contratos específicos;

(IAPS/RETIRO/SASFER)

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11 | CÓDIGO DE CONDUCTA

• Todos aquellos socios de negocios (terceros con los que se tiene o se planifica tener una

vinculación comercial).

Es posible que cualquier sujeto de los detallados anteriormente, relacionado al I.A.P.S. y su

Grupo de Empresas realice otras actividades empresariales o profesionales, siempre que sean

legales y no se contrapongan a sus responsabilidades como miembro, propiciando una

conducta desleal hacia la Compañía.

En consecuencia:

- Todos, en sus diferentes niveles y funciones, y cualquiera sea el tipo de contratación que lo

vincula al I.A.P.S., deberán actuar con rectitud, honradez y fidelidad, priorizando en todos los

casos los intereses de la organización.

- Además, cualquiera sea su relación con el I.A.P.S. y su grupo de Empresas, deberán

abstenerse de participar en cualquier actividad profesional o personal que pueda dar lugar a

conflicto de intereses entre su ocupación y la Compañía. Así también, se abstendrán de

representar a la empresa, intervenir o influir en la toma de decisiones de asuntos en los que,

directa o indirectamente, ellos mismos, sus parientes (directos e indirectos) cercanos o

allegados tuvieran interés personal.

- Todo individuo, cualquiera sea su jerarquía y/o tipo de relación con el I.A.P.S., que pudiera

verse afectados por conflicto de intereses lo comunicará previamente a su Gerencia, y al

Responsable de Cumplimiento y estos a su vez lo informarán al Directorio, a fin de adoptar

las medidas necesarias para evitar que su imparcialidad pueda verse comprometida. En el caso

de los integrantes del Órgano de Administración (Directorio), lo comunicarán a la Gerencia

de Auditoria y Control de Gestión y al Responsable de Cumplimiento.

Se considera que existe conflicto de intereses y, por lo tanto, quedan prohibidas las

situaciones en las cuales:

• Uno o más miembros del I.A.P.S. tiene intereses personales que pueden dificultar el

cumplimiento objetivo y efectivo de sus funciones en I.A.P.S.

• Uno o más miembros del I.A.P.S., o los miembros de su familia, reciben beneficios

personales debido a su posición en I.A.P.S.

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12 | CÓDIGO DE CONDUCTA

• Uno o más miembros del I.A.P.S. trabaja para un competidor, cliente o proveedor del

I.A.P.S. o tiene un interés financiero significativo, o es asesor de ellos.

• Un miembro del I.A.P.S. mantiene una relación sentimental o de dependencia con

otro existiendo una relación jerárquica directa entre los involucrados.

• Algún miembro del Directorio, Gerente General, Gerente Financiero o personal

afectado al sector de Inversiones mantenga relaciones comerciales vinculadas con sus

finanzas personales en instituciones financieras y/o ALYCS con los cuales opera el

I.A.P.S y su grupo de empresas en su operatoria de inversiones (se encuentra

exceptuado la cuenta sueldo).

A su vez, a fin de evitar potenciales conflictos de intereses, se debe evitar en todo momento:

• Mantener relaciones comerciales directas o indirectas con los clientes, proveedores o

competidores de nuestra organización, excepto que lo haga en nuestra

representación.

• Comprometerse con clientes o terceros por haber recibido favores, premios o

estímulos.

• Contratar parientes proveedores/prestadores sin autorización de un Gerente General;

influir para la contratación, directa o a través de terceros, de parientes, sin informar el

hecho al responsable por la contratación.

• Manifestarse en nombre de la Compañía sin estar autorizado o calificado para ello.

12. RELACIÓN CON TERCEROS

12.1 PRESTADORES/PROVEEDORES

Los procesos de selección de prestadores y proveedores del I.A.P.S. se desarrollarán con

homogeneidad, transparencia, imparcialidad y objetividad.

Los integrantes de la Organización deberán aplicar criterios de calidad, rentabilidad y servicio,

evitando la colisión de intereses personales con los de la Compañía.

El personal de la Compañía se abstendrá de comentar con un prestador/ proveedor o con

otras personas ajenas al I.A.P.S., los problemas o debilidades observadas en otro prestador/

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13 | CÓDIGO DE CONDUCTA

proveedor y se compromete a respetar las consignas establecidas en los lineamientos de Ética

y conducta.

12.2 ENTES REGULADORES

Todo el personal del I.A.P.S. debe colaborar en todo momento con las autoridades

competentes para el pleno ejercicio de sus facultades y actuar conforme a derecho en defensa

de los legítimos intereses de la Compañía. Todos los tratos, trámites y relaciones que en

representación de la Compañía se mantengan con dependencias o funcionarios

gubernamentales, deberán llevarse a cabo en concordancia con las leyes aplicables y con

autorización de la Gerencia General o el Directorio.

Ningún miembro del I.A.P.S. debe intentar influenciar, confundir ni interferir con los auditores

internos o externos en la realización de auditorías de libros contables, registros,

procedimientos o controles internos del negocio de la compañía.

12.3 FAMILIAS Y PARIENTES

Los familiares directos y las parejas de los empleados pueden ser contratados como

empleados o consultores únicamente en el caso de que su nombramiento se base en sus

calificaciones, desempeño, competencias y experiencia, y siempre que no exista ninguna

relación de dependencia laboral directa o indirecta entre el empleado y su familiar o pareja,

contando siempre con la aprobación del Responsable de Cumplimiento y la Gerencia General.

Estos principios de contratación justa se aplicarán a todos los aspectos de la relación laboral,

incluida la remuneración y los ascensos, así como también en caso de que la relación se origine

con posterioridad al momento en el que el respectivo empleado se haya unido a la Compañía.

13. DEBER DE INFORMAR O DENUNCIAR

Con el objeto de prevenir o, en su caso, detectar cualquier conducta irregular que pudiera

tener lugar en cualquiera de los niveles jerárquicos de nuestra organización, se impone el

deber a todos los miembros y socios de negocio del I.A.P.S., de informar y denunciar, a través

de los mecanismos y procedimientos desarrollados por la organización, los posibles

incumplimientos de la Ley, del CÓDIGO DE CONDUCTA, de la POLÍTICA ANTISOBORNO o de

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14 | CÓDIGO DE CONDUCTA

cualquier otra normativa, reglamento interno o de cualquier actuación que pudiera ser

considerada antijurídica, delictiva, antiética o pueda estar vinculada a un soborno.

Para guía y comprensión acerca de cuándo una situación debe ser informada al Responsable

de Cumplimiento, se debe hacer el ejercicio de responder las siguientes preguntas:

• ¿La situación detectada implica la violación de una la Ley?

• ¿Si la situación detectada llega a ser de dominio público, afectaría a la reputación del

I.A.P.S.?

• ¿La situación detectada implica el incumplimiento de este CÓDIGO, de la POLÍTICA

ANTISOBORNO, o de cualquier otro reglamento o procedimiento Interno?

• ¿Estoy actuando para el bien de la organización?

• ¿Me sentiría orgulloso si esta decisión la conociera alguien que respeto, mis familiares o

amigos, mis colaboradores o compañeros de trabajo?

Algunos ejemplos podrían ser:

1. Si es miembro del I.A.P.S. y un proveedor o potencial proveedor le ofrece algo para obtener

una ventaja competitiva del I.A.P.S. usted deberá informarlo a al Responsable de

Cumplimiento.

2. Si es miembro del I.A.P.S. y un cliente le indica la necesidad de un regalo o pago para

asegurar un negocio, usted deberá informarlo al Responsable de Cumplimiento.

3. Si es miembro del I.A.P.S. y un socio de negocio le solicita la priorización de un pago

ofreciéndole un beneficio o regalo personal, usted deberá informarlo al Responsable de

Cumplimiento.

4. Si es miembro del I.A.P.S. y observa que un compañero acepta un beneficio personal por

establecer un vínculo comercial con un socio de negocio, usted deberá informarlo al

Responsable de Cumplimiento.

5. Si es un socio de negocio del I.A.P.S. y un miembro de nuestra organización le solicita algún

beneficio personal para escogerlo como proveedor, usted debería informarlo a nuestro

Responsable de Cumplimiento.

6. Si es un socio de negocio del I.A.P.S. y un miembro de nuestra organización le ofrece algún

beneficio personal para modificar algún informe de nuestra organización, usted debería

informarlo a nuestro Responsable de Cumplimiento.

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15 | CÓDIGO DE CONDUCTA

14. CANALES DE DENUNCIAS

En el I.A.P.S. se ha dispuesto un CANAL DE DENUNCIAS y un CORREO ELECTRÓNICO

EXCLUSIVO para que toda persona, sea interna o externa a la organización, pueda denunciar

cualquier tipo de hecho o conducta sospechosa o plantear cualquier tipo de duda o consulta

relacionada con la ética, integridad y con el SGAS.

Todo aquel que formula una denuncia debe hacerlo bajo un principio irrenunciable de buena

fe, veracidad y claridad, con razones, pruebas y evidencias suficientes para demostrar la

existencia del incumplimiento. Es por ello, que el denunciante debe ejercer la responsabilidad

de aportar todas las pruebas que tenga a su disposición, que sustenten su denuncia

La Organización ha establecido mecanismos para garantizar la CONFIDENCIALIDAD de los

datos del denunciante o de la persona que realiza la comunicación a través de los canales

establecidos, con absoluta reserva de su identidad, así como la protección y total ausencia de

represalias sobre el denunciante.

Cualquier persona, interna o externa al I.A.P.S. puede presentar la denuncia a través de los

siguientes canales de acceso libre, público y seguro dispuesto por nuestra organización:

CANAL DE DENUNCIAS

Ingresando al sitio web de la organización

https://www.institutoseguro.com.ar/

Accediendo al siguiente link desde cualquier navegador

https://iaps.intedyacloud.com/canal_denuncias/

Desde el Directorio del I.A.P.S. alentamos la denuncia de incumplimientos reales o

potenciales que violen la legislación aplicable, el presente código, la política Anti Soborno y

procedimientos internos, que como consecuencia puedan afectar nuestra imagen

reputacional.

No informar de ellas puede dar lugar a la aplicación de sanciones disciplinarias.

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15. PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

El I.A.P.S. y su grupo de Empresas cumplen con las disposiciones legales para prevenir el

lavado de dinero y la financiación del terrorismo, contando con sector de la organización

abocado a estos fines. A su vez, cuenta con una Gerencia de Control de Gestión y Auditoría

Interna, encargada de revisar la actividad en la materia.

16. SALUD, SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

El I.A.P.S. considera que la SALUD Y LA SEGURIDAD de sus miembros son tan prioritarias como

las otras funciones y objetivos de la Compañía. Procura proporcionar entornos de trabajo

seguros y saludables, garantizando así el derecho de las personas a la protección de su salud

e integridad.

Es por ello que todos los Empleados deben comprometerse con la Prevención, y asumir el

cumplimiento de las normas básicas de seguridad en todos los establecimientos de la

Empresa. Tienen el derecho y el deber de comunicar, a través de los canales establecidos al

efecto, cualquier situación en la que se esté poniendo en peligro su seguridad y salud.

17. MANEJO DE LA INFORMACIÓN, COMUNICACIÓN Y ACTIVOS

El I.A.P.S. tiene la responsabilidad de establecer una comunicación efectiva con todos sus

trabajadores, de modo que éstos dispongan de información veraz, completa, precisa,

oportuna y fácilmente comprensible sobre todos los aspectos sustanciales relativos a la

situación financiera, los resultados de sus operaciones y todos los hechos relevantes que

afecten o puedan afectar a la Compañía y que dependan de su accionar.

Todo empleado debe mantener la confidencialidad de la información comercial y personal de

la compañía y de sus clientes, durante la duración de su relación laboral y luego de su

finalización.

La información confidencial del I.A.P.S., relativa a sus actividades, constituye un activo valioso.

La protección de esta información resulta vital para el crecimiento de la Compañía y su

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posibilidad de competir, y toda la información de su propiedad debe mantenerse en estricta

confidencialidad.

Los activos de la Compañía deberán utilizarse únicamente para llevar a cabo las actividades

propias de la entidad y con arreglo a la normativa interna vigente.

En I.A.P.S. procuramos mantener registros corporativos precisos y fiables que cumplan con

las normas contables aplicables y los controles internos establecidos.

18. DISCRIMINACIÓN, ACOSO Y MALTRATO LABORAL

Los casos de discriminación, maltrato y acoso, tanto laboral como sexual, deben ser

denunciados ante el Responsable de Cumplimiento, quien pondrá en conocimiento de la

situación a la Gerencia General y al Directorio para proceder a la apertura de una

investigación, pudiéndose aplicar el régimen de sanciones.

Se incluyen las acciones cometidas dentro de las oficinas de la Compañía, sus dependencias y

las llevadas a cabo a través de medios telefónicos, virtuales o de otro tipo y que estén

contextualizadas en el marco de relaciones laborales. Las siguientes acciones constituyen

ejemplos de estas situaciones:

• Encomendar tareas imposibles de realizar o no brindar o restringir el acceso a las

herramientas necesarias para ejecutar las tareas.

• Mandar al trabajador que haga un trabajo que está por encima de su formación para

ponerle en evidencia.

• Asignarle un puesto que está por debajo de sus posibilidades o que tiene poca

importancia.

• Difundir o expandir afirmaciones falaces sobre personas o grupos de personas.

• Incomodar a un compañero con palabras, gestos o bromas por razones de género,

orientación sexual, ideología, edad, nacionalidad u origen étnico, color, religión, estado

civil o capacidades diferentes.

• Solicitar, por cualquier medio, favores de naturaleza sexual para sí o para un tercero

cuando el rechazo o negativa de la víctima fuere utilizado como fundamento de la toma

de decisiones relativas a ella.

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19. POLÍTICA DEL CORRECTO USO DE INTERNET Y DEL CORREO ELECTRÓNICO O E-MAIL

El sector de Sistemas ha desarrollado una Política de Seguridad de la Información la cual

establece todos los lineamientos, deberes y obligaciones sobre el correcto uso de Internet y

correo electrónico. Esta política debe ser aceptada y respetada en todo momento y sus

detalles se encuentra a disposición de todos los miembros del I.A.P.S.

20. PREGUNTAS Y DUDAS

No dude en ponerse en contacto con el Responsable de Cumplimiento de la organización si

tiene alguna duda o pregunta sobre la aplicación de este CÓDIGO a sus tareas.

Si tiene alguna duda o toma conocimiento de posibles violaciones del CÓDIGO o de las

POLÍTICAS de I.A.P.S., DEBE informar de ellas al Responsable de Cumplimiento.

Nuestro Responsable de Cumplimiento es:

Nombre y apellido: Paula Zamboni

Correo electrónico: [email protected]

Teléfono: 343-4420109

Aprobado por el Presidente del Directorio:

Tomás Germán Proske Presidente del IAPS

Fecha: 3 de julio de 2020