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El Estado Moderno

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  El Estado Moderno

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Temario

Concepto y Elementos del Estado: El Pueblo, Territorio y Poder.

Evolución y desarrollo del Estado: Estado Liberal, Estado Liberal Democrático y Estado Social y Democrático de Derecho.

Estado de Derecho y Democracia Representativa

Fines del Estado

Funciones del Estado

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Concepto y Elementos del Estado

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La palabra “Estado”

Fue utilizado por primera vez en el siglo XVI por MAQUIAVELO, en su obra “El Príncipe”, quien utilizó la expresión stato.

Este vocablo deriva del latín status, que a su vez significa “orden”.

Justamente Maquiavelo utilizó el término stato para referirse a la “organización política de un país”.

Dr. Jaime Reyes Miranda

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El Estado: conceptualización

a) Deontológica:- Elemento escencial: Bien común

- El Estado se explica por sus fines y metas

b) Sociológica:- Elemento escencial: El Poder

- El Estado es organizado en torno al Poder.

C) Jurídica:- Elemento escencial: Régimen Jurídico

- No hay Estado sin Derecho

Dr. Jaime Reyes Miranda

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Concepto de Estado Max Weber, en 1919, define el Estado como una unidad de carácter

institucional que en el interior de un territorio monopoliza para sí el uso de la fuerza legal.

El Estado es un ente social que se forma cuando, en territorio determinado, se organiza jurídicamente un pueblo que se somete a la voluntad de un gobierno (Biscaretti Di Ruffìa)

El Estado es una organización política (capaz de ser sujeto de adhesiones y objeto de reivindicaciones por sí misma, como consecuencia de un proceso de despersonalización del poder ) que, en ejercicio de su soberanía, reclama para sí el monopolio de la violencia legítima (tanto como la potestad para crear y unificar el derecho y para generar una mínima cohesión social) en un territorio delimitando por las correspondientes fronteras, cubriendo estos objetivos mediante la especialización y subsiguiente integración de una parte de la población en una administración pública, civil, militar, profesional y permanente (Baqués, 2006:48).

Dr. Jaime Reyes Miranda

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Concepto

El Estado existe cuando una población determinada, habita permanentemente un territorio delimitado y está sujeto a un conjunto de normas e instituciones concretas

 Todo Estado tiene como medio de articulación jurídica a la Constitución, que “presupone una determinada forma de organización política, sin la cual ella misma no existiría”.

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ELEMENTOS DEL ESTADO

• EL PUEBLO• EL TERRITORIO• EL PODER

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En ocasiones se emplean indistintamente para referirse a las personas que habitan un determinado territorio

Distintos vocablos o términos se utilizan para referirse al elemento humano o elemento demográfico de un Estado: población, pueblo, nación, ciudadanía etc.

 

El Pueblo

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El Pueblo

La población debe ser entendida como el concepto más amplio ya que abarcaría a la totalidad de los residentes en un Estado, tengan conciencia de su pertenencia al mismo o no, sean originarios del territorio o respondan a una estancia más o menos ocasional, sin deseo de prolongar la misma más allá de unos objetivos previstos en el tiempo.

Todos los miembros de este colectivo están sujetos a las normas e instituciones del Estado, pero no todos gozan del mismo status jurídico, en cuanto que, por ejemplo, no ostentan derechos de participación política y capacidad de decisión sobre los asuntos del Estado, salvo en aquellas cuestiones que se deriven de convenios internacionales establecidos por Estados soberanos.

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El Pueblo

Constitución Política del Perú de 1993

Artículo 52°. Son peruanos por nacimiento los nacidos en el territorio de la República. También lo son los nacidos en el exterior de padre o madre peruanos, inscritos en el registro correspondiente durante su minoría de edad.

Son asimismo peruanos los que adquieren la nacionalidad por naturalización o por opción, siempre que tengan residencia en el Perú.

Artículo 53°. La ley regula las formas en que se adquiere o recupera la nacionalidad.  

La nacionalidad peruana no se pierde, salvo por renuncia expresa

ante autoridad peruana.

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Es la base física del Estado, es un lugar geográfico en el que habita permanentemente y de forma continuada una población determinada.

Es el espacio donde tienen vigencia las normas e instituciones del Estado, estableciendo el límite geográfico de Derecho del Estado.

Es un elemento constitutivo del Estado, si no existe el mismo, no existe el Estado.

Territorio

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Territorio

El territorio es limitado mediante fronteras, que marcan el fin de la soberanía del Estado, consta de las siguientes partes: Espacio terrestre; Subsuelo; Espacio aéreo; Espacio Marítimo.

Espacio terrestre, que incluye el suelo, ríos y lagos interiores. La frontera en este caso puede ser de carácter natural o artificial. Las primeras son aquellas consecuencias de accidentes geográficos. y las segundas consecuencias de tratados internacionales suscritos entre Estados.

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Territorio

Subsuelo Es la zona subyacente al suelo territorial. Aunque su delimitación no es fácil, en un marco teórico quedaría limitada por un cono invertido que tiene su vértice en el centro de la tierra y su base en el suelo del Estado.

Espacio Aéreo. Obviamente su delimitación es reciente, consecuencia del desarrollo de la aviación. Es similar a los principios de las fronteras marítimas. Se considera perteneciente al Estado lo que no se conceptúa como espacio ultraterrestre.

 

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TerritorioEspacio marítimo.

Ha sufrido profundas modificaciones en los últimos años y se regula mediante tratados internacionales.

Históricamente los límites del Estado acababan en el límite del mar, posteriormente en el alcance de la artillería y en la actualidad, en virtud de criterios económicos se establece un alcance máximo de doscientas millas, que no es aceptado por gran número de Estados. y que afecta a derechos de explotación económica.

En todo caso, podemos distinguir entre el Mar territorial, que es la zona contigua al territorio del Estado y se extiende hasta un máximo de doce millas. A continuación se establece el Mar Contiguo, que extiende el concepto anterior en veinticuatro millas. De ahí hasta las doscientas millas se establece la zona económica exclusiva.

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Territorio

Artículo 54° Constitución Política del Perú

El territorio del Estado es inalienable e inviolable. Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre. El dominio marítimo del Estado comprende el mar adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo, hasta la distancia de doscientas millas marinas medidas desde las líneas de base que establece la ley.

 En su dominio marítimo, el Estado ejerce soberanía y jurisdicción, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de acuerdo con la ley y con los tratados ratificados por el Estado.

 El Estado ejerce soberanía y jurisdicción sobre el espacio aéreo que cubre su territorio y el mar adyacente hasta el límite de las doscientas millas, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de conformidad con la ley y con los tratados ratificados por el Estado.

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Territorio

Ficciones jurídicas en materia de territorios:

- Buques y aeronaves son del territorio del que proceden.

- Las embajadas son territorio del país al que representan.

- Espacios polares: Circulo polar Ártico y Antártico.

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Poder

  En términos generales, es la capacidad de decisión y de influencia. Es la capacidad de alguien, persona o grupo para imponer su voluntad y decisiones en el ámbito de una determinada comunidad. Desde este punto de vista el poder es la facultad que tiene un ente para obligar a alguien a realizar algo.

Al poder que nos referimos es exclusivamente el Poder Político, elemento constitutivo del Estado. Es el poder de los poderes, el monopolio de su ejercicio.

Habitualmente, la utilización del término “poder” provoca multiples confusiones. Es así que se suele proclamarse la existencia de tres poderes.

El poder del Estado es único e indivisible, que significa capacidad de mando, es del Estado y pertenece a él.

 

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Poder

El poder no es un concepto puramente abstracto, sino que se encarna y se manifiesta en personas, instituciones y situaciones cotidianas de nuestra vida.

El poder es el resultado de una relación en el que unos obedecen y otros mandan.

El poder está estrechamente vinculado no sólo prioritariamente con la fuerza o la violencia, sino con ideas, creencias y valores que ayudan a la obtención de obediencia y dotan de autoridad y legitimidad al manda.

Toda Autoridad necesita la legitimación de sus actos y de su propio origen.

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PoderEl término AUTORIDAD posee varias significaciones, entre ellas:

a) Capacidad para poder exigir obediencia a otro, el cual mantiene una relación de subordinación con respecto al primero.

b) Conjunto de personas o instituciones que detentan el poder y ejercen el mando.

c) Según el Diccionario de la Real Academia Española, también "potestad que en cada pueblo ha establecido su Constitución para que lo rija o gobierne, ya dictando leyes, ya haciéndolas observar, ya administrando justicia".

Desde el punto de vista ético-político, una autoridad únicamente podrá ser considerada como legítima cuando sea representante de la voluntad popular, es decir, cuando haya sido elegida por procedimientos democráticos, y su actuación sea respetuosa con los Derechos Humanos.

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Poder

La legitimación del poder, que implica el grado de aceptación de su ejercicio por la comunidad ha sido diferente en cada momento histórico y dependiente si se trata de un poder personal o institucionalizado. Max Weber establece una tipología sobre la legitimación del poder en la que destacamos tres modelos fundamentales: Carismática, tradicional y racional.

A) Carismática. Tiene su base en las especiales características de quien ejerce el poder. El titular del mismo debe contar con unas condiciones personales y de prestigio que le distinguen del resto de los miembros de la comunidad, tales como valores religiosos, éticos, sabiduría, etc. Es de carácter caudillista y corresponde a la fase histórica del poder personal no institucionalizado. Es propia de sociedades poco desarrolladas y de regímenes autocráticos o dictatoriales. No se perpetúa en sí misma, tendiendo a transformarse en legitimidad tradicional, en virtud de que el poder se institucionaliza.

 

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Poder

C) Racional. Supone la existencia de una serie de normas y reglas que son aceptadas por la comunidad en virtud de las cuales se ejerce el poder. Es por tanto una sociedad que tiene en su base el Derecho, que canaliza la relación entre gobernantes y gobernados. Implica por tanto un alto grado de institucionalización del poder. En la actualidad este tipo de legitimación no es otro que la democracia, lo que supone la elección de quien ejerce el poder por parte de los ciudadanos.

B) Tradicional. Se asienta en el respeto y confianza que la comunidad tiene en usos y costumbres ancestrales que no son cuestionados, de esta forma, instituciones como la Corona se han legitimado históricamente antes del advenimiento de la Monarquía Constitucional. Corresponde a sociedades donde el poder tiene un cierto grado de institucionalización.

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PODER-SOBERANIA

Hay una características del Poder del Estado, que lo diferencia de cualquier otro poder que pueda producirse en la sociedad, ello nos lleva indudablemente al concepto de Soberanía, como carácter supremo del mismo.

Muy ligado al concepto “poder ” está el de “soberanía”. No es otra cosa en realidad que una cualidad que tiene el poder, o característica que lo distingue, y que le permite no reconocer otro por sobre él.

La soberanía implica que no puede existir otro poder por encima de la misma, ni en competencia con ella, y que no se deriva de ningún otro.

Es por tanto el poder del Estado un poder único, excluyente en su ámbito, que se nos presenta como una unidad de decisión política, y como indica Heller un poder jurídicamente organizado.

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PODER-SOBERANIA

En la institucionalización del Estado, la actuación del Poder estatal se manifiesta a través de poderes constituidos y órganos, que no deben confundirse con el Poder del Estado,

En este sentido, como indica Heller, “el núcleo de poder tiene poder en el Estado pero no el poder del Estado”.

La independencia se manifiesta igualmente en el exterior del Estado, de tal forma, que no cabe subordinación o dependencia política de una potestad exterior y si esto ocurre, simplemente sucede que el Estado no es Soberano.

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PODER-SOBERANIA

La soberanía designa el máximo grado de potestad en el sentido que no admite ningún otro poder por encima.

Es el supremo poder político que se ejerce en una comunidad, hacia el exterior se proyecta como independencia, e internamente significa que toda otra potestad es inferior a la suya.

Un Estado manifiesta su soberanía política cuando:

- No acepta injerencias de otros Estados en sus determinaciones.- Puede dictar sus propias normas y fijarse la forma de gobierno que considere conveniente.- Reconocer a los otros Estados igual derecho para autodeterminarse.

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Cuando se habla de un Estado soberano se refiere a un Estado cuyo poder es el máximo y absolutamente independiente. Es que etimológicamente, y desde siempre, “soberanía” significa “superioridad”.

En la Edad Media soberanía era una cualidad personal de un funcionario (el soberano), y no de un Estado.

JEAN BODIN, en el siglo XVI, consideró que la soberanía no era una cualidad personal, sino política, no atribuible a un funcionario sino al Estado, es uno de sus elementos: el poder; en su obra Los seis libros de la República, señala que la sobraría es el "poder absoluto y perpetuo de una República", y soberano es quien tiene el poder de decisión, de dar leyes sin recibirlas de otro, es decir, aquel que no está sujeto a leyes escritas, pero sí a la ley divina o natural.

Fases de formación: Siglo XIII

Fase de apogeo: Siglos XVII-XVIII (Absolutismo).

Fase de crisis (con el principio de división de poderes).

Fase de decadencia (creación de organizaciones supranacionales).

PODER-SOBERANIA: FASES DE LA SOBERANIA

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Es el “imperium jurídico” y legitimo que poseen los órganos del Estado para ejercer en forma eficaz, mediante la coatividad, las acciones y los cometidos que le fueron conferidos por la Constitución, la cual constituye el límite y fundamento de dicho imperium.

PODER DEL ESTADO

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Constituyente: Determina como va a ser el esquema del poder del gobierno. Puede ser originario (ejemplo: primera Constitución) o derivado (reforma).

Constituido: Consiste en la estructura del Estado de Derecho resultante del poder anterior.

CLASES DE PODER DEL ESTADO

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Coactividad: Capacidad de imponerse aún contra la voluntad de aquél a quien está destinado el mando. Es el ejercicio legitimo de la fuerza del cual el Estado tiene el monopolio.

Legitimidad: Cualidad que se exige a todo poder, se concatena con los conceptos de legalidad y consenso.

Legalidad: Implica el sometimiento del poder Estatal a la ley.

Consenso: Opinión mayoritaria y uniforme de la comunidad en relación a la obediencia al poder.

Soberanía: El poder del Estado es independiente del poder de otros Estados en cuanto a los asuntos internos.

CARACTERISTICAS DEL PODER DEL ESTADO

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La Constitución Política del Perú-1993

Artículo 45°. El poder del Estado emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen.

Ninguna persona, organización, Fuerza Armada, Policía Nacional o sector de la población puede arrogarse el ejercicio de ese poder. Hacerlo constituye rebelión o sedición. Artículo 46°. Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador, ni a quienes asumen funciones públicas en violación de la Constitución y de las leyes.

 La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden constitucional.

Son nulos los actos de quienes usurpan funciones públicas.

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EVOLUCIÓN Y DESARROLLO DEL ESTADO

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Preliminar• Los modelos pre-estatales prevalecientes fueron la

ciudad-estado y el imperio.

• Por un lado, los Estados locales, llamados Atenas, Esparta, Cartago, Roma (en época republicana), o posteriormente Florencia, Venecia, Génova, importaron siempre una delimitación estrecha de la estructura del poder y de las potestas públicas.

• El imperio llevó implícita la denominación de unas ciudades por otras, erigida en cabeza de una organización política que excedía el perímetro natural de la urbe.

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La formación y desarrollo de las primeras conformaciones estatales surgidas en los inicios de la Edad Moderna

Las primeras formaciones estatales, denominadas Monarquías Nacionales implica las siguientes características:

-Unificación y centralización del poder en la figura del Rey. El Monarca puede delegar algunas funciones en determinados organismos y consejos, pero el ejercicio del mismo le corresponde exclusivamente, de tal forma, que las funciones se ejercerán en su nombre.

-Se institucionaliza el Estado y se desarrolla la Administración.

-Se crea un ejército dependiente del Rey y no de los poderes locales que o desaparecen o quedan muy disminuidos.

-Se crea un ordenamiento jurídico para todo el Estado, desapareciendo los ordenamientos locales.

 

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CAMBIO EN LAS RELACIONES DE AUTORIDAD

ESTADO NACIONAL

CIUDADANOSR

EC

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•dependencia

personal•poder privado y personal

•Relación estamental

Dem

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cia

Dem

ocra

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Econ

om

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Econ

om

ía d

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Mkt

Soc.

de I

nd

ivid

uos

Soc.

de I

nd

ivid

uos

•autonomía individual•poder público impersonal•Relación individual•Relación directa

sociológico

jurídico

•Civiles•Políticos•sociales

•Ideas universales•Positivación•Universalización•especificación

ESTADO PATRIMONIAL

DE

SUBDITOS

•Relación mediada

Ind

ustr

ializa

ci

Ind

ustr

ializa

ci

ón

ón

CAMBIO EN LA ONTOLOGÍA SOCIAL

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El Estado-Nación• En la Edad Moderna se forman los primeros Estados nacionales.

Estado-Nación.

• El Estado Nación se crea, históricamente, mediante el tratado de Westfalia (1648) por los cuales finalizó la Guerra de los Treinta Años en Alemania y la Guerra de los ochenta años entre España y los Países Bajos. En estos tratados participaron el emperador del Sacro Imperio Romano Germánico, Fernando III (Habsburgo), los Reinos de España, Francia y Suecia, las Provincias Unidas y sus respectivos aliados entre los príncipes del Sacro Imperio Romano.

• Mediante este tratado se acaba con el antiguo orden feudal y se da paso a organizaciones territoriales y poblacionales definidas en torno a un gobierno que reconoce sus límites espaciales, y por lo tanto, de poder.

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Es Estado-NaciónEfectos políticos del tratado de Westfalia en los países implicados.

La Paz de Westfalia supuso modificaciones en las bases del Derecho internacional, con cambios importantes encaminados a lograr un equilibrio europeo que impidiera a unos Estados imponerse a otros. Los efectos de la Paz de Westfalia se mantuvieron hasta las guerras y revoluciones nacionalistas del romántico siglo XIX.

 

Este tratado supuso la desintegración de la república cristiana y el imperialismo de Carlos VI, y además se propugnaron principios como el de la libertad religiosa "inter estados". Así, cada Estado adoptaba como propia y oficial la religión que tenía en aquel momento, lo cual es visto como una concesión católica a los nuevos cismas que, como origen político, habían roto Europa.

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Formación y desarrollo hasta la actualidad del Estado Constitucional

Si bien el estado nación surge hacia el año 1648 (Tratado de Westfalia), las instituciones políticas de esta entidad tienen un desarrollo que se puede rastrear hasta una maduración en 1789 (Revolución Francesa).

Hay un proceso intelectual que se plasma los textos de la Revolución Americana: la Declaración de Independencia de los Estados Unidos (4 de julio de 1776) y la Constitución de 1787.

 

Surgido a finales del siglo XVIII y principios del siglo XIX.

Hay tres variantes que ha sufrido el Estado Constitucional en su evolución:

a) Estado Liberal,

b) Estado Liberal Democrático y

c) Estado Social y Democrático de Derecho.

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EL ESTADO DE DERECHO O PRIMER ESTADO LIBERAL

Nace con los primeros textos constitucionales codificados y escritos. En su primera formulación podemos destacar la Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica de 1787 y la Constitución francesa de 1791, así como la gaditana de 1812 en el caso español y los primeros textos constitucionales hispanoamericanos correspondientes a la primera mitad del siglo XIX.

La creación del Estado de Derecho pone fin al denominado Antiguo Régimen y a la Sociedad Estamental, y es consecuencia del desarrollo de la burguesía en el aspecto económico.

La conformación del Primer Estado Liberal o Estado de Derecho supuso el acceso de la burguesía al poder político y el establecimiento de las bases para el desarrollo de la sociedad de clases.

 

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Las características de los Estados de Derecho o primeros Estados Liberales son:

• Declaración de Derechos y Libertades del ciudadano. Destaca el carácter individual de los mismos, ya que no se incluyen los de índole social y económico.

• División de Poderes, en el sentido de que los tres poderes tradicionales del Estado: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial sean independientes entre sí y no sean desempeñados por las mismas personas. Sin embargo, suele apreciarse una cierta tendencia al predominio parlamentario, en cuanto que éste se considera depositario de la voluntad nacional. No obstante, el desarrollo del Presidencialismo y del Rey como cabeza del Ejecutivo matizarán la anterior afirmación.

• Sometimiento de los ciudadanos y de los poderes del Estado al Derecho, que se concreta en el Imperio de la Ley como expresión de la voluntad nacional, que marca los límites de la actuación tanto del poder como de los ciudadanos, así como en la seguridad jurídica que garantiza la actuación de los ciudadanos y de la propiedad.

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Las características de los Estados de Derecho o primeros Estados Liberales son:

• Soberanía Nacional. El Poder Constituyente reside en la Nación, de donde se deriva el texto constitucional, así como la organización de los poderes constituidos del Estado. No obstante, debe destacarse, que la proclamación de la Soberanía Nacional no implica la extensión del sufragio universal. En este sentido, la participación política queda reservada únicamente a aquellos miembros del pueblo que cuentan con determinadas rentas, justificándose dicho hecho en que las decisiones de gobierno sólo deben estar reservadas a aquellos que contribuyen a la riqueza de la Nación.

 

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RESUMEN DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO DE DERECHO O PRIMER ESTADO LIBERAL

• Declaración de Derechos y Libertades del Ciudadano

• División de Poderes

• Sometimiento de los Ciudadanos y de los Poderes del Estado al Derecho (imperio de la ley)

• Soberanía Nacional (el poder constituyente reside en la nación)

Dr. Jaime Reyes Miranda

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EL ESTADO LIBERAL DEMOCRÁTICO

• Se trata fundamentalmente de un proceso evolutivo del Estado que se adecua a las nuevas realidades de la sociedad que se gesta fundamentalmente a partir de la segunda mitad del siglo XIX. La plasmación de ciertos principios contenidos en los primeros textos constitucionales, tales como la igualdad entre los hombres o la Soberanía Nacional habían quedado desvirtuados en su aplicación, ya que la inclusión de criterios económicos habían imposibilitado la plena participación política de la mayor parte de los ciudadanos del Estado.

 • El segundo tercio del siglo XIX se caracterizará por las luchas de

amplios sectores de la población por conseguir el sufragio universal, derechos de asociación política y sindical, así como unas mayores prestaciones sociales En este contexto, el peligro de revoluciones sociales y de un cambio profundo en el sistema político, posibilitaron la ampliación del sufragio universal masculino, y la conformación de una sociedad democrática en lo político.

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Las características del Estado Liberal Democrático son:

• Incluye las características ya enunciadas del Primer Estado de Derecho en lo concerniente a División de Poderes, Seguridad Jurídica, Imperio de la Ley, así como en los Derechos y Libertades individuales.

No obstante, la garantía de los derechos se hace más precisa y se incluyen algunos aspectos de carácter social. En las Monarquías Constitucionales el Rey, o deja de desempeñar el Poder Ejecutivo o se configuran Gobiernos con un Presidente del Consejo de Ministros que en la práctica dirige el Poder Ejecutivo y la Administración del Estado.

 

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Las características del Estado Liberal Democrático son:

• Se proclama la Soberanía Nacional como término sinónimo de la Soberanía Popular, de tal forma, que el poder viene del pueblo o nación y los poderes y órganos del Estado se derivan del mismo.

• Se establece el Sufragio Universal.

• Se amplían los derechos de participación política y en general de representación. Los partidos políticos, aunque no son protegidos por el Estado, se convierten en el cauce natural de participación política, lo que implica un reconocimiento de los mismos por parte del Estado, a diferencia del periodo anterior, en que eran mal vistos o desconocidos por parte estatal. Se reconocen igualmente los derechos de sindicación y asociación.

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EL ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO.

• Supone una evolución del Estado Liberal Democrático. De tal forma, que no significa una anulación de los principios de éste, sino la incorporación al mismo de determinados principios económicos, así como la inclusión de determinados derechos sociales y económicos que no se encontraban en el anterior modelo constitucional.

• De esta forma, la utilización en la actualidad de del concepto de Estado de Derecho Democrático y Social no implica la anulación del significado de los dos primeros términos, sino por el contrario la perfección y complementariedad de los mismos que se ven reforzados mediante la inclusión del Estado Social.

• Por el contrario, modifican la propia actuación del Estado, que debe asumir un protagonismo desconocido anteriormente, dándole un sentido dinámico que antes no tenía.

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Las características del Estado Social y Democrático de Derecho son:

• Refuerza y da un nuevo sentido a los conceptos de Estado de Derecho y Democracia.

• Incorpora los Derechos Sociales y Económicos a la Constitución.

• Constitucionaliza a los partidos políticos. Los partidos políticos se constituyen en pieza fundamental del sistema político, de tal forma, que según un sector de la doctrina se convierten en órganos del Estado.

• La propiedad adquiere una función social que en el constitucionalismo anterior no poseía.

• El Estado se torna en intervencionista, de tal forma, que el Mercado deja de ser el único regulador de las relaciones económicas y sociales.

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Estado del bienestar

• El concepto Estado del bienestar es un modelo general del Estado u organización social, por la cual el Estado provee ciertos servicios o garantías sociales a la totalidad de los habitantes de un país.

• Es el paso de una seguridad social sólo para algunos, a una seguridad social para todos los ciudadanos marca la aparición del Estado de Bienestar. Los derechos de seguridad social, es decir, las pensiones, la sanidad, el desempleo, junto a los servicios sociales, el derecho a la educación, la cultura y otros servicios públicos aplicados al conjunto de los ciudadanos y no sólo a los trabajadores.

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EL ESTADO DE BIENESTAR 

Padre fundador del Estado de Bienestar: Joseph Maynard Keynes.

– Surge de la necesidad de hacer reales la libertad e igualdad de los individuos

– Supone la regularización de determinados sectores de la actividad económica

– El desarrollo del intervencionismo estatal deriva en el Estado del Bienestar o Estado providencia

Precedentes del Estado del Bienestar (anterior a 1945).

De 1960 hasta la mitad de la década del 70 se le considera la « edad de oro » del Estado del Bienestar.

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EL ESTADO DE BIENESTAR: PERSPECTIVA HISTÓRICA

 

Precedentes del Estado del Bienestar (anterior a 1945): los orígenes del modelo estatal de bienestar datan del último cuarto del siglo XIX:

Amplitud de las políticas públicas impulsadas por el Canciller Bismark (1871-1890)

La «Ley de Fábrica» aprobada por la Asamblea Nacional de Francia 1874

La encíclica Rerum Novarum (1891)

Seguro de desempleo obligatorio (Gran Bretaña 1911)

La Constitución republicana de Weimar

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Fracaso de la Constitución y República de Weimar

La teoría económica keynesiana constituyó un decisivo impulso en el intervensionismo estatal en los ámbitos económicos y sociales como mecanismos «correctores» del capitalismo, para así proteger a los ciudadanos de un capitalismo «salvaje». Cabe matizar que la política de redistribución propia de este estado es precisamente una forma de paliar más que eliminar la desigualdad consustancial a un régimen productivo (el Capitalismo) cuyo norte principal –por definición- es el lucro y la ganancia privada.

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Fundador del Estado de Bienestar

El Estado regula porque el sistema no es «autorregulado». Joseph Maynard Keynes es reconocido como el «padre fundador» del Estado de Bienestar; quien desarrolló la idea de que la función de dicho modelo consistía en neutralizar las disfunciones del emergente sistema capitalisma en el periodo de la segunda posguerra mundial. Fue alentado como contrapeso conservador a los regímenes socialistas implantados en la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS) y en la Europa Central y Oriental, los cuales constituían un peligro potencial para las democracias capitalistas «modernizadas» características de la Europa Occidental. El alto nivel de asistencialidad dispensado por los Estados socialistas suponían un reto en términos de «igualdad» con respecto a los Estados con economías de mercado capitalistas, en los que tradicionalmente habían primado el valor de la «libertad» en sus sociedades.

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De 1960 hasta la mitad de la década del 70 se le considera la « edad de oro » del Estado del Bienestar.

Es un estado en el que el poder organizado es usado deliberadamente (a través de la política y la administración) en un esfuerzo para modificar el juego de las fuerzas de mercado.

El Estado de Bienestar: definición

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Definiciones del Estado de Bienestar

Definición Ortodoxa

El Estado del Bienestar constituye la realización de los derechos sociales de los ciudadanos después del reconocimiento de sus derechos civiles y políticos

Marshall, T. H. Sociology at the Crossroad. (1963) Londres: Heinemann. Citado en Meny, I. & Thoenig, J. C. Las Políticas Públicas. (1962) Barcelona: Ariel Colección Ciencia Política (pág.19).

 

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Definiciones del Estado de Bienestar

Definición Heterodoxa

«¿Es el Estado del Bienestar un soborno necesario para evitar la revolución de los pobres?»

Puzo, Mario. El Último Don. Barcelona: Ed. B. (1996) (pág. 122).

Las opiniones de lo que es y lo que debería ser el Estado del Bienestar no son unánimes.

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Tipologías del Estado de Bienestar

  La tipología adopta como criterio comparativo la diversa y distinta relación cualitativa existentes entre variables básicas: Estado, mercado y familia. Las variaciones dentro de este triángulo relacional producirá la inclusión de un Estado dentro de un tipo u otro.

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A.              Estado de Bienestar Liberal (I)

Comprende países de fuerte mentalidad anglosajona en cuanto al limitado papel que el Estado debe desarrollar sobre la sociedad civil.

En el binomio Estado/Mercado, el Estado cree más en la capacidad racional del mercado que en sus propias capacidades potenciales de dinamización de la sociedad. Los casos presentados como paradigmáticos quasi «tipos puros» son los Estados Unidos de América, Canadá, Australia.

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Estado de Bienestar Liberal (II)

• La lógica y la práctica seguida por esos países respecto a la consecución de un grado de bienestar social consiste en reducir el papel del Estado a su mínima expresión. El Estado actúa estimulando al mercado al mismo tiempo que actúa modesta y mayormente sobre aquellos individuos y grupos sociales que dependen de éste para lograr unos mínimos de subsistencia, en la línea de políticas socializantes precursoras de los derechos y políticas sociales de bienestar.

• El modelo de bienestar enraizado en la teoría del liberalismo clásico en el que el Estado actúa en apoyo y defecto del mercado, se basa en el papel de las clases sociales, principalmente las clases medias como motor de la capacidad potencial y posterior intervención estatal.

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Estado de Bienestar conservador y «fuertemente corporativista»

• El Estado sólo actuará «subsidiariamente» cuando falle la institución familiar, mayoritariamente tradicional, no delegando dicha tarea en el mercado en tanto principal proveedor según el canon liberal.

 • El Estado del Bienestar de este modelo no persigue disminuir

las diferencias sociales, sino mantenerlas en un mínimo aceptable incluso para los sectores de población que se benefician sólo residualmente del escaso impacto redistributivo que tienen las políticas sociales implementadas.

• Austria, Francia, Alemania e Italia contaron durante el periodo de la reconstrucción estatal de posguerra con partidos gubernamentales y, por ende, políticas públicas mayoritariamente conservadoras.

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El modelo socialdemócrata o escandinavo

• Es el tipo de régimen más progresista de los tres modelos de Bienestar es precisamente el menos extendido geográficamente.

• Propone unos servicios incluyentes igualitarios sin tantas diferencias de status y de clase social como los anteriores modelos.

• Es el modelo más solidario en los referente tanto a la redistribución como a la cantidad y calidad de los servicios sociales ofrecidos a todo el universo social, donde las clases medias y bajas estaban satisfechas como receptoras de políticas públicas de bienestar social.

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El modelo socialdemócrata o escandinavo

La diferencia clave de este modelo con respecto al liberal y al conservador consiste en el papel potencial del sector público, al asumir el Estado como propias las competencias y funciones del bienestar social sin derivarlas en ninguna instancia ni al mercado ni a la familia tradicional con valores religiosos.

El bienestar social es, en el caso social demócrata, un fin en sí mismo, mientras que tanto el liberal como el conservador lo utilizan instrumentalmente, como un medio en unos casos para lograr el crecimiento económico (liberal) y en otros para mantener la estabilidad social (conservador).

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CRISIS DEL MODELO WELFARE

El modelo de Estado del Bienestar comenzó a entrenar en crisis a principios de la década de 1970 tras la paulatina destrucción de las bases productivas en que se había sustentado el modelo de crecimiento económico de posguerra, sobre todo a partir de la crisis energética mundial de 1973 y la posterior reacción de los gobiernos de los Estados occidentales a la misma. Desde entonces se viene afirmando que el sector público está sobredimensionado y que es deficitario, que existe una difuminación creciente entre las esferas de lo privado y los público y que el concepto de servicio público ha perdido valor.

En definitiva: hace más de 30 años sólo se habla de la reforma –maximalista o minimalista- del sector público.

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“CRISIS” DEL ESTADO DEL BIENESTAR

• Estancamiento económico• Falta de control de la inflación

• Desempleo• Crisis fiscal del Estado• La disminución de recursos para la prestación de

servicios determina que estos se presten de forma deficiente.

• Estas circunstancias han llevado al surgimiento de una especie de nuevo Estado de la Postprivatización

 

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Estado de Derecho y Democracia Representativa

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ESTADO DE DERECHO

El Estado concebido como “Estado de Derecho”, supone, cuando menos, el Imperio de la Ley, la protección de los derechos y libertades y la división de poderes.

“El Estado de Derecho, como proceso histórico y construcción racional, es (significa, representa), la institucionalización jurídico-política de la democracia”.

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Democracia Representativa

El Estado moderno es, por naturaleza representativo.

El poder del Estado se ha legitimado, de una u otra forma, mediante la representación política. Ésta es la ruptura esencial entre la organización política de la sociedad medieval y la de la sociedad moderna.

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Principios de Gobierno Representativo

Para el profesor Manin, desde el siglo XVII y XVIII que fue inventado el gobierno representativo existen cuatro principios que se han mantenido invariablemente:

1). Quienes gobiernan son nombrados por elección con intervalos regulares; 2). La toma de decisiones por los que gobiernan conserva

un grado de independencia respecto de los deseos de electorado;

3). Los que son gobernados pueden expresar sus opiniones y deseos políticos sin estar sujetos al control de los que gobiernan; 4). Las decisiones públicas se somete a un proceso de debate.

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FINES DEL ESTADO

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El Estado tiene como fin dar satisfacción a los requerimientos y demandas sociales, fomentando la cooperación y coadyuvando a la concreción de normas que tengan esa finalidad.

Derechos que debe tutelar y proteger el Estado: Personalísimos: Derecho a la vida, honor, intimidad,

inviolabilidad del domicilio, entre otros.De sus manifestaciones: De expresión,

pensamiento, de prensa, de criticar, religioso. Cívicos: Por ejemplo, derecho de petición, reunión,

asociación, referéndum.

FINES DEL ESTADO

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De contenido económico: Libertad profesional, de contratación, de propiedad, etc.

Sociales-laborales: Derechos del trabajador, de organización gremial y sindical, de la seguridad social, de la familia.

Políticos: Autodeterminación de elección, ciudadanía, sufragio (activo y pasivo), afiliación a un partido político.

FINES DEL ESTADO

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Valores jurídicos que la sociedad reclama

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Valores jurídicos que la sociedad reclama

• Libertad• Propiedad• Solidaridad• Seguridad• Estabilidad• Subsidiariedad• Desarrollo

• Eficiencia• Responsabilidad• Justicia

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Relación Individuo - Estado

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Relación Individuo - Estado

• Necesidad de libertad• Estatismo: en retirada

o de regreso?????• Mercado: suficiente

alocador de recursos?• Conciencia ecológica• Integración:

multilateral o bilateral?

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Roles del Estado

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Roles del Estado

• Orientador• Organizador• Administrador• Planificador• Servidor• Fiscalizador• Protector

• Garantizador• Regulador• Distribuidor

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FUNCIONES DEL ESTADO

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Organización Política

• Tres poderes clásicos:– Ejecutivo– Legislativo– Judicial

• Tres nuevos poderes:– De Control: Contraloría, SBS, BCR,

Defensoría– Electoral: ONPE, JNE, RENIEC

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Entre las principales funciones del Estado desde el punto de vista material tenemos:

Ejecutiva: Función que se ocupa de la satisfacción de los intereses comunitarios impostergables, es la función más amplia que se utiliza en el Poder Ejecutivo.

Legislativa: La que se ocupa del dictado de las leyes, normas de alcance general. Función principal del Poder Legislativo.

Jurisdiccional: La que se ocupa de resolver las controversias en materia jurídica entre dos partes con intereses contra puestos. Es la función del Poder Judicial.

Contralor: Son las funciones de control tales como la Contraloría General de la República, Defensoría del Pueblo.

FUNCIONES DEL ESTADO

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Es la actividad permanente, concreta y práctica del Estado que tiende a la satisfacción inmediata de las necesidades del grupo social y de los individuos que lo integran.

Características:

En razón de su permanencia, es una actividad continua.

Orientada hacia el presente.

Es práctica, porque el comportamiento de su ejercicio (completivo de las otras funciones) otorga vigencia efectiva a la satisfacción del interés general:

a) Hace realidad el programa normativo de la función legislativa.b) Hace efectiva la determinación que del derecho incierto hace

la función jurisdiccional.

FUNCION EJECUTIVA

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La función legislativa consiste en la creación de normas concretas y abstractas.

Sus caracteres son:

- La discontinuidad o intermitencia de su ejercicio por parte del Estado;

- Satisface en forma mediata el interés general ya que se limita a determinar genéricamente cómo debe ser atendido, pero no lleva a cabo en concreto tal satisfacción;

- Instituye reglas de derecho que regirán para el futuro; y,- Actúa con independencia de los administrados, desde un

plano superior al determinado por los intereses individuales o sectoriales, ya que la finalidad directiva de tal función es el bien común.

FUNCION LEGISLATIVA

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- La función jurisdiccional es aquella actividad estatal que fija, en los casos individuales, el derecho incierto.

- Sólo satisface mediatamente el interés general, por dos razones: (1) su finalidad inmediata es determinar, en los casos individuales, el derecho incierto, determinación que sólo mediata o indirectamente repercute en el bien común; y, (2) por medio de ella el Estado dispone que la voluntad legislativa sea cumplida, pero no es ella quien la hace efectiva.

- Es de carácter concreto, ya que se cumple con relación a los casos individuales y su ejercicio es intermitente: obra hacia el pasado ajustando conductas ya acontecidas a las exigencias del ordenamiento jurídico.

FUNCION JURISDICCIONAL