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7 1. Prescripción por receta La receta en prescripción Desde la antigüedad en China, Mesopotamia y en Egipto se elaboraban recetas para la atención clínica. El símbolo Rx que caracteriza a la receta actual proviene de antiguas prácticas al- químicas de origen poco preciso. Pudiera derivar del símbolo egipcio el ojo de Horus que denota salud o quizá la apelación simbólica que hacían los médicos al dios Júpiter para obtener buenos resultados con sus recetas. Más a menudo, Rx, según se dice, es una abreviatura del vocablo latino recipere, que significa tomar o toma esto como instrucción al farmacéutico y precedía a la receta que el médico daba para preparar un medicamento. Lo que se sabe es que la abreviatura sig proviene del latín signatura y se usó en la receta para indicar las instrucciones de adminis- tración del medicamento. Hace algunos decenios las medicinas se hacían de múltiples ingredientes que obligaban a una prepa- ración compleja y por ello se adoptó el latín como la lengua co- rriente en este terreno, para que todo el mundo las entendiera. El latín ha dejado de ser el lenguaje internacional de la medicina, pero quedan algunas abreviaturas de su antiguo empleo. Antiguamente, la receta era la nota que por escrito daba el médico o cirujano al boticario para la composición de un remedio sobre la base de varios ingredientes de origen sintético o natural. La receta constaba de tres partes: Inscripción. Contenía los nombres de las sustancias medi- camentosas que, en totalidad y tratándose de una poción, comprendía: » La base » El intermedio » El coadyuvante correctivo

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1. Prescripción por receta

La receta en prescripción

Desde la antigüedad en China, Mesopotamia y en Egipto se elaboraban recetas para la atención clínica. El símbolo Rx que caracteriza a la receta actual proviene de antiguas prácticas al-químicas de origen poco preciso. Pudiera derivar del símbolo egipcio el ojo de Horus que denota salud o quizá la apelación simbólica que hacían los médicos al dios Júpiter para obtener buenos resultados con sus recetas. Más a menudo, Rx, según se dice, es una abreviatura del vocablo latino recipere, que significa tomar o toma esto como instrucción al farmacéutico y precedía a la receta que el médico daba para preparar un medicamento. Lo que se sabe es que la abreviatura sig proviene del latín signatura y se usó en la receta para indicar las instrucciones de adminis-tración del medicamento. Hace algunos decenios las medicinas se hacían de múltiples ingredientes que obligaban a una prepa-ración compleja y por ello se adoptó el latín como la lengua co-rriente en este terreno, para que todo el mundo las entendiera. El latín ha dejado de ser el lenguaje internacional de la medicina, pero quedan algunas abreviaturas de su antiguo empleo.

Antiguamente, la receta era la nota que por escrito daba el médico o cirujano al boticario para la composición de un remedio sobre la base de varios ingredientes de origen sintético o natural. La receta constaba de tres partes:

•  Inscripción. Contenía los nombres de las sustancias medi-camentosas que, en totalidad y tratándose de una poción, comprendía: » La base » El intermedio » El coadyuvante correctivo

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PrescriPción en enfermería. PrinciPios básicos

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» El vehículo » Los correctivos

•  Suscripción. Daba las instrucciones sobre el modo de pre-parar dichas sustancias, a fin de que la poción fuese como debía ser, o bien se redujera sencillamente a las letras h.s.a.: hágase según arte.

•  Instrucción. Describía la forma en que debía administrarse el medicamento.

Terminaba la receta con la fecha y la firma.La receta médica puede ir encabezada por la abreviatura Rp o

Rp/, del latín recipe (dispénsese o tómese), en la actualidad suele encabezarse con Dp/ o DPS (dispénsese). Suele constar de dos partes:

•  El cuerpo de la receta, destinado al farmacéutico.•  El volante de instrucciones para el paciente, que puede se-

pararse del anterior.En el envase o cartonaje exterior y en el prospecto de las espe-

cialidades farmacéuticas incluirán la leyenda con receta médica o sin receta médica según proceda, y las demás frases, signos y símbolos que con fines de identificación y preventivos exija la legislación de cada país. Los signos y símbolos también deberán figurar en la etiqueta del medicamento.

Los medicamentos estupefacientes y psicotrópicos requieren una receta especial, según la legislación de cada país.

Desde el punto de vista de la receta médica, una prescripción es una instrucción dada por un prescriptor a un dispensador (el médico prescribe, el farmacéutico suscribe); en el caso de las formulaciones magistrales, la receta médica debe incluir la for-ma de preparación del producto, pues el mismo no se conserva en el stock habitual de una farmacia. Cada país tiene sus propios estándares acerca de la mínima cantidad de información que se requiere para una prescripción.

A veces ciertos grupos de fármacos requieren de requisitos adicionales, que pueden derivarse en general de la posible afec-tación de la salud pública si los mismos se prescriben indiscri-minadamente; en Venezuela, por ejemplo, hay ciertas limitacio-nes con respecto a los psicofármacos (riesgo de dependencia), a ciertos grupos de antibióticos (riesgo de resistencia a antibióti-cos) y a algunos antiinflamatorios no esteroideos como el ácido acetilsalicílico (Aspirina) (riesgo de manifestaciones hemorrá-gicas en casos de dengue clásico); preferiblemente, este tipo de fármacos debe prescribirse en recetas individuales. A pesar de las diferencias nacionales que se han mencionado, existen cier-

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PrescriPción Por receta

tos datos que son comunes independientemente de la localiza-ción:

1. Identificación correcta y completa, tanto del paciente como del tratante. En el caso del tratante, debe incluirse su fir-ma, así como los datos relacionados con su permiso para el ejercicio de la medicina. Idealmente, se debe incluir un número telefónico para localizar al tratante.

2. Identificación del sitio (centro de salud) y momento (fecha) de la prescripción.

3. Identificación del fármaco. Lo más usual es que se coloque una preparación comercial determinada, en una forma far-macéutica específica; si las otras preparaciones existentes (incluyendo los genéricos) no son de confianza para el mé-dico, el mismo debe señalar que no se realice reemplazo del preparado indicado. Por el contrario, si existen preparados similares al prescrito, se debe indicar que puede sustituir-se el mismo. Aunque es importante desde el punto de vista científico, la nomenclatura IUPAC no suele utilizarse para la prescripción de fármacos (se usa el nombre comercial, el nombre patentado o la denominación aprobada por la OMS).

4. Cantidad del fármaco a dispensar: Aunque lo ideal es co-locarla para cualquier prescripción, en general se hace obli-gatoria solamente para ciertos grupos, dependiendo de las leyes de cada país.

5. Explicación completa y clara acerca de la forma de dosi-ficar y administrar, así como del tiempo que debe durar el tratamiento.

requisitos en la prescripciónEntre los criterios médicos que deben considerarse para la

prescripción se encuentran: •  Aproximación diagnóstico o sintomática.•  Elección de un tratamiento de eficacia y seguridad compro-

badas, preferiblemente de uno o más fármacos bien conoci-dos por el médico. Tales fármacos estos se conocen también como fármacos personales o P-drugs, indicando que se tra-ta de las drogas que utiliza habitualmente un clínico de-terminado (usualmente un médico no utiliza más de 40-60 fármacos en su práctica habitual). El fármaco elegido puede tener un efecto directo sobre la enfermedad eliminando su causa (etiotrópico) o puede actuar solamente sobre una o más de las manifestaciones de la enfermedad (sintomático o paliativo).

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PrescriPción en enfermería. PrinciPios básicos

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•  Conocer la indicación oficial de los medicamentos.•  Conocer la farmacología de medicamentos.•  Seleccionar fármaco y dosis óptima.•  Conocer la toxicidad y posibles efectos adversos.•  Modificar el tratamiento si no da respuesta a este, o apare-

cen efectos secundarios.

Requisitos menores•  Mayor eficacia, en otras palabras, aquel que sea capaz de

eliminar la enfermedad con más certeza y en el menor tiem-po posible.

•  Mayor seguridad: Es decir, que se asocia a menos reaccio-nes adversas medicamentosas.

•  Fácil administración: En cierta forma, este punto se refiere a la comodidad para el paciente, incluyendo, de ser posible, agentes que se usen una sola vez al día.

•  Menor costo: Siempre que se consideren como bioequiva-lentes los distintos preparados.

Desde el punto de vista legal, los únicos profesionales que pueden realizar una prescripción propiamente dicha son los mé-dicos, los odontólogos, los podólogos en sus campos de trabajo. Los veterinarios sólo pueden prescribir medicamentos de uso ve-terinario y en algunos países otros profesionales, como asistentes médicos, farmacéuticos y enfermeros también tienen cierto dere-cho para hacerlo o están luchando para obtenerlo. Además, existe una gran cantidad de fármacos que se expenden sin prescripción alguna (ciertos analgésicos, laxantes, polivitamínicos, antiáci-dos) son todos los medicamentos que correspondan al grupo de publicitarios.

Puede decirse que para una buena prescripción, el médico debe intentar maximizar la efectividad, minimizar los riesgos, minimizar los costos y respetar las elecciones del paciente. Esto último podría ser particularmente importante, ya que, al fin y al cabo, será el quien decidirá si se hará dispensar la prescripción, si consumirá los fármacos indicados y si los consumirá tal y como se le hayan prescrito.

Cuestiones a tener en cuenta al prescribir uno o más fármacos•  ¿Hay un diagnóstico adecuado?•  ¿Es realmente necesaria la utilización de un fármaco?•  ¿Se ha elegido el fármaco más apropiado?•  ¿Se han definido cuidadosamente los objetivos de la farma-

coterapia?

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PrescriPción Por receta

•  ¿Se ha realizado una historia completa de farmacoterapia, incluyendo fármacos sin prescripción (over-the-counter drugs)?

•  ¿Hay antecedentes de alergia o reacción adversa al medi-camento?

•  ¿Se ha considerado la edad del paciente?•  Si el paciente es una mujer ¿está embarazada o en período

de lactancia?•  ¿Se ha explicado la farmacoterapia claramente al paciente?•  ¿Se han tomado en cuanta la influencia de enfermedades o

posibles factores genéticos?•  ¿Se ha considerado la influencia de la comida?•  ¿Existen potenciales interacciones farmacológicas?•  ¿Es probable que se genere dependencia al fármaco?•  ¿Se ha escrito la receta de manera clara, concisa, correcta

y legible?

Cuestiones a tener en cuenta en el seguimiento farmacoterapéutico

•  ¿Hay un plan para revisar la farmacoterapia periódicamen-te?

•  ¿Es correcto el uso del fármaco?•  ¿Es correcta la vía de administración?•  ¿Acepta el paciente el fármaco?•  ¿Hay un plan para valorar los efectos del fármaco?•  ¿Hay un plan para valorar las concentraciones del fármaco?La prescripción off-label es el uso de fármacos autorizados

pero fuera de las condiciones estipuladas en la ficha técnica o do-cumento oficial de usos autorizados de un medicamento. Es una práctica común, justificada solo en algunas ocasiones (inexisten-cia de alternativas, uso común establecido por la experiencia), pero que plantea algunos dilemas técnicos y éticos:

•  Necesidad de información a los pacientes (o la familia de estos en caso de menores de edad).

•  Mayor riesgo de efectos adversos, siendo este un aspecto menos conocido eb el uso del fármaco implicado.

•  No es una práctica ilegal, pero deja fuera las garantías de las agencias reguladoras de medicamentos.

Desde el punto de vista internacional, los problemas más co-munes de prescripción (prescripción irracional) son los siguien-tes:

•  Medicalización.•  Uso de fármacos no relacionados con el diagnóstico.

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PrescriPción en enfermería. PrinciPios básicos

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•  Uso de fármacos innecesariamente costosos.•  Uso inapropiado de antibióticos.•  Automedicación irracional.

Tipos de recetas médicas en la seguridad socialDependiendo de quién expide y quién recibe la receta, es po-

sible encontrar diferentes tipos de documentos, aunque todos con el mismo propósito de facilitar una medicación a un paciente a través de un farmacéutico, que es quien dispensa esa medicación.

Receta médica en la Seguridad SocialEl modelo de receta es el mismo para todos los centros de

salud pública de España. Consta de dos partes, que se dividen entre el cuerpo de la receta y el volante de instrucciones al pa-ciente. En este documento se incluye toda la información relativa al paciente, al médico, y al tratamiento que tendrá que seguir, definiendo la medicación y la forma de realizar el tratamiento. Es un documento que tiene que ir firmado por el médico o espe-cialista de la salud, y que tiene una validez de diez días desde la fecha de expedición.

Las recetas médicas de la Seguridad Social pueden ser de va-rios tipos:

•  Según el ámbito de aplicación. Las recetas médicas pueden abarcar tratamientos establecidos en el ámbito ambulatorio, o los tratamientos establecidos en hospitales, pero destina-dos a pacientes no hospitalizados.

•  Según el carácter del modelo. Las recetas tendrán un color diferente dependiendo de la situación del beneficiario. Se-rán de color verde en el caso de usuarios activos, de color rojo en el caso de usuarios pensionistas, y de color azul en el caso de usuarios con enfermedad profesional.

Receta médica privadaEs un documento con la misma validez y forma que las rece-

tas públicas. La principal diferencia entre una y otra es que, la receta médica privada está destinada a aquellos profesionales de la salud que disponen de una consulta o clínica privada, no ads-crita al sistema de salud público. En esta categoría se encuentran médicos, odontólogos, podólogos, fisioterapeutas, etc.

Las recetas médicas privadas pueden ser:•  Receta en papel. Realizada en un soporte físico, con las

mismas características que las recetas médicas públicas. Debe contener igualmente toda la información relativa al

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PrescriPción Por receta

paciente, al tratamiento y al profesional de la salud que prescribe el documento, siendo imprescindible que aparez-ca en el papel su rúbrica.

•  Receta en soporte electrónico. Se trata de un nuevo método que empieza a permitir que las recetas se realicen a través de los sistemas electrónicos de los Consejos Generales de las Profesiones Prescriptoras, que facilita enormemente el trabajo de los especialistas.

Orden de dispensaciónExiste una última opción en lo que se refiere a la obtención

de medicamentos. Desde el año 2015, los profesionales enfer-meros están capacitados para extender las llamadas órdenes de dispensación, un documento con una validez similar a las recetas médicas que posibilitan que el paciente adquiera una determina-da medicación.

Receta médicaConcepto RD 1718/2010. Documento de carácter sanitario,

normalizado y obligatorio mediante el cual los médicos, odontó-logos o podólogos, legalmente facultados para ello, y en el ám-bito de sus competencias respectivas, prescriben a los pacientes los medicamentos o productos sanitarios sujetos a prescripción médica, para su dispensación por un farmacéutico o bajo su su-pervisión, en las oficinas de farmacia y botiquines dependientes de las mismas o, conforme a lo previsto en la legislación vigente.

•  Cuerpo (farmacéutico) •  Volante (paciente)

Receta médica electrónicaOrden de dispensación hospitalaria. La orden de dispensa-

ción hospitalaria para pacientes no ingresados es el documento de carácter sanitario, normalizado y obligatorio para la prescrip-ción por los médicos, odontólogos y podólogos de los servicios hospitalarios, de los medicamentos que exijan una particular vi-gilancia, supervisión y control, que deban ser dispensados por los servicios de farmacia hospitalaria a dichos pacientes.

Orden de dispensación •  Profesionales enfermeros. •  Facultados individualmente mediante acreditación.

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PrescriPción Por receta

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PrescriPción Por receta

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Aportaciones de las diferentes recetas:

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PrescriPción Por receta

Ejemplos de recetas:

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PrescriPción en enfermería. PrinciPios básicos

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PrescriPción Por receta

➧ Tipos de recetas y aportaciones RD 1718/2010

Receta médica privada •  Requisitos comunes establecidos para las recetas médicas

públicas.•  Se ajustará para la prescripción de medicamentos y de

productos sanitarios sujetos a prescripción, a los mismos criterios establecidos para las recetas médicas oficiales del Sistema Nacional de Salud.

•  Receta electrónica privada.

Datos a consignar en la receta •  Prescripción. •  Nº de envases. •  Duración del tratamiento y posología. •  Datos del paciente. •  Datos del médico prescriptor. •  Datos de la farmacia. •  Advertencias al farmacéutico.

Dispensación•  Cupón precinto y cartonaje •  Fijarse en sustituciones, precios de referencia

Nº de envases (a excepción de los siguientes grupos terapéuticos)•  Antibióticos sistémicos grupo terapéutico J01 de 1 a 4 en-

vases unidosis por vía parenteral y hasta 2 vía oral (excepto subgrupos J01E:, J01M, J01R).

•  Insulinas en viales multidosis de 1 a 4 envases (grupo A1OA insulina y análogos).

•  Medicamentos de diagnóstico hospitalario de 1 a 4 envases (sin superar tratamiento para 3 meses).

•  Medicamentos de estupefacientes 1 a 4 envases (sin superar tratamiento para 30 días).

Nº de envases (a excepción de los siguientes grupos terapéuticos)•  Dietoterápicos complejos y nutrición enteral domiciliaria

sin superar 1 mes de tratamiento (máximo 4). •  Absorbentes de incontinencia de orina sin superar la canti-

dad para 3 meses (máximo 4).

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PrescriPción en enfermería. PrinciPios básicos

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Orden dispensación hospitalaria nº de envases: •  1 o varios medicamentos. •  1 o varios envases.

Datos a consignar en la receta duración y tratamiento•  No superior a 3 meses.•  Hasta 6 meses tratamiento crónico (receta renovable) •  Programas sanitarios especiales. •  Misma fecha de prescripción, fecha prevista dispensación

y nº de orden. •  Posología.

Datos a consignar en la receta datos del paciente •  Nombre y apellidos, Nº de identificación (Tarjeta Sanitaria

Individual) y año de nacimiento. •  Privada DNI. •  Extranjero sin TSI contar Tarjeta Sanitaria Europea o Certi-

ficado Provisional Sustitutorio.

Datos a consignar en la receta: datos del médico•  Nombre o inicial y apellidos.•  La población y dirección donde ejerza. •  El colegio profesional al que pertenezca, número de cole-

giado y, en su caso, la especialidad oficialmente acreditada que ejerza.

•  SNS código de identificación asignado por las administra-ciones/Fuerzas armadas nº de tarjeta militar de identidad del facultativo (en lugar de nº colegiado).

•  Firma y fecha de prescripción (el visado salva).•  Válida fecha visado.•  Tratamiento crónico: Fecha prevista dispensación y nº or-

den.•  Plazo de validez 10 días. •  Vacunas individualizadas 90 días para dispensación (el pro-

ceso tarda más).

Datos de la farmacia •  Nombre y nº de farmacia, fecha de dispensación y firma del

farmacéutico. •  El sellado y fechado de la receta por el farmacéutico la in-

valida para una nueva dispensación.•  Advertencias al farmacéutico •  Visados de inspección:

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PrescriPción Por receta

» Sello, firma, fecha y nº envases. » Avala ausencia de posología, duración del tratamiento y fecha de prescripción.

» Precisan visados de inspección.

Advertencias al farmacéutico •  Visados de inspección. RD-Ley 4/2010 y RD-Ley 9/2011

Corresponderá a los Servicios de Farmacia de Hospital la custodia, conservación y dispensación de los medicamen-tos de uso humano que el Ministerio de Sanidad, Igualdad y Servicios Sociales acuerde establecer reservas singulares, limitando su dispensación sin visado a los pacientes no hos-pitalizados.

•  Dispensación » Obligatorio dispensar medicamentos demandados en las condiciones reglamentariamente establecidas (salvo du-das sobre autenticidad).

» 9/2011 dispensar el medicamento prescrito si es el de menor precio.

» Rellenar los datos de la dispensación de la OF, describir en el embalaje del medicamento posología.

» Entregar al paciente recibo. » Anotación DNI (estupefacientes y psicotropos) anota-ción libro recetario cuando proceda.

» Para dispensar recetas del SNS: Exigir la presentación de la Tarjeta Sanitaria Individual.

Pacientes no hospitalizados •  Indicación, prescripción y dispensación de los siguientes

productos: » Los medicamentos para los que se resuelva su financia-ción y condiciones de dispensación en el Sistema Nacio-nal de Salud.

» Los efectos y accesorios que dispongan del correspon-diente marcado CE y para los que se resuelva su financia-ción y condiciones de dispensación en el SNS.

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PrescriPción en enfermería. PrinciPios básicos

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» Las fórmulas magistrales y los preparados oficinales. » Las vacunas individualizadas antialérgicas y las vacunas individualizadas bacterianas.

•  Excluye: » Los productos de utilización cosmética, dietéticos, aguas minerales, elixires, dentífricos y otros productos simila-res.

» Los medicamentos calificados como publicitarios. » Los medicamentos adscritos a los grupos o subgrupos te-rapéuticos excluidos de la financiación por la normativa vigente.

» Los medicamentos homeopáticos. » Los efectos y accesorios de los que se realice publicidad dirigida al público en general.

Sistema de precios de referencia •  Medida de control del gasto farmacéutico.•  La financiación pública de medicamentos estará sometida

al sistema de precios de referencia. •  El precio de referencia será la cuantía máxima con la que se

financiarán las presentaciones de medicamentos incluidas en cada uno de los conjuntos que se determinen, siempre que se prescriban y dispensen a través de receta médica ofi-cial del Sistema Nacional de Salud.

•  Fijación por el MSSSI.

Conjunto •  Totalidad de las presentaciones de medicamentos financia-

das que tengan el mismo principio activo e idéntica vía de administración entre las que existirá al menos un medica-mento genérico o biosimilar.

•  Las presentaciones indicadas para tratamientos en pediatría y medicamentos de ámbito hospitalario constituirán con-juntos independientes.

precios de referencia

Definiciones •  9/2011 Agrupación homogénea (precio menor): Presenta-

ciones de medicamentos financiadas con los mismos prin-cipios activos en cuanto a dosis, contenido, forma farma-céutica y vía de administración que puedan ser objeto de intercambio en su dispensación.

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PrescriPción Por receta

•  Se diferenciarán agrupaciones integradas exclusivamente por un medicamento y sus licencias con el mismo precio que el de referencia.

•  Precio menor: Se establece para cada agrupación homogé-nea.

•  Sistema de precio seleccionado: Para medicamentos ex-cluidos del sistema de precios de referencia.

Sustituciones•  Considerar: Menor precio/precio más bajo genérico. •  Sustituciones con carácter excepcional. Con carácter ex-

cepcional, cuando por causa de desabastecimiento no se disponga en la oficina de farmacia del medicamento pres-crito o concurran razones de urgente necesidad en su dis-pensación: » Tienen que cumplir: Igual composición, formulación far-macéutica, vía y dosis.

» Medicamentos de fabricación industrial sujetos a precio de referencia medicamento de precio menor.

» Consentimiento informado del paciente. » Diligenciar.

•  Medicamentos no sustituibles sin la autorización del pres-criptor (Orden SCO/2874/200): a. Los medicamentos biológicos (insulinas, hemoderiva-

dos, vacunas, medicamentos biotecnológicos). b. Los medicamentos que contengan alguno de los princi-

pios activos considerados de estrecho margen terapéu-tico incluidos en el anexo I de la Ley de uso racional del medicamento, excepto cuando se administren por vía intravenosa.

c. Los medicamentos que contengan principios activos su-jetos a especial control médico o aquellos que requieran medidas específicas de seguimiento por motivos de se-guridad y que se relacionan en el anexo II.

d. Los medicamentos para el aparato respiratorio adminis-trados por vía inhalatoria.

Condiciones restringidas de prescripción y/o dispensación1. Medicamentos reservados al medio hospitalario (H)•  Leyenda H•  Carecen de cupón precinto •  Suministro a establecimiento sanitario catalogado como

Hospital

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PrescriPción en enfermería. PrinciPios básicos

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2. Diagnóstico hospitalario (DH)•  Leyenda DH •  Cupón precinto diferenciado con triángulo negro •  Visado •  Máximo 4 envases

3. Especial Control Médico (ECM)•  Derivados de la vitamina A (excepto aplicación tópica) •  Ácido acetohidroxámico •  Talidomida •  Clozapina

Especial Control Médico (ECM)•  Envase:

» Leyenda: Especial control médico y siglas ECM. » Cupón precinto diferenciado.

•  Prospecto: » Condiciones especiales de prescripción y dispensación. Medicamento sujeto a ECM. Sujeto a prescripción mé-dica.

» Visado de inspección. » No sustituible. » Parte mensual al Departamento de Sanidad y Consumo de los movimientos.

» Anotación las dispensaciones en el libro recetario.

Libro recetario •  Editado por CGCOF •  Soporte papel o informático •  Que dispensaciones hay que anotar:

» Fórmulas magistrales y preparados oficinales (todas) » Medicamentos con sustancias psicótropas (todos) » Medicamentos con estupefacientes (todos) » Medicamento humano para uso veterinario » Los que determine la DGFPS » ECM

•  Consignar: » Fecha dispensación » Nº registro, prescripción, nº envases » Datos prescriptor » Código identificación paciente SNS, DNI si privada » Observaciones

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PrescriPción Por receta

Formulación magistral 1. Prescripción•  Receta (siempre) •  Ordinaria •  Visado (si procede) •  Estupefacientes (si procede)

2. Elaboración•  Normas de correcta elaboración y control (RD 175/2001).

Etiquetado •  Envases adecuados •  Etiquetado

» Denominación » Composición cualitativa y cuantitativa de principios acti-vos y excipientes de declaración obligatoria

» Forma farmacéutica, cantidad » Vía de administración » Nº registro » Nº lote (preparado oficinal) » Fecha elaboración y caducidad » Oficina de farmacia dispensadora y elaboradora » Condiciones de conservación » Médico prescriptor » Paciente » Manténgase fuera del alcance y de la vista de los niños

•  Mínimo (resto de datos habrá que entregarlos por escrito).

Prospecto •  Obligatorio para fórmulas magistrales no tipificadas•  Tasación•  Principio activo •  Excipientes •  Envase •  Honorarios profesionales•  IVA (4%)

Dispensación •  Anotación:

» Libro recetario (siempre) » Libro de estupefacientes (si procede: fórmulas magistra-les con estupefacientes/psicotropos)

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PrescriPción en enfermería. PrinciPios básicos

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EstupefacientesClasificación (Convención única de 1961 sobre estupefacien-

tes de las Naciones Unidas) •  Lista I: Receta de estupefacientes (ej: morfina, metadona). •  Lista II (ej: codeína). •  Lista III (preparaciones de compuestos de la lista II, canti-

dades superar).•  Lista IV: Prohibidos (ej: heroína, cannabis, cocaína).

Adquisición •  Talonario oficial de vales (no se aceptan enmienda ni ta-

chadura) •  Existencias mínimas

» Obligatorio » País Vasco: Decreto 270/2004

•  Caja fuerte

Prescripción •  Receta oficial de estupefacientes

» Si financiado: dos recetas, seguro y estupefacientes » DNI paciente » Teléfono médico » En la prescripción indicar si es única o reiterada » Nº envases en letra » 1 sólo medicamento y máximo 4 envases para 30 días

Dispensación •  Anotar DNI de la persona que retira el medicamento •  No sirven enmiendas en la receta de estupefacientes •  Anotar en el libro recetario (todos)•  Anotar en el libro estupefacientes (lista I y FM de lista II y

III). Contabilidad, entradas y salidas

Declarar movimientos •  3 meses (recetas y vales de hospital)

» Relación trimestral de recetas y estupefacientes dispen-sadas

•  6 meses (movimientos) » Relación semestral de movimientos de estupefacientes

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PrescriPción Por receta

Psicotropos:

•  Clasificación Convenio Viena 1971 sobre sustancias psicó-tropas » Anexo I » Lista I Prohibidos (LSD, psilobicina…) » Lista II Estimulantes (anfetaminas…) » Lista III Depresores (pentobarbital…) » Lista IV Benzodiazepinas » Anexo II

•  Adquisición » Como cualquier medicamento de uso humano. » Productos de las listas II III y IV del anexo I: Vales ofi-ciales.

» Productos del anexo II ningún trámite.•  Prescripción

» Receta médica normal. » Receta médica privada (conservar 2 años). » Fórmula magistral: cantidad máxima para 10 días (anotar en libro estupefacientes).

•  Dispensación » Anotar DNI de la persona que retira el medicamento. » Libro recetario (todas las dispensaciones). » Las fórmulas magistrales de principios activos incluidos en el Anexo I, deberán anotarse en el libro de estupefa-cientes.

Page 24: 1. Prescripción por receta - Editorial Formación Alcalá · A veces ciertos grupos de fármacos ... Aunque es importante desde el punto de vista científico, la nomenclatura IUPAC

PrescriPción en enfermería. PrinciPios básicos

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