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COMPROMISO DE GASTO

UND ESP TURIS LA MARISCAL

Fecha: Quito, 12.06.2015N.- Solicitud: 0100027781

N.- Compromiso: 2000029764

Adjudicatario/Beneficiario: 300539 REXTRUCK COMPAÑIA TRANSPORTE PESADO

De conformidad con lo determinado en el Art. 116 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, y una

vez revisado el presupuesto institucional aprobado para el ejercicio económico vigente EXISTE DISPONIBILIDAD

PRESUPUESTARIA para atender el compromiso de gasto, en la partida presupuestaria que se detalla acontinuación:

PARTIDA DESCRIPCION PROVEe. DESCRIPCION VALOR SOLlC.(Actividad)

730505 Vehículos FI00F00401007D02P06 CALIDAD EN LA PRESTA(Arrendamientos)

001 Recursos Fiscales

7.447,38

Descripción:

ARRENDAMIENTO DE CAMIONETA PARA MOVILlZACION DE FUNCIONARIOSQUE REALIZAN GESTIONES

ADMINISTRATIVAS Y EVENTOS DELA ADMINISTRACION ESPECIAL TURISTICA LA MARISCAL

Referencia: Certificación Presupuestaria NQ 0100001274

El monto de este compromiso de gasto asciende a SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE DÓLARES Y

TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($ 7.447,38). EL VALOR DEL IVA se incluye de conformidad con la naturaleza delgasto.

ElABORADO PORAPROBADO POR

ANALISTA DE PRESUPUESTORESPONSABLE DE PRESUPUESTO

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MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITOAdm.Es .Turística La Mariscal

DATOS DEL PROVEEDOR:Razón Social: REXTRUCK COMPAÑIA TRANSPORTE PRUC: 1792272769001

Representante legal:

E-mail: [email protected]

PEDIDO DE COMPRA

DATOS DE LA ENTIDAD CONTRATANTE:

Persona de contactolTeléfonoJOSE TERAN /998396018

Núm. pedido/Fecha5400000590/ 12.06.2015

Entidad contratante: Adm.Esp.Turística La MariscalRUC: 1768171510001

Representante legal: MARIA ISABEL MORILLO LUNA

E-mail:[email protected]

DATOS DE ENTREGA:Responsable de recepción:

Ciudad: Quito

Dirección: Baquerizo Moreno E7-50Sector:

Horario de entrega: 00:00 a 00:00

DATOS DE LA CONTRATACiÓN:Fecha de Resolución de adjudicación:Fecha del contrato:

Fecha del anticipo:

Condiciones de Pago:

Número de Resolución:

Número del contrato:

Valor del anticipo:

Tipo de Proceso:0,00

N° Código Descripción del Bien o Servicio Cantidad Unidad Valor Unit. Moneda IVA Valor TotalMedida

00010 SERVICIO TRANSPORTE 1 UP 6.649,4500 USD 12% 7.447,38

Valor Total 7.447,38

1 de 1

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ADMINISTRACIÓN ZONAL LA MARISCAL

CONTRATO Nº 008SIE-AETLM-011-2015

ALQUilER DE VEHíCULO CON CONDUCTOR

Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte la ADMINISTRACiÓNESPECIALTURíSTICA LA MARISCAL, representada por la Arq. Isabel Morillo Luna, en calidad deAdministradora (E), a quien en adelante se le denominará "CONTRATANTE"; y, por otra laempresa REXTRUCK COMPAÑíA DE TRANSPORTE PESADO S.A., representada legalmente porel señor Bairo Mesías Nuñez Barrionuevo, a quien en adelante se le denominará"CONTRATISTA". Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de lassiguientes cláusulas:

Cláusula Primera.- ANTECEDENTES:

1.1 De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de

Contratación Pública -LOSNCP-, y 25 Y 26 de su Reglamento General -RGLOSNCP-, el PlanAnual de Contrataciones de la CONTRATANTE, contempla la contratación del SERVICIO DEALQUILER DE UN (1) VEHíCULO CON CONDUCTOR PARA USO OFICIAL DE LA ADMINISTRACiÓNESPECIALTURíSTICA LA MARISCAL.

1.2. Previo los informes y los estudios respectivos, la rnaxrrna autoridad de laCONTRATANTE resolvió aprobar el pliego de Subasta Inversa Electrónica No. SIE-AETLM-Oll-2015, para contratación del SERVICIO DE ALQUILER DE UN (1) VEHícULO CON CONDUCTORPARA USO OFICIAL DE LA ADMINISTRACiÓN ESPECIALTURíSTICA LA MARISCAL.

1.3 Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partidapresupuestaria No. 730505/ VEHíCULOS, conforme consta en Certificaciones PresupuestariasNo.1000014116 de 10 de enero de 2015; y No. 1000003329 de 26 de marzo de 2015, conferidas por el Ing.José Antonio Terán, Coordinador Administrativo Financiero de la AETLM.

1.4 Se realizó la respectiva convocatoria el 21 de abril de 2015, a través del PortalInstitucional.

1.5 Luego del proceso correspondiente, la maxrrna autoridad de la CONTRATANTE,mediante Resolución No. 063-AETLM-2015 de 09 de junio del 2015, adjudicó la contratacióndel SERVICIO DE ALQUILER DE UN (1) VEHícULO CON CONDUCTOR PARA USO OFICIAL DE LAADMINISTRACiÓN ESPECIALTURíSTICA LA MARISCAL, al oferente REXTRUCK COMPAÑíA DETRANSPORTE PESADO S.A., con RUC No. 1792272769001, representada legalmente por elseñor Bairo Mesías Núñez Barrionuevo.

Veintimilla E9-26Y Leonidas Plaza,Edificio UZIELBusinessCenter, Planta Baja PBX3952300/3988116 Ext.28616

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Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEl CONTRATO:

Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:

2.1 El pliego (Condiciones Particulares del Pliego CPP y Condiciones Generales del PliegoCGP) incluyendo las especificaciones técnicas, o términos de referencia del objeto de lacontratación.

2.2 las Condiciones Generales de los Contratos de prestación de servicros (CGC)publicados y vigentes a la fecha de la convocatoria en la página institucional del SERCOP.

2.3 la oferta presentada por el CONTRATISTA, con todos sus documentos que laconforman.

2.4 la resolución de adjudicación.

2.5 las certificaciones emitidas por la Coordinación Administrativa Financiera de laAETlM, que acreditan la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos,para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.

Cláusula Tercera.- OBJETO DEl CONTRATO:

El CONTRATISTA se obliga con la Administración Especial Turística la Mariscal a la provisión del"SERVICIO DE ALQUilER DE UN (1) VEHíCULO CON CONDUCTOR PARA USO OFICIAL DE LAADMINISTRACiÓN ESPECIALTURíSTICA LA MARISCAL", según las características constantes enlos Términos de Referencia y Pliegos, que se agregan y forman parte integrante de estecontrato.

Cláusula Cuarta.- PRECIO DEl CONTRATO:

El valor del presente contrato es de ONCE MIL TRESCIENTOSNOVENTA Y NUEVE DÓLARES DELOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 05/100 (USO 11.399,05) más IVA, conforme a lasesión de negociación respectiva celebrada el 08 de junio del 2015.

los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación que laAdministración Especial Turística la Mariscal cancelará, inclusive por cualquier impuesto,derecho o tasa que tuviese que pagar. El Impuesto al Valor Agregado no está contemplandopara servicios de transporte.

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ADMINISTRACIÓN ZONAL LA MARISCAL

Cláusula Quinta.- FORMA DE PAGO:

Los pagos se realizarán en forma mensual contra entrega del servicio, con la presentación de lafactura y el listado de las firmas de los funcionarios que hacen uso del servicio, e informe porparte del Administrador del Contrato.

En caso de terminación unilateral anticipada o por mutuo acuerdo de las partes, el pago se

efectuará hasta el valor correspondiente al servicio efectivamente prestado y no hasta la totalidad

del precio estipulado en el contrato, tomando en cuenta que se harán pagos parciales mensuales.

Cláusula Sexta.- PLAZO:

El plazo de ejecución del presente contrato será de doce (12) meses contados a partir de lasuscripción del mismo.

Cláusula Séptima.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

7. 1 El CONTRATISTA: A más de las obligaciones ya establecidas en el presente contrato y enlas condiciones generales de ejecución del contrato, el CONTRATISTA está obligado a cumplircon cualquier otra que se derive natural y legalmente según el objeto del contrato y seaexigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamenteaplicable.

7.2 La CONTRATANTE: A realizar los pagos puntuales conforme lo establecido en esteinstrumento.

Cláusula Octava.- MULTAS:

El CONTRATISTA estará sujeto a una multa del1 por mil del valor del contrato, en los casossiguientes:

8.1 Cuando el conductor del vehículo se retrase en la entrega del servicio estipulado, nocumpla los horarios programados y acordados con la entidad contratante de acuerdo alcronograma semanal que indique el administrador del contrato, y por tanto no se cumpla acabalidad con especificaciones requeridas;

8.2 Si la CONTRATISTA no presta el servicio acordado dentro del plazo y condicionesestablecidos, la ADMINISTRACiÓN no cancelará la fracción correspondiente al tiempo deservicio no prestado, y adicionalmente se le impondrá una multa equivalente a la fracción

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diaria, hasta por tres ocasiones. Pasado dicho tiempo, la CONTRATANTE podrá dar porterminado unilateralmente el contrato.

8.4 En caso de daño mecánico irreparable y/o destrucción parcial o total del vehículocontratado, el contratista deberá reemplazar el vehículo por otro de las mismascaracterísticas; de igual manera si existiera algún inconveniente con el conductor asignado secontemplará lo propio, a fin de dar continuidad al servicio convenido.

Cláusula Novena.- DE LA ADMINISTRACiÓN DEL CONTRATO:

9.1 La Máxima Autoridad de la Administración Especial Turística La Mariscal designa alfuncionario Fabio Alberto Vélez, en calidad de administrador del contrato, quien deberáatenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte delpresente contrato.

9.2 La Administración Especial Turística La Mariscal podrá cambiar de administrador delcontrato, para lo cual bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que seanecesario la modificación del texto contractual.

Cláusula Décima.- TERMINACiÓN DEL CONTRATO:

10.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particularesy Generales del Contrato.

10.2 Causales de Terminación unilateral del contrato.- Tratándose de incumplimiento delCONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la Administración EspecialTurística La Mariscal, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, seconsiderarán las siguientes causales:

a) Si se verifica, por cualquier modo, que la participación ecuatoriana real en laprestación de servicios objeto del contrato es inferior a la declarada.

b) Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el numeral 3.5del formulario de la oferta - Presentación y compromiso;

c) El caso de que la Administración Especial Turística La Mariscal encontrare que existeinconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por contratista,en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dichainconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral delcontrato por lo que, la máxima autoridad de la Administración Especial Turística LaMariscal o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de lasacciones judiciales a que hubiera lugar.

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d) En los casos de reincidencia en atrasos o inasistencias hasta por tres veces en el mes,la CONTRATANTE podrá dar por terminado unilateralmente el contrato.

10.3 Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para laterminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.

Cláusula Décima Primera.- SOLUCiÓN DE CONTROVERSIAS:

11.1 Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directoentre las partes, éstas acudirán a los Métodos Alternativos para la Solución de Conflictos, delCentro de Mediación de la Procuraduría del Estado.

11.2 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, elcontratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiendeincorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.

Cláusula Décima Segunda.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES:

Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas al objeto del contrato,serán formuladas y alegadas por escrito y en idioma castellano.

Cláusula Décima Tercera.- DOMICILIO:

13.1. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio enla ciudad de Quito

13.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, lassiguientes:

La CONTRATANTE: Veintimilla E9-26 y Leonidas Plaza, Edificio UZIEL Business Center,Segundo Piso, oficina 204. PBX 3952 300/3988116 Ext. 28665 - 28612

El CONTRATISTA: Av. 24 de Mayo 330 y César Mora Pareja - Sector Puembo; Teléfono:2391390/ 0998024579; correo electrónico: [email protected]

Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos.

Cláusula Décima Cuarta.- ACEPTACION DE LAS PARTES:

14.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen yaceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de prestación deservicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública

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SERCOP,vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que formaparte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.

14.2. Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo loconvenido en el presente contrato, se someten a sus estipulaciones, y firman en dosejemplares del mismo tenor y contenido.

Dado, en la ciudad de Quito D.M., a 12 de junio del 2015.

d.Arq. Isabel Morillo LunaADMINISTRADORA (E)ZONA ESPECIAL TURISTICA LA MARISCALCONTRATANTE CONTRATISTA

Elaborado par: Abg. Carolina Guevara

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MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITOADMINISTRACiÓN ESPECIALTURISTICA LA MARISCAL

ACTA DE NEGOCIACiÓN Nº AN-AETlM-001-2015

En la ciudad de Quito D.M., a los ocho días del mes de junio de dos mil quince, en las oficinasde la Administración Especial Turística la Mariscal, ubicadas en la Veintimilla E9-26 y LeonidasPlaza, Edificio UZIEL Business Center, se procede a realizar la sesión de negociación, previo ala adjudicación de la contratación del "SERVICIO DE ALQUILER DE UN (1) VEHíCULO CONCONDUCTOR DE USO OFICIAL PARA LA ADMINISTRACiÓN ESPECIAL TURíSTICA LAMARISCAL".

Los participantes y asistentes de esta sesión son:

Arq. Isabel Morillo Luna, ADMINISTRADORA (El AETLM

Ing. José Antonio Terán, COORDINADOR ADMINITRATIVO FINANCIERO AETLMSr. José Luis Orozco, REXTRUCKCOMPAÑIA DE TRANSPORTEPESADO S.A.

ANTECEDENTES:

El 21 de abril de 2015, se publicó en el Portal de Compras Públicas el proceso de SubastaInversa Electrónica para la contratación del "SERVICIO DE ALQUILER DE UN (1) VEHíCULOCON CONDUCTOR DE USO OFICIAL PARA LA ADMINISTRACiÓN ESPECIAL TURíSTICA LAMARISCAL", código del proceso SIE-AELTM-011-2015.

La fecha límite para presentar ofertas fue el 27 de abril del 2015, hasta las 12h30.

Recibida la única oferta, se conformó la comisión técnica para la evaluación respectiva y seprocedió a la apertura del sobre el 27 de abril de 2015, a las 15hOO.

Mediante Acta de Calificación Nº AC-006-2015 de fecha 04 de junio de 2015, firmada por elIng. José Antonio Terán, Coordinador Administrativo Financiero de la AETLM; Abg. CarolinaGuevara, Asesora en Contratación Pública de la AETLM; Sr. Fabio Alberto Vélez, ComisiónTécnica; se verificó el cumplimento de los parámetros de evaluación establecidos en lospliegos, y se determinó que la carpeta del proveedor: REXTRUCK COMPAÑIA DE TRANSPORTEPESADO S.A., además de ser el único oferente que presentó la propuesta en la forma y díaindicados en el cronograma, también cumple con los requisitos establecidos en los pliegos.

De acuerdo a lo establecido en el Art. 47 de la LOSNCP y al Art. 47 del Reglamento de laLOSNCP, "De existir una sola oferta técnica calificada o si luego de ésta un solo proveedorhabilitado presenta su oferta económica inicial en el portal, no se realizará la puja y en su lugarse efectuará la sesión única de negociación entre la entidad contratante y el oferente. El únicoobjetivo de la sesión será mejorar la oferta económica. Si después de la sesión de negociaciónse obtiene una oferta definitiva favorable a los intereses nacionales o institucionales, la entidadprocederá a contratar con el único oferente."; en tal sentido se realiza la correspondientesesión de NEGOCIACiÓN con el proveedor REXTRUCK COMPAÑIA DE TRANSPORTE PESADO

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ADMINISTRACIÓN ZONAL LA MARISCAL

S.A., el 08 de junio de 2015 a las 14h10 en las oficinas de la AETLM ubicadas en la VeintimillaE9-26 y Leonidas Plaza, Edificio UZIEL Business Center.

DESARROLLO:

La Oferta Económica inicial entregada por la compañía REXTRUCKCOMPAÑIA DE TRANSPORTEPESADO S.A., dentro del proceso de Subasta Inversa Electrónica SIE-AELTM-011-2015,correspondiente a la contratación del "SERVICIO DE ALQUILER DE UN (1) VEHíCULO CONCONDUCTOR DE USO OFICIAL PARA LA ADMINISTRACiÓN ESPECIALTURíSTICA LA MARISCAL",fue de ONCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DEAMÉRICA (USO 11.999,00) sin IVA.

Luego del análisis por parte de los comparecientes, la propuesta económica final realizada porla compañía REXTRUCK COMPAÑIA DE TRANSPORTE PESADO S.A. es de ONCE MILTRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON05/100 (USO 11.399,05) más IVA, oferta que es aceptada por la Entidad Contratante, lo queequivale a un descuento del cinco por ciento (5%) de la oferta inicial.

Para constancia de la negociación, firman las partes por duplicado, en Quito D.M., a los ochodías del mes de junio de dos mil quince.

Arq. sabel M rlllo LunaADMINISTRADORA (E)

ADMINISTRACiÓN ESPECIALTURíSTICA LA MARISCAL

Ing. José Antonio TeránCOORDINADOR ADMINITRATIVO FINANCIERO AETLM

. la!r. José uis Orozco ~~~.

REXTRUCK COMPAÑIA DE TRANSP~~~.A.OFERENTE -,.,;;::.~""~

Acción Nombre Firma Cargo

.-.....Elaborado por: Abg. Carolina Guevara ( ) ,\1.} Asesora en Contratación Pública y

QvvC I Y'\,q Patrocinio Jurídico

-"

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ADMINISTRACiÓN ZONAL LA MARISCAL

RESOLUCiÓN No. 063-AETLM-2015

LA ADMINISTRACiÓN ESPECIALTURíSTICA LA MARISCALDEl MUNICIPIO DEl DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO

CONSIDERANDO:

Que, la Administración Especial Turística La Mariscal cuenta con un solo vehículo de propiedad municipalpara atender la gestión diaria de todos los funcionarios de la Entidad, así como también las diversasdemandas de la comunidad como operativos de vigilancia en horarios nocturnos y madrugadas, loque significa que un solo conductor y vehículo no pueden estar presentes en todas las jornadas; hahecho necesario e imperante la contratación del servicio de alquiler de un vehículo con conductor,para movilizar al personal técnico y profesional de las distintas direcciones de la AETLM, hacia losdiferentes sectores del D.M.Q. a fin de cumplir con las funciones que les fueran encomendadas.

Que, el Artículo 44 del Reglamento de la LOSNCP, indica que "Ia subasta inversa electrónica serealizará cuando las entidades contratantes requieran adquirir bienes y servicios normalizadoscuya cuantía supere el monto equivalente al 0,0000002 del Presupuesto Inicial del Estado, queno se puedan contratar a través del procedimiento de Compras por Catálogo Electrónico, y enla que los proveedores de dichos bienes y servicios, pujan hacia la baja el precio ofertado pormedios electrónicos a través del Portal www.compraspublicas.gov.ec( ...);

Que, la Resolución No. INCOP 020-09, prevé el procedimiento para contratación mediante SubastaInversa Electrónica;

Que, mediante Resolución Nº 052-AETLM-2015 de fecha 20 de abril de 2015, la Máxima Autoridadde la AETLM, aprobó los pliegos del proceso de Subasta Inversa Electrónica para la contratacióndel SERVICIO DE ALQUILER DE UN (1) VEHíCULO CON CONDUCTOR DE USO OFICIAL PARA LAADMINISTRACIÓN ESPECIALTURíSTICA LA MARISCAL, con un presupuesto referencial de DOCEMIL DÓLARESDE LOS ESTADOSUNIDOS DE AMÉRICA (USD 12.000) más IVA.

Que, la empresa REXTRUCK COMPAÑIA DE TRANSPORTE PESADO S.A., fue el único oferente queenvió su oferta de acuerdo al cronograma establecido para el efecto, mismo que luego delanálisis de la oferta presentada, fue calificado por la comisión técnica de la AETLM con fecha 05de junio de 2015. De acuerdo a lo establecido en el Art. 47 de la LOSNCP y al Art. 47 delReglamento de la LOSNCP, "De existir una sola oferta técnica calificada o si luego de ésta unsolo proveedor habilitado presenta su oferta económica inicial en el portal, no se realizará lapuja y en su lugar se efectuará la sesión única de negociación entre la entidad contratante y eloferente. (...)"

Que, toda vez que el único objetivo de la sesión de negociación es mejorar la oferta económica inicial,la empresa REXTRUCK COMPAÑIA DE TRANSPORTE PESADO S.A. Y la AETLM celebran lanegociación con fecha 08 de junio de 2015 a las 14h10, de la cual queda constancia y sesuscribe el acta respectiva, cerrando el valor del servicio en ONCE MIL TRESCIENTOSNOVENTA YNUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 05/100 (USO 11.399,05) más IVA, loque equivale a un descuento del cinco por ciento (5%) de la oferta económica inicial lo que esaceptado por la Entidad Contratante,.

Que, de conformidad con el Art. 40 del Reglamento de la LOSNCP, "Suscrita el acta de negociación, lamáxima autoridad o su delegado, procederán a la adjudicación al oferente con el cual se haya

Veintimilla E9-26 y Leonidas Plaza, Edificio UZIEL Business Center, Planta Baja PBX 3952 300/3988116 Ext.28616

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ADMINISTRACIÓN ZONAL LA MARISCAL

llegado a un acuerdo final de negociación en los aspectos técnicos, económicos ycontractuales."

Que, el Art. 48 del Reglamento de la LOSNCP dispone que "la máxima autoridad de la entidadcontratante o su delegado, una vez concluido el período de puja o de la negociación realizada,de ser el caso, adjudicará o declarará desierto el procedimiento, mediante resolución, deconformidad con la ley."

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Art. 3 de la Resolución NQA-005 de 13 de junio de 2014,emitida por el señor Alcalde Metropolitano de Quito Mauricio Rodas Espinel, mediante el cual se delegaa los Administradores Zonales competencias y atribuciones relacionadas con la Contratación Pública.

RESUELVE:

Art. 1.- Adjudicar al proveedor REXTRUCK COMPAÑIA DE TRANSPORTE PESADO S.A., con RUC No.1792272769001, el contrato para el SERVICIO DE SERVICIO DE ALQUILER DE UN (1) VEHíCULOCON CONDUCTOR DE USO OFICIAL PARA LA ADMINISTRACiÓN ESPECIAL TURíSTICA LAMARISCAL, por el valor de ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE DÓLARES DE LOSESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 05/100 (USD 11.399,05) más IVA, conforme a la sesión denegociación respectiva.

Art.2.- La Administración del contrato estará a cargo del señor Fabio Vélez, a quien se le deberánotificar debidamente para que asuma sus funciones y responsabilidades.

Art.3.- Publíquese la presente Resolución Administrativa en el portal www.compraspublicas.gob.ec.La presente entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de la fechade publicación en el portal del SERCOP

Art.4.- Disponer a la Asesoría en Contratación Pública y Patrocinio Jurídico, proceda a la elaboracióndel contrato respectivo.

Quito D.M., 09 de junio de 2015.

Arq. Isabel orillo LunaADMINISTRADORA (E)

ZONA ESPECIALTURíSTICA LA MARISCAL

Acción: Nombre Firma Cargo

Elaborado por: Abg. Carolina Guevara OCV--O ~1f\-¿¡Asesora en Contratación Pública yPatrocinio Jurídico

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