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1 l 1 , REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL Director: ENRIQUE MARIN UBAGO Administrador: CLIFFORD C. HOOKER y REYES Teléfono 3771 'l'allereii Nacionales AÑO LXIX Managua, O. N., Miércoles 17 de febrero de 1965 No. 39 IUllARIO PODER EJECUTIVO EDUCACION PUBLICA Doctor en Medicina y Clrugfa , , • • Pág. 545 mo nombre, República de Nicaragua, soli· cita se le expida el Título de Doctor en Me- dicina y Cirugia, en virtud de presentar el correspondiente Diploma librado por la Universidad Nacional de' Nicaragua, a .los nueve dfas del mes de febrero de mil no· veclentos sesenta y cinco, RELACIONES EXTERIORES Cafetalero• Ncmbran Representante Per- manente en Londrn • • , , • • • Lleta del Directorio del Ooblerno Nica- ragüense J Cuerpo Diplomático • • HACIENDA Y CRl!DITO PUBLICO Franqulcl11 y Privilegios a Pavor del Sr. Jaime Lacayo R. • • • • • • • • CAJA NACIONAL DE CREDITO POPULAR Balance de Operaciones al 31 de Dlciem· bre de 1964 • • , • • , • • • , Balance de y Oananclu por el Semutre de Julio a Diciembre de 1964 SOCIEDADKS 545 e e Acuerda: 546 Extiéndase al mencionado Bachiller Sal· vador Oómez Medina, el Titulo de Doctor en Medicina y Clrugf a para que goce de 547 todos los derechos y prerrogativas que las Leyes le otorgan. 549 550 Comunrquese.·-Casa Presidencial.- Ma· nagua, D.N., 11 de febrt!ro de 1965.-RENE SCHICK, Presidente de la República.-EI Ministro de Educación Pública,-Oonza/o Mtneses Ocón. Se Constituye Sociedad Anónima cla Ca Sa• • • • • •• , • , • • • « 550 R1laclon11 Ext1rlor11 MINISTERIO DI! ECONOMIA Tr11p110 de Franquicias y Privilegio• a Favor de •Mollnoa de Nlc. S. A,• , , e Exención de Depósito Previo , , , , e Sección de Patentes de Nlcara¡ua 553 Cafetaleros Nombran Représentante 554 Permanente en Londres · ., "·. No.20 MarcH de Fábrica. • • • • ·; , • Sl!CCION JUDICIAL e 555 El Presidente de la República, Acuerda: Rematea' •• , • . • TUuloa Supletorlo1 , • Terreno• Munlclpalea , • , Sentencias de Divorcio , • • • , Notificación de Deslinde .... e e « Primero: Nombrar al seftorCapltlfn O. Ñ. 559 José León Sandlno, encargado de negocios a. i. de Nicaragua en Londres Inglaterra, re· presentarite permanente del Instituto Nicara· güense del café ante la Organización lnter· nacional del café, con sede en dicha ciudad. · PODER EJECUTIVO Educación Púbnca Doctor en Medicina y Cirugía No. 81 El Presidente de la República, Considerando: Que el Bachiller Salvador Oómez Medina, natural de Orana<la, Departamento del mis· · Segundo: La trascripción del presente Acuerdo servirá al nombrado para acreditar su representación. Comuniquese:-Casa Presidencial, Mana· gua, Distrito Nacional, veinte de febrero de mil novecientos sesenta y cinco. - RENE SCHICK.-EI Ministro de Estado en el Des·, pacho de Relaciones Exteriores, Alfonso º'' tega Urbina.> ..

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Page 1: 1 REPUBLICA DE NICARAGUA l - Sajurin · 2017. 2. 13. · 1 ~ l 1 , REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL Director: ENRIQUE MARIN UBAGO Administrador: CLIFFORD C. HOOKER y REYES Teléfono

1

~ l

1

,

REPUBLICA DE NICARAGUA

DIARIO OFICIAL Director: ENRIQUE MARIN UBAGO

Administrador: CLIFFORD C. HOOKER y REYES Teléfono 3771

'l'allereii Nacionales

AÑO LXIX Managua, O. N., Miércoles 17 de febrero de 1965 No. 39

IUllARIO

PODER EJECUTIVO

EDUCACION PUBLICA

Doctor en Medicina y Clrugfa , , • • Pág. 545

mo nombre, República de Nicaragua, soli· cita se le expida el Título de Doctor en Me­dicina y Cirugia, en virtud de presentar el correspondiente Diploma librado por la Universidad Nacional de' Nicaragua, a .los nueve dfas del mes de febrero de mil no· veclentos sesenta y cinco,

RELACIONES EXTERIORES

Cafetalero• Ncmbran Representante Per­manente en Londrn • • , , • • •

Lleta del Directorio del Ooblerno Nica­ragüense J Cuerpo Diplomático • •

HACIENDA Y CRl!DITO PUBLICO

Franqulcl11 y Privilegios a Pavor del Sr. Jaime Lacayo R. • • • • • • • •

CAJA NACIONAL DE CREDITO POPULAR

Balance de Operaciones al 31 de Dlciem· bre de 1964 • • , • • , • • • ,

Balance de P~rdld11 y Oananclu por el Semutre de Julio a Diciembre de 1964

SOCIEDADKS

• 545

e

e

Acuerda: 546 Extiéndase al mencionado Bachiller Sal·

vador Oómez Medina, el Titulo de Doctor en Medicina y Clrugf a para que goce de

547 todos los derechos y prerrogativas que las Leyes le otorgan.

549

550

Comunrquese.·-Casa Presidencial.- Ma· nagua, D.N., 11 de febrt!ro de 1965.-RENE SCHICK, Presidente de la República.-EI Ministro de Educación Pública,-Oonza/o Mtneses Ocón.

Se Constituye Sociedad Anónima cla Ca Sa• • • • • •• , • , • • • « 550 R1laclon11 Ext1rlor11

MINISTERIO DI! ECONOMIA

Tr11p110 de Franquicias y Privilegio• a Favor de •Mollnoa de Nlc. S. A,• , , e

Exención de Depósito Previo , , , , e

Sección de Patentes de Nlcara¡ua

553 Cafetaleros Nombran Représentante 554 Permanente en Londres · .,

"·. No.20 MarcH de Fábrica. • • • • ·; , •

·~· Sl!CCION JUDICIAL

e 555 El Presidente de la República, Acuerda:

Rematea' •• , • . • TUuloa Supletorlo1 , • Terreno• Munlclpalea , • , Sentencias de Divorcio , • • • , Notificación de Deslinde ....

e e

• • «

~~ Primero: Nombrar al seftorCapltlfn O. Ñ. 559 José León Sandlno, encargado de negocios ~ a. i. de Nicaragua en Londres Inglaterra, re·

presentarite permanente del Instituto Nicara· güense del café ante la Organización lnter· nacional del café, con sede en dicha ciudad. · PODER EJECUTIVO

Educación Púbnca

Doctor en Medicina y Cirugía No. 81

El Presidente de la República, Considerando:

Que el Bachiller Salvador Oómez Medina, natural de Orana<la, Departamento del mis·

· Segundo: La trascripción del presente Acuerdo servirá al nombrado para acreditar su representación.

Comuniquese:-Casa Presidencial, Mana· gua, Distrito Nacional, veinte de febrero de mil novecientos sesenta y cinco. - RENE SCHICK.-EI Ministro de Estado en el Des·, pacho de Relaciones Exteriores, Alfonso º'' tega Urbina.>

.. ··~

Page 2: 1 REPUBLICA DE NICARAGUA l - Sajurin · 2017. 2. 13. · 1 ~ l 1 , REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL Director: ENRIQUE MARIN UBAGO Administrador: CLIFFORD C. HOOKER y REYES Teléfono

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·.

546 LA GACI!lrA-DIARJO OFICIAL

Ústa del Directorio ¡del Gobierno

.. -~ ,. Nicaragiiense y Cuerpo Diplomático

. " . ' f ... !, DIREOOION DEL CEREMONIAL -~ , ... •. :Q¡.., DIPLOMATICO

Teléfono Oficial N 9 88-70

Señor Francisco Fiallos Gil, Director, Señora Celia Navarro de Fiallos Gil,

~léforio Oficial: Nº 6870, Residencia: Callejón El Jenízaro N. E. del Parque a la Madre, Teléfono NY 6181. Señor Carlos Roberto Lacayo Martínez, Subdirector, · Señora María Jesús Monterrey de Lacayo . Martínez,

Teléfono Oficial: N9 68-79, Residencia: Calle Central Este N9 418,

Granada, Teléfono N9 232. Señor Licenciado Edwin Acevedo Urcuyo, Adjunto, . - . Residencia: Calle Central, contiguo al Edi-

ficio Cerna, Teléfono Oficial N9 68-79.

MTNTSTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

3a. Calle Sur-Este y A venida del Centena-rio N" 116 (Casa Lilliam),

·Señor Doctor Alfonso Ortega Urbina., Ministro, Señora Norma Guerrero de Ortega Urbina, Teléfono Oficial N9 71803, , Residencia: Edificio "Guerrero Pineda", 2a. Avenida S. O. y Calla27 de Mayo, Teléfono NY 72190 Teléfono Quinta N" 8336. Señor. Doctor Cárlos Manuel Pérez Alonso,

Señora Aura Velia González de Prado, 21 Ave. S. E. N9 206, Teléfono 2061.

DEPARTAMENTO JURIDIOO

Señor Doctor José Sansón Terán, Director del Departamento Jurídico, Abogado Consultor, Señora Eleana Lacayo de Sansón Terán,

Residencia: De la Casa Lilliam % cua-dra arriba, Casa N9 305,

Teléfono N9 4442, Teléfono Oficial Nº 3606.

OFIOIALIA MAYOR

Señor Gustavo Aguilar Cortés, Oficial Mayor, Señora Leonor García de Aguilar Cortés, Teléfono Oficial Nº 687 4, Residencia: Calle "José Martí" N., 508, Teléfono N9 2864.

DEPARTAMENTO CONSULAR Y ADMINISTRATIVO

Señor José Salomón Pérez Palma, Jefe del Departamento, Señora Marina L6pez de Pérez P8.Ima, Teléfono Oficial No 5925, ResideD.cia: 2a. Calle Nór-Oeste N9 914.

SEOCION DE LIMITES Y AMOJONAMIENTO . ..

Señor Doctor Benjamín Castillo Borge, Jefe' de la Sección, Señora Aida Lily de Castillo Borge, Teléfono Oficial No 6875, Residencia: De la Iglesia Santa Ana 1

cuadra al Sur y % al Este. Teléfono Nv 5687.

Vice-Ministro, _ "'· .. Señora Laura C. de Pérez Alonso, Señor Mario Castellón Gámez,

Señorita Elisa Pérez Alonso, Jefe del Departamento, .

DEPARTAMENTO DE TRADUOOION

Señorita Laura Pérez Alonso, Señora Elba de Castellón Gámez,

Teléfono Oficial Nº 2206, _Residencia: Avenida San Martín N<1 511, Residencia: A venida del Ejército N9 603, Teléfono N., 6262. · . (Colonia Mántica), Teléfono N9 72084.

SECRETARIA GENERAL DEPARTAMENTODEAROHIVO .":

Señora LUz Marina Moneada -v. de Cas-Señor Doctor Efraim Castillo Borge, tro Silva, -Secretario General, _ Señora Míriam Solórzano de Castillo Borge, Jefe del Departamento, Teléfono Oficial NQ 4690, · ' Teléfono Oficial N9 687 4,

Residencia: la. Calle N. E. N9 606, Residencia: 9a. Ave. y ler. Callejón Sur· Teléfono Nv 5805. r Oeste Nº 514-B.

Señor Profesor Evenor Arévalo Ortega, Teléfono N• 6508.

Jefe de la Sección Diplomática, DEPARTAMENTO DE MIGRACION Señora Daisy M. G. de Arévalo Ortega, Teléfono Oficial N" 4690, · Calle Central Oeste, entre

Residencia: 8a. Avenida N.O. N9 810. Av. Roosevelt y Bolívar

Señor Edgardo Prado, Señor Coronel G. N. José M. Espinosa G.

Jefe de la Sección de Organismos Interna- Director General de la Oficina Central

cionales, 1 de Migración y Extranjería.. ' 4' .... _

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r

. LA GACETA-DIARIO OFICIAL 547

Señora Ligia Fajardo de Espinosa, Residencia: Km. 81/2 Carretera Sur Teléfono N9 8383.

Señora Ana María Fonseca de Pérez Vega, Teléfono Oficial N9 2541,

Señor Mayor G. N. Reynaldo Pérez V.ega, Subdirector General de la Oficina Central,

Residencia: Colonia Militar N<:> 2 Casa N'' 62, '

de Migración y Extranjería, Teléfono N<:> 6751, Ext. 311.

·· PRECEDENCIA DE LOS JEFES DE MISION EMBAJADORES

Nunciatura Apostólica de la Santa Sede . . . . . . . . Embajada de Francia . . . . . . .~. . . . . . . . . . . . . Embajada de Italia ................. . Embajada de los Estados Unidos de América .. Embajada de Venezuela .................. . Embajada de España . . . . . . . . . . . . . . . . . . Embajada de China . . . . . . . . . . . . . . . . : . · Eqibajada de Guatemala . . . . . . . . . . . . ~ . . . Embajada de Holanda (Países Bajos) .... Embajada del Japón . . . . . . . . . . . . . . Embajada de Alemania . . . . . . . . . . . . . . . . Embajada de Corea ............•..... Embajada de Turquía ..................... . Embajada de la Gran Bretaña . . . . . . . . . . Embajada de Suiza .. .. ~ .. . . . . .. . . .. .. .. .. Embajada de Costa Rica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Embajada del Perú . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .• Embajada de Colombia . . . . . . . . . . . . . . . • • A • • • •

Embajada de Honduras .. - . ·. . . .. . . . . . . • . . . ·: . . . . Embajada de Argentina ........ 1 ••••••••••

Embajada de los Estados Unidos del Brasil : . Embajada de El Salvador . . . . . . . . . . . . . . . . Embajada de los Estados Unidos Mexicanos . . . . Embajada de Saecia .......... , ......... 1 ••

Embajada de Panamá . . . . . . . • . . . . . . . • . ~ ¡ . . Embajada de Canadá . . . . . • . . . • . • . • . . . . . • • . . Embajada de Israel ...........••.•••.

' .... ~ .·.: Mini8tro8 Legación de Malta . . . . . . . . . . . . . . . . , •. Legación de Dinamarca . . . . . . . . . . . . . . . .

18 de Junio de 1959 15 de Sept. de 1955

. 28 de Enero de 1959 21 de Abril de 1961 13 de· Junio de 1962 1 de Nov. de 1962

21 de Dfo. de 1962 21 de Feb. de 1963 2 de Abril de 1963

28 de Junio de 1963 31 de Julio de ... 1963 31 de Julio de 1963 25 de Sep. de i963 21 de Nov. de 1963 16 de Enero de 1964 16 de Fbro. de 1964 20 de Feb. de 1964

2 de Abril de 1964 2 de Abril de 1964

11 de Agto. de 1964 28 1de Agto. de 1964 10 de Sep. de 1964

· 23 de Ocbre. de 1964 .. 19 de Nov .. de 1964

15 de Enero de 1965 15 de Enero de 1965 26 de Enero de 1965

19 de Junio de 1957 31 de Marzo de 1960

Legación de Noruega ................. . Legación de Líbano . . . . . • . . . . • • • • • -.... • Legación de Polonia . ·. . . . . Legación de Austria ". . . • .

. ., 10 de Abril de 1962 22 de Mayo de 1962 25 de Enero de 1963

.. '

Legación de Bélgica .. ..... ....... , 29 de Abril de 1963 5 de Junio de 1964

rf: Continuará

===========:=::;r=======~===-==--·-H1olenda y Cr6dlto Pllblioo • de 1964, para que de conformidad con las

leyes citadas, se clasüique su Planta In­Franquicias y Privilegios· a= favor del dustrial que se propone instalar en el De-

s J · L R partam~nto de Carazo y que.dedicará a la r. B1me acayo • producción de Papel Higiénico de primera

N~ 12 calidad, Servilletas Desechables y Cintas

El Presidente de la República,

En uso de las Facultades que le confie· ren la Ley de Protección y Estímulo al Desarrollo Industrial de 20 de Marzo df~ 1958; el Decreto Legislativo N'' 494 de 1 • de Abril de 1960; y el Decreto NQ 3-L de 12 de Abril de 1962.

Vistos: Primero: La solicitud presentada por

don Jaime Lacayo R., del 22 de Octubre

para Calculadoras.

Segundo: La Resolución del Ministerio de Economía, de fecha 11 de Noviembre de 1964, en la que se clasifica a dicha Planta -previo dictamen de la Comisión Consultiva de Desarrollo Industrial- co­mo Conveniente de Industria Establ~cida de Instalación Nueva; clasificación que fue aceJ?tada por.e~ señor Lacayo R., en carta enviada al Mm1sterio de Economía con fe .. cha 28 de Enero del año en curso

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·._- - .

. 548 LA GAC1171'A DIARIO OFICIAL

Considerando :

Que dicha Planta producirá artícul?s d~ gran consumo nacional; qu~ ~onomizara considerable cantidad de. divisas por. las importaciones que sustitmrá; y elevara el nivel de empleo y mano de obra.

Por Tanto: De acuerdo con las disposiciones lega-

les ya citadas, . ,

Decreta:

pacho las examinará y tomando en cuenta la naturaleza y necesidades de la Planta, así como de la composición de los productos que elabore, las apro­bará, comunicando su resolución 9ue consigne las importaciones autonza­das, al ministerio de Hacienda, ante quien los beneficiarios deberá!1. soli­citar en cada caso, las franqmcias o exenciones respectivas. Las listas así aprobadas podrán ser modificadas pos­teriormente por una nueva resolución del Ministerio de Economía, de con­formidad con las necesidades de la Planta.

Arto. 1 v • .:....Otorgar al señor Jaime Laca­yo R. en lo que se refiere a la ~lanta des­crita en su solicitud, -exclusiv~ente-las franquicias y privilegios siguientes: c)

--

En caso de exportación de los pro-

a) Franquicia aduanera Y. ex~~ción del pago de derechos por v1sac1on .con~u­Iar, por una sola vez y por ~~ teruu!lo de un año, para la importamon. de bie­nes que se requieran para la mstala­ción inicial de la Planta, tales como: motoresr maquinarias, equipos, herra­mientas, implementos, re~uestos y ac­cesorios así como del mstrumental de labor~torio necesario para la manu­factura y control de .calidad de los productos;

b) Los privilegios y franquicias a que se refieren los acápites f) y g) del Arto, 10 de la Ley de Protección y Estí­mulo al Desarrollo Industrial, en las situaciones establecidas en los ordina­les 5) y 6) ael Arto.12 de dicha Ley.

Las franquicias y exenciones a que se refieren los acápites anteriores, so­lamente podrán otorgarse cuando los articulos o productos que se . preten­da importar, sean indispensables pa­ra la Planta Industrial de que. se tra­ta; no se produzcan en.el ~aís en fo~­ma y cantidades que permitan adqui­rirlos en. condiciones satisfactorias y que los pedidos vengan directamente consignados al industrial favorecido o para notüicarse a éste. El térmi­no para su aplicación comenzará a contarse desde la fecha en que.el im­puesto, récargo o derecho, se hubie­re causado por primera vez si no se hubiera otorgado su exención.) -~ . ;

. ~· Para el uso de estas franquicias y exenciones, el beneficiario, de está De­creto deberá presentar al Mittisterio de Economía, listas de los bienes re­queridos para la instalación inicial, ampliaciones y mantenimiento de Iás operaciones de la Planta, así como. de las materias primas y demás articulos a usarse en la producción; y este Des-

ductos de la Planta, el Ministerio de Economía, conjuntamente con el de Hacienda y Crédito Público, fijará por Decreto en su oportunidad, la res­titución de los impuestos de produc­ción o exportación, que juzgue conve­nientes para permitir- la competencia de los productos de la Empresa, en los mercados exteriores, tomando debida cuenta de los compromisos estipula­dos en el Tratado General de Integra­ción Económica Centroamericana.

Arto. 211.-La Planta Industrial a que se refiere este Decreto, queda sujeta a todas las disposiciones que impone el Capítulo IV de la citada Ley, señalándose para que inicie sus operaciones, el plazo de un año, a partir de esta fecha.

Arto. 39.-Este Decreto se dicta en el en­tendido de que está en armonía con las leyes en que se basa, que son las que ac­tualmente rigen el status de la Industria que él favorece, aunque haya situaciones no previstas ~n el texto del mismo. ·

Arto. 4<>.-Notifíquese al interesado el presente Decreto de Protección Industrial, por medio del Oficial Mayor del Ministerio de Economía, para que dentro del término de treinta días a partir de su notificación, exprese su aceptación en forma legal; y en casa afirmativo publíquese en "La Ga­ceta", Diario Oficial.

Arto. 5'1._.:._Este Decreto comenzará a re­gir desde el día siguiente de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial .

Dado en Casa Presidencial, Managua, D. N., a los veintinueve dfas del mes de Enero de mil novecientos sesenta y cin­co. (f) RENE SCHICK, Presidente de la República. (f) Ricardo Parrale8 S., Vi­ce-Ministro de Economía. (f) Ramiro Sa­CaBa Guerrero, Ministro de Hacienda y Cré­dito P6blico".

t -~ 1

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CAJA NACIONAL DE CREDITO POPULAR FINAL {MONTE DE PIEDAU)

Balance de Operaciones al 31 de Diciembre de 1964 N9 411- B/U N9 44006 -CJ 60.00

ACTIVO

A. Fondos Dis11onibl1s:

Encaje Legal Caja:

38,198.01 ~n Managua 4 En Agenci11 49,904.11 es

Banco Central de Nicaragua

Total Encaje Legal: C$

B. Otras Disponlbiltdadts: fondo para Amortizar · "

Cédulu -~*~---Total de Otr11 Dlsponibilldadea:

1.367.37 --

Total de fondo• Dl1ponlbles: C. Colocaciones:

Préatamo1 (J 1,745,154.00 fn Managua

l!n Agencias 1,475,916.00 C$

Varios Deudorea

D. Inversiones: Mobiliario

ME.NOS: Reaerva Depreciación Mobiliario

Valor Actual Mobi111rio E. Otras Cuentas del Activtr.

lntereae1 por R'clblr 011to1 Diferidos Mercaderfa1 Aeeguroa

Otras Cumtas dtl Dtbt: 011to1 Oenerales Depreciación Mobiliario Oaatos por lntere1c1 Oa1to1 y Pérdld11 en Mercad e rru 011to1 de Remate

C$

C$

88,102.32

165,290.76

·251,393.08

1,367.37

3,221,070.00 61,862.86

89,912.69

58,807.38

266,563.64 2,985.43

28,796.60 -o-

TOTAL OENl!RAL:

CUENTAS DI! ORDEN: ' 169.43600 SUPERAVIT: APORTE OOBIERNO:

~ PASIVO

G. Exigibilidades a la Vista·:

H.

C$ 254,760.45 /.

3,282,932.86 .,-

¡. 31,105.31

. 298,345.67

Ahorro• Sobrante• de Remate Varios Acreedorca Total de lo Exigible A la Vista:

Exigibllidades a Plazo:

Cédulas (Ordlnarl111) e (Especiales)

Total de lo Exigible A Plazo:

Otras Cuentas dtl Pa#vo:

Dep. de Garantía de Empleado• lntcrese1 Vencidos por Pagar Oasto1 Vario• Por Pagar fondo de Socorro

,.~ .. ~·,:;!~ ' _ .. J \~ "

1 ~j\¡( ~~¡-f~ ~ , .. f.''..1_.~··,

Reserva Compra Mobiliario A•eguro Por Pagar lnttrcan en Su1pen10 fondo Para Distribución So/c Premio Acumulado Para C~dulaa E1peclale1:

Otras Cutntas del Haber:

lntereaea Oanado1 Utilidad En Ventas Producto Reposición de Boletaa Sobrante• de Remates Vencido• PQrcentaje Para Oaatoa de Remate Sobrante• En Caja·· ~brantea de Oastot de Remate

ti

*

*

2,033,289.12 26,748.21 3,250.15

192,000.00 70,000.00

247.13 5,295.45

11,395.51 1,017.79 1,212.33

-o-4,681.58 4,343.70

105.90

K. Capital y Reservas:

' 3~7~29

* 270,919.87 1,075,664.1!9

Capital Inicial Superavlt

cj' 150.000.00

fondo de Reaerva

CUENTAS DE ORDEN

1,346.583.96 • 1,496,583.96 16,343.46

TOTAL GENERAL:

• 169.436.00

Total Superavit: -· ' et: 1,346,583.96

MARCEL/NO L. MORA Oerente

.:~,/~.. ,~ .. : ~.L -- ':).:.. ··.:_:~ -~ .... ___ ...... __ . ,

WELFO QARCIA O •. Contador

* 2,063,287.48

262,000.00

28,929.39

1,512,927.42

4 3,867,144.29

¡;: Q

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~: .

~·.

·550 -- -- - -·· LA GACETA-DIARIO OFICIAL

N9 410-8/U NQ 54007-* 30.00

· Caja Nacional de Crédito Popular MANAGUA

Balance de Pérdidas y Ganancias por el' Semestre de

• · Julio a Diciembre de 1964 .. ..J'_. CUENTAS:

011to1 Oenerale1: 4 337.198.50 Depreciación Mobiliario: 4.265.61 011to1 por lntere~ee: 70.275.85 011to1 v Pérdld11 en Mercaderfu: 1.331.30 Premio para Cédul11 1!1peclalea: t,297.25

lntere1e1 Oanadoa: ' 424.551.76 - Utilidad en Ventaa: 595.21

· - Producto Repo1fclón de Boletu: 1.423.00 Sobrantea de Remate Vencidos: 19.078.56 Sobrantes de Oa1to1 de Remate: .... 2,258.60 Utilidad Liquida que ee D11trlbuye, aaf: .. ·

85% Capital: . ....:- es 33.522.83

10% Fondo de Reeerva: 3.9Ú.86 5% Fondo para Diatribuclón 1.971.93 39.438.62

! 448807 13 ' 448.807.13 ,.

:.,.¿~- Managua, D.N., l!nero de 1965 ;;·

Marc1lino L. Mora Gerente General

Sociedad••

Se Constituye Sociedad An6nima, "La Ca Sa"

No. 544 B/U-No. 34947-4 270.00 cEscrltura Número Uno.-En Ja ciudad de

Managua, Distrito Nacional, a las siete y quince minutos de la noche del dfa siete de enero de mil novecientos sesenta y cinco. Ante mf, juan Manuel Outlérrez, Abogado y Notario Público de la República de Nica· ragua, de este domicilio y residencia autorl· zado por la Corte Suprema de justicia para cartular y ante los testigos Instrumentales e idóneos que en la conclusión de esta escritu· ra nominaré, comparecieron los seftores, Doctor Amflcar lbarra Rojas, Médico y CI· rujano; Doctor César Amador Khill, Médico y Cirujano¡ Doctor Leopoldo Sánchez Ou tiérrez, Médico y Cirujano¡ Doctor Rolando Santamarfa McNally, Médico y Cirujano¡ Doctor Céc;ar Zepeda Monterrey, Médico y Cirujano; Doctor juan Ignacio Outlérrez Sa· casa, Médico y Cirujano; Doctor lván Oarcfa Oonzález, Médico y Cirujano; Doctor jorge Oarcfa Esquive!, Médi· co y Cirujano¡ Doctor Rafael Outiérrez Navarrete, Médico y Cirujano; Doctor Car· los Castillo Alemán, Médico y Cirujano;

Wtljo Oarcfa O. Contador

Doctor f ernando Outiérrez Ouliérrez, Doc • tor en farmacia y don Santos flores Ponce• comerciante, todos mayores de edad, casa· dos y de este domicillo. Doy fe de conocer personalmente a los comparecientes, lo mis· mo que a los testigos instrumentales; doy fe de que los otorgantes tienen a mi juicio, la capacidad legal necesaria para el otorga· · miento de esta escritura y de que accionan· do cada uno de ellos por si y en su propiu nombre dijeron de común acuerdo: Primero. Denominación y Domicilio.-Que han con­venido en formar una Sociedad Anónima, la cual conslill.1yen hoy por medio de esta es· critura y se denominará cLaboratorlos Cen· troamerlcanos, Sociedad ¡\nónima•, pudien· do darse a conocer también en forma abre· viada asf: cLa Ca Sa, .; su domicilio será esta ciudad de Managua pudiendo establecer Sucursales en cualquier otro lugar ya sea dentro o fu era del pafs, cuando asf fuere a­cordado. Segundo: Objeto y Fines. - El objt:to de la Sociedad es fundar, organizar y desarrollar Laboratorio o Laboratorios de producción: qufmico, farmaco-qufmlco, bio· qufmlco, de cosméticos, bromatológlcos y alimenticios, para: a) la elaboración de me· dicamentos y demás productos de uso médi· co; b) arUculos de tocador o cosméticos para el cuido de ta buena presentación per· sonal; c) arHculos alimenticio~; d) productos

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de uso veterinarios, etc.; e) efectuar análisis, tos y sus vacantes serán llenadas en la misma químicos, bloqufmlcos, bacteriofóJi?ICos, toxl· forma establecida para la junta Directiva, con colóelcos, bromatológlcos, ect.; f) efectuar la única diferencia de que en ésta el fiscal Importaciones de materias primas, substan· será el único suplente, ya sea del Presidente clas semi-elaboradas o elaboradas, maquina· o del Secretario en las ausencias temporales rlas, equipos, envases, empaques y en fin de cualquiera de ellos.-Quinta:-Asamb/ea todos los artfculos necesarios para el uso y o juntas Oenerales:-Las )untas Generales es­consumo en el laboratorio o laboratorios, en tarán Integradas por todos los Socios Acclo· relación a los fines propuestos; g) la expor· nlstas representados en ella cayo quórum se· taclón y venta tanto en Nicaragua como fue· rá establecido en los Estatutos; serán convo· ra del país de toda clase de substancias qui- cadas por la junta Directiva por conducto micas· y productos elaborados o no, para del Secretarlo, haciéndose las citaciones per· uso humano o veterinario. Tercero: Adml· sonalme.nte a cada uno de los .Socios y ade· nistracldn y Dlrecci6n.-La Sociedad estará más por anuncio publicado en dos de los dirigida por una )unta Directiva compuesta periódicos de más circulación, en la Repúbli· de cinco miembros, así: Un Presidente, un ca.-Las juntas Generales deben reunirse en ' Secretario, un Tesorero, un fiscal y un Vo· la capital de la República, aunque por reso· cal, junta que tendrá a su cargo la dirección lución de la junta Directiva puede senalarse de los negocios sociales, tanto judiciales para su reunión cualquiera otra cabecera como extrajudiciales, y el Presidente tendrá Departamental. Las Asambleas o juntas Ge· el carácter de apoderado generalfslmo, tanto nerales serán Ordinarias y Extraordinarias; para los negocios judiciales como para los las ordinarias deben reunirse cada ano, a más extrajudlciales. Esta junta tendrá un período tardar un mes después de la fecha de cierre de dos anos y sus Miembros serán electos de las operaciones mercantiles de cada ano. entre lds Socios Accionistas en Junta General Las éxtraordlnarlas se reunirán en cualquier Ordinaria y por el voto directo y secreto, de fecha, siempre que asf lo acuerde la junta la mayorla, pudiendo ser reelectos; los car· Directiva, de motu-propio o a solicitud de la gos serán obligatorios salvo excusa por justa Junta de Vigilancia, o de c1nco accionista causa que apreciará la Junta Geueral. por lo menos, que representen el veinte por La falta transitoria tanto del Presidente ciento de las acciones pa~adas, como mini· como del Tesorero o del Secretarlo, serán mo.-Sexta:-Capltal Soclal:-EI capital so· llenadas por el Vocal en primer lugar y en cial será de Cincuenta Mii Córdobas, dividl· sttgundo lugar o a falta de éste, por el do en Quinientas Acciones de a Cien Cór· Fiscal, pero si la falta fuera de dos dobas cada una. Estas acciones serán no· miembros, o aun cuando fuera de uno sólo, mlnativas y en ningún caso podrán ser con· si ésta fuera absoluta, el miembro que asuma vertidas en acciones al Portador. El capital la Presidencia hará convocar a la Junta Ge· Inicial aportado al firmarse esta escritura, es neral Extraordinaria para que se reúna a más de Seis Mil Córdobas, así: El socio doctor tardar treinta dfas después de sucedida la va· Amilcar lbarra Rojas, aporta la cantidad de cante o vacantes, para que haga la elección quinientos córdobas, valor equivalente a cln· de loa nuevos miembros de fa junta, que ha· co acciones; el socio doctor César Amador brán de reponer al que faltó o a los que faf. K'101, aporta la cantidad de quinientos cór· taren, para que terminen el periodo de aqué· dobas, valor equivalente a cinco acciones; nos. La administrar.Ión estará a cargo de un el socio doctor Leopoldo Sánche1 Gutlérrez, · Oerente General bajo cuya responsabilidad aporta la cantidad de quinientos córdobas, estará todo el giro social, admini1;trativo, de valor equivalente a cinco accion@s; el socio producción y de ventas; este Gerente será doctor Rolando Santamarfa McNally, aporta electo por la junta GPneral en la misma for· la cantidad de quinientos córdobas, equiva· ma que la junta Directiva; no tendrá periodo IPnte a cinco acciones; el socio doctor César determinado, pero podrá ser removido por Zepeda Monterrey, aporta la cantidad de las causas contempladas en los Estatuto~; quinientos córdobas, valor equivalente a tendrá la representación social y comercial cinco arciones; el socio doctor Juan IJZna· de la Sociedad, en todo lo referente a sus cio Gutiérrez Sacasa, aporta la cantidad atribuciones, y para llenar mejor sus funcio· de quinientos~ córdobas, valor equivalente nes podrá nombrar Gerentes Especiales pa· a cinco acciones; el socio doctor Jván Gar· ra los diferentes departamentos de produc· cfa González, aporta la cantidad de qulnien· ción y admlnlstrAclón, y para las otras ramas to~ córdobas, equivalente a cinco acclo· de sus actividades que crea conveniente.-- nes¡ el socio doctor Jorge Garcfa Esqui· Cuarta:-junta de Vlgllancla.-Habrá tam· vel, aporta la cantidad de quinientos cór· blén una )unta de Vi~llancla compuesta de dobas, equivalente a cinco acciones; el so· tres miembros, un Presidente, un Secretario clo doctor Rafael Gutlérrez Navarrete, a· y un Fiscal, que serán electos .en'1a misma porta la cantidad de Quinientos Córdo· forma y fecha que la junta Directiva; su pe· has, equivalente a cinco acciones: El socio rlodo será de dos anos, pudiendo ser reelec.. doctor Carlos Castillo Alemán, aporta la

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cantidad de Quinientos córdobas, valor berá reintegrarse cuantas veces se hayase equivalente a cinco acciones; el Socio doc· reducido. - Novena:- Duración de la So· tor Fernando Gutiérrez Gutiérrez, aporta la ciedad:-Esta Sociedad tendrá una duración cantidad de Quinientos Córdobas, valor equl· de diez anos a contar de la fecha en que va lente a clrico acciones; y el Socio Dn. Santos quede Inscrita esta escritura en el Registro Flores Ponce, aporta la cantidad de Qui- Mercantil, considerándose prorrogado el nlentos Córdovas, valor equivalente a cin· plazo, por otro periodo Igual toda vez que co acciones. También se suscriben además antes del vencimiento de los diez anos prl· las siguientes acciones: El socio Doctor meros, ta junta General no acordare lo Amflcar lbarra Rojas, suscribe veinte accio· contrario, y comenzará sus operaciones un nes; el Socio doctor César Amador Khul, mes después de inscrita esta escritura y los suscribe veinte acciones; el Socio doctor Estatutos, en. el Registro Mercantil.-Déci· Leopoldo Sánchez Gutlérrez, suscribe vein· ma:-Declslones y Acuerdos:-Tanto en las te acciones; el Socio doctor Rolando Santa· Juntas Generales Ordinarias como en las maria McNally; suscribe veinte acciones; el Extraordinarias habrá quórum con la con· Socio doctor César Zepeda Monterrey, sus· currencia de socios que representen por lo cribe veinte acciones¡ el Socio doctor Juan menos la mitad de las acciones aportadas a Ignacio Gutiérrez Sacasa, suscribe veinte la fecha, cuando se trate de la primera acciones¡ el socio doctor lván Garcfa Gon· citación; pero si por falta de ese quórum zález, suscribe veinte accione~; el Soclo no se pudiere .efectuar la sesión con la doctor jorge Garcla Esquive!, suscribe vein· primera citación, se citará por segunda· vez te acciones; el Socio doctor Rafael Gutié· y entonces habrá quórum con el número de rrez Navarrete, suscribe veinte acciones; el socios que asistan; y en todo caso, sus decl­Soclo doctor Carlos Castillo Alemán, sus· siones serán tomadas por mayorla de votos cribe veinte acciones; el Socio doctor fer· de los aslstentes.-Un Décimo:-De los Es· nando Gutiérrez Gutiérrez, suscribe veinte tatutos: - En los Estatutos se detallarán acciones; y el Socio don Santos Flores Pon· las atribuciones de la Junta de Vigilan· ce, suscribe veinte acciones, sumando todas cia y de las juntas Generales Ordinarias y las acciones pagadas y las suscritas un va· extraordinarias; se establecerá un régimen lor total de Treinta Mil córdobas. Las acciones de buena administración, de vigilancia en suscritas pueden pagarse· paulatinamente las operaciones del Gerente General y de pero deben estar pag1d2s en su totalidad los Gerentes especiales; el derecho de los dentro de un plazo no mayor de seis meses. Socios de conocer el empleo de los fondos Además. se emitirán acciones renumeratorlas sociales, lo mismo que se establecerá, de de i¡ual valor a favor de cada una de los acuerdo con lo estipulado en esta escritura, socios fundadores en compensación. a su el número de los Socios y participación del trabajo para la formación de la Sociedad; Capital que habrá de concurrir a las Juntas su valor total será equivalente al diez por en que se reduzca dicho capital, o en que ciento del capital social y se dlslribuirán se trate de la disolución o modificación de asl: cuatro acciones para cada uno de los la Sociedad. En todo lo no previsto en es· socios fundadores que firman esta escritura ta escritura ni en los estalutos se estará a lo con excepción del Doctor Fernando Gutié· dispuesto en el Código de Comercio sobre rrez Outiérrez a quien se adjudicarán seis Compaftlas Anónimas. · Duodécima-/unta acciones. El capital social podrá ser au· Consultiva: Habrá una junta Médica Con· mentado siempre que la junta General lo sultiva integrada por Socios que deben ser estime conveniente, bastando para tal acuer· médicos titulados, y estará compuesta de do, la mayorfa de voto de los asistentes. tres miembros;·un Presidente y dos Secrela· Séptlma:-Contablliiad y Balance:-La con· rios; serán electos por la Junta General Or· labilidad, los balances o estado financiero y dlnaria en la misma forma y por e~ mismo liquidación de utilidades, asr como su re· periodo que la junta Directiva, para llenar partimiento, será conforme las reglas de sus vacantes, se observará también lo esta· partida doble, en contabilidad; y los ba· blecido al respecto con relación a las men·. lances serán sometidos a la aprobación de cionadas juntas en esta escritura¡ sus miem· la junta General Ordinaria previamente a Ja bros podrán ser reelectos. Sus funciones y distribución de las ganancias.-Octava:- Atribuciones serán fijadas en los Estatutos. Fondo de Reserva:-De las utilidades de ca· Décima Tercera:-De la Disolución:-La da ano se reservará para la constitución y disolución y liquidación de la Sociedad ha· fondo de reserva, en una cuenta especial brá de ser, conforme lo prescribe el Código una cantidad no inferior a la yigésima parte de Comercio vigente, pero en cuanto a. los de las ganancias liquidas, anuales de la So· liquidadores, los firmantes de esta escritura ciedad, hasta qne dicho fondo, represente designan como tales, al Superintendente de por lo menos la décima parte del capital Bancos o sus delegados. Décima Cuarta: social¡ de esle fondo solamente podrá usar· Elecciones:-Los comparecientes en esta Es· se por acuerdo de la junta Dlrectiva,_ y de- crltura Constitutiva eligen por unanimidad

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de votos para el primer periodo, tanto para Ja junta Directiva como para la junta de Vi· gilancia y para la junta Médica Consultiva, a los siguientes socios, asf: /anta Directiva: Presidente, Doctor Amllcar lbarra Rojas; Se· cretario, don Santos Flores Ponce; Tesorero, Doctor Leopoldo Sánchez Gutiérrez; fiscal, Doctor Juan li?nacio Gutiérrez Sacasa; Vo· cal, Doctor César Zepei:la Monterrey. Junta de Vigilancia: Presidente, Doctor César A· mador KhOI, Secretarlo; Doctor lván Garcfa González; Secretulo, Doctor Carlos Castillo Alemán. junta Médica Consultiva: Pres!· dente, Doctor Rafael Gutiérrez Navarrete; Secretario, Doctor César Zepeda Monterrey; Secretario, Doctor juan Ignacio Outiérrez Sacasa.-También se elige en esta misma Es· crltura por unanimidad de votos al Doctor f ernando Guliérrez Gutiérrez, como el pri· me·r Gerente General de esta Sociedad. Asf se expresaron los otorgantes a quienes ad· vertr del valor, alcance y trascendencia le· gal de esta Escritura, de su objeto y natura· leza, del valor y eficacia de las cláusulas ge· nerates que aseguran la validez de este ins· trumento, lo mismo que el de las especiales que contienen renuncias y estipulaciones im· plfcltas y explfcitas; que testimonio de esta escritura debe inscribirse en el Registro Pú· bllco Mercantil de este Departamento y en el Libro de las Personas del mismo Registro Público, la obligación de hacer las publica­ciones legales de la constitución de esta So· ciedad, y dar los avisos de ley. Leida que fue por mi el Notarlo Integra mente esta escri· tura, a los otorgantes, la encontraron con· forme, la aprobaron y se ratificaron en to· das y cada una de sus partes sin hacerle nin· guna modificación, todo pasó en presencia de los testigos: senora Angela Rojas de Es· cobar, oficinista, casada y senorita Argenti· na Chávez, de oficios domésticos, soltera, las dos mayores de diecisiete anos de edad, y de este domicilio. firman todos conml· go. Doy fe de todo lo relacionado en esta escritura. Corregldo-peísonalmente-doc­tor-los--se- prescribe - Valen. Entre H· neas-doctor-y cirujano-y cirujano-Va· len. Testado-ni-No vale. Entre lfneas­dleclslete anos de-Vale.-C. Zepeda M.­R. Gutlérrez.-Culos Castillo A.-S. flores P.-J. Oarcfa Esqulvel.-César A. Amador K. L. Sánchez 0.-Fdo. Gutiérrez.-Amflcar 1· barra Rojas.-1. García G.-J.1. Gutiérrez Sa· casa.-R. Santamarfa M.-Argentina Chávez. Angela de Escobar-]. M. Gutiérrez. Pa· só ante mi, del frente del folio número uno, al frente del folio número ocho de mi Pro· tocolo número dieciséis, que llevo en el co· rriente ano. V a solicitud de los senores: doctor Amflcar lbarra Rojas; doctor César Amador KhOI; doctor LeopoldoSánchezGu· tiérrez; doctor Rof1ndo Santamarra McNa· lly¡ doctor César Zepeda Monterrey; ·doctor

juan 1 gnacio Gutiérrez Sacasa; doctor lván Garcfa González; doctor jorge Garcla Es· quivel; doctor Rafael Gutiérrez Navarrete; doctor Carlos Castillo Alemán; doctor Fer· nando Gutiérrez Outiérrez; y don Santos Flores Ponce, libro este primer testimonio en cinco hojas útiles de- papel sellado de ley, las cuales rubrico y al pie firmo y sello en la ciudad de Managua, Distrito Naclo· nal, a las once y diez minutos de la manana del dra catorce de Enero de mil novecien· tos sesenta y cinco. Hago constar que agre· go timbres fiscales por valor de cien córdo· bas, los cuales cancelo en forma legal.­Corregidos- cLa Ca Sa• -·firmantes d!­Fdo.-Valen.-Entrelfneas-pero deben es· tar pagadas - Vale•.-J. M. Gutiérrez.­(Hay un sello del Notario y timbres fiscales cancelados)>. La anterior escritura fué pre· sentada en esta Oficina, a las once y media de la manana del dfa diez y siete de estP. mes, según Asieinto No. 34,211, página .36 del Tomo CXXXIV del Libro Diario; y fué inscrita: con el No. t 0, 121, páginas 3/4 del Tomo XLII (-42-) del Registro de Perso· nas; y con el No. 3,300, páginas-280/8 del Tomo XC (-90-} del Libro 2o. del Regis· tro Mercantll;-ambos del Registro Público de este Departamento, el dfa de hoy.-Ma· nagua, Distrito Nacional, -jueves veintiuno de Enero de mil novecientos sesenticlnco.­Efrén Saballos.-(Hay sellos del Registro Público del Departarnento de Managua y timbre fiscal cancelado). ..

Es conforme con su 'original, y para su publicación en cLa Gaceta' libro la presen­te copia simple en cinco hojas útiles de pa· pel sellado de ley, las cuales rubrico y al pie firmo y sello en la ciudad de Managua, Distrito Nacional, a las cuatro y treinta mi· nulos de la tarde del día catorce de Enero de mil novecientos sesentlclnco.-J. M. Gu· tiérrez. '

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Mini1lerio de Economla

Traspaso de Franquicias y Privilegio& a favor de "Molinos de Nic. S. A."

Ministerio de Economfa; Managua, D.N., dieciséis de enero de mil novecientos sesen· tlclnco.-Las nueve de Ja maftana.

Vistos: Primero: La solicitud de la Sociedad

e Ernesto Chamorro E. Hijos Cfa. Limitada,, para que se apruebe el traspaso hecho a fa· vor de la Sociedad cMolinos de Nicaragua Sociedad Anónima•, de todos los derechos, privilegios y franquicias, contenidos en el Decreto de Claslflcaclón Industrial; No. 20,

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LA GACETA-DIAlUO OFICIAL

emitido por el Poder Ejecutivo en los Ra· mos de Economfa y Hacienda y C. P., con fecha 11 de agosto de 1964, publicado en cLa Gaceta>, Diario Oficial, No. 202 del 3 de Septiembre de 1964, a favor de s·u Plan· ta Industrial que Instalará en la ciudad de Oranada, y que dedicará a la producción de Harina de Trigo, especialmente. asl como a la elaboración de otros productos.

Segundo: La escritura pública número 42, autorizada en esta ciudad, por el Notario Dr. Reinaldo Sánchez Sánchez, a las 11 de la maftana del 31 de Diciembre de 1964, por en que consta que el lnll. don Alberto Cha· morro Benard, en nombre y representación de la Sociedad cErnesto Chamorro E. Hijos Cta. ltda.•, transfiere los mencionados de· rechos, privilegios y franquicias del Decre­to No. 20, del 11 de agosto de t 964, a fa· vor de la Sociedad cMollnos de Nicaragua

- Sociedad Anónima•. representada en dicha • escritura, por el Ingeniero Carlos Oómez

Argilello¡ y en la que consta también, que e&· ta Sociedad acepta el traspaso y asume las obligaciones consignadas en dicho Decreto y en la Ley de Protección y Estimulo al Des· arrollo . Industrial, y las obligaciones deriva· das de ese Decreto y esa Ley.

Considerando: Que los Artos. 21 inc.iso h) y .30 de la Ley

de Protección y Estimulo al Desarrollo In· dustrlal autorizan el traspaso de derechos, privilegios y franquicias de los Decretos de Clasificación Industrial, mediante el cumpli· miento de ciertos requisitos, que en este caso fueron debidamente satisfechos; por lo que es procedente aprobar el traspaso en referencia. ,

Por Tanto: El Ministerio de Economla, con funda·

mento en las dispo&iciones legales citadas,

,. Resuelve: · Primero: Apru~base r.I traspaso de todos

los derechos, privile~los y franquicias he· cho por la Sociedad cErnesto Chamorro E Hijos Cf a. ltda.>, a favor de la Socl~dad cMollnos de Nlc¡uagua Sociedad Anónima>, contenidos en el Decreto No. 20, del t t de agosto de 1964. publicado en •La Gaceta> No. 202, del 3 de septiembre de t 964, refe· rente a una Planta lnduslrlal que se dedica· rá a la producción de Harina de Trigo. es· pecialmente as{ como a la elaboración de otros productos.

Segundo: Publfquese esta Resolución en cLa Gaceta•, Diario Oficial.

Ricardo Parrales S.-Vlceminlstro de Eco. nomla.-Ante mf: julio Ricardo Aguilar.­Oflcial Mayor de Economfa.

Exención de Dep6aito Previo

· Decreto No. 24-DP. El Presidente de la República.

En uso de las facultades que le confiere la Ley de Protección y Estimulo al Des· arrollo Industrial, publicada en .La Oace· ta• No. 89 de 24 de Abril de 1958,

Considerando: 1

Que de acu~rdo con la Ley citada, a so· licitud del senor Napoleón Quant· el Minis· tro de Economla por Resolución de las diez de la manana del dla veinte de Enero de mil novecientos se~~nh y cinco, ctasificó como Necesaria de Industria Establecida la Planta de su propiedaJ, e5lablecida en la ciudad de León y dedicada a la confección de Vestuarios.

11 Que el senor Napoleón Quant apoyándo·

se en el Arto. 17 de Ja citada Ley, ha (n) SO· licitado para su Planta asf clasificada, la exención del Depósito Previo que las leyes vigentes establecen para la importacló~ de determinados productos, explicando la for· ma en que tales Depósitos afectan los cos­tos de producción.

111 Que la clasificación de Necesaria recafda

sobre la Planta en referencia amerita consl· derar favorablemente la procedencia de la solicitud mencionada, además de que los Depósitos Previos limitan la capacidad de .­la empresa para imp15ffar los arllculos nece· sarios para una producción constante pro· vocando con la disminución de los inven· farios atrasos en la producción con el con· siguiente aumento de su costo.

. Por Tanto: V en uso de las facultades que le confiere

la Ley de Protección y Estimulo al Desarro· llo Industrial de veinte de Marzo· de mil no· vecientos cincuenta y ocho,

Decreta: Arto. lo.-EI senor Napoleón Quant pro·

pietario de la Planta Industrial antes men· clonada queda (Q) exento (s) de la obliga· ción de efectuar el Depósito Previo que la Ley Reguladora de Cambios Internacionales establece para la Importación de aquellas mercaderfas que utilice (n) en la instalación. operación y mantenimiento de la Planta en reterencia, siempre que se trate de Importa· clones de materiales o artlculos que no se produzcan en Nicaragua en forma y canll· dad que permitan adquirirlos en condlcio· nes satisfactorias.

Arto. 2o. -La Plantt Industrial antes mencionada propiedad del senor Napoleón Quant, queda sujeta en relación con las lm·

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LA GACETA-DIAIUO OFICIAL

portaclones que efectúe conforme el articulo que antecede, a las obligaciones seftaladas en los Arios. 20 y 21, inciso i) de In Ley de Protección y Estimulo al Desarrollo lndus· trlsl. ·

Arto. 3o.-Para hacer uso de los dere· chos que se otorgan en este Decreto y ga· rantlzar el cumplimiento de las obligaciones correspondientes, la Planta mencionada, deberá someter al Ministerio de Economla, para su aprobación, una lista de los materia· les o artlculos que necesite importar y pre· sentar mensualmente al mismo Ministerio con copla al Banco Cenlral de Nicaragua, cuadro Informativo del movimiento de los artkulos importados al amparo de este De· creto, consignando en él las cantidades re· cibidas, sus existencias y las cantidades usa· das, as( como de los montos de éstos con expresión de las cantidades vendidas y en existencia.

·Arto. 4o.-EI Ministerio de Economla re· solverá sobre la aprobación de la lista de los materiales, la que se transcribirá al Ban· co Central de Nicaragua para que dicho Banco pueda autorizar las importaciones sin el Depósito Previo. En el caso de que la mencionada Planta necesite importar otros arUculos que los contenidos en la lista aprobada, deberá llenar los mismos trámites de presentación de lista para su aprobación.

Arto. 5o.-Las concesiones consignadas en el Arto. to. de este Decreto, llevan lm· pUcita la condición de que el Banco Central de Nicaragua, siempre queda en posibilidad ulterior de pedir al Poder Ejecutivo que re· voque o modifique la exención del mencio nado Depósito Previo, todo de conformidad con el Decreto No. 14 del Ministerio de Economfa publicado en .La Gacela• Diario Oficial No. 245 de 29 de Octubre de 1950.

Arto. 60.-Este Decreto comenzará a re· gir un dla despué1 de su publicación en el Diario Oficial cla Gaceta•.

Dado en Casa Presidencial. . Managua, D. N., a los veintitrés dla$ del mes de Ene· ro de mil novecirnlo9 sesenta y cinco.­RENE SCHICK, Presidente de la Repúbli· ca. -Ricardo Parrales,-Vice-Ministro· de Economla. ·

SECCION DE PATENTES DI! NlCARAOUA

Marcas de Fábrica . Nó ~36 -B¡U N9 54936- IS·' 8.20

Carrer11 Llmlted, de ln¡ilatcrra, por medio de a­poderado Caldera & Cfa. Ltda. Agentu de Marc11 de fábrica y C<>tnerclo de e1te domicilio, 1ollclta el regl1tro de la Marca de fábrica y C!)merclo que con1l1te en' la denominación,

HENLEIGH 1ola y 1in dletlntlvoe e1peclalu, mprc11 que 1e em·

plu conforme con el modelo prcaentado, para di•· tlngulr: Producto• de Tabaco y todo1101 demás ln­cluldo1 en cata Cla.e, Cl11e 20, (Praducto1 de Ta· baco).

Ovenae opoalcio11ee, término legal. Mlnl1terlo de Economr~. Oficina de Patentea de

Nlcaragua.-Managua, D. N, Velntilél1 de f.nero de mil noveclento1 "'enta y cinco -Juilán Bendaña S, Comi1lonado de Patento de Nlceragua·

. 3 1

No. 537-B/U-54037-4 9.00 . The Olllette Com1>1nr. de 101 E1t1do1 Unido1 de .

América, por medio de Apoderado, Caldera & Cf1, Ltda., Agentes de Marc11 de fábrica y Comercio de elle domicilio, 101lcila el registro de la Marca de fibrlca y Comercio que con1llte en la denoml· nación. ·

CASUAL·._ IOla y llD dfltlatlYH e1peclalU1 marca que IC em• plu coafome con el modelo presentado, para di•· tinguir: Preparacione1 para el Cabello y lo'.101 101 demib lncluldo1 en uta Cl11e, Clase 7, (Co1mético1, Perfumea y Preparaciones P'ra el Tocador), del Decreto No. 10 de 7 de Enero de 1956. !

Oyense oposlcionea, término legal. · Mlnlaterlo de Ecanomfa, Oficina de P.tenle1 de

Nlcaragua.-Man1gua1 D.N. tres de febrero de mil noveclento1 '"enta ·y cinco.-Jullán Bendaila S., Comialonado de Patente1 de Nicaraglll.

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N9 535 ·-B/U N9 54943- 4 8.00 lndu1trl11 Unid11 de Centroamérica S. A., de la

ciudad de Oranad1, República de Nicaragua, por medio de apoderado seilor Raúl Arana Lacaya, far• macéutlco y del mi1mo domiclllo, 1ollclta el regi•· tro de la marca de fábrica y comercio que con1l1te ea la denomlna~lón:

"lucasa" Marca que se em1Jlea conforme el modelo pre­

sentado, para di1ting11ir: Papel y Artfculo1 de E1-crltorlo, Clue 40, del Decreto N1>, 10 de 7 de l!ae-ro de 1956, ·

Oyenae opo1lcloDC1 término legal. Oficina de Patentes de Nicaugua. Managua, D.

N 1 trece de febrero de mil novecleato1 1nenta y clnco.-Jullán Bendalla S., Coml1lonado de Patea­tu de Nlcara¡ua.

3 l

N9 532 -8/U N9 54943- CS 10.00 Plá1tlco1 de Nlcara¡na, S. A., de uta Repdbllca,

por medio de apoderado Dr. Corncllo Henry Hüeck Plata, Abogado y de eate domicilio, solicita el re¡l1· tro de la Marca de Fibrlca y Comercio que con1l1· te en un exágono lrrrgular en cuyo• v~rttcee, unlen· do 1u1 lador, exl1ten diminutos drculo1 y dentro de .uh figura enmaruda la pahbra cPlull~lc•

marca que IC emplea conforme coa el modelo pr~-1eatado, para dl1tingulr: Bohu de Material Plástico derivado de cualquier ruina y para cubrir también todo tipo de Empaque Plbtico, de cu1lquler reli­aa y de cualquier cohir, empitcada en caju, B.>1111 o vendido a granel, etc. cl11e 2, (Receptáculo1), del Decreto No, 10 de 7 de Enero de 1956.

Oyea1e oposlclonu·t~rmlao legal.

·!

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL

Minlaterio de Economía. Oficina de Patente1 de Nicaragua. Manigua, D. N., veintiocho de Enero de mil noveclento1 1e1enta y clnco.-Jullin Benda­fta S., Comi1lon1do de Patente1 de Nicaragua.

1entado para dl1tlnguir: Producto9 de Petróleo, par­ticularmente un producto conocido como Kerosene o Queroalna. Cl11e 18, del Decreto No. 10 de 7 de Enero de 1956.

3 1

N9 533-8/U N9 54041- • 10.00 Plá1tico1 de Nicaragua, S. A., de eata Repúblle1,

. por medio de apoderado Dr. Cornello Henry Hüeck Plata, Abogado y de eate domicilio, 101fclta el re· gistro de la Marca de fábrica y Comercio que con· 1hte en un exágono Irregular en cuyo1 vértlcea, uniendo 1u1 lado11 exhten diminuto• cfrculo1 y den· tro de esta figura enmarcada la palabra •Terrafilm•:

marca que 1e emplea conforme con el modelo pre· notado, para dl1tlngulr: Producto• Plá1tlco1 deri­vado• de Cualqulet Realna que ae Presentan ea for· ma de iámlnu delgad11 y sirven para hacer Re­cubrlmlento1 de zanj11 de Riego, bol111 para Almá clgo y de todo tipo, Carpu para todo fin, etc., cl1. 1e 1, (Materia• Prlm11 y Parcialmente Preparadat), del Decreto No. 10 de 7 de Enero de 1956.

Oyenae opo1iclonea thmlno legal. Minl1terlo de Econom(a. Oficina de Patentea de

Nicaragua. Managua, D. N., veintinueve de Enero de mil noveclento1 1eeenta y clnco.-Jullin Benda­ila S., Comisionado de Patente1 de Nicaragua.

3 1

N9 534:.....e¡u N9 54042- ~ o 20 PIA1tlco1 de Nlcara¡iira, S. A., de eata República,

por medio de apoderado Dr. Cornello Henry Hüeck Plata, Abo¡iado y de e1te domicilio, .1ollclta el re­glatro de la Marca de fábrica y Comercio que con-1l1te en un rectia¡iulo y dentro de una figura en­marcada la Palabra •fle1tu.

l ....

marca que ee emplea conforme con el modelo pre­notado, para dlatln¡iulr: Bolaa1 de Material Pláltlco Derivado de cualquier Remlna y para- cubrir tam­bién todo tipo de Empaque Plástico, de cualquier Reaina y de cualquier color, Empacado en Caj111

801111 o Vendido a Oranel, etc., clue 2, (Recep­táculo1), del Decreto N9 10 de 7 de Enero de 1056.

Oyenae opo1lclone1 término legal. Mlni1terio de Economla. Oficina de Patentes de

Nlcar1gua. Managua, D. N., veintiocho de Enero de mil noveclento1 1e1enta y clnco.-Jullán Ben­dafta S., Comialonado de Patentee de Nicaragua.

3 1

Np 543-B/U Np 54946- • 8.20 E1&0 Standard 011 S. A., llmlled, de 111 hl11 Ba­

h1m11, por medio de apoderado Dr. Vicente Navu A., abogado y de eate domlclllo, 101lclta el reglatro de la marca de fábrica y comercio que con1l1te en la expresión.

"Llama A~ul oLlama~ul"

Oyenae opo1lclone1, término legal. · Oficina de Patente1 de Nlcar1gua.-Managua, D. N., trece de febrero de mil noveclento1 1e1enta y clnco.-Jullán Bend1ila S.-Comhlonado de Paten­te1 de Nicaragua.

3 l

. N9 538- B/U NQ 62272-4 8.40 Booth'• Dlatlllerle1 Llmlted, de Londres, lnglate·

rra, por medio de apoderado• 1ei'lore1 Caldera & Co. Ltd1.1 Agente de Marcu de fábrica y Comer­cio, de este domlclllo, 1ollcltan el reglltro de lu marcu de fábrica y comercio que con1laten en tu denomlnaclonea:

Robka Cossack

Sol11 y sin dl1tlntlvo1 e1peclale11 marc11 que 1e emplean conforme con el modelo preaentado, para dlatlngulr: Licores Alcohóllco1 y Todo1 101 Demál lncluldo1 en uta Clue, Clue 52, del Decreto No. 10 de 7 de Enero de 1056.

Oyente oposlclonee, tl!rmlno legal. Oficina de Patente1 de Nlcaragua.-Managua, D.

N., velnt11lete de Enero de mil novecientos 1eaenta y clnco.-Jullán Bendafta S.-Coml1fonado de Pa­tentes de Nicaragua.

3 l

N9 530-8/U NQ 62273-<$ 8 60 Knoll A. O., de Ludwlg1bafen Am Rheln, Ale­

manl1, por medio de apoderado• aei'lorea Caldera & Co. Ltda. Agentea de Marca• de fábrica y Co­mercio, de eate domicilio, 101lcltan el re¡i11tro de lu marc11 de fábrica y comercio que con1l1ten eu l1w• -denomlaaclonea:

Rheotrao. Talusio.

Sol11 y aln dlatlntlvos eepeclales, Marcu que ae emplean conforme con el modelo presentado, para dl1tlngulr: Producto• Medicinales y Farmaccfotico1 en Oeneral y todo1 101 demá1 incluido• en eeta Cla­me, Cl11e 9, del Decreto No. 10 de 7 de Enero de 1956.

Oyenae opo1lclone11 término le¡ial. Oficina de Patente1 de Nlcara2u1.-Managua1 D.

N., velnt11lete de l!nero de mil noveclento1 11senta y cinco.-Ju116n BendaftaS.-Comlelonado de Paten­tes de Nicaragua.

3 1 •

SECCION JUDICIAL Remates

N9 500-B/U Np 24!130-· 7.60 Cuatro tarde del doce de Marzo ano corriente, 1u·

b11tare1e finca rúltlca, local é1te Juzgado, denomi­nada •Villa Oiga•, situada en cl11 Jinotepea•, como a do1 leguu 1uroeate e1ta ciudad, 1obre carretera conduce a é1ta ciudad a la de Olrlamba, con exlen-1lón 1uperflcl1I de cinco mil var11 cu1drad111 lln- . dante: oriente, camino enmedio, terreno• de Hora· clo Aguirre Muftoz; occidente, propiedad de Oabry Rlv11, el cual e1 parte del Inmueble que ae describe¡ norte, lote de Oraclela Caatlllo de Piafa; 1ur1 lote de Isabel de Solórzano. Contiene c111 e1tllo ChaleL

Marca que H emplea conforme coa el modelo pre· Bame:-Trelata y nueve mil córdoba•.

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 557

• Ejecuta:-Compañ{a Nacional de Se~uroa de Nl-car11gua a Oabry Rlvu y a doi'la Oiga Rlvu de Rl­v11.-0yen1e po1tur11 legales.

Dado juz!lado Segundo Civil del Dl1trlto.-Mana· gua, once Febrero mil noveclento1 1e1enla y cinco. -LBI cuatro larde.-H. G. Llbby.-Ramón Urblna Sri o.

3 2

N9 501-B/U N9 54931-· 10.40 Cuatro tarde del cinco de Marzo afto corriente,

aubutause local este Juzgado, finca urbana y res­pectiva mefora, 11tuada Cantón Candelaria esta clu· dad, en uqulna que forma inter1ercl6n 3a. avenida Este y 4ta, calle norte. Dicha 1ub11ta recaerá y com· prtnde un Inmueble a cutrpo cierto, lindante: nor­te, predio de1membrado tn1crlto bajo el número 36.699, perteneciente a Juana lópez de Mezt; 1ur, calle enmedlo, casa y 1ol1t herederoa de Domingo Sallnu; oriente, casa y 1olar de Emllta Rei'lazco; Occidente, avenida enmedlo, can y 1olar de Mar­celina López Calleju. El Inmueble a 1ub11tarse eatai Inscrito con numero 36 696, Torno CDXGVI, follo 163, aliento to., Sección Derechos Realu, Regl1tro Público este Departamento, Libro de propiedade1.

Bue:-Treinta y eels mll ochoclento1 cincuenta y cuatro córdobu.

Ejecuta:-Compai'lfa Nacional de Seguros de Ni­caragua a Juana López de Meza, Oyense po1tur11 legales.

Dado juzgado Seaundo Civil Dl1trlto.-Managua; once febrero mil noveciento1 1eaenta y cinco. - La1 cuatro tude.-H. G. Llbby.-Ramón Urblna H., Srlo

. 3 2

N9 501-B/U N9 5¡935...:.. 11.20 Once de la mailana próximo dfa do1 de Marzo de

mil noveclento1 1eaenta y cinco locaJ e1te juzgado. • 1ub11tarbe finca rústica situada en la comarca de

Pal11gua, juriedlcclón del pueblo de Matlguá•. De­partamento de Matagalpa, la que consta de un mil manzanu de exten1lón 1uperflclal, conteniendo mb o menoa cien m1nzan11 de potrero, ya perdi­do•, ala cerco1, reato de la propiedad, tacotalea y montaftu. Todo comprendido bajo 191 1igulentea ltndero1: Norte, Guillermo Enrfquez y, Margarito Téllez; Sur, propiedad del Dr. Mej(a, Fllemo Be­nftez, río de Rulg11ca de por medio; Oriente, RI· cardo Chavarría y Francisco Méndez; Oe1te, Bruno Manzanare1 y Paula Oonzález.

f.jecudón: Banco Nac•onal de Nicaragua verau1 Miguel Angel Meneaea Castellón. . . B11e del Remate: Treinta y Cuatro Mil Treaclen­

to1 Veinte Córdobu. Oyenae pottur11. Dado en el juzgado Primero para lo Civil del Df1,

trlto de Managua, a lu onc:e de la mailma del Jfa doce de Febrero de mil noveciento1 se1enta y cinco. - Testado- Mil - 001-no vale.-fntre lfne11-Velnte-vale.-Jo1é frne1to Bendaila, juez Primero para lo Clvll del Dl1trlto de Managua.-0. Nohel Vlllavo, Srlo, 3 2

N9 505-B/U N9 849i-t 7.00 Nueve y cuarenta y cinco minutos de la mailana

veinticinco Febrero corriente, venderán.e al marti­llo y al mejor po1tor en este Juzgado, 1lgulentea. 1•movientea, todo• herrado!: una vaca ho1ca; do1 novi11011 uno hlpato y otro negro loro¡ doa toretea colorado1.

Ejecuta: jo1eflna Hernández D. a lrma Acevedo 'Alduvín, pago de Un Mil Seteclento1 Cincuenta Córdobu, juicio ejecutivo.

Oyenae po1tur11 lrgalea. Dado Juzgado Distrito Clvll.-León, tre1 febrero

mil noveclento1 aeaenta y clnco.-Mario Mayorga QuiDtanllla, Secretarlo. •

3 2

No. 514 -B/U No. 42757- CS 7.88 Trea tarde cuatro Marzo corriente ailo, aub11ta­

rue mejor postor propiedad ubicada en Wanawas, jurl1dlcción de Matlguáa de este Departamento, de ochenta manzanas de exten1lóa, terreno Nacional, conteniendo dlferentu mejorae y cultivos, todo con e1to1 lindero•: oriente, f'lorenclo Murlllo; occiden­te, Humberto Herrera; Norte, Francisco Alvarez¡ 1ur, Lorenzo Molinares y Faustino Campo.-Bue del remate Ochocientos C6rdob11 neto1.

Ejecuta: Darlo Picado Vega a Marco Antonio Gonzailez Picado.-Oyense término legal.

Dado Juzgado Local Civil.-Mall galpa, veintiocho de Enero de mil novecientos aeaenta y clnco.-Fran· co Montenegro L. - C, A. Hernández., Srlo,

Ea Conforme.-C. A. Hernaindez., Srlo. 3 2

N9 516-B/U N9 54930-4 7.40 Cuatro veinte minutos tarde veintiséis febrero

corriente ailo 1ub11taráse local ute Juzgado finca urbana situada 1uroe1te Manigua, un mil trelatldós var11 cuadradu superficie, ea101 linderos: oriente, camino Jocote Dulce; occidente, resto terreno Ma· rfa je1ú1 Martfnez de Mufs; norte, Trave1la de Tl1-cap1 y 1ur, realo milmo terreno Marra jesús Martr­nez de M11h.

Ejecuta: Alicia Bsrberena Mejí1-v1-Marra Je· 1d1 Martrnez de Ma1h.

Bue: 4 20.060.00. Dado Juzgado Segundo Civil Dialrlto. Managua,

nueve Febrero mil novcclerito1 1eaentlclnco.-Héc­tor Ouillertno Llbby.-Crlsanto J. Chamorro.-Silo.

3 2

N9 450 -8/U N9 42752- t 8.04 Tre1 tarde Telntlaéls Febrero próximo, e.te Juz ..

gado, remataráse mejor postor, finca rú1tlca, can.a-· da La Caetllla, esta jurisdicción, treinta manzanaa, conteniendo mrjoru, ltndante: oriente, predio de la seilorlta Evangellna Rizo y Eduardo González Ora­nadoa; occidente, predio del aei'lor Juan Ochoa González; norte, predio del aeilor Pedro Jarqurn Sánchez y 1ur, predio• de 101 aeilarea Salomón Ri­zo, Eduardo GGnzález Granado• y el 1eilor vrctor Floru.

Valorada: Q11lnlento1 Córdobu. Ejecu•a: · Alejandro Sáenz Montenegro a Rodrigo

Salomón Oondlez. Oyénte po1tur11. ' Dado Juzgado local Civil. M1ta¡1lpa, do1 fe­

brero de mlt nGveelenlo11e1enta y clnco.-Eduar­do Montenegro L.-C. A. Hernaindez, Secretarlo .

. 3 2

N9 475 -B/U Ns> 14613- 4 3.20 Tru tarde, vefntldó1 corrlenre mea, rcmahráae

urbal'la, jurl1dlcclón de Tl1m1, lindante: Virginia Barahnna; poniente, jo1é Dolorc1 Sequelra, calle¡ norte, Manuel Romero; 1ur, fellpe Oonzález.

E.jecucióri: Gustavo Miranda a Amalia Oonzález, 1uceeora Adoifo González.

,Bue: Quinientos Córdobu. Dado en el Juzgado Local Civil. Mauya, trea

Febrero mil noveciento1 1eaenta y clnco.-Carlo1 Martfnez L., Sec retarlo.

3 2

N9 455-B/U Np 54912-$ 30.00 Cuatro tarde del nueve de Marzo corriente afto,

sub11taraite local, é1te juzgado 101 1lgulente1 In­muebles: A)-Cua y 1olar situado sobre la Dlecl-1éh Calle 1ur-oeate, entre once y doce avenida aur - oeste, lindante: norte, predio de Char Ouerra, dlecf1él1 calle 1ur-oeste enmedlo; 1ur, terreno• de Aura Vella Zelaya de Ponce, que a 1u vez lindan con dlecl1lete calle 111r-oeate¡ e1te1 c1•a y solar de Jor¡e Carrlón Montoya y oe1te1 ca11 y 10-lar de Roberto Martínez h., predio• vado1 enmedlo.

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558 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

El l;imueble descrito se 1ub39tará a cuerpo cierto y 1e encuentra ln1crito con número 36.107,atlento lo., follo1 29 y 30, Tomo 490.-8)-Predlo urbano 11t11a· do en el lugar denominado cfl Recreo•, que mide velntllél1 varu de frente, de oriente a poniente, por cincuenta varu de fondo, de norte 11 1ur, compren­dido dentro 1lgulente1 ltndeM1: norte, terreno• de Viola Zelaya de Guerra, diecl1él1 1ur-oe1te enme­dlo¡ sur, tureno1 de Aura Vella Zelaya de Ponce, prmettd o~ v~nder a Daniel Bonilla Laprade¡ orlen te, terrenos de Aura Velta Zelaya de Ponce y occi­dente, terreno1 de Margarita Bonilla de Alfuo.-Se encuentra ln•crlto bajo número 30.246, asiento 2o., follo 189, Tomo 405, amb11 ln1crlpcione• en Regi•· tro Propiedad Inmueble, Sección Derechos Realet, eete Departamento

La Bue de la 1ub11ta para 101 do1 inmueble1 en conjunto ea cuarenta mil córdob11.-Lo1 do9 Inmue­bles deacrlto1 1ituado1 en uta ciudad.

Ejecuta: Compaftfa Nacional de Seguro• de Nica­ragua a .\ura Velia Zelaya de Ponce y al •~flor Wi· lliam Eltr1da Vélez.

Oyen1e postur11 legale1. Dado juzgado Segundo. Civil del Dlalr:to.-Mana·

gua, velnthéls Enero mil novecientos 1eaenta y cln­co.-Las cuatro tarde.-Entrelíneu ·este Juzgado­Vale.-H. O. Llbby.-Ramón Urblna C.-Srlo.

3 2

N9 452-B/U N9 4l75i-4S 7.24 Tres tarde cinco Marzo, eate juzgado, rematarále

meior postor, finca rúetlca, do1 manzanu, Ouugua· 11, eata Juri1dlcclón, conteniendo mejor11, lindante: oriente, julio Ouzmán, rro enmedlo¡ occidente, Da­vid Oliv11, camino a Jinotega¡ norte, Patricio Zele­dón Otero; tur, Bayardo Oonzález, camino enmedio.

Valorada: do1ciento1 córdob11. Ejecuta: Antonia Blandón de Z.ledón a Abelino

Zeledón Otero. Oyente poaturas. Dado Juzgado Local Clvll.-Matagalpa, 1el1 Fe­

brero mil noveclentoa 1esenla y cinco.-franclaco Montenegro L.-<.;. A. Hunández.-Srio.

Ea conforme.-C. A. Heroández.-Secrelarlo. 3 2

N9 456-B/U N9 42753- • 7.16 .~ Tres tarde do1 Marzo próximo e1te juzgado, re­

matará1e mejor poator, finca rústica Lauló, jurl1dlc­clón Maliguál e1te Departamento, conteniendo me­jor11, ciento cincuenta manzanu, lindante: norte, Jo1é Luis Mart(nez y Luclana Téllez; sur, Joaé Ca­brera¡ oriente, Máximo Alarcóo; occidente, juan y André1 Martfoez.

Valorada: ochoclento1 córdob11. Ejecuta: P11cu1l Sánchez Centeno a Josefina flo-

rea. Oyeue po1tur11. Dado juzgado Local Civll.-Matagalpa, tres Fe­

brero mil noveclentoa 1esenta y clncó.~Franclaco Montenegro L.-C. A. Hernández. - Srlo.

El conforme.-C. A. Hernández.-Secrelarlo. 3 2 f

Títulos Supletorios N9 542-B/U N9 58021- t 7.60

Raúl LanuZ1, m1yor, casado, 1gricultor, domicilio San Nlcolát, 1ollcita Ululo aupletorlo, do1 lotes te­rreno propio de diez m1nun11 cada uno, ubicado• 11110 San Nicoláa, lindantes uf: lote 1)1 oriente, Ellu Lanuz:a¡ poniente, Juan y Raúl Lanuza, calle enme­dlo¡ norte, Elfn Laouza¡ sur, calle en medio, Antonio Lanuza.

Lote b)-orleate, Elfu Lanuza¡ poniente, fausto Sal11, Porfirio Anuz y Raúl Lanuza, calle enmedlo¡ norte, calle enmedlo, Venanclo Sal11 y 1ur, Elf11 La· nuza. .

latere11do1, opóDK•n1e. ., ¡~:.... •: .l!i!

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Dado Juzgado Civil Dhtrlfo.-Le6n, velnfüél1 A­go110, mil novecientos eesenta y cuatro. -R. Q¡car Santo1.-Secretarlo.

3 1

N9 5t5-B/U N9 58020- • 6.20 Jo1é Maria Salas, mayor, cando, agricultor, domi­

cilio San Nicolb, 1ollclla Ululo 111pletorlo, finca quince manunu exten1i601 terreno propio, domici­lio San Nfcofá1, lindante: oriente, Antonio Salu¡ poniente, fau1to y Pedro Sal11¡ norte, Fausto S1lu y 1ur, Angel Oullérrez.

lntere11do11 opónganse. Dado juz¡ado Civil Dl1hlto.-le6n, 1iete Noviem·

bre mil noveclento1 1eaent1 y cuatro.- R. Osear San. to1.-Secretarlo.

3 l

Np 5~6-B/U Np 58011-CS 7.00 Maclovla Guzmán de Solf1, mayor, casada, oficio•

domé1tlco1, domicilio Nagarote, 1ollcita titulo au­pl•torlo, inmueble urbano ubicado ciudad N11garote, León¡ tiene 1olar diecinueve var11 por costado, u­qulocro, con cu11 alele vaus largo y sel• 1ncho, a­gua pot1ble.-L1nd1nte: oriente, fraacitca Outmáo¡ poniente, calle enmedlo, Celettlno Baca; norte, calle comedio, faudo MarUnez y 1ur, Conceptión Ojeda Sal azar. ,.

lntere11do1, opónganse. Dado Juzgado Civil Df1trlto.-León, diecinueve

Diciembre mil noveciento1 1esenta y cuatro.-R. 01-car Santo1.-Secretario.

3 1

N9 547-B/U N9 58012._ ~ 6.80 Oenara Martfnez, mayor, ca.ada, of1cio1 doméati­

co1, domicilio El Sauce, 1ollcita título 1upletorlo, lote terreno propio, do• manzanu y media ex1en-1lón, 1ltlo San francl1co, jurisdicción El Sauce¡ lla­mado La Cofradía, lindante: orleotl', c•mlno enme­dlo, Lul1 Avllez; poniente, camino comedlo, Teodo· ro Plchardo; norte, camino enmedlo, Cándida Mar­Unez y 1ur, Jullán Qu1ftónez.

lntere11du11 opóngao1e. ·· · Dado Juzgado Civil Di1trlto.-Le60 1 velntl1~l1 e­

nero mil noveclento1 a·e1ent1 y clnco.-R. Otear Sa!J• tos.-Secretarlo.

•. . 3 1. :-: ., . · . ."')"

No. 548-B/U No. 58023 - • 7.00 . Pedro Contreru, mayor, c11ado, •Krlcultor, do­

micilio N1garote, 1olicita título 1upletorlo, terreno propio, cinco manunH, ubicado sitio Copaltepe, N1garote, trca cuarto• manun11 de ch1giiite y re1to potrero•; lindante: oriente, camino. comedlo, )nato Germen lópez e Ignacio López Lampfn; poniente, camino enmedio, Alfredo López¡ norte, camino ea­medio, Ernello López y 1ur, joeé Sánchez.

lntere11do11 opónganse. Dado Juzgado Civil Di1trlto.-León, 1iete Noviem­

bre mll noveclento11~1enta y cuatro.-R. Otear S111-to1.-Secretario.

3 1

N9 550-B/U N9 58018- t 7.BO Marina Sánchez viuda de S1m1yo1, mayor, viuda,

oflcio1 domé1tlco,, domicilio El Charco, jurl1dicción Lureynaga, departamento León, 1ollclta titulo au­pletorlo, terreno propio, ubicado cuerfo El Chuco, juri1dlcción Larrtynaga, conahtente: 1olar velntt­clnco varas de frente por cincuenta varas de fondo, terreno propio, coa c111 dieciocho varaa largo y diez 1ncho, hay pozo, pila y excu1ado.-Todo lin­dante: oriente, calle enmedlo, Marina Slinchez v. de S1mayo1¡ ponlrnte, Eduardo Romero¡ norte, P11tor Andino y 1ur1 Rlgoberto Oarcla. . ··

loteresadoa, opónganee. · · Dado. juzgado Civil Di1lrlto.-Le6n, trca junio

mil novecl,atoa 1c1ent1 y cuatro.-R. 0Kar Santoa, Sccrctarlo, 3 1

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' ·------------------------LA GACETAT""DIARIO OFICIAL 559

N9 549-8/U N9 58019- ' 680 Mula de 101 AnRcles Rayo, mayor, casada, oficios

doméstico•, domicilio San Nlcolá1, aollclta titulo aupletorlo, finca trtlata manzaa11 extcnalón, juris­dicción 111 domicilio, cercada con ca11 y llndantt: oriente, faudo Sala1¡ poniente, Santiago y José Ma· ira Orozco; norte, fausto Sal11 y Cerro T1bog1¡ y 1ur, Fau1to y Jo•é María Salas.

lntcre11do1, opónganse. Dado Juzgado Civil Dlstrlto.-León, alele Noviem­

bre mil noveclcato1 ae1enta y cuatro.-R. 01car San­to1-.Sccretarlo,

3 1

N9 541-.B/U N9 58022-t 8.60 ' fausto Salar, mayor, casado, agricultor, domicilio

San Nlcolb, solicita Ululo 1upletorlo, finca llama­da Hato Viejo y La Majada, 1eaenta manzana• ex­tensión, formada por do1 lotes colltlguo1, u110 de cuarenta y otro de veinte manzanaa, en medio de ello• hay un camino. Lote cuarenta manzana! lin­da: Oriente, Vicente Rayo y Hcrlbcrto Dávlla; Po· nlente, Raúl y Lanuza y Santiago Orozco; Norte, Antonio LanuZ1 y Antonio Sal11 y Sur, camino en medio; Antonio Sal11.

Lote veinte manzanas, llnd1¡ Oriente, Antonio Sal11; Poniente, jo1é Marra Salu; Norte, camino en medio, fan1to Sal11 y Sur. Laurcano Salomón Ra· yo, ubtcado1 jurl1dlcclón San Nlcolb.

lnteruado1: Opóngan1e. Dado juzgado Civil Dl1trito.-León, siete No·

vlembre mil novecleto1 sescnticuatro.-R. Otear Santos-Srlo.

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Terrenos Municipales N9 275-B/U N9 44330- 4 6.60

Salvador Oarcfa, 1olicita arriendo terreno Muni­cipal, diez afto1 costa la¡una esta jurl1dlcclón.-Ml­de: treinta var11 de frente por cincuenta de fondo. Limita: oriente, carretera a Nlndirf; poniente, terreo: no Municipal; norte, terreno Municipal; 1ur, 011 A­rbalo.

Op6ng11e término legal. Alcaldía Municipal, -Maaatepc, diecinueve de E­

nero de mil aoveclento1 1caenta y clnco.-Oerardo A. Oaltán 0.-Alcalde Munlclpal.-Lcyla A. Beteta L.-Srla. 3 3

NQ 273-8/U N9 29703- • 8.50 . babel Laguna de Roj11, 1ollclta donación 1olar

Municipal donde tlen: can en esta ciudad, forma Irregular lado oeste, frente el ancho v~lnthéi1 var11, lado este termina trelntlaéis varas, fondo largo lado norte, cuarentidós var11; lado sur, trctntlaél1, cerca­do piedra y alambre, !Imitado: oriente, solar Cle -mcncia v. de BcrmúJci¡ occidente, calle comedio c11a y 1olar Aaunclón Laguna¡ norte, la de Juana Catarlna Rulz de L1guna; aur, 1a·de E1pectaclón La­ra J solar Encarnación Laguna.

Quien tenga derecho opóng11e, término de ley. Alcaldía Municipal, ciudad Darlo, quince de Ene·

ro de mil noveclento1 1uenta y clnco.-A. Laguna C.-Juan J. Rulz.-Srlo.

Et conforme.-Juan J. Rulz M...rSrlo. 3 3

119 272-8/U N9 29702- 4 8.10 Cresenclo Rlo1, 1ollclta donación 1olar Munlcip11l,

donde tiene casa en cata ciudad, mide de frente el ancho veintinueve varu y media, por cuarenti1él1 var11 fondo de largo, forma de cuadro, cercado pie· dra y alambre, limitado: oriente, cata y tolar Flde­llna Oómcz y la de Josefa Luna; occidente, la de To­mál techado; norte, CRlle cnmedio la de Julián Al­veana¡ 1ur, c11a y 1olar 1uce1lón Culmlro Vclá&· quez.

Quien ten¡a derecho opón¡aae término de ley.

Alcaldfa Municipal. -Ciudad LJarfo dieciocho de Enero de mil novecientos aeac11ta y clnco.-A. La­guna C.-juan J. Rulz.-Srlo.

fa conforme. Juan J. Rulz M.-Srlo. 3 3

N9 274-B/U N9 29704 - 4 7.00 Pedro Pablo Martrncz, aollclta dtJnaclón aolar

Municipal donde tiene cua burlo la Ermita cita ciudad, mide frente diez varu ancho, veintiocho largo fondo t"m'na dos varu ancho, llmítase: o­riente, norte, 1ur, propiedad francisco Rojas¡ occl­dentt, predio Manuel López.

Quien tenga derecho opóngan1c término de ley. Alcaldía Munlcfpal.-Cludad Darlo vclnthél1 E­

nero mil novcclento1 aeacnta y clnco.-A. Laguna C. Ja1a J. Rulz.-Srlo.

Éa conforme: 'uan J. Rulz M.-Srio. Mpal. 3 3

N9 439-B/U N9 21689- • 6.24 Santiago Araüello Ouillén y julio Cé11r Vidaurre

Cerda, solicitan donación solar cita rludad, treinta varas frente, 1eaenta fondo, e.to• llndcroa: Oriente, Carretera Panamericana¡ occidente, propiedad Hum· berto Padilla¡ Norte, 1olar Martln Ordofte1; Sur pre· dio José Benito Padilla.

Derecho• opónganac. Alcaldía Municipal Somoto trct Febrero mil no­

veclento11uentlclnco.-01car Pefta Rlv11., Alcalde Munlclpal.-8. Valcrlano O., Srlo.

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N9 440 - 8/U N9 21688 -4 6.12 Roaalfa Mcndoza de Vllchez, 1ollcita donación

1olar esta ciudad, diez var11 frente, trclntllré1 una tercia fondo, esto• linderos: r..iortc, propiedad Crl1· tina Rodríguez: Sur, propiedad Juan Baull1ta Men­dOZlj E1te, 1olar AquUino Oómcz; mediando Ave­nida Central¡ Oeate, solar Jo1efana Hernández.

Derecho• opóngan1e. Alcaldía Municipal, Somoto tréa febrero mil no­

veclcnto1 ae11entlclnco.-01car Pefta Riv11N Alc•lde Munlclpal.-B. Valcrlano O., Srlo.

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N9 476 - B/U N9 25283 - 4 6.80 Benito Arauz Cruz, este domiclllo, 101lclta dóne­

aele 1olar ubicado cantón Calvario, eata ciudad, veinte varas una tercia frente, treinta y trc1 varas una tercia fondo, lin:1antc: oriente, francisco Mollna A., calle en medio¡ occidente, jo1é Rafael Mejfa¡ norte, Angela Castillo; 1ur, Oregorlo e kma Chavarrfa. .

Quien pretenda derecho opóngase término legal. Dado Alcaldía Municipal. Ciudad E1tclí, diez

maftana aci1 Febrero mil novecientos eeaenta y cln· co.-Orlando Moncada.-J. Barrantea h., Srlo.

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Sentencias de Divorcio No. 525-B/U No. 7803-, 16.40 Corte de Apelaciones.-Sala de lo Civil.

-León, las nueve y diez minutos de la ma· ftana del trece de Agosto de mil novecientos sesenta y cuatro. Vistos, Resulta ... Consl· derando ... Por Tanto: De conformidad con las disposiciones citadas y los Artos. 436, 424, Pr., y 181 C., los infrascritos Msgistra· dos dijeron: 1)-Declárase disuelto por mutuo consentimiento el vfnculo matrimonial civil que une a los seftores Faiz Foraj Selli y jari· fe Margarite janine Zapata que contrajeron ante el juez Local Civil de Chinandega a las ocho de la noche del df a dieciocho de A· gosto de mil novecientos sesenta y dos y. que se Inscribió en el Registro del Estado Civil

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Page 16: 1 REPUBLICA DE NICARAGUA l - Sajurin · 2017. 2. 13. · 1 ~ l 1 , REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL Director: ENRIQUE MARIN UBAGO Administrador: CLIFFORD C. HOOKER y REYES Teléfono

uo LA. GACETA-DIARIO OFICIAL

de las Personas de aquella ciudad, bajo el número 147, págida No. 287 del Tomo No. 10 del Libro de Registro de Partidas de Ma trimonios, en acta de las nueve de la manana del veintidós de Agosto de mil novecientos

... sesenta y dós. 11)--No hay pensiones entre ' los cónyuges por haberlo ellos convenido

asf. lncrfbase esta resolución en el Registro de Personas y en el del Estado Civil de las Personas de Chinandega, anotándose al margen de la partida correspondiente, la cual queda cancelada. Asf se confirma la sen· tencla consultada.

Publiquese esta resolución en cla Oace· ta,, Diario Oficial.

lfbrese la ejecutoria de ley, y con testimo· nio concertado de lo resuelto vuelvan los autos al juzgado de su origen.-Enmendado -Juez local-que-consulta-valen,...::_AI· berto Argílello V. - Pedro Reyes M. - O. Areas Rojas.-Raúl Bermúdez B., Srlo.

Es conforme con su original.-león, die· clséis de Enero de mil novecientos sesenta y cuatro. las nueve y cinco minutos 'de la manana.-Entre lfneas-'de Chinandega­vale.-Raúl Bermúdez B., Secretario de la Sala de lo Civil de la Corte de Apelaciones de León. 1

No. 530 - B/U - No. 7043 -<J 9.00 Corte de Apelaciones, Sala de lo Civil.

león, las nueve y cinco minutos de la ma· nana del nueve de Diciembre cte mil nove· cientos sesenta y cuatro. Examinadas las presentes diligencias, Resulta: Se Considera: Por Tanto: Y de conformidad con' las dispo­siciones citadas y Arlos. 413, 424, 436, 446, 2016, 2050 Pr. ~ 90 inc. lo. L. O. TT., los Infrascritos Magistrados, dijeron: 1).-Se de clara disuelto por mutuo. consentimiento el vinculo matrimonial civil contraido por los seftores Salvaddr Reyes Hernández y Ampa· ro lanzas Urblna !l las cinco y quince minu·

, tos de la tarde del dfa veintinueve de Diciem bre de mil novecientos sesenta y uno, ante los oficios del senor juez 1 o. Local Civil de esta Ciudad, el cual se encuentra inscrito ba· jo el No. 218, follo 447, tomo 1 del Libro de Matrimonios del ano mil novecientos sesenta y ·cuatro. 11).-la guarda de la menor Clau­dia Maria Reyes lanzas, queda a carga de la cónyuge Sra. Amparo lanzas Uubina, quien velará por su cuido y alimentación, quedan­do garantizadas estas obligaciones y todas las que conforme a la ley corresponde a am· bos padres con respecto a su menor hija le· gitima, con la fianza solidaria del Dr. Uriel Herdocia Argüello. 111).-No se decretan pen siones¡alimenticias entre los cónyuges por ha· berlo ellos convenido asi. Públiquese esta resolución en el Diario Oficial cla Gaceta, e inscrlbi1se en el Registro de Personas de es· te Departamento y en el del Estado Civil de esta Ctudad, anotándose al margen de la par·

tida de matrimonio respectiva la cual queda cancelada. En estos términos se confirma la sentencia consultada.-lfbrese la ejecutoria de ley.-Cópiese, noliffquese y con testimo· nio concertado de lo resuelto, vuelvan los autos al juzgado de su procedencia.-Alber· to Argílello V.-Pedro Reyes M.-0. Arcas Rojas-Raúl Bermúde~ B., Srio.

Es conforme con su original. león, veln· tidós de Diciembre de mil novecientos sesen· ta y cuatro.-Raúl Bermúdez B., Srio. Sala Civil Corte de Apelaciones de León. 1

Notificación de Deslinde Reg. No. 571- B/U 1449- CS 8.20-Luis Antonio Gutiérrez Marenco, Se­

cretario del Juzgado de Distrito de Aco­yapa, por vía de Notificación hace saber: que en la solicitud de deslinde, de la fin­ca llamada "Las Rosas", de la cual la se­ñora Juliana Guido viuda de Espinoza, es dueña de la mitad, cita en jurisdicción de Santo Tomás, solicitado por la señora: Juliana Guido Viuda de Espinoza, recayó el auto que literalmente dice: "Juzgado de Distrito. Acoyapa, quince de Febre­ro de mil novecientos sesenta y cinco. Las nueve de la mañana. Tiénese por perso­nada en el presente juicio, en su propio nombre y representación, a la señora Ju­liana Guido viuda de Espinoza. Respec­to al deslinde solicitado, se señalan las on­ce de la mañana del veintitrés de Marzo próximo venidero, dándose principio en la linea que separa las tierras de los seí\o­res: Aarón Leiva y Cruz Orozco, con las tierras de la finca "Las Rosas", que se pretende deslindar. Cítanse a los seño­r~ Colindantes: Gilberto Mejía, Aarótt Le1va, Cruz Orozco, Mercedes Soza, Aarón Martínez, Higinio Soza, Alejandro Mi­randa y Ramón Bravo, para que el día ya indicado, se presenten con sus titulas o los envíen al lugar atrás indicado; pre­viéneseles a las partes que en el acto de ser notüicados, indiquen su Perito, salvo se avengan en uno sólo, bajo apercibi­mientos de nombrarlo de oficio a esta au­toridad, si no lo hacen. Por cuanto los que han de ser notüicados, son más de seis, hágaseles esta notificación por medio de La Gaceta. Razónese el documento presentado y ~evuélvase el original a la mteresada, debiendo depositar en este Juz­gado en Secretaria, la suma de Ochocien­tos Córd?bas, para responder a los gastos del Deslinde, todo de manera proporcio­nal.- Camil!> Lacayo G.- L. A. Gutié­rrez M.-Srio. ~ conforme con su original. Acoyapa,

qumce de Febrero de mil novecientos se­senta y cinco.-Luis Antonio Gutiérrez M. -Srio, 1 -

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